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18DtC. 2012 ORIGINAL E S C O P ] A F I E LD E L

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RESOLUCIÓNN" 068 -2U[2-2UllOrvlCR Lima, 18 de dicie¡nbne de 20L2 VISTO:

El Oficio N" 9G2012-OPE-DGA/CR de la Oficina de y proveldo N" 18686de la Dirección Gmeral de Adrrinisbación; Procesos y Estándares, el CONSIDERANDO: Que el Congreso de la República es un poder del con autonomla normativa, económica, administ¡ativa y polltica de conformidad el artículo 94ode la Consütución Pollüca y el arÉculo 3" del Reglamento del Congreso la República; Que la Dirección General de Administración

ha

presentado el proyecto de Directiva que legula las normas, responsabilidades y procedimiento para el Registroy control Patrimonial de BienesMueblesdel Congresode Rep(rbüca, que tiene por finalidad actu¡liza¡ la Directiva N" 01-200&DGA/CR itos Para el Registro y Control Patrinonial de Bimes Muebles", aprobada por Resolución N" 738-20O7-2O08-OM/CR; el acto Que es preciso entonces expedir la mencionada de la aprobación cual se formalice administ¡ativo resolutivo mediante el directiva mediante una resolución de la Oficialla Mayor; y, De conformidad con lo establecido en el Arüculo 38' del Reglamento del Congreso de la Rephblica (vigente segrin lo señalado por la Disposición Transitoria Única de la Resolución Legislaüva N' 02t2003-CR) y m la Directiva N" 01-2011-DGA/CR, "Procedimientos Para la Elaboración y Actualización de lnstrumentos Normativos de Gestión - Directivas - Procedimientos"; y,

SE RESUELVE: Arüculo Primero.- APROBAR como documento "Procedinientos la Directiva N'0G2012-DGA/CR intemo de gestión administ¡aüva Para el Registro y Conhol Patrimonial de Bimes Muebles". Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolución No "Procedimientos 138-2007-2008-OM/CR que aprueba la Directiva N" 01-2008-DGA/CR para el Registro y Control Patrimonial de BienesMuebles" Reglstrese,comuníquese,cúmplase y archivese.

¡l Mal¡or(q)_ DT LA REPUBLICA

Die.tita:

l'rocc¿inícntos oara et Reeis?o t Contdrl l,atñmonía[ de Bien¿s Mucbles

"PROCEDIMIENTOS PARAEL REGISTRO Y CONTROL PATRIMONTAL DEBIENES MUEBLES" 1. OBJETIVO Eslablecer las normas, proced¡mientosintemos y determ¡narlas responsabilidadespara el registro y control patrimonial de los bienes muebles del Congreso de la República, independ¡entemente de la modalidad de adouisición de los mlsmos.

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2. ALCANCE Las disposicionesde esta Directivason de aplicacióny cumplimientoobligatoriopor el Departamentode Logísticay sus unidadesorgánicas,las administracionesde edificios,la Oficina de Tecnologíasde Informacióny sus unidadesorgánicas,Of¡cinade Prevencióny que ¡ntervenganen el proceso. Seguridady por lodas las dependenc¡as Los funcionariosy servidoresde las unidades orgánicasque part¡cipende los diferentes procesosdel registroy controlpatrimonial,son responsablesde la aplicacióny cumplim¡ento de los proced¡mientos establecidospor el Congresode la Repúbl¡ca. Cuando esta Directiva mencione la palabra SBN, se entenderá que se ref¡ere a la Superintendencia de B¡enesNacionales.

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3. MODIFICACIONESY ACTUALIZACIONES La presénte Directiva podrá ser modif¡caday actualizadapor efectos de la evaluación periódicade su aplicación,en concordancia con lo dispuestoen la DirectivaNo 01-201'lpara la elaboracióny actualizaciónde inslrumentosnormativosde DGA,/CR"Procedim¡entos gestión- Directivas- Proced¡mientos", para lo cual las unidadesorgánicasvinculadasa los procesos para el reg¡stro y control palrimon¡al de bienes muebles presentarán la correspondientepropuesta,en coordinacióncon la Of¡cinade Procesosy Estándaresde la DirecciónGeneralde Administración. 4. DISPOSICIONESGENERALES 4.1. Patr¡mon¡oMob¡liarioInstituc¡onal El patr¡moniomobiliariodel Congresode la Repúblicaestá const¡tuidopor todos aquellosbienesadquiridos en propiedadpor el Congresode la Repúblicasea cualfuere el origende su adquis¡ción. Son objetode incorporaciónal patrimoniodel Congresode la República,todos aquellos bienes descrilosen el CatálogoNacionalde BienesMueblesdel Estado y los que no en é1. esténcomDrend¡dos 4.2. Un¡dadOrgánicaresponsable El Área de Abastecimiento,Compras y Control Patrimonial,del Departamenlode Logística,es el órganoresponsablede la planificación,coordinac¡óny e.iecuciónde las acciones referidas al registro,administración,control, supervisiónde los bienes de propiedaddel Congresode la Repúblicay de los b¡enesque se encuentrenbajo su adm¡nistración,así como de custodiar,conservary manteneractualizadoel archivode los documentosfuente que sustentanel ingreso,ba,a y disposiciónde los ¡ndicados bienes. Asim¡smo,deberá informaroportunamente, como mínimo una vez cada trimestre,a la Jefaturadel Departamentode Logíst¡ca,sobre los b¡enes ingresadoso dados de baia parafinesde ¡nclusióno exclusiónde las respectivaspólizasde seguros. OJi¡ina lc P¡o.cso! r Endndarct Noa,I|aslnternas dcl S.nKio Po an¿ntano

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4.3.Asignaciónde BienesMuebles La asignaciónde b¡enesmuebles ingresadosal Almacénse efectuaránecesariamenle - comprobantede saliday cuandoocurrael trasladode un medianteel Requerimiento bien desde una unidad orgánica o dependencia a otra, mediante la ,,Hoja de Movilizaciónde Bienes",emitida por el s.l.G.A (sistema Integradode GLstión Administrativa);y cuando se trate de gquipo informáticomediantelcta de Entregay Acta de Retiro,a ser preparadaspor el Área de ODeraciones. Para la asignación de equipos informáticos,se utilizará también el ,,Acta de Entrega/Ret¡ro", documentoaprobadoen el procedimientoTécnicoAdministrativoNo03 - 2009-AO - OTI/CR de la Oficinade Tecnologías de Información.

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Los bienesmueblesde uso comúnse asignana la jefaturainmediata.

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4.4.Movlmientode BlenesMuebles

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El movimiento(trasladofísico) de los bienes muebles,se efectuaráen los siouientes casos: - Cuandoun bien asignadoa una determinadaunidadorgánicao dependenciaes pueslo a disposiciónpor considerarloobsoletoo innecesariopara el desarrollode sus act¡vidades.En estos casos, la Oficinade Tecnologíasde Informacióndispondráde los muebles cuando son tipo equipos de cómputo y/o software, y equipos de comunicación;las Administraciones de Edificiosdispondránpara los demás tipos de muebles.

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- Cuandopor encontrarseaveriadoun bien requieraser trasladadopara su reparación, y posteriorretomoa la dependenc¡a desdedondese originóel traslado. - Cuandoun bienen estadooperativo, que ha sidopuestoa disposición de una unidad orgánica,es asignadoa otraunidadorgánicao dependencia. Si el bienen cuestiónes un equipoinformático,el movimientorequierede la aulorizacióndel Jefe de la Oficina de Tecnologíasde Información,y para el restode bienes,requierede la autorización del Jefe del Departamento de Logística. La respectivaunidadorgánicao dependenciacoordinaráel desarrollode estas acciones con el Administradorde Edif¡cioy cuandose fate de equiposinformát¡cos,tambiéncon el Área de Ooeracionos. Paratodos estoscasos,exceptoen la movilizaciónde equiposportátilesde informática, el Administradordel Edificio,necesariamente deberáusar la "Hoja de Movilizaciónde por y Bienes",em¡tida el SIGA., enlregarcop¡ade este formatoa las unidadesorgánicas vinculadascon el proced¡m¡enlo, así comoel originaldebidamente llenadoy firmadoal Area de Abastec¡miento,Compras y Control Patrimonial, la que verificará la actualizacióny efectuarálos registrospatrimonialesen el sistemade Controlde activos del SIGA,basándose en la Hojade Movilización menc¡onada. portátiles,lbs Supervisores En cuantoal controlde salidade equiposinformáticos de Prevencióny Seguridadde cada edificio,verificaránel ingresoy salida de los mismos. El trasladode los equiposportátilesserá realizadoúnicay exclusivamentepor el usuario a quiense le asignóel bieno a quienésteúltimodesignó.

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4.5. Depósitos transitorios de blenes muebles en estado operat¡vo Los bienesmueblesoperativos(exceptoequiposinformáticosy vehículos)que han sido puestos a d¡spos¡ción por considerarlos innecesarios, deberán guardarse transitoriamente en los de cada edificio del

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a cargo y bajo la responsabilidadde cada Administradorde Edificio hasta que estos sean nuevamente asignados por el Jefe del Departamentode Logíst¡ca a otras unidadesorgánicaso dependencias que los requieraá. Los equipos ¡nformáticosen estado operarivoque han sido puestos a disposiciónpor considerarlosinnecesarios,,deberánser guardadostransitoriámenteen los depósito'sy bajo responsab¡lidadder Area de operaciones, hasta que esros sean nuevamenre asignadospor el Jefe de la oficina de Tecnologíasde Informacióna otras unidades orgánicaso dependencias que los requieran.

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