Manual de Recursos para la Convivencia Intercultural del Ayuntamiento de Santomera

Manual de Recursos para la Convivencia Intercultural del Ayuntamiento de Santomera Servicio de Atención a Personas Extranjeras 2 EDITA: AYUNTAMIE

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Manual de Recursos para la Convivencia Intercultural del Ayuntamiento de Santomera

Servicio de Atención a Personas Extranjeras

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EDITA: AYUNTAMIENTO DE SANTOMERA CONCEJALÍA DE MUJER, IGUALDAD DE OPORTUNIDADES, MAYORES E INMIGRACIÓN Servicio de Atención a Personas Extranjeras C/ Cuatro Esquinas, 58. Edif. Casa Grande Teléfono: 968 86 06 33 Fax: 968 86 21 40 E-mail: [email protected]

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PRESENTACIÓN

Santomera, el pueblo en el que vivimos, es cada vez más plural y más diverso; muestra de ello son las 48 nacionalidades que, día a día, conviven en el municipio. Esto implica la coexistencia de grandes diferencias de puntos de vista, culturas y opiniones respecto a derechos y obligaciones de tantos nuevos vecinos y vecinas que se han incorporado a nuestras calles. Es así que nos vemos ante la necesidad de replantearnos fórmulas y modos de convivencia para llevar adelante la forma de compartir responsabilidades y asumir esta nueva estructura social, cada vez más compleja y multicultural, en la que se han de organizar relaciones pacíficas entre todas las personas que formamos la sociedad santomerana. Es por ello que, desde nuestro ayuntamiento nos vemos obligados a buscar fórmulas que ayuden y faciliten las herramientas necesarias para el buen desarrollo de la convivencia en nuestro pueblo. Al editar esta guía pretendemos informar sobre recursos, costumbres, normas de convivencia...etc. Para contribuir de esta manera a una sociedad intercultural y sobre todo para dar la bienvenida a todos y todas los que nos visitan, bien sea temporal o permanentemente.

Mª Dolores Sánchez Abellán Concejala de Inmigración

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ÍNDICE MANUAL DE RECURSOS PARA LA CONVIVENCIA INTERCULTURAL 1. LOCALIZACIÓN E HISTORIA DE SANTOMERA,

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2. MEDIOS DE TRANSPORTE,

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3. SERVICIOS ESPECÍFICOS PARA LA POBLACIÓN INMIGRANTE,

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Información sobre Aspectos Legales de la Inmigración, Tipos de Visados, Información sobre Permisos de Residencia y Trabajo, Trámite de papeles y obtención de Información sobre Migración,  Reagrupación Familiar,

4. ADMINISTRACIÓN,  ¿Dónde acudir si quieres empadronarte y obtener Certificados de Empadronamiento o Convivencia?,  Certificado de Convivencia,  Información sobre Trámites para contraer Matrimonio,  Información sobre Trámites de Registro de Nacimiento,  Información sobre Trámites de Nacionalidad,

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5. SERVICIOS SOCIALES,

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6. LABORAL,

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 Información Básica para realizar un Contrato de Trabajo,  ¿Dónde acudir si buscas Trabajo o necesitas Orientación Laboral en Santomera?,  Otros Organismos Públicos para la Inserción Laboral en la Región de Murcia,  Sindicatos,  Seguridad Social, 7. VIVIENDA,  Si vas a alquilar una Vivienda necesitas saber:,  Si vas a comprar una Vivienda necesitas saber:,  ¿Qué Instituciones y Servicios existen para la Vivienda en Santomera?, 8. SANIDAD, Atención Sanitaria,  La Tarjeta Sanitaria. Dónde y cómo obtenerla,  Servicios y Prestaciones,  ¿Dónde acudir en casos de Urgencias Sanitarias?,

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9. EDUCACIÓN Y FORMACIÓN,      

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¿Cómo funciona el Sistema Educativo en España?, Cómo solicitar plaza en un Centro Escolar, Formación Universitaria en Murcia, Clases de Castellano, Homologación de Títulos, Bibliotecas

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10. SERVICIOS ESPECÍFICOS PARA LA MUJER EN SANTOMERA,

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11. SEGURIDAD CIUDADANA,

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12. PARTICIPACIÓN CIUDADANA,

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 Asociaciones que trabajan con Colectivos Inmigrantes  ¿Cómo participar desde la Administración?, 13. CULTURA Y OCIO,     

Centros Socioculturales, Teatro, Actividades para Personas Mayores de 60 Años, Deporte, ¿Cuáles son las Fiestas Populares y Oficiales en Santomera?,

14. MEDIO AMBIENTE,  ¿Dónde existen Espacios Naturales en Santomera?,  ¿Cómo puedes reciclar tu basura?,

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El manual de recursos para la convivencia intercultural, se puede consultar y descargar completo en la página web: www.santomera.es

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1.

LOCALIZACIÓN E HISTORIA DE SANTOMERA

Localización geográfica Santomera se ubica en la huerta murciana, municipio de la Región de Murcia que linda con la Comunidad Valenciana, situado a 13 kilómetros de Murcia, muy próxima a otros municipios también pertenecientes a la Región de Murcia como Abanilla, Fortuna y Beniel. La población de Santomera es el centro del término municipal, acumula el mayor número de habitantes y equipamientos públicos como organismos e instituciones del Ayuntamiento, Centro de Salud, Instituto de Secundaria, cuartel de la Guardia Civil, zonas polideportivas, etc., el resto de los casi 16000 habitantes se reparten entre el Siscar, la Orilla del Azarbe y el campo de la Matanza. Comunicaciones La N-340 que discurre como carretera principal dentro del pueblo, la autovía del Mediterráneo (A-7), autovía que pasa por todo el litoral levantino, le reserva una salida a 4 kms. del casco urbano. Historia El municipio de Santomera se independizó del Ayuntamiento de Murcia en el año 1978.

Entre sus calles, con un centro peatonizado, resaltan por su belleza bonitos edificios señoriales: Casa Grande, palacete neorrenacentista de principios del S. XX con un forjado de hierro en sus ventanas y balconada y una gran escalera imperial en su interior, es hoy un centro cultural con gran vida en el pueblo; la Casa de don Claudio, hoy Centro de la Mujer, un hermoso edificio de 800 m2 que se cree que pudo levantarse en el S. XVIII y con una pequeña ermita, o la Casa Ayuntamiento, antiguo chalet construido en el primer tercio del pasado siglo. Además la Iglesia de Nuestra Señora del Rosario, construida entre 1866 y 1870 al estilo ecléctico con toques neorrenacentistas, que resguarda en su interior imágenes del escultor Sánchez Lozano y órgano; o la Ermita del Calvario, la Iglesia de Nuestra Señora de los Ángeles, en el Siscar y la Ermita de la Matanza. Tradición artesana En Santomera todavía quedan artesanos/as del esparto o bordadores/as que realizan trabajos en macramé, encaje de bolillos, ganchillo o punto de cruz así como belenistas.

En la historia es interesante destacar los asentamientos de poblaciones argáricas e ibéricas que se remontan a 4000 años de historia. En el Cabezo de la Mina y Cobatillas la Vieja se han hallado numerosos restos arqueológicos, que eligieron este lugar por la fertilidad del suelo, la benignidad del clima y la abundancia de agua por su proximidad al río Segura. Desde el S. XVI, con el resurgimiento de la actividad minera, Santomera es uno de los términos más poblados de la Región de Murcia. Hoy día, las actividades extractivas han dejado lugar a una economía basada en la agricultura, sobre todo de cítricos y especialmente de limón; de ahí su sobrenombre de “El Limonar de Europa”, la industria, el comercio y los servicios.

Gastronomía La gastronomía en Santomera se caracteriza por recetas basadas en gran parte en los productos autóctonos de su huerta. Entre los platos tradicionales destacan los gurullos, el rinrán, el guiso de trigo, la olla gitana, el mojete, la ensalada de pimientos asados o la ensalada de hierbas del campo, el arroz y habichuelas, 7

el arroz y conejo y el arroz y verduras. Los días festivos a menudo se celebran con un cocido con pelotas ó cabrito en salsa.

Arroz y conejo

En cuanto a los dulces, destacan los navideños, artesanales como los cordiales, mantecados, los murcianos y las orejas de fraile. Tradicionales son los buñuelos de viento, los platillos volantes (dos galletas con crema en el centro rebozadas y fritas) y los paparajotes (una masa que envuelve una hoja de limonero y se frite y después se reboza en azúcar y canela).

Paparajotes

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2. En nuestra comunidad reflexionamos sobre la necesidad de utilizar los transportes públicos para disminuir la contaminación, los ruidos, los atascos y sobre todo los accidentes. En Santomera también se educa en las normas de comportamiento que se deben presentar en los transportes como respetar la fila de acceso, no chillar o no poner los pies en el asiento.

El municipio de Santomera, al este de la Región de Murcia, a 12 Km de la capital, limita con la provincia de Alicante. Se encuentra bien comunicada con el resto de España a través de diferentes autovías; por vía aérea tenemos el aeropuerto del municipio de San Javier, a unos 40 km., de utilización compartida con el Ejército del Aire, y el aeropuerto internacional de Alicante (a 30 minutos por autovía) y por ferrocarril se halla comunicada con Francia por un tren directo, así como con otras provincias españolas

MEDIOS DE TRANSPORTE

En estas direcciones podrás encontrar todas las rutas y horarios: - www.latbus.com (Transporte público de viajeros de Murcia y viajes discrecionales) - www.alsa.es (Murcia/Alicante) - www.aracilbus.es (Santomera/Murcia)

¿Cómo llegar y salir en tren de cercanías? Asimismo, la ciudadanía del municipio puede acceder a cualquier punto de la Región en tren de Cercanías “MurciaAlicante”. Para ver rutas y horarios puedes consultar la web de la Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles: www.renfe.com

¿Cómo llegar y salir en coche? La principal vía de acceso es la autovía A-7 (Autovía del Mediterráneo) y la Carretera Nacional 340 (N-340) que comunica con Murcia (a 12 kms.) y la provincia de Alicante (a tan solo 10 kms. el municipio alicantino de Orihuela).

¿Cómo llegar y salir en autobús? La localidad cuenta con una línea de autobuses interurbanos, Línea 36, que la conectan con Murcia (Cobatillas, El Campillo, Esparragal, Monteagudo, Plaza de Juan XXIII, Plaza Circular, Estación de Autobuses), Siscar y La Aparecida. También existe una línea de autobuses que conectan Murcia con la provincia de Alicante y el aeropuerto de Alicante, pasando por nuestro municipio.

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3. SERVICIOS ESPECÍFICOS PARA LA POBLACIÓN INMIGRANTE Para el Ayuntamiento de Santomera constituye una invaluable riqueza la presencia de los diversos colectivos de inmigrantes que con su trabajo, su cultura y su esfuerzo contribuyen a que en nuestro municipio la diversidad étnica y multicultural se amplíe. La buena convivencia en Santomera depende de nuestro esfuerzo, de nuestro interés por integrarnos y aprender de los otros, respetemos las diferencias y dialoguemos. Al encontrarte en territorio español, tienes el derecho y el deber de conservar la documentación que acredite tu identidad, así como la que acredite tu situación en España. Si eres ciudadano/a de algunos de los Estados Miembros de pleno derecho de la Unión Europea, Suiza o Espacio Económico Europeo, tienes derecho a entrar, salir, circular y permanecer libremente en territorio español, así como acceder a cualquier tipo de actividad lucrativa, laboral o profesional, por cuenta propia o ajena. En este caso, la documentación necesaria es sólo tu pasaporte o el carnet de identidad de tu país y la obligación de inscribirte en un Registro del Ministerio de Interior o en la Oficina de Extranjería: Oficina de Extranjería: Avda. Ciudad de Almería, 33. Edificio Volante. 30071 Murcia. TIPOS DE VISADOS. (Redactado conforme la Ley Orgánica 2/2009) 1. Los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán estar provistos de visado, válidamente expedido y en vigor, extendido en su pasaporte o documento de viaje o, en su caso, en

documento aparte, salvo lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 25 de la Ley. 2. Los visados a que se refiere el apartado anterior serán de una de las clases siguientes: a) Visado de tránsito, que habilita a transitar por la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español o a atravesar el territorio español. No será exigible la obtención de dicho visado en casos de tránsito de un extranjero a efectos de repatriación o alejamiento por vía aérea solicitado por un Estado miembro de la Unión Europea o por un tercer estado que tenga suscrito con España un acuerdo internacional sobre esta materia. b) Visado de estancia, que habilita para una estancia ininterrumpida o estancias sucesivas por un período o suma de períodos cuya duración total no exceda de tres meses por semestre a partir de la fecha de la primera entrada. c) Visado de residencia, que habilita para residir sin ejercer actividad laboral o profesional. d) Visado de residencia y trabajo, que habilita para la entrada y estancia por un período máximo de tres meses y para el comienzo, en ese plazo, de la actividad laboral o profesional para la que hubiera sido previamente autorizado. En este tiempo deberá producirse el alta del trabajador en la Seguridad Social, que dotará de eficacia a la autorización de residencia y trabajo, por cuenta propia o ajena. Si transcurrido el plazo no se hubiera producido el alta, el extranjero quedará obligado a salir del territorio nacional, incurriendo, en caso contrario, en la infracción contemplada en el artículo 53.1.a) de esta Ley. e) Visado de residencia y trabajo de temporada, que habilita para trabajar por

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cuenta ajena hasta nueve meses en un período de doce meses consecutivos.

por residencia temporal actividades lucrativas.

f) Visado de estudios, que habilita a permanecer en España para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, no remunerados laboralmente.

- Residencia permanente: Es la situación en la que puedes residir por un periodo indefinido en España y trabajar en las mismas condiciones que los/as españoles/as. Para poder obtenerla has de acreditar haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante 5 años.

g) Visado de investigación, que habilita al extranjero a permanecer en España para realizar proyectos de investigación en el marco de un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación.

3.1. SI ERES EXTRANJERO/A Y ESTAS EN TERRITORIO ESPAÑOL, PUEDES ENCONTRARTE EN UNA DE ESTAS SITUACIONES: - Estancia: Es la situación en la que, siendo extranjero/a, puedes permanecer en España por un tiempo no superior a 90 días. La estancia se solicita cuando deseas venir a España por otros motivos distintos de los laborales o de residencia (estudios, razones médicas, negocios, causas familiares, turismo…). Para poder gozar de la situación de estancia, deberás solicitar el correspondiente visado de estancia ante las autoridades diplomáticas o consulares españolas de tu país de origen. Una vez acabada la vigencia del visado de estancia, puedes solicitar la prórroga de tu estancia si demuestras que continúan existiendo razones excepcionales para seguir permaneciendo en territorio español. - Residencia temporal: La residencia temporal es la situación por la que estás autorizado/a a permanecer en España, de manera no permanente, por un periodo superior a los 3 meses e inferior a 5 años. La autorización inicial de residencia temporal tiene validez de 1 año y va incorporada con el visado de residencia. Hay distintos tipos de residencia temporal: por circunstancias excepcionales, por reagrupación familiar y

sin

ejercer

- Solicitante de asilo: Es la situación en la que se encuentra una persona ante el temor fundado de que su vida en el país de origen corre peligro. Para solicitar el derecho de refugio y asilo en España debe presentarse ante la Oficina de Asilo y Refugio, órgano dependiente del Ministerio del Interior, en el plazo máximo de dos meses después de entrar en el país. 3.2. PARA GESTIONAR LOS TRÁMITES DE TUS PAPELES Y OBTENER DIFERENTE INFORMACIÓN SOBRE MIGRACIÓN, ESTAS SON ALGUNAS DIRECCIONES QUE TE PODRÁN SER DE UTILIDAD: Servicio de Atención a Personas Extranjeras del Ayuntamiento de Santomera C/ Cuatro Esquinas, 58. Edificio Casa Grande. Telf. 968860633. E-mail de contacto: [email protected]

El Servicio de Atención a Personas Extranjeras se encuentra ubicado en Casa Grande y tiene como fin ayudar y orientar a las personas inmigrantes del municipio de Santomera tras su llegada a un nuevo país, así como informarles de los recursos existentes a su disposición. Este servicio ofrece un sistema integral de información sobre cuáles son los derechos y deberes y sobre los diferentes recursos sociales, educativos, sanitarios, laborales y culturales.

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Los servicios y actividades que ofrece son las siguientes: o o o o o o o o o o o

o o o

o o o o

Expedición de informes de inserción social y de reagrupación familiar. Formación y actividades de ocio y tiempo libre. Actividades deportivas solidarias. Encuentros Interculturales. Degustaciones gastronómicas interculturales. Plaza de las culturas. Cursos de castellano. Cursos para la preparación en la obtención del permiso de conducción. Coordinación con las diferentes entidades sociales del municipio. Expedición de la tarjeta de aparcamiento para personas con discapacidad que presenten dificultades de movilidad. Interculturalidad y prevención de actitudes de rechazo. Sensibilización sobre migraciones y derechos humanos. Orientación a personas inmigrantes sobre recursos sociales, educativos, sanitarios, laborales y culturales. Atención personalizada: información, orientación y asesoramiento. Información sobre documentación para extranjería. Petición de cita previa en la Oficina Única de Extranjería. Renovaciones de permisos y cumplimentación de tasas.

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— Delegación del Gobierno en Murcia: Oficina Única de Extranjería. Avda. Ciudad de Almería, 33. Edificio Volante. 30071 Murcia. 968 98 96 00/ 968 98 97 00 http://ouemurcia.cgsmurcia.org Órgano donde se tramitan las autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, por razones humanitarias, los informes gubernativos para visados de reagrupación familiar, los informes gubernativos para visados de estancia de menores y la tramitación y revocación de órdenes de expulsión. Aquí podrás solicitar y solucionar todos los documentos relacionados con tu estancia en España en régimen general no laboral: tarjeta de comunitarios, tarjeta de estudiantes, NIE (Número de Identificación de Extranjero), prórroga de estancia, etc. Además de la expedición y entrega de tarjetas, las Oficinas de Extranjeros facilitan duplicados de tarjetas por robo, extravío o deterioro. El Ministerio del Interior posee la siguiente línea (gratuita desde cualquier teléfono fijo) para proporcionar más información: 900 150 000. — Consultas sobre situación del trámite del expediente: 91 272 96 00 ó en www.map.es — Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil. Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Murcia Ctra. Mazarrón, s/n (entre Merca Murcia y Prisión Sangonera). Tfno. de Cita Previa para la Carta de Invitación: 968 88 92 66 — Para tramitar la Nacionalidad Española por Residencia: Registro Civil de Murcia: Avenida Tte. Montesinos, Espinardo MURCIA. Teléfonos: 968859241/968858736, 968858153/ 968858670 Información en la web del Ministerio de Justicia: www.mjusticia.es

— Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración. Observatorio Permanente de la Inmigración: http://extranjeros.mtin.es/es/Observatori oPermanenteInmigracion/ Es un órgano colegiado que tiene atribuidas, entre otras, las funciones de recogida de datos, análisis, estudio y difusión de la información relacionada con los movimientos migratorios en España, y que está adscrito al Ministerio de Trabajo e Inmigración. — Dirección General de Inmigración en la Región de Murcia: http://www.carm.es/ctra/inmigracion

3.3. SI DESEAS OBTENER LOS PERMISOS DE RESIDENCIA Y TRABAJO Si deseas residir en España realizando una actividad laboral, necesitas obtener una autorización. Existen diferentes tipos de autorización, según sea el trabajo (por cuenta ajena o por cuenta propia), o si es la primera vez que la solicitas. - Trabajo por cuenta ajena: (contratado por un/a empleador/a), puedes solicitar una autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena, sabiendo que: a) Deberá ser solicitada personalmente por el/la empleador/a o, en el caso de empresas, por el/la representante legal empresarial. b) No podrás encontrarte en España en situación irregular en el momento de la solicitud a menos que se trate de un proceso especial de regularización. c) La solicitud podrá limitarse a un sector o actividad y ámbito geográfico concreto. d) Su validez será de 1 año y podrá ser renovada. -Trabajo por cuenta propia: (crear tu propia empresa, por ejemplo), puedes solicitar personalmente una autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia, sabiendo que: a) No podrás encontrarte en España en situación irregular en el momento de la solicitud. b) Su validez será de 1 año y podrá ser renovada. 13

Una vez presentada la solicitud en las Delegaciones del Gobierno en Murcia, la administración, en el plazo máximo de 1 mes desde la recepción de la misma, resolverá la autorización de residencia temporal y trabajo. Si te la conceden, a partir de ese momento, tienes 1 mes para solicitar el visado de trabajo y residencia ante el Consulado de tu país. Si te conceden el visado, deberás recogerlo personalmente en el plazo de 1 mes desde la notificación. En caso de no hacerlo así, se entenderá que has renunciado a él. Asimismo, una vez recogido el visado, deberás entrar en el territorio español en el plazo de vigencia del mismo (en ningún caso superior a 3 meses) y, una vez efectuada la entrada, habrás de solicitar personalmente, en el plazo de 1 mes, la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE). Podrás solicitar la TIE en la Oficina de Extranjeros, en la Jefatura Superior de Policía. Dicha tarjeta será valida durante el plazo de autorización de residencia temporal. 3.4. CONOCE EL PROCEDIMIENTO PARA RENOVAR LOS PERMISOS DE RESIDENCIA Y TRABAJO Si deseas renovar tu permiso de residencia y trabajo, lo debes hacer 60 días antes de la fecha de vencimiento de la autorización vigente. Puedes presentar la solicitud de renovación ante las Delegaciones de Gobierno de Murcia dentro de los 3 meses posteriores a la fecha de expiración, pudiendo haber, en este caso, sanciones de multa. En ningún caso se te renovará un permiso si lo has solicitado una vez transcurridos más de 3 meses desde su vencimiento. Tampoco si has residido fuera de España durante más de 6 meses de forma continuada. En el caso de haber cotizado menos de 9 meses por año, deberás acreditar que la relación laboral que dio lugar a la autorización que renuevas se interrumpió por causas ajenas a tu voluntad (por ejemplo, porque la empresa ha cerrado, porque el/la empleador/a no te ha renovado el contrato). En este caso, si posees contrato en vigor, se reduce el mínimo cotizado a 6 meses. Si presentas la solicitud de renovación en

tiempo y forma, se prorroga la validez del permiso que pretendes renovar hasta que se resuelva el proceso. Las solicitudes de renovación deberán ser respondidas en un plazo máximo de 3 meses contados a partir del día siguiente a su presentación. Las renovaciones del permiso de residencia y trabajo tendrán una vigencia de 2 años, excepto aquellos extranjeros/as que hayan residido legalmente y de forma continuada en España durante un periodo de 5 años, en cuyo caso corresponde un permiso permanente con una vigencia de 5 años. 3.5. PROCEDIMIENTO PARA QUE PUEDAS REAGRUPAR A TU FAMILIA Para reunir a tu familia en territorio español, has de ser residente regular en España, haber renovado tu permiso inicial de residencia (basta con tener el resguardo que muestre que lo estás renovando) y tener permiso para residir en España, al menos, 1 año más. Si cumples los requisitos anteriores, podrás reagrupar: - A tu cónyuge, siempre que no estéis separados y que el matrimonio sea legal (no podrás reagrupar a más de un cónyuge). - A tus hijos/as y a los/as de tu cónyuge que sean menores de 18 años o incapacitados, y que no estén casados. - A menores de 18 años o incapacitados si eres su representante legal. - A tus ascendientes (padre, madre y a los de tu cónyuge (suegros,…), si se encuentran a tu cargo (dependen de ti económicamente) y existan razones que justifiquen la necesidad de que residan en España. Para el procedimiento de reagrupación tendrás que presentar personalmente, en las Oficinas de Extranjeros, una solicitud de permiso de residencia para todos los familiares que pretendas reagrupar. La documentación que deberás presentar es la siguiente: - Original y dos copias de la solicitud en modelo oficial. - Original y copia del pasaporte en vigor, tanto del reagrupante como del reagrupado. - Fotocopia de permiso de residencia renovado o fotocopia del primer permiso y 14

resguardo de solicitud de renovación. Si traes hijos, debes entregar fotocopias de las tarjetas de residencia de los dos cónyuges. - Fotocopia del contrato de trabajo y de las tres últimas nóminas. - Original del informe del ayuntamiento donde vives en el que conste que la vivienda cumple los requisitos sanitarios de habitabilidad y equipamiento. - Fotocopias del contrato de alquiler si estás alquilando la casa, y de los 3 últimos pagos de alquiler, o fotocopias del contrato de compra/ venta, o escritura de propiedad si la está comprando y del último pago de la hipoteca. - Original del empadronamiento de todas las personas que viven en tu casa. - Sólo en el caso de que traigas hijos de un solo cónyuge y no estén los dos cónyuges en España, fotocopia de la autorización judicial paterna o materna de tu país de permitirle residir en España y transferencias de dinero enviadas durante el último año que acrediten que está a tu cargo. - Fotocopia del certificado de nacimiento por el Registro Civil de tus hijos si son a ellos a los que traes, o el tuyo si traes a tus padres; o certificado de matrimonio por el Registro Civil si es al/a la esposo/a al que traes. Si tu lengua no es el castellano, ha de estar en tu lengua oficial y también traducida al castellano. - Solamente en caso de que traigas a tu esposo/a, original de la declaración firmada de que no resides con otro/a esposo/a en España. - Solamente en el caso de que traigas a tus padres, fotocopia de la documentación que demuestre que tus padres dependen de ti económicamente, con los justificantes de envío mensuales (6 últimos meses) y un escrito explicativo que justifique las razones de traerlos.

tu familiar reagrupado se encuentra en España de manera irregular, esto dará lugar a inadmisión del trámite y la denegación del visado. Una vez obtenido el visado, tu familiar deberá entrar en España en el plazo de vigencia del mismo (nunca superior a 3 meses) y, al llegar a territorio español, deberá solicitar la tarjeta de identidad de extranjero. (TIE).

A partir de que te notifiquen la concesión del permiso de residencia temporal por reagrupación, tus familiares deberán solicitar los visados en el Consulado o Embajada de España que te corresponda en un plazo máximo de 2 meses (contados a partir de la fecha en que recibas la concesión del permiso). Si en el momento de la solicitud del visado, 15

4.ADMINISTRACIÓN La administración pública ubicada en Santomera dispone de recursos muy variados para atender a la ciudadanía, desde los necesarios para posibilitar los derechos y hacer cumplir los deberes, como pagar los impuestos y redistribuirlos, hasta los destinados a cubrir necesidades.

SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN: 4.1. INFORMACIÓN SOBRE EMPADRONAMIENTO Los servicios públicos, servicios sociales, centros escolares, centros médicos, etc., están organizados, por lo general, por zonas geográficas y corresponden unos u otros según el lugar de empadronamiento. Por esta razón, es importante el lugar en que estás empadronado /a. Es el requisito imprescindible para ser beneficiario de gran parte de los servicios del municipio. El empadronamiento es totalmente gratuito y no es necesario tener papeles en regla para empadronarse. Te puedes empadronar en el Ayuntamiento, situado en la Plaza Borreguero Artés, 1, Casa Ayuntamiento, de Santomera. Empadronarse, significa registrarse o inscribirse en el “Padrón Municipal”, que no es más que un registro donde figura el vecindario del pueblo o ciudad. Pueden empadronarse tanto personas españolas como extranjeras, con independencia de que tengan regularizada o no su situación administrativa. Para empadronarte es necesario acreditar cuál es tu vivienda en el Ayuntamiento. Es obligatorio notificar en el padrón:

- El cambio de domicilio en el propio municipio de Santomera. - Cada dos años es necesario solicitar la renovación de inscripción padronal para las personas que tengan la autorización de residencia, aunque no se cambie de domicilio. - En España al empadronarse en un ayuntamiento se produce una baja en el anterior municipio. Por último, recuerda pedir el justificante de empadronamiento y conservarlo, ya que lo necesitarás para realizar otras gestiones, como por ejemplo la obtención de la Tarjeta Sanitaria. Para empadronarse es necesario presentar: - Original y fotocopia del DNI, NIE o pasaporte para las personas extranjeras que no tengan la tarjeta. - Documento acreditativo de residencia en el municipio: contrato de alquiler, justificante de contrato, recibo de luz, agua, gas, etc. Para las personas extranjeras que no tengan tarjeta de residencia / papeles en regla es necesario un justificante de la persona propietaria del piso alquilado o de la persona titular del contrato de alquiler, para demostrar que se vive en el municipio. - Si se empadrona algún hijo /a menor se necesita el original y la fotocopia de su documento de identidad y del Libro de Familia. El empadronamiento da derecho a: - Asistencia sanitaria gratuita. - Escolarización gratuita. - Escuela de padres/ madres. - Apoyo a familias con menores en situación de riesgo psicosocial. - Acceso a la Universidad para mayores de 25 años. -Acceso a Servicios Municipales de Formación.

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4.2. INFORMACIÓN SOBRE CERTIFICADO DE CONVIVENCIA

EL

El certificado de convivencia es un documento público y fehaciente que refleja los datos contenidos en una hoja padronal. Se pide a solicitud de la persona interesada, o su representante legalmente autorizado. Para más información diríjase al Negociado de Estadística del Ayuntamiento, situado en Plaza Borreguero Artés, 1. 4.3 INFORMACIÓN SOBRE TRÁMITES PARA CONTRAER MATRIMONIO MATRIMONIO CIVIL Para poder contraer matrimonio civil en Santomera, al igual que en el territorio nacional, es necesario que al menos una de las personas contrayentes esté empadronada en la localidad donde se vaya a registrar el matrimonio. Se realiza en el Juzgado de Paz. El escrito de solicitud será facilitado por el Juzgado de Paz, donde te informarán de la documentación que debes aportar. Toda la documentación necesaria que no sea española, deberá traducirse por traducción jurada y legalizarse. Requisitos: - Certificación de inscripción consular de la persona interesada con expresión del domicilio de la misma, tiempo de residencia en España y lugar de procedencia. - Deberá acreditarse si la Ley personal de su país exige la publicación de Edictos al contraer matrimonio civil en España. - En algunos casos deberán aportar certificado de capacidad matrimonial. - Toda la documentación que no esté escrita en español deberá traducirse por traducción jurada y legalizarse por el consulado respectivo (tanto original como la traducción) y/o el Ministerio de Asuntos Exteriores, sección legalizaciones de C/ Serrano Galvache, 26). La apostilla de la

Haya sustituye a la legalización de documentos. - Aquellas personas que no hablen castellano, deberán comparecer con traducción jurada e intérprete. También deberá presentarse por todas las personas solicitantes fotocopia del documento de identificación: DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia. UNIONES DE HECHO Las personas que convivan en pareja, de forma libre, pública y notoria, vinculadas de forma estable, al menos durante un período ininterrumpido de seis meses, existiendo una relación de afectividad y que no deseen formalizar esa unión mediante el matrimonio civil, a fin de obtener los beneficios que la ley concede en materia de herencias, pensiones compensatorias, asignación de la vivienda en caso de separación, etc., podrán inscribirse en un Registro de carácter administrativo, siempre que voluntariamente decidan someterse a la ley reguladora. Entre otros requisitos, la unión no debe estar inscrita en el Registro de otra Comunidad Autónoma y que las dos personas de la unión de hecho estén empadronadas en el municipio de Santomera. La solicitud declarativa de la existencia de la pareja de hecho, deberá acompañarse de la siguiente documentación: a) Formulario de Solicitud de inscripción. b) D.N.I., pasaporte o documento acreditativo de la identidad de ambos miembros. c) Certificado de empadronamiento de ambas partes de la pareja de hecho. d) Certificado del Registro Civil en el que se acredite el estado civil de cada uno de los solicitantes. e) Testimonio de dos testigos mayores de edad en pleno ejercicio de sus derechos civiles, sobre la relación de la pareja de hecho con relación efectiva análoga a la del matrimonio durante al menos seis meses, o, en su caso, certificado de nacimiento del Registro Civil

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referido al hijo común, donde conste la filiación a nombre de ambos miembros de la pareja. f) En el supuesto de personas extranjeras, se deberá acreditar el estado civil con un Certificado equivalente del país de origen, debidamente legalizado para que pueda surtir efectos en España, acompañado de traducción oficial, y en su caso de la separación judicial. También puede obtenerse la acreditación del estado civil en los respectivos Consulados en España. Este trámite lo puedes realizar en la Casa Ayuntamiento situado en Pza. Borreguero Artés, 1. Telf. 968865215 4.4. INFORMACIÓN SOBRE TRÁMITES DE REGISTRO DE NACIMIENTOS Para informarte sobre estos trámites has de acudir al Registro Civil situado en C/ Fernando Giner, 12. Se pueden inscribir directamente en el Registro Civil de Santomera los nacimientos de progenitores empadronados en Santomera en el mismo domicilio. En el caso de que los progenitores no estén casados, es necesario solicitar en el Registro Civil Exclusivo de Murcia situado en la Avda. Teniente Montesinos, 8, de Espinardo, la inscripción en Santomera. El plazo para inscribir el nacimiento va desde las 24 horas desde el momento en que éste se produce hasta los 8 días siguientes, ampliable a 30 días por causas justificadas. La documentación requerida: o Certificado de nacimiento hospitalario (hoja amarilla). o Certificado del hospital que acredite que el hospital no ha procedido al registro del nacimiento. o Libro de Familia, si disponen del mismo. o DNI o NIE del padre y la madre.

o

Certificado de empadronamiento, si la dirección no coincide con la del DNI ó NIE.

Recuerda que ni el nacimiento en España de hijos de progenitores extranjeros, ni la inscripción del nacimiento en el Registro, implican la adquisición automática de la nacionalidad española. 4.4 INFORMACIÓN SOBRE TRÁMITES DE NACIONALIDAD Se solicita al Registro Civil Exclusivo de Murcia situado en la Avda. Teniente Montesinos, 8, Espinardo, Murcia. Teléfonos 968859241/ 968858736. Para obtener la solicitud de la nacionalidad española en Internet accede a la página web www.mjusticia.es La nacionalidad es la cualidad de una persona determinada por el vínculo o la relación que la une con un determinado Estado. En el caso de la nacionalidad española será con respecto a España. Nacionalidad Originaria: Es aquella que la persona adquiere desde el momento de su nacimiento. ¿Quiénes son españoles/ as de origen? - Los/as nacido/as de padre o madre españoles. - Los/as nacidos/as en España, cuando sean hijos/as de padres/madres extranjeros/as, si uno de ellos ha nacido también en España (excepto en el caso de los hijos/as de diplomáticos/as). - Los nacimientos en España de padres/madres extranjeros/as si ambos carecen de nacionalidad (apátridas) o si la legislación de éstos no atribuye ninguna nacionalidad al niño o la niña. - Los nacimientos en España si se desconoce quiénes han sido sus padres. Se presumen nacidos/as en el territorio español a los/as menores de edad cuyo primer lugar de estancia conocido sea el territorio español. Nacionalidad por residencia: Esta forma de adquisición de la nacionalidad exige la residencia de la

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persona en España durante diez años de forma legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición. En el caso de las personas que hayan obtenido asilo o refugio será suficiente el transcurso de 5 años y se exigirán 2 años en el caso de nacionales de países Latinoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal ó los sefardíes. El período de residencia se reducirá en los siguientes casos: - A un año para los/as nacidos/as en España. - A un año para quien haya estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de una persona o institución española durante dos años consecutivos, incluso si continuara en esta situación en el momento de realizar la solicitud. - A un año de residencia legal y continuada para los cónyuges de españoles/as, siempre que no estuvieran separados/as legalmente o de hecho. - A un año para quien no ejerció en plazo su derecho a adquirir la nacionalidad por opción. - A un año al viudo o viuda de español/a, si al momento de producirse el fallecimiento no se encontraran separados de hecho o judicialmente. - A un año a aquellos/as nacidos/as en el extranjero, hijo de padre o madre, abuelo o abuela que hubiesen sido originariamente españoles. Las personas de origen latinoamericano tienen la obligación de renunciar a nacionalidad de origen para obtener española, ya que se les reconoce derecho a poseer la doble nacionalidad.

no su la el

Nacionalidad por opción: Es otra forma de adquirir la nacionalidad española, a la que pueden optar: - Aquellos/as que estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un/a español /a. - Aquellos/as cuyo padre o madre hubiera sido originariamente español/a y nacido/a en España. Aquellos/as cuya filiación o determinación de su nacimiento en España

se produzca después de alcanzar la mayoría de edad. - Los/as que hayan sido adoptados/as siendo mayores de edad. Existe un plazo para solicitarla. Nacionalidad por carta de naturaleza: Esta es una vía excepcional de adquisición de la nacionalidad, que debe solicitarse ante el Ministerio de Justicia siempre que existan razones de interés público o humanitario de carácter excepcional que la justifiquen. Nacionalidad por posesión de estado: La posesión y utilización continuada de la nacionalidad española durante al menos 10 años, con buena fe y basada en un título inscrito en el Registro Civil, es causa de consolidación de la nacionalidad aunque se anule el título que la originó. Nacionalidad española con valor de simple presunción: Esta posibilidad está prevista para los/as nacidos/as en España de padres extranjeros que la legislación nacional de los países de sus padres no le transmiten la nacionalidad, por lo que antes de que queden apátridas la legislación española les concede la nacionalidad con valor de simple presunción. Cómo presentarlo: La solicitud se realiza en un impreso oficial y se presenta en el Registro Civil.

4.5 INFORMACIÓN SOBRE OTROS TRÁMITES QUE SE REALIZAN EN EL REGISTRO CIVIL  Fe de vida. Es el documento que acredita que la persona está viva.  Certificaciones de fallecimientos, nacimientos y matrimonios inscritos en Santomera.  Petición de Certificados a otros Registros Civiles.  Rectificaciones de errores en las inscripciones de matrimonios, nacimientos y defunciones.  Capitulaciones matrimoniales en régimen de separación de bienes, siempre que el matrimonio sea inscrito en Santomera.

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5. SERVICIOS SOCIALES 5. ¿QUÉ SON LOS SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO? Las personas, en el ámbito individual y familiar, pueden encontrarse ante problemas económicos, de salud, etc., que afectan a su bienestar y que no pueden resolver por sí mismas, de modo que necesitan un apoyo, una orientación de los recursos públicos, de los denominados servicios sociales. Se trata de un conjunto de servicios y programas de promoción, desarrollo y atención social a personas, familias y colectivos que se encuentran en riesgo o sufren exclusión social y económica. En nuestro municipio los Servicios Sociales están integrados en la Mancomunidad de Servicios Sociales de la Comarca Oriental, de la que también forman parte los municipios de Abanilla, Beniel y Fortuna. Prestan la atención a través de las Unidades de Trabajo Social en cada uno de los Municipios y sus respectivas pedanías, ofreciendo así, unos servicios próximos y descentralizados. Centro de Servicios Sociales Dirección: C/ San Rosendo, 23 30140 Santomera Tfno: 968 86 16 19 Fax: 968 86 24 87 www.comarcaoriental.com A nivel más específico, los/as profesionales de la Mancomunidad ofrecen una intervención, con determinados sectores de la población, orientada a la gestión de aquellas prestaciones sociales que requieren unas técnicas de intervención especializadas. Incluyen, familia e infancia, personas mayores con dependencia o riesgo social, personas con discapacidad, minorías étnicas, personas en situación de emergencia, riesgo o exclusión social, prevención de drogodependencias, emigrantes retornados y atención al/a la consumidor/a.

Los programas de atención especializada se organizan conjuntamente para los cuatro Municipios, desplazándose los/as profesionales a cada localidad para la atención directa con los usuarios/as. Algunos de sus servicios y programas son: - Servicio de información, orientación y asesoramiento. - Servicio de Atención al Consumidor/a. - Servicio de Emigrantes y Retornados. - Programa de Personas Mayores y Dependencia: Teleasistencia, Ayuda a Domicilio, Respiro Familiar y Atención a la dependencia. - Programa de Prevención de Drogas. - Programa de Acompañamiento para la Inclusión Social. - Programa de Apoyo a Familias. Para obtener información y orientación acerca de los recursos existentes no hace falta disponer de documentación legal ni estar empadronado/a en el municipio. Pero para solicitar cualquier tipo de prestación sí hay que acreditar el empadronamiento así como reunir una serie de requisitos económicos y sociales de los cuales informan los/as Trabajadores/as Sociales. El horario de atención es de lunes a viernes de 9 a 14 horas.

OTROS RECURSOS CON ATENCIÓN SOCIAL ASOCIACIÓN DE LA CARIDAD (CARITAS PARROQUIAL) Cuenta con voluntarios/as que trabajan en distintas acciones: alimentos, ropero, acompañamiento a mayores, menores, personas con discapacidad, etc. Se encuentra en: C/ Iglesia, s/n Telf. 968 86 50 35 Horario: Martes y Viernes tarde (banco de alimentos) y Miércoles tarde (ropero). CRUZ ROJA ESPAÑOLA- Asamblea local Santomera 20

Ctra. de Alicante, s/n Telf: 968 86 12 22 Horario: Lunes a viernes a partir de las 17 horas. Cruz Roja Española Comité Local de Santomera Oficina de Secretaria Ctra. Alicante-Murcia, s/n - 30140 Murcia ℡ 968861222  968861222  [email protected] Servicios que presta:  Información y orientación  Banco de Alimentos  Servicio de Ayuda a Domicilio Complementaria  Teleasistencia Domiciliaria  Actividades de ocio y Tiempo libre para Personas Mayores y Personas con Discapacidad  Dispositivo Prevención “Ola de calor”  Voluntariado y Formación  Trabajos en Beneficio de la Comunidad  Socorros y Emergencias  Transporte Sociosanitario

REPAIN (Redes Socioeducativa)

para

la

Inserción

C/ Rosario, 48. Santomera, 30140. Murcia Tel.: 968 86 34 49 Fax: 968 86 34 49 [email protected] Servicios que presta:  Información y orientación  Asesoramiento jurídico a inmigrantes  Orientación socio-laboral  Programas de Iniciación Profesional  Centro de día para menores  Servicio de traducción de la lengua árabe

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6. LABORAL Según la Ley Orgánica 4/2000,reformada por la Ley Orgánica 8/2000: “Los extranjeros mayores de dieciséis años que deseen ejercer en España cualquier actividad lucrativa, laboral o profesional, por cuenta propia o ajena, habrán de obtener la autorización administrativa correspondiente para trabajar”.

6.1. INFORMACIÓN BÁSICA PARAREALIZAR UN CONTRATO DE TRABAJO

Requisitos para trabajar en España: Tener 16 años cumplidos. Ser español/a o miembro de la Unión Europea o Espacio Económico Europeo o residente no comunitario/a en posesión de autorización de trabajo y residencia en vigor. Titulación homologada para el ejercicio de la profesión, cuando proceda. Existen diferentes tipos de autorización de trabajo para personas extranjeras no comunitarias, unidas a la autorización de residencia.

El contrato puede ser formalizado por escrito, o de palabra, aunque la Ley determina algunos casos en los que obligatoriamente ha de ser por escrito. Son los siguientes: - Prácticas. - Formación. - Para obras o servicios determinados. - A tiempo parcial, fijo discontinuo o de relevo. - A domicilio. - Trabajadores/as contratados/as en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. - Los contratos por tiempo determinado, cuya duración sea superior a cuatro semanas.

Para más información sobre estos requisitos y condiciones para trabajar puedes dirigirte a los servicios de información. ENTRE LOS DERECHOS SE ENCUENTRAN LOS SIGUIENTES: - A la ocupación efectiva durante la jornada de trabajo. - A la promoción y formación en el trabajo. - A no ser discriminados/ as para acceder a un puesto de trabajo. - A la integridad física y a la intimidad. - A percibir puntualmente la remuneración pactada. Entre los deberes, destacan los siguientes: - Cumplir las obligaciones concretas del puesto de trabajo. - Cumplir las medidas de seguridad e higiene que se adopten. - Cumplir las instrucciones de la persona empresaria en el ejercicio de su función directiva. - No realizar la misma actividad que la empresa en competencia con ella. - Contribuir a la mejora de la productividad.

El contrato de trabajo es el acuerdo entre la empresa y la persona contratada, por el que ésta queda obligada a prestar sus servicios laborales, a cambio de una retribución.

Están capacitados/as para firmar un contrato de trabajo: - Las personas mayores de edad. Los/as menores legalmente emancipados/as. - Mayores de 16 y menores de 18 con autorización de los padres o de quién los tenga a su cargo. - Los/as extranjeros/as de acuerdo con la legislación aplicable. El contrato de trabajo reconoce unos derechos para las personas trabajadoras, que suponen una obligación para el/la empresariado/a y viceversa. Por otra parte, las personas empresarias están obligadas a registrar en la Oficina de Empleo del Servicio Público de Empleo, en el plazo de 10 días siguientes a la concertación, los contratos que deben celebrarse por escrito, o comunicar, en igual plazo, las contrataciones efectuadas, aunque no exista obligación legal de formalizarlas por escrito. 22

Así como en la Constitución Española, Carta Magna de nuestro país están establecidos unos deberes y unos derechos, en nuestras empresas, como trabajadores/as, también tenemos derechos y responsabilidades relacionadas con nuestra seguridad y protección laboral.

6.2. ¿DÓNDE ACUDIR SI BUSCAS TRABAJO O NECESITAS ORIENTACIÓN LABORAL EN SANTOMERA? 6.2.1 Agencia de Desarrollo en Santomera La Agencia de Desarrollo en Santomera es una entidad creada por la Concejalía de Industria, Comercio y Empleo, integrada por el Centro de Desarrollo Local y el Vivero de Empresas para ayudar a las empresas y a las personas emprendedoras, a las personas desempleadas y a los/as trabajadores/as asesorándoles en la promoción de empresas, búsqueda de empleo, autoempleo y formación, fomentando y favoreciendo la actividad socio-económica del municipio de Santomera. Entre sus principales objetivos se encuentran: Promover la creación de empresas. Apoyo a las personas emprendedoras. Favorecer la búsqueda de empleo. Programar cursos para empresarios/as, trabajadores/as y desempleados/as. Reciclaje de trabajadores/as en activo. Dinamizar el desarrollo socioeconómico de Santomera. Incentivar el comercio. Fomentar la cultura empresarial.

laboral, confección de Currículum Vitae, bonificaciones para el empleo, becas para prácticas profesionales. Trabajando en demandas y ofertas de empleo, recolocación de desempleados/as, recursos humanos e integración laboral, prácticas profesionales en empresas, programas mixtos de empleo y formación (Escuelas Taller, Talleres de Empleo, Casas de Oficios). Informando en tendencias de empleo, Cheque Empleo, profesionales de difícil cobertura, prestaciones por desempleo, ayudas para la conciliación laboralfamiliar, carnés profesionales (manipulación de alimentos, instalación,...), cómo trabajar en Europa, empleos públicos. Formación ocupacional: Asesoramiento en la formación para el empleo, formación empresarial, bonificaciones formativas, prácticas profesionales. Trabajando en demandas formativas, planificación de la formación, reciclaje profesional a través de la formación, formación integral para personas desempleadas. Oferta formativa en nuevas tecnologías, informática y ofimática, diseño web y gráfico, secretariado y contabilidad, técnicas comerciales, laboral y fiscal. Profesiones variadas: electricidad, mecánica,... cursos sectoriales para empresas, seguridad y salud laboral e idiomas. 6.2.1.2.Vivero de Empresas

6.2.1.1. (CEDES)

Centro

de

Desarrollo

Local Polígono Industrial Vicente Antolinos. Telf. 968863500.

Cmno. de la Mina, 6. [email protected]

[email protected]

[email protected]

Servicios: Información sobre ayudas para empresas. Información sobre tipos de constitución de una empresa. Empresariado, comerciantes y personas autónomas pueden tramitar sus gestiones

Servicios: Intermediación laboral: Asesoramiento para el empleo y el autoempleo, contratación y normativa

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con el Instituto de Fomento (INFO) a través del Vivero de Empresas. Atención: martes de 12:00 a 14:00 horas. Donde podrá obtener información general sobre ayudas y servicios (liquidez para micro pymes y personas autónomas, ayudas al comercio minorista, programas de innovación y equipamientos empresariales, programas para empresas en crisis…); tramitación de solicitudes; recogida de documentación; información sobre el estado de las consultas realizadas; consultas a la Dirección General de Industria, Energía y Minas o a la Agencia de Gestión de la Energía de la Región de Murcia. Para más información, pueden acudir al propio Vivero de Empresas o llamar al número 968 863 500. 6.2.2. Oficina de emancipación joven C/ Cuatro Esquinas, 58, Casa Grande. Telf. 968864828 / 968860450. Para personas de edades comprendidas entre 18 y 35 años que busquen empleo, crear su propio negocio ó trabajar en el extranjero. Servicios: o Bolsa de empleo. o Asesoramiento sobre como construir tu currículo, como crear tu propio negocio, subvenciones públicas. o Cursos de formación. o Incentivos a empresas para la contratación de la población joven. o Asesoramiento jurídico y fiscal. 6.2.3. Centro Local de Empleo para Mujeres Centro de la Mujer C/ de los Huertanos, s/n. Casa de D. Claudio Ros. 968863336. [email protected] Servicios: o Información laboral. o Cursos de formación. o Orientación laboral para la búsqueda de empleo.

o o

Bolsa de trabajo e intermediación laboral. Asistencia al autoempleo: empresarias o emprendedoras.

6.3. ¿DÓNDE ACUDIR SI BUSCAS TRABAJO O NECESITAS ORIENTACIÓN LABORAL EN LA REGIÓN DE MURCIA? - Servicio de empleo y formación (SEF) C/ Jorge Juan, 2. En Barrio de la Flota Telf. 968205190.

6.4. SINDICATOS Un sindicato es una organización democrática, integrada por trabajadores/as en defensa y promoción de sus intereses sociales, económicos y profesionales relacionados con su actividad laboral, respecto al centro de producción (fábrica, taller, empresa) o al/a la empleador/a con el/la que están relacionados contractualmente. En Murcia: -Comisiones Obreras (CC.OO.) C/ Corbalán, 4, Murcia. Telf. 968355030. -Unión General de Trabajadores (UGT) C/ Santa Teresa, 10. Telf. 968284613 y 968281666. -Confederación Nacional del Trabajo (CNT) Dirección Postal: Apartado 6053 30003 Murcia Email: [email protected] Teléfono: 663 286 093 -Confederación General del (CGT) Pza. Camacho, 13, 2º izquierda 30002 Murcia Teléfono y Fax: 968 21 32 63

Trabajo

-Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSI-CSIF) C/ Ruipérez 10 - 1ºE Tfno: 968 21 81 82 Fax: 968 21 07 60 E-mail: [email protected]

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6.5. SEGURIDAD SOCIAL www.seg-social.es Dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración, la Administración de la Seguridad Social es el conjunto de órganos Administrativos y Organismos Públicos con facultades y competencias reguladoras, directivas, planificadoras o gestoras encaminadas a garantizar a la ciudadanía española, y en su caso, a las personas extranjeras residentes en nuestro país, el conjunto de prestaciones asistenciales, sanitarias, económicas o de otro tipo que las normas han establecido. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) son dos de sus órganos. El INSS tiene encomendada la gestión y administración de las prestaciones económicas del sistema público de Seguridad Social y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria. Entre sus competencias se encuentra el reconocimiento, gestión y control de las siguientes prestaciones: • Jubilación (nivel contributivo). • Incapacidad permanente (nivel contributivo). • Muerte y supervivencia (viudedad, orfandad, en favor de familiares y auxilio por defunción). • Incapacidad temporal. • Maternidad. • Riesgo durante el embarazo. • Prestaciones familiares (hijo/a a cargo, nacimiento de tercer o sucesivos hijos/as y parto múltiple (nivel contributivo y en nivel contributivo y no contributivo). • Indemnizaciones económicas derivadas de lesiones permanentes no invalidantes. • En el ámbito internacional, la participación en la medida y con el alcance que se le atribuya por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, en la negociación y ejecución de los Convenios Internacionales de Seguridad

Social, así como la pertenencia a Asociaciones y Organismos internacionales. En Murcia, el Instituto Nacional de la Seguridad Social se encuentra en: Avda. Alfonso X El Sabio, 15 bajo 30008 MURCIA Teléfono: 968 382300 Fax: 968 382314 C/ Simón García, 63 30003 MURCIA Teléfono: 968 218835 / 968 219566 Fax: 968 219599 Por su parte, la Tesorería General de la Seguridad Social es un servicio común de la Seguridad Social donde se unifican todos los recursos económicos y la administración financiera del Sistema de la Seguridad Social. Entre sus competencias están las siguientes: • La Inscripción de empresas. • La Afiliación, altas y bajas de los/as trabajadores. • La gestión y control de la cotización y de la recaudación de las cuotas y demás recursos de financiación del Sistema de la Seguridad Social. • El aplazamiento o fraccionamiento de las cuotas de la Seguridad Social. En Murcia: Molina de Segura, 3 Ed. Eroica I 30007 MURCIA Teléfono: 968 200 426 Fax: 968 240 292 Avda. Miguel Cervantes, 2 30009 MURCIA Teléfono: 968 275 180 Fax: 968 275 182 C/ Ortega y Gasset, s/n 30009 MURCIA Teléfono: 968 395 000 Fax: 968 395 020

Uno de los servicios más demandados es el Informe de Vida Laboral.

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- ¿Qué es el Informe de Vida Laboral? Se trata de un documento en el que se reflejan los datos identificativos del/de la solicitante, el número de días que figura en situación de alta a la fecha del informe, notas informativas y otros posibles textos en función de las circunstancias de cada persona en su relación con la Seguridad Social. El informe de vida laboral se puede obtener a través de tres servicios distintos: 1. Con el servicio de obtención de informes de vida laboral con certificado digital la impresión y/ o consulta del informe se realiza en el mismo momento de su petición, a través de su propio ordenador. 2. Con el servicio de obtención de informes de vida laboral sin certificado digital el informe se puede solicitar a través del correo ordinario sin necesidad de presentarse en ninguna Administración de la Seguridad Social. 3. Presencialmente, en las propias oficinas de la Seguridad Social.

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7. VIVIENDA La vivienda o propiedad (piso, local, garaje, trastero…) de la cual es titular cada vecino/a es de uso privado y particular. La comunidad de vecinos y vecinas, por su parte, tiene como cometido ‘’administrar y gestionar’’ los elementos comunes del edificio o recinto (escaleras, patios, jardines, ascensor…). Existen diferentes vías para acceder a una vivienda: a través de relaciones personales, de las agencias inmobiliarias y de internet. La vivienda puede ser de alquiler o de compra. 7.1. SI VAS A ALQUILAR UNA VIVIENDA NECESITAS SABER QUE: El contrato de alquiler es un acuerdo privado entre dos personas: el/la arrendador/a (propietario/a) y el/la arrendatario/a (inquilino/a). Documentación necesaria para firmar el contrato de alquiler:  Documento de identidad: DNI o pasaporte, o permiso de residencia (NIE).  Generalmente se solicita también una copia del contrato de trabajo y de las nóminas.  A veces se pide un aval bancario para garantizar que el/la inquilino/a puede pagar el alquiler. CONDICIONES ECONÓMICAS 



Normalmente hay que pagar dos o tres meses de alquiler por adelantado, en concepto de fianza. Se paga en metálico y el importe se queda depositado en la Cámara de la Propiedad Urbana en el momento en que el/la propietario/a registra el contrato. El/la propietario/a devolverá la fianza cuando finalice el contrato siempre que no se produzcan desperfectos en la vivienda atribuibles al/a la inquilino/a.







Para evitar malentendidos es aconsejable realizar un inventario del estado del mobiliario y de los objetos de la casa, Este documento firmado por el/la inquilino/a se adjunta al contrato. El precio de la renta (alquiler) se incrementa de año en año de acuerdo con el índice de precios al consumo (IPC) que establece el Estado. El/la propietario/a debe acreditar con un recibo el pago mensual del alquiler. El recibo se puede pagar a través del banco o caja de ahorros.

DURACIÓN DEL CONTRATO La duración del contrato se pactará entre las dos partes. Hay que tener en cuenta que la Ley de Arrendamientos Urbanos obliga al/ a la propietario/a a prorrogarlo año tras año hasta llegar a los 5 años, si el/la arrendatario/a lo desea. REALQUILER HABITACIONES

DE

VIVIENDA

O

La vivienda sólo se puede subarrendar (realquilar) de forma parcial (una o varias habitaciones). Para ello es necesario el consentimiento por escrito del/de la propietario/a. No está permitido el alquiler como vivienda de un local comercial, industrial o garaje. Tampoco la sobreocupación: las personas que habitan una misma vivienda deben estar en consonancia con el número de habitaciones y metros cuadrados. ANTES DE LA FIRMA DEL CONTRATO ES IMPORTANTE:  Comprobar si corresponde al/a la propietario/a o al/ a la arrendatario/a el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI), tasa de recogida de basura, desperfectos en la vivienda, etc.  La firma del contrato supone la aceptación de las condiciones acordadas por ambas partes, por eso se 27

recomienda una lectura detenida del documento y, si es posible, obtener el asesoramiento de un/a experto/a como un/a agente de la propiedad inmobiliaria (API) o de las oficinas municipales de información al/a la consumidor/a (OMIC); en Santomera, en el Centro de Servicios Sociales, C/ San Rosendo, 23. Aquí te mostramos una serie de DERECHOS Y OBLIGACIONES que tienes como inquilino/a. Todos los derechos y obligaciones se encuentran regulados en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. Derechos 1. Tiempo máximo de alquiler: El/la inquilino/a puede disfrutar de esa vivienda durante cinco años siempre que no pacte otro plazo con el/la propietario/a. Mientras que el/la propietario/a está obligado a prorrogar el contrato año a año hasta cumplir los cinco, el/la inquilino/a puede prescindir del contrato al final de cada año. Ahora bien, está obligado/a a comunicárselo al/a la dueño/a del inmueble con un mínimo de treinta días. 2. Si se cumplen los cinco años y ninguna de las partes comunica a la otra la rescisión del contrato, éste sigue vigente de manera automática por periodos anuales hasta que se cumplan tres años más. En este caso, el/la inquilino/a tendría derecho a abandonar la vivienda al final de cada año de arrendamiento. 3. Obras: El/la dueño/a de la vivienda debe comunicar al/a la inquilino/a la naturaleza de las reformas que vaya a realizar, así como su duración y su coste. La ley explica que hay dos tipos de obras: Obras de mejora: El/la inquilino/a está obligado/a a soportarlas cuando su ejecución no pueda aplazarse hasta la conclusión del contrato (como reparaciones de tuberías, de goteras). El/la arrendatario/a tendrá derecho a una reducción de la renta en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado/a por su causa, así como a la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar. Obras de conservación: El/la arrendador/a está obligado/a a realizar, sin derecho a

elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad, salvo cuando el deterioro sea achacable al/a la inquilino/a. 4. Ausencia del/de la titular. Se pueden dar los siguientes casos: Si el/la arrendatario/a abandona la vivienda el/la cónyuge podría continuar habitando en ella, al igual que su pareja de hecho, con independencia de su orientación sexual, pero en este caso se exige una convivencia mínima de dos años. 5. En caso de muerte del/de la arrendatario/a: Podrán subrogarse o seguir en el contrato las personas que hayan vivido con el/la inquilino/a titular, durante al menos los dos años anteriores. Si viviera solo/a, el arrendamiento quedará extinguido. Es recomendable que cuando dos personas vivan juntas, el contrato esté a nombre de las dos. 6. La persona propietaria necesita la vivienda. Si el/la propietario/a necesita la vivienda para ocuparla durante los cinco primeros años de contrato y no lo hace constar en él, no tendrá derecho a rescindirlo. Pero si esa opción figura en el contrato y recurre a ella, deberá ocupar la vivienda antes de tres meses desde el desalojo del/de la inquilino/a. De lo contrario, el/la inquilino/a podrá volver a la vivienda por otros cinco años y será indemnizado/a con los gastos que el desalojo de la vivienda le hubiera ocasionado. O, si lo prefiere, será indemnizado/a con el importe total de la renta de los años que le quedaran hasta el fin del contrato. 7. Si el/la propietario/a de la vivienda justifica que él/ella o sus descendientes la necesitan pasados los primeros cinco años, debe avisar al/a la inquilino/a con tres meses de antelación y ocupar la vivienda antes de seis meses. - Si el/la propietario/a decide vender la casa alquilada, el/la inquilino/a tendrá el derecho de adquisición preferente, a precios de mercado. 7.2. SI VAS A COMPRAR UNA VIVIENDA NECESITAS SABER QUE:

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La adquisición de una vivienda en propiedad representa un gasto muy elevado. Los ahorros personales a veces no son suficientes y a menudo hay que solicitar un préstamo hipotecario a alguna entidad financiera. Es muy importante conocer las condiciones económicas que ofrecen las diferentes entidades bancarias y cajas de ahorros: intereses, gastos de tramitación y notaría, impuestos, etc.

Oficina de Emancipación Joven ofrece gratuitamente:   

 La vivienda puede ser de nueva construcción o de segunda mano. En los dos casos es aconsejable contratar un seguro que incluya el mobiliario y demás enseres. De este modo se evitarán perjuicios en caso de accidente en el propio domicilio o de incidentes que perjudiquen a otros/as vecinos/as (escape de agua, incendios, etc.), ya que cada vecino/a ha de asumir los gastos derivados de los daños que pueda causar la vivienda de otro/a vecino/a. VIVIENDA DE SEGUNDA MANO Antes de comprar una vivienda de segunda mano es necesario asegurarse de que se encuentra en buen estado y de que no surgirán problemas.  Es interesante consultar en el Registro de la Propiedad la situación jurídica en la que se encuentra la vivienda para saber quién es el/la propietario/a y si está libre de cargas.  Una tasación económica y técnica nos permitirá conocer el estado del piso y del edificio para detectar posibles problemas, como por ejemplo la aluminosis.  También es recomendable pedir la cédula de habitabilidad al/a la vendedor/a para asegurarse de que el espacio está declarado como vivienda y no como local comercial, industrial o garaje. Existen ayudas para la adquisición, alquiler y rehabilitación de vivienda, a las que puedes acceder si cumples los requisitos exigidos. También se promueve la construcción de viviendas de protección oficial (VPO). En nuestro municipio, la

Bolsa de vivienda en alquiler. Información y asesoramiento para compra-venta. Información relacionada con la vivienda joven (ayudas, contratos, impuestos, asesoramiento técnico, deducciones, financiación, hipotecas) Incentivos y garantías para propietarios/as (ejecución, gestión y seguimiento del contrato de alquiler, asesoramiento jurídico, seguro multirriesgo, póliza contra impagos).

Oficina de Emancipación Joven C/ Cuatro Esquinas, 58. Casa Grande Tfno. 968 86 48 28/ 04 50 A nivel regional también existe un Plan de Vivienda, esto es, un conjunto de medidas de apoyo a los/as ciudadanos/as con la finalidad de facilitarles la solución de vivienda. Comprende un conjunto de acciones que tratan de dar respuesta en forma de: 1. Viviendas de protección pública para venta o uso propio. 2. Viviendas de protección pública para arrendamiento (incluyendo el arrendamiento con opción a compra). 3. Viviendas de protección pública para situaciones especiales. 4. Viviendas que se rehabiliten. El Plan de Vivienda Regional 2009-2010 se puede consultar en la siguiente dirección: http://www.carm.es/op/vda/plan0912.jsp

7.3. YA ERES VECINO O VECINA Al entrar a vivir en un piso o en una casa, de alquiler o de compra, adquirimos una serie de derechos y obligaciones en relación con los/as otros/as vecinos/as de la finca, edificio, urbanización o barrio. Pasamos a ser miembros de la Comunidad de Propietarios y Propietarias y adquirimos el derecho a participar en la gestión de los asuntos de la comunidad. Para ello es necesario conocer las normas de funcionamiento.

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Así, las partes comunes deben ser mantenidas y cuidadas por la acción común de todos los/as propietarios/as y/o inquilinos/as, los cuales tienen una serie de obligaciones: 1. Uso adecuado de la Comunidad: es obligación de los habitantes de la comunidad tratar las instalaciones como si fueran suyas. Respetar los espacios comunes (rellanos, escaleras, ascensor y pasillos) y no depositar en ellos objetos personales. Las terrazas son también espacios comunes , por lo que debe pedirse permiso para hacer un uso particular, así como para instalar antenas parabólicas o aparatos de aire acondicionado, por ejemplo. 2. Uso adecuado de la vivienda: no sólo es preciso conservar en buen estado la Comunidad, sino también el propio inmueble del/de la propietario/a, ya que al formar parte de un conjunto, actos, conductas o acciones en la propiedad repercute en los/as demás. 3. Servidumbre: es obligación de cada propietario/a o inquilino/a permitir el acceso a su propiedad si hay que hacer una reparación de instalaciones de la Comunidad. 4. Pagar las cuotas de la Comunidad: la Comunidad se sustenta de la aportación de todos/as y cada uno/a de los/as propietarios/as. Sin ello no es posible su mantenimiento. La obligación es aportar, en tiempo y forma, las cuotas que se deban. 5. Informar sobre cambio de persona propietaria o inquilina: una vez que un/a vecino/a vende su propiedad, debe procurar ‘’presentar’’ al/a la nuevo/a dueño/a, para que la Comunidad tenga constancia de ello, y sepa a quién dirigirse a partir de ese momento. 6. Funciones como presidente/a: la Comunidad la forman los/as propietarios/as, y por tanto, uno de ellos/as, debe ser el que la represente, a través de la figura del /de la Presidente/a. En algunos casos, también pueden establecerse otros cargos, como Secretario/a, Administrador/a, Vicepresidentes/as.

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8. SANIDAD

Todas las personas que viven en España tienen derecho a la atención sanitaria, independientemente de su situación administrativa. El sistema sanitario español se rige por tres principios generales: la concepción integral de la salud, la proximidad a la ciudadanía y la igualdad.

La atención sanitaria pública es gratuita y es competencia de las comunidades autónomas, excepto en Ceuta y Melilla donde depende de la Administración Central. Los ayuntamientos, por su parte, asumen competencias en salud pública y participan en actividades de prevención y promoción de la salud. También existe un sistema de salud privada al que se puede acceder de forma individual y familiar mediante el pago de los servicios recibidos. Los recursos sanitarios de titularidad privada suelen estar gestionados por compañías aseguradoras y mutuas, y a menudo están concertados con la red pública. Además, existen diferentes organizaciones sin ánimo de lucro (ONG) que ofrecen servicios sanitarios gratuitos a colectivos desfavorecidos y desarrollan proyectos y educación en salud. 8.1. LA TARJETA SANITARIA INDIVIDUAL. DÓNDE Y CÓMO PUEDO OBTENERLA La Tarjeta Sanitaria Individual (TSI) es el documento necesario para acceder a los centros y a los servicios y prestaciones sanitarias. Se trata de un documento individual e intransferible que sólo podrá ser utilizado por el titular de la tarjeta. Se obtiene de forma gratuita y cada miembro de la familia, con independencia de su edad, debe tener la suya. Para obtener este documento es imprescindible estar empadronado/a.

La TSI garantiza la confidencialidad de los datos personales. La Tarjeta Sanitaria se puede solicitar en el Centro de Salud previa cita. Cuentas con un centro de salud, situado en C/ la Gloria, 57 con el servicio de cita previa serás atendido/a el mismo día o pocos días después de solicitar tu cita. Si te sientes mal acude primero a ellos y así evitamos entre todos/as saturar los centros de urgencias. La cita la puedes pedir de forma presencial, por teléfono en el teléfono del Centro de Salud, 968861020, en el teléfono de citas del Servicio Murciano de Salud, 968228099 / 902140022, horario de atención de 7:30 a 21:00 horas ó bien a través de la página web del Servicio Murciano de Salud, www.murciasalud.es, donde puedes pedir tu cita las 24 horas del día de lunes a domingo.

8.1.1. ¿CÓMO PUEDO OBTENER LA TARJETA SANITARIA SI DISPONGO DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO? La empresa tramita el número de afiliación a la Seguridad Social y entrega la cartilla médica, que puede incluir como beneficiarios/as a sus familiares (hasta el segundo grado). Esta gestión se realiza en la Tesorería General de la Seguridad Social. Los documentos que se necesitan para obtener la Tarjeta Sanitaria son: 1. Documento personal identificativo (Pasaporte o NIE) 2. Certificado de Empadronamiento, que se obtiene en el Ayuntamiento 3. Tarjeta de Afiliación a la Seguridad Social 4. Libro de familia, cuando sea necesario

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Una vez realizados todos los trámites, la Tarjeta Sanitaria te llegará por correo a tu domicilio. Hasta ese momento, podrás usar el resguardo o la hoja que te entregarán en el momento de solicitarla. Tanto en la tarjeta como en la hoja hay una pegatina donde está el nombre del médico que te corresponde y el teléfono del Centro de Salud para solicitar cita. Si no la recibes, tienes que reclamarla en el Centro de Salud que corresponda. 8.1.2. ¿CÓMO PUEDO OBTENER LA TARJETA SANITARIA SI DISPONGO DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA SIN TRABAJO? Se debe realizar la solicitud directamente en el Centro de Salud. Los documentos que se necesitan son: 1. Documento personal identificativo (Pasaporte o NIE) 2. Certificado de Empadronamiento, que se obtiene en el Ayuntamiento 3. Autorización de residencia 4. Libro de familia, cuando sea necesario 8.1.3. ¿CÓMO PUEDO OBTENER LA TARJETA SANITARIA SI NO DISPONGO DE AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA?

Se debe realizar la solicitud directamente en el Centro de Salud. Los documentos que se necesitan son: 1. Pasaporte 2. Certificado de Empadronamiento, que se obtiene en el Ayuntamiento 4. Libro de familia, cuando sea necesario 5. Para las personas sin recursos suficientes será necesario presentar una declaración jurada 8.2. SERVICIOS Y PRESTACIONES DEL SISTEMA SANTINARIO 8.2.1. ATENCIÓN PRIMARIA El Centro de Atención Primaria (CAP) o Centro de Salud es el primer lugar al que hay que acudir cuando se tiene algún problema de salud.

A cada titular de la Tarjeta Sanitaria le corresponde un/a médico/a de cabecera, un/a pediatra y un servicio de enfermería. En los CAP nos informarán del calendario de vacunaciones y de los programas de prevención y educación para la salud. Si el/la paciente no se puede desplazar al Centro de Salud, existe un servicio a domicilio que se debe solicitar llamando por teléfono al Centro de Salud. 8.2.2. ATENCIÓN ESPECIALIZADA Cuando el problema de salud exige una atención especializada, desde el CAP se deriva al/a la enfermo/a a otros/as doctores/as, centros de pruebas diagnósticas, hospitales, etc. Existen servicios especializados en salud mental, atención a drogodependencias, salud sexual y reproductiva (planificación familiar), rehabilitación, enfermedades tropicales, etc. Los hospitales atienden posibles urgencias, partos y operaciones.

8.3. SERVICIOS QUE OFRECE NUESTRO CENTRO DE SALUD:       

Medicina de familia, Pediatría, Enfermería, Unidad ginecológica de apoyo, Recogida de muestras, Matrón/a, Trabajador/a social

8.4. EL SERVICIO DE URGENCIAS EN ATENCIÓN PRIMARIA DE SANTOMERA (SUAP) Domicilio: C/ Severo Ochoa, s/n Santomera - 30140 - MURCIA Teléfono centralita: 968 86 52 25 Fax: 968 86 48 25 Horarios: De lunes a sábado: De 08:00 horas a 15:00 horas, sólo domicilios según

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criterio para las llamadas al 112 de 15:00 horas a 8:00 horas del día siguiente.

Domingos

y

festivos

las

24

horas.

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9. EDUCACIÓN Y FORMACIÓN Todos/as los/as extranjeros/as menores de 18 años tienen el derecho y el deber a la educación en las mismas condiciones que los/as españoles/as, es decir, el acceso a una enseñanza básica, gratuita y obligatoria, a la obtención de la titulación académica correspondiente y al acceso al sistema público de becas y ayudas. En España la escolarización es de los 3 a los 16 años, ambos inclusive, y obligatoria y gratuita a partir de los 6 años. La educación constituye uno de los pilares básicos del desarrollo de la persona y, en la sociedad actual, en continua transformación, la formación es necesaria a lo largo de toda la vida. Por ello, la educación es uno de los derechos fundamentales, y toda persona que reside en territorio español puede ejercer el derecho a una educación pública y gratuita. También existen centros privados, algunos de ellos son concertados, es decir, reciben financiación de la administración pública, pero son de titularidad privada. Los contenidos de los programas de estudios tanto de los centros públicos como de los privados son los mismos porque se rigen por la misma Ley de Educación.

cualquier momento del año. En este caso, la asignación de la escuela o del instituto, se realizará en función de las plazas libres. 9.2. EL AÑO ESCOLAR El año escolar comienza en septiembre y finaliza en junio, si bien la comunidad autónoma establece el día concreto de inicio y final de curso. Los centros educativos disponen de autonomía, dentro de los márgenes que fija la ley, para establecer los horarios y los días de libre disposición, de los que se informa a las familias a principio del curso. Si bien la educación es gratuita, en las escuelas públicas las familias pueden cubrir los gastos de comedor, salidas culturales, actividades extra-escolares, así como el material escolar y libros de texto, existiendo becas y ayudas para las familias con menores ingresos. Se solicitan directamente en los Centros Escolares. La educación en la diversidad y la promoción de la convivencia son ejes significativos de los programas pedagógicos.

La educación es competencia de las comunidades autónomas. Los ayuntamientos colaboran en la matrícula escolar y en actividades socioeducativas. 9.1. ¿CUÁNDO HAY QUE MATRICULARSE? El período de matrícula se inicia a principios de primavera (entre los meses de marzo y abril). Las familias deben presentar la solicitud en el centro en el que desean inscribir a sus hijos/as. Las personas que cambien de domicilio o que acaben de llegar, pueden formalizar la inscripción fuera de plazo, es decir, en

9.3. ESTRUCTURA EDUCATIVO

DEL

SISTEMA

El sistema educativo español es mixto (alumnos y alumnas comparten la misma clase) y se estructura en diferentes etapas y sectores.

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Educación infantil: de 0 a 6 años (no obligatoria) Se estructura en dos etapas: a) Primer ciclo: de 0 a 3 años. Antes de los 3 años los padres y madres pueden llevar a sus hijos/as a la escuela infantil o guardería. En Santomera, contamos con una Escuela Infantil Municipal y, a partir de septiembre de 2010 contaremos con un nuevo Centro de Atención a la Infancia. ESCUELA INFANTIL MUNICIPAL “ARCO IRIS” C/ Acequia, s/n. Tfno. 968 86 22 55 CENTRO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA “INFANTA ELENA” C/ Del Este b) Segundo ciclo: de 3 a 6 años. En esta edad es recomendable ir a la escuela para que niños y niñas se adapten mejor a la vida escolar. En los centros de titularidad pública se trata de un servicio gratuito, y parcialmente subvencionado en los centros privados concertados. Educación Primaria: de 6 a 12 años (obligatoria) Se compone de seis cursos académicos, organizados en tres ciclos: ciclo inicial (de 6 a 8 años), ciclo medio (de 8 a 10 años) y ciclo superior (de 10 a 12 años). Se trabaja la expresión oral, la lectura, la escritura y el cálculo aritmético. También se promueve la progresiva adquisición de hábitos de convivencia, trabajo y estudio. En Santomera contamos con seis centros escolares en total. Cinco públicos: tres en el núcleo urbano, uno en Matanzas y uno en Siscar; y uno concertado en la periferia del núcleo urbano. CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL PRIMARIA “MADRE ESPERANZA” (SISCAR) Pza. La Iglesia, 2

Y

Tfno. 968 86 00 75 CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA “NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO” C/ Los Pasos, s/n Tfno. 968 86 53 03 CENTRO DE EDUCACIÓN PRIMARIA “RAMÓN GAYA” C/ Sorolla, 2 Tfno. 968 27 71 46

INFANTIL

Y

CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA “CAMPOAZAHAR” (MATANZA) Ctra. Abanilla, km. 4’5 Tfno. 968 86 56 12 CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL PRIMARIA “RICARDO CAMPILLO” Av. Poeta Julián Andúgar, s/n Tfno. 968 86 01 09 CENTRO DE ENSEÑANZA “MAJAL BLANCO” Camino de la Venta, 95 Tfno. 968 86 53 03

Y

CONCERTADO

El desempeño escolar de tus hijos e hijas depende no sólo de la atención que presten a las clases sino también de su cumplimento con las tareas. Su aprendizaje mejora a raíz de vuestra ayuda y de lo que se les inculque acerca de la importancia de ir a la escuela. Tú puedes fácilmente participar en las tareas escolares de tu hijo o hija proporcionándole el ambiente adecuado en casa, uno que le demuestre que consideras la escuela algo muy importante y que deseas ayudarle a que tengan un buen desempeño. Revisa sus tareas, por ejemplo, presta atención a su higiene, insiste en que sea puntual, reúnete con sus maestros/as, establece horarios para hacer las lecciones. Ten en cuenta que los niños/as que reciben apoyo en casa con su aprendizaje, casi siempre tienen un mejor rendimiento escolar.

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Educación Postobligatoria: de 16 a 18 años Después de la ESO, los/as alumnos/as pueden optar por seguir sus estudios: o Actividades Extraescolares Las actividades extraescolares y de tiempo libre (ludotecas, entidades juveniles, culturales y artísticas, asociaciones y clubs deportivos), contribuyen a la educación y a la socialización de los/as niños/as.

Educación Secundaria Obligatoria (ESO): de 12 a 16 años La ESO se imparte en los Institutos de Educación Secundaria (IES). Se estructura en cuatro cursos.

o

Bachillerato: permite acceder a los ciclos formativos de grado superior o a la universidad. Enseñanzas profesionales: incluye Programas de Cualificación Profesional Inicial (P.C.P.I.) para alumnos/as mayores de 16 años (excepcionalmente de 15), y ciclos formativos de grado medio que preparan para el mundo laboral.

En la Web de nuestro Instituto puedes ver los estudios de Bachillerato y Enseñanzas profesionales que se pueden cursar. La Asociación (AMPAS)

de

Madres

y

Padres

En Santomera contamos con un IES: En esta etapa, el proceso de aprendizaje proporciona a los/as alumnos/as conocimientos que favorezcan su autonomía personal e integración social, que potencien el desarrollo personal y faciliten la incorporación al mundo laboral. IES “POETA JULIÁN ANDÚGAR” Av. Poeta Julián Andúgar, 14 Tfnos.: 968 86 52 92/ 58 01 Web: www.iespoetajulianandugar.es

En las etapas de educación infantil, primaria y secundaria es importante la participación de padres y madres en la comunidad educativa, a través de los consejos escolares y de las asociaciones de madres y padres. En Santomera existe una AMPA por centro (Escuela Infantil, Colegios e Instituto), si deseas tener más información sobre las AMPAS, dirígete a tu Centro educativo más cercano. Estudios Universitarios También llamados estudios superiores, aquellos estudiantes que han realizado el Bachillerato o COU (equivalente al actual 2º de Bachillerato) deben realizar la selectividad para acceder a ellos. Otra vía

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de acceso consiste en los ciclos formativos de grado superior y en las pruebas de acceso para mayores de 25 años. La Universidad más cercana a nuestro municipio es la Universidad de Murcia: UNIVERSIDAD DE MURCIA Campus de Espinardo

Avda. Teniente Flomesta, 5 Murcia Tfno: 868 88 30 00 Web: www.um.es Formación de Adultos/as Para los/as mayores de edad, las escuelas de adultos/as desarrollan una oferta educativa gratuita que ofrece un amplio abanico de posibilidades: cursos de alfabetización, formación básica, Graduado en Educación Secundaria, acceso a ciclos formativos de grado medio y superior, acceso a la universidad para mayores de 25 años, así como cursos de idiomas, informática, cultura, etc. Si no conoces el español, las escuelas de adultos/as, asociaciones y el Servicio de Atención a Personas Extranjeras de nuestro Ayuntamiento, ofrecen cursos gratuitos. En nuestro municipio la Escuela de Adultos (con sede en Abanilla) imparte clases de castellano de Septiembre a Junio. CENTRO DE EDUCACIÓN PERMANENTE DE ADULTOS/AS C/ La Encomienda, s/n. Edificio La Encomienda, 2ª planta. Abanilla 30640 Tfno.: 968 68 04 01

Reciclar conocimientos profesionales Existe una amplia oferta de formación ocupacional (laboral) para mejorar la capacitación y reciclar conocimientos profesionales, que corre a cargo de ayuntamientos y comunidades autónomas. Los programas de formación y trabajo se imparten en las Escuelas Taller y Casas de Oficios (menores de 25 años) y en los Talleres de Empleo (mayores de 25 años). Puedes obtener información sobre estos programas en tu oficina del SEF (Servicio de Empleo y Formación) y en el CEDES Centro de Desarrollo Local de Santomera: Área de Formación www.sefcarm.es

del

SEF

en:

Formación Ocupacional en el CEDES de Santomera: E-mail: formació[email protected] Camino de la Mina, 6 Tfnos. 968 86 32 01/ 31 92

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ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO ESPAÑOL:

UNIVERSIDAD

18 AÑOS

(Prueba de Acceso)

16 AÑOS

BACHILLERATO

FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO SUPERIOR

FORMACIÓN PROFESIONAL GRADO MEDIO P.C.P.I. * 4º ESO

DE 6 A 12 AÑOS

EDUCACIÓN SECUNDARIA

3º ESO 2º ESO 1º ESO TERCER CICLO 5º Y 6º CURSO

DE 6 A 12 AÑOS

EDUCACIÓN PRIMARIA

SEGUNDO CICLO 3º Y 4º CURSO

PRIMER CICLO 1º Y 2º CURSO

SEGUNDO CICLO 3 A 6 AÑOS

DE O A 6 AÑOS

EDUCACIÓN INFANTIL PRIMER CICLO 0 A 3 AÑOS

* Programas de cualificación profesional inicial (P.C.P.I.): Para alumnos/as mayores de 16 años, excepcionalmente de 15. Incluyen tres tipos de módulos: a) tendentes a la obtención de una cualificación profesional, b) formativos de carácter general y c) voluntarios conducentes a la obtención del título de graduado en ESO.

Período de escolarización obligatoria y gratuita Gratuito en los Centros públicos y subvencionados parcialmente en los centros privados concertados

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9.4. SI POSEES UN TÍTULO UNIVERSITARIO EN TU PAÍS DE ORIGEN Y QUIERES CONSEGUIR SU HOMOLOGACIÓN EN ESPAÑA PUEDES REALIZAR EL PROCEDIMIENTO EN: - Título Universitario. Para solicitar la homologación tienes que hacerlo con respecto a un título universitario oficial español concreto que esté incluido en el “Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales” y que esté impartiéndose en su totalidad en, al menos, una universidad española. No se homologarán los títulos extranjeros que carezcan de validez académica oficial en tu país de origen, o que hayan sido ya homologados o convalidados en parte en España. Es importante que sepas que, tanto si te encuentras en tu país de origen como si te encuentras en España, si quieres homologar tus títulos docentes, deberás sellar la solicitud en los tres organismos siguientes: - Ministerio de Educación de tu país de origen. - Ministerio de Asuntos Exteriores de tu país de origen. - Representación diplomática o consular de España de tu país de origen.

duración oficial, en años académicos, del plan de estudios seguido, las asignaturas cursadas y la carga horaria de cada una de ellas. 4) Acreditación del abono de la tasa correspondiente para la expedición del título. Resolución de la solicitud Una vez estudiada la solicitud, el Ministerio de Educación y Ciencia optará por una de estas tres posibilidades: 1) La homologación del título extranjero al correspondiente título español del “Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales”. 2) La denegación de la homologación solicitada. 3) La homologación condicionada a la previa superación de formación adicional a la que posees. En este caso, la resolución deberá indicar expresamente qué formación te falta para obtener la homologación. El plazo para resolver y notificar la resolución es de 6 meses, a partir desde la fecha en que tu solicitud llegue a cualquiera de los registros del Ministerio de Educación y Ciencia. Si no hay resolución en esos 6 meses, se entenderá desestimada la solicitud.

¿Qué documentos necesitas presentar? 1) Copia compulsada (es decir, copia oficial que ha sido cotejada con el original) del documento que acredite tu identidad y nacionalidad (pasaporte o tarjeta de residencia, por ejemplo), expedido por las autoridades competentes de tu país de origen o de procedencia o por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería. 2) Copia compulsada del título cuya homologación solicitas o de la certificación que acredite su expedición. 3) Copia compulsada de la certificación académica de que has realizado los estudios necesarios para la obtención del título, en la que consten, entre otros, la

- Estudios no universitarios: Educación Primaria y hasta 3º de Educación Secundaria Obligatoria. Si eres inmigrante, procedes de un sistema educativo extranjero y deseas incorporarte a alguno de los seis cursos de la Educación Primaria o hasta 3º (inclusive) de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.), podrás incorporarte a los estudios correspondientes en el centro que quieras sin realizar trámite alguno. Es decir, los cursos extranjeros equivalente a los seis de Educación Primaria y a 1º, 2º y 3º de E.S.O. no necesitan convalidación.

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Para 4º de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Estudios Técnicos, debes cumplir los siguientes requisitos: a) Que los estudios que hayas realizado y los títulos que poseas sean válidos en el país del que procedes. b) Que los estudios que quieres convalidar estén totalmente implantados en el sistema educativo español. c) Que los cursos que quieres convalidar estén completamente superados en el sistema educativo de tu país de procedencia. No puedes convalidar asignaturas sueltas. d) Que no hayas obtenido previamente en el sistema educativo español el mismo título que quieres homologar. e) No se homologará un título extranjero obtenido por homologación o convalidación de otro título obtenido en un país tercero. f) No se convalidarán los títulos obtenidos mediante pruebas de nivel, sin haber cursado estudios. ¿Qué documentos necesitas presentar? 1) Certificación acreditativa de tu nacionalidad expedida por las autoridades competentes de tu país, que puede ser sustituida por una fotocopia compulsada (es decir, copia oficial que ha sido cotejada con el original) del pasaporte o del permiso de residencia en España. 2) Título o diploma oficial que solicitas homologar o, en su caso, certificación oficial que acredite que has superado los exámenes correspondientes. 3) Certificación académica oficial que acredite los cursos que has realizado, en la que consten las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas y los años académicos en los que se realizaron los cursos respectivos.

El plazo para la resolución de los expedientes de homologación o convalidación es de 3 meses, a contar desde la fecha en que el expediente se encuentre correctamente cumplimentado. Si en este plazo no hay resolución, se desestima la solicitud. Para más información, puedes contactar con el: Centro de Información y Atención al Ciudadano. Sección de Información Educativa. Ministerio de Educación Tfno.: 902 21 85 00 Fax: 91 701 86 48 y 91 701 86 00 http://www.educacion.es/horizontales/ser vicios/gestion-titulos.html

9.5. BIBLIOTECAS Y SALA DE ESTUDIO BIBLIOTECA MUNICIPAL C/ Cuatro Esquinas, 58. Segunda Planta (CASA GRANDE) 30.140 Santomera MURCIA Teléfono: 968863410 Horario De martes a viernes: de 10 a 14 horas De lunes a jueves: de 16 a 20 horas y viernes de 16 a 19 horas

A la Sala de Estudio se accede previa Solicitud realizada al Ayuntamiento, para lo cual tienes que estar empadronado/a en el municipio y pagar una fianza que se reintegra a la devolución de la llave. Tiene accesibilidad a Internet. SALA DE ESTUDIO Plaza Borreguero Artés, s/n (al lado del Auditorio Municipal)

4) Acreditación del abono de la tasa correspondiente, excepto cuando se solicite la homologación al título de Graduado en Educación Secundaria. Resolución de la solicitud

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BIBLIOTECA REGIONAL La Biblioteca Regional de Murcia cuenta con un amplio fondo bibliográfico, además de actividades culturales para todos los públicos: conferencias, exposiciones, clubes de lectura, cuentacuentos para niños y niñas, talleres de escritura creativa, etc. Biblioteca Regional de Murcia Avda. Juan Carlos I, 17 30008 MURCIA Teléfonos: 968 366 599 y 968 366 601 Fax: 968 366 600 Horario De lunes a viernes: 9:00 h. a 21.00 h. Sábados 10:00 h a 21:00 h y domingos 10:00 h. a 13.30 h. www.bibliotecaregional.carm.es

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10. SERVICIOS ESPECÍFICOS PARA LA MUJER EN SANTOMERA Para el Ayuntamiento de Santomera la implicación de las mujeres en el proyecto social de nuestra comunidad es de vital importancia, por lo que cuenta con servicios específicos dirigidos a favorecer su participación.

CENTRO MUNICIPAL DE LA MUJER 1. Agencia de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres C/ los Huertanos, s/n. Casa de D. Claudio Ros. Telf. 968863336. [email protected] Horario: De lunes a viernes de 10:00 a 13:30 horas, Jueves de 17 a 20 horas. Este Servicio, financiado por el Instituto de la Mujer de la Región de Murcia y el Ayuntamiento de Santomera, pretende aplicar el Principio de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres en todos los ámbitos de participación ciudadana: educación, deporte, cultura, ocio y tiempo libre, formación, empleo, prevención de la violencia de género, participación social, corresponsabilidad, conciliación de la vida laboral y familiar y política social. Sus ámbitos de intervención son: o Información y asesoramiento. o Formación y Educación. o Actividades culturales y/o educativas. o Planes de Igualdad. o Sensibilización.

2. Centro Local de empleo para Mujeres C/ los Huertanos, s/n. Casa de D. Claudio Ros. Telf. 968863336 [email protected] Horario: lunes a jueves de 10:30 a 13:30 horas, martes de 17:00 a 20:00 horas. Imprescindible cita previa. El CLER (Centro Local de Empleo para mujeres) subvencionado por el Instituto de la Mujer y el Fondo Social Europeo, pretende contribuir al desarrollo del empleo impulsando la empleabilidad de la mujer, fomentando el espíritu empresarial de éstas, apoyando la creación de empresas, gestionando microcréditos empresariales que ofrecen el Instituto de la Mujer y la Obra Social de la Caixa, facilitando el acceso a la formación reglada y no reglada e informando de recursos educativos y laborales y de conciliación. Sus ámbitos de intervención son: o Información laboral. o Cursos de formación. o Orientación laboral para la búsqueda de empleo. o Bolsa de trabajo e intermediación laboral. o Asistencia al autoempleo: empresarias o emprendedoras. 3. CAVI. Centro de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de la Violencia de Género C/ los Huertanos, s/n. Casa de D. Claudio Ros. Telf. 968864836, Fax: 968863916, CENTRALITA 901101332. [email protected] Servicios: Atención psicológica, jurídica y social a mujeres víctimas de violencia de género. Horario:

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Trabajadora social. Lunes y jueves de 9:00 a 14:30 horas y de 16:00 a 19:30 horas. Asesora jurídica. Martes y jueves de 9:00 a 14:00 horas y jueves de 16:00 a 18:00 horas. Psicóloga. Lunes y jueves de 9:00 a 14:30 y de 16:00 a 20:00 horas, martes y miércoles de 9:00 a 14:30 horas y viernes de 9:00 a 14:00 horas.

4. Formación y actividades de ocio y tiempo libre. Amplia oferta de talleres y actividades de ocio y tiempo libre. Para información e inscripciones, acude al Centro Municipal de la Mujer.

El Centro de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de la Violencia de Género forma parte de una Red Regional de Centros que se ponen en marcha gracias a la colaboración económica del Instituto de la Mujer de la región de Murcia. Su objetivo es atender a mujeres que estén sufriendo o hayan sufrido violencia de género y residan en los municipios de Santomera, Abanilla, Beniel y Fortuna. La intervención integral y continuada, se aborda desde diferentes enfoques profesionales: jurídico, psicológico y social, con el fin de garantizar el acompañamiento de la mujer en el proceso de recuperación de las secuelas emocionales y sociales del maltrato y conseguir su integración social y profesional. Mientras que la intervención de urgencia de estos casos corresponde a otros recursos con los que cuenta el Instituto de la Mujer, los CAVIs ofrecen un tratamiento y asistencia a medio y largo plazo. Las profesionales que componen el equipo son: una trabajadora social, una asesora jurídica y una psicóloga, cuya intervención se centrará en: o

o o o

Información y asesoramiento social y derivación a los recursos que pudieran ser necesarios en cada caso. Asesoramiento y orientación jurídica, social y laboral. Tratamiento psicológico individual y grupal. Talleres de prevención, sensibilización y trabajo personal de las mujeres relacionado con la problemática de la violencia de género.

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11.SEGURIDAD CIUDADANA La Seguridad en nuestra comunidad depende de nuestras actitudes y comportamientos de respeto frente a la otra persona Cuando se detecta algún problema de orden público o de peligro para las personas y la propiedad, lo mejor es dirigirse a la policía, que está al servicio de la ciudadanía.

afectan a colectiva.

la

seguridad

individual

y

POLICÍA LOCAL. Maestro puig valera, 8, bajo. Telf. 968864212. Emergencias. 112 GUARDIA CIVIL. Camino del Convento, 20. Telf. 968277135 .

En España conviven diferentes servicios policiales: la Policía Local, la Guardia Civil y la Policía Autonómica. La función de todos ellos es proteger, prevenir y orientar al conjunto de la población en temas que

12. PARTICIPACIÓN CIUDADANA La participación de los vecinos y vecinas de la localidad de Santomera en los asuntos públicos es una condición necesaria para alcanzar la gobernabilidad democrática, la convivencia y la construcción de un mejor y más tolerante municipio en el contexto de una sociedad democrática, plural y justa.

12.1. ASOCIACIONES DE INMIGRANTES

Usimur: Unión Y Solidaridad Inmigrantes De Murcia Tel. 686930800 Año de constitución: 2000

De

Ámbito de actuación: regional (principalmente en el municipio de Santomera) Origen de la mayoría de los miembros: Latinoamerica Misión / Objetivos Asesoramiento sobre trámites de extranjería y fomento de la participación ciudadana a través de la realización de actividades deportivas y de convivencia. Asociación Social y Cultural Salam de Santomera Camino de la Mina, 7 30140 Santomera Tel. 620 366 167 Año de constitución: 2004 Ámbito de actuación: municipal

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Origen de la mayoría de los miembros: Marruecos Misión / Objetivos Dar soporte al colectivo inmigrante de origen magrebí (principalmente marroquí) y asesorarlo.

12.2. ¿CÓMO PARTICIPAR? En la Oficina de Informajoven existe un servicio de asesoramiento para todas las personas interesadas en constituir una asociación. INFORMAJOVEN SANTOMERA C/ Cuatro Esquinas, 58. Edif. Casa Grande Tfno. 968 86 04 50 E-mail: [email protected] om Horario: De lunes a miércoles: 8’30 a 14 horas Jueves y Viernes: 8 a 14 horas Martes y Jueves: 17 a 20 horas Desde el Departamento de Inmigración, y dentro del “Proyecto Solidari@s”, surge la iniciativa del Banco del Tiempo en Santomera con la finalidad de que las personas se conviertan en “verdader@s ciudadan@s activ@s”, promoviendo la cultura de la solidaridad. A través del Banco del Tiempo se produce un intercambio de habilidades y conocimientos, sin que medie el dinero, a modo de “trueque”. Tareas cotidianas, como hacer recados, cuidar plantas, acompañamientos, ayuda a realizar tareas administrativas, hacer la compra, cocinar, pequeñas reparaciones domésticas, informática, idiomas, masajes terapéuticos, son sólo algunas de las tareas que se ofertan y demandan.

BANCO DEL TIEMPO DE SANTOMERA C/ Cuatro Esquinas, 58. Casa Grande Tfno. 968 86 06 33 Blog: http://bdtsantomera.blogspot.com

12.3. OTRAS ASOCIACIONES EN LAS QUE PUEDES PARTICIPAR  ASOMURGUA 968860003

C/ Santander, 2  Asoc. de Ayuda para el Desarrollo “Compartiendo Futuro” 620179688

C/ Antonio Rabadán, 1  Asoc. Niños de Korhogo 686871945

Camino de la Almazara, 20  Manos Unidas

C/ Familia Muñoz Sánchez, 32, 3º C  Grupo Scout Balumba

C/ Yesera, 62  Teléfono de la Esperanza-Amites 650948946 C/ Alquibla, 2  Ecologistas en Acción 620179688 C/ Alboraya, 13  Asoc. Amas de Casa, Consumidor@s y Usuari@s Virgen del Rosario 659459783 C/ Cuatro Esquinas, 58. Casa Grande  Asoc. de Vecin@s del Azarbe Mayor C/ Orilla del Azarbe, 30  Asoc. de Vecin@s del Azarbe Mayor 968 865414 Av. Maestro Puig Valera, 8, 2º E

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13. CULTURA Y OCIO

Los espacios de arte y cultura cumplen un rol importante como sitio de encuentro, intercambio de ideas y generación de proyectos. Puedes disfrutar de la agenda cultural de nuestro municipio en compañía de toda tu familia, ¡acércate y participa!

2 99 (información genera1 9 71 00

Cultura En Instalaciones como el auditorio semi cubierto, el teatro del Siscar ó el Salón de Actos Municipal se representan diversos actos culturales en el municipio a lo largo de todo el año; en ellas participan asociaciones como Euterpe, con actuaciones de danza y música y el Grupo de Coros y Danzas Francisco Salzillo, con el folklore más tradicional, son dos ejemplos destacados. Entre sus actuaciones, destacan, el Festival Internacional de Folklore del Mediterráneo, el Festival de Bandas, el recién estrenado Festival Internacional de Danza Oriental ó el Certamen de Trovo Tío David, enmarcados dentro de las fiestas patronales. Como actos culturales también son destacadas las exposiciones pictóricas ó literarias en Casa Grande. 13.1. LOS CENTROS SOCIOCULTURALES DE SANTOMERA

Horario de 8:30 a 14:30 Asociaciones Culturales:  Asoc. Músico-Cultural Euterpe 968861119 / 659578141 C/ Cuatro Esquinas, 58. Casa Grande  Asoc. Cultural Innuendo 646584723

C/ Tirso de Molina, 9  Asoc. Cultural Artika 661575712

C/ Yesera, 62  Asoc. Raíces 968865780 / 660685086

C/ Gran Capitán, 14

Centro Socio-cultural Casa Grande. C/ Cuatro Esquinas, 58. Telf. 968862140, Fax. 968862140

8:30 a 14:30 13.2. SI TE INTERESA EL TEATRO

Centro Socio-cultural Siscar. Plaza Príncipe de Asturias, 1, Siscar-Santomera. Telf.968864214

Grupo de Teatro Ekkeko Geli, 625 869753 [email protected]

Centro Socio-cultural Matanzas. C/ Fuensanta, s / n, barrio de la Almazara, Matanzas, Santomera [email protected]

Mar Teatro (Siscar) Cristina Verdú, 616 854484 Perfil en facebook: Mar teatro

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También contamos con clubes deportivos, como: - Club de Orientación de Santomera ASON: 968 86 23 98 C/ Fernando El Católico, 21 http://asonorientacion.blogspot.com/ - Club de Senderismo Santomera: 676 681 232 Av. Juan Carlos I, 45, 2º B http://www.senderismosantomera.com/ 13.3. SI ERES MAYOR DE 60 AÑOS Y TE APETECE PARTICIPAR EN LA VIDA CULTURAL PUEDES ACUDIR A: Centro Municipal de la tercera edad Plaza de la Salud, 2, Telf. 968861035 Centro de día Próxima apertura. Teléfono provisional 968865215. Asociación UDP: Unión de Pensionistas y Jubilados de Santomera Tfno. 968861035 Pza. de la Salud, 2

- Club Futbol Santomera 968 860 203 C/ Camino de la Mina S/N - Club Vip Tenis Santomera 968236287 C/ Pío Baroja, Edif. Sur, 2 E - Club Ciclista Santomera 625 196 132 - 676 997 776 C/ Antonio Rabadan, 12 http://www.clubciclistasantomera.com/ - Asociación Deportiva Santomera Hockey 968 86 53 03 C/ Los Pasos, 42 - Club Baloncesto Santomera Santomera 968 86 23 33/ 609 418 127 C/ Prolongación del Calvario http://www.cbsantomera.com

C.B.

- Club Triatlón de Santomera 646 483 438 C/ Iglesia, 3, 3º B

13.4. PARA PRACTICAR DEPORTE EN SANTOMERA, ACÉRCATE A Piscina Municipal y pistas polideportivas Cmno. de los Montesinos S/ N. Telf. 968861803. [email protected] [email protected] om www.ayuntamientodesantomera.com

- Asociación Deportiva Virgen del Rosario 968 86 53 03 C/ Los Pasos, 38 - Asociación Deportiva Zacacho Santomera 968 86 57 04 C/ Adolfo Suárez, 10 - Huracán Club de Fútbol 619 005 493 C/ Las Tinajas, 3

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- Club de Actividades Santomera 676 681 232 Av. Juan Carlos I, 45, 2º B

Acuáticas

de

- Club Ciclista Ciclos Vicea 606 514 524 Pza. del Corralón, 5 - Asociación Juvenil Fútbol Base Santomera 968 86 03 22 C/ Los Pasos, 41

13.5. ¿CUÁLES SON LAS FIESTAS POPULARES Y OFICIALES EN SANTOMERA?

Las celebraciones religiosas de la Semana Santa, datan del S. XVIII. Los festejos más antiguos son, sin embargo, los del barrio del Calvario. El 12 de septiembre se celebra una romería al embalse de Santomera y en días posteriores diversas actividades lúdicas. En los últimos días del verano se celebra la romería de la virgen de la Fuensanta en la Matanza. En navidad podemos disfrutar el día 5 de enero de la cabalgata de Reyes, acompañada de grupos de animación, recorre las principales calles del municipio.

Las fiestas en Santomera tienen lugar este año en junio con la fiesta de Moros y Cristianos, declarada de Interés Turístico Regional, que se ha realizado este año por primera vez en estas fechas, las fiestas patronales celebradas desde finales de septiembre hasta el 7 de octubre, donde los jóvenes encuentran un espacio en la Zona Güertana, lugar en el que se concentran numerosas peñas, el 29 de septiembre, día de fiesta local, donde se celebra el día de la independencia municipal, el 6 de octubre, con el desfile del bando de la huerta, donde los/as participantes se visten con el traje típico regional ó traje huertano. Las fiestas patronales terminan el día 7 de octubre.

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14. MEDIO AMBIENTE Qué difícil cantarle a tierra madre Que nos aguanta y nos vio crecer Y a los padres de tus padres y a tus hijos, los que vendrán después Si la miras como a tu mama Quizás nos cambie la mirada Y actuemos como el que defiende a los suyos y a los que vienen con él La raíz de mis pies yo sentí, Levanté la mano y vi Que todo va unido, que todo es un ciclo: la tierra, el cielo y de nuevo aquí Como el agua del mar a las nubes va Llueve el agua y vuelta a empezar Extracto de la canción “Mama Tierra”. Macaco

Cuidemos nuestros parques, recuerda: Escucha, observa...y disfruta la naturaleza. Coloca la basura en los contenedores previstos para ello o llévala contigo fuera de los parques. Recuerda no afectar el equilibrio ecológico del parque sustrayendo animales, plantas o minerales. No compres ni molestes a la fauna y flora silvestre. Tampoco rayes piedras ni la infraestructura del parque. No enciendas fogatas, no lances colillas de cigarro a la vegetación, ni lleves artículos inflamables. Pueden causar graves incendios. El uso de aparatos de sonido perturba a la vida silvestre y a los otros visitantes. POR FAVOR no los lleves, disfruta de los sonidos de la naturaleza.

14.1. ¿DÓNDE EXISTEN NATURALES EN SANTOMERA?

ESPACIOS

La Sierra de Santomera con su punto máximo en el Quijar de la Vieja, de 534 metros de altura. Sus vistas, rica vegetación y fauna y sus yacimientos arqueológicos y mineros la convierten en un lugar idóneo para recorrer, imitando las rutas que desde la Edad Media realizaban los pastores trashumantes en busca de pastizales hasta el río segura. A través de un recorrido más pausado por el municipio, se pueden observar bonitos rincones de la huerta donde hortalizas, naranjos y, sobre todo limoneros crecen. También el paisaje protegido Humedal de Ajauque y Rambla Salada, lugar de parada y nidificación de numerosas aves migratorias y morada de otras muchas especies animales (anfibios, reptiles y mamíferos carnívoros). Sus aguas salinas limitan la presencia de vegetación acuática sumergida, pero destacan por su abundancia los carrizales, los juncos, los tarays y las palmeras datileras. El Coto Cuadros, bosque de pinos donde se realizan numerosas actividades al aire libre como senderismo, rutas a pie o en bicicleta y orientación en la naturaleza. Al lado del Coto Cuadros y a 5 kms. del núcleo urbano se encuentra el embalse de Santomera, lugar construido en los años 60, cuenta con la Casa del Agua donde se pueden concertar visitas guiadas. Santomera forma parte de la Red de Itinerarios Ecoturísticos de la Región de Murcia, en el tramo “Santomera, entre sierras y limoneros”. Puedes ver los folletos informativos con estas rutas que recorren el municipio en la Web de nuestro Ayuntamiento: www.santomera.es

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• Vidrio (contenedores verdes) Solo: recipientes y restos de vidrio o cristal, botes de conserva y tarros. Nunca: tapas metálicas, ni tapones plásticos ni vidrios o cristales tratados con mercurio o fósforo (Lunas de espejos, fluorescentes, tubos o pantallas de televisión). • Papel (contenedores azules) Solo: papel limpio, prensa, revistas, envolturas, cajas de cartón o embalajes. Nunca: papel manchado o recipientes metalizados o plastificados. • Envases (contenedores amarillos) Solo: envases de plástico o metálicos, latas, botes, tapaderas metálicas, chapas. Nunca: residuos de plástico o metal que no sean envases.

14.2. CÓMO RECICLAR TU BASURA Reciclar es un proceso simple que nos puede ayudar a resolver muchos de los problemas creados por la forma de vida moderna. Cada ciudadano/a de Santomera genera algo más de 1 Kg de residuos al día, lo que hace imprescindible unos eficaces sistemas de gestión. La limpieza diaria de las calles es otra de las tareas principales en las que intervienen personas y maquinaria especializada. • Materia orgánica y restos Solo: Restos de alimentos, pañales y pequeños objetos no peligrosos para los que no existe otra forma de recogida. • Papel (contenedores azules) Nunca: Vidrios, envases o residuos peligrosos. Deposítelo en bolsas cerradas después de las 22 h.

• Limpieza viaria La limpieza de la ciudad, nuestra casa común, requiere de una limpieza diaria con maquinaria específica. Comprende el barrido de calles y aceras, baldeo, retirada de hojas y excrementos caninos y la limpieza de fachadas. 50

• Muebles y enseres Para que el servicio de recogida de muebles o enseres retire estos elementos es necesario llamar previamente al 902 10 94 08 (Empresa STV Gestión). También pueden depositarse en el Ecoparque.

• ECOPARQUE Un ecoparque es una instalación de recogida selectiva de residuos, en el que los/as ciudadanos/as pueden depositar gratuitamente aquellos materiales que no tienen cabida en los contenedores tradicionales. ¿Qué se deposita en un ecoparque? Residuos aceptados: Residuos electrónicos, pequeños y grandes electrodomésticos, pilas y baterías, aceites vegetales, aceites de motor, ropa y calzado, papel y cartón, restos de podas, tubos fluorescentes, radiografías, etc.

asimilarse a los producidos domicilios particulares.

en

los

En el ecoparque no se admiten los residuos procedentes de actividades industriales. ¿Cómo llevar los residuos? Estos residuos, se llevan a los ecoparques por medios propios de los/as ciudadanos/as. Cuando un objeto esté formado por más de un material, debe ser desmontado en la medida de lo posible con el fin de incorporar cada fracción del residuo en su contenedor correspondiente. (Por ejemplo, un mueble de madera con piezas metálicas, se desmontará para verter la madera al contenedor de madera y las piezas metálicas al contenedor de los metales. En caso de que depositemos cartón, este debe ser plegado para que ocupe el mínimo espacio). ¿Qué se hace en un ecoparque? El ecoparque está diseñado para almacenar adecuadamente aquellos residuos que bien por su volumen o por su peligrosidad, entorpecerían la gestión municipal de los residuos en caso de depositarlos en los contenedores destinados a la recogida de residuos sólidos urbanos. Para ello cuenta con: caseta para residuos especiales, área de contenedores de gran volumen y área cubierta. Todos estos residuos son almacenados de forma temporal, para posteriormente ser transportados a plantas de selección, donde se separan, reducen y reciclan los materiales que posteriormente volvemos a utilizar. Únicamente las fracciones que no son aprovechables se llevan a vertedero controlado.

¿Quién puede utilizar los ecoparques? Podrán utilizar el ecoparque los particulares, comercios, oficinas y servicios, cuya producción de residuos, por su naturaleza o composición, pueda

Pero el ecoparque no está destinado únicamente a la gestión intermedia de residuos, dentro de sus instalaciones encontraremos un aula de educación ambiental en la que organizar presentaciones o cursos dedicados al fomento del uso de este tipo de instalaciones en particular, y de la recogida de residuos urbanos en general.

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¿Por qué utilizar el ecoparque? • Porque reducimos el volumen de basura que va a vertedero. • Porque ahorramos materias primas y energía, reutilizando o reciclando estos residuos. • Porque evitamos el vertido incontrolado de los residuos de gran tamaño de nuestro entorno. ¿Qué ocurre con los residuos que depositamos en el ecoparque? Estos residuos se llevan a plantas de selección, donde se separan, recuperan y reciclan los materiales que posteriormente volvemos a utilizar. Únicamente las fracciones que no son aprovechables se llevan a vertedero controlado.

§

separar distintas fracciones de plásticos, polvos metálicos y metales, para que cada una de ellas reciba un tratamiento adecuado. Desmontaje y limpieza de los cartuchos de tóner usados, para verificar el estado de sus componentes, y en su caso, proceder a su recarga para ponerlos a la venta a bajo precio.

¿Dónde está el Ecoparque de Santomera? Pol. Ind. Vicente Antolinos, parcela 30. Para cualquier duda podréis consultar: Teléfono: 629009939 Email: [email protected]

Horario: De lunes a viernes de 17 a 20 horas y Sábados de 9 a 14 horas.

14.3. PROYECTO SOSTENIBLES”

Otros ejemplos de reciclado y reutilización son: § El aprovechamiento de aceites vegetales para la producción de biodiesel. § Aprovechamiento de podas y restos de madera de voluminosos a través de su triturado para poder así usarlo como combustible alternativo para calderas de biomasa, o en altos hornos de empresas ladrilleras. § Transporte a una empresa autorizada para la recuperación y reciclado de tubos fluorescentes para poder así

“HOGARES

Desde la Concejalía de Desarrollo Sostenible se ha puesto en marcha recientemente este proyecto que tiene como objetivo llevar la sostenibilidad ambiental a los hogares de Santomera, implicando a los/as ciudadanos/as en la lucha contra el cambio climático y la mejora del medio ambiente, en su vida cotidiana. Para ello, las familias que se adhieran al proyecto serán asesoradas por los técnicos del mismo, poniendo en marcha medidas para el ahorro energético, para un menor consumo de agua o para mejorar la gestión de los residuos. A los hogares participantes, se les hará una auditoría ambiental inicial, se le harán una serie de recomendaciones para mejorar la sostenibilidad de sus viviendas, se les obsequiará con un kit de productos de ahorro de agua y energía, y se les hará un seguimiento durante un año para ver como evolucionan. Otra actuación novedosa en materia de desarrollo sostenible son las Campañas de información y sensibilización medioambiental para aumentar el grado de eficacia en la recogida selectiva, impulsado por la Concejalía de Desarrollo Sostenible y en el que las asociaciones de amas de casa tienen un papel decisivo.

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Para más información: Concejalía de Desarrollo Sostenible C/ Cuatro Esquinas, 58. CASA GRANDE 1ª Planta. Tfno.: 968 86 48 28

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Publicación del Departamento de Inmigración del Ayuntamiento de Santomera. Dirección: Ayuntamiento de Santomera. Concejalía de Inmigración. Redacción y elaboración: Mª Ángeles Sánchez Campillo y Lola Zaragoza Ruíz, Técnicas del Servicio de Atención a Personas Extranjeras. Concejalía de Mujer, Igualdad de Oportunidades, Mayores e Inmigración. Edita: Servicio de Atención a Personas Extranjeras. Concejalía de Mujer, Igualdad de Oportunidades, Mayores e Inmigración.

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