Manual del Aspirante

Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMETO DE ESTADO Secretaría Auxiliar de Juntas Examinadoras San Juan, Puerto Rico Manual del Aspirante Jun

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Estado Libre Asociado de Puerto Rico DEPARTAMETO DE ESTADO Secretaría Auxiliar de Juntas Examinadoras San Juan, Puerto Rico

Manual del Aspirante Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas

Revisado Junio 2008

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TABLA DE CO TE IDO

SECRETARÍA AUXILIAR DE JU TAS EXAMI ADORAS ............... 3 BASE LEGAL ............................................................................................... 5 PROPÓSITO ................................................................................................. 5 EXAME DE REVÁLIDA .......................................................................... 6 PROPÓSITO DEL EXAME ..................................................................................... 6 DISEÑO DE LA PRUEBA Y REDACCIÓ DE PREGU TAS ............................. 6

OTA DE PASE ........................................................................................................... 7 SOLICITUD DE EXAME ......................................................................................... 7 SOLICITUD DE ACOMODO RAZO ABLE .......................................................... 8 ADMI ISTRACIÓ DEL EXAME ........................................................................ 8

ORMAS DE CO DUCTA ........................................................................................ 8 RECOME DACIO ES AL TOMAR EL EXAME ............................................... 9 RESULTADOS DE LOS EXÁME ES ...................................................................... 9 PROCEDIMIE TO DE REVISIÓ ........................................................................ 10 REEXAME ............................................................................................................... 10 AUSE CIA AL EXAME ........................................................................................ 10 ABA DO O DEL EXAME POR RAZÓ DE E FERMEDAD ...................... 11 PROCEDIMIE TOS QUE SE DEBE SEGUIR E SITUACIO ES DE EMERGE CIA........................................................................................................... 11

JU TA EXAMI ADORA DE OPERADORES DE PLA TAS DE TRATAMIE TO DE AGUA POTABLE Y AGUAS USADAS ............ 13 Sobre la Junta Examinadora ..................................................................... 13 Áreas del examen de Reváilda ................................................................... 18 Modelo del fomato de Preguntas que Contendrá el Examen ................ 20

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SECRETARÍA AUXILIAR DE JU TAS EXAMI ADORAS La Secretaría Auxiliar de Juntas Examinadoras tiene el propósito primordial de proteger y garantizar a la población de recibir servicios profesionales o técnicos de personas preparadas para ejercer dicho oficio o profesión. Tiene el objetivo de asegurar que toda persona que interese ejercer una profesión u oficio la haga, “no como un derecho absoluto, sino como mera licencia subordinada a los requisitos y condiciones que razonablemente imponga la legislatura en el ejercicio del poder regulador (police power) que tiene para beneficio de la comunidad”1. La práctica de una profesión u oficio no es considerada un derecho natural, sino un privilegio. El estado en el ejercicio del poder que tiene para velar por el beneficio de la comunidad, regula la práctica de profesiones y oficios de manera razonable, y establece criterios para preservar y proteger el interés público. La ejecutoria de las veintidós (22) Juntas Examinadoras adscritas al Departamento de Estado del Estado Libre Asociado de Puerto Rico afectan la vida de la sociedad puertorriqueña al regir la admisión al ejercicio de varias profesiones y oficios en el País. Las juntas examinadoras de profesiones u oficios se crean mediante leyes y sus miembros son nombrados por el (la) Gobernador(a) del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, con el consejo y consentimiento del Senado. Estas juntas son responsables de imponer los requisitos y condiciones necesarias, dentro de lo razonable, para el proceso de otorgamiento de licencias para practicar ciertas profesiones en Puerto Rico. Cabe destacar que el Estado tiene amplia discreción para controlar y regular las profesiones con el propósito de proteger la salud y el bienestar público2. Esta facultad no versa sobre el poder para privar a un ciudadano de su ocupación u oficio, sino sobre la potestad del Estado para regular esas ocupaciones que están revestidas de un eminente interés público. Román v. Trib. Exam. De Médicos, supra. La Secretaría Auxiliar de Juntas Examinadoras contribuye a lograr la excelencia de los servicios que se prestan al público por medio de las juntas examinadoras de profesiones y oficios. Esta Secretaría brinda apoyo a las juntas examinadoras al realizar las siguientes 1 2

Infante v. Junta de Médicos de P.R., 43 D.P.R. 325, 330 (1932) Pueblo v. Villafañe Fabín, CR-93-108 (10-10-95)

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funciones

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administrativas:

vistas

administrativas,

coordinación

de

reuniones,

ofrecimiento de exámenes de reválida y el procesamiento de las solicitudes de licencias, renovaciones y certificaciones. Además, custodia los expedientes, archivos y registros de todas las juntas examinadoras. Es responsable también de proveer el apoyo secretarial, legal y operacional a cada junta examinadora. La responsabilidad de notificar a la ciudadanía sobre los asuntos relacionados con las acciones de las juntas examinadora recae sobre la Secretaría Auxiliar de Juntas Examinadoras, como por ejemplo, la administración de exámenes. Para este tipo de acción, la Secretaría se ocupa de publicar las convocatorias a exámenes en los principales rotativos del País informando: las fechas de los exámenes; el lugar y hora de éstos, las fechas límite para solicitar tomar el examen, los requerimientos con los que debe cumplir el interesado en tomar el examen y el costo del mismo. Para mayor información sobre las juntas examinadoras, o para recoger solicitudes para el examen

puede visitar

nuestro portal cibernético

en la

siguiente dirección:

www.estado.gobierno.pr o en uno de los Centros Únicos de Servicios siguientes: Centro Único de Servicios – Viejo San Juan Edificio Diputación Provincial, 1er Piso Calle San Francisco Esquina San José, Viejo San Juan Horario: 8:00am a 3:30pm, lunes a viernes, Tel. (787) 722-2121 Ext. 6260 Centro Único de Servicios - Plaza Las Américas Tercer Nivel de Plaza Las Américas, Local 614 Horario: 8:30am a 3:00pm, martes a sábado, Tel. (787) 250-7370 Centro Único de Servicios - Arecibo Calle Antonio R. Barceló #163, Edificio Arecibo Executive Mall, Piso 1, Suite 101 Horario: 8:30am a 3:00pm, martes a sábado, Tel. (787) 815-0405 Centro Único de Servicios – Ponce Ponce Mall, Suite 153 Horario: 8:30am a 3:00pm, martes a sábado, Tel. (787) 812-4872

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Centro Único de Servicios - Fajardo Calle Jorge Bird #10 Horario: 8:30am a 3:00pm, martes a sábado, Tel. (787) 863-1022

MA UAL DEL ASPIRA TE BASE LEGAL La Ley Núm. 107 de 10 de abril de 2003, conocida como “Ley para la Administración de Exámenes de Reválida en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico”. Ley Núm. 53 de 13 de julio de 1978. Esta ley obliga al Departamento de Estado a notificar a todo aspirante al ejercicio de una profesión u oficio regulado sobre el contenido, horario, naturaleza, diseño, propósito, idioma, valor, metodología de preparación y las normas de administración de los exámenes de reválida con dos meses de anticipación. Esto con el objetivo de promover un proceso de validación justo y equitativo cumpliendo con el interés apremiante del Estado de regular ciertas profesiones y oficios y el derecho de los individuos a aspirar al ejercicio digno de una profesión u oficio. La Ley para la Certificación de los Operadores de Sistemas y Plantas de Tratamiento de Agua Potable y de Aguas Usadas, Ley Núm. 53 del 13 de julio de 1978, según enmendada, crea una Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y de Aguas Usadas de Puerto Rico adscrita al Departamento de Estado. Esta Junta tiene el deber de regir el ejercicio de los operadores de plantas de tratamiento de aguas usadas y agua potable para lo cual debe ofrecer exámenes para autorizar el ejercicio del oficio y expedir la licencia correspondiente a aquellas personas que cualifiquen para ello de conformidad con lo dispuesto en esta ley. PROPÓSITO Este manual tiene como propósito primordial orientar sobre los exámenes de reválida, de manera que el aspirante reciba una orientación sobre el contenido y naturaleza del mismo; que le permita prepararse adecuadamente con el procedimiento de la reválida antes de presentarse al mismo. El manual incluye entre otros asuntos: normas de conducta

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que rigen durante la administración de la reválida; el tipo de examen, el método de evaluación del mismo. EXAME DE REVÁLIDA El examen de reválida tiene como propósito determinar si los candidatos poseen las destrezas y conocimientos básicos necesarios (competencias mínimas necesarias) para la práctica de una profesión u oficio.

Un examen de reválida no mide excelencia

académica, sino que evalúa la capacidad del examinado para manejar métodos y técnicas de análisis, medir el conocimiento teórico y otros aspectos relevantes a la operación de un sistema y planta de tratamiento de agua potable y de aguas usadas. La Junta dispondrá mediante reglamentación, todo lo concerniente al contenido de los exámenes, al promedio general necesario para aprobar los mismos, la repetición de exámenes en los casos en que un aspirante fracase y cualquier otro dato pertinente con relación a los mismos. PROPÓSITO DEL EXAME

Este manual tiene como propósito primordial orientar a todo aquel que tenga interés en certificarse como operador de sistemas y plantas de tratamiento de agua potable ó de aguas usadas, sobre los exámenes de reválida. Se pretende que todo aspirante reciba una orientación sobre el contenido y naturaleza del examen que le permita prepararse adecuadamente para la reválida antes de presentarse a ésta. El manual incluye entre otros asuntos: el tipo de examen, el método de evaluación del mismo y las normas de conducta que rigen durante la administración de la reválida. DISEÑO DE LA PRUEBA Y REDACCIÓ DE PREGU TAS En la preparación del examen de reválida se sigue un procedimiento riguroso para asegurar que el mismo sea confiable y válido. El examen puede incluir preguntas que resultaron adecuadas en años anteriores. El examen de revalida está desarrollado por la Junta Examinadora conforme a la ley habilitadora que describe y da autoridad para la práctica regulada en Puerto Rico. Los miembros de la Junta Examinadora toman en

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consideración la dificultad de las preguntas y la relevancia de estas a la práctica de la profesión. Las preguntas, una vez revisadas y ponderadas, se redactan de forma final y se entran a un banco de preguntas del cual se desarrolla el examen y diferentes versiones de examen, si fuese necesario. El examen consta de entre 50 a 100 preguntas de selección múltiple, divididas entre tres áreas de contenido.

Solamente hay una contestación

correcta por cada pregunta. El aspirante debe seleccionar la MEJOR contestación para cada pregunta. PUBLICACIÓ DEL EXAME

La Junta Examinadora ofrece exámenes dos veces al año, según establecido en la ley habilitadora. La convocatoria a estos exámenes se publica en dos (2) periódicos de circulación general en Puerto Rico con un mínimo de dos (2) meses de antelación a la fecha en que se ofrezcan los exámenes. Esta convocatoria incluye los requisitos para tomar dicho examen y establece la fecha límite para presentar la solicitud correspondiente.

OTA DE PASE El promedio general necesario para aprobar el examen será establecido por la Junta Examinadora de Operadores de Planta de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas mediante un análisis sicométrico realizado después de cada examen. SOLICITUD DE EXAME

Una persona cualificada que interese obtener la licencia de operador de sistemas y plantas de tratamiento de agua potable y aguas usadas deberá presentar una solicitud de examen debidamente completada en todas sus partes durante el período fijado en la convocatoria y someter los documentos que se le soliciten, si alguno. Dicha solicitud debe someterse según se detalla en el anuncio que se publique en el periódico. O se aceptarán solicitudes que se reciban después de la fecha límite.

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SOLICITUD DE ACOMODO RAZO ABLE El Departamento de Estado adoptó y promulgó el 22 de mayo de 2002, el Reglamento para la Evaluación de Solicitudes de Acomodo Razonable para los Exámenes de Reválida, Reglamento Núm. 6463. La preparación de la solicitud debe cumplir con los requisitos y documentos que requiere el Reglamento para que la solicitud de acomodo razonable sea considerada. ADMI ISTRACIÓ DEL EXAME

Para tomar el examen de reválida, todo candidato debe presentarse con la notificación de examen que le envía la Junta y presentar una identificación con foto. Los exámenes ofrecidos por la Junta serán en el idioma español o inglés, cuando sean solicitados. Cuando la Junta lo determine, los candidatos podrán utilizar calculadoras simples para realizar sus cálculos si lo desean. Sin embargo, no se permitirán calculadoras programables (con memoria) en el salón de examen. Los candidatos deberán estar en el área de examen a la hora dispuesta en la convocatoria.

ORMAS DE CO DUCTA Durante la administración del examen se observarán las siguientes normas: 1. Una vez comenzado el examen, ningún candidato podrá retirarse del salón sin autorización del examinador. Cualquier candidato que viole la disciplina perderá el privilegio de tomar dicho examen. 2. Los familiares, niños y otras personas que acompañen al solicitante aspirante no podrán permanecer en el salón de exámenes. 3. Los aspirantes que lleguen luego de 15 minutos comenzado el examen no se les permitirá entrar al área de examen. 4. No se permiten teléfonos celulares, radios o localizadores (“beepers”) en el salón de exámenes.

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5. Los aspirantes observarán una conducta apropiada. Ejemplos de una conducta inapropiada incluye: copiar o intentar copiarse de otros aspirantes, permitir que se copien de él, utilizar materiales o información no autorizada, entre otros. 6. No se permitirán ni comidas ni bebidas en el salón de examen. 7. No se contestarán preguntas que hagan los aspirantes sobre el contenido del examen. Sólo se contestarán preguntas sobre aspectos mecánicos o administrativos del mismo. 8. No se podrán utilizar libros, documentos, notas o material de referencia alguno. 9. Una vez finalice el examen, únicamente permanecerán dentro del salón de examen los funcionarios de la Junta Examinadora y personas autorizadas por éstos. La persona que no cumpla con las normas de conducta durante el examen podrá ser suspendida del mismo. RECOME DACIO ES AL TOMAR EL EXAME

1. Llegue temprano. 2. Atienda bien las instrucciones ofrecidas por los examinadores. Si no entiende algún aspecto de las mismas, pregunte y aclare sus dudas. 3. Planifique bien su tiempo. Anticipe cuántas preguntas responderá durante cada media hora. 4. Lea cada pregunta cuidadosamente. Asegúrese de que la entiende antes de contestarla. 5. Cada pregunta tiene una sola contestación correcta. No marque más de una alternativa por pregunta. 6. Asegúrese de contestar cada pregunta. RESULTADOS DE LOS EXÁME ES Después de corregidos los exámenes, los miembros de la Junta evaluarán y darán a conocer los resultados a los examinados de ser posible, dentro de los próximos quince (15) días, a partir de la fecha de aprobación de los resultados o según se establezca por

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reglamento.

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El examinado podrá solicitar la revisión de su examen dentro de los

próximos treinta (30) días de haber sido notificado de su calificación. Acompañará su solicitud escrita con los derechos correspondientes establecidos por reglamento, que nunca será mayor que la mitad de los derechos a pagar por tomar el examen nuevamente.

PROCEDIMIE TO DE REVISIÓ

Toda persona tendrá derecho a revisar su examen en presencia de un oficial o miembro de la Junta o de un funcionario autorizado del Departamento de Estado, durante horas laborables y mediante solicitud escrita y cita previa. La solicitud deberá efectuarse dentro de los próximos treinta (30) días, luego de la notificación de la nota de examen. En el caso de las preguntas de selección múltiple, se entiende que por ser parte de un banco de preguntas que pueden ser utilizadas nuevamente, no se entregue copia a los aspirantes, y sólo se les entregue una relación numérica de las preguntas, las preguntas acertadas, las contestaciones del aspirante y su puntuación, con la finalidad de que puedan verificar si su hoja de contestación fue corregida correctamente. El costo total de solicitar la revisión de un examen no podrá ser mayor a la mitad del costo de tomar el examen nuevamente.

REEXAME

Los candidatos que no obtuvieron la calificación mínima en el examen se podrán reexaminar en la próxima convocatoria a examen. Estos enviarán una solicitud de reexamen debidamente completada en todas sus partes durante el período fijado en la convocatoria y además deben someter los documentos que se le soliciten, si alguno. Dicha solicitud debe someterse según se detalla en el anuncio que se publique en el periódico. No se aceptarán solicitudes que se reciban después de la fecha límite.

AUSE CIA AL EXAME

Los derechos a pagar por el examen o reexamen no serán transferidos a otra fecha de examen, excepto que el aspirante notifique por escrito a la Junta la causa o causas que

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ocasionará su ausencia, con no menos de quince (15) días de anticipación al examen. Se le informará por correo la decisión sobre su solicitud. ABA DO O DEL EXAME POR RAZÓ DE E FERMEDAD Las causas que regulan los casos en que los aspirantes tengan que abandonar el examen por razón de enfermedad son: 1. Inconciencia 2. Amnesia 3. Dolor de cabeza extremo en una persona que padece de hipertensión. 4. Dolor de pecho, en especial si se acompaña de: a. Sudoración fría. b. Dolor c. Náuseas o malestar estomacal. d. Historial de problemas cardiovasculares. e. Dificultad respiratoria. 5. Fracturas con o sin rupturas. 6. Hemorragias. 7. Traumas severos. 8. Diabetes (cambios en los niveles de azúcar en la sangre). Podrá solicitar que no se le cuente el examen, acompañando su solicitud con una certificación médica que incluya información a estos efectos. PROCEDIMIE TOS QUE SE DEBE SEGUIR E SITUACIO ES DE EMERGE CIA Se considerará una situación de emergencia las situaciones que amenacen la vida y propiedad de los aspirantes y del lugar donde se administra el examen. Ejemplo: terremotos, fuego y cualquier otro que obedezca a fuerza mayor o producido por el hombre. En estos casos, el candidato deberá asegurar el examen, en la medida que sea posible, y atenderá las instrucciones de los oficiales que administran el examen. Estos

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indicarán las salidas de emergencia que se deben utilizar y cualquier otra instrucción que sea pertinente, a la razón de lo acontecido. Para todas las situaciones que sean de emergencia menor se tendrá un botiquín de primeros auxilios, al igual que la disponibilidad de personal médico. Cuando ocurra una emergencia, usted deberá seguir los siguientes procedimientos: A. En caso de temblor de tierra o terremoto: 1. Conserve la calma y evalúe la situación. 2. Vigile las personas a su alrededor. 3. Asegure el examen y refúgiese debajo de un escritorio, mesa u otro mueble fuerte. 4. Colóquese en cuclillas, cúbrase la cabeza y el rostro. 5. Evite acercarse a las paredes, ventanas, anaqueles, escaleras, y salones grandes. 6. No use los ascensores. 7. Salvo que el área no le ofrezca protección y comience a desplomarse, no abandone el área hasta que la sacudida no cese. Luego de la emergencia: 1. En la medida en que sea posible, entregue el examen al inspector de examen. 2. Reporte a los coordinadores de piso si hay alguna persona atrapada bajo los escombros. 3. No utilice los teléfonos, no encienda fósforos o cigarrillos. B. En caso de fuego: 1. Conserve la calma y evalúe la situación. 2. Identifique las salidas de emergencia. 3. Desaloje la estructura ordenadamente. 4. En la medida en que sea posible entregue el examen al encargado mientras abandona el lugar. 5. Vigile las personas a su alrededor. 6. No use los ascensores.

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7. De haber cesado la emergencia de fuego y de poderse continuar el examen se procederá nuevamente con la identificación del aspirante y entrada al local. 8. De no poder continuar con la administración del examen, se notificará por escrito la nueva fecha y lugar del examen. JU TA

EXAMI ADORA

DE

OPERADORES

DE

PLA TAS

TRATAMIE TO DE AGUA POTABLE Y AGUAS USADAS Sobre la Junta Examinadora A.

¿Qué es la Junta Examinadora?

La Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Aguas Potables y Aguas Usadas de Puerto Rico es un organismo constituido dentro de la estructura gubernamental del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Su función primordial es la de establecer normas para la reglamentación de la práctica de la profesión de Operadores de Plantas de Tratamiento de Aguas Potables y Aguas Usadas en Puerto Rico con el fin de proteger el bienestar del pueblo. A tal efecto, esta Junta Examinadora: 1). Evalúa la documentación requerida de los candidatos que solicitan licencia de acuerdo a la ley #53 del 13 de julio de 1978, según enmendada por la ley #41 del 5 de agosto de 1991, la Ley #170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada; y sus reglamentos. 2). Ofrece y evalúa exámenes para corroborar la capacitación básica de cada aspirante. 3). Otorga licencias para ejercer la profesión de operadores de plantas de tratamientos y aguas usadas a candidatos elegibles y lleva registros de los mismos. La Junta se compone de siete miembros. Cuatro de ellos son miembros exoficio, a saber: el Secretario del Departamento de Salud, el Presidente de la Junta de Calidad Ambiental, el Director Ejecutivo de la Autoridad de Acueductos y Alcantarillados y el Secretario del Departamento de Recursos Naturales y Ambientales; o sus representantes autorizados en el caso en que uno o más de los funcionarios antes mencionados determine designar un representante. Los tres miembros restantes son ciudadanos particulares de probidad reconocida y con conocimientos sobre la contaminación o tratamiento de aguas.

DE

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B. ¿Quién es un operador de planta de tratamiento de agua potable y aguas usadas? Un operador de plantas de tratamiento de aguas potables y aguas usadas es aquel profesional cualificado para trabajar en el mantenimiento y operación de plantas de tratamiento de aguas de manera que resulte en el buen funcionamiento de las mismas. Además lleva y prepara los informes que se requieren; aplica productos químicos; realiza análisis físicos y químicos; y posee licencia de operador de acuerdo con lo estipulado en la Ley y Reglamento. Sobre las licencias A.

Tipos de licencias

La Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Aguas Potables y Aguas Usadas de Puerto Rico está facultada para otorgar las siguientes licencias: 1. Licencia Permanente como Operador de Planta de Agua Potable o como Operador de Plantas de Tratamiento de Aguas Usadas (deberá renovarse cada 3 años). 2. Licencia por Reciprocidad (ver Artículo B #2). B.

Requisitos generales para la obtención de licencias 1. Requisitos para la Licencia Permanente (Categoría I, II, III y IV) - haber aprobado el examen correspondiente y reunir los requisitos de probidad e idoneidad que disponga la Junta Examinadora para cada clase y categoría. 2. Requisitos para Licencia por Reciprocidad — se podrá expedir una licencia permanente sin necesidad de que el/la aspirante tome el examen correspondiente cuando el/la solicitante esté autorizado/a como operador/a en algún otro estado de los Estados Unidos o cualquier otro país en que exijan unos requisitos similares a los establecidos en la Ley #53 y se provea una concesión similar para los licenciados por la Junta.

Los requisitos generales para la solicitud de licencias se establecen de acuerdo al nivel y categoría de operador. El solicitante debe asistir al

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examen en la fecha y hora convocada por la Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Aguas Potables y Aguas Usadas y traer consigo una carta o autorización para examinarse. C.

Solicitud del examen de reválida

Toda persona con interés en tomar el examen para obtener la licencia en las distintas categorías deberá cumplir con los requisitos que se establecen, tanto para la categoría de planta de tratamiento como para el nivel de operador. Deberá radicar la solicitud de examen con treinta (30) días de antelación a la fecha del mismo. Dicha solicitud deberá estar acompañada de un pago según lo establecido en la convocatoria de conformidad con el Reglamento de Costos 4660, según enmendado. A continuación se resumen los niveles de operador. EL nivel de operador le debe capacitar para manejar con la categoría de planta del nivel y la (s) anterior (es). Por ejemplo, Operador IV, Categoría IV, III, II y I; Operador III, Categoría III, II y I; Operador II, Categoría II y I y Operador I, Categoría I. A continuación se resumen los requisitos para obtener la licencia por nivel de operador. CATEGORIA

EXPERIE CIA

PREPARACIO ACADEMICA

OPERADOR I

Diploma de escuela superior o su equivalente y un (1) año de experiencia o más bajo la supervisión de un Operador Certificado.

Quince (15) créditos en biología, química, física o matemática de una institución post-secundaria acreditada.

OPERADOR II

Diploma de escuela superior o su equivalente y un (1) año de experiencia o más como Operador Certificado I.

Quince (15) créditos en biología, química, física o matemática de una institución post-secundaria acreditada.

OPERADOR III

Diploma de escuela superior o su equivalente y un (1) año de experiencia Operador Certificado II.

Treinta (30) créditos en biología, química, física o matemática de una institución post-secundaria acreditada.

OPERADOR IV

Diploma de escuela superior o su equivalente y un (1) año de experiencia como Operador Certificado III.

Grado Asociado en el campo de las Ciencias Naturales o Ingeniería de una Universidad reconocida por el Consejo de Educación Superior.

D. Solicitud de licencias Toda persona que aspire una licencia como operador de plantas de tratamiento de aguas potables o aguas usadas, deberá aprobar el examen correspondiente y cumplir con los requisitos para cada categoría y nivel de operador y efectuar una solicitud de Licencia utilizando el formulario que provee la Junta para tales efectos. Dicha solicitud deberá ser completada en todas sus partes, sea por correo o personalmente, y venir acompañada de los siguientes documentos.

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1. Comprobante de pago del Departamento de Hacienda de Puerto Rico, por concepto de los derechos de licencia, según establecidos en la Ley #53 y en el Artículo 4 del Reglamento de Costos del Departamento de Estado. 2. Copia del diploma de cuarto año de escuela superior o su equivalente. 3. En los casos de solicitudes de licencia de Operador I, II y III; una trascripción de créditos original, debidamente certificada por La institución post secundaria acreditada o de no aplicar, certificación (es) de experiencia del supervisor inmediato, conforme a lo establecido en el Reglamento. 4. En los casos de solicitudes de Licencia de Operador IV, copia del certificado o diploma de graduación, incluyendo una transcripción de créditos original debidamente certificada por la universidad o institución que corresponda, de no aplicar, serla un copia o certificación de experiencia del supervisor inmediato, conforme a lo establecido en el Reglamento. 5. Certificado de la Policía del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o de la Policía o funcionario autorizado de los Estados Unidos o del país extranjero del cual provenga que indique que el solicitante no tiene antecedentes penales. 6. El nombre, dirección y teléfono de tres personas mayores de edad y que no sean familiares del solicitante, que tengan conocimiento directo y personal sobre la reputación moral y la experiencia profesional del solicitante. E.

Expedición y vigencia de licencias

Toda licencia permanente estará vigente por un periodo de tres años, a menos que sea revocada o cancelada por la Junta. No podrá negociarse, cederse o transferirse ninguna licencia. F.

Renovación de licencias

Toda persona que posea una licencia permanente de Operador de Plantas de Tratamiento de Aguas Potables u Operador de Plantas de Tratamiento de Aguas Usadas, emitida por la Junta, deberá renovarla con por lo menos treinta (30) días de anticipación a su fecha de vencimiento. Esta solicitud se hará ante la Junta, mediante el pago de la cantidad especificada de acuerdo a la ley. Toda aquella persona cuya solicitud de renovación no haya sido radicada con por lo menos treinta días antes de su vencimiento se expondrá a

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que su licencia no sea procesada al momento de su vencimiento. Además, toda aquella persona a la cual se le haya vencido su licencia permanente podrá solicitar la renovación de la misma en un periodo que no exceda un año desde la fecha de su vencimiento. G.

Suspensión de licencias

La Junta podrá suspender una Licencia, mediante previa notificación y audiencia, a todo operador que: 1. Haya tratado de ayudar a otro a obtener una licencia mediante fraude o engaño; 2. Por fraude, engaño o negligencia en el desempeño de sus tareas; 3. Haya violado las disposiciones de la Ley #53 o del reglamento de la Junta; 4. Se encuentre temporalmente incapacitado, mental o físicamente, para desempeñar los deberes de su posición, mientras dure su incapacidad. 5. Haya incumplido su obligación de satisfacer una pensión alimentaría por no estar al día o no haber ejecutado y satisfecho un plan de pago al efecto en violación a La Ley Num. 86 del 17 de agosto de 1994, conocida como la Ley Orgánica para la Administración para el Sustento de Menores. H.

Revocación de licencias

La Junta podrá revocar una licencia mediante, previa notificación y audiencia a todo operador que: 1. Se encuentre incapacitado mental o físicamente y se establezca ante la Junta, mediante peritaje medico, su incapacidad. 2. Haya incurrido en violaciones persistentes a La Ley número 53 o al Reglamento. 3. Haya incurrido a juicio de la Junta en negligencia crasa en la práctica de su oficio.

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ÁREAS DEL EXAME DE REVÁLIDA

Las áreas del examen de reválida de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas establecida por la Junta Examinadora son las siguientes:

Tabla 1. Contenido de Materias de los Exámenes de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas AREA

CATEGORÍA I

CATEGORIA II

úm.

CATEGORIA III

úm.

CATEGORIA IV

úm.

Peso (%) Preguntas Peso (%) Preguntas Peso (%)

Preguntas

úm. Peso (%) Preguntas

Biología

4%

2

7%

4

9%

8

10%

10

Química

4%

2

7%

4

9%

8

10%

10

Física

3%

1

3%

2

4%

3

5%

5

Matemáticas

7%

4

8%

5-

9%

8

10%

10

Salud Pública

12%

6

10%

7

10%

9

10%

10

Proceso de Tratamiento de Agua (Potable o Usada)

20%

15

27%

18

23%

19

20%

20

Leyes y Reglamentos Aplicables

20%

10

18%

12

17%

13

15%

15

Mantenimiento y Seguridad TOTAL

20%

10

20%

13

20%

17

20%

20

100%

50

100%

65

100%

85

100%

100

En la tabla 2 te presentaremos el detalle de las materias a ser cubiertas en el examen.

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Tabla 2. Detalles de Materia a ser cubiertas en el examen de Operadores I BIOLOGIA Pozos Sépticos Tratamiento de Cienos Lagunas Anaeróbicas Lagunas sin aeración Biofiltros Contactores Biológicos Lodos Activados Cómo actividades del ser humano afectan a los ecosistemas Microbiología: virus y moneras, protistas, hongos, enfermedades microbianas, enfermedades por contaminación química. Química celular Reproducción celular-bacterias Contaminación en ambiente Ciclo del agua Capacidad de retener agua de diferentes materiales Ciclo de carbono Ciclo de oxígeno Ciclo de nitrógeno Factores bióticos en el ambiente II QUÍMICA Control PH Evaporadores Tratamiento de cieno

Deposición electroquímica

Identificar características distintivas de sólidos, líquidos y gases Efectos de calor y presión

Comportamiento de gas (cloro)

Fórmulas químicas: agua, manganeso Reacción químicas: valencia de elementos

Enlaces químicos

Estados de materia Propiedades coligativas y coloidales Soluciones Ácidos, bases y sales Soluciones de Electrolitos Oxidación-Reducción III FISICA

Bombas Interpretación de Gráficas: Tiempo, Dosificación Medición Instrumentos de medición Energía de Mezclado IV MATEMÁTICAS Cómputos: suma, resta, multiplicación, división, por ciento, decimales Cómputos Dosificaciones Sustituir en fórmulas simples Resolver problemas geométricos aplicando la fórmula de área y volumen. Conceptos partes por millón

V SALUD PÚBLICA Contaminación de ambiente: aire, tierra, agua Microbiología: virus y moneras, protistas, hongos, enfermedades microbianas

VI PROCESOS TRATAMIE TOS Agua Potable: mezcla rápida, coagulación floculación ajuste de PH, sedimentación, filtración, desinfección, floatación por aire disuelto, osmosis inversa Aguas Usadas: Rejillas, Trituradores, Desarenadores, Tratamientos biológicos: biofiltros, lodos activados, “contact clorifier”, contactores biológicos, laguna de aeración, flotación por aire disuelto, osmosis inverna, deposición electroquímica, Pozos sépticos, digestores, tratamiento de cienos

VII LEYES Y REGLAME TOS APLICABLES Agua Potable: Reglamento 50 Departamento de Salud, Ley 40 CFR (Code of Federal Regulation) 141 Reglamentación Federal, Reglamento de Certificación de Operadores de Planta de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas Aguas Usadas: Ley de Aguas Limpias EU-“Clean Water Act”, Ley 40 CFR (Code of Federal Regulation, Ley 16, Permisos bajo el NPDES, Ley 29 CFR ( Codeo f Fedral Regulation) 1910, Procedimiento para obtener un CCA. VIII MA TE IMIE TO Y SEGURIDAD Mantenimiento: lubricación de equipo, inspección de equipo, almacenamiento de materiales, funcionamiento de equipo, calibración de equipo. Seguridad: seguridad ocupacional, normas de seguridad básicas, manejo de productos químicos, manejo de equipo, espacios confinados, equipos de protección personal

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Tabla 3. úmero de Preguntas en cada parte del Examen CATEGORÍA

OPERACIO AL

TOTAL

I II III IV

50 65 85 100

50 65 85 100

ota: De la Junta aprobar su solicitud basándose en que tiene los requisitos de Ley para la licencia será notificado. MODELO DEL FORMATO DE PREGU TA QUE CO TE DRÁ EL EXAME

1. El examen de reválida para Operador de Planta de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas consta de: a) dos (2) pruebas de selección múltiple. b) una (1) prueba de selección múltiple. c) dos (2) pruebas de redacción. d) una (1) prueba escrita y una (1) entrevista. 2. De acuerdo a la Ley Núm. 53 de 13 de julio de 1978 según enmendada, un Operador de Planta de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas es una persona que: a) ocupa un puesto que requiere planificar. b) está cualificado con licencia válida. c) graduado de maestría en química. d) posee conocimientos y destrezas de química. 3. ¿Quién nombra a los miembros de la Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas? a) el Senado de Puerto Rico b) el Presidente de la Universidad de Puerto Rico c) el Presidente de la Asociación de Planificadores d) el Gobernador (a) de Puerto Rico

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Contestaciones correctas: 1. b) 2. b) 3. d)

Lista de Referencias 1. Introducción a la operación de plantas de filtración. Compañía de Aguas de Puerto Rico. 2. Bioloqy. Cambell, Reece & Mitchell. Fifth Edition. 3. Water quality and Treatment, AWWA. Fourth Edition. 4. Chemistry. Chang, Sixth Edition. 5. Reglamento de certificación de operadores de plantas de tratamiento de aqua potable y aguas usadas. Junta Examinadora de Operadores de Plantas de Tratamiento de Agua Potable y Aguas Usadas. Junio de 1996.

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