PROTOCOLOS DE ACCIÓN E INSTRUCTIVO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6 PROTOCOLOS DE ACCIÓN E INSTRUCTIVO DE

20 downloads 116 Views 3MB Size

Recommend Stories


REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. PROTOCOLOS
LICEO MIGUEL RAFAEL PRADO REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. PROTOCOLOS. 2016. INDEPENDENCIA, ENERO DE 2016. 1 Contenido - Portada

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR
MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Versión 2016 1 COLEGIO MARYMOUNT MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR VERSIÓN 2016 CONTENIDO IDENTIFICACIÓN 7 RESOLUCIÓN

Reglamento de Convivencia Escolar
Colegio Teresa de Los Andes- Algarrobo El Molle 1390, Fono 35-2481057 [email protected] Reglamento de Convivencia Escolar El Colegio

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ORIENTACIONES GENERALES El presente REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR tiene por objetivo general regular las relaci

REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR
REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR I.- OBJETIVOS GENERALES a).- Crear un ambiente de respeto hacia el personal directivo, docente, administrativo y aux

Story Transcript

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROTOCOLOS DE ACCIÓN E INSTRUCTIVO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

HELLEN´S COLLEGE 2014

1

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

INTRODUCCIÓN “Aprender a vivir juntos” es uno de los pilares fundamentales de la educación planteados por la UNESCO. Aprender a vivir juntos, constituye la base de la Convivencia escolar y a la vez es el sustento de la construcción de una ciudadanía inclusiva, en paz, participativa y solidaria. La convivencia es la potencialidad y/o capacidad de las personas de vivir (con-vivir) en un marco de respeto mutuo y solidaridad recíproca, en nuestro establecimiento educacional aspiramos a que esta afirmación signifique: “la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. Esta interrelación está sustentada en la formación personal y social de las personas, en el desarrollo ético, socio – afectivo e intelectual, y respaldada en la convicción de que cada ser humano posee, en sí mismo, la potencialidad de crecer, desarrollarse y formarse como persona, lo que le permite relacionarse positivamente con otras. Convivir en paz y armonía con otros es un aprendizaje que se extiende a lo largo de toda la vida, es un deber del estado y de la sociedad enseñar a hacerlo, siendo reconocidas la familia y la institución escolar como los espacios privilegiados para ello. Esto implica una práctica cotidiana y el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que se traducen en los ámbitos establecidos en los Objetivos Fundamentales Transversales. En concreto, entre otros aprendizajes, supone: Aprender a interactuar; intercambiar acciones con otros/as. A interrelacionarse: establecer vínculos que implican reciprocidad. A dialogar fundadamente. A escuchar activamente y hablar con otros/as. A participar: actuar con otros/as. A comprometerse: asumir responsablemente las acciones con otros/as. A compartir propuestas. A discutir e intercambiar ideas y opiniones con otros/as. A disentir; aceptar que mis ideas – o las del otro/a u otros/as -, pueden der diferentes. A consensuar: encontrar los aspectos comunes, lo que implica pérdida y/o ganancia. A reflexionar: repensar sobre lo actuado, lo sucedido; objetivar y observar críticamente las acciones e ideas. Estos aprendizajes se van conjugando y transformando en una práctica cotidiana y una construcción social que involucra y hace responsables a todos los actores de nuestra institución escolar “Hellen´s College”, en tanto sean significativos y respondan a las necesidades y demandas expresadas en el Proyecto Educativo Institucional. La convivencia escolar se debe construir cotidianamente, mantenerse y renovarse; influyen y es influida en y por la dinámica institucional, las interrelaciones de los actores, los vínculos personales, los proceso de subjetivación y socialización entre las personas.

2

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

Nuestro establecimiento educacional “Hellen´s College” privilegia la comunicación, el respeto mutuo, el diálogo y la participación, generando condiciones para el logro de aprendizajes de calidad. La convivencia escolar es la base para la creación de un clima propicio para lograr estos aprendizajes. ENFOQUE FORMATIVO DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR La formación concebida como un proceso de humanización orientado al logro de la plena autonomía moral y racional de las personas , tiene como sustento la premisa de que cada ser humano se desarrolla, se forma y se humaniza no por un moldeamiento exterior, sino como un enriquecimiento que se produce desde su interior, como un despliegue libre y expresivo de la propia espiritualidad, en el cultivo de la razón y de la sensibilidad, en contacto con la cultura propia y universal, la filosofía, las ciencias, el arte y el lenguaje. La formación integral se concibe como un proceso continuo, permanente y participativo, que busca desarrollar armónica y coherentemente todas y cada una de las dimensiones del ser humano (ética, espiritual, intelectual, afectiva, estética y física), a fin de lograr su realización en la sociedad. Esto significa concebir a la persona como un ser individual y social plenamente integrado. PARTICIPACIÓN Y COMPROMISO DE TODA LA COMUNIDAD EDUCATIVA La convivencia escolar es una responsabilidad compartida por toda la Comunidad Educativa “Hellen´s College” y por la sociedad en su conjunto. En tal sentido, nuestra Comunidad Educativa debe constituirse como un garante de la formación y del desarrollo integral de las y los estudiantes, asumiendo los roles y funciones que establecen las normas, resguardando los derechos y deberes de cada uno de sus integrantes y participando en los ámbitos que le corresponden. Específicamente, “los estudiantes, padres, madres y apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de nuestro establecimiento educacional propiciará un clima escolar que promoviendo la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar”.

LOS ACTORES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA COMO SUJETOS DE DERECHO Y RESPONSABILIDADES Aprender a vivir juntos conlleva, implícitamente y explícitamente, por una parte: el reconocimiento del otro como un legitimo otro en la convivencia y, por otra parte, la afirmación de la convivencia cotidiana como un espacio singular para el aprendizaje y valoración de la diversidad y pluralidad en las relaciones humanas. Reconocer a todos los actores de la nuestra comunidad educativa como sujetos de derecho, implica resguardar su identidad como personas dignas e individuales, con capacidad para asumir responsabilidades frente a la sociedad, lo que sienta las bases para la construcción de una convivencia respetuosa, solidaria y tolerante.

3

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

DEL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR El Reglamento Interno de Convivencia Escolar, permitirá y facilitará el entendimiento entre las partes y hará posible el logro de los siguientes objetivos: 1. Desarrollar, a través del proceso de formación curricular y disciplinaria, un clima escolar sereno, de responsabilidad académica y espíritu familiar, que permita el crecimiento personal de toda la comunidad educativa dentro y fuera de esta. 2. Establecer mecanismos disciplinarios que fomenten la prevención en el ambiente educativo y la relación educativa con énfasis en la moral y ética profesional. Todo lo anterior convierte a la disciplina en un proceso permanente, en signo de madurez humana y en una herramienta para educar y formar mejor. Debe entender como el ordenamiento de las relaciones interpersonales y de los deberes y derechos de todos los agentes escolares. 3. Desarrollar estudiantes íntegros que puedan transferir lo aprendido en otros ámbitos del aprendizaje y vincularlos con la experiencia y la acción práctica. Así mismo, desarrollar estudiantes que participen con competencia en la sociedad, competencia también entendida como su propio conocimiento y realización personal, capaces de vivenciar valores y no sólo de conocerlos por su definición. 4. Impulsar acciones de prevención tales como: talleres de habilidades socio-afectivas, habilidades para la vida, alfabetización emocional, competencias parentales, entre otros, teniendo en cuenta especialmente el Proyecto Educativo Institucional. Para clarificar estas normativas internas contenidas en el Reglamento Interno de Convivencia Escolar Hellen´s College a continuación se presentan los normativas, protocolos y diagramas representativos para la solución de conflictos en honor a mantener la Sana Convivencia en nuestro establecimiento educacional:

4

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

NORMAS EN LA SALA DE CLASES.

En cada sala se podrán desarrollar reglas propias en el contexto de las siguientes recomendaciones que emanen del Establecimiento Educacional Hellen´s College.

a. b. c. d.

e.

f.

g.

h.

5

Mantener siempre las sillas y mesas limpias y ordenadas. Cuidar el mobiliario e infraestructura. Respetar el derecho y pertenencias de los demás. Mantener hábitos adecuados como: no comer, beber, ni mascar chicle durante las clases. Se debe mantener un lenguaje y conductas cordiales y respetuosas para con los demás miembros de la comunidad educativa. Se prohíbe la grabación de imagen y/o sonido, total o parcial de clases, conversaciones públicas o privadas sin el consentimiento de las personas involucradas. Uso del uniforme completo en todo momento y según determine el colegio. No escuchar música.

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

NORMAS DE SANA CONVIVENCIA

Entendemos por sana convivencia la potencialidad que tienen las personas para vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca. La Convivencia Escolar se genera en la interrelación entre los diferentes miembros de la Comunidad Educativa Hellen´s College que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de las y los estudiantes.

Todos los integrantes de la Comunidad Escolar Hellen´s College deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.

Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la Comunidad Educativa Hellen´s College y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Toda denuncia será informada por quien tomo el acta a la o las personas involucradas: ya sean: directivos, docentes, asistentes de la educación, estudiantes y/o apoderados dejando el acta correspondiente.

6

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

CLASIFICACIÓN DE PROBLEMAS O CONFLICTOS DE CONVIVENCIA ESCOLAR 1. Problemas de indisciplina: incumplimiento de las reglas y normas de convivencia. 2. Conducta antisocial: indiferencia grave hacia las normas sociales con ostentación y sin ningún sentimiento de culpa (robos, destrozo de mobiliario, rallado de paredes, etc.).

Para discriminar específicamente los problemas de convivencia, traducidos en rivalidades o desencuentros producidos por diferentes factores como ser estilos de crianza y/o de opinión entre los estudiantes de todos los niveles y edades, es necesario tipificar este tipo de problemas en:

3. Conductas disruptivas: comportamientos molestos que suceden con impulsividad, falta de motivación y marginación del trabajo escolar (molestar e interrumpir). 4.

Desinterés académico: comportamientos de apatía y desinterés, no prestar atención, dormirse, etc.

5.

Bullying: se entenderá por Bullying o acoso y violencia escolar: las conductas, tratos y prácticas, generalmente reiteradas en el tiempo, consistentes en agresiones verbales, físicas o psicológicas o inclusive abusos sexuales, o bien en ofensas, vejaciones, chantajes, escarnios o burlas, o bien en intimidación o amenaza, o bien – finalmente- en acciones de discriminación, segregación o exclusión, que se realizan en el ámbito escolar por parte de uno o más estudiantes en contra de otro que es víctima de su hostigamiento, sustentándose en un sentimiento de superioridad.

5. Ciberbullying: la podemos definir como la manifestación del acoso escolar que se produce mediante plataformas virtuales y herramientas tecnológicas, tales como: chats, blogs, fotologs, twiter, Facebook, mensajes de texto para aparatos celulares, correo electrónico, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, páginas webs, teléfonos y otros medios tecnológicos.

7

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROTOCOLO ANTE LAS FALTAS DE CARÁCTER LEVE

EN PRIMERA INSTANCIA SE PROCEDERÁ A HACER UNA AMONESTACIÓN VERBAL, DE LA CUAL QUEDARÁ REGISTRO EN LA HOJA DE VIDA DEL ESTUDIANTE.

FALTAS DE CARÁCTER LEVE

ANTE LA REITERACIÓN DE UNA FALTA LEVE SE PROCEDERÁ A HACER REGISTRO DE ESTA EN LA HOJA DE VIDA DEL ESTUDIANTE

ANTE UNA TERCERA REITERACIÓN DE LA FALTA, ESTA PASA A SER CLASIFICADA COMO FALTA GRAVE, POR TANTO SE DA EL PROCEDIMIENTO CORRESPONDIENTE A ESTE TIPO DE FALTAS.

PROTOCOLO ANTE FALTAS DE CARÁCTER GRAVE

SE PROCEDERÁ A HACER UNA AMONESTACIÓN ESCRITA, DE LA CUAL QUEDARÁ REGISTRO EN LA HOJA DE VIDA DEL ESTUDIANTE.

FALTAS DE CARÁCTER GRAVE

ANTE LA REITERACIÓN DE UNA FALTA GRAVE SE PROCEDERÁ A SUSPENDER TEMPORALMENTE AL ESTUDIANTE

ANTE UNA TERCERA REITERACIÓN DE LA FALTA, SE PROCEDERÁ A HACER FIRMA DE LA CARTA DE COMPROMISO U/O CONDICIONALIDAD DEL ESTUDIANTE

ANTE UNA CUARTA REITERACIÓN DE LA FALTA, SE PROCEDERÁ A CLASIFICAR COMO FALTA GRAVÍSIMA, POR TANTO RECIBIRÁ ESE TRATAMIENTO Y SE CADUCARÁ LA MATRICULA DEL ESTUDIANTE.

8

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROTOCOLO ANTE FALTAS DE CARÁCTER GRAVÍSIMAS

ANTE UNA FALTA GRAVISIMA SE PROCEDERÁ A CADUCAR INMEDIATAMENTE LA MATRICULA DEL ESTUDIANTE Y A NOTIFICAR A LA AUTORIDAD CORRESPONDIENTE LA FALTA, PUEDIENDO SER ESTE CARABINEROS DE CHILE, PDI, FISCALIA Y/O SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN

FALTAS DE CARÁCTER GRAVÍSIMA

SE LE OTORGARÁ AL ESTUDIANTE LA POSIBILIDAD DE TERMINAR SU AÑO ESCOLAR MEDIANTE EL REGIMEN DE RENDICIÓN DE EXAMENES.

CONDUCTOS REGULARES PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS

SITUACIONES DE DISCIPLINA

SITUACIONES ACADÉMICAS

Profesor de asignatura

Profesor de asignatura

Profesor Jefe

Profesor Jefe

Inspector/a de Nivel

Coordinador/a de Ciclo

Inspectoría General

Unidad Técnico Pedagógica

Director/a

Director/a

9

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

DIAGRAMA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN RELACIÓN A SITUACIONES DISCIPLINARIAS SITUACIÓN CONFLICTIVA DISCIPLINARIA

PROFESOR DE LA ASIGNATURA INVOLUCRADO EN EL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y REGISTRO EN CARPETA DE ATENCIÓN DE APODERADOS.

NO

PROFESOR JEFE PARA INTERVENIR EN LA SOLUCIÓN AL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y REGISTRO EN CARPETA DE ATENCIÓN DE APODERADOS.

NO

INSPECTOR/A DEL NIVEL INTERVIENE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA.

NO

INSPECTOR/A GENERAL INTERVIENE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA.

NO

DIRECTOR/A INTERVIENE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO

SI

10

SOLUCIÓN A SITUACIÓN CONFLICTIVA DISCIPLINARIA Y REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE DIRECCIÓN.

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

DIAGRAMA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN RELACIÓN A SITUACIONES ACÁDEMICAS SITUACIÓN ACÁDEMICA CONFLICTIVA

PROFESOR DE LA ASIGNATURA INVOLUCRADO EN EL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN ACÁDEMICA CONFLICTIVA Y REGISTRO EN CARPETA DE ATENCIÓN DE APODERADOS.

NO

PROFESOR JEFE PARA INTERVENIR EN LA SOLUCIÓN AL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN ACÁDEMICA CONFLICTIVA Y REGISTRO EN CARPETA DE ATENCIÓN DE APODERADOS.

NO

INSPECTOR/A DEL NIVEL INTERVIENE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN ACÁDEMICA CONFLICTIVA Y REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA.

NO

INSPECTOR/A GENERAL INTERVIENE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO

SI

SOLUCIÓN A SITUACIÓN ACÁDEMICA CONFLICTIVA Y REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA.

NO

DIRECTOR/A INTERVIENE PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO

SI

11

SOLUCIÓN A SITUACIÓN ACÁDEMICA CONFLICTIVA Y REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE DIRECCIÓN.

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE LICENCIAS MÉDICAS PARA LA JUSTIFICACIÓN DE INASISTENCIAS

CERTIFICADO MÉDICO JUSTIFICATIVO

PROFESOR/A JEFE

INSPECTOR/A DEL NIVEL

INSPECTORÍA GENERAL

EL PROFESOR/A LO GUARDARÁ EN EL LIBRO DE CLASES

LO ENTREGARÁ EN INSPECTORÍA GENERAL

LO DIFUNDIRÁ A TODOS LOS DOCENTES MEDIANTE EL CORREO INSTITUCIONAL

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGAS DE LICENCIAS MÉDICA POR EXIMICIÓN PARA EDUCACIÓN FÍSICA

CERTIFICADO MÉDICO JUSTIFICATIVO

PROFESOR/A JEFE

INSPECTOR/A DEL NIVEL

INSPECTORÍA GENERAL

12

EL PROFESOR/A LO ENTREGARÁ A INSPECTORÍA

LO ENTREGARÁ EN INSPECTORÍA GENERAL

LO DIFUNDIRÁ A TODOS LOS DOCENTES MEDIANTE EL CORREO INSTITUCIONAL

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO PARA LA ENTREGA DE LICENCIA MÉDICA POR EVALUACIÓN DIFERENCIADA CUYO PLAZO MÁXIMO DE ENTREGA ES EL 30 DE ABRIL DE 2013

CERTIFICADO MÉDICO DE NEUROLOGO U/O PSIQUIATRA

PROFESOR/A JEFE

COORDINADORA DEL NIVEL

UNIDAD TÉCNICO PEDAGÓGICA

13

EL PROFESOR/A LO ENTREGARÁ A UTP, QUIEN CITARÁ AL APODERADO

LO ENTREGARÁ EN UTP, QUIEN CITARÁ A APODERADO

LO DIFUNDIRÁ A TODOS LOS DOCENTES MEDIANTE EL CORREO INSTITUCIONAL

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO ANTE LA REITERACIÓN DE ATRASOS DE LOS ESTUDIANTES DESDE 5º BÁSICO HASTA 4º MEDIO

PRIMEROS 3 ATRASOS EN EL AÑO

SEGUNDOS 3 ATRASOS EN EL AÑO

CONVERSACIÓN Y COMPROMISO CON EL/LA ESTUDIANTE QUE QUEDARÁ REGISTRADO EN EL LIBRO DE ACTAS PARA ATENCIÓN DE ESTUDIANTES EN INSPECTORÍA GENERAL

CITACIÓN AL APODERADO PARA JUSTIFICAR ATRASOS Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO CON LA NORMATIVA DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR EN EL LIBRO DE ACTAS DE ATENCIÓN DE APODERADOS DE INSPECTORÍA GENERAL.

TERCEROS 3 ATRASOS EN EL AÑO

SUSPENSIÓN DEL ESTUDIANTE POR UN PERIODO QUE PUEDE VARIAR DESDE 1 A 3 DÍAS

CUARTOS 3 ATRASOS EN EL AÑO

CITACIÓN AL APODERADO PARA FIRMAR LA CONDICIONALIDAD DE LA MATRÍCULA PARA EL AÑO EN CURSO.

QUINTOS 3 ATRASOS EN EL AÑO

CITACIÓN AL APODERADO PARA FIRMAR LA CONDICIONALIDAD EXTREMA DE LA MATRÍCULA PARA EL AÑO EN CURSO.

SEXTOS 3 ATRASOS EN EL AÑO

CADUCACIÓN DE LA MATRÍCULA PARA EL AÑO SIGUIENTE Y DE ACUERDO A LOS ANTECEDENTES SE PROCEDERÁ A QUE EL/LA ESTUDIANTE SE PRESENTE A RENDIR EXAMENES EN JORNADA ALTERNA

14

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO ANTE EL INCUMPLIMIENTO SOBRE EL USO DEL UNIFORME ESCOLAR DE ESTUDIANTES DESDE 5º BÁSICO HASTA 4º MEDIO

PRIMERA NOTIFICACIÓN

SEGUNDA NOTIFICACIÓN

CONVERSACIÓN Y COMPROMISO CON EL/LA ESTUDIANTE QUE QUEDARÁ REGISTRADO EN EL LIBRO DE ACTAS PARA ATENCIÓN DE ESTUDIANTES EN INSPECTORÍA GENERAL

CITACIÓN AL APODERADO PARA TOMAR CONOCIMIENTO Y COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO CON LA NORMATIVA DEL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR EN EL LIBRO DE ACTAS DE ATENCIÓN DE APODERADOS DE INSPECTORÍA GENERAL.

TERCERA NOTIFICACIÓN

SUSPENSIÓN DEL ESTUDIANTE POR UN PERIODO QUE PUEDE VARIAR DESDE 1 A 3 DÍAS

CUARTA NOTIFICACIÓN

CITACIÓN AL APODERADO PARA FIRMAR LA CONDICIONALIDAD DE LA MATRÍCULA PARA EL AÑO EN CURSO.

QUINTA NOTIFICACIÓN

CITACIÓN AL APODERADO PARA FIRMAR LA CONDICIONALIDAD EXTREMA DE LA MATRÍCULA PARA EL AÑO EN CURSO.

SEXTA NOTIFICACIÓN

CADUCACIÓN DE LA MATRÍCULA PARA EL AÑO SIGUIENTE Y DE ACUERDO A LOS ANTECEDENTES SE PROCEDERÁ A QUE EL/LA ESTUDIANTE SE PRESENTE A RENDIR EXAMENES EN JORNADA ALTERNA

15

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO ANTE EL RETIRO DE APARATOS AUDIOVISUALES PROHIBIDOS EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL

ANTE EL RETIRO DE CUALQUIER APARATO AUDIVISUAL PROHIBIDO EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, POR UN DOCENTE

ESTE SERÁ DEVUELTO SOLO AL APODERADO POR EL MISMO DOCENTE EN SU HORARIO DE ATENCIÓN, EL CUAL ES PUBLICADO EN EL DIARIO MURAL DEL COLEGIO E INFORMADO EN LA PRIMERA REUNIÓN DE APODERADOS

NOTA: EL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL NO SE HACER RESPONSABLE POR LA PERDIDA DE ESTOS OBJETOS.

PROCEDIMIENTO ANTE ACTITUDES NEGATIVAS DE LOS APODERADOS HACIA CUALQUIER INTEGRANTE DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA (DIRECTIVOS, DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN, ESTUDIANTES Y APODERADOS)

SI EL APODERADO PRESENTA ALGUNA ACTITUD DE AGRESIVIDAD, PREPOTENCIA U/O INSULTOS HACIA CUALQUIER MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

CITACIÓN POR PARTE DE DIRECCIÓN, EN CUYA INSTANCIA SE LE INDICARÁ LA CADUCIDAD DE SU CONDICIÓN DE APODERADO.

DE CONTINUAR O REPETIRSE LA SITUACIÓN SE PROCEDERÁ A CADUCAR LA MATRÍCULA PARA EL AÑO SIGUIENTE.

16

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR DE PADRE U/O APODERADO

ACCIDENTE, LESIÓN O INCIDENTE

GUARDAR LA CALMA

BRINDAR LOS PRIMEROS AUXILIOS ESTABLEICMIENTO

INFORMAR A UN FAMILIAR PARA QUE LO PUEDA VENIR A RETIRAR DEL ESTABLEICMIENTO EDUCACIONAL

17

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO ESTANDAR PARA LA ATENCIÓN DE PROBLEMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR

SE SANCIONARÁ CUALQUIER ACTIVIDAD QUE ATENTE CONTRA LA INTEGRIDAD FÍSICA, PSICOLOGICA O LA HONRA DE LAS PERSONAS, EN TODAS SUS MANIFESTACIONES, EDADES Y ROLES, UNA VEZ RESGUARDADOS LOS SIGUIENTES PROCEDIMIENTOS QUE IDENTIFIQUEN LA SITUACIÓN PARTICULAR:

EVIDENCIAR LA SITUACIÓN FRENTE A UNA DENUNCIA RESPONSABLE REALIZADA BAJO REGISTRO EN LIBRO DE ACTAS DE EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, REALIZADA POR EL ESTUDIANTE, PADRE Y/O APODERADO, DOCENTE O CUALQUIER FUNCIONARIO DEL ESTABLECIMIENTO.

ENTREGAR APOYO A LAS VÍCTIMAS Y A LOS VICTIMARIOS, MEDIANTE ENTREVISTAS PERSONALES TANTO A LOS ESTUDIANTES COMO CON SUS APODERADOS, DE PARTE DEL EQUIPO DOCENTE U/O EL EQUIPO DIRECTIVO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL. ABRIR ESPACIOS DE DIÁLOGOS ENTRE LOS INVOLUCRADOS, ESTUDIANTES, FAMILIA Y COLEGIO.

ESTABLECER CONSECUENCIAS CLARAS RESPECTO A LA CONDUCTA IDENTIFICADA. LA TIPIFICACIÓN DE LAS FALTAS SE ENCUENTRA EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

REALIZAR SEGUIMIENTO CASO A CASO CON INFORMES Y REUNIONES CONCERTADAS CON QUIENES ESTÉN INVOLUCRADOS EN LA SITUACIÓN.

COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LAS PARTES, JUNTO CON LA EVALUACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL COLEGIO.

EN CASO DE NO MODIFICAR LA CONDUCTA, Y EN CASOS EXTREMOS, EL ESTABLECIMEINTO EDUCACIONAL APLICARÁ LAS MÁXIMAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

18

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN ENTRE ESTUDIANTES DE LA DENUNCIA DE CASOS LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS, ESTUDIANTES, DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO DEBERÁN INFORMAR A INSPECTORÍA GENERAL LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLÓGICA, AGRESIÓN QUE AFECTEN A ALGUN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, YA SEA DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL. EL DOCENTE O INSPECTOR QUE SORPRENDA A UN ESTUDIANTES INCURRIENDO EN ALGUNA MANIFESTACIÓN DE AGRESIÓN, DEBERÁ REGISTRAR LA ANOTACIÓN – DE MANERA INMEDIATA – EN LA HOJA DE VIDA DEL ESTUDIANTE E INFORMAR DE MANERA VERBAL U/O ESCRITA A EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

ASIMISMO, CUALQUIER ESTUDIANTE U OTRO MIEMBRO DE LA INSTITUCIÓN QUE CONOZCA O ESTE INVOLUCRADO EN UNA SITUACIÓN DE AGRESIÓN EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES DEBERÁ DENUNCIAR LOS HECHOS POR LOS CONDUCTOS SEÑALADOS EN EL REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

EN RELACIÓN A LA PARTICIPACIÓN DE PADRES, MADRES Y/O APODERADOS EN CASO DE DENUNCIA DE HECHOS DE AGRESIÓN O VIOLENCIA ESCOLAR, DEBERÁ INFORMAR POR ESCRITO EN EL LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA GENERAL.

PROCEDIMIENTO EN LA ATENCIÓN DE CASOS DE VIOLECIA O AGRESIÓN ESCOLAR EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR RESGUARDARÁ LA REVISIÓN PERIÓDICA DE LOS INSTRUMENTOS DE REGISTRO DE DENUNCIA (LIBRO DE CLASES, CARPETAS DE ATENCIÓN DE APODERADOS, LIBRO DE ACTAS Y BUZON DE DENUNCIAS), ASI COMO LA ATENCIÓN PRESENCIAL Y ESPONTANEA PARA ESTOS EFECTOS. AL MOMENTO DE TOMAR CONOCIMENTO DE UN HECHO DE VIOLENCIA ESCOLAR EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES, EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, DEBERÁ EN UN PLAZO NO MAYOR A 24 HORAS, INFORMAR AL DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMENTO, DE MANERA VERBAL O POR MEDIO DE UN CORREO ELECTRONICO Y COMENZAR LA INVESTIGACIÓN INTERNA. EN CASO DE CONFLICTOS ENTRE TERCEROS, SE DEBERÁ RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL DENUNCIANTE. DURANTE EL TRANSCURSO DE LA INVESTIGACIÓN SE DEBERÁN TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ASEGURAR LA CONFIDENCIALIDAD, RESPETO Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS COMPROMETIDAS. DE CADA ENTREVISTA Y/O PROCEDIMENTO QUEDARÁ REGISTRO EN EL LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA GENERAL. EN RELACIÓN AL USO Y ACCESO DEL REGISTRO DE DENUNCIAS Y/O INVESTIAGCIONES, SERÁ DE ACCESO RESERVADO A INSPECTORÍA GENERAL, DIRECTOR/A Y A LA AUTORIDAD MINISTERIAL CORRESPONDIENTE. EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEBERÁ DE MANERA RESERVADA CITAR A LOS INVOLUCRADOS Y/O TESTIGOS DE UNA HECHO DE VIOLENCIA ESCOLAR A DECLARAR PARA RECABAR ANTECEDENTES.

19

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

LOS PADRES Y/O APODERADOS DE LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS TENDRÁN DERECHO A SER INFORMADOS DE LA SITUACIÓN QUE AFECTA A SUS HIJOS, REGISTRANDO EL MEDIO A TRAVÉS DEL CUAL SE INFORMA Y/O ADJUNTANDO AL ARCHIVO DE LA INVESTIGACIÓN LA ENTREVISTA CORRESPONDIENTE. EN RELACIÓN A ESTE PUNTO LOS APODERADOS DEBERÁN SUSCRIBIR ACUERDOS Y COMPROMISOS DESDE EL ROL QUE LES COMPETE, TANTO DEL AGREDIDO COMO DEL AGRESOR.

PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES, EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, DEBERÁ PRESENTAR AL DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE, PROPUESTAS DE SANCIONES DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DE LAS FALTAS Y EN VIRTUD AL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

QUIEN APLICARÁ LAS SANCIONES A LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS EN UN INCIDENTE, SERÁ EN PRIMERA INSTANCIA EL INSPECTOR/A GENERAL Y/O DIRECTOR/A, BAJO LAS CONSIDERACIONES CONTENIDAS EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, LAS CUALES DEBERÁN QUEDAR CONSIGNADAS EN EL LIBRO DE ACTAS CORRESPONDIENTE, LA CUAL DEBE CONTENER LAS RAZONES ESGRIMIDAS PARA TALES EFECTOS.

DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR ESTABLECE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS CORRESPONDIENTES A ESTE TIPO DE CONDUCTAS, QUE VAN DESDE MEDIDAS PEDAGÓGICAS HASTA LA CANCELACIÓN DE MATRÍCULA, DEPENDIENDO DE LA GRAVEDAD DE LA SITUACIÓN Y A LA EDAD DE LOS INVOLUCRADOS.

EN EL CASO DE QUE LAS LESIONES FÍSICAS SEAN DESDE MODERADAS A GRAVES SE VERIFICARÁ QUE EL O LOS ESTUDIANTES AGREDIDOS ESTÉN EN CONDICIONES DE SEGUIR ASISTIENDO AL ESTABLECIMENTO EDUCACIONAL. EN CASO CONTRARÍO, SE FACILITARÁ EL TRASLADO A OTRO ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL O SE DARÁ EL APOYO NECESARIO CON ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS GUIADAS, DE MANERA TAL DE ASEGURAR SU PROGRESO ESCOLAR. EN EL CASO DE EL O LOS AGRESORES, SE COLABORARÁ CON LA REUBICACIÓN DEL O LOS ESTUDIANTES EN CASO NECESARIO, CUANDO LA MEDIDA SE AJUSTE A LO CONTEMPLADO POR EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. PARA EFECTOS, EN RELACIÓN A LA TOMA DE MEDIDAS SE CONSIDERARÁ LA EDAD DE LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS Y LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MISMOS EN RELACIÓN A LA LEY PENAL JUVENIL Y LAS IMPLICANCIAS LEGALES DE ELLO.

20

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

MONITOREO DE LOS PROCEDIMIENTOS ACORDADOS

LA SITUACIÓN SERÁ MONITOREADA DE MANERA DE EVALUAR EL CUMPLIMIENTO Y RESULTADOS DE LAS MEDIDAS APLICADAS. EN CASO DE SER EFECTIVAS, SE REGISTRARA EN EL LIBRO DE ACTAS SEÑALANDO LOS CAMBIOS PRESENTADOS POR EL O LOS ESTUDIANTES. POR EL CONTRARIO, SI LAS MEDIDAS FORMATIVAS Y DISCIPLINARIAS NO HAN SIDO EFECTIVAS, SE EVALUARÁ Y CONSIDERARÁ LA APLICACIÓN DE OTRAS MEDIDAS

PROTOCOLO EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN DE ADULTOS MIEMBROS DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE A ESTUDIANTES

DE LA DENUNCIA DE CASOS

LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS, ESTUDIANTES, DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO DEBERÁN INFORMAR A EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR LAS SITUACIÓNES DE VIOLENCIA PSICOLÓGICA U HOSTIGAMIENTO QUE AFECTEN A ALGUN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DE LAS CUALES TOMEN CONOCIMIENTO, CONFORME AL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

EL DOCENTE, PARADOCENTE O ASISTENTE DE LA EDUCACIÓN QUE VEA ALGUNA MANIFESTACIÓN DE AGRESIÓN PSICOLÓGICA DE UN ADULTOA UN ESTUDIANTE, DEBERÁ DE MANERA INMEDIATA, INFORMAR A EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR QUIEN REGISTRARÁ EL HECHO EN EL LIBRO DE ACTAS.

ASIMISMO, CUALQUIER ESTUDIANTE QIE CONOZCA O ESTÉ INVOLUCRADO EN UNA SITUACIÓN DE AGRESIÓN POR PARTE DE UN ADULTO EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES DEBERÁ DENUNCIAR LOS HECHOS POR LOS CONDUCTOS SEÑALADOS EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

.EN RELACIÓN A LA PARTICIPACIÓN DE PADRES, MADRES Y/O APODERADOS EN CASOS DE DENUNCIA DE HECHOS DE AGRESIÓN DE UN ADULTO A UN ALUMNO, DEBERÁ INFORMAR EN ENTREVISTA PERSONAL O POR ESCRITO LA SITUACIÓN A EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

21

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

DEL PROCEDIMIENTO EN LA ATENCIÓN EN CASOS DE VIOLENCIA O AGRESIÓN DE ADULTOS A ESTUDIANTES

DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN LOS ESTUDIANTES TIENEN DERECHO A ESTUDIAR EN UN AMBIENTE TOLERANTE Y DE RESPETO MUTUO, A EXPRESAR SU OPINIÓN Y A QUE SE RESPETE SU INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL, NO PUEDIENDO SER OBJETO DE TRATOS VEJATORIOS O DEGRADANTES Y DE MALTRATOS PSICOLÓGICOS, POR TANTO:

AL MOMENTO DE TOMAR CONOCIMENTO DE UN HECHO DE AGRESIÓN PSICOLÓGICA U HOSTIGAMIENTO DE MANERA VERBAR O A TRAVÉS DE LOS MEDIOS DE REGISTRO POR PARTE DE EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, EN UN PLAZO NO MAYOR A LAS 24 HORAS, INFORMAR AL DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMENTOE Y COMENZAR LA INVESTIGACIÓN INTERNA. EN CASO DE CONFLICTOS ENTRE TERCEROS, SE DEBERÁ RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL DENUNCIANTE. DURANTE EL TRANSCURSO DE LA INVESTIGACIÓN SE TOMARÁN LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA ASEGURAR LA CONFIDENCIALIDAD, RESPETO Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS COMPROMETIDAS.

CADA ENTREVISTA Y/O PROCEDIMIENTO QUEDARÁ REGISTRO EN EL LIBRO DE ACTAS DE INSPECTORÍA GENERAL Y/O DE DIRECCIÓN.

ESTOS LIBROS DE ACTAS SERÁN DE ACCESO RESERVADO PARA DIRECCIÓN, INSPECTORÍA GENERAL Y/O LA AUTORIDAD MINISTERIAL CORRESPONDIENTE. EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR CITARÁ DE MANERA RESERVADA A LOS INVOLUCRADOS Y/O TESTIGOS DE UN HECHO DE VIOLENCIA ESCOLAR A DECLARAR PARA RECABAR ANTECEDENTES. LOS PADRES, MADRES Y/O APODERADOS DE LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS TENDRÁN DERECHO A SER INFORMADOS PERMANENTEMENTE DE LA SITUACIÓN QUE AFECTA A SUS HIJOS, REGISTRANDO EL MEDIO A TRAVÉS DEL CUÁL SE INFORMA EN EL LIBRO DE ACTAS CORRESPONDIENTE. PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES, EL/LA ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR PRESENTARÁ AL DIRECTOR/A ALTERNATIVAS A SEGUIR DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y/O INSTRUMENTOS ADMISTRATIVOS DISPONIBLES PARA TAL EFECTO. QUIEN APLICARÁ LAS SANCIONES A LOS ADULTOS INVOLUCRADOS EN UN INCIDENTE DE LAS CARACTERISTICAS DESCRITAS ANTERIORMENTE, SERÁ EL SOSTENEDOR Y/O EL DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE, EN BASE A LAS HERRAMIENTAS LEGALES DE QUE DISPONGA.

22

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

EL SOSTENEDOR Y/O DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE, BAJO LOS SISTEMAS DE REGISTRO QUE DISPONGA DE ACUERDO AL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y A LA NORMATIVA VIGENTE, SE DEJARÁ CONSTANCIA DEL ADULTO QUE HUBIESE COMETIDO ALGÚN ACTO DE AGRESIÓN CONTRA UN ESTUDIANTE.

EN EL CASO DE AGRESIÓN FÍSICA, CONTITUTIVA DE DELITO, EL SOSTENEDOR Y/O DIRECTOR/A DENUNCIARÁ A LA JUSTICIA, YA SEA A TRAVÉS DE CARABINEROS DE CHILE, POLICIA DE INVESTIGACIÓN O EN LOS TRIBUNALES COMPETENTES DE MANERA TAL, QUE SEA LA JUSTICIA ORDINARIA LA QUE INVESTIGUE LOS HECHOS DENUNCIADOS.

DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES

LA APLICACIÓN DE SANCIONES ESTÁ CONTENIDA CLARAMENTE EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

SE CONSIDERA QUE TODA MEDIDA O SANCIÓN DEBE RESGUARDAR EN TODO MOMENTO LA INTEGRIDAD DE LOS ESTUDIANTES, ADEMÁS DE PROPICIAR ESPACIOS PARA LA REFLEXIÓN, EN TORNO AL COMPORTAMIENTO DE LOS ADULTOS, EN TÉRMINOS DE RESGUARDAR SU SALUD MENTAL Y CAPACIDAD LABORAL.

EN CASOS DE LESIONES FÍSICAS DE MODERADA A GRAVES, SE VERIFICARÁ QUE EL O LOS ESTUDIANTES AGREDIDOS, ESTÉN EN CONDICIONES DE SEGUIR ASISTIENDO AL MISMO ESTABLECIMIENTO; COLABORAR CON LA REUBICACIÓN DEL O LOS/AS ESTUDIANTES EN EL SISTEMA ESCOLAR.

23

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

EN CASO DE MALTRATO, VIOLENCIA O AGRESIÓN DE ESTUDIANTES A MIEMBROS ADULTOS DEL ESTABLECIMIENTO

DE LA DENUNCIA

LOS PADRES, MADRES Y APODERADOS, ESTUDIANTES, DOCENTES, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN Y MIEMBROS DEL EQUIPO DIRECTIVO DEBERÁN INFORMAR AL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR LAS SITUACIONES DE VIOLENCIA FÍSICA O PSICOLÓGICA, AGRESIÓN U HOSTIGAMIENTO QUE AFECTA A UN MIEMBRO DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA, YA SEA, DENTRO O FUERA DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE Y DE LAS CUALES TOMEN CONOCIMIENTO. EL DOCENTE O INSPECTOR QUE SORPRENDA A UN ESTUDIANTE INCURRIENDO EN ALGUNA MANIFESTACIÓN DE AGRESIÓN DEBERÁ REGISTRAR LA ANOTACIÓN – DE MANERA INMEDIATA – EN LA HOJA DE VISA DEL ESTUDIANTE E INFORMAR AL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE MANERA VERBAL O ESCRITA.

ASIMISMO, CUALQUIER ESTUDIANTE U OTRO MIEMBRO DE LA INSTITUCIÓN QUE CONOZCA O ESTE INVOLUCRADO EN UNA SITUACIÓN DE AGRESIÓN EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES DEBERÁ DENUNCIAR LOS HECHOS POR LOS CONDUCTOS SEÑALADOS EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

EN RELACIÓN A LA PARTICIPACIÓN DE PADRES, MADRES Y/O APODERADOS EN CASO DE DENUNCIA DE HECHOS DE AGRESIÓN O VIOLENCIA ESCOLAR, DEBERÁ INFORMAR POR ESCRITO AL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

DEL PROCEDIMIENTO EN LA ATENCIÓN DE CASOS DE VIOLENCIA O AGRESIÓN ESCOLAR LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN ESTABLECE EL DERECHO DE LOS DOCENTES Y ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN A TRABAJAR EN UN AMBIENTE TOLERANTE Y DE RESPETO MUTUO, POR TANTO: EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR RESGUARDARÁ LA REVISIÓN PERIODICA DE LOS REGISTROS DE DENUNCIA, ASÍ COMO LA ATENCIÓN PRESENCIAL Y ESPONTÁNEA PARA ESTOS EFECTOS. AL MOMENTO DE TOMAR CONOCIMIENTO DE UN HECHO DE VIOLENCIA ESCOLAR EN CUALQUIERA DE SUS MANIFESTACIONES, EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEBERÁ, EN UN PLAZO NO MAYOR A 24 HORAS, INFORMAR AL DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMIENTO Y COMENZAR LA INVESTIGACIÓN INTERNA. EN CASO DE CONFLICTOS ENTRE TERCEROS, SE DEBERÁ RESGUARDAR LA IDENTIDAD DEL DENUNCIANTE.

DURANTE EL TRANSCURSO DE LA INVESTIGACIÓN SE DEBERÁN TOMAR LAS MEDIDAS NECESARIAS QUE ASEGURAN LA CONFIDENCIALIDAD, RESPETO Y DIGNIDAD DE LAS PERSONAS COMPROMETIDAS.

24

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

DE CADA ENTREVISTA Y/O PROCEDIMIENTO INVESTIGATIVO, QUEDARÁ REGISTRO EN EL LIBRO DE ACTAS. EL USO Y ACCESO AL REGISTRO DE DENUNCIA Y/O INVESTIGACIÓN, SERÁ RESERVADO AL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR, DIRECTOR/A DEL ESTABLECIMIENTO Y LA AUTORIDAD MINISTERIAL CORRESPONDIENTE. EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR DEBERÁ DE MANERA RESERVADA CITAR A LOS INVOLUCRADOS Y/O TESTIGOS DE UN HECHO DE VIOLENCIA A DECLARA PARA RECABAR ANTECEDENTES.

LOS PADRES Y/O APODERADOS DE LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS TENDRÁN DERECHO A SER INFORMADOS DE LA SITUACIÓN QUE AFECTA A SUS HIJOS, REGISTRANDO EL MEDIO A TRAVÉS DEL CUAL SE INFORMA. EN RELACIÓN A ESTE PUNTO, LOS APODERADOS DEBERÁN SUSCRIBIR ACUERDOS Y COMPROMISOS DESDE EL ROL QUE LES COMPETE COMO GARANTES DEL COMPORTAMIENTO DE SUS HIJOS Y/O PUPILOS.

PARA EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES, EL ENCARGADO DE CONVIVENCIA ESCOLAR PRESENTARÁ AL DIRECTOR/A PROPUESTAS DE SANCIONES DE ACUERDO A LA GRAVEDAD DE LAS FALTAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR. QUIEN APLIQUE LAS SANCIONES A LOS ESTUDIANTES INVOLUCRADOS EN UN INCIDENTE SERÁ EL DIRECTOR/A DE ACUERDO A LO DESCRITO EN EL REGLAMENTO DE EVALUACIÓN INTERNA.

DE LA APLICACIÓN DE SANCIONES EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIENCIA ESCOLAR ESTABLECE LAS MEDIDAS DISCIPLINARIAS CORRESPONDIENTES A TALES CONDUCTAS QUE PUEDEN IR DESDE UNA MEDIDA PEDAGÓGICA HASTA LA CANCELACIÓN DE MATRÍCULA. LA APLICACIÓN DE SANCIONES ESTA CONTENIDA EN EL REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y DESCRIBE SANCIONES DESDE MEDIDAS PEDAGÓGICAS HASTA LA CADUCIDAD DE LA MATRÍCULA, TODO BAJO LA APLICACIÓN DE CRITERIO EN RELACIÓN A LA EDAD DE LOS INVOLUCRADOS.

EN EL CASO DE AGRESIONES FÍSICAS DE ESTUDIANTES A PROFESIONALES DEL EQUIPO DOCENTE Y DIRECTIVO, ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN U TORO MIEMBRO ADULTO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL HELLEN´S COLLEGE, DEBERÁN CONSTATAR LESIONES EN EL CENTRO DE SALUD CORRESPONDIENTE Y REALIZAR LA RESPECTIVA DENUNCIA A CARABINEROS, PDI U OTRO ORGANISMO, DE MANERA TAL, QUE SEA LA JUSTICIA ORDINARIA LA QUE INVESTIGUE LOS HECHOS DENUNCIADOS. DE DEBE CONSIDERAR LA EDAD DE LOS ESTUDIANTES Y LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MISMOS EN RELACIÓN A LA LEY PENAL JUVENIL Y LAS IMPLICANCIAS DE ELLO.

25

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

MONITOREO DE LOS PROCEDIMIENTOS ACORDADOS

LA SITUACIÓN SERÁ MONITOREADA DE MANERA DE EVALUAR EL CUMPLIMIENTO Y RESULTADOS DE LAS MEDIDAS APLICADAS. EN CASO DE SER EFECTIVAS, SE REGISTRARA EN EL LIBRO DE ACTAS SEÑALANDO LOS CAMBIOS PRESENTADOS POR EL O LOS ESTUDIANTES. POR EL CONTRARIO, SI LAS MEDIDAS FORMATIVAS Y DISCIPLINARIAS NO HAN SIDO EFECTIVAS, SE EVALUARÁ Y CONSIDERARÁ LA APLICACIÓN DE OTRAS MEDIDAS

EN CASO DE ABUSO SEXUAL

El abuso sexual es definido como cualquier actividad sexual entre dos o más personas sin consentimiento de una persona. El abuso sexual puede producirse entre adultos, de un adulto a un menor o incluso entre menores De las denuncias en casos de Abuso Sexual: a) el Artículo 175 del Nuevo Código Procesal Penal estipula que “Estarán obligados a denunciar (entre otros): Los directores, inspectores y profesores de establecimientos educacionales de todo nivel, los delitos que afectaren a los alumnos o que hubieren tenido lugar en el establecimiento. La denuncia realizada por alguno de los obligados en este artículo eximirá al resto”. b) El Artículo 176 del mismo Código Procesal Penal aclara que “Las personas indicadas en el artículo anterior deberán hacer la denuncia dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que tomaren conocimiento del hecho criminal. c) El Artículo 177 explica qué pasa si alguno de éstos no denuncia: “Las personas indicadas en el artículo 175 que omitieren hacer la denuncia que en él se prescribe incurrirán en la pena prevista en el artículo 494 del Código Penal, o en la señalada en disposiciones especiales, en lo que correspondiere. d) La situación de abuso sexual, una vez denunciada, deberá ser informada inmediatamente a la Oficina de Resguardo de Derechos de la Secretaría Ministerial de Educación. B. Del procedimiento en la atención del abuso sexual a) De un adulto a un niño: En caso de tratarse de un adulto que provoque Abuso Sexual a un niño o niña, y se encuentra formalizado, el Director o Directora, deberá cambiar de funciones al acusado, alejándolo del contacto con los niños, en tanto se lleva a cabo el proceso judicial.

26

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

b) En caso de Abuso Sexual entre menores de edad: Respecto de los supuestos responsables, se debe distinguir: Si se trata de menores de edad sin responsabilidad penal (-14) las autoridades del establecimiento deberán realizar la derivación para atención de especialistas. Si se trata de menores de edad, mayores de 14 años, serán investigados y eventualmente sometidos a proceso judicial, pero hay que recordar que toda persona es inocente hasta que una sentencia dicte lo contrario. Dependiendo de la gravedad del hecho y los antecedentes, se podrán adoptar medidas destinadas a proteger a las víctimas, como suspender al alumno indicado como agresor/a, cuando la víctima sienta, con su presencia, amenazada su integridad física o psíquica. Dicha suspensión deberá velar porque se mantengan los compromisos escolares del agresor y su derecho a la educación, esto es favorecer el estudiante tenga una atención en otro horario y desarrolle en su hogar tareas escolares. c) En todos los casos, se deberá llevar a cabo un sumario interno, a fin de contar con todos los antecedentes para colaborar con la investigación judicial que se realiza. d) Es importante considerar que el establecimiento debe contar con un profesional responsable del área, que realice y mantenga actualizada, tanto la elaboración de base de datos, como la derivación a redes de apoyo para atención psicosocial o en ámbitos de carácter preventivo, de salud mental y/o judicial.

27

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROTOCOLO PARA PREVENIR SUICIDOS ADOLESCENTES DENTRO DE NUESTRA COMUNIDAD ESCOLAR HELLEN’S COLLEGE

El suicidio adolescente está asociado a problemáticas complejas dentro del mundo interno de un joven. El suicidio y el intento de suicidio aumentan significativamente en la adolescencia. En esta etapa de la vida caracterizada por cambios físicos, psicológicos, hormonales y sociales los adolescentes se entrapan en la adquisición de nuevas responsabilidades, la toma de decisiones, la adaptación social, el cumplimento y desempeño escolar. Estos factores influyen en adolescentes que son vulnerables a estos cambios, creando en ellos sentimientos de angustia, desesperanza, baja tolerancia a la frustración, sentimientos de inferioridad, etc. Otro factor de riesgo importante en el suicidio y el intento de suicidio son los asociados a familias disfuncionales y dinámicas familiares caracterizada por la violencia, consumo de alcohol y/o droga, acontecimientos traumático en la primera infancia, comportamiento antisocial de la familia, divorcio o separación de los padres, muerte de una persona querida, accidente traumáticos de algún miembro de su familia, padres con excesiva autoridad e inadecuado manejo de las sanciones o castigos, término de una relación amorosa, cambio de colegio y del grupo de amigos, cuando no se obtienen los resultados esperados en los estudios, conflictos asociados a la identidad sexual, diagnóstico de enfermedades graves propias o de un ser querido, etc. Estos patrones caracterizan frecuentemente la situación del adolescente que intenta suicidarse.

INDICADORES QUE PERMITEN IDENTIFICAR RIESGOS DE SUICIDIO EN ESTUDIANTES Los siguientes indicadores facilitan la identificación de alumnos que albergan pensamientos o ideas suicidas: -

Bajas notables en las calificaciones Reiteradas inasistencias injustificadas Aumento de las anotaciones negativas Desmotivación en el aula. Desinterés para participar en las actividades cotidianas Aislamiento social Abulia durante la jornada de clases. Irritabilidad y poca tolerancia a sus pares Cambio en el comportamiento.

28

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

Si alguno de estos indicadores fuera identificado por profesor jefe, profesor de asignatura u otro profesional del establecimiento en contacto con los estudiantes, debe informar a la dupla compuesta por psicóloga y orientadora del establecimiento. Ambas profesionales deberán evaluar al alumno, derivar si es necesario a una red de apoyo con profesionales externos, citar apoderado y éste deberá firmar un documento comprometiéndose a realizar el tratamiento que corresponda según indicaciones médicas. Ambas profesionales son responsables de informar sobre esta situación a DIRECCIÓN y el Equipo de Gestión cuando corresponda.

PROTOCOLO DE EVALUACION DE LOS ALUMNOS CON RIESGO DE SUICIDIO O INTENTO DE SUICIDIO: -

Intentos de suicidios previos Sintomatología Depresiva Situaciones de riesgos asociada a esta decisión.

PROTOCOLO DEL MANEJO DE LOS ALUMNOS CON RIESGO DE SUICIDIO O INTENTO DE SUICIDIO: Capacitación de docentes y asistentes de la educación: Para disminuir situaciones asociadas al riesgo de alumnos con intentos de suicidios es importante que todos los profesionales que interactúan con los estudiantes sepan reconocer los indicadores antes mencionados. Para esto es necesario capacitar a los docentes y asistentes de la educación con el propósito de familiarizarlos con los conceptos asociados a esta problemática. Por ejemplo: Sintomatología depresiva, trastornos del ánimo, trastornos alimenticios, intervención en crisis, etc. Fortalecimiento de la autoestima de los estudiantes: es posible fortalecer la autoestima de los estudiante mediante el desarrollo de sus habilidades para la vida (sociales, emocionales, vocaciones, etc.) Las cuales se trabajaran durante sus años de estudio en los programas de orientación. Así también es esencial mantener relaciones de afecto y respeto dentro del aula y el establecimiento. Todo esto permite que el alumno desarrollo una identidad basada en valores que le permitan solucionar sus conflictos de forma empática y autónoma. Desarrollo de la expresión de emociones: comunicar asertivamente las emociones favorece el desarrollo adecuado de la personalidad. Lo cual ayuda a los individuos a resolver de mejor manera sus conflictos y por ende se toman mejores decisiones. Por este motivo es importante que los alumnos comuniquen lo que sienten, piensan o anhelan y sean escuchados con respeto.

29

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

RECOMENDACIONES Y SUGERENCIAS A LOS PROFESIONALES DE LA EDUCACIÓN. · · ·

· ·

Identificar estudiantes indicadores de riesgo y ofrecerles orientación y apoyo psicológico Formar lazos cercanos y de confianza con jóvenes hablándoles y tratando de entender y ayudar Ser observador y reconocer aspectos que comuniquen que el alumno está presentando ideación suicida a través de afirmaciones verbales y/o cambios en el comportamiento. Brindar oportunidades a estudiantes con mayor dificultad académica. Estar atentos a las inasistencias injustificadas e informar a quien corresponda.

30

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN Y USO DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS EN LA ASIGNATURA DE EDUCACIÓN FÍSICA – Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS EXTRAPROGRAMÁTICAS

Procedimientos para alumnos y alumnas desde pre-kinder a Cuarto Medio

1. Las clases de Educación Física, o Talleres deportivos extra programáticos como cualquier otra clase, están sujetas al marco de los Reglamentos y Protocolos internos del colegio. En consecuencia, la supervisión y disciplina es de responsabilidad del (la) profesor (a) o Monitor a cargo del curso. 2. El Establecimiento Educacional define e implementa prácticas que ayuden a prevenir el riesgo o daño de los estudiantes dentro del recinto escolar o al practicar actividades recreativas deportivas. Se procura el auto cuidado y se evita las actividades riesgosas tanto dentro como fuera del establecimiento. 3. El docente de Educación Física o Monitor del taller extra programático es el encargado del inventario de implementos deportivos (balones, redes, colchonetas, etc que se mantienen en bodegas destinadas a ese uso. Los arcos de fútbol, aros de basquetbol con base deben permanecer en el área destinada detrás de la cocina y con su respectivo anclaje o amarrado. 4. El Colegio ha determinado empotrar o amarrar todos aquellos implementos y estructuras deportivas que por su naturaleza o mal uso puedan ocasionar accidentes o que generen riesgos, por ejemplo los arcos de futbol y los aros de basquetbol deben permanecer siempre en un área que se dispuso detrás de la cocina, donde los alumnos tienen prohibición de ingresar. El profesor o Monitor debe retirar los candados que aseguran los arcos y trasladarlos junto a un auxiliar a la cancha o patio donde según lo planificado se realizará la práctica, en ese lugar se vuelven a fijar al suelo atornillado con pernos de anclaje y golilla. 5. Cuando finalice la actividad el mismo Profesor o Monitor a cargo junto a un auxiliar debe regresar los arcos al área destinada, dejándolos empotrados y amarrados al muro. 6. Existirá una supervisión eficiente y eficaz del Docente, Monitor o Asistente de la Educación dirigida hacia el adecuado comportamiento de los estudiantes, el uso de los materiales deportivos en clases de Educación Física, Talleres Extra-programáticos y recreativos.

7. Frente a cualquier observación, percepción, presunción de algún factor de riesgo en algún (a) estudiante, el docente o Monitor encargado deberá informar al encargado (a) de salud del colegio e Inspectoría General.

31

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

8. Cuando el alumno o alumna se exima de participar de la clase de Educación Física, Taller o actividad deportiva, ya sea por enfermedad circunstancial o permanente deberá presentar la comunicación escrita del padre o apoderado, o verificar que se encuentre informado en la ficha de matrícula o en Inspectoría general de su eximición en la asignatura. Mientras, el estudiante no realizará clases prácticas de Educación Física o actividad deportiva deberá permanecer resguardado en la Biblioteca junto al encargado realizando una actividad pedagógica designada por el profesor de Educación Física. 9. El profesor de Educación Física o Monitor de Talleres deportivos deberá revisar antes de cada actividad, el estado de los implementos deportivos. Frente cualquier anomalía, deberá avisar inmediatamente a Inspectoría General para posteriormente instruir al encargado de mantención y reparar los defectos. 10. Por lo tanto, tiene la responsabilidad de descartar aquellos implementos deportivos en mal estado, preocuparse por su mantención y buen uso y solicitar su reposición cuando sea necesario. 11. Durante el año escolar se entregará un díptico informativo promoviendo sobre el uso responsable y correcto del material deportivo y de los riesgos que corren los alumnos frente a su mala utilización. 12. Está estrictamente prohibido que los alumnos/as del establecimiento muevan, por sí solos, los implementos deportivos (Ej: arcos, arcos de básquetbol, mesas de ping-pong, taca taca, etc.)

32

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE O LESIONES

Todos los estudiantes de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollen sus actividades estudiantiles.



En el archivo del establecimiento educacional “HELLEN’S COLLEGE” deben estar registrados los datos de los estudiantes, así como dos números telefónicos de personas que servirán de contacto para avisar en caso de algún incidente. Es fundamental que los padres mantengan siempre actualizados sus números de contacto.



Tener especial atención en niños con problemas crónicos o cuidados especiales (alergias, afecciones cardiacas, etc.). Los padres deben mantener informados a los docentes, paradocentes y directivos estos casos particulares.



Conocer el lugar de atención de urgencias correspondiente al sector y edad del estudiante afectado.



Los botiquines en la pared son obsoletos, debe ser más fácil trasladar el botiquín que al lesionado.

1. En caso de accidente sufrido por un estudiante se debe llenar el formulario declaración de accidente escolar para que este pueda ser atendido en el servicio de urgencia del Centro Asistencial correspondiente cuando el caso lo amerite, dentro de las 72 horas de ocurrido. 2. Las lesiones o accidentes leves podrán ser atendidas en la enfermería del establecimiento educacional “HELLEN’S COLLEGE” 3. El formulario de declaración de accidente escolar puede ser llenado en el establecimiento educacional “HELLEN’S COLLEGE” por un paradocente o inspectora de patio, en el momento en que se accidentó, para ser presentado en el centro asistencial correspondiente. 4. Es responsabilidad del docente a cargo del estudiante en horas de clases, que lo lleve a enfermería e informe de la situación en coordinación de formación. 5. Si el accidente es de carácter grave, la dirección del colegio determinará su traslado sólo en ambulancia. No está permitido a ningún funcionario del colegio trasladar de manera particular a un alumno del colegio. 6. Los estudiantes que sufran accidentes de trayecto deben acudir al Centro Asistencial en forma inmediata al accidente consignando allí su calidad de estudiante, posteriormente podrá entregar el formulario correspondiente.

33

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

7. Los estudiantes que realicen salidas a terreno debidamente autorizadas e informadas anticipadamente al establecimiento educacional “HELLEN’S COLLEGE” tendrán derecho al seguro escolar. El profesor guía entregará una nómina de los estudiantes asistentes con las respectivas autorizaciones emanadas por los padres y/o apoderados, nombre de él o los docentes a cargo de la actividad. 8. Las actividades que realicen los estudiantes por su cuenta (deportivas, paseos, fiestas, etc.) no estarán cubiertas por el Seguro Escolar. CONSIDERANCIONES GENERALES • • • • • •

Por ningún motivo se debe almacenar combustibles dentro de la escuela. Se debe tener al menos dos extintores. En el área del laboratorio y casinos se revisaran periódicamente los químicos inflamables, así como las tuberías de gas. Se debe tener señalizada la escuela con las rutas de evacuación y punto de reunión. Evitar sobrecargar los enchufes con demasiadas clavijas. Si por algún motivo su ropa se llega a incendiar, no corra, al hacerlo lo único que logra es avivarlo, tírese al suelo y ruede hasta apagar el fuego.

Locaciones Hospitalarias del Establecimiento Educacional HELLEN’S COLLEGE: •

Desde los 4 años hasta los 14 años es en el Hospital Roberto del Río ubicado en Profesor Zañartu Nº 1085, Comuna de Independencia.



Desde los 15 años en adelante es en el Hospital San José, ubicado en San José Nº 1196, Comuna de Independencia.

34

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

DIAGRAMA DE PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE O LESIÓN

ACCIDENTE, LESIÓN O INCIDENTE

GUARDAR LA CALMA

INFORMAR A UN DOCENTE U/O PARADOCENTE EVALUACIÓN Y TOMA DE DECISIONES

LESIÓN LEVE

LESIÓN MENOS GRAVE

PRIMEROS AUXILIOS

AVISO A PADRE U/O APODERADO

VUELTA A CLASES Y AVISO A PADRES MEDIANTE COMUNICACIÓN

TRASLADO AL CENTRO ASISTENCIAL CON EL PADRE U/O APODERADO

ATENCIÓN ASISTENCIAL

35

LESIÓN GRAVE

AVISO A PADRE U/O APODERADO

TRASLADO EN AMBULANCIA AL CENTRO ASISTENCIAL

ATENCIÓN ASISTENCIAL

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

REGLAMENTO INTERNO DE BECAS

En cumplimiento de la normativa vigente, se elabora el siguiente Reglamento Interno de Becas, requisito obligatorio para los Establecimientos Educacionales adscritos al sistema de financiamiento compartido, el cual entrará en vigencia a contar del año escolar 2011. El Colegio Hellen´s College, RBD 10.344-6, con el objetivo y el ánimo de favorecer y estimular a aquellos alumnos/as con situación socio-económica insuficiente, por una parte, y por otra para premiar la excelencia académica y el mérito deportivo, artístico o cultural, implementa una normativa interna y propia, que regula y organiza un sistema de becas escolares a sus alumnos. Las postulaciones a exención de pago de mensualidad escolar se realizarán todos los años, en el mes de noviembre del año anterior al periodo por el cual se desea la exención. El haber recibido el beneficio durante un periodo, no asegura, bajo ninguna circunstancia, su obtención para el siguiente año académico. En el caso de las becas por desempeño académico, otorgadas para el año 2011, su asignación automática queda derogada y, para el periodo 2012 sólo se asignarán becas de este tipo por medio de postulación regular. 1. Fechas de postulaciones: Las postulaciones comenzarán el 02 de Noviembre del año anterior al periodo de exención, mediante el retiro y la devolución de los formularios elaborados para tal caso y la documentación de apoyo, y se extenderán hasta el 31 de marzo del año de exención. Sin embargo, se recomienda realizar las postulaciones en el periodo temprano correspondiente a noviembre – diciembre, ya que las exenciones de arancel tienen cupo limitado, el que corresponde al 15% de la matrícula total a marzo del año académico por el que se postula.

2. De los requisitos de postulación: Podrá postular al beneficio de la exención de arancel cualquier familia cuya situación socioeconómica sea deficitaria y cuyo rendimiento académico sea regular a destacado (Sobre promedio 6.0). Excepcionalmente se podrá becar a un estudiante, cuya familia postule a la exención de arancel, y que presente un desempeño destacado en el plano deportivo, perteneciendo a una “selección nacional” de algún deporte. También podrán postular, presentando todos los antecedentes, aquellas familias que tengan 3 ó más hijos en el Establecimiento Educacional, a las que, en caso de ganar la beca, se otorgará el descuento de la mensualidad de uno de los tres hermanos. Será requisito de postulación para todas las familias, el contar con un historial intachable de responsabilidad y compromiso de parte del apoderado.

36

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

3. De quienes no pueden participar en el proceso: No podrán postular a la exención de arancel de mensualidad, aquellos estudiantes: Que tengan las asignaturas de Lenguaje o Matemáticas con promedio final bajo 4.0 durante el año anterior al año de exención de arancel (Para postulaciones por desempeño académico) Que hayan sido sancionados en el ámbito disciplinario en el año escolar anterior. (Anotaciones negativas, condicionalidad, suspensión, etc.) Cuyos apoderados mantengan deudas en el colegio al momento de presentar su postulación, o hayan sido enviados a cobranza, ya que su continuidad estaría condicionada. Se considerará como puntaje extra a los alumnos que tengan más de un 95% de asistencia a clases en el periodo anterior al año de exención. (Considerando la jornada completa). Los alumnos y apoderados que no cumplan con estos requisitos serán automáticamente eliminados del proceso, a excepción de aquellos estudiantes que se encuentren en condición de vulnerabilidad, según lo dictaminado por la JUNAEB. 4. De los antecedentes de postulación: Los apoderados podrán postular al beneficio mediante la presentación de un formulario de solicitud, el cual podrán solicitar en Secretaría del Establecimiento. Además, deberá presentar los siguientes antecedentes, sin exclusión: Ficha de Protección Social con una antigüedad no superior a seis meses (Obligatorio para quienes postulan por condición social). Certificado de nacimiento del estudiante que postula. Fotocopia de la Cédula de identidad o certificado de nacimiento de todos los integrantes del grupo familiar. Certificado de estudios del padre y la madre. Comprobante de ingreso económico de los miembros del grupo familiar que lo perciban: liquidación de sueldo, liquidación de pensión (invalidez, familiar, asistencial), declaración de impuestos, fotocopia de libreta de depósito de pensión alimenticia, etc., de los 3 últimos meses. En caso de ser trabajador independiente, declaración jurada de ingresos y última declaración de impuestos. Fotocopia legalizada del finiquito de trabajo, si se encuentra cesante. Comprobante de pago de arriendo o crédito hipotecario (dividendo) o declaración jurada simple en caso de ser allegado. En caso de ser allegado, certificado de residencia del dueño de la casa en donde viven. Libreta de postulación al subsidio habitacional, sólo si se encuentra en proceso. Certificados médicos en caso de enfermedad crónica, limitante, operaciones u hospitalizaciones que demanden altos gastos, acreditados por médico competente. Certificado de A.F.P Fotocopia simple de la cédula de identidad del apoderado, por ambos lados. Comprobante de matrícula o pago de arancel del colegio o educación superior de los integrantes del grupo familiar, que correspondan al año. Fotocopia de gastos mensuales de los tres últimos meses (arriendo o dividendo, agua, electricidad, gas, teléfono, etc.)

37

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

Estimación de gastos mensuales en: salud, vestuario, educación, alimentación, transporte escolar, deudas, todo acreditado con documentos y boletas (completar planilla de Ingresos y Egresos entregada junto al formulario) En caso de pertenecer a FONASA tramo A, Chile Solidario y/o programa Puente, adjuntar antecedentes actualizados. Certificado de alumno regular de hermanos que estudien en otras escuelas, colegios o instituciones de educación superior. Cada postulación deberá adjuntar los documentos que acrediten y respalden la información solicitada en el artículo tercero del presente reglamento, cómo además cualquier otro documento que el postulante estime necesario incluir en su solicitud. Los documentos deben ser presentados en originales o fotocopias legalizadas ante notario y no serán devueltos después de terminado el proceso de becas. Cuando se postule por más de un estudiante, se deberá presentar una ficha de postulación por cada uno de ellos, anexando, en una copia, los papeles solicitados. Tanto la madre como el padre del estudiante, su apoderado legal o responsable del pago, mediante la postulación al beneficio de la exención de pago declaran que son responsables de la veracidad de la información entregada al colegio. El Colegio Hellen´s College se reserva el derecho de verificar la autenticidad y veracidad de los documentos e información proporcionada por los apoderados. Esto, es sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales correspondientes que puedan existir. Los apoderados que presenten documentos o información adulterada o falsa, automáticamente serán excluidos de postular a la eximición de arancel para el próximo año. Al momento de postular y entregar la documentación, es deber del apoderado asegurarse de que todos los antecedentes solicitados están presentes; la persona encargada de recepción sólo se limitará a admitir los documentos y en ningún caso será su responsabilidad revisar documentación o la falta de alguno de los papeles requeridos.

5. Comisión de análisis de antecedentes: Para la recepción, análisis de antecedentes y entrega de resultados, se constituirá una “Comisión de Calificación y Selección de Becas”, la cual estará conformada por las siguientes personas y cargos que desempeñan en el establecimiento: a) Sostenedor o quién designe. b) Director. c) Inspector general, orientador o Jefe de Unidad Técnica. d) Otros.

38

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

Estas personas u otras que designe el sostenedor del colegio, serán las responsables de analizar los datos de las postulaciones, asignando puntajes, según una escala determinada por Dirección, en los siguientes ítems: a. Situación socio económica. b. Rendimiento académico. c. Cantidad de hermanos en edad escolar. d. Enfermedades catastróficas o crónicas (acreditadas) e. Otros. Una vez asignado los puntajes, se le otorgará el beneficio de exención de pago de mensualidad escolar a aquellas familias que posean los puntajes más altos, llegando a un número de becados correspondiente al 15% de la población total de matriculados a marzo de 2012. Los resultados se entregarán la segunda semana de clases para aquellos estudiantes que postulasen hasta el 15 de enero y la primera semana de abril para aquellos que lo hiciesen entre el 15 de enero y el 31 de marzo. Sin prejuicio de lo anterior, el que una familia postule a una beca de arancel no significa que la obtenga automáticamente, aunque pertenezca a Programas de gobierno, ya que la asignación de becas se hace según tabla de puntajes. 6. De las apelaciones: Todo apoderado que hubiere presentado una solicitud de postulación y en caso de no estar de acuerdo con el resultado de su solicitud, puede hacer uso del recurso de apelación por escrito a la Dirección del Colegio, en un plazo no superior al 31 de marzo, para aquellas familias que presentaron sus postulaciones hasta el 15 de enero y, hasta el 20 de abril, para aquellos que presentaron su documentación hasta el 31 de marzo. En caso de ser necesario, Dirección citará a entrevista personal, en horario a determinar para recabar más antecedentes sobre el caso. La dirección traspasará los antecedentes al sostenedor o a quien delegue, y será quien resolverá en última instancia y sin derecho a recurso posterior, durante los 7 días hábiles siguientes. El presente Reglamento interno de Becas estará a disposición de quien desee informarse al respecto en la página Web del colegio, así como en el CD entregado en el proceso de matrícula. Para dar cumplimiento al artículo Nº59 del DSE Nº755/98, se enviará una copia al Departamento Provincial de Educación, cómo además cualquier modificación por parte de la Dirección del Colegio, la que tendrá vigencia a contar del periodo escolar siguiente.

39

Hellen’s College Avda. Independencia 4025 - Conchalí. Web :www.hellenscollege.cl Fono : 734 2516 RBD : 10344-6

7. En caso de retiro voluntario del colegio o de renuncia voluntaria a la exención de arancel: En caso de retiro voluntario del Colegio de un alumno beneficiado, o de renuncia voluntaria de un alumno a la beca, la Comisión deberá proveer de inmediato el cupo, asignándole a uno o más alumnos el porcentaje de exención vacante. Además, en caso de la renuncia a la exención de arancel, el apoderado deberá presentar una renuncia por escrito, en donde consigne su nombre completo, su RUN, el nombre y RUN del niño becado y la del apoderado que ejecuta la renuncia, además de las razones para hacerlo. También se entenderá como renuncia al beneficio, el hecho de que un apoderado, habiendo sido citado a firmar su comprobante de exención de arancel, no se presentase en la fecha estipulada para ello, asignándosele, inmediatamente, el beneficio a otra familia. En caso de que un estudiante, por el motivo que fuese, se retirase del colegio y volviese durante el mismo año u otro posterior, la beca asignada no se mantiene, debiendo postular su apoderado, si así lo quisiese, para el periodo académico posterior. 8. De la regularización de exención de pago de arancel: Todo apoderado favorecido deberá firmar Constancia obtención de beca, para hacer válido el beneficio, cumpliendo impostergablemente con la fecha designada por Dirección para ello, informada en la comunicación en donde se avise al apoderado sobre la obtención del beneficio. De no cumplir con este trámite en la fecha designada para ello, el Hellen’s College entenderá que el apoderado no está interesado en obtener el beneficio, por lo que inmediatamente se le asignará a otra persona. El Colegio Hellen´s, registrará en cada Comprobante de pago de escolaridad emitido, a aquellos alumnos beneficiados con una exención, el porcentaje de la beca otorgada.

Toda situación no prevista en el presente reglamento interno de becas, será resuelta en primera instancia por la Comisión de Becas, en segunda instancia por la Dirección en conjunto con el sostenedor del Establecimiento.

40

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.