PONENCIAS Y COMUNICACIONES

III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 PONENCIAS Y COMUNICACIONES www.jovenes

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 PONENCIAS1 ALBERT ESTRADA I CUADRAS (España) Investigador Doctorando Universitat Pompeu Fabra, España [email protected] “Las apariencias engañan: Eximir o atenuar la responsabilidad penal por intoxicación alcohólica o análoga en el delito del art. 379.2 CP no es necesariamente contradictorio.” RESUMEN: Existe en nuestra jurisprudencia un número importante de resoluciones que consideran incompatible la aplicación de las eximentes (completa e incompleta) y de la atenuante analógica por intoxicación alcohólica en el delito de conducción bajo los efectos del alcohol del art. 379.2 Cp. En este trabajo se trata de demostrar que esta aproximación es incorrecta de la mano de la doctrina de la actio libera in causa. PALABRAS CLAVE: Seguridad vial, alcohol, eximente, atenuante, alic. ABSTRACT: There is in our case-law an important number of decisions that consider the application of excuses or mitigating circumstances due to alcohol intoxication incompatible with the Spanish drunk driving offense foreseen in art. 379.2 Cp. In light of the actio libera in causa doctrine I try to argue in this paper that that approach is mistaken. KEYWORDS: Drunk driving offense, excuse, alic, alcohol intoxication. ALEJANDRO DE PABLO SERRANO (España) Investigador Doctorando, Universidad de Valladolid, España RESUMEN: A lo largo del siglo XX, el debate en torno al discurso extremo y el discurso del odio ha acaparado una notable atención por parte de la jurisprudencia y de la doctrina. Este artículo aborda la cuestión partiendo de un análisis de la libertad consagrada en la I Enmienda de la Constitución americana, explicando sus fundamentos y métodos de aproximación. A continuación, estudiamos los argumentos ofrecidos por el Tribunal Supremo, en su consolidada “free speech doctrine”, y por la doctrina, favorables a una interpretación amplia y liberal de la I Enmienda y opuestos, por consiguiente, a la restricción o supresión del discurso extremo y del discurso del odio. Por último, se ofrecen algunas conclusiones que deberían ser atendidas en el contexto jurídico europeo como pauta para la regulación de este espinoso asunto. PALABRAS CLAVE: Discurso del odio, restricción, expresión, ideas, neutralidad. ABSTRACT: Throughout the twentieth century, the debate about extreme speech and hate speech has deserved great attention in case law and between the scholars. This article addresses the mentioned issue, beginning with the analysis of the freedom enshrined in the First Amendment of the American Constitution, explaining its rationale and its approaches. Later, we study the arguments offered by the Supreme Court, in the established “free speech doctrine”, and by the scholars, in favor of a broad and liberal interpretation of the First Amendment and opposed, therefore, to the restriction or suppression of the extreme speech

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La relación de ponencias viene por orden alfabético tomando como referencia el nombre del ponente, no sus apellidos.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 and hate speech. Finally, we offer some conclusions that should be taken under consideration in the European legal system as guidelines for the regulation of this sore point. KEYWORDS: Hate speech, restriction, expression, ideas, neutrality. ANA ELENA CARRILLO DEL TESO (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Salamanca, España “Unidades de inteligencia financiera: Las TIC en la prevención del blanqueo de capitales” RESUMEN: Contra el blanqueo de capitales y para la posterior recuperación de activos se idearon las Unidades de Inteligencia Financiera, dentro de las 40 Recomendaciones del GAFI (actualizadas en febrero de 2012), con un funcionamiento basado en la utilización de TIC. Las UIF fueron recogidas asimismo en la Convención de Naciones Unidas contra el Crimen Organizado de 2000 o la Convención de UN contra la Corrupción de 2003. En España contamos con el SEPBLAC, cuyas funciones son reforzadas mediante la Ley 10/2010 de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Sin embargo, la obtención y tratamiento de datos –preocupación del Grupo Egmont- sobre todo a la hora de su intercambio entre unidades de distintos Estados puede generar problemas de colisión con el derecho a la intimidad y la protección de datos, especialmente con aquellos tradicionalmente incardinados en el secreto bancario. PALABRAS CLAVE: Blanqueo de capitales, criminalidad económica, inteligencia financiera, intercambio de información, secreto bancario. ABSTRACT: In the fight against money laundering and considering the subsequent assets recovery, Financial Intelligence Units were created in the frame of the FATF's 40 Recommendations (updated in February 2012), with a working process based in TICs utilization. FIUs were likewise listed in the United Nations Convention against Organized Crime (2000) or the UN Convention against Corruption (2003). Spanish agency is known as SEPBLAC (Executive Service of the Commission for the Prevention of Money Laundering and Monetary Offences), whose functions were strengthened by Law 10/2010 of money laundering and terrorism financing prevention. Nevertheless, the seek of information -Egmont Group's main concern- especially when it comes to cross-border information sharing, can collide with obstacles in terms of privacy rights and data protection, particularly with those traditionally related with bank secrecy. KEYWORDS: Money laundering, economic crime, financial intelligence, patrimonial investigation, bank secrecy. ANA GUTIÉRREZ CASTAÑEDA (España) Doctora Junior, Universidad de Cantabria, España [email protected] “¿Las grandes olvidadas de la reforma penal? Reflexiones sobre el papel de las penas de derechos políticos y profesionales en la modernización del sistema de penas” RESUMEN: Partiendo de la necesidad de adaptar el actual sistema de penas del Código Penal de 1995 a las características y necesidades planteadas por las modernas formas de criminalidad y de la crítica a su actual regulación, el presente trabajo trata de establecer los ejes principales en torno a los cuales debería girar la reconstrucción de las penas privativas de derechos 3

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 políticos y profesionales para que estén en condiciones contribuir a la modernización del sistema de penas contenido en el vigente Código Penal de 1995 a través de su expansión y fortalecimiento como penas principales –incluso alternativas a la prisión- en las formas de criminalidad características de la actual sociedad. PALABRAS CLAVE: Penas privativas de derechos, sistema de penas, alternativas a la prisión, penas accesorias. ABSTRACT: Starting at the necessity of adapting the current penalty system of the 1995 Penal Code to the features and needs created by the new forms of crime, and the criticism of the current regulation, this essay aims to establish the core ideas around which the reconstruction of the discualification and suspension penalties should be line out, so that they are able to contribute to the modernization (o updating.) of the penalty system contained in the current Penal Code, through its expansion and strengthening as principal penalties - even alternatives to prison sentence- under the forms of crime of the present society. KEYWORDS: Discualification and suspensión penalties, penalty system, alternatives to prison sentence, accessory penalties. ANA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ (España) Investigadora Doctoranda, Universidad Santiago de Compostela, España [email protected] “La protección de testigos en el proceso penal. Regulación vigente y propuestas de lege ferenda” RESUMEN: El establecimiento de un sistema de protección de testigos en los procesos penales (muy especialmente, en aquellos relacionados con la criminalidad organizada y el terrorismo), constituye una exigencia fundamental en un Estado de Derecho moderno que se precie. Sin embargo, la necesidad de conjugar en dicho mecanismo de tutela los derechos de los testigos con los de los justiciables (sin olvidarnos de los intereses de la propia Administración de Justicia), genera en la práctica no pocos problemas que requieren de una adecuada respuesta por parte del ordenamiento. Lejos de disponer de una normativa adecuada, la Ley Orgánica 19/1994, de 23 de diciembre, de protección a testigos y peritos en causas criminales, se ha revelado como un instrumento insuficiente para la regulación de esta compleja materia. Por ello, ante las deficiencias de nuestra legislación se hace necesario, no sólo ofrecer soluciones atendiendo al marco jurídico vigente, sino también realizar propuestas de lege ferenda que puedan ser útiles ante posibles futuras reformas. A un análisis sucinto de ambas cuestiones (dadas las limitaciones de espacio), nos ocuparemos en las siguientes páginas. PALABRAS CLAVE: Testigo, protección, medidas, proceso, garantías. ABSTRACT: The establishment of a witness protection program in criminal proceedings (specially, in those related to organized crime and terrorism) constitutes an essential requirement in a modern State.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 However, the necessity of combining several interests (the witness, the defendant and the Administration of Justice ones) creates in practice several problems which need an adequate response from the legal system. Far away from having a good legislation, the Organic Law 19/1994, 23 of December, on protection of witness and experts in criminal proceedings, has been proved as an insufficient instrument in order to regulate this complex subject. Therefore, given the deficiencies of our legislation it is indispensable, not only offer solutions addressing the current legal framework, but also make proposals that may be useful for possible future reforms. A brief analysis of both issues (given the limitations of space), will be discussed in the following pages. KEYWORDS: Witness, protection, measures, procedure, guarantees. ANDRÉ PEDROLLI SERRETTI (Brasil) Investigador Doctorando, Universidad de Salamanca, España “Derecho Penal del enemigo en la política criminal contemporánea: ¿Una posible fundamentación?” RESUMEN: En el presente trabajo se busca presentar el discurso político criminal llamado derecho penal del enemigo y cuáles pueden ser los caminos de una posible fundamentación material de las medidas político-criminales en él basadas. Para ello, serán investigados los orígenes sociológicos de dicho discurso, desde la sociología formal, y se buscará encontrar cuales son características de algunos tipos de criminalidad actual que pueden ser indicadas como la necesidad político criminal de institucionalización de medidas típicas del discurso estudiado. Sin embargo, las indispensables críticas a dicho modelo político criminal serán realizadas en futuros trabajos, en virtud de las limitaciones de espacio que este medio obligatoriamente tiene que presentar. PALABRAS CLAVE: Derecho penal del enemigo, funcionalismo sistémico, sociología formal, criminalidad contemporánea, política criminal. ABSTRACT: In this paper we present a criminal policy’s theory called criminal law for the enemy and the paths that make could possible the material justification of the statutes based on it. To do so, we will research the sociological sources of this theory, according to the formal sociology, and the specifics of some kinds of contemporary criminality that can be pointed as the reason of creating this new kind of criminal system’s responses as well. However, the inevitable critical comments to the theory studied here will come upon future works, due to space limitations we have in this kind of scientific publishing. KEYWORDS: Criminal law for the enemy, systemic functionalism, formal sociology, contemporary criminality, criminal policy. ARACELLI RUIZ PACHECO (España) Investigadora Máster, Universidad de Córdoba, España [email protected] “La responsabilidad de la persona jurídica como mecanismo anticorrupción en los delitos contra la Administración Pública”

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 RESUMEN: Una de los mayores retos que debe hoy en día afrontar la Comunidad Internacional radica en contrarrestar la visión de corrupción instalada en todos los niveles de la Administración Pública en los Estados Europeos. Ante esta amenaza son varias las Organizaciones Internacionales que a través de sus instrumentos de cooperación y colaboración han plasmado su objetivo de frenar esta amenaza al orden socioeconómico y jurídico europeo. Consecuencia de ello son los cambios planteados en la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal y que introduce en nuestro sistema jurídico penal una verdadera responsabilidad de la persona jurídica directamente vinculada a los delitos de corrupción. PALABRAS CLAVE: Corrupción, persona jurídica, cohecho, tráfico de influencias, transacciones comerciales internacionales. ABSTRACT: One of the biggest challenges confronted by the International Community nowadays lies on the vision of corruption counter installed on all levels of the Public Administration in the European Union Member States. Several International Organizations have faced this threat by means of their cooperation and collaboration tools and they have stablished as their goal to stop this thread to the European legal and socio-economic order. Due to these actions some the changes are been proposed in the Organic Law 5/2010, of June 22, that amends the Organic Law 10/1995, of November 23, the Penal Code. This amendment introduces a new concept of the legal person´s responsibility which is directly linked to corruption offenses. KEYWORDS: Corruption, legal person, bribery, influence peddling, international business. BEATRIZ CRUZ MÁRQUEZ (España) Doctora Senior, Universidad de Extremadura, España [email protected] “Uso de redes sociales para la difusión de mensajes y consignas” RESUMEN: El presente trabajo se centra en analizar desde una perspectiva criminológica y social la introducción del delito de distribución o difusión pública de mensajes o consignas y del delito interrupción de servicios en el texto del Anteproyecto de Reforma del Código Penal. Para ello, se analiza el papel de Internet y las redes sociales en el desarrollo de los nuevos canales de participación política, demandados con insistencia por parte de menores y jóvenes, cuya implicación se ha puesto de manifiesto en los protestas acaecidas en España durante los últimos años. Estas reflexiones permiten visualizar el elevado coste social que supone la introducción de las figuras delictivas analizadas, en tanto susceptibles de criminalizar el uso de las TIC y las redes sociales en el contexto de los movimientos sociales de protesta y de provocar la deslocalización de la juventud. PALABRAS CLAVE: Redes sociales, participación política, juventud, orden público, ciberactivismo.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: This work focuses on analysing from a criminological and social perspective the introduction of the crime of distribution or public diffusion of messages or slogans and the crime of services interruption, included in the Preliminary Draft of the reform of Penal Code. For that purpose, it discusses the role of Internet and social networks in the development of new channels of political participation, demanded insistently by children and Young people, whose involvement has been revealed in the protests that occurred in Spain during the last few years. These reflections enable us to visualize the high social cost that involves the introduction of these crimes, capable of criminalizing the use of the TIC and the social networks in the context of the social movements of protest and of causing the social deslocation of youth people. KEYWORDS: Social networks, political participation, youth people, public order, cyberactivism.

CARMEN ROCÍO FERNÁNDEZ DÍAZ (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Málaga, España [email protected] “La violación de secretos de empresa por persona obligada a guardar reserva (artículo 279 CP)” RESUMEN: Las conductas de revelación y utilización de secretos de empresa por persona obligada a guardar reserva constituyen el delito especial de los relativos a los secretos empresariales que prevé nuestro Código penal. La figura del artículo 279 CP presenta algunos problemas de índole dogmática que guardan relación con el bien jurídico protegido, el objeto material del delito, la obligación de guardar reserva del sujeto activo y las conductas de revelación y utilización del secreto a las que alude el tipo. Estos aspectos dogmáticos plantean dificultades en su aplicación práctica que dan lugar a interpretaciones dispares por parte de la jurisprudencia, creando inseguridad jurídica. Este trabajo pretende poner de relieve estos problemas y valorarlos desde el análisis de la jurisprudencia más reciente sobre el tema. PALABRAS CLAVE: Secreto de empresa, competencia desleal, deber de reserva, delincuencia económica, secreto industrial y comercial. ABSTRACT: The disclosure and use of trade secrets by a person required to keep confidentiality is the special crime of trade secrets that our penal code foresees. Article 279 CP presents some dogmatic problems regarding to the protected legal right or asset, the object of the offence, the duty to safeguard confidentiality of the offender and behaviors of disclosure and use of trade secrets. These dogmatic aspects set out some difficulties in practical application leading to different interpretations by the case law, creating legal uncertainty. This study aims to highlight these problems and value according to the analysis of recent case law on the subject. KEYWORDS: Trade secret, unfair competition, duty to safeguard confidentiality, economic criminality, industrial and business secret.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 CÉSAR ALEJANDRO OSORIO MORENO (Colombia) Investigador Doctorando, Universidad Pablo de Olavide, España [email protected] “Política Global para la Protección Penal de la Propiedad intelectual en la Internet” RESUMEN: Las nuevas TICs bajo los principios de la sociedad de la información, nos han llevado a una era digital que demanda respuestas para los nuevos retos en todos los órdenes normativos, y ni la dogmatica jurídico penal ni la política criminal son ajenas a este desarrollo; esta ponencia analizará la afectación de la protección penal de la propiedad intelectual en Internet, en términos de política criminal. Las nuevas tecnologías, y su constante evolución, facilitan una defraudación que se considera masiva de los derechos de propiedad intelectual y que, en sentir de unos, tiene enormes dificultades para la individualización de autores y grandes pérdidas para esta industria, y, en sentir de otros, genera cada vez más normas, incluso de naturaleza extra penal, para tratar de contener los ataques a costa del sacrificio de garantías individuales, identificándose una tendencia clara hacia una política criminal o social de carácter global que pueda hacer frente al fenómeno. PALABRAS CLAVE: Nuevas tecnologías, política criminal, propiedad intelectual, globalización. ABSTRACT: The new telecommunications technologies under the principles of the information society, have led us to a digital age that demands answers to the new challenges in all normative orders, and neither criminal dogmatic nor criminal policy are unrelated to this development, this paper will analyze the particular phenomenon of criminal involvement in the protection of intellectual property online, in terms of criminal policy. New technologies and its constant evolution, facilitate a massive fraud of intellectual property rights and that, in feeling of some, having great difficulty in the identification of authors and big losses for the industry, and in feeling of others, generates more rules even extra criminal character to try to contain the attacks against the sacrifice of individual rights, identifying a clear tendency towards a criminal or social policy of global character can face the phenomenon. KEYWORDS: New technologies, criminal policy, intellectual property, globalization. CLARA MOYA GUILLERM (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Alicante, España [email protected] “El delito de tráfico de órganos humanos. Perfiles de lesividad y consecuencias dogmáticas” RESUMEN: El análisis del bien jurídico protegido en el delito de tráfico de órganos humanos (artículo 156 bis del Código penal español) es especialmente conflictivo. La doctrina discute si se trata de un bien jurídico de naturaleza individual -y, en su caso, cuál: la salud o la dignidado si se trata, en cambio, de un bien jurídico de naturaleza colectiva -la salud pública-. En este contexto, en el trabajo se realiza, por un lado, un estudio de las posiciones doctrinales mencionadas y, por otro lado, una valoración crítica de las mismas, tomando postura dogmática y político-criminal al respecto. PALABRAS CLAVE: Tráfico, órganos, bien jurídico, consecuencias, política criminal.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: The analysis of the protected interest in the crime of human organ trafficking (article 156 bis of Spanish Penal Code) is especially controversial. The doctrine discusses if it is an individual interest –and, in this case, which: health or dignity- or if it is a collective interest –public health-. In this context, the paper pint out, on the one hand, a study about the mentioned doctrinal positions and, on the other hand, a critical study in this matter, taking a dogmatic and criminal policy stand. KEYWORDS: Trafficking, organs, interest protected, consequences, criminal policy. CRISTINA ALONSO SALGADO (España) Investigadora Doctoranda, Universidad Santiago de Compostela, España [email protected] “La intervención del correo electrónico como diligencia de investigación a la luz de la propuesta del nuevo código procesal” RESUMEN: La Ley de Enjuiciamiento Criminal, hija de las circunstancias y el contexto propio de las postrimerías del siglo XIX, no cuenta en la actualidad, con un régimen susceptible de ser considerado satisfactorio en lo que a la intervención del correo electrónico se refiere. Así, en los inicios del año 2013, en la era de las nuevas tecnologías, todavía se debate acerca de la existencia o no, de previsión legal habilitante para la intervención del correo electrónico, cuestión esta que se antoja más que relevante, en tanto que pone en cuestión el debido respeto a los derechos fundamentales en el marco del proceso penal. Sin embargo, la reciente irrupción de una propuesta de Código Procesal Penal presentada en fechas recientes por el Ministerio de Justicia, parece abrir la puerta a un nuevo escenario muy diferente al actual. PALABRAS CLAVE: Intervención de las comunicaciones, correo electrónico, derechos fundamentales, proceso penal, Código Procesal Penal. ABSTRACT: The Criminal Procedure Law, the daughter of the circumstances and the circumstances in the late nineteenth century, it now has a system that could be considered satisfactory as far as intervention is concerned email. So, in the beginning of 2013, in the era of new technologies, there is still debate about the existence or not of legal provision for intervention enabling email, an issue that seems more than relevant as putting concerned due respect for fundamental rights in criminal proceedings. However, the recent emergence of a draft Code of Criminal Procedure, presented recently by the Ministry of Justice, seems to open the door to a new scenario very different from today. KEYWORDS: Interception of communications, e‐mail, fundamental rights, criminal proceedings, Criminal Procedure Code. CUSTODIA JIMÉNEZ MARTÍNEZ (España) Investigadora Doctoranda, Universidad Nacional de Educación a Distancia, España [email protected] “La primera sentencia de la CPI: prosecutor vs. lubanga. Un criterio de autor basado en el dominio del hecho” RESUMEN: El 14 de marzo de 2012, la Sala de Primera Instancia I de la Corte Penal Internacional dictó el muy esperado primer fallo de la Corte. El 10 de Julio, Lubanga fue 9

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 condenado a 14 años de prisión. Es el primer veredicto de la Corte desde su creación hace 10 años. En una decisión unánime, los tres jueces dijeron que la evidencia demuestra que como jefe de la Unión de Patriotas Congoleños (UPC) y su brazo armado, Lubanga era responsable por el reclutamiento de niños soldados menores de 15 años que había participado activamente en el frente. Este fue el resultado de la ejecución del plan común para construir un ejército en el que los niños fueron utilizados para participar activamente en las hostilidades, incluso durante las batallas. También se utilizaron, durante el período de referencia, como soldados y como guardaespaldas de altos funcionarios, incluido el acusado. PALABRAS CLAVE: Dominio del hecho, Lubanga organización, autoría mediata, coautoría, aparatos organizados de poder. ABSTRACT: On 14 March Trial Chamber I of the International Criminal Court delivered the long awaited first judgment of the Court. On July 10th, Lubanga was sentenced to 14 years imprisonment. It is the court's first verdict since it was set up 10 years ago. In a unanimous decision, the three judges said evidence proved that as head of the Union of Congolese Patriots (UPC) and its armed wing, Lubanga bore responsibility for the recruitment of child soldiers under the age of 15 who had participated actively on the frontline. This was the result of the implementation of the common plan to build an army in which the children were used to participate actively in hostilities, including during battles. They were also used, during the relevant period, as soldiers and as bodyguards for senior officials, including the accused. KEYWORDS: Control of the act, Lubanga’s organization, Mediate responsibility, Coauthorship, Apparatuses organized of being able.

DAVID ELEUTERIO BALBUENA PÉREZ (España) Investigador Doctorando, Universitat Jaume I de Castellón, España y Universidad del Norte de Asunción, Paraguay [email protected] “Análisis Crítico de la custodia de seguridad en el anteproyecto de reforma del Código Penal, de 11 de octubre de 2012” RESUMEN: La custodia de seguridad como novedad en el Anteproyecto de Reforma del Código Penal de 2012, es el siguiente paso en la implementación en el ordenamiento español de las llamadas medidas de seguridad a posteriori que, como concreción de la doble vía, pueden ser impuestas a imputables peligrosos y se ejecutan sin solución de continuidad si después de haber cumplido la pena de prisión la peligrosidad persiste. En la presente ponencia, partiendo del marco teórico que ha venido sirviendo de base para la discusión doctrinal sobre esta clase de medidas de seguridad y de algunas referencias de Derecho comparado, se analiza en su conjunto la custodia de seguridad tal y como aparece en el Anteproyecto, así como los informes del Consejo General del Poder Judicial y de la Fiscalía General del Estado, y se concluye con algunas reflexiones finales que inciden en que la formulación proyectada contiene multitud de aspectos que convendría mejorar. PALABRAS CLAVE: Custodia de seguridad, doble vía, medidas de seguridad, peligrosidad criminal, anteproyecto de reforma del código penal DE 2012. ABSTRACT: The security custody as a novelty in the draft Penal Code Reform of 2012, is the next step in the implementation of subsequent security measures in the Spanish system. As the

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 realization of the double-way doctrine, these measures may be imposed on dangerous imputables without interruption if, after serving the prison term, dangerousness persists. In this paper, based on the theoretical framework that has been serving as a basis for doctrinal discussion about this kind of security measures and some references of comparative law, the security custody is analysed in whole as it appears in the Draft and the reports of the General Judiciary Council and the General Attorney, concluding with some final thoughts about the many aspects that should be improved in the designed formulation. KEYWORDS: Security custody, double-way doctrine, security measures, criminal dangerousness, draft penal code reform 2012. DANIEL RODRÍGUEZ HORJACO (España) Investigador Doctorando, Universidad Autónoma de Madrid, España “La custodia de seguridad: ¿’Retorno al pasado’ o ‘regreso al futuro’?” RESUMEN: El prelegislador español ha optado por proponer la introducción en el ordenamiento jurídico español de la custodia de seguridad en el Anteproyecto de Reforma del Código Penal, de 11 de octubre de 2012. Esta forma de lucha contra la peligrosidad criminal ya ha sido adoptada en muchos países occidentales. A la vez ha sido críticamente evaluada por Tribunales nacionales e internacionales, y por una parte de la doctrina. Los problemas que surgen, tanto en su fundamentación como en su encaje constitucional, son tan numerosos que España haría bien en no sumarse a la nómina de Estados que ya tomaron esta decisión. PALABRAS CLAVE: Reforma del Código Penal, medidas de seguridad, custodia de seguridad; peligrosidad, inocuización. ABSTRACT: The Spanish pre-legislator has opted to propose the introduction of the post sentence preventive detention in the Spanish legal system as it can be seen in the preliminary draft of the Spanish Criminal Code of October 11th, 2012. This measure conceived to fight against criminal dangerousness, has been already adopted in many Western countries. Simultaneously, it has been critically evaluated by national and international Courts and by a part of the doctrine. The problems that emerge on the theoretical and on the constitutional side are so numerous that Spain would therefore do well not to join the listing of States that have already taken this decision. KEYWORDS: Criminal Code reform, security measures, post-sentence preventive detention, dangerousness, incapacitation. DAVID MATIZ PINILLA (Colombia) Investigador Máster, Universitat de Barcelona, España [email protected] “Daño social y política criminal” RESUMEN: En las últimas tres o cuatro décadas, existe un sentimiento que recorre el mundo. Desde el ciudadano profano hasta el experto en dogmática penal, experimenta una sensación de insatisfacción sobre la capacidad de reacción ante el comportamiento social por parte de los diferentes sistemas penales; este sentimiento se apoderó rápidamente del entorno científico y político y es alimentado en cierta medida por los medios de comunicación. Tanto en el ámbito académico como en las agendas políticas y en los medios de comunicación, se ponen en 11

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 evidencia varias problemáticas político criminales que, en el fondo, se encuentran íntimamente relacionadas a la legitimidad con la que actúan las ciencias penales y a la efectividad que tienen para resolver satisfactoriamente las problemáticas sociales. Éstas son: (i) Imposibilidad de enjuiciar crímenes de estado como el genocidio y; (ii) El incremento del poder punitivo del Estado. PALABRAS CLAVE: Crímenes de Estado, más allá, política criminal, criminología y daño social. ABSTRACT: In the last three or four decades, there is a feeling within the society. From the profane to those who study criminal law with a scientific approach, there is a sense of dissatisfaction about the ability to react to social behavior from the different penal systems; this feeling, quickly seized scientific and political environment, is, additionally, powered in some extent by the media. Both the academic and political agendas together with the media, have brought out several criminal political issues, closely related to the legitimacy with which those systems act and their effectiveness to satisfactory solve social problems. These are: (i) Failure to prosecute state crimes such as genocide, and (ii) The increasing punitive power of the state. KEYWORDS: State crimes, beyond, criminal politics, criminology and social harm. DAVID CASTRO LIÑARES (España) Investigador Máster, Universidad A Coruña, España “La pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas: Aproximación a través de un análisis dogmático-práctico” RESUMEN: Mediante este trabajo se pretende realizar un análisis híbrido acerca de la realidad de la pena de privación del derecho a la tenencia y porte de armas en España. Para ello, se realiza por un lado un análisis de su contenido dogmático y por otro se propone un acercamiento práctico a la situación real de esta pena, en el que se intenta aportar un perfil criminológico del penado, así como establecer las pautas de su aplicación real. PALABRAS CLAVE: Derecho Penal, teoría de la Pena, penas no privativas de libertad, armas, legislación Española. ABSTRACT: This paper tends to summarise the theoretical and practical reality behind the penalty of prohibition the right to keep and bear arms in the spanish context. KEYWORDS: Criminal Law, punishment theory, non-custodial sentences, arms, spanish legislation. DIEGO LUNA (Argentina) Investigador Máster, Universidad de Buenos Aires, Argentina [email protected] “El cómputo de la prisión padecida durante la última dictadura militar argentina (19761983): ensayo sobre sus fundamentos y vigencia actual” RESUMEN: Las condiciones gravosas del encierro carcelario durante la dictadura militar argentina (24/03/76 - 10/12/83), fueron contempladas en la ley 23.070. Sobre la base de una 12

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 presunción que no admite prueba en contrario, se entiende que durante ese período se padecieron malos tratos y torturas, por lo que debe computarse de manera privilegiada el tiempo de detención, compensando por cada día de encierro, un día y medio o dos, según la gravedad de los padecimientos o el rigor del régimen carcelario. Nos proponemos indagar sobre los fundamentos históricos, exegéticos de esa norma y ensayar una posible fundamentación que nos permita postular su aplicación por analogía a los supuestos de trato cruel e inhumano que se padecen actualmente en las cárceles argentinas. PALABRAS CLAVE: Prisión, dictadura, compensación, tiempo, analogía. ABSTRACT: The Burdensome conditions of confinement prison during Argentina's military dictatorship (03/24/76 to 12/10/83), were covered by the law 23.070. Under the presumption of no opposite evidence, it is understood that mistreatment and torture were suffered during this period, so privileged to be counted the detention time, compensates for each day of confinement, one and a half or two days, depending on the severity of the conditions or the severity of the prison regime. We intend to investigate the historical, exegetical of that norm and test a possible foundation that allows us to postulate its application by analogy to cases of cruel and inhuman treatment which currently suffer in Argentine prisons. KEYWORDS: Prision, dictatorship, compensation, time, analogy. EMANUELE CORN (Chile) Doctor Senior, Universidad de Valparaiso, Chile emanuele.corn @uv.cl “El tipo de femicidio entre violencia intrafamiliar y violencia de género. Reflexiones para un debate europeo a partir de la experiencia chilena” RESUMEN: El objetivo de la presente comunicación consiste en alcanzar un análisis crítico de la nueva regulación normativa del femicidio en Chile. Después de enseñar la confusión presente a partir de la definición del fenómeno, se aclara como las muchas dificultades no pueden excusar una falta de atención para contrastarlo, en razón de su importancia social y jurídica. El análisis dogmático y político-criminal de valores y defectos del tipo es funcional a la propuesta de un debate más profundo, en Europa, sobre la necesidad de una revisión de la estructura de los delitos contra la vida, dibujada en los Códigos aprobados tras la Segunda Guerra Mundial. Asumiendo una lectura orientada según el género, se cuestiona el principio de igualdad formal entre hombres y mujeres: un verdadero dogma del derecho penal liberal, que, sin embargo, ofrece reparos a una realidad de desigualdad substancial aún presente. PALABRAS CLAVE: Femicidio, violencia intrafamiliar, violencia de género, derecho comparado, igualdad (principio de). ABSTRACT: The paper aims at critically analyzing the new Chilean regulation in the field of femicide. After having underlined the problems in correctly defining the phenomenon, it will be clarified that these difficulties cannot justify a relaxed approach when going to contrast it, due to its social and legal relevance. According to a dogmatic and political-criminal analysis of values and threats of the type of offence, the need for a deeper debate in the light of a reform of the traditional structure of crimes against life in European law will be proposed. By assuming a gender-oriented approach, the equality principle between men and women will be critically analyzed: it represents a traditional dogma within liberal criminal law, that

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 notwithstanding offers room for an already existing reality characterized by substantial inequality. KEYWORDS: Femicide, domestic violence, gender violence, comparative law, equality (principle of). ERICK VLADIMIR GUIMARAY MORI (Perú) Investigador Máster, Universidad de Cádiz, España [email protected] “Las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs) como elementos integrantes del tipo” RESUMEN: El uso de las tecnologías de la información y la comunicación convierte a nuestra sociedad en un sistema interconectado, universal e inmediato de redes de intercambio. La interacción social comunicativa tiene hoy en día un nuevo interlocutor: las TICs. Las múltiples virtudes funcionales que las Tics suponen en un estado social y democrático de derecho pueden convertirse, al mismo tiempo, en instrumentos de lesión o puesta en peligro de bienes jurídicos. Esta realidad ha sido advertida por el legislador español, incorporando el uso de las TICs como elemento integrante del tipo. PALABRAS CLAVE: Comportamiento típico, riesgo típico, exigibilidad, TICs. ABSTRACT: The use of information and communication technologies makes our society in an interconnected, immediate and universal system of communication networks. Communication social interaction has today a new partner: the ICTs. Multiple functional virtues posed by TICs in a social and democratic State of law, can become, at the same time, instruments of injury or putting in danger of legal goods. This reality has been advised by the legislator in Spanish, incorporating the use of ICTs as a component of the type. KEYWORDS: Criminal risk behavior, typical risk, enforceability, ICTs. EVA MARÍA SOUTO GARCÍA (España) Doctora Junior, Universidad de A Coruña, España “Las penas privativas de derechos contenidas en el articulo 48.1 del código penal: Las prohibiciones de residir en determinados lugares o acudir a ellos” RESUMEN: En el art. 48.1 del Código Penal Español se recogen dos penas privativas de derechos, que restringen los derechos del penado de elegir libremente el lugar de residencia y de acudir a determinados lugares. La primera de estas prohibiciones presenta una larga tradición en el ordenamiento jurídico español, y ambas han sido objeto de diversas reformas desde la entrada en vigor del Código Penal de 1995. El presente trabajo tiene por objeto analizar su naturaleza legal, contenido, presupuestos de aplicación, duración, ejecución e incumplimiento. Todo ello con el fin de detectar las deficiencias en su regulación y realizar propuestas de mejora de la misma. PALABRAS CLAVE: Penas privativas de derechos, derecho a residir en determinados lugares, derecho a acudir a determinados lugares, penas accesorias.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: In the art. 48.1 Spanish Penal Code provides two disqualifications, which restrict the rights of the convict to choose freely their place of residence and go to certain places. The first of these prohibitions has a long tradition in the Spanish legal system, and both have undergone several reforms since the entry into force of the Criminal Code of 1995. This paper aims to examine the legal nature, content, conditions for application, durability, execution and breach of this disqualifications. All this in order to identify deficiencies in regulation and make proposals for improving it. KEYWORDS: Disqualifications, the right to reside in certain places, the right to go to certain places, ancillary measures. FÁTIMA CISNEROS ÁVILA (España) Investigadora Máster, Universidad de Málaga, España [email protected] “Comportamientos culturalmente motivados y responsabilidad penal. Un análisis de las principales soluciones desde la Teoría Jurídica del delito” RESUMEN: El aumento de la diversidad cultural en el seno de las sociedades actuales plantea un reto para el derecho penal. La aparición de comportamientos motivados por pautas culturales que vulneran alguno de los principios sobre los que se asienta el ordenamiento, ha obligado a los estudiosos de esta materia a preguntarse cuáles deben ser los límites a la hora de tolerar las prácticas de los grupos culturales minoritarios. Este estudio realiza un análisis sobre los delitos culturales y las soluciones aportadas desde la teoría jurídica del delito. PALABRAS CLAVE: Multiculturalidad, diversidad cultural, excepción cultural, delito cultural, delitos culturalmente motivados. ABSTRACT: The cultural diversity in modern societies poses a challenge to the criminal law. The appearance of behaviors motivated by cultural norms that violate any of the principles on which the order is based, has forced experts in the field to wonder what should be the limits when it comes to tolerate the practices of cultural minority groups. This study analyzes on cultural crimes and the solutions from the legal theory of the crime. KEYWORDS: Multiculturalism, cultural diversity, cultural defence, cultural offences, culturally motivated crimes. IVÁN SALVADORI (Italia) Doctor Junior, Universidad de Verona, Italia [email protected] “Acceso abusivo a un sistema informático y nuevos bienes jurídicos protegidos por el Derecho Penal” RESUMEN: El objetivo del presente trabajo es demostrar como en la moderna sociedad de la información han surgido nuevos intereses jurídicos merecedores de protección penal. Para este fin, entre los distintos delitos informáticos, se analizara el de acceso abusivo a un sistema informático o telemático del art. 615-ter del código penal italiano. A través del análisis de los elementos típicos del delito, y en particular de las conductas típicas de introducción y permanencia en un sistema informático y del concepto de medidas de seguridad, se demostrara 15

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 como esta norma protege el nuevo interés jurídico de la intimidad informática e indirectamente de la seguridad informática. Finalmente se formularan, en perspectiva de lege ferenda, algunas propuestas de reforma del tipo delictivo. PALABRAS CLAVE: Acceso ilícito a un sistema informático. Art. 615-ter C.P. italiano, bien jurídico protegido, informática, seguridad informática. ABSTRACT: The aim of the paper is to define the new legal interests protected in the modern information society. For this reason we will analyze the illegal access to an information system provided for by art. 615-ter of the Italian Penal Code. Analyzing the actus reus of the offence, and in particular the illegal acts of introduction and mantenance into an information system and the concept of security measures we will demonstrate how the illegal access offence protects the new illegal interest of the confidentiality and indirectly the legal interest of the information security. Finally, taking into consideration the good practice of other European legislators and the recommendations of the international legal sources, we will propose a reform of the art. 615-ter of the Italian Penal Code. KEYWORDS: Illegal access to an information system. Art. 615-ter Italian Penal Code, legal interest, confidentiality of computer data, information security. JACQUELINE HELLMAN MORENO (Suecia) Doctora Junior, Universidad Autónoma de Madrid, España [email protected] “¿Inmunidad o Impunidad?” RESUMEN: La esencia de la inmunidad reside en la idea de que es completamente necesaria para asegurar que los altos representantes estatales desempeñan eficazmente sus funciones. Ello debe conjugarse con la premisa de que dicha inmunidad no puede servir de escudo a quienes en el ejercicio de su cargo cometen graves crímenes. En definitiva, no debería utilizarse como un medio para impedir la aplicación de la sanción correspondiente al alto representante estatal que es sospechoso de haber cometido graves ilícitos que afectan a la comunidad internacional en su conjunto. La inmunidad no puede significar o no puede traducirse en impunidad. Actuar criminalmente no puede considerarse ejercicio de una función pública. PALABRAS CLAVE: Inmunidad, impunidad, principio de jurisdicción universal, crímenes internacionales, altos representantes estatales. ABSTRACT: The essence of immunity resides on the idea that it is completely necessary to assure that high state representatives carry out effectively their functions. This must conjugate with the premise that states that immunity cannot be used as a shield to whom in the exercise of his/her post commits serious crimes. In other words, immunity should not be implemented as a way of preventing the application of a proper sanction to the high state representative who is accused of committing an illicit that concerns the whole international community. Immunity cannot mean or cannot be translated as impunity. Acting in a criminal way cannot be considered as an exercise of a public function.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 KEYWORDS: Immunity, impunity, universal jurisdiction principle, international crimes, high state representatives. JOANA FALXA (Francia) Investigadora Doctoranda, Université de Pau el des Pays de l´Adour, Francia y Universidad de Salamanca, España “Redes sociales y discursos de odio. Un enfoque europeo” RESUMEN: La expansión de Internet, y más precisamente de las redes sociales, ha supuesto la apertura de un nuevo campo de expresión para todos sus usuarios. Cada cual dispone potencialmente de una infinidad de posibilidades para manifestar y publicar sus opiniones en toda libertad, sin censura. Esa libertad de expresión, no obstante, encuentra sus límites cuando tropieza con las legislaciones nacionales y normativas internacionales que regulan la incriminación de los discursos de odio. Pese a las dificultades que implica la lucha contra este tipo de delitos en la Red, existen algunos instrumentos, a nivel nacional e internacional, que pretenden evitar la proliferación de declaraciones de odio o de índole discriminatoria. PALABRAS CLAVE: Internet, redes sociales, libertad de expresión, discurso de odio, Europa. ABSTRACT: The expansion of the Internet, or to be more precise, the expansion of social networks has opened up new avenues of expression. Everyone has potentially an infinite number of ways of evincing and publishing their opinions freely and without censorship. However, this freedom of expression is bound by national legislation and international regulations governing incrimination in hate speeches. The difficulties involved in fighting such offences on the Internet have resulted in national and international instruments to prevent the proliferation of messages of hate and messages of a discriminatory nature. KEYWORDS: Internet, social networks, freedom of speech and expression, hate speech, Europe. JOSÉ ALBERTO LEJED CORONA (Venezuela) Investigador Práctico, Universidad Central de Venezuela, Venezuela [email protected] “La firma electrónica indiciaria en el proceso penal venezolano” RESUMEN: La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra derechos y garantías acordes con un Estado Social y Democrático de Derecho y de Justicia en el cual el debido proceso, la justicia material y el proceso en si mismo son aspectos centrales. Al ser así, las figuras procesales toman una importancia clave y la prueba, en todas sus modalidades, es uno de los temas de mayor peso. En este orden de ideas, la importancia de la prueba electrónica, el análisis del enfoque dado a los medios informáticos como documentos electrónicos y de la evolución de la regulación legal de la firma electrónica, que le atribuye grados de autonomía a la misma respecto del documento electrónico, permiten considerar los escenarios jurídico – probatorios, regulares y excepcionales, de la firma electrónica. La idea del uso excepcional de la firma electrónica como prueba de indicios y su valoración por el juez penal conforman un escenario que debe tener claros sus alcances.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 PALABRAS CLAVE: Proceso penal, prueba electrónica, documento electrónico, firma electrónica, indicios. ABSTRACT: The Constitution of the Bolivarian Republic of Venezuela enshrines the rights and guarantees chords with a Social and Democratic State of Law and Justice in which the due process, the material justice and the process itself are central aspects. As such, the procedural figures take a key importance and the evidence, in all its forms, is one of the topics of greatest weight. In this order of ideas, the importance of the electronic evidence, the analysis of the approach given to the computer media as electronic documents and the evolution of the legal regulation of the electronic signature, which conferred degrees of autonomy to the same versus the electronic document, allow to consider the legal scenarios – evidence, regular and exceptional, of the electronic signature. The idea of the exceptional use of the electronic signature as circumstantial evidence and its valuation by the criminal court make up a scenario that must be clear in its scope. KEYWORDS: Criminal process, electronic evidence, electronic document, electronic signature, circumstantial evidence. JOSÉ ANTONIO RAMOS VÁZQUEZ (España) Doctor Senior, Universidad A Coruña, España “Mythos y logos en la política criminal de los delitos sexuales con víctima menor de edad: El caso de la posesión para uso propio de pornografía infantil” RESUMEN: De acuerdo con la teoría tradicional, la filosofía nació con el tránsito del mythos al logos: de las explicaciones mágicas y sobrenaturales al raciocinio y al debate crítico. En este trabajo se realiza un repaso a las tendencias contemporáneas existentes en la Política criminal de los delitos sexuales con víctima menor de edad, intentando poner de manifiesto sus aspectos mitológicos, es decir, cuánto hay de realidad y cuánto de fantasía en la imagen que del delincuente sexual proyecta dicha Política Criminal. Como paradigma de todo ello, se ha elegido el delito de posesión para uso propio de material pornográfico representando menores de edad. PALABRAS CLAVE: Derecho penal, política criminal, sexualidad, delitos contra menores, pornografía. ABSTRACT: This paper examines the mythology of the current regulation of the sexual crimes against minors in Spain, and specially the child pornography crime. KEYWORDS: Criminal Law, penal politics, sexuality, crimes against minors, pornography. JOSÉ MARÍA SÁNCHEZ GARCÍA (España) Investigador Doctorando, Universidad de Cádiz, España [email protected] “Una aproximación criminológica a la psicopatía” RESUMEN: Los psicópatas, en gran medida, llevan a cabo acciones que trascienden la esfera de lo penal. Debido a que continuamente se está dudando acerca de su imputabilidad, este trabajo hace un recorrido por las distintas teorías biopsicosociales que han intentado dar una explicación de tal fenómeno. Posteriormente, se hace una revisión de las diferentes 18

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 herramientas diagnósticas y los tratamientos actuales, así como del tratamiento dogmáticopenal, jurisprudencial e institucional. PALABRAS CLAVE: Psicopatía, imputabilidad, criminología, reinserción, teorías. ABSTRACT: The great majority of psychopaths take actions that go beyond the realm of the criminal. Due to the constant debate about the accountability of their actions, this work takes us through the various biopsychosocial theories that have tried to give an explanation to this phenomenon. Subsequently, there is a review of the various diagnostic tools and current treatments as well as the Dogmatic Criminal Jurisprudence and Institutional treatment. KEYWORDS: Psychopathy, imputability, criminology, reintegration, theories. LOREA ARENAS GARCÍA (España) Investigador Doctorando, Universidad de Málaga, España [email protected] “La aplicación de las nuevas tecnologías (TICS) en el control de la delincuencia: La eficacia de la monitorización electrónica como alternativa a la prisión” RESUMEN: Hasta la fecha no se han realizado en España estudios exhaustivos que recojan todos los aspectos del control electrónico ni que proporcionen resultados concluyentes sobre su uso y efectividad. El propósito de este trabajo consiste en analizar el fenómeno de la monitorización electrónica en el marco del artículo 86.4 del Reglamento Penitenciario desde una perspectiva descriptiva y empírica que posibilite conocer los criterios y las características de su aplicación. A tal fin, la metodología adoptada en la presente investigación combina el trabajo de campo de recogida de datos facilitados por los distintos organismos públicos competentes en la ejecución de los medios de control telemáticos con el análisis descriptivo de su aplicación en el marco del derecho penal español. PALABRAS CLAVE: Tecnologías de la información y la comunicación (TICs), monitorización electrónica, control social, seguridad ciudadana, control telemático. ABSTRACT: There are still no comprehensive analyses in Spain that involve all aspects of electronic control nor that provide conclusive results on its use and effectiveness. The purpose of our research is to analyse the phenomenon of electronic monitoring under Article 86.4 of the penitentiary law from a descriptive and empirical perspective it possible to identify the criteria and characteristics of your application. To this end, the methodology employed in the present research combines field work (collecting data provided by the different competent public organisms in the execution of telematic control) with a descriptive analysis of its application within the framework of Spanish Criminal law. KEYWORDS: Information and communication technologies (ICTs), electronic monitoring, social control, citizen security, telematic control. MARÍA DEL MAR MARTÍN ARAGÓN (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Cádiz, España [email protected] “La prisión permanente revisable: una cuestión sin resolver”

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 RESUMEN: El anteproyecto de reforma del Código penal, presentado por el Ministerio de Justicia el pasado año, introduce una nueva figura penológica, la prisión permanente revisable, de sobra conocida en el resto de Europa, pero no así en España. Se trata de analizar por un lado la política criminal que guía la reforma (contrastando los motivos aducidos en la exposición de motivos con datos empíricos) y por otro la conveniencia de esta pena; desde el punto de vista de su constitucionalidad (donde salen a relucir principios tales como el de seguridad jurídica, proporcionalidad y su posible consideración como trato inhumano o degradante) y de su adecuación al sistema penitenciario español. Del mismo modo se hará referencia a los efectos de las penas de larga duración y de duración indeterminada. PALABRAS CLAVE: Política criminal, penas de larga duración, prisión permanente revisable, constitucionalidad, sistema penitenciario. ABSTRACT: The Penal law draft bill, given by the Justice Department last year, introduces a new sentence figure, the final revisable prison, well enough known in the rest of Europe, but not in Spain. The aim of this report is to analyze on one side the criminal politic that guides this reform (matching the reasons adduced in the motives explanation with empirical data) and on the other side whether or not, the advisability of this term; from the point of view of its constitutionality (where it is emerged principles like legal security, proportionality and its possible consideration as inhumane or degrading treatment) and of its adaptation to the Spanish penitentiary system. In the same way a reference to the effects of long term and indefinite terms will be done. KEYWORDS: Criminal policy, long-term prison, final revisable prison, constitutionality, penitentiary system MARÍA ISABEL MONTSERRAT SÁNCHEZ-ESCRIBANO (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de las Islas Baleares, España [email protected] “El objeto material en el artículo 197.3 del Código Penal: Un condicionante de la tutela de la seguridad en España” RESUMEN: El presente trabajo tiene por objeto el estudio del nuevo apartado 3 del artículo 197 del Código penal, introducido por la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, en respuesta a las obligaciones internacionales derivadas de la aprobación de la Decisión Marco sobre sistemas de información y de la ratificación el 3 de junio de 2010 del Convenio sobre Cibercriminalidad de 2001. El estudio se centra, principalmente, en las diversas incongruencias de la descripción típica, consecuencia, a juicio de la autora, de la incorrecta fijación por parte del legislador español del objeto material del delito. PALABRAS CLAVE: Acceso ilícito informático, hacking, intrusismo informático, sistema informático, descubrimiento y revelación de secretos. ABSTRACT: This study analyzes the new article 197.3 of Spanish Criminal Code, introduced on June 23rd 2010 by Spanish Act 5/2010 of June 22nd in order to meet international obligations within the framework of European legal harmonization. The work studies, principally, the diverse incongruities of the typical description, consequence, in the opinion of the authoress, of the incorrect fixation of the material object of the crime by the Spanish legislator.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 KEYWORDS: Unlawful access to an informatic system, hacking, intrudering informatic system, discovery and revelation of secrets.

MARÍA LAGE COTELO (España) Investigadora Doctoranda, Universidad Nacional de Educación a Distancia, España “Perfiles de la tutela jurídico-penal del menor en la sociedad del conocimiento: Exclusión social e inclusión jurídica a través de la identidad virtual” RESUMEN: Las modernas sociedades del conocimiento plantean, desde un punto de vista jurídico, conflictos que se extienden más allá del simple hecho delictivo. Si ello lo cohesionamos con la creciente demanda y acceso de usuarios menores de edad a las TIC y lo reiterado de las conductas ilícitas en este medio, de suyo, es ponderar los aspectos influyentes en los perfiles de conducta y tutela jurídica desde un momento previo a la punibilidad del hecho, desde el origen del presunto delito virtual y así prever sus posibles consecuencias. El objeto del presente trabajo, será exponer los diversos grados de conexión existentes entre el uso de los entornos virtuales, la carencia específica de regulación penal para este tipo particular de comportamiento delictivo en menores, así como la importancia de la identidad, a través de la identidad virtual, en la teoría del delito aplicada a conciencias en formación. PALABRAS CLAVE: Identidad, exclusión-inclusión, menores, delito virtual, tutela judicial. ABSTRACT: From a legal point of view, modern societies propose conflicts which go beyond of the delictive action. If we draw this together with the increasing demand and access by the part of juveniles to the ICT and the illicit conduct that exits in this particular world, then it should be analyzed the influences in the behavior patterns and in the tutelage before the existence of a criminal act to avoid its consequences. The main goal of this work will explain the different degrees that exist among the use of the virtual space, the lack of a specific code of laws directed to the juveniles as well as the importance of the virtual identity in the theory of crime applied to young and careless minds. KEYWORDS: guardianship.

Identity,

exclusion-incorporation,

minors,

computer

crime,

judicial

MARIANA NOELIA SOLARI MERLO (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Cádiz, España [email protected] “El legislador penal ante la innovación tecnológica. Los daños informáticos en el dilema entre la reflexión filosófica y la práctica jurídico científica” RESUMEN: La evolución tecnológica ha ido perfilando nuestro modelo de sociedad y el desarrollo del pensamiento derivado de aquella, tanto en el terreno filosófico como en el jurídico, hasta el punto de materializar la decisión político jurídica de recoger conductas delictivas con base exclusivamente tecnológica en el Código penal, de forma muy ilustrativa en el supuesto de los daños informáticos. Siendo un proceso tan corriente como desconocido el de la incorporación tecnológica al Derecho, se hace necesaria una reflexión que abarque

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 perspectivas que están más allá del campo jurídico para, luego, comprender e interpretar el papel que desempeña en el Derecho penal de un modo adecuado. PALABRAS CLAVE: Derecho penal, tecnología, filosofía de la tecnología, TICs, daños informáticos. ABSTRACT: Technological evolution has shaped out our social model and the development of thinking from that derived, both in Philosophical and legally field, up to the point of introducing criminal conduct based solely in technological elements in the Criminal Code, very clear in the case of computer damage. It is, however, a phenomenon as common as unknown so it is necessary a reflection encompassing perspectives beyond the legal field; only then it will be possible to understand and interpret appropriately its role in the Criminal Law. KEYWORDS: Criminal law, technology, philosophy of technology, ICT, computer damage crime. MARÍA PAOLA MULÉ (Italia) Doctora Junior, Universidad de Palermo, Italia [email protected] “Criminalidad Organizada y Política: El Derecho Penal Italiano contra la compra de votos” RESUMEN: En este trabajo se investiga la relación entre el crimen organizado y la política, en particular el delito de compra de votos en Italia. A pesar de las sentencias del Tribunal Supremo que anticipan el tiempo de ejecución del delito a la formulación de las mutuas promesas entre la asociación criminal y el político y atribuyen a la “erogación de dinero” única relevancia probatoria, todavía es posible encontrar que el delito del art. 416 ter c.p. es difícil de aplicar. La razón está en la ambigua redacción de la norma. La dificultad de probar que el acusado sabía que sus interlocutores eran personas vinculadas al crimen organizado, y que utilizaba el uso del método mafioso en la obtención de votos, ha muchas veces dificultado la calificación de los hechos como pertenecientes al cauce trazado por el articulo 416 ter c.p. y ha determinado el encuadramiento de la conducta en los ilícitos sancionados según las leyes electorales. PALABRAS CLAVE: Compra de votos, criminalidad organizada, política, Italia, democracia. ABSTRACT: The work examines the relation between organized crime and politics and, in particular, the crime of vote buying in Italy. In spite of the pronouncements of the Supreme Court identify the carrying out of the crime at the moment in which there is the declaration of reciprocal promises between the political man and the “mafiosa” organization, giving to the “allotment of money” a probatory relevance, it is impossible not to note how much this crime ex art. 416 ter c.p. is difficult to apply. Undoubtly, this is due to the ambiguous formulation of the normative text. The difficulty to prove both that the accused man already knew that his interlocutors belong to the organized criminality and the use of strong prevaricative manners to obtain votes, has caused the reduction of the charge and its allocation in the field of penal conduct as provided in the electoral laws but not in that specified by the art. 416 ter c.p.. KEYWORDS: Vote buying, organized crime, politics, Italy, democracy.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013

MARIANO JORGE CARTOLANO (Argentina) Doctor Senior, Universidad de Salamanca, España [email protected] “La vigencia del requisito de la fungibilidad del ejecutor en la autoría mediata por dominio de organización y la alienación de fines como factor relevante” RESUMEN: En 1963 ROXIN formuló su teoría del dominio de la voluntad en virtud de aparatos de poder, como solución dogmática para imputar a los dirigentes del régimen nacionalsocialista los crímenes ordenados por ellos y ejecutados por sus subordinados. Como presupuesto decisivo de su construcción, erigió a la fungibilidad o intercambiabilidad del ejecutor material. Este aspecto ha recibido varias críticas doctrinales, que a nuestro modo de ver no consiguen invalidarlo. Por otra parte, en orden al examen de la fungibilidad en el caso concreto, se postula como factor relevante la alineación de fines entre la organización y sus miembros, lo cual permitiría compensar un reducido número de potenciales ejecutores. PALABRAS CLAVE: Autoría, dominio, organización, ejecutor, fungibilidad. ABSTACT: In 1963 ROXIN formulated his theory of the control of perpetration by organized power structures, as dogmatic solution to impute to the leaders of the regime National Socialist the crimes arranged by them and executed by his subordinates. Like an essential requirement of his construction, he points to the material executor’s fungibility or replacement. This aspect has received several doctrinal critiques, which doesn’t invalidate it in our opinion. On the other hand, in order to examine the fungibility in the particular case, the alignment of objectives between the organization and his members is postulated as an important factor, which would allow to compensate a limited number of potential executors. KEYWORDS: Perpetratorship, control, organization, executor, fungibility. MARINA MINASOLA (Italia) Doctora Junior, Universidad de Palermo, Italia [email protected] “Difamación por internet: jurisdicción y sujetos penalmente responsables en el ordenamiento italiano” RESUMEN: El artículo se centra en algunos aspectos de la disciplina de la difamación a través de Internet en la ley italiana: la determinación de la jurisdicción, las dificultades asociadas con la adopción del criterio de la ubicuidad y la identificación de los sujetos responsables. La investigación se centra en la cuestión de la responsabilidad penal de los proveedores de Internet, distinguiendo entre la "mere conduit", "caching" y "hosting". También tendrá en cuenta las figuras del webmaster, blogger, redactor y editor de la revista electrónica, a la luz de la más reciente elaboración jurisprudencial, valorando la posibilidad de extender a ellos el régimen de responsabilidad existente por falta de supervisión por parte del director de medios tradicionales (prensa escrita). En conclusión, se insiste en la conveniencia de una reforma 23

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 integral en relación a los delitos de opinión, con la esperanza de una armonización progresiva de la legislación europea. PALABRAS CLAVE: Difamación, internet, responsabilidad, Italia, armonización. ABSTRACT: The aim of this work is to analyse some aspects of the Italian discipline about internet libel: the determination of jurisdiction, the difficulties associated with the adoption of the criterion of ubiquity, and the identification of the responsible parties. The research focuses on the criminal liability of internet providers, distinguishing among activities of "mere conduit", "caching" and "hosting". Furthermore, will be taken in account the figures of the webmaster, blogger, editor and publisher of electronic journal, enlightening the latest developments of case law and considering the possibility to extend them the liability for omission in oversight, already established for the Director of “printed newspapers”. Finally, this paper will point-out the importance of a comprehensive reform of the Italian legislation about crimes of opinion, hoping for a gradual harmonization of European ones. KEYWORDS: Defamation, internet, liability, Italy, harmonization. MARTA FERNÁNDEZ CABRERA (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Málaga, España [email protected] “El delito de negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos tras la Ley Orgánica 5/2010” RESUMEN: Este trabajo tiene como objeto realizar un estudio sobre el tipo delictivo de negociaciones prohibidas a los funcionarios Públicos del artículo 439 del Código Penal. Se trata de un delito contra la Administración Pública que no ha sido prácticamente investigado por la doctrina y sobre el que nuestros tribunales tampoco se han pronunciado. Ello contrasta con lo habitual de estas conductas en la práctica, pues los medios de comunicación denuncian frecuentemente la mejora económica que experimentan determinadas empresas familiares participadas por representantes electos (alcaldes, concejales…) y ciertos abusos del cargo que podrían encuadrarse en este delito. Es por ello que analizaremos en profundidad los elementos típicos del mismo, con especial atención a los elementos modificados tras la reciente Reforma operada en 2010, y propondremos soluciones interpretativas y político-criminales al respecto. PALABRAS CLAVE: Delitos contra la Administración Pública, delitos de funcionarios y autoridades, negociaciones prohibidas a los funcionarios públicos, corrupción. ABSTRACT: This study aims to assess the criminal concept of negotiations and activities prohibited to public officials as it is established in article 439 of the Spanish Criminal Code. It constitutes a criminal offence against the public administration that has hardly been investigated by the doctrine and upon which our courts have not ruled on. This contrasts with the usualness of these behaviours in practice, as the media often reports on the economic improvement experienced by certain family-owned businesses whose shareholders include elected representatives (mayors, town councillors…) or other types of abuse of office that could easily fit into this offence. That is why we will analyse its characteristics in depth and will give special attention to the recent reforms passed in 2010, in order to provide interpretative and criminal justice policy answers that can solve the problem.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 KEYWORDS: Offences against the public Administration, offences committed by civil servants and public authorities, negotiations prohibited to public officials, corruption.

NICOLÁS OXMAN (Chile) Investigador Doctorando, Universidad de Valencia, España [email protected] “Bases de la culpabilidad en el sistema anglosajón de Derecho penal” RESUMEN: Este artículo describe la esencia del concepto de culpabilidad en el sistema anglosajón de Derecho Penal. Indica cuáles son los estados mentales que integran el mens rea, la prueba del aspecto subjetivo del delito y el problema de responsabilidad objetiva. PALABRAS CLAVE: Culpabilidad, mens rea, responsabilidad objetiva. ABSTRACT: This paper describes the essence of the blameworthiness concept in AngloAmerican System of Criminal Law. Indicates in which the contents of the mens rea, the proof of the subjective aspect of the offence and the strict liability problems. KEYWORDS: Blameworthiness, mens rea, strict liability. PABLO ANDRÉS VACANI (Argentina) Investigador Doctorando, Universidad de Buenos Aires, Argentina “El límite cuantitativo de la pena legal y su individualización en la fase ejecutiva de la condena. Por una reconstrucción conceptual del derecho de ejecución penal” RESUMEN: Este trabajo presenta a la racionalidad política de la pena moderna como un sistema que, en su vigencia actual, no resulta plenamente compatible con el marco constitucional del saber penal que debe abordar el derecho de ejecución penal. Persiste una antinomia entre la regulación constitucional de penas prohibidas, cuya principal característica es el trato punitivo que se aplica durante la condena, y aquello que representa a la medida de castigo como inmutable en un solo acto que es la sentencia. A partir de aquí el objetivo de este trabajo es definir algunos lineamientos en la pretensión de procurar una reconstrucción conceptual y sistemática de la ejecución de la pena cuya principal proyección se define en las mutaciones que la medida de castigo fijada en la sentencia tiene ante tratos punitivos arbitrarios que la distorsionan durante su ejecución. PALABRAS CLAVE: Prisión, proporcionalidad, pena, cuantificación, tiempo. ABSTRACT: This work presents the political rationality of modern punishment as a system which, in its current validity, does not result totally compatible with the constitucional framework of the penal knowledge that should tackle Penal Execution Law. It remains an antinomy between the constitutional regulation of forbidden punishments, whose main feature is the punitive treatment applied during conviction on one side, and on the other, what represents the measure of punishment as inmutable in one single act, the judgement. From here, the goal of this work is to define some guidelines in order to try to achieve a conceptual 25

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 and systematic reconstruction of penal execution, whose main projection is defined by the mutations suffered by the measure of punishment fixed by the judgement vis a vis arbitrary punitive treatment, which distorts it during its execution. KEYWORDS: Prison, proportionality, punishment, quantification, time.

PABLO RANDO CASERMEIRO (España) Doctor Junior, Universidad de Málaga, España “La globalización de la política criminal estadounidense sobre propiedad intelectual: Especial referencia a la piratería doméstica” RESUMEN: El presente trabajo pretende abordar el progresivo aumento de la intervención del Derecho penal en el ámbito de la propiedad intelectual a escala internacional. En especial merecerá una atención privilegiada la cada vez más frecuente pretensión de criminalizar las infracciones de derechos de autor cometidas por particulares sin ánimo comercial. La entrada en la agenda político criminal de este tipo de conductas merece un análisis detenido sobre el proceso de creación de las leyes penales en la materia y los grupos de presión involucrados en el proceso de expansión del Derecho penal. PALABRAS CLAVE: Derecho penal comparado, derechos de autor, política criminal, proceso legislativo penal, delitos contra la propiedad intelectual. ABSTRACT: This article intends to deal with the increasingly important intervention of criminal law in intellectual property issues on an international scale. Specifically, it will be subject to critical analysis the proposal of criminalizing end-user piracy. As this topic has become a significant input in the criminal policy agenda worldwide, we need to go deep in analysis about criminal law-making process in intellectual property matters, and the lobbies involved in this process of extension of criminal law. KEYWORDS: Comparative Criminal Law, copyright Law, criminal Policy, criminal lawmaking Process, intellectual property offences. PAZ FRANCÉS LECUMBERRI (España) Investigadora Doctoranda, Universidad Pública de Navarra, España “El nuevo art. 433bis. Un ejemplo de derecho penal simbólico. Dudas y claves para su interpretación a la luz del art. 290 CP” RESUMEN: Se analiza el art. 433 bis del CP, nuevo delito de falsedad contable pública y se plantean las dudas más importantes que el mismo suscita a la luz de un análisis sistemático con el art. 290 CP, que tipifica el falseamiento de documentos de las sociedades, por su evidente similitud. Se hace notar, en todo caso, cómo el art. 433 bis CP es un ejemplo de deficiente técnica legislativa y de claro Derecho penal simbólico. PALABRAS CLAVE: Falseamiento de cuentas públicas, falseamiento de cuentas de las sociedades, falsedad documental, técnica legislativa, Derecho penal simbólico.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: This study analyzes the art. 433 bis of the Criminal Code (CC), a new offense of public accounts forgery and it considers the most important issues in relation to art. 290 CC, company accounts distortion, because of its apparent similarity. Also this study shows how the art. 433 bis CC is an example of deficient legislative technique and symbolic Criminal Law. KEYWORDS: Public accounts distortion, company accounts distortion, forgery, legislative technique, symbolic Criminal Law. SEBASTIÁN FELIPE SÁNCHEZ ZAPATA (Colombia) Investigador Máster, Universidad de Cádiz, España [email protected] “El delito de pornografía infantil y TIC” RESUMEN: El artículo 189.2 del Código Penal Español tipifica la posesión de material pornográfico infantil para el propio uso. El presente texto, desde la perspectiva de las TIC´s, cuestiona el interés jurídicamente protegido en esta disposición al tiempo que articula las exigencias esenciales del principio de proporcionalidad de la ley penal para todos los delitos; seguidamente, desde una perspectiva comparada, describe las modificaciones que pretende introducir el Anteproyecto de Ley del Código Penal en esta materia. Finalmente, señala unas conclusiones al respecto. PALABRAS CLAVE: Pornografía infantil, proporcionalidad, tecnología, derecho penal comparado, anteproyecto de Código Penal. ABSTRACT: Article 189.2 of the Spanish Penal Code criminalizes the possession of child pornography material for own use. This text, from the ITC´s perspective, questions the legally protected interest in this article while articulates the essential requirements of the proportionality principle of criminal law for all crimes; then, from a comparative perspective, describes the modifications that intended to introduce the Draft Penal Code in this topic. Finally, mentions some conclusions about it. KEYWORDS: Child pornography, proportionality, technology, comparative criminal law, draft penal Code. THEREZA COITINHO DAS NEVES (Brasil) Investigadora Doctoranda, Universidad de Salamanca, España [email protected] “Control penal de drogas y medios de comunicación: Aliados para un sistema autorreferencial” RESUMEN: El control penal de drogas de la actualidad, fundado en estrategias prohibicionistas flagrantemente fracasadas, se mantiene como modelo dominante de política de drogas en el escenario mundial. Los medios de comunicación figuran como importantes herramientas para ello, una vez que, utilizándose de discursos previamente seleccionados, forman la opinión pública a respecto del tema de la manera que quiere el poder instituido, logrando la legitimación social de la política adoptada. El presente artículo trata de explorar los motivos del desfase entre las razones de los académicos y la agenda política en materia de drogas, centrando su análisis en los medios de comunicación, las relaciones de poder y la formación de la opinión pública a respecto de la política prohibicionista. 27

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 PALABRAS CLAVE: Drogas, control penal, prohibicionismo, medios de comunicación, opinión pública. ABSTRACT: The present criminal control of drugs, based on flagrantly failed strategies of the prohibitive system, remains as the dominant model on the world stage. The media is an important tool for it, using previously selected speeches to build public opinion on the way that wants the government, and then achieving the social legitimacy of the adopted policy. This article tries to explore the reasons for the gap between the academic reasons and political agenda on drugs, focusing its analysis on the media, the power relations and the building of public opinion about the prohibitionist drug policy. KEYWORDS: Drugs, criminal control, prohibitionist drug policy, media, public opinion. TOMÁS DARÍO GUTIÉRREZ HINOJOSA (Colombia) Investigador Doctorando, Universidad del Zulia, Venezuela [email protected] “Criminología, causa final y política criminal” RESUMEN: Ante la disyuntiva planteada entre la ciencia como explicación causal o la ciencia como explicación teleológica, propongo, en virtud del gran reto materializado en la complejidad de los procesos causales de la criminalidad actual, una explicación integral del fenómeno. Por la función de ciencia auxiliar indispensable, de la criminología etiológica, para la ciencia penal, resulta crucial su labor explicativa, por lo cual planteo la incorporación del principio de la causa final o factor motivacional. El conocimiento de los verdaderos orígenes de un fenómeno, posibilita la predicción y con ello la prevención o el control, que solo así serán una tarea posible para la política criminal. PALABRAS CLAVE: Criminología, explicación teleológica, explicación causal, explicación integral, política criminal. ABSTRACT: Faced with the dilemma posed between science and science explanation as causal or teleological explanation, I propose, under challenge materialized in the complexity of the causal processes of actual crime, a comprehensive explanation of the phenomenon. Because of the function of essential auxiliary science of criminology etiological, for criminal science is crucial its explanatory work, so I presented the incorporation of the principle of final cause or motivating factor. Knowledge of the true origins of a phenomenon enables the prediction and thus the prevention or control, only then will a possible task for criminal policy. KEYWORDS: Criminology, teleological, causal explanation, comprehensive explanation, criminal policy. VALERIA VEGH WEIS (Argentina) Investigadora Máster, Universidad de Buenos Aires, Argentina [email protected] “Una teoría de la pena desde el marxismo” RESUMEN: El presente trabajo reflexiona respecto de las pertinencias y desaciertos de las distintas teorías de la pena elaboradas hasta el presente, desde un abordaje marxista del 28

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 pensamiento. El objetivo es ahondar en esta perspectiva poco explorada, en la convicción de que nos permitirá adentrarnos en una visión holística que percibe la cuestión criminal y particularmente las teorías de la pena, desde la reflexión sobre la totalidad social. A partir de ello, se desarrollará una propuesta sobre una teoría de la pena elaborada desde el marxismo y se sostendrá que la misma funciona como lo que podría denominarse “una herramienta privilegiada de defensa clasista de la estructura social” que es utilizada contra las masas empobrecidas que son susceptibles de poner en jaque el sistema económico social vigente. Lo que es más, se sostendrá que la criminalización primaria –con su permanente ampliación del catálogo de delitos o inflación punitiva-, refuerza esta función social de la pena. PALABRAS CLAVE: Pena, teorías- marxismo, clases, criminalización. ABSTRACT: This paper reflects on the belongings and weaknesses of the various theories of punishment made to the present, from a Marxist approach of thinking. The goal is to delve into this unexplored perspective, in the conviction that we will get into a holistic vision that perceives the criminal matter and particularly the theories of punishment, from the reflection on the social totality. From this, we will develop a proposal for an elaborate theory of punishment from Marxism and we will argue that punishment functions as what might be called "a privileged tool of class defense of social structure" that is used against the impoverished masses that are likely to jeopardize the current social economic system. What's more, we will argue that primary criminalization -permanent extension of the catalog of crimes or punitive inflation-, reinforces this social function of punishment. KEYWORDS: Punishment, theories, Marxism, clases, criminalization.

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COMUNICACIONES2 ANA ISABEL GARCÍA MATÉ (España) Investigadora Práctica, Universidad de Alicante, España [email protected] “Inobservancia de la ley de enjuiciamiento criminal por servicios sociales y sanitarios en el ámbito de las denuncias por razón de violencia de género” RESUMEN: El objeto de mi ponencia puede sorprender al lector; se trata de cuestionar la escasa utilización que se hace de la denuncia de situaciones de violencia de género por profesionales que intervienen con sus víctimas, fundamentalmente el personal de los servicios sociales y el sanitario. Desconocen, cuando menos, el literal de los artículos 262 y 544 ter de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, los cuales, además, se han convertido en papel mojado a virtud de su escasa o nula utilización. Queda por determinar la responsabilidad de tales colectivos cuando se produce el homicidio de una víctima y por investigar el camino por el que ha transitado en su largo devenir de maltrato. Los protocolos suelen quedarse en meras recomendaciones, obviando el mandato legal de la denuncia ante la sospecha de indicios de delito. Si bien las multas de la LECr son simbólicas, el cumplimiento de la normativa se impone y las excusas no son admisibles. PALABRAS CLAVE: Denuncia, violencia de género, servicios sociales, sanitario, responsabilidad. ABSTRACT: The purpose of my speech can surprise the reader; it is about questioning the little use made of gender-based violence complaints by the professionals that work with the victims, mostly staff members of the social services and healthcare. They ignore, at the very least, the texts of the Articles 262 and 544 third of the Criminal Procedure Code, which also have become paper tiger because of its little or no use. It remains to be determined the responsibility of such groups when a victim is murdered and also to be investigated the path she transited during the long process of maltreatment. The protocols usually stop at mere recommendations, ignoring the legal mandate of the complaint based on suspicions of offence’s evidence. While LECr penalties are symbolic, the regulation’s compliance is imposed and excuses are not acceptable. KEYWORDS: Gender-based violence, complaint, social services, healthcare, responsibility. BLADIMIR CUADRO CRESPO (Colombia) 2

La relación de comunicaciones viene por orden alfabético tomando como referencia el nombre del ponente, no sus apellidos.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 Investigador Máster, Externado de Colombia, Colombia “El derecho de castigar y el castigo en el nuevo siglo. Que esta pasado con los fines del Derecho Penal y de la pena a partir del modelo de la sociedad del riesgo” RESUMEN: Las nuevas orientaciones que se ha sufrido el derecho penal, a partir del modelo de sociedad del riesgo, muestran una fuerte inclinación por el endurecimiento de los castigos existentes, criminalización de nuevas conductas sociales que afectan bienes jurídicos abstractos y colectivos y finalmente, su expansión a fenómenos y conflictos sociales que deben solucionarse sin la intervención principal del derecho penal. Es evidente que fenómenos tales como el populismo punitivo, la fijación de la agenda legislativa por parte del consumo mediático, la maximización del estado de inseguridad, han concentrado su accionar en los avances tecnológicos, que si bien han contribuido de alguna manera en bienestar, paradójicamente han sido determinantes para la configuración de un derecho penal fundamentado en la denominada sociedad del riesgo, que a su vez ha influido en la conformación de un nuevo derecho de castigar y del castigo. PALABRAS CLAVE: Derecho de castigar, Estado Social de Derecho, sociedad del riesgo, inseguridad y populismo punitivo. ABSTRACT: The new guidance has been criminal law, from risk society model, show a strong inclination for the tightening of existing penalties, criminalization of new social behaviors that affect legal rights and collective abstract and finally his expansion phenomena and social conflicts to be solved without major intervention of criminal law. Clearly phenomena such as punitive populism, setting the legislative agenda by the media consumption, maximizing the state of insecurity, their actions have focused on technological advances that they have helped in some way being, paradoxically have been instrumental in setting up a criminal law based on the so-called risk society, which in turn has influenced the creation of a new right to punish and punishment. ESTHER MARÍA ANÍBARRO MARTÍNEZ (España) Investigadora Doctorando y Práctica, Universidad Europea de Madrid, España [email protected] “El modelo europeo de justicia juvenil” RESUMEN: La Unión ha desarrollado una Estrategia de protección del menor frente a la criminalidad organizada transnacional que ha dado lugar a una actividad armonizadora centrada en la delincuencia sexual. Cada vez con mayor frecuencia, este tipo de delitos contra la libertad e indemnidad sexuales, en los que el menor figura como víctima, se cometen empleando las tecnologías de la información y la comunicación. La acción comunitaria no se dirige al tratamiento del menor infractor ni aporta un concepto comunitario de la persona menor de edad a efectos penales. En contraposición a este restringido ámbito de actuación, el derecho comunitario entra a considerar de modo específico otros acontecimientos relevantes para el proyecto comunitario, tales como el fenómeno de los Menores Extranjeros No Acompañados, que tienen al menor como centro de atención principal, aspirando, de este modo, a configurar un modelo europeo de justicia juvenil. PALABRAS CLAVE: Modelo europeo de justicia juvenil, Estrategia de los Derechos de la Infancia, menores extranjeros no acompañados, ciberdelincuencia, armonización penal.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: The European Union has proposed a Strategy to effectively promote and safeguard the rights of the child. It has become necessary to introduce a specific instrument to combat child pornography on the Internet in view of the scale on which this form of crime is being perpetrated. Minors are becoming increasingly active as users, but also particularly vulnerable. In this context European legislation has focused on Minors in a victim perspective. Even when Minor is not a European concept a new common approach needs to be established. To effectively deal with this issue of child protection Action Plan on Unaccompanied Minors prevents unsafe migration and trafficking of children. Efforts must now be directed towards a further, ambitious goal: a true European Juvenile Justice System KEYWORDS: European juvenile justice system, strategy on the rights of the child, unaccompanied minors, cybercrime, harmonization of criminal law.

FELIPE MARTINS PINTO (Brasil) Doctor Junior, Universidade Federal de Minas Gerais, Brasil [email protected], “The brazilian experience of interception of telephone communications” RESUMEN: El Supremo Tribunal Federal de Brasil ha reconocido la libertad por el juez de prolongar indefinidamente la duración de los parámetros de intercepción telefónica segundo criterios casuísticos y subjetivos, una postura contraria a los límites constitucionales y legales establecidos por demostrar investigación honor en la costa de la intimidad la investigación. La situación mencionada pone en peligro los derechos del ciudadano porque os parámetros se establecen sobre una base de caso por caso y así, se compromete a estructurar un marco legal compatible con un Estado democrático. PALABRAS CLAVE: Supremo Tribunal Federal de Brasil, intercepción telefónica, intimidad, Estado democrático de Derecho. ABSTRACT: The Federal Supreme Court of Brazil has recognized freedom by the judge indefinitely prolong the duration of the second wiretap parameters casuistic criteria and subjective, a position contrary to the constitutional and legal limits established by research showing honor in coastal privacy research. The above situation endangers the rights of citizens because you set parameters on a case by case basis and thus agrees to structure a legal framework compatible with a democratic state. KEYWORDS: Supreme Federal Court of Brazil, wiretapping, privacy, Democratic State. HENRIQUE ABI-ACKEL TORRES (Brasil) Investigador Doctorando, Universidad de Sevilla, España [email protected] “Responsabilidad Penal de las personas jurídicas por delitos ambientales y su planteamiento dogmático en Brasil y España” RESUMEN: El objetivo del presente estudio es investigar la responsabilidad penal de las personas jurídicas y los problemas enfrentados por la dogmática penal para aplicación de disposiciones legales que determinan esta responsabilidad. Hay una tendencia en buscar una responsabilidad efectiva en lesiones (o peligro de lesiones) al bien jurídico protegido, 32

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 especialmente cuando si tratan de delitos ambientales. Así que si pretende analizar la cuestión por un enfoque dogmático-penal, especialmente las barreras que se ponen para una efectiva aplicación de la responsabilidad penal de estos entes colectivos y el planteamiento de la cuestión en Brasil y en España. PALABRAS CLAVE: Responsabilidad penal, persona jurídica, delitos ambientales, Brasil, España. ABSTRACT: The objective of this study is to investigate the criminal responsibility of companies and the problems faced by the application of criminal laws that determine this responsibility. There is a tendency to seek a more effective liability to what is legally protected, especially in environmental crimes. The objective here is to analyze the criminal approach, particularly the barriers that are put to effective implementation of the criminal responsibility of these collective entities and how the issue in treated in Brazil and Spain. KEYWORDS: Criminal responsibility, companies, environmental crimes, Brazil, Spain.

JARA BOCANEGRA MÁRQUEZ (España) Investigadora Doctoranda, Universidad de Sevilla, España [email protected] “La nueva reforma del Código Penal en materia de consecuencias jurídicas del delito. Una reflexión acerca de su necesidad” RESUMEN: Se propone una reflexión acerca de la necesidad de la nueva reforma del Código Penal en materia de consecuencias jurídicas del delito desarrollada por el Gobierno en el Anteproyecto de Ley Orgánica de 11 de octubre de 2012. A tal fin partiremos de un breve análisis de la profunda revisión que se hace en el sistema de penas y medidas de seguridad, para, a continuación, reflexionar sobre su necesidad. En primer lugar, examinando los posibles factores que, en abstracto, podrían justificar una modificación de dicho calado, y su viabilidad en el presente caso; y, en segundo lugar, analizando el acierto de la justificación de la reforma dada por el propio gobierno en la Exposición de Motivos del Anteproyecto. Con ello pretendemos llegar a una conclusión final que dé respuesta a las siguientes cuestiones: ¿era necesario una reforma del sistema de consecuencias jurídicas del delito? Y en caso negativo, ¿por qué se ha llevado a cabo? PALABRAS CLAVE: Reforma del Código Penal, prisión permanente revisable, custodia de seguridad, juicio paralelo, política criminal. ABSTRACT: We propose a reflection about the need of the new Penal Code reform on the subject of legal crime consequences, recently developed by the Government in the Draft bill of Organic Law of October 11th 2012. To this end we will make a brief analysis of the deep review done in the system of penalties and security measures, to then reflect on their need. First, examining the possible factors that may justify such an important modification, and its viability in the present case, and, secondly, analyzing the justification given by the government in the Explanatory Memorandum of the draft bill. Our aim is to reach a final conclusion that answers the following questions: was it necessary to reform the system of legal consequences of crime? And if not, why was it carried out?

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 KEYWORDS: Reform of the Penal Code, permanent prison revisable, safe custody, parallel trial, criminal policy.

JAVIER GARCÍA RODRÍGUEZ (España) Investigador Máster, Universidad de Cádiz, España [email protected] “Una aproximación al derecho penal-penitenciario del enemigo” RESUMEN: Desde el pensar filosófico y sociológico del Derecho Penal del Enemigo hasta llegar a la teoría de la exclusión. La inserción en ordenamientos democráticos de preceptos propios de un Derecho Penal de autor hará que nos preguntemos por la funcionalidad de la pena y los límites constitucionales de la misma. PALABRAS CLAVE: Enemigo, Jakobs, funcionalismo, Luhman, seguridad. ABSTRACT: From the philosophical and sociological concept of the Criminal Law of the Enemy to the theory of exclusion. The inclusion of typical principles of offender-based Criminal Law in democratic systems will make us question the functionality of the punishment and its constitutional limits. KEYWORDS: Enemy, Jakobs, functionalism, Luhman, safety. JERÓNIMO GARCÍA SAN MARTÍN (ESPAÑA) Doctor Senior, Universidad de las Palmas de Gran Canaria, España [email protected] “La unidad de acción y sus presupuestos en la teoría concursal” RESUMEN: Entendiendo el análisis de la acción con relevancia penal como el cauce por el que se revelan las soluciones concursales, surge el presente trabajo que tiene por objeto el estudio y reflexión respecto a los criterios que sirven a la delimitación e identificación de la llamada unidad natural de acción, los presupuestos cuya concurrencia le es exigible, así como de las conductas o comportamientos que la integran. PALABRAS CLAVE: Concurso, acción, natural, unidad, conducta. ABSTRACT: The purpose of this paper, it being understood that the analysis of criminally relevant forms of action is the channel by means of which solutions - based on the overlapping of criminal offences - are revealed, is to study and reflect on the criteria applicable in both the demarcation and identification of the so-called natural consideration of criminal conduct as a unit (unidad natural de acción), the presuppositions required for the above-mentioned overlapping, as well as the very nature of the conduct or behaviour in question. KEYWORDS: Overlapping, action, natural, unit, conduct.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 JOANA AMARAL RODRIGUES (Portugal) Investigadora Doctoranda, Facultad de Direito Universidad Nova de Lisboa, Portugal [email protected] “La teoría del bien jurídico-penal en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional portugués” RESUMEN: Gran parte de la doctrina sigue reconociendo el bien jurídico como la base irrenunciable de un sistema jurídico-penal racional. No obstante, la función critica y legitimadora del bien jurídico está siendo contemplada últimamente con alguna reserva por parte de algunos Autores importantes. La cuestión a considerar es si la teoría de la protección o tutela de bienes jurídicos, que vamos a tratar de densificar, es apta a erigirse – aún hoy – como criterio legitimador del Derecho penal. El análisis es teórico y práctico con referencia a recientes decisiones del Tribunal Constitucional portugués. PALABRAS CLAVE: bien jurídico-penal, concepto material del crimen, Tribunal Constitucional, criminalización/descriminalización, controlo constitucional. ABSTRACT: The prevailing doctrine continues to recognize the protection of legal assets as the indispensable basis of a rational criminal justice system. However, the critical and legitimizing role of the “legal asset” has been received lately with some reserves by important Authors. The issue to be addressed is whether the protection of legal assets’ theory, which we will try to explain, is able to stand – even today – as legitimizing criteria of criminal law. The analysis is both theoretical and practical with reference to recent decisions of the Portuguese Constitutional Court. KEYWORDS: Legal asset, material concept of criminalization/decriminalization, constitutional control.

crime,

Constitutional

Court,

JOSÉ LUÍS PURICELLI (Argentina) Investigador Práctico, Universidad Nacional de Buenos Aires, Argentina [email protected] “Drogas: Evolución antropológico cultural – la postmodernidad y su problemática en Europa y América” RESUMEN: La drogodependencia –supuesto estado de liberación interior en un mundo que queda intacto- es el final de un camino, a veces largo, otros cortos, en el que confluyen tres elementos: la sustancia –factor necesario pero no suficiente-, el individuo y el medio social. La propuesta de estas páginas es exponer inicial y esquemáticamente, la evolución antropológica del fenómeno de las drogas a través de la historia, para luego enfatizar en los aspectos sociológicos de los tiempos actuales y su incidencia en el uso de estupefacientes. Veremos como estas particularidades del mundo de hoy colocan al individuo en situación de mayor vulnerabilidad respecto de las adicciones en general y de las drogas en particular. En prieta síntesis también brindamos lo que estimamos un sendero para mejorar la situación actual. PALABRAS CLAVE: Drogas, globalización, cultura, consumo, hiperindividualismo.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: The drug addiction -release state of inner freedom in a world which remains intact- , is the end of a sometimes long, other short, at the crossroads in which three elements come together: The substance-factor necessary but insufficient, the individual and the social environment. The proposal is to expose these initial pages and schematically, the anthropological evolution of the phenomenon of drugs through the history, and then emphasize the sociological aspects of current times and their impact on drug use. We will see how the particularities of the world today place the individual in situation of greater vulnerability to addictions general and drugs in particular. In short brown also provide what we consider a path to improve the current situation. KEYWORDS: Drugs, globalization, culture, consumption, hyper individualism. MARÍA TERESA PAREJO SOUSA (España) Investigadora Doctoranda, Universidad Complutense de Madrid, España [email protected] “Los fines de la pena en el moderno Derecho Penal Internacional” RESUMEN: Las personas que han cometido crímenes internacionales han actuado bajo la cobertura de un gobierno, normalmente en situaciones de poder, de facto o de iure. Una vez que ha sido derrocado el régimen bajo el que actuaban, éstos delincuentes se han integrado en la sociedad. En la mayoría de las ocasiones no han vuelto a cometer ningún delito. ¿A qué fines responde la pena que se impone a este tipo de criminales? A la luz de la jurisprudencia internacional, parece que estas penas responden a fines retributivos y preventivos generales positivos, toda vez que mediante las penas intenta el Derecho penal internacional intenta reafirmarse como sistema, aunque ello no significa que se renuncie a los fines preventivos generales negativos de la pena. PALABRAS CLAVE: Fines, paz, restablecer, prevención y justicia. ABSTRACT: Persons who committed international crimes have acted under government protection, usually in power situations, de facto or de jure. Once the regime has been deposed, these perpetrators were reintegrated into society. They have mostly not committed any other offence since then. Which are the purposes of the sentence imposed to this type of offenders? In light of international case law, it seems these sentences are related to positive general compensative and preventive purposes, since criminal international law attempts to be confirmed as a system through the sentences, although that does not mean renouncing the negative general preventive purposes of the sentence. KEYWORDS: Purposes, peace, restore prevention and justice. MARINA DE CERQUEIRA SANT´ANNA (Brasil) Investigadora Máster, Universidad Federal de Bahía, Brasil [email protected] “Culpabilidad y Libre Albedrío”

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 RESUMEN: Este artículo tiene como objetivo principal criticar el actual fundamento material de la culpabilidad concebida por la Teoría Finalista de la Acción. Por lo tanto, se pretende señalar la evolución del concepto material de culpabilidad, a través de una breve digresión histórica, destacando las contribuciones de las Teorías Psicológica y Psicológica-Normativa. Finalizando con la construcción del concepto de Hans Welzel, Teoría-Normativa-Pura, basada en el “poder actuar de otro modo”. Seguido, se examina la noción de libertad de voluntad concebida por algunos autores, posteriormente, se demuestran las críticas que pone en crisis el concepto de libertad concebido por el finalismo y, de esta forma, su contenido material de la culpabilidad. Finalmente, buscando enriquecer el tema y propiciar reflexiones fértiles, se presentan, breves consideraciones sobre los estudios recientes de la neurociencia y sus posibles implicaciones en la culpabilidad. PALABRAS CLAVE: Culpabilidad, finalismo, libre albedrío, neurociencia, derecho penal. ABSTRACT: This paper aims at criticizing the current principal material foundation conceived by guilt Finalist Theory of Action. Therefore, it is intended to note the evolution of the material conception of guilt, through a brief historical digression, highlighting the contributions of Psychology and Psychological Theories-Policy. Finishing with the construction of the concept of Hans Welzel, Theory-Policy-Pura, based on the "power to act otherwise." Next, we examine the notion of freedom of will conceived by some authors subsequently demonstrated criticism in crisis puts the concept of freedom conceived by the finality and, thus, its material content of guilt. Finally, looking to enrich the topic and encourage fertile reflections are presented, brief comments on recent studies in neuroscience and their implications in the guilt. KEYWORDS: Guilt, finalism, free will, neuroscience, criminal law. MARIO MARTIN BARLETTA (Argentina) Investigador Doctorando, Universidad Nacional del Litoral, Argentina [email protected] “El sistema de Justicia penal juvenil en Argentina: actualidad y perspectivas, textos y contextos” RESUMEN: La ponencia tiene como objetivo presentar los lineamientos generales sobre la situación actual del Sistema de Justicia Penal Juvenil en la República Argentina. Para ello se realizará una descripción del Sistema Jurídico Argentino abordando la Estructura Constitucional del Estado Federal Argentino. Seguidamente haremos referencia al marco legal de la Argentina en materia de Justicia Penal Juvenil, que conforma un Corpus Iuris iluminado por los Instrumentos Internacionales con jerarquía Constitucional y que configuran una integración del Sistema Regional Americano con el Sistema Universal de Derechos Humanos. Finalmente se presentará el último informe sobre el relevamiento de los dispositivos Penales Juveniles, a efectos de dimensionar el estado situacional actual. PALABRAS CLAVE: Delito, juvenil, sistema, justicia, penal. ABSTRACT: The paper aims to present the general guidelines of the current situation of the Juvenile Justice System in Argentina. This will involve a description of the Argentine legal system addressing the constitutional structure of the Argentine Federal State. Then we refer to the legal framework of Argentina on Juvenile Justice, which forms a Corpus Juris lit by international and constitutional status that configures an integration of the Regional American

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 System with the Human Rights Universal System. Finally we present the final report of the survey about the Youth Criminal devices, in order to measure the current situation. KEYWORDS: Crime, youth, system, justice, criminal.

MARIONA LLOBET ANGLÍ (España) Doctora Junior, Universidad Pompeu Fabra, España [email protected] “Teoría jurídica del delito: ¿medio o fin? A propósito del delito de conducción embriagada” RESUMEN: La teoría jurídica del delito es, sin duda, la principal herramienta de la que se sirve el derecho penal para afrontar y resolver los casos de una forma sistemática. No obstante, las categorías que la integran no son un fin en sí mismo, sino el medio para aplicar las infracciones de la parte especial. El delito de conducción embriagada presenta problemas, sobre todo, de imputación objetiva, error, eximentes y actio libera in causa, autoría y participación e iter criminis, por lo que es un banco de prueba idóneo para comprobar la utilidad de dicha teoría. PALABRAS CLAVE: Conducción, bebidas alcohólicas, vehículo a motor, teoría jurídica del delito, seguridad vial. ABSTRACT: Theory of crime is, beyond doubt, the main tool available to criminal law in order to systematically face and resolve real cases. However, the categories that compose it are not and end in themselves but the mean to apply the offences of the special part of the Penal Code. The offence of drink driving brings up problems of objective imputation, mistake, excuses, actio libera in causa and of perpetrators and accessories. Therefore it is an excellent test bed to evaluate the usefulness of that theory. KEYWORDS: Driving, alcohol, motor vehicle, theory of crime, road security law. NOELIA CORRAL MARAVER (España) Investigador Máster, Universidad de Málaga, España [email protected] “La pena de prisión permanente revisable. Una involución en nuestro sistema punitivo” RESUMEN: El presente artículo pretende hacer una descripción breve de los cambios previstos en nuestro vigente código penal para incluir una nueva pena: la prisión permanente revisable. Asimismo, se realizará una valoración crítica de dicha sanción, señalando los factores que han llevado al actual Gobierno a querer introducir esta grave sanción en nuestra legislación y que reflejan la instauración en nuestro sistema político criminal del modelo de seguridad ciudadana. PALABRAS CLAVE: Prisión permanente revisable, política criminal, populismo punitivo, reinserción social, modelo de seguridad ciudadana. 38

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 ABSTRACT: The current research intends to make a brief description of the future changes in our Criminal Law in order to bring in a new penalty: life imprisonment –with the possibility of parole-. Continues with a review of the mentioned punishment, focused in the reasons for the Government to be encouraged to introduce such a strong penalty, and the rule of a public safety model in our criminal policy. KEYWORDS: Life imprisonment penalty, criminal policy, rehabilitation, punitive populism, public safety model. OSVALDO VÁZQUEZ ROSSONI/CESAR PONCE, Chile Investigadores prácticos, Universidad de Chile, Universidad Finis Terrae de Chile, Chile [email protected] y [email protected] “Reflexiones sobre política criminal juvenil. Un aporte alternativo para los que cometen delitos sexuales” RESUMEN: La política criminal juvenil, difiere de los fines propios de la política criminal en general, su acción está dirigida a la prevención de la delincuencia teniendo a la base el respeto de los derechos fundamentales, garantizando que los miembros de la comunidad dispongan de un espacio de seguridad que les permitirá alcanzar su máximo desarrollo personal y social, supeditando la acción represiva de los órganos del Estado, habilitados para ello, sólo en los casos de relevancia jurídica y siempre con estricta sujeción a la Constitución y a las leyes, lo cual es propio y característico de un estado liberal y democrático de derecho. Sin embargo, en los últimos años se ha ido instalando la idea de una política criminal centrada en la seguridad ciudadana no sólo como la solución al problema del fenómeno criminal, sino como una fórmula ya probada en países desarrollados, por lo cual, dicha política revestida con resultados de aparente eficacia, se estructura a partir de los presupuestos de mayor represión, más Derecho Penal y consecuentemente, mayor reducción de derechos y garantías. El modelo de justicia juvenil se circunscribe en una política criminal de prevención del delito con fines de reintegración social, y dada su connotación eminentemente pedagógica, se visualiza como un amplio campo que permite generar mayores niveles de respuestas diversificadas para atender la problemática de un adolescente agresor sexual, mediante la implementación de programas especializados de atención dirigido a que los adolescentes reorienten su conducta, refuercen su autocontrol y se evite la reincidencia de conductas infractoras. El modelo CAS -R una respuesta eficaz. PALABRAS CLAVE: Sistema de justicia garantista, dignidad humana, respuestas racionales, agresores sexuales, eficacia en fomentar el desistimiento. ABSTRACT: The juvenile criminal policy differs from the purposes specific to the general criminal policy; its actions aim at the prevention of the crime based on the respect of the fundamental rights, ensuring that the community members have a safe space allowing their maximum personal and social development, subordinating the repressive action of the State Bodies so authorized, only to the cases of legal relevance and always strictly subjected to the Constitution and the laws which are specific to and typical of a liberal and democratic government. However in the last years the idea of a criminal policy focused on the public safety has been installed not only as the solution to the problem of the criminal phenomenon but also as a formula already proved in the developed countries. Therefore such policy, known

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 for having apparent efficacy results, is built on the assumptions of more repression, more Criminal Law and consequently more reduction of rights and guaranties. The model of juvenile justice is restricted to a policy of crime prevention for the purposes of social reintegration and, given its merely pedagogical connotation, is seen as a wide field that allows to generate higher levels of diversified responses to deal with the problems of a sexually aggressive adolescent by implementing specific attention programs for the adolescents to reorientate their behavior, enforce their self-control and to avoid the recidivism of offensive behaviors. CAS-R model is an effective response. KEYWORDS: Judicial system based on guarantees, human dignity, rational responses, sexual aggressors, efficacy in fostering the abandonment of crime. PATRICIA TAPIA BALLESTEROS (Chile) Doctora Junior, Universidad Autónoma de Chile, Chile [email protected] “El nuevo concepto de las medidas de seguridad adoptado por el legislador español” RESUMEN: El presente trabajo pretende poner de manifiesto el cambio que las medidas de seguridad están sufriendo en su concepto tradicional, debido al nuevo rumbo adoptado por el legislador español. Y es que desde la aprobación del Código Penal vigente hasta la reforma operada mediante la Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, la articulación de las consecuencias jurídico-penales se había identificado por la doctrina mayoritaria con un dualismo «mitigado» o «flexible» en el que las penas se reservaban a los sujetos imputables, mientras que las medidas de seguridad se imponían a los inimputables o semi-imputables. Con la incorporación de la libertad vigilada en junio de 2010 este sistema se vio alterado y, de aprobarse el Anteproyecto de reforma del Código Penal presentado por el Consejo de Ministros el 11 de octubre del 2012, las características fundamentales de dicho dualismo «mitigado» terminarán de desaparecer. PALABRAS CLAVE: Medidas de seguridad, libertad vigilada, peligrosidad criminal, modelo dualista, dualismo mitigado o flexible. ABSTRACT: This article seeks to point out the change that security measures are suffering in its traditional concept, because of the new direction taken by the legislature. Since the adoption of the Criminal Code of 1995 to reform made by Law 5/2010, of 22 June, regulating the criminal legal consequences identified by the majority doctrine with a dualism "mitigated" or "flexible" in which penalties were reserved attributable subjects, while security measures were imposed on inimputables or semi-attributable. With the addition of supervised liberty in June 2010 this system was altered and approved the Draft Penal Code submitted by the Cabinet on October 11, 2012, the key features of this dualism end of disappearing. KEYWORDS: Safety measures, supervised liberty, criminal threat, model dualistic, dualism mitigated or flexible. SHEILLA MARIA DA GRACA COITINHO DAS NEVES (Brasil) Investigador Máster, Investigador práctico, Universidad Federal da Bahía, Brasil [email protected]

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 “La legítima tutela penal del medio ambiente: Sucinto abordaje desde la perspectiva del funcionalismo de Claus Roxin” RESUMEN: El uso equivocado de la tecnología, en la sociedad posmoderna, casi siempre en favor de intereses económicos, está creando riesgos intolerables al medio ambiente, que repercuten en la seguridad de la vida y salud humanas, incluso en las próximas generaciones. Para la contención de estos grandes riesgos, es necesario un efectivo control social. Se sostiene que el derecho, en la esfera penal, posee legitimidad para intervenir, en virtud de la gravedad de los daños y peligros que son causados a diario, aunque la posición contraria de algunos penalistas de la actualidad. Sin embargo, se busca, a través del funcionalismo de Claus Roxin, una construcción dogmática legítima en la lucha en contra a esa criminalidad, pero que al mismo tiempo se respete las garantías del ciudadano conquistadas por el Iluminismo. PALABRAS CLAVE: Tutela, penal, posmodernidad, medio ambiente, dogmatica. ABSTRACT: The misuse of technology in postmodern society, almost always in favor of economic interests, is creating unacceptable risks to the environment, which affect the safety of human life and health, including from future generations. To contain these big risks, we need an effective social control. At this article, it is argued that the law, specially the criminal law, is able to intervene, because of the severity of the damage and dangers that are caused every day; otherwise, that is not the actual position of some criminologists. However, we seek, through Claus Roxin´s functionalism, a dogmatic construction that legitimizes a more effective strategy against these crimes, but that at the same time respects the citizen guarantees conquered by the Enlightenment. KEYWORDS: Protection, criminal, post-modernity, environment, dogmatic. SILVIA DEL CARMEN MARTÍNEZ MÉNDEZ (México) Investigador Doctorando, Universidad de Cádiz, España [email protected] “La reforma de seguridad y Justicia Penal en México” RESUMEN: El estudio de la reforma de seguridad y justicia penal en México, en conjunto con políticas públicas que se han desarrollado al mismo tiempo, nos permite vislumbrar el camino de la política criminal en la República Mexicana que se planteó en el sexenio de Felipe Calderón (2006-2012), en el cual le declaro la “guerra” al narcotráfico, permitiendo que la estrategia en materia de seguridad en México, a partir de entonces, involucre más policías, más armas, más represión, más penas y más incertidumbre por parte de la sociedad. PALABRAS CLAVE: Política Criminal, guerra, seguritización.

neoconservadurismo, delincuencia organizada,

ABSTRACT: The study of security reform and criminal justice in Mexico, along with public policies that have been developed at the same time, allows us to glimpse the way of criminal policy in Mexico that arose during the administration of Felipe Calderón (2006 -2012), in which he declared "war" on drugs, allowing the security strategy in Mexico, thereafter, involving more police, more guns, more repression, more grief and uncertainty by society. KEYWORDS: Criminal Policy, neoconservatism, organized crime, war, securitization.

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III CONGRESO INTERNACIONAL DE JÓVENES INVESTIGADORES EN CIENCIAS PENALES Universidad de Salamanca, junio 2013 SONIA MARÍA GRANADOS ROMERO (España) Investigador Doctorando, Universitat Jaume I de Castellón, España [email protected] “Las nuevas tecnologías en el crimen organizado” RESUMEN: El imponente desarrollo de las TICs a lo largo de los últimos 15 años y su consolidación en las actividades de carácter lúdico, cultural, financiero o comercial ha abierto las puertas a determinadas actividades nocivas que lesionan bienes jurídicos relevantes. Las bandas organizadas han sabido aprovechar el potencial que las nuevas tecnologías les ofrecen y las deficiencias jurídicas que este fenómeno globalizador presenta para obtener el máximo rendimiento a dicha expansión. PALABRAS CLAVE: Crimen organizado, seguridad nacional, medios tecnológicos avanzados de comunicación o transporte, globalización, delincuencia transnacional. ABSTRACT: The impressive development of TICs over the last 15 years and its consolidation in payful activities, cultural, financial and commercial has opened the doors to certain harmful activities that injure juridical relevant goods. The gangs have taken advantage of the potential that new technologies offered and the legal deficiencies this the phenomenon of globalization presents to get the most out of this expansion. KEYWORDS: Organized crime, national security, advanced technological means of communication or transportation, globalization, transnational crime.

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