MODALIDADES DE FRAUDE ELECTORAL MAS CONOCIDAS

MODALIDADES DE FRAUDE ELECTORAL MAS CONOCIDAS Lo anotado en éste acápite fue tomado de libro “fraude electoral –lo que la tinta no corrige- del Dr. Al

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MODALIDADES DE FRAUDE ELECTORAL MAS CONOCIDAS Lo anotado en éste acápite fue tomado de libro “fraude electoral –lo que la tinta no corrige- del Dr. Alfonso Portela Herrán . Presidente del Consejo Superior de la Carrera de la Registraduría Nacional del Estado Civil Se han encontrado a lo largo de muchas investigaciones de tipo electoral que desde la figura del jurado de votación se han montado gran cantidad de fraudes que se elaboran en la etapa preelectoral y se consolidan en la etapa electoral, desde cuando se hace la designación de los mismos, y a lo largo de todo el proceso, incluyendo el trabajo en la mesa y hasta la entrega de los resultados, se presentan muchas irregularidades que les han sido comprobadas. Un fraude de mesa es casi indetectable cuando se cuenta con uno o dos jurados de votación, y difícilmente se descubre cuando se cuenta con todos los jurados de la mesa de votación porque estos aceptan trabajar fraudulentamente para un propósito específico. 1. Suplantación de jurados de votación. Consiste en ejercer la función de jurado de votación con nombres falsos o número de cédula perteneciente a otras persona. Se llama jurado de votación a la persona designada conforme a la ley quien el día de las elecciones tiene como función pública transitoria la de participar en el desarrollo de las votaciones, permitiendo que conforme a las reglas, los ciudadanos debidamente autorizados puedan ejercer el libre derecho al sufragio y al final de las votaciones entregar el resultado de lo ocurrido en la mesa de votación que le fue asignada. Por lo tanto, al realizar el nombramiento de jurados de votación se podría hacer con nombres ficticios, como quiera que podría dar lugar a encontrar que los nombres, apellidos y número de cédula de ciudadanía no coincidan, es decir, utilizar nombres falsos, o con número de cédula perteneciente a otra persona. 2. Notificación irregular de jurados de votación. Consiste en nombrar una persona como jurado de votación en municipio o lugar donde es requerido el voto, y sin figurar en el censo electoral del mismo. Este tipo de irregularidad, puede ir ligado al punto anterior de los jurados con identidad falsa, debido a que se tienen que crear los espacios para la venta de mesa y otras modalidades de fraude. Si no está en el censo electoral del municipio o del lugar donde es requerido el voto, la solución es: “nómbrelo de jurado de votación”.

3. “Mesa propia” Es cuando una mesa de votación ha sido previamente “vendida”, con jurados propios, los cuales logran tener acceso a los documentos electorales entregados con anticipación, la organización electoral ha venido implementando el sistema de kit electoral en la gran mayoría de los lugares de votación se entrega sellado, y horas o minutos antes de iniciarse la votación con el fin de disminuir esta modalidad. La organización de las elecciones desde hace varios años ha venido implementando el sistema de kit electoral para la entrega de los documentos de la mesa de votación; esta determinación obedeció a la vulnerabilidad de los documentos de mesa cuando eran entregados con anticipación a los registradores municipales y sus delegados; el kit electoral en la gran mayoría de los lugares de votación se entrega sellado, y horas o minutos antes de iniciarse la votación; allí se encuentran los adhesivos para las urnas, los formularios que deben diligenciar los jurados de votación, tales como el acta de instalación, lista de sufragantes y registro de votantes, tarjetas electorales, formulario de escrutinio de mesa, entre otros. Así, mediante revisión ocular el día de elecciones descubrir el método de “mesa propia” se hace casi imposible, como quiera que cuando la mesa ha sido “vendida” con jurados propios y con acceso al censo electoral de la mesa por nombres y apellidos, pues, al confrontar coinciden con los nombres y apellidos de sus verdaderos titulares y sólo se conoce cuando personas que no han sufragado lo manifiestan, o se sabe que residen en otro lugar. 4. El carrusel. Consiste en entregar marcada la tarjeta electoral y para poder pagar el voto, el sufragante debe traer la tarjeta sin marcar, que le entregó el jurado de votación. El carrusel ya está en decadencia, pues se han encontrado formas más eficaces para el fraude, pero aún ocurre con el propósito de asegurar los votos comprados; consiste en entregar marcada la tarjeta electoral y para poder pagar el voto el sufragante debe traer la tarjeta sin marcar que le entregó el jurado de votación. 5. Eliminación de votos arbitraria. Consiste en adicionar una marcación a la tarjeta electoral para producir la anulación del voto, esto puede ocurrir en aquellos lugares en donde no hay presencia de testigos electorales o con la presencia de ellos Los artículos 134 y siguientes del código electoral contemplan el escrutinio de los jurados de votación. cerrada la votación, uno de los miembros del jurado de votación debe leer en voz alta el número total de personas que sufragaron en la mesa de votación a su cargo y dejará constancia en el acta de escrutinio de la mesa, hará un inventario de las tarjetas

electorales no utilizadas, en algunos casos, se rompen o se incineran y hará constar en el acta de escrutinio el hecho. La calificación de las tarjetas por su marcación es un procedimiento sensible y queda a la voluntad del jurado de votación quien puede calificar como voto nulo, las tarjetas electorales que fueron válidamente marcadas. Sumado a lo anterior, en aquellos lugares en donde no hay presencia de testigos electorales o con la presencia de ellos, se adiciona una marcación a la tarjeta electoral para producir la anulación del voto. 6. Tarjetas prepago. Consiste en asignar como misión a los jurados de votación marcar las tarjetas no marcadas o en su defecto, calificarlas a favor de un candidato o lista específica, esta situación sólo se detecta cuando se pide recuento de la mesa con revisión de las tarjetas electorales. La tarjeta no marcada se ha convertido en combustible para aquellos que necesitan votación y asignan como misión a sus jurados que procuren marcarlas, o en su defecto, calificarlas a favor de un candidato o lista específica, esta situación sólo se detecta cuando se pide recuento de la mesa con revisión de las tarjetas electorales. En otros países la tarjeta no marcada equivale a un voto en blanco, pero en el nuestro, por expresa disposición legal, el voto en blanco es aquel que se marca en la casilla correspondiente al voto en blanco, pero muchos electores desconocen la existencia de una casilla especialmente dispuesta para el efecto, por lo que podría pensarse que la tarjeta no marcada equivale a una abstención o a un voto en blanco. 7. El jurado fantasma Ocurre cuando sin existir al menos dos (2) jurados de mesa el día de elecciones, el acta aparezca posteriormente firmada por dos (2) jurados. Según el parágrafo 2º del artículo 5º de la ley 163 de 1994, dice: “las actas de escrutinio de los jurados de votación serán válidas cuando estén firmadas, al menos, por dos (2) de ellos (...)”. Por ello, toda acta de escrutinio del jurado de votación, o escrutinio de mesa (e-14), que es donde se consignan los resultados de cada mesa de votación, debe estar firmada por al menos dos (2) de los tres jurados de mesa. Por ello es vital para la transparencia del proceso la seguridad de los jurados y el detectar cuando sin existir al menos dos (2) jurados de mesa el día de elecciones, el acta aparezca posteriormente firmada por dos (2) jurados. 8. El paquete chileno Ocurre cuando se da el cambio de las bolsas que contienen los documentos electorales durante su transporte.

De allí que conocer y verificar la numeración de las tarjetas electorales asignadas a cada mesa de votación, lo mismo que los nombres de los jurados de votación que actuaron en cada una, es la única herramienta posible para constatar que se ha cometido este fraude electoral. Tal constatación se puede hacer a través de la Dirección Nacional Electoral, quién coordina con el contratista el número de serie que está consignado en el código de barras de cada tarjetón y el método de individualización de cada bolsa que contiene material electoral. 9. Las mesas de votación canceladas por problemas de orden público. Es un comportamiento fraudulento por parte de algunos delegados designados para los puestos de votación, quienes podrían alegar razones de orden público para no instalar la mesa de votación, teniendo ocasión para que regresen y no entreguen los documentos a la Registraduría del Estado Civil, y en ese momento comienzan a subastar la mesa de votación, no reportan la mesa como no instalada, diligencian los documentos de la misma con resultados acorde a quien adquirió los documentos de la mesa y regresan a la Registraduría respectiva como si el evento electoral se hubiera realizado En nuestro país sucede que siempre que hay elecciones, hay varios lugares de nuestra geografía donde no es posible instalar mesas de votación; cuando se conoce la imposibilidad de ubicación de las mesas de votación se trasladan a la cabecera municipal o al lugar más próximo que ofrezca garantías para el desarrollo de la votación. El mismo día de las elecciones –si no es posible su traslado y funcionamiento– se cancela la votación en la mesa, ya sea porque los documentos electorales fueron retenidos, incinerados o al delegado de la Registraduría del Estado Civil se le impidió trasladar los documentos para la instalación de la mesa de votación. Debemos indagar a la Registraduría Nacional del Estado Civil, antes de iniciar la votación, durante el desarrollo de la misma y al término de ella, cuántas mesas de votación realmente funcionaron el día de las elecciones. Sobre este particular se han encontrado comportamientos fraudulentos por parte de algunos delegados designados para los puestos de votación, quienes podrían alegar razones de orden público para no instalar la mesa de votación, teniendo ocasión para que regresen y no entregen los documentos a la Registraduría del Estado Civil, y en ese momento comienzan a subastar la mesa de votación, no reportan la mesa como no instalada, diligencian los documentos de la misma con resultados acorde a quien adquirió los documentos de la mesa y regresan a la Registraduría respectiva como si el evento electoral se hubiera realizado. Se sabe que en algunos lugares remotos del país, de difícil acceso, el proceso queda a merced de quienes se atreven a transladarse a esos lugares; la votación se hace con anterioridad, sin la intervención de los electores, ni mucho menos de autoridades.

10. El Arca de Noé Consiste en dejar por fuera del arca bolsas con documentos electorales para alterarlos, o simplemente, para que sean excluidos del escrutinio durante la introducción de los documentos electorales al arca triclave. Los documentos electorales se introducirán y guardarán en un (1) arca de tres (3) cerraduras o candados denominados arca triclave, (art. 145 C.E.). Estas arcas triclaves deben estar marcadas por la parte exterior con el nombre del municipio al que corresponden. Cuando el volumen de documentos electorales hace necesario que se habiliten espacios más grandes para guardar los documentos electorales con las seguridades requeridas, se podrán incorporar como arcas triclaves, locales y oficinas que se adecúen a los requerimientos. Estas arcas estarán ubicadas en las oficinas del Consejo Nacional Electoral, las delegaciones del Registrador Nacional del Estado Civil, las registradurías municipales y auxiliares. Son claveros de las arcas triclaves del Consejo Nacional Electoral: el Presidente, vicepresidente y secretario; de la delegación del Registrador Nacional del Estado Civil: el Gobernador o su delegado y los dos (2) delegados del Registrador Nacional del Estado Civil; de las registradurías distritales y de las ciudades con más de cien mil (100.000) cédulas vigentes: el Alcalde, el Juez Municipal y uno de los dos (2) registradores distritales o municipales; de las demás registradurías del estado civil: el Alcalde, el Juez Municipal y el respectivo registrador y de las registradurías auxiliares: un delegado del Alcalde, un juez designado por el tribunal Superior y el registrador auxiliar. Si no asiste uno de los claveros se reemplazará con un ciudadano de reconocida honorabilidad, escogido por los otros dos (2) claveros. No pueden ser claveros, los candidatos a cargos y corporaciones públicas, sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad o primero civil. En la introducción de los documentos electorales al arca triclave, suelen presentarse una serie de irregularidades, como dejar por fuera del arca bolsas con documentos electorales para alterarlos, o simplemente, para que sean excluidos del escrutinio. 11. Uno más uno da tres Ocurre durante el “preconteo” especialmente en el proceso de grabación, diligenciamiento de los documentos de transmisión o digitación de la información donde se consigna información que no es real, alterando los resultados que se van a reflejar en la fase de escrutinio de las comisiones escrutadoras, quitándole votación a unos y colocándola a otros. La irregularidades en el procesamiento de la información se presentan en cualquier instancia de la grabación, ya sea diligenciando mal los documentos de transmisión, o en el proceso de digitación de los guarismos electorales, que se ven reflejadas en los escrutinios

En el “preconteo” se han encontrado situaciones irregulares, especialmente en el proceso de digitación de la información, donde se consigna información que no es real, alterando los resultados que se van a reflejar en la fase de escrutinio de las comisiones escrutadoras, quitándole votación a unos y colocándola a otros. El preconteo, a pesar de no ser un resultado oficial de las elecciones, en nuestro medio difícilmente se acepta un resultado diferente al que arroje el escrutinio sin ser considerado como fraude. La empresas contratadas para este proceso recogen la información de los resultados de la mesas de votación, lo consolidan y van informando a la ciudadanía los resultados a medida que van procesando la información. Aunque no es el resultado oficial de la elección, es el soporte para la realización del escrutinio, porque la información procesada se imprime y se le entrega a la comisión escrutadora, quienes, con base en ese documento realizan su escrutinio. La irregularidades en el procesamiento de la información se presentan en cualquier instancia de la grabación, ya sea diligenciando mal los documentos de transmisión, o en el proceso de digitación de los guarismos electorales, que se ven reflejadas en los escrutinios. 12. La casa en el aire Consiste en no prever con anterioridad a la realización del escrutinio, las circunstancias de seguridad del local designado para ello, como quiera que en ciertos lugares de la geografía nacional, el tema electoral se vive de manera especial, y de no contar con las medidas preventivas necesarias, se pueden presentar casos de asonadas En la fase anterior a su realización, se debe establecer el lugar donde se llevará a cabo el escrutinio, mediante acto administrativo se señalará el lugar, el cual debe publicarse para que sea conocido por la ciudadanía. Es muy importante para asegurar el escrutinio electoral (pasadas las elecciones), la información sobre las circunstancias de seguridad del local designado para ello, como quiera que en ciertos lugares de la geografía nacional, el tema electoral se vive de manera especial, y de no contar con las medidas preventivas necesarias, se pueden presentar casos de asonadas, como sucedió en el Departamento de Córdoba en las pasadas elecciones locales. 13. No vale tarde y menos nunca Consiste en avalar o no la entrega extemporánea de los pliegos electorales, estos tienen un término para su entrega, ya sean los documentos de la cabecera municipal o los correspondientes a los sectores rurales. La hora de entrega era la consignada en el acta de introducción de los pliegos electorales al arca triclave; algunas comisiones escrutadoras interpretan que por la hora de entrega debe tomarse aquella en la cual se le entregaron los pliegos electorales al delegado de la Registraduría, y que no se tiene en cuenta a qué hora éste los entrega a los claveros. Con estas interpretaciones se pueden favorecer o perjudicar a un candidato determinado o lista.

Considerar que los pliegos que quedan por fuera se tienen o no en cuenta, es demasiada flexibilidad para ayudar o perjudicar a los interesados en los resultados de las elecciones. Esta circunstancia constituye una de las causales de reclamación consagradas en el art. 192 del C. E. que debe ser resuelta por las comisiones escrutadoras. Los pliegos electorales tienen un término para su entrega, ya sean los documentos de la cabecera municipal o los correspondientes a los sectores rurales. En principio, se tenía que la extemporaneidad ocurría cuando sin justa causa se entregaban los documentos electorales por fuera del término establecido a los claveros, esto es, que la hora de entrega era la consignada en el acta de introducción de los pliegos electorales al arca triclave; algunas comisiones escrutadoras interpretan que por la hora de entrega debe tomarse aquella en la cual se le entregaron los pliegos electorales al delegado de la Registraduría, y que no se tiene en cuenta a qué hora éste los entrega a los claveros. Con estas interpretaciones se pueden favorecer o perjudicar a un candidato determinado o lista. Considerar que los pliegos que quedan por fuera se tienen o no en cuenta, es demasiada flexibilidad para ayudar o perjudicar a los interesados en los resultados de las elecciones. Esta circunstancia constituye una de las causales de reclamación consagradas en el art. 192 del C. E. que debe ser resuelta por las comisiones escrutadoras. 14. Demoras en el escrutinio Demorar el escrutinio es otra forma de fraude y procura que los demás terminen el proceso y quedarse de últimos para volver costosos los votos fraudulentos que allí se puedan conseguir; es decir, la cotización del voto sube por cada día que demore el escrutinio y se le puedan quitar o poner a un candidato o lista. Al convertirse en la parte final del escrutinio, es en el único lugar donde se puede conseguir que se alteren los resultados electorales para definir en un momento determinado una curul o un cargo de elección popular. Los organismos de control y la misma organización de las elecciones ha visto la necesidad de realizar los escrutinios en un solo lugar para buscar que las diferentes comisiones escrutadoras terminen su tarea al mismo tiempo y esa oportunidad de alterar los resultados no se presente. Demorar el escrutinio es otra forma de fraude y procura que los demás terminen el proceso y quedarse de últimos para volver costosos los votos fraudulentos que allí se puedan conseguir; es decir, la cotización del voto sube por cada día que demore el escrutinio. En algunos municipios zonificados se ha vuelto práctica usual la demora del escrutinio; en ciertos casos, para cotizar los votos que se le puedan quitar o poner a un candidato o lista.

Al convertirse en la parte final del escrutinio, es en el único lugar donde se puede conseguir que se alteren los resultados electorales para definir en un momento determinado una curul o un cargo de elección popular. Los organismos de control y la misma organización de las elecciones ha visto la necesidad de realizar los escrutinios en un solo lugar para buscar que las diferentes comisiones escrutadoras terminen su tarea al mismo tiempo y esa oportunidad de alterar los resultados no se presente.

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