Obras de mejora de la accesibilidad en edificios de vivienda. Madrid Según El Real Decreto 1/2013 a partir del 4/12/2017 todos los edificios deberán ser accesibles, realizando las adaptaciones necesarias dentro de sus posibilidades.
Y esto... qué significa Que se puede exigir a cualquier edificio, independientemente de su antigüedad o uso, que cumpla unas mínimas condiciones de accesibilidad. Especialmente aquellos en los que vivan personas mayores de 70 años o con discapacidad.
Y en mi Comunidad de vecinos... ¿Esto en qué se concreta? Que si un vecino lo solicita, la Comunidad de Propietarios estará obligada (sin necesidad de ser aprobado en junta) a realizar obras de mejora de las condiciones de accesibilidad hasta un valor determinado, dentro de lo que se consideran “ajustes razonables”.
¿Ajustes razonables? Fundamentalmente se considerarán ajustes razonables aquellos que realmente supongan una mejora para la accesibilidad de algunas personas y que no superen en coste 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes (se asocia más o menos a 12 mensualidades de la cuota que pagan de manera regular los vecinos, sin derramas ni gastos extraordinarios) Un ejemplo: Para una comunidad de 16 vecinos, con una cuota mensual por vecino de 50€ , la ley obligaría a realizar una adaptación que no superase los: 16 vecinos x 12 meses x 50 €/vecino y mes = 9.600€ Esta adaptación debería ser realmente efectiva, es decir, no tendría sentido hacer una rampa desde la calle hasta el portal si una vez dentro vamos a encontrarnos escalones que no podremos salvar.
Si alguna adaptación supera el límite económico de los “ajustes razonables” existe la posibilidad de que uno o mas propietarios paguen por su cuenta el exceso, viéndose obligada la Comunidad a aportar la cantidad equivalente a esas 12 mensualidades. Es importante destacar que, según la ley, para evaluar si un ajuste es razonable o no, deberían descontarse del importe total de la intervención las ayudas o subvenciones que se pudieran recibir. Seguimos con el ejemplo: Para la misma Comunidad del ejemplo anterior, que se plantease realizar una obra por valor de 20.000€, con una subvención en vigor por parte del Ayuntamiento del 70% (14.000€) 20.000 € - 14.000 € = 6.000 € Al estar por debajo del límite establecido, la obra a realizar se consideraría un “ajuste razonable”
¿Por qué ese empeño en que los edificios sean accesibles? Que un edificio sea accesible significa que puede ser utilizado de una manera cómoda y segura por todas las personas, vayan en silla ruedas, con muletas, andador, con un carrito de bebé, etc.
Poder entrar y salir de nuestra vivienda cómodamente y si barreras es esencial para poder disfrutar de autonomía y tener una mayor calidad de vida, el paulatino envejecimiento de la población hace que las adaptaciones en materia de accesibilidad cada vez beneficien a más personas.
¿Hay alguna ayuda para realizar estas obras? Sí, el Ayuntamiento de Madrid acaba de presentar (21 de junio de 2016) antes del verano el Plan MADRID RECUPERA, que incluye subvenciones para obras relacionadas con la accesibilidad, la conservación y la eficiencia energética de los edificios. Estas ayudas incluyen la ejecución de las obras, honorarios técnicos y tasas. Los importes se calculan con IVA incluido y hay, en todos los casos un descuento del impuesto de construcciones ICIO del 70%
Accesibilidad
70%
Conservación
35 - 50%
Máximo: 4.000 – 6.000 €/vivienda
Eficiencia Energética
50 - 60%
Máximo: 8.000 €/vivienda
Máximo: 10.000 €/vivienda
¿A quien van destinadas estas ayudas? Estas ayudas van destinadas a Comunidades de Propietarios de edificios residenciales o Propietarios de viviendas unifamiliares que se encuentren dentro de alguna de las 112 Áreas Preferentes de Impulso a la Regeneración Urbana (A.P.I.R.U.) definidas por el Ayuntamiento de Madrid.
Si quieres saber si un inmueble se encuentra dentro de alguno de las APIRU definidas por el Ayuntamiento, no dudes en ponerte en contacto con nosotros a través de
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Listado de Áreas preferentes 01.01 - BARRIO DE EMBAJADORES
11.03 - COLONIA SAN VICENTE PAUL
05.01 - COLONIA SAN CRISTOBAL
11.04 - COLONIA URBIS
06.01 - VENTILLA
11.05 - BARRIO VISTA ALEGRE
06.02 - VALDEACEDERAS
11.06 - COLONIA TERCIO TEROL
06.03 - BELLAS VISTAS
11.07 - BARRIO DE SAN ISIDRO
06.04 - BERRUGUETE
11.08 - ENTORNO GENERAL RICARDOS
08.01 - COLONIA VIRGEN DE BEGOÐA
11.09 - BARRIO DE COMILLAS
08.02 - POBLADOS A Y B DE FUENCARRAL
11.10 - ZAIDA
08.03 – POBL. DIR. FUENCARRAL-STA ANA
11.11 - BARRIO PUERTA BONITA
08.04 - BARRIO DEL PILAR
11.12 - COLONIA EXPERIMENTAL
08.05 - COLONIA LACOMA
11.13 - COLONIA VELAZQUEZ
08.06 - CASCO DE FUENCARRAL
11.14 - CASCO CARABANCHEL ALTO
09.01 - COLONIA MANZANARES
11.15 - BARRIO DE BUENAVISTA
09.02 - COLONIA VALDEZARZA
12.01 - COLONIA PARQUE DE LA PALOMA
09.03 - COLONIA SACONIA
12.02 - BARRIO DE ZOFIO
09.04 - CASCO DE ARAVACA
12.03 - BARRIO DE ALMENDRALES
09.05 - COLONIA MANZANARES
12.04 - COLONIA CERRILLO
10.01 - ZAIDA
12.05 - COLONIA MOSCARDO
10.02 - BARRIO DE LOS CARMENES
12.06 - ORCASITAS
10.03 - BARRIO DE LUCERO
12.07 - ENTORNO MARCELO USERA
10.04 - BARRIO CAMPAMENTO
12.08 - COLONIA SAN FERMIN
10.05 – COL. MILITAR ARROYO MEAQUES
13.01 - BARRIO DE PORTAZGO
10.06 – COL. CAMPAMENTO
13.02 - COLONIA LOS ALAMILLOS
10.07 – COL. MILITAR CUATRO VIENTOS
13.03 - COLONIA JESUS DIVINO OBRERO
10.08 – COL. PQUE EUROPA Y STA MARGARITA
13.04 - NUMANCIA
10.09 - POBLADO C CARABANCHEL
13.05 - BARRIO SAN DIEGO
10.10 - BARRIO DE ALUCHE
13.06 - PALOMERAS BAJAS
10.11 - COLONIA BATAN
13.07 - AVDA BUENOS AIRES
10.12 - ENTORNO C/SEPULVEDA
13.08 - COLONIA LOS ALAMILLOS
10.13 - COLONIA EIJO GARAY
13.09 - COLONIA SANDI
10.14 - BARRIO PUERTA DEL ANGEL
13.10 - COLONIA SAN FCO JAVIER
10.15 - COLONIA JUAN TORNERO
13.11 - ENTREVIAS
11.01 - COLONIA SANN IGNACIO DE LOYOLA 14.01 - MORATALAZ PROMOCION PUBLICA 11.02 - COLONIA SAN FRANCISCO
14.02 - MORATALAZ PROMOCION PRIVADA
15.01 - BARRIO DE LA ELIPA
20.05 - BARRIO DE CANILLEJAS
15.02 - BARRIO DE SAN PASCUAL
20.06 - UVA CANILLEJAS
15.03 - BARRIO DE PUEBLO NUEVO
20.07 - COLONIA LAS MUSAS
15.04 - BARRIO DE QUINTANA
20.08 - COLONIA NTRA SRA GUADALUPE
15.05 - BARRIO DE BILBAO
21.01 - BARRIO DEL AEROPUERTO
15.06 - POBLADOS HNOS G¬ NOBLEJAS
21.02 - CASCO DE BARAJAS
15.07 - COLONIA LAS MORERAS 16.01 - POBLADO DIRIGIDO DE CANILLAS 16.02 - UVA HORTALEZA 16.03 - NUEVO BARRIO DE POZAS 16.04 - NUEVA COLOMBIA 16.05 - POBLADO DIRIGIDO DE MANOTERAS 16.06 - COLONIA VILLA ROSA 16.07 - CASCO DE HORTALEZA 16.08 - BARRIO PINAR DEL REY 17.01 - SAN CRISTOBAL DE LOS ANGELES 17.02 - COLONIA LUCENTUM 17.03 - CIUDAD DE LOS ANGELES 17.04 - CASCO VILLAVERDE ALTO 17.05 - CASCO VILLAVERDE BAJO 17.06 - BARRIO DE LOS ROSALES 18.01 - COLONIA VIRGEN DE LA PIEDAD 18.02 - UVA VALLECAS 18.03 - CASCO DE VALLECAS 18.04 - COLONIA URPISA 18.05 - COLONIA HUERTA 18.06 - CASCO DE VALLECAS 19.01 - COLONIA MILITAR 19.02 - AMBROZ 19.03 - CASCO DE VICALVARO 19.04 - COLONIA FERROVIARIOS 20.01 - COLONIA DEL SALVADOR 20.02 - BARRIO DE SIMANCAS 20.03 - GRAN SAN BLAS 20.04 - COLONIA CIUDAD PEGASO
Para edificios que no están situados en Áreas preferentes... Para aquellos edificios destinados a vivienda que no estén situados en las áreas preferentes definidas por el Ayuntamiento se han previsto unas ayudas a la mejora de as condiciones de accesibilidad de un 35% del importe de las obras con un máximo de 4.000 euros por vivienda
¿Cuándo se recibiría el dinero? El Ayuntamiento tiene previsto, una vez concedida la ayuda, entregar el 50% del total cuando se comunique el inicio de las obras y el 50 restante a la finalización de las mismas.
¿Cómo se solicitan estas ayudas? Una vez publicada la convocatoria, con la solicitud deberá presentarse en el registro de la junta municipal acompañada de la siguiente documentación: • • • • •
Acuerdo de la Comunidad de Propietarios Presupuesto de las obras Informe de Evaluación del Edificio Proyecto de las obras a realizar Solicitud de Licencia Urbanística
¿En qué podemos ayudarte? Tras varios años sin ningún tipo de ayudas a la Rehabilitación (las últimas se extinguieron en 2013) surge de nuevo la oportunidad de aprovechar el apoyo de la administración en la conservación, mantenimiento y accesibilidad de nuestros edificios En 100x100 Accesible queremos que vuestras comunidades se beneficien de estas ayudas, por eso os ofrecemos nuestra experiencia y profesionalidad en estas actuaciones de mejora. Dada la concesión de estas subvenciones es muy importante comenzar a redactar la documentación y presentarla cuanto antes, pues el orden de entrada será fundamental en su resolución
Entre nuestros servicios ofrecemos: –
Redacción del Informe de evaluación del edificio, formado por 3 partes: Estado de conservación (equivalente a la ITE actual), certificado de eficiencia energética y Condiciones de Accesibilidad
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Proyecto técnico acorde al tipo de licencia urbanística necesaria según las obras a realizar: desde memoria justificativa hasta proyectos de edificación, garantizando y justificando, en todo momento el cumplimiento de la normativa vigente
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Dirección facultativa de los trabajos (en caso de ser requerida)
Puedes encontrarnos en: VIVIERO DE EMPRESAS DE CARABANCHEL C/ Cidro nº 3. 28044 Madrid móvil: 671 21 10 14 / 670 500 533 www.100x100accesible.com
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