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PREFECTURA NAVAL ARGENTINA PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES SAF 380 – PREFECTURA NAVAL ARGENTINA – DE ADMINISTRACION Nombre del Organismo Contratante: DIRECCION FINANCIERA – DIVISION CONTRATACIONES. PROCEDIMIENTO DE SELECCION: Tipo: LICITACION PUBLICA Nº: 000 Clase: DE ETAPA UNICA NACIONAL Modalidad: SIN MODALIDAD Expediente Nº: CUDAP – 47416/10. Rubro Comercial: 4 – INDUMENTARIA TEXTIL Y CONFECCIONES.
Ejercicio: 2010
Objeto del procedimiento de selección: ADQUISICION DE PRENDAS DE EQUIPOS Y UNIFORMES PARA PROVEER AL PERSONAL DE LA INSTITUCION. Costo del Pliego: PESOS DIEZ ($ 10,00). RETIRO DE PLIEGOS EN EL ORGANISMO CONTRATANTE: Lugar/Dirección Plazo y Horario Edificio Guar dacostas – Av. E. Mader o 235 – Dir ección de Administr ación Financier a – En días hábiles administr ativos, en el hor ar io de Depar tamento Adquisiciones – División 08:00 a 12:00 hor as y hasta las 12:00 hor as del día Contr ataciones – 7º Piso – Of. 7.51 Ciudad hábil anter ior al fijado par a el acto de aper tur a. Autónoma de Buenos Air es. TE/FAX 43187578.
PRESENTACION DE OFERTAS: Lugar/Dirección Plazo y Horario Edificio Guardacostas – Av. E. Madero 235 – Dirección de Administración Financiera – En días hábiles administr ativos, en el hor ar io de Departamento Adquisiciones – División 08:00 a 14:00 hor as y hasta el día y hor ar io fijado par a el acto de aper tur a . Contrataciones – 7º Piso – Of. 7.51 Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ACTO DE APERTURA: Lugar/Dirección Edificio Guardacostas – Av. E. Madero 235 – Dirección de Administración Financiera – Departamento Adquisiciones – División Contrataciones – 7º Piso – Of. 7.51 Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Día y Hora
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ESPECIFICACIONES TECNICAS Nº DE CANT. RENG. 1 50
DESCRIPCION DE LAS PRENDAS 222008060012 Moño de color negro para mozo: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº MNP/01 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En caja de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
2
50 Pares
222008170035 Par de media fina para mujer tipo panty: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº MFPM/01 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) pares. Para envase: En caja de cartón por CINCUENTA (50) pares, cada par en funda de polietileno.
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50
222010390045 Smoking de color blanco para mozo: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº SM5/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA.
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/// Nº DE RENG.
CANT.
DESCRIPCION DE LAS PRENDAS Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En caja de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
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20
222010390100 Saco de color blanco para cocinero: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº SC05/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En caja de cartón por VEINTE (20) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
5
20
222017210003 Delantal de color blanco para cocinero: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº DC07/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En caja de cartón por VEINTE (20) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
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50
222022600002 Galera para Oficial, barbijo dorado, escudo bordado, funda arena y blanca: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº 1.25 19G/01 (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) galeras completas, Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de gabardina color arena y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de pique color blanco, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
7
100
222028410011 Gorra para Oficial, barbijo dorado, escudo bordado, funda arena y blanca: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº 1.25 20G (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) gorras completas, Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de gabardina color arena y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de pique color blanco, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
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150
222032100002 Unifor me de gala verano para Oficial, per sonal masculino, compuesto por: Chaquetilla blanca y Pantalón de sarga color azulnegro: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº UVOM01/05 (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) uniformes completos, Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de poliéster color blanco y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de sarga color azulnegro, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En percha de madera y funda de polietileno cada uniforme.
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50
222032100004 Unifor me de gala verano para Oficial, per sonal femenino, compuesto por: Chaquetilla blanca y Poller a de sarga color azulnegro: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº UVBOF/05 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) uniformes completos, Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de poliéster color blanco y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de sarga color azulnegro, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En percha de madera y funda de polietileno cada uniforme. 3 ///
/// Nº DE CANT. RENG. 10 150
DESCRIPCION DE LAS PRENDAS 222032100009 Uniforme de gala invierno para Oficial, personal masculino, compuesto por: Saco y Pantalón: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº UAOM01/05 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) uniformes completos y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela tricot fino de lana color azulnegro, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En percha de madera y funda de polietileno cada uniforme.
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50
222032100018 Uniforme de gala invierno para Oficial, personal femenino, compuesto por: Saco y Pollera: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº UIOF05 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) uniformes completos y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela tricot fino de lana color azulnegro, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En percha de madera y funda de polietileno cada uniforme.
12
1000
222032100053 Uniforme de faena ripstop color arena, compuesto por: Quepi, CamisaChaqueta y Pantalón: Según Especificación Técnica Norma PNA Nº FAE02/07 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) uniformes completos y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela ripstop color arena, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En cajas de cartón por VEINTE (20) uniformes, cada uniforme en funda de polietileno.
13
300
222039800001 Equipo de gimnasia para Cadete, compuestos por: Campera y Pantalón: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº EGC01/05 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) equipos de gimnasia completos. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) equipos, cada equipo en funda de polietileno.
14
400
222039800002 Equipo de gimnasia para Aspirante, compuestos por: Buzo y Pantalón: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº EG02 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) equipos de gimnasia completos. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) equipos, cada equipo en funda de polietileno.
15
100
222040580001 Rompeviento de color azul con emblema ESUB: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 3.1231 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
16
100
222040580001 Rompeviento de color azul con emblema PNA: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 3.1230 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
17
200 Pares
222067280052 Par de zapato de seguridad de cuero negro con puntera de acero: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº ZSEG/10 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. 4 ///
/// Nº DE RENG.
CANT.
DESCRIPCION DE LAS PRENDAS Para muestra: Dos (02) pares. Para envase: En caja de cartón cada par.
18
50 Pares
222067290025 Par de zapato de cuero color negro para mujer tipo Luis XV: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº ZPM/01 (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) pares. Para envase: En caja de cartón cada par.
19
1000 Pares
222067290041 Par de bor ceguí de cuer o color negro: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 2.345.2 (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) pares. Para envase: En caja de cartón cada par.
20
50 Pares
222067290049 Par de zapato de cuero color negro abotinado personal femenino: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº ZFP/03 (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) pares. Para envase: En caja de cartón cada par.
21
200
222067310042 Camisa de color blanco de poliéster mangas cortas, per sonal femenino: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº CBFC 02/09 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela de poliéster color blanco, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
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200
222067310063 Camisa de color arena mangas cortas, per sonal femenino: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 1.255.5/AFEM (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela color arena, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
23
200
222067310069 Camisa de color arena mangas largas, per sonal femenino: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 1.255.4/AFEM (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades y Dos (02) metros de largo por el ancho de la pieza en un solo trozo de tela color arena, empleada en la confección de sus muestras. Para envase: En cajas de cartón por VEINTICINCO (25) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
24
20
222067380020 Pantalón de color blanco para cocinero: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº PC06/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En caja de cartón por VEINTE (20) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
25
50
222067380029 Pantalón de color negro para mozo: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº PM04/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. 5
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/// Nº DE RENG.
CANT.
DESCRIPCION DE LAS PRENDAS Para envase: En caja de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
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300
222067390014 Remera manga corta con emblema PNA para Cadete: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº CREPRE/01A y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
27
200
222068370001 Traje para agua color naranja, compuesto por: Chaqueta y Pantalón: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº TAN01/10 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) trajes. Para envase: En cajas de cartón por VEINTE (20) trajes, cada traje en funda de polietileno.
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20
222082930003 Gorro de color blanco para cocinero: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº GC03/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En caja de cartón por VEINTE (20) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
29
600
223009420096 Toalla para baño con emblema y leyenda PNA: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº TBC01/A y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por TREINTA (30) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
30
200
223009420097 Toalla para car a con emblema y leyenda PNA: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº TBC01/A y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
31
150
242028920003 Cinturón de cuero color negro con tiros: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 1.2510.2.C y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
32
50
258007290038 Maleta de color negro para Cadete/Aspirante personal femenino: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 3.3935/FEM (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En bultos por CINCO (05) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
33
300
258007290038 Maleta de color negro para Cadete/Aspirante personal masculino: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 3.3935/MASC (modificada) y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En bultos por CINCO (05) unidades, cada unidad en funda de polietileno. 6
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/// Nº DE RENG. 34
CANT. 50
DESCRIPCION DE LAS PRENDAS 273036490001 Espada para Suboficial: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 2.1919 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En funda de tela y caja de cartón cada unidad.
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150
273036490002 Espada para Oficial: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 1.2515 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En funda de tela y caja de cartón cada unidad.
36
150
299026920004 Dragona de seda color negr o: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 1.2514.D y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
37
150
299026920006 Dragona de seda dorada para Oficial: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº 1.2514.D y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) unidades. Para envase: En cajas de cartón por CINCUENTA (50) unidades, cada unidad en funda de polietileno.
38
150
299030330007 J uego de tiro dorado corto y largo para Oficial: Según Especificación Técnica Norma PNA. Nº JTDO2/06 y en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Para muestra: Dos (02) juegos. Para envase: En cajas de cartón por CINCUENTA (50) juegos, cada juego en funda de polietileno.
CLAUSULAS PARTICULARES 1) RETIRO Y OBSERVACIONES AL PLIEGO: a) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Generales podrá ser adquirido en el Edificio Guardacostas, Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sito en Av. Eduardo Madero 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: 43187578, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 12:00 horas y hasta las 12:00 horas del día anterior al fijado para el acto de apertura. b) El Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Generales también podrá obtenerse del sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones: www.argentinacompra.gov.ar , ingresando al Acceso Directo “Acceso para Organismos y Proveedores”, hasta las 12:00 horas del día hábil administrativo anterior al fijado para el acto de apertura. b1) Para dar cumplimiento al requisito a que hace referencia el artículo 65 del Anexo del Decreto Nº 436/2000 en lo que respecta a la presentación de la constancia relativa al retiro del Pliego de Bases y Condiciones Particulares extendida por el Organismo contratante, el Oferente deberá imprimir el correo recibido al descargar el pliego y presentarlo junto con su oferta. b2) En la Circular Nº 24/06 de la Oficina Nacional de Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Oferente podrá disponer de mayor información respecto a la obtención de la confirmación de la recepción del mensaje de descarga de pliegos que debe adjuntar a su oferta. Del sitio de Internet www.argentinacompra.gov.ar podrá obtener la aludida Circular. b3) En caso de existir diferencias, se tendrán por válidas las cláusulas contenidas en el expediente que obra en poder de la Prefectura Naval Argentina, sin perjuicio de las previsiones contenidas en el Art. 4º de la Resolución Nº 24/04 de la Subsecretaría de la Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros. 7 ///
/// c) Las observaciones al presente pliego deberán realizarse por escrito y se aceptarán hasta CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS anteriores a la fecha de apertura de las ofertas en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. IMPORTANTE: Ø Será causal de desestimación de la oferta, no obtener el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Generales en alguna de las formas previstas en los puntos a) y b) de la presente Cláusula Particular. 2) MUESTRAS: a) El Oferente deberá presentar las muestras que se encuentran descriptas en cada uno de los renglones de las Especificaciones Técnicas en la División Suministros, sita en la calle W. Villafañe 1156/58, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 y hasta las 14:00 horas del día hábil anterior a la fecha de apertura de las ofertas. Estas serán sometidas a análisis VISUAL y DESTRUCTIVO. b) Las Muestras Patrones Oficiales, se encuentran a disposición en la División Suministros, donde será posible evacuar toda consulta técnica que desee formularse, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. c) Las muestras serán sin cargo alguno, debiendo ser nuevas, sin manchas ni decoloraciones, realizadas en el mismo material requerido y cuya confección y color será en un todo acorde a las características técnicas agregadas al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y a las Muestras Patrones Oficiales de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA. d) Con referencia a la presentación de muestras de tela exigida en los grupos de Renglones Nros. (06 y 07) – (08 y 09) – (10 y 11) y (22 y 23), en el caso de ofertar más de un renglón del grupo a cotizar, señalado en este punto con UNA (1) muestra es suficiente, entiéndase por una muestra, DOS (2) metros de tela de largo por el ancho de la pieza cotizada. e) Muy Importante: Adviértase a todo evento que por la naturaleza de los objetos licitados – prendas y elementos de equipo que componen o son parte de uniformes reglamentarios de la Institución , las muestras de aquello que se oferta r eviste capital importancia, motivo por el cual, cada vez que una oferta no observe los recaudos legales y técnicos establecidos, será desestimada sin consideración al significado económico de la misma. f) En caso que fuera necesario recurrir a pruebas y/o ensayos de laboratorio, además de las que realice el Organismo Licitante, las muestras podrán ser remitidas a Oficinas Nacionales, Provinciales y/o Municipales, tales como INTI, (Instituto Nacional de Tecnología Industrial), – IRAM, (Instituto Argentino de Normalización), Laboratorio de análisis y pruebas de la Universidad de Bs. As. U.B.A. Queda a exclusivo cargo del Oferente de cuya muestra se trate el costo las pruebas y/o ensayos de laboratorio que sea necesario practicar, siendo notificado por el Área Técnica mediante medio fehaciente, del monto que ello irrogue y su resultado, los que deberán ser abonados en el Organismo correspondiente presentando los comprobantes a la Prefectura Naval Argentina dentro de las SETENTA Y DOS (72) HORAS de notificado. g) Se otorgará Recibo de las muestras entregadas y/o rubricación del remito presentado; éste, (Recibo/Remito), deberá formar parte de la oferta en el momento de la apertura del Acto Licitario. h) Resuelta la Adjudicación del Acto Licitario por la Autoridad Competente, las muestras presentadas por el Oferente, quedarán a su disposición para el r etiro hasta TREINTA (30) DIAS CORRIDOS después de la comunicación efectuada por el Organismo Licitante juntamente con el anoticiamiento del r esultado del Acto licitario, excepto casos debidamente justificados. De no proceder se a su retiro, vencido el plazo estipulado precedentemente, las MUESTRAS pasarán a ser propiedad del ESTADO NACIONAL, sin cargo. En esos casos el Organismo contratante queda facultado para resolver sobre el uso, venta o destrucción de las mismas cuando no tuviera aplicación alguna. i) Será causal de desestimación del renglón, toda oferta que no presente en tiempo, número y forma, las muestras requeridas en el pr esente apartado (Art. 74 Inc. c) del Anexo del Decreto Nº 436/00).
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/// 3) MARCADO Y ROTULADO: a) Para los Renglones Nr os. 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 31: En las prendas se insertará en la parte interior (entre costuras) una cinta rótulo con la leyenda PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, nombre del Adjudicatario, número y año de la Orden de Compra y número del talle y/o medida, este último en la proporción y lugar adecuado. b) Para el Renglón Nº 34: El Adjudicatario deberá concurrir a la División Suministros, sita en la calle W. Villafañe Nº 1156/58, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel. 43026151, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) HORAS posteriores a la notificación de la Orden de Compra respectiva, donde se informarán los tamaños (corto, mediano o largo) de las mismas. c) Para el Renglón Nº 35: Cada espada para Oficial Principal, llevará grabado en letras tipo Arial en opción negrita, tamaño 12, de 3 mm. de alto las letras mayúsculas y 2,2 mm. de alto las letras minúsculas, la siguiente inscripción: “La Prefectura Naval Argentina al Oficial Principal Nombre y Apellido”, y en cada espada para Oficial Ayudante, llevará grabado en letras tipo arial en opción negrita, tamaño 12, de 3 mm. de alto las letras mayúsculas y 2,2 mm. de alto las letras minúsculas, la siguiente inscripción: “La Prefectura Naval Ar gentina al Oficial Ayudante Nombre y Apellido Promoción Nº...”. d) El Adjudicatario deberá concurrir a la División Suministros, sita en la calle W. Villafañe Nº 1156/58, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Tel. 43026151, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) HORAS posteriores a la notificación de la Orden de Compra respectiva, donde se informarán los tamaños (corto, mediano o largo), jerarquía (Oficial Principal y/o Oficial Ayudante), nombre y apellido como así también el número de promoción, a efectos de ser grabadas las mismas e) Para todos los Renglones: En los envases se colocará un rótulo consignando los siguientes datos: denominación del artículo, tamaño, número y año de la Orden de Compra, nombre del Adjudicatario o Razón Social y para el caso de las espadas de los Renglones Nros. 34 y 35: nombre y apellido del usuario. 4) TALLES: a) De no especificarse el/los talle/s y/o numeraciones en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Adjudicatario deberá concurrir a la División Suministros, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) HORAS posteriores a la recepción de la Orden de Compra respectiva, donde se procederá a comunicar el detalle de los mismos. b) Para los Renglones Nros. 6, 7, 8, 9, 10 y 11: la Firma Adjudicataria procederá a tomar los talles correspondientes en Institutos de Formación, sito en la calle Crucero ARA. Gral. Belgrano 302, Zárate, Provincia de Buenos Aires, TE. 03487422722, quienes asimismo efectuarán una prueba a los usuarios, antes de la entrega final, con el fin de proceder a una mejor adaptación de los mismos. 5) CLASES DE GARANTIAS: (Art. 52 del Anexo del Dec. Nº 436/00): a) Para el cumplimiento de todas sus obligaciones, el Oferente/Adjudicatario, deberá presentar las siguientes garantías: a1) Garantía de mantenimiento de la oferta. a2) Garantía de cumplimiento del contrato. b) Tipo de moneda: En MONEDA NACIONAL. c) Formas de constitución: acorde al Art. 5° del Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales. c1) Cuando el monto de la garantía no supere la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000), la aludida garantía se podrá constituir con pagaré a la vista, suscriptos por quien tenga el uso de la firma social o actúe con poderes suficientes del Oferente/Adjudicatario, el pagaré deberá contener la cláusula “sin protesto” y extenderse a la vista. c2) Cuando el monto de la garantía supere la suma de PESOS CINCO MIL ($ 5.000) se podrá presentar la garantía con seguros de caución mediante pólizas, cheques certificados por una entidad bancaria o avales bancarios. c3) Cuando se constituyan las garantías con seguro de caución mediante pólizas, dichos documentos deberán ser emitidos por una Compañía nacional aprobada por la Superintendencia de Seguros de la Nación, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.091 y en la Resolución SSN N° 21.523/92. c4) La firma del Representante, Apoderado o Responsable de la Entidad Aseguradora contenida en las pólizas y avales bancarios emitidos con la finalidad de garantizar el cumplimiento de las obligaciones contraídas por parte del Oferente/Adjudicatario, deberá certificarse por Escribano Público nacional. 9 ///
/// 6) SISTEMA DE INFORMACION DE PROVEEDORES (SIPRO): (Art. Nº 140 del Anexo del Dec. Nº 436/00): El Oferente deberá cumplimentar lo establecido en la Resolución Nº 39/05 de la Subsecretaria de Gestión Publica de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para lo cual deberá ingresar al Sitio de Internet de la Oficina Nacional de Contrataciones www.argentinacompra.gov.ar . a) El Oferente que no se encuentre incorporado en el SIPRO, deberá realizar su “Pr einscripción por Internet” y presentar con la oferta la siguiente documentación: a.1) Los Formularios estándar impresos y firmados que hubieren completado al realizar dicho trámite. a.2) La documentación respaldatoria que avale la información contenida en cada Formulario. b) El Oferente que ya estuviese incorporado al SIPRO, deberá presentar con la oferta la siguiente documentación: b.1) Formulario estándar Nº 13 completo y firmado. (Declaración jurada de habilidad para contratar con la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL). b.2) En caso que hubieren variado los datos desde su última presentación, deberán adjuntar a su oferta los Formularios que se actualicen de la misma forma prevista para la presentación original. b.3) La documentación respaldatoria que avale la información contenida en cada Formulario. c) Toda documentación respaldatoria que se adjunta en fotocopias, deberá ser legible y certificada por Escribano Público nacional o por Autoridades Judiciales o Administrativas competentes. NOTA: Pedidos de documentación del SIPRO, (Art. 141 del Anexo del Dec. Nº 436/00). Cuando la documentación r espaldatoria presentada por el Oferente con relación al Sistema de Información de Proveedores (SIPRO) tuviera defectos for males, el interesado será intimado por la Comisión Evaluadora a subsanar los dentro del tér mino de CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir de la fecha de recibida dicha intimación; si no lo hiciera, la citada Comisión desestimará la oferta con pérdida de la garantía cor respondiente. 7) PLAZO DE MANTENIMIENTO DE LA OFERTA: (Art. 70 del Anexo del Dec. N° 436/00) a) Oferente deberá mantener su oferta por TREINTA (30) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir de la fecha de apertura. b) Si no manifestara en forma fehaciente su voluntad de no renovar la oferta con una antelación mínima de DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS, al vencimiento del plazo, se considerará prorrogada automáticamente por un lapso igual al inicial y así sucesivamente. 8) OBLIGACION DEL OFERENTE: A los efectos de cumplimentar lo establecido en el Art. 23 – Ap. c) último párrafo del PLIEGO UNICO DE BASES Y CONDICIONES GENERALES PARA LA CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS DEL ESTADO NACIONAL: a) El Oferente deberá tramitar en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, su incorporación al Sistema Integrado de Información Financiera, – SIDIF – acorde a la Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. (Actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). b) Beneficiario integrado al SIDIF: Deberá verificar la vigencia de los datos aportados para su integración al SIDIF – fundamentalmente en lo relativo a CUENTAS BANCARIAS, acorde a lo dispuesto en el Art. 8 de la Resolución 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos. (Actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). 9) IDONEIDAD DEL OFERENTE: Deberá contar con el Certificado de Habilitación Municipal, como “taller propio” de fabricación del rubro que corresponda, según los elementos que se coticen, debiendo adjuntar a su oferta fotocopia legalizada de dicha habilitación. La empresa deberá encontrarse habilitada a la fecha del acto de apertura de las ofertas del presente acto licitario.
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/// 10) INSPECCION DE FABRICA: (Art. 89 del Anexo del Dec. Nº 436/00) a) Previo al Dictamen de Evaluación y durante la fabricación de los elementos, Personal del Area Técnica (División Suministros), efectuará una inspección al local de producción de la firma Oferente/Adjudicatario, debiendo la misma facilitar el libre acceso a éstos, como así también proporcionar los datos, antecedentes o productos que se requieran en cualquier etapa de producción con el fin de verificar su “rol como FABRICANTE”. b) El hecho que hayan sido inspeccionados los elementos a proveer no liberará al Adjudicatario de responsabilidades por las diferencias que se adviertan en el momento de la Recepción. c) En caso de negativa por parte de una firma Oferente y/o Adjudicataria a ser inspeccionada y/o eludir la entrega de datos, antecedentes o productos en cualquier etapa de producción que se requieran, se entenderá que dicha firma no cumple con los requisitos enunciados. d) En el caso en que los asentamientos de los talleres o fábricas se encuentren situados a más de 50 km. del límite del cordón suburbano de la Provincia de Bs. As., los gastos de traslado así como los viáticos, serán por cuenta y exclusivo cargo de la firma Oferente y/o Adjudicataria. El incumplimiento de los requisitos citados pr ecedentemente, será causal de desestimación de la oferta o de la rescisión del contrato, según cor r esponda. 11) FORMALIDADES DE LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS: (Art. 65 del Anexo del Dec. Nº 436/00): a) Deberá ser presentada por duplicado, individualizada como Original y Duplicado, exclusivamente en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, Sección Pliegos y Aperturas, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas. La oferta se admitirá hasta el día y horario fijado para el acto de apertura del acto licitario. A partir de la hora fijada como término para la recepción de la oferta no podrá recibirse, aún cuando el acto de apertura no se haya iniciado. El original deberá estar firmado, en todas sus hojas, por el Oferente o su Apoderado, en este último caso, deberá incluir copia debidamente legalizada del respectivo poder legal vigente o acompañar el original para ser certificado por la autoridad administrativa competente. b) Los sobres, cajas o paquetes, deberán ser presentados cerrados, con identificación del procedimiento de selección, día y hora de la apertura y la identificación del Oferente con su correspondiente N° de CUIT. c) El Oferente deberá acompañar a su oferta el Recibo Oficial de Pago emitido por el Organismo Contratante, relativo a la adquisición del Pliego de Bases y Condiciones o la constancia emitida por la Oficina Nacional de Contrataciones que da fe de la obtención del Pliego por Internet. d) El Oferente deberá adjuntar la garantía de mantenimiento de la oferta, cor respondiente al CINCO POR CIENTO (5 % ) del monto total de la oferta. Su incumplimiento será causal de inadmisibilidad de la oferta. (Art. 74 del Anexo del Dec. N° 436/00). e) El Oferente, deberá constituir domicilio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. f) El Oferente, deberá cotizar en moneda nacional acorde al Formulario de Cotización adjunto. g) El Oferente, deberá adjuntar el Recibo o Remito por la muestra entregada, debidamente rubricado por el Area Técnica, acorde a lo requerido en el punto 2 g) de las presentes Cláusulas Particulares. h) El Oferente, con referencia al Sistema de Información de Proveedores, (SIPRO), deberá adjuntar la documentación requerida en el punto 6) de las presentes Cláusulas Particulares. i) El Oferente, deberá adjuntar la documentación requerida acorde el punto 9) de las presentes Cláusulas Particulares. j) Los precios cotizados, (unitarios y totales), deberán incluir los gastos de envase, embalaje, costos de flete y acarreo al lugar de entrega de la totalidad de los elementos componentes de cada renglón. Esta Institución no reconocerá bajo ningún concepto costos adicionales a los ofertados originalmente. k) Los precios cotizados, (unitarios y totales), deberán incluir indefectiblemente el impuesto correspondiente a la alícuota del IVA. En caso de no hacerse expresa mención a ello en la oferta, quedará tácitamente establecido que dicho valor se halla incluido en la misma. l) Cuando el monto de su oferta sea igual o super ior a PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000) el Oferente deberá poseer el “Certificado Fiscal para Contratar vigente al momento de la apertura de las ofertas”, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución General AFIP N° 1814/05, modificada por la Resolución General Nº 2581/09. IMPORTANTE: No es necesaria la presentación del citado certificado. La Institución proceder á a verificar en el sitio Web de la AFIP, el cumplimiento de dicho recaudo. m) No se aceptarán ofertas que condicionen la invariabilidad de sus precios o sujeten el pago a eventuales fluctuaciones de los mismos. 11 ///
/// n) El Oferente en caso de estar comprendido, deberá presentar, la constancia de inscripción en el Registro Industrial de la Nación, vigente al momento de la apertura de las ofertas. De no ser así deberá declarar bajo juramento tal circunstancia o bien presentar el certificado de excepción extendido por la Secretaría de Desarrollo Industrial. (Ley Nº 19.971). 12) GARANTÍA DEL MATERIAL: El Adjudicatario, junto con las prendas y/o elementos entregados, deberá presentar por escrito la garantía que da el fabricante, que en ningún caso será inferior a SEIS (6) MESES, a contar a partir de la Recepción Definitiva por parte de la Prefectura Naval Argentina, contra toda falla del material, defecto de armado o vicio oculto no detectable a simple vista de las prendas y/o elementos objeto del presente acto licitario. Para los casos en que surjan los problemas detallados precedentemente, por causas ajenas a la Prefectura Naval Argentina, que demandaren la inmediata sustitución de las prendas y elementos observados o defectuosos, el transporte será realizado por el Adjudicatario y estarán a su cargo los gastos de flete, seguros, carga, descarga y cualquier otro tipo de erogación que deba realizarse para la ejecución del mismo y bajo las mismas condiciones de calidad exigidas en el presente acto licitario. 13) EMBALAJ ES: a) Las prendas y demás elementos a adquirir deberán ser correctamente embaladas, protegidas tanto para su traslado, contra golpes, manipuleo y agentes climáticos, como así también para su estiba en los respectivos depósitos. b) Las prendas y demás elementos a adquirir se entregarán en envases cuyas cantidades y características, se encuentran descriptas en cada uno de los renglones. c) Queda a cargo del Adjudicatario el costo y diseño de los embalajes. d) Quedan bajo la exclusiva responsabilidad del Adjudicatario los daños que se produjeran como consecuencia de embalajes defectuosos, como así también los que se originaren como resultancia de su flete, carga y/o descarga. e) Los embalajes deberán estar rotulados de manera que permitan individualizar correctamente el contenido. 14) LUGAR DE ENTREGA: a) División Suministros, sita en la calle W. Villafañe Nº 1156/58, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 12:00 horas. TE: 4302 6204/6151. b) La entrega deberá coordinarse con CUARENTA Y OCHO (48) HORAS de anticipación a efectos de convocar a la COMISIÓN DE RECEPCION respectiva. 15) PLAZO DE ENTREGA: Será de SESENTA (60) DÍAS CORRIDOS, a contar a partir del día siguiente al de la notificación de la Orden de Compra por parte del Adjudicatario. 16) CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN PROVISORIA: (Art. 90, del Dec. N° 436/00) Las prendas y demás elementos se recepcionarán en forma provisoria en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original y DOS (2) copias del remito y Orden de Compra respectivos. En consecuencia, los Remitos que se firmen quedarán supeditados a la Recepción Definitiva mencionadas en las Cláusulas siguientes. 17) EXTRACCION DE MUESTRAS: Para la Recepción Definitiva, la extracción de muestras se hará: a) Según Norma IRAM Nº 18/60 o tabla similar, al azar. b) Si las muestras extraídas no presentaran desvíos respecto de lo solicitado, se procederá a recibir de conformidad el lote, caso contrario será rechazado. (Acorde lo puntualizado en el Art. 88 del Anexo del Dec. 436/00). c) Se efectuarán DOS (2) tipos de controles VISUAL Y DESTRUCTIVO. d) Cuando la Comisión de Recepción Definitiva lo juzgue conveniente podrá inspeccionar el CIEN POR CIENTO (100 % ) de los elementos a recibir. e) Sin perjuicio de lo previsto en la Cláusula Particular 2 f) y cuando el ente contratante no contara con el personal o instrumentos necesarios, podrá encomendarse la realización de los ensayos a organismos nacionales, provinciales o municipales, o a instituciones privadas técnicamente competentes. Si los elementos sometidos a análisis, pericias, ensayos o pruebas fueran acorde a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el costo de la diligencia correrá por cuenta del Organismo licitante, en caso contrario, por cuenta del Adjudicatario. (Art. 17 – Manual práctico de Contrataciones). 12 ///
/// f) Las Normas a tener en cuenta en la entrega son: IRAM Nº 15/73 Inspección Visual, Nivel II de Inspección General de la Tabla I, con un AQL del 4%. Plan de muestreo doble para inspección de la tabla III A. g) Inspección de laboratorio: Nivel S3, Tabla I con un AQL del 4%. Plan de muestreo simple para inspección normal según Tabla II A. El tiempo empleado para los análisis no dará derecho a prórroga de los plazos de entrega establecidos. h) Las prendas y demás elementos que resulten rechazados deberán ser retirados en el plazo de CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha en que se notificó fehacientemente el rechazo. h.1) En caso de ser retirados dentro de este plazo, su sustitución deberá concretarse dentro de los VEINTE (20) DIAS CORRIDOS contados a partir del día siguiente al de la fecha de retiro del Area Técnica de la Prefectura Naval Argentina. h.2) De no producirse dicho retiro dentro de los aludidos CINCO (5) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS de la efectiva notificación para hacerlo, el cumplimiento de la Orden de Compra deberá concretarse dentro de los VEINTE (20) DIAS CORRIDOS contados a partir de vencido el QUINTO DIA HABIL ADMINISTRATIVO de la notificación de marras. 18) CONFORMIDAD DE RECEPCION DEFINITIVA: (Art. 91, Pár rafo 5°, del Anexo del Dec. N° 436/00) a) El acta respectiva será confeccionada en el Area Técnica receptora, en presencia del Adjudicatario o de la persona designada en su representación, debiéndose presentar en este acto el original y DOS (2) copias de la Factura respectiva. b) A tal efecto se dispondrá de un plazo de DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS a contar a partir del día siguiente al de la fecha de la entrega de los resultados de las pruebas mencionadas en la Cláusula precedente, plazo en el cual se efectuarán las verificaciones que se consideren necesarias para constatar el cumplimiento de los parámetros exigidos. c) Una vez vencido dicho plazo y en caso de silencio, el Adjudicatario podrá intimar la recepción. Si dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES ADMINISTRATIVOS posteriores al de la recepción de la intimación, el Area Técnica no se expidiere al respecto, las prendas y elementos se tendrán por recibidos de conformidad. d) La conformidad definitiva, no liberará al Adjudicatario de las responsabilidades emergentes de vicios redhibitorios. 19) PLAN DE ENTREGAS: a) Se podrán realizar entregas parciales sólo en los casos expresamente autorizados por la Prefectura Naval Argentina. De autorizarse entregas parciales, dichas entregas darán lugar a pagos parciales equivalentes a la proporción entregada y bajo las formalidades fijadas en el punto “FORMA DE PAGO”. b) El Adjudicatario, una vez recibida la Orden de Compra respectiva, deberá solicitar por nota al Area Técnica, (División Suministros), de la Prefectura Naval Argentina, la aprobación del plan de entregas parciales propuesto, (en el caso que las hubiere), indicando para cada una de ellas la descripción de los renglones que abarca, cantidad y las fechas estimadas de entrega. 20) FLETE, DESCARGA Y ESTIBA: Correrán por cuenta del Adjudicatario. 21) CONDICION DE RESERVA: (Art. 12, Inc. b) del Dec. N° 1023/01, modificado por el Art. 5, Inc. b) del Dec. N° 666/03) La PREFECTURA NAVAL ARGENTINA se reserva el derecho de aumentar o disminuir hasta un VEINTE (20% ) POR CIENTO el monto total del contrato, en las condiciones y precios pactados y con la adecuación de los plazos respectivos. 22) CRITERIO DE EVALUACION Y SELECCION DE LAS OFERTAS: (Art. 47 del Anexo del Dec. Nº 436/00). La adjudicación recaerá sobre la oferta que reuniendo los requisitos exigidos en el presente Pliego de Bases y Condiciones Particulares y las Especificaciones Técnicas resulte la de menor precio.
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/// 23) IMPORTANTE: NOTIFICACION DEL DICTAMEN DE EVALUACION: La notificación fehaciente del Dictamen de Evaluación al Ofer ente que haya participado del procedimiento de selección se concretará mediante la utilización de alguno de los siguientes medios: cor reo electrónico, fax, carta certificada con aviso de retorno o telegrama colacionado con aviso de retorno, con las for malidades que establece el Art. 3º del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional aprobado por la Resolución del entonces ME Nº 834/00. (Actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). Asimismo, acorde a los tér minos de la Circular Nº 15/04 de la Oficina Nacional de Contrataciones, la Pr efectura Naval Argentina podrá optar para concr etar dicha notificación por la publicación en el Boletín Oficial del aludido Dictamen de Evaluación por el tér mino de UN (1) día. 24) RESPECTO AL IVA: Esta Institución reviste el carácter de consumidor final, debiendo el Adjudicatario ajustarse en la facturación a la Resoluciones Generales AFIP Nros. 100/98 y 1.415/03. 25) RESOLUCIONES AFIP: Por Resoluciones Generales Nros. 18/97, 830/00 y 1784/04, este Organismo actúa como agente de retención del IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, IMPUESTO A LAS GANANCIAS y SUSS. Por tal motivo, el Adjudicatario al momento de presentar su facturación deberá acreditar su situación individual respecto a las mencionadas Normas. En caso de silencio se realizarán las retenciones previstas en las citadas Resoluciones. Esta modalidad es de aplicación a cada pago, inclusive en operaciones de tracto sucesivo con facturaciones parciales. 26) FACTURACION: (Art. 92 del Anexo del Dec. Nº 436/00) El Adjudicatario deberá presentar la facturación en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos, sita en la Av. E. Madero 235, 7º Piso, Of. 7.33, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en días hábiles administrativos, en el horario de 08:00 a 14:00 horas, juntamente con el original de la Orden de Compra o fotocopia autenticada, el Remito y el Acta de Recepción Definitiva (que recabará del Lugar de Entrega), todos por duplicado y debidamente conformados. 27) FORMA DE PAGO: a) Se realizará en PESOS por medio de Orden de Pago y Orden Bancaria dentro de los TREINTA (30) DIAS CORRIDOS a contar a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la documentación requerida, acorde el punto FACTURACION, en la Dirección de Administración Financiera, Departamento Contabilidad, División Liquidaciones de Gastos. b) De efectuarse entregas parciales se realizarán pagos parciales con la presentación de la documentación citada precedentemente. c) El término fijado para el pago de la Factura se interrumpirá si existieran observaciones sobre la documentación presentada u otros trámites a cumplir, imputables al Adjudicatario, hasta la subsanación del vicio. 28) CUESTIONES J UDICIALES: Las cuestiones judiciales que se planteen con relación al presente contrato, se sustanciarán ante los jueces de los Tribunales Federales en lo Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. 29) AREA ADMINISTRATIVA EN DONDE SE TRAMITA EL ACTO LICITARIO: Dirección de Administración Financiera, Departamento Adquisiciones, División Contrataciones, sita en la Av. E. Madero 235, 7° Piso, Of. 7.51, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE/FAX: 43187578 o 43187400/7500 Internos: 2751/52/53/56. 30) AREA TECNICA: División Suministros, sita en la calle W. Villafañe N° 1156/58, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, TE. 43026204/6151. 31) COMPRE MIPYME (LEY 25.300): La condición de MIPYME deberá acreditarse mediante certificación sin salvedades rubricada por Contador Publico matriculado con la correspondiente intervención del Consejo Profesional. De la mencionada certificación debe surgir claramente que la firma oferente cumple con los requisitos previstos por la legislación vigente en la materia.
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/// 32) CANTIDADES A COTIZAR EN LA CONDICION MIPYME (Decreto N° 1075/01): Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas comprendidas en el artículo 1º de la Ley Nº 25.300 podrán concurrir a cotizar parcialmente cada renglón del presente acto licitario, siempre y cuando el módulo que oferte no sea inferior al 20% del total del renglón ofertado. 33) NORMATIVA: Son aplicables al presente procedimiento de selección: a) Decreto Nº 1023/01 modificado por sus similar es Nros. 666/03 y 204/04. b) Decreto Nº 436/00 que aprueba el Reglamento para la Enajenación, Adquisición y Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, vigente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 39 del Decreto Nº 1023/01. c) Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Bienes y Servicios del Estado Nacional, aprobado por la Resolución Nº 834/00 del Ministerio del entonces Economía, sus nor mas complementarias y modificatorias, (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). d) Resoluciones Nros. 24/04 y 39/05 de la Subsecr etaría de la Gestión Pública de la J efatur a de Gabinete de Ministros. e) Resoluciones Generales Nros. 100/98, 18/97, 830/00, 1.415/03, 1784/04, 1814/05 y 2581/09 de la Administración Federal de Ingr esos Públicos. f) Circulares Nr os. 15/04, 24/06 y 30/09 de la Subsecr etaría de la Gestión Pública de la J efatura de Gabinete de Ministros. g) Serán aplicadas en sus partes pertinentes lo establecido por: · Ley 19.550 – Ley de Sociedades Comerciales y sus modificatorias. · Ley 19.971 Registro Industrial de la Nación. · Ley 20.091 – Entidades de Seguros y su Control. · Ley 23.349 – Ley de Impuesto al Valor Agregado. · Ley 25.300 Ley de Fomento para las MIPyMES. · Ley 25.551 Compre Trabajo Argentino. · Decreto Nº 1075/01 Fomento para las MIPyMES. · Decreto Nº 1600/02 Compre Trabajo Argentino sus nor mas complementarias y modificatorias. · Resolución SSN N° 21.523/92 Entidades Aseguradoras. · Resolución Nº 262/95 de la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, (actual Ministerio de Economía y Finanzas Públicas). h) PRECIO TESTIGO: En función del monto previsto para afrontar el presente procedimiento de selección, quedan por medio del presente punto debidamente notificados, que conforme a lo dispuesto en la Resolución SIGEN Nº 79/05, modificada por la Resolución SIGEN Nº 122/10, la presente Licitación quedará sometida a la consulta de Precio Testigo, por cuanto de cor responder, se procederá a r equerirse mejora de precios conforme a la Resolución anteriormente mencionada. CUIT DE LA PREFECTURA NAVAL ARGENTINA 30546694719.
DIVISION CONTRATACIONES
ALBERTO FONTANINI PREFECTO PRINCIPAL J EFE DIVISION CONTRATACI ONES
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
LICITACION PUBLICA Nº 000/10. DE ETAPA UNICA NACIONAL. APERTURA: / / . HORA: 00:00.
FORMULARIO DE COTIZACION PARA EMPRESAS NO MIPyMEs RAZON SOCIAL: ...................................................................................................... DOMICILIO:......................................................................... C.P.:............................ LOCALIDAD:............................................................ PROVINCIA:.......................... TE./FAXMAIL: ......................................................................................................... C.U.I.T. Nº: ................................................................................................................
ADQUISICION DE PRENDAS DE EQUIPOS Y UNIFORMES PARA PROVEER AL PERSONAL DE LA INSTITUCION. Nº DE CANTIDAD RENG. 1 50 2 50 3 50 4 20 5 20 6 50 7 100 8 150 9 50 10 150 11 50 12 1000 13 300 14 400 15 100 16 100 17 200 18 50 19 1000 20 50 21 200 22 200 23 200 24 20 25 50 26 300 27 200 28 20 29 600 30 200 31 150 32 50 33 300 34 50 35 150 36 150
UNIDAD DE MEDIDA UNIDADES PARES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES PARES PARES PARES PARES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES
PRECIO UNITARIO
PRECIO TOTAL
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/// Nº DE CANTIDAD RENG. 37 150 38 150
UNIDAD DE MEDIDA UNIDADES UNIDADES
PRECIO UNITARIO
PRECIO TOTAL
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA SON PESOS: ……………………………………………………………………………………….. ………………………………………………………………………………………………………..
......................................................... FIRMA Y ACLARACION OBSERVACIONES (de cor responder): DIVISION CONTRATACIONES
ALBERTO FONTANINI PREFECTO PRINCIPAL J EFE DIVISION CONTRATACI ONES
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA
LICITACION PUBLICA Nº 000/10. DE ETAPA UNICA NACIONAL. APERTURA: / / . HORA: 00:00.
FORMULARIO DE COTIZACION PARA EMPRESAS MIPyMEs RAZON SOCIAL: ...................................................................................................... DOMICILIO:......................................................................... C.P.:............................ LOCALIDAD:............................................................ PROVINCIA:.......................... TE./FAXMAIL: ......................................................................................................... C.U.I.T. Nº: ................................................................................................................
ADQUISICION DE PRENDAS DE EQUIPOS Y UNIFORMES PARA PROVEER AL PERSONAL DE LA INSTITUCION. Nº DE CANTIDAD RENG. 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36
UNIDAD DE MEDIDA UNIDADES PARES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES PARES PARES PARES PARES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES UNIDADES
PRECIO UNITARIO
PRECIO TOTAL
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/// Nº DE CANTIDAD RENG. 37 38
UNIDAD DE MEDIDA UNIDADES UNIDADES
PRECIO UNITARIO
PRECIO TOTAL
PRECIO TOTAL DE LA OFERTA SON PESOS: ……………………………………………………………………………………….. ………………………………………………………………………………………………………..
......................................................... FIRMA Y ACLARACION OBSERVACIONES (de cor responder): DIVISION CONTRATACIONES
ALBERTO FONTANINI PREFECTO PRINCIPAL J EFE DIVISION CONTRATACI ONES
COMPRE TRABAJO ARGENTINO Ley 25.551 Régimen de compras del Estado Nacional y concesionarios de Servicios Públicos. Alcances. Sancionada: Noviembre 28 de 2001. Promulgada de Hecho: Diciembre 27 de 2001. El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: REGIMEN DE COMPRAS DEL ESTADO NACIONAL Y CONCESIONARIOS DE SERVICIOS PUBLICOS "Compre Trabajo Argentino" ARTICULO 1° — La administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas, las empresas del Estado y las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, en la contratación de provisiones y obras y servicios públicos y los respectivos subcontratantes directos otorgarán preferencia a la adquisición o locación de bienes de origen nacional, en los términos de lo dispuesto por esta ley. ARTICULO 2° — Se entiende que un bien es de origen nacional, cuando ha sido producido o extraído en la Nación Argentina, siempre que el costo de las materias primas, insumos o materiales importados nacionalizados no supere el cuarenta por ciento (40%) de su valor bruto de producción. ARTICULO 3° — Se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a las ofertas de bienes de origen nacional cuando en las mismas para idénticas o similares prestaciones, en condiciones de pago contado, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional, incrementados en un siete por ciento (7%), cuando dichas ofertas sean realizadas para sociedades calificadas como pymes, y del cinco por ciento (5%) para las realizadas por otras empresas. Cuando se trate de adquisiciones de insumos, materiales, materias primas o bienes de capital que se utilicen en la producción de bienes o en la prestación de servicios, que se vendan o presten en mercados desregulados en competencia con empresas no obligadas por el presente régimen, se otorgará la preferencia establecida en el artículo 1° a los bienes de origen nacional, cuando en ofertas similares, para idénticas prestaciones, en condiciones de pago contado sin gastos o cargas financieras, su precio sea igual o inferior al de los bienes ofrecidos que no sean de origen nacional. La preferencia establecida en el segundo párrafo de este artículo se aplicará a los bienes que se incorporen a las obras, se utilicen para su construcción o para la prestación de tales servicios públicos. En todos los casos, a los efectos de la comparación, el precio de los bienes de origen no nacional deberá contener, entre otros, los derechos de importación vigentes y todos los impuestos y gastos que le demande su nacionalización a un importador particular no privilegiado, de acuerdo a como lo fije la reglamentación correspondiente. ARTICULO 4° — Cuando se adquieran bienes que no sean de origen nacional en competencia con bienes de origen nacional, los primeros deberán haber sido nacionalizados o garantizar el oferente su nacionalización. Se entregarán en el mismo lugar que corresponda a los bienes de origen nacional y su pago se hará en moneda local, en las mismas condiciones que correspondan a los bienes de origen nacional y deberán cumplir todas las normas exigidas del mercado nacional. La Secretaría de Industria y Comercio entregará dentro de las 96 horas de solicitado, un certificado donde se verifique el valor de los bienes no nacionales a adquirir.
ARTICULO 5° — Los sujetos contratantes deberán anunciar sus concursos de precios o licitaciones en el Boletín Oficial de la forma en que lo determine la reglamentación, sin perjuicio de cumplir otras normas vigentes en la materia, de modo de facilitar a todos los posibles oferentes el acceso oportuno a la información que permita su participación en las mismas. Los pliegos de condiciones generales, particulares y técnicas de la requisitoria no podrán tener un valor para su adquisición superior al cinco por mil (5‰) del valor del presupuesto de dicha adquisición. ARTICULO 6° — Los proyectos para cuya materialización sea necesario realizar cualquiera de las contrataciones a que se alude en la presente ley, se elaborarán adoptando las alternativas técnicamente viables que permitan respetar la preferencia establecida a favor de los bienes de origen nacional. Se considera alternativa viable aquella que cumpla la función deseada en un nivel tecnológico adecuado y en condiciones satisfactorias en cuanto a su prestación. ARTICULO 7° — Las operaciones financiadas por agencias gubernamentales de otros países y organismos internacionales, que estén condicionadas a la reducción del margen de protección o de preferencia para la industria nacional, por debajo de lo que establece el correspondiente derecho de importación o el presente régimen, se orientarán al cumplimiento de los siguientes requisitos: a) El proyecto deberá fraccionarse con la finalidad de aplicar el préstamo gestionado para cubrir exclusivamente la adquisición de aquella parte de bienes que no se producen en el país; b) En ningún caso se aplicarán las condiciones del acuerdo de financiación a las compras no cubiertas por el monto de la misma. En el caso de haber contradicción entre las previsiones expuestas en los incisos a) y b) y las que surgieren de los convenios de financiación, prevalecerán estas últimas. Cuando la oferta de bienes de origen no nacional se acompañe por algún tipo de plan de pagos o financiamiento, los oferentes de bienes de origen nacional podrán recurrir al BICE a fin de obtener el financiamiento necesario para equiparar las condiciones financieras ofrecidas. ARTICULO 8° — Quienes aleguen un derecho subjetivo, un interés legítimo, o un interés difuso o un derecho colectivo, podrán recurrir contra los actos que reputen violatorios de lo establecido en la presente ley, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde que tomaron o hubiesen podido tomar conocimiento del acto presuntamente lesivo. Cuando el agravio del recurrente consista en la restricción a su participación en las tratativas precontractuales o de selección del proveedor o contratista deberá reiterar o realizar una oferta en firme de venta o locación para la contratación de que se trate, juntamente con el recurso, aportando la correspondiente garantía de oferta. El recurso se presentará ante el mismo comitente que formuló la requisitoria de contratación, el que podrá hacer lugar a lo peticionado o, en su defecto, deberá remitirlo juntamente con todas las actuaciones correspondientes dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde su interposición, cualquiera fuere su jerarquía dentro de la administración pública o su naturaleza jurídica a la Secretaría de Industria, Comercio y Minería que será el órgano competente para su sustanciación y resolución y que deberá expedirse dentro de los treinta (30) días corridos, contados desde su recepción. La resolución del Secretario de Industria, Comercio y Minería establecerá el rechazo del recurso interpuesto o, en su caso, la anulación del procedimiento o de la contratación de que se trate y agotará la vía administrativa. ARTICULO 9° — El recurso previsto en el artículo anterior tendrá efectos suspensivos respecto de la contratación de que se trate, hasta su resolución por la Secretaría de Industria, Comercio y Minería, únicamente en los siguientes casos: a) Cuando el recurrente constituya una garantía adicional a favor del comitente que formuló la requisitoria de contratación del tres por ciento (3%) del valor de su oferta, en aval bancario o seguro de caución, que perderá en caso de decisión firme y definitiva que desestime su reclamo;
b) Cuando se acredite la existencia de una declaración administrativa por la que se haya dispuesto la apertura de la investigación antidumping previstas en el Código Aduanero, o por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, respecto a los bienes que hubieren estado en trámite de adjudicación y/o contratación o haber sido favorecidos por la decisión impugnada. Cuando la Secretaría de Industria y Comercio Exterior hiciere lugar al recurso, quedará sin efecto el trámite, procedimiento o acto recurrido, se devolverá al recurrente la garantía adicional y se remitirán las actuaciones al comitente que elevó las actuaciones al citado organismo. Cuando no se hiciere lugar al recurso, se remitirán las actuaciones al comitente que formuló la requisitoria de contratación para que continúe con el trámite en curso, sin perjuicio de la responsabilidad del recurrente por los daños y perjuicios que le fueren imputables. ARTICULO 10. — Cuando se compruebe que en un contrato celebrado por sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarios o permisionarias de obras y de servicios públicos o sus subcontratantes directos obligados por la presente ley, hayan violado sus disposiciones, el ministerio en cuya jurisdicción actúe la persona contratante deberá disponer que ningún otro contrato, concesión, permiso o licencia, le sea adjudicado por parte de la administración pública nacional, sus dependencias, reparticiones y entidades autárquicas y descentralizadas y las empresas del Estado por un lapso de tres (3) a diez (10) años según la gravedad del caso. El acto administrativo que aplique dicha sanción será comunicado a los registros nacionales y provinciales correspondientes. ARTICULO 11. — La Sindicatura General de la Nación y los entes reguladores serán los encargados del control del cumplimiento de la presente y propondrán las sanciones previstas precedentemente. ARTICULO 12. — La preferencia del 7% establecida en el artículo 3° de la presente ley será aplicable a las contrataciones que realicen los organismos de seguridad en la medida que no se trate de materiales, insumos o bienes de capital estratégicos cuya adquisición deba permanecer en secreto, a juicio del Poder Ejecutivo nacional. ARTICULO 13. — El texto de la presente ley deberá formar parte integrante de los pliegos de condiciones o de los instrumentos de las respectivas compras o contrataciones alcanzadas por sus disposiciones, a los que deberá adjuntarse copia del mismo. ARTICULO 14. — Se considerarán incursos en el artículo 249 del Código Penal, si no concurriere otro delito reprimido con una pena mayor, los funcionarios públicos y los administradores y empleados, cualquiera sea su jerarquía y función, de las entidades mencionadas en el artículo 1° sujetas a la presente ley o a las leyes similares que dicten las provincias, en cuanto omitieren o hicieren omitir, rehusaren cumplir, no cumplieran debidamente las normas declaradas obligatorias por la presente ley, su reglamentación o las normas concordantes dictadas en el ámbito provincial. ARTICULO 15. — El que por informes falsos o reticentes, declaraciones incorrectas, documentación fraguada, maquinaciones de toda clase o cualquier otra forma de engaño, obtuviere indebidamente o hiciere obtener a otro, o de cualquier modo, aun sin ánimo de lucro, facilitare a alguien la obtención indebida de los beneficios establecidos en la presente ley o en las normas concordantes que dicten las provincias y/o el Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires incurrirá en la sanción establecida en el artículo 172 del Código Penal. ARTICULO 16. — El Poder Ejecutivo invitará a los gobiernos de las provincias y al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de que adopten las medidas legales apropiadas en sus jurisdicciones, regímenes similares al contenido en esta ley. ARTICULO 17. — Las disposiciones precedentes se aplicarán a las licitaciones y contrataciones cuya tramitación se inicie con posterioridad a la vigencia de la presente ley y, en la medida que sea factible, en aquellas en que por no haber todavía situaciones firmes fuera posible aplicar total o parcialmente aspectos contemplados en el nuevo régimen.
ARTICULO 18. — Dése por vencida la suspensión de la aplicación y vigencia del decreto ley 5340/63 y ley 18.875, prevista en el artículo 23 de la ley 23.697, que no se opongan a la presente ley, y de aplicación a las relaciones jurídicas en vigencia con las sociedades privadas prestadoras, licenciatarias, concesionarias y permisionarias de obras y de servicios públicos, y los respectivos subcontratantes directos. ARTICULO 19. — Quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente. ARTICULO 20. — Las denominaciones "Compre Argentino, Compre Nacional y Contrate Nacional" se han de tener como equivalentes en las normas que así lo mencionen y se asimilarán a la presente. ARTICULO 21. — Serán aplicables al presente las leyes 24.493, de mano de obra nacional y 25.300, de pymes, y sus decretos reglamentarios. ARTICULO 22. — El Poder Ejecutivo nacional reglamentará la presente ley dentro del término de sesenta (60) días de su promulgación. ARTICULO 23. — Comuníquese al Poder Ejecutivo. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO. — REGISTRADA BAJO EL N° 25.551 — RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juan C. Oyarzún.
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ESPECIFICACION TECNICA DE CONFECCION
NORMA PNA Nº MNP/01.
ARTICULO: MOÑO DE COLOR NEGRO PARA MOZO.
FECHA: 23102006.
DIVISION SUMINISTROS
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISIÓN SUMINISTROS
MOÑO DE COLOR NEGRO PARA MOZO Material: Rayón y poliéster según características técnicas adjuntas. Características de confección: Confeccionado por dos telas del material requerido de color negro de 8 cm. de alto por 25 cm. de largo con base de friselina con dobladillo de 1 cm., doblado en su parte central y unido mediante una cinta del mismo material de 1,5 cm. de ancho con costura simple, la cual sujetará el moño y su forma y por donde pasará una cinta elástico de color negro de 35 cm. aprox. de largo por 0,5 cm. de alto el cual irá forrado en su parte central con el mismo material utilizado para la confección de 20 cm. de largo por 1 cm. de alto cosido al mismo y llevando en un extremo un ojal cosido y del otro una trabilla metálica para su ajuste. Confección, Pr esentación y Ter minación: Igual a la Muestra Patrón Oficial de PNA., cada prenda irá marcada y rotulada llevando una inscripción con los siguientes datos: Nombre del proveedor, Nº y año de la Orden de Compra, Nº del talle y/o medida y por último la leyenda Prefectura Naval Argentina.
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISIÓN SUMINISTROS
ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE TELA PARA MOÑO Requisitos Unidad Materia prima: Rayón: % Poliéster: Masa: G/m2 Apresto: Número de hilos: Urdimbre: h/cm. Trama: Resistencia a la tracción: Urdimbre: Kg/cm. Trama: Encogimiento: Urdimbre: % Trama: Solidez del color: Al lavado (cambio y transferencia): A la luz diurna: A la limpieza en seco:
Mínimo 30 50 130
Máximo Métodos de ensayo 50 70 170 2
IRAMAAQCT B 7851 IRAM 7508 IRAM 7534
30 20
IRAM 7537
7 6
IRAM 7509
2,5 1,5
4 5 4
IRAMAAQCT B 13516 IRAMAAQCT B 13530 IRAMAAQCT B 13520
IRAMINTICIT G 7548
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ESPECIFICACION TECNICA DE CONFECCION
NORMA PNA Nº MFPM/01.
ARTICULO: MEDIAS FINAS PARA MUJ ER TIPO PANTY COLOR NATURAL.
FECHA: 23102006.
DIVISION SUMINISTROS
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISION SUMINISTROS
MEDIAS FINAS PARA MUJ ER TIPO PANTY COLOR NATURAL
Descripción: Confeccionadas en fibra poliamídica 80 % y elastano 20 % de color natural, tipo “Panty”, elastizada para ajustar a la cintura. Fallas: No presentarán fallas, rasgaduras ni correduras.. CONFECCION, PRESENTACION Y TERMINACION: Igual a la Muestra Patrón Oficial de P.N.A.
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ESPECIFICACION TECNICA DE CONFECCION
NORMA PNA Nº SM5/06.
ARTICULO: SMOKING DE COLOR BLANCO PARA MOZO.
FECHA: 23102006.
DIVISION SUMINISTROS
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISIÓN SUMINISTROS
SMOKING DE COLOR BLANCO PARA MOZO Características de confección: Confeccionado en tela 65% poliéster, 35% algodón de color blanco óptico. Cuello con solapa smoking de 7 cm. de ancho en su parte media con entretela y pespunteado a la orilla. Para su cierre llevará un ojal en el lado izquierdo del delantero al finalizar la solapa y en el derecho un botón de poliéster al tono de 18 mm. de diámetro. En el delantero sobre el lado izquierdo a la altura de la tetilla lleva un bolsillo interno de 11 cm. de boca por 17 de profundidad, cosidos sus contornos y dobladillado de 2,5 cm. su boca con pespunte. Sobre el delantero en ambos lados llevará bolsillos de 14 cm. de boca por 15 cm. de profundidad igual a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Mangas con dobladillo de 2 cm. espalda con costura al medio. Costuras: Se ajustarán en un todo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. Confección, Pr esentación y Ter minación: Igual a la Muestra Patrón Oficial de PNA., cada prenda irá marcada y rotulada llevando una inscripción con los siguientes datos: Nombre del proveedor, Nº y año de la Orden de Compra, Nº del talle y/o medida y por último la leyenda Prefectura Naval Argentina.
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ESPECIFICACION TECNICA DE CONFECCION
NORMA PNA Nº SC05/06.
ARTICULO: SACO DE COLOR BLANCO PARA COCINERO.
FECHA: 23102006.
DIVISION SUMINISTROS
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISIÓN SUMINISTROS
SACO DE COLOR BLANCO PARA COCINERO Características técnicas de confección: Confeccionado en tela preencogida de algodón 100%, de color blanco óptico. Delantero: Cuello tipo mao de 3,5 cm. de alto, pespunteado en ambos bordes, sin entretela, en el izquierdo 5 ojales con vista interna acorde Muestra Patrón Oficial PNA., en el derecho 5 botones de poliéster al tono de 18 mm. de diámetro con costuras reforzadas y vista interna al igual que en el lado izquierdo. En el izquierdo a la altura de la tetilla lleva un bolsillo de 13 cm. de ancho por 14 cm. de alto, llevando en su parte céntrica un emblema “PNA” bordado en colores azul y blanco de 6 cm. de largo por 3,5 cm. de alto, en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. En ambos lados y a 5 cm. del extremo inferior llevará dos bolsillos de 17 cm. de ancho por 18 cm. de alto, todos los bolsillos llevarán refuerzo de doble tela en las bocas de 3 cm. de ancho, según Muestra Patrón Oficial de PNA. Mangas: Cortas, con dobladillo de 4 cm. Espalda: Con costura al centro, sobre la misma lleva martingala doble tela de 5 cm. de ancho, llevando en la izquierda dos ojales y en la derecha dos botones de poliéster de 18 mm. de diámetro. Dobladillo de 2,5 cm. a 3 cm. Confección, Pr esentación y Ter minación: Igual a la Muestra Patrón Oficial de PNA., cada prenda irá marcada y rotulada llevando una inscripción con los siguientes datos: Nombre del proveedor, Nº y año de la Orden de Compra, Nº del talle y/o medida y por último la leyenda Prefectura Naval Argentina.
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ESPECIFICACION TECNICA DE CONFECCION
NORMA PNA Nº DC07/06.
ARTICULO: DELANTAL COLOR BLANCO PARA COCINERO.
FECHA: 23102006. DIVISION SUMINISTROS
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISION SUMINISTROS DELANTAL COLOR BLANCO PARA COCINERO Características de confección: Confeccionado en tela de algodón preescogido 100% color blanco óptico. LARGO TOTAL: 82 cm. (tolerancia 2 cm.) ANCHO TOTAL: a la altura de la sisa 75 cm. (tolerancia 1cm.) ANCHO TOTAL DEL RUEDO: 75 cm. (tolerancia 1 cm.) ANCHO EN LA PARTE SUPERIOR: 25 cm. (tolerancia 1 cm.) HILO: Titulo N° 50 de 3 cabos, color blanco mercerizado. TRENCILLA: Color blanco, asargada de 2 cm. de ancho aproximadamente. COSTURAS: En la parte superior, inferior y costados, dobladillo simple. En la parte superior llevará un refuerzo de la misma tela de 4,5 cm. de ancho con pespunte en todo su contorno, en los costados el dobladillo será de un ancho aproximado de 1 cm. y en la parte del ruedo su ancho será de 1,5 cm. Los extremos de los dobladillos serán atracados con maquina común, según muestra complementaria. En la parte superior se coserá una trencilla que ira atracada en sus extremos de 56 cm. de largo y en ambos laterales en unión de sisa y costado se coserán trencillas de 75 cm. de largo aproximadamente. En la parte central a la altura del pecho llevará un emblema “PNA” bordados en colores azul y blanco de 6 cm. de largo por 3,5 cm. de alto, en un todo de acuerdo a la Muestra Patrón Oficial de PNA. CONFECCION PRESENTACION Y TERMINACION: Igual a la Muestra Patrón Oficial de PNA, cada prenda irá marcada y rotulada y llevará una inscripción con los siguientes datos: Nombre del proveedor, Nº y Año de la Orden de Compra, Nº del talle y/o medida y por último la leyenda PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
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ESPECIFICACION TECNICA DE CONFECCION
NORMA PNA Nº 1.2519G/01 (Modificada).
ARTICULO: GALERA PARA OFICIAL Y CADETE PERSONAL FEMENINO.
FECHA: 17032005.
DIVISION SUMINISTROS
PREFECTURA NAVAL ARGENTINA DIVISION SUMINISTROS
GALERA PARA OFICIAL Y CADETE PERSONAL FEMENINO Características de Confección: Copa y ala de fieltro de color azulnegro, llevando en el interior de la copa en todo su contorno, un tafilete de cuero de color negro de tres (3) cm. de altura y en su exterior una funda de pique color blanco y/o gabardina color arena; por encima de estas (según corresponda) y en su base, se adaptará una franja naval de seda negra, con dibujos en relieve que forman ramos de hojas de roble, bién ajustada, quedando la costura al frente de la galera, la cual será cubierta por el escudo. El forro interno será de tafeta rasada color negra. El barbijo esta formado por dos (2) tramos de cordón de 6 mm de diámetro para Oficial Subalterno/ Jefes y 5,5 mm a 6 mm para Oficiales Superiores cada uno, cada tramo se desliza sobre el otro a través de un nudo móvil trenzado de 15 mm de largo. Cada cordón estará formado por tres (3) cordones triples, trenzados, torsión tipo “Z”, de 2,7 mm de diámetro. Ira ajustado a la gorra mediante dos botones de tamaño menor (12 mm. de diámetro) con anclas cruzadas, de color dorado, uno a cada costado. El material será de hilo de seda dorado para Oficiales Subalternos y Oficiales Jefes y para Oficiales Superiores será sobre alma de algodón recubierta con cobre electrolítico 100 %, el que tendrá a su vez un baño orgánico dorado color mate. El alto de la copa será de 10 cms. en ambas partes. El ala será de cinco (5) cms., llevando siete (7) pespuntes distribuidos proporcionalmente, comenzando a 5 mm del borde exterior. Esta deberá estar bondeada, treinta (30) mm. hacia abajo en su parte delantera y treinta (30) mm. hacia arriba en su parte trasera. Llevará al frente en su parte central un escudo nacional bordado dorado de 75 mm. alto por 70 mm. de ancho. El mismo estará bordado sobre un paño naval de color azulnegro y en material gusanillo oro mate para las hojas y las anclas (cruzadas) y en oro brillante para los extremos de las mismas. Los centros de las hojas y los rayos superiores del sol irán en gusanillo oro briscado. La elipse central del escudo nacional estará contorneada por un doble gusanillo de gacerón, donde irán los antebrazos y las manos cruzadas confeccionadas en hilo cordone oro brillante; el mismo material se empleará para los rayos inferiores del sol. El gorro frigio con asta y demás detalles resultará de la combinación de estos materiales. Todo acorde a la Muestra Patrón Oficial P.N.A. La galera completa vendrá acompañada de sus respectivas fundas; de gabardina color arena y de pique color blanco, las cuales se adaptarán correctamente al talle de la misma. Estas tendrán 8 cm. de vuelo lateral, un diámetro mayor de 15,5 cm. por un diámetro menor de 13 cm., para una medida número 56, aumentando o disminuyendo según el talle.
CONFECCION, PRESENTACIÓN Y TERMINACIÓN: Igual a la Muestra Patron Oficial de P.N.A., cada galera llevara un rotulo consignado los siguientes datos: Nombre del proveedor, Numero y año de la Orden de Compra, Numero del talle y/o medida y por ultimo la leyenda PREFECTURA NAVAL ARGENTINA.
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DIVISIÓN SUMINISTROS
TELA DE GABARDINA COLOR ARENA PARA FUNDA DE GALERA
Composición: Lana peinada Materia prima mezcla intima Poliester Peso: Grs./M2. Cantidad de hilos Urdimbre: Cantidad de hilos Trama: Resistencia a la tracción Urdimbre: (IRAM 7509) Resistencia a la tracción Trama (IRAM 7509) Diagonales por cm2 Angulo de recuperación (arrugabilidad) Numero de cabos Urdimbre: Numero de cabos Trama: Solidez del color al agua: Solidez del color a la limpieza en seco: Solidez del color a la luz diurna: Finura de la lana: Tratamiento antipeeling
Máximo 90% Mínimo 85% Máximo 10% Mínimo 15% Mínimo 290 Grs. Máximo 320 Grs. Mínimo 45 Mínimo 23 Mínimo 13 Mínimo 6 Mínimo 12 Máximo 14 Grado160 2 2 Mínimo 4 Mínimo 4 Mínimo 6 Max. 21 micrones Teñido en Tops Si
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TELA DE PIQUE COLOR BLANCO PARA FUNDA DE GALERA
Descripción: Piqué de algodón color blanco. Características físicas: Materia prima: Algodón y Poliéster. Armadura: Piqué. Fibra: Algodón 85% mínimo. Poliéster 15% máximo. Humedad y apresto: 15 % máximo. Peso: 325 gr/m2. Hilos en urdimbre: 54/cm. Hilos en trama: 44/cm. Resistencia en urdimbre: 12 Kg/cm. Resistencia en trama: 16 Kg/cm. Encogimiento: 1 % máximo. Angostamiento: 1 % máximo. Color: Blanco óptico.
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ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DE “COLOR” TELA GABARDINA ARENA
Método de ensayo: Equipo: Espectrofotómetro SPECTRAFLASH SF 600 de DATACOLOR. Características: Doble haz, geometría: d/8º, abertura: 30 mm. Valores espectrales: (R% ) nm 300 400 500 600 700
00
10
20
30
40
50
60
70
80
90
16,68 16,76 16,68 16,63 16,69 16,66 16,78 17,33 18,28 19,35 20,25 20,91 21,54 22,18 22,68 23,59 25,22 26,76 27,56 28,34 29,26 29,33 28,46 28,13 30,15 35,26 43,35 52,71 61,12 66,66 70,22
Coordenadas de color: L* a* b* D65/10 56.55 6,21 13,99 Tolerancia: (Pasa – Falla) CMC 1.0, 2.0:1.0 D 65/10 del