MINISTERIO RESOLUCIONES RESOLUCIÓN NÚMERO 6624 DE 2012 (septiembre 27) SRUODFXDOVHPRGL¿FDSDUFLDOPHQWHOD5HVROXFLyQQ~PHURGHOGHHQHURGH \OD5HVROXFLyQQ~PHURGHOGHIHEUHURGHSRUODVFXDOHVVHGHOHJDQXQDV IXQFLRQHV\FRPSHWHQFLDVUHODFLRQDGDVFRQODFRQWUDWDFLyQGHELHQHV\VHUYLFLRVFRQGHVWLQRDO0LQLVWHULRGH'HIHQVD1DFLRQDODODV)XHU]DV0LOLWDUHV\OD3ROLFtD1DFLRQDO\VH GLFWDQRWUDVGLVSRVLFLRQHV El Ministro de Defensa Nacional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en particular las que le han sido conferidas por los artículos 211, 216 y 217 de la Constitución Política; 12 de la Ley 80 de 1993; 37 del Decreto 2150 de 1995; 110 del Decreto 111 de 1996; 9°, 10 y 12 de la Ley 489 de 1998; Ley 1150 de 2007, Decreto 4890 de 2011; Ley 1474 de 2011, Decreto-ley 019 de 2012; Decreto 0734 de 2012, y CONSIDERANDO: 4XHPHGLDQWH5HVROXFLyQQ~PHURGHOGHHQHURGHPRGL¿FDGDSRUODV5Hsoluciones número 0976 del 27 de febrero de 2012 y número 3467 del 4 de junio de 2012, se delegaron unas funciones y competencias relacionadas con la contratación de bienes y servicios con destino al Ministerio de Defensa Nacional, a las Fuerzas Militares y la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones. Que en el Título VII artículo 7° de la Resolución número 0001 del 2 de enero de 2012, PRGL¿FDGRSRUHODUWtFXORGHOD5HVROXFLyQQ~PHURGHOGHIHEUHURGHVH estableció que: ³6HUiQRUGHQDGRUHVGHOJDVWRGHODVREOLJDFLRQHVFRQWUDtGDVFRQFDUJRDFRQWUDWRVR FRQYHQLRVVXVFULWRVSRUHO'HVSDFKRGHO0LQLVWURGH'HIHQVD1DFLRQDORGHOD6HFUHWDUtD *HQHUDOGHO0LQLVWHULRHQFDGDXQLGDGHMHFXWRUDORVVLJXLHQWHVIXQFLRQDULRV &RPDQGR*HQHUDOGHODV)XHU]DV0LOLWDUHV *HVWLyQ*HQHUDO (MpUFLWR1DFLRQDO
4XHHO(MpUFLWR1DFLRQDOPHGLDQWH2¿FLRQ~PHUR0'1&*)0&( -(0-(/2*GHIHFKDGHDJRVWRGHVROLFLWDODSUHVHQWHPRGL¿FDFLyQHQHOVHQWLGR de indicar los ordenadores de pago cuando es la Agencia de Compras Ubicada en Fort Lauderdale la que contrata para las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Defensa Nacional.
LA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA Informa que como lo dispone el Decreto número 53 de enero 13 de 2012, artículo 3°, del Departamento Nacional de Planeación, a partir del 1° de junio de 2012 los contratos estatales no requieren publicación ante la desaparición del Diario Único de Contratación Pública”.
DE
DEFENSA NACIONAL
Que en mérito de lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE: $UWtFXOR0RGL¿FDUSDUFLDOPHQWHOD3ULPHUD3DUWHGHOD5HVROXFLyQGHOGH enero de 2012 en el Título VII artículo 7°PRGL¿FDGRSRUHODUWtFXORGHOD5HVROXFLyQ número 0976 del 27 de febrero de 2012, el cual quedará así: TÍTULO VII 25'(1$&,Ï1'(/*$672