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PERU Informe Nacional sobre Bioseguridad 2008-2010
Los ingentes recursos de flora y también de fauna que existen en la Amazonía y en gran parte de los valles interandinos, muchos de los cuales son especies endémicas, es decir únicas en el mundo, pueden correr el peligro de desaparecer o alterarse genéticamente -en lo que se conoce como erosión genética-- de introducirse, sin previo estudio y sin un marco legal adecuado, recursos genéticos externos o transgénicos. Doctor Luis Campos Baca, presidente del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP),
ACRONIMOS ADEX
Asociación de Exportadores del Perú
ADN
Acido Desoxirribonucleico
AEDES
Asociación Especializada para el Desarrollo Sostenible
ANGR
Asociación Nacional de Gobiernos Regionales
ANPE
Asociación Nacional de Productores Ecológicos
APEGA
Asociación Peruana de Gastronomía
APEHCOCA
Asociación Peruana de la Hoja de Coca
ASDMAS
Asociación Desarrollo medio Ambiental Sustentable
ASPEC
Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios ASPEC
BCH
Biosecurity Clearing House
CDB
Convenio sobre Diversidad Biológica
CI
Consumer International
CIP
Centro International de la Papa
CIISB
Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología
CONABID
Comisión Nacional de Diversidad Biológica
CONFIEP Privadas
Confederación Nacional de Instituciones Empresariales
COP/MOP
Conference of the Parties/meeting of the Parties
CNBAF
Centro Nacional de Biotecnología Agropecuaria y Forestal
CONAM Ambiente)
Consejo Nacional del Ambiente (ahora Ministerio del
CONCYTEC
Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
CONVEAGRO
Convención Nacional del Agro Peruano
EEUU
Estados Unidos de Norteamérica
FDA
Food and Drug Administration
GMT
Grupo Multisectorial de Trabajo
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DIGESA
Dirección General de Salud Ambiental
DS
Decreto Supremo
FMAM
Fondo para el Medio Ambiente Mundial
GTB
Grupo Técnico de Bioseguridad
IDRA y
instituto de Investigación para Desarrollo Rural Agroindustrial Medio Ambiente
IIAP
Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana
IICA Agricultura
Instituto Interamericano para la Cooperación para la
INDECOPI
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
INIA
Instituto de Innovación Agraria
INS
Instituto Nacional de Salud
ITP
Instituto Tecnológico Pesquero
MINAM
Ministerio del Ambiente
MINAG
Ministerio de Agricultura
OSC
Órgano Sectorial Competente
OSINERGMIN
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minera
OVM
Organismos Vivos Modificados
OEFA
Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental
OGM
Organismos Genéticamente Modificados
ONU
Organización de las Naciones Unidas
ONG
Organización No Gubernamental
OPSITEL
Organismos Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones
OSITRAN
Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público.
PCB
Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad
PL
Proyecto de Ley
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PNUMA
Programa Nacional de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
RAAA
Red de Agricultura Alternativa
RAE
Red de Agricultura Ecológica
SENASA
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
SERPAR
Servicio de Parques
SUNASS
Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento
UDEA
Universidad para el Desarrollo Andino
UNAC
Universidad Nacional del Callao
INTA
Instituto Tecnológico
INEIA
Instituto Nacional de Extensión e Investigación Agraria (ahora INIA)
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Contenido
Presentación 1. Marco legal vigente en bioseguridad 2. Situación de los OVM en el Perú 3. Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. Historia y situación actual 4. Evaluación del manejo y gestión del riesgo 5. Protección a los consumidores en el 6. La experiencia de ASPEC 7. Percepción pública sobre OVM. 8. Puntos críticos y recomendaciones Vínculos de interés Referencias Bibliografía Anexos
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PRESENTACION El Perú es uno de los centros mundiales de recursos genéticos, algunos de enorme importancia como la papa, el maíz, el camote, el algodón, la yuca, las papayas, los granos y tubérculos andinos y los camélidos sudamericanos. El desarrollo de la biotecnología en el Perú, tiene más de 10 000 años. Los antiguos peruanos han domesticado cerca de 182 especies de plantas y 5 de animales, y hemos heredado el conocimiento de las propiedades de más de 4 500 plantas para 49 usos diferentes. La condición de país megadiverso (el quinto en el mundo con mayor diversidad), debería perfilarse como una ventaja competitiva y comparativa en el concierto mundial donde la globalización y la liberalización económica tiende a homogenizar el mercado, donde los principales actores del mercado, los consumidores, se vuelven mucho más exigentes y más informados y prefieren aquellos que asegure no sólo un precio adecuado, una calidad óptima, sino el respeto al ambiente y la responsabilidad de los proveedores frente a la naturaleza, el ambiente y la gente. Los recursos genéticos son cada vez más valorados, constituyen la mina de diamantes de las grandes empresas biotecnológicas y una forma de captarlos es la contaminación genética de los parientes silvestres o cultivares locales. En el presente trabajo, se alcanza una compilación de la legislación vinculada al tema; un análisis de la situación de los OVMs en el Perú; una síntesis histórica sobre la implementación del Protocolo de Cartagena en el Perú; un análisis sobre la situación de los sistemas de evaluación y manejo del riesgo; la experiencia de ASPEC en el desarrollo de la iniciativa Biosesguridad y Derechos del Consumidor; la percepción pública sobre los OVMs, y finalmente, los puntos críticos y recomendaciones.
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EL MARCO LEGAL VIGENTE EN BIOSEGURIDAD La constitución Política del Perú
La Constitución Política del Perú, en su título III del Régimen Económico, y capítulo II, del ambiente y los recursos naturales, artículos del 66 al 69, establece el marco legal para los temas ambientales y de los recursos naturales: Artículo 66°. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal. Artículo 67°. El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales. Artículo 68°. El Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas. Artículo 69°. El Estado promueve el desarrollo sostenible de la Amazonía con una legislación adecuada.
La Política Nacional Ambiental En Mayo del 2008 se crea el Ministerio del Ambiente que en cumplimiento del artículo 67 de la Constitución Política del Estado, el 22 de mayo del 2009, se publica el D.S. 012-2009-MINAM que aprueba la Política Nacional Ambiental, que en los acápites 2 y 3 señala los lineamientos de política para los recursos genéticos y la bioseguridad.
2. Recursos Genéticos Lineamientos de política a) Impulsar la conservación de los recursos genéticos nativos y naturalizados y fomentar la investigación, desarrollo y su utilización sostenible, para el incremento de la competitividad de los sectores y actividades productivas. b) Incentivar la conservación in-situ de los recursos genéticos y desarrollar, promover y alentar diferentes formas de conservación ex-situ.
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c) Impulsar la identificación y protección de las zonas del territorio nacional de elevada diversificación genética, declarándolas libres de transgénicos. d) Fomentar el desarrollo de la biotecnología priorizando el uso de los recursos genéticos nativos y naturalizados. e) Fomentar de manera estratégica la obtención y uso de recursos genéticos no nativos de importancia económica para el país. f) Promover la participación pública y privada, nacional y extranjera, así como las alianzas estratégicas, en la investigación, conservación y utilización de los recursos genéticos en el marco de la normatividad nacional vigente. g) Impulsar el uso de mecanismos para la protección de los conocimientos tradicionales y el conocimiento científico, relacionados con los recursos genéticos, mediante la propiedad intelectual.
3. Bioseguridad Lineamientos de política a) Establecer mecanismos para regular, bajo parámetros científicos, toda actividad que involucre el uso de organismos vivos modificados, así como el uso seguro y responsable de la biotecnología moderna y de sus productos derivados. b) Identificar las aplicaciones de la biotecnología moderna y evaluar su pertinencia y oportunidad en la solución de problemas específicos en los procesos productivos nacionales o en la generación de servicios, de forma inocua, competitiva y sostenible. c) Promover la utilización responsable de la biotecnología moderna sin que perjudique procesos productivos que ya son competitivos y sostenibles, y cuyos bienes y productos sean apropiados y apropiables. d) Construir y desarrollar un sistema regulatorio basado en la aplicación de análisis de riesgos transparentes y científicos; capaces de garantizar la inocuidad y trazabilidad de los bienes y/o servicios obtenidos a través de la aplicación de la biotecnología moderna, respondiendo a las demandas de los consumidores, a nuestra condición de país megadiverso y al contexto de continuos desarrollos tecnológicos. e) Establecer criterios científicos, ambientales, socioeconómicos y políticos, para un sistema de bioseguridad y uso responsable de la biotecnología, con niveles de seguridad compatibles con la política nacional de comercio exterior y de promoción de la innovación local y nacional. f) Generar, usar y difundir información de calidad sobre bioseguridad, para contribuir a la toma responsable de decisiones entre proveedores y usuarios y en aras de la construcción de una opinión pública adecuadamente informada. g) Generar y fortalecer las capacidades científicas y tecnológicas de gestión y de infraestructura de las instituciones que tengan como ámbito de acción la regulación de la biotecnología moderna, necesarias para la implementación de los marcos legales nacionales e internacionales de bioseguridad.
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Ley de Prevención de Riesgos derivados del uso de la Biotecnología N° 27104 La Ley N° 27104 de fecha mayo de 1999 y su reglamento ( D. S. 108-2002-PCM,) de octubre del 2002 otorga a las autoridades sectoriales competentes las responsabilidades en el manejo de la seguridad de la biotecnología en las actividades de investigación, producción, introducción, manipulación, transporte, almacenamiento, conservación, intercambio, comercialización, uso confinado y liberación de OVM, bajo condiciones controladas. En el reglamento de esta Ley designa al Instituto Nacional de Investigación Agraria (INIA) como el ente encargado de normar y regular en materia de Organismos Vivos Modificados (OVM’s) en el sector agrícola, la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) en el sector salud, el Vice Ministerio de Pesquería sobre productos hidrobiológicos y el Ministerio del Ambiente (antes CONAM) como ente coordinador entre los sectores competentes. Actualmente sólo ha sido publicada la propuesta de Reglamento de Bioseguridad en el sector agrícola (INIA) para consulta pública. Hasta el momento estos reglamentos sectoriales no han sido aprobados, aunque se ha llegado a consensuar el Reglamento publicado para consulta con el MINAM, sin embargo, existen aún conflictos de intereses por los múltiples roles que desempeñaría, el sector agricultura, como autoridad reguladora (autorizaciones), ente investigador en OVM’s y además como organismo fiscalizador y sancionador, representando un riesgo en cuanto a trasparencia e imparcialidad del sistema de bioseguridad, lo cual viene impidiendo la promulgación e implementación de esta norma.
Las obligaciones del Perú sobre Biodiversidad y Bioseguridad en el marco de los Tratados Internacionales y Regionales i 1.1 El Convenio Sobre Diversidad Biológica (CDB) En La Conferencia de la ONU sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, mejor conocida como la “Cumbre de la Tierra”, realizada en junio de 1992 en Río de Janeiro se firmó el Convenio de Diversidad Biológica (CDB) entrando en vigor el 29 de diciembre de 1993. El Perú firma el convenio el 12 de junio de 1992 y lo ratifica el 7 de junio de 1993 mediante resolución Legislativa Nº 26181. El Convenio señala la importancia de la conservación, mantenimiento y recuperación de la diversidad biológica in situ, y de controlar la aplicación de la ingeniería genética. Esta afirmación es desarrollada en el preámbulo del Convenio bajo el PRINCIPIO DE PRECAUCIÓN, que manda a los estados a implementar medidas especiales de cara a
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conservar la diversidad biológica ya sea dentro o fuera de las áreas protegidas, además de que sea aprovechada en un modo y ritmo que no ocasione su disminución a largo plazo y que no amenace las aspiraciones de las generaciones futuras. El artículo Nº 3 señala que el objetivo del Convenio es la conservación de la biodiversidad (especies, recursos genéticos y ecosistemas), el reparto equitativo de los beneficios derivados de sus uso. El artículo Nº 8 inciso (j) dispone que los Estados parte del Convenio, deben respetar, preservar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas que entrañen estilos tradicionales de vida pertinente para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica. El art. 23 reconoce la importancia y el valor de los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades campesinas y nativas para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica. El artículo 24, precisa que los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades campesinas, nativas y locales asociados a la biodiversidad, constituyen patrimonio cultural de las mismas comunidades y, por lo tanto, tienen pleno derecho y facultad para decidir por sí mismas la utilización sostenible de la diversidad biológica. 1.2 El Protocolo de Cartagena Sobre Seguridad de la Biotecnología El Protocolo de Cartagena Sobre Seguridad de la Biotecnología, aprobado en enero del2000, es el marco normativo internacional de protección del comercio y del medio ambiente con relación a los Organismos Genéticamente Modificados (OGMs) ó transgénicos. Hasta el momento son 178 los países que lo han firmado. El Perú adopta el Protocolo el 29 de enero del 2000 en Montreal, ratificándolo mediante Resolución legislativa Nº 28170 el 15 de febrero del 2002 y entrando en vigor el13 de julio de ese mismo año. Este documento reconoce que los Organismos Genéticamente Modificados son diferentes a los componentes de biodiversidad. Es un instrumento internacional vinculante que regula el transporte, manipulación y uso de organismos vivos modificados que pueden tener un efecto adverso sobre la diversidad biológica, teniendo en cuenta la salud humana y un foco específico en los movimientos transfronterizos. El Protocolo se basa en la aplicación del Principio de Precaución reconocido en la Convención de Río, según el cual precautorio “cuando haya peligro de daño grave e irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”. Enfatiza que los transgénicos son inherentemente diferentes a la vida natural, por lo cual se requiere regulaciones separadas de los productos orgánicos. En los artículos 7, 8,10 y 12, se establece que si algún exportador quiere comercializar, transportar o manipular productos transgénicos, deberá previamente notificar por escrito a las autoridades nacionales, especificando la información de cada organismo modificado y sus posibles efectos adversos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica y los riesgos de la salud humana. En el Protocolo se establece claramente la participación social en las decisiones relativas a la utilización de los transgénicos, en donde se fomentarán y facilitarán la concienciación, educación y participación del público relativa a la seguridad de la
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transferencia, manipulación y utilización de los OVMs, además se establece que las partes, de conformidad con sus leyes y reglamentaciones respectivas, celebrarán consultas con el público en el proceso de adopción de decisiones en relación con organismos vivos modificados y darán a conocer al público los resultados de esas decisiones. 1.3 La Declaración del Milenio En septiembre del año 2000, los líderes de 189 países se reunieron en la sede de Naciones Unidas en Nueva York y aprobaron la “Declaración del Milenio”, un acuerdo para trabajar de manera conjunta para construir un mundo más seguro, más próspero y más equitativo. La declaración se tradujo en un plan de acción que creó 8 objetivos mesurables y con límite de tiempo que debían alcanzarse para el año 2015, conocidos como los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM). Específicamente, el objetivo Nº 7 hace referencia a garantizar la sostenibilidad del medio ambiente y dentro de ella a reducir la pérdida de la biodiversidad, alcanzando en el 2010 una reducción significativa en la tasa de pérdida. La meta de biodiversidad 2010 pide a los países “alcanzar una reducción significativa en la actual tasa de pérdida de la diversidad biológica a escala mundial, regional y nacional como contribución a la mitigación de la pobreza y en beneficio de todas las formas de vida en la Tierra” La comunidad internacional ha reconocido que la diversidad biológica no consiste únicamente de las plantas, los animales, los microorganismos y sus ecosistemas, sino que abarca también a las personas y su necesidad de seguridad alimentaria, medicinas, agua y aires puros, vivienda y un medio ambiente limpio y saludable para poder vivir. 1.4 El Convenio Nº 169 de la OIT Sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes Adoptado en Ginebra en 1989 en la 76º Reunión de la Conferencia general de la OIT, y ratificado por el Perú a través de la Resolución Legislativa 26253, en su art. 15.1 establece que los derechos de los pueblos indígenas a los recursos naturales existentes en sus tierras deberán protegerse, especialmente los derechos que comprenden la utilización, administración y conservación de dichos recursos. 1.5 El Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos Para la Alimentación y la Agricultura de la FAO Después de siete años de negociaciones, en noviembre de 2001 la Conferencia de la FAO (por medio de la Resolución 3/2001) adoptó el Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, en consonancia con el Convenio sobre la Diversidad Biológica.
El Tratado es vital para asegurar la disponibilidad constante de los recursos fitogenéticos que los países necesitarán para alimentar a sus pueblos. Debemos conservar para las futuras generaciones la diversidad genética que es esencial para la
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alimentación y la agricultura. Sus objetivos son la conservación y utilización sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura, y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización. El Tratado reconoce la contribución enorme que los agricultores y sus comunidades han aportado y siguen aportando a la conservación y el desarrollo de los recursos fitogenéticos. Esta es la base de los Derechos de los agricultores, que incluyen la protección de los conocimientos tradicionales, y el derecho a participar equitativamente en la distribución de los beneficios y en la adopción de decisiones nacionales relativas a los recursos fitogenéticos. Otorga a los gobiernos la responsabilidad de aplicar estos derechos. 1.6 La Decisión Nº 391 de la Comunidad Andina de Naciones, Régimen Común sobre Acceso a los Recursos Genéticos El Régimen Común Sobre Acceso a los Recursos Genéticos fue aprobado por la comisión del Acuerdo de Cartagena por medio de la decisión Nº 391 con el fin de garantizar la participación justa y equitativa de lo países de la Comunidad Andina en los beneficios derivados de luso de los recursos genéticos. Regula la obtención y el uso de estos recursos para una participación justa y equitativa en sus beneficios. Está ligado a la protección de los conocimientos, innovaciones, y prácticas tradicionales de las comunidades indígenas. Hasta la aprobación de esa norma en junio de 1996, el acceso no estaba normado, motivando que los beneficios económicos derivados del rico patrimonio genético de la subregión andina no sean compartidos por los países de origen y menos con las comunidades tradicionales responsables de su mejoramiento. Según establece la decisión, en adelante, quien desee utilizar y desarrollar los principios activos que contienen las plantas y lo microorganismos (estos constituyen la base de la investigación en la industria farmacéutica y de la industria alimentaria mundial) deberá contar con la autorización correspondiente y suscribir un contrato de Acceso con el estado. La decisión Nº 391 reconoce en forma expresa los derechos que tienen las comunidades indígenas, afroamericanas y locales sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas tradicionales asociados a los recursos genéticos y sus productos derivados. 1.7 La Decisión 486 de la Comunidad Andina de Naciones sobre Régimen Común sobre la Propiedad Industrial: En su artículo 3 sobre patrimonio biológico y genético y de los conocimientos tradicionales asegura a los países miembros que la protección de los elementos de la propiedad industrial se concederá salvaguardando y respetando su patrimonio biológico y genético, así como los conocimientos tradicionales de sus comunidades indígenas, afroamericanas o locales. En tal virtud, la concesión de patentes que versen sobre invenciones desarrolladas a partir de material obtenido de dicho patrimonio o dichos
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conocimientos estará supeditada a que ese material haya sido adquirido de conformidad con el ordenamiento jurídico internacional, comunitario y nacional. Los países miembros reconocen el derecho y la facultad de las comunidades indígenas, afroamericanas o locales para decidir sobre sus conocimientos colectivos. La misión de las autoridades públicas reguladoras es evitar los daños que surjan de las nuevas tecnologías, por tanto deben tomar en cuenta las realidades sociales y económicas concretas en las que las nuevas tecnologías van a ser aplicadas. 1.8 La Decisión Nº 523 de la Comunidad Andina de Naciones, de la Estrategia Regional de Biodiversidad para los Países del Trópico Andino La Estrategia Regional de Biodiversidad de los Países del Trópico Andino (ERB) es un acuerdo de obligatorio cumplimiento aprobado por el Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores en Lima, el 17 de Julio del 2002. La ERB responde al mandato de los Presidentes de los países andinos, quienes encomendaron a las autoridades ambientales la definición de una estrategia que “contribuya a la generación de alternativas viables de desarrollo regional sostenible a partir de nuestros recursos naturales y a la concertación de posiciones conjuntas ante los diversos foros internacionales de negociación”. La Estrategia Regional de Biodiversidad para los Países del Trópico Andino constituye uno de los primeros esfuerzos de la subregión por desarrollar una plataforma integral para la acción comunitaria, promoviendo la cooperación entre los Países Miembros y proyectándolos con una nueva identidad, propia y diferencial, hacia el resto de la comunidad internacional. Es también una de las primeras estrategias de carácter comunitario adoptada sobre esta materia por un grupo de países signatarios del Convenio sobre Diversidad Biológica y una contribución específica para alcanzar los objetivos de dicho Convenio. El objetivo general de la Estrategia Regional de Biodiversidad de los Países del Trópico Andino es “Identificar y acordar acciones prioritarias conjuntas de conservación y uso sostenible de los componentes de la diversidad biológica en rubros donde los Países Miembros de la Comunidad Andina puedan aprovechar sus ventajas comparativas, impulsando el desarrollo socio-económico sostenible de la región”. En ese sentido, la ERB persigue también los siguientes propósitos: •
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Facilitar la acción concurrente de los Estados, comunidades indígenas, nativas afroamericanas y locales, el sector privado, la comunidad científica y la sociedad civil en la conservación y uso sostenible de la diversidad biológica; Orientar a los organismos de cooperación financiera internacional sobre las prioridades comunitarias y, Fortalecer la ejecución y la eficacia de las estrategias nacionales de biodiversidad y de sus planes de acción respectivos.
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1.9 la Decisión No. PD 002-1006 de la Comunidad Andina sobre Papa Transgénica en el Centro De Origen En noviembre del 2006 salió publicado la Decisión No. PD 002-1006 sobre Papa transgénica en el centro de origen, donde se solicita a los gobiernos de los países andinos la suspensión de los ensayos en terreno, manipulación y experimentación de papa genéticamente modificada para eliminar el riesgo de variabilidad genética de esta especie. Así como solicitar a los gobiernos de la región suspender cualquier acción relacionada con la propagación en el medio ambiente, uso comercial, transporte, utilización, comercialización y producción de papa genéticamente modificada, dentro de la jurisdicción de los países que conforman la Comunidad Andina. Es de carácter declarativo, para los gobiernos; sin embargo pueden hacerlo vinculante si es que lo deciden en el seno de la Secretaria de la CAN.
LEGISLACIÓN Y TLC Decreto Legislativo 1059, 1060 y 1080 Estas normas fueron emitidas en relación al Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos. Los D.L. N° 1059 y N° 1060, según el análisis de la Sociedad Peruana de Derecho Ambiental, abren las puertas a la entrada de transgénicos sin control. El D.L. N° 1080 modifica la Ley de Semillas, incluye el concepto de transgénicos. De acuerdo a este marco normativo, elaborado durante la administración del Ministro Ismael Benavides en la cartera de Agricultura (2007-2008), la adquisición de semillas por parte de SENASA, en adelante se efectuará al margen del procedimiento estándar de adquisición, vigente para el sector privado (D.L.1059), mientras el Sistema Nacional de Innovación Agraria (INIA), será el responsable de los controles de bioseguridad y su aprobación (D.L.1060) actuando como juez y parte, al decir de los analistas legales. El D.L. favorece además el ingreso de y uso de plaguicidas químicos peligrosos de tipo 1ª y 1B de uso agrario y limita su monitoreo gracia a que se han derogados algunos artículos de la Ley N° 28217 que reforzaba las acciones de control post registro de plaguicidas químicos. Eduardo Zegarra 1 , opina que “el gobierno de Estados Unidos logró que en el Protocolo de Bioseguridad de Cartagena (firmado el año 2000) se incluyera una cláusula por la cual países miembros que firmen acuerdos comerciales con países no miembros del Protocolo, como por ejemplo EE.UU. y Canadá, queden exentos de los requisitos de información sobre contenido transgénico que se requiere en la legislación de bioseguridad. Esta cláusula fue usada por México para eliminar controles a la importación de transgénicos desde ambos países al implementar el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (NAFTA, por sus siglas en inglés)”
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Investigador de GRADE
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INICIATIVAS LEGISLATIVAS EN PROCESO Proyecto de Ley N° 2601-08-CR Establece las Normas Complementarias a la Ley de Protección al Consumidor sobre Etiquetado de Transgénicos La propuesta, elaborado por ASPEC y asumida en el año 2008 por la congresista Fabiola Morales y posteriormente por la Congresista Alda Lazo, tiene como objeto garantizar el derecho a la información de los ciudadanos en relación a los alimentos destinados al consumo humano. En cuya elaboración y/o producción se hayan empleado ingredientes o aditivos de organismos genéticamente modificados. Dichos alimentos deberán indicar de manera visible y accesible si contienen algún ingrediente o materia prima de origen genéticamente modificado (transgénicos). Proyecto de Ley Nº 3456- Ley que Modifica la Ley Nº 27104 En el año 2009 el Congresista Edgard Reymundo Mercado ha presentado el Proyecto de Ley Nº 3456/2009-CR, “Ley que modifica la Ley Nº 27104, Ley de Prevención de Riesgos Derivados del Uso de la Biotecnología”. Propuesta de Ley N° 2902 que declara al Perú país Megadiverso, Orgánico y Territorio Libre de OVMs o transgénicos
Presentada al Congreso de la República en diciembre del 2008. Busca la protección de la biodiversidad, fuente de vida de las especies, garantía de la seguridad alimentaria y la salud de las personas, base de la sostenibilidad del Perú, frente a los efectos nocivos de la introducción de material transgénico; en concordancia con el artículo 3 del Convenio de Diversidad Biológica, el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad (D.S. 022-2004RE), el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, el artículo 11 de la Ley General del Ambiente, el artículo 29 de la Ley sobre Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica (26839), así como la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica (D.S. 102-2001-PCM). Propuesta de ley sobre Moratoria para la liberación de transgénicos 1. Propuesta de Ley N° 3060/2008-CR Ley de Moratoria para el ingreso de Transgénicos presentado por la Congresista Keiko Fujimori. Fue archivada en la legislatura del 2009. Buscaba declarar la moratoria por 3 años para el ingreso de transgénicos al territorio peruano. 2. Propuesta de Ley N° 3599/2009-CR que declara una moratoria para al ingreso de organismos vivos modificados al territorio nacional por 10 años. Esta propuesta es una iniciativa de la Congresista Elizabeth León. Aún no se ha discutido en la Comisión respectiva. Se espera que se discuta en la siguiente legislatura del 2010 se pueda presentar.
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Proyecto de Ley N° 3265 Declara al Perú Centro de Origen y País con Megadiversidad Biológica Proyecto de Ley N° 3732-2009-CR. Ley por Responsabilidades y Reparaciones por daños ocasionados a la salud humana y al medio ambiente por organismos vivos modificados. Anteproyecto de Código de Protección y Defensa del Consumidor El Código busca crear un sistema Nacional de Protección y Defensa del Consumidor y unificar la legislación al respecto. A marzo del 2010 se encuentra en revisión por la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso donde participan organizaciones de la sociedad civil, asociaciones de consumidores, INDECOPI y organizaciones representativas de los proveedores. Existe otra comisión a nivel de la Presidencia del Consejo de Ministro que también revisa este anteproyecto, con una composición similar, excepto la presencia de legisladores. Por qué es importante este código: Política de Estado: La protección y defensa del consumidor se eleva a una Política de Estado. Esto significa que las normas referidas al tema, dejarán de ser un simple conjunto de disposiciones aisladas y poco articuladas. Con este Código se ha marcado un rumbo orientador para que el Estado, conjuntamente con los empresarios y consumidores alcances los objetivos de un mercado eficiente, transparente y equilibrado (artículo 6). De una oficina de reclamos a un Sistema Nacional La educación del consumidor Las normas de la publicidad Transparencia en las tasas de interés Información en los alimentos: El proveedor está obligado a informar en su etiqueta cuando el alimento contienen algún ingrediente dañino o alergénicos para un grupo de consumidores, tales como los que contengan azúcar a fin de prevenir a los diabéticos, los que contengan gluten para prevenir a los celíacos (artículo 47) o contengan transgénicos (artículo 45). Libro de Reclamaciones Arbitraje de Consumo Ordenanzas regionales sobre transgénicos 1. Cusco Libre de Transgénicos y Centro de Origen y Domesticación. El Gobierno Regional del Cusco emitió la Ordenanza Regional N° 010-2007-CR/GRC CUSCO que “Regula la protección de la condición de centro de origen de agrobiodiversidad y domesticación de variedades de cultivos y prohíben en la región la introducción, investigación, comercialización y otras actividades referentes a organismos genéticamente modificados” (Diario El Peruano, 30 de agosto de 2007)..
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2. Ayacucho Libre de Cultivos Transgénicos El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Extraordinaria de fecha 21 de Junio del 2009, trató como parte de la Agenda el Tema relacionado a la propuesta de Declaración de la Región Ayacucho Libre de Cultivos Transgénicos. Con la aprobación mayoritaria de sus miembros, Ayacucho determina aprobar la propuesta de Ordenanza Regional, N° 015-2009-GRAICR que declara al departamento de Ayacucho, Región libre de cultivos transgénicos en cuanto a todos los procesos que impliquen los Organismos Vivos Modificados (OVM), Organismos Genéticamente Modificados (OGM), semillas y cultivos transgénicos (introducción, cultivo, manipulación, almacenamiento, investigación, conservación, producción, intercambio, uso confinado y comercialización), por ser Ayacucho una zona que concentra parte significativa de la diversidad biológica que albergan los ecosistemas andinos, destacando en especial su agrobiodiversidad. 3. Región San Martín se declara Centro de Origen de la Diversidad Genética y Zona Libre de Transgénicos. Mediante Ordenanza Regional Nº 035 del 19 de Noviembre del 2009, el Gobierno Regional de San Martin declara al Departamento de San Martin centro de origen de la diversidad genética y zona libre de transgénicos, asimismo se prohíbe las actividades de introducción, cultivo, manipulación, almacenamiento, investigación, intercambio, uso confinado y comercialización de organismos genéticamente modificados. 4. Barranca Libre de Transgénicos El 21 de noviembre del año 2009 se suscribe el Acta de Barranca sobre Transgénicos donde se acuerda desarrollar tareas en las cuencas del norte de la Región Lima para declarar una zona megadiversa, orgánica y territorio libre de transgénicos, protegiendo y promoviendo esta condición a través del esfuerzo conjunto entre autoridades, instituciones, productores y sociedad civil. Así mismo, asumir el compromiso de no realizar actividades de introducción, cultivo, manipulación, almacenamiento, movilización, liberación, transporte y comercialización de OVM (transgénicos). 5. Huánuco. Consumidores proponen al Gobierno Regional declararse zona libre de transgénicos El 3 de febrero del 2009 las asociaciones de consumidores ecológicos y los productores ecológicos, hicieron entrega oficial de la propuesta de Ordenanza Regional para declarar a la Región de Huánuco como zona biodiversa y libre de transgénicos. El evento contó con la presencia del Presidente Regional Lic. Jorge Espinoza Egoavil, del Gerente de Recursos Naturales y Medio Ambiente, Ing. René Calderón; y del Ing. Andrés Fernández Coordinador del Instituto de Desarrollo y Medio Ambiente (IDMA) Huánuco; entre otras autoridades regionales y organizaciones de productores
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En ese sentido, el Presidente del Gobierno Regional Huánuco expresó su firme compromiso de analizar esta propuesta en la próxima sesión del Consejo regional y ponerlo en agenda prioritaria ante los consejeros regionales por ser un tema de suma importancia para resguardar la biodiversidad. De esta manera, se recogió la demanda de diversos sectores entre ellos de los productores orgánicos para su pronta promulgación.
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La situación de los OVM en el Perú
1. En el Perú no está permitido ni la siembra ni el desarrollo en laboratorio de organismos vivos modificados según la Ley N° 27104.
2. Sin embargo el CIP ha desarrollado una papa transgénica y el INIA, por encargo de INCAGRO, está desarrollando un papayo transgénico.
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3. Las investigaciones de la Dra. Antonietta Gutiérrez han mostrado la presencia de eventos transgénicos en cultivos de maíz amarillo duro en el valle de Barranca (2007); y en Piura, La Libertad y Barranca (2008). Uno de ellos, el evento MON810, ha sido prohibido en Alemania y antes en Polonia por Decisión de la Comisión Europea (2006).
4. ASPEC y la RAAA (2006) tomaron muestras de varios productos alimenticios industrializados y encontraron transgénicos en 3 de 10 muestras.
5. La RAAA (2008, 2009) realizó muestreos en diversos mercados de abastos (Huancayo, Ayacucho, Piura) y encuentra presencia de maíz, soya y frejol transgénico.
6. A pesar de estas evidencias de transgresión de la ley y es un deber del Estado, a través de los OSC proteger la diversidad biológica, no se han tomado medidas, a pesar que se pudiera aplicar el Artículo 11 de la Ley 27104.
7. A la fecha se han declaro tres regiones libres de transgénicos: Cusco (2007), Ayacucho (2008), San Martín (2009) y la provincia de Barranca (2009) como una estrategia de preservación del patrimonio genético del Perú.
1. Presencia ilegal de OVM en el Perú Las investigaciones de la Dra. Gutiérrez En noviembre del año 2007, la Dra. Antonieta Gutiérrez, docente e investigadora de la Universidad Nacional Agraria La Molina, realizó investigaciones en el valle de Barranca, Provincia de Lima, donde se demuestra la presencia dos eventos transgénicos: el NK603 (resistente a los herbicidas) y Bt11 (resistente a los insectos). Según el resumen de su investigación, se tomó 42 muestras de maíz amarillo duro y se procedió a realizar el análisis mediante el método de detección PCR Multiplex (amplificación del ADN), de las cuales 14 muestras dieron positivo. En el año 2008 la Dra. Gutiérrez continuó con sus investigaciones en otros valles productores de maíz en la costa peruana. Los hallazgos revelan que la contaminación se va extendiendo a nuevas áreas y la presencia de nuevos eventos transgénicos.
En esta última investigación se tomó 319 muestras de granos de maíz amarillo duro de cosechas nacionales en cinco valles costeros: Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash y Lima y se analizó muestras de granos de maíz amarillo duro importados. Los resultados revelaron la presencia de los siguientes eventos transgénicos: • •
NK603: Maíz Roundup Ready: resistente al herbicida Glyfosato. Bt11: resistente al gusano barrenador del maíz (Ostrinia nubilalis); tolerante al herbicida phosphinothricin (PPT) (glifosinato de amonio).
Muestras importadas: Se observa la presencia de los eventos: MON810, MON863, Nk603, Bt11, T25 y TC1507.
20
En las muestras de granos de cosecha nacional se observa la presencia de los eventos: MON863, NK603 y T25.
Según el informe de la Dra. Gutiérrez, de las cinco regiones estudiadas, se ha encontrado contaminación en los siguientes porcentajes de muestras. Lambayeque Motupe: 0% de las muestras Zaña: 0% de las muestras
Piura Chulucanas: 31% de las muestras
Ancash Nepeña- Chimbote: 0% de las muestras Barranca (Varias localidades): muestras
63%
de
La Libertad Chepén: 25% de las muestras Gallito Ciego: 32% de las muestras Jequetepeque: 60% de las muestras
las
Presencia ilegal de granos transgénicos en merados de abastos La Red de Agricultura Alternativa (RAAA) miembro de la Plataforma Perú Libre de Transgénicos, ha realizado nuestros de granos durante los años 2008 y 2009 en diferentes ciudades caracterizadas por su biodiversidad. Para este fin ha utilizado un Kit de análisis cualitativo rápido y con la presencia de autoridades locales y organizaciones de la sociedad civil, ha tomado muestras tanto de granos de maíz como de soya y frejol. La RAAA ha reportado:
2
En Huamanga 16 de octubre 2009 tomó muestras de granos de soya y de maíz amarillo duro. Resultados: dieron positivos a la presencia de transgénicos. Monitorearon la toma de muestras y los test: la Comisión Ambiental Regional del Gobierno Regional de Ayacucho y representantes de la Sociedad Civil (CHIRAPAQ, AEDES, ABA), En Huancayo, 28 de octubre 2009. Diez de las muestras de granos de soya y tres muestras de maíz amarillo duro dieron resultados positivos a presencia de transgénicos en una evaluación realizada a granos colectados en el mercado Modelo y Mercado Mayorista de esa ciudad. 2
RAAA. Boletín Electrónico. Web: raaa.org.pe
Estos resultados se obtuvieron de las 10 muestras de granos de soya y 8 muestras de maíz amarillo duro colectados con la presencia de representantes de organizaciones de la sociedad civil como SEPAR, CEAR, IDRA, UDEA, RAAA; así como representantes de la Dirección Regional Agraria y del Gobierno Regional Junín. Los alimentos transgénicos que vienen de fuera En el año 2006 ASPEC y la RAAA desarrollaron una investigación para detectar productos industrializados que pudieran contener OVMs. Se evaluó productos a base de soya y maíz que se comercializan en los mercados peruanos (salchichas, leche de soya, fécula de maíz y harina de soya al granel). Estos productos fueron analizados en el INTA de Chile y los resultados21 fueron los siguientes: Código de envío
Análisis Promotor 35S
Análisis terminator NOS
Salchicha 1
001
+
+
Salchicha 2
002
+
+
Leche de Soya 1
003
-
-
Leche de Soya 2
004
+
+
Leche en polvo 1
005
-
-
Leche en polvo 2
006
-
-
Fécula de Maíz
007
+
+
Harina de soya a granel
008
+
+
Leche en polvo infantil
009
-
-
Producto
Fuente: RAAA y ASPEC, 2006. Informe 386 A, INTA - 14 de septiembre 2006.
Como se observa, cinco de las nueve muestras dieron resultados positivos. Ninguno de estos productos señala esta información en su etiqueta. El CIP crea papa transgénica a pesar de su prohibición En julio del 2007, a través de una nota de prensa, el CIP informó que el CIP sí tiene una papa transgénica, pero no se trata de un producto desarrollado recientemente. Esta papa fue producida antes del año 2002, como parte de un proyecto de investigación diseñado para desarrollar la capacidad científica de trabajo con esta nueva biotecnología. Esta papa transgénica no ha sido sembrada en ningún campo del Perú ni de otra parte del mundo. Por otro lado, en un informe que hace un Diagnóstico sobre la Situación de los Organismos Vivos Modificados del CIP se muestra los siguientes trabajos transgénicos que realiza el CIP:
Característica
Gen
Tizón tardío (Phythopthora infestans)
Péptidos antimicrobianos: Defensina de maca Gen RGA2 Genes vía glucosinolatos de mashua Virus (PVX, PVY, PLRV) Gen CP del PRLV Silenciamiento post-transcripcional de PLRV Bacterias (Ralstonia solanacearum) Genes lisozima T4, c2 Glucosinolatos Insectos (PTM) Genes Bt, inhibidores de proteasas Transgénicos libres de genes de resistencia a Cre-loxP/ Heat shock inducible Transgénicos sin gen de resistencia a Ab antibióticos
22
Elaborado por el CIP En: Diagnóstico sobre la situación de los organismos genéticamente modificados en el Perú. Diciembre 2007.
Entre 1994 y 1998 se desarrolló nueve ensayos de campo, con tres variedades de papa, en cuatro localidades. En los últimos años se han llevado a cabo varias pruebas de materiales de papa y camote en el Perú. El CIP además cuenta con las facilidades de invernadero y laboratorio para llevar a cabo las pruebas con transgénicos (Ghislain, 2003). ii 3 Caso Niños y proteínas de arroz transgénico 4 El estudio experimental fue realizado en el Perú, en el Hospital Belén de Trujillo y Hospital Especializado de Salud del Niño en Lima, en convenio con la entidad privada Instituto de Investigaciones Nutricionales de Lima y la Universidad de California en Davis. De acuerdo a la empresa Ventria Biosciences, el experimento consistió en conocer los efectos de la adición de las proteínas LACTOFERRINA recombinante humana (Lactiva™) y LIZOSIMA recombinante humana (Lysomin™) producidas en arroz genéticamente modificado en Estados Unidos a un suero de rehidratación oral. Con estos experimentos se quería comparar la efectividad de tres variantes de suero (solución de glucosa, suero en base de panetela de arroz y un suero de arroz añadido las proteínas recombinantes de Ventria. Para la muestra se escogieron 140 niños entre 4 y 36 meses que tenían un cuadro de diarrea por menos de 2 horas y que no habían sido tratados con antibióticos. No se pidió consentimiento de los padres para estos ensayos. De acuerdo a la organización estadounidense Consumers Union, Ventria ha efectuado cuatro peticiones a la FDA desde hace casi tres años. Al cabo de este tiempo, la FDA no ha aprobado los dos productos genéticamente modificados de Ventria e inclusive ha rechazado la aprobación de la lactoferrina recombinante como un producto seguro (GRAS) o no contaminante en los alimentos. Estos fracasos en la obtención del permiso de la FDA se deben a los potenciales riesgos que estas proteínas recombinantes pueden tener. 3 Fuente. RAAA. Diagnóstico sobre la situación de los organismos genéticamente modificados en el Perú. Diciembre 2007. 4
El estudio fue hecho por Nelly Zavaleta, Dante Figueroa, Juan Rivera, Julia Sánchez, Segundo Alfaro, Bo Lonnerdal. Instituto de Investigación Nutricional (IIN), Lima, Perú; Instituto Especializado de Salud del Niño, Lima, Perú; Hospital Belén, Trujillo, Perú; Nutrition, University of California, Davis, CA.
La Defensoría del pueblo ha emitido un informe 5 respecto a esta investigación, donde indica que el desarrollo de la investigación científica, es fundamental para mejorar la calidad de vida de las personas. La investigación médica se apoya en la experimentación en seres humanos, en cuyo caso resulta imprescindible establecer reglas claras que garanticen la salvaguarda de los derechos, atendiendo al respeto a su dignidad, integridad y evitando posibles conflictos de carácter ético. El Ministerio de Salud, ente rector en la materia, ha brindado información imprecisa a la opinión pública, respecto al nivel del estudio clínico. Si bien es cierto que el producto y el ensayo no causa daño alguno a la salud, se señaló que el estudio clínico correspondía a la fase III, con un grado mayor de seguridad y eficacia; sin embargo del análisis de la23 documentación sustentadora del estudio clínico, éste correspondía a la fase II, a través del cual se pretendía demostrar la eficacia y seguridad relativas del producto experimental. Se ha desconocido el deber de cooperación con la Defensoría del Pueblo, al negarse renuentemente a proporcionar información documentada relacionada con el estudio clínico.
3. Las Regiones Libres de Transgénicos Las zonas o regiones libres de transgénicos constituyen una estrategia de conservación de la biodiversidad. La preocupación generada por la incertidumbre científica frente a los organismos genéticamente modificados y frente a la actitud despreocupada de los OSC que desarrollan OVM sin contar con el marco legal y las medidas de bioseguridad necesarias y básicas. A pesar que manifiestan que no cuentan con los recursos humanos y financieros para implementar un sistema de bioseguridad en sus respectivos sectores, han demorado la implementación del Sistema Nacional de Bioseguridad al no aceptar las competencias asumidas por el Ministerio del Ambiente, en un caso y la inacción para cumplir los compromisos que son mandato de ley, según lo estipulado por el Protocolo de Cartagena y la Ley N° 27104. Por otra parte, existen más de 40 000 agricultores ecológicos que están desarrollando tremendos esfuerzos por certificarse, capacitarse y promover la agricultura orgánica y ecológica que son los que sostienen bajos sus hombros la seguridad alimentaria de los sectores menos favorecidos del Perú. Existe también un grupo de empresarios de nuevo cuño, embarcados en la agra exportación qu, frente a un mercado más exigente frente a la calidad y seguridad de los productos, especialmente alimentos, se han propuesto desarrollar la línea de productos orgánicos, libres de sustancias químicas y transgénicos, y apoyan la promoción de la agricultura orgánica como identidad nacional. Finalmente, está el rubro de la gastronomía. Este colectivo, que ha puesto al Perú en la boca del
5
N° 001-2006-DP/LIMA
El Perú es un centro centro de origen de maíz, con 14 razas en la costa, 27 en la sierra y 7 en la selva, según lo expresado por los Ings. Ricardo Sevilla, Wilfredo Salhuana y Julián Chura (libro de maíz, págs. 188-203) codiciado por las grandes transnacionales de la transgenia Dr. (Ph.D.) José Davelouis Mc.Evoy Ex-Catedrático de la UNALM (19641995) Especialista en Ciencia del Suelo y Fitofisiología
mundo, posicionándolo como una de las mejores cocinas del mundo, por su diversidad de ingredientes. Los Chefs asociados en APEGA vienen organizando ferias gastronómicas que el año pasado (2009) han convocado a más de 100,000 personas. En la línea de promocionar lo saludable y sano, APEGA hizo un convenio con la ANPE (La Asociación de Productores Ecológicos) 6 , y les brindó 20 stands donde pudieron exhibir su amplia producción, incluyendo los baluartes en papas nativas que causó la admiración de los visitantes. El año 2010 se continuará con esta alianza que resulta estratégica pues el líder del grupo de Chef ha dicho que: “no sabe si hacen daño, pero la agricultura transgénica no es para el Perú, 24 que aspira a tener la gran marca de productos orgánicos en el mundo. En este escenario es que las zonas libres de transgénicos no son una mera declaración sino un llamado a la acción, una apuesta por el futuro. Es un proceso que debe implicar a toda la comunidad, donde las autoridades deberán desarrollar las facilidades normativas, institucionales, de seguridad y de rastreabilidad para construir sistemas zonas, regionales de bioseguridad, a la vez que promueven la agricultura orgánica y ecológica que, coincidentemente está situada en las zonas con mayor índice de pobreza del Perú donde se produce la mayor parte de los alimentos que consumimos los peruanos. Cuadro N° 1 Área Global de cultivos transgénicos Millones de Has. (1996 al
6
Miembro del Consorcio Agroecológico y del Grupo Multisectorial de Trabajo del Proyecto.
Cuadro 2: Diversidad de especies de los Países de la comunidad andina
Biodiversidad
Plantas con flores Anfibios
Mamíferos Aves
Reptiles
Posición dentro de los 12 países megadiversos Segundo Octavo Octavo Segundo Tercero Séptimo Décimo Sexto Septimo Primero Cuarto Quinto Sexto Sexto Séptimo Octavo
Número aprox. de especies 45 000 20 000 20 000 407 358 251 197 361 359 1 710 1 447 1 275 1 250 383 345 297
País
Colombia Venezuela Perú Colombia Ecuador Peru Venezuela Perú Colombia Perú Ecuador Venezuela Bolivia Colombia Ecuador Perú
Número de especies del país más diverso 55 0000 (Brasil)
516 (Brasil)
25 515 (Indonesia) 1701 (Perú)
717 (México)
Fuente: McNeely et al, 1990
4. Registro Nacional de Papas Nativas Peruanas En julio del 2008 el Ministerio de agricultura crea el Registro Nacional de la Papa Nativa Peruana como dependencia de esa cartera. Su finalidad es investigar los indicadores genéticos, morfológicos y anatómicos de esta especie y el Perú podrá reclamar los derechos sobre las nuevas variedades de papa en el exterior. Puntos críticos 1. En el Perú no está autorizado el ingreso y comercialización de semillas OVMs y su presencia a todas luces constituye un acto ilegal. 2. La inacción de los OSC, especialmente el INIA, se fundamenta en la falta de los instrumentos administrativos como el Reglamento Sectorial para poder actuar. Sin embargo, la legislación vigente así como la Ley General de Procedimientos Administrativos pueden utilizarse como herramientas legales para las acciones urgentes frente a una emergencia como la denunciada por la Dra. Gutiérrez en los años 2008 y 2009... 3. A pesar de lo antedicho y sin contar con la autorización respectiva, el INIA inició un proyecto (2007) para obtener un transgénico de papayo resistente al virus del anillo, que fue presentado públicamente en un evento público. Este proyecto no cuenta con autorización (la actividad está regulada por la Ley N° 27104) y no se conoce con qué mecanismos pudo haber sido autorizado ni se ha informado al mecanismos de información del Protocolo de Cartagena (BCH Perú) de las medidas de bioseguridad que ha tomado durante la investigación que actualmente se encuentra en su tercer año (2010).
4. En esa misma línea, el INIA se encuentra en la fase preparatoria para la elaboración de los estudios de pre inversión para la creación del Centro Nacional de Biotecnología Agropecuaria y Forestal (CNBAF). El CNBAF es un proyecto de inversión del Sector Agricultura que desarrolla APOYO Consultoría, empresa ganadora de la licitación convocada por el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA)-Perú por encargo del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA).Hay que recordar que el INIA ha incluido entre sus líneas de acción la Innovación, habiendo modificado su nombre institucional de Instituto Nacional de Investigación Agraria por Instituto Nacional de Innovación Agraria. 5. La Universidad Cayetano Heredia cuenta con una autorización (se desconoce quién se la dio) que ha sido publicada en el BCH, que le faculta a desarrollar una actividad con OVM de papa 7 . Sin embargo, esta autorización no pudiera ser posible ya que el OSC (INIA) no cuenta26 con su Reglamento Sectorial ni los otros mecanismos de bioseguridad. El INIA no entrega ninguna información oficial en ambos proyectos (Papayo y papa), a pesar de que el Punto Focal se lo ha solicitado. 6. La contaminación se extiende. La Dra. Gutiérrez concluye que de las cinco regionales analizadas, tres han presentado presencia de transgenes en granos de maíz amarillo duro de cosechas nacionales. 7. De acuerdo a los estudios antes mencionados, han ingresado en forma ilegal al territorio peruano seis eventos de maíz transgénico: MON810, BT11, TC1507, MON863, NK603 y T25. El primero es un transgen que ha sido prohibido en Austria, Francia, Hungría Grecia, Italia, Polonia, Rumania y recientemente en Alemania mediante Decisión de la Comisión Europea. 8. Según el punto de vista de algunos investigadores, el Estado Peruano incumple las normas nacionales e internacionales y con ello está poniendo en peligro la biodiversidad natural del maíz, este acto puede ser objeto de una denuncia a nivel internacional por incumplimiento del Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. 9. Pese a las claras denuncias de la sociedad civil, no hay una decisión política por paralizar los actos ilegales. 10. La posición de rebeldía del INIA al negarse a reconocer al MINAM como autoridad en el tema de la Bioseguridad y aceptar sus competencias y el claro conflicto entre la promoción y la regulación que pretende regularizar a través de su proyecto de Reglamento hace que el avance en la conformación de un verdadero sistema de Bioseguridad en el Perú se postergue. 11. Al decir de algunos entendidos, el INIA debería separar debidamente las funciones de desarrollo de la biotecnología moderna de las de regulación (bioseguridad), tanto en los aspectos reglamentarios como en los procedimientos administrativos, técnicos y científicos.
3
Historia y situación actual
Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad
7
http://www.inia.gob.pe/genetica/CUDROSSOLICITUDES%20AUTORIZADAS.pdf).
1. El Perú firmó (2000); ratificó (2004) y entró en vigencia (2004) el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad. 2. La Ley N° 27104 Ley de Prevención de Riesgos derivados del uso de la Biotecnología fue aprobada en 1999 y reglamentada en el 2002. 3. Han transcurrido 9 años y los Organismos Sectoriales Competentes no cuentan con su instrumento legal, esto es el reglamento sectorial, aprobado (y en muchos casos ni siquiera desarrollado). Sin embargo el INIA investiga una papaya transgénica y el CIP lo hace en papa y la Universidad Cayetano Heredia cuenta con autorización para investigar un transgen. Todo esto se desarrolla sin que se cuente con la normatividad de bioseguridad que autorice27 y habilite, en clara violación de la legislación vigente. 3. Una de las limitaciones para la implementación del Protocolo constituye el vacío legal de la Ley N° 27104 que no incluye ni infracciones ni sanciones. Este es el caso del sector Producción que, al no poder desarrollar facultades sancionadoras, no es competente.
1. La institucionalidad en Bioseguridad En el año 2009 el Perú aprueba su Política Nacional Ambiental donde se fija la política de estado en el tema de la bioseguridad. En ese mismo año se crea el Centro de Intercambio de Información sobre Bioseguridad (MINAM) y entra en funciones el Grupo Técnico de Bioseguridad de la Comisión Nacional de Diversidad Biológica, El Perú ha firmado y ratificado el Protocolo de Cartagena y se ha promulgado la Ley de “Prevención de Riesgos Derivados del Uso de la Biotecnología” y su Reglamento (octubre del 2002). Para la implementación del PCB existen tres Órganos Sectoriales Competentes (señalados por la Ley y su Reglamento). La implementación de las funciones de estos tres OSCs es muy incipiente. Sólo el INIA ha hecho algunos avances en la formación de su Grupo Técnico Sectorial y en la elaboración del Reglamento Interno. Mientras estas y otras funciones no se establezcan plenamente en cada OSC, no será posible procesar ninguna solicitud para probar OVM. Adicionalmente, estos órganos son instituciones nacionales de diferentes niveles de autoridad y de funciones diferentes. 1. El INIA órgano sectorial del sector agrario, es un instituto de investigación. 2. El órgano sectorial del sector salud es DIGESA, una dependencia del Ministerio de Salud encargada de la salud ambiental. 3. El tercer órgano sectorial corresponde al sector pesquero, es el Vice Ministerio de Pesquería, una dependencia administrativa del Ministerio de la Producción.
Esta disparidad en el nivel de funciones de los órganos sectoriales ha sido decisiva en el retraso de la implementación de la Ley N° 27104. Además, estas oficinas, especialmente, DIGESA y el Vice Ministerio de Pesquería no disponen ni de los recursos ni del personal necesario. Los últimos informes del MINAM mencionan que los funcionarios y técnicos designados para bioseguridad son 8 : Cronología de la institucionalidad Antes de la Firma y Ratificación del Protocolo de Cartagena, el Perú aprobó la Ley N° 27104 “Ley de prevención de riesgos del uso de la biotecnología” el 19 de Abril de 1999 y su DS 1082002-PCM que señala implementar y mantener un Registro Público de los OVM, sus derivados28 o los productos que los contengan, cuya introducción al país hubiese sido autorizada o rechazada,”. El 4 de Setiembre del 2001, se aprueba la Estrategia Nacional de Diversidad Biológica (DS N° 102-2001.PCM, desarrollada por un Grupo Técnico y 15 ´Comité Técnicos Regionales, liderados por la Autoridad Nacional en esa época, El Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) y de cumplimiento obligatorio. El Perú, como miembro del Convenio de Diversidad Biológica, participó desde un principio en las negociaciones del Protocolo, habiendo sido elegido como miembro del Buró del Panel Intergubernamental de dicho Protocolo. Cuando se aprobó y ratificó el Protocolo y se aprueba su Reglamento, se crea en Grupo Técnico en Bioseguridad por Resolución Presidencial N° 038-2001-CD-CONAM que está conformado por los Órganos Sectoriales Competentes, instituciones gubernamentales de los sectores agricultura, ambiente, pesquería y salud, así como organizaciones de la sociedad civil entre las que se encuentra ASPEC. Este GNSB hizo la revisión comparativa del Protocolo de Cartagena con la Legislación Nacional para analizar su compatibilidad. Hecho esto, se procedió a la ratificación del Protocolo. El 23 de Setiembre del 2003 se procede a recomendar que el Perú ratifique este instrumento y se solicite al Congreso de la República que lo eleve a la categoría de ley nacional. Desde ese entonces e inicia el desarrollo del marco Estructural Nacional de Bioseguridad como parte del Proyecto PNUMA-FMAM que busca desarrollo de éstos marcos estructurales nacionales y la implementación de los OSC. Y las normas técnicas para actividades relacionadas con OVM establecidos por la Ley N° 27104. En el año 2004 la Congresista Doris Sánchez presenta un Proyecto de Ley de Promoción de la Biotecnología Moderna (PL 12033) que fue sometida a consulta pública, rechazado por las organizaciones de la sociedad civil y productores orgánicos. Se aprueba en el congreso en julio del 2006 pero es observada por el ejecutivo (gobierno de Alejandro Toledo). Este proyecto presentaba algunas incongruencias con los acuerdos internacionales en relación con la propiedad intelectual. Fue devuelto al Congreso y aún no se logra acuerdos.
8
Fuente: Informe Técnico N° 016-2009-SPS-DGDB-VMDERN-;MINAM
Creación del Ministerio del Ambiente: En Mayo del 2008 se crea el Ministerio del Ambiente en mayo del 2009 se aprueba la Política Nacional del Ambiente por DS N° 012-2009-MINAM, donde se incluyen los lineamiento en materia de diversidad biológica, recursos genéticos y bioseguridad. Creación del Centro de Información Nacional sobre Bioseguridad – MINAM: El 25 de agosto del 2008, el Ministerio del Ambiente presentó a la opinión pública y la sociedad civil, el Centro de Información Nacional sobre Bioseguridad – CIISB - donde los ciudadanos, científicos o no, podrán acceder a la información sobre Bioseguridad, biodiversidad y temas relacionados, así como también a información científica, técnica, ambiental y legal sobre los organismos vivos modificados, incluyendo información proporcionada por las Partes para los procedimientos que 29 tienen que ver con movimientos transfronterizos intencionales de OVM El Grupo Técnico de Bioseguridad de la CONADIB: El Grupo Técnico está conformado por los OSC, es decir, DIGESA, INIA y Vice Ministerio de Pesquería (Produce); Universidad Mayor de San Marcos, Pontificia Universidad Católica del Perú, Aduanas, SENASA, ITP; IIAP, INS; MINAG; ADEX CONFIEP; Defensoría del Pueblo; ANGR, Universidad Nacional Federico Villareal; UNAC. Cuenta con un Reglamento interno y sesiona periódicamente. El GTB es el espacio donde se consensuan, entre los diversos actores, la posición del Perú respecto al Protocolo de Cartagena en los temas que están en discusión en su momento. ASPEC viene participando desde el año 2004 tanto en la revisión del Protocolo de Bioseguridad y su pertinencia con la legislación nacional, como en la preparación de la posición peruana en los COP/MOP 1, 2, 3 4. En el año 2009 y 2010 se trabajó la posición peruana respecto al Artículo 27 del PCB sobre Responsabilidad y Compensación y se corrigió la posición presentada en Bonn de manera inopinada y se retomó en México 2009, la posición del Perú como Responsabilidad Vinculante en lo administrativo. La tarea primordial que trabaja el GTB a partir de marzo del 2010, es el análisis y modificación de la Ley N° 27104 por los vacíos que presenta y en esa tarea se encuentra el GTB. El Régimen de Responsabilidad y compensación – Artículo 27 del PBC Desde el año 2004 hasta el presente, se desarrollan las negociaciones sobre un régimen internacional de responsabilidad y reparación por daños causados por organismos genéticamente modificados (OVMs) bajo el Convenio sobre Diversidad Biológica. Las diferentes reuniones se frustraron y la tendencia continúa. En las últimas reuniones se ha decidido que el acuerdo pueda ser adoptado en la próxima Reunión de las Partes (MOP) del Protocolo de Bioseguridad de ONU en Japón en 2010. La última serie de negociaciones tuvo lugar antes y durante la MOP4 del Protocolo de Bioseguridad en Bonn, que fue el 12-16 de mayo. Ahí se formó el “Grupo de Amigos de espíritus afines” comprendiendo por alrededor de 80 Países partes. Este grupo presentó una propuesta para romper el impasse en las negociaciones. Esta propuesta será la base para el trabajo adicional.
En el año 2010 se desarrolló otra reunión en Kuala Lumpur sobre este mismo régimen y no se llegó a mayores consensos y se ha propuesto otra reunión intermedia en Canadá en el mes de abril del 2010, previa a la de Japón. La posición del Perú fue consensuada entre los OSC, la Autoridad Ambiental (MINAM) y organizaciones de la sociedad civil, entre las que está ASPEC y se pudo presentar una posición clara, consensuada, recuperando la posición vinculante en lo relativo a la responsabilidad administrativa.
El tema de responsabilidad y reparación es uno de los asuntos más importantes para los países del tercer mundo en el marco del Protocolo de Cartagena. La MOP estableció un grupo de trabajo sobre el tema para que elabore opciones de reglamentos y procedimientos, incluyendo la definición y naturaleza y alcance de daño, valoración de daño a la biodiversidad y salud humana, umbral de daño, causalidad, canalización de la responsabilidad, el papel de las Partes de importación y exportación, nivel de responsabilidad, mecanismos de seguridad financiera y el derecho de establecer demandas. El grupo de trabajo tendrá cinco reuniones y propondrá procedimientos y un régimen internacional de responsabilidad y reparación en un informe final. Este tema está siendo discutido desde el año 2005 y no se logra consenso hasta la fecha.
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Fuente: www.accionecologica.org
Bonn y el cambio de posición del Perú En la misma fecha de creado el Ministerio del Ambiente, la delegación peruana (Mayo del 2008) participa en la reunión de las partes COP/MOP/4 y surge la controversia. En las reuniones preparatorias el Perú había adoptado una posición determinada como vinculante frente al régimen de responsabilidad y compensación. Sin embargo, la delegación peruana, mostrando un “debilitamiento progresivo y deliberado”, cambió su posición. Los observadores de la sociedad civil informaron el hecho en éstos términos: “el triste rol (del Perú) de bloquear cuanto acuerdo tenga que adoptarse y que no favorezca a la industria, es decir se transformó en vocero de los EEUU de Norte América, avalado principalmente por el Ministerio de Agricultura, dejando de lado los acuerdos tomados en reuniones preparatorias en Lima, actuando muchas veces en contrario a éstas en las reuniones internacionales. En Bonn se puede escuchar de los representes oficiales de muchas delegaciones sobre el triste trabajo realizado la delegación peruana Indican que Perú fue el encargado de “hacer el trabajo sucio”. Gracias a esto hoy Perú es visto en la comunidad internacional de la CBD como un País sin personalidad, como un grupo de personas de las que se puede esperar “Cualquier Cosa”
Perú no solo entorpeció el logro de los principios establecidos en el artículo 18 2ª y 2b en el año 2006, también entorpeció el logro de resultados concretos sobre responsabilidad y compensación (Articulo 27) la semana que pasó en Bonn. Perú quedaría mucho mejor “Denunciando al Protocolo” y apartándose de él que continuar haciendo daño a la comunidad internacional que si desea un instrumento fuerte con el cual afrontar y compartir responsabilidades, apostando por el Desarrollo Sustentable a través del cuidado y uso responsable de la biodiversidad.
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La sociedad civil y la prensa, a partir de este hecho, pusieron en la agenda pública, las posiciones de unos y otros sobre el tema de la biotecnología moderna, la bioseguridad y la necesidad de decidir el camino que debe seguir el Perú como país megadiverso, centro de origen de especies de particular importancia para la seguridad alimentaria del planeta. La discusión se trasladó a las universidades, centros de investigación, escuelas, organizaciones de base, asociaciones de productores agrarios, centrales sindicales, colegios de profesionales.
2. Implementación del artículo 23 del Protocolo Para la implementación del Art. 23 de Protocolo, el CONAM y ahora el MINAM se ha creado el Grupo Técnico de Trabajo donde participan los OSC, los investigadores y generadores de biotecnología, la Academia y la Sociedad Civil. En esta instancia viene participando ASPEC desde el año 2004 hasta la fecha, integrando el Grupo Técnico de Bioseguridad del MINAN.
3. Los vacíos legales y administrativos Es importante señalar que para la implementación del Sistema Nacional de Bioseguridad se requiere ineludiblemente de instrumentos legales que determinen infracciones, apliquen sanciones y fijen responsabilidades claras. Actualmente la Ley N° 27104 carece de estas herramientas y los OSC se ven impedidos de aplicar la ley.
4. Sociedad Civil y Protocolo de Cartagena Las organizaciones de la sociedad civil como la RAAA, la RAE y ASPEC han participado en la estructuración de la institucionalidad del Protocolo desde el año 2004. Es así que ASPEC forma parte de las organizaciones que aportan sus puntos de vista en la revisión y compatibilización del Protocolo con el Grupo Técnico constituido en esa ápoca, bajo la dirección del CONAM. En octubre del año 2007 las organizaciones de la sociedad vinculadas al agro, la investigación y los derechos de los consumidores, conforman la Plataforma Perú Libre de Transgénicos, bajo el principio precautorio y en concordancia con la Ley de Protección del Consumidor (derecho a la información) con los siguientes objetivos: 1. Sensibilizar a la población sobre los riesgos del consumo de alimentos transgénicos, mediante la realización de campañas locales y nacionales en favor de la protección de
la biodiversidad, la salud de los consumidores y consumidoras en cumplimiento del artículo 23 del Protocolo. 2. Proponer políticas para la protección del consumidor con relación al comercio y consumo de alimentos de origen transgénico. 3. Promover el consumo masivo de alimentos sanos provenientes de sistemas de producción orgánica. 4. Detener la introducción, investigación, liberación y comercio de semillas y cultivos transgénicos.
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Las actividades que desarrolla la Plataforma buscan: 1. Informar, sensibilizar y realizar acciones ciudadanas a favor de la protección de la biodiversidad y la salud de las personas. 2. Exigir que todo producto para consumo que se expende en el mercado nacional tenga, en lugar visible de su empaque o envoltura, información clara sobre los procedimientos de cultivo y procesamiento pos cosecha e industrial, así como los ingredientes de su composición y contenido. 3. proponer políticas para la protección del consumidor y para la promoción de la producción ecológica/orgánica.
Organizaciones parte de la Plataforma 1. Asociación Nacional de Productores Ecológicos ANPE 2. Red de Acción en Agricultura AlternativaRAAA 3. Red de Agricultura Ecológica del PerúRAE Perú 4. Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios- ASPEC 5. Comité de Consumidores EcológicosCCE 6. RAE Sisa 7. Revista Leisa 8. Centro IDEAS 9. Red Peruana de Comercio Justo y Consumo Ético
10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. 19. 20. 21. 22. 23. 24.
Bioferia de Miraflores. APEHCOCA Instituto Bien de Salud Hoja Verde, Atacc-Perú Conciencia Ecológica Tierra Viva Albix Surimanta Campos de Vida Vívero Huampaní Mana Integral Provegan Organic Exchange Asociación Médica Peruana
Creación del Grupo Multisectorial de Trabajo ASPEC, a través del Proyecto Bioseguridad y Derechos del Consumidor, crea el Grupo Multisectorial de Trabajo en Junio del 2008, donde participan organizaciones y personas que por su actividad, profesión y formación, puede contribuir a los objetivos del proyecto y del GMT que son los siguientes:
1. Evaluar el progreso del gobierno en la implementación del PCB y el avance en el cumplimiento de sus obligaciones, con un énfasis en el Artículo 23 del PCB; la bioseguridad, los temas vinculados a los OVMs (importaciones, cultivo, ayuda alimentaria, ensayos en
campo, investigación de la biotecnología, legislación, entre otros). Uso y concienciación sobre la importancia del Centro de Intercambio en Bioseguridad (Clearing House) BCH en el Perú; evaluación del riesgo y la gestión del riesgo. El GMT examinará las prioridades y los desafíos para optar por la mejor estrategia para la protección al consumidor dentro del contexto de la bioseguridad.
Artículo 23. Concienciación y participación del público 1 Las Partes: a) Fomentarán y facilitarán la concienciación, educación y participación del público relativas a la seguridad de la transferencia, manipulación y utilización de los organismos vivos modificados en relación con la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, teniendo también en cuenta los riesgos para la salud humana. Para ello, las Partes cooperarán, según proceda, con otros Estados y órganos internacionales; b) Procurarán asegurar que la concienciación y educación del público incluya el acceso a la información sobre organismos vivos modificados identificados de conformidad con el presente Protocolo que puedan ser importados. 2. Las Partes, de conformidad con sus leyes y regulaciones respectivas, celebrarán consultas con el público en el proceso de adopción de decisiones en relación con organismos vivos modificados y darán a conocer al público los resultados de esas decisiones, respetando la información confidencial según lo dispuesto en el artículo 21. 3. Cada Parte velará porque su población conozca el modo de acceder al Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología.
PUNTOS CRITICOS 1. El Perú, como Estado aún no decide el camino a seguir, optar por la producción orgánica y ecológica o abrir sus puertas a los cultivos transgénicos. 2. La implementación del Protocolo de Cartagena se hace difícil por la resistencia de algunas instituciones del Estado en reconocer y aceptar la nueva institucionalidad ambiental y en bioseguridad. 3. El Perú pasó de una posición vinculante a una posición no vinculante, lo que causó que se abriera una amplia discusión que favoreció la concienciación de la población en general y llevara a la actual administración a retomar su posición de vinculación en el régimen de responsabilidad y compensación. 4. Los OSC no ejercen su función y más bien están promoviendo y desarrollando cultivos transgénicos, sin estar plenamente preparados para cumplir con los procedimientos destinados a la rastreabilidad y gestión y evaluación de los potenciales riesgos, de acuerdo a lo establecido en las normas vigentes...
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Evaluación del manejo y la gestión del Bioseguridad Evaluación del Riesgo y la Gestión del Riesgo Los artículos 15 y 16 del Protocolo de Cartagena definen y caracterizan la Evaluación y Gestión del Riego, respectivamente y la Ley N° 27104, lo hacen en sus artículos N° 13, 14 y 15. La evaluación y gestión del riesgo es vital para analizar los impactos potenciales de las actividades vinculadas al uso de OVM. La evaluación del riesgo involucra diferentes elementos como: la identificación del peligro; b) las probabilidades existentes de que dicho peligro se produzca y, la caracterización del riesgo en lo relativo a probabilidad, frecuencia y severidad de los impactos adversos sobre la salud o el ambiente. Para analizar las consecuencias de los riesgos de los productos biotecnológicos, la ciencia utiliza diferentes procedimientos elaborados por organismos internacionales competentes, caso por caso. Gestión del riesgo quiere decir que se instauran medidas ajustadas para controlar y monitorear los riesgos previamente identificados en las evaluaciones. El riesgo está regulado entonces, por el Protocolo de Cartagena; la Ley N° 27104 y el Reglamentos de OSC y sus protocolos.
En el Perú la bioseguridad se regula por el Protocolo de Cartagena que al haberse ratificado, se constituye en norma nacional a partir del año 2003 y por lo tanto es de cumplimiento obligatoria. La Ley N° 27104 y su Reglamento (D.S. 108-2002-PCM) es otra herramienta para regular la bioseguridad su nombre lo indica: Ley de Prevención de los Riesgos derivados del uso de la Biotecnología.
«Las actividades de investigación, producción, introducción, manipulación, transporte, almacenamiento, conservación, intercambio, comercialización, uso confinado y liberación con OVM, bajo condiciones controladas».
El marco general de política está dado por la Política Nacional del Ambiente.
1. Autoridades competentes La Política Nacional del Ambiente, establece los lineamientos de política ambiental del estado peruano. En el tema de los recursos genéticos y la biotecnología establece los siguientes objetivos:
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1) Asegurar mecanismos para el uso responsable y seguro de la biotecnología y sus productos derivados. 2) Lograr la conservación, utilización sostenible y la participación justa y equitativa de los beneficios que se deriven del uso comercial y puesta en valor de los recursos genéticos. 3) Garantiza la protección de la salud humana, el ambiente y la diversidad biológica durante el desarrollo, uso y aplicación de bienes y servicios de la biotecnología moderna en el Perú. En Bioseguridad los lineamientos de política son: a) Establecer mecanismos para regular, bajo parámetros científicos, toda actividad que involucre el uso de OVMs así como el uso seguro y responsable de la biotecnología moderna y de sus productos derivados. b) Identificar las aplicaciones de la biotecnología moderna y evaluar su pertinencia y oportunidad en la solución de problemas específicos en los procesos productivos nacionales o en la generación de servicios, de forma inocua, competitiva y sostenible. c) Promover la utilización responsable de la biotecnología moderna sin que perjudique procesos productivos que ya son competitivos y sostenibles, y cuyos bienes y productos sean apropiados y apropiables. d) Construir y desarrollar un sistema regulatorio basado en la aplicación de análisis de riesgos transparentes y científicos; capaces de garantizar la inocuidad y trazabilidad de los bienes y/o servicios obtenidos a través de la aplicación de la biotecnología moderna, respondiendo a las demandas de los consumidores, a nuestra condición de país megadiverso y al contexto de continuos desarrollos tecnológicos. e) Establecer criterios científicos, ambientales, socioeconómicos y políticos, para un sistema de bioseguridad y uso responsable de la biotecnología, con niveles de seguridad compatibles con la política nacional de comercio exterior y de promoción de la innovación local y nacional. f) Generar, usar y difundir información de calidad sobre bioseguridad, para contribuir a la toma responsable de decisiones entre proveedores y usuarios y en aras de la construcción de una opinión pública adecuadamente informada. g) Generar y fortalecer las capacidades científicas y tecnológicas de gestión y de infraestructura de las instituciones que tengan como ámbito de acción la regulación de la biotecnología moderna, necesarias para la implementación de los marcos legales nacionales e internacionales de bioseguridad. El Ministerio del Ambiente se constituye como la autoridad ambiental y el punto focal en los temas vinculados a bioseguridad. De acuerdo al Reglamento de la Ley N° 27104 se establecen que los Órganos Sectoriales Competentes (OSC) en tres sectores: el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) en Ministerio de Agricultura. El Vice Ministerio de Pesquería (Ministerio de Producción) y la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) del Ministerio de Salud.
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Las funciones establecidas para los OSC, incluyen el de recibir solicitudes, y autorizar, modificar, suspender o denegar el registro de todas las personas interesadas en realizar actividades con OVMs, previo el cumplimiento de los requisitos para la introducción, uso y comercialización de OVM, sus derivados y los productos que los contengan. Cada sector conformará un Grupo Técnico Sectorial que apoyará al OSC.
2. Estado de la institucionalidad en evaluación y gestión del riesgo en bioseguridad La implementación de la institucionalidad en bioseguridad, sin una visión consensuada y como política de estado, ha llevado a crear una serie de vacíos y dilemas en términos de las competencias. La reciente creación del Ministerio del Ambiente, con funciones diferentes a la anterior instancia ambiental (CONAM) ha generado la necesidades de reacomodos (actualmente en proceso) para contar con un sistema nacional de bioseguridad capaz de analizar, evaluar y gestionar los riesgos. Para que los OSC puedan ser capaces de evaluar y gestionar los riesgos en bioseguridad requieren: • • • • •
Un reglamento sectorial Un reglamento de grupo técnico sectorial Capacidades de equipamiento Recursos humanos de alto nivel de capacitación Procedimientos administrativos y técnicos muy claros para constituir un sistema muy riguroso, transparente y confiable
Según la información disponible, aún no se cumple con los requerimientos. El único OSC que ha socializado su reglamento es el sector Agricultura. Ha sido presentado al Grupo Multisectorial de Trabajo de ASPEC y ha sido discutido con la Autoridad Ambiental y Punto focal que ha presentado observaciones calificada como sustantivas, que hasta la fecha no se han levantado.(Oficio N°0312009-DM/MINAM y Oficio N°7772009SG/MINAM).
En el año 2008, la Dra. Gutiérrez presenta una investigación desarrollada en relación al artículo 11 de la Ley N° 27104, donde esgrime los argumentos legales y técnicos que pueden permitir a las autoridades competentes la implementación inmediata de medidas concretas. El presente estudio brinda argumentos legales y técnicos que permitan a las Autoridades Competentes la implementación inmediata del Artículo 11 de la Ley 27104 y concretar la moratoria hoy exigida por la comunidad nacional.
El sector Producción señala que no pueden aplicar la Ley N° 27104 y que un Reglamento sin facultades para sancionar no tiene sentido. En el caso del sector Salud, la DIGESA, no ha socializado su reglamento, si lo tuviera, y no participa en las reuniones del Grupo Técnico de Bioseguridad, incumpliendo el mandato de ley que tiene como OSC. Sin embargo, de acuerdo al análisis de expertos, con la legislación actual, los OSC pueden tomar acción respecto a los riesgos presentes; sin embargo, no se conocen medidas
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respecto a las situaciones de riesgo denunciadas ampliamente. Más aún, los propios OSC han generado situaciones de riesgo al desarrollar y/o promover eventos transgénicos sin contar con el sistema plenamente activo. El Grupo Técnico de Bioseguridad del MINAM ha estado muy activo preparando la posición peruana frente a las diferentes reuniones de negociación del Protocolo, especialmente en el tema del Art. 27 sobre Responsabilidad y Compensación y en la revisión de la Ley N° 27104 por la urgente necesidad de reformarla ya que no incluye un régimen de infracciones y sanciones, incluyendo responsabilidades claramente establecidas.
3. Acceso a la información de los ciudadanos El ciudadano puede tener acceso a la información sobre las actividades vinculadas a OVM, según lo establece el Reglamento de la Ley No 27104, a través de diferentes vías: •
El Centro de Intercambio de Información sobre Seguridad de la Biotecnología (CIIBS) situado en el MINAM.
•
Cada vez que un OSC admite una solicitud para la realización de actividades con OVMs, por una persona particular, deberá publicar un resumen informativo en dos medios de comunicación escrita de circulación nacional, de modo que cualquier interesado pueda proporcionar información en el plazo de 30 días, sobre el OVM que genera el trámite y que será considerada en la evaluación del riesgo.
•
La aprobación o denegación de una actividad con OVMs será publicada en un medio de comunicación escrito.
•
Cada OSC deberá exhibir un Registro Público de todas las personas y actividades relacionadas a los OVMS.
PUNTOS CRITICOS 1. La Ley 27104 fue aprobada en 1999 y reglamentada el 2002; sin embargo, los OSC no cuenta aún con un reglamento sectorial aprobado. El más avanzado es el de Agricultura que tiene observaciones sustantivas que aún no han sido levantadas, según informa el GTB. (Oficio N°031-2009-DM/MINAM y Oficio N°777-2009SG/MINAM). Sin embargo, están desarrollando un papayo transgénico y autorizan una investigación con transgénicos a la Universidad Cayetano Heredia. 2. En el OSC de Producción, no es posible aplicar la Ley N° 27104 porque no establece sanciones. Sin embargo, actualmente están solicitando el ingreso de salmón transgénico.
3. En el sector salud, el OSC contaría con un reglamento que no se ha discutido ni presentado en los escenarios donde se está tratando el tema. Su participación y desarrollo como competente en el área de la bioseguridad reviste la mayor importancia porque tendría que regular los alimentos elaborados con OVMs. Sin embargo, su participación en los espacios de construcción de institucionalidad es prácticamente nula, desconociendo o ignorando el mandato de ley que le ha sido impuesto. 4. Según un informe del GTB sobre el tema, las propuestas de reglamento en los tres casos “ha sido el producto de una consultoría subvencionada por el proyecto "Marco Estructural
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Nacional sobre Bioseguridad" que se produjo en el año 2004 y que focalizó su atención en los aspectos administrativos. Los aspectos técnicos han sido mejorados posteriormente” 9 . 5. Lo anterior nos permite decir que la situación de la evaluación y gestión de la bioseguridad en el Perú es precaria. Sin embargo, el MINAM y el GTB están haciendo los esfuerzos para lograr consensos y claridad en las competencias y mejora del marco legal para el pleno ejercicio de los mandatos del PCB y de la Política Nacional Ambiental.
Comisiones de Bioseguridad y otros entes análogos en América Latina y el Caribe 10
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Entidad Comisión Nacional Asesora de Bioseguridad Agropecuaria (CONABIA) Comisión de Biotecnología y Salud (CONByS)
Brasil
Comisión Técnica Nacional de Bioseguridad (CNTBio)
Chile
Comité Asesor para la Liberación de Organismos Transgénicos
Colombia
Comité Técnico Nacional (CTN)
Costa Rica
Comisión Técnica Asesora Bioseguridad (CTANB)
México
Comisión Intersecretarial de Bioseguridad y Organismos Vivos Modificados y Consejo Consultivo de Bioseguridad
Perú
Comisión Nacional (CONADIB)
de
Nacional
Diversidad
de
Biológica
9
La situación de los OVMs en el Perú, informe del GTB 2009.
10
Comité Técnico Interagencial del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe. 2000 Política, Derecho y Administración de la Bioseguridad en América Latina y el Caribe. XII Reunión del Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el Caribe
PROPUESTA DE LA PLATAFORMA RESPECTO AL ANÁLISIS DEL RIEGO DE OVMS 11 Información que debería contener un análisis de riesgo de OVM’s A. Caracterización fenotípica de la planta modificada genéticamente (en relación modificada). 1. Morfología 2. Alteración del ciclo de vida. 3. Vigor vegetativo. 4. Duración de las etapas fenológicas. 5. Producción de semillas y características de éstas (germinación y dispersión). 6. Adaptación a factores bióticos y abióticos. B. Expresión de la proteína de interés insertada. 1. Datos que demuestren que la expresión de la proteína ha sido estable durante los
con la variedad
no
40 ensayos anteriores.
C. Pruebas ecotoxicológicas realizadas al OVM. 1. Informe los resultados de las pruebas ecotoxicológicas realizadas. 2. Nombre de la institución que las realizó. 3. Protocolo empleado. D. Descripción de las instalaciones o aéreas donde se producirá el material de siembra. E. En caso de emplearse un OVM importado. 1. Describir los ensayos a realizar para la observación del OVM por un período de tiempo equivalente a su ciclo de vida o tiempo de generación. F. Cambios en el manejo del cultivo. 1. Cambios que supone la nueva tecnología respecto a las prácticas habituales del cultivo. 2. En el caso de plantas resistentes a herbicidas y resistentes a insectos, describa las estrategias destinadas a disminuir la aparición de resistencias. G. Restricciones a plantaciones del cultivo en determinadas zonas del país. H. Programas de manejo integrado de plagas del cultivo. 1. Explique si existe alguna propuesta de integración de las plantas modificadas genéticamente a los programas de manejo integrado de plagas del cultivo. I. Seguimiento post comercialización o vigilancia. 1. Plan de seguimiento post comercialización propuesto para casos específicos y su justificación. 5 programas de manejo integrado de plagas del cultivo. I. Seguimiento postcomercialización o vigilancia. 1. Plan de seguimiento post comercialización propuesto para casos específicos y su justificación. 2. Detalle las coordinaciones que se realizarán para su ejecución. J. Evaluación de riesgos 1. Técnicas utilizadas en la evaluación de riesgo (para salud humana, el medio ambiente y socioeconómicas), y personal que las desarrolló. 2. Identificación de los peligros. 11
Elaborado por la RAAA y presentado por la Plataforma Perú Libre de Transgénicos
consideraciones
3. Estimación de la posibilidad de que se produzcan efectos adversos. 4. Estimación de las consecuencias. 5. Medidas de gestión de los riesgos. 6. Evaluación general. K. Comunicación del riesgo. 1. Mecanismos para la comunicación del riesgo a los interesados en la liberación: trabajadores, población u otros.
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ANALISIS DEL REGLAMENTO SECTORIAL DE AGRICULTURA 12 DESARROLLADO POR LA PLATAFORMA Y EL GRUPO MULTISECTORIAL DE TRABAJO Sin perjuicio de lo anteriormente planteado la Plataforma ha hecho un esfuerzo por hacer un análisis concienzudo del proyecto de reglamento sectorial de agricultura para que pueda ser tomado en cuenta en su proceso de consulta pública: 1. Consideramos que no es conveniente que tengamos reglamentos parciales por parte del Ministerio de Agricultura, Ministerio de Salud y de Producción porque no contribuye a la construcción de un modelo de desarrollo sostenible que sea coherente con la protección de nuestra biodiversidad y que beneficie al país. Por esta razón, previamente se debe definir una sola política y normatividad que articule esos tres ministerios, donde sea el Ministerio del Ambiente quien presida y coordine este proceso. 2. El Reglamento propuesto no cumplirá con el propósito pretendido, ni brindará la seguridad requerida, ya que las medidas que propone establecer desconoce la realidad agrícola del país, poniendo en peligro nuestro patrimonio genético. En tanto no se cuente con un marco integrado (coordinado) de política y de regulación, donde se incluya al MINAM, MINSA, MINAG y Vice ministerio de Pesquería, este no garantizará la protección de nuestra biodiversidad y los posibles efectos en la salud humana. 3. También existe limitadas capacidades técnicas y de infraestructura por parte de las autoridades sectoriales competentes para que garanticen la implementación de un sistema de bioseguridad eficaz y eficiente, que reduzcan y eliminen los riesgos a la salud y al ambiente por la liberación de OVM’s en el país. 4. En vista de ello la responsabilidad, tanto de la elaboración del Reglamento sectorial como de su implementación corresponden a una institución del sector agricultura especializada en Sanidad Agraria, y que además sea independiente del Grupo Técnico Sectorial (GTS). 5. Consideramos inadecuado que se nombre al INIA como Órgano Sectorial Competente (OSC), pues habría un conflicto de intereses, ya que se trataría, al mismo tiempo, de un ente que tiene la intención de promover como parte de su política OVM’s, pero que además presidiría el Grupo Técnico Sectorial, cuestionando de esta manera su imparcialidad. En consecuencia, consideramos que una entidad más adecuada para dicha labor sería el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA). Finalmente estamos preocupados porque funcionarios del INIA, que han actuado como promotores y apologistas de los transgénicos, tengan ahora el rol de definir si un OVM es peligroso para la salud de los consumidores, del ambiente o de nuestra rica biodiversidad. Asimismo, que el cobro por registros nuevos de OVMs forme parte de los ingresos propios presupuestales del OSC, hecho que estimula una promoción del registro de OVMs. 6. Además se le otorgaría demasiados poderes al INIA en la definición y aprobación de la regulación de seguridad de la biotecnología, cuando esta tarea debe ser responsabilidad directa del Ministerio de Ambiente. Esta situación puede deslegitimar el rol que tiene el MINAM como responsable del diseño y aprobación de las políticas de conservación de la biodiversidad y el desarrollo sostenible. 7. El Grupo Técnico Sectorial (GTS) excluye a sectores que serian afectados o beneficiados por la introducción de OVM, como los productores y los consumidores. 8. En el GTS no se incluye a la sociedad civil ni alguna otra institución, aunque se menciona (Articulo 8º) que se podrá convocar (opcionalmente) a otros expertos.
12
Plataforma Perú Libre de Transgenicos. Noviembre 2009.
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Tratándose de un tema de importancia, no se puede formar un GTS excluyente para con otras instituciones que velan por el bienestar de la sociedad. Hay una serie de casos legales donde ha quedado establecido que los permisos otorgados por instituciones gubernamentales para trabajar con OVM han sido ilegales, y se ha tenido que llegar a instancias judiciales para poder demostrarlo. Estas acciones han sido llevadas a cabo por iniciativas de ONG’s, las cuales formularon observaciones en los momentos oportunos, siendo ignoradas por las instituciones gubernamentales. Asimismo la exclusión de la sociedad civil, no ayudará a generar consensos y se corre el riesgo de una limitada fiscalización en el cumplimiento de las regulaciones establecidas. 9. Para que el trabajo realizado por el GTS sea transparente, la agenda de discusión, las actas de cada reunión y los acuerdos tomados deberían ser publicados en la página web de la autoridad competente para que sea de dominio público. 10. El Reglamento habla de “establecer evaluaciones de riesgo ( ) para los OVM agropecuarios o forestales...”, sin embargo, no toma en cuenta ni contempla base legal nacional alguna referida a sanidad vegetal o animal. Si no se trabaja sobre una base adecuada, la regulación será inefectiva (ver anexo). 11. Sobre las evaluaciones de riesgo, éstas deberían contener información específica que permita hacer un análisis integral de los riesgos que puede ocasionar la liberación de un determinado OVM según cada caso y condiciones de experimentación o liberación. Por lo que debería considerarse: a) Para ensayos en laboratorio o invernaderos b) Para ensayos en campo controlados c) Para la comercialización 12. Se debe denunciar y sancionar ejemplarmente a quienes introduzcan semillas modificadas genéticamente o transgénicos, de uso agrario, sin conocimiento de las autoridades competentes, lo que debe señalarse tanto en la Ley como en su reglamentación. Estas además deberían complementarse y ser reconocidas en el Código Penal como atentado ambiental. 13. Otros productos cuyo valor es farmacéutico, terapéutico o de otros usos, en los cuales no exista ADN, se pueden admitir en Perú, con el control y restricción correspondiente, de acuerdo a Ley y a las indicaciones internacionales vigentes. 14. Todo producto nacional o importado deberá especificar en su etiquetado la presencia de insumos u ingredientes de origen transgénico en alimentos procesados u otros de uso humano, veterinario o agrícola. 15. Tenemos gran preocupación por el plazo de 240 días que se da para todo el proceso de evaluación de riesgos, el cual es un plazo muy corto que no permitirá una análisis integral de la información proporcionada de los expedientes presentados por las empresas que soliciten la autorización en una liberación de OVM’s lo que demuestra que se está subestimando el peligro potencial de los OVM. Por ejemplo, en España autorizaron un maíz transgénico en 2004, pero recién en 2008 se comprobó el grave daño que presenta a la salud.
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Protección de los derechos de los consumidores en el Perú
Antes de los años 90 el Perú no tenía leyes específicas para proteger los derechos del consumidor. A partir de 1999 se logran una serie de pasos importantes para la protección de los derechos de los consumidores, como la Ley de Protección del Consumidor D.L. N° 716, que luego fue ordenada y modificada por el D.S. Nº 006-2009-PCM que aprueba el texto único ordenado de la Ley de protección al consumidor. Otra legislación relacionada • 1992 la Ley N° 25868 que crea el INDECOPI. • 1992 se reforma la Constitución y da rango constitucional a los derechos de los consumidores. (En el artículo N° 65 señala que el Estado defiende los intereses de los consumidores y usuarios). • 1993 Ley Orgánica Nº 26520 se creó la Defensoría del Pueblo. • Se crean los organismos reguladores: y y y y y
OSINERG (26734, 1996); SUNASS (Ley N° 25965, 1992); OPSITEL (DL 702, 1991). OSITRAN OSINERGMING
• 2001 (Agosto) Se crea la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República por Resolución Legislativa. • Julio 2009 se anuncia el Código del Consumidor y se somete a discusión a partir de Octubre hasta la fecha (marzo del 2010). Este conjunto de medidas buscaba: 1. Poner freno a las prácticas comerciales abusivas de todas las empresas, a nivel nacional e internacional, que perjudiquen a los consumidores. 2. Facilitar la creación de grupos independientes de defensa del consumidor. 3. Fomentar la cooperación internacional en la esfera de la protección del consumidor. 4. La educación del consumidor y los programas de información deben abarcar: • • • • •
Sanidad, nutrición, prevención de las enfermedades trasmitidas por los alimentos y adulteración de los alimentos; Peligros de los productos; Rotulado de productos; Legislación pertinente, forma de obtener compensación; y organismos y organizaciones de protección al consumidor; Contaminación y ambiente, cuando proceda.
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Ley de Protección del consumidor, en el tema de la información, determina que: • Derecho a toda la información necesaria para tomar una decisión o realizar una elección adecuadamente informada, así como para efectuar un uso o consumo adecuado de los productos o servicios. (Artículo 5 b). • El proveedor está obligado a consignar en forma veraz, suficiente, apropiada, muy fácilmente accesible al consumidor o usuario, la información sobre los productos y servicios ofertados. • Tratándose de productos destinados a la alimentación y la salud de las personas, esta obligación se extiende a informar sobre sus ingredientes y componentes. (Artículo 15). La norma general de etiquetado indica que la información debe ser clara, suficiente y no debe inducir a engaño al consumidor en sus: • Características • Composición • Naturaleza Tratándose de productos destinados a la alimentación y la salud de las personas, esta obligación se extiende a informar sobre sus ingredientes y componentes. • Cualidades • Cantidad • Origen o modo de fabricación. Asimismo, el derecho a una alimentación apropiada que se entiende como aquel que permite a los ciudadanos a disponer de alimentos en calidad y cantidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias, sin sustancias nocivas, y aceptables para una cultura determinada. El derecho a la información. El consumidor tiene derecho a saber lo que está comprando y, consecuentemente, consumiendo o usando. La mayor fuente de información al respecto se encuentra en el etiquetado de los productos. El derecho a elegir. En función de la información aportada, el consumidor tiene el derecho a elegir qué productos consumir. El ejercicio de este derecho puede atender a razones que no son exclusivamente referidas a la sanidad alimentaria del producto, sino que pueden fundamentarse en razones de otra índole, incluidas en el ámbito de libertad del individuo. El consumidor podrá elegir entre adquirir un producto o no hacerlo atendiendo a razones de religión, moralidad, gusto, estilo de vida, creencias culturales, o meramente a razones de opinión. En la actualidad, la normativa de bioseguridad vigente en el país no contempla ninguna provisión relativa a la creación de mecanismos para detectar OVMs y su presencia en los alimentos, ni normas referidas a la segregación de los productos convencionales, ni al etiquetado de alimentos genéticamente modificados.
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Sin embargo, los consumidores a nacional y regional exigen el etiquetado de los alimentos transgénicos en un 90%, según encuestas realizadas en el 2008 en Lima, donde vive más de un tercio de la población total del Perú.
1. Iniciativa legislativa para el Etiquetado de Transgénicos Como corolario de una primera campaña de concienciación desarrolla por ASPEC y las organizaciones amigas, se elabora una propuesta de ley para el etiquetado de los alimentos transgénicos que se presenta en el 2006 a la Comisión de Defensa de los Derechos del Consumidor del Congreso, a su Presidente de entonces. Sr. Johnny Lescano. La propuesta fue archivada. En el 2007 se presenta nuevamente y se busca el apoyo de la Congresista Fabiola Morales, quien la hace suya pero nuevamente queda encarpetada. En el año 2008 se vuelve a presentar a la Comisión del Congreso presidida por la Congresista Alda Lazo quién ha mostrado mayor receptividad y aún se desconoce el camino que tomará.
2. El Código de Consumo En el año 2008, el Presidente de ASPEC, Jaime Delgado, así como el Colegio de Abogados y otros especialistas son convocados por el Ejecutivo para elaborar el Código de Consumo. Este Código quedó listo en Octubre y fue presentado a la opinión pública y se inició el proceso de socialización y recepción de aportes de la sociedad civil. En este proceso, la SIN y COFIEP que representan a los empresarios, solicitan una revisión del Código para lo cual se crea una comisión revisora que trabaja entre noviembre y marzo del presente año. En lo que toca al tema del derecho a la información, los empresarios se negaron a aceptar el etiquetado de los alimentos transgénicos así como la del los alimentos modificados y otros similares. Esto trabajo como consecuencia el retiro de la Asociación de Municipalidades del Perú que, en convenio con ASPEC, viene trabajando temas vinculados a los derechos del consumidor. En esta comisión sólo quedaron los empresarios y el INDECOPI que ha tenido una posición pro empresarial, abierta y olvidando su finalidad de proteger el derecho a la información de los consumidores.
3. Acciones legales Denuncia contra Bunge en el INDECOPI En Octubre 14, del 2009, ASPEC decide presentar una denuncia en INDECOPI contra la empresa Bunge y el distribuir del Aceite de Soya del mismo nombre. ASPEC pudo comprobar que dicho producto se comercializa en Brasil con le etiqueta que advierte que contiene soya genéticamente modifica, sin embargo, al ser importado al Perú, la etiqueta es sustituida por otra que no mencionada esta importante característica organoléptica.
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El caso fue preparado por el staff legal de ASPEC y presentado al INDECOPI por el Dr. José Purizaca and la Lic. Cecilia Mendiola, coordinadora del Proyecto Bioseguridad y Derechos del Consumidor. La resolución de INDECOPI considera que el advertir que un producto contiene organismos vivos modificados no es una información relevante. ASPEC ha apelado el fallo y estamos a la espera del resultado.
4. Reglamento de la Ley de Producción Orgánica El Perú cuenta con una Ley N° 29196 de Promoción de la Agricultura Orgánica o Ecológica que fue aprobada el 24 de enero del 2008. Hasta la fecha no se logra la aprobación del Reglamento respectivo que permita que esta ley entre en vigencia en apoyo de los más de 40 000 pequeños agricultores que han optado por la agricultura orgánica. ASPEC ha desarrollado una serie de actividades de incidencia a través del GMT y la Plataforma, así como el Consorcio Agroecológico para lograr su aprobación. Hasta la fecha no hay explicación sobre el tema, a pesar que organizaciones de productores y exportadores medianos y grandes también lo requieren. ADEX, que es la Asociación de Exportadores, ha conoce de la importancia de contar con la promoción de la producción orgánica pues son exigidos por sus clientes en Europa, Japón, Canadá y Estados Unidos de brindar productos orgánicos y ecológicamente producidos. •
• • • •
Los productos con Certificación Orgánica en el Perú, más importantes son :café, algodón en fibra y confecciones textiles; hortalizas y frutas frescas, como mango, banano, uvas y papaya; frutales nativos y exóticos; tubérculos y granos andinos como quinua, kiwicha, yacón y maca; semillas de sésamo; aceitunas y aceite de oliva; palmito, limón sutil, tomate y pasta de tomate, nueces del Brasil, miel, aceites esenciales, una amplia gama de colorantes naturales y plantas aromáticas y con diverso uso medicinal. Productos estrella: el café constituye el principal producto orgánico y ocupa el 60% de la oferta exportable agrícola orgánica, seguido del limón, cacao, mango, cebolla y pecanas, quinua, algodón orgánico y banano. El Perú ocupa el tercer lugar en América Latina en extensión agrícola de cultivos orgánicos 28 mil hectáreas certificadas, donde existen más de 8 mil productores formalmente constituidos. 9 mil hectáreas que están aptas para ser certificadas, lo cual ubicaría al Perú en una mejor posición a nivel de la región latinoamericana Más de 10 mil productores orgánicos certificados en el Perú. Existe además un apreciable número de productores en proceso de transición a la agricultura ecológica, que a corto y mediano plazo incrementarán la oferta y la diversidad de productos orgánicos.
Más aún, el Ministerio de Producción promociona a través de Promperú a nivel nacional e internacional, la ventaja comparativa y competitiva del Perú frente a otros países por su producción orgánica.
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La reticencia de aprobar este Reglamento podría encontrarse en el artículo N° 4 que define la actividad orgánica como aquella que descarta el uso de agroquímicos sintéticos que puedan causar daño a la salud humana y ambiental y el uso de organismos transgénicos.
PUNTOS CRITICOS 1. El Congreso de la República ha tenido en sus manos, en diferentes momentos, propuestas que permitirían reforzar el derecho de los consumidores a la información y a la libre elección; sin embargo, no se ha conseguido sobreponer éstos a los lobbies empresariales y poder avanzar en la estructuración de un sistema básico de protección y defensa del consumidor. 2. El INDECOPI a pesar de haber considerado en sus comunicaciones internas y propuestas de modificación de la Ley actual de Defensa del Consumidor, por el etiquetado de los alimentos transgénicos, ha optado por la posición contraria, en armonía con las demandas de los empresarios que se oponen al etiquetado no sólo de productos transgénicos sino al avance en el sistema de calidad en la información, como es el caso de los alimentos modificados, los que contengan grasas trans, entre otros. Los Derechos del Consumidor en el Perú DERECHO A LA SALUD Y SEGURIDAD • Ningún producto o servicio puesto a disposición de los consumidores en el mercado, debe poner en riesgo nuestra salud o nuestra vida. Los productos peligrosos deben contener advertencias muy claras para su uso y conservación. DERECHO A LA INFORMACIÓN Y EDUCACIÓN • Tenemos Derecho a que se nos informe sobre los productos y servicios, sus verdaderas características, sus riesgos, sus propiedades, su verdadero precio, etc. • Los proveedores no deben engañarnos sobre sus bienes y servicios ofertados; no deben inducirnos a error al momento de la compra; tienen que actuar con honestidad y transparencia. Tenemos derecho a que se nos capacite para actuar con responsabilidad en el mercado, informados sobre nuestros derechos y obligaciones. DERECHO A LA PROTECCIÓN DE NUESTROS INTERESES ECONÓMICOS • No se nos puede someter a prácticas abusivas, obligándonos a comprar algo que no deseamos; no se puede afectar nuestros intereses económicos robándonos en el peso o la cantidad controlada. Los vendedores no pueden imponer la venta de un producto o servicio contra nuestra voluntad. DERECHO A SER ESCUCHADOS • Tenemos derecho a ser escuchados tanto por las empresas como por las autoridades, tenemos derecho a participar en los debates de aquellas situaciones que puedan afectar nuestros intereses como consumidores. Para eso es importante organizarse y prepararse para un mejor ejercicio de nuestros derechos. DERECHO A ELEGIR LIBREMENTE • Debemos gozar de la posibilidad de elegir entre una diversidad de opciones a precios competitivos, no se nos puede imponer un producto o servicio. Tenemos que estar protegidos frente a los abusos que cometan las empresas que tienen dominio del mercado. • Debemos protestar cuando los vendedores se ponen de acuerdo para repartirse un mercado por áreas geográficas o para fijar precios uniformes, pues esto significa que no quieren competir. DERECHO A REPARACIÓN DE DAÑOS • Si como consecuencia del consumo o uso de un producto o servicio, sufrimos un daño del que sea responsable el proveedor, éste tiene la obligación de indemnizarnos. En caso de no hacerlo tenemos la posibilidad de denunciar el hecho ante las autoridades correspondientes.
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La experiencia de ASPEC
• 2003: Consumers International, inicia una campaña para llamar la atención sobre este tema a nivel global. (Consumers International reúne a 220 organizaciones en 115 países) y ASPEC se suma a esta campaña para sensibilizar a los consumidores sobre el tema y brindar información objetiva sobre los avances de la biotecnología en nuestro país. • 2003: INDECOPI propone modificar la ley de Defensa del Consumidor y en uno de sus artículos menciona la necesidad de etiquetar los alimentos transgénicos • 2005 ASPEC se adhiere a la campaña mundial sobre transgénicos convocada por Consumers International.
Entre las acciones, presenta una iniciativa legislativa al Congreso de la República para que sea obligatorio el rotulado de productos alimenticios que contengan OGM. Está en discusión en la Comisión de Protección del Consumidor. Año 2005 en adelante: La Feria Itinerante Expoconsumo integra un módulo explicativo sobre la génesis de los alimentos transgénicos. Visitó al menos 27 distritos de Lima y Callao.
• 2006 ASPEC inicia una campaña para conocer la presencia de OVMs en algunos alimentos. Escribe a 30 empresas preguntando sobre la presencia de OVMs en los alimentos que industrializan. Sólo una de ellas contestó, las demás no contestaron y mostraron su incomodidad por la indagación a través de la Sociedad Nacional de Industrial.
• 2006: Se presenta una propuesta de Ley para etiquetar los Transgénicos. Proyecto de ley que establece las Normas complementarias a la ley de protección al consumidor sobre Etiquetado de Alimentos Transgénicos.
• 2007 la RAAA (Red de Agricultura Alternativa) investigan la posible presencia de OVMs en alimentos y los resultados mostraron su presencia en 3 de las 10 muestras analizadas en un laboratorio extranjero. • 2007 ASPEC y la RAAA desarrollan una estrategia de información al público sobre los OVMs a través de sus respectivas Webs y medios masivos de comunicación con la finalidad de informar, generar conciencia e iniciar una discusión sobre el tema. • 2006 – 2007 ASPEC incorpora un módulo interactivo sobre el tema de los OVMs en la EXPOCONSUMO. • En el año 2007 se conforma la Plataforma Perú Libre de Transgénicos que busca proteger los recursos genéticos, brindando información objetiva, generar conciencia; participación pública y presentando alternativas como la promoción de la agricultura ecológica y orgánica.
1. Antecedentes ASPEC, al haber participado en el Grupo Nacional de Bioseguridad liderado por CONAM desde el año 2004, donde se desarrolló la estrategia y la posición del Perú en las reuniones de las partes del Protocolo de Cartagena, fue integrado al actual Grupo Técnico en Bioseguridad del MINAM, conjuntamente con la SPDA, ADEX y otras organizaciones de la sociedad civil y los OSC. En el 2005 ASPEC se adhirió a la campaña iniciada por Consumers International a nivel mundial, con el objetivo que los gobiernos tomaran medidas para prevenir la contaminación transgénica de los cultivos convencionales y orgánicos, y asegurar la disponibilidad de alimentos libres de transgénicos para los consumidores así como lograr que los gobiernos puedan implementar zonas libres de transgénicos en sus respectivos territorios.
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En esa oportunidad y en años posteriores ASPEC desarrolló una serie de acción para generar conciencia, incidencia política y difusión de esta información que resulta de la mayor importancia por su vinculación con el derecho a la información, la seguridad alimentaria y la soberanía alimentaria. Esta actividad permitió que fuera invitado a participar de las reuniones del Grupo Técnico de Trabajo a partir del 2004, para aportar al análisis y propuesta para la implementación del PCB. 2007. Se conforma la Plataforma Perú Libre de Transgénicos en la que participa ASPEC y se desarrollan una serie de actividades destinadas a aportar al debate, analizar las mejores opciones frente a los diferentes temas que plantea la implementación del Protocolo e inicia acciones de concienciación e información en diferentes lugares del Perú, seleccionados por su importancia como centros de domesticación y biodiversidad. Conjuntamente con la RAAA se realizó el análisis para determinar la presencia de OVM en productos que se comercializan en el mercado peruano. Cuando en Marzo del 2008 se inicia el proyecto Bioseguridad y Derechos del Consumidor, ASPEC encuentra que el tema ya forma parte del imaginario colectivo de algunos sectores y se incluye en las encuestas regionales y nacionales de las entidades privadas dedicadas a ese rubro. Así, la Universidad de Lima aplicó una encuesta, a nivel de Lima y Callao, donde incluye varias preguntas relativas el tema de los transgénicos. Los principales hallazgos muestran que más del 45% de la población dice estar “nada informada” por el tema de los transgénicos y sólo un 3% muy informado, con un 16% informado. Preguntados sobre su intención de consumir o no los transgénicos, el 56% dijo que no. Al ser preguntados si las etiquetas deberían mencionar si un productos es transgénico o no, el 99.6% contestó que sí. En esta encuesta también se muestra que son las mujeres las menos informadas (52%), a pesar de que ellas son las que toman las decisiones de compra. Esta percepción y la propia recogida a través de encuestas aplicadas en siete ciudades del Perú, nos permitieron conocer las expectativas y grado de conocimiento sobre el tema y sirvió para elaborar estrategias de incidencia, campañas y concienciación sobre los alcances del Protocolo y su importancia en el ámbito de la bioseguridad en el Perú.
2. El Proyecto Bioseguridad y Derechos del Consumidor En enero del año 2008, se inicia la ejecución del Proyecto denominado “Organizaciones de Consumidores y el Protocolo de Cartagena en Bioseguridad: Protegiendo el Derechos de los Consumidores a un ambiente Saludable en los Países en Desarrollo” financiado por la Comunidad Europea a través de Consumers International. El proyecto se desarrolla en Mali, Marruecos, Kenya, Brasil, Bolivia, Perú, Indonesia y Azerbaijan. Las organizaciones que participan son miembros activos de Consumers International: • •
Independent Consumers Union of Azerbaijan Instituto Brasileño de Defensa del Consumidor
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• • • • •
Membaga Konsumen Indonesia Comité de Defensa de los Derechos del consumidor Bolivia Consumer Information Network Kenya Association ATLAS. SAIS Morocco ASPEC Perú Objetivos
1. Mejorar los niveles de priorización de la bioseguridad en los países en desarrollo para el beneficio de la biodiversidad y de la salud y seguridad de los consumidores. 2. Permitir que los consumidores ejerciten su derecho a acceder a una salud y un ambiente sostenible; a escoger y ser informados; y a ejercer la abogacía de sus propios intereses en esta tarea. Estos objetivos se logran construyendo la capacidad de las organizaciones de consumidores y otras, en los países en desarrollo, para jugar un papel de liderazgo en asegurar la implementación del Protocolo de Cartagena. Resultados esperados 1. Los consumidores están sensibilizados sobre la noción de bioseguridad y su pertinencia en el contexto nacional y local. 2. Los consumidores están mejor informados y defienden de manera apropiada su derecho a un ambiente y salud sostenibles. 3. Se reconoce la importancia de la implementación del Protocolo de Cartagena y el marco legislativo nacional entre los stakeholders claves (funcionarios de gobierno, medios, otros mediadores de la sociedad civil). 4. Se incrementó la cooperación entre los diferentes stakeholders para un mejor monitoreo de la implementación del PCB en el contexto nacional y local. 5. Las organizaciones de consumidores y otros grupos de la sociedad civil han incrementado y/ o han desarrollado sus conocimientos para proveer información objetiva sobre bioseguridad y biotecnología moderna a los consumidores. 6. Las organizaciones de consumidores están mejor equipadas para influenciar la política del gobierno hacia el mejoramiento y desarrollo del marco legislativo nacional sobre bioseguridad que acepte estándares mínimos del Protocolo de Cartagena y aquellos que vayan más allá de los mínimos estándares si es necesario. Actividades principales 1. Investigar sobre el Protocolo de Cartagena y el tema de bioseguridad, en general, así como el contexto con respecto a las modificaciones genéticas a nivel nacional y regional. 2. Desarrollar capacidades de la sociedad civil sobre el rol y los principales componentes del PCB (el principio precautorio, conciencia pública y participación; evaluación del
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riesgo y manejo de riesgo, etc., etc.); y campañas/incidencia/abogacía, sobre la implementación del Protocolo de Cartagena por el gobierno y el desarrollo e implementación de un marco legislativo nacional. 3. Abogacía, campañas, educación de los consumidores y formación de alianzas. Principales logros: •
Se constituyó el Grupo Multisectorial de Trabajo donde participan organizaciones vinculadas al ámbito de la investigación y promoción del desarrollo sustentable, especialmente aquellas que tienen experiencia en el tema de la bioseguridad como la RAAA, la RAE, el Congreso de la República, CONVEAGRO, El Concilio Nacional Evangélico del Perú, La Asociación Peruana de Medicina y ASDMAS que coordina y genera sinergias con otras instancias y redes como la Plataforma Perú Libre de Transgénicos (2007) , con la finalidad de generar conciencia y brindar información objetiva y actual sobre el tema de los OVM y proponer normas para la articulación del sistema nacional de Bioseguridad, y apoyando la construcción de una identidad nacional vinculada a la megadiversidad que nos caracteriza y la producción orgánica y sostenible.
•
ASPEC forma parte del Grupo Técnico de Bioseguridad del MINAM donde participa con otras organizaciones de la sociedad civil y los OSC y la Academia para construir la institucionalidad en bioseguridad.
•
2008 – 2009: ASPEC, en alianza estratégica con las organizaciones de la Plataforma y los gobiernos y organizaciones regionales, desarrolla audiencias públicas como proceso de socialización de la temática. Se desarrollan a la par talleres, conferencias, audiencias públicas y ferias en: Piura, Chiclayo, Lima, Arequipa, Cusco, Ayacucho, Huancayo, Huancavelica, Puno, Ica y Barranca (Departamento de Lima) y en la capital.
•
Se distribuyen materiales informativos sobre el Protocolo de Cartagena y materiales vinculados a la agricultura orgánica en comparación con la transgénica. Se distribuyen en 10 ciudades del Perú y más de 50 organizaciones.
•
Promoción del debate público, democrático, inclusivo y respetuoso, sobre la implementación del Protocolo de Cartagena y la protección de la biodiversidad. Como resultado de este trabajo colegiado, se ha logrado que el Cusco, San Martín, Ayacucho y la Provincia de Barranca se declaren territorios libres de transgénicos, como una medida para proteger los recursos genéticos e iniciar la implementación de regulaciones en ese sentido.
•
Propuesta de ley de etiquetado de transgénicos (P.L. N° 2661-2008-CR). En Marzo del 2010 en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República...
•
Apoyo y promoción del Proyecto Legislativo para declarar al Perú país orgánico, mega diverso y libre de transgénicos (P.L. 2902).
•
Acciones legales ante INDECOPI contra una empresa por no consignar en la etiqueta su condición de producto “elaborado en base s soya transgénica” a pesar que en su país de origen sí lo hace.
•
ASPEC es integrado al Consorcio Agroecológico para apoyar, promover, concienciar y generar mayor demanda de los productos orgánicos y ecológicos. El Consorcio está
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conformado por productos, investigadores, consumidores, universidades, cocineros y otras organizaciones de base y de la sociedad civil. •
Abogamos por la aprobación del reglamento de la Ley N° 29196, Ley de Promoción de la Agricultura Orgánica o Ecológica.
•
Coordinamos y monitoreamos a los OSC del PBC. Se han sostenido repetidas reuniones con el INIA, DIGESA, MINAN, Produce.
•
Se intercambió experiencias e información sobre legislación nacional con los otros países países parte de esta iniciativa.
•
El anteproyecto de Ley del Código de Consumo entregado al Ejecutivo, es remitida al Congreso eliminando el artículo Art. 45). En el Congresos existen hasta tres propuestas de Código que están siendo consensuadas por la Comisión de Defensa del Consumidor, con la participación de todos los actores involucrados.
•
Se desarrolló talleres con organizaciones de la sociedad civil, estudiantes, periodistas y estudiantes a nivel de Lima y Piura, Huánuco, Ayacucho, Arequipa, Cusco, Huancayo, Barranca, Chiclayo.
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Percepción pública sobre los OVM •
Evoluciona la expectativa en las promesas de beneficio económico hacia la incredulidad y preocupación sobre impactos en salud humana y ambiente.
•
En países desarrollados de 70% a 90% perciben preocupación, debaten y demandan protección e información.
•
En Perú el 56% de encuestados no quieren consumidor transgénicos y el 99% exige el etiquetado. Organizaciones de la sociedad civil en el mundo entero demanda acciones de protección.
PNUMA y la FAO advierten sobre peligros de introducir transgénicos en centros de origen 13 El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) admitió que los cultivos transgénicos pueden contaminar especies naturales del planeta, actuando como factor de disminución de la biodiversidad. No sólo esa amenaza, sino también los riesgos que implica para la salud humana el consumo de alimentos basados en productos modificados genéticamente hacen que el PNUMA aconseje aplicar el Principio Precautorio “como regla principal hasta que exista consenso científico sobre el tema”. Esta es una de las principales conclusiones del informe “Estado del Medio Ambiente y Medidas Normativas” (1972-2002) del PNUMA. Su contenido tiene especial relevancia por cuanto avala los llamados de alerta que diversas organizaciones ambientales y ciudadanas han estado dirigiendo en los últimos años tanto a las autoridades como al conjunto de la población. Algunas consecuencias nocivas que pueden ocasionar los alimentos transgénicos se expresan a través de alergias, resistencia a los antibióticos presentes en ese tipo de alimentos, generación y propagación de agentes patógenos, y efectos tóxicos. El estudio señala además que la biotecnología está generando grandes cambios en la agricultura, la industria y la medicina, pero también puede hacer peligrar la diversidad natural por “contaminación genética”. Es decir, reconoce la posibilidad real de que genes modificados “pasen descontroladamente de una especie a otra, ya que los genes naturales lo hacen con frecuencia en la naturaleza”. El informe cita como ejemplo de esta intromisión de genes modificados en variedades domésticas y silvestres el caso de contaminación transgénica del maíz mexicano, denunciado y debatido ampliamente. “Uno de los peligros principales es que esa intromisión afecte sus
13
http://www.rap-al.org/v2/index.php?seccion=8&f=news_view.php&id=17
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características (del maíz natural), poniendo en peligro una biodiversidad que es fundamental para la seguridad alimentaria de la humanidad”, advierte el documento del PNUMA. La FAO, en su publicación El estado Mundial de la Agricultura y la Alimentación 2003-2004, en relación a la Biotecnología Agrícola, al referirse al tema de flujo de genes indica que se están diseñando métodos de gestión y genéticos para reducir al mínimo la posibilidad del flujo de genes. Actualmente no se puede aplicar en la práctica el aislamiento completo de los cultivos producidos a escala comercial, ya sean o no modificados genéticamente, si bien se puede reducir al mínimo el flujo de genes, como se hace actualmente entre las variedades de colza cultivadas para la alimentación, piensos o aceites industriales (GM Science Review Panel). Entre las estrategias de gestión figuran la de evitar la siembra de cultivos transgénicos en sus centros de biodiversidad o donde hay parientes silvestres, o utilizar zonas tampón para aislar las variedades transgénicas de las convencionales u orgánicas. Se puede aprovechar la ingeniería genética para alterar los períodos de floración a fin de evitar la polinización cruzada o asegurar que los transgenes no se incorporen en el polen, y para desarrollar variedades transgénicas estériles (CIUC y Nuffield Council). El GM Science Review Panel y otros órganos de expertos recomiendan que los cultivos modificados genéticamente, que producen sustancias médicas o industriales, se proyecten y cultiven de forma que se evite el flujo de genes a los cultivos alimentarios o de piensos (GM Science Review Panel). Entrevistas a instituciones gubernamentales y no gubernamentales sobre OGM De las entrevistas realizadas cabe resaltar lo siguiente: •
Los representantes de las instituciones públicas 14 , manifestaron que se tiene conocimiento del tema, las acciones que han realizado han estado encaminadas a establecer normas y regulaciones para cumplir con los compromisos adquiridos como país al firmar el Protocolo de Cartagena del Convenio sobre Diversidad Biológica; sin embargo la información sobre los riesgos de esta nueva tecnología es aún desconocida para muchos, especialmente para las autoridades responsables de la implementación del marco regulatorio.
•
Indicaron también que se debe tener en cuenta las evaluaciones de riesgo ambiental dado que se desconoce sus efectos en el ambiente y la salud de las personas y exigir que las empresas cumplan con este requisito básico antes de querer investigar o introducir transgénicos a nuestro País.
•
Se destaca una preocupación en relación a la falta de información técnico-científico, la falta de conocimiento sobre el tema, el no contar con personal capacitado limita la coordinación y discusión de manera amplia sobre las percepciones existentes de las diferentes
14
Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana – IIAP; Instituto Nacional de Investigación y Extensión RuralINIEA; Dirección General de Salud Ambiental/ Ministerio de Salud- DIGESA; Programa Nacional de Manejo de Cuencas Hidrográficas y conservación de suelos- PRONAMACHCS; Comisión de Educación, Ciencia, Tecnología, Cultura, Patrimonio Cultural, Juventud y Deporte; Instituto Nacional de Recursos Naturales- INRENA- MINAG y Consejo Nacional del Ambiente – CONAM.
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implicancias y sobre todo para reforzar la elaboración, aprobación e implementación de normas y reglamentos en esta temática. •
Asimismo, falta desarrollar capacidades a todo nivel, por el mismo hecho de que existe una carencia en información técnico-científico y expertos en el tema no existe la dedicación exclusiva al manejo del tema, por lo que se carece en la mayoría de los casos una especialización.
•
En la mayoría de las entrevistas a ONGs y actores de la sociedad civil 15 manifestaron que tienen conocimiento de lo que son Organismos Genéticamente Modificados, no trabajan específicamente en acciones, proyectos e investigaciones; sin embargo tienen conocimiento de instrumentos legales internacionales y nacionales al respecto. Sobre los riesgos en la mayoría de casos mencionan que el Estado debería salvaguardar nuestros recursos genéticos no permitiendo el ingreso de semillas transgénicas por tanto debe dar las regulaciones necesarias para implementar mecanismos de fiscalización, monitoreo y vigilancia del ingreso de estos organismos.
Asimismo, mencionaron al principio precautorio como un instrumento importante para la toma de decisiones. Percepción de los consumidores sobre OGM 16 En un estudio realizado en setiembre del 2006, se realizó una encuesta para determinar el grado de conocimiento (o información) de la población y su percepción sobre el consumo de alimentos transgénicos en Lima. La encuesta se realizó en Lima Metropolitana, con una muestra de 580 encuestas efectivas a ciudadanos mayores de 18 años en general, estratos socio económicos A/B, C y D. Nivel de confianza: (de 95%, con un margen de error de +-4.9%) y con preguntas cerradas. Este sondeo fue realizado por la Empresa IMA; obteniéndose los siguientes resultados: • • • • •
90% de los encuestados no tienen conocimiento en el tema 30 % de los que dicen saber sobre el tema, manifiestan que son alimentos trabajados genéticamente En relación a si consumiría estos alimentos un 47% responde que si y un 40% que no 38.1% responde que consumiría porque tiene una alta fuente de energía y un 38.9% dice que no consumiría porque no está garantizado. 97% manifiesta estar de acuerdo que en las etiquetas de los alimentos se indique que es transgénico.
En el año 2008 la Universidad de Lima realizó una nueva encuesta que muestra que el 56% de los encuestados no consumiría alimentos transgénicos y el 99% opina que deben etiquetarse. 15
Instituto de Salud y Trabajo ISAT, Adelaida Cruzado/INIA - Oficina Central, Eduardo Pisfil Diaz/SENASA Piura, Red de Educación Ambiental del Instituto Ecológico, Federación de Comunidades Campesinas de Lima FEDECCALIM, Asociación de Mujeres Emprendedoras de América Latina y el Caribe, Revistas Agronoticias y Alimentación y Salud, Red de Agricultura Ecológica, Asociación Nacional de Productores de Maíz y Sorgo, Ronald Arteaga, Juan Echegoyen/Consultor, Marco E. Nevado - estadístico matemático, Universidad Privada Norbert Wiener.
16
Fuente: RAAA, 2008.
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Puntos críticos y recomendaciones LOS PUNTOS CRITICOS EN BIOTECNOLOGÍA - PERÚ
No existe un sistema de bioseguridad para OVMs y las principales debilidades se relacionan con: la contaminación, etiquetado, testeo seguro, ensayos de campo, autorizaciones sin contar con el marco legal y los protocolos. El Estado peruano aún no se encuentra preparado para enfrentar el tema de los OVMs pues no ha desarrollado las capacidades humanas, técnicas y de infraestructura; y se cuenta con pocos recursos para tal fin. Antes del 2008 En el 2010 El público en general no conocía la El público en general conoce la existencia existencia de estas tecnologías de la biotecnología moderna y ha modernas. participado en la discusión nacional sobre el tema. El público no conocía que en sus El público en general conoce que varios alimentos ya había organismos vivos de sus principales alimentos contienen OVMs gracias a las pruebas que ASPEC modificados. y la RAAA, miembros de la Plataforma Libre de Transgénicos han realizado. No se conocía la existencia de maíz A pesar de que en el 2007 la Dra. Gutiérrez realizó las investigaciones amarillo duro transgénico en campo. sobre la presencia de OVMs en campo, los resultados recién se difundieron en el 2008. En el 2003 ASPEC presentó una iniciativa legislativa para etiquetado de organismo vivos modificados ante la Comisión de Derechos del Consumidor sin éxito.
En el 2008 se volvió a presentar otra propuesta para el etiquetado de los transgénicos y está en discusión en la Comisión de Defensa de los Derechos del Consumidor.
En el año 2009 ASPEC participa en la elaboración del Código del Consumidor donde se incluye el etiquetado de los transgénicos.
En el año 2010 el ejecutivo envía al Congreso (Marzo) el Código de Consumo revisado por los proveedores donde se elimina el etiquetado de transgénicos. En el Congreso se discuten otras dos propuestas de Código de Consumo donde participan varias organizaciones de consumidores, proveedores y autoridades.
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Recomendaciones El sistema de Bioseguridad en el Perú no está implementado. El CONODIB a través del Grupo Técnico de Bioseguridad está haciendo los esfuerzos para, por un lado consensuar la posición del Perú en las negociaciones internacionales respecto del Protocolo y, por otro, lograr la implementación de los OSC. En el año 2010, el GTB decidió trabajar la modificación de la Ley N° 27104 Ley de Prevención de Riesgos Derivados del uso de la Biotecnología y su reglamento, pues no permite su aplicación tal como está diseñada. A este respecto, la Plataforma y el GMT, propone algunos aspectos sustantivos: 1. Dar competencias al Ministerio del Ambiente como autoridad en materia de regulación y control de actividades con Organismos Vivos Modificados (OVM’s) de manera transversal a los sectores agricultura, salud y pesquería. 2. La regulación de actividades con OVM’s no debería abordarse de manera sectorial, sino integral conformándose un Comité sobre Bioseguridad en OVM’s donde participen las autoridades sectoriales, gobiernos regionales, universidades y centros de investigación, empresas privadas y sociedad civil, presidida por el MINAM cuyo principal función sea la evaluación y regulación de actividades con OVM’s. 3. Incorporar sanciones a las personas y/o empresas responsables de posibles daños a la salud humana o al ambiente ocasionados por OVM’s en nuestro país. 4. El Órgano Sectorial Competente en Agricultura debería ser el SENASA, pues el INIA al tener la competencia de aprobar, promocionar y desarrollar OVMs, actúa como juez y parte. Respecto al sistema en su conjunto se propone: 1. Aprobar una norma que obligue el etiquetado de alimentos procesados que contengan insumos transgénicos, como derecho de los consumidores a la información y a la libre elección. 2. Aprobar una moratoria al ingreso de transgénicos por un periodo de 10 años, lapso de tiempo que permitiría la implementación de infraestructura (laboratorios de identificación de transgénicos), el desarrollo de capacidades y una evaluación imparcial del costo/beneficio del ingreso de transgénicos en nuestro país de manera participativa. 3. Implementar un sistema de vigilancia del ingreso a nuestro país de granos y semillas de soya, maíz y otros cultivos como algodón y canola mediante un análisis cualitativo y/o cuantitativo para evitar el ingreso de este material biológico de origen transgénico, lo cual no está regulado y permitido en nuestro país. 4. Conformar un comité de evaluación de la presencia ilegal de transgénicos en nuestro país con la participación de autoridades competentes y sociedad civil que abarque muestreos en otras regiones del país y en cultivos como maíz, soya, algodón y canola para tomar acciones inmediatas que reduzcan y minimicen los riesgos ambientales y a la salud humana y además se sancionen a los responsables.
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En adición, es imprescindible trabajar en: 1. Determinar las zonas del territorio nacional que son centros de origen y de diversificación genética, y establecer estrictas medidas de control para su protección adecuada, declarándolas libres de transgénicos. 2. Promover el conocimiento, conservación y aplicación industrial y medicinal de los recursos genéticos. 3. Trabajar con las comunidades locales para conservar los recursos genéticos nativos y garantizar la conservación del conocimiento tradicional, ubicación de centros de diversidad genética, el conocimiento de las variedades locales, y la conservación del germoplasma local. 4. Diseñar incentivos y otros mecanismos apropiados en apoyo y fortalecimiento de la investigación científica y transferencia de tecnología, con especial énfasis en biología molecular, bancos de genes, y productos derivados de los recursos genéticos. 5. Constituir un comité consultivo en bioseguridad, presidido por el Ministerio del Ambiente e integrado por representantes del sector público y del sector privado, incluyendo el académico y científico, para el análisis y discusión de los temas de temas controversiales y críticos en bioseguridad para llegar a puntos de consenso. 6. Declarar de prioridad nacional el inventario y registro de los recursos genéticos del país, constituir un Programa ad hoc y convocar a las instituciones, científicos, universidades y cooperación técnica en apoyo a esta tarea. Tanto Alemania como Japón estarían interesados en apoyar.
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VÍNCULOS DE INTERÉS www.minam.gob.pe http://www.pe.biosafetyclearinghouse.net/ http://sinia.minam.gob.pe/ www.inia.gob.pe www.minag.gob.pe www.digesa.gob.pe http://www.produce.gob.pe/portal/portal/apsportalproduce/pesqueria? www.IIAP.gob.pe www.senasa.gob.pe www.aspec.org.pe www.raaa.org.pe/ www.asdmas.com noticiaspplt.blogia.com www.rallt.org/general.htm. www.boell-latinoamerica.org/web/123.htm
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REFERENCIAS
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BIBLIOGRAFÍA Agro Consult International S.A.C. 2003. Estado de la Biotecnología Moderna en el Perú y Propuestas para la Adecuada Implementación de la Bioseguridad. Informe Final de Consultoría para el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM). Lima, Perú Bárcena, J. Kats, et al Editores. 2004. Los Transgénicos en América Latina y el Caribe: un debate abierto. CEPAL, Santiago de Chile, Chile. Campos Baca y N. Espinoza R. 2002. Biotecnología, Bioética y Bioseguridad. Primer Borrador. Iquitos, Perú. CONAM, 2005. Magnitud e Impacto Potencial de la Liberación de Organismos genéticamente modificados y sus productos comerciales. Lima, Perú. Marco Estructural de la Bioseguridad Manzur María Isabel, G. Catacora Editores. 2009. América Latina la Transgenesis de un Continente. Fundación Heinrich Böll. Sociedad Científica Latinoamericana de Agroecología. Lapeña Isabel. 2007 Semillas Transgénicas en Centros de Origen y diversidad. Sociedad Peruana de Derecho Ambiental. SPDA. Lima, Perú Roca, William, et al, octubre 2003. Estudio de las Capacidades Biotecnológicas e Institucionales para el Aprovechamiento de la Biodiversidad en los Países de la Comunidad Andina. Informe preparado para la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) y la Corporación Andina de Fomento (CAF). Centro Internacional de la Papa (CIP), Lima, Perú Sasson, Alberto, 2006. Plan and Agricultural Biotechnology. Achievements, prospects and perceptions. Coordinación de Ciencia y Tecnología de Nuevo León. United Nations University y BioEurolatina. 2006 Secretaría del Convenio sobre Diversidad Biológica. 2000 Protocolo de Cartagena sobre la Seguridad en Biotecnología del Convenio sobre Diversidad Biológica. ONU. Montreal. Friends of the Earth, 2009. Who Benefits from gm crops? feeding the biotech giants, not the world’s poor. february 2009 | issue 116. World Health Organization. 2007 FAO, Fith Edition. Codex Alimentarius. Food Labeling..Roma, Italia.
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Diagnóstico sobre la situación de los Organismos Genéticamente Modificados en el Perú, Unidad de Incidencia Política, diciembre 2007. Riesgos, Implicancias, y la Situación Actual de los Organismos Genéticamente Modificados (OGM) - Lydia M. Manrique Valdivia, Jaime Delgado Zegarra, Edita Vilcapoma Vilcapoma, Jody K. Takemoto, Connie M. Remsberg, Jaime A. Yáñez Revista Tao Alimnetario / UNALM . Dic. 2007.
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Anexos
ANEXO 1 Conceptos importantes Acuerdo Informado Previo Es una metodología establecida en el Protocolo de bioseguridad que aplica al primer movimiento transfronterizo de OVMs para su introducción intencional en el ambiente. Está constituido por cuatro componentes: 1. Notificación escrita por parte del exportador a la autoridad nacional competente, 2. Acuse de recibo de la notificación por parte del importador. 3. Procedimiento para la toma de decisiones 4. Revisión de decisiones El propósito de este procedimiento es asegurar que los países importadores tengan la oportunidad y la capacidad de evaluar los riesgos que puedan estar asociados con los OVMs antes de acordar la importación. El procedimiento del Acuerdo Fundamentado Previo no aplica a ciertas categorías de OVMs: • • •
OVMs en transito OVMs destinados a uso confinado OVMs para uso directo como alimento humano o animal o para procesamiento
El acuerdo fundamentado previo solo aplica al movimiento transfronterizo, las demás acciones serán cubiertas por la regulación nacional.
Biotecnología "Biotecnología es toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o procesos para usos específicos". (Definición del Convenio de Diversidad Biológica, 1992) En forma general, la biotecnología se puede definir como el uso de organismos vivos o de compuestos obtenidos de éstos, para obtener un producto o un servicio. La biotecnología tiene una larga historia desde que se inventó la cerveza, la chicha, el pan, el queso o el yogurt. Cuando se descubrió que el maíz se fermenta y se convierte en chicha; o cuando la leche se convierte en queso o yogurt, comienza la biotecnología.
Biotecnología moderna Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología del Convenio sobre la Diversidad Biológica define la biotecnología moderna como la aplicación de:
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a) Técnicas in vitro de ácido nucleico, incluidos el ácido (ADN) recombinante y la inyección directa de ácido nucleico en células u orgánulos, o b) La fusión de células más allá de su familia taxonómica que superan las barreras naturales de la reproducción o la recombinanción. Técnicas éstas que no son empleadas en la reproducción y selección tradicional.
Tipos de biotecnologías Existen muchísimas tecnologías para la investigación en biotecnología. En el Perú se utilizan 49, las principales son: la multiplicación in vitro, la biología molecular básica, el diagnóstico de patógenos, biorreactores/ biofermentadores, conservación in vitro, conservación en campo, cultivo de embriones in vitro, embriogénesis somática, inducción de callos, metabolitos secundarios, entre los principales.
Enfoque precautorio Uno de los resultados de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Ambiente y Desarrollo, conocida como la Cumbre de la Tierra, realizada en Río de Janeiro, Brasil en Junio del 1992, fue la adopción de la Declaración de Río sobre Ambiente y Desarrollo, que contiene los 27 principios para sostener el desarrollo sostenible. Uno de estos principios, el Principio 15, que establece que “Para proteger el ambiente, el enfoque precautorio deberá ser aplicado ampliamente por los Estados, de acuerdo a sus capacidades. Donde halla amenazas serias o daño irreversible, la falta de certeza científica no deberá ser usada como una razón para posponer las medidas costo efectivas para prevenir la degradación ambiental”.
Organismos Vivo Modificado El Protocolo de Cartagena define a un OVM como: cualquier organismo vivo (vegetal, animal o humano) que posea una combinación de material genético nuevo, obtenido a través del uso de la biotecnología moderna. También se les llama transgénicos u organismos genéticamente modificados (OVMs). Se diferencia de la ingeniería genética tradicional o biotecnología no moderna, en que con ésta se saltan las barreras naturales entre los reinos y entre especies diferentes, generando características que de manera natural nunca se obtendrían. Por ejemplo, se ha introducido el gen que da un color fosforescente a ciertas algas y se las ha incorporado en la cadena genética de cerdos, logrando porcinos fosforescente.
Equivalencia sustancial Se denomina así a la presunción de que los OVM son “sustancialmente equivalentes” a los organismos no modificados del mismo material genético. Algunos críticos consideran que este concepto, favorece las regulaciones sobre los transgénicos ya que sólo requiere un análisis químico parcial para permitir su producción y circulación legal.
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Bioseguridad •
La bioseguridad es un requisito fundamental para conseguir los objetivos establecidos en el marco estratégico para la FAO, mediante la promoción, el mejoramiento y el fortalecimiento de los marcos normativos y reglamentarios para la alimentación, agricultura, pesca y la silvicultura.
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La bioseguridad tiene una importancia directa para la seguridad alimentaria, la conservación del medio ambiente (incluida la biodiversidad) y la sostenibilidad de la agricultura.
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La bioseguridad comprende todos los marcos normativos y reglamentarios para actuar ante los riesgos asociados con la alimentación y la agricultura.
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• La bioseguridad consta de tres sectores, a saber, inocuidad de los alimentos, vida y sanidad de las plantas y vida y sanidad de los animales. Estos sectores abarcan la producción de alimentos en relación con su inocuidad, la introducción de plagas de plantas, plagas y enfermedades de animales y zoonosis, la introducción y liberación de organismos modificados genéticamente (OMG) y sus productos y la introducción y el manejo inocuo de especies y genotipos exóticos invasivos.
Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo Principio 15 •
Con el fin de proteger el medio ambiente, los Estados deberán aplicar ampliamente el criterio de precaución conforme a sus capacidades. Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.
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Observando también que, cuando exista una amenaza de reducción o pérdida sustancial de la diversidad biológica no debe alegarse la falta de pruebas científicas inequívocas como razón para aplazar las medidas encaminadas a evitar o reducir al mínimo esa amenaza.
Anexo 2 Biotecnología en el Perú Se desarrolla una gama muy variadas de biotecnología en los diferentes campos: Industria farmacológica, actividades agroindustriales, saneamiento ambiental, actividades agropecuarias. En ello está involucrado el sector privado y el sector estatal, organizaciones internacionales con sede en Perú. •
Organizaciones gubernamentales:
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EL Instituto Nacional de Investigación Agraria (INIA). Lima El Instituto de Investigaciones de la Amazonía (IIAP). Iquitos. El Instituto Nacional de Salud
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Universidades:
Universidad Mayor de San Marcos. Universidad Cayetano Heredia. Universidad Agraria La Molina. El CIRBEBB.
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Organizaciones Internacionales de cooperación:
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Centro Internacional de la Papa
Redes internacionales de investigadores privados:
La REDBIO Perú, Perú Biotec Biogenómica
La empresa Monsanto tiene un representante en el Perú, con sede en Ica. Pampas de Villacurí.
Anexo 4 Efectos Potenciales directos de los cultivos genéticamente modificados en el ambiente 17 Flujo de genes a parientes silvestres
Invasividad de cultivos GM
Transferencia de polen a Sobrevivencia fuera de las sus parientes silvestres áreas cultivadas
Efectos ecológicos Efectos Directos Destino ambiental de los productos transgénicos Persistencia degradación y dispersión de los productos transgénicos
Sobrevivencia y Reproducción fuera de las Acumulación de los áreas cultivadas productos transgénicos reproducción de híbridos en suelo
Efectos sobre los organismos no blanco
Desarrollo de Resistencia
Incremento directo e indirecto de productos transgénicos a través de la alimentación
Desarrollo de Resistencia en organismos blanco
Efectos de los organismos no blanco Efecto indirecto
Eluviaición de los productos transgénicos del suelo
Efectos sobre las dinámicas de población
Dispersión y persistencia de las plantas transgénicas Introducción de los ( híbridos/cultivos ) fuera del área cultivada productos transgénicos en el agua
Efectos de las funciones de los ecosistemas
Población transgénica (cultivos/híbridos) con adaptabilidad mejorada a la población silvestre
Efectos Potenciales indirectos de los cultivos genéticamente modificados en el ambiente EFECTOS ECOLÓGICOS EFECTOS INDIRECTOS Desarrollo de resistencia en Efectos sobre los métodos de agricultura y sistemas de cultivo Desarrollo de Resistencia Selección de plantas Cambios en la práctica de Cambios en los intervalos Cambios en el consumo de enfermedad/ plaga silvestres tolerantes a cultivo / labranza de cultivo /área de cultivo de recursos blanco herbicida Perdida de efectividad de Reducida efectividad del Cambios en el espectro producto transgénico herbicida especifico de las plagas, enfermedades y organismos benéficos Cambios en la plaga/ estrategia del control de enfermedades
Cambios en las características físicas químicas, biológicas del suelo Decrece la calidad del suelo
Efectos sobre la biodiversidad Efectos Económicos Efectos ecológicos
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Fuente: Fuente: Sanvido 2005
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Anexo 5 Delegación de Perú impide que se apruebe un instrumento vinculante sobre Responsabilidad y Compensación en caso de daños por Organismos Vivos Modificados en la Cuarta Negociación del Convenio de Diversidad Biológica en Bonn (Alemania)
Lima 14 de mayo.- La posición sustentada por Perú en la Cuarta Reunión de la Conferencia de las Partes para el Convenio sobre Diversidad Biológica y del protocolo de Cartagena sobre Seguridad en la Biotecnología, que se viene realizando en Bonn (Alemania), por el Dr. Alexander Grobman se opuso a la aprobación de un instrumento internacionalmente vinculante sobre Responsabilidad y Compensación por daños a la salud y al ambiente que puede generar los Organismos Vivos Modificados (OVM’s). Además este representante desconoce la aplicación del Principio Precautorio en el marco del Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología. Esta posición del país es sumamente grave para el Perú y para los países andinos que son centro de origen y biodiversidad de cultivos de importancia mundial como la papa, maíz, yuca, camote, ajíes, frijoles, algodón, entre otros; porque no podrán contar con un instrumento jurídicamente vinculante que proteja y sancione en caso de producirse contaminación al ambiente o daños a la salud por la liberación de OVM’s. Además esta posición expresada por la delegación peruana, se contrapone y desdice lo acordado por las autoridades competentes en sus grupos de trabajo que fue presentado en el Consejo Nacional del Ambiente (CONAM) en marzo de este año, donde participaron autoridades y representantes de la sociedad civil. Asimismo nos preocupa los mecanismos seguidos por el gobierno para designar a un representante como el Dr. Grobman que tiene una posición claramente definida a favor de la liberación y promoción de los OVM’s, y que no recoge las diferentes propuestas que diversas instituciones públicas y privadas han manifestado sobre este tema. Además cuestionamos la legitimidad de su representación ante estas instancias de negociación internacional porque no garantiza la defensa de los intereses del país. Por este motivo hacemos un llamado a la Cancillería, CONAM, INIA, DIGESA y a otras autoridades competentes, así como a los Congresistas de la República preocupados por proteger y resguardar nuestra biodiversidad para que actúen de manera inmediata y que retiren a este representante de la delegación peruana. Del mismo modo se rectifique la posición peruana, solicitando la aprobación de este instrumento vinculante que proteja la biodiversidad y la salud de nuestra población. Fuente: biodiversidadla.org/content/view/full/41092
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