RED POR UNA AMERICA LATINA LIBRE DE TRANSGENICOS BOLETÍN Nº 284. CRÓNICA DE UNA PROHIBICIÓN GENÉTICAMENTE ANUNCIADA La alfalfa RR)[1]

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RED POR UNA AMERICA LATINA LIBRE DE TRANSGENICOS

BOLETÍN Nº 284

CRÓNICA DE UNA PROHIBICIÓN GENÉTICAMENTE ANUNCIADA La alfalfa RR)[1] En Estados Unidos, la alfalfa es el tercer cultivo de mayor importancia. Su producción comprende unos 8,4 millones de hectáreas y genera 8 mil millones de dólares por año, siendo el cuarto cultivo de mayor extensión después del maíz, la soja y el trigo. En noviembre de 2004 Monsanto presentó una petición (anexo 1.1) al Servicio de Inspección de Salud Animal y Vegetal (APHIS), que es una dependencia del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA), para que a sus líneas de alfalfa genéticamente modificadas Roundup Ready (RR) sean consideradas como “no reguladas”. Hasta entonces, dichas líneas se mantenían bajo el estatus de “reguladas” por el USDA, lo cual impide que un cultivo sea comercializado y sembrado en gran escala. La alfalfa de Monsanto era el primer cultivo perenne genéticamente modificado en ser comercializado, lo cual presentaba riesgos especialmente ambientales, agrícolas y económicos. A raíz de dicha petición, que se hace pública a través de los Registros Federales de la Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos, La WORC (Organización Occidental de Concejos de Recursos), una red de base regional que comprende seis estados y 9,500 miembros, presentó un documento al USDA y el APHIS (anexo 2), donde solicitaban que no se “desregulara” la alfalfa RR hasta después de que se realizara una apropiada Evaluación de Impacto Ambiental (EIA), que la misma se pusiera a disposición de la opinión pública y se respondiera a las interrogantes que surgieran. Añadía que la EIA realizada anteriormente, respecto a la decisión de permitir la comercialización de la alfalfa RR, tenía errores e insuficiencias. Sin embargo, en junio de 2005, el USDA aprobó la venta comercial de la alfalfa RR (anexo1.2), lo cual llevó a la WORC y otras organizaciones (Center for food safety, Organic valley) a interponer una demanda judicial, mientras se realizaba una campaña de información y cuestionamiento de los riesgos que surgieron. En febrero de 2006, una Corte Federal aceptó la demanda para rescindir la desregulación de la alfalfa RR, donde se argumentaba que la decisión aprobatoria del USDA fue “arbitraria y caprichosa”, y que se equivocó al establecer los riesgos para la salud pública, económicos y sociales al permitir su comercialización.

Un año después, la Corte estableció (anexo 3.1), por primera vez en la historia, que el USDA (o sea, una agencia gubernamental) violó la Ley al no cumplir las leyes federales ambientales cuando aprobó el cultivo genéticamente modificado sin haber conducido un completo EIA. En lo que sería un precedente crucial, la Corte falló a favor de los agricultores, consumidores y ambientalistas en que la alfalfa RR constituye “una amenaza para el sustento de los agricultores y un riesgo para el ambiente”. Poco después, en marzo de 2007 (anexo 3.2), la Corte del Distrito Federal en San Francisco emitió un mandato judicial para detener toda comercialización de alfalfa RR y que, aquellos que ya habían comprado semillas, no las sembraran. En mayo de 2007 (anexo 3.3) la Corte confirmó que la aprobación hecha por el USDA en 2005 fue ilegal, y ordenó que se prohíba toda comercialización de la semilla hasta que se efectúe un completo EIA. Actualmente, en los Registros Federales la alfalfa RR de Monsanto está nuevamente “regulada” (anexo 1.3), y se ha convocado a la opinión pública para elaborar el enfoque del EIA (anexo 1.4). Anexo 1. Los Registros Federales del caso “alfalfa Roundup Ready” La Agencia de Protección Ambiental de Estados Unidos (EPA) es una entidad gubernamental “responsable de investigar y establecer los estándares nacionales para una diversidad de programas ambientales”[2] Dentro de la EPA se encuentra el Registro Federal (Federal Register), que “es la publicación diaria de normas, normas propuestas y noticias de las Agencias Federales. Contiene los textos completos de documentos que tienen que ver con asuntos ambientalmente relacionados”. La información que se presenta a continuación, son los sumarios de las disposiciones tomadas por la EPA respecto a la alfalfa genéticamente modificada Roundup Ready, de Monsanto. 1.- Registro Federal (F.R.), volumen 69, # 226, Noviembre 24, 2004. Monsanto Co. y Forage Genetics International; Disponibilidad de Petición y Estudio Ambiental para la Determinación de Estatus No Regulado para la Alfalfa Genéticamente Desarrollada para la Tolerancia al Herbicida Glifosato. “Hacemos público que el APHIS ha recibido la petición de Mosnanto Company y Forage Genetics International buscando la determinación de estatus no regulado para la alfalfa designada como J101 y J163, que han sido genéticamente desarrolladas para la tolerancia al herbicida glifosato”[3] . 2.- Registro Federal (F.R.), volumen 70, # 122, Junio 27, 2005. Determinación Disponible del Estatus de no Regulada para la Alfalfa Genéticamente Desarrollada para la Tolerancia al Herbicida Glifosato, de Monsanto Company y Forage Genetics International. “...hacemos pública nuestra determinación de que las líneas de alfalfa ( ) J101 y J163 ( ) genéticamente desarrolladas ( ), no son consideradas más como artículos regulados”[4]. 3.- F.R. volumen 72, # 56, Marzo 23, 2007. Retorno al Estatus de Regulado de la Alfalfa Genéticamente Desarrollada para la Tolerancia al Herbicida Glifosato. “...hacemos público que la Corte Distrital de Estados Unidos ( ) ha cesado la determinación del APHIS, de junio 2005, de estatus de no regulado respecto a las líneas de alfalfa ( ) J101 y J163... El efecto de de esta acción es que dichas alfalfas, conocidas como alfalfa Roundup Ready, son consideradas nuevamente artículos regulados bajo las regulaciones de la APHIS () y que los requerimientos pertinentes a los artículos bajo dichas regulaciones aplicarán a la alfalfa objeto y su progenie”[5]. 4.- F.R. volumen 73, # 4, enero 7, 2008. Estudio De Impacto Ambiental; Determinación Del Estatus Regulado De La Alfalfa Genéticamente Desarrollada Para La Tolerancia Al Herbicida Glifosato. “Estamos haciendo público que el APHIS tiene la intención de preparar un estudio de impacto ambiental, respecto a hacer una determinación del estatus de las líneas de alfalfa ( ) J101 y J163, como artículos regulados. Esta notificación identifica

problemas potenciales y alternativas que serán estudiadas en el estudio de impacto ambiental y solicita la opinión pública para delinear el enfoque de los problemas y las alternativas regulatorias”[6]. Anexo 2. Comentarios a la alfalfa Roundup Ready de Monsanto[7] NOTA: Este es un extracto traducido de las observaciones presentadas por la WORC (enero 2005) al Servicio de Inspección de Salud Animal y Vegetal (APHIS), con motivo de la evaluación a la petición presentada por Monsnato para “desregular” su alfalfa Roundup Ready (RR). “El APHIS debería preparar un Estudio de Impacto Ambiental respecto a su decisión sobre si desregular la alfalfa Roundup Ready de Monsanto. El EIA debería analizar los potenciales impactos económicos del lanzamiento comercial del cultivo en los productores norteamericanos de alfalfa y ganado. El APHIS no debería desregular estas nombradas alfalfas hasta que haya preparado un EIA preliminar, haber proveído la oportunidad para comentarios públicos, y haber respondido a los comentarios en un EIA final. La única discusión económica del Impacto Ambiental del APHIS está limitado al análisis de la producción de alfalfa RR y de alfalfa orgánica, y es deficiente. Primero, asume que la responsabilidad de prevenir la contaminación de la producción orgánica recae en el productor orgánico, en lugar del productor de esta variedad de alfalfa o los agricultores que la cultivan. Segundo, se equivoca al evaluar en si y cómo la segregación de la alfalfa GM de la alfalfa convencional es posible. El APHIS falló al evaluar, requerir o describir los pasos que Monsanto o aquellos que compran y plantan su alfalfa RR pueden tomar para minimizar o eliminar la contaminación de los cultivos vecinos la limitar el esparcimiento de plantas voluntarias. Tercero, el EA asume que el único problema potencial de los productores orgánicos es si y cómo ellos pueden continuar siendo certificados como orgánicos. El APHIS ignora la pregunta separada y distinta de si la alfalfa contaminada con genes de la alfalfa de Monsanto pueden ser comercializadas como producción orgánica. El APHIS no ha considerado los impactos en ningún productor agrícola más que los productores de alfalfa orgánica o los productores de germinados. Los sectores de la industria agrícola y productores alimenticios que pueden ser adversamente afectados con la introducción y dispersión de alfalfa RR incluyen productores de carne y ganado; productores "naturales" de lomo, carnero; y productores convencionales y orgánicos de miel. El EA se equivoca al analizar la aceleración potencial en el desarrollo de malezas resistentes a Roundup. La adopción masiva de la tecnología RR en maíz y soja ha llevado a problemas crecientes de resistencia a Roundup. La siembra masiva de alfalfa RR empeorará el problema, especialmente si es usada en rotación con otros cultivos RR. La creciente resistencia a Roundup llevará al uso de herbicidas con relativamente mayores impactos ambientales, e incrementará los costos tanto para los agricultores adaptados y no adaptados. El APHIS debería preparar un estudio de impacto ambiental que considere los potenciales costos ambientales y económicos del incremento de malezas resistentes a Roundup. El EIS debería examinar si, cómo y a qué costo la alfalfa RR puede mantenerse separada de las alfalfas convencionales, orgánicas y otras y henos que contienen alfalfa. El EIS debería examinar los costos económicos de la contaminación a productores de semillas de alfalfa, grass, heno, miel, ganado, carne, leche y otros alimentos orgánicos, naturales y convencionales”. Anexo 3. Las decisiones judiciales del caso alfalfa RR 1.- Decisión del juez en la demanda impuesta ante el USDA[8] . El análisis se refirió al Acta Nacional de Política Ambiental y en su análisis consideró tres puntos (la transmisión

de genes a alfalfa no genéticamente desarrollada, el desarrollo de malezas de alfalfa resistentes a herbicidas y el uso incrementado de glifosato). “El Acta Nacional de Política Ambiental (NEPA) requiere que una agencia federal, como el Servicio de Inspección de Salud Animal y Vegetal (APHIS) prepare un detallado Estudio de Impacto Ambiental (EIA) para toda “mayor acción Federal que significativamente afecte la calidad del ambiente humano”. ( ) El NEPA asegura que la agencia tendrá disponible y considerará cuidadosamente información detallada concerniente a impactos ambientales; además garantiza que la información relevante estará disponible para la audiencia (pública). Un EIA es requerido por una agencia, en el orden de que permite explorar, más profundamente que un Estudio Ambiental (EA), las consecuencias ambientales de una acción propuesta, cuando "preguntas sustanciales surgen sobre si un proyecto puede causar una degradación (ambiental) significativa. Estas son exactamente las circunstancias de este caso". Preguntas sustanciales han surgido sobre si (1) la desregulación de la alfalfa Roundup Ready sin ninguna restricción geográfica pueden llevar a la transmisión de los genes desarrollados a alfalfa orgánica y convencional; (2) la posible extensión de dicha transmisión; y (3) la posibilidad de los agricultores para proteger sus cultivos de adquirir los genes genéticamente desarrollados. Preguntas sustanciales también han surgido sobre el alcance al cual la alfalfa Roundup Ready contribuirá con el desarrollo de malezas resistentes a Roundup, especialmente cuando de consideran en conjunto con los cultivos actualmente desregulados y próximosa-ser desregulados, y sobre cómo los agricultores podrán identificar dichas malezas. La APHIS falló al contestar estas preguntas sustanciales, concluyendo, por el contrario, que cualquier impacto ambiental es insignificante, porque la transmisión de genes es el problema de los agricultores orgánicos y convencionales, y que las malezas siempre desarrollan resistencia a los herbicidas. Como tales respuestas no son "convincentes" y no demuestran que la agencia tomó un enfoque riguroso en los potenciales impactos ambientales de su decisión de desregulación, la moción del pleito para el juicio sumario en su reclamo ante el NEPA en el que se requiere al APHIS preparar un EIA es OTORGADA”. 2.- Requerimiento judicial deteniendo la venta de semillas de alfalfa GM y el establecimiento de cultivos[9] . Siguiendo a la decisión mencionada anteriormente. “Según el memorándum del 13 de febrero, 2007, la Corte concluyó que los defendidos federales violaron el Acta de Protección Ambiental Nacional (NEPA), al fallar en preparar el estudio de impacto ambiental (EIA) antes de desregular la alfalfa Roundup Ready. Concordantemente, la decisión de los defendidos federales en junio 2005 de desregular la alfalfa Roundup Ready es CESADA y la alfalfa Roundup Ready es nuevamente un artículo regulado. Los defendidos federales deberán establecer la información apropiada, notificando a los vendedores de alfalfa Roundup Ready y agricultores de que nos se sembrarán semillas de alfalfa Roundup Ready después del 30 de marzo, 2007. [ ] Todas las ventas de semilla de alfalfa Roundup Ready están prohibidas, hasta que la Corte expida una suspensión permanente del mandato judicial”. 3.- Orden del juez al USDA para que prohíba toda plantación posterior de de semilla GM hasta que se lleve a cabo un completo EIA del cultivo[10]. “Después de revisar cuidadosamente la voluminosa evidencia de los defendidos, incluyendo la evidencia suministrada por la réplica de los intermediarios, así como la evidencia de los litigantes, la Corte declina en permitir la expansión del mercado de alfalfa Roundup Ready mientras el APHIS lleva a cabo el análisis que debió haber preparado antes de haber permitido la introducción no autorizada del cultivo en primera instancia. Sosteniendo que el APHIS violó el NEPA, la Corte concluyó que el APHIS falló en analizar adecuadamente el riesgo de flujo de genes y a qué escala, si la hubiera, se pueden implementar medidas que efectivamente prevengan dicha contaminación. Aunque el APHIS ha demostrado que tomará aproximadamente dos años preparar un EIA, sostuvo que durante el mes que siguió a la orden de juzgamiento sumario de esta Corte llevó a

cabo un análisis suficientemente adecuado para concluir que si esas condiciones propuestas son impuestas por la Corte, el flujo de genes no ocurrirá, al menos en ningún grado significativo, y que por ello la Corte debería permitir la expansión del mercado de alfalfa Roundup Ready pendiente de la preparación del EIA por el APHIS. La Corte no está persuadida. Por las razones explicadas arriba, la moción de los intermediarios para la reconsideración del mandato preliminar es DENEGADO. La Corte emite un juicio final (1) cesando la decisión de desregulación de junio 2005; (2) ordenando al gobierno preparar un EIA antes de tomar una decisión en la petición de Monsanto para desregulación; (3) prohibiendo la plantación de cualquier alfalfa Rpundup Ready en los Estados Unidos después de marzo 30, 2007 hasta que el gobierno complete el EIA y la decisión en la petición de desregulación; y (4) imponiendo las condiciones de arriba en el manejo e identificación de la alfalfa Roundup Ready ya sembrada”. NOTAS: [1] Revisión hecha por Eduardo Montoya Tapia. Red de Agricultura Ecológica del Perú. Febrero, 2008. [2] http://www.epa.gov [3] http://www.epa.gov/EPA-IMPACT/2004/November/Day-24/i3315.htm [4] http://www.epa.gov/fedrgstr/EPA-IMPACT/2005/June/Day-27/i3323.htm [5] http://www.epa.gov/fedrgstr/EPA-PEST/2007/March/Day-23/p5344.htm [6] http://www.epa.gov/fedrgstr/EPA-SPECIES/2008/January/Day-07/e25662.htm [7] Fuente: http://www.worc.org/pdfs/WORC%20EA%20Alfalfa%20Comments%20105.pdf [8] http://www.cand.uscourts.gov/cand/judges.nsf/61fffe74f99516d088256d480060b72d/055 28e50cbd9a1c78825728200027954/$FILE/6-1075%20Geertson.pdf [9] http://www.worc.org/pdfs/136%20Preliminary%20Injunction%20Order.pdf [10] http://www.worc.org/pdfs/Doc%20199%20Perm%20Injunction%20Order%205-307.pdf

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