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Nuevas Obligaciones en Materia de Precios de Transferencia AT 2013 15 de marzo de 2013
Agenda 1. Cambios en la normativa de precios de transferencia (Ley 20.630) 2. Declaración Jurada en Materia de Precios de Transferencia (Resolución 14/2013) 3. Informe Técnico de Derivados (Resolución 115/2012)
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Transacciones cubiertas por el Art. 41 E • La nueva normativa de precios de transferencia (Art. 41 E) le permitirá al SII impugnar los precios, valores o rentabilidades de transacciones, bajo las siguientes circunstancias: • Transacciones con partes relacionadas del exterior; • Transacciones derivadas de reestructuraciones de negocios y reorganizaciones que impliquen el movimiento de bienes o actividades que generen rentas gravadas (a paraísos fiscales); • Transacciones llevadas a cabo con entidades residentes en países incluidos en la lista que se refiere el número 2, dela Artículo 41 D, con quienes Chile no tenga un convenio de intercambio de información.
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Antiguas y nuevas reglas de relación económica • Participación directa o indirecta en la dirección, control, capital, utilidades o ingresos. • Agencias, sucursales y cualquier otra forma de EP.
• Operaciones con entidades residentes, domiciliadas, establecidas o constituidas en un paraíso fiscal - excepto países con acuerdo de intercambio de información vigente. • Cuando una o parte lleve a cabo una o más operaciones con un tercero que, a su vez, lleve a cabo, directa o indirectamente con un relacionado de aquella parte, una o más operaciones similares o idénticas a las que realiza con la primera.
• Acuerdos de actuación conjunta, contratos de exclusividad, tratamiento preferencial, dependencia financiera o económica, depósito de confianza. Nuevas Obligaciones en Materia de Precios de Transferencia AT 2013 PwC
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Estudios o Informes de Precios de Transferencia
• Los estudios de PT no son obligatorios (diferencia con otras jurisdicciones). • Sin embargo, la Documentación de PT debe ser contemporánea con las transacciones analizadas y debe ser presentada al SII a los 30 días de ser requerida por la autoridad en el contexto de una Citación (multa o eventual ajuste). • Complementando, los contribuyentes deberán mantener la documentación de soporte del método aplicado para analizar sus operaciones intragrupo (con base en aquellos permitidos por la Ley de la Renta).
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Ajustes de PT y Sanciones
• Si derivado de una auditoría se realiza un ajuste de PT, ello implicará la aplicación de un impuesto único del 35% sobre el monto de tal ajuste (artículo 21 LIR), más una multa de 5% sobre dicho ajuste.
• La multa del 5% puede no aplicarse. • Tales ajustes se deberán determinar conforme a las herramientas de fiscalización que el nuevo artículo 41-E provee al SII.
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Declaración Jurada de Precios de Transferencia
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DJ de PT – Generalidades • RESOLUCIÓN 14/2013 * Formulario No. 1907 * Presentación anual * Vencimiento AT 2013: 28 de junio de 2013 * Posibilidad de solicitar prórroga de hasta 3 meses
• SANCIONES * La no presentación, presentación errónea, incompleta o extemporánea, se sancionará con multa de 10-50 UTA (USD 10,000 a 50,000); sin exceder – 15% del capital propio conforme 41LIR o – 5% del capital efectivo
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DJ de PT – Obligados A) Segmento al que pertenece el contribuyente - Persona/Micro Empresa/Pequeña Empresa /Mediana Empresa /Gran Empresa - Información disponible en el sitio web del SII – “Mi SII” B) Obligados a presentar DJ: 1. Medianas o Grandes Empresas que hayan realizado transacciones intercompañía transfronterizas. 2. Personas, Micro Empresas y Pequeñas Empresas que hayan realizado transacciones con entidades domiciliadas o residentes en paraísos fiscales. 3. Personas, Micro Empresas y Pequeñas Empresas que hayan realizado transacciones intercompañía transfronterizas por montos superiores a 500 millones de pesos chilenos. Nuevas Obligaciones en Materia de Precios de Transferencia AT 2013 PwC
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DJ de PT – Resolución 14 del 2013 Anexo 1 – Formato Formulario Declaración Jurada 1907 Anexo 2 – Instructivo de llenado Declaración Jurada 1907 * Incluye anexo con descripción de los métodos de PT
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DJ de PT – Formulario No. 1907 SECCIÓN A: Datos del Contribuyente SECCIÓN B: Datos de las Operaciones Informadas Apartado
Campos
Comentarios
Sección B.1 Información General
Nombre/Razón Social Tax ID Código País Tipo de Relación Código Operación Moneda Monto
Se deben informar TODAS las transacciones
Sección B.2 Información Específica
Método de PT Operaciones sobre Bienes Tangibles Operaciones de Financiamiento Operaciones del Uso o Goce de Act. Intangibles Operación de Servicios o Comisiones Cuentas Corrientes Mercantiles
Únicamente para transacciones superiores a 100 millones de pesos chilenos
SECCIÓN C: Información Específica del Declarante Nuevas Obligaciones en Materia de Precios de Transferencia AT 2013 PwC
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones
- Método de PT implica un análisis – Art. 41 E LIR. - Primer año de DJ – no solo es el cumplimiento de una obligación formal.
- Mapeo de operaciones intercompañía. - Análisis Funcional. - Análisis Industrial. - Análisis Económico.
• • • • •
Caracterización de la entidad. Comparables internos. Análisis de Comparabilidad. Determinación de un rango de valores de mercado. Mayor “certeza” para el contribuyente.
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones 1) Método de PT: 6 métodos establecidos en la LIR consistentes con Guías OCDE •
PC - Método de Precio Comparable No Controlado.
•
PR - Método de Precio de Reventa.
•
CM - Método de Costo Más Margen.
•
DU - Método de División de Utilidades.
•
TMN - Método Transaccional de Márgenes Netos.
•
MR - Métodos Residuales.
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones Segmentación de EE.FF. -
En muchos casos, las compañías no tienen una sola actividad de negocio (distribución, manufactura, servicios). No norma local - La práctica internacional plantea que es mejor hacer un análisis segmentado de EE.RR. Año 201 2 - Estado de Resultado Manufactura Concepto
Relacionadas del Exterior
Venta Local
Serv icios Prestados
Im portación de PT para Distribución Terceros del Relacionadas Locales Local Exterior
Total Estados Financieros
Ventas Costo de Ventas Utilidad Bruta Gastos Operativ os Utilidad Operativa
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones - Parte Analizada Compañía Relacionada
Tercero Independiente USA
X
Chile
Empresa Chilena
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones 2) Operaciones sobre Bienes Tangibles * Aplica para compra-venta de bienes y activos fijos * Campos se llenan dependiendo del método seleccionado
PC o MR
Precio
Precio Comparable
PR, CM y TMN
Parte
Analizada
Análisis Global o Segmentado
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Indicador de Rentabilidad
DU
Resultado de la Operación
Indicador de Rentabilidad
Resultado de Operación
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones Monto de la operación Intereses percibidos o devengados Fija
3) Operaciones de Financiamiento
Tipo de tasa de interés
Tasa de referencia Variable
Plazo desde
Spread
Plazo hasta
Comisiones u otros cargos
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones 4) Operaciones derivadas del uso o goce de Activos Intangibles * Aplica para ingresos y pagos por licencias, patentes o uso o goce de otros activos intangibles. Tipo de Intangible
• • • •
Marca Patente Know how Software o Hardware • Otros derechos de propiedad Intelectual • Otros
Criterio de Cálculo de la Regalía
• Porcentaje fijo sobre ventas • Monto fijo • Otro
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Regalía
• Tasa/porcentaje • Cero
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones 5) Operaciones de Prestación de Servicios o Comisiones * Campos se llenan dependiendo de la operación Servicios
PC
Análisis Global o Segmentado
Criterio del Cálculo del Precio del Servicio
PR, CM o TMN
Tasa de cálculo para el precio del servicio
Parte Analizada Servicios
Análisis global o segmentado
Indicador de Rentabilidad
DU y MR
Resultado de la operación de servicios
Análisis global o segmentado
Indicador de Rentabilidad
Resultado de la Operación de Servicios
Criterio del cálculo de la comisión
Comisiones Comisión Nuevas Obligaciones en Materia de Precios de Transferencia AT 2013 PwC
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DJ de PT – Sección B.2 Información Específica de las Operaciones 6) Cuentas Corrientes Mercantiles
Saldos • Saldo Inicial • Saldo Final
Débitos • Cargos en dinero • Cargos en especie • Otros cargos
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Créditos • Abonos en dinero • Abonos en especie • Otros abonos
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DJ de PT – Sección C Información Específica del Declarante 1) Actividad del Declarante 2) Resultado Operativo * Calculado conforme a estados financieros globales * MO (margen operativo) - Actividades de distribución o reventa - Actividades financieras o de inversiones * MOTC (margen operativo sobre costos totales) - Otras actividades 3) Ajuste de Precios de Transferencia * Monto registrado en contabilidad o en la determinación de la RLI 4) Reorganización o restructuración empresarial o de negocios * Cuando el contribuyente local haya transferido funciones, activos y/o riesgos a una entidad relacionada del exterior.
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Actualidad en Fiscalizaciones
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Actualidad en Fiscalizaciones - Notificaciones - Citaciones - Liquidaciones
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Informe Técnico de Derivados
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Normativa de Derivados y Precios de Transferencia
- Ley 20.544 – Noviembre de 2011 * Regula el tratamiento tributario de los instrumentos derivados * Artículo – autoriza y regula los contratos de derivados con partes relacionadas. Requisitos copulativos: Requisitos formales de contratación y acreditar el valor de mercado.
- Resolución 115 – Octubre de 2012 * Informe Técnico de Derivados respecto de operaciones con partes relacionadas - Vigente a partir del AT 2013 respecto de los contratos a contar del año comercial 2012 y las modificaciones efectuadas desde el ejercicio comercial 2012 a contratos celebrados antes del 2012.
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Informe Técnico de Derivados - A disposición del SII - Objetivo: demostrar que los contratos de derivados entre partes relacionados fueron pactados a precios o valores de mercado. * Si los antecedentes no acreditan la naturaleza de mercado del derivado: Gasto Rechazado.
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Informe Técnico de Derivados - Contenido mínimo i) Descripción detallada de la operación señalando el tipo de derivado, los parámetros utilizados para determinar su precio o valor, plazo del contrato y el activo/pasivo que se está cubriendo en caso de corresponder. ii) Las circunstancias económicas que dieron lugar a la celebración del derivado. iii) Análisis de transacciones comparables así como la metodología utilizada para seleccionar los contratos que se consideran como transacciones comparables celebradas entre terceros independientes. Asimismo, se deberá indicar los precios o valores que, a juicio del contribuyente, serían de mercado para el contrato de que se trate. Nuevas Obligaciones en Materia de Precios de Transferencia AT 2013 PwC
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¡Muchas gracias!
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