Mg. Mauro Antonio Ruiz Tavares MEDICO ANATOMOPATOLOGO

Mg. Mauro Antonio Ruiz Tavares MEDICO ANATOMOPATOLOGO Importancia  La seguridad y salud en el trabajo tiene el propósito de crear las condiciones p

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Mg. Mauro Antonio Ruiz Tavares MEDICO ANATOMOPATOLOGO

Importancia  La seguridad y salud en el trabajo tiene el propósito de crear las condiciones para que el trabajador pueda desarrollar su labor eficientemente y sin riesgos, evitando sucesos y daños que puedan afectar su salud e integridad, el patrimonio de la entidad y el medio ambiente, propiciando así la calidad de vida del trabajador y su familia.

Salud Ocupacional  Rama de la Salud Pública  Promueve y mantiene el mayor grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores  Prevenir todo daño a la salud, causado por las condiciones de trabajo.  Adecuar el trabajo al trabajador, atendiendo a sus aptitudes y capacidades.

Seguridad  Acciones y actividades que permiten al trabajador laborar en condiciones de no agresión tanto ambientales como personales.

Sistema de Gestión de SST  Conjunto de elementos interrelacionados.  Establecer una política, objetivos de seguridad y salud en el trabajo, mecanismos y acciones necesarios.  Reforzamiento de responsabilidad social empresarial, ofrecimiento de buenas condiciones laborales a los trabajadores mejorando, de este modo, su calidad de vida.

Normativa Internacional  DECISIÓN N.° 584 Inst. Andino (Art. 2°): “Tiene por objeto

promover y regular las acciones que se deben desarrollar en los centros de trabajo de los países miembros para disminuir o eliminar los daños a la salud de los trabajadores, mediante la aplicación de las medidas de control”.  Esta norma obliga al Perú, como país miembro de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), a tomar acciones respecto a la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST). Es vinculante.  ILO-OSH-2001: Directrices sobre sistemas de gestión de SST  OHSAS 18001: 2007 Estándar - Gestión de SST

Normativa Nacional  Ley N° 29783 – Norma Técnica Peruana  Ley N° 30222 – Modificatoria Ley 29783  DS N° 005-2012-TR - Reglamento  DS N° 055 - 2010 EM. Mineras y Contratistas  G. 050 Norma de Seguridad en la construcción  RM N° 375-2008 – Norma de Básica de Ergonomía.

Normativa Nacional  D. S. N.° 042 – F- Seguridad Industrial.  R. M. 161-2007-EM-Electricidad.  D. S. 043-EM-Hidrocarburos.  Ley 26790 – Ley de Modernización de la Seguridad Social.  RM. 480 MINSA relación de enfermedades profesionales  RM. 312 – Protocolos de exámenes médico ocupacionales

Ley 29783: Objetivo  La Ley tiene como objetivo

promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Es deber del empleador, fiscalización, control del estado y la participación de los trabajadores.  Aplica a todos los sectores económicos y comprende a todos los empleadores y trabajadores de la actividad publica y privada en todo el país.

Ámbito de Aplicación Ley y Reglamento

Sector Público

Trabajadores y funcionarios de entidades públicas

Policía Nacional Fuerzas Armadas

Sector Privado

Régimen Laboral de la Actividad Privada y por cuenta propia

Principios  Prevención  Responsabilidad  Cooperación  Información y capacitación  Gestión Integral  Atención Integral en Salud  Consulta y participación  Primacía de La realidad  Protección

¿Quién es el responsable de la gestión de la SST?  El empleador es quien asume el liderazgo y compromiso. Delegará las funciones y la autoridad necesaria.

Reglamento Interno SST  Las empresas con 20 o más trabajadores elaboran su reglamento interno de seguridad y salud en el trabajo.  El empleador debe poner en conocimiento de todos los trabajadores, mediante medio físico o digital bajo cargo, el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo, (modificaciones), además se extiende a los trabajadores de tercerización e intermediación laboral, modalidades formativas laborales y terceros subordinados u autónomos.

¿Qué normas debe contener el reglamento interno de SST?  Reglamento y comité: Empresas con 20 o más trabajadores  Objetivos y alcance  Política de seguridad y salud  Estándares de seguridad y salud en las operaciones.  Estándares de seguridad y salud en actividades conexas  Estándares de control de peligros existentes y riesgos evaluados.  Planes de contingencia

El Comité o Supervisor del SST Funciones:  Conocer los documentos e informes.  Aprobar el RISST.  Conocer y aprobar el Programa anual de SST.  Participar en la elaboración de políticas y planes de la empresa.  Aprobar el Plan Anual de Capacitación.  Promover la capacitación de todos los trabajadores.  Vigilar el cumplimiento de las leyes sobre SST.  Reportar los accidentes.  Llevar el libro de actas y de acuerdos. NÚMERO DE PERSONAS:  El Comité debe tener un número de personas no menor de 4 ni mayor de 12, se debe considerar el nivel de riesgo de la empresa.  18 años, ser trabajador, tener conocimiento en SST.

ENTIDADES ENCARGADAS DE LA SST  Las dos entidades supra sectoriales de la seguridad y salud en el trabajo de acuerdo a la Ley son: el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Ministerio de Salud.  Los Gobiernos Regionales y locales ven dentro de sus competencias los programas sectoriales a la Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).

POLITICA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO ESTADO Ministerio de Trabajo Ministerio de Salud

EMPLEADO EMPLEADOR

CGTP

CONFIEP

CTP CATP

Derechos y Deberes del Empleador  Garantizar que las elecciones de los representantes de los    

trabajadores se realicen a través de las organizaciones sindicales. Garantizar el real y efectivo trabajo del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo, asignando los recursos necesarios. Por incumplimientos de deber de prevención genera la obligación de pagar indemnización a las víctimas o sus derechohabientes. Escenario del trabajo: Durante la ejecución de una labor bajo su autoridad o en el desplazamiento de la misma, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

Derechos y Deberes del Empleador  Garantizar la SST de los trabajadores en el desempeño de todos los

aspectos con su labor, en el centro de trabajo.  Desarrollar acciones permanentes con el fin de perfeccionar los niveles de protección existentes.  Identificar las modificaciones en la actividad laboral y disponer medidas de prevención de nuevos riesgos.  Exámenes médicos: todo trabajador debe ser sometido a los respectivos exámenes médicos antes, durante y después.  Garantizar las elecciones democráticas de los respectivos comités o

supervisores (sindicatos o trabajadores).  Asignar recursos para el comité paritario garantizando su trabajo.

Derechos y Deberes del Empleador  El empleador deberá controlar las zonas de riesgo, con un 

  

real control de las personas que ingresen a dichas zonas. En caso que exista exposición de personas a zonas de riesgo, el empleador deberá prever que no se generan daños al trabajador. Interrupción de actividades en caso inminente de peligro. Protección de los trabajadores con discapacidad: deberá evaluar los riesgos y establecerá medidas preventivas. Evaluación de factores que atentan contra la procreación: el empleador deberá tener en cuenta la exposición a los agentes químicos o físicos que puedan atentar contra la protección de los trabajadores.

Derechos y Deberes del Empleador  Enfoque de género y protección de las trabajadoras: el

empleador adopta medidas necesarias para evitar la exposición de las trabajadoras en periodo de embarazo o lactancia.  Participación en los programas de capacitación: los trabajadores o sus representantes tienen la obligación de revisar los programas de capacitación y entrenamiento, y formular las recomendaciones al empleador.  Adecuación del trabajador al puesto de trabajo: los trabajadores tienen derecho a ser transferidos en caso de accidente o enfermedad a otro puesto de trabajo.

Derechos de los Trabajadores  Comunicación con los inspectores: todo trabajador tiene

derecho a comunicarse libremente con los inspectores de trabajo, aún sin presencia del empleador.  Protección contra los actos de hostilidad: los trabajadores, sus representantes o miembros de los comités o comisiones de seguridad y salud ocupacional están protegidos contra cualquier acto de hostilidad.  Protección de los trabajadores, contratistas, subcontratistas, y otros; todos tienen el mismo nivel de protección.  Derecho al examen de los factores de riesgo: todos los trabajadores tienen derecho a examinar los factores de riesgo.

Obligaciones de los Trabajadores  Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de los    

programas de SST. Usar adecuadamente los instrumentos de SST entregados, siempre que hayan sido informados. No operar maquinarias ni equipos que no hayan sido previamente capacitados. Cooperar en los procesos de investigación de accidentes de trabajo. Someterse a los exámenes médicos establecidos en la ley.

Sanción penal: Ley 30222: Art. 168-A  “El que, deliberadamente, infringiendo las normas de seguridad y salud

en el trabajo y estando legalmente obligado, y habiendo sido notificado previamente por la autoridad competente por no adoptar las medidas previstas en éstas y como consecuencia directa de dicha inobservancia, ponga en peligro inminente la vida, salud o integridad física de sus trabajadores, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años”  “Si, como consecuencia de la inobservancia deliberada de las normas de seguridad y salud en el trabajo, se causa la muerte del trabajador o terceros o le producen lesión grave, y el agente pudo prever este resultado, la pena privativa de libertad será no menor de cuatro ni mayor de ocho años en caso de muerte y, no menor de tres ni mayor de seis años en caso de lesión grave.  “Se excluye la responsabilidad penal cuando la muerte o lesiones graves son producto de la inobservancia de las normas de seguridad y salud en el trabajo por parte del trabajador.”

Sanción civil  Indemnización: Resarcir un daño causado.  Daño moral: Daño a la esfera moral, proyecto de vida.  Lucro cesante: Lo que dejo de percibir a partir del daño  Daño emergente: Todos los gastos hechos a partir del daño.

Sanción administrativa

Faltas Graves  Falta de orden y limpieza riesgosas para la integridad física 







y la salud. No reportar a la autoridad competente los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, cuando sean graves, muy graves o mortales. No llevar a cabo la investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener indicio que las medidas preventivas son insuficientes. No llevar a cabo: Las evaluaciones de riesgos y los controles periódicos de las condiciones de trabajo y de las actividades de los trabajadores. No realizar los reconocimientos médicos y pruebas de vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores.

Faltas muy graves  No observar las normas específicas en materia de

protección de la seguridad y salud de las trabajadoras durante los periodos de embarazo y lactancia, los trabajadores con discapacidad.  Designar a trabajadores en puestos cuyas condiciones sean incompatibles con sus características personales conocidas o sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud.  No guardar confidencialidad de información médica de los trabajadores.  Superar los límites de exposición a los agentes contaminantes que originen riesgos graves e inminentes para la seguridad y salud.

PRIORIDADES DE PATOLOGIA FORENSE 1.- PARTICIPAR ACTIVAMENTE DEL CSST. 2.- DESARROLLO DEL IPERC DEL SERVICIO (IDENTIFICACION DE PELIGROS Y EVALUACION DE RIESGOS Y SU CONTROL).

PERSONAL TECNICO

Tareas más importantes

Peligros

Tipos de Peligros

Exposición a formaldehido

Químico

Exposición a TBC – HIV entre otros

Biológico

Exposición a formaldehido

Químico

Exposición a TBC – HIV entre otros

Biológico

Exposición a formaldehido

Químico

Exposición a TBC – HIV entre otros

Biológico

Exposición a formaldehido

Químico

Traslado a Sala de Necropsias.

Traslado de muestras a Sala de Macroscopía.

Preparación de la macroscopia.

Preparación de insumos para la macroscopía.

Exposición a detergentes, Preparación de materiales para jabones e hipoclorito de sodio la macroscopia. Exposición a detergentes, Lavado de materiales de jabones e hipoclorito de sodio laboratorio. Traslado de láminas, bloques con tejidos parafinizados, recipientes con tejidos formolizados y elementos asociados.

Posturas inadecuadas

Químico

Químico Ergonómico

Exposición a formaldehido

Químico

Exposición a TBC – HIV entre otros.

Biológico

Almacenamiento de Láminas y Posturas inadecuadas. Bloques con tejidos parafinizados, tapers con tejidos formolizados y Exposición a formaldehido elementos asociados. Exposición a TBC – HIV entre otros

Ergonómico

Químico

Biológico

Riesgo Asociado Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Dermatitis de contacto Intoxicación Alergias Dermatitis de contacto Intoxicación Alergias Lumbalgia Mialgias Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA

Lumbalgia Mialgias Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA

TECNOLOGOS MEDICOS

Tareas más importantes

Traslado a Sala de Necropsias.

Peligros

Tipos de Peligros

Exposición a formaldehido Exposición a TBC – HIV entre otros

Químico

Recepción y Exposición a verificación de formaldehido muestras de Sala de Exposición a TBC – Necropsias HIV entre otros Exposición formaldehido Digitación de Descripción Macroscópica

Encasetamiento cortes tisulares

Biológico

Químico

Biológico

a Químico

la Exposición a TBC – HIV entre otros Posturas desfavorables

Biológico

Ergonómico

Exposición a formaldehido Exposición a TBC – de HIV entre otros Posturas desfavorables

Químico Biológico

Ergonómico

Exposición a xileno Químico Procesamiento de Tejidos.

Exposición metanol

a

Químico

Riesgo Asociado

Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis Intoxicación Cefalea Carcinogenicidad Mareos Náuseas

Exposición a TBC – HIV entre otros Inclusión de bloques en parafina.

Biológico

Posturas desfavorables Ergonómico

Exposición a frío y calor

Físico

Posturas desfavorables Ergonómico

Corte de tejidos en micrótomo

Exposición a polvillo de tejidos parafinados

Exposición a elementos cortantes

Química

Montaje y rotulación de láminas

Entrega de láminas al Médico Anatomopatólogo.

Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis Problemas respiratorios Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis

Alergias a nivel respiratorio

Cortes a nivel de piel y tejidos blandos Físico

Exposición a xileno Coloración de láminas

Tuberculosis pulmonar SIDA

Químico

Exposición a metanol

Químico

Exposición a xileno

Químico

Posturas desfavorables Ergonómico

Intoxicación Cefalea Carcinogenicidad Mareos Náuseas Intoxicación Cefalea Carcinogenicidad

Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis

MEDICOS ANATOMOPATOLOGOS

Tareas más importantes

Peligros

Asesoría en Sala de Exposición Necropsias formaldehido

Tipos de Peligros

a

Exposición a TBC – HIV entre otros Evaluación Macroscópica.

Evaluación Microscópica.

Exposición formaldehido

a

Químico

Biológico

Químico

Exposición a TBC – HIV entre otros

Biológico

Exposición a elementos cortantes

Físico

Posturas desfavorables

Riesgo Asociado

Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Dermatitis de contacto Intoxicación Carcinogenicidad Tuberculosis pulmonar SIDA Cortes a nivel de piel y tejidos blandos

Ergonómico

Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis

Elaboración del Posturas Informe Final desfavorables Histopatológico.

Ergonómico

Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis

Ingreso de Diagnósticos al Sistema Forensys.

Ergonómico

Cervicalgia Dorsalgia Tendinitis

Posturas desfavorables

3.- ELABORACION DEL MAPA DE RIESGOS.

4.- MONITORIZACION PERIODICA DE MEJORAS EN EL IPERC.

MAPA DE RIESGOS

PICTOGRAMAS

 5.- DISEÑO DE PUESTOS Y AMBIENTES DE TRABAJO DE ACUERDO A CADA PERFIL PROFESIONAL (TECNICO, TECNOLOGO MEDICO, MEDICO ANATOMOPATOLOGO).

6.- REALIZACION DE EXAMENES OCUPACIONALES DE ACUERDO A RIESGOS Y PUESTOS DE TRABAJO. - RIESGO DISERGONOMICO. - RIESGO PSICOSOCIAL. - RIESGO FISICO. - RIESGO QUIMICO. - RIESGO BIOLOGICO.

 TECNOLOGO MEDICO:

XILOL  NEUROTOXICO MARCADOR BIOLOGICO: ACIDO METILHIPURICO. • MEDICO ANATOMOPATOLOGO:

FORMOL  DISMINUCION DE CAPACIDAD PULMONAR  EPOC. MARCADOR BIOLOGICO: ACIDO FORMICO. OBJETIVO: MINIMIZAR EL RIESGO….PUES DEBIDO A LA NATURALEZA DE NUESTRO TRABAJO NO ES POSIBLE ELIMINARLO.

GRACIAS TOTALES!!!

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