REFLEXIONES SOBRE EL PROCESO DE PARTICIPACION CIUDADANA EN VENEZUELA; GESTION DE LOS RECURSOS HIDRICOS EN EL ESTADO BOLIVAR SÁNCHEZ-TORRES Becker ( *, ***); ROSALES Judith (**) y VILORIA-AGUILERA Yumelis (***) (*)
Departamento de Estudios de la Ciencia, Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC). Km 11 Autopista de la Panamericana Estado Miranda, Venezuela (**) Centro de Investigaciones Ecológicas de Guayana, Universidad Nacional Experimental de Guayana (UNEG) Urb. Chilemex CP 8015-A Puerto Ordaz, Venezuela. (***) Secretaria de Participación Popular y Desarrollo Social Gobernación del Estado Bolívar, Torre Continental Mz Ofic. 1 y 2, Puerto Ordaz, Venezuela.
[email protected]
Resumen Este trabajo tiene como objeto sistematizar los procesos organizativos ocurridos en Venezuela en la figura de los Consejos Comunales como una instancia organizativa que se incorpora en la estructuras de las políticas públicas en Venezuela; desde la reforma Constitucional de 1999 y la Ley de Consejos Comunales de 2006, accesorios jurídicos estos, que dieron un vuelco a la gestión pública; hecho éste que impulso un proceso de aprendizaje y construcción social con las comunidades para la gestión de los recursos hídricos entre otras áreas competentes de estas nuevas organizaciones comunitarias. En este sentido, a fin de obtener una reconstrucción socio-histórica de los procesos de organización, se recurrió a una revisión de la normativa legal promulgada para este fin y a la realización de entrevistas en profundidad a voceros y miembros de los Consejos Comunales, con el fin de sistematizar las experiencias logradas por la comunidades en la gestión local y específicamente las referidas al tema del agua. En este sentido se concluye que: i) los aspectos jurídicos y normativos son un instrumento fundamental para los procesos de participación ciudadana, ii) las acciones y estrategias de las instituciones de Estado son capaces de acelerar o retrasar estos procesos, y iii) que los niveles de participación ciudadana han incrementado la efectividad en la gestión local y han contribuido a la gestión del agua en el estado Bolívar, propiciando una relación bidireccional entre las comunidades y las instituciones gubernamentales. Palabras Claves: Recursos Hídricos, Participación Ciudadana, Consejos Comunales, Gestión Local.
1. Introducción Es innegable que en Venezuela se ha incrementado exponencialmente la participación en Consejos de Planificación, tanto en Consejos Locales de Planificación Pública, los Consejos Parroquiales, y recientemente la creación de la figura de gestión local denominada Consejos Comunales, que se constituye en el centro de enlace con estructuras ya existentes en la comunidad tales como Cooperativas, Consejos de Protección Social, Mesas técnicas de agua, Medios Comunitarios, Comités de tierras urbanas y rurales, Movimientos de las misiones sociales, Ruedas de negocios, Organizaciones no gubernamentales (ONG) y universidades entre otros organismos, igualmente se constituye en un actor público que incursiona en el gobierno local y es entendido como una estructura con la que los entes públicos y privados deben articular. Y esto es consecuencia de que la República Bolivariana de Venezuela, se dio a sí misma una Constitución que consagra el derecho de los ciudadanos y ciudadanas a participar en los asuntos públicos no solo a través de representantes elegidos, sino con la participación. Nos referimos a la Democracia participativa y protagónica en la que las comunidades, conjuntamente con las autoridades locales regionales y nacionales, tienen el derecho y el deber de formular, ejecutar, controlar, y efectuar seguimiento a las políticas públicas. Ya no se trata de un momento (el sufragio) sino de una actividad permanente de construcción social que exige proactividad, formación, planificación, capacidad de negociación, diálogos continuos del pueblo o de la gente, y la participación y el seguimiento por parte de todos los ciudadanos. La democracia participativa implica un cambio de cultura en la conciencia del
pueblo, su ejercicio exige centrar la acción en una ética de continuo crecimiento individual y colectivo. Se trata de instaurar en la práctica una nueva visión del participar en los niveles local, regional y nacional. Estos procesos participativos (EL-Troudi y Bonilla, 2005) surgieron desde el planteamiento en el que se fundamentaron los objetivos establecidos para el “Equilibrio social” contenido en las Líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación 2001-2007, posteriormente, cuando se inició el proceso de organización de los Consejos Comunales se articuló con el objetivo de este plan nacional, que preveía la necesidad de alcanzar la justicia social desde un fortalecimiento de lo público con el fin de ampliar y profundizar la democracia social en todos los campos que le conciernen, como la educativa, de alimentación, de salud, la de la vivienda, la cultural, la recreacional y la de la seguridad. Teniéndose como líneas de acción: a) Garantizar el disfrute de los derechos sociales en forma universal y equitativa, b) Mejorar la distribución del ingreso y la riqueza como principal expresión del interés colectivo cuando éste toma progresivamente las decisiones claves para su desarrollo y c) Fortalecer la participación social y generar el poder ciudadano a fin de producir la apropiación de lo público como espacio de interés y acción ciudadanos. Igualmente este proceso consideraba el principio fundamental para la democracia participativa y protagónica establecida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), como es el caso de la corresponsabilidad, entendida como la relación entre el estado y la sociedad en su conjunto, vista ésta, como el legítimo y efectivo poder ciudadano de participación y protagonismo y lo que se expresa como control social de las intervenciones del Estado. Así la corresponsabilidad debe expresarse a través de: a) la formulación, ejecución y evaluación de las políticas públicas y b) la rendición de cuentas, en el sentido de que si los consejos del pueblo definen un presupuesto participativamente, y exigen el cumplimiento de los proyectos planificados, las posibilidades de cambiar los destinos de los dineros públicos se reduce significativamente. Bajo estos preceptos surge el proceso de organización y conformación de los Consejos Comunales en cada una de la comunidades de Venezuela, como resultado del cambio social y bajo una visión transformadora, que denota un sentido de corresponsabilidad del colectivo, y que persigue un cambio en las actitudes y aptitudes de los ciudadanos y ciudadanas, sin embargo, éste proceso conllevó el esfuerzo y la participación de todos los actores sociales, que se fueron sumando a esta propuesta nacional que se inició en la constituyente en su espíritu legislativo, y que se hizo tangible con una propuesta de Ley de Consejos Comunales en el año 2005 y su aprobación y ejecución en el año 2006, periodo durante el cual, el país entero, sus componentes institucionales y el pueblo continuaron con la construcción de un nuevo país en base al aprendizaje diario en lo referido a la conformación de estos Gobiernos Comunitarios. Actualmente, luego de las fases descritas y los resultados alcanzados por la comunidades en su gestión local, se presentan en este artículo los hechos que propiciaron el proceso de participación ciudadana en Venezuela, en base a las experiencias obtenidas por dos figuras organizativa como los son los Consejos Comunales y la Mesas Técnicas de Agua que han contribuido significativamente en la gestión local en Venezuela y específicamente en esta oportunidad se hace referencia a los logros alcanzados en la gestión de los recursos hídricos en el estado Bolívar. 2. Materiales y Métodos En base al objetivo planeado para este trabajo se recurrió a una reconstrucción socio-histórica de los procesos de organización mediante una revisión de la normativa legal promulgada para este fin y la descripción de los hechos vinculantes que se complementaron con la percepción de los actores claves mediante la realización de entrevistas en profundidad a voceros y
miembros de los Consejos Comunales (Comunidades), con el fin de sistematizar las experiencias logradas por las comunidades en la gestión local y específicamente las referidas al tema del agua en el estado Bolívar. 3. Resultados 3.1. Antecedentes y desarrollo del nuevo marco jurídico venezolano para la participación. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra en sus textos; que todos los ciudadanos tienen derecho a la participación (Art. 62) y, se crearán los organismos para la descentralización y transferencia de competencias de las comunidades organizadas (Art. 184). En este sentido, en la Construcción del modelo democrático en Venezuela la Constitución de 1999, recoge y expresa los elementos característicos de este nuevo modelo. Es así que se, establece el marco de una sociedad democrática, participativa, protagónica, multiétnica y pluricultural en un estado social de justicia y derecho donde todas las ciudadanas y ciudadanos están comprometidos en la construcción del nuevo Estado, a diferencia de la Constitución de 1961 que la precedía cuyo espíritu implicaba tan solo, una democracia representativa para algunos espacios de la gestión pública local, estadal y nacional. Se entiende que la democracia ha sido definida tradicionalmente como gobierno del pueblo, sin embargo, la mayoría de los países del mundo han entendido por democracia lo que se conoce como democracia representativa. En este modelo los ciudadanos y ciudadanas transfieren, a través del voto, su soberanía a unos representantes. La democracia representativa ha sido utilizada a lo largo del tiempo para justificar que una minoría ejerza el poder sobre la mayoría. En Venezuela este modelo adquiere su expresión formal con la Constitución de la República de Venezuela sancionada en 1961 que limitaba la participación y el protagonismo del soberano en los asuntos de interés público. El proceso constituyente desarrollado en Venezuela desde 1999, ha replanteado el debate sobre otro modelo de Democracia: la Democracia Participativa y Protagónica, cuyo eje fundamental es la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promulgada en 1999 y es definido como una nueva forma de democracia marcada por la participación libre y activa de los ciudadanos y ciudadanas en la formulación, ejecución y control de la gestión pública como mecanismo necesario para lograr el protagonismo que garantice el completo desarrollo, individual y colectivo (Art.62 CRBV). Asi se tiene que la participación es una conducta ante la vida, una determinación consciente y militante. La Constitución Bolivariana en su Art. 5, establece que la soberanía reside en el pueblo, pero este mandato supone una disposición del ciudadano para involucrarse en acciones y decisiones que le permitan consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la sociedad con los órganos del Poder Público, para gobernar y compartir responsabilidades en la gestión pública. El marco legal e institucional de nuestro país establece principios y valores; referentes para la transformación y construcción de un nuevo Estado y una nueva forma de gobernar, que encamine el país hacia un modelo de democracia participativa y protagónica. Aspectos como la Participación Protagónica Corresponsable, es un principio, entendido como derecho y deber Socio Político, que establece una interrelación entre seres humanos para favorecer su desarrollo integral, mediante una actividad y capacidad para intervenir en los asuntos públicos, los cuales están establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así se exige que los ciudadanos se involucren permanentemente de manera profunda, amplia y organizada, alrededor de todo lo que por hecho y derecho les pertenece en los órdenes Social, Político, Cultural, Territorial, Ético, Económico y Productivo.
Adicionalmente, la Participación y Contraloría Social, se constituyeron en los espacios sociales, productivos y participativos que se inician y/o consolidan en el ámbito nacional desarrollados en los distintos procesos de contraloría social destinados a verificar lo exigido y cumplido en los planes y programa, propuestas de trabajos y distintas leyes. Las comunidades se están generando acciones de control, vigilancia y evaluación para garantizar se respeten los lineamientos y se cumplan los objetivos de los programas sociales y productivos. Dónde aspectos tales como; a) La disposición y voluntad de Ciudadanos y Ciudadanas, b) La conciencia del poder colectivo, c) La conciencia del poder originario, d) el conocimiento real de la situación política, social, económica, ambiental, territorial, entre otras, e) el significado de las virtudes públicas: dignidad colectiva, soberanía, respeto individual y colectivo, y honestidad entre otras y f) la perseverancia que garantice un tránsito seguro para lograr la organización comunitaria, se constituyen en condiciones que determinan y garantizan la Participación (Martín y Basagoiti, 2004) En este sentido, se considera que en la actualidad se confrontan unos posibles peligros en un contexto donde tendencias como la democracia participativa destruye a una democracia representativa y el nuevo orden de construcción social para la toma de decisiones se basa en un amplio debate sobre la credibilidad, así la participación es vista como; i) una condición necesaria para evitar la resistencia social y la desconfianza hacia las instituciones (argumento instrumental), ii) la tecnocracia es incompatible con los valores democráticos (argumento normativo), iii) los juicios de los no expertos suelen ser tan razonables y pertinentes como los de los expertos (argumento sustantivo), elementos estos que son tomados en el marco de los procesos de gobernabilidad (Sosa, 2004; Vargas, 2007), en tal sentido describe la participación como; los procesos de inclusión y transparencia mediante la participación ciudadana que han alcanzado un gran impulso y se ha visto reflejadas en diferentes legislaciones y como parte de las políticas públicas de algunos países entre sus preceptos está; i) el derecho a ser informado y ii) el derecho a participar, sin embargo, es considerada todavía como un reto en esferas de modelos de desarrollo poco sustentables (Sánchez-Torres y otros 2006) En el contexto venezolano se han procurado y adicionado ciertos medios de Participación y Protagonismo, que han permitido el desarrollo del proceso de inclusión ciudadana, y corresponsabilidad social en la nueva visión del Poder Popular (Simoza y otros 2006). Asi también, para la construcción de un Estado controlado por la sociedad, fue imprescindible la formación política y técnica de los Ciudadanos y Ciudadanas, orientando más no controlando la intención y disposición que logre que el común de las personas se instruya y tenga herramientas mínimas para participar en los procesos políticos, económicos y sociales que vive el país, en este sentido; uno de los mecanismos implementados han sido las Misiones Bolivarianas1, que han facilitado los procesos de inclusión y ha contribuido a mejorar la calidad de vida de los venezolanos, y que como criterio político, la participación ciudadana es el medio que introduce cambios para enfrentar situaciones de desigualdad y exclusión social. Asi surge, la necesidad del perfil del nuevo Ciudadano venezolano, en este sentido se procuró que los procesos formativos no-formales y formales incluyesen aspectos que conlleven a los ciudadanos y ciudadanas: a) ser sensible y responsable, b) tener visión integral, c) reconocer su contexto (hacer diagnósticos), d) poseer fortaleza moral y honestidad, e) ser crítico en la 1 Son los nombres dados por el presidente de Venezuela, Hugo Chávez, a una serie de misiones y programas sociales implementadas en su gobierno, en si no es la denominación oficial. Las misiones Bolivarianas se subdividen en tres grandes grupos: en el aspecto educativo, en el aspecto alimentario y servicios básicos, y otras misiones que incluyen la mejora de las condiciones de las etnias minoritarias y marginadas y garantiza la inclusión de los más vulnerables en el sistema social previsto a nivel nacional.
interpretación, f) estar dispuesto para la organización y la formación, g) tener conocimiento amplio de la legislación vigente, h) tener capacidad para definir y programar acciones personales y colectivas, i) ser creativo, j) desechar la cultura de la queja, k) estar dispuesto para el dialogo y respetar la opinión de los demás, l) dispuesto para delegar responsabilidades. 3.2. Promoción y Fortalecimiento de la participación popular en la gestión pública a través de los Consejos Comunales Venezuela desde el punto de vista territorial y político-administrativo, se organiza en estados: Distrito capital, Dependencias Federales y Territorios Federales. El territorio se organiza en Gobernaciones y éste a su vez en Municipios (Art.16 de la CRBV). La conformación de los Municipios es en Parroquias y muchas parroquias se dividen en subsectores según el número de habitantes. Sin embargo, la experiencia nos indica que la verdadera participación se da en espacios geográficos menores. La gente ha venido identificando estos espacios con el término de comunidad2, donde suelen organizarse para discutir algunos casos y resolver algunos de los problemas por cuadra, escalera, callejón, vereda, bloque, o edificio. Referidos a la organización comunal al emprender el trabajo organizativo en una comunidad se tomó en cuenta las características específicas de cada una de ellas, en consideración a que existen comunidades con importantes tradiciones organizativas y de lucha, que cuentan con un sinnúmero de organizaciones tales como el comité de Tierra urbana, Comité de Salud, Centro Cultural, Misiones Educativas, y Mesas de Técnicas de agua. En referencia a las Mesas Técnicas de Agua están son consideradas las primeras experiencias dadas en Venezuela con un contenido de participación legitima desde las comunidades quienes se han promocionado desde hace aproximadamente 10 años y que han sido la respuesta organizada de la comunidad a cualquier problema o carencia en lo que al servicio de agua potable y saneamiento se refiere (Arconada, 2005), que fueron institucionalizadas a través de un trabajo articulado con las hidrológicas del estado venezolano, y que han representado la legitimidad de la voluntad popular de incluirse en los procesos de gestión de agua potable y saneamiento. Estas organizaciones se estructuraron inicialmente mediante agrupaciones ciudadanas que mediante el censo, el croquis, los diagnósticos participativos, la priorización de la problemática del agua en su comunidad y el intercambio de saberes con los técnicos de las hidrológicas, han logrado resolver problemas complejos como apalear las consecuencias del desastre de Vargas y el colapso de la presa sobre el río El Guapo, entre otras tantas experiencias alcanzadas y que en conjunto legitimaron a las Mesas Técnicas de Agua como instancia de organización con capacidad de dar respuesta en base al intercambio de saberes, pues fueron sus conocimientos que le permitieron coadyuvar a resolver innumerables problemas asociados al agua en sus comunidades. Cabe mencionar que no todas las comunidades cuentan con esta forma de organización, y es válido en razón a que existen algunos comunidades que cuentan con pocas organizaciones y otros que quizás no cuentan con ningunas, para ello se procuró que las comunidades propicien la articulación con las organizaciones existentes o promover aquellas que sean necesarias en base a su diagnostico comunal. En los años posteriores y durante el trabajo que vienen realizando estas organizaciones en Venezuela y en base a estas y otras experiencias ya se gestaba en Venezuela una figura que le daría el carácter legal a la participación ciudadana. Es asi, como en el 2005 con la propuesta 2
Es el espacio geográfico que reúne a un reducido número de familias y que adicionalmente posee las siguientes características a) que se conocen entre sí y pueden relacionarse fácilmente, b) que pueden reunirse sin depender del transporte, c) que comparten una historia común y las mismas tradiciones culturales y de lucha, d) que usan los mismos servicios públicos, e) que comparten problemas similares económicos, sociales, urbanísticos.
de Ley de los Consejos Comunales se inicio un debate que rompió los espacios de la asamblea nacional y que simultáneamente ya en las calles surgía la pregunta ¿Qué es el Consejo Comunal?, para responder esta interrogante en un proceso de construcción social, el gobierno y todos los actores sociales contribuyeron a su definición, asi se fue vislumbrando como una organización más avanzada que pueden construir los vecinos de una determinada comunidad para asumir el ejercicio real del poder popular, es decir, para poner en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. La Constitución de la República faculta a la asamblea de ciudadanos y ciudadanas como instancia de control y participación ciudadana. Los Consejos Comunales, (CC) por tanto se convirtieron en la expresión organizativa de las asambleas de ciudadanos en el ámbito de una pequeña comunidad y posteriormente la Ley de Consejos Comunales, LCC (2006) en su Art. 2 la definió así: Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social. Asi se tiene que cuando decimos que es la organización más avanzada, es porque permite articular a todas las organizaciones existentes multiplicando los resultados de su accionar. Allí donde existen varias organizaciones estas suelen estar desarticuladas: cada una por su lado, tiene su propio Plan de trabajo y no se interesan por lo que hacen las otras organizaciones. Por lo que a efectos de promover experiencias de diagnóstico participativo se buscó que cada comunidad constituya un consejo comunal. Dicha organización debería incluir a todos los miembros de la comunidad, independientemente del sector al que pertenezcan o al área donde desarrollen su actuación (deporte, cultura, activismo político, voluntariado social, misiones, comités, y las mesas técnicas de agua entre otras organizaciones ya mencionadas). La Asamblea de Ciudadanos y de Ciudadanas (Art. 4 N.5 LCC) es la instancia primaria para el ejercicio del poder, la participación y el protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para el consejo comunal respectivo, donde el poder no reside en el consejo sino en la asamblea y la misma está conformada por las personas que habitan en esa área geográfica y que se reúnen para tratar acerca de los asunto de su interés. Es allí donde deben tomarse las decisiones y se debe desarrollar el plan de gestión local de la comunidad. Es ella donde se eligen a los voceros y la voceras3 que conforman el CC. Se tiene que constitucionalmente, las decisiones que tome el CC tienen carácter vinculante. Es decir, obligan a los gobernantes locales a incorporales a su gestión, siempre y cuando, tales mandatos no violenten el ordenamiento jurídico vigente, contravengan los planes de desarrollo locales elaborados participativamente o establezcan compromisos imposibles de asumir por la municipalidad. Sin duda, el proceso de organización y consolidación de los CC como unidad de gobierno y de gestión en Venezuela como se esquematiza en la imagen 1, no solo ha causado ruido, sino que la experiencia lograda tanto para las comunidades, como para los entes de gobiernos y el colectivo han sobrepasado las expectativas, y es impresionante su incidencia en el orden social, económico y político del país.
3
Son las personas electas en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, para cada comité de trabajo, de reconocida solvencia moral, trabajo comunitario, con capacidad de trabajo colectivo, espíritu unitario y compromiso con los intereses de la comunidad, a fin de coordinar todo lo relacionado con el funcionamiento del Consejo Comunal, la instrumentación de sus decisiones y la comunicación de las mismas ante las instancias correspondientes (Art. 4 N.9 LCC)
Imagen 1: Esquema del proceso de gestión local Consejos Comunales como Gobierno Comunal y sus interrelaciones actuales con las estructuras públicas del Gobierno Venezolano (Elaboración propia,2008)
3.2.
Los Consejos Comunales y la Mesas Técnicas de Agua en el estado Bolívar; su gestión en los temas relacionados al recurso hídrico.
Como se ha descrito, el proceso de organización comunitaria en CC no ha sido consecuencia de un deseo o un soplo político o de una pretensión ilusa de jugar a un desafío de un esquema de gobernabilidad anunciado o deseado, más bien, ha sido un quiebre en la visión tangible de la gestión local, actualmente 30.000 CC (Velásquez, 2007) están presentes en las gestiones públicas venezolanas, ya todos los actores los consideran en sus gestiones. Lo CC son quienes conocen sus problemas y potencialidades, y quienes indican el norte de las asignaciones presupuestarias y suman contribuciones al nuevo país que se construye desde las bases. Al inicio de la propuesta de LCC, todos los entes de estado competentes principalmente a) el gobierno central mediante el Ministerio del Poder Popular para la Participación y la Protección Social, b) las Gobernaciones, y c) las alcaldías, eran quienes por competencia se vieron inmersos en los procesos de orientación y formación de las comunidades a fin de que logren este cometido. En lo particular en el estado Bolívar, conformado por 11 municipios y con una población de 1.214.846 habitantes, y una tasa de crecimiento promedio anual de 2,8% (INE, 2001), actualmente se han conformado 1877 Consejos Comunales de una meta prevista de 2000 CC para este estado y se están desarrollando y ejecutando proyectos ideados y derivados de sus respectivas asambleas de ciudadanos y ciudadanas, en acciones de corresponsabilidad para la ejecución de dichos proyectos, en cuanto a su estructura organizativa cada CC cuenta con un banco comunal que recibe los recursos económicos del estado y ejecuta las proyectos financiados (no reembolsables), una unidad independiente de contraloría social realiza las acciones de control previo, durante el desarrollo y posterior a la ejecución del proyecto y es quien en conjunto a la asamblea de ciudadanos y ciudadanas dan fe de la actuación administrativa y del que se genera una suerte de finiquito de ejecución de proyecto denominado rendición de cuentas, que es un requisito entre otros, para poder acceder a los recursos económicos del próximo proyecto contemplado en su plan de desarrollo local. En este sentido es importante revisar lo expresado por Ismael Morales Nuñez vocero del CC Indígena, Pawipa en el Municipio Raúl Leoni quien expreso; Ahora nuestras familias tienen agua y nuestros niños (29) ya no se enferman de paludismo, nuestros niños tienen una escuela y nuestro consejo comunal, ya tiene algunas ideas proyectos, como que cuando
construyamos nuestras viviendas con los recursos del proyectos, podremos desarrollar el turismo […]. Para agosto de 2008 ya se contaban con 1470 proyectos aprobados y la distribución de los proyectos son diversos van desde proyectos para mejorar infraestructuras, para el desarrollo de actividades socio productivas y para solventar problemas de índole sociales. Específicamente de proyectos relacionados al tema de agua se han reportando un 24% del grueso de estos proyectos. Adicionalmente, a los CC se les han asignados otros recursos que provienen directamente de entes del estado nacional y que con procedimientos similares a los descritos pueden acceder a recursos financieros y técnicos, cumpliendo ciertas especificidades del tipo de proyectos solicitados, así ya se tiene que las comunidades han obtenido recursos para viviendas y desarrollo urbanísticos, entre otros tipos de proyectos especiales, relacionados al tema de agua en el estado Bolívar se han financiado proyectos a 73 comunidades en el estado a través de las mesas técnicas de agua e Hidrobolívar. En tal sentido tenemos al ciudadano Pedro Debore miembro del CC La Urbana del Municipio Sucre quien manifestó […] en una asamblea de la comunidad, planteamos los proyectos de nuestra comunidad y decidimos ejecutar primero un proyecto para la perforación de un pozo de agua, no teníamos un abastecimiento adecuado de agua, este proyecto lo hicimos realidad[ ..], en este caso particular no fue la mesa técnica de agua quien desarrollo el proyecto, sin embargo el CC realizó la propuesta, es de mencionar que las mesas técnicas de agua como tal no han desaparecido mas bien se están incorporando como un comité de trabajo del Consejo Comunal que seguirá fortaleciendo y articulando su trabajo para la gestión del agua. 4. Conclusiones El proceso de reconstrucción socio-histórico logrado con este artículo, nos lleva a la reflexión sobre los elementos y componentes emergentes que surgieron, como se puede determinar que los aspectos jurídicos y normativos son un instrumento fundamental para los procesos de transformación de un país, sin embargo, la experiencia obtenida, nos permite corroborar que por más acertadas que sean las políticas de Gobierno y las herramientas que se empleen para su fin, su incidencia y aplicabilidad no es igual si no se logra una visión y la participación de quienes se han de beneficiar de estas políticas. Otro de los aspectos que enriquecieron el proceso participativo en Venezuela ha sido las expectativas, acciones y estrategias de las instituciones de Estado, quienes ya desde los anuncios del presidente y su consecuente impacto en las comunidades, iniciaron también su trajinar; y que no hay que negar que algunos los gobiernos locales asumieron inicialmente quizás posiciones protagónicas e individualista, sin embargo estrategias como las aportadas por la gobernación de Bolívar, permitieron entender a otros entes vinculantes de estado que los protagonistas de esta historia eran y son las comunidades y su acto histórico de asumir sus Gobiernos Comunales. En cuanto a las comunidades, en las citas de las entrevistas transcritas quedaron bien plasmadas sus experiencias, expectativas y logros alcanzados por su gestión y también su percepción de las instituciones de estado en éste proceso, no obstante, cabe mencionar que si bien es cierto, que toda construcción conlleva aciertos y desaciertos, es también, importante la inclusión de todos los actores sociales en este proceso de construcción social. En la actualidad el Poder Popular demuestra el resultado exitoso de las comunidades en sus gobiernos locales, y su importancia dentro de las políticas públicas para la gestión local, las relaciones de estos gobiernos locales ya no dependen de un aparato burocrático políticoadministrativo que imponía quizás trabas y tiempos de espera y que en muchas veces ni siquiera satisfacían las realidades de la problemática local, claro está, si es que por casualidad llegaban las peticiones de las comunidades al ente competente y éste dada la respuesta
oportuna, y donde los gobiernos locales eran un cumulo de papeles contentivos de sueños por mejorar la calidad de vida de estas comunidades, ahora la estructura legal y consensuada garantiza una interrelación dinámica y efectiva en la articulación del Gobierno Comunal y los niveles locales, regionales y nacionales para su gestión comunitaria. Y finalmente, hay que reconocer que muchas son las experiencias positivas logradas con las Mesas Técnicas de Agua en Venezuela y que sin duda al ser incorporadas como un comité de trabajo dentro de cada Consejo Comunal fortalecerán la gestión de los recursos hídricos en Venezuela. Reconocimientos Al aporte multidisciplinario y humano del personal de la Secretaría de Participación Popular de la Gobernación del Estado Bolívar que ha contribuido al trabajo participativo de las comunidades, por lo que se agradece la colaboración de personas y funcionarios claves durante la construcción de la metodología de trabajo emprendido por esta dependencia por lo que se reconoce los aportes dados por la médico Ana Gineth Morales, los sociólogos José Valdez, José Caldera y Ada Páez, los ingenieros Delvis Contreras, Luis Rodríguez, Mariateresa Otero, la licenciada Oleida Lista, al historiador Rafael Blanca, al abogado Yhamil Hurtado y Victor Simoza, a la contador Tania Quero y al Profesor David Reveron y todos sus promotores sociales, analistas de proyectos y coordinadores presentes en cada uno de los municipios del estado Bolívar. A las comunicadoras sociales y periodistas María Elena Jansen y Daleni Gallardo por las entrevistas a profundidad que se incluyeron en el análisis. A Fonacit y Misión Ciencia por el financiamiento de los estudios doctorales del primer autor. Referencias Bibliográficas ARCONADA, S (2005) Seis años después: Mesas Técnicas y Consejos Comunitarios de Aguas. Revista Venezolana de Economía y Ciencias Sociales v.11 n.3 Caracas sep. Constitución República Bolivariana de Venezuela (1999) Asamblea Nacional. EL-TROUDI H., HARNECKER M., y BONILLA L. (2005). Herramientas para la participación. 1ª edición. Venezuela. INE, (2001) Instituto Nacional de Estadísticas. LEY DE CONSEJOS COMUNALES (2006) Gaceta Oficial Extraordinaria Nro. 5.806. Fecha 10 de Abril. Asamblea Nacional Venezuela. MARTÍN B., BASAGOITI M., (2004) La Investigación-Acción Participativa como metodología de mediación e integración socio-comunitaria. Secretaría del PACAP. SÁNCHEZ-TORRES B., GÁSCO JM y ROSALES J. (2006) Revisión de criterios empleados para la valoración y la participación de agentes sociales en su instrumentación. V Congreso Ibérico sobre Gestión y Planificación del Agua, Faro-Portugal. ISBN989-20-0456-6Disponible en Internet en: http://www.ualg.pt/5cigpa/comunicacoes/2006,%20GIRH%20Becker%20Sanchez-Torres.doc SIMOZA V., PÁEZ A. BLANCA R, y VALDEZ J. (2006) Organización Comunitaria y la Participación Ciudadana. Informe Técnico. Secretaría de Participación Popular y Desarrollo Social. Gobernación Estado Bolívar. Sin publicar. SOSA Eduardo (2004) ¿crisis de gobernabilidad en la gestión ambiental?: los desafíos de la institucionalidad pública ambiental para los próximos años. VARGAS, José (2007) Crisis y Desencanto de la Gobernabilidad Democrática Neoliberal como Proyecto de Democracia Económica de los Estados Latinoamericanos. Conferencia Internacional Democracia Directa. Buenos Aires. VELÁSQUEZ, David (2007). Conformados más de 30 mil Consejos Comunales en todo el País. Caracas, 10 de septiembre. Ministro del Poder Popular para la Participación y Protección Social. En prensa. Disponible en: http://www.consejoscomunales.gob.ve/index.php?option=com_content&task=view&id=113&Itemid=73