POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD

RESOLUCION Nº 356 Diciembre de 2010 POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ABIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA ESCOGENCIA DE UN CONTRATISTA EL ALCALDE

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RESOLUCION Nº 356 Diciembre

de 2010

POR MEDIO DE LA CUAL SE DECLARA ABIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA ESCOGENCIA DE UN CONTRATISTA EL ALCALDE MUNICIPAL DE BETULIA, en uso de sus facultades constitucionales, legales y … CONSIDERANDO:

Que se ha realizado la convocatoria para el proceso de selección de un contratista, para que realice la prestación de servicios “APOYO PARA REALIZAR

ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. De acuerdo con las condiciones expuestas en los estudios previos, de conveniencia y oportunidad, que se encuentran en la oficina gestora del municipio y que para este contrato es la Secretaría de Gobierno del Municipio. Que el término para la presentación de las diferentes propuestas es el día Diciembre de 2010, hasta las TRES de la tarde.

17 de

Que en convocatoria está expreso los demás requisitos tales como, objeto precio, lugar de ejecución y todo lo inherente para la presentación de la propuesta. RESUELVE:

ARTÍCULO ÚNICO: DECLARESE ABIERTO EL PROCESO DE SELECCIÓN DE UN CONTRATISTA, PARA QUE REALICE LA PRESTACIÓN DE “APOYO PARA REALIZAR

ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

CARLOS ARIEL NAVARRO ROJAS Alcalde Municipal de BETULIA.

ALCALDIA MUNICIPAL DE BETULIA

PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA POR VALOR INFERIOR AL 10% DE LA MENOR CUANTIA INVITACION Nº 055

OBJETO: “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”.

BETULIA, DICIEMBRE DE 2010

PLIEGOS DE CONDICIONES PARA LA SELECCIÓN ABREVIADA 1. CONDICIONES GENERALES Y JURIDICAS: A este proceso de selección son aplicables los principios y normas de la Constitución Política, la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2008 y sus decretos reglamentarios, en especial los Decretos 2474, 4828 y 4881 de 2008 y el Decreto 3576 de 2009, así como las demás normas concordantes o complementarias, para aquellos aspectos no regulados en las normas anteriores, se aplican las normas comerciales y civiles pertinentes; así como las reglas establecidas en este pliego de condiciones o en las adendas que se expidan durante el desarrollo de este proceso. 2. MODALIDADES DE PARTICIPACION Podrán participar en el presente proceso Personas Naturales o Jurídicas nacionales que presenten propuestas a título individual. 3. OBJETO:

La Alcaldía Municipal de Betulia (Santander), está interesado en contratar: “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. De conformidad con las especificaciones y requerimientos técnicos, de acuerdo a lo establecido en la ley 1150 de 2007 y decretos 2474 de 2008, y 3576 de 2009. 3.1.

ÍTEMS DETALLADOS DEL OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El municipio de Betulia necesita el para “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. Se hace necesario la prestación de servicios de una persona idónea, en actividades recreativas que fomenten la protección de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, siguiendo la política de infancia y adolescencia del Municipio, mitigando el riesgo de aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Por lo anterior se necesita: Contratar con las siguientes especificaciones:

Teniendo en cuenta la necesidad antes descrita la Alcaldía Municipal de Betulia requiere a la persona natural o jurídica, que se encuentre en capacidad de prestar los prestación de servicios requeridos para “APOYO PARA REALIZAR

ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. fortaleciendo con ello la comunidad, y en cumplimiento de las actividades estipuladas en el plan de desarrollo. 4. PRESUPUESTO OFICIAL La Alcaldía de Betulia Santander, ha estimado el presupuesto oficial en la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($ 8.000.000,oo) con cargo a los rubros 10305071201 y 10305071206, DEL SECTOR ATENCION GRUPOS VULNERABLES 5. REQUISITOS HABILITANTES DE LA PROPUESTA Según lo señalado en el Decreto 3576 de 2009, estos son los requisitos habilitantes: Se deben presentar los siguientes documentos: • •

• • • • • • • • •

Carta de presentación de la propuesta. La carta de propuesta que no esté debidamente firmada no será tenida en cuenta. La carta de propuesta deberá tener inmersa la propuesta económica; si no se observa o es superior al valor del presupuesto oficial, no será tenida en cuenta. Cámara de comercio Registro Único Tributario (RUT) Certificado de antecedentes judiciales Certificado de antecedentes disciplinarios Certificado de antecedentes fiscales Cédula de ciudadanía Seguridad social Hoja de vida de la función publica Declaración de bienes

6. GARANTIAS Cumplimiento: por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual a su plazo y dos (2) meses más.

Pago de salarios y prestaciones sociales, e indemnizaciones: por el equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. Calidad del servicio: a prestar en cuantía equivalente al 10% por ciento del valor total del contrato con vigencia igual a la del contrato y cuatro (4) meses más. 7. PROPUESTA ECONOMICA El precio se debe expresar en números enteros. Además de lo anterior deben tener en cuenta los descuentos que realiza la Alcaldía Municipal de Betulia. Los aportes a seguridad social, y riesgos profesionales, el transporte y viáticos Las propuestas por encima del presupuesto oficial serán evaluadas como NO CUMPLE económicamente. La propuesta económica presentada en suma cotizada por el proponente, no estará sujeta a ajustes, igualmente se entenderá que dicho precio contempla la totalidad de los costos en que incurra el contratista para la ejecución y cumplimiento del contrato, por lo tanto la Alcaldía de Betulia Santander, no reconocerá costos adicional por este concepto. 8. CRONOGRAMA ACTIVIDAD

FECHA INICIO Fijación aviso de 10 de convocatoria Diciembre invitación de 2010 Inscripción de 16 de posibles Diciembre oferentes 8:00 A.M. Entrega de propuestas y cierre del proceso Entrega Informe Evaluación Traslado de evaluación

del de

la

Adjudicación y firma del contrato

FECHA FINAL

15 de Diciembre de 2010 16 de Diciembre a las 3:00 P.M. 17 de 17Diciembre Diciembre hasta las desde las 3:00 P.M. 8:00A.M. 18 de 18 de Diciembre Diciembre 8:00 A.M a las 12 del medio día 21 de Diciembre 02:00 PM 22 de 22 de Diciembre Diciembre las 8:00 a las 1 P:M A:M

LUGAR Secretaria de Gobierno Alcaldía de Betulia. Página www.alcaldiabetulia.gov.co Secretaria de Gobierno

Secretaria de Gobierno.

Secretaria de Gobierno Alcaldía de Betulia. Página www.alcaldiabetulia.gov.co Secretaria de Gobierno Alcaldía de Betulia. Página www.alcaldiabetulia.gov.co Secretaria de Gobierno Alcaldía de Betulia

9. PLAZO DE EJECUCIÓN. El plazo para ejecución del contrato será de 30 días calendario, contados a partir de la firma del acta de inicio. 6. SITIO DE EJECUCIÓN. El servicio se prestará en el municipio de Betulia.

10. FORMA DE PAGO. Se cancelará el 50% como anticipo según avances de las actividades de los items del presente contrato. 11. CRITERIOS PARA LA ADJUDICACION EVALUACION

Y METODOLOGIA DE LA

11.1 PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN La Alcaldía de Betulia Santander, en el plazo determinado en el cronograma, realizará la evaluación de las ofertas de acuerdo con los criterios de calificación establecidos en el presente capítulo, Dentro del término antes señalado, podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones y explicaciones que estime indispensables. Este plazo podrá ser prorrogado antes del vencimiento, hasta por el término igual al inicialmente fijado. Para efectos de la calificación económica se consideran únicamente las propuestas hábiles, es decir aquellas que: 1) cumplan la totalidad de los requisitos habilitantes de acuerdo al numeral5. 2) Su valor total corregido no supere el presupuesto previsto para el presente proceso de contratación. La evaluación de las ofertas se hará sobre la base de cien (100) puntos, que se aplicaran a los siguientes factores: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PUNTAJE Cumplimiento de Requisitos Habilitantes…………………………………....10 puntos Precio…………………………………………………………………………………………….50 puntos Calidad ………………………………………………………………………………………….40 puntos TOTAL PUNTAJE……………………………………………………… 100 PUNTOS La evaluación se realizará en el orden establecido en el cuadro anterior. Una vez terminado de evaluar cada uno de estos aspectos, en su orden, el Comité Evaluador concluirá que propuestas se clasifican ó eliminan en el análisis de la respectiva etapa, señalando también cuales son viables para llevar a cabo la evaluación del aspecto siguiente.

11.2 CUMPLIMIENTO REQUISITOS HABILITANTES De acuerdo con la información solicitada en el numeral 5, se calificará así: Cumple con los Requisitos habilitantes: 10 Puntos No cumple con los Requisitos habilitantes: 0 Puntos 11.3. PRECIO. 50 PUNTOS Se verificara que el valor de la propuesta no sea artificialmente bajo, lo cual se verificaran que los precios se encuentren de acuerdo a los precios del mercado. El valor de la propuesta no podrá ser por un valor superior al presupuesto oficial. So pena de ser rechazada. El valor verificado (ajustado al peso) será el utilizado para la comparación con los correspondientes a otras propuestas. El Valor Total de la Propuesta tendrá una asignación de 90 puntos como máximo, los cuales serán asignados a la propuesta que presente el menor precio y que cumpla a cabalidad con los requerimientos de los presentes requisitos. 11.4. CALIDAD. 40 PUNTOS Se verificara, LA CALIDAD DEL SERVICIO en el objeto de la invitación 11.5 COMITÉ DE SELECCIÓN Una vez abiertas las propuestas se calificarán por parte del Comité Evaluador designado por el SECRETARIO DE GOBIERNO para el efecto y se practicará la evaluación por parte del mismo Comité con base en el procedimiento para evaluación y la ponderación descrito .Como resultado de lo anterior se conformará el orden de elegibilidad según el cual se hará la respectiva adjudicación. 11.5 ADJUDICACION Y FIRMA DEL CONTRATO La Alcaldía Municipal de Betulia Santander efectuará los estudios y evaluación de las propuestas, dentro de los términos establecidos en el respectivo cronograma del proceso de selección. La adjudicación se realizara de acuerdo al cronograma del presente proceso de selección. El presente proceso cumple a cabalidad con lo estipulado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y Decreto 3576 de 2009, para los procesos de selección para contratos que no excedan el 10% de la menor cuantía. 12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) El contratista deberá cumplir en forma eficiente y oportuna los servicios contratados y aquellas obligaciones que se generen de acuerdo a la naturaleza del servicio. b) A tender oportunamente el servicio contratado e implementar las novedades y circunstancias modificatorias que acoja EL MUNICIPIO por intermedio del Supervisor del contrato. c) las demás señaladas en el respectivo contrato.

13. INVITACION A LOS VEEDOREES En cumplimiento de lo dispuesto en el inciso 3 del artículo 66 de la Ley 80 de 1993, se hace la invitación a los veedores y se les anuncia que los documentos de esta convocatoria reposan en la Secretaria de Gobierno del Municipio de Betulia para su estudio y seguimiento.

CARLOS ARIEL NAVARRO ROJAS Alcalde Municipal

INFORME DE OPORTUNIDAD Y CONVENIENCIA Betulia, 25 de octubre de 2010 Doctor. CARLOS ARIEL NAVARRO ROJAS Alcalde Municipal Me permito presentar ante usted el ESTUDIO DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD requerido conforme a lo señalado en el articulo 25 numerales 7 y 12 de la ley 80 de 1993 y el articulo 7 del Decreto 2170 de 2002 para adelantar el proceso de selección objetiva de acuerdo al procedimiento de contratación de que habla el artículo 24-30 de la ley 80 de 1993, Decreto 855 de 1994, Decreto 2170 de 2002 y demás normas concordantes y la consecuente celebración del contrato requerido para desarrollar el objeto : Proyecto: “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. En cumplimiento al artículo 8 del Decreto 2170 de 2002, me permito presentar el siguiente estudio de conveniencia.

A. DEFINICION DE LA NECESIDAD: Teniendo en cuenta las políticas de desarrollo acogidas por esta administración y siendo una de ellas, el cumplimiento de los fines del Estado establecidos en la Constitución Política de Colombia y en el Plan de Desarrollo Municipal 2008 - 2011 “ POR EL BETULIA QUE SOÃÑAMOS SI TODOS QUEREMOS ENTRE TODOS PODEMOS”, actualmente el Municipio de Betulia, cuenta con aproximadamente una población de QUINIENTOS SESENTA (560) niños y niñas quienes asisten a las guarderías y las instituciones educativas oficiales, del área urbana y de las veredas: Chimita, Unión Norte, Unión Sur, San Rafael, San Bernardo, La Esperanza, La armenia, Santa Bárbara, La Dura, El Lirio, El Placer, Peña Morada, El Ramo, San Mateo, La Estrella, Altamira, Monte bello y Corintios. Siendo necesario desarrollar con estos niños un proyecto que realizando actividades recreativas, y culturales fomenten la protección de sus derechos, siguiendo la política de infancia y adolescencia del Municipio, mitigando el riesgo de aquellos que se encuentran en situación de vulnerabilidad. Mejorando su calidad de vida, y dando cumplimiento a los proyectos y programas que para tal fin se ha trazado la Administración Municipal. Los derechos del niño son aquellos derechos que poseen los niños y adolescentes. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.

Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño. Estos documentos reconocen a los niños como sujetos de derecho, pero convierten a los Estados y a los adultos en titulares de la obligación de respetarlos y hacerlos respetar. La primera declaración de derechos del niño, de carácter sistemática, fue la Declaración de Ginebra de 1924, redactada por Eglantyne Jebb fundadora de la organización internacional Save the Children, que fue aprobada por la Sociedad de Naciones el 26 de diciembre de 1924. Las Naciones Unidas aprobaron en 1948 la Declaración Universal de los Derechos Humanos que, implícitamente, incluía los derechos del niño, sin embargo, posteriormente se llegó al convencimiento que las particulares necesidades de los niños y niñas debían estar especialmente enunciadas y protegidas. Los niños tienen derecho a la vida, al juego, a la libertad y a compartir sus puntos de vista con otros, a dar a conocer sus opiniones, a una familia, a la protección durante los conflictos armados, a la libertad de conciencia, a la protección contra el descuido o trato negligente, a la protección contra el trabajo infantil, a la información adecuada, a la protección contra la trata y el secuestro, a conocer y disfrutar de nuestra cultura, a la protección contra las minas terrestres, a la protección contra todas las formas de explotación, a crecer en una familia que les dé afecto y amor, a un nombre y una nacionalidad, a la alimentación, la nutrición y las onces, derecho a vivir en armonía, la diversión, a la libertad. a la paz mundial. a la salud.

DESCRIPCION DEL REQUERIMIENTO El desarrollo del proyecto “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”. Mediante la realización de talleres sobre derechos de los niños, Talleres sobre convivencia ciudadana, talleres sobre la amistad y proyecto de vida. Encuentros recreativo y cultural con cada uno de los grupos de la población beneficiada son la razón de ser del cumplimiento al mejoramiento de la calidad de vida, dando mayor atención y protección integral a la infancia y adolescencia como programa bandera de la administración municipal.

ANALISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD El proyecto “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN

SITUACION DE VULNERABILIDAD” es viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de contratación, para satisfacer la necesidad aquí descrita. El valor del contrato es de OCHO MILLONES DE PESOS MCTE. ($ 8.000.00.00). POBLACION BENEFICIADA Niños y niñas en edad entre 1 y 17 años, asistentes a guarderías y a las instituciones educativas oficiales del área urbana y de las veredas: Chimita, Unión Norte, Unión Sur, San Rafael, San Bernardo, La Esperanza, La armenia, Santa Bárbara, La Dura, El Lirio, El Placer, Peña Morada, El Ramo, San Mateo, La Estrella, Altamira, Monte bello y Corintios del municipio de Betulia Santander. RADICADO BANCO DE PROYECTO RADICADO No. 201016809200075 en la Secretaría de Planeación. CONDICIONES DEL CONTRATO OBJETO “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”.

PLAZO Se establece un plazo de 30 días calendario que se cuentan a partir del Acta de Inicio. LUGAR El sitio donde se ejecutará el objeto del presente Contrato es el Municipio de Betulia. Específicamente las veredas de: Chimita, Unión Norte, Unión Sur, San Rafael, San Bernardo, La Esperanza, La armenia, Santa Bárbara, La Dura, El Lirio, El Placer, Peña Morada, El Ramo, San Mateo, La Estrella, Altamira, Monte bello y Corintios el área urbana del municipio de Betulia Santander. SUPERVISION Se ejecutará a través de la Secretaría de Desarrollo Social. ESPECIFICACIONES TECNICAS

La persona natural o jurídica seleccionada a través de esta convocatoria debe tener dentro de su objeto la capacidad técnica, maquinaria y equipo y recurso humano, necesario para la realización del objeto contractual de esta convocatoria no tener ningún tipo de inhabilidad. PERFIL DEL CONTRATISTA. El proponente puede ser una persona natural o jurídica legalmente constituida, y registrada ante la cámara de comercio, disponer de su respectivo RUP y ajustarse al perfil establecido en el proceso de selección y que su actividad se oriente al objeto de esta convocatoria y según lo establecido en los pliegos de condiciones. La persona contratada deberá ajustarse exigidos por el contratante, conforme a Igualmente demostrar que como persona causales de inhabilidad e incompatibilidad 80/93 y 49 de la Ley 617/2000.

a los requisitos y requerimientos técnicos las normas legales vigentes para tal fin. jurídica, no estar incurso en ninguna de las establecida en los artículos 8 y 9 de la Ley

OBLIGACIONES DE LAS PARTES Del contratista: a) Cumplir con el objeto del contrato, de acuerdo con lo estipulado en la propuesta presentada. Los estudios previos y conveniencia, así como lo pactado en el contrato que se suscriba. b) Presentar los documentos dentro del término establecido en los pliegos y cumplir con los requisitos de orden técnico, exigidos como condición previa e indispensable para iniciar el contrato. c) Mantener vigentes todas las garantías que amparan el contrato, en los términos del mismo. d) Garantizar la calidad de lo descrito en el objeto contractual, conforme a las características técnicas señaladas y las determinadas por el supervisor y supervisor del contrato. e) Acatar las recomendaciones que durante el desarrollo del contrato realiza el supervisor designado por la Administración Municipal. f) Cumplimiento de las obligaciones frente al sistema de seguridad social integral y parafiscal.

g) Las demás que estén acordes con la naturaleza de este contrato. Del Municipio: a) Pagar los valores pactados en la forma y tiempo establecidos. b) Exigirle al contratista la ejecución idónea y oportuna del contrato. c) Verificar, revisar y aprobar a través del supervisor designado, el cumplimiento de los requisitos y documentos exigidos para suscribir el contrato. d) Adelantar las gestiones necesarias para el reconocimiento y cobro de las sanciones pecuniarias y garantías a que hubiera lugar. e) Resolver las inquietudes del contratista en los términos consagrados en la ley. f) Cumplir y hacer cumplir las condiciones pactadas en el contrato. Se solicita que el contratista otorgue a favor del Municipio las garantías conforme a los riesgos exigidos por el objeto del contrato según decreto 4828 DE 2008 LIQUIDACION Dentro de los cuatro meses contados a partir de la terminación del convenio bilateralmente o unilateralmente si fuera el caso.

FUNDAMENTOS JURIDICOS El soporte jurídico para la contratación administrativa, está basado en la Ley 80 de 1993, Ley 1150/07 y su Decreto reglamentario 2474 de 2008 y de conformidad al presupuesto de la entidad para la vigencia fiscal del año 2010. De igual forma, es importante que la entidad o persona que se contrate no esté incursa en inhabilidades y cuente con la capacidad e idoneidad que se exija, además que esté en condiciones de constituir las garantías que sean necesarias para respaldar el cumplimiento de la contratación. Para atender la necesidad descrita se requiere la celebración de un contrato de prestación de servicios previo el trámite de convocatoria pública de selección directa de acuerdo con la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y el Decreto 2474 Art 46 de 2008, que establecen claramente la condiciones y mecanismos básicos para adelantar la contratación, aunado a lo anterior dado el

presupuesto Municipal la mayor cuantía está estipulado en 133 SMLMV y en consecuencia procede a la selección por selección abreviada. El Municipio no reconocerá para este contrato pago de reajustes, salvo que se presenten atrasos considerables por causas no imputables al contratista de fuerza mayor o caso fortuito previa información. El Alcalde Municipal está autorizado para realizar el proceso contractual presente de conformidad con lo previsto en el Acuerdo Municipal No 006 de Mayo 07 2010. El Municipio cuenta con los recursos suficientes para cumplir con el compromiso a ser adquirido. Con la presentación de este estudio, queda evidenciada la existencia de un requerimiento para satisfacer la necesidad planteada, por lo que resulta imprescindible adelantar el correspondiente proceso de contratación tendiente a cumplir con los propósitos establecidos para la buena marcha y efectivo cumplimiento de los cometidos de la administración municipal plasmados en el Plan de Desarrollo 2008 - 2011; por consiguiente se aconseja adelantar el proceso contractual respectivo y su perfeccionamiento. ESTUDIO ECONOMICO Para determinar el valor de los Ítems solicitados se tendrá en cuenta los precios actuales del mercado en la región mediante precios de referencia. Para estimar el presupuesto, el distrito tuvo en cuenta los valores estipulados por el comercio de la zona dando como resultado un monto de OCHO MILLONES DE PESOS MCTE. ($8.000.000) que se pagara según cláusulas del contrato. PRESUPUESTO TOTAL ESTIMADO MAXIMO OCHO MILLONES DE PESOS MCTE. ($ 8.000.000) discriminado de la siguiente manera: Sector Atención Grupos Vulnerables, programa Protección integral infancia y adolescencia.-

VALOR APROXIMADO Y FORMA DE PAGO El valor de pago sobre los OCHO MILLONES DE PESOS MCTE. ($8.000.000,oo) se efectuará mediante un pago de anticipo del 50% y el valor restante a la entrega total del objeto contratado mediante informe de satisfacción de la interventoria

GARANTIAS CONTRACTUALES El proponente favorecido con la adjudicación del contrato se comprometerá a constituir a favor del Municipio, las garantías de cumplimiento del contrato, buen manejo del anticipo, pago de salarios y prestaciones sociales, e indemnizaciones, responsabilidad civil extracontractual, estabilidad de la obra y calidad de la obra, estimadas así: Cumplimiento: por una cuantía equivalente al 10 por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual a su plazo y dos (2) meses más. Pago de salarios y prestaciones sociales, e indemnizaciones: por el equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo y tres (3) años más. Responsabilidad civil extracontractual: por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, con una vigencia igual a su plazo. Calidad del Servicio: por una cuantía equivalente al (10%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo. y 4 meses más. ANTICIPO Por una cuantía equivalente al 100% del valor del anticipo, vigente por el término de duración del contrato y cuatro meses más. RIESGOS DE LA CONTRATACION El nivel de riesgos en la ejecución del objeto del contrato debe ser amparado mediante la constitución de garantías que puedan consistir en pólizas otorgadas por compañías de seguros debidamente constituidas en el país o en garantías bancarias y se exigirá al contratista pólizas que amparen los siguientes riesgos: calidad del bien, cumplimiento en los términos de plazo, buen manejo del anticipo, pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones, responsabilidad civil extracontractual. Del análisis del desarrollo del objeto contractual, se desprende que los posibles riesgos que afectarían el desarrollo normal del contrato son: 1. Cambios normativos y/o tributarios. 2. Hurto. 3. Daños Ocasionados por delincuencia común. En consecuencia el Municipio de Betulia a continuación se procede a determinar la tipificación asignación y estimación del riesgo. , riesgos amparados, aprobación y ejecución de la garantía única, para lo cual dará aplicabilidad a lo determinado en el decreto 4828 de 2008.

CONCEPTO DE FAVORABILIDAD Por todo lo anteriormente expuesto, se deduce que es conveniente y oportuno que la Administración Municipal proceda a REALIZAR UN CONTRATO PARA “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESTO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD” Cordialmente, ROSALBA PRADA SERRANO Secretaria de Desarrollo Social

EL ALCALDE MUNICIPAL DE BETULIA – SANTANDER, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, Y EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR EL ACUERDO MUNICIPAL Nº 006 DE 2010, LEY 80 DE 1.993 Y LEY 1150 DE 2.007 C O N V O C A: A todas las personas naturales o jurídicas que tengan interés en contratar de conformidad con los criterios que se señalan a continuación, para que presenten sus propuestas dentro del término que para el efecto se señala, y a todas las organizaciones civiles constituidas como veedurías ciudadanas o juntas de vigilancia, para que realicen el control social al proceso de selección a surtirse por esta administración municipal. 1.- OBJETO A CONTRATAR: “APOYO PARA REALIZAR ACTIVIDADES RECREATIVAS QUE FOMENTEN LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, SIGUIENDO LA POLITICA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA DEL MUNICIPIO, MITIGANDO EL RIESGO DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE VULNERABILIDAD”.

2. MODALIDAD DE SELECCIÓN: Selección Abreviada (Menor cuantía) 3.- PRESUPUESTO OFICIAL: LA ALCALDIA MUNICIPAL DE BETULIA dispone para la ejecución de este contrato la suma de OCHO MILLONES DE PESOS ($8.000.000), conforme la disponibilidad presupuestal N° 10-00996 de NOVIEMBRE 03 de 2.010, expedida por la Secretaria de Hacienda.

4.- FORMA DE PAGO: Se cancelará el 50% como anticipo y el último pago al momento de la firma del acta de terminación y certificación de recibo a entera satisfacción expedida por parte del MUNICIPIO presentación de la cuenta de cobro por parte del contratista.

5.- TÉRMINO DE EJECUCION: 30 DIAS CALENDARIOS 6.- FECHA LÍMITE PARA MANIFESTACION CONTRATAR: 17 DE DICIEMBRE de 2010.

DEL

INTERES

DE

7.- ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS: Para la realización de la presente convocatoria se cuenta con el estudio de conveniencia y oportunidad del contrato, documento que hace parte de la presente convocatoria. Se advierte a dichas personas y organizaciones que toda la documentación del proceso de selección, que comprende las etapas pre-contractual, contractual y post-contractual, estará a su disposición en la medida en que se vayan surtiendo los respectivos actos, en lo que hubiera lugar en la oficina gestora

de la entidad, que para el presente proceso es la Secretaría de gobierno de BETULIA, en horario de 8:00 a.m. a 12:00 m, y de 2:00 a 6:00 p.m. de Martes a Sábado hasta la 1 p.m.. Cualquier recomendación a dicho proceso deberá realizarse en forma escrita y oportuna ante la oficina gestora. La presente convocatoria se realiza en cumplimiento del artículo 4º. del Decreto 2474 de 2.008, hoy 10 DE DICIEMBRE de 2.010.

CARLOS ARIEL NAVARRO ROJAS Alcalde Municipal de BETULIA

CONSTANCIA DE FIJACION: La anterior convocatoria se fija en cartelera de esta Institución, siendo las nueve de la mañana (9 A.M.) de hoy 10 de diciembre de 2.010.

NESTOR JOSE RUEDA RUEDA Secretario de gobierno Municipal

CONSTANCIA DE DESFIJACION: La anterior convocatoria se desfija de la cartelera de esta Institución siendo las tres de la tarde (3 P.M.) de hoy quince (15) de diciembre de 2.010.

NESTOR JOSE RUEDA RUEDA Secretario de gobierno Municipal

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