Reglamento de Convivencia Escolar

Reglamento de Convivencia Escolar Agosto, 2016 ÍNDICE Pag. INTRODUCCIÓN …………………………………………………………………………………………………………………….……………………… 5 5 DISPOSICIONE

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Reglamento de Convivencia Escolar

Agosto, 2016

ÍNDICE

Pag.

INTRODUCCIÓN …………………………………………………………………………………………………………………….………………………

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DISPOSICIONES GENERALES Y MARCO LEGAL ……………………………………………………………………………….………..…… 6 TÍTULO I. DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ………………………………………………………………………………………………….. PARTICIPACIÓN DELOS ACTORES DE LA COMUNIDAD ESCOLAR …………………………………………………..………………. DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR …………………………………………………………………………..….……………….

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CENTRO DE ALUMNOS/AS ………………………………………………………………………………………………………..………….……….

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CENTRO DE APODERADOS/AS ……………………………………………………………………………………………..……………………….. CONSEJO DE PROFESORES/AS ……………………………………………………………………………………………..………………….……. CONSEJO ESCOLAR ……………………………………………………………………………………………………………..……………….……….

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TÍTULO II.- NORMATIVA DE LOS ESTUDIANTES PERFIL Y LAS CONDUCTAS DESEABLES ……………………………………………………………………………………..…..………………. DERECHOS DE LOS/AS ESTUDIANTES ……………………………………………………………………………………………………………. DEBERES DE LOS/AS ESTUDIANTE ……………………………………………………………………………………………..…………………. SOBRE LA ASISTENCIA ……………………………………………………………………………………………………………..……………………. DE LAS INASISTENCIAS ………………………………………………………………………………………………………..………………………… SOBRE LA PUNTUALIDAD …………………………………………………………………………………………………….………………..……… MEDIDAS SOBRE LA PUNTUALIDAD ENSEÑANZA BASICA NT1 A 7° BASICO …………………….……………….…………… MEDIDAS SOBRE LA PUNTUALIDAD ENSEÑANZA MEDIA 8° A IV° MEDIO ……………………………………..…….…………

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RETIRO DE ESTUDIANTES ……………………………………………………………………………………….……………………..……………… 12 UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL ………………………………………………………………………………………………… 12 USO DE LA AGENDA ESCOLAR ……………………………………………………………………………………………..….…………………… 13 ACTIVIDADES EXTRA-PROGRAMÁTICAS ……………………………………………………………………………..…………….…………… 13 PASEOS DE CURSO Y SALIDAS PEDAGÓGICAS ………………………………………………………………..……………………………… SOBRE EL USO DE LA SALA DE CLASES …………………………………………………………………………………………………………… USO DEL COMEDOR Y LA COLACIÓN ………………………………………………………………………..………………..………………… USO DE APARATOS ELECTRÓNICOS Y OBJETOS DE VALOR ……………………………………..…………..………………………… ACTOS CÍVICOS O CEREMONIAS …………………………………………………………………………….………………………………………

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ACTIVIDADES DEPORTIVAS ……………………………………………………………………………………..……………….…………………… 15 TÍTULO III.- SOBRE LAS MEDIDAS APLICABLES A LOS ESTUDIANTES SEAN; FORMATIVAS, REPARATORIAS Y DISCIPLINARIAS MEDIDAS FORMATIVAS ……………………………………………………………………………………………… ESTRATEGIAS DE FORMACIÓN INDIVIDUAL PARA LOS ESTUDIANTES DE NT1 A IV° MEDIO ………………..…………. ESTRATEGIAS DE FORMACIÓN COLECTIVA ……………………………………………………………………..…………….……………… MEDIDAS REPARATORIAS ……………………………………………………………………………………………………………………………… MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y LOS PROCEDIMIENTOS ……………………………………………………………………………………… TIPOS DE FALTAS ……………………………………………………………………………………………………..……………..…………………… FALTA LEVE …………………………………………………………………………………………………………………..……….……………………… FALTA GRAVE ………………………………………………………………………………………………………………..………………………………

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FALTA GRAVISIMA ………………………………………………………………………………………………………..……………………….……… 20

TÍTULO IV.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA DEBERES, DERECHOS Y COMPROMISO DE LOS PADRES, MADRES Y/O APODERADOS ……………………………………. 22 DEBERES Y DERECHOS DE LOS/AS DOCENTES ………………………………………………………………………………………………… 24 DEBERES Y DERECHOS DE LOS/AS DIRECTIVOS/AS ………………………………………………………………………………………. DEBERES Y DERECHOS DE LOS/AS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN …………………………………….…………………………

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TÍTULO V.- OTRAS NORMAS Y MEDIDAS. INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD ……………………………………………………………………………………… RELACIONES AFECTIVAS …………………………………………………………………………………………………………………….………… MALTRATO ESCOLAR ………………………………………………………………………………………………………………………………..… RECLAMOS POR CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR EMERGENCIAS Y EVACUACIONES ………………………………………………………………………………………………………………… USO DE LAS IMÁGENES CORPORATIVAS ……………………………………………………………………………………………………… ATENCIÓN PERSONALIZADA DE ESPECIALISTAS ……………………………………………………………………………………………

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LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL …………………………………………………………………..……………………………… ACCIDENTE ESCOLAR …………………………………………………………………………………………………………………………………… REDES DE APOYO (OPD), ANTE LA VULNERACIÓN DE DERECHOS DE NUESTRO ESTUDIANTE ………………………. PERÍODOS DE POSTULACIÓN PARA MATRÍCULAS ………………………………………………………………………………………..

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TÍTULO VI.- PROCEDIMIENTO DE REVISION DEL REGLAMENTO ESCOLAR ………………………………………………..…

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ANEXO 1.-LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN …………………………………………………………………………………………..… Definición de protocolo de actuación ………………………………………………………………………………………………..………… 1.1.- Protocolo de actuación por abuso sexual ……………………………………………………..……………………………………… 1.2.- Protocolo de actuación por consumo de sustancias ilícitas ………………………………………………………..………… 1.2.- Protocolo de actuación frente al tráfico y/o consumo de drogas ………………………………………………………… 1.4.- Protocolo de actuación por maltrato escolar …………………………………………………………………….………………… 1.5.- Manual de procedimiento ante vulneración de derechos o descontrol emocional ……………………………… 1.6.- Protocolo de actuación ante sismos extraordinarios …………………………………………………………………………… 1.7.- Protocolo de actuación por accidentes escolares ………………………………………………….…………………………… 1.8.- Protocolo de actuación para deportistas destacados ………………………………………………………………..…………

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1.9.- Protocolo de actuación por situación de indisciplina grave en clases …………………………………………………… 1.10.- Protocolo de actuación para investigar un evento grave en un curso ………………………………………………… 1.11.- Protocolo de actuación para la realización de actividades deportivas ……………………………..………………… 1.12.-Protocolo de actuación para las salidas extra programáticas ……………………………………………………………… 1.13.- Protocolo de actuación para inasistencias y atrasos reiterados del estudiante ………………………………….. 1.14.- Protocolo de actuación por bullying o ciberbullying …………………………………………………………………………

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1.15.- Protocolo de actuación por autoagresión ……………………………………………………………………….………………… 1.16.- Protocolo de apoyo a estudiantes madres y embarazadas …………………………………………………………………

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Datos generales del establecimiento: Centro Educacional Niño Dios de Malloco RBD: 25448-7 Dirección: Balmaceda 58, Malloco Tipos de Enseñanza: Niños y jóvenes: De Pre Kinder a Cuarto Medio (HC), en jornada escolar completa diurna Adultos: Enseñanza Media HC y TP en jornada vespertina Enseñanza Básica con oficio y Media HC, en jornada nocturna Comuna: Peñaflor (R.M.) Dependencia : Particular subvencionado Gratuito Teléfono: (56-2) 26205900 Correo electrónico : [email protected]

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INTRODUCCIÓN La función social de la escuela es generar aprendizajes, por lo que la convivencia desarrollada en su interior debe estar orientada desde una perspectiva pedagógica, coherente y consistente con nuestro Proyecto Educativo Institucional (PEI) que respalda las acciones de cada establecimiento. Nuestro Centro Educacional guía su quehacer por la misión y visión contenida en el citado documento: “VISIÓN DEL C.E. NIÑO DIOS DE MALLOCO Deseamos formar personas comprometidas con la misión evangelizadora de la Iglesia desde la inclusión y la espiritualidad, para que se conviertan en agentes de cambio estudiantes de alta calidad académica capaces de incorporarse positivamente en la sociedad de su tiempo, mediante su realización cristiana y profesional a nivel personal, familiar y social, accediendo a una mejor calidad de vida y aportando en la construcción de un mundo más justo y fraterno. Con un modelo educativo que promueva competencias sociales, afectivas, valóricas, con énfasis en el desarrollo humano integral, que nos permita formar personas, emprendedores y por qué no líderes sustentados en valores. MISIÓN DEL C.E. NIÑO DIOS DE MALLOCO El Centro Educacional Niño Dios de Malloco, forma estudiantes íntegros en términos valóricos, académicos y aportan a su comunidad mediante un espíritu emprendedor sustentado en la evangelización. El colegio aspira a ser reconocidos en la sociedad como un colegio de inclusión, que brinda oportunidades a los más necesitados, entregando una enseñanza de calidad, equidad y eficiencia, ocupando para ello, materiales didácticos libros y todos los elementos tecnológicos modernos posibles para lograr nuestros objetivos. Un cuerpo de profesionales comprometidos para educar jóvenes con habilidades y destrezas que les permita abrirse campo en la educación superior, y en el mundo laboral, con buenos hábitos sociales, intelectuales y una sólida base ética que los proyecte como un valioso aporte a la sociedad” La convivencia escolar concebida como las relaciones sociales que se desarrollan al interior de la comunidad educativa, se construye a partir de la responsabilidad de todas y todos los actores involucrados/as en el proceso de enseñanza aprendizaje, es decir, estudiantes, docentes, directivos/as, asistentes de la educación y apoderadas/os. El propósito de lograr una convivencia armónica y efectiva tiene que ser abordado considerando diferentes aspectos, tales como: Enseñanza de habilidades sociales que fomente la creación de hábitos que favorecen el trato social, los buenos modales: pedir las cosas por favor, excusarse, defender los propios derechos, tratar con el sexo opuesto, afrontar conflictos. La formación ética: desarrollar la capacidad y voluntad para autorregular la conducta y la autonomía. Desarrollar juicios morales en función de una conciencia ética formada a partir de una vocación por la verdad, la justicia, la belleza, el bien común, el espíritu de servicio y el respeto. Profundizar en los y las estudiantes el sentido y valor del amor y la amistad; favorecer el conocimiento y el manejo de la afectividad con el fin de alcanzar un equilibrio emocional, dotándolos de herramientas que les permitan controlar la agresividad, el miedo o el pesimismo. Educación para la ciudadanía, fortaleciendo el compromiso permanente con la democracia y la paz. DISPOSICIONES GENERALES Y MARCO LEGAL Este manual es un instrumento de gran importancia pedagógica que establece normas y principios que sustentan la convivencia y el trabajo escolar. Están incluidos los modos de interacción entre los distintos actores escolares, cuya orientación es el trabajo colaborativo para alcanzar las metas comunes, bajo un ambiente de diálogo y encuentro. Los fundamentos legales y políticos del presente manual de convivencia escolar se rigen por la siguiente normativa legal: Constitución Política de la República de Chile.

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Declaración Universal de los Derechos Humanos. Declaración de los Derechos del Niño y de la Niña. Ley General de Educación. Ley Jornada Escolar Completa - JEC (19.532). Ley Estatuto Docente (19.070) y Código del Trabajo. Ley Indígena (19.253). Ley de Integración Social de las Personas con Discapacidad (19.284). Ley de Responsabilidad Penal Juvenil (20.191). Ley de protección a embarazada y madre adolecente Política de Convivencia Escolar (MINEDUC). Ley de Inclusión Escolar 20.845 Política de Participación de Padres, Madres y Apoderados/as (MINEDUC). DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Sobre las autoridades, y la conformación de cada departamento Dirección Convivencia Escolar Coordinación Académica Básica Coordinación Académica Media Consejo Escolar

TÍTULO I.- DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 1.- PARTICIPACIÓN DELOS ACTORES DELA COMUNIDAD ESCOLAR La comunidad educativa se compone de cinco actores escolares: estudiantes, docentes, directivos/as, apoderadas/os y asistentes de la educación. Junto a sus respectivos derechos y deberes explicitados en los títulos III y IV de este documento, existen instancias formales de participación para cada uno de ellos. Las instancias de participación son relevantes para desarrollar una comunidad escolar que promueva la democracia y una ciudadanía activa. Este manual de convivencia reconoce y norma las instancias formales de participación en la escuela, pero también da cabida y fomenta otras instancias de participación u organización autónoma de cada uno de los actores escolares, las cuales podrán funcionar en el establecimiento, siempre y cuando no violenten el desarrollo de los aprendizajes y el sentido de la normativa escolar. Artículo 2.- EL DEPARTAMENTO DE CONVIVENCIA ESCOLAR Aunque la disciplina en el establecimiento constituye una responsabilidad colectiva de Docentes, Directivos/as y del Consejo de profesores/as, existirá también un encargado/a del Departamento de Convivencia Escolar. El referido encargado/a deberá formar parte del equipo de gestión del colegio y deberá presentar y ejecutaran plan anual de convivencia. Así mismo será responsable de informar y presentar casos que requieran una definición del citado equipo de gestión. Igualmente, el encargado será la persona que informa acerca de los temas de convivencia ante el Consejo Escolar. Artículo 3.- EL CENTRO DE ALUMNOS/AS Las y los estudiantes podrán optar voluntariamente entre una organización representativa como el centro de estudiantes o federativa como un consejo de delegados/as. Siendo ambas posibilidades una opción legítima y reconocida por toda la institucionalidad escolar. El centro de estudiantes o consejo de delegados/as es la organización que vela por los intereses de las y los estudiantes. Constituye una organización autónoma del estudiantado y su funcionamiento estará en razón de sus intereses y necesidades. El consejo de delegados/as estará compuesto por dos representantes de cada curso, quienes serán elegidos/as democráticamente por sus respectivos compañeros y compañeras de curso. Constituyen cargos rotativos cuyo objetivo es llevar la información y las propuestas emanadas desde el consejo de

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curso hacia el consejo de delgados y viceversa. Además de participar en la toma de decisiones de manera activa y dinámica, involucrando a la mayor cantidad de estudiantes posible. Por su parte, el centro de estudiantes tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser parte de un proceso eleccionario informado y participativo. El centro de estudiantes será dirigido por una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos: Presidente/a Secretario/a Tesorero/a Ambas instancias contarán con la asesoría de un/a docente, quien colaborará en la planificación y desarrollo de las actividades planteadas y en la comunicación con los demás miembros de la comunidad escolar. En ningún caso el o la docente asesor/a actuará como tutor/a o sensor de las opiniones de las y los estudiantes, ni mucho menos podrá incidir en las decisiones de la organización estudiantil. Para ser parte activa del centro de estudiantes o consejo de delegados, no se requiere ninguna condición académica o disciplinaria particular, sólo la confianza explícita de sus representados/as, expresada a través de los mecanismos ya descritos. Cualquiera de estas instancias podrá convocar a una asamblea de estudiantes para abordar, proponer y resolver situaciones puntuales o temáticas que requieran una participación amplia de estudiantes. Artículo 4.- EL CENTRO DE APODERADOS/AS Las y los apoderadas/os podrán organizarse voluntariamente en un centro general de apoderadas/os. Con esta organización las y los apoderadas/os podrán involucrarse y aportar significativamente en los procesos de aprendizaje y el quehacer institucional de la unidad educativa. El centro general de apoderadas/o tiene un carácter democrático, por lo que su generación debe ser parte de un proceso eleccionario informado y participativo. El centro de apoderadas/os será dirigido por una directiva compuesta como mínimo por los siguientes tres cargos: Presidente/a Secretario/a. Tesorero/a El centro general de apoderadas/os es una organización autónoma, que puede optar incluso a la obtención de una personalidad jurídica, por lo que su funcionamiento no debe ser tutelado o condicionado por el equipo directivo del establecimiento. Constituye una instancia formal de participación y representación de un estamento escolar, por lo que debe ser considerada, invitada y consultada frente a ámbitos como: 

Proyecto educativo institucional.



Manual de convivencia.



Actividades extracurriculares.



Planes de mejoramiento de infraestructura

Artículo 5.- EL CONSEJO DE PROFESORES/AS El consejo de profesores/as es una instancia colegiada conformada por todas y todos los docentes del establecimiento, así como por las y los asistentes de la educación de acuerdo a los requerimientos de los temas a tratar. Su realización debe ser periódica, sistemática y planificada. Los consejos de profesores/as serán dirigidos por la Directora o un miembro del equipo directivo y tendrán los siguientes objetivos: a) Evaluación académica trimestral, semestral y anual según corresponda. b) Evaluación disciplinaria ya sea para casos particulares o colectivos (curso).

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c) Diseño, planificación y coordinación de aspectos técnico pedagógico. d) Promover e incentivar el perfeccionamiento vinculado a innovaciones curriculares. e) Planificar, coordinar y evaluar el abordaje pedagógico de aspectos relacionados con la convivencia escolar. f) Planificar y evaluar ceremonias y actos cívicos, actividades extracurriculares y paseos y salidas pedagógicas del establecimiento. g) Actividades de reflexión , Escuela de la Vida h) Tratar temas Administrativos Durante el desarrollo de los consejos de profesores/as la actitud de las y los participantes debe ser atenta, participativa y profesional. Queda estrictamente prohibido utilizar dicha instancia para la venta de productos o servicios, la revisión de pruebas o trabajos o cualquier actividad que no corresponda al sentido del consejo. Artículo 6.- EL CONSEJO ESCOLAR De acuerdo a la Ley 19.979, el consejo escolar es una instancia colegiada en la que participan representantes de cada estamento de la comunidad escolar. Posee un carácter consultivo y debe ser informado oportunamente sobre todos los ámbitos de funcionamiento del establecimiento educacional. Los integrantes del consejo escolar son: Director/a Sostenedor/a o su representante Un/a representante del Departamento de Convivencia Escolar Un/a representante de las y los docentes. Un/a representante de las y los estudiantes. Un/a representante de las y los apoderadas/os. Un/a representante de las y los asistentes de la educación. El consejo escolar debe sesionar al menos dos veces por semestre y su oportuna convocatoria será responsabilidad de la dirección del establecimiento. Los aspectos mínimos que deben ser presentados y trabajos por el consejo escolar son: a) Proyecto educativo institucional. b) Manual de convivencia. c) Programación anual y actividades extracurriculares. d) Planes de mejoramiento. e) Cuenta anual, incluida rendición de cuenta en relación a Subvenciones recibida. TÍTULO II.- NORMATIVA DE LOS ESTUDIANTES: Artículo 7.- EL PERFIL Y LAS CONDUCTAS DESEABLES 1.- EL PERFIL El estudiante del centro Educacional Niño Dios de Malloco, se valora así mismo y a los demás. Ahí radica su felicidad. a) Se preocupa, sobre todo, de lo que va a “ser”, y no solo de lo que va a “hacer”, o de lo que va a tener. b) Es ante todo un trabajador que le gusta las cosas bien hechas. c) Ama su propia formación en todas las dimensiones de la persona. d) Es un niño y joven alegre y sano, de corazón y de mente.

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e) De mirada limpia que sabe mirar la realidad, las personas, los problemas con misericordia. f) Cuida y respeta, las personas, las cosas (colegio), que está a su servicio (es un ecologista). g) La solidaridad y el ser para los demás es fundamental. Ama a su familia, al colegio, a la Iglesia y a la gente. h) Abierto a la trascendencia. Dios es todo en su vida. Dios es un padre, compañero y amigo. i)

Es responsable, sincero, honrado y bien organizado.

2.- LAS CONDUCTAS DESEABLES a) Ser un estudiante que se identifique con el proyecto educativo del establecimiento. b) Debe tener una disposición a un trato solidario, honesto, de buenos modales y al uso de un vocabulario amplio y respetuoso, con su grupo de pares y con todos los miembros de la comunidad educativa. c) Una presentación personal que denote limpieza y orden en el uso de su uniforme escolar d) Aprecio y participación en actividades sociales, solidarias, artísticas, medio ambientales, jornadas de reflexión, deportivas, científicas, organizadas por su curso o por el propio establecimiento. e) Conductas respetuosas tanto dentro como fuera del establecimiento. f) Respeto y cuidado por el medio ambiente. g) Ser estudiantes con valores de tolerancia, respeto, igualdad y solidaridad ante la diversidad y una sociedad más justa. h) Asistir regularmente a clases y a las actividades programadas por el establecimiento. i)

Actitud de honradez en el cumplimiento de sus deberes escolares.

Artículo 8.- DERECHOS DE LOS/AS ESTUDIANTES a) Derecho a recibir educación de calidad que le permita desarrollarse íntegramente como persona. b) Derecho a utilizar la infraestructura y recursos del establecimiento. c) Derecho a no ser discriminado/apor ningún motivo, ya sea social, económico, político, cultural, religioso, físico u otro. d) Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todos los adultos/as de la escuela, así como también de sus pares. e) Derecho a un procedimiento justo y racional en la evaluación académica y la aplicación de medidas disciplinarias. f) Derecho a defensa, apelación y a ser escuchado/a por las autoridades en todo procedimiento disciplinario. g) Derecho a conocer las sanciones que se le apliquen y los registros en la hoja de vida, en el mismo momento en que se decida su aplicación. h) Derecho a asociarse y organizarse autónomamente con sus compañeros y compañeras. i)

Derecho a conocer el resultado de sus evaluaciones (pruebas, interrogaciones y trabajos).

j)

Derecho a desarrollar actividades culturales, científicas, deportivas, artísticas y/o recreativas extracurriculares.

k) Derecho de las y los estudiantes con Necesidades Educativas Especiales a ser evaluados diferenciadamente, en cada subsector de aprendizaje. l)

Derecho de las estudiantes embarazadas y madres a continuar sus estudios normalmente u optar a adecuaciones y horarios específicos.

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m) Se hacen parte de este manual de convivencia, todos los derechos consagrados en la Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración de los Derechos del Niño y la Niña y la Constitución Política de la República de Chile. Artículo 9.- DEBERES DE LOS/AS ESTUDIANTES a) Participar activamente en su proceso de aprendizaje. b) Asistir puntualmente a clases. c) Participar y respetar las actividades pedagógicas en cada clase. d) Entregar oportunamente los trabajos y demás evaluaciones de cada subsector. e) Cuidar edificio, mobiliario, libros, material audiovisual, material didáctico de todo el colegio. f) Relacionarse en forma respetuosa con sus pares, profesores(as) ytodos los demás miembros de la comunidad educativa. g) Traer oportunamente materiales solicitados para trabajar en clases h) Informar siempre al apoderado de todas comunicaciones e informaciones provenientes del Colegio i)

Las y los estudiantes deben desarrollar las actividades que le son planteadas, con una disposición favorable al desarrollo de nuevos conocimientos, habilidades y destrezas, no entorpeciendo el clima de clase o el trabajo escolar de sus compañeros.

j)

Tener un comportamiento ordenado y de respeto en comedores y patios del colegio

Artículo 10.- SOBRE LA ASISTENCIA Los estudiantes del centro educacional Niño Dios de Malloco, deberán asistir regularmente al establecimiento y a todas las actividades organizadas por el colegio, previa información en la agenda escolar. Los alumnos y alumnas deberán tener el 85% de asistencia anual como mínimo conforme a la normativa legal. En aquellos casos que no se cumpla con el requisito anterior, los padres deberán presentar una carta de apelación, dirigida a la Dirección del Colegio, en el caso de llegar a ser motivo de repitencia. Artículo 11.- DE LAS INASISTENCIAS a) Los certificados médicos o documentos que justifiquen dichas faltas, deben ser entregados en la fecha que se produce la inasistencia, no recibiéndose certificados al término del proceso educativo. b) Toda inasistencia por un día debe ser justificada por el apoderado, detallando el motivo en la agenda escolar y acompañado por el certificado correspondiente, si así lo amerita. La agenda será revisada en forma diaria por el asistente correspondiente, en conjunto con el profesor. c) La inasistencia de dos o más días consecutivos (a causa de justificada por el apoderado, personalmente.

cualquier evento) debe ser

d) En el caso de inasistencia a pruebas, se actuará de acuerdo al protocolo vigente para dichos efectos, determinado por Coordinación académica. e) Ningún alumno(a) podrá abandonar el colegio durante la jornada escolar, a menos que sea retirado por el apoderado, o por un adulto autorizado por el apoderado. f) Los alumnos que se encuentren en actividades educativas extraordinarias fuera del establecimiento, deberán ser autorizados por sus apoderados mediante una comunicación firmada con anterioridad al evento. El colegio enviará al hogar la información de la actividad y el formato de autorización para el apoderado.

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g) La inasistencia a clases estando presente al interior del establecimiento deberá ser informada por Convivencia al apoderado, en forma inmediata. h) No será motivo que impida la asistencia de un alumno al colegio, estado civil de sus padres o no pago de algún dinero del curso. i)

Los estudiantes no pueden retirarse en horas de clases como algo habitual, salvo los alumnos deportistas destacados y bajo un protocolo especial.

j)

Los alumnos que presenten problemas de inasistencias reiteradas, serán derivados al equipo psicosocial para reparar dicha situación con el alumno(a) y la familia. En el caso de que no exista una buena disposición del apoderado, el establecimiento, para solucionar la dificultad informará la situación a la OPD respectiva, para que ellos ayuden a buscar la solución con la familia del (la) estudiante.

k) En todas las situaciones no señaladas en los presentes artículos, se aplicarán las normas emanadas por el Ministerio de Educación. Especialmente se tratarán los casos de las alumnas embarazadas y de los alumnos con enfermedades graves o en riesgo social; asegurando la continuidad de sus estudios en el establecimiento. Artículo 12.- SOBRE LA PUNTUALIDAD El horario de inicio de las clases para los estudiantes de Enseñanza Básica y Media seráa las 8:30 horas, por lo tanto se debe llegar al colegio unos cinco minutos antes. La enseñanza básica terminará su jornada diaria a las 15:55 y la enseñanza media a las 16:45; pudiendo, en algunos casos adecuarse de manera particular. El llegar atrasado/a constituye una falta y gradualmente se aplicará desde una amonestación, citación del apoderado, compromiso escrito y condicionalidad de matrícula del estudiante. Debe ser registrada por Convivencia el atraso, aplicándose la sanción respectiva. En ningún caso podrá tener como consecuencia el ser devuelto/a al hogar. MEDIDAS FORMATIVAS Y SEGUIMIENTOS PARA EL NO CUMPLIMIENTO DE LA NORMA ESTABLECIDA: 1.- Enseñanza Básica (NT1 A 7°) a) Entre las 8:30 y las 8:40, el estudiante deberá obligatoriamente quedar registrados en una planilla de atrasos en Departamento de Convivencia b) En caso de acumular 5 atrasos, el inspector deberá informar al profesor jefe, y también entregarle una estadística de atrasos por mes. c) El profesor jefe deberá citar al apoderado para informarle de los atrasos de su hijo(a). d) Con el(la) alumno(a) que no mejore en su situación de impuntualidad el establecimiento deberá intervenir a través de los siguientes departamentos : e) Coordinación Académica. f) Convivencia Escolar. g) Con todas las medidas que el establecimiento realiza para la mejora del estudiante y aun así no genera cambios, el establecimiento pondrá el caso en manos del departamento psicosocial para que realice una intervención desde el ámbito de vulneración de derechos, pudiendo incluso derivar el caso a la OPD. h) El alumno no podrá salir de la sala de clases durante la jornada de trabajo. Sólo el Profesor podrá autorizar la salida momentánea, en casos justificados y con tarjeta de identificación (pase de autorización)

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2.- Enseñanza Media (8° a IV°) a) Quienes lleguen después del horario de entrada tendrán que justificar el atraso con certificado médico o comunicación escrita del apoderado, sin hacer de esta justificación algo habitual. b) Entre las 8:30 y las 8:35, deben obligatoriamente quedar registrados en una planilla de atrasos en Departamento de Convivencia. Quienes ingresen después de esa hora, esperarán hasta el cambio de hora para entrar a sus salas con el fin de no interrumpir el clima de la clase. Como medida formativa se recuperará el tiempo de atraso quedándose el mismo día después de la hora de salida a desarrollar una actividad dirigida por los asistentes de la educación. c) De la misa forma se actuará por el atraso después de un recreo el cual deberá ser consignado por el profesor/a en el espacio adaptado para ello en el libro de clases, recuperándose después de clases, cuando se le indique. d) Los/as estudiantes que lleguen atrasados a la sala de clases, permaneciendo al interior del colegio, quedarán registrados en el libro de clases el día y la hora de la falta. Al cometer esta falta por tercera vez el apoderado deberá presentarse personalmente a entrevista con el Profesor Jefe en el día y hora que se le indique. El asistente del curso mantendrá informado al profesor jefe de los atrasos reiterados de su curso. e) El alumno no podrá salir de la sala de clases durante la jornada de trabajo. Sólo el Profesor podrá autorizar la salida momentánea, en casos justificados y con tarjeta de identificación (pase de autorización). f) Con todas las medidas que el establecimiento realiza para la mejora del estudiante y aún así no genera cambios, el establecimiento pondrá el caso en manos del departamento psicosocial para que realice una intervención desde el ámbito de vulneración de derechos, pudiendo incluso derivar el caso a la OPD. 3.- Retiro de estudiantes a) Al fin de la jornada escolar los estudiantes que cursen niveles hasta 3º año básico, deberán ser retirados por su apoderada/o o por un adulto responsable, previamente acreditado para esta función. Sin embargo, para los octavos básicos y la enseñanza media –especialmente ante problemas imprevistos de salud– bastará con que sea un adulto sin requerir autorización previa. En todo caso, será deber de las y los apoderados, retirar puntualmente a sus pupilos(as) al término de la jornada escolar. b) Todo retiro de estudiantes que sea efectuado antes del término de la jornada escolar, deberá ser efectuado por el apoderado/a titular o suplente, presentando un argumento que justifique dicho retiro. Y no puede ser permanente sólo si se refiere a tratamiento médico. Artículo 13.- UNIFORME ESCOLAR Y ESTÉTICA PERSONAL a) El uniforme del Centro Educación Niño Dios de Malloco es un emblema que identifica al estudiante ante un agente de igualdad, en una sociedad de inclusión y reflejan los valores y principios que el establecimiento quiere entregarles a los estudiantes. b) Tendrá para la Jornada Diurna dos alternativas de presentación personal: buzo y uniforme, siendo obligatoria para la Dirección del colegio sólo la presentación con buzo. El uso de la presentación con uniforme queda como alternativo y voluntario para quienes deseen adquirirlo. c) Los alumnos/as de Pre-básica a IV° Medio usarán el buzo oficial del Colegio durante toda la semana. La representación oficial del colegio en todos los casos deberá ser con el buzo. d) Para su clase de Educación Física, deberán traer ropa adecuada para cambiarse en el colegio, pero, no podrán venir con ella desde la casa, ni retirarse del colegio sin el buzo. e) El zapato o zapatilla para el buzo debe ser de color negro. Se permitirá el uso de calzado alternativo, de color oscuro (negro, azul, café) en caso que el alumno tenga problemas de

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adquirir el calzado correspondiente al uniforme (negro), siempre y cuando tal hecho sea comunicado personalmente por el apoderado. f) Quienes asistan con el uniforme al establecimiento deberán llevar: Polera amarilla, chaleco azul y zapatos negros con falda azul, en el caso de las damas y pantalón azul o gris, en el caso de los varones. g) En caso que el alumno tenga problemas de adquirir el polerón correspondiente al uniforme, se permitirá el uso de polerones de color negro o azul, sin ningún diseño ni estampado; siempre y cuando tal hecho sea comunicado personalmente por el apoderado en la oficina de Convivencia Escolar. h) En casos especiales y temporalmente este vestuario podrá reemplazarse por prendas de colores similares al uniforme o buzo y en ningún caso ropa excéntrica o de colores llamativos, previa comunicación escrita en la agenda escolar, por parte del apoderado. i)

En temporada invernal (Mayo a Septiembre) se permitirá el uso de parkas azul marino o negras, así como también bufandas, gorros, y guantes de los mismos colores.

j)

En cuanto a la presentación personal se seguirán las siguientes disposiciones:

k) Los alumnos varones deben venir a clases con: pelo limpio, corto y peinado sin aros ni pearcing, afeitado, uñas cortas, limpias y sin pintar, sin dreadlocks ni mohicanos, ni teñidos. El corte de pelo debe ser tradicional de colegio. l)

Las alumnas deberán venir a clases con el pelo ordenado, peinado, limpio y de color natural (sin tinturas ni extensiones), uñas limpias y sin pintar, sin maquillaje y aros cortos, sin dreadlocks ni mohicanos. El peinado debe ser simple, de tipo tradicional.

m) En las jornadas vespertina y nocturna no rigen la letra f sobre uniforme escolar, ya que en estas jornadas se imparte educación de adulto que tienen otra normativa en relación a este punto. Artículo 14.- USO DE LA AGENDA ESCOLAR Los estudiantes deberán portar diariamente su agenda escolar, se utiliza como medio de comunicación entre el establecimiento y la familia, a la vez, será revisada en forma diaria por el asistente correspondiente, deberá consignar todos los datos de identificación tanto del estudiante como la de su apoderado, el apoderado deberá firmar y supervisar que su hijo (a), porte la agenda escolar. Artículo 15.- ACTIVIDADES EXTRA-PROGRAMATICAS a) Se entiende como actividad extra-programática toda actividad no lectiva realizada en horario de clases o fuera de él. Las actividades extra-programáticas deben responder a los intereses y las necesidades de las y los estudiantes. b) La participación y asistencia a estas actividades tienen un carácter voluntario, y no incidirá en la evaluación de ningún subsector de aprendizaje. c) Toda actividad de este tipo tendrá un carácter pedagógico y debe ser planificada y supervisada por un/a adulto/a, sea éste directivo/a, docente, asistente de la educación, apoderada/o u otro/a profesional externo/a de apoyo. d) Si la actividad extra-programática se realiza fuera del establecimiento o en horarios distintos a los lectivos, ésta será autorizada por escrito por el o la apoderada/o de cada estudiante participante. e) El encargado de la actividad será el responsable de recolectar y entregar dichas autorizaciones a Convivencia Escolar. Artículo 16.- PASEOS DE CURSO Y SALIDAS PEDAGÓGICAS Cada curso podrá organizar paseos y/o salidas pedagógicas del establecimiento, las que consisten en: 1.- Salidas Pedagógicas: Actividades de aprendizaje desarrolladas fuera del establecimiento que se vinculan directamente con el desarrollo de uno o varios de los subsectores. Se desarrollan en horario de

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clases y deben contar siempre con la autorización previa y supervisión del docente del subsector respectivo. Por ejemplo, salidas a museos, zoológicos, teatros, cines, excursiones, visitas a lugares históricos, etc. 2.- Paseos de Curso: Actividades recreativas y de esparcimiento que se desarrollan fuera del establecimiento no utilizando el horario normal de clases. Deben contar con el respaldo y supervisión de uno o más apoderadas/os y el profesor/a jefe del curso respectivo. Por ejemplo, paseos a la playa o al campo, campamentos, picnic, etc. En caso de las Salidas Pedagógicas se requerirá solicitar la autorización a la Dirección Provincial de Educación del establecimiento al menos con diez días de anticipación, y para ambos casos se requiere la autorización escrita de todos/as las y los apoderadas/os de las y los estudiantes participantes. Artículo 17.- SOBRE EL USO DE LA SALA DE CLASES a) El establecimiento velará por la correcta y adecuada implementación del mobiliario, luminarias, pizarra, puertas y ventanas de cada sala de clases. b) El aseo de la salas de clases es una de las funciones principales de las y los auxiliares de servicio del establecimiento (asistentes de la educación), sin perjuicio de lo cual, su mantención y cuidado es responsabilidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa. c) Los alumnos deberán comprometerse con el mantenimiento del orden y la limpieza del establecimiento, así como también del cuidado del mobiliario, la preservación de sus jardines, construcciones y elementos decorativos. d) El profesor de asignatura, durante su hora de clase, aplicará las medidas necesarias para que la sala quede limpia y ordenada. e) Por seguridad las salas de clases permanecerán cerradas durante los recreos y horas de colación (excepto en días de lluvia). f) Por higiene y cuidado de la salud de los alumnos, el almuerzo deberá realizarse en los lugares habilitados por el establecimiento (comedor). g) Durante el desarrollo de las clases, tanto estudiantes como profesores/as no podrán ingerir alimentos o bebidas, escuchar música, utilizar su teléfono móvil, dormir o dedicarse a otras labores que no correspondan con el desarrollo del subsector respectivo h) Las y los estudiantes que deseen ir al baño o deban retirarse de la sala de clases por algún motivo justificado, deben avisar dicha situación al docente o inspector/a que se encuentre en ese momento i)

El uso de instrumentos tecnológicos, tanto para estudiantes, profesores/as, directivos/as o asistentes de la educación, sólo será permitido fuera del horario de clases, con la sola excepción de que sea necesario para el desarrollo de alguna actividad pedagógica. El establecimiento no se hará responsable de la pérdida o daño de instrumentos tecnológicos.

j)

En caso que la o el profesor deba ausentarse momentáneamente de la sala de clases por motivos de fuerza mayor o frente a su inasistencia, el curso estará a cargo de un docente reemplazante o inspector/a, quién realizará actividades pedagógicas relacionadas con el subsector y supervisadas por la respectiva Coordinadora.

Artículo 18.- USO DEL COMEDOR Y LA COLACIÓN El horario de colación o almuerzo debe ser establecido a inicios de cada año escolar, diferenciándolo para los distintos ciclos y niveles educacionales. Se debe considerar un tiempo mínimo de treinta minutos para cada turno de colación. La convivencia escolar en el comedor siempre estará monitoreada por un inspector/a o docente a cargo, quién velará por el comportamiento de las y los estudiantes e informará a la dirección del establecimiento sobre las características de las raciones alimenticias entregadas.

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Artículo 19.- USO DE APARATOS ELECTRÓNICOS Y OBJETOS DE VALOR Para evitar riesgos de hurtos o pérdidas estará prohibido a los alumnos hacer uso al interior del establecimiento, excepto en casos específicos y a requerimiento del profesor(a) delos objetos que se detallan a continuación: a) Artículos electrónicos (radios, notebook, Ipods, tablets, pendrives, etc.) b) Medios audiovisuales (cámaras de video y fotográficas) c) Teléfonos celulares. d) Joyas e) Artículos deportivos f) Juegos de todo tipo El colegio no se hace responsable de las pérdidas o daños de los objetos nombrados anteriormente. Los profesores tendrán autoridad para retener estos aparatos cuando sean usados al interior de la sala y entregarlos a Convivencia Escolar Los alumnos que de igual manera porten los objetos nombrados anteriormente no podrán, en ningún caso, utilizarlos al interior de la sala de clases y se expondrán a que estos serán retenidos, hasta la salida de clases, por el Dpto. de Convivencia Escolar. Artículo 20.- ACTOS CÍVICOS O CEREMONIAS Se entenderá por acto cívico o ceremonia, la actividad cuyo objetivo es conmemorar o celebrar alguna fecha, desarrollar una temática de interés para la comunidad o el reconocimiento de logros y resultados de algún miembro de la comunidad educativa. Los actos cívicos o ceremonias son expresión de los intereses y necesidades de todos los miembros de la comunidad, por lo que deben evitar desarrollarse exclusivamente desde una mirada adulta, con una estructura muy rígida, Es por ello que serán instancias de participación e inclusión de los distintos estamentos del colegio. Se coordinarán con anticipación y quedarán en el cronograma anual del colegio. Artículo 21.- ACTIVIDADES DEPORTIVAS En torno a las actividades deportivas dentro y fuera del colegio, el Centro Educacional Niño Dios de Malloco dispone de los siguientes instrumentos: a) Protocolo para la realización de actividades físicas, deportivas b) Protocolo de procedimiento para alumnos deportistas en situación destacada. TÍTULO III.- SOBRE LAS MEDIDAS APLICABLES A LOS ESTUDIANTES; SEAN FORMATIVAS, REPARATORIAS Y DISCIPLINARIAS. El centro Educacional Niño Dios de Malloco, buscará estrategias para ayudar en el proceso de formación de los estudiantes en conjunto con un grupo multidisciplinario de profesionales especializados en las áreas, académicas, emocionales y familiares de los alumnos y con ello mantener una buena convivencia escolar, con el objetivo principal en la formación que favorezca la prevención de toda clase de comportamientos que dañen la convivencia, a los demás y/o su entorno. En caso de que un estudiante presente alguna transgresión al Manual de Convivencia Escolar y esta sea de conocimiento de la institución, se adoptarán las medidas disciplinarias correspondientes, y si el caso lo amerita se generará la derivación al equipo psicosocial. La aplicación de las medidas estará acorde a la ponderación y gravedad de las mismas e incluye la aplicación de las sanciones más severas en los casos de falta gravísima.

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Artículo 22.- MEDIDAS FORMATIVAS Son todas aquellas medidas que se aplicarán como comunidad educativa para promover y desarrollar en todos los alumnos (as), los principios y acciones que contribuyan a mantener una buena convivencia escolar, con énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de comportamiento disruptivo. En caso de que los (as) alumnos presenten algunas problemáticas, se adoptaran las siguientes estrategias formativas especiales, de acompañamiento y de intervención. a).- Estrategias de Formación Individual para los estudiantes de NT1 a IV° Medio: Estrategias de Apoyo

Personas Responsables

Actividades y tiempo de ejecución.

1. Atención para el(la), alumno(a), que presente dificultades de comportamiento, de relaciones interpersonales u otras, con el fin de conocer problemáticas y establecer acuerdos para el cambio.

- Profesor jefe y/o de asignatura.

- Entrevista apoderado y o Tutor responsable del estudiante.

2. Entrevista al apoderado tutor del alumno(a) que presente dificultades disciplinarias, para comunicarle la situación, los acuerdos y compromisos tanto del alumno(a), apoderado y las acciones de apoyo que brindara el colegio.

- Asistente a cargo del Alumno(a). - Asistente de Convivencia Escolar. - Encargada de Convivencia Escolar. - Encargada de Coordinación Académica, Básica y Media.

- Compromisos Firmados por el estudiante y/o apoderado. - Trabajo Comunitario por el estudiante. - Talleres de Habilidades Sociales. - Trabajo con Redes de apoyo.

- Derivación a especialista según la necesidad del estudiante. (Asistente Social, Psicóloga, Psicopedagoga).

- Intervención a la familia.

- Profesor Jefe y/o de asignatura.

- Compromisos Firmados por el estudiante y/o apoderado.

- Período a ejecutar cuando se estime conveniente.

- Asistente de Convivencia Escolar del estudiante. - Trabajo Comunitario por - Encargada de Coordinación Académica Básica y Media. - Encargada de Convivencia Escolar. - Derivación a equipo Psicosocial.

El estudiante. - Talleres de Habilidades Sociales. - Trabajo con Redes de apoyo. - Intervención a la familia. - Período a ejecutar cuando se estime conveniente.

- Derivación Externa.

3. Diagnóstico previo a - Especialistas del equipo estudiante con multidisciplinario,(Psicóloga, dificultades de Psicopedagoga, Asistente Social comportamiento, relaciones interpersonales u otras situaciones que presente.

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- Período de acuerdo a evolución de las conductas del estudiante sean positivas y/o negativas.

4. Aplicación de estrategias sugeridas para el estudiante con dificultades de comportamiento, relaciones interpersonales u otras situaciones que presente.

- Profesor Jefe.

El estudiante deberá participar de los Siguientes Talleres y Actividades

- Asistente de Convivencia Escolar del estudiante. - Talleres Deportivos. - Encargada de Convivencia Escolar.

- Taller de Mediación y Resolución de Conflictos.

- Encargada de Coordinación Académica Básica y Media.

- Mini Asistentes de la Educación. - Taller de Canto. - Taller Instrumental de Música Popular. - Taller Sol y Ayuda. - Campeonatos de Baile y Futbol. - Ayudante de la casita de los niños felices. - Ayudante de Convivencia Escolar. - Realizar trabajos pedagógicos después del horario de clases. - Asistir en las vacaciones de invierno y verano a realizar Trabajos Comunitarios durante algunos días.

5. Seguimientos

- Profesor Jefe.

- Período de acuerdo a evolución de las conductas del estudiante sean - Asistente de Convivencia Escolar positivas y/o negativas. del Estudiante.

- Seguimiento de las intervenciones que el colegio ha realizado con los estudiantes que han presentado dificultades disciplinarias y/o personales.

- Encargada de Convivencia Escolar. - Encargada de Coordinación Académica Básica y Media.

- Asistente Social. -Seguimiento de las intervenciones que las instituciones externas han realizado con estudiantes de nuestro establecimiento.

b).- Estrategias de Formación Colectiva: Estrategias de Apoyo

Personas Responsables

Actividades y tiempo de ejecución.

1. Intervención de Curso.

- Profesor Jefe

- Jornadas de Reflexión e Integración.

- Encargada de Convivencia Escolar.

- Retiros

- Encargada de Coordinación Académica Básica y Media. - Equipo Multidisciplinario

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Artículo 23.- MEDIDAS REPARATORIAS Se considerarán estas medidas como gestos y acciones de un alumno(a), que presente dificultades disciplinarias, con la persona agredida y que acompaña el reconocimiento de haber infringido un daño, sea psicológico o físico (depende el tipo de agresión). Estas acciones restituyen el daño causado y deben surgir a través del dialogo, del acuerdo y de la toma de conciencia del daño ocasionado. La medida reparatoria es reconocida por el Centro Educacional Niño Dios de Malloco, como un sentido de reconocimiento y una voluntad de enmendar el daño por parte del (la) alumno(a) que presenta problemas disciplinarios para generar cambios positivos en su actuar. Además, se entenderán como medidas reparatorias todas aquellas que tienen por finalidad reparar el daño realizado por medio del mejoramiento de espacios físicos y el servicio comunitario dentro del establecimiento educacional. Estas medidas deberán estar acordes a la falta cometida. TIPOS DE MEDIDAS REPARATORIAS: a) Trabajo Comunitario: este tipo de trabajo es no remunerado, a favor de la comunidad educativa. Ejemplo: Limpiar o pintar muros dañados, en vacaciones, ayudar en biblioteca escolar, ayudantía a estudiantes con dificultades en algunas asignaturas. b) Acciones Solidarias: realizar visitas a hogar de ancianos, jardín infantil de las dependencias del establecimiento, participar del grupo “sol y ayuda”. c) Disculpas en caso de menoscabo a otros: Pedir disculpas en privado o en público según corresponda a la o las personas involucradas. Consensuar una medida reparatoria, sin perjuicio de las medidas disciplinarias en este manual. Artículo 24.- MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y LOS PROCEDIMIENTOS. ACERCA DE LAS FALTAS: a) Se entenderá como falta el acto u omisión que constituya una transgresión a las normas y acuerdos antes señalados en este manual de convivencia escolar. b) Las y los estudiantes tienen derecho a un proceso justo y racional, atendiendo a los derechos fundamentales, convenciones internacionales y la normativa vigente en educación. Las sanciones serán con una orientación pedagógica, donde las y los estudiantes tengan derecho a instancias de revisión y apelación a las sanciones impuestas. c) Los y las estudiantes afectados(as) por sanciones ante faltas graves tendrán el derecho de apelar por escrito ante la dirección del colegio apelación, la cual tendrá un plazo máximo de cinco días hábiles para responder En todo caso y en relación a los temas disciplinarios, el Departamento de Convivencia Escolar del Centro Educacional Niño Dios de Malloco dispone, para orientar su desempeño, de los siguientes instrumentos: Protocolo de procedimiento para situaciones graves de indisciplina de alumnos en clases Protocolo de actuación por consumo de sustancias ilícitas Protocolo de procedimiento para la investigación de un evento grave dentro de un curso Protocolo de actuación referente al maltrato escolar Protocolo de actuación por abuso sexual Protocolo de actuación ante sismos extraordinarios Protocolo de actuación por accidentes escolares Protocolo de actuación para deportistas destacados Protocolo de actuación por situación de indisciplina grave en clases Protocolo de actuación para investigar un evento grave en un curso Protocolo de actuación para la realización de actividades deportivas Protocolo de actuación para las salidas extra programáticas Protocolo de actuación para inasistencias y atrasos reiterados del estudiante Protocolo de actuación por bullying o ciberbullying

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Protocolo de actuación por autoagresión Protocolo de apoyo a estudiantes madres y embarazadas Artículo 25.- LOS TIPOS DE FALTAS El Centro Educacional Niño Dios de Malloco considera la siguiente graduación de faltas: 1.- FALTA LEVE: Será considerada una falta leve, aquella que no atente contra la dignidad e integridad de las personas, ni provoque daños a la propiedad. Se tomarán las siguientes medidas para la falta leve: 1.1.- Cuando ocurre una indisciplina, los alumnos (as), podrán ser amonestados mediante: a) AMONESTACIÓN VERBAL: Es el llamado de atención que hará el profesor jefe, de asignatura, asistente de la educación, encargado de convivencia escolar, ante alguna falta de carácter leve que suceda durante el desarrollo de una clase o fuera de ella. b) AMONESTACIÓN ESCRITA: es la anotación realizada por el profesor jefe, de asignatura, encargado de convivencia escolar, ante una falta leve que será registrada en el libro de clases e informado al alumno (a). 1.2.- MOTIVOS CONSIDERADOS FALTA LEVE a) Presentarse sin útiles o materiales de trabajo solicitados con anticipación (exceptuando los casos por falta de recursos) b) Presentar atrasos permanentes o inasistencias injustificadas a clases c) No desarrollar las actividades pedagógicas de cada clase d) No informar oportunamente a su apoderado sobre sus resultados académicos y anotaciones disciplinarias 1.3.- LOS PROCEDIMIENTOS a) Conversación entre docente y estudiante b) Anotación disciplinaria c) Conversación y mediación si fuera necesario con Convivencia Escolar d) Conversación con el apoderado y el profesor jefe o convivencia escolar, para informar las faltas y buscar alternativas para superar las dificultades. e) En caso necesario puede ser evaluado por el departamento psicosocial del colegio. 2.- FALTA GRAVE: Es la que resulta de la reiteración de falta leves y/o son todas aquellas que provoquen daños y atenten en un grado menor o en forma accidental, contra la dignidad e integridad de las personas o contra la infraestructura del establecimiento. También aquellas que vulneran las normas de organización escolar en horarios y presentación personal de manera reiterada. 2.1.- SE TOMARAN LAS SIGUIENTES MEDIDAS PARA LAS FALTAS GRAVES. a) CARTA DE COMPROMISO: Es aquella medida que asume el estudiante y su apoderado con profesor jefe, encargado de convivencia escolar, ante una falta o una serie de ellas, incorporando cambio de actitud y cumplimiento del Manual de Convivencia en un plazo definido. b) SUSPENSIÓN DE CLASES: de uno a tres días. Esta medida se aplicará cuando la gravedad de la falta sea de conductas que transgreden, de manera reiterada (más de tres ocasiones), disposiciones contenidas en el presente Reglamento, o sean faltas graves de descontrol emocional. c) CAMBIO DE CURSO: Esta medida se aplicará por recomendación de la encargada de convivencia escolar, profesor jefe actual del alumno(a), y el departamento psicosocial. d) CONDICIONALIDAD DE MATRÍCULA: Se aplicará condicionalidad a cualquier falta grave durante el semestre, y cuando el colegio habiendo buscado instancias de superación con el

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estudiante y apoderado, no haya logrado los resultados esperados o, en aquellos casos en donde la falta cometida es de gravedad. La condicionalidad del estudiante será resuelta por el encargado de convivencia escolar en conjunto con el profesor Jefe. Al finalizar el semestre se revisará la situación para ver la posibilidad de levantar dicha condicionalidad. 2.2.- MOTIVOS CONSIDERADOS FALTAS GRAVES: a) Mostrar desinterés o rechazo frente a su proceso de aprendizaje de manera reiterada b) Generar el desorden quebrando el clima escolar adecuado al desarrollo de una clase, con risas, tirando proyectiles, molestando, etc. c) No ingresar a clases (cimarra) o llegar atrasado dentro de la jornada escolar d) Manifestaciones de pololeo dentro del establecimiento e) No entregar oportunamente trabajos o evaluaciones en forma reiterada f) Copiar durante evaluaciones o adulterar documentos del establecimiento g) Agredir verbalmente a otro miembro de la comunidad escolar h) Insultar grosera y gravemente a un profesor o a cualquier otro miembro de la comunidad escolar al interior del establecimiento. i)

Provocar daño al mobiliario e infraestructura

2.3.- LOS PROCEDIMIENTOS a) Anotación disciplinaria en el libro de clases b) Citación a apoderada/o c) En caso de reincidencia será derivado al Departamento de Convivencia o, en caso de ser necesario, se pedirá al apoderado buscar diagnóstico y tratamiento con un especialista adecuado d) Si fuera necesario mediación con Departamento Convivencia Escolar e) Según sea la falta: 

Se pedirá realizar un trabajo social durante el recreo del almuerzo en un curso de los más pequeños, ya sea en animación de juegos o en la confección de material didáctico.



O, podrá establecerse para el (la) alumno(a) una tarea con trabajo comunitario de reparación, o también podrá pedírsele preparar un trabajo de investigación en presentación audiovisual (PPT) que eduque sobre el tema en cuestión y presentarlo en hora de consejo de curso.

f) Si la falta grave se ha reiterado más de dos veces con información al apoderado, con trabajos de reparación y aun así insiste, se informará de la condicionalidad de la matrícula a su apoderado(a), quien deberá firmar la carta junto a su pupilo(a). g) Si la falta grave continúa aun después de ser informada en entrevista al apoderado se podrá pedir cambio de curso al paralelo. 3.- FALTA GRAVÍSIMA: Es aquella falta que por su gravedad quiebra totalmente la confianza de sus pares y de sus apoderados, por la intencionalidad con la que se le comete, provocando temor, desconfianza, inseguridad y que con la permanencia de quien la comete se arriesga la seguridad física, psicológica y material de las personas y de sus bienes 3.1.- SE TOMARAN LAS SIGUIENTES MEDIDAS PARA LAS FALTAS GRAVISIMAS: a) SUSPENSIÓN TEMPORAL: Se refiere a la instancia de reflexión en el hogar, y se aplicará sólo a los estudiantes que se encuentren en situación de derivación o cuando hayan cometido una falta gravísima que amerite tiempo de investigación. El periodo de suspensión irá desde los tres y cinco días, y la gradualidad de la sanción estará sujeta al exhaustivo análisis del caso por la

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instancia que corresponda y siempre será registrada en el libro de clases o en el cuaderno de entrevista del apoderado. b) DENEGACIÓN DE MATRÍCULA: antes de la aplicación de esta medida, se aplicaron distintas remédiales con el estudiantes y se entrevistó en varias ocasiones al apoderado y fueron atendidos por, Asistente de la Educación, Profesor Jefe, Encargada de Convivencia Escolar, Coordinación Básica y Media, Equipo Psicosocial. Si al final de un debido proceso, y cuando se hayan agotado todas las instancias tendientes a la readecuación conductual del alumno(a) y ésta no supera las faltas que ameritaron las sanciones anteriores, se cumplirá efectivamente la sanción y/o en el caso de la realización de una falta grave que reúna y justifique la denegación de la matrícula. Esta sanción será resuelta por el encargado de Convivencia Escolar o por el Equipo de Gestión, previos informes de Profesor jefe y/o Asistente de la Educación. El estudiante y su apoderado, podrán apelar a la medida a través de un documento escrito y firmado dirigido a la directora del establecimiento, en un lapso de 5 días hábiles, una vez notificados de la medida. La directora deberá responder a dicho documento en un plazo de máximo de cinco días hábiles. Dicha resolución, vistos los informes pertinentes, tendrá un carácter inapelable. c) DERIVACIÓN DE MATRICULA: Esta sanción será recomendada por el encargado de Convivencia Escolar, previo a consulta con el Equipo de gestión, profesor jefe, equipo psicosocial. Esta sanción significa que el establecimiento a través de la asistente social derivará a otro establecimiento educacional de la comuna al estudiante sancionado, quedando inhabilitado de volver de forma definitiva al establecimiento, luego de informado al apoderado y terminado los plazos de apelación consignados en el Manual de Convivencia Escolar, asegurando con ello su derecho a las educación. En el intertanto el estudiante estará suspendido temporalmente. Recordar que el estudiante y el apoderado pueden optar por otro establecimiento educacional de acuerdo a las ofertas de distintos proyectos educativos tanto en la comuna como en la Región Metropolitana. d) PROHIBICION DE ASISTIR A LA GRADUACIÓN: Se aplicará al estudiante de fin de ciclo que realizó un hecho de carácter gravísimo. Lo decidirá la Directora en conjunto con el Consejo de Profesores. e) ASISTENCIA SOLO A EVALUACIONES CALENDARIZADA POR COORDINACION ACADEMICA Y SUPERVISADA POR ASISTENTE DE LA EDUCACION: Esta sanción se aplicara a aquellos estudiantes que están condicionales o ante una falta gravísima. También podría aplicarse a aquellos estudiantes que no permiten el buen desarrollo de las clases y que ha sido notificado a su apoderado por lo menos 10 veces en lo que va corrido del año escolar sin verdadero propósito de enmienda. Estas sanciones serán resueltas por el encargado de Convivencia Escolar o por el Equipo de Gestión del establecimiento, previos informes de profesores jefe, departamento de Convivencia Escolar y departamento Psicosocial. Se entregará un calendario para que se pueda asistir fuera del horario de clases a realizar consultas de apoyo pedagógico. El estudiante y su apoderado, podrán apelar a la medida, a través de un documento escrito y firmado dirigido a la Directora del establecimiento, en un lapso de 15 días hábiles una vez notificado de la medida, La Directora responderá a dicho documento en un máximo de cinco días hábiles. Dicha resolución, vistos los informes pertinentes, tendrá un carácter de inapelable. 3.2.- MOTIVOS CONSIDERADOS FALTAS GRAVISIMAS: a) Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad, orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

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b) Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa personalmente o a través de las redes sociales, sitios webs, teléfonos o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico c) Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos d) Consumir; bebidas alcohólicas, tabaco, drogas o sustancias ilícitas; o encontrarse bajo sus efectos, ya sea al interior del establecimiento educacional, en horas de clases o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. e) Deteriorar de forma intencional materiales, mobiliario o infraestructura del establecimiento f) Vender o distribuir alcohol, drogas o sustancias ilícitas dentro del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas, patrocinadas o supervisadas por éste. g) Agredir físicamente a otro miembro de la comunidad escolar h) Robar al establecimiento o algún miembro de la comunidad escolar 3.3.- LOS PROCEDIMIENTOS a) Diálogo personal pedagógico y correctivo de parte de un profesor o del Dpto. de Convivencia Escolar b) Anotación disciplinaria y observaciones en la hoja de vida del alumno en el libro de clases y/o cuaderno destinado para ello c) Citación a apoderada/o. d) Preparación de un tema para disertar en el consejo de curso referido a la mala acción vivida y sus consecuencias e) Análisis del caso por parte del Equipo Directivo del colegio, el cual podrá establecer desde sanciones correctivas tales como; la derivación psicosocial para terapia personal, familiar y/o grupal; talleres de reforzamiento y/o control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar; servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional; o el traslado a otro Centro Educacional. f) Reparación o reposición del daño material g) Disculpas formales al afectado en caso de agresión física h) Denuncia a tribunales de justicia (si corresponde a un delito) sólo si lo determina el equipo directivo. i)

Si la falta gravísima se ha reiterado más de dos veces a pesar de los procesos formativos que el colegio le haya ofrecido para superar sus acciones negativas que afectan a otros miembros de la comunidad escolar y que ponen en riesgo la integridad física, dará origen a la suspensión de las clases normales lo que podrá ser al interior del establecimiento o en su domicilio, debiendo rendir las pruebas de manera externa a su sala de clases.

El no cumplimiento de normas y deberes por parte de los distintos actores de la comunidad escolar se traducirá en la aplicación de sanciones o procedimientos, que buscan corregir conductas, reparar daños, desarrollar aprendizajes y/o reconstruir relaciones. TÍTULO IV.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTAMENTOS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 26.- SOBRE LOS PADRES, TUTORES Y APODERADOS. 1.- Son deberes, derechos y compromisos de los padres, madres y/o apoderados: a) Padres, madres y/o apoderados tienen derecho a que su hijo (a) y/o pupilo (a), reciba una educación de calidad.

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b) Acompañar el proceso educativo de su pupilo o pupila. c) A conocer el Manual de Convivencia Escolar. d) Conocer los resultados académicos y registros disciplinarios de su pupilo o pupila. e) A ser atendidos por los diferentes departamentos del establecimiento y profesores, en horarios de atención; previa citación con una comunicación escrita, en su agenda escolar. f) Asistir oportuna y puntualmente a las reuniones de apoderadas/os y demás citaciones que realicen las autoridades del establecimiento. g) Supervisar la presentación personal de su hijo (a). h) Supervisar el cumplimiento de los compromisos y obligaciones de su hijo (a) i)

Responder económicamente por los daños que su pupilo/a ocasione en los bienes o la infraestructura del establecimiento.

j)

Colaborar para que el establecimiento mantenga un clima de convivencia propicio al aprendizaje.

k) Plantear privada y personalmente en la oficina de atención de apoderados los problemas que pueda tener el o la estudiante en el proceso de enseñanza y aprendizaje, respetando el conducto regular, considerando al profesor jefe en primer lugar. l)

Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar.

m) Justificar por escrito en la agenda escolar del estudiante cuando no pueda asistir a una citación y solicitar una nueva fecha de atención a la brevedad. n) Informar de inmediato, al profesor jefe o asistente de la educación, o a la encargada de Convivencia Escolar, el cambio de domicilio, celular o teléfono de contacto. o) Colaborar y estar presente en todas las actividades que el colegio invita a participar. 2.- Comunicación Familia – Colegio a) Todo estudiante debe contar con una apoderada/o titular y otro suplente, debidamente oficializados al momento de la matrícula. b) El o la apoderada entregará al establecimiento datos de contacto y emergencia tales como teléfono (fijo y móvil), dirección, correo electrónico, entre otros. El Departamento de Convivencia será responsable de mantener actualizado y operativo dicho registro para su oportuna utilización en los casos pertinentes. c) La vía oficial de comunicación entre el establecimiento y la familia, es la libreta de comunicaciones o agenda escolar, la que el o la estudiante deberá traer al establecimiento todos los días. 3.- Reuniones de Apoderadas/os a) Las reuniones de apoderadas/os son instancias de comunicación y reflexión colectiva entre la o el profesor/a jefe y las o los apoderadas/os de un curso, en torno a los aprendizajes de las y los estudiantes, abarcando tanto lo académico como la convivencia escolar. b) Cada curso realizará al menos dos reuniones de apoderadas/os cada semestre, las que se deben desarrollar en un horario que potencie la participación activa de la mayoría de las y los apoderados. c) Las reuniones de apoderadas/os deberán ser planificadas y calendarizadas al comienzo del año escolar, siendo recordadas, vía comunicación escrita, a la apoderada/o con una semana de anticipación a su fecha de realización. d) Las apoderadas/os que no pudiesen asistir a la reunión por motivos justificados, deberán asistir al establecimiento en horarios de atención de apoderadas/os establecidos por la o el profesor/a jefe correspondiente, en la semana siguiente a la fecha en que se efectuó la reunión. No podrán

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ser sancionados las/os estudiantes cuyos apoderados/as no asistan a reunión, ya que no es pertinente sancionar a un niño por el incumplimiento de un deber de sus padres o apoderados 4.- Cita con un/a Docente a) Para tratar temas puntuales referidos a ámbitos académico o de convivencia, el o la apoderada/, una/o de sus profesoras/es u otra/o profesional del establecimiento, podrán solicitar una cita, en un horario prefijado en la unidad educativa. b) Cada Docente o profesional de apoyo del establecimiento, deberá fijar un horario de atención de apoderadas/os, el cual será debidamente informado a las familias de los/as estudiantes que atiende. Será un deber de las o los docentes y profesionales de apoyo del establecimiento que citen apoderadas/os, atenderles personalmente y no podrán delegar esta función en otra persona o funcionario de la unidad educativa c) La citación a un/a apoderado/a o la solicitud de reunión con un Docente o Directivo, por parte de este, deberá ser informada al establecimiento con un mínimo de dos días de anticipación y explicitando claramente su objetivo y tema a tratar. Exceptuando temas de accidente escolar y otros de mucha urgencia. 5.- El centro educacional niño dios de Malloco podrá pedir el cambio de apoderado en las siguientes situaciones: a) Falta reiterada a reuniones, tres justificaciones correspondientes.

consecutivas, de apoderados y/o citaciones. Sin las

b) No respetar las normativas del establecimiento educacional e incurrir en actividades o acciones que dañen la imagen, el clima organizacional y, por ello, la organización y desarrollo de las actividades pedagógicas del establecimiento. c) Agresiones verbales, físicas, o por las redes sociales a cualquier miembro del establecimiento educacional. d) Vulnerar los Derechos de los alumnos (as) de nuestro establecimiento. Artículo 27.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS DOCENTES 1. DERECHOS DE LOS/AS DOCENTES a) Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales. b) Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para el ejercicio docente. c) Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. d) Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional. e) Derecho a organizarse autónomamente con otros profesores y profesoras. 2.- DEBERES DE LOS/AS DOCENTES a) Desarrollar y fomentar aprendizajes significativos en sus estudiantes. b) Conocer e intentar comprender técnicamente las características sociales, económicas y culturales de sus estudiantes. c) Planificar sistemáticamente su actividad docente. d) Desarrollar metodologías de clase atractivas ocupando la tecnología y los medios que el colegio dispone. e) Adecuar los contenidos y la metodología de clase a la realidad de las y los estudiantes, considerando sus necesidades, intereses y experiencias de vida como elementos fundamentales del proceso pedagógico. f) Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar.

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g) Capacitarse constantemente, actualizando sus conocimientos y habilidades pedagógicas. h) Recibir y atender personalmente a las y los apoderadas/os que lo soliciten. i)

Evaluar diferenciadamente en el aula a las y los estudiantes con necesidades educativas especiales.

j)

Se hacen parte de este manual de convivencia, todos los deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código Laboral de acuerdo a la relación laboral de las y los docentes.

Artículo 28.- DEBERES Y DERECHOS DE LOS/AS DIRECTIVOS/AS 1.- DERECHOS DE LOS/AS DIRECTIVOS/AS a) Derecho a desarrollar sus habilidades pedagógicas y profesionales. b) Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su gestión directiva. c) Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. d) Derecho a decidir sobre las intervenciones y proyectos en que participa su establecimiento. e) Se hacen parte de este manual de convivencia, todos los derechos consagrados en Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de los directivos/as. 2.- DEBERES DE LOS/AS DIRECTIVOS/AS a) Conducir y liderar el Proyecto Educativo Institucional (PEI) del establecimiento. b) Monitorear y corregir constantemente el funcionamiento del establecimiento, en sus ámbitos pedagógicos, administrativos y de convivencia escolar. c) Convocar e incluir a todas y todos los miembros de la comunidad escolar en diferentes instancias de reflexión y toma de decisiones del establecimiento. d) Administrar eficientemente los recursos humanos, materiales y financieros del establecimiento. e) Sistematizar los resultados académicos y elaborar participativamente programas de mejora en el establecimiento. f) Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. g) Establecer vínculos y alianzas de cooperación con redes de apoyo institucional y organizaciones sociales del entorno. h) Se hacen parte de este manual de convivencia, todos los deberes consagrados en el Estatuto Docente y Código del Trabajo de acuerdo a la relación laboral de las y los directivos. También las orientaciones presentes en el Marco para la Buena Dirección del MINEDUC. Artículo 29.- DERECHOS Y DEBERES DE LOS/AS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN 1.- DERECHOS DE LOS/AS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN a) Derecho a desenvolverse en un ambiente laboral grato y adecuado para su labor. b) Derecho a recibir un trato respetuoso por parte de todas y todos los miembros de la comunidad escolar. c) Derecho a capacitarse y reflexionar activamente sobre su ejercicio profesional. d) Derecho a organizarse autónomamente con otros/as. e) Se hacen parte de este manual de convivencia, todos los derechos consagrados en el Código del Trabajo y demás leyes vigentes. f)

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2.- DEBERES DE LOS/AS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN a) Desarrollar sus funciones disciplinarias, administrativas o de servicio con un criterio centrado en lo pedagógico. b) Relacionarse de forma respetuosa con todas y todos los miembros de la comunidad escolar. c) Desarrollar sus funciones con respeto y equilibrio, en relación a sus pares y trato con los estudiantes. d) Se hacen parte de este manual de convivencia los deberes consagrados en el Código del Trabajo para los trabajadores y trabajadoras. TÍTULO V.- OTRAS NORMAS Y MEDIDAS Además, el Centro Educacional Niño Dios de Malloco cuenta con las siguientes medidas en relación a: Artículo 30.- INTEGRACIÓN DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD De acuerdo a lo establecido en la Ley de Integración las personas con discapacidad, deben contar con: Infraestructura necesaria especialmente en baños, y metodologías y evaluaciones diferenciadas si fuese necesario. . Artículo 31.- RELACIONES AFECTIVAS Todas y todos los miembros de la comunidad educativa, independiente de su estamento, edad o género podrán expresar afectivamente sus relaciones de amistad, y compañerismo en el caso de “pololeo” ésta manifestaciones no pueden ser expresadas en ningún lugar del establecimiento educacional, por respeto al resto de sus pares y de toda la comunidad. El “pololeo" debe ser sólo en lo privado y fuera del establecimiento. Artículo 32.- MALTRATO ESCOLAR Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa, siempre que pueda: a) Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales; b) Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o c) Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico. d) Para abordar este tipo de situaciones, se deberá actuar en conformidad a lo dispuesto en el Protocolo de actuación referente al maltrato escolar del Centro Educacional Niño Dios de Malloco. Artículo 33.- RECLAMOS POR CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR Todo reclamo por conductas contrarias a la sana convivencia escolar podrá ser presentado en forma verbal o escrita ante cualquier autoridad del establecimiento, equipo directivo, quien reciba ésta información debe dar cuenta a la Dirección a la brevedad, a fin de que se dé inicio al debido proceso. Se deberá siempre resguardar la identidad del reclamante y no se podrá imponer una sanción disciplinaria basada únicamente en la sola existencia de un reclamo. Artículo 34.- EMERGENCIAS Y EVACUACIONES Frente a las emergencias derivadas de movimientos telúricos de mediana o gran intensidad durante las horas de clase, se deberán aplicar los procedimientos establecidos en el Protocolo de actuación para profesores en caso de evacuación de alumnos por sismos extraordinarios de nuestro establecimiento educacional

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Artículo 35.- USO DE LAS IMÁGENES CORPORATIVAS Las imágenes corporativas del Centro Educacional Niño Dios de Malloco sólo podrán ser utilizadas por la Dirección del establecimiento y aquellos a quienes Dirección autorice, mediante protocolo existente en secretaría. Quienes precisen utilizar estas imágenes y logos deben solicitar autorización en secretaria de Dirección. Artículo 36.- ATENCIÓN PERSONALIZADA DE ESPECIALISTAS Las derivaciones a especialistas como orientador/a, psicólogo/a o psicopedagogo/a, entre otros, no serán por una medida disciplinaria y deben ser informadas directa y oportunamente a la apoderada/o. El procedimiento de derivación a las redes externas será responsabilidad del equipo psicosocial del establecimiento, quien debe mantener informada a la dirección del establecimiento y un registro de casos y ante cualquier derivación debe ser con autorización de los apoderadas/os respectivos. Artículo 37.- LEY DE RESPONSABILIDAD PENAL JUVENIL De acuerdo a lo establecido en la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, el Establecimiento puede realizar si lo estima la denuncia respectiva de todos aquellos actos cometidos por estudiantes mayores de 14 años, que constituyan delito. El establecimiento puede recibir a los y las estudiantes que sean derivados por un Tribunal de Justicia, velando por cumplir las condiciones necesarias para el ejercicio del Derecho a la Educación y una adecuada integración a la comunidad educativa. Artículo 38.- ACCIDENTE ESCOLAR Todas y todos los estudiantes podrán ser beneficiarios/as del seguro escolar indicado en la Ley 16.440. En caso de accidente escolar, las actuaciones deberán ceñirse al Protocolo de tratamiento para accidentes y trastornos físicos durante el horario de clases o en el trayecto de casa al colegio, disponible en el sitio web institucional del colegio. Se consideran accidentes escolares, los que ocurran con causa u ocasión de las actividades escolares, excluyendo los períodos de vacaciones; los ocurridos en el trayecto directo de ida o regreso, entre el hogar o sitio de residencia del estudiante y el establecimiento educacional, o el lugar donde realicen su práctica educacional. También aquellos que afecten a las y los estudiantes que, con motivo de la realización de su práctica profesional. La respectiva denuncia debe realizarse ante el Servicio de Salud que corresponda al domicilio del establecimiento, a través del formulario disponible para ello. La denuncia del accidente escolar debe ser realizada por el o la directora/a del establecimiento en un plazo de veinticuatro horas de ocurrido el accidente, de lo contrario esta denuncia puede ser realizada por cualquier persona que haya tenido conocimiento de los hechos o un familiar del afectado tal como lo establece la ley. Artículo 39.- REDES DE APOYO FRENTE A UNA SITUACION DE VULNERACION DE DERECHOS DE NUESTROS ESTUDIANTES, EN ESPECIAL CON LA OPD. SOBRE EL DERECHO A LA EDUCACIÓN En su artículo 28, la Convención sobre los Derechos del Niño consagra el derecho a la educación, mientras que en el artículo 29 define los objetivos de la educación, indicando que debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño. Con el fin de prepararlo para una vida adulta activa, inculcarle el respeto de los derechos humanos elementales y desarrollar su respeto por los valores culturales y nacionales propios y de civilizaciones distintas a la suya. Artículo 40.- PERIODOS DE POSTULACIÓN PARA MATRÍCULAS 

Meses de Junio y Julio: postulan los hermanos de alumnos y los hijos de funcionarios.



Mes de Agosto en adelante: postulan todo tipo de personas que lo deseen.

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Requisito para todos quienes postulen: asistir a charla sobre el PEI y el Manual de Convivencia escolar del establecimiento.



Se publicarán el número de vacantes que existan por curso en el mural externo del colegio y se subirán a la página web del colegio.



Con posterioridad se dará inicio al pre matrícula.

TÍTULO VI.- PROCEDIMIENTO DE REVISIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO Artículo 41.- Una vez al año deberá realizarse una jornada de análisis, por estamentos, del Manual de Convivencia Escolar, que permita su mejora y su envío a revisión ministerial.

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ANEXO 1.- LOS PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN DEFINICIÓN DE PROTOCOLO DE ACTUACIÓN: Son todos aquellos procedimientos a realizar en caso que ciertos hechos ocurran y sea necesario desarrollar cierta acciones que aseguren la integridad física y psicológica de los afectados, la información a los padres y apoderados, la información interna y la existencia de evidencias que certifiquen el accionar de la institución y/o la denuncia ante Carabineros, PDI, el Ministerio de Educación y/o los juzgados de Familia.

1.1.- PROCEDIMIENTO FORMATIVO DE ABUSO SEXUAL EN CENTRO EDUCACIONAL NIÑO DIOS DE MALLOCO. I. DEFINICIÓN El maltrato infantil, físico, psicológico o abuso sexual, es toda acción u omisión que produzca o pueda producir un daño, que amenace o altere el desarrollo normal de niños, niñas o de adolescentes y es considerado una grave vulneración de sus derechos. El abuso sexual puede ocurrir con o sin contacto físico, mediante conductas que van desde provocaciones verbales hasta violencia sexual. II. PROCEDIMIENTO FORMATIVO 1. Intención formativa frente a una situación de ocurrencia del delito, las autoridades del establecimiento educacional se deben preocupar, además de informar a la comunidad educativa, de aplicar los procedimientos de las medidas reparatorias y de contención a quienes esté afectando el evento. Fase 1.- Detección de la falta y Citación al apoderado 1. El miembro de la unidad educativa que tome conocimiento del hecho comunica al Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia o Equipo Multidisciplinario. 2. Quien reciba la denuncia debe informar inmediatamente al Director(a) del colegio y éste comunicar de manera inmediata a las instituciones correspondientes. 3. Si el causante del delito sobre un alumno fuera externo a nuestro establecimiento educativo, el equipo multidisciplinario realizará la denuncia de manera inmediata como lo estipula la ley. 4. El Profesor(a) Jefe, Encargado(a) de Convivencia, o Equipo multidisciplinario, registra el hecho en la hoja de observaciones del o la estudiante causante del hecho y con el estudiante dañado. 5. El Profesor(a) Jefe junto al Equipo Multidisciplinario, citará por separado, al apoderado(a) del estudiante dañado(a) y si lo hubiese al del causante del acto delictivo, con un llamado telefónico, registrando la citación en la hoja de observaciones respectivas del alumno. 6. Si no hay respuesta de parte del apoderado(a) se debe designar una dupla de profesionales, para realizar visita domiciliaria. Fase 2.- Conversación con apoderado(a) y estudiante. 1. El Encargado(a) de Convivencia junto al equipo multidisciplinario conversan con el apoderado y estudiante causante del delito para conocer las causas y circunstancias de su conducta delictual, hecho considerado como falta muy grave. 2. Encargado(a) de Convivencia conversa junto al Equipo Multidisciplinario con el apoderado y estudiante dañado, si lo hubiese, para conocer las causas y circunstancias del hecho delictual. 3. El apoderado(a) de cada uno de los estudiantes involucrados firma el registro de la reunión con el compromiso de apoyar las medidas formativas y redentoras que se decidan aplicar.

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Fase 3.- Determinación de las medidas formativas y de contención (según corresponda) 1-. El Encargado(a) de Convivencia y el equipo multidisciplinario analizan la información recogida y valoran la situación. Para ello, se deberá tener en cuenta las circunstancias del momento de los hechos, la edad y las características personales, familiares o sociales de los estudiantes involucrados. 5. Determinación de medidas: a) Formativas y redentoras de apoyo al estudiante causante, b) De apoyo y seguridad al estudiante dañado, c) Medidas de contención y prevención en la comunidad educativa, por parte Equipo Multidisciplinario. d)La comunidad educativa encargada de la formación de los estudiantes, deberá estar atenta a las conductas de los alumnos en los distintos lugares públicos del colegio, para detectar las situaciones de abuso a la que se vean expuestos los alumnos, comunicándolas al Encargado de Convivencia quien derivará al equipo multidisciplinario Fase 4.- Trabajo de apoyo a estudiante y comunidad (según corresponda) 1- Elaboración de un plan de acción común de apoyo al estudiante con medidas reparatoria y formativas. 2- Terapias reparatorias, el que debe ser otorgado por equipos especializados del sistema de salud, de las unidades de atención a víctimas de delitos violentos, de los proyectos especializados en la atención al maltrato infantil del Servicio Nacional de Menores y ONGS, entre otros. 3- Monitoreo del proceso por parte del equipo multidisciplinario. Fase 5.- Informe Final 1- Elaboración de un informe final con los resultados del procedimiento de la aplicación de medidas formativas de apoyo tanto al estudiante causante como al estudiante afectado, así también las de apoyo a la comunidad por parte del Encargado de Convivencia. Fase 6.- Cierre de Protocolo 1- El Encargado(a) de Convivencia comunica el resultado final del procedimiento formativo al Consejo de Profesores y Consejo Escolar.

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1.2.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN POR CONSUMO DE SUSTANCIAS ILICITAS INTRODUCCIÓN El Establecimiento Educacional Niño Dios de Malloco, establece como uno de los focos de atención la prevención del consumo de alcohol y drogas dentro del establecimiento educación, motivo por el que se establece este protocolo, que junto con el flujograma, forman parte de las acciones preventivas que se puedes realizar dentro de los establecimientos educacionales, liderados por el Director del establecimiento. Este es un documento guía, orientativo, que puede ir modificándose de acuerdo a las orientaciones que se propongan por parte del Ministerio de Educación. ESTRATEGIAS DE PREVENCIÓN Dentro de la propuesta de prevención, se sugiere que cada estrategia este a cargo de estamento de la comunidad educativa, sin ser necesariamente exclusiva de este, ya que se pueden trabajar en equipo, o requiriendo el apoyo de otros estamentos. A cargo del equipo directivo (Director, Jefe UTP): 

Promover la participación de las redes de apoyo para la realización de talleres y educaciones referidas a la prevención de alcohol y drogas en el establecimiento educacional.



Permitir instancias dentro del establecimiento para abordar estos temas con toda la comunidad educativa.

El encargado de convivencia escolar y Orientación: 

Asesorar a los alumnos sobre las consecuencias del consumo.



Difundir actividades de prevención en la comunidad educativa.



Difundir desde el reglamento de convivencia escolar orientaciones hacia la prevención y apoyo de los estudiantes ante el riesgo de consumo de alcohol y drogas, y de las leyes 20.000 (Ley de drogas y estupefacientes) y 20.084 (Ley de responsabilidad penal juvenil) a apoderados, asistentes de educación y profesores.



Favorecer y estimular en los estudiantes actividades culturales, deportivas y sociales.



Promover la capacitación en esta temática de los profesores y asistentes de la educación.



Colaborar en las acciones preventivas implementadas en el establecimiento educacional.



Acompañar y realizar seguimiento de estudiantes que se encuentren con apoyo en alguna institución externa.



Trabajar con las familias, como primeros agentes preventivos del consumo de alcohol y drogas.



Coordinación activa con las redes de apoyo involucradas en esta temática.



Promover hábitos y estilos de vida saludables por parte de la comunidad educativa.

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1.3.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO Y/O TRAFICO DE DROGAS AL INTERIOR DEL COLEGIO I.- Frente a situaciones de sospecha de consumo de sustancias ilegales: a) Los padres, madres y apoderados, alumnos y alumnas, docentes, asistentes de la educación y miembros de los equipos docentes directivos deberán informar al Coordinador de Convivencia Escolar o al Profesor Jefe, sobre la sospecha de consumo de drogas ilegales por parte de algún estudiante del Colegio. b) El Coordinador de Convivencia sostendrá una conversación con el alumno/a, dejando constancia de los antecedentes en una hoja de registro de entrevista, la cual deberá ser firmada por el estudiante. Si se comprueba el consumo o si existe el reconocimiento del consumo por parte del alumno/a se comunicará a la Orientadora y Profesor Jefe. Posteriormente se citará a su padre, madre, apoderado o adulto que esté a cargo del estudiante a fin de informar la situación. De toda la información quedará evidencia registrada en una hoja de registro de entrevistas, todo ello conforme al reglamento interno. c) En el caso de que el alumno no reconozca problemas de consumo, se informará a su apoderado la sospecha de consumo y será derivado a un Psicólogo particular quedando bajo su responsabilidad la atención médica del educando. El profesional externo, deberá emitir un informe de los resultados obtenidos con las debidas sugerencias a tener en cuenta por parte del Colegio, en beneficio del alumno. d) La Orientadora mantendrá un registro de acciones realizadas las cuales considerarán el seguimiento del caso durante por lo menos un año con reuniones con el alumno o alumna, el apoderado y el profesor jefe en periodos mensuales, semestrales o anuales según corresponda la complejidad del caso y todas las gestiones tanto internas como externas, realizadas por el Colegio y la familia. II.- Frente a situaciones de consumo de sustancias ilegales (delito flagrante): Si un estudiante es sorprendido, por un docente o cualquier funcionario del colegio, consumiendo algún tipo de sustancia al interior del establecimiento será derivado inmediatamente al Coordinador de Convivencia Escolar, éste a Subdirección o a la persona que se encuentre a cargo del establecimiento, la que a su vez deberá realizar la denuncia de los hechos al Ministerio Público (Fiscalía), OS-7 o PDI, de acuerdo a lo contemplado en la ley 20.000de Drogas. El Coordinador de Convivencia Escolar llamará inmediatamente al padre, madre o apoderado del alumno o alumna a fin de informar de la situación y de las acciones a seguir de acuerdo a lo señalado en la ley 20.000. Una vez realizado lo anterior, comunicará a la Orientadora, quién a su vez mantendrá un registro de gestiones realizadas en favor del alumno así como también en la hoja de vida del estudiante, considerando el seguimiento del caso durante a lo menos un año en el cual se observarán tanto las gestiones internas como externas y las reuniones con el alumno/a, el apoderado y el profesor jefe, con frecuencia semanal, mensual o semestral según corresponda a la complejidad del caso. III.- Enfrentar situaciones de posible tráfico o micro tráfico de drogas ilícitas: Si un estudiante es sorprendido, por un docente o funcionario del colegio, portando, vendiendo, facilitando , regalando , distribuyendo, permutando drogas, se informará inmediatamente al Coordinador de Convivencia Escolar, quién a su vez comunicará a la Subdirección del Colegio, o persona que esté a cargo del colegio para realizar la denuncia de acuerdo a lo que estipula la ley 20.000 de drogas. El o los alumnos involucrados serán trasladados a la oficina de Convivencia Escolar o de Dirección por un docente o directivo autorizado por la Dirección con el objeto de resguardar la información y a los educandos hasta que se presenten las autoridades competentes Los directivos del establecimiento establecerán las medidas pertinentes para el resguardo del lugar donde se realizó el tráfico, no dejando entrar ni salir a nadie de dicha instalación (sala, baño, camarines, etc.), pudiendo efectuar una co-revisión de bolsos y accesorios de los allí presentes, la que será realizada por el propio alumno, en compañía de un funcionario del Colegio, a fin de descartar la utilización de estas pertenencias, por parte de algún tercero y sin el consentimiento de su propietario, como lugar de ocultamiento de alguna sustancia ilícita”.

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El colegio se pondrá en contacto inmediatamente con la madre, padre, apoderado o adulto responsable del alumno a fin de informales la situación y las acciones a seguir de acuerdo a lo señalado en la ley. IV.- Frente a situaciones de hallazgo de drogas: Si algún funcionario del colegio, alumno o apoderado se encontrara con alguna sustancia ilícita al interior del establecimiento educacional, éste se encuentra obligado a entregar dicha información al Director o funcionario de más alto rango el cual deberá realizar la denuncia de los hechos al Ministerio Público (Fiscalía), OS-7 o PDI. V.- De la aplicación de sanciones: En el caso de acreditarse la responsabilidad de un estudiante frente al consumo de drogas ilícitas o del tráfico o micro tráfico al interior del Colegio y considerando que estas faltas son categorizadas como Muy Graves, se aplicarán las sanciones de acuerdo al Reglamento de Convivencia Escolar vigente, que pueden contemplar desde, suspensión de clases hasta diez días, condicionalidad de matrícula y/o Cancelación de matrícula según corresponda. VI.- Monitoreo de los procedimientos acordados y sanciones. La situación deberá ser monitoreada de manera de evaluar el cumplimiento y resultados de las medidas aplicadas, por parte del Coordinador de Convivencia Escolar, del Departamento Psicoeducativo y/o de algún miembro del Comité de Convivencia Escolar.

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1.4.- PROTOCOLO DE ACTUACION REFERENTE AL MALTRATO ESCOLAR PREVENCIÓN Y DIAGNÓSTICO: 1.- Cada profesor jefe estará atento a las conductas agresivas, depresivas y conflictivas que presenten sus alumnos, comunicándolas a los coordinadores de Convivencia Escolar o Académica para buscar soluciones. 2.- Cada Asistente de Convivencia Escolar deberá estar atento a las conductas de los alumnos en los distintos lugares públicos del colegio para detectar las situaciones de abuso a la que se vean expuestos los alumnos del colegio, comunicándolas al Encargado de Convivencia quien revisará la situación con el profesor jefe de los involucrados y con sus respectivos apoderados, derivando la situación, junto a Coordinación académica, al profesional respectivo (psicólogo, neurólogo, psicopedagogo o psiquiatra, o taller específico). 3.- Cada curso, con su profesor jefe y coordinador académico, generarán un taller de títeres o cuenta cuentos, etc., que permitan indagar situaciones donde los alumnos puedan estar siendo vulnerados, en sus entornos familiares o en el colegio. 4.- Se crearan redes con entidades especializadas en prevención, para que se puedan generar charlas hacia los apoderados en relación a la prevención de abusos, cómo detectarlos y cómo actuar en la búsqueda de la solución. 5.- Cualquier funcionario del colegio deberá estar atento a la presencia de alumnos en lugares que no le corresponden por horario y pedir a las personas indicadas, convivencia, técnicos o coordinadoras, que actúen para aclarar la situación y llevarles a sus salas. 6.- Los profesores deberán estar atento a los alumnos que por asistencia están presentes en el colegio, pero no están en el momento en la sala, llamando un asistente para que ayude a aclarar la situación y los devuelva a su clase. 7.- Los encargados de Portería procurarán mantener cerrados los lugares más solitarios y de alto riesgo en el colegio fuera de los horarios de clases de cada jornada, para evitar que los alumnos se vayan a esos lugares exponiéndose a riesgos innecesarios.

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1.5.- MANUAL DE PROCEDIMIENTO ANTE UN EVENTO DE VULNERACIÓN DE DERECHOS O DE DESCONTROL EMOCIONAL 1.- quien descubre o sospecha una situación de vulneración se dirige al profesor jefe para entregar información del caso. El profesor revisa la situación con la Coordinadora de Convivencia y ésta con Coordinación académica para analizar y derivar el caso según proceda y según haya información sustentable. De considerarse una buena dosis de ser real la situación se verá forma de comunicar a la familia lo que puede estar sucediendo y se derivará el caso a la red de apoyo más oportuna, interna o externa al establecimiento. 2.- En segunda instancia se aplicará el Reglamento de Convivencia Escolar en los puntos que corresponda de investigación, confidencialidad de información y de aviso a las autoridades correspondientes en los casos en que así proceda. 3.- No puede llevar, ni atender un caso o situación de vulneración, o simple estado de angustia momentáneo de un alumno o personal del colegio, quien no esté orientado hacia esa labor dentro del establecimiento. Se debe acudir a la persona indicada para informar y solicitar que se atienda rápidamente la situación encontrada, ya sea al profesor jefe, técnico del curso, encargado de convivencia para el curso, o Coordinadores académicos o de Convivencia, o psicólogo si se tratara de un adulto. 4.- Cualquier funcionario del establecimiento que sea testigo de una agresión física o verbal a un menor de edad o, a una persona inferior en presencia física, dentro del establecimiento, deberá intervenir verbalmente para que sea detenido el apremio al que se esté sometiendo a la persona, si no parase deberá pedir ayuda al más cercano posible para que se detenga la agresión del momento, se socorra adecuadamente al agredido, se detenga al agresor y posteriormente deberá comunicarlo a la Encargada de Convivencia, quien deberá tomar las medidas necesarias para que se investigue la situación y se sigan los canales correspondientes de información y de derivación especializada. En caso de no encontrarse la Encargada de Convivencia, se puede acudir con la información a las Coordinadoras académicas de cada ciclo o en su defecto a Dirección, ellos podrán decidir ateniéndose al Reglamento de Convivencia Escolar

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1.6.- PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA PROFESORES EN CASO DE EVACUACIÓN DE ALUMNOS POR SISMOS EXTRAORDINARIOS I.- Sismos extraordinarios Se entienden aquellos movimientos de tierra cuya intensidad y estilo provoquen la llegada masiva de apoderados para retirar estudiantes: Se atenderá al protocolo de prevención y evacuación a zona de seguridad. Luego de revisar la asistencia del momento, se atenderá la orden de volver a la sala, o, en el mismo lugar, se irá permitiendo la salida de los estudiantes previo registro del nombre y Rut. de la persona que retira, en la última página del libro de clases. Esto lo llevará a cabo el profesor que se encuentre con el curso en el momento del evento. Se debe confirmar con el estudiante que dicha persona está autorizada para su retiro, en caso de ser de Enseñanza Media. En caso de básica, sólo se entregará a su apoderado(a) oficial. A menos que dicho apoderado llame al profesor e identifique con nombre y Rut. A quien vendrá para hacer el retiro. Los hermanos menores pueden ser retirados por el hermano mayor, deben esperar en la sala del hermano mayor y, al momento de llegar su apoderado se hace el retiro del mayor en su libro de clases del curso. Se pone el nombre y el Rut de quien retira. Se debe procurar avisar luego a los inspectores para saber del retiro de cada estudiante. Los estudiantes que tienen prohibido retirarse solos deberán permanecer en el establecimiento hasta que llegue su apoderado a retirarle, aunque deba pernoctar en el establecimiento. El profesor deberá permanecer máximo lo que por horario le corresponda a cargo de los estudiantes que no han sido retirados por sus apoderados y que pudo habérsele asignado a su cuidado. Se harán turnos para cuidar a los estudiantes y dar las atenciones necesarias. Dirección indicará los lugares de seguridad en los que se permanecerá sin riesgos. Dirección podría autorizar a los profesores a retirarse antes de su horario según lo vea posible.

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1.7.- PROTOCOLO DE TRATAMIENTO PARA ACCIDENTES Y TRASTORNOS FISICOS DURANTE EL HORARIO DE CLASES O EN EL TRAYECTO DE CASA AL COLEGIO. I.-Se considera “accidente” aquellas situaciones en que el alumno sale seriamente lesionado por caídas, choques, golpes, atropellos o desmayos con caídas y golpes fuertes. También aquellas en que se produce sangramiento por golpes o heridas corto punzantes. Se procederá de la siguiente manera: 1.- Acude un asistente al lugar y realiza los “primeros auxilios”, para lo cual se encuentra debidamente preparado. 2.- Con ayuda de alumnos mayores u otros asistentes, se procederá al traslado, en la camilla, a la salita de “enfermería”. 3.- Si la situación fuese demasiado grave en el accidente. Se esperará en el lugar, cuidando que no se mueva, a la espera de la llegada de los servicios adecuados. 4.- La persona encargada de enfermería procederá a llamar al apoderado y con ayuda de los asistentes se llamará a los servicios de urgencia del sector para que acudan al colegio y procedan al traslado al servicio de salud pública más cercano y de acuerdo a la gravedad. Policlínico u hospital de Peñaflor. 5.- Los asistentes disponibles llenarán el documento de Seguro Escolar para que sea presentado en el servicio de salud pública al que fue derivado y se le entregará al acompañante. De no encontrarse uno de ellos, lo llenará la persona encargada de la enfermería. 6.- La persona encargada de enfermería acompañará al accidentado al servicio de salud pública hasta que llegue su apoderado. 7.- En caso de no encontrarse la persona encargada de la enfermería del colegio, le acompañará un asistente. 8.- En caso de no contar con un vehículo de ambulancia o seguridad ciudadana para el traslado se solicitará algún vehículo voluntario, pero, de no contar con esto, se buscará alternativas como un vehículo de transporte colectivo, o se deberá esperar que llegue la ambulancia en caso de que la gravedad del accidente así lo requiera. 9.- El alumno finalmente quedará con su apoderado, o volverá con su acompañante al establecimiento si se desestima peligro alguno y está dentro de la jornada escolar. 10.- en caso de no estar la persona encargada de enfermería, se sigue igualmente la totalidad de este protocolo a cargo de un asistente. 11.- Si el accidente es en el trayecto de la casa al colegio, se intervendrá dentro de las posibilidades de cercanía y de la información que se tenga de la situación; dando aviso a las autoridades pertinentes y al servicio de salud que corresponda para que acudan con el auxilio necesario. Se procederá luego a informar al apoderado, si este no se ha enterado y no ha intervenido aún. 12.- El colegio generará un documento de Seguro Escolar poniéndolo a disposición del apoderado para que se utilice este beneficio. II. Se consideran “trastornos físicos transitorios”, los dolores de estómago, de cabeza, de cuerpo, de muelas, etc, productos de situaciones físicas normales como la menstruación, o resfríos comunes, o jaquecas habituales, o situaciones que deben esperar a que los apoderados lleven a control médico por conducto regular de salud.

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1.- El alumno, previa autorización del profesor de sala, se dirigirá a la enfermería, donde será evaluado por la encargada y se procederá a dar un té de hierbas para aliviar el dolor o, en caso de no estar contraindicado, un paracetamol. 2.- Si el malestar es persistente y muy irresistible, la encargada llamará al domicilio para que el apoderado proceda a retirar al alumno del establecimiento y administre los remedios necesarios en casa. 3.- Si la situación es leve, la encargada procederá a enviar devuelta a la sala de clases. 4.- Los casos “crónicos”, serán informados por la encargada de enfermería, a los asistentes correspondientes del alumno, para que este averigüe los motivos e informe al profesor jefe de lo que está sucediendo con el alumno, quien, a su vez, se encargará de comunicarse con el apoderado.

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1.8.- PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO PARA ALUMNOS(AS) DEPORTISTAS EN SITUACIÓN DESTACADA. I.-Se considera “alumnos deportistas en situación destacada” a aquellos(as) alumnos(as) que han sido seleccionados en una disciplina deportiva como deportista de excepción por alguna federación deportiva reconocida legalmente en Chile o, que participan formalmente de un club deportivo que participe en un torneo o Liga Oficial, encontrándose en situación destacada dentro de su club. Se procederá de la siguiente manera: 1.- El apoderado presentará la situación particular del alumno(a), aportando la documentación oficial que acredite la condición destacada; las condiciones de participación en el deporte y el tiempo que durará la condición especial del alumno(a) dentro del establecimiento. Dicha solicitud se entenderá por un año y de continuar deberá ser renovada con los documentos oficiales del Club acreditando la continuidad de la condición destacada, al momento de volver a matricular para el año siguiente. 2.- El apoderado deberá estar dispuesto a responsabilizarse por el desempeño académico de su hijo, especialmente en las asignaturas donde el(la) deportista estará fuera del establecimiento, poniendo un tutor de manera particular, para poner al día en los contenidos que perderá por su práctica deportiva. 3.- El apoderado se compromete a respetar las fechas de evaluación que el colegio entregará para que el(la) deportista rinda sus pruebas, no pudiéndose postergar su rendición de la fecha acordada, en caso de no presentarse a la evaluación, recibirá la nota mínima. 4.- El apoderado asume que la situación particular de deportista puede traer como consecuencia que las notas sean insuficientes para la promoción y, acepta la repitencia de curso como una alternativa propia de la situación y de la cual el colegio no puede hacerse cargo. 5.- Si la conducta en clases deja de ser un aporte para el normal desarrollo de las asignaturas y el(la) deportista acumula más de dos anotaciones negativas, éste(a) perderá su condición de excepción y no podrá retirarse en horario especial. De mantenerse la actitud negativa en clases se aplicará el Reglamento escolar según corresponda a cualquier alumno(a). 6.- El(la) deportista no podrá tener calificación insuficiente en la asignatura de Educación Física. Debiendo tener un excelente desempeño en la clase y estar disponible para representar al colegio en competencias deportivas. 7.- El(la) deportista sólo podrá salir a sus prácticas deportivas siendo retirado por una persona autorizada por su apoderado frente al establecimiento. No podrá retirarse solo(a) del colegio en horas de clases. 8.- El(la) apoderado(a) completará los datos solicitados al fin de este documento para oficializar la aceptación de este protocolo, quedando firmado por parte de la Dirección del Establecimiento y del Apoderado(a), guardándose una copia en la carpeta del deportista destacado y la otra en manos del apoderado(a). Sólo entonces se dará por aprobada la solicitud de Deportista destacado(a).

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1.9.- PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO PARA SITUACIONES GRAVES DE INDISCIPLINA DE ALUMNOS(AS) EN CLASES. I.-Se considera “situación grave de indisciplina” aquellas situaciones en que el alumno interrumpe reiteradamente la continuidad de la clase, por diferentes actitudes, y habiéndosele solicitado formalmente de parar con esas conductas irruptoras, las cuales prosiguen con aumento de intensidad. Se procederá de la siguiente manera: 1.- Se le solicita terminar con las actitudes irruptoras verbalmente para continuar la clase. 2.- De mantener la actitud irruptora, se le consigna la anotación en el libro de clases, dejando claramente escrito los motivos de la falta grave. 3.- Si la situación continúa se envía a dos alumnos en busca de un asistente para que el(la) alumno(a) sea derivado a la oficina de Convivencia escolar y allí se le cita al apoderado a una entrevista, para que se le informe de la conducta en clases y se le asigne alguna sanción si fuese necesario. Luego se conversará con el (la) alumno(a), para que retorne a la sala con un cambio positivo de actitud. 4.- Si la situación conductual se torna más difícil para la continuidad de la clase, nuevamente el profesor enviará a un alumno a Convivencia en busca de un Asistente, con motivo de derivar al alumno, con un trabajo asignado, a realizarlo fuera de la sala de clases. Convivencia verá el lugar donde pueda realizar mejor dicha actividad y supervisará que se cumpla con lo pedido. 5.- Si no se encontrara un asistente disponible en el momento del suceso, se podrá solicitar a la Encargada de Convivencia o a alguna de las Coordinadoras Académicas para que ayude al profesor en la dificultad con el(la) alumno(a) y pueda continuar con la clase. 6.- El profesor debe buscar informar dentro del mismo día, al profesor jefe, para que éste intervenga en el asunto. 7.-. En la entrevista, ya sea por Convivencia, Profesor de asignatura o Profesor jefe, debe quedar registrado en el cuaderno de atención de apoderados el compromiso de mejorar la conducta, como parte del proceso de seguimiento del caso. 8.- La situación de estos(as) alumnos(as) serán revisados por Convivencia y el Equipo Psicosocial, para buscar remédiales que ayuden a modificar en las conductas inadecuadas. 9.- Si la situación de conflicto de un(a) alumno(a), es permanente, en todas las asignaturas, será considerado una “situación extrema”, pasando a ser tratado por el Consejo Escolar, para revisar todas las alternativas posibles, según el Reglamento de convivencia Escolar.

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1.10.- PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO PAR LA INVESTIGACION DE UN EVENTO GRAVE DENTRO DE UN CURSO. I.-Se considera “evento grave” aquellas situaciones de las cuales recibe información el profesor jefe, de manera privada, por un alumno, apoderado(a), profesor de asignatura, asistente u otro; y que involucra a alumnos de su curso. Se procederá de la siguiente manera: 1.- Se recibe la información en conversación privada con el informante. 2.- Si el informante es un apoderado se deja registro escrito y firmado por el apoderado y el alumno(a) testigo de los hechos narrados en el cuaderno de entrevistas. 3.- Si la situación fue informada con carácter de rumor; el profesor investiga conversando discretamente con alguno de los posibles involucrados. Si la narración confirma la información anterior, el profesor jefe cita al apoderado de este alumno(a) a entrevista y deja la información escrita y firmada por el apoderado y el alumno(a) 4.- Si es posible acreditar más la información, repitiendo el proceso con algún otro alumno(a) testigo y su apoderado, bajo relato escrito y firmado, mejor. 5.- El profesor informa a su asistente de convivencia escolar, o a la Encargada del Dpto. para revisar el caso bajo la mirada del Manual de Convivencia; poder clasificar la falta y las medidas que frente a ello declara el Manual y que correspondería informar al apoderado. También se debe pedir a su asistente que le recabe información de situaciones graves registradas en cuaderno o libros de años anteriores, que le sirvan como antecedentes. 6.- Con todos estos pasos previos, se puede citar al apoderado(a) de cada uno de los alumnos involucrados en la acción del evento grave para informarles la situación que se está dando, no como algo posible, sino como algo que está comprobado. Informarle también de las medidas remediales que se implementarán o la aplicación de Reglamento que se llevará a cabo. 7.- Se revisan luego apoderado.

los tiempos y los procesos de avance en los compromisos y se informa al

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1.11.- PROTOCOLO PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES FÍSICAS, DEPORTIVAS I.- Educación Física curricular Para el desarrollo de la actividad física los alumnos deberán seguir estrictamente las indicaciones de seguridad dadas por el docente a cargo de la actividad al inicio de la clase: Deberán vestirse con la ropa adecuada en los camarines y/o baños, dejando guardadas sus pertenencias en los lockers de los camarines. Tendrán que cuidar los baños y duchas habilitados para las actividades deportivas y de educación física. No podrán los alumnos desplazarse por áreas que queden fuera de lo establecido por el docente. No podrán los estudiantes subir a lugares o en aparatos que les expongan a sufrir accidentes por imprudencia. Se enviará una comunicación particular a los apoderados de quienes habitualmente estén transgrediendo las normas de la clase de Educación Física, para que estén informados. Se recogerá la comunicación firmada guardándose en la carpeta del alumno en la Oficina de Convivencia. Quienes no puedan desarrollar la clase de Educación Física, por enfermedad o por encontrarse sin la implementación necesaria, deberán desarrollar un trabajo afín a la asignatura en la Biblioteca del colegio, lo cual deberá ser presentado al profesor al finalizar la clase. No podrán llevar artículos que puedan extraviarse a la clase de Educación Física. En caso de algún accidente fortuito se trasladará al alumno a la enfermería, si se estima conveniente, se enviará al servicio médico local adjuntando el “seguro escolar”. Se llamará e informará al apoderado. 1.12.- PROTOCOLO DE ACTUACION PARA SALIDAS EXTRA PROGRAMATICAS DEPORTIVAS Los alumnos que deban salir por el colegio a competencias deportivas deberán seguir las siguientes normas: Deberán traer firmada por su apoderado(a) la autorización que el colegio enviará, con anticipación, informando la actividad en la cual se participará, lugar, fecha, hora y medios de transporte. Los alumnos irán acompañados por un docente o por el monitor de la actividad deportiva a la cual irán a competir. No podrán retirarse solos, a menos que su apoderado le haya autorizado por comunicación escrita y firmada, en caso contrario deberán volver al establecimiento. Los alumnos deberán tener un comportamiento adecuado en el lugar externo en el que se encuentren obedeciendo siempre al encargado de la actividad. No podrán alejarse sin autorización, ni arriesgarse utilizando inadecuadamente los elementos que puedan estar presentes. Los alumnos considerados “deportistas destacados”, actuarán regulados por el protocolo respectivo para poder desarrollar su disciplina deportiva fuera del establecimiento.

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1.13.- PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO POR INASISTENCIA Y ATRASOS ESCOLAR 1.- El Asistente de la Educación que lleva el control de asistencia del curso, informará al profesor jefe y a la inspectoría General de la ausencia o atrasos, de un estudiante por más de tres días consecutivos o inasistencias (atrasos) discontinuas sin justificativo de su apoderado. 2.- El Asistente de la Educación informará al profesor jefe quien deberá entrevistarse con el apoderado para detectar la razón de las inasistencias y registrar este hecho en la hoja de vida del alumno. 3.- De continuar las inasistencias y/o los atrasos, Inspectoría General se comunicará con el apoderado e informará al profesor jefe. 4.- En caso de no obtener un cambio positivo en la situación, el equipo psicosocial realizará visita domiciliaria, para diagnóstico de caso y derivación de caso a organismos competentes (OPD, Tribunal de la Familia, etc.).

1.14.- PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO POR BULLYING O CIBERBULLYING 1.- Detección de la situación y derivación a la Inspectoría General 2.- Derivación al Equipo Psicosocial del establecimiento. Citación y entrevista con los afectados, en las cuales participará un integrante del Equipo psicosocial, convivencia y/o profesor jefe. 3.- Citación de apoderados de parte de Convivencia e información del caso. 4.- Medida disciplinaria de parte de Inspectora General, si corresponde o la aplicación de Mediación o Arbitraje. 5.- Firma de Compromisos. 6.- Seguimiento del caso por parte de Equipo psicosocial o Convivencia.

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1.15.- PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO POR AUTOAGRESIÓN 1.-Detectada la situación e autoagresión deberá ser derivada al equipo psicosocial del establecimiento. Si el profesor jefe no lo sabe se le informará. 2.- Se entrevistará al apoderado para informar la situación y lo puede hacer la jefatura o miembros del Equipo Psicosocial o en conjunto. 3.- Se harán las derivaciones necesarias y se preocupará de hacer un seguimiento del caso por parte del Equipo Psicosocial, informando a la Encargada de Convivencia Escolar, quien a su vez, lo hará a Dirección, a la Jefatura y a Coordinación Académica. 4.- En caso de que se requiera un tiempo muy largo de Licencia Médica, se pedirá a Coordinación Académica de tratar el caso con guías y evaluaciones especiales que permitan igualmente el avance del(la) estudiante

1.16.- PROTOCOLO DE RETENCIÓN EN EL SISTEMA ESCOLAR DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS O PATERNIDAD ADOLESCENTE. El establecimiento otorgará todas las facilidades académicas a su alcance a estudiantes embarazadas o paternidad adolescente durante el año escolar. Estos alumnos no podrán ser objeto de ningún tipo de discriminación, tales como cambio de establecimiento educacional, expulsión, suspensión de clases u otra medida que atenta contra su dignidad o permanencia en el establecimiento, así como también promoverá las buenas prácticas necesarias y la vinculación del estudiante a redes de apoyo necesarias para promover su permanencia en el Colegio. Una vez detectado el embarazo en la alumna por medio de un certificado de Control de Embarazo respectivo, se promoverá constantemente la evaluación y control de salud periódica así como todas las actividades de salud vinculadas a su etapa de preparto, observándose las recomendaciones médicas que puedan existir con el fin de ajustar la etapa de embarazo y velar por el bienestar de la joven y su hijo, haciendo que esto sea complementario al desarrollo de las responsabilidades académicas. Para esto se solicitará la documentación de salud que avalen dichas situaciones. El Establecimiento asegurará a la estudiante embarazada de asistir al baño cuantas veces sea necesario durante su permanencia en clases, sin que esto interfiera en la evaluación de la estudiante. En etapa de embarazo y asistencia a clases de la estudiante, se facilitarán espacios como biblioteca u otros que permitan a la alumna evitar el estrés o bien prevenir accidentes escolares que puedan perjudicar su salud o la de su hijo/a. El establecimiento establecerá un plan de evaluación flexible en caso de que la maternidad o paternidad impida al estudiante asistir regularmente a clases. Para esto, se llevará a cabo la presentación de la alternativa académica en presencia del apoderado, donde se acordarán formalmente las fechas de rendición de evaluaciones, así como también se establecerán dentro de este plan los criterios de promoción siempre que el estudiante cumpla con los aprendizajes establecidos en el Programa de estudios. De igual forma, y toda vez que se haga entrega de material se estudios, se entreguen o rindan evaluaciones, se procederá a la firma y llenado de una planilla que dé cuenta del proceso pedagógico del alumno. No se hará exigible el 85% de asistencia para promoción del año escolar. Las inasistencias deberán ser justificadas con tarjeta de salud, carné de control de embarazo, control de niño sano, certificado médico.

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Se velará por el derecho de la madre a decidir sobre el horario de alimentación de su hijo, sin que esto perjudique su evaluación diaria, así como también se promoverán y cautelarán sus labores de amamantamiento y así permitir la salida de la madre a su hogar o sala cuna, sin que esto afecte su situación académica, teniendo en cuenta que el tiempo estimado máximo para la alumna en este caso será de una hora. Este horario debe ser formalmente informado al director(a). El establecimiento otorgará a la madre y/o al padre adolescente las facilidades en caso de enfermedad del niño menor de un año de edad. Se deberá justificar esta situación con certificado médico. Toda la flexibilidad otorgada se hará teniendo presente el derecho a la Educación de los alumnos y promoviendo la permanencia de éstos en el Establecimiento. El apoderado del adolescente en situación de embarazo o paternidad tiene el deber de informar al establecimiento la situación de paternidad o embarazo de su hijo/a y deberá firmar un compromiso de acompañamiento al estudiante para que sea compatible el proceso de embarazo y/o paternidad con los estudios del niño/a. El establecimiento en conjunto con el equipo psicosocial considerará la situación social y familiar de los alumnos que serán padres, con la finalidad de promover que el adulto responsable se vincule activamente en el proceso educativo del niño, así como también se realizará un acercamiento del niño, niña y su familia a las redes sociales necesarias para garantizar su inclusión y permanencia en el Sistema Escolar

AGOSTO, 2016.

CENTRO EDUCACIONAL NIÑO DIOS DE MALLOCO.

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