PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO

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PLIEGO

DE

PRESCRIPCIONES

TÉCNICAS

PARA

LA

CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTERIOR EN

LOS

EDIFICIOS

MUNICIPALES

DE

BILBAO

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO

INDICE Capítulo I: OBJETO Y CONDICIONES GENERALES 1.

OBJETO DEL CONTRATO

2.

AMBITO ESPACIAL

3.

CONDICIONES GENERALES

4.

CLASIFICACIÓN DE LOS EDIFICIOS

5.

ACTUALES Y NUEVOS EDIFICIOS

6.

PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO

7.

PRECIOS CONTRADICTORIOS

8.

MODIFICACIÓN DEL AMBITO ESPACIAL

9.

DEL RIESGO Y VENTURA DEL CONTRATISTA

10.

CONFLICTOS INTERNOS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

11.

CLASIFICACIÓN Y SOLVENCIA EMPRESARIAL

Capítulo II: CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES 12.

LOCALES Y DEPENDENCIAS OBJETO DE LOS SERVICIOS

13.

ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA

14.

LIMPIEZAS DE: MANTENIMIENTO, GENERALES Y ESPECIALES

15.

LIMPIEZA DE PAVIMENTOS INTERIORES

16.

LIMPIEZA DE PAREDES Y TECHOS

17.

LIMPIEZA DE METALES

18.

LIMPIEZA DE CRISTALES, CORTINAS, CORTINONES Y PERSIANAS

19.

LIMPIEZA DE PASAMANOS Y BARANDILLAS

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20.

LIMPIEZA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMÁTICOS

21.

LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ

22.

LIMPIEZA DE LABORATORIOS, INSPECCIÓN MÉDICA, CUARTOS DE BAÑO, DUCHAS, ASEOS Y SANITARIOS

23.

SUMINISTRO DE PAPEL HIGIÉNICO Y JABÓN O GEL LIQUIDO

24.

CONTENEDORES HIGIÉNICOS EN SERVICIOS DE SEÑORAS

25.

LIMPIEZA DE ARCHIVOS, SÓTANOS Y DESVANES

26.

PATIOS INTERIORES Y EXTERIORES

27.

LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE PAPELERAS EXTERIORES

28.

RETIRADA DE RESIDUOS URBANOS

29.

RETIRADA DE RESIDUOS SANITARIOS

30.

LIMPIEZAS VACACIONALES EN CENTROS ESCOLARES

31.

RECOGIDAS SELECTIVAS

32.

LIMPIEZAS ESPECÍFICAS

33.

HORARIOS DE LIMPIEZA

Capítulo III: DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN 34.

GENERALIDADES

35.

DESINFECCIÓN

36.

DESINSECTACIÓN

37.

DESRATIZACIÓN Y DESRATONIZACIÓN

38.

PRODUCTOS A UTILIZAR

39.

MÉTODOS A EMPLEAR

40.

HORARIOS DE TRABAJO

41.

CONTROLES BACTERIOLÓGICOS

42.

GARANTÍAS Y CERTIFICACIONES DE TRATAMIENTO

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Capítulo IV: OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO 43.

OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL

44.

MATERIAL Y MAQUINARIA

45.

IMAGEN E IDENTIFICACIÓN EXTERIOR DE LOS MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES

46.

ATENCIÓN PERMANENTE

47.

TRABAJOS DIVERSOS

48.

DERECHOS DEL CONTRATISTA

Capítulo V: CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES 49.

DISPONIBILIDAD DEL PERSONAL

50.

PERSONAL PERTENECIENTE AL CONTRATO ANTERIOR

51.

RELACIÓN DE PERSONAL AL INICIO DE LOS TRABAJOS

52.

VARIACIONES DE PLANTILLA

53.

AUMENTO O REDUCCIÓN DE LA PLANTILLA

54.

VESTUARIO

55.

IDENTIFICACIÓN

56.

SEGURIDAD PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL

57.

ASEO Y DECORO PERSONAL

58.

MODIFICACIÓN DE LA JORNADA

59.

INSTALACIÓN DE TAQUILLAS

60.

FORMACIÓN DE PERSONAL, SEGURIDAD E HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS

61.

OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO

Capítulo VI: FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN: INSPECCIÓN Y CONTROL DE CALIDAD, RÉGIMEN SANCIONADOR 62.

CONTROL DE CALIDAD

63.

SISTEMAS DE CONTROL

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64.

CONTROL DE ACTIVIDADES

65.

CONTROL DE PRESENCIA DEL PERSONAL

66.

ACTAS DE INSPECCIÓN

67.

PRESENCIA DEL CONTRATISTA EN LOS CONTROLES

68.

REVISIÓN DE PRECIOS

69.

FORMA DE PAGO

70.

DESCUENTOS SOBRE CERTIFICACIÓN

71.

RÉGIMEN SANCIONADOR

72.

SANCIONES

Capítulo VII: PRESTACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU VALORACIÓN 73.

CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR

74.

TIPO DE LICITACIÓN

75.

VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

Capítulo VIII: RELACIÓN DE ANEXOS ANEXO 1.- INVENTARIO DE EDIFICIOS ANEXO 2.- EVALUACIÓN DE RIESGOS PARA EL SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR ANEXO 3.- FRECUENCIAS MÍNIMAS DE LIMPIEZA ANEXO 4.- RELACIÓN DE PERSONAL ACTUAL ANEXO 5.- PRECIOS UNITARIOS DE MANO DE OBRA, MAQUINARIA Y PRODUCTOS PARA LIMPIEZAS EXTRAORDINARIAS ANEXO 6.- VALORACIÓN ECONÓMICA POR CADA EDIFICIO ANEXO 7.- RESUMEN ECONÓMICO DE LA OFERTA ANEXO 8.- ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES, CURSO 2009-2010 ANEXO 9.- LIMPIEZAS VACACIONALES

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CAPÍTULO I: OBJETO Y CONDICIONES GENERALES

1. OBJETO DEL CONTRATO Son objeto del contrato, las siguientes prestaciones: A.- La limpieza integral definida en los Art.14A y 14B: Limpieza interior, desinfección, desratización y desinfección de los edificios y sus dependencias de titularidad del Excmo. Ayuntamiento d e Bilbao, adscritas al funcionamiento de las diferentes Áreas y Servicios Municipales, y que se relacionan en el Anexo 1- INVENTARIO DE EDIFICIOSB.- Las limpiezas extraordinarias que se realizan con carácter excepcional definidas en el Art. 14C. Quedan fuera del presente Contrato los edificios y locales municipales cuya gestión está encomendada a las empresas y sociedades públicas.

2. AMBITO ESPACIAL Se considera como ámbito espacial del presente contrato, la totalidad de las dependencias interiores de los edificios municipales, independientemente de los usos que de ellos se hagan, y que estén dentro del recinto vinculado a cada uno de los que se relacionan en el Anexo 1. Se considerarán como dependencias interiores, l o s patios, casetas, todo tipo de anejos, etc., que aun encontrándose físicamente en el exterior de lo que es propiamente el edificio se hallen dentro del recinto del mismo. Así mismo, es objeto de este contrato la limpieza de la totalidad de los ventanales, cristaleras y vidrieras que existen en los edificios que se relacionan en el citado Anexo 1.

3. CONDICIONES GENERALES Todos los servicios contratados se prestarán con sujeción estricta a lo especificado en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas y en el de Cláusulas Económico Administrativas, así como a lo dispuesto en el documento administrativo mediante el que se formalice el contrato, y en el contenido de la oferta seleccionada. Por esta razón los licitadores especificaran, dentro del Estudio Técnico que SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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han de presentar, todas y cada una de las diferentes prestaciones ofertadas, definiendo, su modo de ejecución, su contenido y su alcance y la formación de los equipos o grupos de trabajo que se adscriban a las mismas, tanto en el aspecto de personal como de materiales y medios auxiliares. Todo ello conforme a las exigencias más detalladas, considerándose como mínimas las fijadas en el presente Pliego.

4. CLASIFICACIÓN DE LOS EDIFICIOS A los efectos de determinar las características y condiciones de la limpieza a efectuar en los diferentes edificios (o zonas de los mismos) estos se dividen en los siguientes grupos o tipologías: GRUPO A - Administrativos 1. Oficinas Municipales 2. Centros Municipales y de Distrito GRUPO B –Docentes 1. Colegios Públicos-Centros de Enseñanza 2. Bibliotecas GRUPO C – Seguridad y Protección Civil 1. Policía Municipal y Bomberos GRUPO D – Mercados GRUPO E – Sanitario Asistencial 1. Centros Médicos y Servicios Veterinarios 2. Albergues. 3. Centros Asistenciales. 4. Hogares de Jubilados. GRUPO F – Edificios Industriales GRUPO G – Lúdico–Recreativo 1. Kioscos 2. Varios 3. Duchas y Vestuarios

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Los licitadores deberán ofertar para cada uno de los grupos de edificios señalados anteriormente, y específicamente para cada uno de los subgrupos, el servicio de limpieza más adecuado, en función de sus características y de las actividades que en ellas tienen lugar, todo ello, conforme a lo indicado en el Capítulo II – Condiciones Técnicas para la ejecución de las prestaciones.

5. ACTUALES Y NUEVOS EDIFICIOS. El Adjudicatario estará obligado a aceptar, por el mero hecho de haber concurrido a la licitación, la situación en que se encuentran los edificios objetos del contrato, sin que tenga derecho a reclamar compensación alguna, por el sobreesfuerzo

que

exija

al

exacto

cumplimiento

de

sus

obligaciones

contractuales. Por otro lado, aquellos edificios que sean de nueva construcción o de nueva adquisición, y cualesquiera otros que pasen a disposición de este Ayuntamiento, podrán integrarse en el contrato, siempre que el Ayuntamiento lo considere oportuno, en las Condiciones Técnicas y Económicas de prestación del servicio que se establecen como optimas en el presente Pliego. Cuando por razones especiales de su configuración o utilización se requieran prestaciones diferentes a las inicialmente contratadas, aquellas se valorarán a través del correspondiente Precio Contradictorio,

previa definición detallada de las

concretas prestaciones a que se obligue el adjudicatario.

6. PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO. El contrato tendrá una duración de cuatro años, contados a partir del momento en que se inicie la prestación del servicio, siendo prorrogable por un período máximo de dos años, siempre que sea acordado por las partes. A todos los efectos, se considerará que la fecha de inicio del contrato es la que se haga constar en la correspondiente Acta de Inicio de los servicios contratados, acta que deberá ser firmada por la dirección técnica municipal y por la representación de la empresa adjudicataria.

7. PRECIOS CONTRADICTORIOS. Se podrá establecer un nuevo precio contradictorio cuando a instancia del Ayuntamiento se modifiquen alguna de las Condiciones Generales de la oferta. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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Se determinará el nuevo precio unitario, deduciéndolo de los existentes, y acordándolo contradictoriamente entre los Servicios Municipales y el Contratista. La modificación o formalización de nuevos Convenios Colectivos, pactados entre el Adjudicatario y Trabajadores, no dará lugar a la revisión de los precios ofertados.

8. MODIFICACION DEL AMBITO ESPACIAL De acuerdo con lo previsto en el Art.5, el Adjudicatario estará obligado a aceptar las ampliaciones del ámbito del contrato, por incorporación de nuevos Edificios Municipales o ampliación de los existentes no incluidos en la relación inicial, siempre que el Ayuntamiento así lo acuerde, dentro del límite legal del 20% del importe del contrato (IVA incluido). El coste de la limpieza de las nuevas dependencias, se reflejará en la certificación mensual. El adjudicatario soportará la reducción del ámbito espacial del Contrato (provisional o definitivamente), respecto de aquellas Dependencias que el Ayuntamiento considere oportuno, siempre y cuando la reducción no supere un 20% del costo del contrato (IVA incluido). Ni la ampliación ni la reducción del ámbito espacial del Contrato, d a r á lugar a indemnización alguna a favor del Contratista adjudicatario. Cuando un edificio deje de usarse como dependencia municipal y sea ocupado por otro organismo o entidad tanto pública como privada, el Contratista deberá realizar las gestiones y trámites necesarios, a fin de que el personal de limpieza afecto al mismo, deje de pertenecer al presente contrato. Se valorarán todos los edificios relacionados en el inventario de este Pliego como si su grado de ocupación fuera el máximo, incluso en el caso de edificios o locales que se encuentren cerrados o sin utilización en el período de licitación. El precio medio en cada Subgrupo, supondrá el precio/m2 máximo a abonar en el caso que existiese una ampliación del edificio o se crease un edificio nuevo, y que habiendo estudiado los ratios correspondientes, a fin de mejorar la racionalización de los trabajos no se pudieran rebajar. Si un edificio cambiase de uso durante el período de vigencia del contrato, se deducirá el canon ofertado y se valorará como se especifica en el párrafo anterior. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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9. DEL RIESGO Y VENTURA DEL CONTRATISTA. El contratista responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiere, así como los riesgos del siniestro, tanto de material como de personal y de terceros durante la realización de los trabajos. Si como consecuencia de hechos ajenos al Ayuntamiento, el Adjudicatario estimase que no puede prestar los servicios en las condiciones establecidas en el Pliego de Condiciones y en el contrato, estará obligado a dar cuenta de ello, de forma inmediata a los Servicios Técnicos Municipales a fin de adoptar las medidas convenientes, para evitar o reducir los perjuicios que ello pueda causar en el funcionamiento de los diferentes servicios públicos afectados. Los gastos que ocasionen dichas medidas serán abonadas directamente por el Adjudicatario, sin perjuicio de que se apliquen además las deducciones contempladas en el presente Pliego, por inejecución de las prestaciones tanto en calidad como en cantidad. El Adjudicatario solo tendrá derecho a ser indemnizado en los supuestos de fuerza mayor, contemplados en el art. 144 de la ley de Contratos de las Administraciones Publicas. Fuera de tales supuestos, la alteración sustancial de las circunstancias del contrato o la aparición de hechos imprevisibles no imputables a la voluntad del Ayuntamiento, se asumirán por el Adjudicatario, sin derecho a indemnización alguna.

10. CONFLICTOS INTERNOS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA. Si la no prestación de los servicios fuese superior a quince días, motivada por una huelga del personal empleado por el contratista, o por cualquier otra causa propia del ámbito empresarial del Adjudicatario, el Ayuntamiento podrá optar entre rescindir el Contrato o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de ejercitar la facultad sancionadora que se le reconoce en el presente Pliego. En ambos casos, el Adjudicatario deberá hacerse cargo de los daños y perjuicios que se le imputen al Ayuntamiento por la no prestación de los servicios. Con independencia de las sanciones que corresponda, el Ayuntamiento procederá a realizar automáticamente los descuentos por los servicios no prestados, en la certificación mensual correspondiente. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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11. CLASIFICACION Y SOLVENCIA EMPRESARIAL. Las empresas concursantes deberán justificar documentalmente como condición indispensable, la clasificación empresarial en esta clase de servicios y que para el presente contrato será: Grupo: U Subgrupo: I Categoría D.

CAPÍTULO II: CONDICIONES TÉCNICAS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES

12. LOCALES Y DEPENDENCIAS OBJETO DE LOS SERVICIOS La limpieza de todos los edificios del presente Contrato abarcará tanto las dependencias interiores como exteriores, tales como: aulas, despachos, salones, gimnasios, bibliotecas,

consultorios, talleres, pasillos, vestíbulos,

aseos, sótanos, desvanes, patios, escaleras interiores y exteriores, etc., y en definitiva todos aquellos otros espacios constituyentes del edificio, con la única excepción de las salas de calderas y dependencias vinculadas a las instalaciones de calefacción y agua caliente sanitaria que son objeto de otro contrato. En Policía Municipal, Bomberos y Haurreskolas se limpiarán, diariamente, cocinas y comedores. No se realizará la limpieza de los utensilios de cocina, vajilla, etc., en dichas cocinas realizándose únicamente la limpieza de la vajilla de las Haurroeskolas siempre que se disponga de lavavajillas, quedando excluidos los biberones y tetinas. En las Haurreskolas, como mínimo, se efectuará una Limpieza General Extraordinaria en cocinas y comedores en fechas anteriores y próximas al inicio del curso escolar. La limpieza se efectuará asimismo sobre todos y cada uno de los elementos de decoración de mobiliario, o de complemento que existan en las dependencias anteriores, realizando sobre ellos las operaciones, con las frecuencias mínimas que se señalan en el Anexo 3, además de una Limpieza General Extraordinaria

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que se efectuará en verano. A título orientativo se señalan los siguientes elementos: mobiliario, puntos de luz, puertas y ventanas con sus marcos, jambas, cristales, cortinas, persianas, lavabos, inodoros, urinarios, duchas, radiadores, techos, paredes, suelos, alfombras y moquetas, metales, antepechos de escaleras, pasamanos, elementos decorativos, patios interiores, espacios abiertos, etc. Las superficies de edificios que figuran en el Anexo 1 se considerarán orientativas. Los licitadores las tomarán como buenas a fin de proceder a una valoración igualitaria. Aunque su nombre se denomine con el único nombre al edificio principal correspondiente, se incluye en la superficie a limpiar los diferentes edificios comprendidos dentro del recinto municipal. Es decir, en un Colegio se incluye el edificio propiamente escolar más los edificios exentos del mismo, como pueden ser el preescolar, el gimnasio o el edificio de administración. No se incluye en la citada superficie, el edificio o la zona de vivienda ocupada por el Conserje. El periodo de limpieza con uso por parte del profesorado y alumnos para los Colegios se ha considerado desde el día 1 de Septiembre al 30 de Julio, es decir 11 meses. La limpieza vacacional de verano, se realizará entre los meses de Julio y Agosto, dependiendo de las actividades vacacionales.

13. ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS DE LIMPIEZA El Adjudicatario se responsabiliza de efectuar las operaciones de limpieza sobre los distintos elementos constituyentes de las dependencias con la frecuencia mínima que para las mismas y para cada tipo de edificio se señalan en el Anexo 3. El contratista desarrollará el tipo de trabajo, con la utilización de la maquinaria, medios auxiliares y los productos de limpieza que resulten más adecuados, tanto en función de las características materiales y de textura de los parámetros como el mobiliario y complementos que deban ser objetos de limpieza. Será a su cuenta el mantenimiento, incluida la reparación o sustitución de los primeros a fin de que se encuentren en todo momento en perfecto estado de uso, así como de la reposición de los segundos.

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En cualquier caso la organización que adopte el Contratista deberá observar los siguientes criterios: a) La limpieza en las zonas donde se requiere desinfección debe extremarse y aplicar procedimientos y sistemas que aseguren un nivel de desinfección superior, especialmente debido al gran volumen de personas que usan las instalaciones públicas, especialmente los lavabos, baños y duchas. b) La limpieza de las oficinas, salas diversas, vestíbulos y otras zonas comunes, requiere una limpieza de mantenimiento que asegure un estado correcto de aspecto y calidad que permita su utilización por los usuarios. c) Se utilizarán siempre los medios necesarios para una adecuada limpieza de los centros: carros completamente equipados con los productos de

limpieza y utensilios, maquinaria, escaleras,

andamios, etc. d) Se utilizará material

para los despachos, salas diversas,

vestíbulos, pasillos y otras zonas comunes que para los baños y duchas, lavabos y gardas. Las bayetas serán distintas para su identificación mediante código de color de distinta utilización. e) Todo el material de limpieza se limpiará convenientemente después de cada jornada de trabajo. Se limpiarán a fondo con agua y detergente los útiles empleados. Finalmente, se sumergirán en una solución de lejía al 10% durante 15 minutos, se aclarará y se dejará secar. f) Las puertas y pasillos considerados como vías de evacuación, estarán libres de obstáculos, entendiendo como tales los útiles y materiales de limpieza. En los ascensores no se depositarán los citados

elementos

de

forma

que

impidan

su

normal

funcionamiento. g) Para comprobar la calidad o propiedades de todos los productos de limpieza que se utilicen en este contrato o cuando surjan dudas sobre uno o varios de ellos, los Servicios Técnicos Municipales podrán solicitar a la empresa Adjudicataria que presente los

certificados tanto de su composición como

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sanitarios, los cuales podrán ser facilitados por el fabricante y en el caso de inexistencia u otra comprobación adicional, se encargará su análisis a un laboratorio homologado, siendo los gastos a costa del Adjudicatario.

14. LIMPIEZAS DE: MANTENIMIENTO, GENERALES Y ESPECIALES. A los efectos del presente Pliego se establecen los tres tipos de limpieza que a continuación se relacionan: A) LIMPIEZA DE MANTENIMIENTO. Son las labores a realizar de forma programada en los cuadros de frecuencias mínimas del Anexo 3, que suponen la periodicidad habitual, base para el cálculo del importe del contrato. B) LIMPIEZAS GENERALES. Se entiende como Limpieza General una limpieza en profundidad destinada a recuperar el buen estado de suelos, mobiliario, etc. La Limpieza General comprenderá todo lo reflejado en la limpieza de mantenimiento, así como la limpieza húmeda de radiadores, salidas de aire, persianas, mamparas, mobiliario por arriba y por abajo, sobre todo de sillas y mesas, rótulos y letreros, decapado y abrillantado de suelos, abrillantado a fondo de mobiliario, cuadros y elementos decorativos incluidos, limpieza externa de puntos de luz y en general la limpieza de aquellos elementos no descritos anteriormente. Se realizará una vez al año, como m ínimo, en coincidencia con el periodo vacacional de verano. Así mismo, en e l m i s m o p e r í o d o , c o m o m í n i m o , se realizará la campaña de Desratización, Desinfección y Desinsectación. El importe de las Limpiezas Generales se considera incluido en el importe anual de la limpieza del Centro. C) LIMPIEZAS EXTRAORDINARIAS. Se consideran Limpiezas Extraordinarias aquellas que se realicen con carácter excepcional y por una sola vez, tales como la limpieza de fin de obra de edificios o dependencias nuevas o reformadas, o como consecuencia de sucesos extraordinarios (incendio, etc.).

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Los trabajos consistirán en una limpieza total, tanto del continente como del contenido incluso el tratamiento especifico correspondiente a cada tipo de suelo. Estas limpiezas serán valoradas en base al cuadro de precios unitarios y de maquinaria que el Contratista deberá ofertar según el Anexo 5.

15. LIMPIEZA DE PAVIMENTOS INTERIORES. Debido a que los pavimentos presentan una gran parte de la suciedad que se genera en una dependencia o centro, se prestará especial atención a su mantenimiento. Por este motivo, se prescribe un tratamiento adecuado de los diversos suelos, cuando las circunstancias lo permitan, de manera que se facilitará su limpieza posterior, además de conseguir un mayor nivel de higiene y de aspecto estético-brillante. En general, en los interiores de los edificios se aplicará el barrido húmedo, sustituyendo el barrido convencional. Los pavimentos porosos como el terrazo y el mármol, se fregarán mecánicamente y se decaparán previamente para eliminar los restos de suciedad por el uso intenso y continuo – sobre todo en las partes centrales y de paso – y por los restos de tratamientos parciales (diversas capas de aplicaciones de emulsiones). Anualmente, como mínimo, se vitrificarán con producto cristalizador de primera calidad y maquina rotativa con lana de acero (gruesa para el terrazo y fina para el mármol). En el terrazo, no se deben usar soluciones alcalinas o ácidas porque deteriorará la superficie del mismo, perdiendo su brillo. En general se utilizarán detergentes neutros. Los suelos de mármol son más densos, es decir, menos porosos y absorbentes. Se evitará aplicar materiales ácidos o alcalinos porque dañan el mármol y hacen que presente un aspecto apagado. En otras zonas de mucho tránsito, se realizará un tratamiento más frecuente de estos pavimentos, con aplicaciones periódicas de emulsiones de polímeros (previamente limpiados a fondo). El mantenimiento de estos pavimentos con un barrido húmedo es más fácil y SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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rápido, si está bien tratado. El fregado de los mismos permitirá eliminar las manchas resistentes con mayor facilidad. Las escaleras serán enceradas con cera dura antideslizante. No obstante, en el resto de superficies, se elegirá siempre el producto que, manteniendo la calidad, sea más antideslizante. Otros pavimentos duros (granitos, gres, étc.), se aspirarán o se aplicará el barrido húmedo. Se fregarán para eliminar manchas y otros restos de suciedad adherida. En el hormigón, se tomarán las mismas medidas de precaución que con los suelos de terrazo o mármol. En los suelos de gres no deben usarse ácidos porque atacan las juntas (lechada). Los limpiadores abrasivos pueden rayar estos suelos. Es un material poco poroso, pero se pueden aplicar acabados específicos a los mismos. En general, se evitará el uso de detergentes y otros productos ácidos en el mantenimiento de pavimentos, que puedan dañar su superficie. En todos los pavimentos, antes de fregar se quitará el polvo y otros restos de suciedad con la mopa, dejando siempre lo más seco posible. El agua no se empleará nunca sola, ya que se le añadirá siempre una solución detergente y/o desinfectante. Los pavimentos sintéticos, como el linóleum, sintasol, PVC y otros derivados se podrán tratar de las dos formas siguientes: fregado a fondo con máquina rotativa y aplicación posterior de una emulsión para proteger y abrillantar estos suelos, ó el método Spray con máquina de alta velocidad que permite limpiar y abrillantar en la misma operación. El mantenimiento de estos pavimentos se realizará con un barrido húmedo, y con el fregado para eliminar las manchas resistentes. El

linóleo

expuesto

a

mucho

desgaste

y

a

muchas

limpiezas

es

extremadamente poroso y debe sellarse siempre. Los limpiadores alcalinos fuertes le afectan con cambios de color y textura y por consiguiente deben ser evitados. La baldosa asfáltica es un material a base de petróleo y por lo tanto no deben usarse disolventes o desengrasantes

fuertes ya que lo ablandarían

y

deteriorarían. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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Nunca se utilizarán ceras con base disolvente (lo suelen ser la mayoría de las ceras en pasta). Tan sólo se utilizarán las ceras y acabados con una base emulsionante de agua. El vinilo es bastante inerte y no queda afectado por la mayoría de los materiales que

pueden derramarse o usarse sobre él. Sin embargo, se recomienda no

usar disolventes fuertes. Es un material poco poroso, pero el vinilo se raya y el lustre se apaga rápidamente si no se protege con una película de cera o con un acabado sintético. En las losetas de goma, los disolventes y las ceras, con bases disolventes le atacan rápidamente de la misma manera que a la tela asfáltica. Nunca se debe utilizar un disolvente o una cera con bases disolventes como la mayoría de las ceras en pasta. Los colores usados en éste material son poco estables a los limpiadores fuertes alcalinos. En los pavimentos de madera, parqué o corcho, se aplicarán ceras en base disolvente

(no agua), que dan protección y brillo a estas superficies. El

mantenimiento posterior se realizará con mopa seca y productos capta-polvo. También, se podrá aplicar periódicamente la enceradora eléctrica. En los suelos de madera sin poros (superficie lacada, barnizada o plastificada) se utilizará la mopa con un paño ligeramente humedecido. Trimestralmente, como mínimo, se encerará con cera adecuada para suelos. Se utilizarán máquinas aspiradoras para desempolvado de alfombras, moquetas, tapicerías y elementos textiles varios. Asimismo, se eliminará cualquier mancha, cuando se produzca, con quita-manchas específicos teniendo en cuenta la composición de la alfombra o moqueta o elemento textil correspondiente. Al menos una vez al año, se procederá a realizar una limpieza a fondo de pavimentos textiles con el método del shampomat o con la máquina de inyección extracción. Así mismo se limpiarán en profundidad, por personal especializado y al menos una vez al año, las alfombras decorativas y las especiales de acceso a los edificios.

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16. LIMPIEZA DE PAREDES Y TECHOS. Anualmente, como mínimo, y siempre que fuese preciso, se llevara a cabo una limpieza de paredes interiores, hasta una altura de 3,5 metros, techos, cornisas, molduras y elementos análogos utilizando los medios más adecuados. La retirada de carteles y pintadas, realizadas sobre las paredes y fachadas de los edificios se realizará en un plazo de tiempo no superior a 48 horas de su colocación y aviso. Las paredes se dividirán en paredes lavables y no lavables. Actualmente, la mayoría de las pinturas utilizan aglutinantes sintéticos que permiten el uso del agua para la limpieza de manchas y otra suciedad adherida a estas superficies. En las paredes no lavables no se aplicarán bayetas humedecidas, sólo se utilizarán mopas secas y productos capta-polvo. Se limpiarán los techos, cornisas, molduras, artesonados etc., utilizando cepillos aspiradores de pelo blando , perfectamente limpios. En techos de escayola perforados o placas fonoabsorbentes se utilizara el sistema de proyección de líquido pulverizado limpiando a continuación la perfilería. En los edificios en los que exista la instalación de “Góndolas” para la limpieza de los vidrios exteriores, se deberá utilizar por personal con la preparación y medios de seguridad adecuados y se limpiarán cada cuatro meses como mínimo.

17. LIMPIEZA DE METALES. Se limpiarán con un paño suave humedecido en agua caliente y solución jabonosa y se secará con un paño suave y absorbente. No se utilizarán nunca esponjillas de acero, paños ásperos ni soluciones abrasivas. Allí donde indebidamente se ha acumulado suciedad en exceso, o hubieran aparecido ligeras señales de oxido o manchas, estas podrán eliminarse limpiando bien la superficie con un paño humedecido con una emulsión de limpiametales apropiado a cada uno de ellos, impregnando luego con una crema blanqueadora, tras lo cual se frotarán vigorosamente las manchas de oxido. A continuación se enjuagará bien, y se secará con un paño suave y limpio y seco.

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18. LIMPIEZA DE CRISTALES, CORTINONES, CORTINAS Y PERSIANAS. Los cristales se limpiarán trimestralmente, como mínimo, con detergentes neutros o limpia cristales. Se utilizarán los utensilios, necesarios para un frecuente mantenimiento de estas superficies (labios de goma, uso de extensibles, escaleras, etc.). Las vidrieras emplomadas, tanto las situadas en paramentos verticales como en los paramentos horizontales, se limpiarán dependiendo de sus protecciones, solamente por una cara o por las dos, realizándose con un esmero especial, a fin de evitar su rotura. Debido a los medios extraordinarios que en ciertos casos se deben utilizar (andamios, etc.), solamente se limpiarán una vez al año. Las

persianas

enrollables

que

sean

accesibles

se

desempolvarán

periódicamente. Anualmente, como mínimo, se limpiarán las persianas con detergente neutro y se podrá aplicar maquinas a presión o vapor según los casos. La limpieza de cortinas se realizará 2 veces al año como mínimo y consistirá en el lavado de las mismas, que se hará coincidir con el periodo vacacional verano (final de curso). Se incluye en este concepto el cosido de las anillas que por efecto del uso, montaje o desmontaje se encuentren descosidas, así como igualmente el cosido de pequeños rotos o desgarrones que tengan las mismas. Los cortinones se limpiarán una vez al año como mínimo, dicha limpieza se efectuará mediante empresa especializada y se velará porque dichos cortinones (y telones) mantengan su condición de ignífugas.

19. LIMPIEZA DE PASAMANOS Y BARANDILLAS. Se deberán limpiar con un trapo suave, los pasamanos y las barandillas no metálicas, de escaleras o antepechos. Dependiendo si su acabado final es barnizado o pintado, se pueden aplicar en el primer caso ceras liquidas, como se especifica en el art. 15. Cuando estos elementos sean metálicos, será de aplicación lo descrito en el art. 17.

20. LIMPIEZA DE MOBILIARIO Y EQUIPOS INFORMATICOS. Todo el mobiliario y sus accesorios han de ser tratados y cuidados con el mayor

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esmero, evitando las manchas, los golpes y roces con las máquinas y productos de limpieza. Las superficies de madera sin poros (superficie lacada o plastificada) se utilizará una bayeta en una dilución baja de detergente aniónico mas agua. A continuación cualquier producto de cera liquida preparada a base de cera natural, vegetal o procedente de hidrocarburos de tipo medio. En las superficies de madera con poros se quitará el polvo previamente con una bayeta humedecida y casi seca. A continuación, un preparado en base de cera. No se utilizarán productos grasos o con ceras (tipo spray convencional), sino detergentes suaves para las superficies sintéticas. Se limpiarán cuidadosamente, con gamuza, evitando golpes y deterioros si se trasladan de sitio. Se tendrá el máximo cuidado en el traslado de los elementos de mobiliario de tipo modular, siendo responsable el Adjudicatario de cuantos desperfectos se ocasionen por este motivo. El importe de los daños causados por esta causa serán descontados de las certificaciones mensuales. El exterior de los equipos informáticos se limpiará con útiles y

productos

adecuados a sus características.

21. LIMPIEZA DE PUNTOS DE LUZ. La limpieza de los puntos de luz en las escuelas se hará coincidir con la época vacacional de verano. La limpieza consistirá en quitar el polvo con elementos adecuados (plumero, bayeta, etc.) de lámparas, fluorescentes, bombillas, pantallas especulares, etc. sin desmontar aparato alguno. Cuando se deban limpiar en profundidad las pantallas, lámparas, etc., éstos elementos serán desmontados y depositados en el suelo o mesa de trabajo, por el personal de la Contrata de mantenimiento y conservación de las instalaciones eléctricas interiores de los edificios municipales, una vez limpios dicho personal los volverá a montar. La coordinación de ambas contratas será dirigida por los Servicios Técnicos Municipales.

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22. LIMPIEZA DE LABORATORIOS, INSPECCION MÉDICA, CUARTOS DE BAÑO, DUCHAS, ASEOS Y SANITARIOS. En lo referente a los laboratorios e inspección medica, el tratamiento de lavado y fregado se realizará en todo el habitáculo en su conjunto, precedido de una desinfección, de conformidad con las indicaciones que al respecto se determinaron por los Servicios Sanitarios municipales. No se incluyen en esta tarea la limpieza de los aparatos de laboratorio como tubos de ensayo, matrices, etc. Se prestará especial atención a la limpieza de cuartos de baño (duchas y bañeras), inodoros, lavabos, vertederos, etc., haciéndolo cuidadosamente utilizando lejía, productos clorados y periódicamente detergentes para eliminar la suciedad de origen mineral. En la limpieza de inodoros se podrá utilizar desincrustantes líquidos para eliminar cualquier resto de suciedad en codos y rincones. Se limpiarán por dentro y por fuera, y se desinfectarán con hipoclorito sódico. El resto de complementos de los cuartos de baño (espejos, pomos, grifería, etc.) se limpiarán con detergentes neutros y se secarán convenientemente con un paño bien seco. La lejía y otros desinfectantes siempre se emplearán en concentraciones adecuadas e indicadas, utilizando las medidas dosificadoras. 23. SUMINISTRO DEL PAPEL HIGIENICO, JABON O GEL LÍQUIDO. El Adjudicatario asegurará el suministro del papel higiénico suficiente para dar cobertura a la totalidad de los servicios existentes en los diversos edificios, responsabilizándose de su continua reposición durante la vigencia del contrato. En los Colegios, el suministro y uso del papel higiénico destinados al alumnado, estará controlado por el responsable del centro designado por la Dirección del mismo. El Adjudicatario suministrará bobinas seca-manos y bobinas industriales en aquellas dependencias que se utilicen como taller. El jabón denominado líquido o gel, además de suministrarlo el Contratista, lo depositará en los dispensadores de jabón existentes y en los que se vayan colocando donde hoy no existan. Los Centros Escolares quedan excluidos del suministro de bobinas y jabón. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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24. CONTENEDORES HIGIÉNICOS EN SERVICIOS DE SEÑORAS. El Adjudicatario contemplará la colocación en las dependencias municipales y edificios detallados en el Anexo 1, a excepción, en principio, de los Colegios y Aseos Públicos, de contenedores higiénicos en los servicios de señoras, así como el mantenimiento de los existentes. Su reposición, limpieza y desinfección, será como mínimo cada 15 días.

25. LIMPIEZA DE ARCHIVOS, SÓTANOS Y DESVANES. Se considera archivo, el local donde se guardan ordenadamente expedientes, documentos, etc. La limpieza se realizara en toda la superficie del suelo, además de las paredes y baldas que se encuentren vacías. Los documentos o cajas se limpiaran superficialmente, sin moverlas de los lugares en que se encuentren. La limpieza de los sótanos se realizará de la misma forma que los archivos. Ambos se limpiarán una vez al año, como mínimo. En los centros docentes coincidirá con la época vacacional. Los desvanes, sótanos y zonas bajo cubierta que sean accesibles y no tengan uso, se limpiarán una vez al año como mínimo.

26. PATIOS INTERIORES Y EXTERIORES. En los patios exteriores se realizará un barrido diario, como mínimo, excepto Sábados, Domingos y Festivos, mediante medios manuales y/o mecánicos. En los patios que existan instalaciones de riego o grifos en los que se puedan acoplar mangueras, se regarán semanalmente como mínimo y en función de las circunstancias metereológicas. Semanalmente, como mínimo, se procederá a la limpieza de sumideros y canaletas, mediante el empleo de agua a presión. Los papeles, barro, lodos, etc., resultantes de esta limpieza, serán retirados por el Contratista a lugar autorizado. Los patios interiores (patios de luces), se barrerán una vez por semana, como mínimo, y, todos ellos (siempre que las instalaciones lo permitan), serán, como mínimo, semanalmente baldeados. En el caso de las escuelas se hará coincidir con el momento de menor intensidad de utilización. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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27. LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE PAPELERAS EXTERIORES. Las papeleras exteriores ubicadas en patios, recintos exteriores, y lugares de usos multitudinarios, serán objeto de una limpieza diaria como mínimo y una desinfección quincenal, como mínimo. El Ayuntamiento facilitará papeleras y el contratista será el encargado de su colocación. Las colocará en el lugar que se indique dentro del recinto municipal, sujetándolas o anclándolas debidamente, incluso si faltase algún elemento para su fijación como abrazaderas, tornillos, etc., todo ello será completado por la Contrata, sin cargo alguno para el Ayuntamiento.

28. RETIRADA DE RESIDUOS URBANOS. Las bolsas de basura se cerrarán antes de ser retiradas. No se apretarán y se manipularán convenientemente por si existe algún vertido líquido u objeto cortante. Se colocará una nueva bolsa en la papelera de forma que quede bien sujeta. Todas las bolsas de basura se depositarán dentro del contenedor más próximo. Todos los productos procedentes de las limpiezas, serán retirados diariamente, como mínimo, una vez concluidos los trabajos. Para ello se utilizarán los medios apropiados: bolsa, contenedores, etc., siguiendo las instrucciones que a tal efecto se deducen de la Ordenanza Municipal de Limpieza o se señalen por los Servicios Municipales competentes. El Contratista instalará en las cocinas y/o comedores de la Policía Municipal, Bomberos y Haurreskolas, los contenedores necesarios para que el personal de cocina deposite en ellos los residuos. Los contenedores a instalar serán de material de plástico, con ruedas y con tapa, se dispondrán como mínimo dos unidades de 360 litros de capacidad. En su interior se colocara una bolsa de basura. El Contratista se encargara de la retirada de los residuos de estos contenedores, a los lugares habituales de recogida y dentro del horario municipal establecido al efecto, así como su limpieza, reposición de bolsas de basura y mantenimiento.

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29. RETIRADA DE RESIDUOS SANITARIOS. El adjudicatario suministrará a los Centros que les afecte el Decreto 76/2002, de 26 de Mar zo, por el que se regulan las condiciones para la gestión de los residuos sanitarios en la Comunidad Autónoma del País Vasco (B.O.P.V. 22-042002) los dos tipos de bolsas de basura que en el mismo se citan, los cuales deben cumplir las condiciones que se relacionan: A) Bolsas de color negro (aproximadamente 300 bolsas/mes) con galga mínima 200 y que cumplan la norma UNE 53-147-85. Se utilizarán para recoger los residuos incluidos en el Grupo I. Se dispondrán y recogerán de acuerdo con la normativa municipal para los residuos sólidos urbanos. B) Bolsas de color rojo, (aproximadamente 40 bolsas/mes) con la galga mínima 400, que cumplan la norma UNE 53-147-85. Estas bolsas se rotularán con un anagrama que indique “bio-riesgo” y contarán con el pictograma internacional de los residuos biocontaminados, incluido en el Anexo II, del Decreto 76/2002 con los colores y dimensiones que en el mismo

se

especifican.

Además

cumplirán

las

características

de

estanqueidad total y opacidad. Estas bolsas se utilizarán para recoger los residuos incluidos en el Grupo II. La gestión de estos residuos sanitarios del Grupo II quedan excluidos de este contrato. Será obligación del Adjudicatario establecer los mecanismos de coordinación con cada uno de los “responsables” de los centros productores de “residuos sanitarios” con el fin de facilitar los medios para la clasificación de los residuos conforme a lo indicado en el citado Decreto.

30. LIMPIEZAS VACACIONALES EN CENTROS ESCOLARES. En los edificios dedicados a la actividad docente, durante el verano, se realizará una limpieza general, como mínimo, incluyendo el mobiliario. Durante los tres períodos vacacionales, aunque no exista actividad en los Colegios, se deberá limpiar diariamente, como mínimo, la zona de entrada, la conserjería y un aseo próximo a la misma. La superficie de limpieza, considerada como media en todos los colegios será de 150 m2. También se considerarán incluidos en el contrato, los trabajos de limpieza a

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realizar en el período vacacional de verano, en los Colegios que desarrollen actividades extraescolares, como son las denominadas “Colonias Abiertas”, “Escuela de verano”, etc. En el Anexo 9 se indican algunas de las actividades vacacionales realizadas durante el Curso 2009-2010.

31. RECOGIDAS SELECTIVAS. El Adjudicatario estará obligado a realizar la recogida selectiva de envases, papel, cartón, pilas y textiles, en aquellos edificios en que sea posible su ejecución. Deberá presentar un Plan de recogida selectiva. Para ello se contemplará en su oferta la instalación de los recipientes necesarios, en cada

caso, de conformidad con las directrices que se

establezcan desde el Servicio Municipal de Limpieza Publica. Esta actividad de recogida selectiva, se hará extensiva a odas las dependencias municipales. Los materiales de las fracciones mencionadas que se recojan en los diversos edificios serán entregados al Servicio Municipal de Limpieza Publica a través de los

Bilbogarbis (Centros de Recogida Selectiva) del Ayuntamiento o

depositados en los contenedores destinados al efecto. En ningún caso estará autorizado el Adjudicatario para comercializar o para deshacerse de los materiales al margen del procedimiento anterior o del que se pueda alternativamente establecer, mediante la correspondiente comunicación por escrito de la Dirección del Área. 32. LIMPIEZAS ESPECIFICAS. 32.01. CASA CONSISTORIAL. En el edificio denominado Casa Consistorial, los licitadores, en su oferta, lo considerarán integro, es decir, todas sus plantas, incluso los trabajos que sean necesarios debidos a la celebración de bodas civiles, sesiones del Pleno, Comisiones, etc. En el citado edificio, en la zona indicada, denominada de “alcaldía”, actualmente realizan las labores de limpieza el personal funcionario en una parte de la misma. No obstante, como se ha indicado en el párrafo anterior, los licitadores la incluirán en su oferta en la memoria técnica y, además, SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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señalarán su valor separado, para su deducción mensual, hasta que por jubilación, u otros cambios del personal funcionario, puedan realizar los trabajos de limpieza en la totalidad de la 3ª planta. Deberá incluirse las bajas y vacaciones de este personal. Los trabajos a realizar con motivo de las bodas, consisten en una limpieza rápida del suelo entre boda y boda, recogiendo confetis, arroz, etc. Al término de las mismas, se repetirá con más detenimiento incluso fregando tanto el Salón Árabe, como las escalinatas de acceso interior y el barrido de las escalinatas exteriores, así como la zona de acera adyacente. Para las sesiones que se celebren en el Salón del Pleno y Salas de Comisiones, además de la limpieza diaria de mantenimiento del mobiliario y suelos, se deberá recoger la vajilla utilizada, fregado de la misma en la cocina anexa y, por último, se guardarán los elementos existentes.

32.02. BIBLIOTECAS DE ESTUDIOS. Debido a la apertura en época de exámenes de las Bibliotecas, se i n c l u i r á por día, una limpieza a realizar en la mañana de los sábados y domingos de las zonas correspondientes a la entrada, accesos, sala de lectura, aseos y escaleras.

32.03. BILBO-ROCK, LA MERCED. En el edificio denominado Bilbo-rock, La Merced, se incluirá una limpieza a realizar en la mañana de los sábados y domingos de las zonas correspondientes al vestíbulo de entrada en planta baja, toda la escalera y en la ultima planta las salas insonorizadas de ensayos y aseos. Igualmente se considera la limpieza diaria de la zona de patio de butacas y aseos de la planta sótano, tanto con butacas o sin butacas, dependiendo del tipo de actuación que se realice. También se incluye la limpieza anual, como mínimo, de todos los telones (13 unidades) que conforman los escenarios frontal, fondo y laterales así como el cortinón que cubre le claraboya de la 2ª planta.

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32.04. CENTROS MUNICIPALES. Denominados Centros Municipales a los Centros Cívicos, aunque se han agrupado como Centros Administrativos, en ocho de ellos se desarrollan las tareas del Consejo de Distrito y en otros tienen otras actividades como Bibliotecas, Gimnasia, talleres diversos, etc., debiéndose acomodar las frecuencias de limpieza de éstos recintos a las actividades en ellos desarrolladas.

32.05. ALBERGUES DE ELEJABARRI Y MAZARREDO. En este Centro de Acogida de Elejabarri, coexisten dos proyectos; uno denominado LURBERRI (destinado a personas estables) gestionado por CÁRITAS DIOCESANAS, y el otro como albergue temporal de transeúntes, gestionado por el Ayuntamiento. La superficie de ocupación es del 50% aproximadamente, y está diferenciada a excepción del comedor que es compartido. Está ocupado las 24 horas del día. Ello hace que las frecuencias de limpieza en cada una de las zonas sean distintas, debido a los distintos tipos de usuario. El Albergue de Mazarredo, se limpiará diariamente y durante los meses de Noviembre a Abril, ambos incluidos, se limpiará también la Planta Sótano que se habilita como refuerzo del Servicio de Acogida.

32.06. MERCADOS SAN IGNACIO Y SANTUTXU Del recinto correspondiente a cada Mercado, únicamente queda excluido de su limpieza, la zona interior correspondiente a los puestos de venta, en uso, así como su fachada. La zona interior de los puestos vacíos se limpiarán al menos dos veces al año. Diariamente, como mínimo, se fregarán los accesos y escaleras exteriores.

32.07. COLEGIOS PÚBLICOS Las actividades extraescolares diarias, que diariamente se realizan en la mayoría de los Colegios, es decir antes y después del horario considerado como lectivo (de 9 a 17 h.) pueden afectar al desarrollo de las labores de limpieza habituales, por lo que se encuentran reflejadas como orientativas en el Anexo 8 las que se han realizado durante el curso escolar 2009-2010.

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En el Colegio Artatxe, también se realizarán los trabajos de jardinería, consistentes en el corte de la hierba, poda de árboles, setos y rosales, así como el labrado de los parterres.

32.08. NUEVOS EDIFICIOS En el próximo año 2011, se prevé la ocupación de los Centros que actualmente se encuentran en construcción: San Agustín, Miribilla y Zankoeta. El edificio de San Agustín, situado en la parte trasera de la Casa Consistorial, se trasladarán algunas oficinas municipales. (Mediados del 2011) A Miribilla, se trasladarán los Servicios de Seguridad Ciudadana, Bomberos y Protección Civil, dejando libres los edificios que están ocupados en Garellano, sitos en la calle Luis Briñas, nº 14. Comienzo en octubre 2011. En el hasta ahora denominado edificio de “Desinfecciones”, sito en la calle Zankoeta, nº 4, actualmente se está rehabilitando para acoger nuevas dependencias, que al igual que en el caso anterior dejará libre el edificio que ocupa en Garellano, calle Luis Briñas, nº 16.

32.09. ACTOS FESTIVOS Tendrán tal consideración las fiestas que se desarrollen en los Barrios, “Aste Nagusia” y actividades musicales como “Bilbao BBk Live”, “Kobeta Mendi”, Cabalgata de Reyes, Carnavales, Carnavales en Colegios, Colonias de Bilbao Música, etc. La limpieza consistirá en el barrido y fregado diario de las superficies correspondientes: plataformas o escenarios, módulos para camerinos, vestuarios, así como los aseos integrados en los mismos, módulos de los médicos, incluso colchonetas y por último las carpas. Como orientación, en la pasada Aste Nagusia se instalaron nueve escenarios, veinte módulos y seis carpas. También se limpiará la Iglesia de la Encarnación, por ser utilizada para conciertos, aseos y salas utilizadas por los músicos.

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32.10 GARAJES SUBTERRÁNEOS EN EDIFICIOS Los garajes subterráneos ubicados en los Edificios Municipales (Policía Municipal y Bomberos en Miribilla, Edificio San Agustín, Casa Consistorial, Colegio Público Miribilla, etc.), se limpiarán (barrido), como mínimo, una vez a la semana incluidos los accesos a los mismos. Anualmente, como mínimo, se realizará el mangueo y arrastre limpiándose en profundidad las barandillas, ascensores, montacargas, etc. Semanalmente se retirarán de las papeleras, las bolsas de recogida, limpiándose las mismas y colocándose nuevas bolsas.

33. HORARIOS DE LIMPIEZA. Como norma general, todas las limpiezas deberán realizarse en horas comprendidas entre la finalización de la actividad principal y media hora antes del comienzo de las mismas. En aquellos edificios que se consideren singulares o que tengan un horario de actividad diferente del habitual, el trabajo se realizará en aquellas horas en las que menos distorsionen la actividad del edificio.

CAPÍTULO III: DESINFECCIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESRATIZACIÓN

34. GENERALIDADES. Como mínimo dos veces al año, coincidiendo en el caso de las escuelas con la época vacacional, de verano y navidad, se procederá a desinsectar, desinfectar y desratizar los Edificios Municipales, tanto interior como exteriormente. Para el resto de edificios, estas actuaciones se realizarán, como mínimo, con idéntica frecuencia. El Adjudicatario podrá subcontratar la realización de esta prestación con alguna empresa especializada, correspondiendo el control de dicha actuación al Servicio Municipal de Desinfecciones.

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35. DESINFECCIÓN. Se denomina Desinfección a la técnica de saneamiento que tiene por objeto destruir los microorganismos

patógenos, productores de enfermedades

transmisibles, actuando sobre personas, animales, ambiente y superficies de locales que son o podrían ser portadores de aquellos, evitando así su propagación; esta acción germicida puede ser bactericida, viricida, fungicida o esporicida, según que la actuación sea sobre bacterias, virus u hongos o sus formas de resistencia. Como consecuencia de ello, el objeto de la desinfección será erradicar o disminuir el número de microorganismos que afecten a la salud pública, mediante la aplicación de los productos desinfectantes que garanticen el fin perseguido.

36. DESINSECTACION. Tiene por objeto mantener las distintas dependencias libres de insectos de cualquier procedencia. Estos tratamientos tendrán principalmente carácter preventivo, al objeto de evitar el asentamiento y proliferación de insectos en los lugares problemáticos. No obstante, y de forma complementaria, se llevarán a cabo tratamientos curativos en todos aquellos casos en los que puedan surgir problemas esporádicos originados por la propia dinámica de los centros o por determinadas épocas del año en las que los insectos proliferan con especial intensidad (primavera y otoño).

37. DESRATIZACION Y DESRATONIZACION. El Pliego i ncluye, entre las tareas a desarrollar por el Adjudicatario, la Desratización

y

Desratonización

de

todos

los

Edificios

Municipales

relacionados en el Anexo 1. Cualquier problemática puntual dentro del período contratado será atendida de inmediato. Los tratamientos de DESRATIZACIÓN Y DESRATONIZACIÓN irán dirigidos a erradicar e impedir toda presencia de roedores (ratas y ratones), y en especial de la rata gris, de la rata negra y del ratón doméstico. La acción contra los roedores se deberá llevar a cabo, tanto a nivel de zonas interiores como de exteriores de sus instalaciones, considerando a éstas como posibles vías de acceso.

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Los tratamientos consistirán en minuciosas e intensas puestas de cebos, que se llevarán a cabo en todas aquellas áreas conflictivas o susceptibles de serlo. Los cebos podrán utilizarse en forma de pequeñas bolsitas portacebo que los protegen de los agentes atmosféricos, pudiéndose localizar perfectamente su colocación. Asimismo, y para zonas concretas con un elevado índice de humedad, se preverá utilizar Bloques Parafinados de larga duración y resistencia a la intemperie. Ambos tipos de cebos serán altamente atractivos para los roedores. La colocación de los cebos se realizará de forma manual, pudiéndose acceder de esta forma a la totalidad de las zonas conflictivas o de alto riesgo, realizándose

las colocaciones

de cebos con

corrección.

Éstos

no

se

depositarán a la vista, y su lugar de ubicación se seleccionará estratégicamente, además se llevará por el adjudicatario el control de donde y cuando se colocan

38. PRODUCTOS A UTILIZAR. Se entiende por eficacia de un producto insecticida la capacidad de éste para controlar y erradicar una plaga. Teniendo presente la gran variedad de insectos existentes y capaces de originar problemas, este insecticida deberá ser de amplio espectro y eficacia contrastada. Dependerá igualmente la eficacia del modo de acción del Insecticida, siendo ésta total cuando su efecto se produce tanto por contacto, Inhalación ó Ingestión. Teniendo en cuenta los lugares a los que va dirigido (aulas, aseos, vestuarios, oficinas, etc.), los productos a utilizar en los tratamientos deberán carecer de toxicidad para las personas, a la vez que garanticen el total control de los microorganismos presentes en estos lugares. Todos los productos a utilizar en e s tos tratamientos estarán registrados en la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios. Asimismo, aquellos que vayan a ser utilizados en comedores, cocinas y lugares donde se manipulen alimentos, estarán registrados en la Dirección General de Salud Alimentaria y Protección de los consumidores, conforme a la actual normativa.

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39. METODOS A EMPLEAR. 1 .-Para la desinfección Los métodos de aplicación de los tratamientos serán los más adecuados para garantizar la distribución de los productos a emplear de una forma regular y homogénea, con el fin de alcanzar todos aquellos lugares, incluso los de difícil acceso, donde los microorganismos se refugian y sobreviven a los tratamientos convencionales. Teniendo en cuenta todo lo expuesto, se establecen inicialmente las Técnicas de Pulverización Dirigida, Nebulización y Termonebulización. Las tres técnicas combinan la desinfección ambiental con la desinfección de superficies, obteniendo como resultado una desinfección total de los recintos a tratar. La diferencia entre los tres métodos de aplicación reside en el tamaño de gota y su capacidad de cobertura. 2.- Para la desinsectación. Los tratamientos se llevarán a cabo por el método de PULVERIZACIÓN DIRIGIDA, NEBULIZACIÓN Y TERMONEBULIZACIÓN. Para la realización de estos tratamientos se dispondrá de maquinaria adecuada, tanto de pulverizadores manuales como de remolques autónomos, que permitan realizar los tratamientos con agilidad y eficacia. 3.- Para la desratización y desratonización. Todos los Plaguicidas a emplear por el Contratista en sus tratamientos estarán clasificados dentro de la Categoría de Peligrosidad denominada NOCIVO, conforme a la actual normativa establecida en el Real Decreto 162/ 1991, de 8 de febrero, por la que se modifica la Reglamentación Técnico-sanitaria para la fabricación, comercialización y utilización de los Plaguicidas o legislación vigente en el momento de efectuar dicha tarea. Se exigirá al Contratista la inscripción en el Registro Oficial de Empresas y Servicios Plaguicidas, por la cual se autoriza a la utilización de Plaguicidas clasificados dentro de la Categoría lexicológica de NOCIVOS.

40. HORARIOS DE TRABAJO. Para la realización de los servicios de Desinfección y Desinsectación en los Centros Escolares se escogerán preferentemente

días de los períodos

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vacacionales, de tal forma que los centros se encuentren vacíos. En el resto de los edificios se realizarán aprovechando los fines de semana o en función de las actividades programadas. El personal estará disponible para la atención inmediata de cualquier problema puntual que pudiera surgir durante el período contratado, al margen del programa previsto.

41. CONTROLES BACTERIOLOGICOS. Un programa de desinfección debe prever la necesidad de realizar controles bacteriológicos,

dirigidos

a

conocer

los

tipos

y

concentraciones

de

microorganismos existentes. El Contratista ofrecerá la posibilidad de realizar este tipo de controles en aquellos lugares y ocasiones en los que por darse un tipo de problemática determinada, sean de interés. Todas

las

labores

serán

realizadas

por

personal

técnico

cualificado,

garantizándose los resultados. Los controles bacteriológicos irán principalmente dirigidos a conocer la presencia de microorganismos del tipo: Aerobios, Enterobacterias, Mohos y Levaduras, Esporas Aerobios, Clostridios, Coliformes, E. coli, Estreptococos fecales, Stphilococus, Aureus. Salmonella, etc.

42. GARANTIAS Y CERTIFICADOS DE TRATAMIENTO. Dentro del periodo contratado, el Adjudicatario garantizará la efectividad de sus tratamientos, emitiendo los correspondientes Certificados de Tratamiento Sanitario p o r empresa autorizada. Estos serán analizados por el Servicio Municipal de Desinfección, el cual emitirá un informe al Área de Servicios G e n e r a l e s , con su conformidad a lo realizado o con las rectificaciones que la Empresa deba realizar. Dentro de este periodo, el Adjudicatario atendería cualquier problemática puntual que pudiera surgir, sin cargo adicional alguno. Una vez realizados los tratamientos el Adjudicatario emitirá los correspondientes Certificados Sanitarios de Tratamiento, como Empresa autorizada, para su presentación ante cualquier autoridad sanitaria que lo exigiera.

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CAPÍTULO IV: OBLIGACIONES Y DERECHOS DEL ADJUDICATARIO.

43. OBLIGACIONES DE CARÁCTER GENERAL. Con el fin de prestar el servicio en la forma que se indica en el Presente Pliego, el Adjudicatario asume el compromiso de desarrollar y dar cumplimiento a las siguientes obligaciones: 1 Tener la organización técnica, económica y de personal suficiente para la adecuada realización del servicio. 2. Ejercer directamente la prestación del servicio en las condiciones contenidas en este Pliego y en la oferta, sin posibilidades de Subcontratar o ceder, salvo las tareas que expresamente se señalan. 3. Nombrar un representante debidamente acreditado que canalice las relaciones entre el Adjudicatario y los servicios municipales. 4. Llevar a cabo el servicio con los medios humanos y mecánicos establecidos en la oferta y aceptar y colaborar con el Ayuntamiento en su actividad de control y vigilancia, tanto en sentido cuantitativo como de calidad. 5. Poner a disposición del Ayuntamiento la totalidad de los medios humanos y maquinaria, cuando concurran circunstancias especiales o de urgencia que lo hagan necesario. 6. Informar al Ayuntamiento sobre todas las variaciones contractuales, incrementos y disminuciones del personal que tiene asignados a los centros objeto del contrato, con la antelación suficiente para que el Área

de

Servicios

Generales,

pueda

dar

a

conocer

sus

consideraciones, en el caso de que lo considerase oportuno. 7.

Acreditar

y justificar,

siempre que

le sea requerido por

el

Ayuntamiento, el cumplimiento de las obligaciones fiscales, laborales, en materia de seguridad social, laboral, etc., mediante la exhibición de la documentación y/o comprobantes que puedan ser exigidos al Adjudicatario. 8. Aportar la información que, al margen de lo establecido en este Pliego, se solicite al Adjudicatario de forma especifica sobre: procesos

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de trabajo, tareas efectuadas,

tiempo invertido, constitución de

equipos, sustituciones del personal, etc. 9. Entregar a persona responsable de cada centro los objetos que los operarios puedan encontrar durante la realización de los trabajos o su permanencia en los locales y/o dependencias incluidas en el ámbito del contrato.

44. MATERIAL Y MAQUINARIA. Serán por cuenta del Adjudicatario el suministro de todos los útiles y material de limpieza y maquinaria para prestar estos servicios. Todos estos medios serán de uso exclusivo para los servicios objeto del presente Concurso, no pudiéndose utilizar en ningún otro caso, salvo órdenes expresas de la Dirección del Área. El Contratista deberá tener constantemente a disposición el material necesario para prestar los servicios, por lo que deberá contar con los equipos de reserva que considere convenientes, debiendo indicar en su oferta el Plan de Reserva propuesto. El agua y la energía eléctrica, necesarias para la prestación de los servicios, será facilitada gratuitamente por el Ayuntamiento, debiéndose potenciar la utilización de maquinaria de bajo consumo energético y el ahorro de agua.

45. IMAGEN E IDENTIFICACIÓN EXTERIOR DE LOS MEDIOS HUMANOS Y MATERIALES. Con carácter general, todos los elementos de vestuario, útiles, vehículos y máquinas

tendrán

una

identificación

exterior

definida

por

el

Excmo.

Ayuntamiento de Bilbao, que deberá ser permanente a lo largo de la vigencia del contrato.

46. ATENCION PERMANENTE. El Adjudicatario dispondrá de un Servicio de atención permanente de llamadas de quejas y sugerencias (teléfono) y a la vez, mantendrá contacto permanente y diario con el Servicio Técnico Municipal competente, a través del Técnico señalado en el Pliego.

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Todas las comunicaciones y seguimiento de los trabajos serán registrados en las aplicaciones informáticas facilitadas por el Ayuntamiento para la gestión de avisos y coste por edificio. Deberá disponer de los medios de telefonía y radio necesarios para asegurar la comunicación entre los Servicios Técnicos Municipales y la Empresa Adjudicataria, que a su vez estará interconectada con todos los vehículos afectos a los servicios y las personas responsables de los distintos cometidos.

47. TRABAJOS DIVERSOS El

Adjudicatario

vendrá

obligado

a realizar

aquellos

y

trabajos

que,

eventualmente y aunque no sean los específicos de su adjudicación, le sean encargados por el Excmo. Ayuntamiento de Bilbao, con la única limitación de que sean similares a alguna de las operaciones contratadas y que el personal las efectúe de acuerdo con su categoría laboral. El costo de los mismos se fijará contradictoriamente, debiéndose aprobar con anterioridad a su ejecución

48. DERECHOS DEL CONTRATISTA. El Adjudicatario tendrá, además de todos aquellos que en legalidad le correspondan, los siguientes derechos: 1.- Recibir, con cargo al Ayuntamiento, los suministros de agua, luz y energía (fuerza) con que se encuentran dotados los edificios, en la cuantía necesaria para llevar a cabo los servicios, debiendo de hacer el contratista un uso sostenible de dichos servicios. 2.- A quedar exento de responsabilidad, si por cualquier causa ajena a su voluntad, el Adjudicatario no pudiese realizar los servicios por falta de suministro de cualquiera de los elementos antes señalados. 3.- Recibir el importe mensual de los trabajos realizados y certificados en los plazos señalados por la Ley. 4.- A la aplicación puntual de la revisión de precios en la forma señalada en el Pliego.

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CAPÍTULO V: CONDICIONES RELATIVAS A LOS MEDIOS PERSONALES

49. DISPONIBILIDAD DEL PERSONAL. La Empresa Adjudicataria deberá disponer del personal necesario, en número y con cualificación suficiente para efectuar los trabajos especificados en el presente Pliego de Condiciones. El Excmo. Ayuntamiento no tendrá relación jurídica, ni laboral, ni de otra índole con el personal de la Empresa Adjudicataria, durante el plazo de vigencia del Contrato, ni al término del mismo. El Adjudicatario, no podrá pretextar la falta de personal para suspender o retrasar los servicios ofertados o que expresamente le ordene el Ayuntamiento, debiendo disponer en todo momento del necesario para su ejecución. Todo el personal empleado en la realización de los servicios, tendrá dedicación exclusiva y deberá estar perfectamente uniformado, conforme al modelo previamente aceptado por el Excmo. Ayuntamiento de Bilbao. Los licitadores presentarán un boceto con los tipos de uniforme que propongan para el personal. Dicho uniforme deberá ser desarrollado de acuerdo con el manual de indentidad corporativa del Ayuntamiento de Bilbao. La Dirección del contrato podrá ordenar la reorganización de los servicios contratados por necesidades del mismo, debidamente justificadas.

50. PERSONAL PERTENECIENTE AL CONTRATO ANTERIOR. En cumplimiento de lo establecido en el vigente Convenio Colectivo, en el Anexo 4 se adjunta relación innom inada de personal que actualmente se encuentra prestando los servicios de limpieza, con su categoría, antigüedad y horas/día.

51. RELACION DE PERSONAL AL INICIO DE LOS TRABAJOS. El Adjudicatario, en el plazo de quince días posteriores a la firma del contrato y previamente al Acta de Inicio de los trabajos, presentará la relación innom inada de personal, con categoría, antigüedad y horas/día.

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52. VARIACIONES DE PLANTILLA. Durante la vigencia del contrato, siempre que se vaya a producir una variación en la plantilla con la que se inicia el Contrato, bien sea por jubilación, defunción, baja voluntaria, despido, invalidez temporal, invalidez permanente, etc.; o siempre que se produzca una variación por necesidades del servicio, el Adjudicatario está obligado a comunicar por escrito tal hecho, a los Servicios Municipales. En la comunicación deberá incluirse además los datos indicados en el artículo anterior correspondientes a la persona o personas que le sustituyen. Toda sustitución será realizada como mínimo, con personal de la misma cualificación y horario que tenia el sustituido. 53. AUMENTO O REDUCCION DE LA PLANTILLA. Si por causas justificadas, tales como variación del ámbito del contrato, fuera necesario realizar un aumento de la plantilla presentada en la oferta, el Adjudicatario elaborará previamente un estudio o informe justificativo de tal necesidad, en el que se acreditará la imposibilidad de racionalizar la organización de la plantilla disponible. 54. VESTUARIO. Todo el personal de los servicios deberá ir uniformado. La calidad y cantidad del vestuario del personal se regirá en todo momento según lo acordado por los Convenios Colectivos y por la Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo. 55. IDENTIFICACION. Todo el personal deberá estar perfectamente identificado mediante una tarjeta o "txartela" que deberá llevar visible en todo momento mientras permanezca en las dependencias municipales, en orden a la seguridad de los servicios. La tarjeta deberá contener el anagrama de la empresa y del Ayuntamiento, y la identificación del trabajador/a, con su nombre y fotografía. La citada tarjeta será facilitado por el Adjudicatario a todo su personal. 56. SEGURIDAD DEL PERSONAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL. El Adjudicatario deberá tener debidamente asegurado a todo el personal a su cargo, según la vigente normativa sobre Derecho del Trabajo y Seguridad Social. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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Por otra parte, debe suscribir las pólizas de Seguros de Responsabilidad Civil que cubran posibles daños a terceros y al propio Ayuntamiento en la realización de los trabajos contemplados. Velando por la seguridad de los trabajadores que realizan las labores de limpieza de los cristales, se han colocado, en todos los edificios que se han estimado lo requerían, unos anclajes en las zonas próximas a las ventanas, a fin de que los operarios cuando tengan que trabajar en el exterior y en altura, queden sujetos ante una caída involuntaria. La Empresa Adjudicataria de este contrato deberá velar por el mantenimiento de los citados anclajes, así como de la instalación de nuevos bien porque considere insuficientes los actuales o que por ser edificios que se añadan al contrato no dispongan de ellos. Antes de su instalación se comunicarán los emplazamientos y el Sistema de Anclaje a los Servicios Técnicos Municipales. El Adjudicatario dotará a su personal de tantos equipos de protección individual y colectivos, como sean necesarios, a fin de lograr la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados de su actividad. 57. ASEO Y DECORO PERSONAL. El Adjudicatario se responsabilizará de la falta de aseo, decoro, uniformidad en el vestuario, o de la descortesía o mal trato que el personal observe con respecto a los usuarios de los edificios objeto de Contrato y por analogía del resto de las faltas recogidas en el Convenio Colectivo para el Sector de Limpieza de Edificios y Locales de Bizkaia. Tales hechos darán lugar a la imposición de las sanciones que se establecen en este Pliego. 58. MODIFICACION DE LA JORNADA. Si durante la vigencia de este Contrato se acordase entre la Empresa Adjudicataria y sus trabajadores la reducción o modificación de la jornada de trabajo, ello no

repercutirá en la calidad ni cantidad de los servicios

contratados, ni tendrá repercusión alguna para el Ayuntamiento en el costo del contrato. De la citada reducción o modificación se dará cuenta a los Servicios Técnicos municipales para su control.

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59. INSTALACION DE TAQUILLAS. El adjudicatario será el responsable de organizar el sistema de taquillas, de conformidad con la legislación y normativa vigente. En este sentido deberá de procurar, por su cuenta y a su cargo, las instalaciones y medios necesarios para suplir la imposibilidad física de su colocación en los edificios en los que ello resulte ciertamente imposible. El adjudicatario será responsable de las consecuencias que se deriven de tal incumplimiento. 60. FORMACION DE PERSONAL, SEGURIDAD E HIGIENE Y SERVICIOS MÉDICOS. El adjudicatario deberá observar el estricto cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de Seguridad de Higiene en el trabajo, así como los Servicios Médicos necesarios. Especialmente deberán atenerse a lo dispuesto en el Orden de 9 de marzo de 1971, por la que se aprueba la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, en su parte vigente, así como en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (B.O.E. 10.11.95) y el Real Decreto 39/1997 de 17 de enero, correspondiente al Reglamento de los Servicios de Prevención, o legislación vigente aplicable. Asimismo será por cuenta del Adjudicatario la organización de las actividades de formación necesarias para la actualización permanente de la plantilla al servicio del contrato. En el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de adjudicación, el Contratista presentará su Plan de Seguridad y Salud, partiendo de la Evaluación de Riesgos adjunta a este Pliego, correspondiente a la actividad de limpieza de edificios y locales para este contrato, con una evaluación genérica de los riesgos, otra evaluación específica en función de cada puesto de trabajo, así como el análisis de riesgos de daños a terceros. Igualmente deberá figurar, en dicho documento, el nombramiento de la persona Responsable de Seguridad de la Empresa, así como el Coordinador en materia de Seguridad y Salud durante la ejecución del contrato.

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61. OTRAS OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. El Adjudicatario quedará obligado al cumplimiento de las

obligaciones

laborales que determine la legislación vigente, en materia de salarios, seguridad social, accidentes

de trabajo, puntualidad laboral, formación,

seguridad e higiene, etc. El incumplimiento de cualquiera de estos aspectos facultará al Ayuntamiento para la resolución del contrato. En ningún caso incumbirá responsabilidad alguna al Ayuntamiento, sino sólo al Contratista, por lo que pudiera provenir del incumplimiento de las obligaciones que el Adjudicatario tuviera contraídas con sus operarios o empleados, o de los daños que pudieran derivarse de la ejecución de las diversas prestaciones objeto del contrato. El Adjudicatario estará obligado a presentar los informes y estudios que sobre procedimientos, materiales, productos, ensayos, etc., le sean solicitados por los Servicios Técnicos y que evidentemente estén relacionados con los trabajos a desempeñar. En el plazo máximo de 15 días, a contar desde el siguiente de recibir la notificación de la adjudicación, comunicará al Ayuntamiento su domicilio a efectos legales del contrato.

CAPÍTULO VI .- FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN: INSPECCION Y CONTROL DE CALIDAD , REGIMEN SANCIONADOR.

62. CONTROL DE CALIDAD. Es facultad del Ayuntamiento de someter la prestación de los servicios de limpieza a la inspección y control de calidad de forma continuada, bien con personal propio, bien a través de los órganos que puedan contratarse a tal efecto. La realización de los controles tiene como finalidad obtener unas prestaciones satisfactorias de acuerdo con las condiciones exigidas en este Pliego y, que

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podemos resumir en dos: A) Conseguir y mantener una calidad óptima del Servicio de Limpieza. B) Ofrecer al usuario la confianza de que se está obteniendo la calidad deseada en el Servicio prestado.

63. SISTEMAS DE CONTROL. La verificación del cumplimiento de los servicios se realizará mediante un sistema de control de las prestaciones, con la periodicidad que el Ayuntamiento considere conveniente, basado en los siguientes aspectos: A.) El control de actividades. B) La evaluación del nivel de limpieza. Se deberá presentar un Plan de Supervisión, Control y Evaluación de la calidad de la limpieza que evalúe la calidad de la misma y sirva de índice de calidad para el Acta de Inspección indicada en el Artículo 66. .

64. CONTROL DE ACTIVIDADES. Tendrá por objeto comprobar el grado de cumplimiento de las prestaciones técnicas estipuladas en este Pliego, y en la oferta, en lo concerniente

a

frecuencias, número de trabajadores y forma de ejecución de los trabajos. Estas revisiones se realizarán conjuntamente con los responsables de la empresa adjudicataria.

65. CONTROL DE PRESENCIA DEL PERSONAL Se realizará diariamente el control de presencia del personal asignado a los trabajos de limpieza en cada centro de trabajo. Se realizará mensualmente el control del absentismo del personal, quedando el adjudicatario obligado a demostrar toda sustitución con personal de la misma cualificación al trabajador sustituido. Los licitadores incluirán en su oferta el sistema de control que proponen. Definirán, también, la estructura jerárquica de la totalidad de la plantilla de trabajadores adscrita al contrato.

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66. ACTAS DE INSPECCION. La valoración

se

determinará por

las

personas encomendadas por el

Ayuntamiento, siguiendo unos recorridos o rutas de supervisión, donde constará las dependencias o locales a inspeccionar. Como resultado de ellas se levantarán diversas actas de calidad que se resumirán en un informe de calidad, que recogerá como mínimo los siguientes datos: - Nivel de limpieza de cada zona y valoración final otorgada - Anomalías observadas, gravedad de las mismas y posibles causas - Medidas de corrección a adoptar, con indicación de compromisos y plazos de ejecución. Las Actas de Calidad deberán estar firmadas por el técnico municipal y el representante de la empresa adjudicataria, a quién se le facilitará una copia de las actas levantadas.

67. PRESENCIA DEL CONTRATISTA EN LOS CONTROLES. El Adjudicatario, a través del representante que designe, tendrá derecho a presenciar el control que se efectúe por el funcionario o por medio de personal del órgano contratado. Durante la visita de inspección y control, podrán ser acompañados por el Director del Centro o personal en quien delegue

68. REVISIÓN DE PRECIOS. 1.- Para el primer año del contrato los precios permanecerán invariables. Procederá la revisión, a partir del primer mes del segundo año del contrato. 2.- La revisión de precios se producirá mediante la aplicación del factor que resulte de considerar la evolución del índice oficial de precios al consumo, para la Comunidad Autónoma Vasca multiplicado por 0,85. Es decir: Fa = IPC x 0,85.

69. FORMA DE PAGO. Mensualmente se expedirá una certificación correspondiente a los trabajos efectuados, descontándose aquellos que no se hayan ejecutado, adjuntándose copia de los TC1 Y TC2. SERVICIO DE LIMPIEZA INTERIOR EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES DE BILBAO Pliego de Prescripciones Técnicas

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70. DESCUENTOS SOBRE CERTIFICACIÓN. Con independencia de las sanciones que se señalan en el presente Pliego, el Ayuntamiento tendrá derecho a aplicar descuentos sobre Certificación, cuando se produzcan las siguientes circunstancias: -

Cuando se produzca el cierre temporal de cualquier dependencia o centro se descontará el importe correspondiente a la superficie afectada.

-

Cuando se produzca el cierre definitivo de cualquier dependencia o instalación, hasta que se produzca la correspondiente modificación del contrato.

71. REGIMEN SANCIONADOR Las sanciones en que pueda incurrir el adjudicatario en la prestación de los servicios, se calificarán como leves (L), graves (G) y muy graves (MG), según la tipificación de las mismas que se detalla en el cuadro siguiente: 1º.- Falta de uniforme reglamentario en el personal y el indecoroso del mismo .......................................................................... ................... L 2º.- Por

falta

de

respeto

al

público,

inspectores

de

los

técnicos municipales y agentes de la autoridad ........................... L 3º.- Utilización de los uniformes o del material como soporte de elementos publicitarios o propagandísticos ...................................... L 4º.- Por omisión del deber de comunicar situaciones contrarias al buen estado de las limpiezas y al desarrollo de las mismas, tanto en lo referente a la calidad, personal y medios .................. ..... L 5º.- Por riñas o peleas de los operarios/as durante el desempeño del servicio .............................................................................. ...... L 6º.- Incumplimientos de las normas generales ........................................ G 7º.- Modificación de un servicio sin causa justificada y su notificación previa .............................................................................................. G 8º.- La utilización de un material distinto al exigido para cada tarea especifica ........................................................................................ G 9º.- Estado general de los medios mecánicos manuales, etc., en las inspecciones técnicas valorándolas de la siguiente forma:

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* Insuficiente : .....................................................................................G * Defectuoso: .....................................................................................G 10º.- Ocupación del equipo en tareas distintas que las propias de los Servicios contratados ................................................. G 11º.- Falta de los elementos de seguridad necesarios para la prestación del

servicio ................................................... MG

72. SANCIONES En caso de que el adjudicatario cometa alguna infracción, el Ayuntamiento impondrá las siguientes sanciones: a) Por la comisión de infracción calificada como de muy grave, multa de 15.000 a 30.0000 € y/o rescisión del contrato. b) Por la comisión de infracción grave, multa de 5.000 a 15.000 €. c) Las faltas leves, podrán ser sancionadas con multa de 500 a 5.000 €

CAPÍTULO VII : PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU VALORACIÓN

73. CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR. Todas las ofertas deberán, como mínimo, cumplir lo exigido en el presente Pliego, no admitiéndose ofertas variantes. DOCUMENTACION TECNICA A PRESENTAR POR EL LICITADOR (SOBRE B): Estudio Técnico para llevar a cabo los servicios y trabajos contemplados en el presente Pliego. En dicho estudio deberá de incluirse: -

Medios Técnicos para el Contrato.

-

Medios Humanos y Coordinación de la Gestión.

-

Sistemas de Supervisión, Control y Evaluación previstas para el Contrato.

DOCUMENTACION ECONÓMICA (SOBRE C):

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Oferta económica: Los licitadores presentarán debidamente cumplimentados copia de cada uno de los cuadros y fichas que figuran en los Anexos 5, 6 y 7 de este Pliego. Así como las mejoras valoradas.

74. TIPO DE LICITACION. A los efectos de la licitación que se regula en el presente pliego se establece un tipo anual máximo para los servicios definidos en el Art. 14A y 14B, de 11.450.000 €/año IVA incluido (canon anual). La cantidad anual máxima estimada para la realización de limpiezas extraordinarias o trabajos puntuales no previstos, establecidos en el Art. 14C por un importe estimado de 50.000 €/año IVA incluido La realización de estos trabajos queda sujeto al criterio exclusivo de los Servicios Técnicos Municipales, quienes podrán decidir sobre su ejecución o no, sin que el Adjudicatario pueda alegar compromiso alguno sobre su materialización.

75. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS El proceso de adjudicación se iniciará con el examen de las ofertas presentadas por cada uno de los licitadores admitidos a concurso. A. Oferta Económica ....................................................................... 48 Puntos B. Certificaciones del Sistema de Gestión ......................................... 3 Puntos C. Mejoras Valoradas ........................................................................ 5 Puntos D. Medios Técnicos para el Contrato ................................................. 15 Puntos E. Medios Humanos y Coordinación ............................................... 15 Puntos F. Sistemas de Supervisión, Control y Evaluación previstos para el Contrato .......................................................................... 14 Puntos 75.01. CRITERIOS VALORABLES POR FÓRMULA (SOBRE C) A. Valoración de la Oferta Económica .............................. hasta 48 Puntos El Licitador ofertará un porcentaje de Baja para cada uno de los conceptos siguientes: • Baja sobre el Tipo de Licitación en tanto por ciento (Anexos 6 y 7) .................................................................. hasta 40 Puntos • Baja porcentual sobre los precios unitarios contenidos

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en el Anexo 5 ................................................................... hasta 8 Puntos De estos 8 Puntos, 5 serán para los Precios Unitarios de Mano de Obra y 3 Puntos para los Precios Unitarios de Maquinaria y Productos de Limpieza. Obtendrá la máxima puntuación la Oferta más baja por considerarse la más ventajosa para el ayuntamiento. La puntuación del resto de las ofertas se desprende de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 - OB 100 – OL

x puntos aplicables en cada caso

Siendo: - OB = Oferta Económica más baja expresada en tanto por ciento con respecto al Precio de Licitación. - OL = Oferta Económica del Licitador expresada en tanto por ciento con respecto al Precio de Licitación. Se considerará como desproporcionada o temeraria la Baja de toda proposición cuyo porcentaje sea superior al 10% sobre el tipo de licitación.

B. Certificaciones del Sistema de Gestión ......................... hasta 3 Puntos Se valorará la posesión por el Licitador de Certificaciones de Sistemas de Gestión según la puntuación siguiente: • Sistemas de Gestión de Calidad (ISO.9.001 o equivalentes) ..................................................... 1 Puntos • Sistemas de Gestión Ambiental (ISO 14.001 o equivalentes) .................................................... 1 Puntos • Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad en el trabajo (OHSAS 18.000 o equivalente) ............................................... 1 Puntos

C. Mejoras Valoradas ........................................................... hasta 5 Puntos Las mejoras que se oferten serán sin costo alguno presente o futuro para el contrato. Se presentarán valoradas económicamente, según precios de mercado. Para ser valoradas las mejoras, han de tener interés objetivo para el Ayuntamiento por significar una clara mejora en la calidad o prestaciones del servicio. Dentro de los aspectos a tener en cuenta en las mejoras son: - Incremento de las Frecuencias en las labores previstas en el Pliego.

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- Utilización de Productos Ecológicos y Equipos de Ahorro Energético. - Refuerzos o Ampliación de los Turnos en eventos especiales. - Incremento de dotaciones (dosificadores de jabón, porta-bobinas de papel, bobinas seca-manos, desodorantes, contenedores higiénicos, etc.). - Mejora en los Protocolos de Limpieza y Desinfección. - Propuestas de Mecanización de Limpieza que redunden en una mejora del Servicio y ahorro económico. - Alfombras para la seguridad de acceso a los edificios en días de lluvia (o para proteger y alargar la vida de los suelos y tratamientos). - Otras mejoras que redunden en la mejora de los servicios. Su puntuación se llevará a cabo de forma proporcional, dando la mayor puntuación a las mejoras aceptadas que supongan mayor importe económico.

75.02. CRITERIOS NO VALORABLES POR FÓRMULA (SOBRE B) La memoria técnica del Sobre B, ha de ir obligatoriamente en el mismo orden que los criterios de adjudicación siguientes, pudiendo ser motivo, para invalidar la licitación, la no presentación de la forma indicada. D. Medios Técnicos para el Contrato ............................... hasta 15 Puntos. D.1 Maquinaria asignada al servicio D.1.1 Relación General de la maquinaria. D.1.2 Relación por edificios y por su finalidad e idoneidad. D.1.3 Fichas Técnicas de las características de la maquinaria (solo información técnica y no comercial). D.1.4 Tiempo de puesta a disposición-implantación. D.2 Productos de limpieza asignados al servicio D.2.1 Relaciones por elementos a limpiar y su idoneidad. D.2.2 Fichas Técnicas y de seguridad (sólo información técnica y no comercial) D.3 Almacenes propios para el servicio D.3.1 Organización del almacén, sistemas de reparto y tiempos de respuesta. D.4 Útiles para el servicio - En todos los casos fichas técnicas -.

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D.4.1 Idoneidad de los útiles en función de los diferentes elementos a limpiar. D.5 Uniformidad para el servicio D.5.1 Dotación. D.5.2 Idoneidad D.6 Plan de reserva de maquinaria y material. E. Medios Humanos y Coordinación ................................. hasta15 Puntos E.1 Horarios y Coordinación E.1.1 Horario general y por centro, por turno y tareas. E.1.2 Plan de Coordinación de los servicios y coordinación con el Ayuntamiento de Bilbao. E.2 Recursos Humanos disponibles. E.2.1 Organigrama previsto para la gestión del contrato. E.2.2 Soluciones para urgencias, imprevistos, incidencias, bajas, etc. E.3 Formación E.3.1 Oferta formativa prevista para el personal del contrato, cursos y contenidos. E.3.2 Colaboración con la euskaldunización para el personal del contrato. F. Sistemas de Supervisión, Control y Evaluación previstos para el contrato .............................................................................................. hasta 14 Puntos. F.1. Metodología de trabajo, procedimiento de ejecución de cada tarea. F.2. Cuadro de tareas y frecuencias recalcando las que superen las previstas en el Pliego. F.3 Política de calidad para el contrato, Plan de Calidad de Gestión. F.4 Política medioambiental para el contrato, Plan de recogida selectiva de residuos. F.5 Descripción del seguimiento On-Line de la ejecución de tareas y de la supervisión de la calidad en el servicio. Bilbao, Julio de 2010 E L JEFE DE LA SECCIÓN DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MUNICIPALES

LA JEFA DE LA SUBÁREA DE GESTIÓN DE EDIFICIOS MUNICIPALES

Vº Bº, EL DIRECTOR DEL ÁREA DE SERVICIOS GENERALES MUNICIPALES

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