PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

,­ JEFATURA DE 48 SUIGE (RESIDENCIA LOGíSTICA MILITAR "DOS DE MAYO" DE BURGOS) PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS SERVICIO DE RECEPCiÓN DE LA RESIDE
Author:  Eva Rivero Hidalgo

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JEFATURA DE 48 SUIGE (RESIDENCIA LOGíSTICA MILITAR "DOS DE MAYO" DE BURGOS)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

SERVICIO DE RECEPCiÓN DE LA RESIDENCIA LOGíSTICA MILITAR "DOS DE MAYO" DE BURGOS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, REGULADOR DE LA GESTiÓN EN LA CONTRATACiÓN DEL SERVICIO DE RECEPCiÓN DE LA RESIDENCIA LOGfSTICA MILITAR "DOS DE MAYO" DE BURGOS (JEFATURA DE LA 4a SUIGE ) La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA.- OBJETIVO Reforzar el Servicio de Recepción desde el día 1 de enero al 31 de diciembre de 2011. SEGUNDA.- PERSONAL Personal para la prestación del servicio de Recepción como refuerzo y sustitución del personal laboral de los Módulos A y B de esta Residencia. El personal contratado podría coincidir en la sustitución que se tenga que realizar en los dos Módulos a la vez, debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y conocimiento de la misma al órgano de contratación. TERCERA.- PERIODICIDAD

Turnos de sábados a domingo y días festivos durante el periodo establecido para el año 2011.

APOYO Y SUSTITUCiÓN SERVICIO EXTRAORDINARIO DE PERMISOS OFICIALES Y POSIBLES CAUSAS SOBREVENIDAS, (CURSOS, LICENCIAS, ASUNTOS PROPIOS ETC. ) Se incluirán la prestación que por motivo del aumento de ocupación permisos oficiales del personal, cursos, licencias, etc. sea necesaria para apoyo y sustitución. Los días de trabajo serán en función de las necesidades de la UCO, debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y conocimiento de la misma al órgano de contratación.

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CUARTA.- SERVICIOS A REALIZAR Y FRECUENCIAS

POR ORDENADOR

-

Redacción de fax (confirmación o petición de datos) Cuadrante de reservas (continuas altas y bajas) Listado para domiciliaciones Facturación de todo el personal fijo o destinado y transeúnte Contestación escritos sobre consultas. Listado de parking. Listado de personal fijo o destinado y cuadrantes. Control comidas efectuadas por todo el personal fijo y transeúnte. Transcripción de menús diarios. Extractos de llamadas telefónicas en habitaciones.

MANUAL

-

-

-

Fichas de identificación Teléfono para atención y consulta. Recepción y emisión de fax. Reserva de habitaciones, cuadrante y dietario. Atención al público (trato excelente y presencia) Recogida y entrega de llaves. Control de cambios de habitaciones. Atención a la Central de teléfonos todo el edificio. Reserva de parking. Hacer fotocopias. Control y recepción todas las llaves edificio Cobro y entrega al Administrador de facturas en metálico y por tarjeta de crédito. Liquidación diaria (metálico, cheque y tarjetero) Resolución de incidencias y aviso a la Dirección de la Residencia

Esta relación del servicio, es estimativa y podrá ser variada en función de las necesidades de la UCO., debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y conocimiento de la misma al órgano de contratación QUINTA.- RÉGIMEN LABORAL

El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado y admitido por la empresa adjudicataria. El personal que emplee la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de ésta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa.

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~

La incorrección de dicho personal o cualquier otra causa que se estime justificada por parte de la UCO con relación al mismo llevará consigo la sustitución inmediata del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene especialmente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, pondrá a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará el Jefe ó persona designada al efecto de control de personal de la UCO, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia de Contrato de cada uno así como los boletines de cotización a la Seguridad Social. SEXTA.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL.

Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigilancia del servicio, la UCO se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el mismo. En caso de que se produzca algún desperfecto y/ó deterioro tanto en las instalaciones como en los elementos que la componen y esta sea consecuencia de la ejecución del servicio, se la comunicará al encargado de la UCO al respecto, resolviendo este tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria. Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO en los 5 primeros días siguientes del mes cumplido. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria designará un representante a efectos de cumplimiento del contrato, este se relacionará con la UCO a efectos de control, cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan. La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones en la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección.

En Burgos, a 13 de agosto de 2010

e Lagos Beitia

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

Pliego de Prescripciones Técnicas regulador de la gestión en la contratación para APOYO AL SERVICIO DE RESTAURACIÓ.Ñ(SERVICIOS DE CAMAREROS) en la Residencia Logística Militar "González Valles" de San Sebastián. La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- Objeto del contrato.­

La realización del servicio de camareros de cafetería y comedor en la Residencia Logística Militar de San Sebastián SEGUNDA.- Locales y zonas de prestación del servicio.­

Para la prestación del servicio, esta Residencia facilitará a la empresa adjudicataria, los locales e instalaciones, dependencias, mobiliario y utensilios que figuran en el inventario de aquella. No se requiere la realización de obras e instalaciones por el adjudicatario. Los locales y zonas para prestar el servicio serán la cafetería y comedor de la Residencia.

TERCERA.- Personal y horario­

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-UN Camarero dentro de un margen horario de 08,00 horas a 24,00 horas

CUARTA.- Servicios a realizar y frecuencias.­ • Cafetería: ./ Servicio de desayunos. (Diario) ./ Servir aperitivos. (Diario) ./ Servir bocadillos, sándwich, platos combinados, tapas ... (Diario) ./ Despachar cafés, bebidas ... ./ Cualquier otro servicio relacionado con la restauración. (Diario). ./ Limpieza general de cafetería. Suelos y mobiliario. (Diario) ./ Limpieza de Ventanas. (Diario). ./ Limpieza de Contraventanas. (Mensual) • Comedor: ./ Servicio de comidas. (Diario).

Cualquier modificación de áreas de actuación y frecuencia será consensuada entre la Residencia y la empresa adjudicataria. Esta relación del servicio, es estimativa y podrá ser variada en función de las necesidades de la Residencia, debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y al órgano de contratación. QUINTA.- Régimen laboraI.­ El personal necesario para la contratación del servicio será seleccionado y admitido por la empresa adjudicataria, 2

t

dependiendo exclusivamente de ésta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por su empresa, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa. La incorrección de dicho personal o cualquier otra causa que se estime justificada por parte de la Residencia con relación al mismo, llevará consigo la sustitución inmediata del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondan a la empresa en calidad de patrono, se conviene específicamente que serán a su cargo el pago de las Cuotas de la SS, Mutualismo laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados o que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos pondrá a disposición del cliente copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará al Jefe, o persona designada al efecto, de control de personal de la residencia, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de las actividades, así como cualquier variación en el personal que presta el servicio, presentando fotocopia del contrato de cada uno, así como los boletines de cotización a la Seguridad Social. Obligatoriedad, si procede, de la firma de un acuerdo de confidencialidad, por la que se compromete a no revelar ninguna información obtenida como consecuencia de su estancia en la Residencia Militar. Que la Sociedad contratada ejerza una actividad empresarial propia y cuente con un patrimonio y una organización estable. Que la empresa mantenga a sus trabajadores dentro de su ámbito de poder de organización y dirección; conserve con respecto a 3

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ellos los derechos, obligaciones, riesgos y responsabilidades inherentes a su condición de empleador. Que la empresa controle real y de manera efectiva -diaria o semanal al menos - mediante la designación de una persona que actúe como coordinadora de sus trabajadores, verificando cuestiones como horario de entrada y salida, resolviendo sus dudas, asignando y repartiendo trabajo. En definitiva, ejerciendo los poderes de organización y dirección que caracterizan a todo empresano. SEXTA.- Suministro de agua y luz La Residencia pondrá a disposición de la empresa contratada los suministros de agua y energía eléctrica necesarios para la correcta ejecución del servicio.

SÉPTIMA.- Otras condiciones de carácter general.­ Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la Residencia en los cinco primeros días del mes cumplido. En el importe de la cantidad facturada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria designará un representante a efectos de cumplimiento del contrato, quien se relacionará con la Residencia a efectos de control, cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan. La empresa adjudicataria aSUlne el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección.

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El servicio se prestará de forma convincente y eficaz, con arreglo a las técnicas y hábitos del negocio de Seguridad, siendo su prestación obligatoria, sin que pueda existir discriminación alguna, teniendo presente que el servicio se prestará dentro del convenio de las empresas de Hostelería

En San Sebastián, a 05 de Abril de 2010.

El Tte Coronel Director de la Resiaencla

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JEFATURA DE INTENDENCIA DE ADMINISTRACION ECONOMICA DE LA

CUARTA SUIGE. (NOROESTE)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS, regulador de la gestión en la contratación del Servicio de Recepcionista de la Residencia Logrstica Militar de Logrono (La Rioja).

La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes

CLAUSULAS

PRIMERA.- Los trabajos a realizar y los horarios serán los siguientes: HORARIO: Sábados, Domingos y Festivos: De 09,30 h. a 21,30 h.

SEGUNDA.- Personal que presta el servicio: UNO (1).

TERCERA.- SERVICIOS A REALIZAR

DE CARAcTER GENERAL Control de accesos, tanto de personas como de vehículos.

Informar a Residentes de cuantas consultas les solíciten.

Llevar el Libro de Entradas y Salidas de Residentes.

-

Atender a todas las llamadas de teléfono de Recepción. Proteger tanto a las personas como a la propiedad y a toda clase de bienes.

-

Tratar de evitar toda clase de hechos delictivos e infracciones, obrando en consecuencia, de acuerdo con la Legislación vigente. Intervenir en evitación y extinción de incendios, siniestros y accidentes en general según el Plan de Seguridad y los Planes de Emergencia y Autoprotección. Poner en conocimiento de la Dirección cualquier incidente en evitación de cualquier hecho delictivo o atentatorio.

DE CARAcTER PARTICULAR La entrada de personas se realizará exclusivamente por la puerta principal, ante cuyo personal deberá de acreditarse,

sea

residente o

no,

mediante

la

correspondiente documentación. Durante su servicio, atenderá cualquier llamada telefónica y tomará debida nota o aviso, para posterior resolución o información. Recibirá a todo residente que tenga reservado alojamiento, rellenando ficha de entrada y anotación en el libro correspondiente.

-\

CUARTA.- R~G/MEN LABORAL El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado y admitido por la empresa adjudicataria. El personal que emplee la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de ésta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa. La incorrección de dicho personal o cualquier otra causa que se estime justificada por parte de la UCO. con relación al mismo, llevará consigo la sustitución inmediata del personal. Sin

perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa

adjudicataria, en calidad de patrono, se conviene especfficamente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados o que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, pondrá a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará al Jefe o persona designada al efecto de control de personal de la UCO., los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mfnimo de 7 dlas de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia de Contrato de cada uno así como los boletines de cotización a la Seguridad Social.

QUINTA.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigilancia del servicio, la UCO. se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el mismo. En caso de que se produzca algún desperfecto o deterioro tanto en las instalaciones como en los elementos que las componen y sean consecuencia de la ejecución del servicio, se le comunicará al encargado de la UCO. al respecto, resolviendo éste tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria. Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO. en los 5 primeros días del mes cumplido. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente.

La empresa adjudicataria designará un representante a efectos de cumplimiento del contrato, este se relacionará con la UCO. a efectos de control, cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan.

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La el1\presa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección.

SEXTA.- DURACIÓN DEL CONTRA TO De 01de Enero de 2011 a 31 de Diciembre de 2011 (a.i.)

En Logroño a 15 de Septiembre de 2010.

El CoroAéÍDirector

Fdo.: José Ramón GARCíA DE VICUÑA ROJAS

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACiÓN DE

LA PRESTACiÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EDIFICIOS E INSTALACIONES

CLASIFICACiÓN CPV 45259000-7 DE LA RESIDENCIA LOGíSTICA MILITAR DE SALAMANCA

PARA EL PERIODO DE TIEMPO COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2011 Y EL 31 DE

DICIEMBRE DE 2011

El presente Pliego tiene por objeto definir y determinar, conforme a los requisitos que establece la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas, las especificaciones técnicas particulares bajo las que

deberá regirse la contratación del servicio de mantenimiento de la Residencia situada en Avenida

Alfonso IX de Leon,89-95.

1.- DESCRIPCiÓN DEL CENTRO DONDE SE PRESTA EL SERVICIO, CARACTERíSTICAS Y

SERVICIOS QUE PRESTA

La Residencia es un edificio destinado al alojamiento de personal militar desplazados de su domicilio

habitual por razones de servicio, así como otros colectivos del ejercito y familiares, para ello se han

establecido las siguientes modalidades de alojamiento, que dependiendo de su utilización irán

determinando el funcionamiento de la residencia:

Estancias permanentes: las que excedan 15 OlAS

Estancias temporales: las que no excedan de 15 OlAS, pudiendo semanales e incluso de días sueltos.

2.- OBJETO

El presente Pliego de Prescripciones Técnicas tiene por objeto regular y definir el alcance y

condiciones de prestación, que habrá de regir en la contratación del servicio de mantenimiento de los

edificios, mobiliario, máquinas e instalaciones, contenidos en la infraestructura que integran la

Residencia Logística Militar de SALAMANCA.

3.- JORNADA Y HORARIO:

Dos horas diarias, de Lunes a Viernes (excepto Festivos) entre las 10,00 h a 12,00 h

4.- SERVICIOS A REALIZAR

El servicio de mantenimiento a realizar comprenderá los siguientes trabajos: • Trabajos de albañilería Relacionados fundamentalmente con la conservación y mantenimiento general del edificio, tales como la reparación de los desperfectos del suelo, techos y paredes, fachadas, azoteas y elementos accesorios de ellos; apertura de boquetes y rozas y su posterior recomposición, trabajos de escayola, así como las tareas necesarias para acceder a las instalaciones eléctricas, telefónicas, de fontanería, calefacción o alcantarillado y su posterior reparación y, cualesquiera otras que entren dentro del concepto genérico del mantenimiento de edificios. • Trabajos de pintura Referidos a los propios de conservación de techos, paramentos, puertas y ventanas, tanto exteriores como interiores, de los edificios, con aplicación de los tipos de pintura o

barnices que en cada caso convengan, así como el tratamiento y restauración de las paredes y techos en los que se hayan realizado obras. o Trabajos de carpintería/ebanistería, acuchillado y barnizado de paramento

de madera

Comprende la reparación, colocación y sustitución de puertas, ventanas de madera, tabiquería,

mobiliario y paredes de madera de los edificios, construcción y montaje de estanterías y de otros

muebles y enseres que sea preciso instalar, así como cualesquiera otras actividades de los

carpinteros/ebanistas que se considere necesario, así como los de acuchillado, barnizado y

reparación de paramentos de madera en pequeñas superficies.

o Trabajos de electricidad

Incluyendo revisiones y trabajos de reparación del centro de transformación, grupo electrógeno,

instalación de alumbrado y fuerza, aparatos eléctricos de todo orden e instalaciones especiales.

o Trabajos de calefacción

Relacionados fundamentalmente con la conservación y mantenimiento en perfecto estado de

todas las instalaciones de calefacción, reparando y sustituyendo cuantas piezas sean precisas.

Encendido y apagado de las calderas durante la temporada de invierno, así como del compresor

de aire acondicionado del bar y comedor.

o Trabajos de fontanería

Relativos a la conservación y mantenimiento en perfecto estado, de todas las instalaciones de

agua fría y caliente sanitaria, con sus correspondientes bombas, grupos de presión,

intercambiadores, aparatos sanitarios, grifería, llaves de paso y todos aquellos otros elementos

que comportan instalaciones de este tipo.

Reparando y sustituyendo cuantas piezas o elementos sean precisos para su correcto

funcionamiento.

o Trabajos de cerrajería

Comprende la reparación, colocación y sustitución de cerraduras, puertas, ventanas y mamparas

metálicas, construcción y montaje de estanterías y de otros muebles y enseres que sea preciso

instalar en el edi'ficio, así como cualesquiera otras actividades de los cerrajeros que se considere

necesario.

5.-0TRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL La empresa adjudicataria deberá poner a disposición de la Residencia la persona idónea, comunicando con antelación suficiente la relación nominal y fotocopia del DNI del personal que haya de prestar el servicio estos servicios. La Residencia podrá exigir a la empresa adjudicataria la sustitución de la persona que atienda el servicio de Peón de Mantenimiento, cuando este no efectué con la debida eficacia y esmeros o no demuestre la diligencia necesaria en su trabajo apreciación que queda reservada a la dirección de esta Residencia. La Administración Militar no contraerá obligación alguna de carácter empresarial con el personal contratado que corresponde a la empresa contratada en calidad de patrono, conviniendo que será de su cargo el pago de cuotas de seguros sociales, salarios de trabajadores a su cargo, permisos, licencia, gravamen fiscales etc. Y cualquier otro tipo de obligaciones al respecto a cuyo efecto deberá tener siempre a disposición de la Residencia los documentos que justifiquen el cumplimiento de los mismos y todo a tenor de lo que establece este pliego de condiciones.

, La Empresa adjudicataria designará un representante a efectos de cumplimiento del contrato, este se relacionará con la Residencia a efectos de control, cumplimiento del servicio objeto del contrato y expedición de certificaciones correspondientes. Será obligación de la empresa mantener debidamente uniformado el personal que presta sus servicios de Peón de Mantenimiento si como renovarlos cuando sea necesario En la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La inspección y vigilancia del servicio de Peón de Mantenimiento corresponderá a la Dirección de la Residencia, sin perjuicio de las obligaciones que contrae la Empresa adjudicataria de vigilar y controlar durante las horas de prestación del servicio. El servicio se prestará teniendo en cuenta, que no deben perjudicar las actividades del Centro.

6·RECEPCION DE LOS SERVICIOS La Empresa adjudicataria solicitará mensualmente de la Residencia, el certificado o nota de conformidad, de haberse efectuado los trabajos de Mantenimiento satisfactoriamente, de acuerdo con las Prescripciones Técnicas No se abonará ninguna factura sin las efectivas certificaciones de la Residencia. El cerificado ó nota de conformidad junto con la factura mensual, serán remitidos en original a través de esta Residencia al Centro Financiero para que esta pueda realizar el abono del servicio.

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACiÓN DE LA PRESTACiÓN DEL SERVICIO DE RESTAURACION (CAMARERO) CLASIFICACiÓN CPV 55100000-1 DE LA RESIDENCIA LOGíSTICA MILITAR DE SALAMANCA PARA EL PERIODO DE TIEMPO COMPRENDIJ)O ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2011 Y EL 31 I)E DICIEMBRE DE 2011

El presente Pliego tiene por objeto definir y determinar, conforme a los requisitos que establece la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, las especificaciones técnicas particulares bajo las que deberá regirse la contratación del servicio de restauración (camarero) de la Residencia situada en Avenida Alfonso IX de León, 89-95. 1.- DESCRIPCiÓN DEL CENTRO DONI)E SE PRESTA EL SERVICIO, CARACTERíSTICAS Y SERVICIOS QUE PRESTA La Residencia es un edificio destinado al alojamiento de personal militar desplazados de su domicilio habitual por razones de servicio, así corno otros colectivos del ejercito y familiares, para ello se han establecido las siguientes modalidades de alojamiento, que dependiendo de su utilización irán determinando el funcionamiento de la residencia: Estancias permanentes: las que excedan 15 OlAS

Estancias temporales: las que no excedan de 15 OlAS, pudiendo semanales e incluso de días sueltos.

2.- OBJETO Realizar las labores de Camarero, servicio de Comedor. 3.- JORNADA Y HORARIO: Todos los Sábados, Domingos y Festivos comprendido entre las 9,00 h a 12.00 h Yde 12,30 h. a 15,30 h horario de distribución, respectivamente, de desayunos ycomidas en la Residencia. 4.- SERVICIOS A REALIZAR 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Pedir el listado de comidas al recepcionista Observar y limpiar platos y cubiertos Corregir las deficiencias del lavado automático Montaje del comedor Servir los desayunos y comidas de los Residentes Retirar toda la vajilla de las mesas Dejar el comedor en perfecto estado una vez terminado el servicio Informe del servicio.

5.- CONI)ICIONES DE LA PRESTACION DEL SERVICIO El personal que emplee la empresa adjudicataria de penderá exclusivamente de esta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa.

La incorrección de dicho personal ó cualquier otra causa que se estime justificada por parte de loa UCO, con relación al mismo, llevará consigo la sustitución inmediatamente del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene específicamente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de T~abajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, podrán a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará al Jefe ó persona designada al efecto de control de personal de la UCO, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia de Contrato de cada uno así como los boletines de cotización a la Seguridad Social.

6.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigilancia del servicio, la UCO, se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el mismo. En caso de que se produzca algiJn desperfecto y ó deterioro tanto de instalaciones como en los elementos que la componen u esta sea consecuencia de la ejecución del servicio, se le comunicará al encargado de la UCO, al respecto, resolviendo este tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO, en los 5 primeros días del mes cumplido. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria designará un representante efectos de cumplimiento del contrato, este ese relacionará con la UCO a efectos de control, cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan. La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección. SALAMANCA, 19 DE AGOSTO DE 2.010

EL TCOL DIRECTOR

ldrAkt-+t,

FDO. JOSE RAMON ARIAS GONZALEZ

PliEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR PARA LA CONTRATACiÓN DE

LA PRESTACiÓN DEL SERVICIO DE SERVICIO DE RECEPCION CLASIFICACiÓN CPV 98341100­

DE LA RESIDENCIA LOGíSTICA MILITAR DE SALAMANCA. PARA EL PERIODO DE TIEMPO

COMPRENDIDO ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2011 Y EL 31 DE DICIEMBRE DE 2011.

El presente Pliego tiene por objeto definir y determinar, conforme a los requisitos que establece la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas, las especificaciones técnicas particulares bajo las que

deberá regirse la contratación del servicio de recepción de la Residencia situada en Avenida Alfonso

IX de León 89-95.

1.- DESCRIPCiÓN DEL CENTRO DONDE SE PRESTA EL SERVICIO, CARACTERíSTICAS Y

SERVICIOS QUE PRESTA

La Residencia es un edificio destinado al alojamiento de personal militar desplazados de su domicilio

habitual por razones de servicio, así corno otros colectivos del ejercito y familiares, para ello se han

establecido las siguientes modalidades de alojamiento, que dependiendo de su utilización irán

determinando el funcionamiento de la residencia:

Estancias permanentes: las que excedan 15 OlAS

Estancias temporales: las que no excedan de 15 OlAS, pudiendo semanales e incluso de días sueltos.

2.- OBJETO

El objeto de la presente contratación es la prestación del servicio de recepción

3.- JORNADA Y HORARIO:

Todos los Sábados, Domingos y Festivos del periodo de tiempo que figura en el

encabezamiento en horario diurno cuya duración más extensa estaría comprendida entre las

06,00 h a 22,00 h

4.- SERVICIOS A REALIZAR

1. Información general y orientación a las personas. 2. Control de entradas y salidas del personal 3. Colaboración en las tareas de organización y control de evacuación de las

instalación

4. Control de llaves 5. Verificación del cumplimiento de las normas internas 6. Recogida y entrega de objetos perdidos 7. Control de los sistemas contraincendios 8. Atención del teléfono 5.- CONDICIONES DE LA PRESTACION DEL SERVICIO

El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado por la empresa

adjudicataria.

El personal que emplee la empresa adjudicataria de penderá exclusivamente de esta, sin que en

ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar.

~,Dicho

personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa. La incorrección de dicho personal ó cualquier otra causa que se estime justificada por parte de loa UCO, con relación al mismo, llevará consigo la sustitución inmediatamente del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene específicamente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, podrán a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará al Jefe ó persona designada al efecto de control de personal de la UCO, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia de Contrato de cada uno así corno los boletines de cotización a la Seguridad Social.

6.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigilancia del servicio, la UCO, se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el mismo. En caso de que se produzca algún desperfecto y ó deterioro tanto de instalaciones como en los elementos que la componen u esta sea consecuencia de la ejecución del servicio, se le comunicará al encargado de la UCO, al respecto, resolviendo este tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO, en los 5 primeros días del mes cumplido. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria designará un representante efectos de cumplimiento del contrato, este ese relacionará con la UCO a efectos de control, cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan. La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección. El servicio se prestará de forma conveniente y eficaz, con arreglo a las técnicas y hábitos del negocio de esta actividad laboral, siendo su prestación obligatoria, sin que pueda existir discriminación alguna teniendo presente que el servicio se prestará dentro del convenio de las empresas de restauración.

FOO. JOSE RAMON ARIAS GONZALEZ

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CUARTA SUBINSPECCION GENERAL DEL EJERCITO (NOROESTE)

RESIDENCIA MILITAR LOGISTICA DE SEGOVIA PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS, regulador de la gestión en la contratación de los

Servicios de hostelería de LA RESIDENCIA LOGÍSTICA DE SEGOVIA (Año 2011)

La asignación y su consiguiente contratación se efectuaran con arreglo a las siguientes:

CLAUSULAS

PRIMERA.- OBJETIVO

Atender los servicios de hostelería en cafetería y comedor de la Residencia Militar Logística de Segovia (en adelante "la Residencia"), dar cenas y desayunos, así como atender los servicios que con carácter extraordinario formule la Dirección de la Residencia (en adelante "el Director") SEGUNDA.- LOCALES Y ZONAS DE PRESTACION DEL SERVICIO

Para la prestación del servicio, la Residencia facilitara a la empresa adjudicataria, los locales instalaciones, dependencias, mobiliario y utensilios necesarios. No se requiere la realización de obras e instalaciones por el adjudicatario. A continuación se describen los locales objeto de la prestación del servicio: PLANTA BAJA: Cafetería

Office

Cocina

Comedor

TERCERA.- PERSONAL

La empresa adjudicataria pondrá a disposición de la Residencia el personal necesario para la prestación del servicio. CUARTA.- HORARIO La realización de los trabajos que se contratan se llevara a cabo de acuerdo con el siguiente horario:

Desde las Desde las

07.30 hasta las 17.00 hasta las

09.00 horas. 23.00 horas

Sábados, domingos y festivos: Desde las Desde las

09.30 hasta las 17.00 hasta las

11.00 horas.

23.00 hora

QUINTA.- SERVICIOS A REALIZAR

Prestar servicio de hostelería en cafetería y comedor.

Atender el servicio de cocina y comedor en 10 relativo a desayunos y cenas.

Atender los servicios que con carácter extraordinario formule el Director.

Cualquier modificación del área de actuación será consensuada entre la Residencia y la empresa adjudicataria y se pondrá en conocimiento del Órgano de Contratación. Esta relación del servicio es estimativa y podrá ser variada en función de las necesidades de la Residencia, debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y al Órgano de Contratación SEXTA.- REGIMEN LABORAL

El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado y admitido por la empresa adjudicataria. El personal que emplee la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de ésta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa. La incorrección de dicho personal o cualquier otra causa que se estime justificada por parte del Director con relación al mismo, llevará consigo la sustitución inmediata el mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene específicamente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en 10 sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, pondrá a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará al Director o persona de control designada al efecto, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia del Contrato de cada uno, así como los boletines de cotización a la Seguridad Social. SEPTIMA.- SUMINISTRO DE AGUA Y LUZ

La Residencia pondrá a disposición de la empresa contratada los suministros de agua y energía eléctrica necesarios para la correcta ejecución del servicio. oeTAVA.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL

Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigencia del servicio, la Residencia se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a dicha empresa de las incorrecciones observadas en el mismo.

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En caso de que se produzca algún desperfecto y o deterioro, tanto en las instalaciones como en los elementos que la componen, y éste sea consecuencia de la ejecución del servicio, se le comunicará a la persona encargada por el Director al respecto, resolviendo esta, tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria. Las facturas por servicios prestados tendrán entrada en la Residencia en los 5 primeros días del mes cumplido. Las mismas vendrán acompañadas del TCI y TC2 correspondientes. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria designará un representante a efectos de cumplimiento del contrato. Este se relacionará, como máximo cada quince días, con el Director o persona designada por el mismo, a efectos de control cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan. La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección. Así como proceder la retirada de residuos tóxicos, si los hubiere de acuerdo con la legislación vigente. El servicio se prestará de forma conveniente y eficaz, con arreglo a las técnicas y hábitos del negocio de hostelería, siendo su prestación obligatoria sin que pueda existir discriminación alguna, teniendo presente que el servicio se prestará dentro del convenio de las empresas del sector. La empresa atenderá la limpieza de las zonas de su uso frecuente manteniéndolos en todo momento en estado de revista. El material necesario para llevar a efecto dicha limpieza será a suministrado por la Empresa adjudicataria. Los servicios de Sanidad y Veterinaria, realizarán las inspecciones que consideren oportunas o solicitadas por el Director. Se atenderá con carácter extraordinario, el servicio de naturaleza excepcional por presunta suciedad, por efecto accidental o utilización fuera del régimen normal, que formule el Director. No se podrán hacer obras de reforma, transformación ni cambio de situación del mobiliario y utensilios, ni de cualquier otro elemento instalado, sin previo consentimiento del Director. Serán por cuenta del personal encargado por el Director, e 1 suministro de todos los artículos necesarios para su buen funcionamiento y en su caso la maquinaria necesaria para realizar con garantía los trabajos de limpieza. Los precios de venta al público de los diversos artículos serán fijados por el Director.

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CUARTA SUBINSPECCIÓN GENERAL DEL EJÉRCITO (NOROESTE)

JSUIGE N° 4 ( BILBAO)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, regulador de la gestión en la contratación de los Servicios de Asistencia médica de la

JSUIGE (BILBAO) y COMIL DE VIZCAYA

La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes cláusulas:

CLAUSULAS PRIMERA- OBJETIVO Es el de la contratación durante el ejercicio económico del afio 2011, de los servicios médicos y asistencia sanitaria para todo el personal destinado en la JSUIGE N° 4 de BILBAO y al Comandante Militar de Vizcaya en el Acuartelamiento "Juan de Garay" SEGUNDA.- LOCALES Y ZONAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Para la prestación del servicio, la DCO. facilitará a la empresa adjudicataria, los locales e instalaciones, dependencias, mobiliario y utensilios que figuren en el inventario que obra en aquella No se requiere la realización de obras e instalaciones por el adjudicatario.

TERCERA.- PERSONAL Personal que presta el servicio:

UNO (diplomado en medicina y cirugía)

CUARTA.- HORARIO El horario podrá ser variado en función de las necesidades de la DCO., debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y conocimiento de la misma al órgano de contratación. En cualquier caso nunca sobrepasará la jornada de (2) dos horas diarias de consulta.

QUINTA.- SERVICIOS A REALIZAR Y FRECUENCIAS Reconocimiento médico al personal que lo solicite en el Botiquín de la DCO.

Reconocimiento, seguimiento y control del personal que se encuentre de BAJA por enfermedad.

Certificaciones médicas para las PAEF, Y otros actos militares que lo exijan. Campafias de prevención y control en cualquier campo sanitario.

SEXTA.- RÉGIMEN LABORAL El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado y admitido por la JSUIGE n° 4 de Bilbao La incorrección de dicho personal ó cualquier otra causa que se estime justificada por parte de la DCO con relación al mismo, llevará consigo la sustitución inmediata del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene específicamente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social,

Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, pondrá a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones.

SÉPTIMA.- SUMINISTROS AGUA. LUZ. La

ueo, pondrá a disposición de la empresa contratada los suministros de agua y energía eléctrica

necesarios para la correcta ejecución del servicio.

OCTAVA.- MATERIAL SANITARIO. Serán por cuenta de la propia Unidad, todos los materiales, maquinaria y útiles necesarios para la correcta ejecución del servicio.

NOVENA.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL El servicio se realizará a unas horas que no perjudiquen a las actividades de la

ueo. y siempre de

acuerdo al horario marcado por la misma y aceptado de mutuo acuerdo entre las partes. En caso de que se produzca algún desperfecto y/ó deterioro tanto en las instalaciones como en los elementos que la componen y esta sea consecuencia de la ejecución del servicio, se le comunicará al encargado de la

ueo al respecto, resolviendo éste tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su

caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la

ueo

en los 3 primeros días al mes

cumplido. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa

sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizM la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección. No se podrán hacer obras de reforma, transformación ni cambio de situación del mobiliario y utensilios, ni de cualquier otro elemento instalado, sin previo consentimiento del Jefe de la ueo.

En Bilbao a 24 de Agosto de 2.010

Emilio García Muñoz

JEFATURA DE INTENDENCIA DE ASUNTOS ECONOMICOS

DE LA CUARTA SUBINSPECCIÓN GENERAL

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, regulador de la gestión en la contratación de los Servicios de Cocinero de la JSUIGE N° 4 (BILBAO)

La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes cláusulas:

CLAUSULAS

PRIMERA- OBJETIVO

Es el de la contratación durante diversos periodos del ejercicio económico del afio 2011, de los servicios de Cocinero en la cocina y comedor de Tropa de la JSUIGE 4 (Bilbao). SEGUNDA.- LOCALES Y ZONAS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Para la prestación del servicio, la DCO. facilitará a la empresa adjudicataria, los locales e instalaciones, dependencias, mobiliario y utensilios que figuren en el inventario que obra en aquella. No se requiere la realización de obras e instalaciones por el adjudicatario. Los locales y zonas para prestar el servicio serán los siguientes: PLANTA BAJA: (120 m2) Hall de entrada. Oficina. Cocina. Comedor Tropa. Servicio. Almacén víveres. Escalera.

SUPERFICIE TOTAL

120 m2

TERCERA.- PERSONAL

Personal que presta el servicio:

UNO

Este personal es estimativo y podrá ser variado en función de las necesidades de la DCO., debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y conocimiento de la misma al órgano de contratación.

CUARTA.- HORARIO

El horario será estimativo y podrá ser variado en función de las necesidades de la DCO en lo concerniente a dar las comidas necesarias al personal del Acuartelamiento, debiendo dar conocimiento de dicha variación a la empresa adjudicataria y conocimiento de la misma al órgano de contratación.

OCTAVA.- OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL.

Sin peIjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigilancia del servicio, la UCO se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el mismo. En caso de que se produzca algún desperfecto y ó deterioro tanto en las instalaciones como en los

elementos que la componen y esta sea consecuencia de la ejecución del servicio, se le comunicará al encargado de la UCO al respecto, resolviendo este tanto el modo de subsanarlo como la forma de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria. Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO en los 5 primeros días del mes

cumplido. En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas previstas en la legislación vigente. La empresa adjudicataria designará UD representante a efectos de cumplimiento del contrato, este se relacionará con la UCO a efectos de control, cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que correspondan. La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones establecidas en la Normativa

sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizM la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas necesarias para dicha protección. El servicio se prestará de forma convincente y eficaz, con arreglo a las técnicas y hábitos de la profesionalidad de

UD

Cocinero, siendo su prestación obligatoria, sin que pueda existir discriminación alguna

teniendo presente que el servicio se prestará dentro del convenio de las empresas de restauración. Los Servicios de Sanidad y Veterinario, realizarán las inspecciones que consideren oportunas ó

solicitadas por el Jefe de la UCO. Se atenderá con carácter extraordinario, el servicio de naturaleza excepcional por presunta suciedad por efecto accidental ó utili:zación fuera del régimen normal, que formule el jefe de la UCO. No se podrán hacer obras de reforma, transformación ni cambio de situación del mobiliario y utensilios, ni de cualquier otro elemento instalado, sin previo consentimiento del Jefe de la UCO.

RESIIJENCIA LOGISTICA MILITAR "JUAN DE GARAY" DE "BILBAO"

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS AÑO 2011

SERVICIOS DE RECEPCiÓN DE LA RESIDENCIA MILITAR "JUAN DE GARAY" DE "BILBAO"

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS, REGULADOR DE LA GESTiÓN EN LA CONTRATACiÓN DE LOS SERVICIOS DE RECEPCiÓN DE LA RESIDENCIA MILITAR LOGíSTICA "JUAN DE GARAY" DE "BILBAO" (JEFATURA DE LA 4° SUIGE). La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes cláusulas.

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO Regular y optimizar los servicios de recepción de la RLM. de Bilbao, para prestar una atención adecuada a los usuarios de la misma, durante el año natural 2011.

CLAUSULA SEGUNDA: LOCALES y ZONAS DE PRESTACiÓN DEL SERVICIO Para la prestación del servicio, la UCO facilitará a la empresa adjudicataria los locales, dependencias, mobiliario y utensilios necesarios. No se requiere la realización de obras e instalaciones por el adjudicatario.

CLAUSULA TERCERA: PERSONAL Y HORARIO - Servicio en recepción, como sustitución en los días de descanso u otro motivo del personal laboral de lunes a sábado en jornada de tarde (excepto

festivos).

- Servicio en recepción, domingos y festivos en jornada de mañana y tarde.

CLAUSULA CUARTA: SERVICIOS A REALIZAR Y FRECUENCIAS Recepción: "-

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Atender a la central telefónica de la Residencia, desviar llamadas a extensiones, etc. Recepcionar las reservas que se efectúen vía telefónica. Atención e información al usuario. Control y entrega de llaves. Impresión de listados en ordenador.

-

Traslado de quejas de los usuarios a la Dirección

Manejo de Fax.

Facturación de los usuarios.

CLAUSULA QUINTA: REGIMEN LABORAL El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado y admitido por la empresa adjudicataria. El personal que emplee la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de esta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa. La incorrección de dicho personal o cualquier otra causa que se estime justificada por parte de la UCO con relación al mismo llevará consigo la sustitución inmediata del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene especialmente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, pondrá a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará el Jefe ó persona designada al efecto de control de personal de la UCO, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 días de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia de Contrato de cada uno así como los boletines de cotización a la Seguridad Social.

CLAUSULA SEXTA: SUMINISTROS AGUA Y LUZ La UCO, pondrá a disposición de la empresa contratada los suministros de agua y energía eléctrica necesarios para la correcta ejecución del servicio

CLAUSULA SEPTIMA: OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL \,-.-/

Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la

vigilancia del servicio, la UCO se reserva la facultad de inspeccionar el mismo,

dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el

mismo.

En caso de que se produzca algún desperfecto y ó deterioro tanto en las

instalaciones como en los elementos que la componen y esta sea

consecuencia de la ejecución del servicio, se la comunicará al encargado de la

UCO al respecto, resolviendo este tanto el modo de subsanarlo como la forma

de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria.

Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO en los 5

primeros días del mes cumplido.

En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas

previstas en la legislación vigente.

La empresa adjudicataria designará un representante a efectos de

cumplimiento del contrato, este se relacionará con la UCO a efectos de control,

cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que

correspondan. El representante designado por la empresa, podrá ser requerido

a personarse en el centro en un plazo de 2 horas.

La empresa proporcionará un contacto para posibles necesidades que se

originen y que deban subsanarse en un plazo de 24 horas

La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones en la

Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la

seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas

necesarias para dicha protección.

El servicio se prestará de forma convincente y eficaz, con arreglo a las técnicas

y hábitos del negocio de hostelería, siendo su prestación obligatoria, sin que

pueda existir discriminación alguna teniendo presente que el servicio se

prestará dentro del convenio de las empresas de hostelería.

No se podrán hacer obras de reforma, transformación ni cambio de situación

del mobiliario y utensilios, ni de cualquier otro elemento instalado, sin previo

consentimiento del Jefe de la UCO.

En Bilbao, 20 de agosto de 2010

EL CORONEL DIRECTOR

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RESII)ENCIA LOGISTICA MILITAR "JUAN DE GARAY" DE "BILBAO"

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS AÑO 2011

SERVICIOS DE CAFETERíA DE LA RESIDENCIA MILITAR "JUAN DE GARAY" DE "BILBAO"

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS, REGULADOR DE LA GESTiÓN EN LA CONTRATACiÓN DE LOS SERVICIOS DE CAFETERíA DE LA RESIDENCIA MILITAR LOGíSTICA "JUAN DE GARAY" DE "BILBAO" (JEFATURA DE LA 4° SUIGE). La asignación y su consiguiente contratación se efectuarán con arreglo a las siguientes cláusulas.

CLAUSULA PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO Regular y optimizar los servicios de cafetería de la RLM. de Bilbao, para prestar una atención adecuada a los usuarios de la misma, durante el año

natural 2011 .

CLAUSULA SEGUNDA:

LOCALES y ZONAS DE PRESTACiÓN DEL SERVICIO

Para la prestación del servicio, la UCO facilitará a la empresa adjudicataria los

locales, dependencias, mobiliario y utensilios necesarios. No se requiere la

realización de obras e instalaciones por el adjudicatario.

CLAUSULA TERCERA: PERSONAL Y HORARIO - Servicio en cafetería, domingos y festivos en jornada de mañana.

CLAUSULA CUARTA: SERVICIOS A REALIZAR Y FRECUENCIAS Cafetería: -

Atención a los usuarios del servicio de cafetería de la RLM.

Preparación de desayunos (tostadas, etc.)

Mantener limpios el office-bar cafetería, suelos, recogida de mesas etc.

Limpieza de utensilios utilizados (menaje, copas, tazas, etc.).

CLAUSULA QUINTA: REGIMEN LABORAL

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-,

El personal necesario para la prestación del servicio será seleccionado y admitido por la empresa adjudicataria. El personal que emplee la empresa adjudicataria dependerá exclusivamente de esta, sin que en ningún caso exista relación alguna con la Administración Militar. Dicho personal será uniformado por la empresa adjudicataria, renovando los uniformes cuando sea preciso, para que el aspecto sea en todo momento decoroso. Todos los uniformes llevarán el distintivo de la empresa. La incorrección de dicho personal o cualquier otra causa que se estime justificada por parte de la UCO con relación al mismo llevará consigo la sustitución inmediata del mismo. Sin perjuicio de cuantas obligaciones correspondientes a la empresa adjudicataria, en calidad de Patrono, se conviene especialmente que serán a su cargo, el pago de las Cuotas de la Seguridad Social, Mutualismo Laboral y Accidentes de Trabajo, así como toda clase de seguros obligatorios creados ó que en lo sucesivo puedan crearse, a cuyos efectos, pondrá a disposición del cliente, copia de los documentos que acrediten el cumplimiento de dichas obligaciones. La empresa adjudicataria comunicará el Jefe ó persona designada al efecto de control de personal de la UCO, los datos del personal que ha de realizar el servicio, con un mínimo de 7 dias de antelación al inicio de actividades, presentando fotocopia de Contrato de cada uno así como los boletines de cotización a la Seguridad Social.

CLAUSULA SEXTA: SUMINISTROS AGUA Y LUZ La UCO, pondrá a disposición de la empresa contratada los suministros de agua y energía eléctrica necesarios para la correcta ejecución del servicio

CLAUSULA SEPTIMA: OTRAS CONDICIONES DE CARÁCTER GENERAL Sin perjuicio de las obligaciones de la empresa adjudicataria en relación con la vigilancia del servicio, la UCO se reserva la facultad de inspeccionar el mismo, dando parte a la empresa adjudicataria de las incorrecciones observadas en el mismo. En caso de que se produzca algún desperfecto y ó deterioro tanto en las instalaciones como en los elementos que la componen y esta sea consecuencia de la ejecución del servicio, se la comunicará al encargado de la



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UCO al respecto, resolviendo este tanto el modo de subsanarlo como la forma

de compensación, en su caso, siempre con cargo a la empresa adjudicataria.

Las facturas por los servicios prestados tendrán entrada en la UCO en los 5

primeros días del mes cumplido.

En el importe de la cantidad ofertada estarán incluidas todas las cargas

previstas en la legislación vigente.

La empresa adjudicataria designará un representante a efectos de

cumplimiento del contrato, este se relacionará con la UCO a efectos de control,

cumplimiento del servicio y expedición de las certificaciones y facturas que

correspondan. El representante designado por la empresa, podrá ser requerido

a personarse en el centro en un plazo de 2 horas.

La empresa proporcionará un contacto para posibles necesidades que se

originen y que deban subsanarse en un plazo de 24 horas

La empresa adjudicataria asume el deber de cumplir las obligaciones en la

Normativa sobre Prevención de Riesgos Laborales, dirigida a garantizar la

seguridad y salud de los trabajadores a su servicio, adoptando las medidas

necesarias para dicha protección.

El servicio se prestará de forma convincente y eficaz, con arreglo a las técnicas

y hábitos del negocio de hostelería, siendo su prestación obligatoria, sin que

pueda existir discriminación alguna teniendo presente que el servicio se

prestará dentro del convenio de las empresas de hostelería.

No se podrán hacer obras de reforma, transformación ni cambio de situación

del mobiliario y utensilios, ni de cualquier otro elemento instalado, sin previo

consentimiento del Jefe de la UCO.

En Bilbao, 20 de agosto de 2010

EL CORONEL DIRECTOR,

José María Díaz de Sarralde Subijana.­

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