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NET833100: ACUERDO MARCO PARA LA EMPRESAS
PARA
EJECUCION
DE
SELECCION DE
ACTUACIONES
DE
RESTAURACIÓN, CORRECCIÓN, LIMPIEZA Y ADECUACIÓN DE CAUCES EN LA PROVINCIA DE HUELVA.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
INDICE 1.
INTRODUCCION Y ANTECEDENTES .............................................................................................................................. 3
2.
OBJETO. ............................................................................................................................................................................ 5
3.
LUGAR DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS ........................................................................................................................ 5
4.
DESCRIPICION DE LOS TRABAJOS A REALIZAR.......................................................................................................... 8
5.
TIPOLOGIA DE MAQUINARIA HABITUAL ...................................................................................................................... 20
6.
CONDICIONES DE EJECUCIÓN .................................................................................................................................... 21
7.
CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES............................................................... 22
8.
PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS CONTRATOS ESPECÍFICOS ................................................................................... 23
9.
CONDICIONES GENERALES DE MATERIALES, MAQUINARIAS E INSTALACIONES................................................ 23
10.
CONDICIONES GENERALES DE LA EJECUCIÓN .................................................................................................... 25
11.
RELACIÓN DE PRECIOS BASE PARA LICITACIONES DE CONTRATOS ESPECÍFICOS ...................................... 32
ANEJO 1: ESPECIFICACIÓN TECNICA DE EJECUCION DE LOS CAPÍTULOS. ................................................................. 33 ANEJO 2: RECOMENDACIONES AMBIENTALES PARA TRABAJO DE LIMPIEZA DE CAUCES ........................................ 99
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1. INTRODUCCION Y ANTECEDENTES Las corrientes de agua naturales como ríos, arroyos, manantiales, etc, cumplen múltiples funciones, como: transportan agua y materiales sólidos, conforman hábitats diferenciados en los que viven numerosas comunidades animales y vegetales, constituyen corredores ecológicos, proporcionan belleza a los paisajes y sirven de lugar de ocio. Un curso de agua lo podemos contemplar desde cuatro niveles de percepción: el hidráulico, para el que el río no es sino un simple transportador de agua y sedimentos; el hidrológico, que los contempla como elemento dinámico asociado a una cuenca; el ecosistémico, o el río como ecosistema; y el holístico que tiene en cuenta los valores metafísicos, culturales y evocadores del río. Durante los últimos años los cursos han sido contemplados sobre todo desde la percepción hidráulica y a lo sumo hidrológica, es decir como tuberías al aire libre para el transporte de agua y como lugares de evacuación y vertido. Las canalizaciones y obras hidráulicas, la domesticación y contaminación de sus aguas, crónicas o accidentales, las invasiones de los cauces o las destrucciones de las riberas con su cortejo de especies vegetales y animales, han hecho del dominio público hidráulico uno de los elementos de nuestro patrimonio natural más deteriorado. La Directiva Marco del Agua (DIRECTIVA 2000/60/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 23 DE OCTUBRE DE 2000) establece un escenario comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, que tiene como objetivo: “establecer un marco para la protección de las aguas superficiales continentales, las aguas de transición, las aguas costeras y las aguas subterráneas que prevenga todo el deterioro adicional y proteja y mejore el estado de los ecosistemas acuáticos; promueva el uso sostenible del agua basado en la protección a largo plazo de los recursos hídricos disponibles; tenga por objeto una mayor protección y mejora del medio acuático; garantice la reducción progresiva de la contaminación del agua subterránea y contribuya a paliar los efectos de las inundaciones y sequías”. En España, esta directiva fue transpuesta al marco legislativo estatal a través de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que modificó el Texto Refundido de la Ley de Aguas. En el citado texto refundido de la ley de aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio) se define el cauce y domino público hidráulico del siguiente modo: © Egmasa 2010 - Todos los derechos reservados Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Expediente: NET833100 3 de 110
Constituyen el dominio público hidráulico del Estado, con las salvedades expresamente establecidas en esta Ley: -
Las aguas continentales, tanto las superficiales como las subterráneas renovables con
independencia del tiempo de renovación. -
Los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas.
-
Los lechos de los lagos y lagunas y los de los embalses superficiales en cauces públicos.
-
Los acuíferos, a los efectos de los actos de disposición o de afección de los recursos
hidráulicos. -
Las aguas procedentes de la desalación de agua de mar.
Definición de cauce: Álveo o cauce natural de una corriente continua o discontinua es el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias. La Agencia Andaluza del Agua, dependiente de la Consejería de Medio Ambiente, es la administración hidráulica de la Junta de Andalucía. Tras la entrada en vigor, el pasado 1 de enero del 2009, del acuerdo de transferencia en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir que discurren íntegramente por el territorio de la comunidad autónoma andaluza, la Agencia ejerce las competencias de la Junta de Andalucía sobre las aguas que transcurren íntegramente por la Comunidad Autónoma. En este sentido la prevención de riesgos naturales, como inundaciones y avenidas, y el control de fenómenos torrenciales (restauración hidrológica forestal, acondicionamiento y limpieza de cauces, seguridad y prevención de avenidas,…) de Andalucía, es una de las labores encomendadas a la Agencia Andaluza del Agua y encomendada a su Dirección General de Dominio Público Hidráulico. Esta es una de las tareas más costosas de las encomendadas a la Agencia, lo cual lleva consigo realizar actuaciones tendentes al acondicionamiento de cauces. En consecuencia, el buen estado del Dominio Público Hidráulico que recoge la Directiva Marco del Agua, exige una importante labor de inspección, de prevención del deterioro y de protección y mejora del Dominio Público Hidráulico. Por otro lado, es imprescindible a la vez que se tiende a alcanzar (o mantener allí donde ya se de) el buen estado ecológico, mantener unas condiciones hidrológico-hidráulicas de los cauces que limiten los © Egmasa 2010 - Todos los derechos reservados Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Expediente: NET833100 4 de 110
riesgos de inundaciones, actuaciones en las que se han de conjugar criterios de morfología, hidrología e hidráulica fluvial con otros criterios ambientales, paisajísticos y socioeconómicos, a fin de aproximarse a la resolución de estos problemas de daños por inundaciones, desde diversos puntos de vista. Para que el buen estado del Dominio Público Hidráulico se mantenga es necesario que en las zonas próximas a las poblaciones por las que discurren los cauces, exista una conciencia social orientada a la conservación de estos, de forma que se consiga erradicar los vertidos a los cauces, por la mentalización e implicación de los habitantes de estas poblaciones. Estos problemas se producen en puntos muy determinados, provocando que fenómenos meteorológicos como intensas lluvias o tormentas localizadas, o por vertidos incontrolados de sólidos urbanos, acumulación de sólidos procedentes de la cada vez más intensa erosión de
los
terrenos
agrícolas, crecimiento excesivo de la vegetación dentro del cauce por presencia de aguas residuales o drenaje del riego, etc. El objetivo general de las actuaciones planteadas en el pliego es mejorar la capacidad de desagüe de cauces, así como las condiciones ambientales y paisajísticas de los tramos incluidos en este pliego, estabilizando sus márgenes, retirando escombros y restos vegetales
2. OBJETO. El presente pliego tiene por objeto la definición de las condiciones de ejecución, prescripciones técnicas y necesidades complementarias a cumplir para el “ACUERDO MARCO PARA LA SELECCION DE EMPRESAS PARA EJECUCION DE ACTUACIONES DE RESTAURACIÓN, CORRECCIÓN, LIMPIEZA Y ADECUACIÓN DE CAUCES EN LA PROVINCIA DE HUELVA“ El objetivo del presente acuerdo marco es proceder a la selección, por comarcas geográficas determinadas – zonas de actuación -, de empresas con capacidad suficiente para llevar a cabo las actuaciones encomendadas a Egmasa por la Agencia Andaluza del Agua, relativas a restauración, corrección, limpieza y adecuación de cauces de la provincia de Huelva.
3. LUGAR DE EJECUCIÓN DE LAS OBRAS LOCALIZACIÓN La totalidad de los cauces objeto de la presente licitación están ubicados en la provincia de Huelva. DISPONIBILIDAD DE TERRENOS. © Egmasa 2010 - Todos los derechos reservados Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Expediente: NET833100 5 de 110
En la ejecución de los trabajos se cumplirán las normas e instrucciones vigentes en materias relacionadas con dichas actuaciones y en particular en cuanto se refiere a las posibles afecciones al dominio público hidráulico, a la seguridad y salud en el trabajo y a las incidencias medioambientales. En la programación de los trabajos se tendrá en cuenta la circunstancia de que los terrenos de las zonas de servidumbre y policía no constituyen habitualmente titularidad pública, por lo que se tratará de efectuar las labores de acondicionamiento ocupando fundamentalmente terrenos del públicas
adyacentes.
En
todo
caso
cauce
y
vías
corresponderá a EGMASA la tramitación de la totalidad de
autorizaciones, permisos y licencias que sean necesarios para el desarrollo de las actuaciones, ya sea ante titulares privados como entidades públicas. En zonas de servidumbre y policía, cuando los terrenos no sean de titularidad pública, deberá existir autorización o convenio de actuación con el propietario de los mismos, previamente al inicio de las referidas operaciones. DIVISION POR ZONAS DE ACTUACION A los efectos de las posteriores contrataciones y en base a la tipología del servicio a prestar, se realiza una división geográfica de la provincia de Huelva en las siguientes zonas de actuación: 1. ““Oeste” 2. “Este” Esta zonificación se establece a los efectos de posibilitar la presentación de ofertas por parte de las diferentes empresas contratistas en aquellas zonas que sean de su interés conforme a su implantación en la provincia, disposición de medios y capacidades. Los municipios incluidos en las diferentes zonas son los siguientes:
ZONA OESTE
ZONA ESTE Huelva
Ayamonte
Moguer
Villablanca San Silvestre de Guzmán
Palos de la Frontera San Juan del Puerto
Isla Cristina Lepe
Almonte
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ZONA OESTE
ZONA ESTE
Cartaya
Beas
El Granado
Bollullos Par del Condado
Sanlúcar de Guadiana Aljaraque
Bonares Chucena
Gibraleón
Escacena del Campo
Punta Umbría
Hinojos
Aroche
La Palma del Condado
Cabezas Rubias
Lucena del Puerto
Calañas
Manzanilla
El Almendro
Niebla
El Cerro de Andévalo Rosal de la Frontera San Bartolomé de la Torre Villanueva de las Cruces Villanueva de los Castillejos Alájar
Paterna del Campo Rociana del Condado Trigueros Villalba del Alcor Villarrasa
Almonaster la Real
Berrocal Valverde del Camino
Paymogo
Zufre
Alosno
Cala
Cortegana
Campillo (El)
Puebla de Guzmán
Aracena
Santa Ana la Real
Arroyomolinos de León
Castaño del Robledo
Campofrío
Santa Bárbara de Casa
Cañaveral De Leon Corteconcepción Cortelazor Fuenteheridos Galaroza Higuera de la Sierra Hinojales
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ZONA OESTE
ZONA ESTE Linares de la Sierra Marines (Los) Minas de Riotinto Zalamea la Real Granada de Riotinto (La) Nerva Puerto Moral Valdelarco Santa Olalla del Cala
4. DESCRIPICION DE LOS TRABAJOS A REALIZAR Las actuaciones a acometer corresponderán a operaciones de acondicionamiento y recuperación ambiental en los cauces a fin de facilitar el discurrir de las aguas, así como, conseguir condiciones naturales del ecosistema que favorezcan los aspectos medioambientales y estéticos y el uso social del entorno fluvial. Será preciso, a tal efecto, desbrozar vegetación, retirar del cauce depósitos de acarreos, residuos sólidos vertidos o arrastrados por las aguas, árboles o troncos caídos, llevar a cabo una poda o tala selectiva de vegetación de ribera, retirar peces muertos, ejecutar defensas de márgenes, canalizar tramos, efectuar plantaciones autóctonas, retirada de lodos y/o sedimentos en cauce, etc. Así mismo, se llevarán a cabo los trabajos necesarios para la limpieza de tramos de cauces canalizados o cubiertos, de puentes y obras de fábrica, así como el acondicionamiento, donde ello resulte posible, de la franja de servidumbre a fin de facilitar los usos reglamentariamente establecidos para la misma. En general, las actuaciones tenderán a recuperar el funcionamiento natural del río, recuperando los procesos hidrológicos, aumentando su heterogeneidad y grado de naturalidad. En este sentido, las técnicas de restauración a aplicar serán lo más respetuosas posibles con el entorno, integrándose en lo posible con el funcionamiento ecológico del río y del paisaje fluvial. Por lo tanto, se procurará utilizar materiales naturales, como piedras, madera, vegetación, etc… Los objetivos de cada actuación, así como su ubicación, serán definidos con claridad, definiendo los criterios de evaluación, de forma que posteriormente se compruebe el grado de satisfacción de los mismos. © Egmasa 2010 - Todos los derechos reservados Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Expediente: NET833100 8 de 110
Las actuaciones a acometer se encuadrarán en los siguientes grupos: 1. ACTUACIONES DE LIMPIEZA Y RECUPERACIÓN AMBIENTAL DEL DPH. •
Limpieza de residuos y escombros.
•
Desbroces selectivos y podas.
•
Eliminación de tapones y obstáculos en el cauce.
•
Retirada de peces muertos.
•
Limpiezas de frezaderos.
•
Retirada de vehículos u otros objetos abandonados.
•
Plantaciones de vegetación de ribera con especies autóctonas.
•
Formación frezaderos y áreas de refugio para fauna piscícola.
•
Eliminación de barreras en el cauce para mejorar su continuidad.
2. ACTUACIONES DE DEFENSA CONTRA INUNDACIONES: •
Retirada de sedimentos del cauces y aumento de la sección de desagüe.
•
Conservación y reparación de pequeñas obras de defensa: escolleras, motas.....
Así mismo, los adjudicatarios estarán obligados a realizar otras actuaciones secundarias con el visto bueno
previo
y específico
de Egmasa, tales como trabajos
urgentes motivados por las avenidas
extraordinarias a fin de aminorar los riesgos de inundación y paliar los efectos de las mismas y otras actuaciones que sean necesarias a juicio de Egmasa y que estén recogidas en las unidades de obra relacionadas presente pliego. Las unidades de obras a realizar se enmarcan en tres tipos de actuaciones: TRABAJOS MANUALES, APEOS, PODAS, DESBROCES, LIMPIEZAS,... m³
Desbroce y limpieza espesor entre 10 cm y 20 cm, D