Medios de comunicación y su rol en el respeto y promoción de los derechos de la niñez y adolescencia

ADJUNTÍA PARA LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA “Medios de comunicación y su rol en el respeto y promoción de los derechos de la niñez y adolescencia” Lima, 7

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ADJUNTÍA PARA LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA

“Medios de comunicación y su rol en el respeto y promoción de los derechos de la niñez y adolescencia” Lima, 7 de agosto del 2013

Preguntas para reflexionar

1.

¿Cuál es el papel que deben cumplir los medios de comunicación en la protección de los derechos de la niñez y adolescencia?

2.

Cuáles son los derechos que se deben proteger?

3.

¿Los medios de comunicación están cumpliendo con su responsabilidad de respetar, proteger y promover los derechos de la niñez y adolescencia?

4.

¿Cuáles son las acciones que pueden permitir un cabal cumplimiento de esas obligaciones?

Medios de comunicación: actores clave

Los medios de comunicación son actores clave para: •

Identificar y denunciar la vulneración de los derechos fundamentales de nuestra niños, niñas y adolescentes.



Exigir a las autoridades las respectivas para los agresores.

sanciones

Marco internacional de los derechos de la niñez y adolescencia en los medios de comunicación Convención sobre los Derechos del Niño •

Artículo 16° 1. Ningún niño será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia ni de ataques ilegales a su honra y a su reputación. 2. El niño tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o ataques.



Artículo 17° Los Estados Partes reconocen la importante función que desempeñan los medios de comunicación (…). Con tal objeto, los Estados Partes:

a) Alentarán a los medios de comunicación a difundir información y materiales de interés social y cultural para el niño, (…) e) Promoverán la elaboración de directrices apropiadas para proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar, teniendo en cuenta las disposiciones de los artículos 13 y 18.

Marco nacional de los derechos de la niñez y adolescencia en los medios de comunicación

Constitución Política de 1993

Artículo 14.- (…) Los medios de comunicación social deben colaborar con el Estado en la educación y en la formación moral y cultural. Código de los Niños y Adolescentes Artículo 6.- Cuando un niño o adolescente se encuentren involucrados como víctimas, autores, partícipes o testigos de una infracción, falta o delito, no se publicará su identidad ni su imagen a través de los medios de comunicación. Artículo 26°.- El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promoverá, en los medios de comunicación masivos, espacios destinados a la difusión de los derechos del niño y el adolescente. Para estos fines, podrá suscribir convenios de cooperación. Ley de radio y televisión Artículo II.- La prestación de los servicios de radiodifusión se rige por los siguientes principios: a) La defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad. g) La protección y formación integral de los niños y adolescentes, así como el respeto de la institución familiar. k) El respeto al honor, la buena reputación y la intimidad personal y familiar.

¿Cuál es el papel de los medios de comunicación?

Los medios de comunicación son también responsables – junto al Estado, la familia y la sociedad – de respetar, proteger y promover los derechos de la niñez y adolescencia.

¿Cuál es el papel de los medios de comunicación? Observación General Nº 16: “Las obligaciones del Estado en relación con el impacto del sector empresarial en los derechos del niño “los Estados deben alentar a los medios de comunicación a elaborar directrices que velen por el pleno respeto de los derechos del niño, incluida su protección contra la violencia y las representaciones que perpetúen la discriminación, en toda la cobertura de los medios.”

Principios Empresariales y Derechos del Niño “Principio 1.- todas las empresas – lo que incluye a las del rubro de comunicación – deben cumplir con su responsabilidad de respetar y promover los derechos del niño”.

¿Cuáles son los derechos que se deben proteger?

Se deben proteger todos los derechos de los niños, niñas y adolescentes pero se debe brindar

especial protección al derecho a la identidad, la imagen, la voz, la intimidad, la honra, la reputación y desarrollo físico, psicológico y moral.

¿Los medios de comunicación cumplen su responsabilidad?

• Estudio de IP Noticias para World Vision Perú – Febrero 2012 - 1370 noticias relacionadas a niñez y adolescencia. - El 63% de las menciones en las noticias eran negativas (violencia, maltrato, niño víctima o agresor). - El 81% de las noticias negativas fueron de adolescentes. • Estudios de Concortv sobre actitudes, hábitos y opinión sobre la radio y televisión - 2011 - La TV es el medio más entretenido y educativo pero también el más sensacionalista. - El 89% de los peruanos y peruanas perciben mucha violencia. - El 56% percibe que la TV muestra negativamente a los niños. - El 85% de adultos afirma que existe control parental de TV pero solo el 57% de niños lo confirma.

No se trata de prohibir la difusión de noticias sobre la problemática de la niñez y adolescencia

Se busca que su tratamiento tenga un ENFOQUE DE DERECHOS, es decir, que sea respetuoso de los derechos de la niñez y adolescencia

Declaración de principios sobre los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los medios de comunicación (…) Convenimos en adoptar los siguientes principios necesarios para garantizar el interés superior del niño así como el respeto y vigencia de los derechos de niños, niñas y adolescentes en el marco del ejercicio de los derechos a la libertad de expresión e información: 1. Se respeta el derecho a la dignidad de niños, niñas y adolescentes. 2. Se respeta el derecho a la no discriminación de niños, niñas y adolescentes por razón de edad, raza, etnia, sexo, religión, nacionalidad o cualquier otra circunstancia; 3. Se difunden contenidos que no atentan contra los derechos a la identidad e intimidad personal y familiar de los niños, niñas y adolescentes; 4. Se adecua la difusión de escenas o contenidos violentos al horario de protección familiar; 5. Se generan espacios de participación de niños, niñas y adolescentes respetando sus derechos y, en ningún caso, se les expone a situaciones de violencia física o psicológica. (…)

¿Qué acciones se deben realizar para que los medios de comunicación cumplan su rol?

• Los medios de comunicación deben COMUNICAR SIN VULNERAR los derechos fundamentales, es

decir, que deben COMUNICAR CON ENFOQUE DE DERECHOS. • La sociedad en general y las entidades públicas y privadas debemos realizar ACCIONES DE

VIGILANCIA.

Plan Nacional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2012-2021

Lineamientos de Política en Comunicaciones del PNAIA 2021 •

Lineamiento 2.- Existe una cultura de promoción de los derechos de la infancia y adolescencia en los medios de comunicación a nivel nacional. Su difusión se realiza de acuerdo a la diversidad cultural del país.



Lineamiento 5.- Las estrategias y campañas de comunicación emplean medios y espacios nacionales, regionales, y locales a favor de los Derechos de las niñas, niños y adolescentes, con el apoyo de instituciones y medios de comunicación que incorporen el uso responsable de las modernas tecnologías de la comunicación.

Si logramos que los medios de comunicación tomen conciencia de la responsabilidad que tienen, estaremos asegurando el bienestar y desarrollo integral de nuestros niños, niñas y adolescentes pero también estaremos trabajando por darles un mundo con condiciones adecuadas para ejercer sus derechos fundamentales.

Muchas gracias [email protected] www.defensoria.gob.pe Línea Gratuita: 0800-15-170

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