Reglamento de Higiene de piensos. Situación n en España

Reglamento de Higiene de piensos . Situación en España Leonor Algarra Solís Jefe de Área Alimentacion Animal Dirección General de Ganadería M.A.P.A.

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Reglamento de Higiene de piensos . Situación en España

Leonor Algarra Solís Jefe de Área Alimentacion Animal Dirección General de Ganadería M.A.P.A.

ƒ Nueva Legislación Alimentaría : Nuevo enfoque ƒ Legislación de carácter horizontal: – Reglamento 178/ 2002.

ƒ Desarrollo de legislaciones especificas sectoriales. – “Paquete de Higiene” – Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos.

Nuevo Escenario Legislativo ƒ ¿Qué cambios implica? – Cambio en la manera de legislar ƒ Directivas a Reglamentos ( Parlamento y Consejo).

– Revisión general de la legislación para actuar de manera armonizada. – Papel fundamental de los consumidores

Nuevo Escenario Legislativo ƒ Objetivo: – “Mayor nivel de protección de la salud humana, del medio ambiente y de la salud animal.”

Nuevo Escenario Legislativo ƒ Legislación de carácter horizontal: – Rgtlo 178/ 2002 , establece los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaría, y fija procedimientos relativos a la seguridad alimentaría. – Rglto 882/2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales.

Nuevo Escenario Legislativo ƒ Legislación de carácter horizontal:178/02 – Las medidas que se adopten deben estar basadas en un análisis del riesgo. – Tres elementos: ƒ Determinación del riesgo. ƒ Gestión del riesgo ƒ Comunicación del riesgo. – Sistemas de Alerta Rápida, en red. – Se instaura la “trazabilidad”. – “Principios de responsabilidad”

Nuevo Escenario Legislativo ƒ Legislación de carácter horizontal:882/04

ƒ Objetivo : – Mejorar la eficacia de los controles oficiales.

– Planteamiento global y uniforme. ƒ Planes plurianuales ƒ Ámbito de aplicación:legislacion sobre alimentos, piensos, salud animal y bienestar animal.

– Directrices amplias elaboradas a nivel comunitario – Determinación de prioridades de control en función de los riesgos.

Nuevo Escenario Legislativo Legislación de carácter sectorial: ƒ Reglamento (CE ) Nº 183 / 2005 del Parlamento Europeo y del Consejo , de 12 de enero de 2005 ,por el que se fijan requisitos en materia de higiene de los piensos. ƒ Otros Reglamentos

Nuevo Escenario Legislativo Legislación de reglamentos:

carácter

sectorial:

Otros

– Reglamento 1831/2003 , del Parlamento Europeo y del Consejo , sobre los aditivos en la alimentacion animal. – Reglamento 1829/2003 , del Parlamento Europeo y del Consejo , sobre alimentos y piensos modificados genéticamente. – Reglamento 1830/2003 , del Parlamento Europeo y del Consejo ,relativo a la trazabilidad y el etiquetado de omg y a la trazabilidad de los alimentos y piensos producidos a partir de estos.

ƒ Reglamento (CE) nº 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se fijan requisitos en materia de Higiene de los piensos.

ƒ ƒ ƒ ƒ

¿Cuál es el objetivo? ¿Sobre que principios? ¿Cuál es el ámbito de aplicación? ¿ Que cambios implica? ƒ Para el sector ƒ Para las Administraciones publicas.

¿Cuál es el objetivo? ƒ “Asegurar un elevado nivel de protección de los consumidores por lo que respecta a la seguridad de los alimentos y los piensos”. – Para esto establece: ƒ Normas generales en materia de higiene de piensos. ƒ Condiciones y mecanismos que garanticen la trazabilidad de los piensos. ƒ Condiciones y mecanismos para el registro y la aprobación de establecimientos del sector de la alimentacion animal.

¿Sobre que principios? ƒ Responsabilidad de la seguridad ƒ Garantía de la seguridad a lo largo de toda la cadena alimentaría . – Desde producción primaria hasta alimentacion de animales destinados a la producción de alimentos.

ƒ Refuerzo de la responsabilidad – APPCC – Códigos de buenas practicas.

ƒ Definir criterios microbiológicos basados en criterios de riesgo con base científica ƒ Nivel mínimo equivalente de exigencias para importaciones.

¿Cuál es el ámbito de aplicación? ƒ Las actividades de los explotadores de las empresas de piensos en todas las etapas del proceso, desde la producción primaria de piensos , hasta su comercialización ƒ Las importaciones y exportaciones de piensos con países terceros. ƒ Y además….. ƒ La alimentacion de los animales destinados a la producción de alimentos. ƒ También contiene excepciones ….

Conviene recordar …… ƒ Pienso:”Cualquier sustancia o producto , incluidos los aditivos, destinado a la alimentacion animal por vía oral de los animales, tanto si ha sido transformado entera o parcialmente como si no.” ƒ Producción primaria de piensos:”La producción de productos agrícolas , incluido , en particular, el cultivo, la cosecha, el ordeño y cría de animales( antes de ser sacrificados) o la actividad pesquera que únicamente den como resultado productos que no se sometan a ninguna otra operación tras su cosecha , recogida o captura , exceptuando el tratamiento meramente físico”

¿ Que cambios implica? ƒ Para el sector: ƒ Deben cumplir ... – Obligaciones de carácter general. – Obligaciones especificas. ƒ Pueden poner en marcha practicas.

:Guías

de Buenas

¿ Que cambios implica? ƒ Obligaciones de carácter general. – Cumplimiento de legislación : ƒ Criterios microbiológicos específicos. ƒ Adaptar los procedimientos y las medidas que sean necesarias para alcanzar los objetivos.

– Notificar todos los establecimientos bajo su control que intervengan en cualquiera de las etapas de producción, transformación, almacenamiento, transporte o distribución ..REGISTRO. – Garantías Financieras.

¿ Que cambios implica? ƒ Obligaciones especificas: ƒ Dos niveles: – Empresas que intervienen en la producción primaria de piensos y operaciones asociadas. ƒ Incluye mezcla de piensos exclusivamente para las necesidades de la explotación sin utilizar aditivos ni premezclas ( excepción aditivos de ensilado).

ƒ Empresas que no intervienen en la producción primaria de piensos. – Incluye mezcla exclusivamente para las necesidades de la explotación cuando se utilicen aditivos o premezclas de aditivos ( excepción aditivos de ensilado ).

– Empresas que intervienen en la producción primaria de piensos y operaciones asociadas. ƒ Incluye mezcla de piensos exclusivamente para las necesidades de la explotación sin utilizar aditivos ni premezclas ( excepción aditivos de ensilado).

ƒ Prevenir , eliminar o reducir al mínimo el riesgo su responsabilidad ƒ Para esto…. – Cumplir en particular…. ƒ Medidas controlar contaminación peligrosa ƒ Medidas sobre aspectos fitosanitarios, salud animal y medio ambiente. – Programas vigilancia y control zoonosis y agentes zoonoticos.

– Cuando proceda…. ƒ Limpieza y desinfectación adecuada de las instalaciones, equipo, almacenamiento ,transporte.

ƒ Y además …… – Obligatoriedad de gestionar y conservar registros.( tiempo … depende…por definir). – Registros a disposición de la autoridad competente.

ƒ ¿Qué información debe contener los registros? – Utilización de productos fitosanitarios y biocidas. – Utilización de semillas modificadas genéticamente. – Presencia de plagas o enfermedades – Resultados analíticos de muestreos. – Origen y cantidad entradas trazabilidad – Destino y cantidad salidas

ƒ Empresas que no intervienen en la producción primaria de piensos. – Incluye mezcla exclusivamente para las necesidades de la explotación cuando se utilicen aditivos o premezclas de aditivos (excepción aditivos de ensilado ).

ƒ Poner a punto, aplicar y mantener sistemas APPCC. – Principios.: ƒ Identificar peligros. ƒ Determinar puntos críticos de control. ƒ Establecer limites críticos en los puntos críticos. ƒ Establecer y aplicar procedimientos de supervisión ƒ Establecer medidas correctoras. ƒ Procedimientos de verificación ƒ Registros y documentos.

ƒ ¿Qué tipo de documentos? – Poder acreditar el cumplimiento. – Asegurar que todos los procedimientos se encuentran actualizados. – Se tendrá en cuenta la naturaleza y el tamaño…. Por desarrollar.

ƒ Además se recogen requisitos mas exhaustivos: – – – – – – –

Instalaciones y equipo. Personal Producción Control de la Calidad Almacenamiento y transporte Documentación Reclamaciones y Retirada de los Productos.

ƒ ¿ Que cambios implica?

ƒ Para las Administraciones publicas. – Autorización y Registro de establecimientos ƒ Todos registrados o autorizados. ƒ Se amplia la necesidad de contar con autorización ƒ Listados nacionales de establecimientos registrados y autorizados( con código prefijado) ƒ Pueden existir uno o varios registros ( por actividad) ƒ Pueden existir normas nacionales para autorización previa al inicio de la actividad. ƒ Listado Comisión noviembre 2007 ƒ Anualmente noviembre ƒ Acceso publico

ƒ Para las Administraciones publicas. – Importaciones y Exportaciones CAMBIA EL SISTEMA – Ahora : ƒ Se fijan productos. ƒ Se fijan requisitos de importadores:asumen la rerepresentacion del establecimiento fabricante que pretende importar,persona física o jurídica legalmente establecida en la UE – Cumplen los establecimientos del p.tercero – Mantener registro de productos que comercializa en UE,por los establecimientos que representa.

– Nuevo Rglto : ƒ Importaciones : – LISTADO DE PAISES AUTORIZADOS – LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS AUTORIZADOS ELABORADA POR PAISES TERCEROS. – LOS PIENSOS CUMPLEN REQUISTOS UE Ó CONDICIONES EQUIVALENTES. ƒ PERIODO TRANSITORIO DE VALIDEZ DEL ACTUAL SISTEMA HASTA ELABORACION DE LISTAS

ƒ Exportaciones: – Deben cumplir requisitos de legislación alimentaría

ƒ Sanciones ƒ Otros trabajos compartidos: – Guías de buenas practicas. – Garantías financieras

Guías de buenas practicas ƒ

Son voluntarias ƒ El sector las debe elaborar y difundir. ƒ La Administración: – las debe fomentar – Las debe supervisar – La Comisión las fomentara: puede proponer g.comunitarias. – Las autoridades nacionales también y comunicaran a Comisión.

Garantías financieras ƒ La Comisión : presentara , a mas tardar el 8 de febrero de 2006, un informe sobre viabilidad + propuesta legislativa . ƒ Objetivo:”Garantía que cubra todos los costes de los que los explotadores podrían ser considerados responsables como consecuencia directa de la retirada del mercado, tratamiento y/o destrucción de cualquier pienso o animal y de cualquier alimento elaborado a partir de ellos”.

Garantías financieras ƒ La Comisión ha elaborado un cuestionario que ha enviado al sector y a los 25 estados miembros ƒ En otoño, tendrán “visión global”.

En la Unión Europea – Participación en el grupo de trabajo creado por la Comisión para la aplicación del reglamento de higiene ƒ Aspectos más debatidos ƒ Aplicación de criterios microbiológicos ƒ Definiciones de premezcla y pienso complementario para definir quién tiene que cumplir Anexo I o II ƒ Garantías financieras

Situación en España

ƒ ¿ Que hemos realizado hasta la fecha en la Administración Central ? -Comunicación con otras unidades implicadas ƒ DG Agricultura

– Dentro de la Dirección General de Ganadería con otras Subdirecciones implicadas – Creación de un sistema informático de registro de establecimientos y su modificación para adaptarlo a la nueva normativa

Acciones emprendidas desde la SGMPG ƒ En colaboración con las Comunidades Autónomas – Creación de un grupo de trabajo ƒ Elaboración de un proyecto de real decreto para la aplicación del reglamento y por el que se establece la Comisión Nacional de Coordinación en Alimentación Animal.

– Elaboración de un modelo consensuado para la comunicación de actividades que establece el reglamento.

Leonor Algarra Solís Jefe de Área de Alimentacion Animal. Dirección General de Ganadería M. A. P. A.

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