ORDENANZA N 132-MDSMP San Martín de Porres, 27 de Mayo de 2005

ORDENANZA N°132-MDSMP San Martín de Porres, 27 de Mayo de 2005 VISTO: En sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 123-2005-MDSMPGPP, de la Ger

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ORDENANZA N°132-MDSMP San Martín de Porres, 27 de Mayo de 2005 VISTO: En sesión Extraordinaria de la fecha, el Informe Nº 123-2005-MDSMPGPP, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y CONSIDERANDO : Que, la Ley Nº 27680, en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, definen a las Municipalidades como órganos de gobierno, con personería jurídica de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, promotores del desarrollo integral, de la economía local y de la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes de desarrollo nacionales y regionales; Que, el actual proceso de descentralización ha determinado la responsabilidad de los Gobiernos Locales para formular y ejecutar los planes de desarrollo concertados, los presupuestos participativos anuales y los programas de inversiones; Que, así mismo, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de M unicipalidades, en los Artículos 9°, 20°, 53°, 97°, 99°, 100°, 103°, 104° y la Décimo Sexta Disposición Complementaria contempla el proceso concertado del Presupuesto Participativo, las atribuciones y funciones del Concejo de Coordinación Local Distrital, Concejo Municipal y Alcaldía, en la formulación, coordinación, concertación y aprobación respectiva; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 171-2003-EF, se definen y establecen disposiciones, alcances y objetivos del Proceso Participativo que garanticen la efectiva participación de la Sociedad Civil en el desarrollo de dicho proceso; Que, mediante Resolución Directoral N° 006-2005-EF/ 76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo N° 001-20 05-EF/76.01, Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo, con la finalidad de orientar y fortalecer los procesos de planeamiento concertado y Presupuesto Participativo; Estando al Informe Nº 0855-2005-GAJ/MDSMP, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y en uso de las facultades conferidas por los Artículo 9° y 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal presidido por el Señor Alcalde Lucio Campos Huayta, y el voto a favor de los señores Regidores Johnny Alberto Ruiz Ruiz, María Zulema Crisóstomo Castañeda, Roger Hernán Paz Puelles, Carlos Alcedo De La Cruz Martínez, María Guadalupe García Barrionuevo, Roberto Asunción Castillo Paulino, y con la abstención de los Regidores Luis Caballero Sabino, Pedro Carlos Casanova Saavedra, Carlos Alberto Castillo Vidalón, Carlos Enrique Calderón Carvajal, y con la inasistencia justificada de las señoras Regidoras Hilda Ofelia Ferrer Ramírez, Gloria Luz Santillán Ríos, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2006. Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006, cuyo texto en sies (6) folios, forma parte integrante de la presente Ordenanza. _______________________________________________________________________________________ Av. Alfredo Mendiola Nº 169 Lima 31 - Perú Telefax: +51(1) 7900-100 Página Web: www.mdsmp.gob.pe

Artículo Segundo.- Aprobar el Cronograma para el desarrollo de las acciones del Proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006.

INSCRIPCIÓN:

De: 02 de Junio a: 10 de Junio

VERIFICACIÓN DE REQUISITOS:

A partir del 02 de Junio

SOLICITUDES OBSERVADAS:

Día 09 de Junio

LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES:

Día 09 de Junio

ACREDITACIÓN DE AGENTES PARTICIPANTES:

Día 10 de Junio

DESARROLO DE TALLERES DE TRABAJO:

A partir del 25 de Junio

Artículo Tercero.- Determinar los Agentes Participantes en el Proceso de Programación del Presupuesto Participativo 2006: • Alcalde. • Concejo Municipal. • Equipo Técnico. • Representantes de la Sociedad Civil acreditados. • Organizaciones Sociales. • Organizaciones Vecinales. • Organizaciones del Sector Económico. • Otras Instituciones públicas y privadas con responsabilidad en el distrito Artículo Cuarto.- Aprobar la conformación del Equipo Técnico del Proceso de Programación del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006, el mismo que queda integrado por : • Gerencia de Planeamiento y Presupuesto , quien lo preside. • Gerencia de Participación Ciudadana • Gerencia de Desarrollo Urbano. • Gerencia del Medio Ambiente. • Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico Local • Gerencia de Servicios y Programas Sociales • Gerencia de Seguridad Ciudadana • Gerencia de Administración Tributaria y Rentas • Unidad de Imagen Institucional • Un profesional de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presupuesto Artículo Quinto.- Las Unidades Orgánicas de la Municipalidad son responsables de brindar el apoyo que requiera la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto dentro de los plazos que esta establezca, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la normatividad sobre la materia. Artículo Sexto.- Encárguese a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Participación _______________________________________________________________________________________ Av. Alfredo Mendiola Nº 169 Lima 31 - Perú Telefax: +51(1) 7900-100 Página Web: www.mdsmp.gob.pe

Ciudadana, Secretaria General y Unidad de Imagen Institucional el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

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REGLAMENTO DEL PROCESO DE PROGRAMACIÓN DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL AÑO FISCAL 2006 CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1° .- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto establecer las orientaciones generales para normar y asegurar la participación vecinal en el proceso de programación del Presupuesto Participativo 2006, de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, conforme a la normatividad vigente. Artículo 2°.- Finalidad El presente Reglamento tiene por finalidad promover la participación concertada de la Sociedad Civil en la formulación y evaluación del Presupuesto Institucional, considerando las necesidades sociales prioritarias para su incorporación en el Programa de Inversiones, que contribuyan a alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo Distrital. Artículo 3° .- Alcance La presente Ordenanza comprende a los ciudadanos, Organizaciones de la Sociedad Civil debidamente inscritos y acreditados en el Registro Distrital de Organizaciones e instituciones públicas y privadas del Distrito de San Martín de Porres. Artículo 4° .- Definiciones Para efectos de la presente norma se entenderá por : a) Presupuesto Participativo : Es un proceso concertado que fortalece las relaciones entre los gobiernos locales y la sociedad civil debidamente organizada; mediante el cual se definen las acciones prioritarias a implementarse y se asignan los recursos necesarios, considerando la visión y objetivos estratégicos establecidos en el Plan de Desarrollo Concertado, generando compromisos de todos los agentes participantes para su consecución. b) Agentes Participantes: Entiéndase por Agentes Participantes a quienes participan, con voz y voto, en la discusión y toma de decisiones en el proceso del Presupuesto Participativo. Están integrados por los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los miembros del Concejo Municipal, los representantes de la Sociedad Civil debidamente inscritos y acreditados en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San Martín de Porres y el Equipo Técnico de soporte del proceso que participa con voz pero sin voto. c) Sociedad Civil: Comprende a las organizaciones sociales de base territorial o temática, así como a Organismos e Instituciones Privadas dentro del ámbito Distrital.

CAPITULO II BASE LEGAL Artículo 5° .- El presente Reglamento tiene como base legal : •

Constitución Política del Perú.

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• • • • • • • •

Ley Nª 27783- Ley de Bases de Descentralización. Ley Nª 27972- Ley Orgánica de Municipalidades. Ley Nª 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Ley Nª 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo. Decreto Supremo N 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley N 28056- Ley Marco del Presupuesto Participativo. Ley Nª 27293- Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, disposiciones complementarias y modificatorias. Instructivo Nª 001-2005-EF/76.01- Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006. Ordenanza Nº 098-2004-MDSMP – Ordenanza que aprueba el Reglamento del Concejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres. CAPITULO III

DEL PROCESO DE IDENTIFICACIÓN Y ACREDITACION DE LOS AGENTES PARTICIPANTES Artículo 6°.- Identificación de Agentes Participan tes. Participan con voz y voto, en la discusión y/o toma de decisiones en el proceso de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006. Son considerados Agentes Participantes: • • • • • • • •

Alcalde. Concejo Municipal. Representantes de la Sociedad Civil acreditados. Equipo Técnico. Organizaciones Sociales. Organizaciones Vecinales. Organizaciones del Sector Económico. Otras Instituciones públicas y privadas con responsabilidad en el Distrito.

Artículo 7°.- Acreditación de Agentes Participantes . Los representantes de la Sociedad Civil para acreditar su inscripción deben cumplir con los siguientes requisitos: a) Ser mayor de edad (DNI). b) Acreditar pertenecer a una organización social inscrita en el Registro Distrital de Organizaciones de la Sociedad Civil de San Martín de Porres o estar inscrito en los Registros Públicos con domicilio en el Distrito. c) Tener mandato vigente al momento de la inscripción. El propósito de esta fase es asegurar la mayor presencia de organizaciones y/o grupos representativos del Distrito. Artículo 8°.- Registro de Organizaciones de la Soc iedad Civil. Precísese mediante el presente y para mejor concordancia con el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil, el mismo que está organizado por Títulos, correspondiendo la siguiente clasificación:

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TITULOS

ECONOMICO

COMUNICACIÓN LABORAL SALUD APOYO ALIMENTARIO COOPERANTES Y ONG'S CULTURA, ARTE Y DEPORTE

VECINALES

OTRAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL

SEGMENTOS Organizaciones de la Industria Organizaciones de Comerciantes Organizaciones de Turismo Organizaciones de la Banca, Financieras y de Inversión. Organizaciones de Bienes Raices e Inmobiliarias Organizacioens Exportadoras Organizaciones de la Construcción Organizacioens de MYPES Productores Agricolas Productores Pecuarios Productores Artesanales Organizaciones de Medios de Disfusión Organizaciones Laborales CLAS (Comunidad local de Administración de Salud) Promotoras de Salud Organizaciones Sociales de Base (ComedoresPopulares Autogestionarios, Club de Madres y Vaso de Leche) Organizaciones Cooperantes Organizaciones Culturales Organizaciones Artísticas Organizaciones Deportivas Juntas Vecinales, Organizaciones de Asentamientos Humanos, Urbanizaciones, Cooperativas, Asociaciones y Programas de Vivienda y Conjuntos Habitacionales Asociaciones del Adulto Mayor Asociaciones de Discapacitados Colegios Profesionales Organizaciones de Jovenes Organizaciones de Defensa de los Derechos de la Mujer Representantes de Iglesias

Al realizarse la inscripción de los representantes, se consignará el nombre de la organización, tipo de organización, número de asociados a la organización a la que representa, fecha de inscripción en el registro respectivo, Identificación y cargo de la (s) persona (s) representante. No podrán inscribirse Aquellas personas y/o instituciones que participan en los procesos participativos provinciales y/ o regionales. Si la institución u organización social no se encontrase inscrita, deberá apersonarse a la Gerencia de Participación Ciudadana para ser incluida en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil. La información proporcionada por los Agentes Participantes estará sujeta a fiscalización posterior según lo establecido en la Ley N° 27444-Ley del Pro cedimiento Administrativo General. Artículo 9°.- Responsabilidades de los Agentes Part icipantes. Son responsabilidades de los Agentes Participantes, las siguientes: a) b) c) d)

Estar debidamente inscrito y acreditado en la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, en el Libro de Registro de Organizaciones de la Sociedad Civil. Asistir a los cursos de capacitación promovidos y organizados por la Municipalidad referidos al proceso participativo, conforme a lo establecido en el Instructivo Nª 001-2005EF/76.01-Instructivo para el Proceso de Presupuesto Participativo Año Fiscal 2006. Asistir puntual y responsablemente a los talleres de trabajo, contribuyendo constructivamente al desarrollo del mismo. Contribuir con opiniones y aportes, según metodología aplicada, en la formulación de Proyectos de Inversión.

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e) f) g) h) i)

Votar responsablemente por la determinación de los proyectos prioritarios, planteados en el Proceso. Asumir compromisos relacionados a la ejecución de actividades y proyectos que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida en el Distrito de San Martín de Porres. Suscribir el Acta de Acuerdos y Compromisos, en el cual se recopilan las propuestas deliberadas y aprobadas en los Talleres. Aprobar mediante Acuerdo de Concejo el documento final, del proceso concertado de Presupuesto Participativo, posterior a la sesión ordinaria de coordinación y concertación efectuada con el CCLD en pleno. Disponer a nivel de la Alta Dirección la publicación y remisión de los resultados obtenidos, a los organismos públicos según correspondan.

Artículo 10°.- Conformación del Equipo Técnico. Son considerados como miembros integrantes del Equipo Técnico: • • • • • • • • • •

Gerencia de Planeamiento y Presupuesto , quien lo preside. Gerencia de Participación Ciudadana. Gerencia de Desarrollo Urbano. Gerencia del Medio Ambiente. Gerencia de Promoción del Desarrollo Económico Local Gerencia de Servicios y Programas Sociales Gerencia de Seguridad Ciudadana Gerencia de Administración Tributaria y Rentas Unidad de Imagen Institucional Hasta seis (06) profesional de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presupuesto La designación de los Profesionales de la Sociedad Civil con experiencia en temas de Planeamiento y Presupuesto, se efectuará según convocatoria pública, mediante presentación de Currículum Vitae debidamente documentado, el mismo que se desempeñará de manera Ad Honoren y cuya evaluación de selección será realizado por el Equipo Tecnico Institucional.

Artículo 11°.- Responsabilidades del Equipo Técnico . Son responsabilidades del Equipo Técnico, las siguientes: a) Preparar y suministrar información precedente a la convocatoria a los Talleres de Trabajo. b) Asesorar durante el desarrollo de los Talleres de Trabajo, para la formulación del Presupuesto Participativo. c) Evaluar técnicamente los criterios de priorización de las acciones resultantes de los Talleres de Trabajo. d) Elaborar los perfiles de proyectos de inversión pública, dentro de los alcances del Sistema Nacional de Inversión Pública, según corresponda. CAPITULO IV DE LA CONVOCATORIA Artículo 12ª.- La Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, con la participación del Consejo de Coordinación Local Distrital, a través de la Gerencia de Participación Ciudadana y Secretaria General, procederán a realizar la convocatoria ante la sociedad civil interesada en participar en el proceso, utilizando los medios de comunicación y/o los diarios de mayor circulación. Así mismo, se procederá a cursar invitaciones a aquellas instituciones u organizaciones sociales identificadas en el Registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

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CAPITULO V DEL DESARROLLO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Artículo 13ª.- El proceso de programación del Presupuesto Participativo 2006 se desarrolla según la secuencia y el cronograma detallado en el anexo adjunto Artículo 14ª.- Del Consejo de Coordinación Local Distrital. El Presupuesto Participativo del Año Fiscal 2006 contará con la participación del Consejo de Coordinación Local Distrital. El Consejo de Coordinación Local Distrital participa en la realización de la convocatoria, en la implementación de los mecanismos de capacitación para los Agentes Participantes y presenta, a través de su Presidente, los resultados del Presupuesto Participativo. Además, realiza las funciones establecidas en la Ley Nª 27972- Ley Orgánica de Municipalidades y el Reglamento de Consejo de Coordinación Local Distrital de San Martín de Porres. Artículo 15°.- Capacitación de Agentes Participante s. La capacitación para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo tiene como objetivo contribuir al adiestramiento técnico y legal de los Agentes Participantes para lograr una adecuada definición de prioridades y asignación de recursos en el cumplimiento de los objetivos de desarrollo concertado del distrito. Las acciones de capacitación se realizarán considerando 04 talleres de capacitación descentralizados, desarrollando los siguientes temas: ✔ El proceso de Presupuesto Participativo. ✔ Gestión y Políticas Públicas. ✔ Descentralización. ✔ Planeamiento y Desarrollo Local. ✔ Gestión Presupuestaria Local. ✔ El Sistema Nacional de Inversión Pública. ✔ Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Artículo 16°.- Desarrollo de los Talleres de Trabaj o. Se realizará un primer Taller de Trabajo para la realización del Diagnóstico Temático y Territorial, en el cual se efectúa un análisis basado en las necesidades territoriales y un análisis de la realidad económica, social, cultural y ambiental del distrito. De manera posterior se efectuara un segundo Taller de Trabajo relacionado a la Definición de Criterios y de Priorización de Acciones Artículo 17°.- De la Priorización de los Proyectos de Inversión en el Proceso de Presupuesto Participativo. Los Agentes Participantes pueden presentar sus iniciativas de proyectos referidos a servicios, infraestructura, desarrollo de capacidades u otros conducentes al desarrollo integral del Distrito y en concordancia con los objetivos del Plan Integral de Desarrollo del Distrito de San Martín de Porres al 2014; los cuales serán preseleccionados para su posterior priorización. Se otorgará prioridad a los proyectos de inversión del Banco de Proyectos de la Municipalidad para el año 2006, los cuales serán debatidos y priorizados; luego, serán sometidos a consulta los proyectos preseleccionados por los Agentes Participantes. Serán incorporados al presupuesto los proyectos que obtengan mayores puntajes de priorización, aprobados en la evaluación técnica realizada por el Equipo Técnico y los proyectos preseleccionados no priorizados serán considerados en el Banco de Proyectos para el año 2007. _______________________________________________________________________________________ Av. Alfredo Mendiola Nº 169 Lima 31 - Perú Telefax: +51(1) 7900-100 Página Web: www.mdsmp.gob.pe

Artículo 18ª.- De la Asistencia. Los Agentes Participantes deberán asistir a todas las reuniones y talleres que se realicen a lo largo del proceso. Para tener derecho a voto, deberán contar con el 90 % de asistencia de los mismos. Artículo 19ª.- Del Tiempo y Frecuencia de Intervención. Los oradores se inscribirán al inicio del taller, en la mesa instalada para registro de asistencia. Cada participante dispondrá para su intervención oral de un tiempo máximo de tres minutos no acumulativos, quedando prohibido ceder o transferir el tiempo otorgado, considerando como máximo dos intervenciones. La segunda ronda se hará efectiva si se agotó la primera ronda de todos los inscritos para esa fecha. Artículo 20°.- De las Normas de Conducta . Durante el desarrollo del proceso, los participantes deberán respetar las normas de conducta, en caso contrario se les aplicará las sanciones correspondientes al Artículo 26ª del presente Reglamento. Las normas de conducta a aplicarse son las siguientes: a) Puntualidad. Se dará tolerancia de quince minutos para el ingreso de los participantes al taller. b) Respeto mutuo. Debe existir respeto entre todos los participantes, evitando actos ofensivos e interrupciones. c) Tolerancia. Los participantes deberán mantener una postura equilibrada ante las diversas opiniones relacionadas a los diversos temas a discutirse en los talleres. Artículo 21°.- De la Evaluación Técnica. El Equipo Técnico es el encargado de desarrollar el análisis respectivo para evaluar la viabilidad de los proyectos identificados, dentro del ámbito del Sistema Nacional de Inversión Pública y proporcionar los costos estimados de los mismos, que servirán como criterios a utilizar para la priorización de los proyectos, considerando los objetivos estratégicos establecidos en el Plan Integral de Desarrollo del Distrito de San Martín de Porres al 2014. Artículo 22°.- De la Formalización de Acuerdos. En esta etapa se realizará un Taller con la finalidad de presentar la evaluación y el desarrollo técnico-financiero de las propuestas para su discusión. Luego, se elaborará el listado del orden de prioridades de los proyectos a ejecutar, los que serán considerados en el marco del presupuesto participativo. Se presentará el producto del trabajo realizado por los Agentes Participantes en los talleres y se formalizarán los acuerdos mediante la suscripción del Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo. CAPITULO VI DE LA APROBACIÓN, PUBLICACIÓN Y REMISION DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. Artículo 23°.- De la Aprobación. El Equipo Técnico elaborará el documento de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006, el cual contiene los acuerdos del proceso, para su aprobación por el Consejo de Coordinación Local Distrital Artículo 24ª.- De la Publicación y Remisión. Se dispondrá la publicación del documento de Presupuesto Participativo para el Año Fiscal 2006, luego de ser aprobado, a través de los medios de comunicación para conocimiento de la comunidad. En tanto, la difusión del cumplimiento del proceso se realizará a través del registro de _______________________________________________________________________________________ Av. Alfredo Mendiola Nº 169 Lima 31 - Perú Telefax: +51(1) 7900-100 Página Web: www.mdsmp.gob.pe

la información respectiva en el Aplicativo Web, de acuerdo a las instrucciones de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. Asimismo, se efectuará la remisión del documento de Presupuesto Participativo, el Acta de Acuerdos y Compromisos, así como el Proyecto de Presupuesto Institucional a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, en la fecha que se establezca oportunamente. CAPITULO VII DE LA VIGILANCIA SOCIAL EN EL PROCESO Artículo 25°.- Del Comité de Vigilancia y Control. El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo deberá vigilar el desenvolvimiento de las etapas del proceso conforme a los principios establecidos en el Instructivo Nª 001-2005EF/76.01, así como el cumplimiento de los acuerdos concertados. A su vez, informan ante el Consejo de Coordinación Local Distrital sobre las acciones desarrolladas y resultados obtenidos. CAPITULO VIII DE LAS SANCIONES Artículo 26ª.- Constituyen sanciones: a) Inasistencia injustificada a 01 taller. Perderá su derecho a voto en los Talleres de Trabajo. b) Intervenir como orador sin inscribirse previamente. Se le inhabilitará como orador en el siguiente taller. c) Agresión física, verbal u ofensas a otros participantes. Será retirado del Taller y quedará inhabilitado para participar en todo el proceso, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a las que hubiere lugar. DISPOSICIONES FINALES Única.- Toda situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por el Equipo Técnico, poniendo a consideración de los Agentes Participantes las omisiones o implementaciones metodológicas según corresponda y solo si estas se muestren necesarias en el desarrollo de los Talleres a nivel de Eje Temático.

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