PROPUESTAS DE ACTUACIÓN PARA LA ACCIÓN DE GOBIERNO EN EL ÁMBITO DE LA GUARDIA CIVIL

PROPUESTAS DE ACTUACIÓN PARA LA ACCIÓN DE GOBIERNO EN EL ÁMBITO DE LA GUARDIA CIVIL ASOCIACIÓN UNIFICADA DE GUARDIAS CIVILES Junta Directiva Nacional
Author:  Jaime Cano Redondo

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PROPUESTAS DE ACTUACIÓN PARA LA ACCIÓN DE GOBIERNO EN EL ÁMBITO DE LA GUARDIA CIVIL

ASOCIACIÓN UNIFICADA DE GUARDIAS CIVILES Junta Directiva Nacional

INTRODUCCIÓN

3

SOBRE NOSOTROS...

3

PLANTEAMIENTO GENERAL......

3

ESPAÑA EN LA UNIÓN EUROPEA

4

NUESTRAS PROPUESTAS

5

1 REESTRUCTURACIÓN DEL MODELO POLICIAL ESPAÑOL 1.2. DESMILITARIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL

5 6

1.3. REESTRUCTURACIÓN DEL DESPLIEGUE TERRITORIAL DE LA GUARDIA CIVIL 2. DERECHOS FUNDAMENTALES Y LIBERTADES PÚBLICAS DE LOS GUARDIAS CIVILES

7 8

2.1. NO A LA JUSTICIA MILITAR

8

2.2. DERECHO DE SINDICACIÓN A LOS GUARDIAS CIVILES,

9

2.3. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN

9

2.4. EFECTIVA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

9

2.5. PREVENCIÓN DE CONDUCTAS SUICIDAS

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3. MARCO COMÚN DE REGULACIÓN FFCCSE. DISPOSICIONES ESTATUTARIAS COMUNES. ... 10 3.1 EQUIPARACIÓN SALARIAL... 3.2. REFORMA DEL RÉGIMEN DE PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL

..10 11

3.3, INVERSIONES DE LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPOS PERSONALES Y EN MEDIOS TÉCNICOS, DE TRASMISIONES Y TRANSPORTE 4 OTROS 4.1 REHABILITACIÓN EXPULSADOS POR ACTIVIDAD SINDICAL

.......11 12 12

4.2 TRANSPARENCIA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO ASIGNADO A LA GUARDIA CIVIL ........12

PROPUESTAS DE ACTUACIÓN PARA LA ACCIÓN DE GOBIERNO EN EL ÁMBITO DE LA GUARDIA CIVIL

INTRODUCCIÓN El presente documento que hemos titulado "PROPUESTAS DE ACTUACIÓN PARA LA ACCIÓN DE GOBIERNO EN EL ÁMBITO DE LA GUARDIA CIVIL" pretende ser la continuación necesaria de un proceso de trabajo anterior y un instrumento útil y apto para hacer realidad determinaciones concretas que han sido capaces de ilusionar al colectivo de funcionarios de la Guardia Civil, representados por la AUGC en número que supera los treinta mil afiliados y afiliadas. Al mismo tiempo, consideramos que la elaboración de este documento, al ser el reflejo de la experiencia, los trabajos y el conocimiento de la realidad cotidiana de la actividad de preservación de la seguridad pública, adquiere la virtualidad de ser una fuente esencial para planificar la acción política para los cuatro próximos años en relación con la Guardia Civil, en la dirección de procurar un sistema público de seguridad que sea capaz de afrontar los riesgos emergentes desde la mayores cotas de eficacia y eficiencia al servicio del ciudadano. Se trata de salvaguardar la seguridad desde la integración en ella de políticas sociales, económicas y profesionales que modernicen y dignifiquen la situación de miles de guardias civiles. SOBRE NOSOTROS La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) es la organización profesional decana en el Cuerpo, con 20 años de existencia, y mayoritaria en su ámbito, con más de 30.000 afiliados y afiliadas cuyos fines son la mejora de los intereses profesionales, sociales y económicos de los integrantes del Cuerpo de la Guardia Civil. Una de sus principales características es la de ser una organización de carácter transversal, que integra y acoge a miembros de todas las Escalas y Especialidades de la Guardia Civil, por lo que su visión de presente y futuro de la misma es también transversal y global, lo que garantiza que no obedece a intereses singulares o de grupo. Se trata, desde la transversalidad, de conciliar los intereses generales con los derechos fundamentales y profesionales de sus miembros, con propuestas realistas de presente y futuro que no olvidan, en ningún caso, que el objetivo principal es la mejor seguridad pública, en el más amplio escenario de derechos para quienes tienen la responsabilidad de lograrla. PLANTEAMIENTO GENERAL En !as páginas siguientes se relacionan las propuestas que consideramos necesarias para dar contenido a lo que, desde el punto de vista de la Asociación, deberían ser los parámetros básicos de la nueva gestión de la Guardia Civil, institución dependiente del Ministro del Interior en el desempeño de las funciones que la Ley Orgánica 2/1986, de 13 marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad le atribuye; y del Ministro de Defensa en el cumplimiento de las misiones de carácter militar que éste o el Gobierno le encomienden.

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Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tienen como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana. Conviene precisar como cuestión previa que AUGC apuesta por un modelo policial que proporcione cobertura a un sistema público de seguridad ciudadana que dé paso a la plena integración de la institución en la sociedad civil y que, por ello, tiende a la plena integración de las policías del Estado en una nueva organización, más potente, integrada y con reorientación de costes hacia su eficacia, eliminando duplicidades y disfunciones. ESPAÑA EN LA UNIÓN EUROPEA. La sociedad española se integra en una Europa que camina hacia la construcción de una cultura policial común cuyos valores principales son el respeto a los derechos fundamentales, el respeto al principio del imperio de la ley, la transparencia y la responsabilidad. Por lo tanto, desde el punto de vista de la seguridad, compartiendo las mismas amenazas, demanda una estrategia más coordinada. Ésta ha de consistir en el estableciendo de una práctica común para combatir el crimen que sea capaz de promocionar y evaluar procesos para compartir información, no solo a nivel nacional, sino también con la Unión Europea y homólogos internacionales. Esto supone establecer un marco común donde se consagre la necesaria coordinación de políticas de seguridad y que sea apta para prevenir, combatir y neutralizar los riesgos emergentes.

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NUESTRAS PROPUESTAS 1 REESTRUCTURACIÓN DEL MODELO POLICIAL ESPAÑOL Dadas las deficiencias de que adolece el actual, aunque un tanto obsoleto sistema policial (descoordinación, duplicidad, ineficacia en el despliegue y falta de mecanismos de control en cuanto a política criminal), es necesario reaccionar, analizar y comenzar a tomar las decisiones que sean necesarias para poner fin a los desajustes. Urge por lo tá-nto poner en marcha un sistema de seguridad más racional, eficaz y útil para los ciudadanos y ciudadanas en el siglo XXI. En definitiva, para su adaptación definitiva a un Estado democrático moderno y acorde a las políticas de seguridad europeas, que contemple acciones de acercamiento de estructuras en las FCSE y permita avanzar en una identidad progresiva de órganos operativos, de gestión y de apoyo. Se trata de una serie de pasos imprescindibles para propiciar que con la constitución de Unidades Especiales Conjuntas, con la especialización de los Cuerpos Policiales y con las iniciativas que se puedan tomar en aras del reforzamiento y modernización de los recursos humanos y medios materiales, se materialice el objetivo prioritario; que es la eficaz coordinación orgánica y operativa de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía. Este objetivo justifica la apuesta decidida por un pacto de Estado sobre el nuevo modelo policial/que deberá partir de la unificación progresiva de los actuales cuerpos de seguridad del Estado. 1.1. MANDO ÚNICO PARA LAS FFCCSSE.

La experiencia de mando único, en la figura de Director General de la Policía y de la Guardia Civil, uno de los cambios del modelo policial ya entonces detectado; puesta en práctica por el anterior gobierno socialista, no obtuvo los resultados esperados, por lo que fue suprimida por el Gobierno del PP. La razón principal de su fracaso se debió, entre otras causas, a que a la unificación del mando político no le siguieron más acciones en este sentido, sin las cuales difícilmente se podrá avanzar en lo que se puede pretender con esta iniciativa: superar la descoordinación y duplicidad de competencias y recursos que existen entre los dos cuerpos de segundad estatales. Estos espacios de no colaboración, no coordinación y no cooperación son siempre aprovechados por las amenazas ya existentes y por las emergentes en materia de seguridad. Un mando único requiere estructuras de apoyo y de gestión políticas potentes, que deben tener su reflejo en normas organizativas. Además, esto propiciaría la convergencia en las condiciones profesionales y en los regímenes estatutarios de todos los policías que actúan en el territorio español, así como la reestructuración de los planes de acceso, formación y enseñanza, con la implantación de un "sistema educativo policial común", donde quedase incorporado un Código Ético común. Iniciativas que, entendernos, deben ser aplicadas de forma progresiva pero sin más dilaciones en la próxima legislatura, como parte de la reflexión general más amplia acerca del modelo policial que queremos para el futuro.-

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Código ético común de las fuerzas policiales europeas establecido bajo las leyes de la Unión Europea, en las que se establecerán principios comunes europeos y líneas de trabajo para conseguir objetivos globales, actuaciones y reconocimiento de la policía en su labor de mantener la seguridad europea y proteger los derechos democráticos de sus ciudadanos en sociedades gobernadas bajo el mandato de la ley. 1.2. DESMILITARIZACIÓN DE LA GUARDIA CIVIL.

La Constitución Española, marcando una intención clara y concisa, separó a la Guardia Civil de las Fuerzas Armadas, incorporándola y constituyendo junto a Policía Nacional los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. La militarización de la Guardia Civil, por tanto, es una más de las posibles decisiones políticas que se pueden tomar al respecto. Así lo recordaba el Tribunal Constitucional en Sentencia 194/1.989 del Pleno, de fecha 16 de noviembre, que dice de forma literal: "La naturaleza militar de la Guardia Civil no es algo intangible o inmodificable. Al contrario, es una mera decisión del Legislador en base a criterios que pueden obedecer a razones de preferencias ideológicas, sus opciones políticas y sus juicios de oportunidad, susceptibles de ser modificadas en cada momento". Tras el paréntesis que supuso la no aplicación del Código Penal Militar a los guardias civiles en el ejercicio de sus funciones policiales (Ley Orgánica 12/2007, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil), esta cuestión se encuentra actualmente en fase de involución, pues se está tramitando una reforma del mencionado Código Penal para, entre otras cuestiones, volver a aplicarlo a los guardias civiles. Nos situamos, por tanto, en un proceso de retroceso o de "remilitarización", consistente en la aplicación, nuevamente, de la normativa de las Fuerzas Armadas a la Guardia Civil. La propuesta al respecto de AUGC es clara e invariable en el tiempo: no hay razones objetivas que avalen una mayor eficacia de la Guardia Civil con respecto al resto de cuerpos policiales por el hecho de encontrarse militarizada. Por el contrario, esta situación obedecería, por un lado, más bien a la preservación de una situación preexistente para cuya modificación se encuentra resistencia en grupos de presión ligados al poder castrense; y, por otro, a la bonanza que para el Gobierno supone disponer de un cuerpo policial que al estar sometido a disciplina militar -lo que de forma indefectible conlleva la limitación de derechos fundamentales y laboralescarece de resortes de reivindicación de mejoras laborales. DESMILITARIZACIÓN PROGRESIVA.

La consecución de la propuesta anterior puede llevarse a efecto, para evitar conf lictividades innecesarias, de una forma paulatina, estableciendo un segundo grado de desmilitarización, consistente en que, manteniéndose el carácter militar del Cuerpo de forma inicial, se diseñara un marco normativo propio e independiente, alejado total y absolutamente de las normas que rigen las Fuerzas Armadas, sin mimetismo alguno con aquellas. Un marco que resaltaría el componente de fuerza policial, con servicios

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de este carácter y con adecuación de los sacrificios de derechos fundamentales y libertades públicas que, en la práctica, lo equiparasen al que disfrutan los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía. Todo ello como iniciativas inmediatas y urgentes mientras se concretara el nuevo modelo policial del Estado. 1.3. REESTRUCTURACIÓN DEL DESPLIEGUE TERRITORIAL DE LA GUARDIA CIVIL.

El despliegue territorial del Cuerpo de la Guardia Civil existente, por los tiempos en los que fue establecido y lejos de buscar una mayor eficiencia, tanto de los recursos humanos como materiales, fue concebido para unas necesidades existentes en el siglo XIX (delincuencia llevada a cabo por bandoleros y asaltantes de caminos), pero desfasadas para las demandas que requieren los ciudadanos y ciudadanas en el siglo XXI, donde la delincuencia ha evolucionado hacía formas más sofisticadas, junto con el avance tecnológico y la mejora de las infraestructuras. Sin duda, acometiendo una reforma en el despliegue territorial se conseguirían reducir los actuales índices de delincuencia y actos violentos, en tanto se concrete el nuevo modelo policial al que ya hemos hecho referencia. La Guardia Civil cuenta actualmente con 2.392 acuartelamientos. Hay fuertes desequilibrios por el elevado número de unidades pequeñas que producen un exceso de horas de servicio, falta de previsiones del servicio, ausencia de turnos, poca presencia policial en labores de prevención, falta de motivación de los agentes y ausencia de conciliación de la vida familiar y laboral La mayoría de los acuartelamientos en poblaciones menores se encuentran cerrados a los ciudadanos la mayor parte del tiempo, abriendo tan solo en horario de mañana, y los guardias civiles se desplazan a residir a poblaciones con una mejor infraestructura. Además del enorme gasto de mantenimiento (muchas están en franco mal estado), cada una de estas instalaciones oficiales supone un incremento en personas necesarias para su vigilancia y para cuestiones burocráticas/Según los datos estadísticos de 2009 de la Dirección General de la Guardia Civil, el ratio de eficiencia de horas de servicio de patrulla es del 27,35% (significa que por cada agente que presta servicio en la calle, hay tres que realizan otras funciones). La propuesta en este sentido va orientada a la agrupación de efectivos de la Guardia Civil en los denominados Puestos Principales (los ubicados en poblaciones estratégicas de la comarca), suprimiendo los puestos menores (siendo estos atendidos en cuanto a recepción de denuncias en momentos puntuales del año por una oficina de atención al ciudadano). Con esto aumentaría el potencial de servicio, al incrementarse el número de efectivos operativos, que en estos momentos se dedican, en la gran cantidad de unidades atomizadas, a labores de mando y de servicios burocráticos de una estructura sobredimensionada y militarizada. Se impone por ello proceder a agrupar las unidades dispersas y poco operativas pertenecientes a municipios de reducida población en unidades ubicadas donde actualmente existen los denominados Puestos Principales, para poder abarcar mejor la totalidad del territorio nacional Todo ello, como medidas previas a la puesta en marcha de un nuevo modelo policial del Estado. Página 7

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POLÍTICA DE VIVIENDAS. En aquellos lugares donde no existe oferta de viviendas, la existencia de los denominados pabellones cumple una función social importante, pero debe estar regulada con la necesaria asignación equitativa de los mismos entre todos los guardias civiles, incorporando a las Juntas de pabellones a las asociaciones profesionales. Por otra parte, los pabellones deben ser viviendas dignas, que cumplan con la normativa urbanística y de calidad de las edificaciones. Todo ello, como medidas previas a la puesta en marcha de un nuevo modelo policial del Estado. Este asunto, como bien apunta Juan Fernández/ lo retiraría del documento por no saturar, ya que en rn¡ opinión no es un objetivo de máxima prioridad, ni responde a la magnitud de los asuntos tratados en el documento.

2.

DERECHOS

FUNDAMENTALES Y LIBERTADES

GUARDIAS CIVILES.

PUBLICAS

DE LOS _____

Entendemos que es el momento de plantearse iniciativas legislativas en la línea de regulación global del régimen de derechos fundamentales y libertades públicas de los guardias civiles. 2.1. NO A LA JUSTICIA MILITAR

Se hace necesario suprimir la dependencia de la Guardia Civil, salvo en el desempeño de las funciones militares que tiene encomendadas, del Ministerio de Defensa, para pasar a depender exclusivamente del Ministerio del Interior. Lo mismo cabe indicar en el caso de los Tribunales de Justicia Militares, en las cuestiones penales y disciplinarias, para que las posibles faltas sean juzgadas por la jurisdicción ordinaria y contenciosoadministrativa, según corresponda, salvo en el caso del cumplimiento de las misiones militares que se le encomiende a la Guardia Civil Lo anterior nos lleva al cuestionamiento de la necesidad actual de un Código Pena! militar, que bien podría legislarse como un título especial del Código Penal ordinario, o como ley especial, que en cualquier caso, debe limitarse a lo estrictamente castrense, con una homologación plena de la jurisdicción militar a las otras jurisdicciones e integración completa en el Poder Judicial Despenalización de acciones y omisiones llevadas a cabo por guardias civiles en cumplimiento de funciones policiales. No aplicación del Código Penal Militar a personal Página 8

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del Cuerpo de la Guardia Civil, cuando desarrollen funciones policiales y de seguridad ciudadana. 2.2. DERECHO DE SINDICACIÓN A LOS GUARDIAS CIVILES,

Así como hacer efectiva la aplicación de las directivas europeas existentes y de ámbito laboral en la Guardia Civil en la búsqueda de elementos regúlatenos comunes en las políticas de personal, de derechos y deberes de los diferentes cuerpos policiales, y así hacerlas confluir con las de los Estados miembros. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en dos sentencias, respectivamente, en las causas Matelly y ADEFDROMIL, condena a Francia, con motivo de la prohibición de sindicación de los militares de ese país, ya que los jueces de Estrasburgo consideran en ambas decisiones que la libertad de sindicación de estos puede ser objeto de restricciones legítimas, pero no hasta el punto de prohibir de manera absoluta la posibilidad de constituir un sindicato y de adherirse a él. DESARROLLO REAL DEL DERECHO DE ASOCIACIÓN PROFESIONAL Como paso intermedio al anterior, se propone el desarrollo efectivo del asociacionismo profesional y del Consejo de la Guardia Civil. Lo que conllevaría grosso modo la correcta interlocución entre Administración y las asociaciones profesionales, con un índice de información y participación adecuadas y una protección jurídica y profesional de ¡os representantes, no solo inexistente en la actualidad, sino en franco retroceso a causa de las medidas introducidas por el actual Gobierno del PP en el régimen disciplinario de las FFAA, y que afectan a los guardias civiles. Es necesario que las asociaciones profesionales trabajen en un marco de igualdad de medios técnicos a los que disponen los órganos de las Administraciones Públicas competentes. 2.3. PRINCIPIO DE IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN.

Un Estado carece de verdadera democracia si su sociedad no se rige por el principio de igualdad entre mujeres y hombres. Es preciso por tanto un sistema policial que haga efectivo el derecho de igualdad de trato y oportunidades y no discriminación por razón de género, contemplando por el Ministerio del Interior un verdadero Plan de Acciones positivas por medio de medidas concretas, tendentes a una composición equilibrada de sus integrantes y participación de las mujeres en los órganos de decisión. 2.4. EFECTIVA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES»

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales de 1995 excluyó de forma injustificable a la Guardia Civil de la aplicación de esta norma» Portal motivo, ¡a Comisión Europea abrió expediente contra España, siendo condenada en el año 2006 por e! Tribunal de Justicia de la Unión a causa de este incumplimiento. A día de hoy, muy poco se ha hecho al respecto. En consecuencia, sea hace necesario impulsar las reformas legales

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necesarias, para que la mencionada normativa sea de plena aplicación al ámbito de la Guardia Civil. 2.5. PREVENCIÓN DE CONDUCTAS SUICIDAS.

Un equipo de psicólogos independientes, interesados en el fenómeno de los suicidios entre los miembros de la Guardia Civil, y en colaboración con AUGC, ha realizado un investigación por medio de una encuesta, en la que han participado 1.084 guardias civiles. Los resultados han detectado un alarmante índice de suicidios, en comparación a otros colectivos similares. De forma genérica, en las conclusiones del estudio y las líneas de trabajo que se debieran implementar, se encuentran las siguientes: la mejora del conocimiento sobre el fenómeno suicidad, hoy por hoy, silenciado en la Guardia Civil; la creación de un Observatorio del Suicidio como órgano independiente; la creación de protocolos de investigación, con la implantación de las autopsias psicológicas; el control del acceso a las armas; la mejora del proceso de diagnóstico (es posible predecir el suicidio); y la puesta en marcha de programas de prevención independiente, que separen la sanidad del tratamiento en el ámbito laboral. 3.

MARCO

COMUÍSS

DE

REGULACIÓN

FFCCSE,

DISPOSICIONES

ESTATUTARIAS COMÚN ES, Los criterios de convergencia propuestos tienen también como objetivo superar las discriminaciones profesionales, económicas y sociales entre los cuerpos policiales, así como de Régimen de Personal, que debe tender a una progresiva e imparable unificación, precisa y necesaria para la mayor eficacia del servicio público de seguridad. Todo ello, como medidas previas a la puesta en marcha de un nuevo modelo policial del Estado. 3.1 EQUIPARACIÓN SALARIAL

Una de los motivos de discriminación sistémicos de los guardias civiles ha sido el salarial, ya que han percibido desde siempre menores retribuciones que el resto de cuerpos policiales. Se trata de un hecho que, añadido a los demás agravios laborales, supone un elemento desmotivador entre los trabajadores de¡ Cuerpo. Es esta una cuestión que debe erradicarse sin más dilaciones, con la homologación de complementos retributivos con el Cuerpo Nacional de Policía, y progresivamente con el resto de cuerpos de policía autonómica. Debe por tanto preverse una disposición presupuestaria adecuada en el entorno de los cuatro próximos años para resolver de una vez por todas esta situación.

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3.2. REFORMA DEL RÉGIMEN DE PERSONAL DE LA GUARDIA CIVIL.

La recién aprobada Ley de Personal del Cuerpo de la Guardia Civil no ha respondido a las expectativas de sus integrantes. El Gobierno ha vuelto a primar los conceptos militaristas sobre los parámetros regulados en el estatuto del empleado público, y del Proyecto de Ley Orgánica de Personal de la futura Policía Nacional. Estos deben ser trasladados al régimen de personal de la Guardia Civil, pues cualquier avance debe afectar por igual a ambos Cuerpos, como integrantes en nivel de igualdad, del sistema común de seguridad del Estado al servicio de la sociedad. Elementos que aquí se enumeran, y que harán confluir los estatutos de los dos cuerpos policiales estatales. •

Catálogo de Puestos de Trabajo.



Grado Personal.



Defensa y seguro de responsabilidad civil.



Informe personal de calificación.



Adaptación de los servicios prestados a la edad de pase a reserva.



Compatibilidad de los guardias civiles en situación de reserva.



Apto con limitaciones.



Rehabilitación en casos de condena a pena de inhabilitación o imposición de sanción disciplinaria de separación del servicio.



Carrera profesional vertical y horizontal.



Plan de formación continua y con incorporación de materia de género e igualdad.



Plan de Medidas reales de conciliación laboral y familiar



Oferta de empleo directa a la escala de oficiales.



Modificación del artículo 19, apartado 2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF.



Exención de tasas judiciales a las asociaciones profesionales de guardias civiles, en representación de sus integrantes.



Posibilidad de asesoramiento técnico de los representantes de las asociaciones, en los órganos colegiados a los que pertenezcan,

3,3. INVERSIONES DE LA MODERNIZACIÓN DE EQUIPOS PERSONALES Y EN MEDIOS TÉCIMICOS, DE TRASMISIONES Y TRANSPORTE.

Incrementar ¡a inversión en la modernización de equipos personales es fundamental para mantener unos mínimos niveles de operatsvidad. De la misma manera, si no hay nuevas inversiones en medios técnicos, de transmisiones y de transporte, se corre el

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riesgo de hacer inviable la operatividad de las unidades, y con ello se pone en riesgo la seguridad de la ciudadanía. Especial interés contiene la creación de unidades de violencia de género en el ámbito rural, pues las unidades de policía judicial que se dedican a ello, además de no hacerlo de forma especializada, están únicamente radicadas en las capitales de provincial. 4 OTROS 4.1 REHABILITACIÓN EXPULSADOS POR ACTIVIDAD SINDICAL.

Con la llegada de la transición, muchos fueron los colectivos que se embarcaron en la lucha por conquistar derechos y libertades. Los guardias civiles no fueron una excepción, creándose el extinto Sindicato Unificado de Guardias Civiles, cuyos dirigentes fueron represaliados, sufriendo cárcel y separación del servicio, como el socio fundador de la actual AUGC, el sargento José Morata Gargallo, que tras 20 años aún continúa expulsado, pese a que el Congreso de los Diputados aprobó en el año 2009, una Proposición No de Ley instando al Gobierno a su reingreso en el Cuerpo. Solicitud que, como medida de justicia, se reitera nuevamente a los grupos políticos que concurren a las elecciones generales de 2015. 4,2 TRANSPARENCIA DEL PRESUPUESTO PÚBLICO ASIGNADO A LA GUARDIA CIVIL.

Al margen de cualquier control interno o externo, existen dos entidades en la Institución. En primer lugar, la Asociación de Socorros Mutuos, que funciona como asociación, aunque sin ninguna base legal para ello, y cuya finalidad estriba en indemnizar por los gastos de sepelio a los familiares de los guardias civiles fallecidos. Fue necesaria una batalla legal de siete años para que finalmente el Tribunal Supremo resolviera la voluntariedad de permanencia de los guardias civiles en la misma. No ocurre lo mismo con la Asociación Pro-Huérfanos del Cuerpo, cuya pertenencia es obligatoria para todos los guardias civiles. La cual, también amparada en una norma preconstitucional, sin rango legal suficiente, sujeta a derecho público, pero sin control público alguno y sin participación democrática de sus afiliados, gestiona presupuestos millonarios que no ha estado libre de escándalos, como las pérdidas en inversiones tales como Lehman Brothers, Gescartera o en acciones preferentes. Desde AUGC se propone la modernización y adaptación de las mismas a la normativa actual de asociaciones y de transparencia, con la consiguiente participación de los asociados y las asociaciones profesionales del Cuerpo, en sus órganos de control. Además, esto comportaría la puesta en marcha de las previsiones de participación de las asociaciones profesionales representativas en este tipo de órganos, dispuesta en el

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