Story Transcript
PARTE SEGUNDA:
BANCA Y DERECHO BANCARIO
UNIDAD 1 SISTEMA BANCARIO
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
1
SESIÓN SÉPTIMA, OCTAVA Y NOVENA SISTEMA BANCARIO PRINCIPIOS BÁSICOS VINCULADOS AL SISTEMA BANCARIO
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
2
SISTEMA BANCARIO
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
3
SISTEMA BANCARIO 1. Nociones previas. 2. Sistema bancario. 3. Sistema bancario y su vinculación al sistema económico 4. Modelos de sistemas bancarios occidentales 5. Sistemas bancarios en los regímenes socialistas 6. Sistema bancario de los EEUU 7. Sistema bancario en el Perú 8. Sistema bancario internacional 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
4
1. NOCIONES PREVIAS EL SISTEMA BANCARIO ES UN CONJUNTO DE INSTITUCIONES QUE PERMITEN EL DESARROLLO DE TODAS AQUELLAS TRANSACCIONES ENTRE PERSONAS, EMPRESAS Y ORGANIZACIONES QUE IMPLIQUEN EL USO DEL DINERO. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
5
2. SISTEMA BANCARIO SISTEMA BANCARIO. CONJUNTO DE INSTITUCIONES DE UNA ECONOMÍA QUE AYUDAN A CONECTAR EL AHORRO Y LA INVERSIÓN 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
6
ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DENTRO DE LA CUAL SE MUEVE EL CONJUNTO DE INSTITUCIONES BANCARIAS, RESPONDIENDO A LAS DIRECTRICES QUE LE MARCA LA AUTORIDAD SUPERIOR; INCLUYE LA BANCA NACIONAL, BANCA PRIVADA Y MIXTA, Y BANCA CENTRAL. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
7
LOS BANCOS CUMPLEN UNA FUNCIÓN CLAVE EN LA ECONOMÍA: DEBEN CANALIZAR EL AHORRO HACIA QUIENES INVIERTEN O PRODUCEN; EL CARÁCTER PARTICULAR DE LA RELACIÓN ENTRE LOS BANCOS Y SUS DEPOSITANTES O DEUDORES IMPLICA FUERTES EXIGENCIAS DE EFICIENCIA ASÍ COMO DE SOLVENCIA. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
8
3. SISTEMA BANCARIO Y SU VINCULACIÓN AL SISTEMA ECONÓMICO
Fuente: Fundamento de Economía, José Méndez – McGraw – Hill México 1996 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
9
SE LLAMA SISTEMA ECONÓMICO A LA FORMA EN LA QUE SE ORGANIZA LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE UNA SOCIEDAD, LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS Y SU DISTRIBUCIÓN ENTRE SUS MIEMBROS. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
10
CADA SISTEMA ECONÓMICO SE CARACTERIZA POR SU ORDENAMIENTO JURÍDICO QUE ESPECIFICA EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD Y LAS CONDICIONES DE CONTRATACIÓN ENTRE PARTICULARES. ES EL ESTADO EL QUE ELABORA E IMPONE ESE ORDENAMIENTO JURÍDICO Y SE RESERVA PARA SÍ CIERTOS ÁMBITOS Y FORMAS DE ACTUACIÓN. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
11
4. SISTEMAS BANCARIOS OCCIDENTALES (PRINCIPALMENTE PAÍSES EUROPEOS DEL HEMISFERIO OCCIDENTAL, CÁNADA Y LATINOAMÉRICA; EE. UU. SE CONSIDERA A PARTE)
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
12
PRINCIPALES BANCOS DE OCCIDENTE
z z
En Canadá el BOC (Banco Central de Canadá) Los Principales Bancos de la Unión Europea son: z
z z z z
En Francia: Credit Lyonnais, La Societe Generalis, el Banco de Francia y el nacionalizado Banque Nationale de París En Alemania: el Bundesbank, Deutsche Bank A. G., Dresdner Bank A. G. y Commerzbank A. G. El Banco de Italia Banco Central de Inglaterra (BCI) Banco Central Europeo (fundado en 1999)
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
13
5. SISTEMA BANCARIO DE LOS EEUU (DENTRO DEL SISTEMA OCCIDENTAL) ES EL SISTEMA BANCARIO CENTRAL DE LOS ESTADOS UNIDOS, QUE ABARCA 12 BANCOS DE LA RESERVA FEDERAL QUE CONTROLAN A 12 DISTRITOS, BAJO LA TUTELA DE LA JUNTA DE GOBERNADORES DE LA RESERVA FEDERAL. Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro 19/02/2009
14
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
15
SISTEMAS BANCARIOS ORIENTALES (JAPÓN, CHINA, TAIWAN, HONG KONG, PAÍSES ÁRABES, ETC.) JAPÓN AL SER UNO DE LOS PAÍSES MÁS RICOS DEL MUNDO, SU SISTEMA BANCARIO EJERCE GRAN INFLUENCIA SOBRE LA ECONOMÍA MUNDIAL. EL BANCO DE JAPÓN ES EL BANCO CENTRAL QUE CONTROLA TODO EL SISTEMA BANCARIO, AUNQUE TIENE UNA MENOR AUTONOMÍA QUE LA MAYORÍA DE LOS BANCOS CENTRALES DE LOS PAÍSES INDUSTRIALIZADOS 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
16
UNA DE LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS QUE PRESENTA CON RESPECTO A LOS SISTEMAS BANCARIOS OCCIDENTALES, ES QUE TIENE UNOS HORARIOS MUY LIMITADOS (9.00 A.M.-15:00 P.M.), QUE EL MANEJO DE LOS CAJEROS AUTOMÁTICOS ES MÁS COMPLICADO (CON HORARIO RESTRINGIDO TAMBIÉN), Y QUE LOS TRÁMITES, EN GENERAL, SON MÁS COMPLEJOS. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
17
EN JAPÓN, LOS PAGOS SUELEN REALIZARSE CON DINERO EN EFECTIVO. PARA PREVENIR LOS PROBLEMAS QUE PUEDAN SURGIR AL GUARDAR GRANDES CANTIDADES DE DINERO EN CASA, EXISTE LA POSIBILIDAD DE ABRIR UNA CUENTA BANCARIA DE LA QUE SE PUEDAN SACAR PEQUEÑAS CANTIDADES DE DINERO FÁCILMENTE. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
18
ADEMÁS DEL BANCO CENTRAL, EN JAPÓN EXISTEN UNA SERIE DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS QUE DEPENDEN DEL GOBIERNO Y QUE SE ENCARGAN DE FINANCIAR DISTINTAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS DE ESPECIAL RELEVANCIA, COMO EL COMERCIO EXTERIOR, LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS O EL SECTOR AGROPECUARIO. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
19
SE DIVIDE EN BANCOS METROPOLITANOS, BANCOS REGIONALES Y BANCOS DE CORREO (SERVICIO POSTAL DE AHORRO). ALGUNOS BANCOS PRIVADOS, COMO EL DAI-ICHI KANGYO (EL MAYOR BANCO DEL MUNDO), ESTÁN MUY UNIDOS AL GOBIERNO JAPONÉS DEBIDO A LAS INVERSIONES QUE ÉSTE REALIZA; O EL BANCO DE TOKIO, ESPECIALIZADO EN EL CAMBIO DE MONEDA EXTRANJERA. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
20
6.
SISTEMAS BANCARIOS EN LOS REGÍMENES SOCIALISTAS (RUSIA, CHECOSLOVAQUIA, RUMANÍA, ETC.)
BANCO DE DESARROLLO Y ASUNTOS ECONÓMICOS EXTERIORES DE RUSIA
(VNESHECONOMBANK)
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
21
7. SISTEMA BANCARIO EN EL PERÚ III Entes políticos
II Entes superiores o autoridades bancarias
Poder Ejecutivo Presidencia de la República MEF
BCR
I Empresas EB1 bancarias o entes operativos 19/02/2009
Poder Legislativo Comisión de Economía
----------
EB2
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
SBS
EB3
----------
EBn
22
8. SISTEMA BANCARIO INTERNACIONAL
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
23
SISTEMA BANCARIO CUBANO (SISTEMA BANCARIOCOMUNISTA) 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
24
SISTEMA BANCARIO VENEZOLANO 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
25
LECTURAS Convenio de Basilea. http://www.bccr.fi.cr/ci/infoenlace/mayo99/basilea.html http://www.marchemondiale.org/es/cahier/c_06.html http://www.iiec.unam.mx/Boletin_electronico/1999/v505/visint.html#BIP http://www.lyd.com/noticias/pertenecer.html http://www.telam.com.ar/central_especial14.htm http://www.elindependiente.com.mx/articulos.php?id_s ec=12&id_art=10729&id_ejemplar=268 Banco Central Europeo. http://www.ecb.int Moncarz, Raúl. Moneda y Banca. “La Banca Central en los Estados Unidos y en Puerto Rico”. Pág. 214-225. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
26
PRINCIPIOS BÁSICOS VINCULADOS AL SISTEMA BANCARIO
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
27
PRINCIPIOS BÁSICOS VINCULADOS AL SISTEMA BANCARIO 1. 2. 3.
4. 5.
Nociones previas. Políticas vinculadas. Principios: 3.1. Solidez 3.2. Legalidad 3.3. Rentabilidad 3.4. Seguridad 3.5. Competitividad 3.6. No discriminación 3.7. Reserva 3.8. Protección a los clientes 3.9. Diversificación del riesgo 3.10. Publicidad 3.11. Supletoriedad Presunciones y privilegios Regulación y control
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
28
1. NOCIONES PREVIAS
LEY GENERAL DEL SISTEMA FINANCIERO Y DEL SISTEMA DE SEGUROS Y ORGANICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS (LEY Nº 26702) 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
29
2. POLÍTICAS VINCULADAS MEF POLÍTICA ECONÓMICA
POLÍTICA MONETARIA
POLÍTICA COMERCIAL
POLÍTICA FISCAL
DERECHO MONETARIO
DERECHO COMERCIAL
DERECHO FINANCIERO
DERECHO TRIBUTARIO 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
30
3. PRINCIPIOS APLICABLES AL SB SOLIDEZ SUPLETORIEDAD
LEGALIDAD
RENTABILIDAD
PUBLICIDAD
DIVERSIFICACIÓN DEL RIESGO
PRINCIPIOS TITULO PRELIMINAR LEY Nº 26702
PROTECCIÓN A LOS CLIENTES
COMPETITIVIDAD RESERVA
19/02/2009
SEGURIDAD
NO DISCRIMINACIÓN
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
31
PRINCIPIO DE LEGALIDAD.POR NORMA LEGAL SE ESTABLECE EL MARCO REGULADOR APLICABLE A LAS ENTIDADES FINANCIERAS. PRINCIPIO DE COMPETITIVIDAD.- DEBE HABER IGUAL TRATAMIENTO NORMATIVO PARA TODAS LAS ENTIDADES FINANCIERAS SEAN ÉSTAS NACIONALES O EXTRANJERAS. TENIENDO EN CUENTA EL PRINCIPIO DE RECIPROCIDAD. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
32
PRINCIPIO DE SUPLETORIEDAD.- LA NORMA FINANCIERA DEBE SER COMPLEMENTADA EN CASO DE VACÍOS U OBSCURIDADES POR LAS NORMAS DEL DERECHO MERCANTIL Y LOS USOS Y PRÁCTICAS COMERCIALES. PRINCIPIO DE SOLIDEZ.LA NORMA DEBE PROPENDER A LOGRAR LA SOLIDEZ Y LA SEGURIDAD DEL SISTEMA BANCARIO. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
33
PRINCIPIO DE DIVERSIFICACIÓN DEL RIESGO.- LAS ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO DEBEN INVERTIR EN DIVERSAS ACTIVIDADES Y NO CONCENTRARLAS EN UNA SOLA. PRINCIPIO DE RENTABILIDAD.LAS ENTIDADES DEL SISTEMA FINANCIERO TIENEN LIBERTAD PARA FIJAS SUS TASAS DE INTERÉS ACTIVAS Y PASIVAS, SUJETAS AL LÍMITE DEL MERCADO. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
34
PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN.- NO EXISTEN TRATAMIENTOS DE EXCEPCIÓN PARA LAS ENTIDADES FINANCIERAS DE IGUAL NATURALEZA. PRINCIPIO DE FORMALIDAD.- LAS ENTIDADES FINANCIERAS SÓLO PUEDEN OPERAR CON LA PREVIA AUTORIZACIÓN DE LA SBS. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
35
4. PRESUNCIONES Y PRIVILEGIOS
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
36
5. REGULACIÓN Y CONTROL SISTEMA BANCARIO “CONJUNTO DE BANCOS AUTORIZADOS POR LEY”. CONTROL: ELEMENTOS POLÍTICOS LOS ENTES SUPERIORES LOS ENTES OPERATIVOS. LA REGULACIÓN: LEY N° 26702 LEY ORGÁNICA DEL BANCO CENTRAL DE RESERVA. PRINCIPIOS. EL CONVENIO DE BASILEA. 19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
37
LECTURAS
Ley Nº 26702 Título Preliminar
19/02/2009
Mag. F. Elvira Muñoz Ccuro
38