PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO: NEGOCIADO ADJUDICACIÓN: CON PUBLICIDAD

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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PROCEDIMIENTO: NEGOCIADO ADJUDICACIÓN: CON PUBLICIDAD CONTRATO: SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA EL PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN ARGANDA DEL REY

PRIMERO.- OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato tendrá por objeto la regulación del diseño y desarrollo de las acciones del servicio de atención psicológica dentro del programa de erradicación de la violencia de género, de acuerdo con el convenio firmado con la Dirección General de la Mujer de la Consejería de Empleo y Mujer de la Comunidad de Madrid (CPV 853123002), conforme a las condiciones establecidas en el presente pliego y al pliego de prescripciones técnicas unidas al expediente. SEGUNDO.- CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Se califica este contrato como administrativo especial definido en el artículo 19.b) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la Ley 30/2007; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en cuanto a sus efectos y extinción, las normas de derecho privado. TERCERO.- PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN La forma de adjudicación del contrato será el procedimiento negociado con publicidad, por razón de la cuantía (arts. 153, 158.e) y 162.1. de la LCSP), en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar con uno o varios de ellos las condiciones del contrato, de acuerdo con el artículo 153.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. CUARTO.- ÓRGANO DE CONTRATACIÓN El órgano de contratación será la Concejala Delegada de Economía, Igualdad y Empleo, de conformidad con el Decreto de Alcaldía 41/2010, de 31 de marzo. QUINTO.- RESPONSABLE DEL CONTRATO El responsable para este contrato será Dª Mª Teresa Álvarez-Piñer Méndez, Coordinadora de Mujer, a quien corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las

decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada. SEXTO.- FINANCIACIÓN DEL CONTRATO La financiación del contrato se realizará con cargo a los presupuesto para los añoa 2010 y 2011, quedando condicionado el gasto a la existiencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en dichos ejercicios. SÉPTIMO.- PRECIO DEL CONTRATO El precio máximo del presente contrato asciende a la cantidad de 31.200€/año, exento del Impuesto sobre el Valor Añadido, que los licitadores podrán mejorar a la baja. OCTAVO.- FORMA DE PAGO El pago se efectuará de forma mensual, previa presentación de la correspondiente factura, debiendo estar conformada por el Área de Mujer, y una vez realizada la prestación satisfactoriamente, de conformidad con lo establecido el art. 200 del la Ley 30/2007. La factura reunirá los requisitos establecidos en el Reglamento de 28 de noviembre 1496/2003, por el que se aprueba el Reglamento del IVA, y su pago se realizará teniendo en cuenta lo en la Ley 3/2004, la cual incorpora la Directiva 2000/35/CE. NOVENO.- PERFIL DE CONTRATANTE Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.ayto-arganda.es. DÉCIMO.- LUGAR Y PLAZO DE EJECUCIÓN El plazo de ejecución del presente contrato será del 1 de julio de 2010 al 30 de junio de 2011, pudiendo prorrogarse, por acuerdo expreso de las partes, por 1 año más. La prestación del servicio objeto del contrato se llevará a cabo en el Centro de Salud Municipal “Ernest Lluch”, situado en Camino del Molino, nº 5 de Arganda del Rey. DÉCIMO PRIMERO.- CAPACIDAD PARA CONTRATAR Están capacitados para contratar con el sector público las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional en los términos que se especifican en la cláusula XIII, A) 3. de entre los señalados en los arts. 64 y 67 de la Ley 30/2007. La Administración podrá contratar con uniones de empresas que se constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en Escrituras Públicas hasta que se haya efectuado la adjudicación del contrato a su favor, las cuales responderán solidariamente ante la Administración y ante la cual nombrará un representante u apoderado único.

DÉCIMO SEGUNDO.- GARANTÍAS Al amparo de lo dispuesto en el art. 83.1 de la Ley 30/2007, y de conformidad con la justificación que figura en la solicitud de inicio del expediente, se dispensa del depósito de la garantía definitiva. DÉCIMO TERCERO.PROPOSICIONES, DOCUMENTOS Y PLAZO DE PRESENTACIÓN El expediente de este contrato, con las condiciones y demás elementos, podrá ser examinado en el departamento de contratación de este Ayuntamiento, de 8,30 a 15,00 horas, durante el plazo de presentación de ofertas. Las proposiciones se presentarán en el Registro General de Entrada en horario de 8,30 a las 19,30 horas, de lunes a viernes y de 9,30 a 13,30 horas, los sábados, durante el plazo de presentación de ofertas. Las proposiciones podrán presentarse además en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida. Las propuestas se presentarán en tres sobres cerrados, en los que figurará la denominación del contrato y el nombre del contratista, CIF, Tfno y fax. Sobre A, denominado de documentos, expresará la inscripción: Documentos generales para optar al procedimiento negociado sin publicidad convocado para la adjudicación del contrato SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA EL PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO y contendrá los siguientes documentos (en original o fotocopia compulsada): 1. Documento o documentos que acrediten la personalidad del empresario y la representación, en su caso, del firmante de la proposición, consistentes: 1.1. Documento Nacional de Identidad del licitador cuando se trate de personas físicas o empresarios individuales, por fotocopia de quien ostente la representación pública administrativa; fotocopia del CIF y escritura de constitución de la Sociedad Mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, cuando el empresario fuera persona jurídica. 1.2. Poder Bastanteado por el/la Secretario/a de la Corporación, por los Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, notarios o por Letrados en ejercicio en ámbito del Colegio Profesional Provincial, cuando se actúe por representación.

1.3. En caso de concurrir a la licitación varias empresas, constituyendo una unión temporal, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, indicando los nombres y circunstancias de los empresarios que suscriben las proposiciones, la participación de cada una de ellas, designando la persona o Entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la representación de la unión ante la Administración. 1.4 Se indicará claramente la dirección del licitador, el número de teléfono de contacto y el número de fax o dirección de correo electrónico a efectos de notificación de posibles incidencias. 2. Prueba que acredite la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por cualquiera de los medios previstos en el art. 62 de LCSP, incluyendo la manifestación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, sin perjuicio de que la justificación acreditativa de tal requisito deba presentarse, antes de la adjudicación definitiva, por el empresario a cuyo favor se vaya a efectuar ésta. 3. Acreditación de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, por los siguientes medios de los recogidos en los artículos 64 y 67 de la LCSP: 3.1.- Declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales 3.2.- Titulación académica y profesional de la persona responsable de la ejecución del contrato. 3.3.- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que incluya importe, fechas y destinatario, público o privado de los mismos. 4.- Documentación que acredite, en su caso, la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2% de la misma. En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tenga en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100 de la misma. Cada licitador únicamente podrá presentar una sola proposición y una vez entregada no podrá ser retirada bajo ningún concepto. Tampoco podrá suscribirse ninguna propuesta de unión temporal con otros, si lo ha hecho individualmente o figura en más de una unión temporal. Sobre B, denominado proposición económica y técnica, se ajustará al modelo contenido en el Anexo I y se presentará cerrado pudiendo ser lacrado y precintado y deberá tener la siguiente inscripción: Proposición económica para optar al procedimiento negociado convocado para la adjudicación del contrato de SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA EL PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Contendrá los siguientes documentos: - Oferta económica ajustada al modelo contenido en el Anexo I.

-

Se incluirán en este sobre los documentos que permitan la valoración de las ofertas que deban evaluarse mediante la aplicación de una fórmula.

Sobre C denominado proposición técnica, expresará la inscripción: Proposición técnica para optar al procedimiento negociado con publicidad convocado para la adjudicación del contrato SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA EL PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO. Incluirá un proyecto detallado de la actividad, así como los documentos que sean precisos para la valoración de los criterios que dependan de un juicio de valor. Los datos que sean facilitados por cualquier dependencia municipal tendrán un mero carácter informativo, sin que su conocimiento o utilización pueda implicar o servir de base al reconocimiento de algún derecho o preferencia al ejercicio de cualquier tipo de reclamación. DÉCIMO CUARTO.- BASTANTEO DE PODERES Cuando los poderes y documentos se presenten para su bastanteo por la Secretaria de la Corporación, Letrados Municipales, Técnicos de Administración General licenciados en derecho, deberá hacerse, como mínimo, una hora antes del cierre de atención al público y de presentación de propuestas, en días laborables, excepto sábados, previo pago de a correspondiente tasa. DÉCIMO QUINTO.- NEGOCIACIÓN Y VALORACIÓN DE LAS OFERTAS NEGOCIACIÓN: A la vista de las ofertas presentadas, si el órgano de contratación estimase que pueden ser mejorados algunos de los aspectos susceptibles de negociación podrá acordar habilitar al servicio promotor de los trabajos para iniciar con las empresas seleccionadas las consultas y negociaciones tendentes a la formación del contrato, pudiendo negociarse únicamente los aspectos de negociación que se relacionan a continuación: • •

Proyecto presentado: desarrollo, actividades, contenido, etc. Organización de actividades complementarias.

Una vez fijadas por escrito, definitivamente las ofertas de los licitadores, la adjudicación del contrato se efectuara mediante la valoración de los criterios de adjudicación que se especifican a continuación: VALORACIÓN: Para la valoración de las ofertas y la determinación de la económicamente más ventajosa se atenderá a los siguientes criterios: •

Criterios que pueden evaluarse mediante la aplicación de una fórmula: Se otorgará hasta un máximo de 1 punto por hasta un 1% de baja en el precio de licitación (pudiendo dividirse en décimas). Por mejora en cuanto a la prestación del servicio: hasta un máximo de 8 puntos: Por la organización de otras actividades complementarias relacionadas con el objeto del contrato con enfoque de género,

concreción de objetivos, metodología, definición del grupo a que se dirija: hasta 3 puntos. Por la duración de las mismas, 0’25 punto por hora, hasta un máximo de 5 puntos. Por cada 6 meses de experiencia en atención o programas específicamente destinados a mujeres, por encima de tres año mínimo, 0,50 puntos hasta 5 puntos (no se tendrán en cuenta contratos de menos de 6h semanales). •

Criterios que dependan de un juicio de valor: Por el proyecto presentado. Propuesta temporalizada y desarrollada con (22 hojas máximo) con enfoque de género, lenguaje no sexista, objetivos y metodología desarrollados: hasta un máximo de 6 puntos.

DÉCIMO SEXTO.- MESA DE CONTRATACIÓN La Mesa de Contratación estará constituida del modo siguiente: Presidentae: Dª Sonia Pico Sánchez, Concejala Delegada de Economía, Igualdad y Empelo, o persona que le sustituya. -Vocales:

- Dª Mª Teresa Álvarez-Piñer Méndez, Coordinadora de Mujer o persona que le sustituya. - Dª Catalina Teja Artiel, Jefa de laUnidad de Salud o persona que la sustituya. - La Secretaria General o persona que le sustituya. - La Interventora General o persona que le sustituya.

Secretario/a: Jefa del Servicio de Admón. Gral. o persona que le sustituya. DÉCIMO SÉPTIMO.- APERTURA DE PROPOSICIONES. La apertura de los sobres que contengan la documentación administrativa tendrá lugar al día siguiente hábil al de finalización del plazo de presentación de ofertas. Si se observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, se comunicará verbalmente, mediante fax u otro medio que permita la constancia de la comunicación, para que en un plazo no superior a tres días hábiles, los licitadores los corrijan o subsanen. Una vez calificada la documentación y subsanados los defectos u omisiones de la documentación, se determinará las empresas que se ajustan a los criterios de selección, pronunciándose sobre los admitidos, los rechazados y las causas del rechazo. Una vez realizadas estas actuaciones, tendrá lugar la apertura de las ofertas económicas observándose en su desarrollo las formalidades previstas en el artículo 83 del RGLCAP.

Antes de que se abran los sobres que contienen las ofertas económicas, se valorarán los aspectos técnicos de las ofertas a que se refiere la documentación contenida en el Sobre C. DÉCIMO OCTAVO.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO PROVISIONAL- El Órgano de Contratación adjudicará provisionalmente el contrato dentro los dos meses siguientes a la apertura de proposiciones económicas, conforme al art. 145.2 de la Ley 30/2007, publicándose en el perfil de contratante y notificándose a los candidatos o licitadores (art. 135.3 Ley 30/2007). DEFINITIVA.- La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique en el Perfil de contratante. Durante este plazo, el adjudicatario provisional deberá aportar los documentos acreditativos de estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y cualesquiera otros que conforme al art. 53.2 de la LCSP pudiera reclamar el órgano de contratación. La acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social ante el órgano de contratación se realizará de acuerdo con lo siguiente: - Obligaciones tributarias: a) Original o copia compulsada del alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto beberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. b) Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración

Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Arganda del Rey. L

Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación. - Obligaciones con la Seguridad Social: c) Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. El contrato se otorgará con una sola persona entidad; no obstante, podrá concertarse con dos o más personas si se obligaran solidariamente respecto al Ayuntamiento, cuyos derechos frente a las mismas serán, en todo caso, indivisibles. DÉCIMO NOVENP.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO La formalización del contrato en documento administrativo se efectuará dentro de los diez días hábiles siguientes a contar desde la fecha de la notificación de la adjudicación definitiva; constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. El contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. El contratista, además del contrato, deberá firmar el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas, si no estuviera incorporado al mismo. VIGÉSIMO.- GASTOS A CARGO DEL ADJUDICATARIO Serán de cuenta del adjudicatario los siguientes gastos: a) Los de anuncios que genere el procedimiento y los preparatorios y de formalización del contrato. b) Los tributos estatales, municipales y regionales que deriven del contrato. c) Asumir el pago del IVA, d) Gastos de transporte, seguro y demás hasta el lugar de la entrega. e) Los de formalización pública del contrato de adjudicación. VIGÉSIMO PRIMERO.- REVISIÓN DE PRECIOS El precio del contrato se revisará anualmente, en caso de prórroga, de acuerdo con el incremento del IPC del año inmediatamente anterior. VIGÉSIMO SEGUNDO.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de minusválidos y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero. La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto profesional respecto a los datos de carácter personal de los que haya podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato, obligación que subsistirá aún después de la finalización del mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre de 1999 y su normativa de desarrollo.

VIGÉSIMO TERCERO.-RESOLUCIÓN DEL CONTRATO El contrato podrá extinguirse por alguna de las causas de resolución anunciadas en los arts. 206 y 284 de la Ley 30/2007. VIGÉSIMO CUARTO.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN. El órgano de contratación, de conformidad con el artículo 194 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, ostenta las siguientes prerrogativas: a) Interpretación del contrato. b) Resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento. c) Modificación del contrato por razones de interés público. d) Acordar la resolución del contrato y determinar los efectos de ésta. VIGÉSIMO QUINTO.- JURISDICCIÓN COMPETENTE El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será competente para resolver las cuestiones litigiosas surgidas sobre la preparación y adjudicación de este contrato. Los juzgados y tribunales civiles de Arganda del Rey serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Arganda del Rey a 20 de abril de 2010.

Fdo.: Sonia Pico Sánchez Concejala Delgada de Economía, Igualda y Empleo

ANEXO I

MODELO DE PROPOSICIÓN

D. _________________________, con domicilio a efectos de notificaciones en _____________, c/ ____________________, n.º ___, con DNI n.º _________, en representación de la Entidad ___________________, con CIF n.º ___________, enterado del expediente para la contratación del SERVICIO DE ATENCIÓN PSICOLÓGICA PARA EL PROGRAMA DE ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO mediante procedimiento negociado, con publicidad, hago constar que conozco el Pliego de condiciones administrativa y el pliego de condiciones técnicas que sirven de base al contrato y los acepto íntegramente, tomando parte de la licitación y comprometiéndome a llevar a cabo el objeto del contrato por un importe de________ euros (exento de IVA).

En ____________, a ___ de ________ de 20__.

Firma del licitador

ANEXO II (MEMBRETE DE LA ENTIDAD AVALISTA)

La Entidad( razón social de la Entidad de crédito o Sociedad de Garantía Recíproca), NIF, con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en ; y en su nombre, D. con D.N.I , con poderes suficientes para obligarse por este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento AVALA A D. , con domicilio en ______________________________________________________________y provisto de D.N.I o C.I.F _____________________ ante el Ayuntamiento de Arganda del Rey por la cantidad de (en letra) ……………………………………………………………….. (………………….. €) euros para responder de las obligaciones del avalado consistentes en: ( Determinación exacta del objeto de la obligación garantizada por el aval ) La entidad avalista declara bajo su responsabilidad que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. De la cantidad expresada responde la entidad avalista de forma solidaria con el avalado, renunciando expresamente a la utilización del beneficio de excusión y con compromiso de pago a primer requerimiento del Ayuntamiento de Arganda del Rey con sujeción a los términos previstos en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria. El presente Aval tendrá validez en tanto en cuanto el Ayuntamiento de Arganda del Rey no autorice su cancelación o devolución de acuerdo con lo establecido en la Legislación de Contratos de las Administraciones Públicas y legislación complementaria. ( Lugar Y Fecha ) ( Razón Social de la Entidad) (Firma de los apoderados) BASTANTEO DE PODERES POR LA ABOGACÍA DEL ESTADO Provincia Fecha Número o Código

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