R E U N I D O S E X P O N E N

1 CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE VALENCIA Y LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Y MURCIA DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE INGE

0 downloads 177 Views 154KB Size

Recommend Stories


E Z P E L E T A. P E R I O D I C O D E O P I N I O N I N D E P E N D I E N T E A L S E R V I C I O D E L A C O M U N I D A D Matrimonio Fugaz
199 j u n i O 2 0 0 9 C T 4 E UENCA5244 E L - F A X 2 5 6 - 2 5 4 8 Z P E L E T A E mi ciudad Z P E L E T A PERIODICO DEOPINIONINDEPENDIENT

M E N U D E I N V I E R N O Nro 1
M E N U D E I N V I E R N O Nro 1 A L M U E R Z O: Asado a la Parrilla, Chorizo y Morcilla - Ensalada de Zanahoria con Huevo duro. Postre: Ensalada de

d o s s i e r d e p r e n s a
dossier de prensa INDITEX ZARA KIDDY´S CLASS PULL AND BEAR MASSIMO DUTTI BERSHKA STRADIVARIUS OYSHO ZARA HOME INDITEX Inditex, uno de los ma

Story Transcript

1

CONVENIO ENTRE LA EXCMA. DIPUTACIÓN DE VALENCIA Y LA DELEGACIÓN TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD VALENCIANA Y MURCIA DEL ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE INGENIERÍA GEOMÁTICA Y TOPOGRÁFICA SOBRE AYUDAS PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE INGENIEROS TÉCNICOS EN TOPOGRAFÍA E INGENIEROS EN GEOMÁTICA Y TOPOGRAFÍA POR LAS ENTIDADES LOCALES

En Valencia a, _______________ REUNIDOS De una parte D. JORGE RODRÍGUEZ GRAMAJE, Presidente de la Diputación Provincial de Valencia, en nombre y representación de la misma, en virtud de lo dispuesto en el artículo 34.1 b) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en cumplimiento de lo acordado por Acuerdo Plenario de fecha 19 de noviembre de 2014, asistido por D. Vicente Boquera Matarredona, Secretario General de la Diputación, en el ejercicio de las funciones de fedatario público que le atribuye el artículo 92 bis 1 a) de la citada Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local. Y de otra el Sr. D. GABRIEL DONAIRE SALAS como Presidente-Delegado de la Comunidad Valenciana y Murcia del Ilustre Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica (en adelante COIGTVAL), nombrado mediante elecciones celebradas el 6 de Diciembre de 2014, actuando en nombre y representación del mismo. EXPONEN

1º.- Que desean atender las necesidades de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía en la provincia, mediante una acción coordinada que permita que, las Entidades Locales con menor capacidad económica y de gestión puedan utilizar sus servicios. 2º.- Y con este propósito en este sentido, acuerdan definir el procedimiento y condiciones para la contratación de servicios de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía por las Entidades Locales que lo precisen. Atendido que existe informe favorable de Intervención de fecha xx unido al expediente. . Para ello otorgan el presente Convenio a tenor de las siguientes

2

CLÁUSULAS PRIMERA.- La Diputación de Valencia y el COIGTVAL, participarán y subvencionarán la contratación de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía para la prestación de servicios en las Entidades Locales de la Provincia que así lo soliciten y deseen acogerse a lo dispuesto en este Convenio. SEGUNDA.- El propósito que pretenden las partes con la prestación de servicios de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía a las Entidades Locales, es atender a las necesidades de éstos en los aspectos técnicos relacionados con: actualización catastral en coordenadas UTM, control geométrico de lindes entre términos municipales, deslindes, medición de parcelas, control y generación del cartográfico municipal, creación y gestión de sistemas de información geográficos (SIG), replanteos de PAI, viales así como de alineaciones y rasantes.

TERCERA.- El COIGTVAL elaborará anualmente una relación de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía que deseen prestar sus servicios a las Entidades Locales con arreglo a las condiciones de este Convenio se formará previa convocatoria al efecto del Colegio. En esta .relación se incluirán los datos de titulación y experiencia profesional con la Administración.

CUARTA.- Las Entidades Locales que deseen acogerse a este Convenio deberán solicitarlo a la Diputación, con indicación del titulado que propongan, de entre los que formen parte de la relación indicada en la Cláusula anterior. Dicha petición será atendida en función de las posibilidades presupuestarias de ambas instituciones. En la medida de lo posible, se evitará que un mismo Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía preste de forma simultánea, los servicios previstos en el presente convenio, a más de cuatro Entidades Locales; en el caso de que así fuere, se aplicará una reducción del 20% en los honorarios previstos en la cláusula sexta para cada uno de los contratos suscritos, siempre que en su conjunto excedan del citado número. QUINTA.- Las Entidades Locales e Ingenieros Técnicos en Topografía o Ingenieros en Geomática y Topografía que establezcan su relación contractual de servicios al amparo de este Convenio, deberán someterse al modelo de contrato que la Diputación y el COIGTVAL aprueban en este acto y se inserta al final de mismo como ANEXO. La duración del contrato será de un año como máximo con un cómputo de cincuenta semanas al año, y en todo caso finalizará el día 31 de diciembre de 2016.

3

Para la prestación de servicios técnico-administrativos, el contrato tipo citado que se suscriba tiene el carácter de encargo de los mismos durante su tiempo de vigencia. En caso de que se rescindiera el contrato por cualquier causa, la Entidad Local deberá notificarlo a la Diputación de Valencia y al COIGTVAL dentro del plazo de 15 días hábiles. Los servicios que prestará el Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía contratado a la Entidad Local serán todos aquellos inherentes a la función informativa, asesora y dictaminante que se corresponde con las titulaciones profesionales del Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía, devengando los honorarios que en función de su dedicación se pactan en este Convenio. De modo explicativo se enumeran los trabajos que se realizarán por los Ingenieros Técnico en Topografía a solicitud de las Entidades Locales: a)

Gestión cartográfica del municipio: Adaptación de toda la cartografía municipal al RD 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España. Paso de ED50 a ETRS89. A partir del 1 de enero de 2016, todos los proyectos, toda la cartografía y bases de datos de información georreferenciada únicamente se podrá producir, compilar y publicar en ETRS89. Creación, gestión y uso de sistemas de Información Geográficos (S.I.G) para fusionar en un mismo programa las diversas bases cartográficas del municipio y de los diferentes departamentos de la Entidad Local junto con toda la información alfanumérica municipal susceptible de ser geoposicionada sobre estos. Implantación de Infraestructura de Datos Espaciales municipal de acuerdo con la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre infraestructuras y los servicios de información de España. Como ejemplos, podemos destacar, la elaboración de planos municipales para señalización de la policía y servicios de la Entidad Local. Planos de lugares de interés y turísticos del municipio puestos en Internet, según la normativa, para conseguir turistas e inversiones. Implantación de geoportal municipal, sistema de información geográfico online a disposición pública para consultas, geolocalización o notificación de deficiencias municipales (colaboración ciudadana), entre otros servicios, disponible cartografía y servicios tanto para equipos de escritorio como dispositivos móviles (teléfonos móviles y tablets). Seguimiento histórico mediante georreferenciación de cartografías, fotografías aéreas y/o ortofotos del municipio para detección de construcciones ilegales o edificaciones sin licencia, antigüedades de las construcciones, seguimiento de unidades de ejecución, etc.

4

Delineación, edición e impresión de diferente tipo de cartografía y planos: parcelas, manzanas, polígonos industriales, obras.

b)

Gestión catastral del patrimonio municipal existente: Emisión de informes de titularidad de parcelas de rústica y urbana, así como gestión en dichos cambios (titularidad, cultivo, altas, bajas, reformas, ampliaciones etc.). Emisión de informes de valoración catastral de parcelas de rústica y urbana. Apoyo a los procesos de regularización catastral. Mediación con la gerencia regional o empresas privadas para este fin. Colaboración revisando las incidencias encontradas por la empresa, contrastar con la información obrante en la oficina técnica, aportar nuevas incidencias (sobre todo reformas y datos de inspección de obras). Apoyo en los procedimientos catastrales de valoración colectiva (ponencias de valores). Colaboración en la elaboración de la zonificación, búsqueda de testigos, georreferenciación de planeamiento vigente con cartografía catastral, inmuebles omitidos, elaboración de FXCC, valoración catastral, estudiar e informar sobre la linea SUNAU y resto de informes. Gestión y replanteo de deslindes en coordenadas U.T.M. ETRS89 con actualización cartográfica del catastro, acorde al convenio firmado entre Catastro y e Ilustre Colegio de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía.

c)

Delimitación de la propiedad y del territorio: Deslinde y delimitación de la propiedad así como derechos sobre esta (servidumbres) en bienes de naturaleza rústica y urbana. Aplicación del protocolo y pliego de condiciones técnicas para la recuperación y mejora geométrica de las líneas límite jurisdiccionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, Ministerio de Fomento aprobado el 6 de junio 2012 en la Comunidad Valenciana. 7 de febrero 2013 a nivel nacional como únicos técnicos expertos en la delimitación del territorio.

5

d)

Gestión urbanística y de servicios: Control de la cartografía para desarrollo de planes generales, parciales y otros, colaboración en la redacción de dichos planes y control del desarrollo de estos. Control geométrico de las obras licitadas por la Entidad Local: control de deformaciones y desplazamientos, volumetría, etc. Replanteo de alineaciones, y rasantes de vías públicas. Georreferenciación de todos los Planes provinciales derivados de obras y subvenciones otorgadas a la Entidad Local a través de la Diputación de Valencia. Geolocalización e inventario de los permisos de ocupación de vía pública para una correcta recaudación y gestión de históricos y estadísticas. Emisión de informes sobre delimitaciones de PGOU de municipios colindantes, sobre la cartografía que integra diferentes planes como el Plan de Acción Territorial de Infraestructura Verde y Paisaje de la Comunidad Valenciana, PATRICOVA, etc. Recopilación y actualización de cartografías de las redes de saneamiento, agua potable, baja tensión, situación de contenedores, etc. Emisión de informes de valoración, supervisión y/o comprobaciones sobre licencias de actividades presentadas.

e)

Control, gestión y mantenimiento de encuestas e inventarios: Control del inventario municipal de bienes inmuebles y muebles. Mantenimiento y gestión de la web EIEL municipal (Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales).

f)

Asesoramiento técnico: Colaboración en la elaboración de todas las ordenanzas municipales en las que intervenga cualquier tipo de cartografía o elementos susceptibles de ser geolocalizables y con posterioridad, emisión de informes y actualización de la cartografía en cumplimiento de dichas ordenanzas. Asesoramiento a las comisiones informativas y órganos decisorios de la corporación en cuantos acuerdos tengan que adoptar.

6

g) Dictámenes, peritaciones, informes, actuaciones técnicas, valoraciones y tasaciones en asuntos judiciales, oficiales y particulares. h)

Cualquier otra que en futuro pueda conveniarse..

Asimismo, podrá atender en el campo de su competencia y fuera de las horas pactadas de dedicación semanal, las necesidades municipales de redacción de proyectos y dirección de obras que la Entidad Local les encargue devengándose los honorarios que se convengan, usando como referente los baremos establecidos con carácter de referencia por el COIGTVAL.

7

La Entidad Local deberá poner en conocimiento del COIGTVAL dichos encargos. Se recuerda que existe una incompatibilidad total para ejercer la profesión a nivel privado en todo el término municipal, (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de personal al Servicio de las Administraciones Públicas). No se podrán contratar los servicios de los profesionales que incurran en alguna de las causas del artículo 60 del RDL 372011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba la ley de Contratos del sector público. SEXTA.- La Diputación y el COIGTVAL colaborarán económicamente para subvencionar el coste de contratación de los Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía así seleccionados por las Entidades Locales de la Provincia. Esta colaboración variará según la situación de la Entidad Local en los grupos establecidos en función de su número de habitantes. Se atenderá prioritariamente a las Entidades Locales de menor volumen de población y recursos, según los criterios que para cada ejercicio apruebe la Diputación de Valencia. La clasificación establecida en el cuadro contempla: - Los grupos de Municipios por volumen de población. - El coste anual de contratación en función de las horas de dedicación según baremos de referencia. - Los porcentajes de participación de las Entidades Locales, y la Diputación. Las horas de dedicación por semana de los Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía

HONORARIOS A PERCIBIR Municipio GRUPO A GRUPO B Habitantes HASTA 2.000 DE 2.001 A 5.000 Coste Total Anual 3.826 6.121 Porcentajes AYTO. DIP. AYTO. DIP. Participacion 40% 60% 70% 30% Coste Horas semanales

1.530

2.296

2 HORAS

4.285

1.836

4 HORAS

Mancomunidades Se aplican los baremos establecidos al grupo B En estos honorarios está incluido el IVA. Los costes de estas prestaciones se actualizarán en los ejercicios sucesivos, de acuerdo con el índice de precios al consumo.

8

SÉPTIMA.- Los pagos resultantes del contrato se efectuarán del siguiente modo: - Los correspondientes a la Entidad Local los abonará ésta directamente al Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía contratado. - Los correspondientes a Diputación serán transferidos semestralmente a la Entidad Local, la cual los abonará posteriormente al Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía contratado. - Los visados correspondientes a los trabajos realizados por el Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía serán abonados por el COIGTVAL. OCTAVA.- Los Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía cuyos servicios se arrienden por las Entidades Locales, recibirán una información colegial previa al comienzo de su trabajo que cubra las funciones usuales de un Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía Municipal. Asímismo, dispondrán de los servicios jurídicos, informativos, urbanísticos, técnicos y de todo orden que ofrece el COIGTVAL a sus colegiados, en cuanto les sea de necesidad para el normal desarrollo de sus funciones. El Área de Asesoramiento Municipal de la Diputación, a través del Servicio de Asistencia Técnica, prestará la ayuda e información que precisen los Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía en el desempeño de sus funciones. El COIGTVAL y la Diputación velarán por la correcta realización de los trabajos de los profesionales acogidos al presente Convenio y para ello efectuarán el correspondiente seguimiento, pudiendo solicitar al Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía información sobre los trabajos que lleve a cabo.

9

NOVENA.- Para el seguimiento y coordinación de las actuaciones derivadas el presente Convenio, se constituirá una Comisión integrada por dos representantes de la Diputación y dos del Colegio, a designar por las respectivas Instituciones, que se reunirán cada vez que lo solicite una de las partes.

DÉCIMA.- El presente Convenio entrará en vigor el día 1 de enero de 2016 y finalizará el 31 de diciembre del mismo año. EL PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN

EL PRESIDENTE DEL COIGTVAL

JORGE RODRÍGUEZ GRAMAJE

GABRIEL DONAIRE SALAS

EL SECRETARIO GENERAL

VICENTE BOQUERA MATARREDONA

1

ANEXO CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS ENTRE LA ENTIDAD LOCAL Y EL INGENIERO TÉCNICO EN TOPOGRAFÍA O INGENIERO EN GEOMÁTICA Y TOPOGRAFÍA

En

El día

de 2016

Reunidos de una parte D. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de y de otra EL INGENIERO TÉCNICO EN TOPOGRAFÍA O INGENIERO EN GEOMÁTICA Y TOPOGRAFÍA D/Dª N.I.F.: con domicilio en

DICEN Que la Entidad Local y el Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía convienen mediante el presente contrato de prestación de servicios a tenor de los artículos 1254 y 1544 del Código Civil, y concordantes, del Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía compareciente, el cual llevará a cabo su prestación profesional con la Entidad Local contratante, en los términos que se relacionan en las siguientes ESTIPULACIONES

PRIMERA - La Entidad Local contrata los servicios del Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. Este contrato de prestación de servicios se establece al amparo del Convenio de colaboración suscrito entre la Diputación de Valencia y el COIGTVAL.

SEGUNDA - Los servicios que prestará el Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía contratado a la Entidad Local serán todos aquellos inherentes a la función informativa, asesora y dictaminante que se correspondan con la titulación profesional del Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía. De modo explícito se enumeran los trabajos que se realizarán por los Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía a solicitud de los municipios:

2

a) Gestión cartográfica del municipio: Adaptación de toda la cartografía municipal al RD 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España. Paso de ED50 a ETRS89. A partir del 1 de enero de 2016, todos los proyectos, toda la cartografía y bases de datos de información georreferenciada únicamente se podrá producir, compilar y publicar en ETRS89.

Creación, gestión y uso de sistemas de Información Geográficos (S.I.G) para fusionar en un mismo programa las diversas bases cartográficas del municipio y de los diferentes departamentos de la Entidad Local junto con toda la información alfanumérica municipal susceptible de ser geoposicionada sobre estos. Implantación de Infraestructura de Datos Espaciales municipal de acuerdo con la Ley 14/2010, de 5 de julio, sobre infraestructuras y los servicios de información de España. Como ejemplos, podemos destacar, la elaboración de planos municipales para señalización de la policía y servicios de la Entidad Local. Planos de lugares de interés y turísticos del municipio puestos en Internet, según la normativa, para conseguir turistas e inversiones. Implantación de geoportal municipal, sistema de información geográfico online a disposición pública para consultas, geolocalización o notificación de deficiencias municipales (colaboración ciudadana), entre otros servicios, disponible cartografía y servicios tanto para equipos de escritorio como dispositivos móviles (teléfonos móviles y tablets). Seguimiento histórico mediante georreferenciación de cartografías, fotografías aéreas y/o ortofotos del municipio para detección de construcciones ilegales o edificaciones sin licencia, antigüedades de las construcciones, seguimiento de unidades de ejecución, etc. Delineación, edición e impresión de diferente tipo de cartografía y planos: parcelas, manzanas, polígonos industriales, obras. b)

Gestión catastral del patrimonio municipal existente: Emisión de informes de titularidad de parcelas de rústica y urbana, así como gestión en dichos cambios (titularidad, cultivo, altas, bajas, reformas, ampliaciones etc.). Emisión de informes de valoración catastral de parcelas de rústica y urbana. Apoyo a los procesos de regularización catastral. Mediación con la gerencia regional o empresas privadas para este fin. Colaboración revisando las incidencias encontradas por la empresa, contrastar con la información obrante en la oficina técnica, aportar nuevas incidencias (sobre todo reformas y datos de inspección de obras).

3

Apoyo en los procedimientos catastrales de valoración colectiva (ponencias de valores). Colaboración en la elaboración de la zonificación, búsqueda de testigos, georreferenciación de planeamiento vigente con cartografía catastral, inmuebles omitidos, elaboración de FXCC, valoración catastral, estudiar e informar sobre la línea SUNAU y resto de informes. Gestión y replanteo de deslindes en coordenadas U.T.M. ETRS89 con actualización cartográfica del catastro, acorde al convenio firmado entre Catastro y e Ilustre Colegio de Ingenieros Técnicos en Topografía e Ingenieros en Geomática y Topografía.

c)

Delimitación de la propiedad y del territorio: Deslinde y delimitación de la propiedad así como derechos sobre esta (servidumbres) en bienes de naturaleza rústica y urbana. Aplicación del protocolo y pliego de condiciones técnicas para la recuperación y mejora geométrica de las líneas límite jurisdiccionales de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, Ministerio de Fomento aprobado el 6 de junio 2012 en la Comunidad Valenciana. 7 de febrero 2013 a nivel nacional como únicos técnicos expertos en la delimitación del territorio.

d)

Gestión urbanística y de servicios: Control de la cartografía para desarrollo de planes generales, parciales y otros, colaboración en la redacción de dichos planes y control del desarrollo de estos. Control geométrico de las obras licitadas por la Entidad Local: control de deformaciones y desplazamientos, volumetría, etc. Replanteo de alineaciones, y rasantes de vías públicas. Georreferenciación de todos los Planes provinciales derivados de obras y subvenciones otorgadas a la Entidad Local a través de la Diputación de Valencia. Geolocalización e inventario de los permisos de ocupación de vía pública para una correcta recaudación y gestión de históricos y estadísticas. Emisión de informes sobre delimitaciones de PGOU de municipios colindantes, sobre la cartografía que integra diferentes planes como el Plan de Acción Territorial de Infraestructura Verde y Paisaje de la Comunidad Valenciana, PATRICOVA, etc. Recopilación y actualización de cartografías de las redes de saneamiento, agua potable, baja tensión, situación de contenedores, etc.

4

Emisión de informes de valoración, supervisión y/o comprobaciones sobre licencias de actividades presentadas. e)

Control, gestión y mantenimiento de encuestas e inventarios: Control del inventario municipal de bienes inmuebles y muebles. Mantenimiento y gestión de la web EIEL municipal (Encuesta de Infraestructura y Equipamientos Locales).

f)

Asesoramiento técnico: Colaboración en la elaboración de todas las ordenanzas municipales en las que intervenga cualquier tipo de cartografía o elementos susceptibles de ser geolocalizables y con posterioridad, emisión de informes y actualización de la cartografía en cumplimiento de dichas ordenanzas. Asesoramiento a las comisiones informativas y órganos decisorios de la corporación en cuantos acuerdos tengan que adoptar.

g) Dictámenes, peritaciones, informes, actuaciones técnicas, valoraciones y tasaciones en asuntos judiciales, oficiales y particulares. h)

Cualquier otra que en futuro pueda conveniarse..

TERCERA - La prestación de estos servicios se desarrollará durante un día a la semana con un máximo de prestación de horas, con un cómputo de cincuenta semanas al año. CUARTA - El coste de la prestación de servicios que resulta de los baremos de referencia, asciende a ………. (IVA incluido), que será a cargo de las entidades en los porcentajes y cantidades que se indican:

ENTIDAD Diputación Entidad Local Colegio

%

IMPORTE

visado

Cuando el INGENIERO TÉCNICO EN TOPOGRAFÍA O INGENIERO EN GEOMÁTICA Y TOPOGRAFÍA preste, de forma simultánea, servicios a más de cuatro Entidades Locales, se aplicará una reducción del 20% en los honorarios para cada uno de los contratos suscritos.

Los pagos resultantes del contrato se efectuarán del siguiente modo: -

Los correspondientes a la Entidad Local los abonará ésta directamente al Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía contratado.

5

-

Los correspondientes a Diputación serán transferidos a la Entidad Local el último mes de cada semestre, la cual los abonará posteriormente al Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía contratado.

-

Los visados correspondientes a los trabajos realizados por el Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía serán abonados por el COIGTVAL. Si la Entidad Local rescindiera el contrato unilateralmente, antes de cumplido el plazo anual fijado, deberá resarcir al Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía en un importe correspondiente a la mitad del total de la cantidad que le restase percibir durante dicho período. Caso de que el Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía rescindiera el contrato unilateralmente antes de cumplido el plazo anual fijado, no tendrá derecho a los honorarios del semestre en cuestión y será excluido de las listas de titulados confeccionadas en ejecución del Convenio, pudiendo el COIGTVAL incoar el correspondiente expediente disciplinario. En caso de que se rescindiera el contrato por cualquier causa, la Entidad Local deberá notificarlo a la Diputación de Valencia y al. COIGTVAL dentro del plazo de 15 días hábiles.

QUINTA – Asímismo, podrá atender en el campo de su competencia y fuera de las horas pactadas de dedicación semanal, las necesidades municipales de redacción de proyectos y dirección de obras que la Entidad Local les encargue devengándose los honorarios que se convengan, usando como referente los baremos establecidos con carácter de referencia por el COIGTVAL. La Entidad Local deberá poner en conocimiento del COIGTVAL dichos encargos. Se recuerda que existe una incompatibilidad total para ejercer la profesión a nivel privado en todo el término municipal, (Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de personal al Servicio de las Administraciones Públicas). No se podrán contratar los servicios de los profesionales que incurran en alguna de las causas del artículo 60 del RDL 372011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba la ley de Contratos del sector público. SEXTA - El seguimiento del desarrollo de la prestación de servicios encomendada se hará por la Comisión integrada por parte de la Diputación por el Jefe del Servicio de Asistencia a los Municipios y el Jefe de Servicio de Asistencia Técnica y por parte del COIGTVAL por el Vocal delegado y un Ingeniero Técnico en Topografía o Ingeniero en Geomática y Topografía del mismo. El Ingeniero Técnico en Topografía e Ingeniero en Geomática y Topografía contratado dará cuenta del desarrollo de su trabajo a los organismos colaboradores en este contrato. cuando se le solicite.

6

De existir diferencias en la ejecución o interpretación del contrato, antes de recurrir a la vía judicial se acudirá a la mediación de la Diputación y el COIGTVAL. En prueba de total conformidad con lo pactado, firman los comparecientes con la asistencia del Secretario de la Entidad Local, por duplicado y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados. EL ALCALDE

EL TECNICO CONTRATADO

FDO:

FDO:

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.