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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
DIRECTIVA N° O O 1 -2015-JUS-OGA-ORRHH
NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ENTREGA DE CARGO APLICABLES AL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS I.
OBJETIVO Establecer los criterios y procedimientos que regulen la entrega y recepción de cargo a ser realizada por el personal que labora en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cualquiera sea su modalidad contractual o nivel jerárquico, a fin de garantizar una adecuada transferencia de funciones y la continuidad de los servicios y/o actividades.
II. BASE LEGAL
•
Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
•
Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que prestan servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales. Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
•
Decreto Supremo N° 008-92-JUS, Reglamento de la Ley N° 25323, que crea el Sistema Nacional de Archivos.
•
Decreto Supremo N° 019-2002-PCM, Reglamentan Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual.
•
Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Aprueban el Reglamento de la Carrera Administrativa.
•
Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios.
•
Resolución de Contraloría General N° 320-2006-CG, Aprueban Normas de Control Interno.
•
Resolución de Controlaría General N° 372-2006-CG, que aprueba la Directiva N° 08-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión" y Directiva 09-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado".
• R. Jiménez M.
Resolución de Contraloría N° 373-2006-CG, que aprueba la Guía Técnica de probidad Administrativa sobre "Trasferencia de Gestión". Resolución de Secretaria General N° 009-2014-JUS, que aprueba la Directiva N° 001-2014-JUS/OGA "Reglamento de control de Asistencia y Permanencia del Personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos".
A. M. • Resolución
Directoral N° 013-92-INAP-DNP, que aprueba el Manual Normativo
de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal". •
Resolución Directoral N° 001-93-INAP/DNP, por el cual se aprueba el Manual Normativo de Personal N° 003-93-DNP, "Licencias y Permisos".
•
Resolución Directoral N° 001-78-INAP/DNP-UN, que aprueba el Manual Normativo N° 55-78, "Entrega de cargo".
III. ALCANCE El ámbito de aplicación comprende a todo el personal a nivel nacional que presta servicios en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, independientemente
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de la modalidad contractual bajo el cual laboren o presten servicio o hayan prestado servicios en el Ministerio. IV.
RESPONSABILIDAD
4.1 Los Directores, Jefes y/o titulares de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, son responsables de velar por el cumplimiento de la presente Directiva, así como el personal que intervenga en el acto de entrega y recepción de cargo. 4.2 El incumplimiento de la presente Directiva genera la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiera lugar. V.
DISPOSICIONES GENERALES
5.1 La entrega y recepción de cargo es un acto de cumplimiento obligatorio y formal, mediante el cual el servidor o funcionario, cualquiera sea su nivel jerárquico y modalidad contractual bajo la cual preste sus servicios, hace entrega de los bienes asignados, trabajos encomendados pendientes de atención, acervo documentario de su competencia, tanto en soporte físico como electrónico, a su reemplazante o a su jefe inmediato o a la persona que éste designe para tal fin, dando su conformidad ambas partes. 5.2 La entrega y recepción de cargo se realiza en los supuestos siguientes: a) Por término del vínculo laboral o contractual, sea por renuncia, conclusión en el cargo, cese, jubilación, incapacidad permanente, destitución, despido, rescisión de contrato, resolución o vencimiento de contrato, entre otros de similar naturaleza. b) Descanso vacacional cuando sea superior a treinta (30) días. c) Licencia cuando sea superior a treinta (30) días. d) Por acción de desplazamiento: designación, rotación, reasignación, destaque, transferencia, permuta, encargo por más de treinta (30) días y comisión de servicios, cuando exceda de treinta (30) días.
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e) Imposición de sanciones disciplinarias, en caso de suspensión o cese temporal desde treinta (30) días a más. f) Extinción del Contrato Administración de Servicios (CAS). g) Suspensión en el cargo por medida disciplinaria, sin goce de remuneraciones por periodos de treinta (30) días a más. 5.3 El servidor o funcionario saliente hará entrega del cargo, el último día de permanencia en el puesto de trabajo, conforme a lo establecido en la presente Directiva.
1 119 5.4 Los Anexos correspondientes a la entrega de cargo, deben ser elaborados en
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OFICIN DE ASTS JUR/DICA
R. Jim M.
tres (03) ejemplares, los que son distribuidos de la siguiente manera:
a) Un original se entregará al funcionario entrante o al jefe inmediato o a la persona que éste designe (quien procederá a archivarlo en la unidad orgánica u órgano del que se hace entrega de cargo). b) Un original se entregará al funcionario o servidor saliente. c) Un original se entregará a la Oficina de Recursos Humanos. 5.5 Excepcionalmente y por motivos de carga laboral el jefe inmediato superior autorizará que la entrega de cargo del servidor o funcionario saliente, se realice en un plazo no mayor a tres (03) días calendario luego del cese o conclusión de las labores correspondientes.
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El funcionario entrante o el jefe inmediato, remitirá un original de los documentos de entrega de cargo a la Oficina de Recursos Humanos, conforme a lo establecido en el literal c) del numeral 5.4 de la presente Directiva, a fin de que verifique la entrega de sellos y el fotocheck, para proceder a su respectiva baja en el legajo personal, entre otras acciones que sean de su competencia. 5.7 Cuando el funcionario entrante y/o el jefe inmediato o a la persona que éste designe, formulen observaciones en el Anexo I, le otorgará al servidor o funcionario saliente, un plazo máximo de hasta cinco (05) días calendario, para realizar la subsanación respectiva.
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5.8 En el caso que las observaciones no hayan sido subsanadas por el servidor o el funcionario saliente ante el funcionario entrante o jefe inmediato, o la persona que este designó para recibir la entrega de cargo dentro del plazo otorgado, el original que le corresponde a la Oficina de Recursos Humanos, deberá ser remitido en el plazo de un (01) día, mediante documento, a la Oficina General de Administración, a fin de que dicha Oficina General realice las acciones correspondientes, en el marco de lo establecido en el numeral 4.2 del artículo IV de la presente Directiva. VI. PROCEDIMIENTO 6.1 En los casos señalados en el numeral 5.2 de la presente Directiva, el jefe Miniat de iustkin
y DM ilumaros
inmediato o la persona que éste designe para efectuar la recepción de entrega
OFICINA ENERAL CE A ASESO'
R. Ji
del cargo del funcionario y/o servidor, comunicará a la Oficina de Recursos
énez M.
Humanos, la ocurrencia de alguno de los supuestos contemplados en la presente Directiva.
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6.2
Entrega de cargo del funcionario saliente 6.2.1 Es responsabilidad del funcionario saliente realizar su entrega de cargo,
K. A. M.
proporcionando la documentación y/o información sobre el estado de su gestión, debiendo establecer una fecha de corte y presentar la documentación que corresponda.
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CINA ADMINI
ENERAL RACIÓN
A. OPEZ
6.2.2 Para el caso del literal a) del numeral 5.2 de la presente Directiva, el funcionario para la entrega de cargo deberá presentar y/o entregar lo siguiente: a)
Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo I)
b)
Declaración Jurada de no retirar documentación y compromiso de confidencialidad. (Anexo II)
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Oficina General de Administración
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c)
Constancia de no adeudo de documentos, bienes y/o fondos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo III)
d)
Sellos.
e)
Fotochek. En caso de pérdida, se deberá presentar una declaración jurada indicando la pérdida del mismo.
f)
Acta de Transferencia de Gestión (Anexo IV), la misma que deberá ser presentada conjuntamente con un Informe de Gestión, conteniendo principalmente los siguientes aspectos: 1. Estado de los fondos de caja chica, de ser el caso. 2.
Acervo documentario.
3.
Relación de personal a
su
cargo, (cuando corresponda),
especificando las labores encomendadas y el estado de su ejecución. 4.
Presentación del Plan Operativo o Plan Estratégico Institucional correspondiente al órgano o unidad orgánica, informando el nivel de cumplimiento durante su gestión.
5.
Relación de Informes de Control recibidos del Sistema Nacional de Control durante su gestión, y el estado de implementación de las recomendaciones, incluyendo las acciones judiciales que se hubieren generado, entre otros.
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o
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obtenido durante su gestión, así como de las metas programadas, que aún se encuentren pendientes.
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Información consolidada sobre el desempeño y resultado
7.
Informe sobre el estado de expedientes pendientes de atención o de resolución.
8. Agenda o diligencias pendientes de realización al concluir el periodo de gestión, priorizando los temas y gestiones de urgente atención y plazos por vencer, proporcionando recomendaciones para la gestión entrante. M. Torres S
9.
Indicación de factores internos y externos vinculados con el desarrollo de la gestión a su cargo, relacionados a su vez con el logro de objetivos y metas de la unidad orgánica.
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g)
Inventario físico de bienes muebles asignados por la Oficina de Abastecimiento y Servicios. (Anexo V)
h)
Declaración Jurada de ingresos, bienes y rentas, conforme a Ley.
6.2.3 En el caso de los supuestos consignados en los literales b), c), d) y e) del numeral 5.2 de la presente Directiva, la entrega de cargo de los funcionarios comprenderá solamente el Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo I). 6.2.4 El acto de la entrega de cargo de funcionarios, se realizará con presencia de un representante del Órgano del Control Institucional, para cuyo efecto se solicitará su participación, extendiéndose el Acta correspondiente (Anexo I)
6.3
Entrega de cargo del servidor saliente
6.3.1 La entrega de cargo del servidor saliente, deberá efectuarse al jefe inmediato o a la persona que éste designe. 6.3.2 En el caso de que se configure el supuesto del literal a) del numeral 5.2, el servidor para la entrega de cargo deberá presentar y/o entregar lo siguiente: a)
Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo I)
b)
Declaración Jurada de no retirar documentación y compromiso de confidencialidad. (Anexo II)
c)
Constancia de no adeudo de documentos, bienes y/o fondos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo III)
d)
Sellos.
e)
Fotocheck. En caso de pérdida, se deberá presentar una declaración jurada indicando los motivos del mismo.
f)
Inventario físico de bienes muebles asignados por la Oficina de Abastecimiento y Servicios. (Anexo V)
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Ministerio
PERU de Justicia
y Derechos Humanos
Secretaria General
Oficina General d Administración
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)
Declaración Jurada de ingresos, bienes y rentas, cuando el servidor hubiera tenido un cargo de manejo o administración de fondos, conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30161, Ley que regula la presentación de declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado.
6.3.3 En los supuestos de los literales b), c), d) y e) del numeral 5.2 de la
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presente Directiva, la entrega de cargo del servidor se realizará sólo con la entrega del Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos
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OFICINA G L ASESORIA RlDICA
R. Jimén
Humanos. (Anexo I)
6.3.4 El servidor o funcionario que no efectúe su entrega de cargo, o lo hiciera fuera del plazo establecido en la presente Directiva, será pasible de responsabilidad por las acciones pertinentes que deriven de tal hecho, conforme al nivel y grado de responsabilidad que se le haya sostenido en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES 7.1 Los equipos de telefonía móvil y cuenta de correo otorgados por la Oficina General de Tecnologías de Información se entregarán y cancelarán, respectivamente, conforme a las disposiciones y formatos que dicha Oficina General establezca para el personal que concluya su vínculo laboral o contractual con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Los cargos de dichos formatos serán entregados por el funcionario o servidor saliente, conjuntamente con la documentación que se presente para la entrega de cargo, el último día de permanencia en la Entidad. 7.2 En el caso que el funcionario o servidor saliente, por fuerza mayor u otra razón similar, no cumpliera con efectuar la entrega de cargo formalmente, el jefe superior inmediato designará a un responsable para que en coordinación con el representante de la Oficina de Abastecimiento y Servicios, realicen el respectivo Inventario Físico de Bienes Muebles Patrimoniales, a fin de dar conformidad o determinar el faltante de bienes y otros si lo hubiera, adoptando en el momento
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(Acula General cte Administración
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las acciones que hubiera lugar. En el caso de los Funcionarios, se podrá solicitar la participación del Órgano de Control Institucional. 7.3 La presente Directiva, así como los Anexos que forman parte integrante de la misma, se encontrarán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
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7.4 La Guía Técnica de Probidad Administrativa "Transferencia de Gestión" aprobada por Resolución de Contraloría N° 373-2006-CG y las normas que la
! OFICIN GENERAI DE ASES CA
modifiquen o la sustituyan, se aplicará supletoriamente en todo lo no regulado en
R. énez M.
la presente Directiva. 7.5 La entrega de cargo del Titular de la Entidad, de los Viceministros y del Secretario General, se efectúan conforme a lo que dispone la Guía referida en el numeral precedente, o la norma que la sustituya.
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VIII. ANEXOS •
Anexo I: Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
•
Anexo II: Declaración Jurada de no retirar documentación y compromiso de confidencialidad.
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•
DE ADMINIST CIÓN
Anexo III: Constancia de no adeudo de documentos, bienes y/o fondos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
•
Anexo IV: Acta de transferencia de gestión.
•
Anexo V: Inventario físico de bienes que le fueron asignados por la Oficina de Abastecimiento y Servicios.
•
Anexo VI: Glosario de Términos.
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ANEXO I ACTA DE ENTREGA DE CARGO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS GENERALIDADES:
I.
LUGAR .
FECHA:
HORA• ENTIDAD: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS DEPENDENCIA . AREA/OFICINA• II. DATOS DEL SERVIDOR/FUNCIONARIO QUE ENTREGA EL CARGO: NOMBRES Y APELLIDOS• CARGO . RÉGIMEN LABORAL . III. N°
ENTREGA DE CARGO: TEMA / DENOMINACIÓN
SITUACIÓN O NIVEL DE AVANCE
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RECOMENDACIONES:
IV. SITUACIÓN DEL ACERVO DOCUMENTARIO (Archivos, Expedientes, Files, entre otros) N°
TIPO DE DOCUMENTO
TEMA / DENOMINACIÓN
UBICACIÓN
OBSERVACIONES
nkterio e luNticiif y cho i himnos
OF ENERAL
V. RECOMENDACIONES:
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OBSERVACIONES:
VI.- DATOS DEL SERVIDOR/FUNCIONARIO QUE RECIBE EL CARGO NOMBRES Y APELLIDOS . -
CARGO
RÉGIMEN LABORAL . Observaciones (De recepción de cargo)
SE SUSCRIBE LA PRESENTE ACTA DE ENTREGA DE CARGO, EN SEÑAL DE CONFORMIDAD
Minis o de sticin echos manos
ENTREGUÉ CONFORME
RECIBÍ CONFORME
DNI:
DNI:
(Nombres y apellidos de quien entrega)
(Nombres y apellidos de quien recibe)
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OFICINA G NERAL ADMIRACIÓN
ÓPEZ
NOTA: De ser necesario se deberá adjuntar los anexos y los documentos correspondientes que sustenten cada uno de los rubros indicados.
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ANEXO II DECLARACIÓN JURADA DE NO RETIRAR DOCUMENTACIÓN Y COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Por
el presente
documento
el suscrito
(a) identificado con DNI N°
con domicilio en al cesar en el cargo de
que ejercí durante el período de hasta
DECLARO BAJO JURAMENTO: 1. Que no he retirado, ni retiro documentación confidencial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ni en medio físico, ni electrónico, ni similares. 2. Conocer los alcances de la Ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2002-PCM.
ME COMPROMETO: 1. A guardar reserva y no revelar, difundir o entregar, ni hacer pública por medio Alinisi o de ius Y per bos Hurn
la
OFIC E L DE ADMINISTRAD, N
alguno, cualquier información o asunto a la que haya podido acceder directa o indirectamente con ocasión del ejercicio de las actividades en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Ministerio
PERU de Justicia
y Derechos Humanos
Seoetaria General
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2. A no emplear en provecho propio o de terceros o en perjuicio o desmedro del Estado o de terceros; aquella información que sin tener reserva legal pudiera resultar privilegiada por su contenido relevante a la cual haya podido tener acceso directo o indirecto en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
FECHA
FIRMA DEL DECLARANTE DNI N°
Ministerio Justicia y Derechos umill.
FICINA NERAL
1"-ADMINI D RACIÓN ÓPEZ
PE RU
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ANEXO III CONSTANCIA DE NO ADEUDO DE DOCUMENTOS, BIENES Y/0 FONDOS AL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Nombres y apellidos:
Órgano del que depende:
Cargo:
Fecha de desvinculación:
Funcionario
1.
Personal de Planilla
Personal CAS
La Oficina de Recursos Humanos a través del encargado de Archivo, previa verificación de la Entrega de Cargo, hace constar que la persona en
Sello y Firma
mención, No Adeuda el Documento de Identificación Interna (Fotocheck).
2.
La Oficina de Abastecimientos y Servicios a través de Control Patrimonial previa verificación de la Asignación de Bienes Patrimoniales, deja expresa constancia que la persona en mención, no
Sello y Firma
adeuda, ni tiene pendiente entrega de bienes patrimoniales.
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3.
La Oficina Financiera, previa verificación de los Vales Provisionales Pendientes, Comprobantes de Pago deja expresa constancia que la persona en mención, no adeuda por concepto de rendición de fondos para pagos en efectivo, viático y/o
Sello y Firma
encargos.
4.
El Centro de Estudios en Justicia y Derechos Humanos a través del Centro de Documentación, previa verificación, deja expresa constancia que la persona en mención no adeuda material
Sello y Firma
bibliográfico.
5. La oficina usuaria al que depende la persona en mención, previa verificación de la Entrega de Cargo, deja expresa constancia que no adeuda documentos, información, artículos de oficina,
Sello y Firma
sellos y otros pendientes.
6.
La Oficina General de Tecnologías de Información, deja expresa constancia que la persona en mención, no adeuda ni tiene pendiente entrega de
Sello y Firma
equipos móviles celulares y/o accesorios.
Firma del Funcionario / Servidor Fecha: / / do Ci
mas». ERAL
ADMINIST
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PERÚ de Justicia
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ANEXO IV ACTA DE TRANSFERENCIA DE GESTIÓN
1 ._
DENOMINACIÓN DEL LA UNIDAD ORGÁNICA, OFICINA / DIRECCIÓN
2.-
DATOS DEL CARGO QUE SE ENTREGA Denominación del cargo Resolución de designación (en caso corresponda) Fecha de ingreso
3.-
DATOS DE LA PERSONA QUE ENTREGA EL CARGO Apellidos y Nombres DNI N°
4.-
DATOS DE LA PERSONA QUE RECIBE EL CARGO Apellidos y Nombres DNI N°
5.-
DATOS DEL VEEDOR DESIGNADO POR EL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Apellidos y Nombres DNI N°
6.-
INFORME DE TRANSFERENCIA DE GESTIÓN / ACTA DE ENTREGA - RECEPCIÓN DE CARGO Se adjunta el Informe de Transferencia de Gestión / el Acta de Entrega - Recepción de Cargo (SEGÚN CORRESPONDA) y los anexos requeridos debidamente NÁsados.
7.-
OBSERVACIONES
l
acuerdo a ello, ambas partes dejan constancia de la conformidad del proceso de transferencia, para cuyo efecto . criben el presente documento, en Lima a los del mes de de
■.
Firma del servidor que entrega el cargo DNI N°
Firma del servidor que entrega el cargo DNI N°
■
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A. LÓPEZ
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PR OVINCIA IV.-
CO D. N 2
CO D. N 2
III.-
OTR OS (
II.-
)
'O BSERVAC IO NES
1
A LACULMINACION DE MI RELACI ÓN LABORAL CONEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, PREVI O AMIRETIRO EFECTUARE LA ENTREGA FORMAL DE LOS BIENES MUEBLES ASIG NADOSCONELPRESENTE DOCUMENTO, ASUMI EN DO LA R ESPONSABILIDAD POR EL INCUM PLIMIENTO
EN CASODEPERDIDA, EXTRAVIO, ROBO Y/O DETERIORO DEALGUNO DE LOS BIENES MUEBLES DETALLADOS EN ESTEDOCU MENTO, POR ACTITUD NEGLIGENTE O DESCU IDO. ESTOS SERÁN RESTITUIDOS O REPARA DOSPOR MI PROPIO PECULIO. ASIMIS MO. INFORMAR EALÁREA DE CONTROL PATRIMONIAL O PORTUNAMEN TE.
COMPRO MISODELAPERSONA RESPONSABLE DE LOS BIENESMUEBLES:
ESTA DO N: NUEVO B: BUE NO R: REGULAR M: MALO
PATRI MON IAL
TIPODEBIEN
FUN CI ONARIO ( )
V. - DESC RIPC I ÓN DE LOS BIENES MU EBLES. -
CONDICI ÓN. -
NOMBRESYAPELLIDOSDELTRABAJADOR Y/O PER SONA RESP ONSABLE DE LOS BIENES MU EBLES. -
CARG O
DATO S DEL RE CEPT OR: NOMBRES Y APELLIDOS DELFUNC IONARIOOSERVIDOR
(LOCAL)
CARGO
OFI CINA/ M ÓDU LO
DATOS D EL TRAN SF ER ENTE: NOMBR ES Y APELLID OSDELFUNC IONARIOOSERVIDOR
1.-
oN INCI
2.-
oN INC
I. - UNIDAD ORG ÁNICAY/O DEPENDEN CIA. -
1FECHA
INC
DEPARTAMENTO NOIDD 3UIO
ENTREGA DE C ARGO - INVENTARIO F ÍSICO DE BIENES AS IGN AD OS
1
Ministerio de Justicia y LacrechOs [un:va nos
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ANEXO V 1
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de Justicia
y Derechos Humanos "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
ANEXO VI GLOSARIO DE TÉRMINOS a. Funcionario.- Aquel servidor que independientemente del régimen laboral o
contractual, ejerce función de dirección de un órgano o unidad orgánica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. b. Servidor.- Aquel servidor que independientemente del régimen laboral o
contractual, no ejerce función de dirección. c. Cese Definitivo.- Es el alejamiento definitivo del empleado público, al término
de la Carrera Administrativa. d. Cese Temporal.- Es el alejamiento temporal del empleado público, por
suspensión. Convencional, disciplinario, judicial o legal. e. Comisión de Servicio.- Es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la
sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad alcanzados y que estén directamente relacionadas con los objetivos institucionales. f. Designación.- La designación consiste en el desempeño de un cargo de
responsabilidad directiva o de confianza por decisión de la autoridad competente. g. Destaque.- El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor
a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de competencia funcional. h. Encargo.- Es la asignación temporal del servidor para que desempeñe un
cargo de igual o mayor jerarquía de su especialidad. i. Permuta.- Es el desplazamiento simultáneo entre dos servidores públicos, por 1 Minister' Justicia y Derecho umanos
i1 OFICI ARA DE ADMINISTRACIÓ
acuerdo mutuo, perteneciente al mismo grupo ocupacional, nivel de carrera y proveniente de entidades distintas. j. Rotación.- Cuando un servidor es trasladado de un cargo de funciones
similares dentro de la misma entidad.
PERU Ministerio
de Justicia y Derechos Humanos "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"
k.
Reasignación.- Consiste en el desplazamiento de un servidor, de una entidad pública a otra, sin cesar en el servicio y con conocimiento de la entidad de origen.
I.
Transferencia.- La transferencia consiste en la reubicación del servidor en entidad diferente a la de origen, a igual nivel de carrera y grupo ocupacional alcanzado. La transferencia tiene carácter permanente y excepcional y se produce sólo por fusión, desactivación, extinción y reorganización institucional.