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MANUAL LABORES DE MANTENIMIENTO INTRODUCCIÓN En el presente documento se expone aquella información básica sobre Riesgos Profesionales que como persona trabajadora dentro del sector debes conocer, para poder actuar en consecuencia en materia de prevención de riesgos laborales. En ese sentido, se incluye también información básica que te posibilita conocer el porqué de todo ello, qué debes de hacer al respecto, y cuales son las recomendaciones generales que deberías tener en cuenta. A lo largo del manual te presentamos una relación de los principales riesgos que aparecen con más asiduidad en tu oficio. De cada uno de ellos, se expone: 1. 2. 3.

Las tareas o áreas donde es más probable que exista el riesgo. Las consecuencias más probables de accidente. Las principales acciones y/o pautas a adoptar frente al mismo.

También encontrarás los EPIs necesarios para estar protegido, así como las leyes de prevención. El personal de mantenimiento realiza el trabajo en diferentes lugares como pueden ser: 1.- Realiza labores en el exterior e interior. 2.- Trabaja sobre andamios, caballetes,... 3.- A nivel del terreno. 4.- En altura en la construcción. 5.- En lugares húmedos.

1.- RIESGOS A) LOCALES Y EQUIPOS DE TRABAJO: Golpes y/o cortes producidos por máquinas con partes móviles no protegidas (sin resguardos). Cortes producidos por superficies peligrosas. Golpes por movimiento incontrolado de objetos o elementos. Proyección de partículas (polvo, virutas metálicas). Caídas en el mismo plano. Caídas de altura. Pisos resbaladizos.

B) ELECTRICIDAD: Contacto eléctrico directo o indirecto.

C) AGENTES FÍSICOS: Exposición a fuentes de ruido. Peligro de exposición a radiaciones no ionizantes en operaciones de soldadura. Peligro de quemaduras (llamas de soplete, tubos u otros elementos calientes).

D) SUSTANCIAS QUÍMICAS: Contacto con productos que contienes sustancias peligrosas(decapantes, disolventes adhesivos, masillas, fibras artificiales). Amianto. Plomo. Sustancias peligrosas que se forman durante el proceso de trabajo.

E) AGENTES BIOLÓGICOS: Peligro de infección por microorganismos ( virus, bacterias, parásitos, etc.).

F) INCENDIO Y EXPLOSIÓN: Riesgo de incendio en las operaciones de soldadura (por llama abierta o escape de gas). Riesgo de explosión como resultado de (evaporación de productos disolventes en espacios cerrados, salida incontrolada de gases de los recipientes).

F) DISEÑO DE LOS PUESTOS DE TRABAJO: Trabajos realizados manejando cargas o en posiciones forzadas. Condiciones medioambientales del local de trabajo. Iluminación del lugar de trabajo.

G) ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO: Situaciones de trabajo que producen estrés. Relaciones entre las personas trabajadoras. Conductas personales ante los riesgos. Estado y utilización de los Equipos de Protección Individual (EPI).

2.- MEDIDAS PREVENTIVAS EN EL USO DE HERRAMIENTAS Y MATERIALES 1. SIERRA ELÉCTRICA: - Eliminar las partículas que se sitúen delante de la cuchilla. - Al realizar el trabajo, sujetar fuertemente la sierra. - Mantener una distancia prudencial de seguridad con la sierra. - Si la sierra se atasca, desenchufarla e intentar desatascarla.

2. TALADRO BANCO: - Utilizar la broca adecuada al trabajo a realizar. - Agarrar fuertemente el brazo del taladro mientras se esté utilizando. - Utilizar la llave para cambiar la broca. No hacerlo manualmente.

3. SIERRAS Y SERRUCHOS: - Sujetar correctamente el elemento a serrar. - Coger firmemente con una mano el serrucho o sierra y con la otra el objeto a serrar.

4. GARLOPAS Y LIJADORAS: - Sujetar fuertemente la herramientas mientras se utiliza. - Cerciorarse de que no existe elemento en el banco de trabajo que pueda obstruir la herramienta. - Si la herramienta se atasca, desenchufarla antes de desatascarla.

5. FORMONES Y RASCADORES: - Comprobar que la parte cortante de la herramienta esté muy afilada. - Comprobar que los rascadores triangulares tienen una funda para evitar los cortes. - Al manipular el formón, evitar dirigirlo hacia los miembros o partes del cuerpo.

6. TENAZAS: - Utilizarlas sólo para quitar clavos y alambres o piezas metálicas de sección y resistencia media. - No utilizarlas para sujetar piezas sometidas a esfuerzos. - Entre los brazos de las tenazas debe existir espacio suficiente para evitar el aprisionamiento de la mano del operario.

7. DESTORNILLADORES: - Elegir el adecuado al tamaño del tornillo. - Comprobar que la herramienta está en buen estado. - La mano libre no ha de quedar nunca en la trayectoria del destornillador. - No apoyar la pieza en la mano, sino en lugar firme. - No utilizarlo como palanca, cincel, punzón, etc.

8. DOBLADORA DE TUBOS: - Asegúrate de utilizar la herramienta correctamente. - Utilizarla solo para el trabajo para la que se construyó. - Comprueba que la herramienta está en perfecto estado.

9. ROTAFLEX: - Utilización de protección ocular.

3.- ACCIONES PREVENTIVAS 1. EN LAS TAREAS: •

Usar los elementos de protección personal adecuados al riesgo a cubrir.



Usar solamente herramientas eléctricas que cuenten con sus protecciones, cables, enchufes y extensiones en buen estado.



En trabajos sobre andamios asegurarse que el andamio esté aplomado, nivelado, con sus diagonales, arriostrado al edificio, que cuenta con cuatro tablones trabados y barandas de protección, además se debe evitar acumular materiales que puedan dificultar la circulación por ellos o sobrecargar excesivamente la plataforma de trabajo.



En el uso de escalas asegurarse que la escala esté bien construida, que sus largueros sobrepasen en un metro el punto de apoyo, que se apoya firmemente en el piso y con un ángulo que asegure su estabilidad al subir o bajar.



Al realizar actividades de levantamiento de cargas evitar las repeticiones sin intervalos de descanso, asegurarse de doblar las rodillas para recoger cargas del suelo y evitar girar el tronco con cargas en los brazos.



Al realizar labores de barnizado o pintura con solventes, asegurarse de ejecutar las tareas en lugares bien ventilados, cuidando de no usar llamas abiertas.



Trabajo con buena ventilación



Medidas de higiene personal y sanitaria luego de finalizada la tarea



Uso de ropa de trabajo apropiada a la tarea



Establecer pausas durante la realización del trabajo que permitan la recuperación de la persona trabajadora.



Distribuir de forma clara las tareas y competencias.



Organizar todos los equipos y material necesario en la obra antes de salir.

2. EN EL LUGAR DE TRABAJO: •

Mantener el frente de trabajo limpio y ordenado.



Reforzar caballetes o andamios que se observen mal construidos.



Evitar realizar labores de aserrado de madera, pinturas, en lugares mal ventilados.



Usar en todo momento que se circula por la obra su casco de seguridad.



Al realizar labores en primeros niveles, asegurarse de estar protegido ante la posible caída de objetos.



Eliminar toda fuente de ignición.



Mantener tapados todos los envases con pinturas y solventes.



Superficie de trabajo en buen estado.



Equipos de extinción de incendio operativos, en lugares visibles y libres de obstáculos.



Comprar máquinas y herramientas seguras, con marcado CE.



Proteger la parte cortante de las máquinas y herramientas con resguardos móviles o móviles con enclavamiento, resguardos regulables.



Utilizar dispositivos de protección que obliguen a la acción simultánea de las dos manos. Utilizar resguardos fijos, envolventes o distanciadores, si no es necesario acceder a la zona peligrosa de la máquina.



Comprobar la eficacia de los dispositivos de protección y de los circuitos de mando.



Utilizar las máquinas sólo por personas designadas por el empresario, que han de ser informadas de los peligros y adiestradas en su manejo.



Utilizar las máquinas según las instrucciones del fabricante y sólo en aquellos trabajos para los que han sido diseñadas.



Los equipos de trabajo deberán tener mangos seguros e interruptores de seguridad.



Asegurar las cargas que transportan para que no puedan deslizarse ni caer.



Controlar la capacidad de carga de las zonas de almacenamiento.



Respetar la altura permitida de los apilamientos.



Revisar diariamente el estado de enchufes, interruptores, cables y aparatos eléctricos.



Utilizar cables y conductores resistentes.



Utilizar en las obras alargaderas de cables con distintos tipos de conexiones.



No utilizar herramientas eléctricas con las manos y/o pies húmedos o mojados.



Utilizar sistemas de protección individual frente al riesgo de caídas de altura.



Utilizar sólo elementos en buen estado para el acceso a lugares altos, evitando el uso de elementos inestables (sillas, taburetes, cajas).

• •

Prestar atención a los desniveles, las irregularidades o los desperfectos del suelo. Evitar limpiar cualquier equipo conectado a la corriente eléctrica con líquidos, a menos que sea apropiado.



Evitar salpicaduras a las partes de los equipos conectados a la corriente eléctrica.

3. RESTRICCIONES FÍSICAS: Se considera que las siguientes restricciones, evaluadas y controladas, no deberían ser impedimento para realizar las labores de la especialidad, pero en caso de no estar controladas mediante un tratamiento médico, pueden implicar un riesgo para la seguridad personal de la persona trabajadora o para sus compañeros de labores.

3.1. EN ALTURA FÍSICA: • • • •

Epilepsia. Problemas de equilibrio o visuales. Mala coordinación motora. Vértigo.

3.2. EN ALTURA GEOGRÁFICA: • •

Hipertensión arterial. Problemas respiratorios.

3.3. EN LAS TAREAS: • •

Alergia a disolventes de barnices o pinturas. Dolores lumbares crónicos.

4.- ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL A USAR •

Casco y zapatos de seguridad en forma permanente.



Guantes de cuero, goma, dieléctricos,.



Protector auditivo, facial.



Equipo de protección vías respiratorias.



Cinturón de seguridad.



Ropa de protección y accesorios.

NORMATIVA ESPAÑOLA RELACIONADA CON LA P.R.L. •

Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.



RD 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el Art. 24 de la Ley 31/1995, de prevención de Riesgos laborales.



RD 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.



RD 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo.



RD 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud de los lugares de trabajo.



RD 487/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores.



RD 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.



RD 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.



RD 1435/1992, de 27 de noviembre, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Consejo 89/392/CEE, relativa a la aproximación de las legislaciones de los estados miembros sobre maquinas, modificado por el real Decreto 56/1995, de 20 de enero.



Real Decreto 555/86, de 21 de Febrero, establece la obligatoriedad de la inclusión de un estudio de Seguridad de Higiene en los proyectos de edificación y obras públicas limitado inicialmente a aquellos cuyo presupuesto sea igual o superior a 100 millones de pesetas, empleen 50 o más trabajadores o sean de especial riesgo.



REAL DECRETO 700/1998, de 24 de abril, por el que se modifica el reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el real decreto 363/1995, de 10 de marzo.



REAL DECRETO 665/1997, de 12 de Mayo, sobre la Protección de los Trabajadores contra los Riesgos relacionados con la Exposición a agentes cancerígenos durante el Trabajo.



REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de Julio, por el que se establecen las Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud para la Utilización por los Trabajadores de los Equipos de Trabajo.



Real Decreto 1495/1986, de 26 de Mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad en las Máquinas.



Real Decreto 1316/1989, de 27 de Octubre, sobre Protección de los Trabajadores frente a los Riesgos derivados de la Exposición al ruido durante el Trabajo.

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