Manual para padres de familia y estudiantes

Manual para padres de familia y estudiantes Distrito Escolar Tumwater 2015-16 Aprendizaje continuo para los estudiantes en un ambiente solidario y at

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Conserve este manual. Usted recibirá información adicional por correo de parte de la escuela, referente a temas discutidos en esta publicación. ANAHEI

Manual de Padres y Estudiantes
Manual de Padres y Estudiantes 2015-2016 0 Calendario Escolar 2015-2016 Septiembre 8, 2015 Octubre 9, 2015 Octubre 12, 2015 Noviembre 11, 2015 Novi

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Manual para padres de familia y estudiantes Distrito Escolar Tumwater 2015-16

Aprendizaje continuo para los estudiantes en un ambiente solidario y atractivo

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También puede acceder a esta información en nuestro sitio web en www.tumwater.k12.wa.us.

Índice Manual para padres de familia - Novedad de este año: la Notificación Relativa a la Divulgación de Información del Directorio y el formulario de “Exclusión” se incluyen en este folleto en la página 37 y en la última página.

Información general.................................................................................................. 1 - 11 Preparación para emergencias .............................................................................................. 3 Igualdad de oportunidades/Cumplimiento/Reclamos .................................................... 3 - 5 Ley sobre la Privacidad y los Derechos Educativos de la Familia (FERPA) ................ 5 - 6 Servicios de alimentos.............................................................................................................. 6 Requisitos de graduación ........................................................................................................ 6 Información sobre salud/vacunas ..................................................................................... 7 - 8 Ayuda para estudiantes sin hogar/desplazados ............................................................... 8 - 9 Notificación Relativa a la Divulgación de la Información del Directorio ........................ 37 Formulario de “Exclusión” .............................................................................. Última página Juntas de la Mesa Directiva ................................................................................................ 10 Procedimientos de demora/cierre de la escuela ................................................................. 35 Horario e información de la escuela .................................................................................... 36 Voluntariado ........................................................................................................................ 11

Derechos y responsabilidades de los estudiantes Consumo de drogas y alcohol—Política 3409 ..................................................................... 31 Recursos electrónicos—Procedimiento 2022 ............................................................... 22 - 25 Faltas justificadas e injustificadas—Política y Procedimiento 3122.......................... 25 - 28 Acoso, intimidación y hostigamiento (HIB) Resumen de la Política y Procedimientos 3207 ...................................................... 28 - 29 Registro de los estudiantes y sus bienes—Procedimiento 3230 .................................. 30 - 31 Acoso sexual—Política y Procedimiento 5013 ............................................................. 32 - 34 Derechos y responsabilidades de los estudiantes—Política 3200 ............................. 12—22 Apelaciones ...................................................................................................................... 21 Castigo físico .................................................................................................................... 20 Retención .......................................................................................................................... 20 Procedimientos disciplinarios ................................................................................... 14 - 19 Procedimientos disciplinarios—Educación especial ................................................ 15 - 16 Mala conducta excepcional ...................................................................................... 17 - 18 Expulsión urgente (Procedimientos) ......................................................................... 19 - 20 Expulsión .................................................................................................................. 18—19 Procedimientos para presentar un reclamo y solicitar una audiencia ....................... 20—21 Suspensión a largo plazo y expulsión (Procedimientos) .................................................. 19 Autoridad/derechos de los directores ............................................................................... 14 Readmisión ....................................................................................................................... 22 Decisiones de la Mesa Directiva ........................................................................................ 21 Día para hacer trámites en la escuela ................................................................................. 22 Suspensiones a corto plazo (Procedimientos) ................................................................... 19 Conducta de los estudiantes ....................................................................................... 12 - 13 Suspensiones ............................................................................................................. 16 - 17 Autoridad/derechos de los maestros y voluntarios .................................................... 13 - 14 Seguridad de los estudiantes relacionada con la vestimenta—Política 3224 .................. 29—30 Consumo o posesión de tabaco y productos con tabaco—Política 3411 .................................. 32 Armas en la escuela—Política 4210 ............................................................................................ 32

Manual para padres de familia—Información general Horario de colaboración académica (ACT) — Horario de salida temprana El horario de colaboración académica se introdujo por primera vez en 2008-09. Es un horario de salida temprana de 75 minutos de anticipación cada viernes, excepto la primera y última semanas de clases. Los maestros utilizan este tiempo para trabajar en equipo, revisar datos y hablar del progreso individual de los estudiantes. Los días de la semana con ACT les ofrecen a los educadores oportunidades para implementar estrategias para satisfacer las necesidades individuales de los estudiantes que funcionen con sus estilos de aprendizaje individuales. Además trabajan para diseñar intervenciones tempranas que apoyarán a los estudiantes individuales —desde nuestros estudiantes con dificultades hasta aquellos de alto rendimiento. El ACT ha reforzado el desarrollo profesional a través del trabajo en equipo y el compromiso compartido con el rendimiento académico de TODOS los estudiantes.

Ley de Respuesta a Emergencias por Riesgos de Asbestos (AHERA)—Plan de Manejo de Asbestos La Agencia de Protección Ambiental, como parte de sus reglamentaciones en materia de asbestos en las escuelas, solicita a los distritos que notifiquen a los padres de familia, maestros y grupos de empleados que se ha desarrollado un Plan de Manejo de Asbestos. El Distrito Escolar Tumwater desarrolló un plan de manejo para cada una de sus instalaciones durante el verano/otoño de 1988 que se actualiza cada tres años. Estos planes registran supervisiones, inspecciones, capacitación del personal de mantenimiento y custodia y resúmenes de actividades de eliminación de asbestos. Se ha presentado el Plan de Manejo de Asbestos de cada escuela al superintendente de Instrucción Pública y está disponible en las oficinas administrativas de todas las escuelas y en el Departamento de Conserjería. Esta notificación se repetirá todos los años.

Educación alternativa—Opciones El Distrito Escolar Tumwater ofrece una Escuela Preparatoria (Alternativa) con el programa Secondary Options. Este programa ofrece un curso de estudios alternativos para los estudiantes que necesitan una experiencia escolar no tradicional en la escuela preparatoria debido a que tienen estilos de aprendizaje únicos, trabajan, están en prisión, les faltan créditos para graduarse en el ambiente de una escuela preparatoria tradicional, y debido a otras circunstancias inesperadas de la vida. Secondary Options ofrece cursos de estudios en salones de clases, en ambientes basados en contratos y en ambientes de aprendizaje en línea, y puede combinarse con los cursos del Centro Vocacional y Técnico New Market y del programa Running Start (Colegio Universitario Comunitario South Puget Sound). Todos los cursos están diseñados para satisfacer las necesidades educativas de una diversa población de estudiantes. Los servicios de educación especial y servicios relacionados están disponibles para los estudiantes de Options. A ningún estudiante se le negará el acceso al programa o, de otro modo, se le someterá a discriminación por motivo de una discapacidad. Todos los créditos del programa Secondary Options califican para obtener un diploma de la escuela preparatoria normal. Para obtener más información, llame al 360709-7760.

Evaluación El programa de evaluación integral de Tumwater brinda información sobre el rendimiento de los estudiantes a los estudiantes, el personal, los padres de familia y los miembros de la comunidad. Los estudiantes son evaluados durante todo el año escolar mediante una variedad de estrategias y herramientas de evaluación. Los miembros del personal utilizan los resultados para ver qué tan bien están dominando los estudiantes los estándares estatales y otras expectativas de los cursos. Los maestros utilizan los datos para informar de su trabajo mientras apoyan las necesidades individuales de los estudiantes. El estado evalúa anualmente a los estudiantes de Washington para cumplir con los requisitos de responsabilidad federal. Todas las evaluaciones estatales y sus alternativas evalúan a los estudiantes sobre los estándares estatales de aprendizaje adoptados actualmente. Las Evaluaciones Equilibradas Smarter se administran todas las primaveras en Lengua y literatura en inglés (ELA) y Matemáticas para los estudiantes de 3.er a 8.o grados y de 11.o grado. La Medición del Progreso de los Estudiantes (MSP) se administra durante la primavera en Ciencias para todos los estudiantes de 5.o y 8.o grados. Según el año de graduación esperado del estudiante, este debe cumplir con los estándares en evaluaciones estatales específicas o una alternativa aprobada por el estado para cumplir con los requisitos de graduación. Para obtener más información sobre estas evaluaciones, visite http://www.k12.wa.us/assessment/StateTesting/default.aspx. Los estudiantes de penúltimo y último grados que planean asistir a un colegio universitario de 4 años deben hacer el Examen de Aptitud Escolar (SAT) o el Examen Universitario Estadounidense (ACT). Todos los estudiantes de segundo grado harán el SAT Preliminar (PSAT) en sus escuelas para familiarizarse con el examen y enfocarlos en prepararse para una carrera y la universidad. Puede obtener información sobre la inscripción, costos, fechas y lugares de los exámenes en la oficina de asesoramiento de su escuela preparatoria. Puede acceder a información adicional sobre las calificaciones de los exámenes en la página web del distrito en www.tumwater.k12.wa.us o al informe anual federal de responsabilidad escolar que publica la oficina del superintendente de Instrucción Pública en http://reportcard.ospi.k12.wa.us. También puede recibir información llamando a cada escuela individual o llamando a la oficina de Aprendizaje Estudiantil al 360-709-7030.

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Cuidado de niños antes y después de clases El Distrito Escolar Tumwater, la Asociación de Padres y Maestros (PTA) de Tumwater Hill, la Asociación Cristiana de Jóvenes (YMCA), el Club de Niños y Niñas, y la ciudad de Tumwater trabajan conjuntamente para brindar opciones de cuidado para muchos estudiantes tanto antes como después de clases. Todos estos programas se adaptan al ACT/horario de salida temprana de los viernes por la tarde. Y-Care está disponible en todas las escuelas primarias de Tumwater. El programa comienza a las 7:00 a. m. hasta que comienzan las clases y se extiende después de clases hasta las 6:00 p. m. La YMCA además se ha asociado con las Fuerzas Armadas y es posible que usted reúna los requisitos para asistir de manera gratuita a través de la Administración General de Servicios (GSA). Si está interesado en Y-Care, comuníquese con su escuela o la YMCA al 360-705-2642 o visite www.southsoundymca.org. Los Clubes de Niños y Niñas del condado de Thurston, sucursal Tumwater, se encuentran en el campus de la Escuela Preparatoria Tumwater para los estudiantes de entre 6 y 18 años de edad. El club está abierto diariamente de 2:30 a 7:00 p. m. y brinda programas a lo largo del día durante las vacaciones escolares. Durante el año escolar, se provee transporte desde cada escuela del distrito por una tarifa mínima. Si desea obtener más información sobre el Club de Niños y Niñas, llame al 360-570-8888 o visite www.bgctc.org. El Old Town Center (OTC) es un programa gratuito de horario abierto completamente supervisado para los jóvenes de 3. er a 12.o grados, el cual es manejado por y cuenta con personal de Parques y Recreación de Tumwater. El OTC está disponible durante al año escolar, y abre de lunes a jueves de 2:30 a 6:30 p. m. y los viernes de 2:00 a 9:00 p. m. Llame al 360-754-4160 para obtener más información o visite www.ci.tumwater.wa.us/departments/parks.

Búsqueda de niños La búsqueda de niños es un proceso continuo para localizar, revisar, evaluar e identificar a cualquier niño desde su nacimiento hasta los 21 años de edad que resida en el Distrito Escolar Tumwater o asista a una escuela privada ubicada dentro del distrito que posiblemente necesite servicios de educación especial y/o servicios relacionados. Un grupo de profesionales cualificados (GQP) realizará una evaluación en las áreas de: destrezas cognitivas, académicas, de comunicación, motoras, sociales/emocionales, y de adaptación. Al terminar la evaluación, el GQP, incluidos los padres de familia, revisa la información existente y decide si debería hacerse una derivación para una evaluación adicional. Una vez que se otorga el permiso y se realiza una evaluación, el equipo del GQP, incluidos los padres de familia, se reúne y determina la elegibilidad y necesidad del niño de recibir servicios de educación especial y/o servicios relacionados. (A los efectos de esta declaración, la definición de padre de familia incluye al padre de familia o tutor legal y a los estudiantes mayores de 18 años de edad.) Si usted o alguien que conoce sospecha que un niño tiene una discapacidad, puede comunicarse con el Departamento de Servicios Especiales al 709-7040.

Comunicaciones A continuación, presentamos una lista de las maneras en que nos comunicamos. También puede llamar a cualquier escuela (vea la contraportada de este manual) o al equipo de comunicación en la oficina del distrito, al 360-709-7000, para obtener ayuda.  El sitio web del TSD es una fuente cómoda y accesible para obtener información y actualizaciones del distrito. Visítenos en http:// www.tumwater.k12.wa.us. Para acceder al sitio web de su escuela, visite el sitio del distrito y luego elija su escuela del menú desplegable. - El directorio del personal incluye direcciones de correo electrónico y números de teléfono de todo el personal. - Sistema de acceso familiar Skyward: todas las familias del distrito tienen acceso a información en línea sobre sus hijos a través de este sistema. Regístrese por única vez para su familia. A medida que un estudiante más pequeño se inscribe, este se agrega automáticamente a su cuenta. Las familias de los estudiantes de la escuela primaria pueden ver la información de contacto, las cuentas de almuerzo, los registros de asistencia, y los registros de vacunas. También puede agregar dinero a las cuentas de almuerzo en línea. Las familias de los estudiantes de la escuela secundaria tienen acceso a todo lo mencionado anteriormente, y pueden hacer un seguimiento de las asignaciones y calificaciones. 







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Sistema de teléfono y correo electrónico School Messenger: todas las escuelas y la oficina administrativa del distrito están utilizando este sistema para comunicarse con las familias sobre la asistencia y otros asuntos. Proporcione información de contacto actualizada, incluyendo una dirección de correo electrónico, si tiene una, a su escuela. ¡Tener una mejor comunicación nos permite brindarle la información que necesita para ayudar a su estudiante a ser exitoso! Boletines escolares: cada una de nuestras escuelas prepara boletines y luego los envía a las casas con los estudiantes y/o se publican en el sitio web de su escuela. Si es necesario, también se envían boletines o cartas especiales sobre eventos o inquietudes específicas. El boletín Open Line se publica en enero, mayo y agosto y se envía por correo a todos los residentes del Distrito Escolar Tumwater. También hay copias disponibles en las oficinas escolares, en el sitio web del distrito en “Community Relations” (Relaciones comunitarias), o llamando al 360-709-7000. Esta publicación se brinda para informar a todos los miembros de nuestra comunidad de Tumwater sobre las actividades y los programas del distrito. El libro de historia escolar “A Rich Heritage” (Una valiosa herencia) detalla la historia de las escuelas de Tumwater. Este es un libro de ‘lectura obligatoria’ para aquellos que desean aprender más sobre las raíces del distrito en los primeros días y sobre cómo

hemos evolucionado. Escrito por el autor lugareño Don Trosper, este libro refleja horas de investigación y entrevistas personales realizadas por miembros del Comité de Historia del TSD. Los libros cuestan $10 y pueden adquirirse en la oficina administrativa del distrito.

Reuniones—Padres de familia y maestros Nadie conoce mejor a su hijo que usted. Cuanto más conozca el maestro sobre los pasatiempos, intereses de lectura, comentarios sobre la escuela, estado de salud y otra información pertinente sobre su hijo, mejor equipado estará el maestro para ayudar a su hijo individualmente. Asista a su reunión preparado con preguntas específicas sobre el desempeño de su hijo en la escuela. La semana de reuniones de otoño para las escuelas primarias e intermedias será del 2 al 5 de noviembre de 2015. Las reuniones de primavera serán del 16 al 18 de marzo de 2016. Los padres de familia y/o maestros pueden solicitar reuniones de primavera según las necesidades de los estudiantes. El maestro se comunicará durante el año y es posible que solicite reuniones con los padres de familia de los estudiantes con dificultades.

Información sobre los horarios de salida por reunión y sobre el almuerzo Las familias que tienen estudiantes en el preescolar o kínder deben consultar con su escuela si hay información adicional sobre el horario durante las semanas de reuniones. A continuación se incluyen los horarios de salida de la semana de reuniones: Black Lake 11:55 a. m. Se sirve almuerzo. East Olympia 11:50 a. m. Se sirve almuerzo. Littlerock 12:05 p. m. Se sirve almuerzo. Michael T. Simmons 11:20 a. m. Se sirve almuerzo. Peter G. Schmidt 11:40 a. m. Se sirve almuerzo. Tumwater Hill 12:05 p. m. Se sirve almuerzo. Escuelas Intermedias 10:30 a. m. No se sirve almuerzo. Escuelas Preparatorias 2:10 p. m. Horario normal

Órdenes de custodia/protección En los casos que impliquen custodia o restricciones por orden judicial para tener acceso a los niños, los padres de familia/tutores deben proporcionar a la oficina de la escuela documentación legal que demuestre las restricciones en curso .

Preparación para emergencias Los procedimientos de preparación para emergencias del distrito fueron creados para proteger tanto a los estudiantes como al personal en el caso de desastres naturales o cualquier otra emergencia imprevista. Los cambios en los horarios del autobús, cierres de escuelas, o salidas tempranas debido a inclemencias del tiempo se comunicarán a todas las familias del distrito utilizando nuestro sistema de teléfono y correo electrónico SchoolMessenger. Los mensajes de emergencia también se publicarán en la página de inicio del sitio web de nuestro distrito en www.tumwater.k12.wa.us y estarán disponibles a través de nuestra línea telefónica para emergencias al 360-7097999. Además, pertenecemos a una red estatal de informes, a la cual los padres de familia pueden suscribirse para recibir alertas y la cual proporciona nuestros informes a los medios locales. Su dirección web es www.flashalert.net. Las estaciones de radio y televisión locales comienzan a emitir los anuncios sobre retrasos o cierres por inclemencias del tiempo a alrededor de las 5:45 a. m. Para obtener más información sobre los procedimientos de preparación para emergencias, visite la página de inicio del sitio web del TSD, haga clic en “About Us” (Acerca de nosotros) y luego en “Emergency Procedures” (Procedimientos de emergencia).

Inscripción en la escuela Los niños deben haber cumplido cinco años de edad el 31 de agosto o antes de esta fecha para asistir a kínder, y seis años de edad el 31 de agosto o antes de esta fecha para ingresar a primer grado. Todos los estudiantes nuevos deben proporcionar un acta de nacimiento u otro comprobante de nacimiento aceptable, registros de vacunas, y comprobante de domicilio en nuestro distrito para poder inscribirse. Visite nuestro sitio web en www.tumwater.k12.wa.us para obtener más información y los formularios básicos de inscripción. Es posible que cada escuela tenga formularios adicionales.

Igualdad de oportunidades y oportunidades de participación justa La organización cree en la diversidad. La Mesa Directiva del Distrito Escolar Tumwater cree en la dignidad y el valor de cada individuo y respeta la singularidad de cada estudiante, miembro del personal, y residente de la comunidad. El ambiente escolar se enriquece cuando se reconoce la contribución única y el valor de cada individuo. La Mesa Directiva tiene la postura de que todos los empleados, voluntarios y estudiantes deben tratar a todas las personas de maneras que transmitan respeto y consideración por el individuo. Por ningún motivo se tolerarán actos de hostilidad, difamación o acoso, ya sean verbales o físicos, en contra de ninguna persona. Tales actos constituyen un motivo para aplicar medidas disciplinarias. Título IX En consonancia con los requisitos del Título IX de brindar oportunidades de participación justa en deportes entre escuelas a los y las 3

estudiantes en el nivel secundario, la Política y Procedimiento 5111 de la Mesa Directiva, No discriminación por motivo del sexo en programas y actividades educativos, proporciona un procedimiento para solicitar una adición de deportes entre escuelas, incluyendo la elevación de los equipos internos o de los clubes, y aumentar los niveles de competencia de los deportes que ofrece actualmente. Para obtener más información, comuníquese con Kim Howard, quien se encuentra en 621 Linwood Avenue SW, Tumwater, WA, o llame al 360-709-7000. 504 La Ley de Rehabilitación de 1973 prohíbe la discriminación contra las personas con discapacidad. El Artículo 504 requiere que las escuelas ofrezcan una amplia gama de adaptaciones/servicios especiales para que los estudiantes puedan participar en y beneficiarse de los programas y actividades de educación pública. Es posible que los estudiantes se consideren discapacitados en virtud del Artículo 504 aunque no requieran servicios de educación especial de conformidad con la Ley de Educación de Personas con Discapacidades (IDEA). Para obtener más información sobre las adaptaciones y los servicios disponibles, comuníquese con Tammie Jensen-Tabor, directora de Servicios Especiales, quien se encuentra en 621 Linwood Avenue SW, Tumwater, WA, o llame al 360-709-7040. Igualdad de oportunidades y cumplimiento El Distrito Escolar Tumwater proporcionará igualdad de oportunidades educativas y de trato para todos los estudiantes en todos los aspectos del programa académico y de actividades, sin discriminación por motivo del sexo, estado civil, raza, credo, religión, color, nacionalidad, edad, estado de veterano o militar, orientación sexual, expresión o identidad de género, discapacidad, o el uso de un perro guía o animal de servicio entrenado por una persona con una discapacidad. El distrito proveerá igualdad de acceso a las instalaciones de la escuela a los Boy Scouts of America y a todos los demás grupos de jóvenes designados que se mencionan en el Título 36 del Código de los Estados Unidos como sociedad patriótica. Las consultas y/o dudas sobre el cumplimiento de estas leyes deben dirigirse a la oficial de cumplimiento del distrito, Kim Howard, quien se encuentra en 621 Linwood Avenue SW, Tumwater, WA 98512, o llamando al 360-709-7000. Reclamos Cualquier persona que crea que el Distrito Escolar Tumwater ha aplicado inadecuadamente los principios y/o reglamentaciones del Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, Título IX de la Ley de Enmiendas Educativas de 1972, Artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973, Ley de Discriminación por Edad de 1975, y el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 puede presentar un reclamo a la oficial de cumplimiento del Distrito Escolar Tumwater, Kim Howard, en 621 Linwood Ave. SW, Tumwater, WA 98512, o llamando al 360-709-7000. Procedimientos para presentar un reclamo por discriminación Usted puede presentar un reclamo formal escribiendo una carta al superintendente que describa lo que pasó y por qué cree que es discriminación. Sería útil incluir lo que usted desea que el distrito haga. Su carta debe estar firmada. ¿Qué hará el distrito? El empleado designado por el distrito para recibir reclamos investigará sus acusaciones y proporcionará al superintendente un informe escrito del reclamo, y los resultados de la investigación. Usted y el distrito también pueden acordar resolver su reclamo en lugar de que se realice una investigación. ¿Qué hará el superintendente del distrito? El superintendente le enviará una carta por escrito en un lapso de 30 días calendario de su reclamo, la cual negará sus acusaciones o describirá las medidas razonables que el distrito tomará. La carta incluirá cómo presentar una apelación ante su Mesa Directiva si usted no está de acuerdo sobre la decisión del superintendente. Las medidas correctivas deben ocurrir antes de los 30 días calendario de la carta del superintendente. ¿Qué sucede si no estoy de acuerdo sobre la decisión del superintendente o nadie responde mi carta? Su siguiente paso es apelar ante la Mesa Directiva. ¿Qué es una apelación? Una apelación es una solicitud para cambiar una decisión oficial. ¿Cómo presento una apelación ante la Mesa Directiva? Puede presentar una apelación escribiendo una carta a su Mesa Directiva. La carta debe incluir la parte de la decisión escrita del superintendente que desea apelar y qué desea que el distrito haga. Debe presentar su carta ante el secretario de la Mesa Directiva antes del 10.o día calendario después de haber recibido la carta de respuesta del superintendente. ¿Qué hará la Mesa Directiva? La Mesa Directiva programará una audiencia en un lapso de 20 días calendario después de haber recibido su carta de apelación. Todos ustedes también pueden acordar una fecha diferente. ¿Qué sucederá en la audiencia? Usted explicará por qué no está de acuerdo sobre la decisión del superintendente. Puede traer testigos u otra información que esté relacionada con su apelación. La Mesa Directiva le enviará a usted una copia de la decisión que tome en un lapso de 10 días calendario después de la audiencia. La decisión incluirá cómo apelar ante la oficina del superintendente de Instrucción Pública. 4

¿Qué sucede si no estoy de acuerdo sobre la decisión de la Mesa Directiva? Puede apelar la decisión de la Mesa Directiva ante la oficina del superintendente de Instrucción Pública (OSPI). ¿Cómo presento una apelación ante la OSPI? Puede presentar una apelación escribiendo una carta a la oficina del superintendente de Instrucción Pública. La carta debe incluir la parte de la decisión de la Mesa Directiva que desea apelar y qué desea que el distrito haga. La OSPI debe recibir su carta firmada antes del 20.o día calendario de la recepción de la decisión de la Mesa Directiva. Puede entregarla en mano o por correo a: OSPI, Administrative Resource Services P.O. Box 47200 Olympia, WA 98504-7200 Teléfono: (360) 725-6133 ¿Qué hará la OSPI? La OSPI programará una audiencia con un juez de derecho administrativo a través de la Oficina de Audiencias Administrativas (OAH). Durante este proceso se le proporcionará información acerca de la audiencia. En la audiencia usted explicará por qué no está de acuerdo sobre la decisión de la Mesa Directiva. Puede traer testigos u otra información que esté relacionada con su apelación. Después de la audiencia, usted recibirá una copia de la decisión del juez. Usted también tiene el derecho de comunicarse con las siguientes agencias en cualquier momento para solicitar una investigación sobre su acusación de discriminación: Office for Civil Rights, U.S. Department of Education 915 Second Avenue, Room 3310 Seattle, WA 98174-1099 (206) 607-1600/Teléfono de texto: (877) 521-2172 www.2.ed.gov/about/offices/list/ocr

Washington State Human Rights Commission P.O. Box 42490 Olympia, WA 98504-2490 (360) 753-6770/Número gratuito: (800) 233-3247 Teléfono de texto: (800-300-7525 www.hum.wa.gov

Uso de las instalaciones Todas las instalaciones del distrito están disponibles para uso público, juntas y eventos comunitarios y de organizaciones juveniles, eventos de organizaciones sin fines de lucro y actividades recreativas de conformidad con la Política 9500 del TSD. Las solicitudes para utilizar las instalaciones están disponibles en todas las escuelas, en nuestro sitio web o llamando a Servicios Auxiliares al 7097725. Todos los eventos/ligas deportivas deben presentar su código de espíritu deportivo junto con su solicitud. Este código describirá las expectativas de conducta tanto para los participantes como para los espectadores. También deberían incluirse los procedimientos de aplicación de dicho código. Es posible que el distrito requiera un certificado de seguro antes de aprobar la solicitud de uso de las instalaciones.

Ley sobre la Privacidad y los Derechos Educativos de la Familia (FERPA) Esta ley otorga a los padres de familia y a los estudiantes mayores de 18 años de edad (estudiantes elegibles) ciertos derechos con respecto a las fichas escolares del estudiante. Estos derechos son:  El derecho de inspeccionar y revisar las fichas escolares del estudiante en un lapso de 45 días a partir del día en que el distrito

recibe una solicitud de acceso a las mismas. Comuníquese con el director de la escuela de su hijo para revisar las fichas escolares.  El derecho de solicitar la modificación de las fichas escolares del estudiante que el padre de familia o el estudiante elegible creen que son inexactas o engañosas. Si el distrito decide no modificar la ficha como lo solicita el padre de familia o el estudiante elegible, el distrito les notificará de la decisión y de su derecho de solicitar una audiencia en relación con la solicitud de modificación. Se les proporcionará información adicional sobre los procedimientos de audiencia al padre de familia o al estudiante elegible cuando se les notifique del derecho a una audiencia.  El derecho de otorgar el consentimiento para la divulgación de información personal incluida en las fichas escolares del estudiante, salvo en la medida en que la FERPA haya autorizado la divulgación sin consentimiento. Una excepción que permite la divulgación sin consentimiento es la divulgación a directivos de la escuela con intereses educativos legítimos. Un directivo de la escuela es una persona que el distrito emplea como administradora, supervisora, instructora, o miembro del personal auxiliar (incluido el personal de salud/médico y el personal encargado de hacer cumplir la ley); una persona que ocupa un cargo en la Mesa Directiva; una persona o compañía que el distrito haya contratado para realizar una tarea especial (como un abogado, auditor, asesor médico, o terapeuta); o un padre de familia o estudiante que ocupa un cargo en un comité oficial (como un comité de disciplina o un comité para presentación de reclamos), o una persona que ayuda a otro directivo de la escuela a desempeñar sus tareas. Un directivo de la escuela tiene un interés educativo legítimo si el directivo necesita revisar una ficha escolar para cumplir con su responsabilidad profesional. A solicitud, el distrito puede divulgar las fichas escolares sin consentimiento a los directivos de otro distrito escolar en el cual un estudiante busca o intenta inscribirse. 5

 El derecho de presentar un reclamo ante el Departamento de Educación de EE. UU. en relación con supuestos incumplimientos

del distrito de los requisitos de la FERPA. El nombre y la dirección de la oficina que administra la FERPA es: Family Policy Compliance Office, US Dept of Education 400 Maryland Ave SW, Washington, DC 20202-4605.

Servicios de alimentos Desayuno

Nuestro destacado Departamento de Servicios de Alimentos sirve desayunos y almuerzos que cumplen con los requisitos de nutrición federales. Para comodidad de los estudiantes, les ofrecemos cuentas computarizadas.

Escuela primaria/intermedia/preparatoria

$1.50

Precio reducido

$ gratis gracias al subsidio

Adulto

$2.00

Almuerzo

Tumwater participa en el Programa Federal de Comidas Escolares Gratis y a Precio Reducido. Las escuelas secundarias también ofrecen alimentos saludables a la carta, y en todas las escuelas se sirve el desayuno. Los almuerzos gratis o a precio reducido se proporcionan a los niños cuyas familias cumplen con las pautas federales. Los formularios de solicitud se envían por correo a todas las familias del Distrito Escolar Tumwater en agosto, están disponibles en las oficinas de las escuelas o en la página web de Servicios de Alimentos, y también pueden presentarse electrónicamente a través del sistema de acceso familiar Skyward. No dude en dirigir sus preguntas a Bob Gibson, supervisor de Servicios de Alimentos, al 360-709-7740.

Escuela primaria

$2.40

Escuela intermedia/preparatoria

$2.70

Leche

$0.50

Precio reducido de kínder a 3.er grado

$ gratis gracias al subsidio

Precio reducido de 4.o a 12.o grado

$0.40

Adulto

$3.30

Requisitos de graduación—Cursos Los requisitos de graduación de la escuela preparatoria son establecidos por la Mesa Directiva Estatal de Educación y la Mesa Directiva del Distrito Escolar Tumwater. Los requisitos están diseñados para brindar a los estudiantes una educación integral y destrezas actualizadas. Los requisitos de graduación en materia de cursos del Distrito Escolar Tumwater incluyen :

Materia

Promoción de 20162020

Promoción de 2021 y más

Inglés

4

4

Matemáticas

3

3

2 (incluyendo 1 crédito de laboratorio) 3

3 (incluyendo 2 créditos de laboratorio)

Salud y aptitud física

2

2

Arte

1

2

Educación ocupacional

1

Ciencias (incluyendo 1 crédito de laboratorio) Estudios Sociales

Educación vocacional y técnica

1

Idiomas del mundo

2

Clases optativas

Requisitos de créditos totales 6

3

6

4

22

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Información sobre salud y vacunas 

Vacunas: la Ley de Vacunación del Estado de Washington (Código Revisado de Washington [RCW] 28A.210.090; Política y Procedimientos 3413 de la Mesa Directiva del TSD) exige a todos los estudiantes presentar el primer día de asistencia a la escuela o antes de este:  Comprobante de vacunación completa; un Certificado de Vacunas (CIS) lleno y firmado por el padre de familia; o  Inicio de un programa de vacunación; o  Certificado de Exención (COE) lleno por el padre de familia y el proveedor de atención médica, según se requiera. La Ley de Exención de Vacunación del Estado de Washington revisada (en vigencia desde el 22 de julio de 2011) aún requiere que un proveedor de atención médica con licencia firme el COE para confirmar que el padre de familia/tutor ha recibido información sobre los beneficios y riesgos de la vacunación. Los padres de familia/tutores de los niños o estudiantes exentos también deben recibir una notificación de que es posible que se excluya a su hijo/estudiante de la escuela si se produce un brote de una enfermedad contra la cual no se ha vacunado completamente. La exclusión durará lo que dure el brote. La exención por afiliación religiosa es solo para las familias que demuestran que son miembros de una iglesia u organismo religioso que no cree en el tratamiento médico proporcionado por un proveedor de atención médica . Requisitos de vacunación para asistir a la escuela (debe incluirse el mes, día y año de vacunación para cada dosis):  Hepatitis B: tres (3) dosis durante un período de seis meses para kínder-8.o grado/durante un período de cuatro meses para 9.o-12.o grado.  DTP/DP/DTaP/TD: cinco (5) dosis de cada uno. Cuatro (4) dosis solamente si la última dosis se recibió al cumplir los 4 años de edad o después.  Tdap (Tétano, difteria, tos ferina acelular): una (1) dosis para los niños de 6.o a 12.o grado Y al cumplir los 11 años de edad o después.  Polio: cuatro (4) dosis. Tres (3) dosis solamente si la última dosis se recibió al cumplir los 4 años de edad o después .  Sarampión, paperas y rubéola (MMR): dos (2) dosis.  Varicela: dos (2) dosis para kínder-8.o grado; se recomienda dos (2) dosis para 9.o-12.o grado en el año escolar 2015-16. En el año escolar 2016-17, los estudiantes de 9.o-12.o grado deberán tener dos (2) dosis de la vacuna contra la varicela.

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Ÿ Exámenes de salud: los estudiantes de kínder y de 1.er, 2.o, 3.er, 5.o y 7.o grados son examinados anualmente en busca de problemas visuales y auditivos que pueden afectar negativamente el aprendizaje de los estudiantes. ŸMedicamentos en la escuela: el medicamento oral se define como un medicamento recetado o de venta libre como el Tylenol, ibuprofeno, jarabe para la tos, etc. Si un estudiante debe recibir medicamentos durante el día escolar, los padres de familia deberán presentar un permiso por escrito e instrucciones al director de la escuela junto con una autorización escrita de un profesional de la salud con licencia. Todo medicamento administrado durante más de 15 días debe contar con instrucciones adicionales por parte del profesional de la salud con licencia. Todos los medicamentos deben estar en su envase original. ŸAfecciones potencialmente mortales: la Legislatura del Estado de Washington requiere que las escuelas tengan planes de atención de emergencias para cualquier estudiante que tenga una afección potencialmente mortal. Las afecciones potencialmente mortales incluyen, entre otras: alergias graves, asma grave, diabetes, trastornos convulsivos, etc. Para obtener más información, llame a la enfermera del distrito al 360-709-7040. Enfermedad meningocócica y prevención: como padre de familia, no hay nada más importante que proteger la salud de su hijo. La Legislatura del Estado de Washington nos exige poner a su disposición información sobre la enfermedad meningocócica. ¿Qué es la enfermedad meningocócica? La enfermedad meningocócica es una infección bacteriana grave. Afortunadamente, esta enfermedad potencialmente mortal es poco común, y solo se informan entre 20 y 50 casos cada año en Washington. Los síntomas más comunes de la enfermedad incluyen fiebre, tos, dolor de cabeza y erupción cutánea. Puede causar meningitis (inflamación de las membranas que recubren el cerebro y la médula espinal). La enfermedad se propaga a través del contacto con una persona infectada. Los adolescentes y los adultos jóvenes tienen más probabilidades de contraer la enfermedad meningocócica, especialmente si viven en grupos, como los dormitorios universitarios. ¿Cómo puedo proteger a mi hijo de la enfermedad meningocócica? La vacuna meningocócica, o MCV4, previene contra cuatro tipos de la enfermedad. Se recomienda para todos los niños de entre 11 y 12 años de edad, y nuevamente a los 16 hasta los 18 años de edad. ¿Dónde puedo encontrar la vacuna meningocócica? Hable con su médico, enfermera o departamento de salud local para obtener más información. Washington ofrece vacunas gratis a los niños hasta los 18 años de edad. Los proveedores pueden cobrar una cuota de visitas al consultorio o cuota de administración para dar la vacuna. Las personas que no pueden pagar estas cuotas pueden pedir que se les exima de estas. Para conocer más sobre la enfermedad meningocócica y cómo prevenirla, visite: Departamento de Salud del Estado de Washington: www.doh.wa.gov/YouandYourFamily/Immunization/Diseases/ 7

MeningitisMeningococcalDisease.aspx Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades: www.cdc.gov/vaccines/hcp/vis/vis-statements/mening.html Hospital de Niños de Philadelphia: www.chop.edu/conditions-diseases/meningococcal-infections 

Virus del Papiloma Humano (VPH) y prevención: la siguiente información se brinda bajo la dirección de la Legislatura del Estado de Washington para ayudar a reducir la tasa de cáncer en Washington al proteger a las personas del VPH. ¿Qué es el VPH? El VPH es un virus común. La mayoría de las personas expuestas al VPH nunca desarrollarán problemas de salud. Pero para otras, el VPH causa importantes problemas de salud, incluido el cáncer de cuello uterino, vulvar anal, cáncer de boca y garganta. La mayoría de las personas infectadas no tienen síntomas y pueden propagar el virus sin saberlo. El VPH se propaga principalmente a través del contacto sexual. ¿Cómo puedo proteger a mi hijo del VPH? Asegúrese de que su hijo reciba la vacuna contra el VPH. La vacuna es altamente eficaz. El mejor momento para hacerlo es antes de que comience la actividad sexual. La vacuna contra el VPH puede prevenir la infección de algunos de los tipos más comunes y graves de VPH que causan cáncer y verrugas genitales. La vacuna no se deshace de las infecciones por VPH existentes. ¿Quiénes deberían recibir la vacuna y cuándo deberían hacerlo? Se recomiendan tres dosis de la vacuna contra el VPH para todos los niños y niñas a partir de los 11 a 12 años de edad. Se recomienda para las mujeres de hasta 26 años y para los hombres de hasta 21 años de edad. Además de la vacuna contra el VPH, su hijo de 11 a 12 años de edad debe recibir Tdap y vacunas meningocócicas. ¿Dónde puedo encontrar la vacuna contra el VPH? Pregunte a su médico, enfermera, o departamento de salud local sobre la vacuna y dónde puede obtenerla. Para obtener más información sobre el VPH, la vacuna y el cáncer de cuello uterino, visite: Departamento de Salud del Estado de Washington www.doh.wa.gov/Portals/1/Documents/Pubs/ 348-187 HumanPapillomavirusVaccineFactsheet.pdf Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades: www.cdc.gov/std/hpv/

Ayuda para estudiantes sin hogar/desplazados - Ley de Ayuda para Niños sin Hogar McKinneyVento Definición de “sin hogar”: la Ley McKinney-Vento define “sin hogar” como las siguientes condiciones de vida:  Residir en un refugio, vehículo, campamento, en la calle, en restaurantes abiertos las 24 horas, en estaciones de autobús o en un motel, etc.  Desplazado debido a desastres naturales (huracán, inundación, terremoto, etc.)  Asignación de emergencia en hogares sustitutos u hogares comunitarios  Quedarse en un edificio abandonado, remolque u otro alojamiento inadecuado  Vivir en confinamiento con amigos o parientes debido a la incapacidad de encontrar una vivienda asequible  Pasar la noche en diferentes hogares  “Rebotar” de la casa de un familiar a la de otro  Un joven sin compañía que vive por su cuenta Derechos de los estudiantes sin hogar y responsabilidades del distrito escolar 





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Los estudiantes sin hogar tienen derecho a inscribirse para asistir a la escuela, incluso si no cuentan con la documentación completa, como registros de vacunas, comprobante de domicilio, factura de un servicio público, acta de nacimiento, registros de educación especial, etc. ¡La inscripción debe ser inmediata! La asistencia comenzará lo antes posible. Como sucede con todos los estudiantes nuevos, es posible que las secretarias/encargadas de admisión necesiten tiempo para comunicarse con el o los maestros y asegurarse de que haya una mesa y materiales escolares apropiados. El consejero estudiantil organizará la asistencia con el desayuno y almuerzo escolar, así como el transporte si es necesario. Los estudiantes sin hogar tienen derecho a permanecer en la misma escuela, siempre que sea razonable, factible y en su beneficio, incluso si estos se mudan a otra área de inscripción o a un nuevo distrito escolar. Esto ayuda a los niños a mantener la estabilidad. Las investigaciones demuestran que los estudiantes que se cambian de escuela pierden entre 2 y 6 meses de rendimiento académico con cada traslado. El distrito escolar debe facilitar el transporte en forma de autobús escolar, pasajes para el autobús de la ciudad o vales para el combustible. Los consejeros ayudarán en la planificación e implementación del transporte. Los estudiantes tienen derecho a un desayuno y un almuerzo gratis sin necesidad de llenar formularios. Los consejeros realizan esta derivación.

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Los servicios antes mencionados continuarán hasta que termine el año escolar en el cual finalice la falta de hogar para esa familia. Nuestros consejeros forman la primera línea de apoyo para los niños sin hogar dentro de sus respectivas escuelas. Cada distrito escolar debe tener una persona de contacto para estudiantes sin hogar. Nuestra persona de contacto es Tami Collins y puede ser localizada al 360-709-7007.

Estudiantes sin hogar en el Distrito Escolar Tumwater Durante el transcurso del 2014-15, nuestro distrito sirvió a aproximadamente 250 estudiantes sin hogar. Dentro de los tres distritos más grandes (Tumwater, Olympia y North Thurston), el año pasado hubo suficientes estudiantes sin hogar como para llenar una de nuestras escuelas preparatorias. Si usted conoce a algún estudiante del TSD que no tiene hogar, comuníquese con el consejero de su escuela. Nos dedicamos a ayudar a los jóvenes sin hogar a alcanzar el éxito dentro de nuestras escuelas y nuestra comunidad. En la oficina del distrito, tenemos un Fondo de Ayuda para el Estudiante que se mantiene con donaciones de la comunidad y al cual puede accederse para satisfacer una variedad de necesidades de los estudiantes, tales como ropa, artículos escolares, medicamentos y artículos de higiene. La oficina del distrito tiene también un banco de ropa que cuenta con ropa nueva. Esta ropa está disponible para todos los estudiantes que reúnen los requisitos de la ley McKinney-Vento. Llame a Tami Collins al 361-709-7007 para programar una cita para el banco de ropa. Comuníquese con su consejero escolar o con Tami Collins para saber más sobre la ayuda para estudiantes sin hogar.

Centro Vocacional y Técnico New Market El Centro Vocacional y Técnico New Market (NMSC) es un centro de educación colaborativo entre 10 distritos escolares y es una extensión de la escuela preparatoria. Ofrece oportunidades de formación avanzada en Educación Vocacional y Técnica en 15 áreas de programas diferentes que pueden llevar a conseguir un empleo y está disponible para los estudiantes de 16 a 20 años de edad. Los formularios de inscripción están disponibles en los Centros de Asesoramiento de las escuelas preparatorias, en línea en http:// www.newmarketskills.com/, o llamando al 360-570-4500. Puede obtener más información sobre el NMSC al visitar su sitio web en http://www.newmarketskills.com/.

Cualificaciones del personal según la Ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás La ley Que Ningún Niño Se Quede Atrás requiere que los distritos escolares notifiquen a los padres de familia de los estudiantes inscritos en escuelas de Título 1 que pueden solicitar la siguiente información con respecto al personal docente que trabaja con sus hijos:  Si el maestro del niño cuenta o no con la certificación estatal necesaria para los grados y la materia que está enseñando;  Si el maestro está trabajando o no con un certificado de emergencia o condicional que lo eximió del certificado estatal;  El título de bachillerato del maestro y cualquier otra certificación o título de grado, incluido el campo de disciplina del certificado o título;  Si el niño recibe servicios de instrucción de parte de un profesional de apoyo, las cualificaciones de este. Si está interesado en conocer las cualificaciones profesionales del maestro de su estudiante, comuníquese con Beth Scouller, directora ejecutiva de Recursos Humanos, al 360-709-7020.

Informes de desempeño 



Boletas de calificaciones en línea de la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (OSPI) La boleta de calificaciones de la OSPI proporciona datos escolares al nivel del estado, el distrito escolar y la escuela. Busque la boleta de calificaciones en http://reportcard.ospi.k12.wa.us. Informes de desempeño escolar El Distrito Escolar Tumwater también elabora un informe de desempeño escolar anual para cada escuela. Estos incluyen calificaciones de exámenes, el plan de mejoramiento escolar y más. Para ver el informe de desempeño de una escuela, visite el sitio web del distrito en www.tumwater.k12.wa.us, elija una escuela del menú desplegable llamado “Select a School” (Seleccione una escuela), seleccione la opción “Our School” (Nuestra escuela) en la parte superior de la página y luego seleccione “Our Report Card” (Nuestro informe anual de responsabilidad escolar).

Aplicación de pesticida/herbicida Según sea necesario y en cumplimiento con todas las reglamentaciones estatales y locales, el distrito utiliza pesticidas/herbicidas para controlar las plagas de vegetación, roedores e insectos. En conformidad con la Política 6895 del TSD, en esas ocasiones los productos son aplicados por personal con licencia estatal. Se colocará un aviso que señale “Aplicación de pesticidas” en la oficina de la escuela y en el área de aplicación al menos 48 horas antes de cualquier aplicación necesaria de pesticida/herbicida dentro o fuera de las instalaciones. El aviso incluirá los productos químicos que se utilizarán, cuándo y dónde se aplicarán, por qué se los utiliza y a quién llamar para obtener más información. Toda área tratada debe estar claramente marcada con letreros que incluyan un número de teléfono al cual llamar para obtener más información. El pesticida/herbicida típico que se utiliza anualmente incluye: rodenticida Generation Blue Max, aplicado en las estaciones externas del cebo por Mathis Exterminating; exterminador de avispas y abejas en aerosol Misty, aplicado en los nidos de avispas y abejas por el Departamento de Conserjería del TSD; barricada, escarda de preemergencia y control de maleza de hoja ancha, aplicada a camas ornamentales, grietas de concreto y cercas por Spring Green; Buccaneer Plus, control de 9

maleza de hoja ancha y escarda de postemergencia, aplicado a camas ornamentales, grietas de concreto y cercas por Spring Green; insecticida Merit 75 WSP, aplicado en áreas de césped por Spring Green. El Distrito Escolar Tumwater mantiene registros de todas las aplicaciones. El distrito puede notificar de la aplicación inminente de pesticida y brindar información sobre cualquier aplicación de emergencia. Para obtener esta información, comuníquese con el Departamento de Conserjería al 360-709-7725.

Protección de los derechos de los estudiantes La Enmienda de Protección de los Derechos del Estudiante (PPRA) otorga a los padres de familia ciertos derechos en relación con la realización de encuestas, recolección y uso de información para fines de comercialización y ciertos exámenes físicos. Eso incluye el derecho a:  Otorgar su consentimiento antes de que se requiera que los estudiantes se sometan a una encuesta relacionada con una o más de las siguientes áreas protegidas (“encuesta sobre información protegida”) si la encuesta es financiada en su totalidad o en parte por un programa del Departamento de Educación de EE. UU.: (1) afiliaciones o creencias políticas del estudiante o de sus padres de familia; (2) problemas mentales o psicológicos del estudiante o de su familia; (3) conducta o actitudes sexuales; (4) conducta ilegal, antisocial, que lo autoincrimine o lo humille; (5) evaluaciones críticas sobre otros con quienes los defendidos tienen relaciones familiares cercanas; (6) relaciones privilegiadas reconocidas legalmente, tales como las relaciones con abogados, médicos o ministros; (7) prácticas, afiliaciones o creencias religiosas del estudiante o sus padres de familia; o (8) ingresos, salvo que la ley estipule lo contrario para determinar la elegibilidad para el programa.  Recibir una notificación y la oportunidad de que el estudiante no participe en: (1) ninguna otra encuesta sobre información protegida, independientemente del financiamiento; (2) ningún examen o evaluación física invasiva que no sea de emergencia requerida como condición de asistencia, administrada por la escuela o su agente, y no necesaria para proteger la salud y seguridad inmediata de un estudiante, excepto las evaluaciones auditivas, visuales o de escoliosis o cualquier examen físico o evaluación permitida o requerida en virtud de la ley estatal; ni en (3) actividades que requieran la recolección, divulgación o utilización de información personal obtenida de los estudiantes con el fin de comercializar, vender o distribuir de cualquier manera esa información a otros.  Inspeccionar, a solicitud, y antes de la administración o uso: (1) Encuestas sobre información protegida a estudiantes; (2) Instrumentos usados para recolectar información personal de los estudiantes para cualquiera de los fines de comercialización, venta u otros fines de distribución indicados anteriormente; y (3) Material de instrucción utilizado como parte del programa de estudios. Estos derechos se transfieren de los padres de familia a los estudiantes de 18 años de edad o que son menores emancipados en virtud de la ley estatal. (4)

Seguridad en el autobús escolar La misión del equipo de Transporte del TSD: “Viajar en un sistema seguro, donde todos sean tratados con dignidad, y llegar a la escuela listo para aprender y crecer”. Para estar seguros, los estudiantes deben recordar: obedecer al conductor de inmediato y voluntariamente, permanecer en su asiento y mirar al frente, hablar en voz baja, ser corteses, no usar lenguaje ofensivo, mantenerse en silencio en los cruces de ferrocarril y no comer, beber ni masticar goma de mascar en el autobús. Se advierte a los estudiantes sobre la posesión y la utilización de equipos electrónicos tales como teléfonos celulares o tabletas en el autobús. El uso inadecuado producirá medidas disciplinarias. Asimismo, el distrito no será responsable si estos artículos se pierden, roban o rompen. Al comienzo de cada año escolar, los estudiantes recibirán un folleto de dos páginas (Reglamentaciones sobre el Viaje en Autobús Escolar y el Código Administrativo de Washington (WAC) 392-145-016 Normas para los Estudiantes que Viajan en Autobuses Escolares). Se espera que todos los estudiantes cumplan con las normas descritas y el WAC.

Juntas de la Mesa Directiva del Distrito Escolar La Mesa Directiva es responsable de establecer la política general para el sistema escolar, de aprobar el empleo del personal de la escuela, de seleccionar y evaluar al superintendente, de adoptar y revisar el presupuesto operativo anual, de proporcionar las instalaciones necesarias y de informar al público sobre las necesidades y el progreso del sistema educativo. Por lo general, las juntas de la Mesa Directiva se llevan a cabo el segundo y cuarto jueves de cada mes. La primera junta del mes generalmente se lleva a cabo en la oficina administrativa del TSD a las 7:00 p. m. y la segunda junta del mes, por lo general, se lleva a cabo en una de nuestras escuelas a las 8:30 a. m. Puede consultar las fechas y los horarios de junta en el calendario de nuestro distrito y en nuestro sitio web en www.tumwater.k12.wa.us. Las juntas son abiertas al público y, al inicio de cada junta, se reciben comentarios sobre puntos que no están en la agenda. Las copias de las agendas están disponibles para su revisión en nuestro sitio web y en la oficina del superintendente.

Servicios especiales El Departamento de Servicios Especiales brinda servicios a los estudiantes, desde su nacimiento hasta los 21 años de edad, con discapacidades que van desde dificultades de aprendizaje leves hasta graves. Los servicios pueden incluir, entre otros, evaluaciones psicológicas, asesoramiento, servicios de transición, evaluaciones visuales y auditivas, terapia ocupacional, física o de lenguaje,

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enfermería escolar y programas preescolares para bebés/niños para niños recién nacidos y hasta los 6 años de edad (programas basados en el hogar o en un centro). Asimismo, el departamento supervisa a Medicaid, Servicios de Asesoramiento Escolar, Servicios de Enfermería Escolar, instrucción personal en el hogar por motivos médicos para estudiantes que están temporalmente fuera de la escuela, debido a una enfermedad o lesión de larga duración, y al Centro de Detención Juvenil. Servicios Especiales coordina los servicios que se prestan a los estudiantes de escuelas privadas, solicita intérpretes y trabaja con la persona de contacto militar del distrito. La Ley de Rehabilitación de 1973 prohíbe la discriminación contra personas con discapacidades. El artículo 504 de la Ley de Rehabilitación exige que las escuelas proporcionen una gama completa de adaptaciones y servicios de manera que estos estudiantes puedan participar en y beneficiarse de los programas y las actividades de educación pública. Los estudiantes pueden considerarse con discapacidad en virtud del artículo 504 aunque no soliciten servicios de educación especial conforme a la Ley de Educación de Personas con Discapacidades (IDEA).

Seguro estudiantil El distrito pone a disposición de los padres de familia un seguro de accidentes voluntario para estudiantes a través de MyersStevens y Toohey & Co. Los formularios de solicitud se envían al hogar con los estudiantes y también están disponibles en cada oficina escolar. Se recomienda este seguro especialmente para los estudiantes que no están cubiertos por ningún otro seguro médico, ya que el seguro del distrito no cubre las necesidades médicas del estudiante. La información sobre la inscripción está disponible en la página web del distrito al seleccionar la opción “Parents/Student Resources/Parents/Student Insurance Option” (Opción Recursos para Padres de Familia/Estudiantes / Seguros para Padres de Familia/Estudiantes) o desde la página web de Meyers-Stevens en http://myers-stevens.com/.

Voluntariado Hay muchas maneras de participar en la educación de su estudiante. ¡Puede ayudar como compañero de lectura, en la oficina, en excursiones escolares, en el campo de juego, en un comité de la escuela o del distrito y más! Cada voluntario debe llenar una solicitud de voluntario que incluye una verificación de antecedentes anual. Realmente agradecemos las miles de horas de voluntariado que brindan a nuestra escuela los padres de familia, familiares y miembros de la comunidad. Comuníquese con la oficina de la escuela o con la oficina del distrito para obtener más información sobre cómo participar.

Inscripción de votantes Cualquier persona que desee inscribirse para votar o cambiar su inscripción puede obtener una solicitud en una de nuestras escuelas o en la oficina del distrito. Usted puede inscribirse en cualquier momento pero, si lo hace por correo o cambia su dirección, debe hacerlo 30 días antes de una elección. Puede inscribirse en línea, por correo o en persona en la oficina del auditor del condado de Thurston, ubicada en 2000 Lakeridge Drive SW. Las familias militares cuya residencia está en otro lugar también pueden inscribirse en WA. Visite la página web del auditor en www.co.thurston.wa.us/auditor/elections.

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Derechos y responsabilidades Hemos incluido algunas políticas clave del Distrito Escolar Tumwater en las siguientes páginas para su referencia. Todas nuestras políticas se pueden encontrar en nuestro sitio web en www.tumwater.k12.wa.us eligiendo “District” (Distrito) y luego “District Policies” (Políticas del distrito). Si tiene alguna pregunta sobre las políticas, llame a la oficina del distrito al 360-7097000.

Responsabilidad La principal responsabilidad del Distrito Escolar Tumwater y su personal profesional es mantener un distrito escolar seguro y ordenado en el cual todos los estudiantes puedan aprender. Los estudiantes, los padres de familia y el personal deben trabajar juntos para garantizar un ambiente de aprendizaje seguro. Es fundamental que los estudiantes asuman la responsabilidad, lo cual contribuirá a tal ambiente. Se espera que los estudiantes obedezcan la ley, se adhieran a las políticas del distrito y cumplan con las normas y reglamentaciones de aplicación de estas políticas y procedimientos. Las siguientes políticas y procedimientos están diseñados para proteger a todos los miembros de la comunidad educativa en el ejercicio de sus derechos y responsabilidades.

Derechos y responsabilidades - Política 3200 Derechos, responsabilidades y consecuencias de los estudiantes Estamos comprometidos a garantizar que todos los estudiantes adquieran los conocimientos, destrezas y actitudes necesarios para convertirse en ciudadanos responsables y colaboradores de nuestra democracia. Todo estudiante que asista a una escuela de Tumwater deberá cumplir con las políticas, normas y reglamentaciones escritas del distrito y deberá obedecer las instrucciones legales del personal del distrito. Cada estudiante deberá seguir un curso de estudio obligatorio, el cual lo llevará a obtener su diploma de la escuela preparatoria. Como consecuencia del proceso educativo, cada estudiante tendrá la oportunidad de aclarar sus valores básicos y desarrollar un compromiso para actuar en favor de estos valores dentro del marco de sus derechos y responsabilidades como participante en el proceso democrático. Cada año, el superintendente o la persona designada pondrán a disposición de todos los estudiantes, padres de familia y maestros declaraciones escritas sobre los derechos, la conducta y las medidas correctivas del estudiante. Periódicamente, estas declaraciones se revisarán con la participación de los padres de familia y otros miembros de la comunidad. El director y el personal certificado de la escuela se reunirán por lo menos una vez al año para tratar los estándares de disciplina y discutir cuándo el personal certificado debe realizar las clases para mejorar el manejo del salón de clases. También es la política del distrito proporcionar un ambiente de aprendizaje sin ninguna forma de intimidación, hostigamiento o acoso, incluidas las conductas que constituyen acoso y/o represalia sexual o racial. El distrito reconoce que, independientemente de la intención, los insultos de acoso racial, étnico y sexual (incluida la orientación sexual), entre otros, tienen la capacidad de dañar considerablemente a las personas hacia las cuales se dirigen los insultos y a la comunidad educativa en conjunto. Todo estudiante que participe en un acto de intimidación, discriminación, acoso u hostigamiento estará sujeto a una medida disciplinaria, hasta llegar inclusive a la expulsión y/o derivación a las autoridades policiales. Se recomienda a los estudiantes que notifiquen a un miembro del personal en el caso de que crean que está ocurriendo alguna forma de acoso, intimidación y/u hostigamiento. El personal debe notificar al administrador de la escuela, quien investigará todas las cuestiones y tomará las medidas pertinentes.

1.0 Conducta de los estudiantes 1.1 Todo estudiante que intencionalmente cometa un acto que interfiera o que sea perjudicial para el funcionamiento ordenado de una escuela, una actividad patrocinada por la escuela o cualquier otro aspecto del proceso educativo dentro del distrito escolar estará sujeto a una medida disciplinaria, suspensión o expulsión. Estos actos incluirán, entre otros, los siguientes. Los siguientes actos cometidos por un estudiante en la escuela (o a una proximidad razonable a la misma) o en lugares fuera de la escuela durante cualquier actividad patrocinada por la escuela constituirán una causa suficiente para aplicar una medida disciplinaria, suspensión o expulsión: - Abuso por inhalación, ingestión o cualquier otra forma de consumo de una sustancia por su efecto de intoxicación; - Asalto o agresión hacia otro estudiante o un miembro del personal; - Engaño o falsificación; - Destrucción o deterioro de los bienes de la escuela; - Desobediencia de las instrucciones razonables de las autoridades escolares; 12

2.0

- Conducta perturbadora, obscena y/o degradante, vulgaridad o blasfemia; - Extorsión o coerción de otro estudiante o un miembro del personal; - Acoso, intimidación, y/u hostigamiento de otro estudiante o un miembro del personal; - Los informes falsos o las represalias por acoso, intimidación u hostigamiento también constituyen una violación de esta política. - Intimidar a un estudiante con la intención de inducirlo a un falso testimonio o evitar la colaboración en una investigación o audiencia realizada por los directivos escolares; - Falsificar información que sabe que es relevante para una investigación o audiencia realizada por los directivos de la escuela; - Posesión de parafernalia para drogas destinada o diseñada para el consumo, almacenamiento o distribución de cualquier sustancia controlada/droga ilegal, salvo en la medida en que esté autorizada por un médico para dicha posesión; - Posesión o consumo de tabaco y/o posesión, consumo o estar bajo la influencia del alcohol o de cualquier droga ilegal o de cualquier sustancia controlada, como se define en el capítulo 69.50 RCW, no recetada legalmente por un médico para el consumo del propietario o consumidor; - Venta o entrega de cualquier droga ilegal o de cualquier sustancia controlada, o venta de cualquier otra sustancia legal aparentando que dicha sustancia es una droga ilegal o una sustancia controlada; - Posesión de punteros láser; - Posesión o uso de explosivos, armas de fuego, imitaciones de armas de fuego o cualquier arma u objeto peligroso; - Negarse a identificarse a sí mismo; - Robar; - Cometer cualquier acto delictivo como lo define la ley; - Faltar a clases sin permiso. Derechos, responsabilidades y autoridad de los maestros 2.1 Responsabilidades de los maestros: los maestros y otro personal certificado no supervisor (denominados colectivamente “los maestros” en esta sección) tendrán las siguientes responsabilidades con respecto a la disciplina de los estudiantes: 2.1.1 Los maestros deberán hacer cumplir las normas del distrito escolar establecidas con respecto a la conducta de los estudiantes. 2.1.2 Los maestros deberán cumplir con las normas y pautas del distrito escolar y de la escuela relativas a la disciplina de los estudiantes. 2.1.3 Los maestros deberán mantener el orden y la disciplina en el salón de clases, en los pasillos y en los patios de recreo u otras áreas comunes de la escuela. 2.1.4 Los maestros asignados a tareas en el salón de clases deberán conservar y mantener registros de asistencia precisos de los estudiantes. 2.2 Autoridad de los maestros: sujetos a las limitaciones de la política en relación con la expulsión urgente y el castigo físico de los estudiantes, todos los maestros tendrán la autoridad para disciplinar a cualquier estudiante por cualquier conducta perturbadora o revoltosa o cualquier otra violación de las normas de conducta de los estudiantes que ocurra en la presencia del maestro o cuando el estudiante esté bajo la supervisión del maestro. Los maestros también pueden recomendar la suspensión o expulsión de los estudiantes a las autoridades escolares pertinentes.

2.3 Derechos de los maestros: los maestros tendrán los siguientes derechos con respecto a la disciplina de los estudiantes : 2.3.1 Los maestros tendrán derecho a la ayuda y al apoyo adecuados de los administradores de la escuela en relación con los problemas de disciplina de los estudiantes. 2.3.2 Los maestros serán informados inmediatamente de cualquier reclamo hecho al director u otro administrador del distrito escolar en relación con la medida disciplinaria aplicada por el maestro a los estudiantes. El maestro tendrá la oportunidad de presentar su versión del incidente y de reunirse con la parte demandante en el caso de que se organice una reunión con la parte demandante. 2.3.3 Un maestro tendrá la autoridad para expulsar a un estudiante que genere una interrupción en el proceso educativo de su salón de clases y área de instrucción o actividad durante todo el día escolar o parte del mismo, o hasta los dos días siguientes, o hasta que el director o la persona designada y el maestro lo hayan acordado, o lo que ocurra primero. Salvo en circunstancias de emergencia, el maestro primero debe intentar una o más formas alternativas de medida correctiva. En ningún caso, un estudiante expulsado puede regresar a la clase durante el resto de esa clase o actividad o hasta los siguientes dos días, sin el consentimiento del maestro o hasta que el director o la persona designada y el maestro lo hayan acordado. 3.0 Derechos, responsabilidades y autoridad de los voluntarios 3.1 Responsabilidades y autoridad del voluntario: los voluntarios tendrán las siguientes responsabilidades con respecto a la disciplina de los estudiantes: 3.1.1 Los voluntarios deberán cumplir con las normas y pautas del distrito escolar y de la escuela relativas a la disciplina de los estudiantes. 13

3.1.2 3.1.3

Los voluntarios deberán mantener el orden y la disciplina en el salón de clases, en los pasillos y en los patios de recreo u otras áreas comunes de la escuela. Los voluntarios deberán derivar todas las cuestiones de la disciplina de los estudiantes a un maestro o director pertinente.

3.2 Derechos de los voluntarios: los voluntarios tendrán los siguientes derechos con respecto a la disciplina de los estudiantes . 3.2.1 Los voluntarios tendrán derecho a la ayuda y al apoyo adecuados de los maestros y administradores de la escuela en relación con los problemas de disciplina de los estudiantes. 3.2.2 Los voluntarios serán informados inmediatamente de cualquier reclamo hecho a un maestro, el director u otro administrador del distrito escolar en relación con la conducta de los voluntarios hacia los estudiantes. El voluntario tendrá la oportunidad de presentar su versión del incidente y, si corresponde, de reunirse con la parte demandante en el caso de que se organice una reunión con la parte demandante . 4.0

Derechos, responsabilidades y autoridad de los directores 4.1 Responsabilidades del director: los directores y otros administradores certificados asignados a quienes dicha autoridad ha sido delegada por el superintendente tendrán las siguientes responsabilidades con respecto a la disciplina de los estudiantes: 4.1.1 Los directores serán responsables de hacer cumplir las normas establecidas por el distrito escolar sobre la conducta de los estudiantes y de cumplir con las pautas del distrito escolar y de la escuela relativas a la disciplina de los estudiantes. 4.1.2 Los directores pueden desarrollar las pautas de la escuela relativas a la disciplina de los estudiantes que sean pertinentes. Las pautas de la escuela serán conformes a las normas del distrito escolar en relación con la disciplina del estudiante. 4.1.3 Los directores deberán poner a disposición de cada miembro del personal, estudiante y padre de familia o tutor de los estudiantes una copia de esta política (o un resumen de ella), junto con las pautas de la escuela desarrolladas de conformidad con la sección 4.1.2 de la misma. 4.1.4 Los directores deberán proporcionar la ayuda y el apoyo adecuados a los maestros, al personal y a otras personas en relación con los problemas de disciplina de los estudiantes .

4.2

Autoridad del director: sujetos a las limitaciones establecidas en las políticas relativas a la suspensión o expulsión de estudiantes, todos los directores tendrán la autoridad para disciplinar, suspender o recomendar la expulsión de cualquier estudiante por cualquier violación de las normas de conducta de los estudiantes.

4.3

5.0

Derechos del director: cada director debe ser informado inmediatamente de cualquier reclamo hecho a cualquier otro administrador del distrito escolar en relación con la medida disciplinaria aplicada por el director a los estudiantes. El director tendrá la oportunidad de presentar su versión del incidente y de reunirse con la parte demandante en el caso de que se organice una reunión con la parte demandante. Procedimientos disciplinarios

5.1

Medida disciplinaria: “medida disciplinaria” se refiere a todas las formas de medida correctiva que no sean la expulsión o suspensión e incluirá la exclusión de un estudiante de la clase por parte de un maestro o administrador durante un período que no exceda el resto de la clase inmediata, siempre y cuando el estudiante se encuentre bajo la custodia de un empleado del distrito escolar durante el resto de dicho período. “Medida disciplinaria” también se referirá a la exclusión de un estudiante de cualquier otro tipo de actividad realizada por un distrito escolar o en nombre de este. No se administrará ninguna forma de medida disciplinaria de manera tal que: a) evite que un estudiante cumpla con los requisitos específicos de calificaciones, materias o graduación; o b) afecte negativamente la calificación o los créditos de un estudiante en una materia o curso debido a atrasos o faltas, salvo en la medida en que la asistencia y/o participación del estudiante esté relacionada con los objetivos de enseñanza de la materia o curso, y su asistencia y/o participación hayan sido identificadas en virtud de una política del distrito escolar como un criterio para la calificación.

5.1.1

14

Expulsión urgente: sin perjuicio de ninguna otra disposición de esta política, un estudiante puede ser expulsado inmediatamente de una clase, materia o actividad por un maestro o administrador y enviado al director o a una autoridad escolar designada. Esta medida puede tomarse cuando el maestro o administrador tienen motivos válidos y suficientes para creer que la presencia del estudiante representa un peligro inmediato y continuo para el estudiante mismo, para otros estudiantes o para el personal de la escuela o una amenaza inmediata y continua de interrupción considerable de la clase, materia, actividad o proceso educativo de la escuela del estudiante. La expulsión continuará solo hasta que: a) cese el peligro o la amenaza, o b) el director o la autoridad escolar designada actúen para imponer una medida disciplinaria, imponer una

5.1.2

suspensión a corto plazo, iniciar una suspensión a largo plazo o una expulsión, o imponer una expulsión urgente. El director o la autoridad escolar designada se reunirán con el estudiante en cuanto sea razonablemente posible después de la expulsión del estudiante y tomarán o iniciarán las medidas correctivas pertinentes. En ningún caso, se retrasará más allá del comienzo del siguiente día escolar la oportunidad de que el estudiante asista a una junta. El maestro o administrador que expulsó al estudiante será notificado sobre la medida que se ha tomado o iniciado.

5.2 Estudiantes de educación especial 5.2.1 Cambio de asignación por expulsiones disciplinarias: a los efectos de la expulsión de un estudiante de educación especial de su asignación educativa actual, se realiza un cambio de asignación si: (a) la expulsión es por más de diez días escolares consecutivos; o (b) el estudiante está sujeto a una serie de expulsiones que constituyen un patrón dado que acumulan más de diez (10) días escolares en un año escolar, y debido a factores como la duración de cada expulsión, el tiempo total que el estudiante es expulsado y la proximidad de las expulsiones entre sí . 5.2.2

Expulsiones: diez días escolares o menos. En la medida en que se aplicaría la expulsión a los estudiantes sin discapacidades, el personal escolar puede ordenar la expulsión de un estudiante de educación especial de su asignación actual durante no más de diez (10) días escolares consecutivos por cualquier violación de las normas escolares, y la expulsión adicional de no más de diez (10) días escolares consecutivos en el mismo año escolar por casos independientes de mala conducta siempre que esas expulsiones no constituyan un cambio de asignación.

5.2.3

Expulsiones por armas o sustancias controladas/drogas ilegales. El personal escolar puede ordenar un cambio de asignación de un estudiante de educación especial a un ambiente educativo alternativo provisional por el mismo tiempo que un estudiante sin discapacidad sujeto a una medida disciplinaria, pero durante no más de cuarenta y cinco (45) días, si: (a) el estudiante posee un arma, o lleva un arma a la escuela o a una función escolar bajo la jurisdicción de una agencia educacional estatal o local; o (b) el estudiante conscientemente posee o consume una sustancia controlada/droga ilegal o vende o solicita la venta de una sustancia controlada/droga ilegal en la escuela o en una función escolar bajo la jurisdicción de una agencia educacional estatal o local.

5.2.4

Evaluación de la conducta funcional y plan de intervención. En el lapso de los diez (10) días hábiles posteriores a la primera expulsión de un estudiante durante más de diez días escolares en un año escolar, incluidas las violaciones relacionadas con armas, drogas o conducta que es muy probable que cause daño al estudiante o a otros, el distrito escolar u otra agencia pública deberán tomar las siguientes medidas: (a) Si el distrito u otra agencia pública no realizaron una evaluación de la conducta funcional ni implementaron un plan de intervención de la conducta para el estudiante antes de que ocurriera la conducta que dio lugar a la expulsión, el distrito u otra agencia pública deberán convocar una junta del Programa de Educación Individualizado (IEP) para desarrollar un plan de evaluación. (b) Si el estudiante ya cuenta con un plan de intervención de la conducta, el equipo del Programa de Educación Individualizado se reunirá para revisar el plan y su implementación y modificarlo, si es necesario, para tratar la conducta. (c) En cuanto sea posible después de desarrollar el plan descrito en el inciso (1) de esta sección, y después de finalizar las evaluaciones requeridas por el plan, el distrito u otra agencia pública deberán convocar una junta del IEP para desarrollar intervenciones de la conducta adecuadas para tratar esa conducta y deberán implementar tales intervenciones. (d) Si, posteriormente, un estudiante de educación especial que tiene un plan de intervención de la conducta y que ha sido expulsado de su asignación educativa actual durante más de diez (10) días escolares en un año escolar es sometido a una expulsión que no constituye un cambio de asignación, los miembros del equipo del IEP deberán revisar el plan de intervención de la conducta y su implementación para determinar si es necesario hacer modificaciones. Si uno o más de los miembros del equipo creen que es necesario hacer modificaciones, el equipo deberá reunirse para modificar el plan y su implementación, en la medida en que el equipo determine que es necesario .

5.2.5

Requisitos de revisión de la determinación de manifestación. Si un distrito escolar, el personal de otra agencia pública o un oficial de audiencia contemplan una medida que consiste en expulsar a un estudiante por violaciones relacionadas con armas, drogas o conducta que viola cualquier norma o código de conducta que se aplica a todos los estudiantes y esta expulsión genera un cambio de asignación, el distrito escolar u otra agencia pública deberán tomar las siguientes medidas: 15

(a) A más tardar en la fecha en que se tomó la decisión de expulsar al estudiante, los padres de familia deben ser notificados sobre esta decisión y deben recibir la notificación de medidas de seguridad de procedimiento descrita en virtud de WAC 392 172-370 hasta 385; e (b) Inmediatamente, de ser posible, pero en ningún caso después de los diez (10) días siguientes a la fecha en que se tomó la decisión de expulsar al estudiante, debe llevarse a cabo la revisión de la relación entre la discapacidad del estudiante y la conducta sujeta a la medida disciplinaria .

5.2.6 Determinación de que la conducta no fue una manifestación de la discapacidad . a) Si los resultados de la revisión de determinación de manifestación indican que la conducta del estudiante de educación especial no fue una manifestación de su discapacidad, es posible que los procedimientos disciplinarios aplicables a los estudiantes sin discapacidades se le apliquen al estudiante de la misma manera en que se aplicarían a los estudiantes sin discapacidades, excepto que una educación pública apropiada gratis deberá seguir estando a disposición de aquellos estudiantes de conformidad con este capítulo . (b) El equipo del IEP del estudiante determina el grado en que los servicios son necesarios para que el estudiante progrese en el programa de estudios general y avance apropiadamente para lograr los objetivos establecidos en el IEP del estudiante si el estudiante es expulsado debido a la conducta que se ha determinado que no es una manifestación de su discapacidad. (c) Si el distrito escolar u otra agencia pública inician procedimientos disciplinarios aplicables a todos los estudiantes, el distrito u otra agencia pública deberán garantizar que los registros disciplinarios y de educación especial del estudiante se envíen para que sean considerados por la persona o las personas que toman la decisión final con respecto a la medida disciplinaria. (d) Si un padre de familia solicita una audiencia para impugnar la decisión de que la conducta del estudiante no fue una manifestación de su discapacidad, el estudiante permanecerá en su asignación educativa actual . 5.3 Suspensión: "suspensión" se refiere a la negativa del derecho de asistencia (que no sea durante el resto de la clase inmediata con el fin de "medida disciplinaria") a cualquier materia o clase o a cualquier programa completo de materias o clases durante un período determinado. Una suspensión también puede incluir una negativa en la admisión o entrada a la propiedad inmueble o mueble que posee, arrienda, alquila o controla el distrito escolar . 5.3.1 Ningún estudiante será suspendido ni expulsado por una o más faltas injustificadas a menos que el distrito escolar primero haya: (a) notificado, en la medida de lo posible, al padre de familia o tutor del estudiante, en el idioma materno de dicho padre de familia o tutor; (b) programado una reunión o reuniones con los padres de familia o tutores o con el padre custodio y el estudiante en un momento y lugar razonablemente convenientes para todas las personas incluidas para analizar las causas de las faltas del estudiante; el análisis determinará por medios apropiados si se le debe prestar especial atención el estudiante y asignarlo a un programa de educación especial o a otro programa especial diseñado para su éxito educativo; y (c) tomado medidas para reducir las faltas del estudiante, las cuales incluyen, si corresponde a juicio de los directivos escolares y, cuando sea posible, haya discutido junto con el estudiante y su padre de familia o tutor, modificaciones de su programa escolar o asignación de curso o escuela o ayudar al estudiante o padre de familia a obtener servicios suplementarios que aminoren la causas de las faltas del estudiante a la escuela.

16

5.3.2

La naturaleza y las circunstancias de la violación deben justificar razonablemente la suspensión y la duración de esta. Como regla general, ningún estudiante podrá ser suspendido a menos que se le haya impuesto previamente otra forma de medida correctiva razonablemente calculada para modificar su conducta como consecuencia de una mala conducta de la misma naturaleza. Sin embargo, si la violación de las normas del distrito escolar para la conducta del estudiante constituye una "mala conducta excepcional", según se define en el párrafo 5.3.5 a continuación, puede imponerse la suspensión pese a que no se haya impuesto una medida correctiva alternativa previa sobre el estudiante involucrado. Los encargados de la disciplina y los oficiales de audiencia pueden otorgar excepciones a la suspensión de los estudiantes que tienen una "mala conducta excepcional" en el caso de circunstancias atenuantes y/o excepcionales .

5.3.3

“Suspensión a corto plazo” se refiere a una suspensión de la totalidad o parte de un día calendario sin que esta exceda diez (10) días escolares consecutivos. a) Ningún estudiante de kínder hasta cuarto grado será sometido a una suspensión a corto plazo durante un período total de más de diez (10) días escolares durante un solo semestre/trimestre y no se impondrá la pérdida de calificaciones o créditos académicos por motivo de la suspensión de dicho estudiante.

b) Ningún estudiante de quinto grado ni de un grado superior será sometido a suspensiones a corto plazo durante un período total de más de quince (15) días escolares en un semestre o diez (10) días escolares en un trimestre. c) Todo estudiante sujeto a una suspensión a corto plazo recibirá la oportunidad, al regresar, de recuperar las asignaciones y los exámenes que no haya hecho por motivo de la suspensión a corto plazo si: i. tales asignaciones o exámenes tienen un efecto considerable en las calificaciones del semestre del estudiante; o ii. no realizar dichas asignaciones o exámenes impediría que el estudiante reciba crédito por el o los cursos. d) Todas las suspensiones a corto plazo y los motivos de estas serán comunicados por escrito al superintendente del distrito escolar o a la persona que este designe en un lapso de las veinticuatro (24) horas posteriores a la imposición de la suspensión. e) Antes de que cualquier estudiante de educación especial reciba una suspensión a corto plazo, el administrador a cargo del programa de educación especial del distrito escolar, o la persona designada, deberá ser notificado de inmediato. La suspensión no podrá imponerse hasta que el administrador del programa de educación especial y otras partes necesarias determinen si la conducta está relacionada con la discapacidad del estudiante, a menos que se haya incluido una disposición de tal medida disciplinaria en el Programa de Educación Individualizado del estudiante.

5.3.4

“Suspensión a largo plazo” se refiere a una suspensión que supera a una suspensión a corto plazo, tal como se define en el párrafo 5.3.3. a) Ningún estudiante de kínder a cuarto grado será sometido a suspensiones a largo plazo. b) No se impondrá ninguna suspensión a largo plazo a un estudiante de quinto grado y de un grado superior de una manera que cause al estudiante la pérdida de calificaciones o créditos académicos por un trimestre o más durante el mismo año escolar. c) Por lo tanto, todas las suspensiones a largo plazo y los motivos de estas serán comunicados por escrito al superintendente del distrito escolar o a la persona que este designe en un lapso de las veinticuatro (24) horas posteriores a la imposición de la suspensión. Mala conducta excepcional 5.3.5 La "mala conducta excepcional" es una violación de las normas de conducta del distrito para los estudiantes que ocurre con tanta frecuencia o es tan grave en función del efecto perjudicial sobre el funcionamiento de la escuela que justifica recurrir de inmediato a la suspensión. La "mala conducta excepcional" incluye: (a) Agresión: pelea o agresión (física o verbal) a otro estudiante, miembro del personal o invitado; (b) Actos delictivos: perpetración de cualquier acto delictivo clasificado como un delito grave o delito menor en virtud de la ley estatal; (c) Conducta perturbadora: utilización de violencia, fuerza, ruido, coerción, amenaza, intimidación, miedo, resistencia pasiva, prácticas peligrosas o cualquier otra conducta que cause la interrupción sustancial y material o la obstrucción de cualquier misión, proceso, o función legal de la escuela; (d) Posesión o consumo de drogas: posesión o consumo de tabaco y/o posesión, consumo o estar bajo la influencia del alcohol o de cualquier droga ilegal o sustancia controlada, como se define en el capítulo 69.50 RCW, no recetada legalmente por un médico para el consumo del propietario o consumidor. Eso incluye el abuso por inhalación, ingestión o cualquier otra forma de consumir cualquier sustancia por su efecto de intoxicación; (e) Venta o entrega de drogas: la venta o entrega de cualquier droga ilegal o sustancia controlada, o la venta de cualquier otra sustancia legal aparentando que dicha sustancia es una droga ilegal o sustancia controlada; (f) Proximidad al consumo de drogas: estar presente y permanecer presente en un área donde se está consumiendo alcohol y/o sustancias controladas/drogas ilegales, incluido el tabaco; (g) Hacer denuncias falsas: proporcionar información a un centro de emergencia, como a las autoridades policiales o los bomberos, cuando el informante sabe que la información notificada es falsa. Esto incluye el suministro de información falsa a otra persona si se pretende inducir a esa persona a presentar una denuncia falsa ante un centro de emergencia; (h) Actividad pandillera: pertenecer a una pandilla reconocida por las autoridades policiales y participar conscientemente en actividades pandilleras en la escuela o en actividades escolares; 17

(i) Acoso, intimidación y hostigamiento (HIB): actos de HIB ya sea de manera electrónica, verbal, escrita o en persona, como la amenaza de causar lesiones corporales, daños físicos en la persona o la estructura y/o propiedad de la escuela, o la restricción física de otra persona, o amenazar maliciosamente con cometer otro acto destinado a perjudicar considerablemente la salud física o mental de otra persona ;

j) Incitación a la mala conducta excepcional: todo estudiante que incite a otro a cometer un acto de mala conducta excepcional o que ayude a otro estudiante en la perpetración de dicho acto, se considerará que ha cometido ese acto de mala conducta excepcional; k) Uso indebido de la tecnología: la violación intencional de los procedimientos tecnológicos del distrito incluye lo siguiente: - Piratería informática, descifrado, vandalismo, introducción de virus, gusanos, troyanos, bombas de tiempo y cambios en el hardware, software y en las herramientas de supervisión; - Deshabilitar o eliminar cortafuegos, antivirus y otros software de detección de ataques instalados; - Hostigamiento cibernético, correos de odio, difamación, acoso de cualquier tipo, bromas y comentarios discriminatorios; - Información publicada, enviada o almacenada en línea que podría poner en riesgo a otros (por ejemplo, construcción de una bomba, fabricación de drogas); - Acceso, carga, descarga, almacenamiento y distribución de material obsceno, pornográfico y sexualmente explícito; Para conocer la política completa, vea Recursos Electrónicos 2022P . l)

Armas: posesión de armas peligrosas, explosivos, armas de fuego, o imitaciones, o la intención de usar como arma cualquier artículo aparentemente capaz de producir daño corporal. (Vea Armas en la escuela: Política 5437.)

m) Toda mala conducta que sea tan grave por su naturaleza o en función de su efecto perjudicial sobre el funcionamiento de la escuela. 5.4 Expulsión: "expulsión" es la exclusión de la escuela o de clases individuales durante un año calendario. Es posible que se impongan expulsiones durante más de un año calendario por motivos de salud o seguridad pública, pero solo según lo disponga la ley. Una expulsión también puede incluir la negativa de la admisión o entrada a la propiedad inmueble y mueble que posee, arrienda, alquila o controla el distrito escolar. 5.4.1 La naturaleza y las circunstancias de la violación deben justificar razonablemente la dureza de la expulsión. Ningún estudiante será expulsado a menos que hayan fracasado otras formas de medida correctiva razonablemente calculadas para modificar su conducta o a menos que exista un motivo válido para creer que otras formas de medida correctiva fracasarían si se emplearan. Se aplicarán los requisitos del párrafo 5.2.4 con respecto a la expulsión de cualquier estudiante del programa de educación especial. 5.4.2

Sin perjuicio del párrafo 5.3.1 anterior, se someterá a la expulsión a los estudiantes que lleven o que posean cualquier arma de fuego u otras armas peligrosas, nunchakus, estrellas arrojadizas, pistolas de aire comprimido u otros proyectiles dentro la escuela, el transporte escolar o las áreas de instalaciones mientras estas son utilizadas exclusivamente por escuelas públicas o privadas. Los estudiantes que, con malicia, muestren un instrumento que parece ser un arma de fuego estarán sujetos a la expulsión hasta por un año. Los estudiantes que lleven o posean un arma de fuego serán expulsados durante un período no menor de un (1) año. El superintendente puede modificar la expulsión de un estudiante según el caso .

5.4.3

Por lo tanto, todas las expulsiones y los motivos de estas se comunicarán por escrito al superintendente del distrito escolar o a la persona que este designe en un lapso de las veinticuatro (24) horas posteriores a la imposición de la expulsión.

5.4.4

Las autoridades locales y estatales correspondientes, incluidas las autoridades juveniles que actúan de conformidad con RCW 13.04, serán notificadas sobre cualquier expulsión para que puedan atender las necesidades educativas del estudiante.

5.5 Expulsión urgente: "expulsión urgente" se refiere a la negativa inmediata del derecho de asistencia a la escuela para un estudiante antes de la oportunidad de asistir a una audiencia de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 12 del presente documento. Se impondrá una expulsión urgente únicamente si la autoridad encargada de las expulsiones tiene motivos suficientes para creer que la presencia del estudiante representa un peligro inmediato y continuo para el estudiante mismo, otros estudiantes o para el personal de la escuela o una amenaza inmediata y continua de interrupción considerable del proceso 18

educativo. Tal expulsión urgente terminará o se convertirá en otra forma de medida correctiva en el lapso de diez días escolares de la fecha de la expulsión urgente de la escuela.

5.6 Delegación de la autoridad para expulsar y suspender: se delega la autoridad para expulsar, suspender u ordenar la expulsión urgente de los estudiantes al siguiente personal del distrito, sujeta al derecho de todo estudiante a una reunión de conformidad con el párrafo 11 del presente documento, o a una audiencia de conformidad con párrafo el 12 del presente documento: superintendente, directores, directores asistentes y cualquier otro administrador certificado a quien el superintendente haya delegado dicha autoridad. 6.0 Procedimientos para la suspensión a corto plazo 6.1 Procedimientos para la suspensión a corto plazo: una autoridad escolar designada puede imponer una suspensión a corto plazo a un estudiante, sujeta a las limitaciones y condiciones establecidas en el párrafo 5.2.3 y siempre que se lleve a cabo una reunión con el estudiante de la siguiente manera: 6.1.1 Se le proporcionará al estudiante una notificación oral o escrita de la supuesta mala conducta y de la violación de las normas del distrito escolar. 6.1.2 Se le proporcionará al estudiante una explicación oral o escrita de la evidencia que respalda la acusación . 6.1.3 Se le proporcionará al estudiante una explicación oral o escrita de la medida correctiva que puede imponerse . 6.1.4 Se le proporcionará al estudiante la oportunidad de presentar su explicación . 6.2 En el caso de que una suspensión a corto plazo exceda un día calendario, el padre de familia o tutor del estudiante deberá ser notificado del motivo de la suspensión del estudiante, así como de su duración, de forma oral y/o por carta depositada en el correo de Estados Unidos, en cuanto sea razonablemente posible. La notificación también informará al padre de familia o tutor del derecho a una reunión informal de conformidad con el párrafo 11 y que la suspensión puede reducirse como consecuencia de dicha reunión. 7.0 Procedimientos para la suspensión a largo plazo y la expulsión 7.1 Procedimientos para la suspensión a largo plazo y la expulsión: no podrá imponerse ninguna suspensión a largo plazo o expulsión hasta que se haya entregado una notificación por escrito de la suspensión o la expulsión al estudiante y a su padre de familia o tutor por correo certificado o en persona. La notificación debe : (a) proporcionarse en la lengua materna del estudiante y/o del padre de familia o tutor, en la medida de lo posible; (b) especificar la supuesta mala conducta y las normas del distrito escolar que supuestamente se han violado; (c) establecer la medida correctiva o castigo propuesto; (d) establecer el derecho del estudiante y/o del padre de familia o tutor a una audiencia con el fin de refutar la acusación y/ o sanción; (e) establecer que la autoridad escolar designada debe recibir una solicitud de audiencia por escrito en la fecha de expiración del tercer día para hacer trámites en la escuela o antes de esta después de la recepción de la notificación sobre la oportunidad de una audiencia y, además, que se puede considerar que se ha renunciado al derecho a una audiencia y que la sanción propuesta puede imponerse sin ninguna oportunidad de refutarla, si dicha solicitud no se recibe en el lapso del período establecido; e (f) incluir un calendario de los días para hacer trámites en la escuela aplicables al ejercicio del derecho a solicitar dicha audiencia. 7.2 El estudiante, padre de familia o tutor deberán responder a la notificación por escrito o en persona en el lapso de los tres (3) días para hacer trámites en la escuela posteriores a la recepción, indicando si solicitarán una audiencia. 7.3

Si no se recibe dicha solicitud en un lapso de tres (3) días para hacer trámites en la escuela, se considerará que el estudiante y el padre de familia o tutor han renunciado al derecho a una audiencia y la sanción propuesta entrará en vigor.

7.4

Todo estudiante de educación especial para quien la suspensión es adecuada conforme al punto 5.2.3 deberá, además de la notificación requerida en el párrafo 7.1, recibir una notificación por escrito sobre los derechos de audiencia disponibles en virtud de WAC 392-172-350-360 relativos a la educación de estudiantes de educación especial. 8.0 Procedimientos para la expulsión urgente 8.1 Si se ha impuesto una expulsión urgente, los requisitos de notificación son los siguientes : (a) la notificación debe proporcionarse en la lengua materna del estudiante y/o del padre de familia o tutor, en la medida de lo posible; (b) la notificación debe especificar la supuesta mala conducta y las normas del distrito escolar que supuestamente se han violado; (c) la notificación debe establecer la medida correctiva o castigo tomado y propuesto; (d) la notificación debe establecer el derecho del estudiante y/o del padre de familia o tutor a una audiencia con el fin de refutar la acusación en cuanto sea razonablemente posible; (e) la notificación por escrito de la expulsión urgente se preparará y entregará al estudiante y al padre de familia o tutor en el lapso de las veinticuatro (24) horas de dicha expulsión. Además, se intentará, de manera razonable, notificar al estudiante y al padre de familia o tutor por teléfono o en persona en cuanto sea razonablemente posible; 19

(f) el estudiante y el padre de familia o tutor tendrán diez (10) días para hacer trámites en la escuela para responder por escrito a la notificación sobre la oportunidad de una audiencia; e (g) la notificación debe incluir un calendario de los días para hacer trámites en la escuela aplicables al ejercicio del derecho de solicitar dicha audiencia. 9.0 Castigo físico 9.1 El Distrito Escolar Tumwater no utilizará ningún castigo físico. 10.0 Retención 10.1 Los maestros y otros empleados certificados tendrán la autoridad para retener a los estudiantes bajo su supervisión durante un máximo de cuarenta (40) minutos después del día escolar. La retención no se prolongará más allá de la hora de salida del autobús en que el estudiante viaja a menos que se haya coordinado previamente con los padres de familia o el tutor del estudiante. 11.0 Procedimientos para presentar un reclamo -- Reunión informal 11.1 Todo estudiante, padre de familia o tutor que se considere perjudicado por una medida disciplinaria o por la imposición de una suspensión a corto plazo tiene derecho a una reunión informal con el director o la persona designada y cualquier otro miembro del personal involucrado. El empleado sobre cuya medida recaiga el reclamo será notificado del inicio de un reclamo en cuanto sea razonablemente posible. 11.2 En tal reunión informal el estudiante, padre de familia o tutor serán sometidos a un interrogatorio por parte del director o la persona designada y tendrán derecho a interrogar al personal escolar involucrado en el asunto denunciado . 11.3 Todo estudiante, padre de familia o tutor que resulte perjudicado después de la reunión informal podrá, con dos (2) días para hacer trámites en la escuela de previo aviso, presentar un reclamo escrito y/u oral ante el superintendente del distrito o la persona designada. Si el reclamo no se resuelve, el estudiante, padre de familia o tutor pueden presentar, con dos (2) días para hacer trámites en la escuela de previo aviso, un reclamo por escrito y/u oral ante la Mesa Directiva en su próxima junta programada. 11.4 Los reclamos presentados ante la Mesa Directiva serán oídos en una junta a puerta cerrada . 11.5 La Mesa Directiva notificará por escrito al estudiante y al padre de familia o tutor sobre su decisión en el lapso de los diez (10) días para hacer trámites en la escuela siguientes a la junta. 11.6 La medida disciplinaria o la suspensión a corto plazo continuarán a pesar de la aplicación del procedimiento para presentar un reclamo a menos que el director o la persona designada opten por posponer tal medida . 12.0 Procedimientos de audiencia 12.1 Tras la recepción oportuna de la solicitud de audiencia por escrito, el director u otra autoridad escolar pertinente deberán programar la audiencia para que esta comience en un lapso de tres (3) días para hacer trámites en la escuela posteriores a la recepción de la solicitud, a menos que se le haya impuesto al estudiante una expulsión urgente, en cuyo caso la audiencia se programará para que comience en cuanto sea razonablemente posible. El estudiante y su padre de familia o tutor deberán ser informados inmediatamente de la hora, fecha y lugar de la audiencia . 12.2 La audiencia será realizada por un oficial de audiencia designado por el superintendente para tal fin. El oficial de audiencia no podrá ser testigo y determinará los hechos de cada caso únicamente con base en la evidencia presentada en la audiencia . 12.3 El estudiante y el padre de familia o tutor podrán inspeccionar antes de dicha audiencia las pruebas documentales y físicas que el distrito escolar pretende presentar en la audiencia. La autoridad escolar designada para presentar el caso del distrito podrá asimismo inspeccionar con anterioridad las pruebas documentales y físicas que el estudiante y su padre de familia o tutor pretenden presentar en dicha audiencia. 12.4 En cualquier audiencia realizada de acuerdo con este párrafo, el estudiante tendrá los siguientes derechos : 12.4.1 El estudiante puede ser representado por un abogado. 12.4.2 El estudiante puede interrogar y confrontar a los testigos presentados en la audiencia. 12.4.3 El estudiante puede presentar su explicación de la supuesta mala conducta. 12.4.4 El estudiante puede hacer una demostración relevante a través de testigos y la presentación de las pruebas documentales y físicas que desee. 12.5 El distrito grabará la audiencia. 12.6 Se le proporcionará al abogado, si hubiere alguno, del estudiante, o al estudiante y al padre de familia o tutor una decisión por escrito que exponga los antecedentes de hecho, las conclusiones y la naturaleza y la duración de la suspensión o expulsión o las medidas correctivas de menor grado que se impongan, si hubiere alguna. Si un estudiante se encuentra en un estado de expulsión urgente, la decisión se hará pública en el lapso de un (1) día para hacer trámites en la escuela posterior 20

a la fecha en que termina la audiencia y se le comunicará al abogado del estudiante o, si no cuenta con uno, al estudiante y al padre de familia o tutor a través de una carta certificada depositada en el correo de Estados Unidos.

12.7 Si el oficial de audiencia impone una sanción de suspensión a largo plazo o expulsión o continúa una expulsión urgente, el estudiante o su padre de familia o tutor tendrán el derecho de apelar la decisión ante la Mesa Directiva mediante la presentación de una notificación de apelación por escrito, ya sea en la oficina del superintendente o en la oficina del oficial de audiencia, en un lapso de los tres (3) días para hacer trámites en la escuela posteriores a la recepción de la decisión. 12.8 Si la apelación se presenta de manera oportuna ante la Mesa Directiva, la escuela puede imponer una suspensión a largo plazo o la expulsión durante el período de apelación durante no más de diez (10) días consecutivos o hasta que se decida la apelación, el período que sea más corto. Todos los días durante los cuales el estudiante esté temporalmente suspendido o expulsado antes de que se decida la apelación se aplicarán al plazo de la suspensión o expulsión del estudiante, y no limitarán ni ampliarán el plazo de la suspensión o expulsión del estudiante . 12.9 Si el oficial de audiencia impone una sanción de suspensión a largo plazo o expulsión y, si en el momento de la audiencia, el estudiante se encuentra en un estado de expulsión urgente, la sanción no se aplazará si la decisión incluye la conclusión de que el estudiante sigue representando un peligro inmediato y continuo para sí mismo, para otros estudiantes o para el personal de la escuela o una amenaza inmediata y continua de interrupción considerable del proceso educativo de la escuela del estudiante. 12.10 Si no se interpone un recurso de apelación, la sanción entrará en vigor el día calendario siguiente a la expiración del período de tres (3) días para hacer trámites en la escuela. 13.0 Apelación ante la Mesa Directiva 13.1 Si se presenta un recurso de apelación de manera oportuna ante la Mesa Directiva, esta programará y celebrará una junta a puerta cerrada para revisar el asunto en el lapso de los diez (10) días para hacer trámites en la escuela posteriores a la recepción de dicha apelación. En ese momento, se concederá al estudiante y al padre de familia o tutor o abogado la oportunidad de presentar los testigos y testimonios que la Mesa Directiva considere razonable. Antes del cierre de sesión, la Mesa Directiva se comprometerá a llevar a cabo uno de los siguientes procedimientos : 13.1.1 Estudiar el registro de la audiencia u otro material presentado y comunicar su decisión en un lapso de diez (10) días para hacer trámites en la escuela; o 13.1.2 Programar y celebrar una junta especial para escuchar otros argumentos basados en el registro y comunicar su decisión en un lapso de quince (15) días para hacer trámites en la escuela; o 13.1.3 Escuchar y tratar el caso nuevamente en un lapso de diez (10) días para hacer trámites en la escuela, y de conformidad con las disposiciones pertinentes en materia de audiencia del párrafo 11.3 al 11.5 anteriores .

14.0 Decisión de la Mesa Directiva Toda decisión de la Mesa Directiva de imponer o confirmar, revocar o modificar la imposición de una medida disciplinaria, suspensión o expulsión a un estudiante la tomarán : 14.1.1 Solo los miembros de la Mesa Directiva que hayan escuchado o leído la evidencia. 14.1.2 Solo los miembros de la Mesa Directiva que no hayan actuado como testigos en el asunto. 14.1.3 Solo en una junta en la que haya quórum de la Mesa Directiva y por mayoría de votos .

15.0 Apelación ante la Corte Suprema 15.1 En el lapso de los treinta (30) días siguientes a la recepción de la decisión final de la Mesa Directiva, un estudiante, padre de familia o tutor pueden apelar cualquier decisión de la Mesa Directiva de imponer o confirmar una suspensión a largo plazo o una expulsión ante los tribunales. El hecho de que se posponga o no la decisión de la Mesa Directiva en espera de una apelación ante la Corte Suprema será a criterio de la Mesa Directiva, salvo que un tribunal disponga lo contrario . 16.0 Readmisión 16.1 Todo estudiante que haya sido suspendido o expulsado puede solicitar la readmisión en cualquier momento mediante una solicitud por escrito al superintendente. La solicitud debe indicar los motivos de esta y debe incluir todas las garantías pertinentes en relación con la no incidencia del problema que llevó a la suspensión o expulsión . 16.2 El superintendente puede designar a una persona o un comité para considerar la solicitud y hacer recomendaciones sobre la readmisión. 21

16.3 El superintendente deberá informar, por escrito, al estudiante y a los padres de familia o tutor del estudiante sobre su decisión en el lapso de los treinta (30) días siguientes a la recepción de dicha solicitud . 17.0 Planes de reincorporación El distrito hará esfuerzos por reincorporar, lo antes posible, a los estudiantes suspendidos o expulsados a un entorno educativo. En el lapso de los veinte días siguientes a la suspensión a largo plazo o expulsión del estudiante, pero a más tardar cinco días antes del regreso programado del estudiante a la escuela debido a una suspensión a largo plazo o expulsión, el distrito convocará una reunión con el estudiante y los padres de familia o tutor del estudiante para discutir un plan para reincorporar al estudiante a un programa escolar. Al desarrollar un plan de reincorporación, el distrito escolar debe considerar acortar el tiempo que el estudiante está suspendido o expulsado, otras formas de medidas correctivas, e intervenciones de apoyo que ayudan al estudiante a ser exitoso académicamente y a mantenerse involucrado y en cumplimiento de los requisitos de graduación. El plan de reincorporación debe adaptarse a las circunstancias individuales del estudiante, incluyendo la consideración del hecho que llevó a la suspensión a largo plazo o expulsión del estudiante. El plan debe ayudar al estudiante a tomar las medidas necesarias para remediar la situación que llevó a su suspensión o expulsión.

Las juntas de reincorporación no están diseñadas para reemplazar una solicitud de readmisión. 18.0 Día para hacer trámites en la escuela Tal y como se usa en esta política, "día para hacer trámites en la escuela" se refiere a cualquier día calendario, excluyendo sábados, domingos y días festivos federales y escolares, en que la oficina del superintendente está abierta al público para el desarrollo de las actividades comerciales. Un día para hacer trámites en la escuela se dará por concluido o terminado al cierre de dicha oficina para el día calendario.

Recursos electrónicos—Procedimiento 2022 Estos procedimientos se redactan para apoyar la Política de Recursos Electrónicos de la Mesa Directiva y para promover un comportamiento digital positivo y efectivo entre los estudiantes y el personal. El comportamiento digital representa más que habilidades y conocimientos fundamentales en el manejo de la tecnología. Los ciudadanos digitales exitosos que dominan la tecnología viven de manera segura y civilizada en un mundo cada vez más digital. Reconocen que la información publicada en Internet es pública y permanente y puede tener un impacto a largo plazo en la vida y la carrera de una persona . Todo uso de la red debe apoyar la educación y la investigación de acuerdo con la misión del distrito y conforme a la ley estatal y federal, las políticas del proveedor de la red, las licencias y la política del distrito. Al usar o acceder a la red del Distrito Escolar Tumwater, todas las personas aceptan que dicho uso o acceso cumple con las políticas y los procedimientos de este documento, así como con todas las demás políticas y procedimientos del Distrito Escolar Tumwater . Red La red del distrito incluye dispositivos por cable e inalámbricos y equipos periféricos, archivos y almacenamiento, correo electrónico y contenido de Internet (blogs, sitios web, software de colaboración, redes sociales, wikis [sitios web cuyas páginas pueden ser modificadas por múltiples usuarios], etc.). El distrito se reserva el derecho de priorizar el uso de, y el acceso a, la red. Debe hacerse todo lo posible por conservar los recursos de la red. Por ejemplo, los usuarios deben eliminar frecuentemente los archivos no utilizados de los directorios principal y compartido. El personal puede usar la red para uso personal eventual de conformidad con todas las políticas y los procedimientos del distrito.

Sin expectativa de privacidad El distrito proporciona el sistema de red, correo electrónico y acceso a Internet únicamente como una herramienta para la educación y la investigación en apoyo de la misión del distrito. El distrito se reserva el derecho de supervisar, inspeccionar, copiar, revisar, modificar, eliminar y almacenar los datos sin previo aviso, incluido el contenido y el uso de : 1. La red; 2. Los archivos del usuario y la utilización del espacio en disco; 3. Las aplicaciones del usuario y la utilización del ancho de banda; 22

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Los archivos de documentos, carpetas y comunicaciones electrónicas del usuario; El correo electrónico; El acceso a Internet; y Toda información transmitida o recibida en relación con la red y el uso del correo electrónico .

Ningún usuario que sea un estudiante o miembro del personal debe esperar tener privacidad al utilizar la red del distrito. El distrito se reserva el derecho de divulgar los mensajes electrónicos a las autoridades policiales o a terceros, según corresponda. Todos los documentos están sujetos a las leyes de divulgación de registros públicos del estado de Washington . Los datos de los estudiantes son confidenciales. El personal del distrito debe mantener la confidencialidad de los datos de los estudiantes de acuerdo con la política del distrito y de la Ley sobre la Privacidad y los Derechos Educativos de la Familia (FERPA ). El uso inaceptable de la red por parte de los estudiantes y del personal del distrito incluye, entre otros : 1. Ganancia personal, solicitudes comerciales y compensación de cualquier tipo; 2. Acciones que den lugar a que el distrito asuma la responsabilidad o incurra en gastos; 3. La descarga, la instalación y el uso de juegos, archivos de audio, archivos de video y otras aplicaciones que no son educativas (incluyendo shareware [software compartido] o freeware [software gratuito]) sin el permiso o la aprobación del Departamento de Tecnología del distrito; 4. El apoyo u oposición a medidas electorales, candidatos y a cualquier otra actividad política; 5. El uso de la red con fines benéficos a menos que el superintendente o la persona que este designe lo autoricen previamente; 6. Piratería informática, descifrado, vandalismo, la introducción de virus, gusanos, troyanos, bombas de tiempo y cambios en el hardware, software y en las herramientas de vigilancia; 7. La desactivación o eliminación de cortafuegos, antivirus y otro software de detección de ataques instalados está estrictamente prohibida a menos que se reciba la aprobación previa del Departamento de Tecnología del distrito; 8. Acceso no autorizado a otras computadoras, redes y sistemas informáticos del distrito; 9. Hostigamiento cibernético, correo de odio, difamación, acoso de cualquier tipo, bromas o comentarios discriminatorios; 10. Información publicada, enviada o almacenada en línea que podría poner en riesgo a otros (por ejemplo, construcción de una bomba, o fabricación de drogas); 11. Acceso, carga, descarga, almacenamiento y distribución de material obsceno, pornográfico y sexualmente explícito ; 12. Los componentes del sistema, incluido el hardware o el software, no se destruirán, eliminarán, modificarán ni instalarán sin la aprobación del Departamento de Tecnología del distrito; y 13. La conexión de dispositivos no autorizados a la red empresarial del distrito. Se confiscará dicho dispositivo y es posible que se tome una medida disciplinaria adicional. El distrito no será responsable de los daños sufridos por ningún usuario, incluidos, entre otros, la pérdida de datos como consecuencia de demoras, faltas de entrega, entregas incorrectas o interrupciones del servicio causados por su propia negligencia o por cualquier otro error u omisión. El distrito no será responsable de las obligaciones financieras no autorizadas que surjan del uso de, o acceso a, la red del distrito o a Internet.

Seguridad de la red Las contraseñas son el primer nivel de seguridad de una cuenta de usuario. Las entradas al sistema y las cuentas deben ser utilizadas únicamente por el propietario autorizado de la cuenta para los fines autorizados por el distrito. Los estudiantes y el personal son responsables de toda la actividad de su cuenta y no deben compartir su contraseña. Los siguientes procedimientos están diseñados para proteger las cuentas de usuario de la red: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Los usuarios deben cambiar las contraseñas regularmente y evitar las que son fáciles de adivinar; No use la cuenta de otro usuario; No introduzca contraseñas en correos electrónicos ni otras comunicaciones; Si anota la contraseña de su cuenta de usuario, guárdela en un lugar seguro; No utilice la función “recordar contraseña” de los navegadores de Internet; y Bloquee la pantalla o cierre sesión si deja la computadora.

Uso de dispositivos electrónicos de uso personal Mientras lo hagan de acuerdo con todas las políticas y los procedimientos del distrito, los estudiantes y el personal pueden utilizar los dispositivos electrónicos de uso personal para promover la misión educativa y de investigación del distrito. El acceso a la red pública está disponible en las escuelas con la implementación de wifi para dispositivos electrónicos de uso personal. El uso de la red pública 23

también debe cumplir con las políticas y los procedimientos del distrito. Solo se permitirá la conexión de dispositivos electrónicos de uso personal (por cable o inalámbricos), incluidos los dispositivos portátiles con capacidades de red, a la red empresarial privada del distrito después de haber obtenido la aprobación del Departamento de Tecnología del distrito para confirmar que el dispositivo cuenta con software antivirus actualizado y tarjeta de red compatible y está configurado correctamente. El Departamento de Tecnología del distrito será la autoridad final que decidirá cuándo y cómo los estudiantes pueden utilizar los dispositivos electrónicos de uso personal en la escuela y durante el día escolar . Seguridad en Internet Información personal y contenido inadecuado: 1. Los estudiantes y el personal no revelarán información personal, incluida su dirección y número de teléfono en sitios web, blogs, podcasts (archivos de audio que se pueden escuchar en línea o descargar para su posterior reproducción), videos, redes sociales, wikis, correos electrónicos o como contenido en cualquier otro medio electrónico; 2. Los estudiantes y el personal no revelarán información personal de otra persona en ningún medio electrónico sin antes obtener el permiso de esa persona; 3. Las fotografías de los estudiantes se consideran “información del directorio” y pueden utilizarse en publicaciones del distrito o en el sitio web. Los padres de familia que no desean que se publiquen las fotografías que incluyen a sus hijos pueden presentar una solicitud por escrito a la oficina de la escuela; 4. El trabajo del estudiante puede publicarse electrónicamente con el permiso de los padres de familia y del estudiante; 5. El distrito brindará educación a los estudiantes con respecto al comportamiento adecuado en línea de acuerdo con la Ley de Protección de los Niños en Internet. La educación será coordinada por el especialista en medios en cada escuela; y 6. Si los estudiantes encuentran información o mensajes peligrosos o inadecuados, deben notificar a la autoridad escolar pertinente. Filtro y supervisión El software de filtro de contenidos se utiliza para bloquear o filtrar el acceso a representaciones visuales que son obscenas y a toda pornografía infantil, de conformidad con la Ley de Protección de los Niños en Internet (CIPA). Podría filtrarse otro material objetable. El distrito determina qué constituye “otro material objetable”. 1. El software de filtro de contenidos no es totalmente eficaz. Si bien los filtros hacen que sea más difícil recibir o acceder a material objetable, no son una solución en sí mismos. Cada usuario debe ser responsable de su uso de la red y de Internet y evitar los sitios objetables; 2. Se prohíbe cualquier intento de anular o ignorar el filtro de Internet del distrito u ocultar la actividad en Internet (por ejemplo, servidores proxy, https, puertos especiales, modificaciones en la configuración del navegador del distrito y otras técnicas diseñadas para evadir el filtro o habilitar la publicación de contenido inapropiado); 3. Las comunicaciones no pueden cifrarse para evitar la revisión de seguridad; 4. Es posible que el correo electrónico incongruente con la misión educativa y de investigación del distrito se considere correo basura y se bloquee su entrada a los buzones de correo electrónico del distrito; 5. Los miembros del personal que supervisan a los estudiantes, controlan los equipos electrónicos o tienen la oportunidad de observar el uso de dicho equipo en línea por parte del estudiante deben hacer un esfuerzo razonable por supervisar el uso de este equipo para garantizar que el uso del estudiante se ajusta a la misión y a las metas del distrito; y 6. El personal debe hacer un esfuerzo razonable por familiarizarse con Internet y por supervisar, capacitar y ayudar de manera eficaz. Derechos de autor Generalmente se prohíbe descargar, copiar, duplicar y distribuir software, música, archivos de sonido, películas, imágenes u otros materiales protegidos por derechos de autor sin el permiso expreso por escrito del propietario. Sin embargo, se permite la duplicación y distribución de materiales con fines educativos cuando dicha duplicación y distribución se incluyen dentro de la Doctrina de Uso Justo de la Ley de Derechos de Autor de Estados Unidos (Título 17, USC) y el contenido se cita de manera adecuada . Adquisición La adquisición y/o instalación de todo software y hardware para su uso en la red del distrito deben ser aprobadas y procesadas a través del Departamento de Tecnología del distrito. Archivo y copia de seguridad Se efectúa una copia de seguridad de toda la correspondencia por correo electrónico del distrito con fines de divulgación pública y recuperación ante desastres. Salvo por apagones o problemas técnicos intermitentes, regularmente se hacen copias de seguridad de los archivos del personal y de los estudiantes. Medida disciplinaria Todos los usuarios de los recursos electrónicos del distrito deben cumplir con las políticas y los procedimientos del distrito. La violación de las políticas y los procedimientos podría ser una causa para imponer medidas disciplinarias o entablar acciones legales. 24

Faltas justificadas e injustificadas - Política 3122 Se espera que los estudiantes asistan todos los días a todas las clases asignadas. El personal de la escuela mantendrá un registro de faltas y atrasos, incluyendo un registro de llamadas y/o registro de justificaciones presentadas por un padre de familia/tutor o, en ciertos casos, por los estudiantes, para documentar las faltas justificadas de un estudiante. Faltas justificadas Es necesario asistir regularmente a clases para dominar el programa educativo proporcionado a los estudiantes del distrito. Algunas veces los estudiantes pueden faltar a clases por una razón adecuada. Los siguientes principios regirán el desarrollo y la administración de los procedimientos de asistencia dentro del distrito: 1.

Las siguientes son justificaciones válidas de faltas: A. Participación en una actividad o programa de enseñanza aprobado por el distrito o la escuela; B. Enfermedad, problema de salud o cita médica (incluyendo, entre otros, cita médica, asesoramiento, cita dental u optometría); C. Emergencia familiar, incluyendo, entre otros, una muerte o enfermedad en la familia; D. Propósito religioso o cultural incluyendo la observancia de un día festivo religioso o cultural o la participación en enseñanza religiosa o cultural; E. Orden judicial, proceso judicial o servir como jurado; F. Visita a un programa postsecundario, escuela técnica o de aprendizaje, o entrevista para obtener una beca; G. Actividades de búsqueda y rescate reconocidas por el estado de conformidad con RCW 28A.225.055; H. Falta directamente relacionada con el hecho de que el estudiante no tiene hogar; I. Falta como consecuencia de una medida disciplinaria/correctiva (por ejemplo, suspensión a corto o largo plazo, expulsión urgente); y J. El director (o la persona designada) y el padre de familia, tutor, o joven emancipado se pusieron de acuerdo sobre una actividad aprobada.

2. El director de la escuela (o la persona designada) tiene la autoridad para determinar si una falta cumple con los criterios anteriores para una falta justificada. A. Si se justifica una falta, se le permitirá al estudiante recuperar todas las asignaciones que no haya hecho fuera de la clase, en condiciones razonables y en los límites de tiempo establecidos por el maestro correspondiente, salvo que en las clases de tipo participativas, la calificación de un estudiante puede verse afectada por la incapacidad del estudiante de recuperar las actividades llevadas a cabo durante un período de clase. B. Una falta justificada será verificada por el padre de familia/tutor o un adulto, estudiante emancipado o de la edad adecuada, o autoridad escolar responsable de la falta. Si se toma asistencia electrónicamente, ya sea para un curso que se realiza en línea o para estudiantes que se encuentran físicamente dentro del distrito, una falta será injustificada hasta que una falta justificada pueda ser verificada por un padre de familia u otro adulto responsable. Si una estudiante es liberada para recibir atención médica relacionada con la planificación familiar o un aborto, la estudiante puede solicitar que el distrito mantenga la información en confidencialidad. Los estudiantes mayores de trece años tienen el derecho de mantener en confidencialidad la información sobre tratamientos para las drogas, el alcohol o de salud mental. Los estudiantes mayores de catorce años de edad tienen los mismos derechos de confidencialidad con respecto al VIH y a las enfermedades de transmisión sexual. Faltas injustificadas 1. Toda falta a la escuela durante la mayor parte de las horas o períodos en un día escolar promedio es injustificada a menos que cumpla con uno de los criterios anteriormente mencionados para una falta justificada. 2. Como medio para inculcar los valores de la responsabilidad y del cumplimiento, un estudiante cuya falta no esté justificada experimentará las consecuencias de la misma. La calificación de un estudiante puede verse afectada si se lleva a cabo una actividad o asignación que se califica durante el período en que el estudiante está ausente . 3. La escuela notificará por escrito o por teléfono al padre de familia o tutor de un estudiante cuando el estudiante no asista a la escuela después de una falta injustificada en cualquier período de 30 días durante el año escolar actual. La notificación incluirá las posibles consecuencias de faltas injustificadas adicionales. 4. Se celebrará una reunión con el padre de familia o tutor después de dos faltas injustificadas en cualquier período de 30 días durante el año escolar actual. Un estudiante puede ser suspendido o expulsado por faltar sin permiso habitualmente. Antes de la suspensión o expulsión, el padre de familia será notificado por escrito en su idioma materno que el estudiante tiene faltas injustificadas. Se programará una reunión para determinar las medidas correctivas que deberían tomarse para mejorar la causa de las faltas

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del estudiante a la escuela. Si el padre de familia no asiste a la reunión, será notificado de los pasos que el distrito ha decidido dar para reducir las faltas del estudiante. Como máximo a la quinta falta injustificada del estudiante, en un período de 30 días, el distrito celebrará un acuerdo con el estudiante y los padres de familia que establece los requisitos de asistencia a la escuela, derivará al estudiante a una junta comunitaria sobre faltas sin permiso o presentará una petición y declaración jurada ante el juzgado de menores alegando una violación de RCW 28A.225.010. Si tal medida no es exitosa, el distrito presentará una petición y declaración jurada ante el juzgado de menores alegando una violación de RCW 28A.225.010 por parte del padre de familia, estudiante o padre de familia y estudiante como máximo a la séptima falta injustificada, en cualquier período de 30 días, durante el año escolar actual o después de la décima falta injustificada durante el año escolar actual. Todas las suspensiones y/o expulsiones se informarán por escrito al superintendente en un lapso de 24 horas después de la imposición de las mismas.

El superintendente hará cumplir las políticas y los procedimientos de asistencia del distrito. Puesto que el conocimiento y la cooperación plenos de los estudiantes y padres de familia son necesarios para que las políticas y los procedimientos sean exitosos, los procedimientos se divulgarán ampliamente y se pondrán a disposición de los padres de familia y los estudiantes todos los años.

Faltas justificadas e injustificadas—Procedimiento 3122 Se espera que los estudiantes asistan todos los días a todas las clases asignadas. Los maestros y el personal de la escuela mantendrán un registro de faltas y atrasos, incluyendo la documentación de las faltas justificadas de los estudiantes. Faltas justificadas Las siguientes son razones válidas de faltas y atrasos. Las asignaciones y/o actividades que no se llevaron a cabo debido a una falta o atraso justificado pueden recuperarse de la manera prevista por el maestro. Se les debe dar a los estudiantes un día como mínimo para recuperar las asignaciones por cada día de falta. 1. Participación en una actividad o programa de enseñanza aprobado por la escuela. Para ser justificada, esta falta debe ser autorizada por un miembro del personal y el maestro afectado debe ser notificado antes de la falta a menos que sea claramente imposible hacerlo. 2. Falta debido a una enfermedad, problema de salud, cita médica, emergencia familiar, propósitos religiosos, proceso judicial o servir como jurado, visitas a un programa postsecundario, escuela técnica o de aprendizaje, o entrevista para obtener una beca, actividades de búsqueda y rescate reconocidas por el estado de conformidad con RCW 28A.225.055, y directamente relacionada con el hecho de que el estudiante no tiene hogar. Cuando sea posible, se espera que el padre de familia/tutor notifique a la oficina de la escuela la mañana de la falta y envíe una nota firmada de la explicación con el estudiante a su regreso a clases. Los estudiantes adultos (los mayores de dieciocho años de edad) y los estudiantes emancipados (los estudiantes mayores de dieciséis años de edad y que se han emancipado mediante una acción judicial) notificarán de sus faltas a la oficina de la escuela con una nota firmada de la explicación. Los estudiantes mayores de catorce años de edad que falten a la escuela debido a que se les hará una prueba o tratamiento para detectar una enfermedad de transmisión sexual notificarán a la escuela de su falta con una nota firmada de la explicación, la cual se mantendrá en confidencialidad. Los estudiantes mayores de trece años de edad pueden hacer lo mismo en el caso de que reciban un tratamiento de salud mental, por drogas o alcohol, y todas las estudiantes tienen ese derecho en cuanto a la planificación familiar y el aborto. 3. Un padre de familia/tutor puede solicitar que a un estudiante se le exima de asistir a la escuela en observancia de un día festivo religioso. Además, un estudiante, a solicitud de su padre de familia/tutor, puede ser eximido durante una parte del día escolar para participar en instrucción religiosa siempre que esta no se imparta en la escuela. A un estudiante se le permitirá un día de recuperación por cada día de falta. 4. Falta por actividades aprobadas por los padres de familia. Esta categoría de falta se contará como justificada para los fines acordados por el director y el padre de familia/tutor. Una falta no podrá aprobarse si causa un efecto adverso grave en el progreso educativo del estudiante. En las clases de tipo participativas (por ejemplo, ciertas clases de música y educación física), es posible que el estudiante no pueda alcanzar los objetivos de la unidad de instrucción como consecuencia de faltar a clases. En tal caso, una falta aprobada por el padre de familia o tutor tendría un efecto adverso en el progreso educativo del estudiante que, en última instancia, se vería reflejado en la calificación recibida para dicho curso. Puede eximirse a un estudiante, a solicitud de su padre de familia/ tutor, durante una parte del día escolar para participar en instrucción religiosa siempre que esta no se imparta en la escuela ni involucre a la escuela de ningún modo. 5. Falta como consecuencia de medidas disciplinarias, o una suspensión a corto plazo. Tal como lo exige la ley, los estudiantes que son retirados de una clase o clases como medida disciplinaria o los estudiantes a quienes se les ha suspendido a corto plazo tendrán el derecho de recuperar las asignaciones o los exámenes que no hicieron durante el tiempo en que se les negó el ingreso al salón de clases si el efecto de las asignaciones que no hicieron será una reducción considerable de la calificación del curso . 6. Enfermedad o problema de salud prolongado. Si un estudiante está confinado a su hogar o a un hospital durante un período prolongado, la escuela organizará la terminación de las asignaciones en el lugar de confinamiento siempre que sea posible. Si el estudi26

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ante no puede hacer su trabajo escolar, o si un curso en particular tiene asignaturas específicas, las cuales no pueden terminarse fuera de la clase, es posible que se requiera que el estudiante obtenga una calificación de Incompleto o se retire de la clase sin sanción. Falta justificada por un problema de salud crónico. Es posible que los estudiantes que tienen un problema de salud crónico que interrumpe la asistencia habitual sean elegibles para ser asignados a un programa de asistencia y participación limitadas. El estudiante y su padre de familia/tutor enviarán la solicitud al director o consejero, y se redactará un programa limitado siguiendo el asesoramiento y las recomendaciones del asesor médico del estudiante. El director aprobará el programa limitado recomendado. Se informará al personal de las necesidades del estudiante aunque se respetará la confidencialidad de la información médica si el padre de familia lo solicita.

Faltas injustificadas 1. Las faltas injustificadas se dividen en dos categorías: A. La presentación de una justificación firmada que no constituye una falta justificada como se define anteriormente; o B. La falta de presentación de cualquier tipo de declaración de justificación firmada por el padre de familia, tutor o estudiante adulto. 2. Después de cada falta injustificada se hará una llamada telefónica o se enviará una carta de advertencia al padre de familia/tutor del estudiante. Cada notificación se hará por escrito y en inglés o en el idioma materno del padre de familia. La calificación de un estudiante no se verá afectada si no se perdió ninguna actividad que se califique durante dicha falta. 3. Después de dos faltas injustificadas en un período de 30 días, se llevará a cabo una reunión entre el padre de familia, el estudiante y el director. En dicha reunión el director, el estudiante y el padre de familia considerarán: A. Ajustar el programa del estudiante; B. Proporcionar una instrucción más individualizada, preparar al estudiante para un empleo con experiencia vocacional específica o ambas opciones; C. Transferir al estudiante a otra escuela; D. Ayudar al estudiante a obtener servicios complementarios que pudieran eliminar o mejorar las causas de la falta; o E. Imponer otras medidas correctivas que se consideren pertinentes. a. Como máximo a la quinta falta injustificada del estudiante (en un período de 30 días), el distrito celebrará un acuerdo con el estudiante y los padres de familia/tutores que establece los requisitos de asistencia a la escuela, derivará al estudiante a una junta comunitaria sobre faltas sin permiso o presentará una petición y declaración jurada ante el juzgado de menores alegando una violación de RCW 28A.225.010. F. Si la medida anterior no corrige el problema de asistencia, el estudiante será declarado un estudiante que falta habitualmente. El director entrevistará al estudiante y a su familia y establecerá una medida correctiva, la cual puede incluir la suspensión durante el semestre actual y la expulsión. a. Como máximo a la séptima falta injustificada (en un período de 30 días) durante el año escolar actual, o después de la décima falta injustificada durante el año escolar actual, el distrito presentará una petición y declaración jurada ante el juzgado de menores alegando una violación de RCW 28A.225.010 por parte del padre de familia, el estudiante o el padre de familia/tutor y el estudiante. La petición consiste en una notificación por escrito para el juzgado alegando que: 1) El estudiante tiene faltas injustificadas en el año escolar actual. Si bien las peticiones deben presentarse si el estudiante tiene siete faltas injustificadas o más en un mes durante el año escolar actual o diez faltas injustificadas o más en el año escolar actual, una petición puede presentarse antes. Además, se contarán las faltas injustificadas acumuladas en otra escuela o distrito escolar al preparar la petición. 2) Las medidas tomadas por el distrito escolar no han sido exitosas para reducir considerablemente las faltas del estudiante a la escuela; y 3) La intervención y la supervisión del juzgado son necesarias para ayudar al distrito escolar a reducir las faltas del estudiante a la escuela. Además, la petición deberá incluir el nombre del estudiante, su fecha de nacimiento, escuela, dirección, sexo, raza y origen étnico, y los nombres y direcciones de los padres de familia/tutores del estudiante. La petición debe incluir hechos que apoyen las acusaciones establecidas en la petición, por lo general debe solicitar la exención prevista en el estatuto y debe describir lo que el juzgado podría ordenar. Las peticiones pueden entregarse por correo certificado, con acuse de recibo solicitado, pero si dicha entrega no se realiza exitosamente, se requerirá la entrega personal. A criterio del distrito, este puede ser representado por una persona que no sea un abogado en las audiencias relacionadas con las peticiones por faltas sin permiso. 4. Un estudiante que ha sido expulsado por violaciones relacionadas con la asistencia puede solicitar al superintendente que lo reincorpore. Dicha petición podrá otorgarse luego de la presentación de un compromiso firme e inequívoco de mantener la asistencia habitual. 5. Todo estudiante que presente pruebas falsas, con o sin el consentimiento de su padre de familia, para ser elegible injustamente para una falta justificada estará sujeto a la misma medida correctiva que se habría aplicado si no hubiera usado la justificación falsa. 6. Los estudiantes de seis o siete años de edad, a quienes se haya inscrito en el distrito, deben asistir a la escuela y sus padres de familia son responsables de garantizar su asistencia. Los padres de familia que deseen retirar a sus hijos antes de los ocho años de

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edad, y contra quienes no se haya presentado una petición por faltas sin permiso, pueden retirar a los estudiantes de la escuela. Cuando un estudiante de seis o siete años de edad tenga faltas injustificadas, el distrito hará lo siguiente : A. Notificará al padre de familia o tutor por escrito o por teléfono después de una falta injustificada en el mes . B. Solicitará una reunión con el padre de familia o tutor y el niño para analizar las causas de las faltas del estudiante después de dos faltas injustificadas en cualquier período de 30 días (una reunión regular con el maestro y el padre de familia en un lapso de treinta días puede servir como reemplazo). C. Tomará medidas para eliminar o reducir las faltas del estudiante, incluyendo: ajustar el programa escolar, o la asignación de escuela o curso, proporcionar una instrucción más individualizada o de recuperación, ofrecer la inscripción en escuelas o programas alternativos, o ayudar a obtener servicios complementarios. D. Después de siete faltas injustificadas en un período de 30 días, o diez en un año escolar, el distrito presentará una petición por faltas sin permiso. Faltas justificadas en exceso A la décima (10) falta justificada en la escuela preparatoria en un semestre, a la quinta (5) falta justificada en la escuela intermedia en un cuatrimestre, y a la décima (10) falta justificada en la escuela primaria en el año escolar, la escuela puede solicitar la documentación médica de la enfermedad. Sin esta documentación, la falta puede considerarse injustificada. Atrasos El atraso se define como el hecho de no estar en el salón de clases al inicio asignado del día de instrucción o del período de clase secundaria. Se espera que los padres de familia/tutores y estudiantes hagan todo lo posible por asegurarse de que los estudiantes lleguen a clase a tiempo. Cuando un estudiante llega tarde, se espera que su padre de familia/tutor o él mismo se registre en la oficina antes de ingresar al salón de clases. Cuando un estudiante de primaria llega tarde a la escuela treinta (30) minutos o más, se le contará una falta para la mañana. Cuando un estudiante llega a la escuela cuando restan dos (2) horas o menos del día escolar, se le contará una falta por todo el día. Cuando un estudiante se retira treinta (30) minutos o más antes del final oficial del día escolar, se le contará una falta para la tarde. En las escuelas intermedia y preparatoria, un atraso se convierte en una falta si un estudiante llega más de diez (10) minutos tarde a cualquier clase. Cuando el atraso de un estudiante se vuelve frecuente o perjudicial, el estudiante puede estar sujeto a una medida disciplinaria. Cuando un estudiante alcanza los cinco (5) atrasos O salidas anticipadas, el director puede enviar una carta al padre de familia/tutor para informarle sobre la cantidad de atrasos. Cuando un estudiante alcanza los quince (15) atrasos O salidas anticipadas, el director puede enviar una carta certificada al padre de familia/tutor para informarle sobre una junta en la escuela con el administrador. Cuando los atrasos o salidas anticipadas de un estudiante se vuelven frecuentes o perjudiciales, el estudiante puede estar sujeto a una medida disciplinaria. Se espera que los estudiantes estén en clases puntualmente. Cuando el atraso de un estudiante se vuelve frecuente o perjudicial, el estudiante será derivado al director o al consejero. Si el asesoramiento, la reunión con el padre de familia/tutor o la medida disciplinaria no son efectivos para modificar la conducta del estudiante sobre la asistencia, es posible que se suspenda al estudiante de la clase. Todas las sanciones impuestas por no cumplir con las políticas y los procedimientos de asistencia se implementarán de conformidad con las reglamentaciones del estado y del distrito en materia de medidas disciplinarias o castigo .

Acoso, intimidación y hostigamiento - Resumen de la Política y Procedimiento 3207 Nuestro compromiso con la comunidad escolar: el Distrito Escolar Tumwater está comprometido a brindar un ambiente educativo seguro y civilizado sin acoso, intimidación ni hostigamiento para todos los estudiantes, empleados, padres de familia/tutores, voluntarios y patrocinadores. Definición de acoso, intimidación y hostigamiento : El “acoso, intimidación u hostigamiento” se define como cualquier acto electrónico, escrito, verbal o físico intencional, incluyendo, 28

entre otros, aquellos motivados por la raza, color, religión, ascendencia, nacionalidad, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad mental o física u otras características distintivas, cuando tal acto: Daña física o emocionalmente a un estudiante o daña los bienes del estudiante; o Tiene el efecto de interferir considerablemente en la educación del estudiante; o Es tan grave, persistente o invasivo que genera un ambiente educativo intimidante o amenazante; o Tiene el efecto de interrumpir considerablemente el funcionamiento ordenado de la escuela . ¿Qué hace que el hostigamiento sea diferente de otros incidentes que pueden dañar a los niños? Estas son las ideas clave : Existe un desequilibrio de poder. Las personas que hostigan usan su poder para controlar o dañar, y las personas hostigadas

pueden tener dificultades para defenderse. La intención de causar daño. Las acciones realizadas por accidente no constituyen hostigamiento; la persona que hostiga tiene el objetivo de causar daño. Repetición. La misma persona o grupo comete los incidentes de hostigamiento sobre la misma persona una y otra vez . ¿Qué hacemos para hacer frente al hostigamiento?  Enseñar e informar a los estudiantes: los estudiantes reciben información apropiada para su edad sobre el hostigamiento, las estrategias de prevención, y las formas de identificarlo y denunciarlo. Cada escuela divulga información sobre cómo denunciar el hostigamiento, incluidos los formularios de denuncia.  Capacitar al personal: el personal recibe una capacitación anual sobre la política y los procedimientos del distrito escolar, incluidas las funciones y responsabilidades del personal, la manera de supervisar las áreas comunes, y el uso de formularios de denuncia de incidentes del distrito.  Oficial de cumplimiento escolar: cada escuela cuenta con un oficial de cumplimiento designado para supervisar la implementación de las políticas y los procedimientos antiacoso. Comuníquese con la oficina de su escuela para obtener más información.  Oficial de cumplimiento del distrito: Kim Howard, 360-709-7003, [email protected]. La oficial de cumplimiento del distrito supervisa la implementación en todo el distrito y funge como un recurso . ¿Qué puede hacer para denunciar el hostigamiento? Usted puede denunciar el hostigamiento ante cualquier miembro del personal de la escuela o ante la oficial de cumplimiento del distrito. Las denuncias pueden hacerse en forma anónima. Cada oficina escolar cuenta con formularios de denuncia. Estos también están disponibles en el sitio web del Distrito Escolar Tumwater, en las secciones “For Parents” (Para padres de familia) y “For Students” (Para estudiantes). ¿Qué sucede después de que se denuncia un caso de hostigamiento? Todas las situaciones son diferentes. A veces, después de una denuncia pueden llevarse a cabo la intervención y la resolución rápidas. Estas situaciones generalmente no cumplen con la definición de hostigamiento. Cuando un incidente o una serie de incidentes cumplen con la definición de hostigamiento descrita anteriormente, un miembro del personal designado lleva a cabo una investigación y sigue un calendario específico que se describe en los procedimientos. La investigación incluye entrevistas y la notificación a los padres de familia tanto del presunto agresor como del estudiante agredido. Si el resultado de la investigación indica que sí hubo hostigamiento, pueden asignarse consecuencias y se desarrolla un plan de seguimiento. Una vez finalizados la investigación y el plan, se reenvía un formulario de denuncia a la oficial de cumplimiento del distrito. Puede ver la política y el procedimiento completos, incluidos los formularios de denuncia, en el sitio web del distrito en “For Parents” y “For Students”. Puede obtener copias impresas en la escuela o en la oficina del distrito. Reconocemos que el hostigamiento es un problema generalizado y persistente que puede ocurrir en cualquier lugar a pesar de los esfuerzos de educación y prevención. Le pedimos que se nos una para enfrentar este problema y asegurarnos de que nuestras escuelas sean lugares seguros y positivos para el crecimiento y el aprendizaje. Sitios web útiles: http://www.tumwater.k12.wa.us/domain/235: esta es la página de antiacoso del sitio web del Distrito Escolar Tumwater. www.StopBullying.gov: este sitio web del Gobierno de EE. UU. es administrado por los Departamentos de Salud y Servicios Humanos, Educación y Justicia. Allí hay materiales tanto para niños como para adultos .

Seguridad de los estudiantes relacionada con la vestimenta - Procedimiento 3224 29

El estudiante y el padre de familia pueden determinar los estándares de vestimenta y aseo personal del estudiante siempre que la vestimenta y el aseo del estudiante no: 1. 2. 3.

4.

Conduzcan a los directivos de la escuela a creer razonablemente que dicha vestimenta o aseo interrumpirán, interferirán con, perturbarán, o distraerán del ambiente o actividad escolar y/o de los objetivos educativos. Creen un riesgo para la salud u otro riesgo para la seguridad del estudiante o de otras personas. Creen un ambiente en donde el bienestar de un estudiante, miembro del personal u otra persona se vea imposibilitado debido a la presión indebida, conducta, intimidación, expresiones públicas o amenaza de violencia. Ni Impliquen membresía o afiliación a una pandilla mediante la comunicación escrita, marcas, dibujos, pintura, diseño, y emblema en cualquier bien personal o de la escuela o en el cuerpo de una persona .

El director, en relación con el patrocinador, entrenador, u otra persona a cargo de una actividad extracurricular, puede regular la vestimenta y el aseo de los estudiantes que participan en la actividad si el director cree razonablemente que la vestimenta o el aseo del estudiante: 1.

2.

Crea un riesgo para la seguridad del estudiante o de otras personas. Impedirá, interferirá con o afectará negativamente el propósito, curso o esfuerzo requerido para que la actividad alcance sus metas.

Si la vestimenta o el aseo del estudiante son objetables en virtud de estas disposiciones, el director solicitará al estudiante que haga las correcciones necesarias. Si el estudiante se niega, el director deberá notificar al padre de familia, si es razonablemente posible, y solicitará que esa persona haga las correcciones necesarias. Si tanto el estudiante como el padre de familia se niegan, el director deberá tomar la medida disciplinaria pertinente. Los estudiantes pueden ser suspendidos si las circunstancias lo justifican. Los estudiantes que violan las disposiciones del código de vestir en relación con actividades extracurriculares pueden ser expulsados o excluidos de la actividad extracurricular durante el período que el director determine. A todos los estudiantes se les otorgarán medidas de protección de debido proceso antes de tomar cualquier medida correctiva. Los estudiantes que se identifique que participan en, están influenciados por o están afiliados a una pandilla recibirán ayuda y/o programas que desalientan la participación en o afiliación a pandillas, elevan la autoestima, fomentan el interés y la participación en actividades escolares u otras actividades positivas y promueven la membresía en organizaciones escolares autorizadas .

Privacidad y registros de los estudiantes - Procedimiento 3230 Registros de los estudiantes y sus bienes Un estudiante está sujeto a un registro por parte del personal del distrito si existen motivos razonables para sospechar que se revelará evidencia de una violación de la ley o las normas escolares. El personal de la escuela deberá denunciar la actividad sospechosa de un estudiante al director antes de iniciar un registro, salvo en situaciones de emergencia. Un registro es necesario cuando existen motivos razonables para sospechar que un estudiante tiene un arma de fuego en la escuela, en el transporte o en eventos escolares. Cómo establecer motivos razonables Antes de realizar un registro, debe revisarse el motivo para llevar a cabo el registro: 1. Identificar a. La conducta, comportamiento o actividad sospechosa del estudiante; b. La fuente de la información; y c. La confiabilidad de la fuente de dicha información. 2.

Si puede confirmarse la sospecha, ¿violaría dicha conducta la ley o las normas de la escuela?

3.

¿Es probable que el estudiante tenga en su poder o haya escondido algún artículo, material o sustancia que está prohibida o que sería evidencia de una violación de la ley o una norma de la escuela?

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Cómo llevar a cabo el registro Si el director, o la persona que este designe, determina que existen motivos razonables para registrar la ropa, efectos personales, escritorio, casillero, área de almacenamiento designada, o automóvil de un estudiante, el registro deberá llevarse a cabo de la siguiente manera: 1. Si se sospecha de una actividad criminal y, de confirmarse la sospecha mediante el registro, se recomendará un proceso por autoridades civiles, se consultará a los oficiales policiales en relación con la adecuación de un registro por parte de un oficial policial. 2. Si se sospecha que hay evidencia de una violación de una norma escolar y, si el registro la confirma, esto se manejará exclusivamente como una medida disciplinaria para el estudiante, y se procederá al registro al pedir al estudiante que saque todos los artículos de sus bolsillos, monederos, bolsos de mano, mochilas, bolsas para el gimnasio, etc. 3. Si el estudiante se niega a cooperar en un registro personal, el estudiante deberá ser retenido hasta que el padre de familia o tutor del estudiante estén disponible para dar su consentimiento para el registro. Si no puede comunicarse con un padre de familia o tutor en un tiempo razonable, el director puede realizar el registro sin el consentimiento del estudiante . Registros de casilleros Los casilleros y escritorios son bienes del distrito escolar. El estudiante será responsable del cuidado adecuado del casillero y escritorio asignados. Es posible que un estudiante o su padre de familia o tutor deban efectuar el pago completo por cualquier daño intencional a los bienes de la escuela. Se recomienda a los estudiantes mantener sus casilleros cerrados y con llave. Puede realizarse, sin previo aviso, una inspección general de los casilleros otorgados a los estudiantes con el propósito de recoger artículos de la biblioteca, libros de texto y otros bienes de la escuela. Se requiere llevar a cabo un registro cuando existen motivos razonables para sospechar que un estudiante tiene un arma de fuego en la escuela, el transporte o en los eventos escolares. La escuela se reserva el derecho de inspeccionar los casilleros individuales sin previo aviso. Siempre que sea posible, antes de abrir el casillero de un estudiante, el director, director asistente o la persona que este designe deberán solicitar el consentimiento del estudiante para llevar a cabo la inspección. Un tercero deberá estar siempre presente para ser testigo de la inspección. Si el estudiante no está disponible o no brinda su consentimiento para la inspección y, siempre que el registro esté motivado por una sospecha razonable de que encontrarán evidencia de violación de la ley o las normas de la escuela, el director, el director asistente o la persona que este designe pueden abrir el casillero y realizar un registro mediante métodos razonables relacionados con los objetivos del registro. El director, director asistente o la persona que este designe serán responsables de elaborar un informe escrito que describa el propósito de la inspección del casillero, los testigos presentes, los objetos encontrados durante la inspección y su disposición .

Consumo de drogas y alcohol - Política 3409 La Mesa Directiva reconoce que el consumo, abuso y/o posesión de alcohol, o sustancias ilegales controladas, adictivas y/o nocivas por parte de los adolescentes (a menos que las recete un médico para uso terapéutico) son un problema de la sociedad y pueden poner en peligro el desarrollo normal y el bienestar de todos los estudiantes. El Distrito Escolar Tumwater apoya la abstinencia de sustancias químicas en todos los adolescentes y niños para que puedan alcanzar todo su potencial intelectual, emocional, social y físico. El distrito proporcionará un programa de estudios integral sobre salud desde kínder hasta noveno grado, el cual incluye un programa de prevención del consumo de drogas y alcohol. Después de noveno grado, habrá programas o clases específicas que abordarán la prevención y la intervención. El distrito proporcionará un Programa de Ayuda para Estudiantes que evalúa, a cargo del distrito, el alcance del consumo de alcohol y otras drogas por parte del estudiante. Los servicios de evaluación son prestados por una agencia certificada para el tratamiento contra las drogas y el alcohol (de conformidad con el Capítulo 275-19 WAC). Los padres de familia y los estudiantes recibirán los resultados de la evaluación, junto con las recomendaciones de cambios de estilo de vida necesarios. El Distrito Escolar Tumwater proporciona la evaluación como un servicio para los estudiantes y sus familias. En el caso de los estudiantes que muestren signos o síntomas de consumo de drogas o alcohol, el personal del distrito ayudará tanto al estudiante como a sus padres de familia a buscar una solución para el problema. En el caso de los estudiantes que necesiten ya sea un tratamiento hospitalario o ambulatorio, el tratamiento deberá ser pagado por los padres de familia. El personal del distrito proporciona un seguimiento y apoyo continuo para que los estudiantes puedan seguir con su educación. El superintendente o la persona que este designe deberán desarrollar procedimientos para implementar esta política .

Tabaco y productos con tabaco - Política 3411 31

Queda prohibido fumar, consumir o poseer cualquier tipo de producto con tabaco en toda propiedad del distrito, incluidos los campos de deportes y los vehículos del distrito. El consumo de tabaco se define como el uso de cualquier pipa, cigarro, tabaco para masticar, cigarrillo o cualquier otro aparato para fumar, incluyendo cigarrillos electrónicos o masticar o inhalar un producto que contiene tabaco. Esta política se aplica a todos los estudiantes inscritos en el distrito que, por cualquier razón y en cualquier momento, ocupan o utilizan la propiedad del distrito. Las notificaciones de esta política se publicarán en lugares adecuados en todos los edificios del distrito y en otras instalaciones del distrito según lo determine el superintendente o la persona que este designe. Los manuales del estudiante deberán incluir una notificación sobre la prohibición del consumo o la posesión de tabaco en la escuela. Los estudiantes están sujetos a medidas disciplinarias por violaciones de esta política, y los empleados del distrito escolar son responsables de su aplicación. El superintendente supervisará el desarrollo de los procedimientos para implementar esta política .

Armas en la escuela - Política 4210 Toda persona que lleve o posea un arma de fuego o un arma peligrosa dentro de las instalaciones escolares, transporte escolar o áreas de otras instalaciones que se utilizan exclusivamente para las actividades escolares está violando la política del distrito y la ley estatal. El superintendente tiene la orden de ver que todas las escuelas publiquen avisos de “Zona sin Armas” y que todas las violaciones de esta política y de RCW 9.41.280 se denuncien anualmente al superintendente de Instrucción Pública . Las siguientes personas pueden portar armas de fuego en los edificios escolares, según sea necesario, aunque los estudiantes que participan en estas actividades están limitados a la posesión de rifles dentro de las instalaciones de la escuela: 1. Las personas que participan en actividades militares, policiales o de seguridad del distrito escolar; 2. Las personas que participan en una convención, exhibición, demostración, conferencia, o curso sobre la seguridad de las armas de fuego autorizados por la escuela; 3. Las personas que compiten en concursos de armas de fuego o pistolas de aire comprimido autorizados por la escuela; y 4. Cualquier autoridad policial federal, estatal o local. Las siguientes personas mayores de dieciocho años de edad y que no estén inscritas como estudiantes pueden tener en su poder armas de fuego en la propiedad escolar o fuera de los edificios escolares: 1. Personas con permisos de portación de armas ocultas emitidos de conformidad con RCW 9.41.070 que estén recogiendo o dejando a estudiantes; y 2. Personas que hacen negocios legítimos en la escuela y con posesión legal de un arma de fuego o de un arma peligrosa si esta está asegurada dentro de un vehículo atendido, está descargada y asegurada dentro de un vehículo, o está oculta de la vista en un vehículo desatendido con llave. Las personas pueden traer armas peligrosas, que no sean armas de fuego, a las instalaciones de la escuela si las armas están legalmente en posesión de la persona y se utilizarán en una clase de artes marciales autorizada por la escuela. Los directivos de la escuela deben notificar a los padres de familia o tutores del estudiante y a las autoridades policiales pertinentes sobre las violaciones conocidas o supuestas de esta política. Los estudiantes que violen esta política estarán sujetos a medidas disciplinarias, incluida la expulsión durante un año por una violación que incluya un arma de fuego. Sin embargo, el superintendente puede modificar la expulsión durante un año según el caso .

Acoso sexual - Política 5013 Este distrito está comprometido a brindar un ambiente educativo y de trabajo positivo y productivo sin discriminación, incluido el acoso sexual. El distrito prohíbe el acoso sexual de estudiantes, empleados y otras personas que participan en las actividades del distrito escolar. El acoso sexual ocurre cuando: 1. El sometimiento a las demandas sexuales del acosador es una condición expresa o implícita para obtener una oportunidad educativa o laboral u otro beneficio; 2. El sometimiento a o el rechazo de las demandas sexuales son un factor en las decisiones académicas, laborales u otras decisiones relacionadas con la escuela que afectan a una persona; o 3. La conducta o comunicación sexual o dirigida por el género indeseadas interfieren con el desempeño de una persona o crea un ambiente intimidatorio, hostil u ofensivo.

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El acoso sexual puede ocurrir de adulto a estudiante, de estudiante a adulto, de estudiante a estudiante, de adulto a adulto, de hombre a mujer, de mujer a hombre, de hombre a hombre y de mujer a mujer. El distrito tomará inmediatamente medidas correctivas equitativas en el marco de su autoridad sobre las denuncias, quejas y reclamos que aleguen acoso sexual y que se pongan en conocimiento del distrito, ya sea de manera formal o informal. Las acusaciones de mala conducta criminal se denunciarán a la autoridad policial y la sospecha de maltrato infantil se denunciará a la autoridad policial o a los Servicios de Protección Infantil. Participar en actos de acoso sexual tendrá como consecuencia la aplicación de la medida disciplinaria pertinente u otras sanciones contra los estudiantes, el personal y los contratistas ofensores. A toda otra persona que participe en actos de acoso sexual en la escuela o durante actividades escolares se le restringirá el acceso a las actividades y a las instalaciones de la escuela, si corresponde. Se prohíben las represalias contra cualquier persona que sea testigo en un reclamo por acoso sexual, y estas tendrán como consecuencia la aplicación de medidas disciplinarias pertinentes. El distrito tomará las medidas pertinentes para proteger de las represalias a las personas involucradas. Es una violación de esta política hacer conscientemente acusaciones falsas de acoso sexual. Las personas que se descubra que conscientemente hacen o corroboran acusaciones falsas estarán sujetas a la medida disciplina pertinente. El superintendente desarrollará e implementará procedimientos formales e informales para recibir, investigar y resolver los reclamos o denuncias de acoso sexual. Los procedimientos incluirán plazos razonables e inmediatos y delimitarán las responsabilidades del personal en virtud de esta política. Todo el personal es responsable de recibir reclamos y denuncias informales de acoso sexual y de informar al personal del distrito pertinente sobre el reclamo o la denuncia recibida para su investigación y resolución. Todo el personal es también responsable de dirigir a los demandantes al proceso de presentación de reclamos formales . El superintendente desarrollará procedimientos para proporcionar información y educación adecuadas para la edad al personal del distrito, a los estudiantes, padres de familia y voluntarios con respecto a esta política y el reconocimiento y la prevención del acoso sexual. Como mínimo, se incluirá en la orientación del personal, los estudiantes y los voluntarios información sobre el reconocimiento y la prevención del acoso sexual y los elementos de esta política. Esta política se publicará en todos los edificios del distrito al alcance del personal, estudiantes, padres de familia, voluntarios y visitantes. La política se reproducirá en todos los manuales del estudiante, personal, voluntarios y padres de familia. El superintendente hará un informe anual para la Mesa Directiva en el que revise el uso y la eficacia de esta política y de los procedimientos relacionados. Si corresponde, se incluirán en el informe las recomendaciones de cambios en esta política. Se recomienda al superintendente hacer participar al personal, los estudiantes, los voluntarios y los padres de familia en el proceso de revisión.

Acoso sexual - Procedimiento 5013 Los reclamos de acoso sexual por parte de empleados, estudiantes y toda persona que participe en las actividades del distrito escolar deben presentarse de forma oral o por escrito ante el administrador de la escuela correspondiente o ante la directora de Recursos Humanos. La oficial de cumplimiento del distrito llevará a cabo una investigación para resolver la situación lo antes posible. El proceso está diseñado para proteger los derechos del demandante, el presunto acosador y los testigos involucrados. Estos derechos comprenden el derecho a la confidencialidad, tanto el proceso de investigación que permite una investigación a fondo sin obstáculos como la protección contra cualquier represalia por parte del presunto acosador u otro empleado. Si la investigación determina que ha ocurrido un caso de acoso sexual, se recomendará una medida disciplinaria apropiada. La medida disciplinaria que se tome reflejará la severidad del acoso. Los servicios del distrito escolar se pondrán razonablemente a disposición de las personas que se descubra que han sido víctimas de acoso sexual. Deberán revisarse y subsanarse las consecuencias negativas del acoso, según corresponda. Cualquier persona que presenta un “reclamo informal” de acoso sexual ante el Distrito Escolar Tumwater debe proceder de la siguiente manera: El proceso de presentación de reclamos informales no es necesario antes de iniciar un reclamo formal. Un reclamo informal puede ser una acusación verbal o escrita del acoso sexual. El objetivo del procedimiento informal es resolver el reclamo mediante el logro de una resolución en la que ambos, tanto el demandante como el acosador acusado, estén de acuerdo. Se puede presentar un reclamo informal ante el administrador de la escuela correspondiente o ante la directora de Recursos Humanos. 33

La persona que recibe un reclamo informal puede asesorar al demandante para ayudarlo a disuadir las acciones del presunto acosador. Si esta persona plantea un conflicto de intereses en la participación en el proceso, esta derivará inmediatamente el reclamo a la directora de Recursos Humanos o a la oficial de cumplimiento del distrito. La directora de Recursos Humanos o la oficial de cumplimiento discutirán el reclamo con el presunto acosador, iniciarán medidas para proteger al demandante de daños o represalias y se asegurarán de que el supervisor del presunto acosador sea notificado sobre el reclamo. Se intentará llegar a una resolución del problema. Si la resolución es satisfactoria, la directora de Recursos Humanos o la oficial de cumplimiento del distrito informarán al demandante sobre la resolución propuesta. El demandante puede aceptar la resolución o iniciar procedimientos formales. Si no puede lograrse una resolución, se le informará al demandante al respecto y sobre su derecho a presentar un reclamo formal. El demandante puede optar por presentar un “reclamo formal” en lugar de utilizar primero el procedimiento de presentación de reclamos informales. Asimismo, si no puede obtenerse una resolución satisfactoria a través del procedimiento informal, el demandante puede optar por presentar un reclamo formal por escrito. Los reclamos formales deben presentarse de la siguiente manera: El demandante debe utilizar el Formulario para Presentar un Reclamo de Acoso disponible en cualquier escuela del distrito. El reclamo formal debe presentarse ante la oficial de cumplimiento del distrito o la directora de Recursos Humanos para su investigación. La oficial de cumplimiento de la oficina del distrito iniciará de inmediato una investigación de las acusaciones e interrogará al demandante, al presunto acosador y a otros testigos que puedan tener información relevante. La oficial de cumplimiento deberá usar su mejor criterio en cuanto al orden de los interrogatorios, los métodos de documentación, dónde se llevarán a cabo los interrogatorios, si otras personas deben estar presentes durante los interrogatorios, etc. Los reclamos y las investigaciones se guardarán confidencialmente, en la medida de lo posible, y se incluirán las medidas razonables que se consideren necesarias para prevenir las represalias contra el demandante en el transcurso de la investigación. La oficial de cumplimiento además deberá consultar con la directora de Recursos Humanos en relación con los requisitos de procedimiento aplicables al interrogatorio de un empleado (por ejemplo, el presunto acosador) en situaciones en que se podrían aplicar medidas disciplinarias . Se notificará al demandante sobre el proceso de investigación y se le mantendrá informado sobre el estado de la investigación . La oficial de cumplimiento deberá preparar y presentar a la directora de Recursos Humanos las conclusiones y recomendaciones por escrito en un lapso de treinta días. Si se descubre que se ha producido un acto de acoso sexual, se tomarán las medidas pertinentes. El demandante y el presunto acosador serán informados de inmediato sobre las medidas que, en su caso, deban tomarse como consecuencia del reclamo y la investigación. Si debe tomarse una medida disciplinaria contra el presunto acosador, se aplicarán los procedimientos aplicables a los empleados de su categoría laboral, incluido el derecho a apelar. Si, después de que finalizan los procedimientos informales o formales, los empleados, estudiantes o cualquier otra persona que participa en las actividades del distrito escolar siguen siendo perjudicados por la respuesta del superintendente, podrán tramitar el reclamo como un acto de discriminación sexual conforme a la Política de No Discriminación 3210. Asimismo, las personas que siguen siendo perjudicadas pueden presentar más reclamos a través del proceso de convenio colectivo correspondiente o la política antidiscriminación. Un componente fijo de todas las sesiones de orientación del distrito para el personal, los estudiantes y los voluntarios habituales deberá introducir los elementos de esta política. El personal recibirá información sobre cómo reconocer y prevenir el acoso sexual. El personal debe estar plenamente informado sobre los procesos de presentación de reclamos formales e informales y sus funciones y responsabilidades en virtud de la política y el procedimiento. Se debe recordar al personal certificado de su responsabilidad legal de denunciar las sospechas de maltrato infantil, y cómo esa responsabilidad puede verse comprometida por algunas acusaciones de acoso sexual. Los voluntarios habituales deben obtener las partes de este componente de orientación pertinente a sus derechos y responsabilidades. Los estudiantes recibirán la información apropiada para su edad sobre el reconocimiento y la prevención del acoso sexual y sus derechos y responsabilidades en virtud de esta y otras políticas y normas del distrito en sesiones de orientación estudiantil y en otras ocasiones adecuadas, las cuales pueden incluir a los padres de familia .

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Procedimiento de demora/cierre de la escuela para 2015-16 Cuando el clima u otros acontecimientos afectan nuestra habilidad para transportar a nuestros estudiantes o manejar nuestras escuelas, estos son los procedimientos que normalmente seguimos. 

A partir de las 5:30 a. m. aproximadamente, el distrito brinda información sobre la demora y el cierre a las estaciones locales de radio y televisión mediante www.flashalert.net. La información se publica tanto en este sitio como en el sitio del Distrito Escolar Tumwater, www.tumwater.k12.wa.us.



A las 6:00 a. m., llamamos y enviamos un correo electrónico a todos los padres de familia y al personal del distrito mediante nuestro sistema SchoolMessenger. Para actualizar su información de contacto, llame a su escuela.

También puede llamar a la línea de información del distrito al 709-7999, mirar el canal 4 KOMO, el canal 5 KING, el canal 7 KIRO, o el canal 13 KCPQ o escuchar cualquiera de las siguientes estaciones de radio:

Estaciones de radio AM KGTK 920 KOMO 1000 KGY 1240 KITZ 1400

Estaciones de radio FM KPLU 88.5 KMPS 94.1 KXXO 96.1 KGY 96.9 KIRO 97.3

LOS INICIOS TARDÍOS AFECTAN LOS DÍAS DE ACT. Si por el clima se comienza tarde un viernes de ACT, los estudiantes saldrán a la hora programada habitual. No se saldrá temprano para las sesiones de colaboración de los maestros.

¿CÓMO SE TOMAN LAS DECISIONES? Cuando ocurren fenómenos climáticos, siempre hay preguntas sobre el proceso para tomar decisiones para demorar o cerrar las escuelas. Estos son los pasos que normalmente seguimos: 

De 3:00 a 5:00 a. m.: la supervisora de Transporte recorre en auto las rutas del autobús para determinar las condiciones de la carretera. Además, revisa la información sobre el pronóstico meteorológico local, estatal y regional.



A las 5:15 a. m.: la supervisora de Transporte hace recomendaciones al superintendente en relación con el cierre de la escuela o el inicio tardío. Es posible que el superintendente revise los pronósticos y consulte con otros líderes del distrito escolar local antes de tomar la decisión final para antes de las 5:30 a. m., hora a la que se comunica con el personal para alertar a los medios. 35

Nuestras escuelas Escuela Primaria Black Lake.… (360) 709-7350 Escuela Primaria Tumwater Hill…… (360) 709-7300 Horario escolar…………….….8:55 a. m.-3:25 p. m. Horario escolar……………...9:05 a. m.-3:35 p. m. 6345 BL/Belmore Road SW, Olympia 98512 3120 Ridgeview Ct. SW, Tumwater 98512  Misty Hutson, directora  Mandy Jessee, directora Horario de la oficina…………..8:00 a. m.-4:00 p. m.  Elliott Hedin, director asistente Viernes (ACT)………………………………2:20 p. m. Horario de la oficina…………...8:00 a. m.-4:00 p. m. Semana de media jornada/reuniones…..12:05 p. m. Kínder de la mañana…………..8:55 a. m.-11:35 a. m. Viernes (ACT)……………..………………....2:10 p. m. Semana de media jornada/reuniones…...11:55 a. m. Escuela Intermedia Bush.…..……….(360) 709-7400 Línea de asistencia..…………….... (360) 709-7412 Horario escolar……………...8:00 a. m.-2:30 p. m. Programa HiCap/Campus BLE…….360-709-7350 2120 83rd Ave. SW, Tumwater 98512 Horario escolar……….…...8:05 a. m.-2:05 p. m. Viernes (ACT)……………………..…….12:50 p. m.  Linda O’Shaughnessy, directora Semana de media jornada/reuniones....10:10 a. m.  Shawn Guthrie, director asistente Horario escolar………………...7:30 a. m.-3:30 p. m. Viernes (ACT)……………………..………..1:15 p. m. Escuela Primaria East Olympia.......(360) 709-7150 Semana de media jornada/reuniones…..10:30 a. m. Horario escolar……………….8:55 a. m.-3:25 p. m. 8700 Rich Rd. SE, Olympia 98501 Escuela Intermedia Tumwater..….(360) 709-7500  Patty Kilmer, directora Línea de asistencia.…………......(360) 709-7520  Elliott Hedin, director asistente Horario escolar………………8:00 a. m.-2:30 p. m. Horario de la oficina…………..8:00 a. m.-4:00 p. m. 6335 Littlerock Rd. SW, Tumwater 98512 Kínder de la mañana………...8:55 a. m.-11:35 a. m.  Jon Wilcox, director Viernes (ACT)………………..………….....2:10 p. m.  Nick Reykdal, director asistente Semana de media jornada/reuniones…..11:55 p. m. Horario de la oficina…………..7:00 a. m.-3:30 p. m. Viernes (ACT)……………………..……….1:15 p. m. Escuela Primaria Littlerock……(360) 709-7250 Semana de media jornada/reuniones.....10:30 a. m. Horario escolar……………9:05 a. m.-3:35 p. m. 12710 Littlerock Rd. SW, Olympia 98512 Escuela Preparatoria A.G. West Black Hills.. (360) 709-7800  Glenn Spinnie, directora Línea de asistencia……………………..(360) 709-7815 Horario de la oficina…………8:00 a. m.-4:00 p. m. Horario escolar …………………..7:40 a. m.-2:10 p. m. Viernes (ACT)…………………………..2:20 p. m. 7741 Littlerock Rd. SW, Tumwater 98512 Semana de media jornada/reuniones…12:05 p. m.  Dave Myers, director  Cathy McNamara, directora asistente Escuela Primaria Michael T. Simmons...(360) 709 Marty Reid, director asistente 7100 Horario de la oficina……………7:00 a. m.-3:00 p. m. Horario escolar……………….8:20 a. m.-2:50 p. m. Viernes (ACT)……….…………….………12:55 p. m. 1205 S. 2nd Ave., Tumwater 98512 Semana de media jornada/reuniones…..10:15 a. m.  Shannon Leatherwood, directora  Director asistente, Escuela Preparatoria Tumwater ..... .(360) 709-7600 Horario de la oficina…………….7:30 a. m.-3:30 p. m. Línea de asistencia ...................... .(360) 709-7620 Viernes (ACT)……………………..………..1:35 p. m. Horario escolar ................... 7:40 a. m.-2:10 p. m. Semana de media jornada/reuniones……11:20 a. m. 700 Israel Rd. SW, Tumwater 98501  Jeff Broome, director Escuela Primaria Peter G. Schmidt...(360) 709-7200  Brian Hardcastle, director asistente Horario escolar……………….8:40 a. m.-3:10 p. m.  Lisa Perreira, directora asistente 225 Dennis Street SE, Tumwater 98501 Horario de la oficina……………7:00 a. m.-3:00 p. m.  Jack Arend, director Viernes (ACT)……………………...……...12:55 p. m.  Keith Rhodes, director asistente Semana de media jornada/reuniones…..10:15 a. m. Horario de la oficina…………….8:00 a. m.-4:00 p. m. Viernes (ACT)……………………..……...….1:55 p. m. Programa Secondary Options ......... (360) 709-7760 Semana de media jornada/reuniones.……11:40 a. m.  Jeannette Holocher, maestra titular Centro Vocacional y Técnico New Market y Escuela Preparatoria New Market……(360) 570-4500  Kris Blum, director ejecutivo  Chris Bradshaw, director de Servicios Estudiantiles 36

Notificación Relativa a la Divulgación de la Información del Directorio de los Estudiantes La Ley sobre la Privacidad y los Derechos Educativos de la Familia (FERPA), una ley federal, requiere que el Distrito Escolar Tumwater, con ciertas excepciones, obtenga su consentimiento por escrito antes de divulgar información personal de los registros educativos de su estudiante. Sin embargo, el Distrito Escolar Tumwater puede divulgar apropiadamente “información del directorio” designada sin el consentimiento por escrito, a menos que usted haya avisado al distrito de lo contrario, de acuerdo con los procedimientos del distrito. El propósito principal de la “información del directorio” es permitir que el Distrito Escolar Tumwater incluya este tipo de información de los registros educativos de su estudiante en ciertas publicaciones escolares. Los ejemplos incluyen:      

El sitio web del TSD, el boletín Open Line o las publicaciones escolares; Un póster publicitario que muestra el papel de su estudiante en una producción teatral; El anuario; La lista de honor u otras listas de reconocimiento; Programas de graduación; y Hojas de actividades deportivas, como para lucha grecorromana, las cuales muestran el peso y la estatura de los miembros del equipo.

La FERPA autoriza al Distrito Escolar Tumwater a divulgar la “información del directorio” del estudiante con fines relacionados con la escuela sin el permiso de los padres de familia a menos que usted notifique por escrito al director de su estudiante, antes del 1 de octubre o en el lapso de 10 días de la inscripción después del 1 de octubre, que usted no quiere que se divulgue dicha información a las personas que la solicitan. El distrito ha definido la “información del directorio” como:

INFORMACIÓN DEL DIRECTORIO DEL ESTUDIANTE  Nombre, dirección, número de teléfono, foto y video del estudiante;  Fecha y lugar de nacimiento;  Peso y estatura de los miembros de los equipos deportivos y el grado al que asisten;  Títulos, honores y premios recibidos;  Fechas de asistencia y grado;  Escuelas a las que el estudiante asistió anteriormente; y  Obras creadas por el estudiante para publicaciones relacionadas con la escuela. Además, la ley federal exige al Distrito Escolar Tumwater que brinde a los reclutadores militares listas con los nombres, direcciones y números de teléfono de los estudiantes, a menos que los padres de familia hayan avisado al distrito que no quieren que se divulgue la información de su estudiante sin su consentimiento previo por escrito. Dé vuelta la hoja para ver el Formulario de Exclusión

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Turn Over forTumwater Opt PARutSchool Form District, 621 Linwood Ave. SW, Tumwater, WA 98512 Distrito Escolar Tumwater

School District de la información del SolicitudTumwater para impedir la divulgación Requestdirectorio to Prevent of delDisclosure estudiante 2015-16 2015-16 Student Directory Information

El Distrito Escolar Tumwater divulgará la “información del directorio” del estudiante con fines relacionados con la escuela sin el permiso de los padres de familia a menos que usted notifique por escrito al director de su estudiante, antes del 1 de octubre de cada año escolar o en el lapso de 10 días de la inscripción después del 1 de octubre, que usted no quiere que se divulgue dicha información a las personas que la solicitan. Si usted NO quiere que la información del directorio de su estudiante se divulgue, marque todas las casillas que correspondan y devuelva el formulario a la escuela de su estudiante antes del 1 de octubre o en el lapso de 10 días de la inscripción después del 1 de octubre. Devuelva un formulario por estudiante. Puede obtener formularios adicionales en la oficina de la escuela de su estudiante. NOTA: si usted acepta divulgar esta información, no debe hacer nada.

PARA TODAS LAS FAMILIAS

FOR ALL FAMILIES

Imagen visual e información del directorio para otros usos:

Visual Image and Directory Information for Other Uses: USO POR PARTE DE LA ESCUELA/DEL DISTRITO: NO divulgar la imagen visual ni otra información del

SCHOOL/DISTRICT USE:paraPlease doescuela NOT orelease visual image or other directorio de mi estudiante uso de la el distritomy de student’s Tumwater, incluyendo publicaciones, directory information for relacionadas Tumwater con school or district including publications, websites, sitios web, redes sociales la escuela, o listasuse, de equipos deportivos. school-related social media, or sports team rosters. USO PÚBLICO: NO divulgar la imagen visual ni otra información del directorio de mi estudiante a organizacionesUSE: externas con fines con my la escuela (talesvisual como compañías de la elaboPUBLIC Please do relacionados NOT release student’s image or encargadas directory information ración de anuarios, anuncios de graduación, instituciones de educación superior, u organizaciones de pato outside organizations for school-related purposes (such as yearbook companies, dres de familia). graduation announcements, higher education institutions, or parent organizations). USO DE LOS Please MEDIOS:do NONOT divulgar la imagen visual ni otra información de information mi estudiante to a MEDIA USE: release my student’s visual imagedelordirectorio directory periódicos locales, estaciones de television, redes sociales (publicaciones en Internet además de los sitios local newspapers, television stations, social media (internet publications beyond District web del distrito) ni otros medios de difusión para historias o reconocimientos relacionados con la escuela. websites) or other media outlets for school-related stories or recognition.

PARA LAS FAMILIAS DE LOS ESTUDIANTES DE PENÚLTIMO Y ÚLTIMO GRADOS DE LA ES CUELA PREPARATORIA SOLAMENTE

FOR FAMILIES OF HIGH SCHOOL JUNIORS & SENIORS ONLY

Fuerzas Armadas de Estados Unidos: la Ley Federal de la Educación Primaria y Secundaria exige que las escuelas preparatorias brinden una lista de los nombres, direcciones y números de teléfono de los estudiantes a los recluta-

U.S. Military: The Elementary Secondary Education Actdelrequires high schools to dores militares. Losfederal padres de familia tienenand el derecho de solicitar la omisión nombre de su estudiante de provide esa lista. a el hecho de marcar la casilla and de abajo no prohíbe a las Fuerzas Armadas reunir información dehave los estudiantes list NOTA: of student names, addresses telephone numbers to military recruiters. Parents the rightde to otras fuentes no escolares ni que los reclutadores militares hablen con su estudiante cuando visiten el campus. request that their student’s name be omitted from that list. NOTE: checking the box below does not prohibit the military NO from student information fromdeother non-school sources ormilitares. from having milidargathering el nombre ni la información de contacto mi estudiante a los reclutadores tary recruiters speak with your student when on campus. Please do NOT give student’s and contact information to amilitary recruiters. Si ha indicado NO en cualquiera de my las casillas de name arriba, firme y devuelva este formulario la oficina de su escuela a más tardar el 1 de octubre de cada año escolar. del estudiante: Escuela: ____________________ If Nombre you have checked_______________________________________ NO to any of the boxes above please sign and return this form toGrado:______ your school st office no later than October 1 of each school year. Firma del padre de familia/tutor: __________________________________________________

Student’s Name:____________________________ Student’s Name: School:

Grade:

School:_________________ Grade:______

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