No Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de febrero de 2010

No 26468 Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de febrero de 2010 1 República de Panamá ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCIÓN
Author:  Clara Soto Murillo

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República de Panamá ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 111 PANAMÁ, 9 DE SEPTIEMBRE DE 2008. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que ROBERTO GARCÍA SANMARTIN, nacional de ESPAÑA, mediante apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal 3o. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980. Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos: a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Undécimo de Circuito, del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de dos años. b) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que el peticionario obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, mediante Resolución No. 1341 de 3 de abril de 1996. c) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que el peticionario, obtuvo cédula de identidad personal No. E-8-77954. d) Certificado de Buena Salud, expedido por la Dra. Karla Tuñon. e) Copia autenticada del pasaporte del país de origen, a nombre del peticionario, donde se acredita su nacionalidad. f) Certificación autenticada expedida por la Embajada de España en Panamá, que contiene el Art. 22 del Código Civil español, donde se acredita la Ley de Reciprocidad a favor del peticionario. g) Copia de la Resolución No. 171 de 19 de abril de 2006, expedida por el Tribunal Electoral. h) Informe rendido por el Director Nacional de Migración y Naturalización, donde indica que el peticionario cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980. REF: ROBERTO GARCÍA SANMARTÍN NAC: ESPAÑOLA CED: E-8-77954 En virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que Rigen sobre la materia. RESUELVE: EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de ROBERTO GARCÍA SANMARTÍN COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE MARTÍN TORRIJOS ESPINO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DANIEL DELGADO-DIAMANTE MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

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República de Panamá ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 112 PANAMÁ, 9 DE SEPTIEMBRE DE 2008. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que MARLON ANTONIO MENA ALBA nacional de NICARAGUA, mediante apoderado legal solicita al órgano Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal 3o. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980. Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos: a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Primero de Circuito, del Circuito Judicial del Herrera, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de dos años. b) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que el peticionario obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, mediante Resolución No. 2199 de 2 de febrero de 2001. c) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que el peticionario obtuvo cédula de identidad personal No. E-8-86366. d) Certificado de Buena Salud, expedido por la Dra. Irma R. Serracín. A. e) Pasaporte del país de origen, a nombre del peticionario, donde se acredita su nacionalidad. f) Certificación autenticada de la Ley 149 de 30 de junio de 1992, expedida por el Consulado General de Nicaragua en Panamá, donde se acredita la Ley de Reciprocidad, a favor del peticionario. g) Copia de la Resolución No. 600 de 14 de septiembre de 2004, expedida por el Tribunal Electoral. h) Informe rendido por el Director Nacional de Migración y Naturalización, donde indica que el peticionario, cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980. REF: MARLON ANTONIO MENA ALBA NAC: NICARAGUENSE CED: E-8-86366 En virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia. RESUELVE: EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de MARLON ANTONIO MENA ALBA. COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE MARTÍN TORRIJOS ESPINO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DANIEL DELGADO DIAMANTE MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

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República de Panamá ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 113 PANAMÁ, 9 DE SEPTIEMBRE DE 2008. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que OLGA ELENA CÓRDOBA nacional de COLOMBIA, mediante apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal lo. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980. Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos: a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Decimoséptimo de Circuito, del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que conocen a la peticionaria y que ha residido en el país por más de cinco años. b) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que la peticionaria obtuvo Permanencia Definitiva, autorizada mediante Resolución No. 21196 de 28 de octubre de 1964. c) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que la peticionaria obtuvo cédula de identidad personal No. E-8-21186. d) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. Roderick Esquivel. e) Copia autenticada del pasaporte del país de origen a nombre de la peticionaria, donde se acredita la nacionalidad. f) Copia de la Resolución No. 685 de 25 de octubre de 2004, emitida por el Tribunal Electoral. g) Informe rendido por el Director Nacional de Migración y Naturalización, donde indica que la peticionaria cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980. REF: OLGA ELENA CÓRDOBA NAC: COLOMBIANA CED: E-8-21186 En virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia. RESUELVE: EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de OLGA ELENA CÓRDOBA COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE MARTÍN TORRIJOS ESPINO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DANIEL DELGADO-DIAMANTE MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

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República de Panamá ÓRGANO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN Y NATURALIZACIÓN RESOLUCIÓN NÚMERO 115 PANAMÁ, 9 DE SEPTIEMBRE DE 2008 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA en uso de sus facultades legales, CONSIDERANDO: Que ARMANDO MARTÍN BRAVO nacional de MÉXICO, mediante apoderado legal, solicita al Órgano Ejecutivo por conducto del Ministerio de Gobierno y Justicia, que se le conceda CARTA DE NATURALEZA, de conformidad con lo que establece el ordinal 1º. del artículo 10 de la Constitución Política y la Ley 7a. del 14 de marzo de 1980. Que con la solicitud se presentan los siguientes documentos: a) Cinco Declaraciones Extrajudiciales de testigos, rendidas ante el Juzgado Sexto de Circuito, del Primer Circuito Judicial de Panamá, Ramo Civil, donde establecen que conocen al peticionario y que ha residido en el país por más de cinco años. b) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Migración y Naturalización, donde consta que el peticionario obtuvo Permiso Provisional de Permanencia, autorizada mediante Resolución No. 7866 de 1 de junio de 1995.

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No 26468

Gaceta Oficial Digital, miércoles 10 de febrero de 2010

c) Certificación expedida por la Dirección Nacional de Cedulación, donde consta que el peticionario obtuvo cédula de identidad personal No. E-8-69878. d) Certificado de Buena Salud, expedido por el Dr. José A. Tejera Mathieu. e) Copia autenticada del pasaporte del país de origen, a nombre del peticionario, donde se acredita la nacionalidad. f) Copia de la Resolución No. 440 de 12 de julio de 2004, expedida por el Tribunal Electoral. g) Informe rendido por el Director Nacional de Migración y Naturalización, donde indica que el peticionario cumple con lo preceptuado en el Artículo 7 de la Ley 7 del 14 de marzo de 1980. REF: ARMANDO MARTÍN BRAVO NAC: MEXICANA CED: E-8-69878. En virtud de que se han cumplido todas las disposiciones constitucionales y legales que rigen sobre la materia. RESUELVE: EXPEDIR CARTA DE NATURALEZA a favor de ARMANDO MARTÍN BRAVO COMUNÍQUESE Y REGÍSTRESE MARTÍN TORRIJOS ESPINO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DANIEL DELGADO DIAMANTE MINISTRO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

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