PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO PARA LA FUNDACIÓ BALEAR D INNOVACIÓ I TECNOLOGIA, Bit

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO PARA LA FUNDACIÓ BALEAR D’ INNOVACIÓ I TECNOLOGIA, Bit. 1- OBJE

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE UN SERVICIO DE PREVENCIÓN AJENO PARA LA FUNDACIÓ BALEAR D’ INNOVACIÓ I TECNOLOGIA, Bit. 1- OBJETO DEL CONTRATO Contratación de un Servicio de Prevención Ajeno de acuerdo a lo establecido en la Ley de Prevención (Ley 31/95 de 8 de noviembre), en el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997, de 17 de enero) y, en sus posteriores modificaciones, para las especialidades de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología Aplicada y Vigilancia de la Salud. La prestación del servicio se realizará con arreglo a los requerimientos y condiciones que se estipulan en el presente pliego de condiciones. 2- ÁMBITO DE APLICACIÓN Los servicios que se contratan alcanzarán a los dos centros de trabajo de que dispone la Fundació Bit: Calle Laura Bassi, Centro Empresarial Son Español-07121 Palma Y, a todos los trabajadores de la Fundació Bit, incluidos en la relación de puestos de trabajo (Anexo I). El total a 31 de enero es de 259 trabajadores. 3- CONDICIONES GENERALES El Servicio de Prevención, con el que se concierte, deberá estar acreditado como Servicio de Prevención Ajeno en todas las disciplinas técnicas y para la Medicina del Trabajo por la Autoridad Laboral y Sanitaria de las Comunitat de les Illes Balears, dotado de la infraestructura necesaria en medios materiales y recursos humanos, contando con una clínica propia para la realización de la vigilancia de la salud. 3.1 RELACIÓN DE SERVICIOS INCLUIDOS Además de a la legislación vigente, en todas las especialidades, se estará a lo dispuesto en el Convenio colectivo de ámbito estatal del sector de contact center (artículos 57 y siguientes). 3.1.1 ESPECIALIDADES DE SEGURIDAD, PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA.

HIGIENE,

ERGONOMÍA

Y

Asesoramiento y apoyo para el diseño, implantación y aplicación del plan de prevención de riesgos laborales que permita la integración de la prevención en la Fundació. Elaboración de las evaluaciones iniciales de riesgos en las disciplinas contratadas, así como las evaluaciones periódicas que sean necesarias. Página 1 de 7

Propuesta, control y seguimiento de la planificación de la actividad preventiva. Estudio de las necesidades formativas de los trabajadores. Desarrollo de actuaciones formativas e informativas específicas de los puestos de trabajo. Elaboración de medidas de actuación ante emergencias y desarrollo de actividades para la implantación de planes de emergencia, basándose en los factores de riesgos presentes en los centros de trabajo o en la actividad que se desarrolla. Se planificarán las actuaciones a seguir para dar cumplimiento a los establecido en el artículo 20 de la Ley 31/ 1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. Controles técnicos periódicos según condiciones de trabajo y actividad, y observaciones técnicas planeadas. Estudio de condiciones ambientales de los lugares de trabajo (medición y análisis de contaminantes químicos, físicos y biológicos). Diseño y planificación de las oportunas estrategias de medición que se deduzcan de las evaluaciones de riesgos. Propuesta y elaboración de la Programación Anual y de las correspondientes Memorias descriptivas de las Actividades Desarrolladas. Asesoramiento permanente en materia de derechos y obligaciones, responsabilidades y sanciones y coordinación empresarial. Investigación de todos los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Seguimiento estadístico de los mismos. Estudios de siniestralidad y daños de la salud. Elaboración de propuestas de mejora. Creación de archivos documentales y puesta a disposición de la Fundació Bit conforme a la legislación vigente. Asistencia técnica ante la Inspección de Trabajo u Organismo competente. Los informes técnicos se entregarán a la Fundació, como máximo, en el plazo de dos meses desde la realización de la toma de datos. Dicho plazo podrá ser recortado ante circunstancias de especial urgencia. 3.1.2 VIGILANCIA DE LA SALUD Realización de la Memoria y Programación anual de actividades de diseño y preparación de protocolos sanitarios específicos según actividad. Control y registro de accidentes de trabajo y enfermedades. Estudios epidemiológicos. Formación e información en materia de primeros auxilios. Estudios y valoración de los riesgos de los que pueden afectar al personal especialmente sensible. Colaboración con el Sistema de Nacional de Salud. Elaboración y custodia de la documentación a disposición de la Autoridad Laboral y Sanitaria. Visitas a la Fundació para el diagnóstico de las condiciones de trabajo cuando ello fuera necesario a criterio médico. Página 2 de 7

Los exámenes médicos se realizarán: Iniciales al trabajo Iniciales tras la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud Periódicos Tras ausencia prolongada al trabajo por motivos de salud Al término de determinadas tareas que se encuentren recogidas en la normativa específica El examen de salud incluirá: EXAMEN DE SALUD BÁSICO Filiación e identificación del trabajador Anamnesis (antecedentes personales de relevancia, anamnesis por aparatos y sistemas) Pruebas complementarias (Peso, talla, IMC, Tensión arterial, Control de Visión, Audiometría, Espirometría, Electrocardiograma) Exploración médica Análisis de sangre y orina: Las pruebas analíticas se compondrá de un perfil analítico normalizado para pruebas biológicas que contendrán la realización de : ANALÍTICA DE SANGRE Hematología elemental: Fórmula, recuento, velocidad de sedimentación Bioquímica: Glucosa, ácido úrico, colesterol total, HDL, LDL, VLDL, triglicéridos, índice de aterogenicidad, GOT, GPT, Gamma GT, bilirrubina total, creatinina, fosfatasa alcalina y proteínas totales. ANALÍTICA DE ORINA Elementos anormales Sedimento EXAMEN DE SALUD ESPECÍFICO Dependiendo del puesto de trabajo y de los riesgos asociados a los mismos, se efectuarán las pruebas necesarias y adecuadas para complementar el examen médico básico según los protocolos de vigilancia sanitaria específica: Cuestionario específico de preguntas Exploración pormenorizada: física general y dirigida a la detección de repercusiones de riesgos específicos conocidos. Exploración complementaria pormenorizada: Pruebas complementarias específicamente orientadas a la detección de patología profesional. Analítica de sangres y/o orina específica: control biológico u otros parámetros marcadores de exposición, y estudios complementarios en función de los riesgos inherentes al trabajo.

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Todos los exámenes de salud se complementarán con un informe médico personalizado dirigido al trabajador, donde se recogerán las conclusiones y recomendaciones sobre salud, garantizando siempre, la confidencialidad médica. La Empresa será informada de las conclusiones que se deriven de los reconocimientos efectuados en relación con la aptitud del trabajo para el desempeño del puesto de trabajo o con la necesidad de introducir o mejorar las medidas de protección y prevención, a fin de que se puedan desarrollar correctamente sus funciones en materia preventiva con una periodicidad de: TODOS LOS RECONOCIMIENTOS, como máximo un mes desde la fecha de realización del reconocimiento. El personal sanitario analizará los resultados de los exámenes de salud con criterios epidemiológicos, colaborando con el resto del equipo del Servicio de Prevención para investigar posibles relaciones entre la exposición a dichos riesgos y los daños a la salud, así como proponer medidas encaminadas a mejorar las condiciones de trabajo. Las conclusiones del análisis y las recomendaciones que el Servicio de Prevención estime oportunas se recogerán en un informe que la empresa recibirá con periodicidad anual. En cumplimiento de la obligación empresarial de colaborar con el Sistema Nacional de Salud, recogida en el artículo 23 de la Ley 31/1995 , el Servicio de Prevención colaborará con los servicios de atención primaria de salud y de asistencia sanitaria especializada para el diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de enfermedades relacionadas con el trabajo , y con las Administraciones sanitarias competentes en la actividad de salud laboral que se planifique , siendo las unidades responsable de salud pública del Área de Salud, que define la Ley General de Sanidad, las competencias para la coordinación entre los servicios de prevención que actúen en esa área y el sistema financiero. Esta coordinación será desarrollada por las Comunidades Autónomas en el ámbito de sus competencias. 3.1.3 PROMOCIÓN DE LA SALUD De forma coordinada con la Fundació se realizarán campañas de promoción de la salud respecto a riesgos profesionales y hábitos de vida saludables. 4- FORMACIÓN-INFORMACIÓN Se elaborarán materiales informativos (fichas, trípticos, folletos, carteles...) según los riesgos existentes en los puestos de trabajo para todas las especialidades concertadas (Seguridad, Higiene, Ergonomía, Psicosociología Aplicada y Vigilancia de la Salud). La formación a realizar se centrará en los riesgos específicos del puesto de trabajo, adaptándose a la evolución de los riesgos y a la aparición de otros nuevos. Tendrá carácter presencial y se complementará con la entrega de materiales divulgativos específicos. 5- RECURSOS MATERIALES Y HUMANOS Página 4 de 7

El Servicio de Prevención Ajeno deberá contar con las instalaciones y los recursos materiales y humanos suficientes y adecuados que le permitan desarrollar adecuadamente la actividad preventiva concertada, teniendo en cuenta las consideraciones específicas de la Fundació Bit. Deberá disponer de equipos sanitarios móviles para el desarrollo de la actividad de vigilancia de la salud con material adecuado en relación con los principales riesgos derivados del trabajo. 6- L.O.P.D. En aplicación de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/99 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD) y en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Medidas de Seguridad, resulta necesaria la formalización de un contrato específico para el tratamiento de los datos relativos a las personas físicas. El Servicio de Prevención Ajeno como encargado del tratamiento del fichero, adoptará las medidas de índole técnica y organizativas, que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural, de acuerdo a lo dispuesto en el Real Decreto 1720/2007 de 21 de diciembre, o norma que lo sustituya. El Servicio de Prevención Ajeno con el que se concierte el servicio deberá firmar el contrato que se adjunta (Anexo II)

7- DURACIÓN La duración del contrato será de 24 meses.. 8- OFERTA La valoración de la oferta se realizará conforme a los siguientes criterios, de acuerdo con los establecido en la clausula 16 del pliego de cláusulas particulares de la presente licitación. REQUISITOS ECONÓMICOS Baremación de 0 a 6 puntos (incluidos decimales) Para valorar la oferta económica se aplicará la siguiente formula donde: • P corresponde a la puntuación. • PM corresponde al precio de la oferta más alta. • PMIN corresponde al precio de la oferta más baja. • PO corresponde a la oferta a valorar. Página 5 de 7

 PM − PO  P= ×6  PM − PMIN 

MEJORAS PLIEGO TÉCNICO

1) Campañas de promoción de la salud (1 punto, 0,33 por el cumplimiento de cada una de las siguientes campañas): a) Vacunación gripe estacional (hasta 15 trabajadores). b) Jornada formativa en hábitos de vida saludables (Duración mínima de 2 horas, hasta 40 trabajadores por año). c) Jornada formativa en higiene postural (Duración mínima de 2 horas, hasta 40 trabajadores por año). 2) Formación en conducción segura (Teórico-práctica. Hasta 10 trabajadores por años. Hasta 2 puntos 3) Formación en DESA (desfibrilador semiautomático) Hasta 5 trabajadores primer año y segundo año acción de refresco al mimo número de alumnos. Hasta 0,5 puntos 4) Certificación ISO 9001 en vigor. 0,5 puntos

ANEXO I RELACIÓN PUESTOS DE TRABAJO TÉCNICOS DE GRADO SUPERIOR TÉNICOS DE GRADO MEDIO TÉCNICOS DE SISTEMAS Página 6 de 7

OPERADORES DE ORDENADORES OPERADORES ORDENADOR IN-SITU ADMINISTRATIVOS DIRECTOR TÉCNICO GERENTE VIGILANTE PERSONAL LIMPIEZA JARDINERO PERSONAL MANTENIMIENTO ANALISTAS JEFES DE ÁREA DISEÑADOR WEB OPERADOR DE ORDENADOR CAU TÉCNICOS CALL CENTER TÉCNICOS DE SISTEMAS RESPONSABLES CAU OFICIAL 1ª RESPONSABLE INNOVACIÓN TÉCNICO DE INNOVACIÓN COORDINADOR ÁREA CONSULTOR SENIOR GESTOR CONSULTOR CONSULTOR JUNIOR EXPERTO SENIOR JEFE DE GESTIÓN JEFE DE PROYECTO TÉCNICO

CALL CENTER TELEOPERADORES COORDINADORES CALL CENTER GESTORES CALL CENTER SUPERVISORES CALL CENTER RESPONSABLES SERVICIOS CALL CENTER

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