REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR LICEO MARTA DONOSO ESPEJO 1

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR I.- OBJETIVOS GENERALES a).- Crear un ambiente de respeto hacia el personal directivo, docente, administrativo y aux

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REGLAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR LICEO MARTA DONOSO ESPEJO 1

La comisión redactara del Código de Normas de Convivencia Escolar, aprobado por el Ministerio y que entró en funcionamiento a partir del año escolar 1998, ha estimado de vital importancia acompañar dicho documento de un Manual de Procedimientos para lograr aunar criterios en torno a su puesta en práctica, el que debe ser analizado y evaluado constantemente durante el transcurso escolar. Estamos cierto que los aportes que resulten de nuestra experiencia en los

diferentes

personal

estamentos:

administrativo,

procedimientos

y

alumnos,

docentes

consecutivamente

profesores,

directivos nos

padres

permitirán

permitirán

mejorar

y

apoderados,

optimizar la

los

calidad

de

nuestra acción formadora, tarea esencial de la escuela. El Código de Normas que intencionamos se basa exclusivamente en los principios filosóficos-educacionales que sustenta nuestra liceo y es a la luz de éstos que se formula el tipo de persona que queremos entregar a la sociedad. Por tanto, todas las acciones que se emprendan en lo educativo deberán contener algún propósito sustentado por a lo menos uno de nuestros principios. En términos operacionales, para dar funcionamiento a esta iniciativa se propone crear una red de apoyo cuyo objetivo central será sustentar y dar forma a nuestra convivencia escolar. Para estos efectos, esto es, la resolución de conflictos al interior del Establecimiento, se formarán los siguientes Comités: a) Comité de los Tres; b) Comité de Pares o Delegados; c) Comité Cívico 1.

Cada curso, para integrar el Comité de los Tres, elegirá a los tres

alumnos que cumplan con los principios propugnados por el establecimiento, entre ellos, responsabilidad, puntualidad, honradez, respeto, cortesía y participación,

quienes

se

encargarán

de

velar

para

que

las

normas

de

convivencia sean practicadas en su curso. Estos alumnos deberán analizar semanalmente junto a su profesor jefe la forma como se está desarrollando la convivencia en su grupo y buscar las formas de mejorar aquellos aspectos que impiden

que

el

grupo

o

alguno

de

sus

miembros

pueda

desarrollar

una

convivencia armónica dentro del liceo. 2.

Cada nivel (básico y medio) constituirá un Comité de Pares con un

delegado por curso, con el objeto de analizar mensualmente las prácticas de convivencia que se están dando en sus grupos y sesionarán periódicamente de acuerdo a sus necesidades. 3. El Comité Cívico estará integrado por un representante de cada nivel (séptimo básico a cuarto medio), quienes serán los encargados, junto con los Profesores Asesores del Gobierno Estudiantil Democrático y los miembros de la 1

Comisión

de

Convivencia

Escolar

(integrada

por

docentes

directivos,

Propuesto por el Comité Cívico Redactor del Proyecto del Reglamento de Convivencia Escolar 2007-2008.

2

docentes, profesionales de apoyo a la docencia, administrativos, padres y apoderados,

alumnos),

de

evaluar

la

marcha

de

la

convivencia

escolar,

recibir sugerencias de modificaciones de los reglamentos y analizar casos generales de fallas en las relaciones interpersonales.

Tanto

las

normas

de

convivencia

como

su

Manual

de

Procedimiento

deberán ser aplicados mientras no se validen reformas a los mismos. El plazo para presentar sugerencias de reforma, vencerá antes del 31 de marzo de cada año. Cualquier miembro de la comunidad podrá sugerir reformas

puntuales

a

los

procedimientos,

las

que

se

analizarán

por

la

Comisión de Código de Normas y, cuando exista consenso, se presentará la modificación al Ministerio de Educación y una vez aprobada por éste, entrará en vigencia el año lectivo siguiente a su aprobación.

En cuanto a la disciplina surge como un objetivo pedagógico en la necesidad criterios,

de

facilitar

habilidades,

la

adquisición

valores

y

e

actitudes

interiorización en

los

de

escolares

hábitos, para

una

convivencia pro social y constructiva, permitiéndoles alcanzar progresivos niveles de autonomía personal y moral, y por otro, supone facilitar la organización del trabajo de toda la comunidad escolar, imprescindible para que éste se lleve a cabo con eficiencia y justicia. La disciplina aparece entonces como un medio de formación ético-moral. La unidad educativa debe entregar una formación al alumno, entendiendo por ello el desarrollo de los aspectos cognitivos, afectivos, psicomotores y sociales del individuo en su propio beneficio y en el del grupo, teniendo en cuenta que el planteamiento disciplinario debe variar según la etapa de desarrollo de los sujetos para que sean asimilables, y por consiguiente posibilitar la internalización de normas y valores que tengan sentido para la comunidad educativa. Las normas que impone la familia como principal agente socializador, en términos de expresión afectiva y de hábitos, son complementados y reforzados por la escuela, incorporando también a ellos, valores y conductas que permitan capacitar a los jóvenes para que configuren un marco ético-valorativo, mediante el cual guíen su vida. Esto supone la existencia de reglas consensuadas por la comunidad escolar que le permitan al alumno enriquecer su conducta y experimentar de una manera más acusada, la necesidad de afirmar su personalidad frente a los demás. Es pues, en este momento en el que el proceso de socialización cobra la mayor importancia y se da el primer paso en busca de la autodisciplina, entendida como un proceso de adquisición de hábitos e internalización de conductas apropiadas a partir de la etapa escolar del alumno y a lo largo de su vida. La escuela por tanto, debe poner al joven en el camino hacia esa búsqueda, usando y aplicando para ello el presente documento con criterio formativo,

constituyéndose

fundamentales

en

el

los

proceso

de

educadores educación

en

una

refleja,

de

las

logrando

instancias un

real

compromiso del alumno a través de su participación activa, conociendo y

3

comprendiendo las metas y objetivos educativos de estas normas. Las normas de convivencia son un objetivo fundamental que se logra a través de un proceso de voluntad personal. A través de un diálogo permanente se debería inculcar el respeto mutuo, la tolerancia y la honradez en todas las actividades del trabajo escolar, que no puede constituir un objetivo aislado, sino que debe ubicarse dentro del contexto pedagógico integral. La armonía

escolar

debe

responder

a

los

fines

y

objetivos

del

sistema

pedagógico contenidos en la filosofía educacional del liceo, inserta dentro de las grandes políticas del gobierno de Chile. Una concepción moderna de normas de convivencia escolar, implica la presencia de algunos principios básicos: Un principio fundamental lo constituye la necesaria participación de la comunidad en la fijación de criterios con el fin de lograr una armonía compartida

en

su

enunciado

y

ejercicio.

Por

lo

tanto,

las

normas

de

convivencia deben ser internalizadas en la conciencia y responsabilidad de cada uno de los individuos que integran la comunidad educativa del Liceo Marta Donoso Espejo. El sistema debe tener normas básicas que aseguren la eficiencia del proceso educativo y poseer suficiente flexibilidad para resolver situaciones imprevistas. La armonía escolar debe considerarse como un proceso y, por tanto, considerar los diversos niveles de desarrollo del educando y darse como meta el logro de la autodisciplina. Existe una estrecha relación entre disciplina y actitudes sociales, por lo tanto, el proceso de ejecución de normas, debe estar basado en los principios

de

participación

voluntaria

y

responsable,

de

diferenciación

grupal o individual, y de autodisciplina como meta, donde primen actitudes de respeto a la persona y armonía en la convivencia. En

consecuencia,

entendemos

la

autodisciplina

como

un

proceso

de

participación consciente y responsable en relación a las normas consensuadas que se dan en la comunidad. En resumen, tanto los principios como los criterios respecto a normas de convivencia, deben fundarse y coordinarse, a su vez, en el contexto de la filosofía y política educacional del Liceo. En el Proyecto Educativo Institucional del Liceo Marta Donoso Espejo se pretende incorporar el concepto de autodisciplina con el fin de que el alumno

sea

capaz

de

desarrollar

las

potencialidades

afectivas,

psicobiológicas y motoras del educando, mejorar su capacidad de conocer, comprender y participar en el medio natural, social y cultural, adquiriendo para ello los valores espirituales y morales indispensables para una buena formación. Podríamos concluir que la educación es una acción cuyo objetivo es que el

hombre

adquiera

y

asimile

activamente

un

profundo

conocimiento,

comprensión y participación del medio natural y cultural en que vive. Se asume entonces, la necesidad de formar: •

Una persona en la que resalten los valores del respeto, la justicia, la

aceptación, la solidaridad y la honestidad, capaz de desarrollar y ejercitar

4

un espíritu reflexivo y critico, tanto de si mismo como de su entorno. Conocedor y defensor de sus deberes y derechos. •

Una persona creativa, con ideales y vocación democrática. Capaz de

desarrollar sus potencialidades y ponerlas al servicio de su entorno social. De

aquí

que

el

currículo

del

Liceo

Marta

Donoso

Espejo,

debiera

capacitar a los jóvenes para que configuren un marco ético-valorativo, mediante

el

cual

trascendentes,

guíen

sin

su

vida

quedarse

en

en lo

la

búsqueda

meramente

de

logros

práctico,

humanamente

que

depende

de

ventajas y circunstancias cambiantes. Esto quiere decir que hay que guiar a los jóvenes a cultivar su libertad y autonomía, enfatizando el papel activo que

debe

tener

el

individuo

en

el

proceso

educativo,

donde

además

de

estimular sus intereses y respetar sus derechos, se desarrolle integralmente como persona situada en su tiempo, con dignidad, cultura y con sensibilidad natural, propia de un ser autónomo, crítico, reflexivo y trascendente. Como objetivos en la aplicación de las presentes normas se intenta favorecer la formación personal y conductual del alumno a través de la adquisición de hábitos y valores que le permitan la autodisciplina y aunar criterios diferentes

frente

a

niveles,

favoreciendo

en

la y

ello

aplicación por su

los

de

las

distintos

aplicación

con

normas

de

agentes carácter

convivencia

educativos

del

educativo,

en

en

los

Liceo, forma

sistemática y sostenida, esto es: - Favorecer el mutuo respeto entre los alumnos y los demás miembros de la comunidad escolar. - Lograr una convivencia armónica entre todos los miembros de la comunidad. - Comprender el valor que tiene la cooperación,

respeto y autodisciplina

para satisfacer las necesidades y aspiraciones de todos sus integrantes. -

Favorecer

el

desarrollo

de

la

acción

curricular,

al

estar

todos

comprometidos en alcanzar los objetivos del Liceo. - Crear una actitud positiva hacia el respeto de las normas que deben existir en todo organismo social (Liceo, Gobierno Estudiantil, Curso, etc.) - Fomentar una conciencia positiva y de respeto hacia el entorno natural y cultural.

5

TÍTULO PRELIMINAR: DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1°: Se entiende

por conducta

social

deseable toda aquella acción

del estudiante que no implique un desconocimiento, atropello y violación de los derechos, obligaciones, deberes y disposiciones que establezcan las diferentes normas.

Artículo 2°: Todo estudiante deberá regular su comportamiento social, como un

medio

de

lograr

la

autodisciplina,

subordinando

racionalmente

sus

intereses individuales, para adecuarse a los intereses y necesidades de la mayoría de los integrantes de la comunidad.

Artículo 3°: El establecimiento utilizará todos los medios de que disponga para brindar la ayuda que tienda a reforzar positivamente las conductas de sus alumnos. Asimismo, confía en el apoyo de los padres y apoderados en la formación de hábitos, actitudes y valores, los que el liceo se compromete a fortalecer, en pro de formar el hombre descrito en su filosofía educacional y en las metas del Proyecto Educativo Institucional.

Artículo

4°:

Esta

normativa

considera

su

aplicación

en

los

diferentes

Niveles. La aplicación de estas normas debe favorecer un equilibrio armónico entre

la

formación

y

el

comportamiento

del

estudiante,

logrando

la

adquisición de hábitos, conductas y actitudes que tiendan a formar a un adolescente sano(a), armónico(a) y estable. El cumplimiento de estas normas compromete principalmente al apoderado con la institución.

CAPÍTULO I: DE LOS ALUMNOS

TÍTULO I: DE LAS CONDUCTAS DESEABLES GENERALES

Artículo

5°:

Para

los

efectos

de

este

Reglamento

se

consideran

como

conductas deseables generales las que en este Título se describen. Estas conductas deseables que guiarán la convivencia escolar, serán evaluadas a través de la observación del comportamiento de los alumnos y los harán

merecedores

trimestralmente,

de

el

estímulos

Consejo

y

de

refuerzos

Profesores

positivos

en

cada

de

nivel,

manera

que

reconocerá

a

aquellos estudiantes que más se destaquen en dichas actitudes.

Artículo 6. Puntualidad: El

establecimiento

necesario

que

personal.

La

el

alumno

puntualidad

concibe debe es

la

puntualidad

incorporar expresión

como de

como

un

hábito

parte

de

su

responsabilidad,

social

disciplina a

la

vez

contribuye a la valorización y organización del tiempo, por lo tanto, el alumno deberá cumplir responsablemente con la jornada diaria de trabajo, siendo puntual en la hora de llegada al liceo y en cada hora de clases, como

6

en otras actividades con las que se haya comprometido. Los alumnos deberán llegar puntualmente a clases debiendo ingresar al liceo cinco minutos antes del inicio de la jornada escolar. Si el alumno llega

atrasado

al

inicio

de

la

jornada,

deberá

ingresar

al

liceo

y

presentarse en Control de alumnos para registrar su atraso y solicitar una autorización escrita que le permitirá el ingreso a clases. Los

alumnos

atrasados

que

lleguen

dentro

de

las

8.00

a

8.30,

ingresaran a clases a las 8.45. Los alumnos que lleguen atrasados dentro 14.00 a las 14.30 ingresaran a 14.45.

Artículo 7. Asistencia: Para ser promovidos, los alumnos deberán asistir a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el calendario escolar anual y efectivamente realizadas. 2 Que los alumnos asistan regularmente a todas sus clases, tiene una directa relación con el rendimiento escolar y con la continuidad del proceso de aprendizaje. Por tanto, la asistencia a todas las

clases y actividades

programáticas y extraprogramáticas es obligatoria. Toda inasistencia debe ser justificada por el apoderado. De ponerse

Séptimo al

día

Básico en

las

a

Cuarto

materias

Medio y

será

trabajos

responsabilidad realizados

en

del

su

alumno

ausencia,

ateniéndose además, al reglamento de evaluación. El Liceo no autorizará la salida de alumnos fuera de los horarios establecidos. Ningún alumno se podrá retirar del liceo sin autorización en un horario que no corresponda y para que tal ocurra el apoderado deberá, personalmente, solicitar el retiro a Control de Alumnos, esto es, Secretaría de Inspectoría General. Además, Inspectoria General podrá requerir, por motivos de salud, la presencia del apoderado para retirarlo personalmente, ya que sólo el apoderado podrá solicitar personalmente el retiro del alumno del establecimiento por causas justificadas.

Artículo 8. Responsabilidad: Se

entenderán

por

conductas

responsables

respecto

al

alumno:

Presentarse con los útiles o materiales exigidos en cada asignatura y cuidarlos debidamente. El

profesor al comienzo del año escolar, unidad

programática o actividad, entregará a sus alumnos la lista de materiales que efectiva y oportunamente ocupará. Cumplir oportunamente con tareas y trabajos. El profesor indicará oportunamente la fecha de entrega de los trabajos, bibliografía y fuentes de investigación básicas. Con

el

objeto

de

formar

hábitos

responsables,

los

profesores

controlarán las tareas y trabajos en las fechas asignadas y los alumnos cumplirán oportunamente con ellos. Adoptar

una

actitud

de

compromiso

frente

a

cada

asignatura,

manteniendo un comportamiento que favorezca el desarrollo de las clases y de 2

Artículo 8 del Decreto Exento N° 146 de Agosto de 1989 del Mineduc

7

todas las actividades planificadas por el liceo. Esforzarse por lograr los objetivos planteados en cada asignatura. Cumplir

con

las

normas

relativas

a

asistencia

a

evaluaciones

o

presentación de trabajos contenidos en el Reglamento de Evaluación. Cumplir

las

obligaciones

y

compromisos

adquiridos

con

sus

pares,

autoridades, profesores y personal de apoyo a la docencia. Cumplir con las disposiciones reglamentarias relativas al uso de la biblioteca,

laboratorio

de

computación,

sala

de

audiovisual

y

otras

dependencias del Establecimiento. Cumplir

en

todo

momento

con

las

disposiciones

relativas

a

la

presentación personal y al uso correcto del uniforme escolar. Los alumnos deben

cumplir

con

el

uniforme

reglamentario.

El

uso

del

uniforme

es

obligatorio para todos los alumnos del liceo. Cumplir con la devolución de circulares y comunicaciones firmadas por los apoderados cuando corresponda. Respetar las vías establecidas de acceso y salida del Liceo. Los asistentes de educación (paradocentes) junto a la inspectoría general indicarán a los niveles respectivos, los lugares de acceso y salida del establecimiento. El no cumplimiento de esta norma deberá ser informada a la Inspectoría General. Cuidar

el

entorno

natural

y

los

bienes

materiales

del

Liceo.

El

cuidado de los bienes tanto del Liceo como de sus integrantes, así como del medio físico en que se desarrollen actividades escolares, es responsabilidad de todos los miembros de la comunidad. Cada curso con su profesor dejará la sala limpia y ordenada al término de cada jornada de trabajo. Esta es una responsabilidad que debe ser constantemente reforzada por los padres. Todo acto de un alumno que signifique desaseo, trato descuidado o destrozos de bienes, será puesto en conocimiento del profesor jefe. La sanción estará de acuerdo con la real magnitud de la falta, sin perjuicio de la reparación y pago de los destrozos que debe asumir el alumno. De no ser individualizado el alumno que haya ocasionado destrozos, será el grupo o curso el responsable de la reparación y pago de los daños. Velar por su seguridad personal y la de toda la comunidad educativa evitando situaciones de riesgo. El Liceo se preocupará de adoptar todas las medidas de seguridad necesarias para proteger la integridad física de los miembros

de

la

comunidad

escolar

frente

a

situaciones

de

riesgo

o

emergencias dentro del Establecimiento. Se prohíben juegos bruscos, actos riesgosos y carreras descontroladas que atenten contra la seguridad física de las personas. Será responsabilidad de toda la comunidad escolar acatar estrictamente las normas de seguridad que se fijen y participar disciplinadamente en los operativos DEYSE que se realicen con este objeto.

Artículo 9. Honradez: Se consideran conductas deseables de honradez las de no arrogarse representatividad alguna del Liceo o de autoridades estudiantiles sin la debida autorización. El Liceo Marta Donoso Espejo cuenta con directivos en

8

cada

uno

de

representar

sus a

estamentos,

sus

pares

o

por

lo

tanto,

designar

a

son

quién

éstos los

los

que

represente

deberán ante

la

clases,

la

comunidad, interna y externa, del establecimiento. Respetar

documentos

oficiales

del

Liceo.

El

libro

de

carpeta y cualquier otro documento de uso exclusivo de profesores o personal administrativo deberá ser administrado por quien le compete. El uso indebido será informado a la dirección del Liceo quien propondrá una sanción inmediata de acuerdo al tenor de la falta. Respetar la propiedad ajena. El apropiarse indebidamente de cualquier objeto que se encuentre en el Liceo será considerado falta de honradez y se sancionará como corresponda, sin perjuicio de las posibles acciones legales que el afectado emprenda. Asumir la responsabilidad frente a una falta. Y manifestar rectitud frente a la aplicación de procedimientos evaluativos.

Artículo 10. Tolerancia: Se

consideran

conductas

deseables

de

tolerancia

las

de

demostrar

prudencia y respeto en sus relaciones humanas básicas manifestando una actitud de tolerancia respecto a los derechos de las personas, las ideas ajenas y las normas que benefician a la comunidad. Las personas deberán respetar ideas, caracteres, opiniones y creencias ajenas. Las faltas en este rubro serán presentadas al Consejo de Pares.

Artículo 11. Cortesía y Respeto: Se consideran conductas deseables de cortesía y respeto las que no dañen

la

imagen

del

Liceo,

manteniendo

el

respeto

hacia

las

personas

cualesquiera que ellas fueren. Mostrar personas,

un

trato

manteniendo

amable,

actitudes,

deferente modales

y y

respetuoso

un

lenguaje

con

todas

adecuado,

las tanto

dentro como fuera del establecimiento. Las personas en el Liceo deberán propender a que las relaciones sean armónicas y deferentes para vivir en un mejor clima educativo. Por consiguiente: 1.

Los alumnos deberán usar un vocabulario adecuado a la situación escolar

dirigiéndose a los adultos y a los pares con respeto. 2.

Los alumnos deberán mantener modales de acuerdo a la situación escolar,

cuidando sus desplazamientos en juegos, escaleras, y otros. Evitar actividades

desórdenes del

Liceo.

e

interrupciones

Durante

los

que

períodos

alteren

de

las

clases,

los

diferentes alumnos

y

profesores que transiten por zonas anexas donde se desarrolle la clase, lo deberán

hacer

velando

por

no

interrumpir

las

actividades

que

se

están

desarrollando. La clase, dentro o fuera del aula, merece el mismo respeto y cualquiera interrupción a ella, alterará el normal desarrollo. Sólo podrán interrumpir las clases personas debidamente autorizadas y deberán dirigirse a quién esté coordinando en ese momento la actividad.

Artículo 12. Participación en actividades del grupo: Se consideran conductas deseables de participación las que muestran

9

una

actitud

de

colaboración

en

todas

las

actividades

escolares

tanto

programáticas como extraescolares o de tiempo libre. El Liceo deberá generar espacios a los alumnos para desarrollar actividades que les permita trabajar en grupo, estimulando la participación, la colaboración y espíritu de cuerpo con su grupo y su institución. El Liceo valorará y estimulará a aquellos alumnos que se destaquen en estas actividades. Favorecer

acciones

solidarias

al

interior

del

grupo-curso,

de

la

comunidad escolar y en el medio externo.

TÍTULO II: DE LOS DERECHOS Y DEBERES Y LAS CONDUCTAS DESEABLES ESPECÍFICAS

§ DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Artículo 13°: Los alumnos del Liceo Marta Donoso Espejo, en el marco de los objetivos que se formulan en el presente reglamento, tienen los siguientes derechos: 1.

Recibir

una

educación

integral

en

su

dimensión

intelectual,

espiritual, social y física, esto es, recibir una educación integral basada en los objetivos presentes en el proyecto educativo del Liceo, una educación que los estimule hacia los valores positivos, que represente sus intereses, además de la entrega de los contenidos incluidos en el programa. 2. Recibir un trato deferente por parte de cualquier funcionario del establecimiento, el que ha de retribuir con una actitud respetuosa para con ellos, considerando en todo momento la edad de los alumnos y la entrega de valores y actitudes ejemplares por parte de cualquier profesor, directivo y funcionario del Liceo.

3.

Ser

miembros

de

escuchado la

y

atendido

comunidad

en

escolar

que

situaciones

y

corresponda,

problemas de

acuerdo

con

las

por

los

a

las

diferentes instancias según sea el caso: a. Profesor de asignatura b. Profesor jefe c. Paradocentes d. Unidad de Orientación e. Unidad Técnico Pedagógica f. Inspectoría General g. Subdirección h. Dirección Los instancias

alumnos o

tienen

personas

derecho

que

a

considere

pedir

entrevista

necesario,

siguiendo

los

diferentes conductos

regulares establecidos, los que tienen que ser simples y a su alcance. 4. Recibir la atención especializada que el Liceo Marta Donoso Espejo pueda ofrecerle, para superar las dificultades académicas, personales y familiares que se le presentaren, de acuerdo a informe del Departamento de Orientación, departamento de Bienestar Estudiantil u otros que pudieran ayudarlos

a

superar

sus

dificultades.

De

estos

procedimientos

quedará

constancia en las fichas de los alumnos que cada departamento debe tener.

10

5.

Aprovechar

y

utilizar,

autorizados

por

la

Dirección,

toda

la

infraestructura del establecimiento y sus recursos para lograr un desempeño, con plena realización de los objetivos del presente reglamento. El alumno podrá ocupar la infraestructura del Liceo y sus recursos para actividades que estén dirigidas al logro de los objetivos del proyecto educativo, en cuanto al desarrollo integral del alumno, para lo cual éste hará la petición usando el conducto establecido para ello, el que tiene que ser simple y a su alcance. 6. Conocer oportunamente, siguiendo las instancias establecidas, sus calificaciones y las observaciones que se registren en su ficha escolar. Los alumnos tienen derecho a tomar conocimiento de las pautas de evaluación aplicadas

en

sus

pruebas,

además

conocer

oportunamente

todo

tipo

de

calificación u observación que se les coloque. Posterior a cada evaluación, los alumnos deberán conocer las calificaciones dentro de un tiempo prudente, establecido

en

el

reglamento

de

evaluación.

Luego

de

conocer

esta

calificación, el alumno tendrá un plazo prudente para pedir una revisión de esta calificación si considera que ésta no corresponde, primero al profesor de la asignatura y posteriormente a la UTP de considerarlo así necesario.

§ DEBERES DE LOS ALUMNOS

Artículo 14: Los alumnos, en la jornada escolar, deben vestir de acuerdo al uniforme del establecimiento, de la siguiente manera: A) Varones: 1) Polera gris o camisa blanca oficial 2) Pantalón gris de tela y corte recto(no de cotelé ni de mezclilla ni jeans) 3) Zapatos negros colegiales 4) Calcetín gris, azul, o de un solo color, sin diseños 5) Suéter y parka azul(en invierno) 6) Vestón azul 7) Corbata e insignia del colegio. B) Damas: 1) Polera

gris o blusa oficial de colegio

2) Pantalón azul de tela igual a la del varón con corte recto o yamper uniforme oficial 3) Zapatos negros colegiales 4) Calcetas o panty azul 5) Suéter y parka azul(en invierno) 6) Corbata e insignia del colegio. C) Uniforme de Educación Física y/o Electivos Deportivos: 1) Buzo deportivo oficial del colegio. 2) Polera oficial. 3) Pantalón oficial. 4) Polera de recambio oficial o blanca sin logos u otros. 5) Zapatillas deportivas.

11

Artículo 15: Consideraciones generales sobre el uso del uniforme: a) La camiseta que se usa bajo la polera oficial debe ser blanca. b) Los útiles y prendas de vestir, deberán estar debidamente marcados. c) Los alumnos o alumnas podrán asistir con buzo el día que tengan clase de Electivos Deportivos y/o Educación Física u otros eventos calendarizados. Los alumnos(as) que no participen de la clase práctica, deberán asistir con su uniforme escolar. d) Se autorizará, la polera gris desde el 15 de Octubre al 15 de Abril del año siguiente. Cualquier modificación la indicara Inspectoria General. e) Los gorros, cuellos polar o bufandas podrán ser de color azul marino, burdeo o blanca, sin diseño.

f) En las actividades deportivas, salidas a terreno, u otras en que los alumnos representan a su colegio, deberán asistir con el uniforme o buzo oficial. g)

Cualquier

prenda

o

accesorio

que

no

corresponda

al

uniforme,

requisado por el Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Paradocentes

será o

Inspector general.

Artículo 16: En cuanto a la presentación personal de los alumnos: a) Los varones deberán usar el pelo corto (sin volumen y no rapado) sobre el cuello de la polera o camisa oficial. El (la) alumno(a) tendrá un plazo máximo de dos días, después de la notificación por parte de su Profesor Jefe o Inspectoría, para cortarse el pelo. Luego de este plazo, y si no ha cumplido, se llamará al apoderado para que retire a su pupilo y cumpla con la norma. Además, deben presentarse debidamente afeitados. No se aceptarán aros, aretes, piercing, collares, cadenas, etc. b) Las damas no podrán usar maquillaje, aros, collar, colgantes, piercing, cadenas, anillos, etc, los que serán requisados si se persiste en su uso. Además se prohíben las polainas, cabellos teñidos con colores extravagantes, faldas muy cortas, etc.

Artículo 17: De la puntualidad y asistencia a) Las clases se inician a las 08:00 Hrs. y terminan a las 13:40 horas jornada mañana y comienzan jornada tarde desde las 14.00 a 19.40 hrs. b) Se pasará asistencia al inicio de cada jornada y de cada hora, la cual quedará consignada en el libro de clases. c)

En

caso

de

ausencia

del

alumno(a)

a

clases,

el

apoderado

deberá

justificar personalmente o mediante certificado médico.

Artículo 18: Atrasos a) Los atrasados deberán presentarse en Secretaría de Inspectoría General, donde se registrará su falta y se autorizará el ingreso a través de la agenda. b) Los atrasos, tanto al inicio de la jornada como entre clases, quedarán consignados en el libro de clases.

12

c) Los(as) alumnos(as) que ingresen después de las 08:10 horas en jornada mañana y después de las 14:10 horas en jornada tarde, quedarán inasistentes en el libro de clases, hasta el cambio de hora siguiente de su llegada. d)

Como

una

forma

de

incentivar

la

responsabilidad,

el

Profesor

Jefe

respectivo de aquellos(as) alumnos(as) que no registran atrasos durante el trimestre, lo consignaran con una anotación positiva en el libro de clases y en el cuadro de honor al final de año.

Artículo 19: Retiro de Alumnos(as) durante la Jornada a) Se autorizará la salida del (la) alumno(a) fuera del establecimiento sólo cuando el apoderado se presente personalmente a retirar a su pupilo. b) Las salidas de los(as) alumnos(as) quedarán registradas en el libro de salidas y firmadas por el apoderado. c) Si en ese día tiene fijada alguna evaluación, sólo podrá retirarse con la autorización del Profesor respectivo y la UTP.

Artículo 20: De las ausencias e inasistencias a) La inasistencia el apoderado deberá justificarla en forma personal o a través de certificado médico entregado a la Unidad respectiva el día que se reintegre al colegio, o a las 72 horas posteriores. Asimismo y si el caso lo amerita, el apoderado podrá solicitar las materias correspondientes, vía Profesor Jefe. b)Las inasistencias en día a pruebas, deberán ser justificadas personalmente por el apoderado antes de esta o dentro de las 72 horas siguientes en la UTP cuyo registro será formalizado por la Inspectoria General

en el libro de

registro para ello y, la evaluación se tomará cuando lo determine el docente con el departamento de evaluación y el alumno. c) Si un(a) alumno(a) no asiste a una evaluación y no justifica, será sometido a una evaluación con un nivel de dificultad mayor y en el momento que el docente estime conveniente.(Articulo 11 del Reglamento de evaluación) d) En el caso que un(a) alumno(a) deba ausentarse en forma prolongada, por motivos justificados por más de 15 días, su apoderado deberá solicitar autorización con la debida anticipación a la Inspectoría General y Unidad Técnica Pedagógica. Se evaluará la situación y, si procede, se adoptarán las medidas pertinentes para cautelar las evaluaciones u otros procedimientos que lo ameriten en UTP. Durante este período quedará inasistente en el libro de clases, no considerando estas horas para la promoción.

Artículo 21: De la promoción y asistencia a) Se debe recordar que para ser promovido(a), el(la) alumno(a) deberá asistir, a lo menos al 85% de las clases y actividades establecidas en el Calendario Escolar Anual. Para este efecto, la asistencia será considerada a partir de las horas de clases efectivamente trabajadas y no globalmente por día.

Artículo 22: De los objetos de valor: El colegio no se hace responsable de la pérdida o deterioro de los objetos

13

de

valor

que

los(as)

alumnos(as)

porten,

incluidas

joyas,

relojes,

celulares, cámaras digitales, de video, dinero, etc. El vestuario y otros elementos, que han sido dejados en el colegio y que no se reclamen durante el año, serán para el ropero estudiantil del Establecimiento.

Artículo 23: Otras situaciones a) En caso de accidentes o enfermedad grave, se le comunicará a la familia. El colegio en caso de accidente escolar, según la ley, se comunicará con el apoderado en forma oportuna, enviará al(la) alumno(a) al Hospital Regional, acogiéndose al seguro escolar estatal. b) Se prohíbe manipular los celulares y/u otros elementos distractores durante

las

culturales,

horas a

de

clases,

excepción

de

actividades

alguna

académicas,

solicitud

especial

deportivas realizada

y/o

por

el

profesor. Los celulares deben mantenerse en modo silencio. Llamar o recibir llamadas, jugar con artefactos tecnológicos, y otros análogos, será causal para que se requise al (la) alumno(a) el equipo, quedando en la Inspectoría General hasta el término de la jornada, la primera vez. La segunda vez, se citará al apoderado a retirar el celular y la tercera vez, se requisará, no devolviéndose hasta el término del año. c) Respecto a otros equipos como mp3, cámaras digitales, de video, etc., no está permitido su uso, salvo que sea solicitado expresamente por un profesor en forma escrita para ser utilizado sólo en la clase que corresponda. El uso indebido de estos equipos será sancionado al igual que lo señalado en el punto b) de este artículo. d)No

habrá

recepción

de

colaciones

y/o

materiales

escolares

(trabajos,

cuadernos, materiales de tecnología o artes, equipo de educación física, etc.) durante la jornada de clases, sin excepción. Lo anterior obedece a estimular en cada alumno(a) su sentido de la responsabilidad y autonomía. e) El colegio cuenta con un casino concesionado, el cual opera en forma independiente. Algunos alumnos(as) tienen 15 minutos para su horario para el PAE (colación mañana y tarde), distribuidos en 10 minutos para servirse los alimentos y el resto del tiempo para el aseo personal y recreo. f) El (la) alumno(a) deberá informar oportunamente a sus padres o apoderados de

las

citaciones

justificación

deberá

a

entrevistas

efectuarse

o

antes

reuniones de

la

de

reunión.

curso. La

Cualquier

justificación

posterior (al día siguiente de la reunión) se ha de efectuar con el (la) Profesor(a) Jefe, quien fijará una entrevista informativa. Si el apoderado no respeta la normativa previa, el colegio tiene la facultad de prohibir que el (la) alumno(a) se reintegre a clases al día siguiente de la citación; así como, exigir la asistencia del padre a una entrevista en Inspectoria General o Dirección. g) Las giras organizadas por los cursos que no se encuadren dentro de la normativa, no serán avaladas y propiciadas por el liceo, por ende no están autorizadas. actividad,

Los

deben

cursos

que

contemplar

de que

todas las

formas

horas

que

organicen el

ausente, se descontará de su porcentaje de asistencia.

(la)

este

tipo

alumno(a)

de

este

14

Artículo 24: De los incentivos: Con el fin de reforzar las conductas positivas de los(as) alumnos(as) que

destaquen,

se

otorgarán

los

siguientes

incentivos

por

su

buen

comportamiento, hábitos y valores asociados al perfil del(la) alumno(a) Liceano: a) Observación Positiva: Consignada por cualquier profesor en el libro de clases, para estimular positivamente al(la) alumno(a) que se destaca por su gran espíritu de colaboración, compañerismo, entrega, atención, trabajo, rendimiento académico, solidaridad, etc.; en las distintas actividades del establecimiento o en representación fuera de éste. b) Ser destacado(a) en el Cuadro de Honor. Al finalizar cada trimestre, se premiará a aquellos(as) alumnos(as) que hayan destacado por su rendimiento académico,

como

también

aquellos

que

con

sus

actitudes

representan

el

espíritu liceano. La nómina, preparada por el Profesor Jefe, será entregada a Dirección. Las cualidades que estos niños y jóvenes deben manifestar para hacerse acreedores de tal galardón son: Usar un vocabulario adecuado y sin groserías que incite al entendimiento y a una sana convivencia. Adoptar una actitud positiva y de esfuerzo hacia el estudio, manteniendo un buen comportamiento. Vivenciar

los

valores

institucionales

como

la

autonomía,

respeto,

responsabilidad, honestidad, libertad, solidaridad, fraternidad, comunión, justicia; además debe manifestar características de líder, vale decir; ser capaz de disentir sin ofender, de luchar por sus derechos y de los demás, participar en acciones solidario, prudente, democrático en su participación con los otros, un ejemplo para sus pares, sensible, empático y orientado a las relaciones interpersonales, tolerante y valiente. La elección ha de basarse en este perfil.

Artículo 25: De las faltas y sanciones: La comunidad educativa liceana se preocupa de que todos sus estamentos internalicen actitudes, normas y valores. Corrige todas aquellas actitudes que atentan contra el desarrollo humano. Se

entiende

por

«falta»

cualquier

comportamiento

individual

o

colectivo que dificulte o entorpezca el proceso educativo o la convivencia escolar, ya sea en el orden moral, social, pedagógico y/o disciplinario. Este comportamiento no se limita sólo a las horas de clases, sino que a

cualquier

actividad

que

se

esté

desarrollando

en

el

establecimiento

educacional o en cualquier lugar en que el(la) alumno (a) esté representando al colegio. Todas las situaciones anormales que se presenten y/o atenten contra nuestra convivencia y seguridad escolar, serán causal para que la Unidad de Inspectoría

General,

junto

al

cuerpo

de

docentes,

tome

las

medidas

necesarias con el fin de restablecer el orden y la seguridad, según el tipo de falta, la gravedad de ésta o por su reiteración. La aplicación

de

sanciones en el proceso educativo no debe ser contradictoria con la esencia de su objetivo final, esto es, ser una instancia que eduque y forme a los niños, niñas y jóvenes.

15

El compromiso de los (las) alumnos(as) y en especial los de cuarto medio, es demostrar en su actuar diario los valores adquiridos durante su permanencia en el colegio. Por lo tanto, no se aceptarán conductas y/o actitudes que atenten contra la convivencia. Dirección, en evidencia de estos actos inadecuados, se reserva el derecho de no realizar el acto de licenciatura, ya sea para algunos o todos los (las) alumnos(as) de la promoción. Se tomarán las medidas disciplinarias con los(as) alumnos(as) que han caído en falta y se citará a los apoderados cuando proceda, tantas veces como sea necesario. Toda entrevista realizada de índole disciplinaria deberá quedar registrada en la hoja de observaciones del (la) alumno(a) en el libro de clases, indicando la causa de ésta y los acuerdos tomados, firmando el apoderado el registro respectivo.

Artículo

25

bis:

Para

la

resolución

de

conflictos

al

interior

del

Establecimiento, se formarán los siguientes Comités: a) Comité de los Tres; b) Comité de Pares o Delegados; c) Comité Cívico 1.

Cada curso, para integrar el Comité de los Tres, elegirá a los tres

alumnos que cumplan con los principios propugnados por el establecimiento, entre ellos, responsabilidad, puntualidad, honradez, respeto, cortesía y participación,

quienes

se

encargarán

de

velar

para

que

las

normas

de

convivencia sean practicadas en su curso. Estos alumnos deberán analizar semanalmente junto a su profesor jefe la forma como se está desarrollando la convivencia en su grupo y buscar las formas de mejorar aquellos aspectos que impiden

que

el

grupo

o

alguno

de

sus

miembros

pueda

desarrollar

una

convivencia armónica dentro del liceo. 2.

Cada nivel (básico y medio) constituirá un Comité de Pares con un

delegado por curso, con el objeto de analizar mensualmente las prácticas de convivencia que se están dando en sus grupos y sesionarán periódicamente de acuerdo a sus necesidades. 3. El Comité Cívico estará integrado por un representante de cada nivel (séptimo básico a cuarto medio), quienes serán los encargados, junto con los Profesores Asesores del Gobierno Estudiantil Democrático y los miembros de la

Comisión

de

Convivencia

Escolar

(integrada

por

docentes

directivos,

docentes, profesionales de apoyo a la docencia, administrativos, padres y apoderados,

alumnos),

de

evaluar

la

marcha

de

la

convivencia

escolar,

recibir sugerencias de modificaciones de los reglamentos y analizar casos generales de fallas en las relaciones interpersonales. Artículo 26: Graduación de las Faltas: A. Faltas Leves: 1. Llegar atrasado(a) a las actividades escolares. 2.

Entrar

a

clases

sin

la

autorización

de

Inspectoría

General

o

del

profesor, después de iniciada la jornada escolar. 3.

Presentarse

sin

justificativo

o

licencia

médica

que

acredite

la

16

inasistencia. 4. Presentarse con el buzo en días que tiene que venir con el uniforme o viceversa. 5. Presentarse con el uniforme incompleto y/o desaseado. 6. Llegar al colegio sin equipo de Educación Física o sin materiales. 7.

Usar

accesorios

que

no

son

propios

del

uniforme

(joyas,

pearcing,

polainas, gorros, jockies, etc.). 8. En los varones: Descuido de la presentación personal: pelo largo y/o sin afeitarse. 9. En las damas, teñidos con diferentes y/o llamativos colores. 10. No portar la agenda del colegio. 11. Traer sin firmar las comunicaciones. 12

Comer o beber durante las actividades académicas. La resolución del conflicto en estas faltas será analizada con su

grupo curso por la Comisión de los Tres.

B. Faltas Graves: 1. Salir de la sala o del colegio durante el horario de clases, sin la autorización correspondiente. 2. Hacer uso inadecuado y/o no respetar el horario de colación. 3. No asistir a pruebas fijadas con antelación sin justificación. 4. No rendir pruebas estando dentro del establecimiento. 5. Atrasos reiterados. 6. Presentar una actitud de desatención y displicencia frente al profesor. 7. Usar en el colegio elementos que perturben el normal desarrollo de la clase. 8. Venta de cualquier tipo de especies. 9. Manifestaciones exageradas de pololeo (besos, abrazos). 10. No cumplir con las sanciones. 11. Hacer mal uso de las autorizaciones dadas. 12. Provocar desorden que altere el normal desarrollo de las actividades. 13.

Escabullirse,

esconderse

y/o

faltar

a

horas

de

clase,

pruebas

o

evaluaciones, ceremonias, charlas y cualquier otro evento organizado por el Liceo. 14. Usar un lenguaje soez o hiriente en forma oral o escrita. 15. Utilizar insignias o símbolos de sectas o pandillas. 16.

Demostrar

actitudes

indecorosas

que

afectan

la

moral

y

las

buenas

costumbres. La resolución del conflicto será estudiada por el Consejo de Pares o Comité de Delegados.

C. Faltas muy graves 1.

Posesión,

consumo

y/o

venta

de

sustancias

ilegales

en

el

colegio:

alcohol, tabaco, drogas. 2.

Organizar

y/o

participar

en

desórdenes

que

alteren

el

normal

funcionamiento de nuestro colegio. 3.

Faltar

el

respeto

y/o

atentar

contra

la

dignidad

de

las

personas,

17

verbalmente

o

en

forma

escrita

(intimidar,

agredir

verbal,

moral

y/o

físicamente a otra persona). 4. Causar daños o destruir la infraestructura, los bienes del colegio o la propiedad ajena. 5. No responsabilizarse por reparar los daños ocasionados. 6. Provocar intencionalmente situaciones de emergencia y/o evacuación del establecimiento, alterando el normal funcionamiento. 7. Acoso sexual, físico, psicológico u otro, entre alumnos(as) y/o con el personal del establecimiento. 8. Falsificar firmas, ya sea del profesor o del apoderado. 9. Atacar, ofender o agraviar los símbolos patrios y los del colegio 10. Portar material pornográfico. 11.

Portar

elementos

potencialmente

peligrosos

que

atenten

contra

la

seguridad escolar. 12. Sustraer, copiar o adulterar material pedagógico: pruebas, trabajos, etc. 13. Robar especies: dinero, bienes, etc. 14. Usar el nombre de funcionario(s) sin autorización. 15. Copiar y/o soplar en las pruebas. La resolución del conflicto será consensuada por el Comité Cívico.

Artículo 27: Formas de establecer la sanción: a) Falta Leve: Corrección verbal del funcionario que detecte la falta. b) Falta Grave: Registro en el libro de clases – Citación del apoderado y el (la) alumno(a) con el fin de informar la sanción: Suspensión - Amonestación. c) Falta muy Graves: Registro en el libro de clases – Citación del apoderado y

el

(la)

alumno(a)

con

el

fin

de

informar

la

sanción:

Suspensión

-

Condicionalidad y según sea el caso, Cancelación de Matrícula. d) La reiteración de las faltas ameritan subir la gradación de la falta y la aplicación de una sanción mayor. e) El Consejo de Profesores podrá reunirse en forma extraordinaria con el fin de analizar y sugerir estrategias con respecto a aquellos alumnos(as) que reinciden en las faltas. Si es necesario, se derivarán a Orientación y/o Psicólogo, con el objetivo de mejorar los aspectos valóricos deficitarios y/o psicológicos según corresponda, independientemente de la sanción a la que sean sometidos.

Artículo 28: Medidas Disciplinarias: Se debe comprender que las medidas que a continuación se enumeran, serán aplicadas durante el transcurso de la jornada escolar por el profesor jefe o de asignatura o la Inspectoría General, de acuerdo a criterio, según la gravedad de la falta, la reiteración de la misma y la historia del (la) alumno(a);

consecuentemente

no

representan

una

secuencia

"obligada

de

acciones", éstas pueden modificarse en su orden de aplicación, incluirse o suprimirse algunas, dependiendo de la situación de corrección a la que el (la) alumno(a) se enfrente. A la luz de estos principios y tomando como referencia lo expresado

18

anteriormente, se establecen los pasos a seguir que hagan posible una sana convivencia escolar: a) Registro escrito: El Profesor(a) Jefe y/ o de Asignatura, de acuerdo al Comité

de

los

Tres,

deja

constancia

en

el

registro

de

observaciones

personales del (la) alumno(a), en el respectivo libro de clases, de la actitud concreta de éste(a) y se informa al apoderado mediante su agenda y luego, constata que éste haya tomado conocimiento. b) Amonestación: Se aplica amonestación con el fin de llamar la atención del alumno(a) y sus padres sobre algún aspecto académico, disciplinario u otro que debe mejorar. La amonestación será por escrito y mediara el profesor jefe. c) Suspensión: Uno o más días dependiendo de la falta. Se sancionará al (la) alumno(a) que haya incurrido en faltas graves o muy graves, que estén debidamente registradas e informadas. El Consejo de Pares informara por escrito

al

Comité

Cívico,

quien

mediara

y

le

solicitara

a

Inspectoría

General hacer efectiva esta sanción. d)

Condicionalidad:

Se

aplica

condicionalidad

por

el

incumplimiento

en

aspectos pedagógicos y/o disciplinarios. El Comité Cívico, asesorado por el Consejo de Profesores, propondrá al Director la aplicación de esta medida. Una vez tomada la decisión por Dirección, la aplicara Inspectoría General. Se

fijará

un

plazo

exigencias

de

la

de,

al

menos,

condicionalidad.

un De

trimestre lo

para

contrario

es

cumplir causal

con

las

de

una

condicionalidad con firma de cancelación de matrícula, por no respetar la normativa vigente y/o los valores y principios del Proyecto Educativo. e) Cancelación de matrícula: Es una medida extrema, la cual puede ser aplicada durante el año escolar si la falta cometida es de carácter grave o muy grave. Para aplicar tal medida se citará al Consejo de Profesores, quienes debatirán el caso. La aplicación de tal medida es de exclusiva responsabilidad del Director. El apoderado podrá apelar a la autoridad, mediante

una

carta

solicitud,

la

permanencia

de

su

pupilo(a)

en

el

establecimiento.

Artículo 29: Otras Acciones Disciplinarias a) Corrección verbal: El Profesor(a) Jefe o de Asignatura, UTP, Inspectoría General, reflexiona con el (la) alumno(a) sobre las dificultades que generan su actitud y/o acciones y que perturban el trabajo escolar, haciéndole ver lo que se espera de él(ella). Es una advertencia y un compromiso para enmendar la conducta deficiente. b) Alumno(a) enviados(a) fuera de clases en forma: b.1) Momentánea: Permanece por algunos minutos fuera de la sala, para luego reingresar a clases. b.2) Permanente: Permanece toda la hora fuera de clases. El docente hace llegar al (la) alumno(a) a Inspectoría General, quien verifica el hecho y según sea el caso, y de común acuerdo con el profesional, envía al (la) alumno(a) a realizar el trabajo que no hizo durante la clase a Biblioteca. Se registra en el libro de clases. c) Citación a estudio en horario extraescolar: El docente que lo estime,

19

citará a estudio el día sábado en horario por él fijado, a los (las) alumnos(as) que, pese a estas acciones, no enmienden su conducta, previo aviso al apoderado.

Artículo 30: Otras Situaciones a) Cualquier otra situación no prevista en el presente Reglamento será evaluada por Inspectoría General, quien informará al Director, siendo éste quien tome la resolución final. b) Este reglamento debe ser conocido y aplicado por toda la comunidad escolar.

Artículo 31: De la Apelación El

apoderado

podrá

solicitar,

por

escrito,

la

reconsideración

de

la

Observación Grave o Muy Grave registrada en la hoja de vida de su pupilo(a), en

un

plazo

no

superior

a

48

horas,

presentando

los

antecedentes

que

considere pertinentes. El Comité Cívico conocerá de la apelación y resolverá en un plazo no mayor de 48 horas, comunicando a Dirección por escrito la decisión adoptada para que éste la aplique.

TÍTULO III: DE LOS PROCEDIMIENTOS QUE REGULAN EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE REGLAMENTO

Artículo 32: Todas las conductas observadas por los alumnos, tanto dentro como fuera del establecimiento serán evaluadas, tomando en cuenta: - El nivel de desarrollo del estudiante. - Los antecedentes reunidos referentes a la situación, todos éstos apoyados por estrategias pedagógicas que permitan su modificación.

Artículo 33: Los procedimientos que se emplearán para mejorar la conducta social de los alumnos, son las siguientes: 1. Diálogo entre el alumno y el profesor Es la primera instancia de reflexión entre el alumno y el profesor, en donde se entregarán las estrategias necesarias para superar la situación, que puede estar relacionada con las actitudes sociales o de rendimiento. 2. Entrevista del profesor con los apoderados Es la instancia en donde el profesor jefe o de asignatura da a conocer al apoderado una situación no resuelta de su pupilo en relación a rendimiento o actitudes sociales, con el fin de aunar criterios en busca de su superación. 3. Entrevista personal del apoderado, con el profesor y profesionales que presten apoyo a la docencia. Es la instancia en que el profesor jefe y los profesionales de apoyo a la docencia, prestan ayuda a aquellos alumnos que no han superado una situación problemática, buscando las estrategias necesarias para este logro. 4. Entrevista personal del apoderado, con profesor jefe, o Subdirección y con profesionales que presten apoyo a la docencia. Es la instancia en que el profesor jefe junto con el profesional de apoyo a la

docencia

presenta

a

la

instancia

correspondiente

(UTP,

inspectoría

20

general, dirección) el caso no resuelto, para determinar junto al apoderado, nuevos plazos para el cumplimiento de lo indicado anteriormente por los profesionales de apoyo a la docencia. 5. Consejo de profesores Es la instancia en donde el profesor jefe presenta a los profesores del curso y cuerpo directivo, el caso de aquellos alumnos que no han superado su problema de rendimiento o actitudes sociales, a pesar de haber recibido el apoyo necesario. Es esta instancia la que propondrá los procedimientos a seguir. 6. Carta de acuerdo de los apoderados y alumnos, cuando corresponda, en la que se comprometen a superar las conductas inadecuadas, las dificultades académicas

o

ambas.

Este

es

el

documento

oficial

en

el

cual

quedan

registradas la situación del alumno, las estrategias abordadas, resultados obtenidos y los procedimientos propuestos en el Consejo de Profesores, (tutoría, otros especialistas, becas, repitencia, cambio de curso y otras). En esta carta se compromete el alumno y el apoderado, con los profesionales de apoyo a la docencia e Inspectoría General, en un plazo prudente a cumplir con las normas establecidas en el Liceo. 7. En caso de que no se hayan superado las situaciones que motivaron la carta de acuerdo, la Dirección, agotadas todas las instancias, orientará al apoderado hacia una alternativa que beneficie al educando. El Director en conocimiento del procedimiento seguido frente a la situación del alumno, las proposiciones del Consejo de Profesores y ante el no cumplimiento de los plazos establecidos en carta de acuerdos, determinará en beneficio del alumno: -

el cambio de curso

-

repitencia en el Liceo

-

reubicación en otro Liceo

TÍTULO IV: DE LOS PROCEDIMIENTOS DE PETICIÓN DE ESPACIOS FÍSICOS Y EQUIPOS

Artículo

34:

Para

la

utilización

de

los

siguientes

espacios

del

establecimiento se procederá, para su uso, de la siguiente manera: a) Salón de actos: Será solicitada a través del profesor jefe o profesor a cargo de la actividad directamente a Inspectoría General o Dirección. b) Sala audiovisual: Será solicitada a través del Profesor Jefe o profesor encargado de la actividad a la UTP o Dirección. c) Salón verde: Será solicitado a Dirección por el Profesor Jefe o profesor a cargo de la actividad. d) Gimnasio y Canchas: Será solicitada a través del Profesor Jefe o profesor encargado de la actividad a la Dirección previa consulta al departamento de educación física. e) Salas de Clases: Será solicitada a través del Profesor Jefe o profesor encargado de la actividad a Inspectoría General. f)

Equipos

de

video

y

audio:

Serán

solicitados

a

la

Unidad

Técnico

Pedagógica por el Profesor Jefe o profesor a cargo de la actividad. En el caso de los alumnos de Educación Media, los alumnos podrán solicitar

21

la infraestructura indicada anteriormente en forma personal y sólo con la autorización del profesor a cargo.

CAPÍTULO II: DE LOS PROFESORES

Artículo 35: Los profesores que trabajan en el Liceo Marta Donoso Espejo de Talca, comprometidos con la

función que desempeñan, deberán conocer en

profundidad el Proyecto Educativo Liceano y ser portavoces y difusores, frente a alumnos y apoderados, de la filosofía que ilumina dicho proyecto, convirtiéndose así en personas a través de cuyo testimonio se capta con nitidez la práctica de los postulados que de allí emanen.

Artículo 36: El profesor, junto a otros agentes educativos, influye en las percepciones

del

mundo

que

va

haciendo

el

alumno,

en

la

formación

de

hábitos, en la organización valórica, en la aceptación o el rechazo de su singular modo de ser. El educador, quiéralo o no, incide en el educando, desde la formación de hábitos de puntualidad y/o de presentación personal, hasta sus posibilidades de encuentro consigo mismo y con el amor a la vida.

Artículo 37: Si al alumno se le pide destacar por sus actitudes positivas, no puede ser menor la exigencia para el profesor, quien ha de ser modelo, partiendo por la mesura de su presentación personal, hasta llegar a la prudencia y respeto en el trato con todos aquellos que trabajan con él, en la común tarea de educar. El alumno, permanente observador del profesor, está pendiente de todas y cada una de sus actitudes.

Artículo 38: El testimonio que el maestro debe dar, ha de expresarse también en el tiempo que se dé para compartir con los alumnos, en el trabajo de equipo que ejecute con otros profesores, el criterio común que procura mantener con comunidad liceana en su

de trabajo, en la solidaridad. El

crecimiento personal debe ponerse al servicio del crecimiento grupal y este último de aquél. El educador no hace alusión a los defectos de los demás en forma pública. Denuncia lo que le parece injusto, nunca deja de destacar las cualidades de otros; si algún falla se lo hace notar en privado y está dispuesto a aceptar la crítica constructiva con humildad. Además, entiende que el fin de la educación está centrado en el crecimiento de la persona y que el orden, la armonía, la buena disposición, son procedimientos o medios para lograr ese fin.

Artículo 39: El profesor debe comprometerse con los acuerdos emanados de instancias

como

el

Consejo

de

Profesores,

Unidad

Técnica

Pedagógica,

Inspectoría General y, por supuesto, la Dirección del establecimiento.

Artículo 40: Las consideraciones anteriores son orientadoras del quehacer docente en el marco de lo disciplinario, derivándose en concreto, algunas prácticas que son las siguientes:

22

a) El profesor, al inicio de su clase, sólo permitirá el ingreso de alumnos atrasados y/o ausentes el día u hora anterior, cuando obra en poder del educando

una

autorización

dada

por

la

Unidad

de

Inspectoría

General.

b) El profesor debe ser el primero en llegar al lugar de formación y permanecer sereno frente a sus alumnos, invitándolos con su actitud a asumir la misma con el fin de enfrentar el proceso de enseñanza aprendizaje en condiciones aceptable. c) El primer responsable de retirar y dejar el Libro de Clases es el profesor, como también de su manejo en el lugar habilitado para su cuidado, en este caso, la Sala de Profesores. d) El profesor autorizará el retiro de alumnos con anterioridad a la hora de salida, sólo cuando obre en poder del educando una comunicación firmada por el apoderado y validada por la Inspectoria General. e) El profesor deber pasar lista en el Libro de Clases cada vez que tome un curso, a la vez que debe dejar firmado en el lugar correspondiente la constancia de que hizo clases; además de anotar las materias tratadas en el lugar concerniente a las asignaturas. f) El profesor dejará constancia de las situaciones relevantes que ocurran al interior de un curso en forma breve, clara y objetiva. En cada libro de clases se adjunta una hoja para calendarizar pruebas; los profesores dejarán allí anotadas las fechas de sus controles y el coeficiente respectivo, a fin de evitar la acumulación de ellos. En el rubro observaciones del libro de clases, el profesor jefe y UTP anotarán el nombre de los alumnos que han dado aviso de su inasistencia a pruebas, indicándose la razón que justifica su ausencia. g) El profesor jefe revisará con periodicidad la agenda (de acuerdo con el nivel), de modo que su uso sea eficaz y podrá para ello aprovechar sus horas de atención de alumnos. El profesor de asignatura tendrá especial cuidado en hacer

uso

de

dichas

agenda

en

las

ocasiones

en

que,

de

suyo,

sean

necesarias. h) El profesor registrará permanentemente los comportamientos y/o conductas significativas positivas y negativas, en el Registro de Observaciones que incluye cada Libro de clase. i) En las entrevistas que realiza el profesor, tanto a los alumnos como apoderados, es conveniente registrar en el Libro de Clases lo significativo del encuentro, elemento que servirá como guía para el trabajo presente y futuro a desarrollar con el niño joven. j) El profesor jefe, de acuerdo con

el tiempo que dispone

para

ello,

efectuará, al menos una entrevista con apoderados, o todas las que estime necesarias,

considerando

que

ellas

son

pilar

fundamental

en

el

buen

desempeño escolar de sus pupilos. Si la ocasión lo requiere, el profesor de asignatura desempeño

también de

sus

citará

a

educandos,

apoderados

a

situación

que

entrevista pondrá

en

para

optimizar

conocimiento

el del

profesor jefe. k) El profesor de asignatura es responsable de lo que acontece con los alumnos dentro de la sala de clases, razón por la cual agotará los medios a su alcance para solucionar las situaciones conflictivas que se presenten

23

durante el desarrollo del trabajo escolar. Evitará por tanto, en la medida de lo posible, enviar alumnos a la Inspectoría General. Si así lo hiciere, empleará el medio que estime más conveniente para informar las razones de su medida. l) Si alguna situación cobrara tal magnitud que hiciera necesario citar al apoderado

por

parte

de

Inspectoría

General,

el

profesor

deberá

estar

presente en este encuentro. m) El profesor debe recibir al curso en su clase y también despedirlo. En caso de cambio de hora, el profesor dejará el curso ordenado y predispuesto con el profesor que le sigue en el cumplimiento del horario. En ningún caso debe dejar solo al curso al cual hace la clase. Frente a alguna emergencia debe avisar oportunamente a la paradoscente del nivel. n)

Los

elementos

materiales

que

disponemos

en

el

establecimiento

son

recursos puestos al servicio del trabajo educativo, lo que conlleva un compromiso para con su mantenimiento y conservación. Esto nos obliga a guiar a nuestros alumnos hacia esta misma meta, organizando los grupos y/o cursos a nuestro cargo, de forma tal, que dicho objetivo se cumpla. Esta misma organización ha de ser útil para los efectos de reparar con la prontitud debida, los deterioros que se provoquen. Reparar el daño material soluciona el

problema

inmediato,

lo

importante

está

en

llevarlos

a

descubrir

la

responsabilidad implícita tras este tipo de acciones. En sentido similar y de acuerdo con el nivel y/o curso, debemos cuidar que el alumno se preocupe por lo que es de su propiedad, recomendándose, en especial, que al inicio del año escolar cada uno se presente con sus pertenencias convenientemente marcadas (prendas de su uniforme, cuadernos, etc.). ñ) El profesor debe dejar constancia de las anormalidades que observe en lo relativo a la presentación e higiene de sus alumnos. o) Considerando que el profesor constituye un modelo para sus alumnos, procurará abstenerse, por

ejemplo, de comer, fumar,

masticar chicles

o

conversar frente a ellos en instancias educativas como la sala de clases, la formación,

actos

u

otras

en

que

se

relaciona

con

los

educandos,

planteándonos como objetivo la eliminación por parte de los alumnos de estos hábitos. p) El profesor debe cumplir y hacer cumplir las normas disciplinarias y administrativas del colegio. Deberá participar en los Consejos de Profesores y en las reuniones de Departamentos de Áreas, planificando y evaluando. También participará en otras reuniones a las cuales fuere convocado por la Dirección.

Debe

participar

en

las

actividades

educativas,

culturales,

patrióticas y recreativas que organice el colegio. También acompañará al curso, cuando en el tiempo que le corresponde por horario, tenga alguna actividad diferente de la clase.

CAPÍTULO III: DE LOS PADRES Y APODERADOS

§ ASPECTOS GENERALES

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Artículo 41: Son los padres los primeros responsables de la educación del niño. Para ejercer tan importante labor, buscan un establecimiento educativo que les ayuda a llevar a mejor fin el compromiso que ellos han asumido en su paternidad. De esta manera, traen voluntariamente a su(s) hijo(s) a esta Comunidad

Educativa

liceana,

para

que

ayude

en

tan

alta

misión.

Estos

principios se hacen vida en el proyecto educativo de la obra, como también en los reglamentos técnicos-pedagógicos, disciplinarios, administrativos que ésta tiene para su orientación práctica y buena marcha. El ir contra del Proyecto Educativo y sus normativas, en actitudes y/o, conductas, significa que se rompe con el vínculo de subsidiaridad que los padres deben entregar al establecimiento, lo que puede llevar, dados ya previamente los pasos de búsqueda de mutuo entendimiento, a que la comunidad educativa determina el retiro de un alumno y/o la familia. Para ello, el Liceo recomienda, en primera instancia, que el rol del apoderado lo cumpla el padre o la madre, o un familiar que ejerza sobre el alumno, un ascendiente moral favorable. Cuando los padres se encontrasen impedidos de ejercer sus responsabilidades con sus hijos en el plano de la representación ante la comunidad educativa, pueden ser reemplazados por el "apoderado", persona mayor de edad designada por los padres y que les representa ante la unidad educativa y tiene los mismos derechos y deberes antes enunciados para los padres.

Artículo 42: El apoderado, responsable del alumno, queda definido al momento de la matrícula, dejando constancia, en un documento escrito y firmado por él, de conocer y respetar al establecimiento en sus Principios, Proyecto Educativo, y "Reglamento de Convivencia Escolar del Liceo Marta Donoso Espejo", el cual tiene la vigencia de un año, pudiendo ser renovado o no por ambas partes: establecimiento y apoderado.

Artículo 43: El compromiso y los derechos que un padre o apoderado adquieren al integrarse a la comunidad liceana abarcan los siguientes aspectos: a)

Pedagógicos:

Los

padres

o

apoderados,

conscientes

que

el

proceso

enseñanza-aprendizaje se efectúa cuando hay un apoyo y respaldo mutuo entre la escuela y hogar, es que tienen el derecho de hacer sugerencias, dentro del marco de la moderación, que tiendan a mejorar el rendimiento escolar de sus

pupilos

a

través

de

los

conductos

regulares

y

competentes;

a

ser

informados oportunamente de los logros o deficiencias de sus alumnos, a exigir, como mínimo, el plan de estudio determinado por el Ministerio de Educación. b) A su vez se comprometen: b1. A apoyar en casa el hábito de estudio y a controlar el rendimiento académico de su pupilo; b2. A concurrir al establecimiento cada vez que sea llamado, asistiendo regularmente a las reuniones de curso fijadas; y b3. A respetar las aulas y patios en horas de funcionamiento regular del establecimiento.

Artículo 44: Con el fin de apoyar este proceso pedagógico, en cada curso se

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llevará un registro, en el libro de clases, y en la ficha personal de las actitudes positivas o negativas del alumno y de sus calificaciones, como de sus logros y felicitaciones. El apoderado se mantendrá informado de la situación

de

su

pupilo,

asistiendo

a

entrevistas

periódicas

con

los

profesores de asignaturas y/o el profesor jefe de curso, así como también asistiendo a reuniones del sub-centro de padres y apoderados. Artículo 45: Toda comunicación con los profesores o con los demás miembros de la por

comunidad educativa y vise-versa se efectuará, en primera instancia,

medio

de

la

"Agenda

de

Comunicaciones",

por

lo

que

padre

o

es

necesario

revisarla periódicamente.

Artículo

46:

En

el

ámbito

disciplinario

cada

apoderado

es

responsable de la creación de hábitos de esta naturaleza, que el día de mañana redundará en una buena formación integral. Por ello debe conocer las normativas disciplinarias, haciéndolas suyas, respetándolas y haciéndolas respetar. Junto a ello coopera con la creación del hábito de la puntualidad, de la asistencia a clases, y pruebas, honestidad y presentación personal, etc., asumiendo la responsabilidad de las faltas que en este campo el alumno cometa.

Artículo 47: Todo lo anterior, asumido por los padres en el momento de la matrícula, significa que se comprometen a respetar y hacer respetar por parte de su pupilo todos los principios y normativas del establecimiento. La falta

de

compromiso

y

el

cumplimiento

del

Proyecto

Educativo

del

Establecimiento pueden significar el alejamiento de aquellas familias.

§ DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS

Artículo 48:

Los

padres, apoderados o responsables de nuestros alumnos

tienen los siguientes derechos: a) A que en el Establecimiento se imparta el tipo de educación definido por las leyes vigentes. b) A conocer el funcionamiento del Establecimiento y el modo como se aplica el Proyecto Educativo. c) A ser recibidos por los profesores del Establecimiento en los horarios establecidos, y recibir información periódica sobre la situación de su hijo o alumno en los aspectos académicos, y en el proceso de maduración afectiva y social. d) A celebrar reuniones en el Liceo para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos o alumnos. El Director autorizará estas reuniones siempre que no interfieran con el normal desenvolvimiento de las actividades del Establecimiento. e) A formar parte del Centro de Padres y Apoderados del Colegio y participar en las actividades que éste organice.

26

§ DEBERES DE LOS PADRES Y APODERADOS

Artículo 49:

Los

padres, apoderados o responsables de nuestros alumnos

tienen las siguientes obligaciones: a) Respetar las normas de funcionamiento del Liceo. b)

Respetar

el

ejercicio

de

las

competencias

técnico-profesionales

del

personal del Establecimiento. c) Procurar la adecuada colaboración entre la familia y el establecimiento, a fin de alcanzar mejores logros en la tarea educativa. d)

Asistir

a

las

entrevistas

y

reuniones

convocadas

por

la

Dirección,

Inspectoría General, Unidad Técnico Pedagógica, y/o Profesores para tratar asuntos relacionados con la educación de sus hijos. e) Propiciar posibilidades que, fuera del Establecimiento puedan hacer más efectiva la acción educativa del mismo. f) Informar a los educadores de aquellos aspectos de la personalidad de sus hijos que estimen convenientes para ayudar a su formación. g) Justificar o solicitar por escrito las ausencias de sus hijos a la clase o actividades docentes ante la unidad que corresponde. h)

Responder

adecuadamente

a

las

circulares

o

comunicaciones

que

el

Establecimiento envía. i) Controlar constantemente a su pupilo, en lo respecto material didáctico, estudios y tareas. j)

Iniciar

cuando

se

le

solicite

el

o

los

tratamientos

médicos

(neurológicos, psicológicos, etc.). k) Cumplir el tratamiento que prescribe el especialista en los tiempos indicados.

Artículo 50: A fin que la labor educativa que desarrolla el Liceo, sea más constructiva en la formación del educando, se hace necesario destacar la gran importancia que tiene el apoderado en dicho proceso. Para que cumpla eficientemente su papel de agente educador, el apoderado debe: • Entregar en el momento de la matrícula datos reales y fidedignos del alumno/a, tales como su domicilio, número telefónico y otros que permitan su fácil ubicación además de comprometerse a actualizar estos datos cuando ocurra algún cambio. • Acudir al liceo cuando sea requerido por el profesor jefe, profesor de asignatura, Unidad técnico pedagógica, Inspectoría General o Dirección. • Asistir a todas las reuniones citadas por el profesor jefe, dirigentes del sub-centro de padres y apoderados del curso al cual pertenece su pupilo o pupila y el Centro General de padres y Apoderados del Liceo para tratar de asuntos de carácter educativo. • Responsabilizarse por las asistencias de su pupilo/a a clases, de acuerdo con el horario entregado por la Inspectoría General, cautelando que el alumno/a

asista

a

su

jornada

diaria

en

el

horario

de

ingreso

correspondiente. • Informar oportunamente al Liceo de situaciones especiales que afecten a su pupilo/a, tales como problemas de salud familiares, que pueden incidir en el

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rendimiento escolar de los educandos. • Tomar conocimiento, en forma periódica, del rendimiento del alumno/a en cada subsector de aprendizaje, de tal manera que en el hogar se tenga claro conocimiento de los logros y problemas de aprendizaje de los alumnos. • Colaborar con el establecimiento, instruyendo al estudiante del cuidado de infraestructura escolar, dado los recursos que el municipio, del Liceo y los mismos padres aportan a su mantenimiento. El alumno/a es el reflejo de la organización familiar y de los valores que allí adquiere. •

Acercarse al establecimiento, dentro de los plazos fijados que este

reglamento, para justificar atrasos, inasistencias a clases y evaluaciones programadas por los docentes. • Cumplir con las normativas que establece que solo con la autorización de Inspectoría General, puede salir el alumno/a del Liceo, durante el periodo de clases y por razones debidamente justificadas, por el apoderado. • Asegurarse que su pupilo/a asista a clases sin portar elementos de valor tales como joyas, radios, celulares y otros similares. La institución no se responsabiliza por la perdida o daño de estos bienes. • Velar que tanto los alumnos como las alumnos/as se presenten a clases con el

uniforme

del

Liceo,

conforme

a

la

normativa

impresa

en

este

mismo

reglamento. • Adquirir al inicio del año escolar la libreta de comunicaciones del Liceo o la que la institución demande, ya que toda comunicación es valida si esta anotada en ella. • Conversar con sus hijos o pupilos sobre la vida escolar, estimulándoles a lograr metas y a mejorar su rendimiento, de acuerdo a sus capacidades. • Establecer en el hogar un orden adecuado 'para que el estudiante pueda cumplir las exigencias escolares (rutinas de estudio, juego, alimentación, sueño,

etc...)

En

general

que

el

estudiante

se

ajuste

a

horarios

preestablecidos, disponiendo de un lugar tranquilo para trabajar y guardar sus útiles.

§ DERECHOS DE LOS PADRES Y APODERADOS



Ser informados de todos los proyectos de iniciativas, actividades en que

participa

el

colegio

o

que

le

han

favorecido,

esta

información

será

entregada por los profesores jefes a todos los cursos. •

Derecho

a

participar

a

través

de

sus

representantes

de

las

modificaciones que se propongan al reglamento de convivencia. •

Derecho a ser tratado con respeto y deferencia por docentes directivos,

profesores, paradocentes, administrativos y auxiliares. •

Derecho a que sus reclamos sean escuchados respetando los conductos

regulares. •

Derecho a ser atendido por el profesor jefe o profesor de asignatura en

caso de alguna consulta o problema respetando los horarios establecidos para ello. •

Derecho a participar activamente en la convivencia escolar, haciendo uso

de las dependencias del Liceo, previo aviso y consentimiento de la autoridad

28

correspondiente.

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