ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN TRIBUNALES FEDERALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NA

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ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN TRIBUNALES FEDERALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

CÁMARAS

JUZGADOS

Nacional de CASACIÓN PENAL

Tribunales Orales (Interior) 35

4 salas 13 JUECES ( 1 en la Presidencia)

Nacional ELECTORAL 3 Jueces

Con Competencia Electoral 1

Nacional de Apelaciones en lo CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 3 SALAS - 9 miembros

11

Nacional de Apelaciones en lo CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL

12

5 salas (*) - 15 Miembros Nacional de Apelaciones en lo CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL

12

5 Salas - 6 Miembros Nacional de Apelaciones en lo PENAL ECONÓMICO

8

2 Salas - 6 Miembros Nacional en lo Penal Tributario 3

CÁMARAS

JUZGADOS

Federal de la SEGURIDAD SOCIAL 3 Salas - 9 Jueces

10

TRIBUNALES FEDERALES CON ASIENTO EN LAS PROVINCIAS CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION CÁMARAS FEDERALES

JUZGADOS

Nacional ELECTORAL 3 Jueces BAHÍA BLANCA 2 Salas - 5 Jueces

LOCALIDAD

Con Competencia Electoral 23 3

Bahía Blanca N° 1 y N° 2 Santa Rosa

COMODORO RIVADAVIA 3 Jueces

6

Comodoro Rivadavia Rawson Río Gallegos Ushuaia Río Grande

CÓRDOBA 2 Salas - 6 Jueces

6

Córdoba Nros. 1, 2 y 3 Río Cuarto Bell Ville La Rioja

CORRIENTES 3 Jueces

2

Corrientes Paso de los Libres

GENERAL ROCA 3 Jueces

6

General Roca

CÁMARAS FEDERALES

JUZGADOS

LOCALIDAD

Neuquén Nros. 1, 2 y 3 Viedma Zapala Bariloche

LA PLATA 3 Salas - 9 Jueces

8

La Plata Nros. 1, 2, 3 y 4 Junín Lomas de Zamora Nros. 1, 2 y 3

MAR DEL PLATA 3 Jueces

7

Mar del Plata Nros.1, 2, 3 y 4 (*) Azul Dolores Necochea (*)

MENDOZA 2 Salas - 6 Jueces

7

Mendoza Nros. 1, 2, y 3 San Rafael San Juan N° 1 y 2 San Luis

PARANÁ 3 Jueces

2

Paraná

Concepción del Uruguay

POSADAS 5 Jueces

3

Posadas N° 1 y N° 2 El Dorado

RESISTENCIA 3 Jueces

6

Resistencia Formosa N° 1 y N° 2

CÁMARAS FEDERALES

JUZGADOS

LOCALIDAD

Reconquista Presid. Roque SáenzPeña (*)

ROSARIO 2 Salas - 6 Jueces

8

Rosario Nros. 1, 2, 3 y 4 Santa Fé N° 1 y N° 2 San Nicolás N° 1 y N° 2

SALTA 2 Salas (**) - 6 Jueces

5

Salta N° 1 y N° 2 Jujuy N° 1 y N° 2 San Ramón de la Nueva Orán (*)

SAN MARTÍN 2 Salas - 6 Jueces

13

San Martín Nros. 1, 2 , 3 y 4 San Isidro N° 1 y N° 2 Morón (4) Mercedes Campana Caseros (*)

TUCUMÁN 5 Jueces

4

Tucumán N° 1 y N° 2 Santiago del Estero Catamarca

(*) Sin habilitar (**) La Ley N° 23.867 creó la Cámara Federal de Apelaciones de Salta (B.O. 30/10/90), una sala se encuentra sin habilitar.

TRIBUNALES NACIONALES CON ASIENTO EN LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION

CÁMARAS

JUZGADOS

Nacional de CASACIÓN PENAL

Tribunales Orales (Capital) 43

4 salas 13 JUECES ( 1 en la Presidencia)

Juzgados de Ejecución Penal 3 Nacional de Apelaciones en lo

110

CIVIL 13 Salas - 39 Miembros Nacional de Apelaciones en lo COMERCIAL

26

5 Salas - 15 miembros Nacional de Apelaciones en lo CRIMINAL Y CORRECCIONAL 5 Salas 16 Miembros (1 en la Presidencia)

Criminal de Instrucción 49

Correccionales 14 Rogatorias 1 Menores 7 Nacional de Apelaciones del TRABAJO

10 Salas - 30 Jueces

80

ORGANIZACIÓN JUDICIAL Y ÓRGANOS PROCESALES

§

Es sabido que, tomando como modelo a la Constitución norteamericana de 1787, nuestra Constitución creó un doble orden judicial. De acuerdo con ese régimen existen en el país, por un lado, una justicia nacional que ejerce sus atribuciones en todo el territor io de la República con respecto al conocimiento de los asuntos mencionados por el art. 116 de la Constitución (competencia federal) y sin esa limitación en los lugares sometidos a la potestad del Gobierno Nacional; y, por otro lado, una justicia ordinaria o común que ejerce sus funciones a través de los órganos judiciales que cada provincia debe crear y organizar con prescindencia del gobierno central (CN, art. 5°,121, 123 y 126) y cuya competencia abarca el conocimiento de todos los asuntos regidos por el derecho común y local, con las limitaciones establecidas por el art. 75, inc. 12 de la Constitución Nacional. 69. ORGANIZACIÓN DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN: a) El art. 108 de la Constitución Nacional determina que el Poder Judicial de la Nación será ejercido por una Corte Suprema de Justicia y por los tribunales inferiores que el Congreso estableciere en el territorio de la Nación. b) La Corte Suprema de Justicia se halla actualmente compuesta por nueve jueces. Actúan ante ella como representantes del ministerio público, el Procurador General de la Nación y los procuradores fiscales en los casos y con el alcance previsto en el art.2° de la ley 15.464 (decreto-ley 1285/58, art. 21, modificado por la ley 23.774) y la Defensoría General de la Nación, todos ellos con arreglo a lo establecido en el art. 120 de la Constitución Nacional. Corresponde a la ley la fijación del número de jueces de la Corte y de sus fiscales, por cuanto la reforma constitucional de 1860 (mantenida en este tema por la de 1994) dejó sin efecto el art. 91 de la Constitución de 1853, según el cual dicho tribunal estaría integrado por nueve jueces y dos fiscales. Las leyes 627 (art. 6°) y 13.998 (art. 21) y el decreto -ley 1285/58 (art.21), fijaron la composición del tribunal en cinc o jueces, número que fue elevado a siete por la ley 15.271, reducido nuevamente a cinco por la ley 16.895 (ambas modificatorias del art. 21 del referido decreto-ley) y llevado a nueve por la ley 23.774. c) La Corte Suprema tiene su asiento en la Capital Federal y designa a su presidente (decreto -ley 1285/58, art.21). Por su parte, el art. 79 RJN dispone que el presidente de la Corte y el vicepresidente son elegidos por mayoría absoluta de votos de los jueces del tribunal y duran tres años en el ejercicio de sus funciones. d) Prescribe asimismo el art. 21 del decreto- ley 1285/58, que la Corte dictará su reglamento interno (CN, art.113) y el Reglamento para la Justicia Nacional, estableciendo las facultades de superintendencia de la propia Corte y tribunales inferiores. La facultad conferida a la Corte en el sentido de delegar en los tribunales inferiores el ejercicio de §

Manual de Derecho Procesal Civil – de Lino Enrique Palacio – Editorial Abeledo Perrot Buenos Aires, 1997 – Pags. 130 a 134.

superintendencia, fue hecha efectiva por el tribunal mediante acordada de fecha 3 de marzo de 1958 (fallos 240:107), en la cual dispuso transferir a las cámaras nacionales de apelaciones la facultad de designar y promover a su personal y al de los juzgados y ministerios públicos, a propuesta de los jueces y funcionarios titulares, así como la de otorgar licencias a su propio personal y dentro de ciertos límites, a los magistrados de todas las instancias y funcionarios titulares de los ministerios públicos. Pero debe tenerse en cuenta que si bien la decisión de tales asuntos deriva de la superintendencia inmediata que corresponde a las cámaras de apelaciones, ello no obsta a que cuando la Corte lo estime conveniente ejerza, por vía de avocación las facultades de superintendencia general que le incumbe como órgano máximo de la justicia nacional. Lo mismo cabe decir en cuanto a la aplicación de sanciones disciplinarias efectuadas por los tribunales inferiores (RJN, art.22). e) En los casos de recusación, impedimento, vacancia o licencia de alguno de los miembros de la Corte Suprema, este tribunal se integra, hasta completar el número lega l para fallar, mediante sorteo entre los presidentes de las cámaras nacionales de apelación en lo federal en la Capital Federal y los de las cámaras federales con asiento en las provincias. En el caso de que el tribunal no pueda integrarse mediante ese procedimiento corresponde practicar un sorteo entre una lista de conjueces hasta completar el número legal para fallar, debiendo estos ser designados en número de diez por el Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado, correspondiendo que el nombramiento recaiga en personas que reúnen las condiciones establecidas para ser juez de la Corte y tenga una duración de tres años que puede extenderse al solo efecto de resolver las causas en que el juez haya sido sorteado, hasta tanto se dicte el pronunciamiento (decreto-ley 1285/58, art.22, modificado por la ley 23.498).

COMPETENCIAS DE LOS TRIBUNALES NACIONALES Y FEDERALES DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

Cámara Nacional Electoral

Juzgados federales de primera instancia con Competencia electoral Con competencia exclusivamente Federal Con competencia en todo el territorio nacional Cámara Federal de la Seguridad Social

Juzgados federales en lo contencioso administrativo de la capital federal y jueces federales con asiento en las provincias

Con competencia Federal y Ordinaria

Cámara Nacional de Casación Penal

Cámaras Federales de Apelaciones

Con competencia en el territorio de las Provincias

Juzgados Federales de Primera Instancia

Tribunales Orales en lo Criminal Federal (instancia única)

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal

Juzgados nacionales de primera instancia en lo civil y comercial federal

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal Con competencia exclusivamente federal

Juzgados nacionales de primera instancia en lo Contencioso Administrativo Federal

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal

Juzgados nacionales de primera instancia en lo criminal y correccional federal Con competencia territorial en la Capital Federal

Tribunales Orales en lo Criminal Federal (instancia única)

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil

Jueces nacionales de primera Instancia en lo civil

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Con competencia Ordinaria Juzgados nacionales de primera instancia en lo comercial

Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo

Juzgados nacionales de primera instancia del trabajo

Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional

Con competencia Ordinaria

Fuero Penal

Jugados Nacionales de instrucción, en lo correccional, de menores (*), de ejecución y de rogatorias

Tribunales Orales en lo Criminal (instancia única)

Con Competencia Territorial en la Capital Federal Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico

Juzgados Nacionales de primera instancia en lo Penal Económico y Penal Tributario Con competencia Federal y Ordinaria Tribunales Orales en lo Penal Económico (instancia única)

Tribunales Orales de menores (instancia única)

(*) Durante el periodo instructorio del proceso penal la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ejerce competencia federal cuando, en ciertos procesos, actúa como tribunal de alzada de los jueces de menores, estos últimos, asimismo, ejercen limitadamente este tipo de competencia cuando juzgan, en única instancia, en los delitos y controversias cometidos por menores de dieciocho años, y que no están reprimidos con pena no privativa de libertad o pena privativa de la libertad que no exceda de tres años (Cod. Procesal Penal, art. 29, inc. 2º).

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