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MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA (MTI)
INFORME DE AUDITORIA FINANCIERA Y DE CUMPLIMIENTO AL ESTADO DE EJECUCIÒN PRESUPUESTARIA POR EL PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Agosto de 2008
Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) Auditoria Financiera y de Cumplimiento al Estado de Ejecución Presupuestaria por el período del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006
ÍNDICE
Contenido
Página(s)
Carta de envío Antecedentes Objetivos Alcance Resultados de la Auditoria
1 1–2 2–5 6
Estado de Ejecución Presupuestaria Informe del Estado de Ejecución Presupuestaria Estado de ejecución presupuestaria Notas al Estado de ejecución presupuestaria
7 8 9– 13
Informe sobre el Control Interno Informe sobre el Control Interno Observaciones sobre el Sistema de Control Interno
14 – 15 16 – 28
Informe sobre el Cumplimiento de Leyes, Normas y Regulaciones Aplicables Informe sobre el cumplimiento con las leyes, normas y regulaciones aplicables. Hallazgo sobre el cumplimiento con leyes, normas y regulaciones aplicables. Resumen de cumplimiento con las Leyes, Normas y Regulaciones aplicables. Anexos
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30 – 33 34 – 57 58 – 62
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Managua, 05 de Agosto del 2008 Ingeniero Pablo Fernando Martínez Espinoza Ministro de Transporte e Infraestructura Su Despacho Estimado Ingeniero Martínez Espinoza: El presente informe contiene los resultados de nuestra Auditoria Financiera y de Cumplimiento al Estado de Ejecución Presupuestario efectuado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) por el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2006.
I. ANTECEDENTES La Credencial MCS-CGR-C-039-02-08 de fecha 25 de Marzo del 2008, tiene su origen en decisión tomada por Consejo Superior de la Contraloría General de la República para la realización de la Auditoria al Estado de Ejecución Presupuestaria correspondiente al período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2006 al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), a fin de dar cumplimiento al Plan Operativo de Auditoria (POA) del año 2008 de la Dirección General de Auditoria y con lo establecido en el Arto. 155, inciso 2 de la Constitución Política de la República de Nicaragua. II. OBJETIVOS DE LA AUDITORÍA Objetivo General El objetivo General es realizar una Auditoría Financiera y de Cumplimiento al Estado de Ejecución Presupuestaria del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), por el período del 01 de enero al 31 de diciembre de 2006, con los alcances que permitan emitir una opinión profesional sobre la presentación razonable de la ejecución del presupuesto asignado al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), por el año finalizado al 31 de diciembre de 2006, de conformidad a la Ley 569, Ley Anual de Presupuesto General de la República del año 2006, Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario del año 2006, Ley 550, Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario. Objetivos Específicos: 1. Emitir una opinión sobre si el Estado de Ejecución Presupuestaria del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) presenta razonablemente en todos sus aspectos importantes, los fondos asignados y ejecutados al 31 de diciembre de 2006, de conformidad a la Ley 569, Ley Anual de Presupuesto General de la República del año 2006, Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario del año 2006, Ley 550, Ley de Administración Financiera y de Régimen Presupuestario.
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2. Emitir un informe sobre el Control Interno del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), objeto de nuestro examen. 3.
Emitir una opinión con respecto al cumplimiento de la Administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), con los convenios, contratos, leyes y regulaciones aplicables. III. ALCANCE DE LA AUDITORIA
Efectuamos nuestra Auditoría de acuerdo a las Normas de Auditoria Gubernamental de Nicaragua (NAGUN), emitidas por la Contraloría General de la República, en lo aplicable a este tipo de Auditoría. Estas normas requieren que planifiquemos y ejecutemos la Auditoría a fin de obtener una seguridad razonable acerca de si el estado de ejecución presupuestaria esta libre de errores significativos. Una auditoría incluye examinar, sobre una base selectiva, la evidencia que respalda los montos y las revelaciones en el Estado de Ejecución Presupuestaria. Una auditoría también incluye evaluar tanto los Principios de Contabilidad utilizados y las estimaciones significativas hechas por la administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), así como la presentación general del Estado de Ejecución Presupuestaria. Consideramos que nuestra auditoria proporciona una base razonable para nuestra opinión. Los procedimientos de Auditoría más importantes que aplicamos para cumplir con los objetivos de Auditoría, por el año terminado al 31 de diciembre de 2006, se detallan a continuación: Generales 1. Obtuvimos un entendimiento de la administración, políticas y actividades que desarrolló el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), sobre los Proyectos seleccionados en nuestra muestra y ejecutados en el año 2006, siendo: 1) Pavimentación Carretera Costanera Litoral Sur (Estudio y Diseño); 2) Drenaje de Carretera; 3) Construcción de Carretera Entrada Inta Proinco Km 17 ½ (Estudio y Diseño); 4) Rehabilitación de Caminos Intermunicipales; 5) Mejoras en la Carretera Rio Blanco Puerto cabezas; 6) IV Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento; 7) Revestimiento de Carretera; 8)Programa Especial de Reparación y Construcción a daños causados por temporada de invierno (Caminos Cafetaleros); 9) Rehabilitación Carretera Tipitapa Las Flores 10)Rehabilitación de Carreteras; 11) Proyecto Vial de Competitividad Zona II, 12) Plan Vial Competitividad Zona III (León, Matagalpa, Jinotega) (Parcial), 13) Pavimentación Carretera Acoyapa San Carlos (Estudio y Diseño) 2. Evaluamos el riesgo inherente y de control por objetivo de auditoria, para determinar la naturaleza, oportunidad y alcance de los procedimientos de Auditoría. 3. Preparamos los programas de Auditoría y especificamos los criterios de medición, basados en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley Anual del Presupuesto General de la República de 2006, Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario para el año 2006, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y demás regulaciones aplicables. 2
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4. De conformidad al Arto. 82 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República; mediante cartas se notificaron a los empleados y funcionarios el inicio de la Auditoría, entre las fechas comprendidas del 22/04/08 al 05/05/08. 5. En cumplimiento a lo prescrito en el Arto. 26 numeral 4) de la Constitución Política de Nicaragua y Arto. 82 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, en fechas 18; 21 y 24 de Julio del año 2008, se discutieron los resultados de la auditoria, firmando Actas de discusión donde obtuvimos los comentarios de los funcionarios relacionados con los mismos. 6. Estuvimos alerta a la posible existencia de errores y fraudes que pudieran ocurrir según lo establecido en las Normas de Auditoría Gubernamental de Nicaragua (NAGUN), y conducir a una representación errónea de importancia relativa en el proceso de ejecución presupuestaria. Control Interno 1. Evaluamos el control interno, describiendo los controles de los sistemas de Presupuesto, Contabilidad, Compras de Bienes y Servicios, Ingresos, Egresos y Nómina. 2. Evaluamos los procedimientos de control interno establecidos para la preparación, revisión y emisión de cheques en concepto de servicios personales, no personales y bienes de uso, realizados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) en la ejecución de los proyectos durante el período revisado. 3. Con base en el entendimiento suficiente sobre el Control Interno evaluamos los riesgos de control determinando la naturaleza, extensión y oportunidad de las pruebas de auditoria a ser efectuadas. 4. Enfocamos nuestra evaluación del control interno, el ambiente de control y los procedimientos de contabilidad relacionados con la habilidad del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) para registrar, procesar y presentar información financiera consistente con las aseveraciones del Estado de Ejecución Presupuestaria. 5. Evaluamos la efectividad del control interno del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) para prevenir o detectar errores de importancia en el Estado de Ejecución Presupuestaria del 01 de enero al 31 de diciembre de 2006. Ingresos 1.-
Seleccionamos una muestra del 68%, equivalente a la cantidad de C$26,142,956.09 (Veintiséis Millones Ciento Cuarenta y Dos Mil Novecientos Cincuenta y Seis Córdobas con 09/100), del total de ingresos captados en la Fuente 12 “Rentas con Destino Específico”.
2.-
Revisamos los Comprobantes Únicos Contables de Ingresos (CUC), Recibos Oficiales de Caja y Minutas de Depósitos que respaldan el monto analizado.
3.-
Revisamos las Conciliaciones Bancarias que elabora la Oficina de Contabilidad del MTI,
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correspondientes a las Cuenta Corrientes Nos. 10012403045801 del Banco de la Producción (BANPRO); No. 1000012722 de Banco de Finanzas (BDF); No. 100218283 del Banco de Crédito Centroamericano (BANCENTRO); No. 2403047021 del Banco de la Producción (BANPRO); No. 100208296 del Banco de Crédito Centroamericano (BANCENTRO); y No. 1715133594 del Banco de la Producción (BANPRO). Egresos 1. Seleccionamos una muestra del cincuenta y nueve por ciento (59%) equivalente a la cantidad de C$529,907,388.90 (Quinientos Veinte y Nueve Millones Novecientos Siete Mil Trescientos Ochenta y Ocho Córdobas con 90/100) del total de los gastos ejecutados en el Sistema Integrado de Gestión Administrativa Financiera y Auditoria (SIGFA), por C$898,373,155.72 (Ochocientos Noventa y Ocho Millones Trescientos Setenta y Tres Mil Ciento Cincuenta y Cinco Córdobas con 72/100); se seleccionó una muestra de trece (13) Proyectos ejecutados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) en el año 2006, los cuales citamos a continuación: 1. Rehabilitación de Carretera 2. Rehabilitación Carretera Tipitapa Las Flores 3. Proyecto Vial de Competitividad de la Zona II; 4. Plan Vial Competitividad Zona III (León, Matagalpa, Jinotega); 5. Estudio de Factibilidad y Diseño para la Pavimentación de Carretera Acoyapa San Carlos; 6. Mejoras en la Carretera Rio Blanco Puerto Cabezas; 7. Revestimiento de Carretera 8. Rehabilitación de Caminos Intermunicipales; 9. Drenaje de Carretera; 10.Programa Especial de Reparación y Construcción a Daños causados por temporada de invierno (Caminos Cafetaleros); 11. IV Programa de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras); 12.Pavimentacion Carretera Costanera Litoral Sur (Estudio y Diseño) 13) Construcción de Carretera Entrada Inta Proinco Km 17 ½ (Estudio y Diseño. 2. Evaluamos los procedimientos de control establecidos para el registro, clasificación y autorización de los Comprobantes Únicos Contables (CUC) de los proyectos señalados relativo al pago de Adelantos, Avalúos e Impuestos; Servicios Personales, Servicios No Personales y Bienes de Uso, así como cheques en concepto de compra de bienes y servicios, emitidos durante el período del 01 de Enero al 31 de Diciembre de 2006. 3. Se verificó a través de pruebas selectivas que los documentos que soportan los desembolsos efectuados hayan sido suficientes y competentes. 4. Efectuamos evaluación de los procedimientos de adquisición de bienes y/o servicios utilizados por el MTI. 5. Obtuvimos Informe Técnico elaborado por la especialista asignada a nuestra auditoria, relacionado con el análisis efectuado de la documentación técnica a la muestra de seis Proyectos seleccionados y ejecutados en el año 2006, siendo: 1) Mejoras en la Carretera Rio Blanco Puerto Cabezas; 2) Revestimiento de Carreteras; 3) Rehabilitación de Caminos Intermunicipales; 4) Drenaje de Carreteras; 5) Programa especial de Reparación y Construcción a daños causados por temporada de Invierno (Caminos Cafetaleros); 6) Rehabilitación de carretera Tipitapa Las Flores; así como de las visitas In Situ realizada en
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fechas 02, 03 y 04 de julio 2008. Cuyas conclusiones fueron las siguientes: a) Comprobación que en los proyectos seleccionados, se cumplieron los procedimientos de control interno, el debido proceso para la formulación ejecución de los proyectos de inversión, la ejecución de desembolsos por la ejecución de los proyectos de inversión están soportadas debidamente. Físicamente, se encuentran revisados y firmados por la empresa contratada, con la autorización de la supervisión y el departamento de vialidad del MTI Financieramente, se revisaron los CUC los que concuerdan con los fondos pagados y ejecutados y el cumplimiento de los convenios, contratos, acuerdos, leyes, normativas y reglamentos aplicables en la ejecución de los proyectos de inversión han cumplido en toda su proceso. b) En cuanto al manejo de la información de los proyectos seleccionados, se pudo comprobar que fueron ejecutados en el 2006 y cuentan con todos los documentos correspondientes a cada una de las etapas de ejecución de las obras, programación Física, programación Financiera, Equipo Utilizados, Personal administrativo y de Campo y con los soporte de los avalúo a ser cancelados, autorización para su debido pago, y actas de recepciones de las obras en cada etapa. Se encontraron evidencias del cumplimiento del Contrato y ejecución, y comprobamos que su totalidad y la ejecución de los informes están debidamente soportados. c) Referente a la visita técnica realizada en los tramos de Rehabilitación y Reparación de Caminos Intermunicipales, Drenaje de Carreteras, Programa Especial de Reparación Y Construcción a daños Causados por Temporada de Invierno 2005, Revestimiento de Carreteras hay evidencia de que se ejecutaron los proyectos en su debido momento concuerdan lo contratado con lo físico, al margen que a estos por su carácter se le deberían de dar mantenimiento anualmente lo cual en mucho de ellos no se realizan los mantenimientos debido a la distancia y ubicación de estos. Leyes y regulaciones. 1. Identificamos y analizamos las leyes, normas, y regulaciones aplicables y determinamos aquellas que, en caso de incumplimiento podrían tener un efecto importante sobre el estado de Ejecución Presupuestaria al 31 de diciembre de 2006. 2. Comprobamos que las transacciones relacionadas con inversiones de fondos externos cumplieran con el contenido de dichos contratos, las leyes y reglamentos aplicables y que estuvieran contabilizadas adecuadamente. 3. Diseñamos procedimientos de Auditoría sobre el cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables que proporcionaran una base aceptable para detectar errores, irregularidades o casos intencionales o no intencionales de incumplimiento con los términos de los convenios, leyes y regulaciones aplicables que pudieran tener un efecto significativo sobre el Estado de Ejecución Presupuestario realizado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI).
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IV. RESULTADO DE LA AUDITORIA Estado de Ejecución Presupuestaria No pudimos comprobar en nuestro alcance, la documentación soporte de los ingresos de la Fuente 12 “Rentas con Destino Especifico” hasta la suma de C$ 3, 017,246.03 (Tres millones diecisiete mil doscientos cuarenta y seis córdobas con 03/100. Como producto de la falta de elaboración de los Comprobantes Únicos Contables de Ingresos y la presentación de la documentación soporte. En nuestra opinión, excepto por los efectos sobre el Estado de Ejecución Presupuestaria del asunto a que nos referimos en el párrafo precedente, el Estado de Ejecución Presupuestaria presenta razonablemente los fondos asignados y los gastos ejecutados del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) durante el período del 01 enero al 31 de diciembre de 2006, de acuerdo con la base de contabilidad descrita en la Nota 2. Control Interno Nuestra consideración sobre el Control Interno no necesariamente revelaría todos los aspectos de Control Interno que podrían considerarse debilidades significativas. Una debilidad significativa es una condición que debe ser informada, en el cual el diseño y la operación de los elementos específicos de Control Interno no reduce a un nivel relativamente bajo, el riesgo de que ocurran errores o irregularidades, en montos que serían importantes en relación con el estado de los fondos asignados y ejecutados al 31 de diciembre de 2006 y no sean detectados oportunamente por los funcionarios en el curso normal de sus funciones. Nuestras pruebas no revelaron asuntos relacionados con el Control Interno significativos como se define anteriormente. Sin embargo, nuestra revisión reveló ciertas condiciones que llaman la atención relacionadas con la Estructura de Control Interno y su operación que fueron reportadas a la administración, y que estamos emitiendo un informe por separado conteniendo las recomendaciones que ayuden a superarlas. Cumplimiento de Leyes, Normas y Regulaciones Aplicables Los resultados de nuestras pruebas revelaron por las transacciones examinadas que el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) cumplió, en todos los aspectos importantes con las Leyes, Normas y Regulaciones que le son aplicables. Con respecto a las transacciones no examinadas, ningún asunto llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) no cumplió en todos los aspectos importantes, con dichas Leyes, Normas y Regulaciones. Este informe fue discutido con representantes del Ministerio de Transporte, quienes estuvieron de acuerdo con su contenido.
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Managua, 05 de Agosto de 2008 Señor Ministro de Transporte e Infraestructura Ingeniero Pablo Fernando Martínez Espinoza Su Despacho. Estimado Ingeniero Martínez: INFORME DEL ESTADO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA Hemos efectuado la auditoría al Estado de Ejecución Presupuestaria del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), por el período del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2006. Este estado es responsabilidad de la administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre la Ejecución del Presupuesto del año 2006, basados en nuestra auditoría. Excepto por lo descrito en el siguiente párrafo, nuestro trabajo se efectuó de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental de Nicaragua (NAGUN) emitidas por la Contraloría General de la República. Estas normas requieren que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si la Ejecución Presupuestaria efectuada está libre de errores u omisiones significativas. Una auditoría incluye examinar sobre una base selectiva, la evidencia que respaldan los saldos y las revelaciones incluidos en el Estado de Ejecución Presupuestaria. También incluye la evaluación de los Principios de Contabilidad utilizados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) para el registro de sus operaciones. Consideramos que nuestra auditoría proporciona una base razonable para nuestra opinión. No pudimos comprobar en nuestro alcance, la documentación soporte que respaldan las operaciones de ingresos de la Fuente 12 “Rentas con Destino Especifico” hasta la suma de C$ 3, 017,246.03 (Tres millones diecisiete mil doscientos cuarenta y seis córdobas con 03/100. Como producto de la falta de elaboración de los Comprobantes Únicos Contables de Ingresos y la presentación de la documentación soporte. En nuestra opinión, excepto por los efectos sobre el Estado de Ejecución Presupuestaria del asunto a que nos referimos en el párrafo precedente, el Estado de Ejecución Presupuestaria presenta razonablemente los fondos asignados y los gastos ejecutados del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) durante el período del 01 enero al 31 de diciembre de 2006, de acuerdo con la base de contabilidad descrita en la Nota 2. Es entendido que este informe es para uso de la Administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), sin embargo una vez autorizado por el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, es un asunto de interés público y su distribución no es restringida.
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Estado de Ejecución del Presupuesto Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2006 (Expresado en Córdobas)
Descripción
Presupuesto Actualizado
Presupuesto Devengado
Saldo Por Devengar (Nota 9)
Presupuesto General Año 2006 (Nota 4) Servicios Personales (Nota 5)
148,625,937.02
147,502,086.77
1,123,850.25
Servicios No Personales (Nota 6)
172,308.137.00
123,065,120.30
49,243,016.70
Materiales y Suministros (Nota 7)
20,915,201.74
18,667,712.74
2,247,489.00
Bienes de Uso (Nota 8)
1,074,506,540.24
609,138,235.91 465,368,304.33
TOTALES
1,416,355.816.00
898,373,155.72
517,982,660.28
Las Notas del 1 al 9 son parte integral de este Estado de Ejecución del Presupuesto.
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Nota 1- Constitución y finalidad El 20 de Julio de 1979 la Junta de Reconstrucción Nacional promulga el Decreto No. 06 que contiene la Ley Creadora de los Ministerios de Estado, Decreto en el que se crea el “Ministerio de Transporte y Obras Públicas”. El 27 de Diciembre de 1979 por Decreto No. 223 se reforma el Decreto No. 6 del 20 de Julio de 1979 o Ley Creadora de los Ministerios del Estado, creándose así el “Ministerio de Transporte” y el “Ministerio de Construcción”. A inicios de 1988 con el objetivo de lograr un mejor ordenamiento del aparato estatal y un eficiente aprovechamiento del recurso del país, es impulsado el proceso de compactación del estado, en el cual los Ministerio de Construcción, Transporte y Vivienda se fusionan dando origen al “Ministerio de Construcción y Transporte” (M.C.T), el cual fue creado por Decreto No. 328 del 06 de abril de 1988 y su Ley Orgánica se encuentra en el Decreto No. 378 del 13 de junio de 1988, publicado en La Gaceta No. 139 del 22 de julio de 1988. De conformidad a La Gaceta Diario Oficial No. 102 del 3 de Junio de 1998, Ley No. 290 al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) le corresponden las funciones siguientes: a) Organizar y dirigir la ejecución de la política sectorial y coordinar la planificación indicativa con el Ministerio de Gobernación y los municipios en los sectores de tránsito y transporte, así como en infraestructura de transporte. b) Con el Ministerio de la Familia y organismos correspondientes lo relativo a los sectores de vivienda y asentamientos humanos; dirigir, administrar y supervisar, en forma directa o delegada la conservación y desarrollo de la infraestructura de transporte. c) Formular y establecer las políticas tarifarias de transporte público y dictar las tarifas pertinentes, en el ámbito de su competencia. d) Conceder la administración, licencias y permisos para los servicios de transporte público en todas sus modalidades, nacional o internacional a excepción del nivel intra-municipal y autorizar la construcción de puertos marítimos, lacustres, cabotaje y fluviales, terminales de transporte aéreo o terrestre y demás infraestructuras conexas para uso nacional o internacional. Nota 2- Base de Registro El Estado de Ejecución Presupuestaria del año 2006, registra sus operaciones presupuestarias utilizando la base de recepción de fondos asignados y gastos ejecutados, por lo tanto, los ingresos son registrados cuando se reciben, y los gastos cuando se pagan. Nota 3- Unidad Monetaria La Unidad monetaria de la República de Nicaragua es el Córdoba representado por el signo C$. El Gobierno de la República de Nicaragua, a través del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua emite la resolución CD-BCN-III-1-93 en la que establece el valor externo del córdoba con relación al dólar de los Estados Unidos de Norte América, en Seis Córdobas por cada dólar (C$ 6.00 x US $1.00). 9
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A partir del 11 de enero de 1993, la referida tasa de cambio oficial, se ha venido ajustando diariamente. Al 31 de diciembre de 2006, la tasa de cambio oficial del córdoba respecto al dólar de los Estados Unidos de Norteamérica, era de: C$ 18.0028 (Dieciocho córdobas con 0028/100) por US $ 1.00 Nota 4- Asignación Presupuestaria La asignación presupuestaria para el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), durante el período comprendido del 01 de enero al 31 de diciembre de 2006, se realizaron por las siguientes fuentes de financiamiento en el presupuesto ejecutado por este Ministerio: GASTO CORRIENTES 11 12
Rentas del Tesoro Rentas con Destino Específico
C$
41,118,628.00 41,890,000.00
C$
256,504,931.00 101,814,525.00 87,643,000.00 677,867,953.00 209,516,779.00
GASTO CAPITAL 11 14 18 52 53
Rentas del Tesoro Rentas del Tesoro / Alivio Banco Mundial Rentas del Tesoro / Alivio BID Préstamos Externos Donaciones Externas
Total Ingresos Asignados
C$ 1,416,355,816.00
Nota 5- Servicios Personales Comprenden los egresos en concepto de servicios prestados por el personal ordinario y extraordinario del Ministerio de Transporte e Infraestructura. Incluye los sueldos de cargos permanentes, los aportes patronales, las prestaciones sociales, los pagos de vacaciones, beneficios sociales y compensaciones, entre otros. Servicios Personales Descripción Importe Ejecutado Sueldos Cargos Permanente C$ 25,098,243.69 Décimo Tercer Mes 2,261,297.45 Aporte Patronal 3,984,648,67 Compensación por Antigüedad 2,835,462.64 Sueldos cargos transitorios 74,563,466.55 Aporte Patronal Personal 13,848,719.99 Otro Personal Transitorio 6,566,901.22 Jornales Corrientes 122,269.36 Beneficios Sociales al Trabajador 4,570,441.99 Jornales por Séptimo día 16,791.60 Jornales por Décimo Tercer Mes 7,235,327.06 Pasan 141,103,570.2
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Vienen Horas extraordinarias Personal Pago por Vacaciones Despidos Otros Beneficios y Compensac Aporte Patronal al Inatec Total Servicios Personales
141,103,570.2 1,362,873.77 383,470.77 2,747,496.16 15,222.00 1,889,453.85 C$ 147,502,086.77
Nota 6- Servicios No Personales Comprenden los servicios para el funcionamiento de los Entes Públicos incluidos los que se destinan a conservación y reparación de bienes de capital, aquellos servicios básicos de arrendamientos y derechos, servicios de mantenimiento, reparación y limpieza, servicios técnicos y profesionales, entre otros. Servicios No Personales Descripción Teléfonos, Télex y Telefax Alquiler de Edificios y Locales Alquiler de Maquinaria, Equipos Alquiler de Fotocopiadora Energía Eléctrica Telefonía Celular Nacional Correos y Telégrafos Interno Mantenimiento y Reparación Agua y Alcantarillado Otros servicios básicos Publicidad y Propaganda Imprenta y Publicaciones Limpieza Aseo y Fumigación Prima y Gastos de Seguros Estudios, Investigaciones Retribución por Estudios Cursos de Capacitación De Informática y Sistemas Otros Servicios Técnicos Viáticos y Pasajes para el Interior Viáticos y Pasajes para el Exterior Atenciones Sociales Servicios de Vigilancias Otros Servicios No Personales Total Servicios No Personales
Importe Ejecutado 2,286,183.02 383,018.10 120,000.00 794,505.00 7,108,414.57 1,220,524.72 98,029.21 3,474,903.81 797,010.01 395,434.10 1,163,765.44 1,156,507.91 4,500.00 691,695.51 35,176,300.47 13,055,898.40 5,285,546.63 99,582.90 5,313,459.75 17,488,843.12 1,440,195.75 979,470.59 794,630.35 23,736,700.94 C$ 123,065,120.30
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Nota 7- Materiales y Suministros Materiales y Suministros comprende aquellos consumibles para el funcionamiento del Ministerio de Transporte e Infraestructura, tales como: útiles de oficina, repuestos y accesorios, combustible y lubricantes, llantas y neumáticos, entre otros. Materiales y Suministros Descripción Importe Ejecutado Alimentos para Personas 313,900.3 Bebidas No Alcohólica 142,276.97 Hilados y Telas 168,365.68 Vestuarios 308,009.92 Elementos compuestos 57,543.15 Papel de Escritorio y Cartón 324,697.42 Libros, Revista y Periódicos 108,210.46 Calzado y artículos 43,691.94 Llantas y Neumáticos 513,278.35 Combustibles y Lubricantes 8,361,828.07 Productos Medicinales 46,844.76 Útiles de Oficina 620,094.82 Otros Productos Químicos 1,010,515.53 Artículos para Instalaciones 111,170.64 Repuestos y Accesorios 5,833,869.08 Productos Sanitarios y Útiles Domésticos 48,434.44 Otros Materiales y Suministros 521,233.61 Otros 133,747.60 Total Materiales y Suministro C$ 18,667,712.74 Nota 8- Bienes de Uso Bienes de Uso corresponde a la adquisición o construcción de bienes de capital que aumentan el activo de las entidades del sector público en un período dado, siendo éstos los bienes físicos, construcciones y/o equipos que sirven para producir otros bienes o servicios. Presentamos los 36 Proyectos ejecutados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) en el año 2006. (Véase anexo I) Bienes de Uso Descripción Importe Ejecutado Tierra y Terrenos C$ 4,293,575.23 Construcciones de bienes de uso 596,706,866.68 Equipo de Oficina y Mueble 530,597.00 Equipos para computación 1,439,592.93
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Maquinaria y equipo de trabajo Software Otros Total Bienes de Uso
6,100,000.00 45,057.19 22,546.88 C$ 609,138,235.91
Nota 9.- Saldo por Devengar al 31 de Diciembre del 2006. El saldo por devengar al 31 de Diciembre del 2006l asciende a la cantidad de C$ 517, 982,660.28 (Quinientos Diecisiete Millones Novecientos Ochenta y Dos Mil Seiscientos Sesenta Córdobas con 28/100), equivalen al 36.57% del presupuesto aprobado y corresponden a Créditos Presupuestarios que fueron autorizados por la Asamblea Nacional, para la Ejecución Presupuestaria del Ministerio de Transporte e Infraestructura, (MTI). En vista que dichos fondos no fueron solicitados ni ejecutados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) no los transfirió a dicha Institución; por lo tanto, según afirmación de la Licenciada Marianela Camacho Calderón Directora Financiera del MTI, este Saldo por Devengar al 31 de Diciembre del 2006, se encuentran en la Tesorería General de la República.
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Managua, 05 de Agosto de 2008 Señor Ministro de Transporte e Infraestructura Ingeniero Pablo Fernando Martínez Espinoza Su Despacho. Estimado Ingeniero Martínez: INFORME SOBRE EL CONTROL INTERNO Hemos efectuado la auditoría del Estado de Ejecución Presupuestaria del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), durante el período del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2006, y hemos emitido nuestro informe sobre el mismo con fecha 5 de Agosto de 2008. Efectuamos nuestra auditoría de conformidad con las Normas de Auditoría Gubernamental de Nicaragua (NAGUN) emitidas por la Contraloría General de la República. Estas normas requieren que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si la Ejecución Presupuestaria efectuada está libre de errores importantes. En la planeación y ejecución de nuestra auditoría al Estado de Ejecución Presupuestaria por el año que terminó el 31 de diciembre de 2006, consideramos su estructura de control interno para determinar nuestros procedimientos de auditoría con el propósito de expresar una opinión sobre dicho estado y no para proporcionar seguridad sobre control interno. La Administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) es responsable de establecer y mantener el control interno. Para cumplir con esta responsabilidad la administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) debe hacer estimaciones y juicios para evaluar los beneficios esperados y los costos relativos a dichos controles. El propósito del control interno es obtener una razonable certeza del logro de los objetivos relacionados con la seguridad de la información financiera, con la efectividad y eficiencia de las operaciones y con el cumplimiento de las leyes y regulaciones aplicables al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) Debido a las limitaciones inherentes en el control interno, pueden ocurrir errores o irregularidades y no ser detectadas. Además la proyección de cualquier evaluación de Control Interno esta sujeta al riesgo de que los controles puedan volverse inadecuados debido a los cambios en las condiciones, o que la eficacia del diseño y operación del control interno pueda deteriorarse. Nuestra consideración sobre el Control Interno no necesariamente revela todos los aspectos de control que pudieran considerarse deficiencias importantes. Una deficiencia importante es una condición reportable en donde el diseño u operación de uno o más de los componentes del control interno, no reduce a un nivel relativamente bajo el riesgo de que pudieran ocurrir errores o irregularidades en cifras que podrían ser importantes en relación con el Estado de Ejecución Presupuestaria que esta siendo examinada, sin ser detectados por los empleados dentro de un período oportuno, en el curso normal del desempeño de sus funciones asignadas.
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Las observaciones y recomendaciones de control interno adjuntas, fueron discutidas con funcionarios del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), quienes estuvieron de acuerdo con las mismas. Es entendido que este informe es para uso de la Administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), sin embargo una vez autorizado por el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, es un asunto de interés público y su distribución no es restringida.
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MINISTERIO DE TRANSPORTE E INFRAESTRUCTURA (MTI) OBSERVACIONES SOBRE EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO 1.- Ausencia de registro de Ingresos de la Fuente 12 Rentas con Destino Específico por la cantidad de C$ 3, 017,246.03 (Tres Millones Diecisiete Mil Doscientos Cuarenta y Seis córdobas con 03/100) Condición: Mediante revisión a la Cuenta Corriente No 10012403045801 del Banco de la Producción (BANPRO) no fue posible identificar los Comprobantes Únicos Contables de Ingresos de la Fuente 12 Rentas con Destino Específico por la cantidad de C$ 3,017,246.03 (Tres Millones Diecisiete Mil Doscientos Cuarenta y Seis córdobas con 03/100), así como la documentación de respaldo, la cual no fue puesta a nuestra disposición para su revisión, de los meses siguientes: Octubre 2006 el valor ascienden a la cantidad de C$ 1,126,085.69 (Un Millón Ciento Veintiséis Mil Ochenta y Cinco Córdobas con 69/100); en Noviembre 2006 a la cantidad de C$ 972,143.98 (Novecientos Setenta y Dos mil Ciento Cuarenta y Tres Córdobas con 98/100) y Diciembre 2006 por la suma de C$ 919,016.36 (Novecientos Diecinueve Mil Dieciséis Córdobas con 36/100). Criterio: Los Procedimientos para el Registro de Ingresos por Rentas con Destino Específico establecen Procedimientos Operativos en los Organismos, 4.1 Captación de los Ingresos de las Rentas con Destino Específico DAF´s, inciso b), numeral 3, establece: Al final del día elaborará un Reporte Diario de los Ingresos totales captados mediante Minutas de Depósito Certificadas, clasificando por tipo de concepto de Rentas con Destino Específico; y numeral 5, el cual expresa que la Unidad Contable de la DAF´s establecerá un Archivo con las copias de las Minutas Certificas junto con los Recibos Oficiales de Caja y el Reporte Diario, para fines de control y verificación posteriores, por parte de las instancias de control a priori y a posteriori. Numeral 6.- Conciliación de las Minutas de Depósito versus los conceptos recaudados a nivel de DAF´s y Unidades Ejecutoras, inciso 2) DAF´s de las instituciones recaudadoras, el cual establece: La Dirección Financiera de las DAF´s de las instituciones tienen la responsabilidad de realizar y aplicar los procedimientos de control interno que permitan confirmar y verificar que los registros efectuados en los CUC de Ingresos están conciliados con el físico de las minutas de depósito certificadas por los conceptos de Rentas con Destino Específico, que ellos están percibiendo departe de los clientes. También conciliaran los conceptos por cada minuta de depósito. Este proceso será aplicado diariamente, de tal manera que no se acumulen los movimientos de todo el mes. Las DAF´s podrán generar los Estados de Cuenta de las cuentas recaudadoras desde el Subsistema de Tesorería (SITE).
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Las Normas Técnicas de Control Interno (Apéndice I), establecen lo siguiente: Norma 1.- Organización Administrativa. Numeral 1.11.- Archivo de Documentación.- La documentación de respaldo de las operaciones que realice la Entidad, deberá ser archivada siguiendo un orden lógico, de fácil acceso y utilización. Deberá ser conservada adecuadamente, preservándola de cualquier contingencia, por el tiempo mínimo que señalan las disposiciones legales sobre la materia. Causa: El Departamento de Tesorería manifestó que la situación señalada se debió a que las Direcciones recaudadores del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) en el año 2006 le remitieron de forma tardía los Informes de Ingreso con sus Minutas de Depósito; y una vez que el Sistema Integrado de Gestión Financiera y Administrativa (SIGFA) se cierra al finalizar el año presupuestario es imposible realizar el registro pendiente. Efecto: Consideramos que la falta de registro oportuno de los ingresos limita la seguridad de las cifras presentadas por el MTI correspondientes a la recaudación realizada en el año 2006, originando una diferencia no justificada en relación a las cifras presentadas por el SIGFA. Comentario de la Administración: Según carta de la Licenciada María López Arias, Responsable de la Oficina de Tesorería con fecha del 11 de Junio del 2008, dirigida a la Licenciada Cora Molina M, Responsable de Contabilidad, nos manifestó lo siguiente: “Las minutas de depósito que no fueron registradas en los CUC de Ingresos de los meses de Octubre, noviembre y diciembre del 2006 por el monto de C$ 3,017,246.03 se encuentran debidamente archivadas en la Oficina de Tesorería, debido principalmente a que las Direcciones recaudadoras del MTI, remiten de forma tardía los informes de ingresos con sus minutas de depósitos, y el sistema (SIGFA), ya se encuentra enllavado para poderlas ingresar al sistema, producto que las normas de cierre del presupuesto, prevé su cierre en los primeros días de enero del año siguiente. Otras de las razones de esta situación, fue la reducción de la jornada laboral, los constantes cortes de energía eléctrica, y que a finales de ese año la Auditoría Interna realizó una auditoria a las cuentas bancarias recaudadoras de las Rentas con Destino Específico (RCDE), y esto atrasó por más de dos meses el ingresos de las minutas de depósito al sistema, ya que les fueron prestadas a los auditores internos para la realización de su trabajo, que estaba relacionado con la entrega al nuevo gobierno para el año 2007. Así mismo, queremos expresar que las minutas de depósito no ingresadas al sistema, se encuentran debidamente archivada en la Oficina de Tesorería”.
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Comentario del auditor: Consideramos que todas las Instituciones del Sector Gubernamental, deben apegarse al fiel cumplimiento de las Leyes y Normas vigentes que emiten los Organismos que los regulan. La Administración debió de prever los inconvenientes presentados por la Licenciada María López Arias, Responsable de la Oficina de Tesorería del MTI y de ser posible, asegurar la disponibilidad de personal para ejecutar las actividades señaladas considerando la falta de luz y la disminución del horario laboral. Recomendación: Que la Administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), gire instrucciones a las Direcciones responsables de la recepción de las Minutas de Depósito para la remisión de ésta documentación al Departamento de Tesorería de forma oportuna, que asegure el debido registro y conciliación en el tiempo previsto; así mismo, Tesorería debe remitir a Contabilidad los reportes requeridos con la documentación soporte. 2.- Diferencias entre el Estado de Resultados emitidos por el MTI y el PRPSIER012A Condición: En revisión a las cifras de Ingresos de la Fuente 12 “Rentas con Destino Especifico” que revela el Sistema Integrado de Gestión Financiera y Auditoría (SIGFA), según Reportes CUC de Ingresos por Fuente y Cuenta Monetaria (Reporte PRPSIER012A), emitidos en los meses de Enero a Diciembre de 2006, contra el Estado de Resultado emitido por la Oficina de Contabilidad del MTI, a la misma fecha, comprobamos que existe diferencia hasta por la cantidad de C$ 1,187,111.93 (Un Millón Ciento Ochenta y Siete Mil Ciento Once Córdobas con 93/100), la cual se detalla a continuación: Fecha de Emisión 31/12/2006
Estado de Resultado del MTI C$ 39,769,272.09
SIGFA - Reportes PRPSIER012A C$ 38,582,160.16
Diferencia C$ 1,187,111.93
Criterio: Normas Técnicas de Control Interno, Norma 6.- Contabilidad Integrada, Numeral 6.1.Contabilidad Integrada establece: La Contabilidad Gubernamental deberá integrar las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema común, oportuno y confiable, destino y fuente de los datos expresados en términos monetarios. El sistema se sujetará a los preceptos señalados por las Normas que expida el Organismo Rector correspondiente.
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Normas Técnicas de Control Interno, Norma 6.- Contabilidad Integrada Numeral 6.2.- Sistema de Información Financiera. El Sistema Contable establecido por el Organismo Rector correspondiente, será el único medio de información financiera derivado de las operaciones de la Administración Central y de las Entidades dependientes del Tesoro Nacional. El Sistema de Contabilidad debe informar sobre la gestión financiera en forma oportuna, confiable y eficiente, útil para sustentar las decisiones e idóneo para facilitar las tareas de control y auditoría. El sistema de registros contables deberá producir Estados Financieros que reflejen la Situación Financiera, Resultados de Operación, Evolución Patrimonial y Flujos de Fondos del Ente. Causa: Falta de conciliación entre la información presentada por el MTI y los reportes generados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) a través del Sistema de Gestión Financiera y Administrativa (SIGFA) Efecto: Los Ingresos presentados en el Estado de Resultado elaborado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) muestran diferencias sustanciales con las cifras presentadas por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), las cuales no han sido objeto de seguimiento y análisis para identificar las razones que la originan y proponer medidas correctivas. Comentarios de la Administración: Según carta con fecha del 11 de junio del 2008 Contabilidad-CAM-121-06-2008, que nos envió la Licenciada Cora Alicia Molina, Responsable de la Oficina de Contabilidad del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), afirma: “El método utilizado, por el Auditor, para la comparación del registro de los Ingresos Vrs. Estados Financieros no es el que se practica en este ministerio, por lo que los resultados que arroja no son los más acertados. El MTI, no recibe en sus Cuentas Corrientes el efectivo que es depositado por los ciudadanos que solicitan determinado servicio que presta este ministerio, sino que es depositado en Cuentas Bancarias aperturadas por la Tesorería General de la República para la captación de los ingresos por Rentas con Destino Específicos, los que, son entregados al MTI a través de la afectación presupuestaria, es decir, cuando elaboramos los CUC de Gastos en el Sub Sistema SIEP. En base a lo anterior el registro del Ingreso por Rentas con Destino Especifico se realiza cuando registramos el gasto de la siguiente manera: Gastos devengados y pagados por medio de los Comprobantes Únicos Contables (CUC), con clase de registro de Compromiso y Devengado “CyD”, son registrados como gastos en el Sistema Contable, y los Ingresos son reconocidos como tal, en la contabilización de los CUC como contra partida del registro del gasto. Es
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importante señalar que esta práctica contable es la misma que se utiliza para los registros de los Ingresos de Rentas del Tesoro, Fuente 11” Comentario del Auditor: Consideramos que lo aseverado por la Lic. Molina no justifica la diferencia identificada, ya que el gasto ejecutado según los informes presentados es superior a los ingresos; y según lo señalado debería existir correspondencia directa entre los ingresos y el gasto, tal cual se puede apreciar en el Informe de Ejecución Presupuestaria. Recomendación: Que la Administración del MTI, gire instrucciones al Departamento que corresponda a fin de conciliar cada mes esta cuenta, utilizando como base la información generada por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP) a través del SIGFA. 3.- Incorrecta Aplicación del Clasificador por Objeto del Gasto Condición: Como resultado de nuestra revisión identificamos el uso incorrecto del Clasificador por Objeto del Gasto en el registro de las siguientes operaciones: 1. De conformidad a la revisión de los gastos corrientes identificamos que se efectuaron pagos de sueldos y complementos de salarios cuya afectación presupuestaria de gastos por Compensación por Antigüedad se efectuó de manera incorrecta, ya que está se registró en el Renglón 139 “Otros”, siendo lo correcto en el Renglón 116 “Compensación por Antigüedad”; éstos desembolsos se realizaron mediante los siguientes Comprobantes Únicos Contables: CUC No. 5288 (10/10/06), No. 5306 (10/10/06), No. 5395 (13/10/06), No. 5400 (13/10/06), No. 5432 (13/10/06), No. 5414 (13/10/06), No. 5468 (16/10/06); No. 5528 (06/12/06). 2. Identificamos que se registró en el Renglón 131 “Sueldos para Cargos Transitorios”, pagos en concepto de planillas de empleados permanentes y complementos de salarios de distintas áreas del Ministerio, lo cual fue cancelado con fondos de los Proyectos contenidos en el Plan de Inversión Pública. Ver Anexo II. 3. En el Proyecto Plan Vial para la Competitividad Zona III (León, Matagalpa y Jinotega) identificamos que en el Renglón 299 “Otros Servicios No Personales”, se registró de forma inadecuada el CUC No. 6505 por la cantidad de C$ 9,000.00 (Nueve Mil córdobas netos) del 06/02/06 en concepto de cancelación de la factura No. 991 por el alquiler de una rastra para el traslado de sillas, toldos, tarimas, etc. para la inauguración del proyecto, el cual corresponde al Renglón 223; así mismo, el CUC No. 6509 por la cantidad de C$ 2,760.00 (Dos Mil Setecientos Sesenta Córdobas Netos) del 06/12/06 en concepto de cancelación de factura No. 1421 por elaboración de cuatro mantas cruce-calle con los logotipos Nicaragua Avanza, el cual corresponde al Renglón 261.
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4. En revisión al Estudio y Diseño Construcción de Carretera INTA PROINCO Km 17 ½ , identificamos que de forma inadecuada se registró lo siguiente en el Sub Grupo 13 “Personal Transitorio”, Renglón 136 “Jornales por Treceavo Mes”, desembolsos en concepto de Aguinaldo a empleados permanentes del nivel central (Dirección de Planificación, Dirección Superior, Dirección de Auditoria, Desarrollo Institucional, División de Adquisiciones, Asesoría Legal, Normas de Construcción y Desarrollo Urbano, Dirección General de Transporte Acuático), mediante los CUC Nos. 6270, 6273 y 6277 del 27/11/06, y 6292 y 6293 del 28/11/06 Criterio: El Clasificador por Objeto establece: Grupo 1 Servicios Personales, Sub grupo 11 Personal Permanente, Renglón 116 “Compensación por Antigüedad”, el cual establece: “Renumeraciones adicionales en concepto de antigüedad en el desempeño de las tareas”. Grupo 1 Servicios Personales, Sub grupo 13 Personal Transitorio, Renglón 131 “Sueldo Cargos Transitorios”, el cual establece: “Pagos al personal técnico o profesional contratado para obras y construcciones, cuando éstas sean realizadas por administración. Incluye pagos al personal contratado para trabajos temporales de oficina que no podrían realizar el personal ordinario durante el horario reglamentario de labor”. Grupo 2 Servicios No Personales, Sub grupo 22 Arrendamientos y Derechos, Renglón 223 “Alquiler de Maquinaria, Equipos y Medios de Transporte”, el cual establece: Alquiler de maquinaria y equipo, ya sean de oficina, de producción, médicos, educacional y recreativo, como así también de medios de transporte de cosas o personas”. Grupo 2 Servicios No Personales, Sub grupo 26 Publicidad y Propaganda, Renglón 261 “Publicidad y Propaganda” el cual establece: “Gastos en concepto de anuncios, publicaciones y propaganda por medio de radio, cine y televisión, teatros, periódicos, revistas, folletos, carteles y cualquier otro medio de divulgación. Incluye tanto el valor de los servicios como de los materiales y artículos, ya sea que se facturen conjunta o separadamente y siempre que su finalidad básica sea la publicidad o propaganda comercial, cultura, legal, financiera o de cualquier otra índole de carácter oficial. Incluye así mismo el costo de construcción de casetas con propósitos publicitarios y/o propaganda”. Grupo 1 Servicios Personales, Sub grupo 13 Personal Transitorio, Renglón 136 “Jornales por Décimo Tercer Mes” el cual establece: “Corresponde al suplemento salarial anual del personal o jornal liquido de acuerdo con las normas legales vigentes”.
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Las Normas Técnicas de Control Interno (Apéndice I), establecen lo siguiente: Norma 4.- Presupuesto. Numeral 4.1.- Responsabilidad del Control Presupuestario. Se establecerán y mantendrán controles necesarios en los Sistemas de Administración Financiera y Presupuestaria, a fin de asegurar el cumplimiento requerido en todas las fases del presupuesto, de acuerdo con la ley general del presupuesto, normas y procedimientos de ejecución presupuestaria establecidas por el Organismo Rector correspondiente. Numeral 4.4.- Control Previo al Compromiso. Los Servidores Públicos designados para decidir la realización de un gasto y aquellas que conceden la autorización respectiva, verificarán previamente que: 1.- La transacción corresponda al giro o actividad de la Entidad y conforme el presupuesto, planes y programas; 2.- El procedimiento propuesto para su ejecución sea el apropiado. Causa: En el caso específico de los Sueldos del personal permanente, el monto autorizado en la Ley de Presupuesto General de la República es inferior a la cantidad real requerida por el MTI para este rubro; por lo tanto, la administración se ve obligada a afectar el Renglón 131 “Sueldos Cargos Transitorios” y Renglón 136 “Jornales por Décimo Tercer Mes” de los proyectos, para registrar el costo real de la planilla. Así mismo, en relación a la afectación incorrecta del Renglón 299 “Otros Servicios” se debió a la falta de disponibilidad de recursos para el pago de transporte y publicidad. Efecto: El uso inadecuado del Clasificador por objeto del gasto presenta de forma incorrecta el saldo de los Renglones 131 “Sueldos Cargos Transitorios”, 299 “Otros Servicios”, 223 “Alquiler de Maquinaria, equipos y medios de transporte”, Renglón 261 “Publicidad y Propaganda”, y 136 “Jornales por Décimo Tercer Mes”; lo cual podría generar situaciones irregulares en el manejo de los fondos del Ministerio. Comentario de la Administración: 1. El Lic. Carlos Sequeira, Responsable de la Oficina de Presupuesto, afirmó en carta del 04 de Julio del 2008, dirigida a la Licenciada Marianela Camacho Directora Financiera del MTI que: “En la observación referente a la indebida aplicación del Clasificador por Objeto del Gasto, específicamente al importe correspondiente a Compensación por Antigüedad (Renglón 116), le aclaro que este renglón del gasto se utiliza única y exclusivamente para registrar la antigüedad del personal que pertenece a la nomina fiscal, la antigüedad del personal que se paga de las nominas internas de la institución se registra en el renglón 139.
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A su vez quiero aclararle que esta es una práctica realizada y es del debido conocimiento del Ministerio de Hacienda, ya que al momento de aprobar el presupuesto del año 2006 (Ley 569: Ley Anual de Presupuesto General de la República 2006) la antigüedad de las nominas internas fue aprobado en el renglón 139” 2. El Lic. Carlos Sequeira, Responsable de la Oficina de Presupuesto, confirma que ha sido una práctica generalizada por parte del Ministerio de Transporte e Infraestructura afectar el Renglón “131 Sueldos Cargos Transitorios” para registrar planillas del personal permanente, debido a que Función Pública no se ha pronunciado para corregir esta costumbre, por lo tanto, el MTI, va a continuar afectando este renglón, hasta que Función Pública no especifique lo contrario. Al mismo tiempo, el Lic. Carlos Sequeira, Responsable de la Oficina de Presupuesto, afirma que desde el momento que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MHCP), autorizó el Presupuesto General del MTI para el año 2006, estaba autorizando afectar el renglón “131 Sueldos Cargos Transitorios” para registrar las planillas del personal permanente. 3. Según carta con fecha 28 de Julio del 2008, del Licenciado Domingo Carranza M, Responsable Financiero UCP MTI/BID, afirma que: “En los casos de los CUCs en los cuales mencionan registros inadecuados de los gastos por salarios en el renglón 131, ya que los mismos corresponden a personal permanente del MTI y no a personal transitorio. Al respecto le informamos que sobre la base de presupuesto, autorización del mismo por parte de la Dirección Superior del MTI, el Comité Técnico de Inversiones, el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico y la Asamblea Nacional el gasto fue correctamente aplicado por las siguientes condiciones: Que efectivamente el gasto corresponde a complementos y salarios del personal del MTI, sin embargo, estos montos fueron presupuestados como gastos de capital en el Presupuesto del 2006, los mismos fueron aprobados por el comité Técnico de Inversiones (CTI) instancia rectora para ello y ratificado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Publico y finalmente por la Asamblea Nacional al momento de aprobar la Ley Anual del Presupuesto que incluye dichos montos. Que de acuerdo a la Ley de Administración Financiera y Presupuestaria, las instancias a las que corresponden aprobar el presupuesto de los Proyectos (Gastos de Capital), son el CTI, el MHCP, y la Asamblea Nacional lo cual fue realizado y consta en la Ley Anual de Presupuesto, por tanto no existe violación a la Norma Legal, ni contable en el pago de los salarios”. 4. Según carta con fecha 28 de Julio del 2008, del Licenciado Domingo Carranza M, Responsable Financiero UCP MTI/BID, afirma que: “En el caso de los CUCs Nos. 6505 y 6509, los gastos afectados en el renglón No. 299, y no en los 223 y 261 que ustedes indican obedece a que el proyecto donde presupuestariamente se cubrió el gasto no tenia aprobado los renglones indicados por ustedes, y la UCP no puede variar la estructura de gastos, ya que dicha operación solamente puede ser aprobada por la Asamblea Nacional en el caso de gastos de capital.
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5. La Licenciada Ruwayda Tercero Mena, Director Financiero UCP BM/MTI, en relación al registro inadecuado en el Renglón 131 “Sueldos Cargos Transitorios”, nos manifestó que esta condición se debe a que el Personal que es trasladado de la UCP BM/MTI a otras áreas del Ministerio de Transporte e Infraestructura, por estar contempladas dentro del presupuesto autorizado del Banco Mundial-MTI se mantiene el pago de este personal trasladado hasta el final del año, y que el cambio no se produce dentro del periodo que el personal fue trasladado, sino hasta el presupuesto del año próximo. 6. El Licenciado Walter Meza Flores, Director General Administrativo Financiero, mediante comunicación del 10 de Julio de 2008 manifestó que con fecha 31 de octubre del año 2006, mediante comunicación de referencia MHCP-DM-E-25113-10-06, el Ministro del MHyCP (en funciones) Dr. Mario Flores, autorizó el traslado de créditos presupuestarios del Grupo 04 Bienes y Servicios, a los Grupos 02 Servicios No Personales y 03 Materiales y Suministros en el Proyecto Construcción Carretera Entrada INTAPROINCO Km 17 ½ Carretera Masaya, de conformidad a solicitud realizada por el Ministro en funciones del MTI la Lic. Ariel López Parra, para sufragar las necesidades institucionales expresadas por la Dirección General Administrativa Financiera. Comentario del Auditor: Consideramos que los comentarios expuesto por los funcionarios de Presupuesto, Unidad Coordinadora de Proyectos Banco Mundial (BM) y Banco Interamericano de Desarrollo (BID) no desvanecen las condiciones reportadas; ya que el registro inadecuado de salario de personal permanente del MTI en el Renglón 131 “Sueldos Cargos Transitorios” distorsiona las cifras presentadas en los Proyectos, montos que de conformidad a la Ley General de Presupuesto corresponden al Plan de Inversión Pública, y que fueron destinados para cancelar gastos corrientes. Así mismo, en el caso específico de la afectación del Renglón 299 “Otros Servicios”; comprobamos en el SIGFA la ejecución de este proyecto en lo que corresponde al rubro 223 “Alquiler de Maquinaria y Equipos y Medios de Transportes” observando que efectivamente no tuvo asignación presupuestaria; por lo tanto, el gasto señalado no debió ejecutarse considerando que no existía disponibilidad presupuestaria. Así mismo, en el Renglón 261 “Publicidad y Propaganda” el SIGFA refleja la cantidad de C$ 35,999.96 (Treinta y Cinco mil Novecientos Noventa y Nueve Córdobas con 96/100) que no fue ejecutada en ese periodo; por lo tanto, pudo haberse registrado en este renglón correctamente. Efectivamente identificamos Modificación de los Recursos Ordinarios del Proyecto Construcción de Carretera Entrada INTA PROINCO Km. 17.5 Carretera a Masaya, para cubrir gastos varios del MTI, en los cuales se incrementan los créditos de las siguientes cuentas: 151 “Beneficios Sociales del Trabajador”, 211 “Teléfono, télex y telefax nacionales”, 215 “Agua y Alcantarillado”, 216 “Energía Eléctrica”, 221 “Alquiler de edificios locales”, 232 “Mantenimiento y reparación de medios de transporte, tracción”, 244 “Cursos de Capacitación”, 273 “Viáticos para el Interior”, 299 “Otros Servicios No personales”, 369 “Otros productos Químicos” y 391 “Útiles de Oficina”; como se puede apreciar en la descripción realizada la
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modificación no afecta los Renglones 131 “Sueldos Cargos Transitorios” ni 136 “Jornales por Treceavo Mes”. Recomendación: La Máxima Autoridad del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), debe orientar a los funcionarios encargados de la Ejecución y Control Presupuestario para que cumplan con el Control previo al desembolso, debiendo a su vez utilizar adecuadamente el Clasificador por Objeto del Gasto, según el concepto y origen de los desembolsos efectuados. Así mismo, el MTI debe velar que la Ley Anual de Presupuesto General de la República presente las cifras de conformidad al gasto corriente real de la institución; de tal forma que los Proyectos no se vean afectados por estos desembolsos. 4.-
Comprobantes Únicos Contables que presentan documentación soporte incompleta
Condición: Como resultado de nuestra revisión a los proyectos ejecutados por el MTI en el 2006 identificamos la ausencia de la siguiente documentación: a) En el Proyecto de Mejoramiento de Caminos Rurales Adoquinado Contrato No. DEP40068-2006 correspondiente al Módulo Comunitario de Adoquinado (MCA) “Empalme Chaguitillo Zona Franca Horta Tech” no fue posible identificar Avance Físico Financiero por los CUC No. 4195 (Vr-2006-08-039) y 4194 (Vr-2006-08-041). b) En el Proyecto Plan Vial para la Competitividad de la Zona III (León, Matagalpa y Jinotega) identificamos CUC No. 226 del 18 de Enero del 2006 en concepto de pago de salario y horas extras de enero 2006 de 11 personas de la Dirección de Administración Vial (Ingeniería de Tráfico) el cual presenta fotocopia de planilla de pago. c) En el Proyecto Plan Vial para la Competitividad de la Zona III (León, Matagalpa y Jinotega) identificamos en el Renglón 362 “Combustible y Lubricantes” los CUC No. 3651 (07/07/06), 4171 (02/08/06), 4830 (06/09/06), 6265 (27/11/06) en concepto de compra de combustible Diesel asignado a la Administración Vial (Departamento de Básculas y Seguridad Vial), en los cuales no se observó la Orden de Compra. d) En el Proyecto Pavimentación de Carretera Costanera Litoral Sur, Renglón 241 “Estudio, Investigación y Proyecto de Factibilidad, se observó Ausencia de Constancia de Retención de IR (2%) en los siguientes CUC Nos. 222 (18/01/06), 232 (08/01/06), 2042 (21/04/06), 2044 (21/04/06), 3450 (27/06/06), 4929 (12/09/06), 6463 (05/12/06), 6465 (05/12/06), 6470 (05/12/06); así como Ausencia de Recibo Oficial de Caja en los siguientes CUC Nos. 6470 (05/12/06), 3450 (27/06/06), 2044 (21/04/06), 2042 (21/04/06), 6463 (05/12/06).
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Criterio: Las Normas Técnicas de Control Interno (Apéndice I), establecen lo siguiente: Norma 1.- Organización Administrativa. Numeral 1.11.- Archivo de Documentación.- La documentación de respaldo de las operaciones que realice la Entidad, deberá ser archivada siguiendo un orden lógico, de fácil acceso y utilización. Deberá ser conservada adecuadamente, preservándola de cualquier contingencia, por el tiempo mínimo que señalan las disposiciones legales sobre la materia. El Manual de normas y procedimientos de la División Financiera Administrativa-MTI, Proceso Trámite para el pago de avalúo, numeral 10, establece: Acompañando la solicitud de cheque se recibe toda la documentación que soporta al avalúo, la que será, entre otras: c. Informe de Ejecución Física – Financiera (Original y una copia fiel). Los Procedimientos de Solicitud y Entrega del Combustible establecen que: Durante los primeros diez días de cada mes se elaboran y remiten a la División Administrativa las Solicitudes de Cheques y Órdenes de Compra para la adquisición de combustible de cada Dirección correspondiente al siguiente mes. Causa: El Proyecto Pavimentación de Carretera Costanera Litoral Sur ejecutado por la Dirección General de Planificación tenía una persona responsable de la contabilización y el resguardo de la información soporte; en el año 2006 dicha documentación fue trasladada a la Dirección General Administrativa Financiera, en este proceso consideramos que no se elaboró un detalle de la documentación específica que se entregaba y se recibía, ya que ha la fecha ninguna de las unidades señaladas se considera responsable de la documentación no identificada. En el Proyecto Plan Vial para la Competitividad de la Zona III (León, Matagalpa y Jinotega) y en el Empalme Chaguitillo Zona Franca Horta Tech la situación señalada es producto de la falta de resguardo de la documentación soporte. Efecto: Los documentos soportes incompletos en los desembolsos revelan descuido de la administración en la aplicación de los procedimientos de control interno; así como en el archivo de la información el tiempo establecido por la Ley que permita la revisión de las operaciones, a fin de comprobar el uso adecuado de los recursos. Comentario del Auditado: La Lic. Ruwayda Tercero Mena, Directora Financiera de la UCP Banco Mundial-MTI manifestó que en lo concerniente al Avance Físico Financiero, en este caso por corresponder al pago de una devolución de la Retención de Calidad, no se adjunta este documento. El Lic. Domingo Carranza, Responsable Financiero UCP-BID-MTI nos indicó que dichos originales se encuentran en el comprobante contable de la oficina de contabilidad central del MTI 26
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No. 06 del 31 de enero del 2006, ya que de acuerdo al procedimiento de pago el mismo soporta el comprobante contable con el cual se procede a transferir a la respectiva tarjeta de débito del empleado al que se cancela el salario. El Lic. Domingo Carranza, Responsable Financiero UCP-BID-MTI, nos manifestó que las compras de combustible realizadas por la oficina de transporte para el nivel central del MTI, dicha oficina nos informó que en el período 2006, no era requisito que la adquisición de combustible llevara orden de compra y que dicho documento se exigió por parte de la DGAF y contabilidad central tiempo posterior a dichas compras. El Lic. Walter Meza Flores, Director General Administrativo Financiero, mediante correspondencia del 10 de Julio del 2008, nos manifestó que los comprobantes señalados todos fueron tramitados y solicitados por el Lic. Rafael Pravia Rodríguez, Ex Contador General de Proyectos de la División General de Planificación, hasta el mes de Abril del 2007, el Proyecto de Pavimentación de Carretera Costanera Litoral Sur, fue administrado y ejecutado por la División General de Planificación. La Dirección Administrativa Financiera recibió en el mes de mayo 2007 la documentación de este proyecto en calidad de resguardo debido a la renuncia del Lic. Rafael Pravia, razón por la cual es la División de Planificación la que debe de aclarar y/o ampliar los puntos señalados en esta auditoría. El Ing. Ernesto Téllez, Director General de Planificación – MTI, mediante correspondencia del 11 de Julio del 2008, nos manifestó que todos éstos comprobantes deben estar en poder de Contabilidad; sin embargo, adjunto algunas copias de Constancias de Retención de IR (2%) que están en el expediente de esta División General (CUC Nos. 222, 232, 2042 y 2044). Estos Recibos Oficiales de Caja deben estar en poder de Contabilidad; sin embargo, le adjunto algunas copias que están en el Expediente de esta División General correspondientes a los CUC Nos. 2044 (No. 0014), CUC 2042 (No. 0015) Comentario del Auditor: El comentario de la Lic. Ruwayda no procede ya que los CUC señalados no corresponden a “Devolución de la Retención de Calidad”, el CUC NO. 4195 (31/08/06) es en concepto de Cancelación de Avalúo No. 2 del 20 de junio del 2006 al 10 de julio del 2006, correspondiente al 80% pagado con fondos propios; y el 4194 (31/08/2006) en concepto de Cancelación de Avalúo No. 2 del 20 de junio del 2006 al 10 de julio del 2006 correspondiente al 20% pagado con fondos propios. Consideramos que la situación señalada se mantiene, ya que no se nos presentó documentos que evidenciara lo señalado, ni los procedimientos a los cuales hace referencia; además, comprobamos que los Comprobantes Únicos Contables registrados en el Renglón 131 “Sueldos Cargos Transitorios” presentaban soportes originales, salvo el señalado. El Lic. Domingo Carranza, Responsable Financiero UCP-BID-MTI, expresó que en el período 2006 no era requisito que la adquisición de combustible llevara orden de compra; sin embargo, comprobamos que en los Comprobantes Únicos Contables de los meses de Abril, Junio,
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Septiembre, Octubre y Noviembre se adjunta como documentos soporte el documento señalado, y que los CUC sujetos a cuestionamiento corresponden a los meses de Julio, Agosto, Septiembre y Noviembre; por lo tanto, lo señalado se contradice con la documentación soporte identificada. La Dirección General Administrativa Financiera así como la Dirección General de Planificación en sus comentarios sobre la información faltante deslindan la responsabilidad sobre el control, archivo y resguardo de la misma; sin presentar los documentos originales solicitado. Recomendación: Las unidades administrativas deben velar por el control, archivo y resguardo de la documentación soporte de los desembolsos que permita la revisión posterior de la veracidad y legalidad de las operaciones realizadas por auditorias internas y externas.
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Managua, 05 de Agosto de 2008 Señor Ministro de Transporte e Infraestructura (MTI) Ingeniero Pablo Fernando Martínez Espinoza Su Despacho. Estimado Ing. Martínez Espinoza: INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LEYES, NORMAS Y REGULACIONES APLICABLES Hemos efectuado la Auditoría al Estado de Ejecución Presupuestaria efectuada por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), durante el período del 1º de enero al 31 de diciembre del año 2006, y hemos emitido nuestro informe sobre el mismo con fecha 5 de Agosto del 2008. Nuestra auditoría se practicó de acuerdo con las Normas de Auditoría Gubernamental de Nicaragua (NAGUN) emitidas por la Contraloría General de la República. Estas normas requieren que planifiquemos y realicemos la auditoría para obtener una seguridad razonable acerca de si el Estado de Ejecución Presupuestaria está libre de errores importantes. El cumplimiento de las Leyes, Normas y Regulaciones Aplicables al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) es responsabilidad de la máxima autoridad. Como parte de obtener seguridad razonable acerca de si el Estado de Ejecución Presupuestaria presentado por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) esta libre de errores importantes, efectuamos pruebas de cumplimiento de las Leyes, Normas y Regulaciones que le son aplicables al Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI). Sin embargo, el objetivo de nuestra auditoría al Estado de Ejecución Presupuestaria efectuada por el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) no fue emitir una opinión sobre el cumplimiento general de las Leyes, Normas y regulaciones aplicables por lo tanto no expresamos tal opinión. Los resultados de nuestras pruebas revelaron que por transacciones examinadas el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), cumplió, a excepción por los artículos señalados en la Cédula de Cumplimiento Legal, en todos los aspectos importantes con las leyes, normas y regulaciones que le son aplicables. Con respecto a las transacciones no examinadas, ningún asunto llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que el Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI) no cumplió, en todos los aspectos importantes, con dichas Leyes, Normas y regulaciones aplicables. Es entendido que este informe es para uso de la Administración del Ministerio de Transporte e Infraestructura (MTI), sin embargo una vez autorizado por el Consejo Superior de la Contraloría General de la República, es un asunto de interés público y su distribución no es restringida.
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INCUMPLIMIENTO DE LEYES, NORMAS Y REGULACIONES APLICABLES 1.- Pago de Gastos de periodos anteriores con el Presupuesto Asignado en el 2006. Condición: Con fondos del Presupuesto Asignado para el periodo finalizado al 31 de Diciembre del 2006, se efectuaron Pagos de años anteriores (30/01/04 al 18/02/05) por la suma de C$117,877.02 (Ciento Diecisiete Mil Ochocientos Setenta y Siete Córdobas con 02/100) a la empresa CASA TERAN en concepto de Servicios de comunicaciones de Microempresas, según CUC No. 7028 del 22/12/06 (Vr-2006-12-083) afectando el Renglón presupuestario No. 219 “Otros Servicios Básicos” de los fondos locales del “IV Programa de Rehabilitación y Mantenimiento de Carreteras”, las facturas canceladas son las siguientes: Factura Nos. 17053 (30/01/04), 17352 (19/02/04), 17534 (01/03/04), 17535 (01/03/04), 17685 (18/03/04), 17907 (01/04/04), 17908 (01/04/04), 18033 (23/04/04), 18225 (03/05/04), 18226 (03/05/04), 18380 (20/05/04), 18569 (01/06/04), 18570 (01/06/04), 18904 (01/07/04), 18903 (01/07/04), 19187 (26/07/04), 19434 (02/08/04), 19435 (02/08/04), 19842 (01/09/04), 19843 (01/09/04), 20199 (01/10/04), 20200 (01/10/04), 20571 (01/11/04), 20572 (01/01/04), 20925 (01/12/04), 20926 (01/12/04), 21416 (06/01/05), 21417 (06/01/05), 21747 (02/02/05), 21993 (18/02/05). Criterio: La Ley 550 –Arto 45 LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DEL REGIMEN PRESUPUESTARIO. Autorización, Límite y Ejecución de Créditos Presupuestarios, establece: “Los créditos presupuestarios aprobados a las instituciones u organismos constituirán límites máximos para gastar. Su autorización, no constituirá una obligación cuando no exista disponibilidad de ingresos en el erario. Todo compromiso de egresos, antes de realizarse por los organismos y entidades reguladas en el presente Capítulo, debe estar respaldado con sus créditos presupuestarios correspondientes y cuotas de compromiso”. La Ley 550 –Arto 58 LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DEL REGIMEN PRESUPUESTARIO, establece lo siguiente: Autorización, Límite y Ejecución de Créditos Presupuestarios Los créditos presupuestarios aprobados a las instituciones u organismos constituirán límites máximos para gastar. Su autorización, no constituirá una obligación cuando no exista disponibilidad de ingresos en el erario. Todo compromiso de egresos, antes de realizarse por los organismos y entidades reguladas en el presente Capítulo, debe estar respaldado con sus créditos presupuestarios correspondientes y cuotas de compromiso.
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Cierre de Cuentas Las cuentas del Presupuesto de Ingresos y Egresos se cerrarán al 31 de diciembre de cada año. Con posterioridad al 31 de diciembre de cada año, no podrán asumirse compromisos ni devengarse egresos con cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha. La Ley 550 –Arto 60 LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DEL REGIMEN PRESUPUESTARIO. Deuda Flotante Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año se cancelarán durante el siguiente ejercicio presupuestario, con cargo a las disponibilidades existentes a la fecha de pago. Asimismo, las cuentas por pagar a las que se hace mención en el párrafo anterior, no podrán superar el cinco por ciento de los ingresos corrientes de enero a noviembre del ejercicio presupuestario en curso. Causa: Falta de control de pagos de los compromisos a terceros; así como de seguimiento oportuno de los reclamos realizados por los proveedores que permita el análisis de los desembolsos y la correcta imputación en el período fiscal correspondiente. Así mismo, de conformidad a lo manifestado existió falta de remisión de las facturas por la Unidad de Microempresa a la Unidad Coordinadora del Banco Mundial para gestionar el pago. Efecto: Afectación incorrecta al Presupuesto Asignado en el año 2006 en el Renglón 219 “Otros Servicios Básicos”. Comentario de la Administración: La Licenciada Ruwayda Tercero Mena, Directora Financiera de la UCP BM/MTI, nos manifestó que este pago se emitió por ser autorizado por el Ingeniero Vicente Mairena, Coordinador de Proyectos de la UCP BM/MTI, además, el Proveedor (Casa Terán), demostró con documentos fehacientes el impago de las facturas de periodos anteriores. Otra de las razones según el criterio de la Licenciada Tercero Mena del motivo del pago que afecta a periodos anteriores fue porque la Unidad de Microempresa dentro del MTI, no presentó a la Unidad Coordinadora del BM/MTI las facturas correspondientes de cobros para su debida cancelación en tiempo y forma. Comentario del Auditor: Con la afirmación anterior, La Licenciada Ruwayda Tercero Mena, Directora, Financiera de la UCP BM/MTI, confirma que la causa de este pago correspondiente a periodos anteriores es debido a negligencia administrativa y falta de coordinación entre la Unidad de Microempresa y la Unidad Coordinadora de Proyecto Banco Mundial-MTI, la cual debe ser superada para una mejor administración pública. 31
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Recomendaciones: La administración del MTI debe realizar conciliación periódica de las cuentas del pasivo para obtener con seguridad el saldo de las cuentas por pagar, para verificar su vencimiento y asegurar la imputación del gasto en el período fiscal al cual corresponde el gasto señalado. 2.- Pago de Vacaciones a Personal Activo Condición Comprobamos el pago de vacaciones de siete Funcionarios en servicios laborales activos de la Unidad Coordinado de Proyectos Banco Mundial- MTI mediante CUC No. 6777 del 14/12/06 (Vr-2006-12-202), por la cantidad de C$ 67,722.06 (Sesenta y Siete Mil Setecientos Veintidós Córdobas con 06/100), los cuales fueron financiados con préstamo puente de la cuenta corriente # 233213-11-1 SUBSIDIO PUENTE afectando el Renglón presupuestario No. 161 “Pago por Vacaciones” de los fondos locales del “IV Proyecto de Rehabilitación y Mantenimientos de Carreteras”. Criterio: Las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario 2006, Arto. 49 establece que: “No se tramitaran pagos en concepto de Vacaciones a los funcionarios y empleados al Servicio del Estado. Es obligación de los Organismos y Entidades Descentralizadas por Funciones elaborar el calendario de vacaciones y darlo a conocer, de conformidad como lo establece en el Arto 76 del Código de Trabajo vigente. Únicamente en caso de retiro por cualquier causa del Funcionario o Empleado, se deberá pagar vacaciones acumuladas si las hubiere”. Las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control Presupuestario 2006, Arto 6 establece que: “Las Entidades y organismos del sector público que se financien total o parcialmente con cargo al Presupuesto General de la República, no podrán contraer obligaciones con proveedores de bienes y servicios sin la existencia del crédito presupuestario correspondiente. Conforme lo establece el Arto. 45 de la Ley 550”. La misma ley estable que: “Quedan prohibidos los préstamos – puente que se demanden para acelerar la ejecución de proyectos de inversión o financiar cualquier otro gasto”. Causa: Utilización inapropiada de los recursos autorizados en el Renglón No. 161 “Pago por Vacaciones” de los fondos locales del “IV Proyecto de Rehabilitación y Mantenimientos de Carreteras” Efecto: El uso inadecuado de los recursos se traduce en una disminución de la disponibilidad para el pago de vacaciones acumuladas correspondientes a personal sujeto a liquidación, de conformidad a lo dispuesto Ley No. 569, Ley Anual del Presupuesto General de la República
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Comentario de la Administración: La Licenciada Tercero Mena, Directora Financiera UCP MTI/BM, nos confirma que el pago de vacaciones al personal aun existente, fue autorizado por el Dr. Alejandro Ríos Castellón, Ex Secretario General del MTI, y que el total de los días cancelados son los correspondientes a cada empleado ya que este personal no tuvo ningún día de descanso en ese año (2006), pero que en el periodo actual, no se está autorizando a ningún personal administrativo el pago de vacaciones, mas bien, las están pagando con días descansados. Comentario del Auditor: Consideramos que los comentarios de la Lic. Tercero Mena no desvanece la situación identificada, y sin embargo, dejan en evidencia el uso discrecional de los recursos económicos, incumpliendo lo establecido en la Ley No. 569 Ley Anual del Presupuesto General de la República. Recomendaciones: La Administración debe velar por el cumplimiento de las leyes, normas y procedimientos establecidos para el resguardo, control y ejecución de los recursos económicos, evitando el uso discrecional de los mismos, y procurando una administración eficiente, eficaz y transparente; procurando que el personal goce de las vacaciones establecidas en el transcurso del año.
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
CEDULA DE CUMPLIMIENTO LEGAL Entidad: Ministerio de Transporte e Infraestructura(MTI) Período de la Auditoria: Del 1 de Enero al 31 de Diciembre de 2006 DASPIRE-030-02-08; MCS-CGR-C-039-02-08 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
A. LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, DECRETO No. 625. Retención de Documentos y Registros Retención de Documentos y Registros. Las unidades de contabilidad de las entidades y organismos del sector público y las empresas del Estado retendrán y conservarán los documentos, registros contables e instrumentos contentivos de cifras, las comunicaciones y cualesquiera otros documentos pertinentes a la actividad financiera, debidamente ordenados en un archivo especial durante diez 105 Años. Todos los documentos relativos a una transacción específica serán archivados. Juntos o debidamente referenciados. En casos particulares especiales, la Contraloría General de la República, previo el análisis correspondiente, podrá autorizar excepciones al período establecido en el presente Artículo.
X
Titular de la Entidad La máxima autoridad o el titular de cada Entidad y Organismo tiene, además, los siguientes deberes: 1. Asegurar la implantación, funcionamiento y actualización de los sistemas de administración financiera, de presupuesto, de determinación y recaudación de los recursos financieros, 156 de Tesorería y de contabilidad, cuidando de incorporar el control interno dentro de dichos sistemas, en las áreas de su competencia.
X
2. Asegurar el mayor grado de idoneidad del Jefe de la unidad financiera. 34
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
4. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y reglamentarias, normas y demás disposiciones expedidas por la Contraloría General de la República o por el Ministro de Finanzas y 7. Adoptar oportunamente las medidas correctivas señaladas en las recomendaciones constantes en los informes de auditoría interna o externa, como necesarias para mejorar las operaciones de la Entidad u Organismo.
Firmas de Cheques X
La persona o personas designadas para firmar cheques, 163 como giradores u otorgadores de visto bueno en las Entidades y Organismos del sector público, son responsables de verificar que el proceso de control interno previo al desembolso haya sido cumplido y que la documentación está completa antes de autorizarlos con su firma.
B. LEY DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DEL RÉGIMEN PRESUPUESTARIO LEY No. 550.
Principios Presupuestarios Principio del Equilibrio Presupuestario: Según el cual, el total de los ingresos estimados y de los egresos autorizados deberán ser concordantes entre sí.
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b)
X
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
Presupuesto de Egresos Los Presupuestos de egresos contendrán todos los gastos a realizarse durante el ejercicio presupuestario, cualquiera que sea su fuente de financiamiento: Gastos corrientes, distinguiendo en estos la partidas de salarios y remuneraciones, gastos de capital, gastos financieros, servicio de la deuda, transferencias, adquisiciones de activos no financieros, transacciones de activos y pasivos financieros.
19
NO
X
En los presupuestos de egresos se utilizarán las técnicas más adecuadas para mostrar el cumplimiento de las políticas, metas físicas, y producción de bienes y servicios dentro de los programas y proyectos a ejecutarse por los organismos comprendidos en la presente Ley, así como la incidencia económica y financiera de la ejecución de sus gastos y la vinculación de los mismos con sus fuentes de financiamiento. Autorización, Limite y Ejecución de Créditos Presupuestarios. Los créditos presupuestarios aprobados a las instituciones u organismos constituirán límites máximos para gastar. Su autorización, no constituirá una obligación cuando no exista disponibilidad de ingresos en el erario.
45
X
Todo compromiso de egresos, antes de realizarse por los organismos y entidades reguladas en el presente Capítulo, debe estar respaldado con sus créditos presupuestarios correspondientes y cuotas de compromiso”. Cierre de Cuentas Las cuentas del Presupuesto de Ingresos y Egresos se cerrarán al 31 de diciembre de cada año.
58
X
Con posterioridad al 31 de diciembre de cada año, no podrán asumirse compromisos ni devengarse egresos con cargo al ejercicio que se cierra en esa fecha.
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
Deuda Flotante Los gastos devengados y no pagados al 31 de diciembre de cada año se cancelarán durante el siguiente ejercicio presupuestario, con cargo a las disponibilidades existentes a la fecha de pago.
NO
X
60
Asimismo, las cuentas por pagar a las que se hace mención en el párrafo anterior, no podrán superar el cinco por ciento de los ingresos corrientes de enero a noviembre del ejercicio presupuestario en curso. Transferencia de Excedentes a la Caja Única del Tesoro
76 X
Las entidades reguladas por la presente Sección, a requerimiento escrito del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, podrán efectuar transferencias de parte de sus excedentes a la Caja Única del Tesoro con el objeto de sufragar gastos públicos. Dichas transferencias deberán reflejarse en la Ley Anual de Presupuesto General de la República o en las reformas que se hagan a ésta. Las Transferencias se podrán realizar a condición de que las Leyes constitutivas de tales entidades no prohíban la realización de estas transferencias. Así mismo las Entidades deberán presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la misma fecha de remisión de sus presupuestos aprobados, la información financiera que permita verificar la existencia de excedentes, evaluar el impacto de las transferencias en sus operaciones y situación patrimonial.
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
Informes de Ejecución
78
X
79
X
106
X
NO
Las entidades reguladas por la presente Sección, deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público informes trimestrales de la ejecución financiera y física de sus respectivos presupuestos ejecutados en la oportunidad señalada por dicho Ministerio. La remisión de los informes deberán realizarse por la autoridad competente a más tardar treinta días de finalizado el trimestre, con copia a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuestos de la Asamblea Nacional, a través de la Dirección General de Análisis y Seguimiento al Gastos Públicos. Informes de Cierre A los efectos de consolidar la ejecución presupuestaria, las entidades, por medio de sus autoridades competentes, deberán remitir al Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Informe Final de cierre de sus presupuestos ejecutados a más tardar cuarenta y cinco días después de finalizado el ejercicio presupuestario, con copia a la Comisión de Asuntos Económicos, Finanzas y Presupuesto de la Asamblea Nacional. Obligación de Obtener Autorización Previa e Informar sobre la Creación de Cuentas Bancarias Los órganos y entidades del Sector Público que reciban fondos con cargo al Presupuesto General de la República, deberán obtener la autorización previa de la Tesorería General de la República sobre cualquier cuenta bancaria que pretendan abrir en el Sistema financiero del país. Asimismo, una vez abierta la cuenta deberán suministrar a la Tesorería General de la República los datos relativos a la misma para su respectivo registro.
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Art os.
ATRIBUTOS
Incisos
Cumpli miento SI
Deberes Los organismos y entidades a que hace referencia el presente titulo, en la ejecución del Subsistema de Contabilidad Gubernamental, deberán observar las siguientes disposiciones: a) Operar dentro del Subsistema, único obligatorio, de Contabilidad Gubernamental.
NO
129 X
y
b) Observar las políticas, principios, normas y manuales de procedimientos establecidos por la Dirección General de Contabilidad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. c) Establecer un sistema de control interno adecuado de las operaciones que originen; el cual, deberá integrar los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión. d) Registrar y documentar las operaciones que respalden la información financiera de manera suficiente y competente. e) Elaborar y presentar estados e informes financieros para uso interno de las autoridades superiores de la entidad y de los funcionarios responsables de la gestión en las unidades administrativas de la entidad. f) Elaborar y dar seguimiento periódico y oportuno a las conciliaciones bancarias y de bienes.
Período de Contabilización de los Hechos Económicos El período contable para fines de elaboración y presentación de estados financieros anuales y cierre oficial de los registros contables, inicia el primero de enero y termina el treinta y uno de diciembre de cada año.
134
X
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
Deberes Específicos de los Entes Contables
NO
135
X Los entes contables deberán Informar y presentar anualmente sus estados financieros ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los cuales deberán incluir la totalidad de sus activos, pasivos y patrimonio. La información patrimonial que le corresponda al Estado será integrada y consolidad en los estados financieros que emita el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
C. LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA 2006 LEY No. 569. Los créditos presupuestarios asignados por la presente Ley constituyen límites máximos a gastar por cada organismo e institución, de conformidad al artículo 45 de la Ley No. 550, 17 Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario. Se prohíbe que los organismos y los funcionarios a cargo de las instituciones presupuestadas, efectúen gastos por encima de las asignaciones consignadas en este Presupuesto.
X
Todos los organismos e instituciones que se financien, total o parcialmente, con fondos del Presupuesto tanto de origen interno, como de donaciones y desembolsos de préstamos externos, están obligados a presentar a la Dirección General de Presupuesto, del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a más tardar dentro de los primeros diez días de cada trimestre de que se trate, los resultados e informes de la ejecución financiera y física del presupuesto del período anterior.
19
X
Todos los organismos sujetos a las disposiciones de la Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, deben presentar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público su programación financiera trimestral de compromisos y la programación detallada
20
X
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
por mes del gasto devengado, así como la programación física de sus proyectos de inversión. Esta presentación se efectuará anticipadamente en las fechas y condiciones que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por medio de la Dirección General de Presupuesto. D. NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO PARA EL AÑO 2006. Del Financiamiento Los Órganos y Entidades del sector público que reciban fondos con cargo al Presupuesto General de la República que requieran abrir cuentas bancarias en los bancos del Sistema Financiero deberán solicitar previamente autorización a la Tesorería General de la República, conforme lo establecido en el Arto. 106 de la Ley 550. Las entidades y organismos que se financien total o parcialmente con cargo al Presupuesto General de la República y que legalmente recauden o perciban ingresos en concepto de rentas con destino especifico, producto de la venta de bienes y servicios públicos o por leyes especificas que les faculte, deberán depositar dichos ingresos, mediante el uso de la minuta única de recaudación (MUR), en las cuentas bancarias establecidas por la Tesorería General de la República, las cuales únicamente permiten la recaudación no admitiendo la ejecución de pagos a través de ellas, salvo los costos bancarios que estas generen. Párrafo 1: Las donaciones internas y externas o préstamos externos que a través del Presupuesto General de la República financien programas o proyectos de las Entidades y organismos del Sector Público, deben ingresar a la CAJA UNICA DEL TESORO y, estarán a disposición de los mismos conforme los procedimientos establecidos. Las instituciones son las responsables de gestionar ante el
2
3
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X
X
X
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
Ministerio de Hacienda y Crédito Público el trámite de las modificaciones presupuestarias. Las Entidades y organismos del sector público que se financien total o parcialmente con cargo al Presupuesto General de la República, no podrán contraer obligaciones con proveedores de bienes y servicios sin la existencia del crédito presupuestario correspondiente. Conforme lo establece el Arto. 45 de la Ley 550.
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Quedan prohibidos los préstamos – puente que se demanden para acelerar la ejecución de proyectos de inversión o financiar cualquier otro gasto.
Por los gastos financiados con Rentas con Destino Específico, la entidad los realizó, una vez confirmada la existencia de fondos en las cuentas de la Tesorería General de la República.
Es responsabilidad directa de cada Organismo y Entidad Descentralizada por funciones y Entidad Descentralizada Territorial, a través de las Direcciones Administrativas Financieras, la aprobación de los comprobantes únicos contables (CUC), así como de su conservación y resguardo en archivo secuencial, con todos los documentos de respaldo de las transacciones efectuadas conforme a los procedimientos establecidos y a las disposiciones del Decreto No. 625, “Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y sus Reformas y a las nuevas Normas” Técnicas de Control Interno vigentes.
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X
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X
Modificaciones al Presupuesto
Los Organismos, Entidades Descentralizadas por Funciones y Entidades Descentralizadas Territoriales, deberán presentar a la Dirección General de Presupuesto sus solicitudes de Modificación, con las justificaciones
15
Párrafo 2 X
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
del caso y adjuntando los CUC generados por el SIGFA, firmados y sellados por las autoridades competentes. Toda solicitud de modificación que signifique aumento al total de créditos presupuestarios aprobados en el presupuesto vigente, debe ser presentada para su trámite con su documentación soporte, durante los primeros veinte días de cada mes. Después de esa fecha no se recepcionarán estas solicitudes (Modificaciones tipoT31) en la Dirección General de Presupuesto. Los Organismos, Entidades Descentralizadas por Funciones y Entidades Descentralizadas Territoriales no podrán realizar traslados o transferencias de fondos destinados a proyectos de inversión para financiar gastos corrientes. Los fondos destinados a proyectos de inversión aprobados en el Presupuesto General de la República, solamente podrán destinarse a otros proyectos de inversión previo aval técnico del Comité Técnico de Inversiones y previamente aprobados por la Asamblea Nacional, de conformidad al Arto. 55 de la Ley 550. Todos los Organismos, Entidades Descentralizadas por Funciones y Entidades Descentralizadas Territoriales sujetos a las disposiciones de la Ley de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario, deben presentar a la Dirección General de Presupuesto su solicitud de Programación y remitirla dos semanas antes del inicio de trimestre, la cual contendrá como mínimo lo siguiente:
Párrafo 3
17
19
X
X
X
a) Programación trimestral de compromiso y mensual de devengado a nivel de programa, subprograma, proyecto, grupo de gasto y fuente de financiamiento, misma que deberá ser ingresada en el SIGFA, utilizando los procedimientos que para tal efecto defina el Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
b) Programación de metas a ejecutar en los programas y proyectos de inversión desagregada por trimestre. Ejecución Presupuestaria Los Directores Administrativos y Financieros de los Organismos y Entidades Descentralizadas por funciones y Entidades Descentralizadas Territoriales deberán acreditar a los funcionarios, encargados de ordenar el trámite de los documentos de modificación, programación y ejecución presupuestaria, lo mismo que a los encargados del retiro de cheques y funcionarios responsables de la administración y control de los fondos rotativos. Esta designación deberá ser notificada a la Tesorería General de la República con copia a la Dirección General de Presupuesto y Dirección General de Contabilidad Gubernamental. La acreditación debe contener, además del nombre, el número de cédula de identidad, cargo y firma. Cualquier cambio debe ser informado con el mismo procedimiento. Será responsabilidad del Director General de Administrativo Financiero de cada entidad, la designación de los roles y privilegios de usuarios en el SIGFA para su entidad, de acuerdo a las funciones asignadas a cada puesto de trabajo e inherentes a los cargos que desempeñan y ser informadas a los entes rectores de presupuesto, contabilidad y tesorería, según sea el caso, para que con su aval, Dirección General de Tecnología proceda a su incorporación en el SIGFA. No se tramitaran pagos en concepto de Vacaciones a los funcionarios y empleados al Servicio del Estado. Es obligación de los Organismos y Entidades Descentralizadas por Funciones elaborar el calendario de vacaciones y darlo a conocer, de conformidad como lo establece en el Arto 76 del Código de Trabajo vigente. Únicamente en caso de retiro por cualquier causa del Funcionario o Empleado, se deberá pagar vacaciones acumuladas si las hubiere”.
23
X
24
X
49
X
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Art os.
ATRIBUTOS
Incisos
Cumpli miento SI
NO
E. NORMAS TÉCNICAS DE CONTROL INTERNO Sistema de Registro e Información El sistema de registro e información consiste en los métodos y registros establecidos, que aseguran la continuidad de la Entidad u Organismo, ya que identifican, reúnen, analizan, clasifican, registran e informan las transacciones de una Entidad u Organismo para la toma de decisiones de la dirección, así como para mantener la contabilización de activos, pasivos, ingresos y gastos que le son relativos para posibilitar las evaluaciones posteriores.
X
Un sistema financiero contable efectivo toma en cuenta el establecimiento de métodos y registros que: a) Identifican, codifican operaciones;
y
registran
todas
las
b) Describen oportunamente todas las transacciones con suficiente detalles para permitir su adecuada clasificación, en la información financiera; c) Cuantifican el valor de las operaciones, expresada en unidad monetaria; d) Registra las operaciones y transacciones en el periodo contable en que éstas ocurren. e) Presenta debidamente las revelaciones correspondientes Financieros.
transacciones y en los Estados
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
Documentación de Respaldo Párrafo 1: La estructura de control interno y todas las operaciones financieras o administrativas deben tener la suficiente documentación que la respalde y justifique y estar disponible para su verificación y control. La documentación debe ser en original y a nombre de la Entidad u Organismo.
X
Párrafo 3: Los documentos de respaldo justifican e identifican la naturaleza, finalidad y resultados de la operación y contienen los datos suficientes para su análisis.
Archivo de la Documentación de Respaldo La documentación que respalda las operaciones, especialmente los comprobante de contabilidad y sus soporte, serán archivados siguiendo un orden lógico y de fácil acceso y deberán conservarse durante el tiempo que determina la ley Orgánica de la Contraloría General de la República. Apertura y Cierre de Cuentas Corrientes Bancarias La apertura y cierre de toda cuenta corriente bancaria debe ser autorizada por la máxima autoridad de la entidad u organismo.
X
X
Lo anterior es con el propósito de que la máxima autoridad tenga control y conocimiento de la apertura y cierre de las cuentas bancarias. Las cuentas corrientes bancarias serán abiertas a nombre de la entidad u organismo y su número se limitará a lo mínimo posible, a fin de mantener un mejor control interno sobre las mismas.
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
Manejo de Cuentas Bancarias La máxima autoridad de cada Entidad u Organismo Estatal acreditará por escrito antes las instituciones bancarias con la que manejan fondos, a los funcionarios: firmas “A” y firmas “B” y los que sean necesarios autorizarlos para firmar cheques. Las personas autorizadas para firmar cheques no deberán ejercer las siguientes funciones: a)- Actuar como cajero ni tener acceso a los ingresos de caja. b)- Manejo de registros principales y auxiliares de contabilidad. c)- Elaborar cheques o comprobantes de pago. d)- Preparar conciliaciones bancarias, recepción o distribución de inventarios, materiales y suministros.
X
La emisión de cheques, deberá contar con el respaldo de dos Firmas mancomunadas previamente autorizadas. Cuando ocurra un cambio o retiro de una o varias firmas autorizadas para emitir cheques deberá notificarse al banco inmediatamente. Diariamente deberán guardarse las chequeras en archivo o caja de seguridad para evitar su uso indebido. Todas las personas responsables del manejo de efectivo, así como las que firman cheques, deberán estar debidamente afianzadas. Para ello la Entidad u Organismo deberá adquirir una póliza de fidelidad.
Desembolsos con Cheques Todos los desembolsos deberán hacerse por medio de cheques debidamente pre numerados y emitidos en forma secuencial y a nombre del beneficiario, salvo los que estén autorizados para efectuarse en efectivo por medio del fondo de caja chica.
X
X
La legalidad y veracidad de las erogaciones deben quedarse establecidas en cada documento que soporte un desembolso 47
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
con cheque, a fin de facilitar su identificación y revisión posterior. Norma 1.- Organización Administrativa. Numeral 1.11.- Archivo de Documentación.- La documentación de respaldo de las operaciones que realice la Entidad, deberá ser archivada siguiendo un orden lógico, de fácil acceso y utilización. Deberá ser conservada adecuadamente, preservándola de cualquier contingencia, por el tiempo mínimo que señalan las disposiciones legales sobre la materia.
X
Norma 6.- Contabilidad Integrada, Numeral 6.1.Contabilidad Integrada establece: La Contabilidad Gubernamental deberá integrar las transacciones presupuestarias, financieras y patrimoniales en un sistema común, oportuno y confiable, destino y fuente de los datos expresados en términos monetarios. El sistema se sujetará a los preceptos señalados por las Normas que expida el Organismo Rector correspondiente.
X
Norma 6.- Contabilidad Integrada Numeral 6.2.- Sistema de Información Financiera.
X
El Sistema Contable establecido por el Organismo Rector correspondiente, será el único medio de información financiera derivado de las operaciones de la Administración Central y de las Entidades dependientes del Tesoro Nacional. El Sistema de Contabilidad debe informar sobre la gestión financiera en forma oportuna, confiable y eficiente, útil para sustentar las decisiones e idóneo para facilitar las tareas de control y auditoría. El sistema de registros contables deberá producir Estados Financieros que reflejen la Situación Financiera, Resultados de Operación, Evolución Patrimonial y Flujos de Fondos del Ente. 48
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
Norma 4.- Presupuesto. Numeral 4.1.- Responsabilidad del Control Presupuestario.
NO
X
Se establecerán y mantendrán controles necesarios en los Sistemas de Administración Financiera y Presupuestaria, a fin de asegurar el cumplimiento requerido en todas las fases del presupuesto, de acuerdo con la ley general del presupuesto, normas y procedimientos de ejecución presupuestaria establecidas por el Organismo Rector correspondiente. Numeral 4.4.- Control Previo al Compromiso.
X
Los Servidores Públicos designados para decidir la realización de un gasto y aquellas que conceden la autorización respectiva, verificarán previamente que: 1.-
La transacción corresponda al giro o actividad de la Entidad y conforme el presupuesto, planes y programas;
2.- El procedimiento propuesto para su ejecución sea el apropiado.
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
F. LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO Y SUS REFORMAS LEY No. 323 Principio de Publicidad y Transparencia Párrafo 4. Cada componente del Sector Público dará a conocer sus programas de adquisiciones al inicio de cada período presupuestario, mediante publicación en La Gaceta, Diario Oficial o dos diarios de circulación nacional.
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X
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X
Programación de Contrataciones Párrafo 1. Dentro del primer mes de cada periodo presupuestario, cada ente y órgano sujeto a la presente Ley publicará el programa de contrataciones proyectadas con un detalle de los bienes, obras y servicios que se contratarán por licitación.
Capacidad para Contratar Para ser proveedor de bienes o servicios o contratista de obras de Estado, cualquiera que sea la modalidad de contratación, los oferentes deberán cumplir los siguientes requisitos: a. Tener capacidad para obligarse y contratar, conforme a la legislación común. b. No encontrarse en convocatoria de acreedores, quiebra o liquidación. c. No encontrarse en interdicción judicial. d. Estar inscrito en el Registro Central de Proveedores.
11
X
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
Comité de Licitación La máxima autoridad, designará un Comité de Licitación, que intervendrá en todas las etapas del procedimiento, desde la elaboración y aprobación del pliego de bases y condiciones hasta la recomendación de adjudicación. El Comité de Licitación se constituirá mediante una resolución de la máxima autoridad del organismo y deberán ser personas de reconocida calidad técnica y experiencia, estando integrada por cinco miembro: • El Coordinador de la Unidad de Adquisiciones • El Jefe de la Entidad que solicita la adquisición o requiere de los bienes o servicios. • El Coordinador de los asuntos administrativos • El Asesor Legal • Un funcionario de la institución experto en la materia de que trata la adquisición.
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Procedimientos de Contratación. Las contrataciones del Estado se celebrarán mediante uno de los siguientes procedimientos: (Con base al Acuerdo Ministerial No. 41-2004, de fecha 30 de noviembre del año 2004, se establece los montos de los diferentes tipos de licitación, para ello se toman en cuenta los siguientes):
25
X
X
a) Licitación Pública: Para contrataciones que superen los C$ 3, 330,000.00. Esta modalidad requerirá el llamado a licitación por los medios previstos en la presente Ley y su reglamentación. b) Licitación por Registro: Para contrataciones superiores a los C$ 932,400.00 y hasta C$ 3, 330,000.00. Esta modalidad requerirá la invitación a participar por los medios previstos en la presente Ley y su Reglamentación.
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
c) Licitación Restringida: Para contrataciones superiores a C$ 133,200.00 y hasta C$ 932,400.00. Esta modalidad requerirá solicitar cotizaciones de precios y otras condiciones de suministro del bien, obra o servicio ofertado mediante invitación a concursar, por medio escrito o por correspondencia electrónica, de lo cual se deberá dejar constancia documentada, según los términos de esta Ley y su reglamentación. d) Compra por Cotización: Para aquellas contrataciones que no superen el monto equivalente a los C$ 133,200.00. Las contrataciones realizadas por esta modalidad serán autorizadas por la máxima autoridad de la institución contratante conforme a la reglamentación respectiva. G. REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO LEY No. 323. Utilización Obligatoria del Registro Los entes y órganos sujetos a la Ley utilizarán el Registro de Proveedores centralizado en los procedimientos en que la Ley así lo exige. Cuando se presenten ofertas en licitaciones públicas por parte de proveedores no inscritos, el organismo adquirente desestimará recibir las mismas.
49 X
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
LA LICITACIÓN PÚBLICA
64
X
66
X
NO
Publicación de la Invitación La invitación a participar se publicará en el Diario Oficial La Gaceta o en dos diarios de circulación nacional por término de dos (2) días hábiles. Entre cada una de estas publicaciones deberá transcurrir por lo menos un día calendario. Sin perjuicio de la obligatoriedad de la publicación en diarios de amplia circulación, la convocatoria y publicación también podrá realizarse por correspondencia electrónica. El pliego de bases y condiciones y sus anexos deberá estar a disposición de cualquier interesado al menos desde el día en que aparezca la invitación en cualquiera de los medios de comunicación señalados.
Utilización del Sistema Internacional de Unidades Serán de uso obligatorio las unidades y medidas del Sistema Internacional de Unidades, basado en el sistema métrico decimal. El organismo licitante prevendrá la corrección, en un plazo de cinco días hábiles, de cualquier indicación contraria a esta disposición.
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
Plazo de Presentación de Ofertas El plazo con indicación de la hora y fecha de vencimiento, que el pliego de bases y condiciones debe señalar para la presentación de ofertas tanto de obras como de bienes y servicios es de treinta (30) a cuarenta y cinco (45) días hábiles. Los plazos anteriores cuentan a partir de la última convocatoria.
70
X
LA LICITACIÓN POR REGISTRO Supuestos y Procedimientos En la licitación por registro se invitará a participar a todos los proveedores de bienes, servicios u obras, acreditados en el registro correspondiente, mediante comunicación dirigida a la dirección indicada por el respectivo proveedor. Se podrá adjuntar el pliego de condiciones y especificaciones del concurso, o indicar la oficina en la cual podrá retirarlo en invitado. Se dejará constancia en el expediente del concurso, de que la invitación respectiva ha llegado a su destino Plazos: El plazo para recibir ofertas se establecerá en el pliego de bases y condiciones y no podrá ser inferior a veinticinco (25) o superior a treinta (30) días hábiles a partir de la fecha de la última invitación o convocatoria en su caso. La apertura se regirá por las reglas de la Licitación pública y la adjudicación o declaratoria de deserción del concurso deberá producirse dentro del plazo que indique el pliego de condiciones. La comunicación de la adjudicación se realizará por el mismo medio empleado para invitar a participar. Cuando se comunique por notificación, esta deberá efectuarse a todos los interesados dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la firmeza de la adjudicación.
86
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X
X
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
LA LICITACIÓN RESTRINGIDA Supuestos y Procedimientos Este procedimiento de contratación requiere de la utilización del Registro de Proveedores, el cual será utilizado por el organismo adquirente para seleccionar a los oferentes a los cuales les cursará invitación a participar en la licitación, quienes por sus antecedentes y atestados garanticen el cumplimiento satisfactorio de la prestación objeto del contrato.
90
X
Cambio de forma de invitación Cuando en el registro respectivo el número de proveedores para el objeto que se interesa sea inferior a tres (3) o mayor de cinco (5), deberá invitarse a participar mediante la modalidad de licitación pública.
91
X
Obligación de Publicidad Al enviar la invitación respectiva, se anexará una copia en el expediente respectivo de la licitación el cual estará al acceso para cualquier proveedor eventual interesado en participar en la licitación, a efecto de garantizar los principios de igualdad y de libre competencia a los eventuales oferentes.
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X
Plazos El plazo para recibir ofertas se establecerá en el pliego de bases y condiciones y no podrá ser inferior a veinticinco (25) o superior a treinta (30) días hábiles y su apertura se regirá por las reglas de la licitación pública. La adjudicación o la declaración de deserción del concurso deberán producirse dentro del plazo fijado.
93
X
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
LA COMPRA POR COTIZACIÓN Solicitud de Cotización Cuando el monto de la contratación sea inferior a la suma establecida en el literal "d)" del Artículo 25 de la Ley, el ente u órgano licitante podrá seleccionar al contratista previa solicitud de cotizaciones al menos a tres oferentes inscritos en el Registro de Proveedores.
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X
Cuando en el Registro de Proveedores no haya inscritos al menos tres oferentes para el bien o servicio que se desea adquirir, se dejará constancia escrita de esa circunstancia y se pedirá cotización a quienes se encuentren inscritos. La invitación podrá establecer la posibilidad de enviar la cotización por medios electrónicos tales como fax o correo electrónico, ó bien hacerlo mediante cotización en sobres cerrados en el plazo que indique la invitación. Comité de Compras Se podrá conformar un Comité Técnico de Compras que 99 estará compuesto por los encargados respectivos de las dependencias administrativas de Contabilidad y de Servicios Generales, cuando el monto sea igual o mayor a C$ 20,000.00 (veinte mil córdobas netos).
X
Este Comité tomará en cuenta el precio, calidad, el plazo de entrega y demás condiciones que favorezcan los intereses del Estado.
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ATRIBUTOS
Art os.
Incisos
Cumpli miento SI
NO
Se levantará acta de las reuniones efectuadas por este Comité y serán debidamente firmadas por todos los miembros. La resolución deberá ser por mayoría de votos. Las órdenes de compras que se emitan conforme a este Reglamento deberán acompañarse de la Resolución escrita por el Comité de Compras. Cada adquisición de bienes y servicios deberán soportarse al igual que con la Resolución, por sus respectivas facturas legales que contenga pie de imprenta, número RUC y nombre del establecimiento. H. NORMAS DE CIERRE PRESUPUESTARIO Y CONTABLE DEL EJERCICIO 2006. Se establece el 29 de diciembre 2006 como fecha máxima para el registro de regularizaciones y rendiciones finales de fondos rotativos de todas las fuentes de financiamientos. Se establece el día 29 de diciembre 2006 como fecha máxima para el reintegro de los fondos rotativos de todas las fuentes de financiamiento no utilizados del ejercicio 2006. El reintegro se efectuará en la cuenta No. 71001 TGR-Fondo General en Córdobas y deberá ser por el equivalente del saldo del Libro Banco. Los organismos e instituciones de la administración central actualizarán el inventario de activos fijos físico-financiero con fecha de corte el 15 de diciembre del 2006 que incluya altas, bajas y traslados luego deberán remitir dicha información a la Dirección General de Contabilidad Gubernamental a más tardar el 29 de diciembre del 2006. La recepción y registro de bienes en mal estado por parte de la Dirección de Bienes del Estado en el presente año 2006 se efectuará de conformidad a circular ref. DGCG-SUG-83808-06 del 25 de agosto del 2006.
4
X
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X
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CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
Proyectos ejecutados por el Ministerio de Transporte e Infraestructura para el año 2006 No.
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Proyecto
FORTALECIMIENTO SNIP-MTI COOPERACION AL PROGRAMA DE DESMINADO HUMANITARIO III PROGRAMA DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE CARRETERAS REHABILITACION DE CARRETERAS PAVIMENTACION DE CARRETERA GUAYACAN JINOTEGA AMPLIACION DE CARRETERA TICUANTEPE MASAYA GRANADA MEJORAMINEINTO DEL CAMINO SANTA CLARA SUSUCAYAN EL JICARO REHABILITACION DE CARRETERA CHINANDEGA GUASAULE REHABILITACION DE CARRETERA TIPITAPA LAS FLORES MEJORAS EN LA CARRETERA RIO BLANCO PUERTO CABEZAS PAVIMENTACION CARRETERA COSTANERA LITORAL SUR PROYECTO VIAL PARA LA COMPETITIVIDAD DE LA ZONA II (BID 1530/SF-NI)
IV PROGRAMA DE REHABILITACION Y MANTENIMIENTO DE CARRETERAS PLAN VIAL DE COMPETITIVIDAD ZONA III (LEON, MATAGALPA JINOTEGA) DISEÑO PARA LA REHABILITACION Y MANTENIMINETO DE LA CARRETERA GRANADAEMPALME GUANACASTE (BID 1545) ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA REHABILITACION DE LA CARRETERA EMPLAME PUERTO SANDINO ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA JINOTEPE NANDAIME DISEÑO PARA ADOQUINADO DE JUIGALPA PUERTO DIAZ (BID 1545/SF-NI) ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA REHABILITACION DE LA CARRETERA LAS ESQUINAS SAN MARCOS CATARINA (BID) ESTUDIO Y DISEÑO PARA LA REHABILITACION DE LA CARRETERA JINOTEPE SAN MARCOS
Fuente de Financiamiento
Fondos Actualizados 2006 C$
Ejecución Financiera Total C$
Renta del Tesoro Donaciones Externas
650,000.00 6,100.000.00
646,217.44 6,100.000.00
% Ejecu tado 99.42 100
Saldo por Ejecutar 2006 3,782.56 0-0
Préstamos Externos
35,891,351.89
25,485,494.50
71.01
10,405,857.39
Préstamos Externos Renta del Tesoro Donaciones Externas Renta del Tesoro Préstamos Externos Renta del Tesoro Préstamos Externos Renta del Tesoro/Alivio BM Préstamos Externos Renta del Tesoro Préstamos Externos Rentas del Tesoro Renta del Tesoro/Alivio BM Préstamos Externos Donaciones Externas Rentas del Tesoro Renta Del Tesoro/Alivio BM Rentas del Tesoro Préstamos Externos
74,610,441.00
40,441,967.45
54.20
34,168,473.55
19,303,201.00 86,226,737.00
15,888,424.46 33,331,864.24
82.31 38.66
3,414,776.54 52,894,872.76
13,737,436.00 70,940,000.00
13,324,187.35 49,158,682.29
96.99 69.30
413,248.65 21,781,317.71
46,489,000.00 6,641,000.00
46,273,550.00 1,916,145.34
99.54 28.85
215,450.00 4,724,854,66
2,500,000.00 39,000,000.00
0-0 1,510,631.31
0-0 3.87
2,500,000.00 37,489,368.69
17,093,257.00 6,199,000.00
17,045,808.00 6,198,123.02
99.72 99.99
47,449.00 876..98
1,001,139.00 26,698,609.00
418,025.29 28,692,796.37
41.75 99.98
583,113.71 5,812.63
57,537,000.00 10,238,000.00
57,536,999.02 6,733,328.42
100 65.77
0.98 3,504,671.58
1,023,800.00 1,497,807.00
1,022,910.97 1,420,767.88
99.91 94.86
889.03 77,039.12
12,000,000.00
11,672,500.25
97.27
327,499.75
123,944,757.00
74,160,512.01
59.83
49,784,244.99
Préstamos Externos Renta del Tesoro/Alivio BM Préstamos Externos Rentas del Tesoro Renta del Tesoro/Alivio BM Préstamos Externos Rentas del Tesoro
76,975,732.11
0
0
76,975,732.11
50,106,598.00 62,901,459.00
50,082,667.78 1,109,353.60
99.95 1.76
23,930.22 61,792,105.40
9,000,000.00
8,980,925.19
99.79
19,074.81
5,168,459.00 20,321,412.00
2,106,083.96 0
40.75 0
3,062,375.04 20,321,412.00
2,590,550.00
90,546,90
3.50
2,500,003.10
Renta Del Tesoro
103,300.00
101,501.97
98.26
1,798.03
Rentas del Tesoro Préstamos Externos
223,020.00
222,846.26
99.92
173.74
903,700.00
0
0
903,700.00
Rentas del Tesoro Prestamos Externos Rentas del Tesoro Préstamos Externos
271,540.00
270,756.38
99.71
783.62
1,229,900.00 205,490.00
0 204,629.61
0 99.58
1,229,900.00 860,39
860,650.00
0
0
860,650.00
Rentas del Tesoro Préstamos Externos
67,580.00
66,807.02
98.86
772.98
307,300.00
0
0
307,300.00
58 58
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
No.
Proyecto
Fuente de Financiamiento
21
DISEÑO PARA ADOQUINADO DE JUIGALPA LA LIBERTAD SANTO DOMINGO (BID 1545SF-NI) ESTUDIO DE FACTIBILIDAD Y DISEÑO PARA LA PAVIMENTACION DE LA CARRETERA NUEVA GUINEA BLUEFIELDS CONSTRUCCION CARRETERA ESQUIPULAS MUY MUY (FACTIBILIDAD Y DISEÑO)(BID 1545-SF-NI) CONSTRUCCION DE CARRETERA SAN RAFAEL DEL NORTE YALI (FACTIBILIDAD Y DISEÑO)(BID 1545 SF-NI) DISEÑO DE ADOQUINADO DEL TRAMO TISMA EMPLAME ZAMBRANO (BID 1545 SFNI) PAVIMENTACION DE CARRETERA ACOYAPA SAN CARLOS (ESTUDIO Y DISEÑO) REHABILITACION EMPALME LAS FLORES CATARINA GUANACASTE NANDAIME
Préstamos Externos Rentas del Tesoro Rentas del Tesoro Donaciones Externas Préstamos Externos Rentas del Tesoro Préstamos Externos Rentas del Tesoro Rentas del Tesoro Préstamos Externos Rentas del Tesoro Préstamos Externos Rentas del Tesoro Préstamos Externos Préstamos Externos Rentas del Tesoro Rentas del Tesoro
Donaciones Externas Rentas del Tesoro Donaciones Externas Rentas del Tesoro/Alivio BM Rentas del Tesoro Rentas del Tesoro/alivio BID Rentas del Tesoro/Alivio BID Rentas del Tesoro Rentas del Tesoro/Alivio BM
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REHABILITACION DE LA CARRETERA SEBACO MATAGALPA (NI/L1005)
29
CONSTRUCCION CARRETERA ENTRADA INTA PROINCO KM 17 ½ CARRETERA MASAYA PROGRAMA DE APOYO SECTOR TRANSPORTE (PAST) II FASE
30
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33 34
35
36
RECONSTRUCCION DE PUENTES LAS LIMAS OCONGUA MUHAN Y QUINAMA REVESTIMIENTO DE CARRETERAS
REHABILITACION DE CAMINOS INTERMUNICIPALES DRENAJE DE CARRETERAS
PROGRAMA ESPECIAL DE REPARACION Y RECONSTRUCCION A DAÑOS CAUSADOS POR TEMPORADA DE INVIERNO CONSERVACION SISTEMA DE ADMINISTRACION DE PAVIMENTO
Renta del Tesoro
Fondos Actualizados 2006 C$ 1,838,550.00
Ejecución Financiera Total C$ 0
% Ejecutado 0
Saldo por Ejecutar 2006 1,838,550.00
424,830.00 847,000.00
423,791.96 845,767.66
99.76 99.85
1,038,04 1,232.34
1,802,000.00 1,820,000.00
0 0
0 0
1,802,000.00 1,820,000.00
420,000.00 753,200.00
419,999.64 0
100 0
2.36 753,200.00
179,720.00 51,651.00
177,036.80 49,500.00
98.51 95.84
2,683.20 2,151.00
251,250.00 454,005.00
0 454,004.56
0 100
251,250.00 0.44
15,352,000.00 247,875.00
11,222,712.58 0
73.10 0
4,129,287.42 247,875.00
54,741,000.00 24,848,250.00
0 17,253,918.31
0 69.44
54,741,000.00 7,594,331.69
651,518.00 8,422,974.00
0 8,422,974.00
0 100
651,518.00 0
98,707,770.00
55,332,988.76
56.06
43,374,781.24
6,746,988.00 6,442,272.00
6,738,367.24 0
99.87 0
8,620.76 6,442,272.00
6,000.000.00
6,000,000.00
100
0
59,790,540.00 71,026,000.00
59,764,269.03 70,997,885.34
99.96 99.96
26,270.97 28,114.66
16,617,000.00
16,604,790.45
99.93
12,209.55
47,883,292.00
47,883,991.89
100
0.11
318,708.00
318,708.00
100
0
4,000,000.00
3,979,117.46
99.48
20,882.54
59
CONT RALORIA GENE RAL DE LA REPUBLICA
An ex o I
ANEXO II CUADRO RESUMEN DEL PAGO DE PLANILLAS DE PERSONAL PERMANENTE MEDIANTE EL RENGLÓN 131 “SUELDOS CARGOS TRANSITORIOS” Nombre del Proyecto
Comprobantes Únicos Contables
Proyecto Vial Plan Puebla – Panamá para la Competitividad de la Zona II, Chinandega
CUC 1652 (29/03/06), CUC 2224 (02/05/06), CUC 2936 (01/06/06), CUC 3674 (07/07/06), CUC 4089 (26/07/06), CUC 4729 (30/08/06), CUC 5121 (04/10/06), CUC 5724 (02/11/06) y CUC 6587 (11/12/06)
Proyecto Rehabilitación Carretera San Lorenzo-Muhan
de
CUC 104 (13/01/06), CUC 6906 (18/12/06), CUC 6764 (14/12/06), CUC 6904 (14/12/06), CUC 6895 (18/12/06), CUC 7043 (19/12/06), CUC 535 (02/02/06), CUC 1096 (02/03/06), CUC 1723 (04/04/06), CUC 1808 (04/04/06), CUC 2299 (04/05/06), CUC 2952 (02/06/06), CUC 3708 (10/07/06), CUC 4327 (04/08/06), CUC 4346 (04/08/06), CUC 4752 (01/09/06), CUC 5216 (05/10/06), CUC 5931 (10/11/06), CUC 6124 (20/11/06), CUC 6510 (06/12/06), CUC 3209 (14/06/06), CUC 3834 (13/07/06), y CUC 6913 ( 18/12/06)
Proyecto Plan Vial para la Competitividad de la Zona III (León, Matagalpa y Jinotega)
CUC 6624 (12/12/06), CUC 226 (18/01/06), CUC 158 (16/01/06), CUC 5222 (06/10/06), CUC 6379 (01/12/06), y CUC 6573 (11/12/06)
Proyecto Carreteras
CUC 2346 (05/05/06), CUC 4797 (04/09/06), CUC 1783 (04/04/06), CUC 1779 (04/04/06), CUC 595 (03/02/06), CUC 223 (18/01/06), CUC 1767 (04/04/06), CUC 1193 (03/03/06), CUC 2661 (17/05/06),
Revestimiento
de
Áreas Administrativas Pagadas Personal de Oficina y Campo de la Unidad Coordinadora de Programas, Personal de la Unidad de Adquisiciones y División del Personal (Complementos). División de Informática, Unidad de Gestión Ambiental, Unidad de Adquisiciones, División de Control Técnico, Centro de Atención al Publico, Asesoría Legal, Unidad de Adquisiciones, División de Personal, Prestaciones Sociales a la Sra. María del Rosario Salvatierra Pavón, Liquidación final a la Sra. Rosa María Andura Barberena, Liquidación final a Tania Belén Valenzuela Espinoza, Liquidación final al Sr. Henry Zúñiga Solís, Complemento de Sueldo al Sr. Mario Sarria Rivas. Despacho del Ministro, Despacho del Vice Ministro, Despacho del Secretario General, Desarrollo Institucional, Unidad de Adquisiciones, Asesoría Legal Auditoría Interna, Dirección de Admón. Vial (Ingeniería Trafico), Dirección de Planificación Despacho del Ministro, Despacho del Vice Ministro, Despacho del Secretario General, Dirección de Desarrollo Institucional, Unidad de Adquisiciones, Asesoría
60
CONT RALORIA GENE RAL DE LA REPUBLICA
Proyecto Mejoras en la Carretera Río Blanco Puerto Cabezas.
Proyecto Rehabilitación Caminos Intermunicipales
de
Proyecto de Rehabilitación y Mantenimiento de Carretera – Asistencia Técnica -
CUC 3042 (05/06/06), CUC 125 (13/01/06), CUC 4134 (02/08/06), CUC 3673 (07/07/06), y CUC 120 (13/01/06) CUC 1287 (07/03/06), CUC 111 (13/01/06), CUC 598 (03/02/06), CUC 5233 (06/10/06), CUC 5211 (05/10/06), CUC 5945 (13/11/06), CUC 2307 (04/05/06), CUC 6486 (06/12/06), CUC 2300 (04/05(06), CUC 5759 (07/11/06), CUC 675 (07/02/06), CUC 601 (03/02/06), CUC 98 (12/01/06), CUC 1311 (08/03/06), CUC 3001 (02/06/06), CUC 1781 (04/04/06), CUC 3683 (07/07/06), CUC 1839 (05/04/06), CUC 6538 (07/12/06), CUC 11786 (04/04/06), CUC 3005 (02/06/06), CUC 3667 (07/07/06), CUC 4737 (04/08/06), CUC 4316 (04/08/06), CUC 4836 (06/09/06), CUC 4787 (04/09/06) CUC 147 (16/01/06), CUC 137 (14/01/06), CUC 592 (03/02/06), CUC 517 (01/02/06), CUC 1188 (03/03/06), CUC 1223 (06/03/06), CUC 1262 (07/06/06), CUC 1856 (05/04/06), CUC 1855 (05/04/06), CUC 1809 (04/04/06), CUC 2483 (10/05/06), CUC 3121 (09/06/06), CUC 3093 (07/06/06), CUC 3097 (07/06/06), CUC 3910 (17/07/06), CUC 3705 (10/07/06), CUC 3700 (10/07/06), CUC 4400 (08/08/06), CUC 4566 (21/08/06), CUC 4423 (09/08/06), CUC 5007 (20/09/06), CUC 4898 (08/09/06), CUC 4900 (08/09/06), CUC 5263 (10/10/06), CUC 5184 (04/10/06), CUC 5295 (10/10/06), CUC 5296 (10/10/06), CUC 5763 (07/11/06), CUC 5773 (07/11/06), CUC 6537 (07/12/06), y CUC 6546 (07/12/06) CUC 1717 (Vr-2006-04-01), CUC 2403 (Vr-2006-05-011), CUC 3152 (Vr-2006-06-066), CUC 3836 (Vr-2006-07-074), CUC 4441 (Vr-2006-08-008), CUC 4854 (Vr-2006-09-013), CUC 5853 (Vr-2006-10-011),
An ex o I
Legal Auditoría Interna, División de Informática.
División General Administrativa Financiera, Oficina de Contabilidad, Oficina de Servicios Administrativos, División de Recursos Financieros, Oficina de Tesorería.
Dirección General de Vialidad, División de Conservación Vial, Dirección General de Normas de la Construcción y Desarrollo Urbano, Centro de Atención al Publico, Proyecto del Sistema de Administración de Pavimento, Departamento de Ingeniería de Trafico.
Dirección Administrativa Financiera, Dirección General de Vialidad, Asesoría Legal, Despacho del Ministro y Dirección de Adquisiciones.
61
CONT RALORIA GENE RAL DE LA REPUBLICA
An ex o I
CUC 6133 (Vr-2006-11-009), CUC 6408 (Vr-2006-12-057) y CUC 6476 (Vr-2006-12-071). Pavimentación de Costanera Litoral Sur
Carretera
Construcción de Carretera INTA PROINCO Km 17 ½ (Estudio y Diseño)
CUC 38 (11/01/06), CUC 587 (03/02/06), CUC 1273 (07/03/06), CUC 1854 (05/04/06), CUC 2797 (23/05/06), CUC 2989 (02/06/06), CUC 3679 (07/07/06), CUC 4433 (09/08/06), CUC 4874 (07/09/06), CUC 5254 (09/10/06), CUC 5755 (03/11/06), CUC 6511 (06/12/06), CUC 6599 (12/12/06) CUC 38 (11/01/06), CUC 485 (01/02/06), CUC 529 (01/02/06), CUC 1239 (07/03/06), CUC 1243 (07/03/06), CUC 1739 (04/04/06), CUC 2456 (09/05/06), CUC 2985 (02/06/06), CUC 3678 (07/07/06), CUC 4422 (09/08/06), CUC 4841 (06/09/06), CUC 5259 (09/10/06), CUC 5772 (07/11/06), CUC 5843 (09/11/06), CUC 6498 (06/12/06), CUC 6591 (11/12/06).
División General de Planificación, Despacho del Ministro, Despacho del Viceministro, Despacho del Secretario General, Dirección de Desarrollo Institucional, Unidad de Adquisiciones, Asesoría Legal, Auditoria Interna, Informática, División General de Planificación.
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