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11 JUSTIFICACIÓN El proceso de liberalización de la energía eléctrica, que comenzó con la obligatoriedad de contratación en el mercado libre de los contratos de alta y media tensión ha continuado incrementando el número de suministros que deben introducirse en el mercado libre, como consecuencia de la desaparición de la tarifa regulada para los contratos de baja tensión con potencia superior a 10 kw, gracias a la entrada en vigor del Real Decreto 485/2009. Esta obligación se convierte en una oportunidad para los suministros eléctricos de baja tensión con potencia superior a 10 kw, ya que la posibilidad de contratar en mercado libre garantiza la competencia entre empresas suministradoras que podrán aportar mejores tarifas para los consumos eléctricos. En el año 2014, Diputación de Ávila realizó el contrato necesario, en base a lo establecido por dicha ley, de forma que el consumo de energía eléctrica de la administración se ha producido en base a los requisitos de dicha legislación, con un contrato anual que caduca el 21 de marzo de 2015. En los últimos años, se ha constatado que para los contratos de potencia inferior a 10 kW se pueden conseguir precios más interesantes en el mercado libre que en el mercado regulado, por lo que se decide contratar estos contratos mediante la forma en que hasta ahora se han contratado los de más de 10 kW. Es por esto por lo que la Diputación de Ávila convoca el proceso de contratación para las tarifas eléctricas en los puntos de consumo que tiene a su nombre para que sean suministrados por la empresa que resulte adjudicataria a partir de la fecha de vencimiento del contrato anterior. 11 OBJETO DEL CONTRATO El contrato al que se refiere el presente pliego tiene por objeto la contratación del suministro de energía eléctrica para los siguientes edificios y centros de la Diputación Provincial de Ávila: Centro Residencial Infantas Elena y Cristina C/ Santo Tomás 2, bajo 1 C/ Puente Sancti Spiritu, 26, bajo 1 Ávila C/ Sancho Dávila, 4, bajo 2. Ávila
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Alberto López Casillas (1 de 1) Técnico APEA Fecha Firma: 03/12/2014 HASH: 671bda60e2a84e92e44c4090ae661dd7
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS PARA SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN LOS PUNTOS DE CONSUMO DE DIPUTACIÓN DE ÁVILA
Paseo Dos de Mayo, 8 bajo 1. Ávila Casa Rural Villafranca de la Sierra Puerto Chía, Villafranca de la Sierra Carretera Navalonguilla, Barco de Ávila Urbanización Los Lagares 10, Arenas de San Pedro C/ Ramón y Cajal 21 bajo, Fontiveros Fundación Cultural Santa Teresa C/ Canteros s/n La relación de puntos de suministro podrá verse reducida durante el tiempo de duración del contrato por anulaciones de contrato o por unificación de algunos de ellos, sin que ello suponga penalización de ningún tipo para la Diputación. Dichos cambios deberán comunicarse con anterioridad a la empresa adjudicataria. En el anexo 1 se adjuntan las características de cada uno de los puntos de suministro. 11 DURACIÓN DEL CONTRATO
A partir de la notificación de la adjudicación definitiva del contrato, el Adjudicatario realizará todas las gestiones necesarias para realizar el servicio de suministro de energía eléctrica, no pudiéndose superar los treinta días hábiles desde la notificación de la adjudicación definitiva del contrato hasta el suministro efectivo del servicio, salvo justificación de retrasos injustificados no imputables a la comercializadora, aunque será esta última quien deberá solventar los problemas que pudieran existir con la distribuidora. Si no se cumpliera el anterior requisito, el adjudicatario deberá abonar a la Diputación de Ávila la diferencia de precio entre el pago realizado y el que se hubiera realizado con los precios del contrato. De cualquier modo, en ningún caso se cortará el suministro eléctrico en los puntos de consumo. 11 PRESUPUESTO DEL CONTRATO El presente contrato se refiere a los siguientes puntos de conexión, en los que se establece el presupuesto de cada uno de ellos: Centro Residencial Infantas Elena y Cristina. C/ Santo Tomás 2, bajo 1
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El presente contrato regula el suministro de energía eléctrica durante un año y 10 días a partir del 21 de marzo de 2015, hasta el 31 de marzo de 2016, con el objetivo de poder emitir facturas que se correspondan con meses completos desde el mes de abril de 2015.
C/ Puente Sancti Spiritu, 26, bajo 1 Ávila C/ Sancho Dávila, 4, bajo 2. Ávila Paseo Dos de Mayo, 8 bajo 1. Ávila Casa Rural Villafranca de la Sierra Puerto Chía, Villafranca de la Sierra Carretera Navalonguilla, Barco de Ávila Urbanización Los Lagares 10, Arenas de San Pedro C/ Ramón y Cajal 21, bajo, Fontiveros Fundación Cultural Santa Teresa. C/ Canteros s/n Con esos puntos de suministro, el valor estimado de este contrato es de 161.938,72 € (IVA excluido), con el siguiente detalle: Presupuesto del contrato, IVA excluido: 21% de IVA:
161.938,72 € 34.007,13 €
Importe total del contrato, IVA incluido:
195.945,85 €
El precio máximo de licitación es el siguiente (SIN INCLUIR IMPUESTOS): Término de potencia
Alquiler suministros)
de
equipos
de
medida
(promedio
de
los
Tarifa 3.1.A 40 €/mes Tarifa 3.0.A 20 €/mes Tarifa 2.1.A 2 €/mes Tarifa 2.0.A. 2 €/mes Término de energía Tarifa 3.1.A o Punta 12,66127 c€/kWh o Llano 11,47056 c€/kWh o Valle 8,09589 c€/kWh
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El regulado por la normativa de referencia, actualmente en el Anexo 1 de la Orden IET/107/2014, de 31 de enero, por la que se revisan los peajes de acceso de energía eléctrica para 2014, o la normativa que la sustituya en el momento de presentar la oferta.
Tarifa 3.0.A o Punta 14,64594 c€/kWh o Llano 11,88755 c€/kWh o Valle 8,05322 c€/kWh Tarifa 2.1.A 18,22831 c€/kW·día Tarifa 2.0.A. 17,80373 c€/kW·día Como quiera que el modelo de oferta económica que se une al presente pliego especifica la necesidad de determinar los importes unitarios de los conceptos que en ella se definen, constituirá el precio cierto del contrato el importe reflejado para cada uno de ellos, sin perjuicio de que el presupuesto reflejado en el apartado anterior opere como cuantía máxima a que se obliga el contratante como consecuencia de la ejecución de este contrato. No obstante, si una actualización no prevista de los precios regulados que afectan al coste del kWh conllevara un incremento en el precio de las cuantías máximas anteriores, deberá justificarse la presentación de una oferta más alta, y quedará a criterio de la mesa la aceptación de superar dicho importe máximo.
Atendiendo a la naturaleza del suministro, supeditado a las necesidades que demande el contratante durante el plazo de ejecución previsto, los cálculos de consumo de energía que se aportan en el Anexo I se entenderán siempre como orientativos, de forma que la cuantía máxima ofertada operará como importe límite al que queda obligada la parte contratante, sin que en ningún caso ésta esté obligada a abonar la totalidad de dicho coste máximo, sino aquel que resulte de aplicar los importes unitarios ofertados a las cantidades realmente suministradas, conforme al proceso de ejecución que se prevé en este pliego. El pago del precio se efectuará en función de los consumos efectivos y según los precios unitarios ofertados por el adjudicatario en su proposición económica, teniendo en cuenta el consumo y precio por franja horaria. El pago se realizará a mes vencido, para cada uno de los puntos de suministro objeto de este contrato, una vez que las correspondientes facturas sean detalladas y conformadas por el departamento correspondiente de la parte contratante, de acuerdo en
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En ningún caso la suma de las cantidades abonadas por los suministros efectivamente realizados podrá superar el importe de la oferta total recogida en este pliego. De manifestarse insuficiente la previsión de consumo realizada, y por tanto el importe máximo a satisfacer, el incremento a aprobar será objeto de la oportuna modificación contractual, siempre con carácter previo a la realización de los suministros, cuyos costes unitarios se obliga a respetar el contratista en tal caso hasta la finalización del periodo.
todo caso a las referencias establecidas para este supuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas. En los precios anteriores se incluirá el servicio telefónico de atención y mantenimiento las 24 horas del día en el que se atenderán los problemas asociados a la comercializadora que pudieran surgir. Los precios unitarios ofertados se mantendrán inalterables durante el periodo de duración del contrato, salvo en lo relativo a los conceptos regulados por la administración, que atenderá a las revisiones periódicas publicadas en el B.O.E., y cuyas variaciones deberán comunicarse y justificarse a la Diputación de Ávila con referencia a la normativa que lo modifique, pudiéndose aplicar dicho cambio exclusivamente a la parte del precio del kWh afectado por la modificación correspondiente. De igual modo, si la distribuidora realiza un cambio en el contador que suponga un incremento del precio del alquiler del mismo para la comercializadora, ésta podrá incrementar el precio del alquiler tras la correspondiente justificación a Diputación de Ávila, siempre y cuando ese cambio sea requerido por normativa.. 11 PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN El contrato al que se refiere el presente pliego se adjudicará por procedimiento abierto. Los criterios de valoración, así como su ponderación, previstos para la adjudicación del objeto del presente pliego son:
Puntos de la oferta “x” = 70 – 70 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida 11 Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 3.0.A 2.; 25 puntos máximos. La puntuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas: Puntos de la oferta “x” = 25 – 25 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida 11 Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 2.1.; 4 puntos máximos. La puntuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas: 1
La ponderación para la tarifa 3.1.A resultará de la siguiente fórmula: (Coste kWH PUNTA · 0,27 + Coste kWh LLANO · 0,46 + Coste kWh VALLE · 0,27) 2
La ponderación para la tarifa 3.0.resultará de la siguiente fórmula: (Coste kWH PUNTA · 0,28 + Coste kWh LLANO · 0,60 + Coste kWh VALLE · 0,12)
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11 Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 3.1.A 1.; 70 puntos máximos. La puntuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas:
Puntos de la oferta “x” = 4 – 4 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida 11 Coste unitario del kWh ponderado para tarifa 2.0.; 1 puntos máximos. La puntuación de cada oferta recibida se realizará conforme a la siguiente fórmula, para cada una de las tarifas: Puntos de la oferta “x” = 1 – 1 · (€ de la oferta “x” - € de la mejor oferta recibida)/€ de la mejor oferta recibida 11 Suministro de energía renovable certificada; 5 puntos máximos. La puntuación se otorgará según el porcentaje de energía renovable certificada, otorgándose la máxima puntuación a la que suministre un 100% de la energía en base a este criterio. Tras la aplicación de los criterios anteriores, resultará adjudicataria la empresa con mayor puntuación de entre las ofertas recibidas.
11 OBLIGACIONES TÉCNICAS EN CUANTO A LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO El servicio de suministro deberá realizarlo el adjudicatario para las instalaciones o puntos de suministros recogidos en el anexo I, atendiendo a las condiciones particulares de cada uno de ellos. Los puntos de entrega o suministro de la energía eléctrica serán los correspondientes a los puntos en que se efectúa la medida del consumo de la instalación.
La empresa Adjudicataria queda obligada a prestar el servicio y a suministrar la totalidad de la energía eléctrica que, en cada momento, precisen las instalaciones objeto del contrato, incluso en situaciones especiales de demanda, tanto respecto de la potencia como de la cantidad, continuidad y calidad de las características exigibles a la energía, según la normativa legal vigente o, caso de ser superiores, la que resulte del contrato, con el único límite que venga impuesto por razones técnicas de admisibilidad del suministro por parte de las Instalaciones de la Diputación de Ávila o de la empresa Distribuidora. A los efectos de valoración de la calidad del suministro se atenderá a las exigencias del RD 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, comercialización, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de energía eléctrica, y la orden ECO/797/2002, de 22 de marzo, por la que se aprueba el
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La entrega de la energía eléctrica se entenderá efectuada cuando ésta sea puesta a disposición de la Diputación de Ávila en los citados puntos de consumo.
procedimiento de medida y control de la continuidad del suministro eléctrico, o cualquier otra legislación que las complemente o sustituya. En caso de que se produzca un suministro sin los requisitos de calidad del punto anterior, la comercializadora realizará las gestiones oportunas con la distribuidora para reclamar las posibles indemnizaciones, en nombre y representación de Diputación de Ávila. El comercializador se compromete con la aceptación de este Pliego a informar con la suficiente anticipación de aquellos cortes planificados en la red por motivos técnicos y de solicitar autorización a la parte contratante previamente a los mismos, siempre y cuando éste reciba la información correspondiente por parte de la distribuidora. Todas las referencias legales incluidas en el presente pliego están referidas a la fecha de publicación del mismo, debiendo ser actualizadas en función a la existencia de normativa que la sustituya.
También será obligación del Adjudicatario gestionar y obtener la baja del servicio del suministro actual, sin cargo alguno para la Diputación de Ávila. Todo ello, tendrá que realizarse de forma que no se interrumpa en ningún momento el suministro normal de energía eléctrica. La justificación del porcentaje de suministro de energía renovable se realizará mediante certificado de garantía de origen emitido por la Comisión Nacional de la Energía en el que aparezca la disposición de los kWh objeto de este contrato (anexo I) bajo la denominación de “energía verde” o “energía renovable”.
11 CONDICIONES SUMINISTRO
DE
ENVÍO
DE
INFORMACIÓN
DEL
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Será obligación del Adjudicatario, instalar, adaptar, ceder en arrendamiento a la Diputación de Ávila, verificar, mantener, modificar o sustituir cuando sea necesario, durante toda la vigencia del contrato y retirar, en su caso, a la finalización del mismo, los equipos de medida y comunicación que permitan obtener la información necesaria para la correcta administración del contrato, en relación a las instalaciones o punto de suministro que posea el contrato, todo ello de acuerdo al RD 1955/2000, de 1 de diciembre, así como el RD 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de Puntos de Medida o cualquier otra legislación que sustituya o complemente a las anteriores.
Para gestionar y administrar el suministro, el Adjudicatario del concurso enviará mensualmente, sin cargo alguno para la Diputación, y en el formato que consideren, siempre que sea aceptado por la Diputación, los siguientes datos del suministro: -
Datos identificativos del punto de suministro (identificación del contrato, tarifa, potencia contratada, tensión de suministro).
-
Periodo de consumo.
-
Consumo de energía activa total.
-
Consumo de energía activa por cada período tarifario.
-
Consumo de energía reactiva total.
-
Consumo de energía reactiva por cada período tarifario.
-
Factor de potencia.
-
Potencia máxima demandada en cada período tarifario en los puntos en que exista posibilidad de medida.
-
Detalle de los excesos de potencia producidos para los puntos en que exista posibilidad de medida.
-
Importe de la factura (Precios unitarios, precios totales, impuestos).
-
Curva de carga del suministro, para los puntos en que exista posibilidad de medida.
11 VISITA A LAS INSTALACIONES Se podrá solicitar la visita a las instalaciones si la empresa lo considera oportuno. Para ello, el teléfono de contacto es el 665 790 426 (Pablo Grande) o bien 920 206 230 (Alberto López). 11 CAPACIDAD PARA CONTRATAR Podrán tomar parte en el presente procedimiento abierto las personas jurídicas que no tengan ninguna causa de incompatibilidad en el momento de presentar la propuesta, y que en dicho instante estén dadas de alta en el registro administrativo de comercializadores de energía eléctrica existente en la página Web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio; o bien la empresa tenga capacidad de suministrar energía eléctrica a través de un tercero.
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El envío de todas las facturas se realizará a la dirección Plaza Corral de las Campanas s/n, 05001 Ávila.
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En Ávila
TÉCNICO APEA
(Documento firmado electrónicamente al margen) Alberto López Casillas.
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111 ANEXO I. CARACTERÍSTICAS DE LOS PUNTOS DE CONSUMO
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111 ANEXO II. DATOS A RELLENAR PARA LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA
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