AGENCIA TRIBUTARIA
MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
GABINETE DE PRENSA
Nota de prensa
Campaña de Renta 2012
Los contribuyentes de la Comunidad Valenciana han confirmado ya 33.668 borradores del Impuesto sobre la Renta 1,5 millones de contribuyentes en toda España pueden utilizar por primera vez el borrador de Renta y acelerar, en su caso, la devolución La utilización de la vía telemática permite recibir desde hoy mismo las primeras devoluciones y presentar la declaración con el programa PADRE ya desde el 24 de abril El servicio de cita previa comenzará el 13 de mayo y se mantendrá hasta el 1 de julio, último día de la campaña de Renta 2012 4 de abril de 2012.- La Agencia Tributaria ha iniciado hoy las devoluciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2012, apenas 48 horas después de abrir el plazo para la gestión telemática del borrador de declaración. A primera hora de hoy, en la Comunidad Valenciana eran ya más de 33.000 los borradores de Renta confirmados por los contribuyentes, mientras que se habían visualizado más de 147.000 borradores y datos fiscales. Este año serán, en toda España, más de 21 millones de borradores y datos fiscales los que se pondrán a disposición de los ciudadanos, incluyendo los borradores destinados a más de 1,5 millones de contribuyentes que, hasta ahora y debido a las características de su Renta, no tenían la oportunidad de presentar la declaración aprovechando la propuesta que tradicionalmente viene elaborando la Agencia. La atención en oficinas, administraciones y plataformas de Renta arrancará el 13 de mayo y el último día de campaña de la Renta 2012 será el 1 de julio, pero la atención en internet y por teléfono ya ha comenzado. De hecho, ya se están haciendo efectivas las primeras devoluciones para los contribuyentes
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que, una vez revisado, presenten su borrador de IRPF por internet en la página de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es). También se adelanta la presentación de declaraciones por internet. A través del programa de ayuda PADRE (disponible a partir del 10 de abril) y aprovechando los datos fiscales que facilita la Agencia, los contribuyentes podrán confeccionar y presentar su Renta por primera vez desde el mes de abril, el próximo día 24, y recibirán la devolución a partir del 6 de mayo. Más beneficiarios del borrador Una de las principales novedades de esta campaña es la ampliación del perfil de usuario del borrador de Renta a un colectivo de más de un millón y medio de contribuyentes que, hasta ahora, no tenían acceso a esta posibilidad de presentación más rápida y cómoda que ofrece la Agencia. Los nuevos beneficiarios son: - Contribuyentes con pérdidas derivadas de fondos de inversión. Antes, los inversores en fondos sólo podían presentar el borrador si obtenían rendimientos del capital y ganancias sujetas a retención. - Perceptores de subvenciones no destinadas a actividades económicas. Hasta ahora únicamente se permitía presentar el borrador en el caso de subvenciones para la compra de vivienda habitual. - Contribuyentes que tengan hasta ocho inmuebles no arrendados. Antes, el límite era de dos inmuebles. A los efectos del límite, tanto antes como ahora no se tienen en cuenta la vivienda habitual, trastero y dos plazas de garaje. - Titulares de valores públicos amortizados con rendimiento cero. Anteriormente, el acceso al borrador se limitaba a titulares de Letras del Tesoro y perceptores de rendimientos del capital mobiliario con retención. - Perceptores de rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario procedentes de entidades en atribución de rentas. Además, seguirán teniendo derecho al borrador de Renta los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario CORREO ELECTRÓNICO
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con retención o ingreso a cuenta y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta. La deducción por adquisición de vivienda habitual con préstamo hipotecario, la reducción por aportaciones a planes de pensiones y la deducción por donativos no impiden recibir el borrador. Todos estos contribuyentes, salvo que estén obligados a presentar la declaración por tener una actividad profesional, empresarial, agrícola o ganadera, arrendamientos o ganancias patrimoniales sin retención, podrán utilizar el borrador de la declaración. 15 millones de usuarios de REN0 En esta campaña, además, se prevé que 15 millones de contribuyentes utilicen el sistema REN0 para la obtención rápida del borrador y los datos fiscales sin tener que esperar a recibirlo por correo y sin necesidad de contar con certificado electrónico. La pasada campaña, 12,6 millones de ciudadanos utilizaron el servicio, prácticamente duplicando las cifras del año anterior. A primera hora de esta mañana, en la Comunidad Valenciana los contribuyentes ya habían solicitado 143.100 números de referencia a través de REN0. Accediendo por internet al servicio REN0, se puede obtener el borrador de forma inmediata: se solicitará el NIF y primer apellido del contribuyente, la casilla 620 de la Renta 2011 y un número de móvil al que se enviará un SMS con el número de referencia para la consulta, revisión, en su caso modificación y confirmación del borrador, que implica ya la presentación de la declaración. A los no declarantes en el ejercicio anterior y a los nuevos declarantes, en lugar de la casilla 620 se les solicitará el código de una cuenta bancaria de la que sea titular el contribuyente. Reestructuración de la cita previa Junto a la ampliación del perfil del borrador, la creciente utilización del servicio REN0 y el incremento de las presentaciones por internet, se mantiene la atención personalizada en oficinas, donde el servicio se comenzará a prestar a partir del 13 de mayo, aunque desde el día 6 de mayo ya será posible presentar declaraciones, tanto en las oficinas de la Agencia como en las instalaciones dispuestas por las CCAA y entidades colaboradoras. CORREO ELECTRÓNICO
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El objetivo es prestar el servicio de atención personalizada a aquellos contribuyentes que, por su perfil de rentas, más necesitan este servicio, liberando al mismo tiempo efectivos de la Agencia Tributaria para dedicarlos a la lucha contra el fraude, la comprobación y la liquidación de impuestos. No obstante, para prestar el servicio en condiciones similares a las de campañas anteriores, se han incrementado los recursos destinados a atender a los contribuyentes en jornada de tarde. Por otra parte, y con el objetivo de seguir fomentando internet como medio más fácil, cómodo y rápido para hacer la declaración del IRPF, y tras la renovación completa del portal de Renta llevada a cabo en la pasada campaña, la Agencia Tributaria ha revisado y actualizado nuevamente los contenidos de información y ayuda accesibles en su web. Además, se mantiene el Portal Móvil, especialmente pensado para móviles inteligentes y tabletas, que se puso en marcha el pasado año. Quiénes no están obligados a declarar - Se mantiene la misma regulación que el año anterior en cuanto a los obligados a presentar la declaración del IRPF. En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. El límite para no declarar se reduce a 11.200 euros si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), y también cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas, cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con los siguientes rendimientos: • Dividendos, intereses y plusvalías sometidos a retención con un tope
conjunto de 1.600 euros. • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y CORREO ELECTRÓNICO
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subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, con el límite conjunto de 1.000 euros. - Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios, otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. Cómo y cuándo modificar el borrador de Renta Siempre resulta conveniente revisar el borrador de Renta, dado que, en el momento de su confección, la Agencia podría no disponer de todos los datos con trascendencia en la declaración, datos que quizá el contribuyente deba incorporar al borrador. Algunos casos típicos que aconsejan esta revisión son los siguientes: -
Inmuebles y sus referencias catastrales Circunstancias personales y familiares (si cambiaron en 2012) Aportaciones a planes de pensiones Aportaciones de cuotas sindicales Percepciones por subvenciones Deducción por maternidad Deducción por inversión en vivienda habitual Deducción por alquiler de vivienda habitual Deducción por aportaciones a la cuenta vivienda Deducciones autonómicas
Con el objetivo de facilitar el autoservicio al contribuyente, se han incorporado a la página web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) un total de 14 vídeos explicativos que muestran cómo modificar el borrador de Renta en los supuestos más habituales. Cuando el contribuyente desee modificar el borrador puede hacerlo a través de las siguientes vías: - Por internet: www.agenciatributaria.es CORREO ELECTRÓNICO
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- Por teléfono: 901 200 345 (lunes a viernes, de 9 a 21 horas). - En las oficinas de la Agencia Tributaria o CCAA (previa cita, que puede solicitarse por internet, o en los teléfonos 901 12 12 24 y 901 22 33 44) - En entidades colaboradoras Confirmación del borrador Existen varias vías para confirmar el borrador, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta o confirmar el borrador cualquier día, hasta el 26 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 1 de julio, último día de la campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 5 de noviembre). - Vías no presenciales (sin desplazamiento a oficinas), desde el día 2, hasta el 1 de julio (26 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 1 de julio): Casos en los que se puede utilizar esta vía
VÍAS DE CONFIRMACIÓN Por internet www.agenciatributaria.es Por teléfono (VRU), servicio automático 901 12 12 24 (las 24 horas) Por SMS, al 217223 Renta(espacio)número de justificante de borrador(espacio)NIF (Si es declaración conjunta se añade un (espacio)NIF del cónyuge Por teléfono (operador) 901 200 345 (L-V, de 9 a 21 horas) Por banca electrónica y telefónica En cajeros automáticos de ciertas entidades
TODOS A devolver A devolver A devolver e ingresar (domiciliando el pago) A devolver e ingresar (sin domiciliar) A devolver e ingresar (sin domiciliar)
- Vías presenciales, del 6 de mayo al 1 de julio (26 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 1 de julio):
VÍAS DE CONFIRMACIÓN
Casos en los que se puede utilizar esta vía
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En las oficinas de las entidades financieras colaboradoras En las oficinas de la AEAT o CCAA
A devolver e ingresar (sin domiciliar) A devolver e ingresar (domiciliando el pago)
Declaración de Patrimonio En la presente campaña se mantiene la obligación de declarar el Impuesto sobre el Patrimonio para los contribuyentes con cuota a ingresar (tras aplicar las correspondientes deducciones y bonificaciones) y también para aquellos sin cuota a ingresar, pero que cuenten con bienes y derechos con un valor superior a los dos millones de euros. Por norma estatal, el mínimo exento se sitúa en los 700.000 euros y la vivienda habitual está exenta también hasta los 300.000 euros, aunque ambos límites pueden variar, según la CCAA. Todos los contribuyentes a los que corresponda declarar Patrimonio deberán hacerlo exclusivamente por internet, mediante el número de referencia del borrador o datos fiscales, o bien utilizando el DNI-e o certificado electrónico. El plazo para la presentación comienza el 24 de abril y se extiende hasta el 1 de julio (hasta el 26 de junio para los pagos con domiciliación, aunque en estos casos se podrá presentar hasta el 1 de julio con el número de referencia del borrador, siempre que se haya obtenido previamente el justificante de pago que aporta el banco). Principales servicios de asistencia e información - Internet. www.agenciatributaria.es (ofrece información y gestiones sin horarios). - Teléfono Asistencia: 901 200 345 (para gestionar el borrador; de 9 a 21 horas, de lunes a viernes). - Teléfono Renta Información: 901 33 55 33. (para resolver dudas; de 9 a 19 horas, de lunes a viernes).
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Vídeo divulgativo de la campaña de Renta 2012 Para visualizar y descargar el vídeo se debe pinchar en el enlace, o introducir la siguiente dirección web): http://descargas.aeat.es/9335/static_files/descargas/videos_nota_de_prensa/vi deo2_renta_2012.mp4
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RUEDA DE PRENSA CAMPAÑA DE RENTA 2012
4 de abril de 2013
RESUMEN CAMPAÑA DE RENTA 2011
LÍNEAS GENERALES DE LA CAMPAÑA R.2011 POTENCIACIÓN Y MEJORA DE LOS SERVICIOS TELEMÁTICOS
CAMBIO RADICAL EN EL PORTAL DE RENTA 2011 Mejoró y simplificó el servicio RENØ: •Desaparece solicitud B/DF •Se generalizó el acceso al servicio -no declarantes, fallecidos y alertas •Se mejoró la accesibilidad
Contenidos de información: -Actualización de los ya existentes, y -Elaboración de nuevos contenidos
OBTENCIÓN INMEDIATA DEL BORRADOR/DFs ACCESO AL PORTAL DESDE MÓVILES
Departamento de Gestión Tributaria
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GRANDES CIFRAS DE CAMPAÑA IRPF 2011 El 55% de las declaraciones se presentaron telemáticamente (58% Borradores y 53% declaraciones) (∆20% s/ Renta 2010 y ∆ 44% s/Renta 2009)) 12.634.816 usuarios del Servicio RENØ (∆ 92% s/Renta 2010). Mejora accesibilidad, inmediatez, rapidez, sencillez 16.605.873 de Borradores/DF visualizados telemáticamente (∆ 60% Borradores y ∆ 85% DF) (∆ 67% s/Renta 2010)
Página web (intuitiva, clara y ágil) Los envíos de borradores/DF CIE han pasado de 18.000.000 en R2009 a 8.200.000 en R2011 8.236.366 llamadas telefónicas ATENDIDAS ( R2010 11.874.614), un 30% menos. 2.643.850 citas previas concertadas con contribuyentes (2.723.600 en R2010), un 3% menos.
CAMPAÑA DE RENTA 2012
OBJETIVOS CAMPAÑA 2012 1. POTENCIAR EL USO DE INTERNET: - En el borrador: Incremento duración Campaña telemática DESDE 2 DE ABRIL
(más tiempo para gestiones telemáticas)
- En las declaraciones: adelanto presentación telemática PADRE DESDE 24 DE ABRIL
2. IMPULSAR LA UTILIZACIÓN DEL BORRADOR: Ampliación del perfil (más de 1 millón y medio de contribuyentes podrán utilizar, por primera vez, el borrador)
6 Departamento de Gestión Tributaria
HAY A DISPOSICIÓN DE LOS CONTRIBUYENTES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA MÁS DE 2,2 MILLONES DE BORRADORES/DATOS FISCALES EN INTERNET PARA DESCARGAR www.agenciatributaria.es
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CAMPAÑA RENTA 2012 DELEGACIÓN ESPECIAL DE VALENCIA Datos a 4 de abril de 2013
Conceptos
2012
Solicitudes RENO Tramitadas
143.100
Borradores y DF Visualizados telemáticamente
147.085
Borradores confirmados
33.668
Devoluciones solicitadas Importe Devoluciones solicitadas (millones de €)
32.177 25,758
Departamento de Gestión Tributaria Departamento de Gestión Tributaria
NOVEDADES BORRADOR •
Ampliación del colectivo de contribuyentes que recibirán el borrador Mayor número de contribuyentes podrán disponer de este servicio de ayuda
1,5 millón de contribuyentes más que en R2011 recibirán esta potente herramienta de ayuda •
Mejora en la ayuda para la modificación del borrador Vídeos explicativos (en el portal y dentro de la aplicación)
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SUPUESTOS DE AMPLIACIÓN DE BORRADOR Imputaciones de rentas de inmuebles no arrendados hasta 8 (antes 2) (además de la vivienda habitual, trastero y 2 plazas de garaje). Pérdidas patrimoniales derivadas de ventas de fondos de inversión (antes solo ganancias sujetas a retención). Transmisión de valores públicos sin retención con rendimiento cero. (antes excluidos por ser RCM no sujetos a retención) Rendimientos imputados del capital mobiliario e inmobiliario por entidades en atribución rentas: (comunidades de propietarios…) antes excluidos del borrador. Percepción de subvenciones (renta de emancipación,.., excepto subvenciones de actividades económicas). Antes recibían borrador, pero solo se podía confirmar si la subvención financiaba la vivienda habitual. Incremento aprox. 1.500.000 borradores (1.000.000 debido a la elevación límite inmuebles) Departamento de Gestión Tributaria
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BORRADOR DE DECLARACIÓN Revise y en su caso incluya o modifique entre otras las siguientes cuestiones Inmuebles y sus referencias catastrales. Circunstancias personales y familiares si han cambiado a lo largo de 2012. Aportaciones de cuotas sindicales. Aportaciones a planes de pensiones. Deducción por inversión en vivienda habitual Deducción por alquiler de la vivienda habitual. Deducción por obras de mejora en viviendas de su propiedad. Deducción por cuenta vivienda. Deducciones autonómicas. Percepciones de subvenciones Departamento de Gestión Tributaria
BORRADOR Ventajas en la utilización del borrador: • •
Sencillez: para presentar la declaración del IRPF (tiene que revisarse) y si se está de acuerdo, bastará con confirmarlo. Rapidez: Recibirán antes la devolución.
QUIENES NO UTILICEN EL BORRADOR: •Por no reunir el perfil (rendimiento de actividades económicas, ganancias de patrimonio no sometidas a retención …) • Porque prefieren presentar declaración. Podrán con nº de referencia, DNI-e o certificado electrónico: – Obtener los datos fiscales. – Descargarlos en el programa PADRE. – A partir del 24 de abril, presentar la declaración por internet. Departamento de Gestión Tributaria
NOVEDADES PRESENTACIÓN DECLARACIONES
Se adelanta el plazo de presentación por internet con el programa padre (desde 24 de abril)
Ampliación de la descarga de datos fiscales: a) CCC de la devolución año anterior b) la fecha adquisición vivienda habitual c) nº identificación préstamo adquisición de vivienda habitual d) % de préstamo hipotecario
Se podrá presentar renta por internet con nº de referencia y con solicitud de aplazamiento
Los contribuyentes acogidos a la actualización de valores, deberán presentar esta declaración con carácter previo a renta. ambas por internet y con nº de referencia. 13 Departamento de Gestión Tributaria
CALENDARIO Y PLANIFICACIÓN
CALENDARIO DE CAMPAÑA CAMPAÑA TELEMÁTICA SE AMPLIA DESDE:
2 DE ABRIL BORRADORES 24 DE ABRIL DECLARACIONES
CAMPAÑA NO TELEMÁTICA SE INICIA A PARTIR DEL 6 DE MAYO (asistencia en oficinas desde el 13 de mayo)
FINALIZAN EL 1 DE JULIO Departamento de Gestión Tributaria
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CALENDARIO DE SERVICIOS DE AYUDA RENTA 2012 INICIO SERVICIOS BORRADOR TELEMÁTICO
abril
APERTURA PETICION DE CITA
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2
3
4
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12
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6
7
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16
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19
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21
13
14
22
23
29
30
24
25
INICIO 26 27 28 PRESENTACIÓN TELEMÁTICA DE DECLARACIONES
L
M
X
M
X
J
J
V
1
INICIO 2 3 PRESENTACIÓN 8 9 10 DECLARACIONES NO TELEMÁTICAS
S
D
4
5
11
12
15
16
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21 22 INICIO CONFECCION 27DEC. 28 29 OFICINAS
23
24
25
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30
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V
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5
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7
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junio L
mayo
julio V
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FIN CAMPAÑA 3 4 RENTA 2012
FECHA LÍMITE DOMICILIACIÓN 3 BANCARIA 4 5
6
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30
29
30
31
FIN PETICIÓN CITA8PREVIA 9
CALENDARIO DE DEVOLUCIONES RENTA 2012 abril
mayo
L
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1
2
3
4
5
6
7
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10
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Departamento de Gestión Tributaria
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SERVICIOS DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE
INTERNET
TELÉFONO
CANALES DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE COLABORADORES EXTERNOS Entidades financieras y colaboradores sociales
OFICINAS (AEAT, CCAA, CCLL)
PORTAL RENTA 2012
PORTAL RENTA 2012
Contiene la aplicación y la relación de documentación a llevar el día de cita
Reorganización de estos dos apartados
Nuevo icono
Portal dinámico En julio se incorporaría el icono de OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO
SERVICIO DE OBTENCIÓN DEL BORRADOR O DATOS FISCALES
(RENØ)
SERVICIO RENØ (novedades Renta 2011) SIN NECESIDAD DE SOLICITUD PREVIA GENERALIZACIÓN FÁCIL ACCESIBILIDAD SENCILLEZ y RAPIDEZ
Funcionalidad del nº de referencia (RENØ) Obtener y/o visualizar el borrador o los datos fiscales: por internet, desde 2 abril hasta el 1 de julio.
Modificar el borrador: en Internet y 901 200 345
Confirmar el borrador: Internet, 901 200 345 y 901 12 12 24
Consultar Datos fiscales, descargarlos al PADRE, presentar telemáticamente las declaraciones de Renta, Patrimonio y actualización de valores, solicitar aplazamiento, entre otros.
Todo ello de forma cómoda, fácil, inmediata y sin desplazamientos
WWW.agenciatributaria.es Acceso fácil, comodo y sencillo
SERVICIO RENØ
ENVÍO Nº REFERENCIA AL MÓVIL VÍA DE OBTENCIÓN Internet: www.agenciatributaria.es NIF, apellidos, casilla 620 R2011 o CCC (no declarantes) y número de teléfono móvil PLAZO DE OBTENCIÓN 2 de abril – 1 de julio 2013
Mensajes SMS (Inmediatos) Hasta 3 SMS Ya tiene disponible el borrador de declaración de Renta 2012 para el NIF **** XXXX**. Con referencia RRRRRRRRR. Puede consultarlo en www.aeat.es K
Borrador
Mensajes
Ya tiene disponibles los datos fiscales de Renta 2012 para el NIF ***XXXX**. Con referencia RRRRRRRRR. Puede consultarlos en www.aeat.es
Datos Fiscales
ÚLTIMA PANTALLA: OBTENCIÓN INMEDIATA DEL BORRADOR O LOS DATOS FISCALES
Nº de referencia
Icono borrador: consulta, modificación y confirmación
Acceso al borrador o datos fiscales con nº referencia (obtenido por RENØ o suscrito a alertas), DNIe o certificado Si necesita ayuda para modificar y/o confirmar puede visualizar los vídeos (también dentro de la propia aplicación)
Departamento de Gestión Tributaria
29
Portal móvil Acceso
a información, consultas y trámites con la AEAT desde telefonos inteligentes y tabletas. En definitiva acceso a la AEAT en movilidad.
Para Renta 2012, permite:
Efectuar trámites de forma rápida desde cualquier lugar y momento: Obtención del NUMERO DE REFERENCIA Consulta del BORRADOR Y LOS DATOS FISCALES Modificación y confirmación DEL BORRADOR Consulta del estado de tramitación de la devolución Consulta de los datos censales, ó el cambio de su domicilio fiscal Pedir y obtener de forma inmediata certificados de Renta
SERVICIOS TELEFÓNICOS A) SERVICIOS AUTOMÁTICOS 901 12 12 24 (24 horas) Confirmación del borrador a devolver Solicitud de cita previa atención presencial en oficinas Solicitud de certificados de renta y etiquetas. Consulta del estado de tramitación de devoluciones SMS al 217223: Confirmar borrador a devolver
B) SERVICIOS A TRAVÉS DE OPERADOR Para modificar y confirmar borradores 901 200 345 (9 a 21 horas, a partir del 2 de abril) Petición de cita previa 901 22 33 44 (9 a 19 horas, a partir del 6 mayo) Información tributaria 901 33 55 33 (9 a 19 horas, a partir del 1 abril)
CONCERTACIÓN DE CITA PREVIA 6- MAYO
28-JUNIO
INTERNET VRU (901 12 12 24) PLATAFORMA TELEFÓNICA (901 22 33 44) La cita concertada le será recordada al contribuyente, por SMS o correo electrónico, con tres días de anticipación
Novedad El perfil del contribuyente será determinado automáticamente por la aplicación Simplificación del cuestionario 33
NÚMERO DE PERSONAS QUE PARTICIPAN EN LA CAMPAÑA DE RENTA 2012
• Contratados en oficinas • Agentes en plataformas telefónicas • Funcionarios
1.634 3.100 7.200
TOTAL ___________________________ 11.934 Además, se imparte formación a 5.000 personas de CCAA/CCLL/EECC
PREVISIÓN DE LLAMADAS A ATENDER POR TELÉFONO
ASISTENCIA BORRADOR
1.200.000
SERVICIOS AUTOMATIZADOS
1.800.000
CITA PREVIA
1.800.000
INFORMACIÓN TRIBUTARIA
2.500.000
TOTAL
7.300.000
CUESTIONES A RECORDAR
VÍAS DE PRESENTACIÓN: ABRIL SOLO VÍA TELEMÁTICA Obtención del borrador y datos fiscales (Desde 02 de abril) por internet con RENØ o certificado electrónico o DNI-e) Modificación borrador: Internet y OTAC/CAT Presentación borrador: Electrónicas
Telefónicas
Internet Banca electrónica Cajeros automáticos CAT/OTAC VRU SMS Banca telefónica
Presentación declaraciones (PADRE) desde 24 de abril: solo Internet Departamento de Gestión Tributaria
VÍAS DE PRESENTACIÓN: MAYO Y JUNIO Mismas que en abril y, además, de forma presencial en: Agencia Tributaria, CCAA, Ayuntamientos y Entidades Colaboradoras
A partir del 6 de mayo hasta el 1 de julio: Presentación de declaraciones no telemáticas Presentación/confirmación de borradores, no telemáticos
A partir del 13 de mayo hasta el 1 de julio: Modificación de borradores Confección personalizada de declaraciones IRPF
SIN CITA
OBLIGATORIO ACUDIR CON CITA
Envíos por correo borrador/datos fiscales: si lo han solicitado
expresamente en la declaración R2011 y no han obtenido el nº de referencia (RENØ).
PRINCIPALES NOVEDADES NORMATIVAS
EXENCIONES Ganancias patrimoniales generadas en la dación en pago de la
vivienda. El 50% de las ganancias patrimoniales de la transmisión de inmuebles
urbanos afectos o no afectos a actividades económicas adquiridos de forma onerosa entre el 12.05.2012 y el 31.12.2012.
Ayudas excepcionales por daños personales en fallecimientos e
incapacidad absoluta y permanente por los afectados por incendios y otras catástrofes.
Se
modifican los requisitos para las exenciones indemnizaciones por despido o cese de los trabajadores.
de
las
ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Limitación de deducibilidad de los gastos financieros que superen 1M euros al 30% del beneficio. Supresión libertad de amortización de elementos nuevos de activo material fijo Se amplia el plazo para aplicar las deducciones pendientes que pasan de 10 y 15 años a 15 y 18 años, respectivamente. Para los periodos 2012 y 2013 se reduce el límite para la aplicación de deducciones por incentivos a la inversión, del 35% al 25%. Se prorroga la deducción por gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información Se añaden nuevas deducciones, vinculadas a determinados acontecimientos de excepcional interés público Actualización de balances: deberán presentar de forma obligatoria y conjuntamente por vía telemática a través de internet la declaración del IRPF 2012 y la autoliquidación del Gravamen único sobre revalorización de activos (Modelo 108).
OTRAS NOVEDADES Supresión de la compensación fiscal por vivienda habitual adquirida
antes del 20.01.2006 con financiación. Pérdida de la condición de contribuyente por cambio de residencia. Posible compensación de pérdidas patrimoniales debidas al juego,
hasta el límite de las ganancias obtenidas en mismo periodo y concepto. Escalas y tipos de gravamen complementario para 2012 y 2013 con
la finalidad de reducir el déficit público y aplicable a la cuota íntegra estatal.
NOVEDADES IMPUESTO PATRIMONIO 2012
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO Se restablece con carácter temporal para 2011 y 2012; se prorroga la vigencia al ejercicio 2013 para contribuir al reforzamiento de los ingresos públicos Es un impuesto cedido a las CCAA con competencias normativas sobre el mínimo
exento, tipo de gravamen, deducciones y bonificaciones de la cuota. Obligados a declarar: Los sujetos pasivos, cuya cuota tributaria resulte a ingresar, después de aplicar las
deducciones y bonificaciones. Los sujetos pasivos,
cuyo valor de sus bienes y derechos, resulte superior a 2.000.000 de euros, aun siendo la cuota negativa.
El mínimo exento se sitúa en 700.000 euros y la exención parcial por vivienda
habitual se eleva hasta los 300.000 euros. Pueden variar, según la CCAA. Bonificaciones: Las CCAA pueden establecer bonificaciones. Madrid mantiene
bonificación del 100% en la cuota del Impuesto.
GESTIÓN DEL IMPUESTO Forma de presentación: obligatoriamente por Internet mediante DNIe
o certificado electrónico o con nº de referencia del borrador/DF. Deberán presentar también obligatoriamente a través de Internet la declaración de IRPF de 2012. Plazo de presentación: desde el 24 de abril hasta el 1 de julio de
2013. Si se efectúa domiciliación bancaria del pago, desde el 24 de abril hasta el
26 de junio de 2013. No obstante, se podrá presentar la declaración a ingresar, a partir del 26 de junio con nº de referencia del borrador o de los datos fiscales siempre que se haya obtenido previamente un NRC en una entidad financiera. Además, también se podrá solicitar aplazamiento de pago con nº de referencia de borrador o de los datos fiscales.
Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es