Reglamento Interno Manual de Convivencia Escolar 2014

Reglamento Interno Manual de Convivencia Escolar 2014 Colegio Técnico Profesional Darío Salas “Donde Viven los Verdaderos Valores” www.colegiodarios
Author:  Alfonso Franco Rey

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Reglamento Interno Manual de Convivencia Escolar 2014 Colegio Técnico Profesional Darío Salas

“Donde Viven los Verdaderos Valores”

www.colegiodariosalas.cl Avda. Padre Alberto Hurtado Nº 852 – Fono/Fax: 271500 Chillán 1

INDICE

Introducción Glosario de términos y conceptos relativos al reglamento de convivencia escolar

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TITULO 1

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Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo

Funcionamientos 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10

Horarios Situación de ausencia al establecimiento Presentación personal y uso de accesorios Requerimientos académicos de alumnos y profesores Uso de aparatos, que interfieran con el normal trabajo pedagógico Uso y cuidado de la escuela Resguardo de la continuidad de estudio de los alumnos Notificación de sanciones según la gradualidad de las faltas Relación entre el colegio y los apoderados Difusión del reglamento interno y normativas de convivencia

TITULO 2 Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo

4 5 5 5 6 6 7 7 7 8

Disposiciones referidas a la seguridad y salud 1 2 3 4 5

8

Disposiciones de carácter general Del uso de la sala de primeros auxilios De los accidentes dentro del colegio La atención en la sala de primeros auxilios De los accidentes en actividades escolares fuera del colegio

TITULO 3

8 8 8 9 9

Seguridad Escolar

9

Artículo 1 Artículo 2 Artículo 3

Relativo a los alumnos Procedimientos Seguro escolar

9 9 9

TITULO 4

COES

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Artículo 1

Relativo al COES

TITULO 5 Artículo Artículo Artículo Artículo Artículo

10

Normas de Interacción 1 2 3 4 5

Interacción entre los miembros de la comunidad educativa Comportamiento dentro de la sala de clases Promover en actitudes no discriminatorias Resguardad la integridad psicológica Resguardad la integridad física

TITULO 6

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Forma en que se evaluara la falta

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Descripción de las faltas y acciones que deberá asumir el involucrado

Artículo 1 Artículo 2

1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11

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Tabla según gradualidad de las faltas y sanciones Sanciones por transgredir una norma

ANEXOS Y PROTOCOLOS Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo Anexo

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Aplicación del Reglamento

Artículo 1 TITULO 7

10

12 13 .

Protocolo de ingreso a la institución Protocolo de Maternidad y Paternidad Protocolo de seguridad en espacios deportivos Protocolo de convivencia y mediación escolar Protocolo de actuación frente al acoso escolar o bullying Protocolo de actuación en supuesto de acoso escolar Protocolo de actuación ante abuso sexual Protocolo de actuación en situaciones de violencia escolar Protocolo de actuación consumo de drogas y/o trafico y/o micrográfico Protocolo procedimiento administrativo interno Protocolo cancelación de prestación de servicios

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15 15 16 17 18 19 23 25 27 30 31 32

En consideración a que la normativa vigente de sustento legal al documento denominado Reglamento Interno, a través de la ley 19.070 (Estatuto docente), y de acuerdo a la actual ley 19.979 de JEC, que establece que todas las unidades educativas del país deben contar con un Reglamento Interno que rija las relaciones entre el establecimiento, los alumnos y los padres y apoderados. En dicho Reglamento se deben señalar: las normas de convivencia en el establecimiento; las sanciones y reconocimientos que origina su infracción o destacado cumplimiento; los procedimientos por los cuales se determinarán las conductas que las ameritan; y las instancias de revisión correspondiente. INTRODUCCIÓN: El Colegio Técnico Profesional Darío Salas se caracteriza por mantener un ambiente de sana convivencia que promueve el desarrollo humano de sus alumnos(as). Así, hemos entendido que una convivencia positiva se asienta sobre la sólida base que constituyen la disciplina y la responsabilidad. La disciplina la concebimos como la aceptación consciente y racional de las normas establecidas para regular las relaciones interpersonales que favorezcan efectivamente el trabajo y la vida escolar. Siendo el Perfil del (la) alumno(a) Dariosalino el referente que orienta nuestra tarea institucional, viene a constituirse, en el presente reglamento, en la normativa de nuestra cotidianeidad, que deberá ser asumida por el (la) alumno(a) y su familia. El Colegio Técnico Profesional Darío Salas privilegiará todas las instancias positivas que estén a su alcance para estimular al educando a su propia superación y conquista de sus valores e identificación con su “Colegio”. El reconocimiento de los logros y méritos será expresando a través de distinciones y otros. Todo apoderado(a) que matricule a su pupilo(a) en el Colegio, acepta cumplir con lo establecido en este Reglamento de Convivencia Escolar. Entendemos el Reglamento Interno de Convivencia Escolar como un conjunto de normas y procedimientos que regulan la convivencia de todos los miembros de nuestra comunidad en la tarea permanente de educar y además propendan al logro gradual de la autodisciplina. Surge como una necesidad de nuestro Proyecto Escolar Institucional, donde los alumnos puedan comprender y aceptar los patrones de conducta, asistencia y puntualidad de manera proactiva. No obstante las faltas, cometidas por los educandos serán sancionadas en conformidad a lo establecido en el Reglamento Interno, cuyas normas de disciplina se fundamentan en realidades del entorno social. Nuestro reglamento de convivencia escolar pretende fundamentalmente ir formando al alumno en el cumplimiento responsable de sus deberes y en el comportamiento adecuado en clases, recreos, actividades cívico-culturales y deportivas, tanto internas como externas , además en la interrelación de hábitos y valores, que contribuyan al aprendizaje y ejercicio de habilidades sociales que garanticen una respetuosa interacción entre los actores educativos y en un ambiente de sana convivencia para un mejor aprovechamiento de toda actividad escolar inserta en un mundo cambiante pero que no puede dejar de lado valores y actitudes fundamentales en el logro de un desarrollo individual y social equilibrado, armónico y lleno de metas a alcanzar Glosario de términos y conceptos relativos al Reglamento de Convivencia Escolar La sana convivencia escolar es un derecho y deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que estos se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos. Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a estudiantes, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, equipo docente, directivos y sostenedores educacionales. El Dialogo es una conversación entre una o mas personas con la finalidad de exponer ideas y desarrollar avenencias. La tolerancia es el respeto a las ideas, creencias o práctica de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias La solidaridad la entendemos como un valor fundado en el reconocimiento de quien en el bienestar común se forja una vida o pasar exitoso para toda la comunidad. El respeto de los derechos humanos, como principio fundamental e inalienable. Fundado en la búsqueda permanente de la justicia y el respeto mutuo. Bullying: Bullying viene del vocablo inglés ―bull‖ que significa toro. En este sentido, bullying es la actitud de actuar repetitivamente como un toro en el sentido de pasar por sobre otro u otros sin contemplaciones. Las traducciones más comunes del bullying al español son matonaje, acoso, hostigamiento.(Es un delito) Grooming: El grooming de niños por Internet es un nuevo tipo de problema relativo a la seguridad de los menores en Internet, consistente en acciones deliberadas por parte de un adulto de cara a establecer lazos de amistad con un niño o niña en Internet, con el objetivo de obtener una satisfacción sexual mediante imágenes eróticas o pornográficas del menor o incluso como preparación para un encuentro sexual, posiblemente por medio de abusos contra los niños. (Es un delito) Sexting: El sexting consiste en el envío de contenidos de tipo sexual (principalmente fotografías y/o vídeos) producidos generalmente por el propio remitente, a otras personas por medio de teléfonos móviles. (Es un delito) Pornografía: El término pornografía se refiere a todos aquellos materiales, imágenes o reproducciones que representan actos sexuales con el fin de provocar la excitación sexual del receptor. (Es un delito) Delito: El delito, en sentido dogmático, es definido como una conducta, acción u omisión típica (descrita por la ley), antijurídica (contraria a Derecho) y culpable a la que corresponde una sanción denominada pena con condiciones objetivas de punibilidad. Supone una conducta infraccional del Derecho penal, es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley. Falta disciplinaria: Actitudes y comportamientos que alteren la convivencia y/o la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa.

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Procedimiento: Método o sistema estructurado para ejecutar algunas cosas. En el plano disciplinario correspondería a una serie de pasos para ejecutar una sanción de forma correcta de acuerdo a un reglamento preestablecido. Protocolo: Conjunto de normas y procedimientos útiles para la transmisión de datos, conocido por el emisor y el receptor. Acoso sexual: El acoso sexual es genéricamente la manifestación de una serie de conductas compulsivas de solicitudes de favores sexuales con distintas formas de manifestación dirigidas a un(a) receptor(a) sin tener su consentimiento. (Es un delito) Discriminación: Para los efectos de esta ley, se entenderá por acto o conducta de discriminación arbitraria toda forma injustificada de distinción, exclusión, restricción o preferencia, cometida por agentes del Estado o particulares, que prive, perturbe o amenace el ejercicio de los derechos establecidos en la Constitución Política de la República, en la ley, en particular cuando aquellas se encuentren fundadas en motivos de raza o etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, lugar de residencia, idioma, ideología u opinión política, sindicación o participación en asociaciones gremiales, sexo, género, orientación sexual, estado civil, edad, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad. (Es un delito) Cancelación de matricula: Es poner término al contrato de prestación de servicios educacionales entre el colegio y el alumno(a) para el año en curso o la no renovación de éste para un próximo período (año) escolar. Convivencia escolar: La Convivencia Escolar es la capacidad que tienen las personas de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa. Convivencia ciudadana: Es la condición de relacionarse con las demás personas o grupos a través de una comunicación permanente fundamentada en afecto y tolerancia que permite convivir y compartir en armonía en las diferentes situaciones de la vida. Y amabilidad con todos siempre en cualquier lugar y en cualquier momento. Convivencia familiar: es el ambiente de respeto, tolerancia, comprensión y cooperación que se da en un ambiente de familia. AN1: Anotación negativa de carácter leve, AN2: Anotación negativa de carácter grave, AN3: Anotación negativa de carácter gravísima. TITULO I Artículo 1.En relación a normas referidas a horarios. 1. El personal docente y no docente esta obligado a cumplir los horarios establecidos y los emanados de dirección. 2. El profesor debe tener horarios de entrevista con el apoderado; para informar avances en el proceso de enseñanza aprendizaje de sus alumnos, situaciones disciplinarias cumplimiento, etc. 3. Los padres y apoderados deben asumir el dar cumplimiento a todos los deberes y obligaciones que el reglamento de convivencia escolar determine, teniendo presente que el primer educador de los hijos son los padres y apoderados . 4. El apoderado es responsable de velar por la asistencia a clases, la Convivencia Escolar,la presentación personal de su hijo, puntualidad y cumplimiento de normas establecidas por el Colegio, por lo tanto deberá presentarse en el colegio cuando sea citado por este motivo por Inspectoría General para establecer una solución definitiva al problema.El no cumplimiento de la norma por parte del Apoderado será registrado en la hoja de vida del alumno (a).Sancionando al alumno de no ingresar a clases hasta cuando el apoderado asista a entrevista con Inspectoría General. 5. Los apoderados no podrán ingresar a las salas ni interrumpir las clases durante la jornada escolar. Deben asistir en horario de atención de apoderados. 6. Los apoderados deben cumplir en plenitud el artículo del reglamento de centros de padres y apoderados de los establecimientos educacionales del país que dice: “los centros de padres deberán dedicarse exclusivamente a la realización de sus fines de cooperación a la obra educativa y social del establecimiento. No deberán intervenir en materias de orden político y/o religioso, ni en aquellas decisiones que se relacionen con la organización técnica, las prácticas pedagógicas y el régimen administrativo y disciplinario de los establecimientos, ni adoptar decisiones que desvirtúen el cumplimiento de sus finalidades”. Siendo su rol consultivo y no resolutivo. 7. Todo apoderado tiene derecho a estar informado del proceso educativo de su pupilo(a), pudiendo solicitar información referente a horarios y avances en el proceso enseñanza – aprendizaje de él en forma presencial asistiendo al colegio o también en forma virtual a través del sistema informático Mateo Net del cual debe poseer una clave de acceso. 8. El atraso se registrará en portería en el sistema informático Mateo Net debiendo el alumno permanecer hasta el primer cambio de hora fuera de la sala para no interrumpirla una vez iniciada. Salvo situaciones especiales como lo son. Factores climáticos relevantes, paro de locomoción colectiva u otro que Inspectoria General autorizará el ingreso inmediato a clases de los alumnos, sin registro de atrasos. 9. Los atrasos son faltas al reglamento de Convivencia Escolar y según la repetición de esta falta, hará que se identifique como leve hasta tres atrasos, lo cual se notificará al apoderado y se amonestará al alumno verbalmente. Más atrasos serán catalogado como falta grave y gravísima con atención del apoderado y alumno en la agenda y anotación negativa en el libro de clases, que dará como resultado: 1.- La suspensión de uno o más días de clases. 2.- La condicionalidad de matrícula, si la conducta persiste se notificará al apoderado y al alumno. 3.- La no renovación de contrato de prestación de servicios educacionales para el próximo año.

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10. Inspectoría General emitirá un pase a aquellos alumnos que justifiquen domicilio por medio de un Certificado de Residencia y que según la frecuencia de la locomoción intercomunal amerite el otorgar un pase para llegar más tarde. 11. Para evitar problemas de atrasos toda la comunidad escolar deber regirse por la jornada horaria del establecimiento ajustando sus relojes y celulares a la hora que indiquen los relojes murales existentes en el colegio . 12. Todo alumno que no justifique tres atrasos acumulados o una inasistencia deberá permanecer fuera de la sala de clases en Inspectoría del sector hasta que el apoderado asista al colegió y justifique la falta. 13. Se anexa protocolo de ingreso a la institución (Anexo N°1) Artículo 2.En relación a normas referidas a situaciones de ausencia al establecimiento. 1. Todo apoderado debe enviar a clases a su pupilo todos los días y facilitar la llegada puntual de su hijo al colegio. 2. El apoderado autorizará por escrito en la agenda escolar cualquier salida a terreno propuesta por el colegio en el marco de actividades académicas y de convivencia escolar. 3. Todos los alumnos (as) con problemas de salud o situaciones médicas de cuidado (embarazadas, tendrán derecho a una educación expedita por parte del colegio; garantizando la continuidad de sus estudios.) 4. Las inasistencias a clases y atrasos deben justificarse personalmente por los Apoderados en secretaría; si ello no es posible, la comunicación por escrito certificará los motivos de la inasistencia y la hora del día en que pasará al colegio a informar la situación que provocó el ausentismo escolar y justificar personalmente en secretaría del colegio. 5. No ingresar a clases estando en el colegio o llegar atrasado al trabajo educativo de una asignatura, se consigna como inasistencia y se sanciona como fuga de clases con suspensión de un día, de lo cual tomara conocimiento personalmente el apoderado en el colegio. 6.Todo alumno (a) que participe de alguna manifestación estudiantil y por la cual no asista a clases; deberá ser justificado inmediatamente por parte del apoderado. Artículo 3.En relación a normas referidas a la presentación personal y uso de accesorios. 1. El apoderado debe supervisar que el alumno no traiga joyas, otros accesorios personales, por posibles pérdidas, de lo cual el colegio no se hará responsable. 2. Los(as) alumnos (as) no podrán por ningún motivo usar en el establecimiento, en clases, recreos y trayectos colegio-casa o viceversa en calidad de alumno(a) aros, y piercing no autorizados, visibles o no en orejas, labios, lengua, ni tampoco cambiarse de ropa que no sea del uniforme. la cual será requisada y solo entregada a su apoderado en fecha y hora de citación. 3. El alumno usará el uniforme o buzo del colegio de manera correcta no mostrando su ropa interior, ni utilizar pitillo, portando zapatillas y cordones en un solo tono sobrio. (blanco, azul, plomo, negro) 4. El alumno usará su camisa siempre dentro del pantalón con su botón del cuello abotonado y ajustado con su corbata, dentro y fuera del colegio. 5. El vestón con su insignia debe ser traído siempre al colegio cuando el alumno le corresponda asistir con su uniforme aún cuando el alumno use parka de marca o abrigo de color azul marino. 6. El apoderado es responsable de velar por la presentación personal de su hijo, puntualidad y cumplimientos de normas establecidas por el Colegio. 7. Cada alumno debe cumplir con los hábitos de higiene en forma rigurosa, los (as) alumnos (as) tienen la obligación de demostrar buenos hábitos de aseo e higiene personal, presentarse a clases, actos o ceremonias, con el uniforme escolar oficial establecido. Varones: Pantalón escolar de tela color plomo, camisa blanca del colegio, calzado de color negro, vestón con insignia y chaleco de lana azul marino de preferencia cuello escote v tradicional y sin cierre frontal. Mochila azul marino, celeste o en su defecto negra sin aplicaciones de otros colores y parches decorativos. Rostro rasurado, pelo corto y peinado, no levantado en ningún sector de la cabeza intencionalmente, dejando cuello y orejas al descubierto, evitando cortes, tinturas y modelos estereotipados. No se permite el uso de aros, anillos, cadenas, pulseras u otros adornos o artículos de valor en la vestimenta escolar, las uñas debe llevarlas cortas y limpias. Damas: Jumper azul marino com insignia, 3 cm. sobre la rodilla, blusa blanca, corbata de colegio, calzado de color negro. Mochila de color azul marino, celeste o en su defecto negra sin aplicaciones de otros colores y parches decorativos. Rostro sin maquillaje, cabello peinado tomado como moño simétrico en dirección a la espalda, evitando tinturas y modelos estereotipados, uñas cortas, y limpias. No se permiten cadenas, collares u otros adornos de valor en la vestimenta escolar de excepción de un par de aros tipo perla u oro pequeño adosado al lóbulo de la oreja. 8. El buzo del colegio será obligatorio en las actividades deportivas, recreativas y en la clase de educación física o entrenamiento de la condición física. Este debe estar completo: pantalón del buzo no modificado en su caída y corte. Polera blanca del colegio, polera con cuello, polera del buzo del colegio; además de short para la clase práctica de educación física. La polera con cuello podrá ser usada en temporada de calor con pantalón gris en los varones y durante todo el año en combinación con el buzo; en damas y varones Artículo 4.En relación a normas referidas a requerimientos académicos de alumnos y profesores. 1. El primer deber de los alumnos es comprometerse a estudiar y crecer espiritualmente, de modo de aprovechar eficazmente el tiempo y no desperdiciar el esfuerzo que realicen sus padres y profesores. 2. Conocer oportunamente fecha y contenidos de evaluación. 3. El alumno debe cumplir con todas sus tareas y trabajos, asignado en los sectores o módulos. 4. Los apoderados deben justificar con antelación ante la Unidad Técnico Pedagógica, la ausencia de su pupilo (a) a pruebas, controles o interrogaciones, disertaciones, laboratorios, talleres y salidas a terreno. Una vez que se ha cumplido con el procedimiento legal establecido, el alumno (a) tendrá derecho a una recalendarización de sus evaluaciones. Todos aquellos alumnos que no tengan una justificación oportuna y con causal respaldada por su apoderado, serán calificados acorde a lo establecido por el Reglamento Interno de Evaluación.

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5. Los docentes y no docentes del establecimiento tendrán derecho a toda la información pertinente que les permita un buen desempeño en su trabajo. 6. El personal docente y no docente deberá dar un trato cordial y de respeto a todos los alumnos del establecimiento sin hacer uso de sobre nombre ni calificativos. 7. Los profesores y no docentes deben comprometerse con el proyecto educativo del colegio y participar en actos y celebraciones institucionales. 8. Recibir información y explicación oportuna acerca de los contenidos vistos en clases. 9. El alumno deberá participar en actos cívicos, desfiles y otros que se represente al colegio a las cuales ha comprometido su participación. 10. Si el alumno es sorprendido destruyendo el instrumento de evaluación una vez obtenido el resultado, será sancionado en primera instancia con observación negativa en su hoja de vida y ficha histórica, influyendo esta falta en el informe de desarrollo personal. Posteriormente será citado el apoderado por el profesor jefe para que éste tome conocimiento de la gravedad de la falta cometida por su pupilo, quedando el antecedente en Inspectoría general. La reincidencia le significara la aplicación del Art. II, inciso 5, del título IV del reglamento de Convivencia Escolar. 11. Cuando el alumno falte a una evaluación calendarizada y el apoderado justificare esta situación el profesor fijará una nueva fecha de evaluación, la que tendrá una ponderación de exigencia equivalente al 70%. Estas evaluaciones deberán ser aplicadas fuera del horario de clases y fuera de actividades extra programáticas. 12. El apoderado será informado al inicio de cada año escolar, que la Unidad Técnico Pedagógica tiene la facultad de realizar cambios de curso durante 1ro y 2do medio, considerando aspectos académicos y disciplinarios. 13. Casos excepcionales, de cambio de curso, serian solicitados por el apoderado para ser evaluados por la Unidad de Orientación y resueltos por la Unidad Técnico Pedagógica. 14. A los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular un subsector, asignatura o actividad de aprendizaje del Plan de Estudio del curso respectivo, se le podrán aplicar procedimientos de Evaluación Diferenciada, siempre y cuando no incida significativamente en la formación básica del alumno según los objetivos propuestos, artículo al que pueden acogerse las y los alumnos en los siguientes casos: - Embarazo - Problemas de Salud Física - Problemas de Salud emocional - Problemas disciplinarios graves. Debiendo quedar esta medida a plena conformidad tanto del apoderado como del alumno. Artículo 5.En relación a normas referidas al uso de aparatos, artefactos y otros, que interfieran el normal trabajo pedagógico. 1. No le esta permitido al alumno escuchar música, proveniente de sistemas: MP3, MP4, pendrive u otros provistos de audífonos o fonos dentro y fuera de clases cuando estén en función y tiempo escolar; más aún cuando éstos están prohibidos traerlos al colegio según lo indicado en el inciso Nº 33. 2. El uso del pendrive, sólo se permitirá en clases de informática y para los fines que el profesor establezca. No siendo obligatorio traerlos a clases y de los cuales el colegio no se hará responsable ante la perdida de estos. 3. Queda completamente prohibido el uso de celulares por parte de los alumnos dentro del establecimiento ya sea en hora de clases o recreos y en caso de portarlo este debe siempre estar apagado como así también el colegio no se hará responsable por su extravío o sustracción. Si estos interfieren con el normal desarrollo de las clases siendo utilizados por los alumnos en cualquiera de sus funciones no autorizados por el profesor, el alumno será sacado de la sala para solucionar el problema que de persistir en su actitud se citará de inmediato a el apoderado para que retire al alumno ese día del colegio, firmando la anotación pertinente en el libro de clases como falta grave. Una segunda situación de esta naturaleza se procederá a suspender al alumno por un día. Citación en primera instancia por parte del profesor, segunda instancia por inspector del sector y en tercera instancia por Inspectoría General. 4. Al alumno le queda totalmente prohibido tomar fotografías y videos desde sus celulares y cámaras al interior de la sala de clases, así como su uso indebido de estas en Internet que cause el menoscabo de compañeros, profesores y funcionarios del colegio. 5. No podrán portar sumas importantes de dinero o accesorios de valor (celulares, CD players, DVD,Notebook, netbook, tabletetc.) la que en caso de pérdida el colegio no se hará responsable. En caso que el alumno traiga dinero por concepto de mensualidades será autorizado para que cancele inmediatamente llegando al colegio en oficina de finanzas. También si porta alguna suma de dinero importante para otros fines podrá depositarlo en oficina de finanzas hasta el término de la jornada para que no se le extravíe sino lo va a ocupar en el colegio. 6. Todo alumno y profesor deberá mantener su celular apagado al interior de la sala de clases; por lo tanto por ningún motivo recibir llamadas ni mensajes mientras esta se realice. 7. Queda estrictamente prohibido que un apoderado llame a su pupilo (a) en horas de clases; por lo cual se sugiere que sepa los horarios de recreo para hacerlo o simplemente llame al colegio para comunicarse con su pupilo si es que es urgente. Artículo 6.En relación a normas referidas al uso y cuidado de la escuela. 1. El apoderado se hará responsable de todo daño ocasionado por su pupilo a la propiedad del colegio el que deberá ser cancelado en su totalidad en el plazo de un día o en lo acordado con Inspectoría General. 2. El alumno debe cuidar su colegio. No ocasionar destrozos de ningún tipo; el alumno que incurra en esta falta deberá reparar o pagar el daño ocasionado, además de ser sancionado por dicho acto. 3. El alumno podrá hacer un buen uso de la dependencia y del material didáctico existente, teniendo siempre una actitud de respeto hacia los funcionarios y compañeros. En caso de daño o pérdida de material didáctico deberá reponerlo en su totalidad en el plazo de un día o en lo acordado con Inspectoría General. 4. Debe cuidar los artefactos del baño, colaborar con el aseo y uso correcto del papel higiénico, toallas, y no jugar en su interior.

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5. Al alumno le están prohibido desinstalar, desconfigurar o destruir programas, modem, switch, routers, cables de redes; así mismo hardware del establecimiento. Lo cual constituye una falta grave citándose por escrito en agenda escolar , ante Inspectoría General quien determinará si amerita la cancelación en dinero de lo dañado; además, de registrar con anotación negativa en libro de clases y suspensión de clases. 6.Quedara un registro negativo en su hoja de vida en los casos anteriores incisos 1, 2, 3, 4,5, y suspensión de clases si amerita la gravedad e intencionalidad del hecho. 7. El alumno debe cuidar y utilizar en los momentos que corresponda las mangueras de red húmeda de nuestro establecimiento así como extintores y señaléticas. 8.Todo alumno (a) que participe de una toma del colegio por motivo de demandas estudiantiles; será denunciado a la justicia por invasión a la propiedad privada y por posibles destrozos o robos que este origine; además de aplicarse el reglamento de convivencia escolar referido a la gravedad de estos hechos. Artículo 7.En relación a normas referidas al resguardo de la continuidad de estudios de los alumnos(a). 1. Las alumnas embarazadas serán sometidas a los mismos procedimientos de evaluación que existan en el establecimiento, sin perjuicio de la obligación de los docentes educacionales de otorgarles facilidades académicas. En lo que respecta a los establecimientos técnicos profesionales, las alumnas embarazadas no podrán ser expuestas al contacto de materiales nocivos u otra situación de riesgo, debiendo otorgárseles facilidades académicas pertinentes para dar cumplimiento a su currículo. 2. Si su asistencia fuese inferior al 50 por ciento, el Director del establecimiento zanjará de acuerdo a los Decretos Exentos de Educación, sin perjuicio del derecho de apelación de la alumna ante el Secretario Regional Ministerial de Educación respectivo. 3. La alumna embarazada junto a su apoderado debe acercarse a la Unidad de Orientación para dar cuenta de su condición y conocer el procedimiento a seguir. 4. La alumna en estado de embarazo deberá entregar en la Unidad de Orientación un certificado médico que indique el periodo de su reposo prenatal y postnatal para fijar fecha estimada de reincorporación al establecimiento. 5. La alumna en estado de embarazo de 4º medio, deberá realizar su Práctica Profesional luego de dar a luz, por un total de 450 horas cronológicas, de esta forma facilitar el reposo y atención médica necesaria para un buen término de embarazo y desempeño profesional. 6. La alumna de 4° medio que tuviese su hijo (a), antes del mes de septiembre del año escolar en curso, podrá realizar su Proceso de Titulación igual que sus compañeros. 7. Será de exclusiva responsabilidad del profesor jefe, informar a otros profesores de la ausencia de la alumna y la entrega de trabajos y/o evaluaciones. 8. Se anexa protocolo de maternidad y paternidad (Anexo N°2) Artículo 8.En relación a normas referidas a la notificación de sanciones según gradualidad de la falta. 1. Las Faltas cometidas por el alumno pueden ser leves, graves y gravísimas, todas ellas tienen sanciones: deben ser notificadas al alumno y apoderado en atención con Inspectoría General. Todo Acto reincidente agrava la falta: aumentando la sanción, ejemplo número de días de sanción leve de 0 a 1 día, grave de 2 a 4 día y gravísima de 5 o más días, cancelación de matrícula al finalizar el periodo o de forma instantánea además de todos los registros en la hoja de vida. Articulo 9.En relación a normas referidas a la relación entre el colegio y los apoderados. 1. El apoderado debe tener un trato cordial y respetuoso absteniéndose completamente de agredir verbalmente y físicamente a cualquier miembro de la comunidad escolar exponiéndose al faltar a esta norma a ser inhabilitado para ejercer la función de apoderado(a) de su pupilo(a) además de no permitírsele el ingreso al establecimiento. 2. Asistirá a las reuniones de apoderados. Es aconsejable que asista el padre y la madre, sin niños. La inasistencia permanente a estos compromisos indicará falta de interés del apoderado en la responsabilidad compartida de formación y de educación de su pupilo, siendo causal de condicionalidad. En caso de imposibilidad de asistencia por motivos justificados, avisará previamente y por escrito las razones de su ausencia debiendo obligatoriamente justificar ante el profesor jefe en horario de atención de apoderado subsiguiente a la fecha de la inasistencia a reunión. 3. Asistirá a las citaciones del profesor y en caso de impedimento solicitará inmediatamente un nuevo día y hora para la entrevista. 4. Toda situación de duda o reclamo frente a un profesor o inspector debe ser canalizada por el conducto regular en primera instancia con la persona afectada. 5. No podrán portar sumas importantes de dinero o accesorios de valor (celulares, CD players, DVD etc.) la que en caso de pérdida el colegio no se hará responsable. 6. El alumno debe permanecer en el Colegio durante toda la jornada escolar. Sólo se permitirá el retiro del establecimiento con solicitud personal del apoderado siendo justificado en secretaría del colegio. 7. Ningún alumno podrá abandonar la sala de clases sin la autorización del profesor de la asignatura, o el permiso otorgado por Inspectoría General. 8. El retiro de los alumnos del colegio, sólo puede realizarse mediante solicitud expresa y personal del apoderado, previa autorización de Inspectoría General. 9. El permiso otorgado debe quedar consignado en el libro de salida o bitácora, con registro de firma de los padres y/o apoderados. 10. El apoderado debe ser informado de calificaciones obtenidas por su pupilo. 11. El apoderado debe recibir informes de notas y de personalidad, de su pupilo, al término del semestre y año escolar. 12. El apoderado debe velar por que su pupilo no comercialice ningún tipo de mercaderías en beneficio personal dentro del establecimiento. Estas especies están requisadas y solo serán devueltas al apoderado una vez citados para que tome conocimiento y sanción por esta falta. 13. El porte y consumo de medicamentos, por parte de los alumnos debe ser autorizado por escrito por el apoderado con orden médica y receta corcheteada en agenda escolar y en la cantidad justa que amerite su consumo diario según orden médica.

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14. Los alumnos deberán portar siempre la agenda escolar del colegio del año correspondiente, en perfecto estado. Ninguna comunicación oficial o pase para ingresar a clases podrá realizarse sin ella. Esta debe contener los datos personales del alumno, fotografía, teléfono actualizado, firma del apoderado y timbre de Inspectoría General. 15. Referido al inciso Nº 1 del Título I articulo 9. El apoderado(a) perderá tal condición si no cumple con asistir a las citaciones a reunión o entrevistas debiendo cambiar el apoderado para su pupilo a no ser que oportunamente justifique ante quien lo haya citado. 16. El apoderado que no concurra a las citaciones de reuniones de Subcentro, Inspectoría, Profesor Jefe u otras puede ser causal de de suspensión del alumno(a). Es obligación de los padres y apoderados presentarse al establecimiento ante el Profesor Jefe, en el horario establecido para atención de apoderados, si no se concurre al llamado del Colegio, el alumno no podrá ingresar a la sala de clases (permanece en Inspectoría). 17. El apoderado que cometa una falta relacionada con temas morales, agresividad, no cumplimiento de responsabilidades inherente a su rol de apoderado podrá ser inhabilitado (a) par ejercer dicho rol. 18. El apoderado podrá tener acceso y tomar conocimiento del rendimiento académico, inasistencias a clases, atrasos, horarios, mensualidades y otros de interés, a través del modulo web www.colegiodariosalas.cl al sistema informático mateo.net ingresando su clave personal. Artículo 10.En relación a normas referidas a la difusión del Reglamento Interno y normativas de convivencia. 1. Todo apoderado y alumno tendrán derecho a tener en su poder el reglamento de convivencia escolar actualizando desde el momento de matricular hasta el término del contrato de prestación de servicio del año en curso.El cual contará con información anexa de un glosario de término y conceptos de interés para comprender de mejor manera las terminologías usadas en él. Además de los diferentes Protocolos de actuación. 2. Todos los alumnos podrán participar de jornadas de análisis y difusión de los reglamentos que regulan su permanencia en el colegio. 3. El departamento de convivencia y mediación escolar a través de las unidades técnico pedagógicas difundirá a todos los alumnos los diversos reglamentos que rigen el establecimiento con actividades planificadas desarrolladas y evaluadas con una nota en módulos o asignaturas que lo desarrollen al inicio de cada semestre por un tiempo de dos semanas. TÍTULO II Relativo a: Disposiciones referidas a la seguridad y salud Artículo 1 Disposiciones de Carácter General. 1.- El Colegio es el responsable de cuidar de la integridad física de los(as) alumnos(as) durante las clases, los recreos, las horas libres, viajes de grupo, durante su participación en otros eventos escolares. 2.- Con este propósito la Unidad de Inspectoria General está a cargo de Inspectores designados específicamente para este fin. 3.- El Colegio dispondrá de un espacio físico permanente, habilitado e implementado para el cuidado de los(as) alumnos(as) que requieran de una atención por enfermedad repentina o lesiones a causa de un accidente escolar verificado al interior del Colegio. Dicho lugar se conocerá como Sala de Enfermería. 4.- Esta Sala de Enfermería estará a cargo del Inspector del Sector una persona que, a lo menos, deberá tener aprobado un curso que acredite la aplicación de primeros auxilios. 5.- Si durante el horario de clases un(a) alumno(a) necesita la atención del Encargado de Primeros Auxilios, éste último expedirá un pase comprobante relativo al caso que deberá ser entregado por el (la) alumno(a) al Profesor al momento de reintegrarse a sus actividades académicas. 6.- El Encargado (a) de Primeros Auxilios debe registrar en el Libro correspondiente la duración de la estadía del Alumno en la Sala de Primeros Auxilios, e informar al Profesor Jefe, además informar Telefónicamente y le envíe una nota al apoderado indicándole la situación que lo afectó. Artículo 2 Del uso de la sala de primeros auxilios. 1.- La Sala de Primeros Auxilios será destinada exclusivamente a la atención de alumnos(as) que presenten una enfermedad sobreviniente o lesiones a causa de algún accidente ocurrido al interior del Colegio. 2.- La Sala de Primeros Auxilios contará con la implementación necesaria para dar atención a los (las) alumnos(as) que la requieran. 3.- Aparte del Encargado (a) de la Sala de Primeros Auxilios, no podrán estar al interior de ella otras personas que afecten la privacidad del (la) alumno(a) que es atendido. Durante la permanencia en la Sala de Primeros Auxilios no se administrarán medicamentos por vía oral o inyectables. 4.- Los muebles y materiales existentes en la Sala de Primeros Auxilios deben ser sólo aquellos que tengan directa relación con el propósito de dicha Sala. No se aceptarán muebles o bultos ajenos al objetivo de la misma. Artículo 3 Relativo a los accidentes dentro del Colegio. 1.- En caso de que un Alumno sufra un accidente dentro del Colegio se procederá como se indica en los Artículos siguientes. De la atención inicial: 1.- El docente más cercano al alumno(a) accidentado deberá tomar inicialmente el control de la situación, responsabilidad que no terminará hasta que lo entregue a la persona Encargada de los Primeros Auxilios del Colegio e informe de la situación al Inspector General y/o al Director del Colegio. 2.- El Asistente a cargo deberá evaluar preliminarmente la situación, considerando que si la lesión es superficial, no existió pérdida del conocimiento y/o no existen dolores internos, ayudará al alumno(a) a trasladarse a la Sala de Primeros Auxilios e informará de la situación al Inspector General y/o al Director del Colegio. 3.- Si existe cualquier sospecha de que pudiera existir una lesión mayor, el asistente a cargo requerirá la presencia en el lugar del SAMU quien asumirá el control de la situación. 4.- El asistente encargada de los Primeros Auxilios trasladar al alumno(a) a la Sala de Primeros Auxilios para efectos de otorgar la atención primaria. 5.- El Inspector a cargo, tomará contacto con el apoderado y le informará la situación, a fin de coordinar acciones posteriores.

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Artículo 4 De la atención en la Sala de Primeros Auxilios: 1.- Al ingresar un Alumno enfermo o accidentado a la Sala de Primeros Auxilios, el Encargado (a) de Primeros Auxilios deberá: a) Recibir al alumno(a) enfermo(a) o accidentado(a). b) Evaluar el estado de salud o las lesiones del alumno(a). c) Aplicar los primeros auxilios que correspondan de acuerdo con los procedimientos internos respectivos. d) Establecer la necesidad de trasladar al alumno(a) a un Centro Asistencial. e) Informar de la situación al Inspector General, en su defecto, al Director del Colegio. 2.- Todo alumno(a) cuenta con Seguro de Accidentes, por lo tanto se procederá como sigue: a) El Inspector tomará contacto con el apoderado y le informará la situación. b) Si la urgencia del caso lo amerita, se procederá al traslado inmediato al Centro Asistencial dependiente del Ministerio de Salud más cercano, para que opere el Seguro de Accidentes Escolares del Estado establecido en el Artículo 3° de la Ley Nº 16.744 de 1968. c) Al respecto, el apoderado debe tener presente que las Clínicas y Hospitales particulares no otorgan los beneficios del Seguro Escolar de Accidente según el Artículo 4° del Decreto Nº313 de 1972. e) Si la situación hace indispensable el traslado en un vehículo con condiciones médicas adecuadas (ambulancia), se procederá a solicitar la concurrencia de este vehículo al Colegio.(SAMU) f) Si la situación del alumno(a) permite esperar, se requerirá la presencia del apoderado en el Colegio (o quien éste designe), para definir los pasos a seguir. g) Sin perjuicio de lo indicado precedentemente, cualquier situación imprevista se resolverá por el Inspector, en conjunto con el apoderado del alumno(a) afectado. h) Será obligación del Colegio, el realizar la denuncia respectiva de un accidente de esta especie al Servicio Nacional de Salud, o a la Mutual de Seguridad, en el formulario designado para tal propósito, tan pronto como tenga conocimiento de su ocurrencia. Artículo 5 De los accidentes en actividades escolares fuera del Colegio: 1.- Para las salidas de alumnos del Colegio con fines educativos, se debe presentar en su plan anual de trabajo ―cambio de actividad por razones fundadas en el refuerzo de los objetivos curriculares‖, registrando la asistencia de los estudiantes. 2.- La actividad que considera desplazamiento de estudiante y profesor, deberá contar con la autorización escrita de los apoderados, el registro de la asistencia. 3.- Todas estas actividades deben contar con la autorización por escrito del Rector del establecimiento, quien lo tramitará ante el respectivo Departamento Provincial de Educación con todos los anexos necesarios. 4.- En el caso de enfermedades o accidentes que sobrevengan en actividades fuera del Colegio, el Profesor o Encargado de la delegación tomará contacto inmediato con la Rectoría del Colegio para comunicarle la situación, y así resolver los pasos a seguir según el presente reglamento. TITULO III DE LA SEGURIDAD ESCOLAR Artículo 1. Relativo a los alumnos Todos los alumnos o alumnas de nuestro país tienen derecho a un seguro escolar gratuito que los protege en el caso de que sufran un accidente mientras desarrollan sus actividades estudiantiles o en el trayecto hacia ella. De acuerdo al Decreto Supremo Nº 313 del 12 de mayo de 1972 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Que cubre todos los costos económicos que conlleven el accidente. El colegio tiene la obligación de corroborar la existencia de este a través de ficha entregada en recepción del establecimiento. Artículo 2 Procedimientos: 1. En caso de impacto menos grave, debe notificarse en forma inmediata al apoderado, quién decidirá su traslado a la enfermería o consultorio más cercano, o al hospital Herminda Martín de Chillan. Se deberá completar un formulario de accidente escolar, los que están a disposición inmediata. 2. En caso de un impacto grave, la persona responsable del establecimiento en ese momento, pedirá una ambulancia. Un funcionario del Colegio acompañará al alumno accidentado, si el apoderado demora su llegada, al centro asistencial, hasta que sea atendido. Aun cuando personal del colegio acompañe a alumno el apoderado deberá presentarse en el centro asistencial. Artículo 3. Seguro Escolar En Chile existe el Seguro Escolar, que está normado por el Decreto Supremo 313 de mayo de 1973. Corresponde a un aporte que paga el Estado a todos los estudiantes del país de la educación parvularia, la enseñanza básica y media, técnica, agrícola, comercial e industrial. Su cobertura también se extiende a la educación universitaria e institutos profesionales dependientes del Estado o reconocidos por éste.0 1.- ¿A QUIENES BENEFICIA? La calidad de estudiante es la puerta para que este seguro se haga efectivo y favorece a todos los establecimientos públicos o privados reconocidos por el Estado. De este modo, quedan cubiertos todos los estudiantes desde los pre escolares de 4 años, los niños, jóvenes e incluso los adultos que son alumnos universitarios o estudiantes regulares de un curso de posgrado de universidades públicas y privadas reconocidas. También beneficia a los estudiantes con régimen de internado, a quienes están realizando su práctica profesional y a los que deben pernoctar fuera de su residencia habitual por su práctica.

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2.- ¿QUÉ ACCIDENTES CUBRE? El seguro empieza a operar desde el momento en que el alumno se matricula en alguno de los establecimientos reconocidos y opera independiente de si está en una Isapre o en Fonasa. Como accidente escolar se entiende toda lesión que un estudiante sufra a ―causa‖ o ―con ocasión‖ de sus estudios o de su práctica, y que le produzca incapacidad o muerte. Sólo quedan fuera los accidentes producidos intencionalmente por la víctima o los ocurridos por fuerza mayor extraña. 3.- LOS BENEFICIOS MEDICOS Y SOCIALES Es importante saber que la atención completa que da este seguro al estudiante lesionado – y que se extiende hasta su recuperación-es gratuita, siempre y cuando cumpla con un requisito indispensable; que la primera atención sea en una institución de la red pública de salud. Sólo en esas dependencias opera el seguro. Las prestaciones incluidas son médicas, quirúrgicas y dental, tanto si se realizan en establecimientos externos o en el domicilio del afectado, con médicos de la red de servicio público. Cubre las hospitalizaciones cuando el médico lo determina, la rehabilitación física y la reeducación profesional. También se contempla el pago de los medicamentos y productos farmacéuticos, las prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación. 4.- Además, cancela los gastos de traslado y cualquier otro necesario para otorgar las atenciones descritas anteriormente. Para que el seguro siga vigente el enfermo está obligado a seguir las indicaciones médicas, de lo contrario, pierde el beneficio. 5.- ¿CÓMO RECLAMAR SI HAY PROBLEMAS? Cualquier persona que desee reclamar por la no aplicación del Seguro Escolar puede acercarse a la dirección del recinto estudiantil. Ahí el director entregará los antecedentes a la asistente social, y si no cuenta con una, a un profesor, quien recopilará los antecedentes y lo denunciará al organismo correspondiente. Además, informará a los apoderados cuáles son los beneficios del seguro y seguirá el caso. Si a los afectados se les cuestiona el accidente, la recomendación es plantear el caso por escrito en la Superintendencia de Seguridad Social o enviando una carta a Huérfanos 1376 entrepisos. Las consultas se pueden hacer al fono (2) 672 25 01 o en la página www.suseso.gov.cl. Las Direcciones Provinciales de Educación también están habilitadas para aclarar cualquier duda sobre el tema. 6.- Se anexa protocolo de seguridad en espacios Deportivos referidos a multicanchas, gimnasio, otros. (Anexo N°3) TITULO IV Artículo 1 Relativo a los alumnos al COES 1. El colegio cuenta con el proyecto COES 2014 (Convivencia Escolar) como una forma de contar con una serie de estrategias para detectar en forma temprana problemas de convivencia Escolar, indisciplinaría en el aula. Para esto se establecen consejos de Inspectoria General, con los profesores dos veces por semana; así también reportes bloque a bloque de clases diariamente y así establecer monitores disciplinarios y de convivencia escolar a través de las unidades de Inspectoria General, Orientación con el fin de mejorar estos aspectos oportunamente, poniendo en marcha los protocolos de actuación específicos para cada caso. 2. El proyecto de convivencia escolar (COES 2014) contempla normas de destacado cumplimiento por parte de los alumnos (as) y cursos. En los casos individuales y cursos del colegio, se realizan diversas actividades de sana convivencia escolar a modo de premios y estímulos para los alumnos que cumplan a cabalidad las normas de convivencia escolar y disciplina. Salidas a terreno con actividades planificadas por el encargado de convivencia escolar; partidos de convivencia, salidas a terreno, convivencia especial y campeonatos en colegio o rancho aventura. Registros positivos en hoja de vida del estudiante. Certificados y diplomas de reconocimiento 3. Se anexa protocolo de convivencia y mediación escolar. (Anexo N°4) TITULO V De las Normas de Interacción Son aquellas referidas a respeto en las relaciones y el buen trato entre todos los integrantes de la comunidad educativa. Artículo 1.En relación a normas referidas a la interrelación respetuosa entre los distintos miembros de la comunidad educativa. 1. Los docentes y no docentes del establecimiento, tendrán derecho a exigir respeto y buen trato de todos los entes educacionales, directivo, docentes, no docentes, alumnos, padres y apoderados. 2. El personal docente y no docente deberá dar un trato cordial y de respeto a todos los alumnos del establecimiento sin hacer uso de sobre nombre ni calificativos. 3. Recibir un trato respetuoso y deferente de todos los integrantes de la comunidad. 4. Ser guiado y escuchado en sus planteamientos e inquietudes. Inspectoría General cuenta con un buzón donde todo alumno (a), apoderado y funcionario puede: sugerir ideas, denunciar, reclamar, agradecer cualquier situación que quiera. Para ello sólo debe depositar una carta anónima o con el nombre y así poder tomar conocimiento de la situación. El buzón se revisará todos los días por Inspectoría General para tomar las medidas pertinentes, responder según prioridad y gravedad, toda situación; llevando un registro de todas las cartas en Secretaría General. 5. Al alumno le estará prohibida toda manifestación amorosa en los alumnos y alumnas ya sea de orden heterosexual u homosexual, que no correspondan al contexto de la convivencia escolar entre alumnos(as). Los alumnos(as) que sean sorprendidos en conductas de orden sexual serán inmediatamente puestos en consideración del Departamento de Mediación y Consejería Escolar por falta a la moral, gravísima. 6. Al alumno le estará prohibido estrictamente hacer manifestaciones amorosas frente a compañeros, profesores, funcionarios del colegio. 7. El alumno debe tener un trato respetuoso y tolerante con sus compañeros. La agresión física, sicológica y amenazas realizadas directa o indirectamente a cualquier miembro de la comunidad escolar, se considera una falta grave. Consecuente con lo anterior no se permitirán garabatos, mensajes orales o escritos, ni agresiones físicas dentro o fuera de la sala de clases, dentro o fuera del establecimiento. El departamento de Convivencia Escolar cuenta un protocolo de procedimiento de Mediación escolar que se aplica en todas las situaciones donde haya agresión física y psicológica (ver

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anexo) que cuenta con siete pasos de intervención y seguimiento del conflicto. Previamente se procede a sancionar individualmente de acuerdo a gravedad de la falta descrita en el reglamento. 8. El alumno varón o dama deberá respetar en todo momento a sus compañeros, privándose de usar vocabulario impropio o modales inadecuados. 9. El alumno debe abstenerse de hacer bromas que menoscaben la dignidad personal y la integridad física como: apodos, sobrenombres, riñas y todo tipo de juego brusco. 10. Todo alumno (a) que transgreda grave o gravísimamente una norma escolar y de no ameritar la cancelación inmediata de matrícula, podrá ser sancionado indefinidamente con la no participación de talleres; actividades en las que represente a su curso, nivel, especialidad o colegio; salidas a terreno en el marco de Convivencia escolar, ceremonias de licenciatura; fiesta de gala; desfile corporativo, fiestas internas, actos solemnes y premiaciones. 11. Todo alumno(a) no podrá comercializar ningún artículo comestible, tecnológico u otro al interior del establecimiento. De ser así se requisará para ser devuelto a su apoderado cuando este sea citado y de volver a repetirse se entregará a fin de semestre o año, registrando la observación pertinente en la hoja de vida del alumno y ficha histórica. 12. Por todos los beneficios que aporta en el rendimiento y desempeño escolar y en lo relacionado con el mejoramiento de la sociabilización de las personas, es que se establecen mecanismos curriculares y otros del buen uso del tiempo libre para practicar masivamente la disciplina del ajedrez por todos quienes conforman la comunidad escolar, con el fin de disminuir los niveles de agresividad, intolerancia social y roces físicos y desarrollar los valores del respeto, autoestima, la superación personal y la buena resolución de conflictos entre las personas. Artículo 2. En relación a normas que expliciten el comportamiento dentro de la sala de clases. 1. El alumno debe tener un trato respetuoso y tolerante con sus compañeros y profesores. La agresión física, sicológica y amenazas a cualquier miembro de la comunidad escolar, se considera una falta grave. Consecuente con lo anterior no se permitirán garabatos, ni agresiones físicas dentro o fuera de la sala de clases, dentro o fuera del establecimiento. Lo cual será sancionado de acuerdo a reglamento. 2. El alumno tiene el deber de mantener una actitud de atención y respeto a las clases, profesores y demás compañeros, permitiendo en todo tiempo el normal desarrollo de ésta. 3. El alumno debe abstenerse de realizar cualquier actividad distinta a las propuestas por el profesor en la clase. 4. Se prohíbe masticar chicle, escuchar música, maquillarse, recostarse en su mesa de trabajo, al interior de la sala de clases debiendo estas ser controladas por el profesor(a). 5. Aquellos que fuesen expulsados de la sala de clases, debido a situaciones excepcionales o faltas muy graves, deberán ser enviados a Inspectoría, previa constancia en el registro de observaciones para aplicar reglamentación disciplinaria vigente. Posteriormente se procederá, dependiendo de la gravedad de la falta cometida a: a. Reintegrar al alumno a clases, con la amonestación o sanción establecida. b. Enviarlo al Departamento de Mediación y Consejería Escolar, previa anotación y constancia. c. Citar inmediatamente al apoderado para que lo retire del colegio, por ese día o más días según gravedad. 6. Toda observación positiva o negativa respecto del alumno(a) se registrará en la hoja de vida del libro de clases y Ficha Histórica; debiendo ser esta: clara y precisa y en el contexto en que la situación ocurrió. 7. La acumulación de tres registros negativos por parte del alumno, dará lugar a que el inspector del sector o el profesor jefe pondrá una raya horizontal en la hoja de vida inmediatamente debajo de la tercera negativa y citará al apoderado para que este tome conocimiento de la situación disciplinaria de su pupilo(a) y se coordine un seguimiento efectivo que termine con la mala conducta. 8. Una sucesiva observación negativa dará lugar de forma inmediata a una nueva citación del apoderado por parte del Inspectoría General, lo cual si no tuviera los resultados esperados, podría quedar con matricula condicional y la notificación en citación del apoderado y alumno de no renovación de contrario de prestación de servicios educacionales para un próximo año de no mejorar su conducta. 9. Todo alumno (a) que transgreda grave o gravísimamente una norma escolar y de no ameritar la cancelación inmediata de matrícula, podrá ser sancionado indefinidamente con la no participación de talleres; actividades en las que represente a su curso, nivel, especialidad o colegio; salidas a terreno en el marco de Convivencia escolar, ceremonias de licenciatura; fiesta de gala; desfile corporativo, fiestas internas, actos solemnes y premiaciones. 10. Todo alumno que no mantenga una conducta normal dentro de la sala de clases podrá ser sancionado de no ingresar a clases hasta cuando en conjunto con el apoderado se comprometa a terminar con estas conductas ante el consejo de profesores e Inspectoría General quienes determinarán su incorporación al aula; debiendo permanecer fuera de ella mientras no se de esta instancia, dejando constancia en acta. 11. Las anotaciones negativas, inasistencias, la falta de respeto a profesores, actos de desobediencia, rebeldía o engaño, serán consideradas faltas graves y pondrán al alumno en calidad de alumno condicional. Y la reincidencia de ésta determinara la cancelación de matrícula del alumno al final del periodo o inmediatamente según gradualidad de la falta. Artículo 3.En relación a normas que promuevan actitudes no discriminatorias. 1. Los profesores deben estimular y promover el desarrollo de la autoestima, evitando calificar y comparar a las personas y a los cursos. Artículo 4.En relación a normas que resguarden la integridad sicológica de los miembros de la comunidad educativa. 1. Ningún padre o apoderado podrá ser victimario de maltrato infantil o de abuso sexual, situación que de ser comprobada; el colegio dará constancia del hecho a carabineros; para que la justicia sea la que determine las sanciones pertinentes. 2. Ningún funcionario de esta institución educacional, podrá ser victimario de maltrato infantil o de abuso sexual; o ser víctima o victimario de acoso sexual, si la situación es comprobada será atendida según la gravedad con medidas y sanciones según lo estipulado en el artículo 160 Nº 1, letra b del código del trabajo. 3. Toda situación que configure un delito; cometido por un alumno (a), funcionario o apoderado y que esté en conocimiento de Inspectoría General, será denunciado al ente policial pertinente quienes determinarán el procedimiento a seguir.

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Artículo 5.En relación a normas que resguarden la integridad física de los miembros de la comunidad educativa. 1. Los alumnos no deberán portar elementos peligrosos como: encendedores, fósforos, cortaplumas, cuchillos, cartoneros o similares. Por lo anterior el Consejo Escolar e Inspectoría General determinan la necesidad de revisión rutinaria y periódica de uniformes, mochilas y otros con o sin previo aviso. En presencia del alumno. 2. Será motivo de cancelación inmediata de matrícula el alumno que porte, consuma o venda algún tipo de droga (licitas e ilícitas) de cualquier naturaleza dentro y fuera del colegio en condición de alumno. 3. Ante cualquier caso no resuelto al interior del establecimiento se solicitará el asesoramiento de la policía local (carabineros, investigaciones).Inspectoría General ante una situación que configure un delito; referente a temas de droga, armas de fuego y blancas, bullyng, grooming, Sexting, acoso sexual, auto agresión o conductas autoflagelantesu otro de igual índole: se llamará a Carabineros o Policía de Investigaciones para denunciar el hecho y derivar a la justicia la resolución Legal del Ilícito. Respecto al tema de pornografía, queda estrictamente prohibido el traer o descargar de Internet material pornográfico, lo cual constituye, además de una falta al presente Reglamento de Convivencia Escolar un delito según lo señala la ley N° 19.927 del código penal, por lo cual se llamará por parte de Inspectoría a la policía para que ellos determine el procedimiento a seguir de ser un delito. 4. Faltar el respeto a autoridades, docentes o funcionarios del Establecimiento, sea dentro o fuera de sus recintos. Si el hecho se produce con carácter público, ello constituirá una circunstancia agravante. 5. El alumno(a) que atente contra la integridad física y psicológica de cualquier autoridad educacional sean estos del colegio o externos a este, será cancelada su matrícula en forma inmediata por considerada una falta gravísima. 6. Todo alumno (a) que presente conductas agresivas con sus compañeros , funcionarios del colegio , será orientado por el departamento de Convivencia Escolar (Orientación e Inspectoría General) a fin de crear instancias y estrategias que eviten el riesgo de agresión como lo son tratamiento profesional clínico externo, exámenes libres, exámenes finales ; para así también, determinar la continuidad de estudios en el colegio . 7. Como medida preventiva de seguridad para toda la comunidad escolar se realizarán operativos de revisión de mochilas; el cual debe siempre ejecutarse en presencia del alumno. 8. Se anexa protocolo de actuación frente al acoso escolar o bullying y su concepto. (Anexo N°5) 9. Se anexa protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar. (Anexo N°6) 10. Se anexa protocolo de actuación ante Abuso Sexual. (Anexo N°7) 11. Se anexa protocolo de actuación en situaciones de violencia escolar. (Anexo N°8) 12. Se anexa protocolo de actuación consumo de drogas y/o trafico y/o microtrafico . (Anexo N°9) TITULO VI 1. Se refiere a los pasos a seguir para evitar arbitrariedades en aplicación de un reglamento, y que deben considerar necesariamente: aplicación clara y justa, criterios de graduación de faltas, consideración de agravantes y atenuantes, sanciones proporcionales y formativas y resolución alternativa de conflictos. 2. Se anexa protocolo de procedimiento administrativo interno. (Anexo N°10) Artículo 1.En relación a la forma en que se evaluará la falta. 1. Todo alumno con su apoderado tienen derecho a instancia de apelación a las sanciones, ante el Comité de Convivencia Escolar y Consejo Escolar. TITULO VII De la descripción de faltas y las acciones que deberá asumir el involucrado, posterior a la falta cometida, orientado principalmente a lo formativo. Artículo 1.En relación a los tipos de grados de falta. Leve, Grave, Gravísima 1. La trasgresión sistemática de normas establecidas sean éstas leves, graves o gravísimas pondrán al alumno cada una la categoría de condicional pudiéndose no pactar un nuevo contrato de prestación de servicios educacionales (cancelación de la matrícula) 2. La condicionalidad es una medida extrema que será en los casos en que así lo ameriten, por Inspectoría General, Departamento de Mediación y Consejería Escolar o Unidad Técnico Pedagógica, según corresponda, basándose en lo que determine Inspectoría General, Consejo de Profesores, Libro de Clases, etc. La decisión será informada al alumno, sus padres o apoderados y profesor jefe, los que deberán firmar un acta de constancia. LEVES Llegar atrasado al colegio o después de un recreo.

GRAVES Falta el respeto dentro o fuera de clases a cualquier miembro de la comunidad escolar.

No justificar oportunamente atrasos e inasistencias a clases.

No acatar normas básicas descritas en plan de seguridad escolar y señales autorizadas. Usar vocabulario vulgar y grosero en su vida escolar ya sea verbal o escrito.

No asistir a reuniones o citaciones de apoderado. Desatender y no trabajar en actividades de la clase.

Destruir, rayar cualquier material o elemento destinado en el proceso de enseñanza-aprendizaje (pupitres, sillas, vidrios, paredes, libros, agendas, plantas, jardines, ficheros,

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GRAVÍSIMAS Robar o hurtar algún objeto de otro miembro de la comunidad escolar o del propio establecimiento en calidad de autor, reducidor o encubridor. Agredir verbal, física o gestualmente a cualquier miembro de la comunidad escolar. Portar cualquier elemento o armas que signifiquen peligro para la integridad de cualquier miembro de la comunidad escolar. Fumar cigarrillos, drogas, beber bebidas alcohólicas, automedicarse con cualquier tipo de pastilla o cápsula no prescrita por un médico dentro o fuera del colegio en horario escolar.

señaléticas) Hacer o recibir llamadas o mensajes vía celular en hora de clases. Realizar actividades ajenas a las permitidas en clases como: dormir, comer, conversar. Hacer mal uso de la agenda y elementos del uniforme escolar como el buzo, camisa, corbata.

La triple reincidencia de una falta leve Practicar juegos bruscos que atenten contra la integridad física de algún miembro de la comunidad escolar. Abandonar la sala de clases sin autorización del profesor.

Usar gorros, bufandas, cuellos en la sala de clases así como piercing, aros no autorizados.

Propagar rumores que atenten contra la honra de cualquier miembro de la comunidad escolar.

Tirar papel en la sala de clases.

No asistir a compromisos contraídos con alguna unidad directiva, actos, desfiles, otros.

Abuso de poder que bajo amenaza o intimidación menoscabe la integridad de algún miembro de la comunidad escolar. Tatuar (se), autoflagelar (se) con aros, piercing, extensores al interior o exterior del establecimiento en tiempo escolar. Fugarse de clases o no concurrir a clases habiendo salido del hogar hacia el colegio “CIMARRA”

Vender cualquier tipo de artículos o comestibles al interior del establecimiento. Realizar demostraciones amorosas excesivas que no correspondan a un sano pololeo. Dentro y fuera de la sala de clases. Escuchar música durante el desarrollo de la clase con sistemas fonos o audífonos. No tener todos los antecedentes propios del alumno en la documentación interna del colegio como también las fotografías solicitadas, pegadas en el libro de clases, agenda, ficha histórica, ficha de justificaciones, otros documentos. Presentarse a clases sin cuadernos, textos de estudio según horario de ese día.

Molestar a sus compañeros con apodos o provocaciones verbales.

Poner o adulterar notas y anotaciones en el libro de clases.

Llegar a clases debidamente.

sin

Portar y/o traficar cualquier tipo de droga al interior del establecimiento. Falsificar timbres, pases, firmas del colegio, funcionarios, apoderados.

Concertar peleas o riñas dentro o fuera del colegio. Falta de honradez y complicidad al comprar o entregar información en una evaluación oral o escrita. Agredir o abusar sexualmente en cualquiera de sus manifestaciones; insinuaciones, provocaciones, intimidaciones a cualquier miembro de la comunidad escolar.

Desprestigiar el establecimiento, realizando actos que atenten contra la moral y las buenas costumbres dentro y fuera del colegio con o sin uniforme. Reincidir por segunda vez en una falta grave.

rasurarse

Sanciones: Suspensión: 0 a 1 día, registro negativo en la hoja de vida.

Suspensión por 2 a 4 días, registro negativo en la hoja de vida, suspensión de actividades internas.

Suspensión por 5 o más días, registro negativo en la hoja de vida, suspensión de participar de actividades internas, condicionalidad de matrícula, cancelación de matrícula, si así lo decide Inspectoría General y/o el Consejo Escolar.

Nota: Toda falta cometida por un alumno sea leve, grave o gravísima al ser reincidente, aviándose acordado y comprometido a no incurrir mas en ella, cambia su tipificación, es decir de leve puede pasar a grave y de grave pasar a gravísima por lo tanto de la misma manera la aplicación de las sanciones correspondientes. Artículo 2.En relación a las sanciones emprendidas por transgredir una norma, en este caso se considerarán los siguientes aspectos: Sanciones por faltas leves, graves y gravísimas. 1. Será motivo de cancelación de matrícula el robo o el hurto de cualquier especie que sea de propiedad de otro miembro de la comunidad escolar como así del establecimiento. 2. Toda situación de falta cometida por el alumno ya sea de convivencia, presentación personal, inasistencia, atrasos, debe ser tratada en primera instancia por Profesor jefe y/o Inspector, con registro de evidencia de citación de alumno y/o apoderado como constancia en libro de clases. En segunda instancia debiendo ser tratado por el inspector del sector y/o Inspector General. 3. Las faltas disciplinarias deberán quedar registradas en el Libro de clases. Si éstas son reiteradas, el profesor jefe o de asignatura comunicará al apoderado tal comportamiento, dejando constancia escrita en el libro de clases o registro en Inspectoría General para solicitar la autorización de reintegro a clases.

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4. Las anotaciones negativas, dependiendo de su gravedad conllevan amonestaciones escritas en hoja de vida o suspensiones por uno a dos, tres a cuatro, cinco o más con citación de apoderado para tomar conocimiento de la falta cometida. 5. Los alumnos suspendidos no pueden ingresar al establecimiento y por ende tampoco rendir pruebas o evaluaciones calendarizadas. Cumplida la sanción, deben presentarse en Inspectoría para solicitar la autorización de reintegro a clases. 6. Frente a faltas gravísimas como: agresiones físicas, adulteración de pases, destrucción de documentos, ofensas graves y oposición a la normativa del establecimiento o su Proyecto Educativo, Inspectoría General podrá determinar la condicionalidad inmediata o proponer a la Dirección caducación de matrícula sin que medien necesariamente los pasos dispuestos en el presente artículo. 7. Serán causales de Pérdida de Matrícula las faltas gravísimas (mencionados en el artículo anterior, y matrícula condicional reiterada. Esta medida debe ser sometida al análisis de Dirección del colegio para su aprobación y luego comunicada al apoderado por Inspectoría General. La medida será aplicable sólo al término del año escolar. En casos excepcionales, se propondrá a la dirección aplicar esta medida durante el desarrollo del año escolar en curso. 8. La condicionalidad corresponde a una medida de control interna del Colegio Técnico Profesional Darío Salas de Chillán, que tiene como finalidad realizar una oportuna, detección de los problemas disciplinarios y/o rendimiento que puedan afectar al proceso educativo del alumno y de sus pares: de igual modo, pretende llevar un seguimiento del alumno para brindarle todas las oportunidades para mejorar y superarse. 9. Importante: esta disposición podría significar la cancelación de la matrícula del alumno al finalizar el año escolar. 10. Los casos no resueltos antes del proceso de fin de año, serán matriculados como alumnos condicionales. 11. Cabe señalar que los establecimientos educacionales estipulan que el contrato de matrícula se realiza por un período de un año, significando lo anterior que la Dirección podrá reservarse el derecho de revocar la matrícula de un alumno al finalizar el año escolar, ya sea por problemas disciplinarios graves, por repitencia o ambos. 12. El alumno que se encuentre condicional, ya sea por rendimiento o disciplina, no podrá ratificar matrícula como el resto de sus compañeros, realizando este proceso en otra fecha designada según Inspectoría General. 13. La condicionalidad de un alumno puede originarse por una o más de las siguientes causas las que al ser reincidentes pueden ocasionar la decisión reglamentaria del establecimiento de cancelar su matrícula. a. Faltas disciplinarias que motiven sanciones (mencionadas en el reglamento). b. Inasistencias o atrasos reiterados. c. Bajo rendimiento. d. Faltas relativas a reglamento de apoderados. 14. La condicionalidad de un alumno queda sujeta a un año de observación y evaluación por parte de las distintas entidades del establecimiento las que después de analizar el caso, podrán revertir la condición al evidenciar un real cambio de actitud en el alumno. 15. Toda falta grave o gravísima contemplada por parte de Inspectoría General la suspensión de uno, dos o más días de clases como una de las medidas de sanción por la falta, además de la anotación negativa en la hoja de vida del alumno. 16. Se anexa protocolo de cancelación de matrícula o términos de contratos de prestación de servicios educacionales. (Anexo N°11) Nota: Los alumnos (as) de mutuo acuerdo con apoderado podrán ser derivados a jornada especial de estudio, entrevistas o charlas con especialistas del colegio a fin de mejorar tanto su conducta, rendimiento, todo esto dentro o fuera de horarios de clases como también desarrollar actividades de colaboración con alguna unidad del colegio lo cual será considerado como atenuante a la falta disciplinaria. Y reconocida como un aspecto de logro positivo del alumno en su hoja de vida. Medidas Disciplinarias

Amonestación verbal, diálogo privado con el profesor jefe, inspector(a) directivo.

Amonestación escrita leve, registro de una observación en el libro de clases por parte del profesor, inspector. Derivación al departamento de mediación y consejería escolar.

Amonestación escrita grave, registro de una observación en el libro de clases y ficha histórica por parte de Inspector General con citación del apoderado aplicando la sanción que corresponda.

Amonestación escrita gravísima, registro de una observación en el libro de clases y ficha histórica por parte de dirección e Inspectoría General con citación del apoderado aplicando la sanción que corresponda.

X -------------

X -------------

------X -------

------------X

Tipo de Falta

LEVE GRAVE GRAVÍSIMA

MEDIDAS DISCIPLINARIAS SEGÚN FALTA. ATENUANTES: -

Anotaciones de mérito en hoja de vida escolar. Registro positivo en libro de clases. Cambio positivo en las actividades del alumno hacia normas del colegio, respeto hacia compañeros, profesores e inspectores. Mejoramiento de sus calificaciones.

Chillán, Noviembre de 2013.14

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Anexo N°1 Reglamento de Convivencia Escolar Protocolo de Ingreso a la Institución: El Ingreso de visitantes y/o apoderados se realizara por la puerta principal. Se debe ingresar con vestimenta acorde a lo que nuestra institución representa. Debe reportarse en primera instancia con el portero quien dará las primeras indicaciones y entregará una credencial para portar mientras permanezca en el establecimiento, sin esta credencial no se puede ingresar. Si no trae cita o convocatoria especifica debe consultar en secretaria los horarios de atención de los respectivos departamentos. Dirección e Inspectoría General puede autorizar o en su defecto negar, el ingreso a las instalaciones educativas. El apoderado y/o visitante no puede hacer ingreso alguno a las salas de clases o comunicarse de forma personal con el alumno requerido. Para la atención de los docentes el apoderado deberá informar a la secretaria de nivel, la citación, quien le indicara el lugar donde será atendida. Cada departamento tiene un horario de atención establecido, que es de conocimiento de secretaria e inspectoría general e informado en reuniones de apoderados. Finalizada la visita de la institución se debe hacer entrega de la credencial, y salir por la puerta principal. Es derecho del visitante recibir un trato amable y cordial al ingresar y salir del establecimiento. Es un deber del visitante y/o apoderado cumplir las normas establecidas en el reglamento de Convivencia Escolar y sus anexos, en cuanto al respeto de alumnos y funcionarios.

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Anexo N°2 Reglamento de Convivencia Escolar PROTOCOLO MATERNIDAD Y PATERNIDAD

En cumplimiento a la ley 20.370 y con el propósito de asegurar la permanencia de alumnos en condición de padres o madres, nuestro colegio ha establecido el siguiente mecanismo de acción: I) Respecto del periodo de Embarazo: a) Una vez que la alumna informa del embarazo debe traer un certificado al colegio y entrevistarse con la orientadora quien gestiona entrevista con el apoderado para asegurarse de que el apoderado está en conocimiento de la situación. Ambos reciben orientaciones y recomendaciones para cautelar el cuidado físico de la alumna en pasillos y escaleras al interior del establecimiento, pudiendo ésta retirarse minutos previos al recreo y permanecer en la biblioteca para evitar accidentes. b) La alumna recibe pases para usar buzo y salir al baño cuando lo requiera. c) Cuando la alumna asiste a los controles, gestiona la salida presentando su carné de salud en la unidad de orientación. Si el padre del niño pertenece al establecimiento, se facilita su asistencia al control; previo acuerdo con el apoderado. d) Cuando la matrona indica a la alumna que ya no está en condiciones de ir a clases (8 meses aproximadamente), debe presentar el certificado médico como respaldo. Se revisa la situación académica y en acuerdo con la UTP la alumna recibe una carpeta de trabajos que aseguren el proceso académico y permitan la calificación correspondiente al periodo de ausencia. e) Dos meses después del parto, se acuerda reanudar entrega y recepción de carpetas de trabajo (en este periodo no se le dan trabajos ni pruebas). f) De regreso se le dan facilidades para terminar el año o el semestre ingresando a las 09:20 y retirándose al horario de colación, es decir, 14:00 hrs. g) Se informa a UTP la fecha de salida y reingreso de la alumna por las inasistencias, entendiendo que no le es exigible el mínimo de 85%. Que su promoción en caso de ser inferior a este %, puede ser determinada por el Director del establecimiento. II) a)

Respecto del periodo de maternidad: En común acuerdo y velando tanto por la salud y alimentación adecuada de su hijo, como por el rendimiento escolar: la madre adolescente que se incorpora al sistema, ingresa más tarde y se retira más temprano. Su horario de entrada es de 09:20 hrs y el de salida a las 14:00 hrs.

b)

En caso de que el hijo menor de un año, presente alguna enfermedad, se le otorgarán las facilidades tanto a la madre como al padre para acudir al lugar respectivo, presentando el certificado de salud del niño. De esta forma se generan los pases en la Unidad de Orientación, cautelando la asistencia a la clase.

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Anexo N°3 Reglamento de Convivencia Escolar Protocolo De Seguridad En Espacios Deportivos Referidos a Multicanchas, Gimnasio, Otros.

1. El equipamiento de cada espacio deportivo será fiscalizado y mantenido por las unidades responsables (Inspectoría y mantención).

2. Ante cualquier anomalía que ponga en riesgo la integridad física del alumno y profesor; Insectoría general coordinara con el Jefe de mantención su inmediata reparación. 3. Toda implementación deportiva como soporte de aros de basquetbol, arcos de baby futbol, futbol, estarán fijos a la base de la cancha o al soporte metálico adyacente a fin que no se desplome ante el uso de este en clases o talleres deportivos y recreos.

Inspectoria General

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Anexo N°4 Reglamento de Convivencia Escolar PROTOCOLO DE CONVIVENCIA Y MEDIACION ESCOLAR

CONSISTE EN: 1° PASO Acogida del conflicto por parte de Inspectoría General, donde se realiza la identificación y cursos de los alumnos, con la descripción del problema. 2° PASO Se cita a los apoderados vía telefónica para presentarse al colegio para tomar conocimiento del conflicto, citándole por escrito en la agenda y timbre, para poder efectuar la mediación, donde se identifica el nombre del apoderado, alumno, Rut y firma. 3° PASO Se procede a la mediación escolar con apoderados y alumnos, donde se establecerá un compromiso con la firma de conformidad de todos los implicados. 4° PASO Un primer seguimiento de la resolución del conflicto por 10 días, donde los alumnos firman conformidad del cumplimiento del compromiso. 5° PASO Apoderado y alumno se citan por escrito en agenda timbrada y también vía telefónica, para que asistan a tomar conocimiento de resolución del conflicto, indicando la fecha donde apoderados y alumnos firman conformidad con el procedimiento y cumplimiento del compromiso. 6° PASO Un segundo seguimiento de la resolución del conflicto, primer día de la semana por cuatro semanas, donde los alumnos firman conformidad del cumplimiento del compromiso. 7° PASO Apoderado y alumno se citan por escrito en agenda timbrada y también vía telefónica, para que asistan a tomar conocimiento de Resolución del Conflicto y plena conformidad con el procedimiento y del cumplimiento del compromiso. Finalmente se procede a cerrar el procedimiento de mediación con firma final de apoderados y alumnos ante Comité de Convivencia Escolar.

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Anexo N°5 Reglamento de Convivencia Escolar PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE AL ACOSO ESCOLAR O BULLYING CONCEPTO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING Cuando hablamos de ―acoso escolar‖ nos estamos refiriendo a situaciones en las que uno o más alumnos/as persiguen e intimidan a otro u otra —víctima— a través de insultos, rumores, vejaciones, aislamiento social, sobrenombres agresiones físicas, amenazas y coacciones... pudiendo desarrollarse a lo largo de meses e incluso años, siendo sus consecuencias ciertamente devastadoras, sobre todo para la víctima pero también para los espectadores y para el propio agresor o agresora. Para referirse a estas situaciones de acoso, intimidación y victimización entre iguales, en la literatura especializada, medios de comunicación y en nuestro país en general se utiliza el término inglés ―bullying‖. Por lo tanto, nos referimos a lo mismo cuando hablamos de acoso escolar, maltrato entre iguales o ―bullying‖. No se puede calificar de acoso escolar o ―bullying‖ situaciones en las que un alumno o alumna se relaciona con otro de forma amistosa o como juego. Tampoco cuando dos estudiantes a un mismo nivel discuten, tienen una disputa o se pelean. Elementos presentes en el acoso escolar o ―bullying‖:  Deseo inicial obsesivo y no inhibido de infligir daño, dirigido contra alguien indefenso.  El deseo se materializa en una acción.  Alguien resulta dañado/a. La intensidad y la gravedad del daño dependen de la vulnerabilidad de las personas.  El maltrato se dirige contra alguien menos poderoso/a, bien sea porque existe desigualdad física o psicológica entre víctimas y actores, o bien porque estos últimos actúan en grupo.  El maltrato carece de justificación.  Tiene lugar de modo reiterado. Esta expectativa de repetición interminable por parte de la víctima es lo que le da su naturaleza opresiva y temible.  Se produce con placer manifiesto. El agresor/a disfruta con la sumisión de la persona más débil. IDENTIFICACIÓN DEL ACOSO ESCOLAR El maltrato entre iguales es un problema que ocurre en el ámbito social en general. La intimidación de los agresores y agresoras ocurre en contextos sociales en los que docentes y familias, pocas veces están al tanto de su existencia y los demás niños/as no quieren involucrarse o simplemente no saben cómo ayudar. En esta situación, una intervención efectiva debe involucrar a toda la comunidad escolar. El maltrato entre iguales es un problema serio que puede afectar dramáticamente la habilidad de los escolares a progresar académica y socialmente. Se requiere de un plan de intervención que involucre a alumnado, familia y docentes para asegurar que la totalidad del alumnado pueda aprender en un lugar seguro y sin miedo. FORMAS DE ACOSO ESCOLAR El maltrato entre compañeros y compañeras puede aparecer de forma muy diversa. No solamente se manifiesta a través de golpizas o agresiones físicas, con frecuencia se presenta como un conjunto de intimidaciones de diferente índole que dejan al agredido/a sin respuesta. Estas son algunas de esas conductas intimidatorias: MALTRATO VERBAL: Son insultos, sobrenombres, hablar mal de alguien o difamar, sembrar rumores. INTIMIDACIONES PSICOLÓGICAS: Se trata de amenazas para provocar miedo, lograr algún objeto o dinero y también para obligar a hacer cosas contra su voluntad, chantaje y burlas públicas, escritos en paredes o muros, notas , cartas, mensajes a móviles y correos electrónicos amenazantes. MALTRATO FÍSICO: • Directo: Golpizas, lesiones con diferentes objetos, agresiones en forma de patadas, • Indirecto: Robo y destrozo de material escolar, ropa y otros objetos personales. AISLAMIENTO SOCIAL: Ignorar y no dirigir la palabra, impedir la participación con el resto del grupo, coaccionar a amigos y amigas de la víctima para que no interactúen con la misma. Rechazo a sentarse a su lado en la sala. ¿QUÉ HACER CUANDO UN ALUMNO/A SE SIENTE VÍCTIMA DE ACOSO ESCOLAR (BULLYING), O LA FAMILIA, EL PROFESORADO O ALGÚN COMPAÑERO/A DETECTA UNA SITUACIÓN DE ESTE TIPO? El primer paso será comunicar la situación de acoso en el colegio, ante: Un profesor o profesora con el que pueda existir más confianza. El Profesor Jefe El Departamento de Orientación. El Equipo Directivo. Cualquier miembro de la comunidad educativa que sepa sobre una situación de acoso escolar, deberá ponerlo en conocimiento del Encargado de Convivencia del colegio, ya sea por escrito o de forma verbal solicitando una entrevista. Si decide hacerlo por escrito dispondrá de una pauta guía con los elementos mínimos a considerar. ¿CÓMO ACTUAR EN EL COLEGIO ANTE UNA DENUNCIA DE ACOSO ESCOLAR ( BULLYNG) A) CUANDO LA DENUNCIA SE HA REALIZADO: FASE PRIMERA: El encargada de Convivencia y / o Orientadora deberá, ayudándose de la ―Hoja de recogida de información‖ (ver más adelante):

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1. Citar y recibir a la familia y al alumno/a acosado/a en entrevista individual para conocer el alcance del problema. 2. Citar y recibir a la familia y al alumno/a acosador presunto/a , así como al resto de implicados en entrevista individual para conocer el alcance del problema . 3. Convocar al profesor jefe, y / o directivo para exponer el caso y consultar o pedir informaciones que pudiesen obrar en su poder. 4.- Convocar a personal asistentes de la educación y/o administrativo para consultar antecedentes y/o observaciones que pudieran haber realizado. 5. Informar a las familias: Cuando existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos, se informará a las familias implicadas de la comunicación que, en su caso se realice a la Fiscalía u otro organismo. Cuando existe delito, hay personas que por su responsabilidad social, están obligados a efectuar la denuncia. Entre éstos se encuentran los directores, inspectores y profesores/as, los que deben proceder a la denuncia cuando la infracción afecte a estudiantes o hubieren ocurrido en el recinto educacional, según lo señalado en el Código Civil Familia de la presunta víctima: Será informada de los pasos a seguir en la gestión del conflicto. Cuando existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos, se informará a la familia sobre la posibilidad, legalmente establecida, de denunciar los hechos, si estos fueran constitutivos de delito. Familia del presunto agresor/a o agresores/as: También será informada de los pasos a seguir en la gestión del conflicto y se solicitará su implicación para la solución del mismo. Cuando existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos, se informará a la familia sobre las actuaciones legales que correspondan. Antes de tomar cualquier medida, se contrastará la información procedente de varias fuentes: observación directa y vigilancia, profesorado, alumnado, personal auxiliar, administrativo y familias. Para cada situación deberá ser valorada la necesidad de recurrir a diferentes métodos, siempre exigiendo un alto grado de confidencialidad.

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HOJA DE RECOGIDA DE INFORMACIÓN A. DATOS DE IDENTIFICACIÓN: ALUMNO/A VÍCTIMA: ..………………………...…….…….CURSO: ..................EDAD: ................ ALUMNO/A AGRESOR/A 1º: .......................................... CURSO: ....................EDAD: ............... ALUMNO/A AGRESOR/A 2º: .......................................... CURSO: ....................EDAD: ............... ALUMNO/A AGRESOR/A 3º: .......................................... CURSO: ....................EDAD: ............... B. ORIGEN DE LA SOLICITUD: Alumno, Familia Alumno/a, Profesor Jefe, Profesor de Asignatura, Personal Auxiliar, Apoderado de otro niño, Otro alumno del curso, Otro alumno del Establecimiento, Otro:……………………………………………………… C. RECOGIDA DE INFORMACIÓN: C.1. TIPO DE AGRESIÓN: Verbal: Insultos: ................................................................................................................... ............................................................................. Sobre Nombres.................................................................................................................................................................... ................. Amenazas: ........................................................................................................................................................................................... Chantajes: .................................................................................................................. ........................................................................... Física: Golpes: ..................................................................................................................... ............................................................................ Rotura de materiales: ................................................................................................................. .......................................................... Vejaciones: ........................................................................................................................................................................................ ... Acoso sexual: ............................................................................................................... ........................................................................ Social: Rechazo: .................................................................................................................... ......................................................................... Aislamiento (hacer el vacio): ............................................................................................... ............................................................... Psicológica: Humillaciones: ....................................................................................................................................... .............................................. Ridiculizar: ........................................................................................................................................................................................... Rumores: .................................................................................................................... ......................................................................... Mensajes telefónicos, correos, ............................................................................................................................................. C.2. ESPACIOS DONDE SE PRODUCE EL MALTRATO: __ Sala de Clases __ Pasillos (cambio de clases) __ Baños __ Vestuarios __ Entradas y salidas __ Comedor __ Transporte escolar __ Fuera del colegio C.3. HECHOS OBSERVADOS:

pintadas:

1.-Conductaobservada: .................................................................................................................. ........................................................ ...................................................................................................................................................................................................... ......... ............................................................................................................................................................................................................... Fecha:....................................................................................................................................................................................................... Localización: ............................................................................................................................................................................................. Observador/a: ........................................................................................................................................................................................... 2.- Conducta observada: ......................................................................................................................................................................... ...................................... ............................................................................................................................................................................................................... Fecha: ....................................................................................................................................................................................................... Localización: ............................................................................................................................................................................................. Observador/a: ...........................................................................................................................................................................................

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FASE SEGUNDA: ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN Y MEDIDAS A ADOPTAR. El consejo de Profesores, El equipo Directivo, convocadas por el Departamento de Orientación y ayudados de la hoja de recogida de información, para facilitar un análisis ordenado de cada caso, decidirá las posibles medidas a aplicar, de acuerdo con en el Manual de Convivencia Escolar. INTERVENCION 1.- PROFESOR JEFE u ORIENTADORA A.- Niño(A) Víctima presunta Protección: Garantizarle protección y hacerle ver que no está solo/a; darle a conocer que se tomarán medidas una vez conocidos todos los antecedentes (un adulto no debe comprometerse con sanciones sin conocer todas las versiones de los hechos) para adoptar una medida proporcional a los hechos; verificar si existe algún tipo de lesión; de ser así, se le debe llevar a un centro asistencial cercano para constatar lesiones. Éstas sólo pueden ser revisadas por personal médico, no olvidar que algunas lesiones pueden ser de gravedad aunque ello no se advierta externamente . Aceptación: Ayudarle a aceptar la situación. Evitar la negación y huida. Trabajar la autoinculpación . Reconocimiento: Fomentar la valoración de su imagen B.- Grupo presunto Agresor Control: Mensaje claro ―NO SE TOLERARA VIOLENCIA EN EL COLEGIO‖ . Petición de disculpas de forma oral y/o por escrito. Participación en un proceso de mediación. Disgregación : Reestructurar los grupos de trabajo en el curso

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Anexo N°6 Reglamento de Convivencia Escolar Protocolo de actuación en supuestos de acoso escolar Características del acoso escolar Un alumno o alumna se convierte en víctima cuando está expuesto, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas que se manifiestan mediante diferentes formas de acoso u hostigamiento cometidas en su ámbito escolar, llevadas a cabo por otro alumno o alumna o varios de ellos, quedando en una situación de inferioridad respecto al agresor o agresores. Es importante no confundir este fenómeno con agresiones esporádicas entre el alumnado u otras manifestaciones violentas que no suponen inferioridad de uno de los participantes en el suceso. El acoso escolar presenta las características que se incluyen a continuación: Desequilibrio de poder: Se produce una desigualdad de poder físico, psicológico y social que genera un desequilibrio de fuerzas en las relaciones interpersonales. Intencionalidad/repetición: La intencionalidad se expresa en una acción agresiva que se repite en el tiempo y que genera en la víctima la expectativa de ser blanco de futuros ataques. Indefensión/Personalización: El objetivo del maltrato suele ser normalmente un solo alumno o alumna, que es colocado de esta manera en una situación de indefensión. El acoso suele tener, además, un componente colectivo o grupal, ya que normalmente no existe un solo agresor o agresora sino varios y porque la situación suele ser conocida por otros compañeros o compañeras, observadores pasivos que no contribuyen suficientemente para que cese la agresión. Tipos de acoso entre iguales La agresión puede adoptar distintas manifestaciones: • • • • • •

Exclusión y marginación social Agresión verbal Agresión física indirecta Agresión física directa Intimidación/amenaza/chantaje Abuso sexual

Consecuencias del acoso entre iguales • Para la víctima: Puede traducirse en fracaso escolar, trauma psicológico, riesgo físico, insatisfacción, ansiedad, infelicidad, problemas de personalidad y riesgo para su desarrollo equilibrado. • Para el agresor o agresora: Puede ser la antesala de una futura conducta delictiva, una interpretación de la obtención de poder basada en la agresión, que puede perpetuarse en la vida adulta, e incluso una supravaloración del hecho violento como socialmente aceptable y recompensado. • Para los compañeros y compañeras observadores: Puede conducir a una actitud pasiva y complaciente ante la injusticia y una modelación equivocada de valía personal. Protocolo PASO 1. Identificación, comunicación y denuncia de la situación Cualquier miembro de la comunidad educativa (alumnado, profesorado, familias, personal no docente) que tenga conocimiento o sospechas de una situación de acoso sobre algún alumno o alumna tiene la obligación de ponerlo en conocimiento de un profesor o profesora, del tutor o tutora, de la persona responsable de la orientación en el centro o del Equipo Directivo, según el caso y miembro de la comunidad educativa que tenga conocimiento de la situación. En cualquier caso, el receptor o receptora de la información siempre informará al Comité de Sana Convivencia Escolar conformado por Inspectoria General y Orientación. PASO 2. Actuaciones inmediatas Tras la comunicación indicando que algún alumno o alumna se encuentra en una posible situación que pueda reflejar alguna sospecha o evidencia de acoso escolar, será atendida/o por el Departamento de Convivencia Escolar quienes reunirán los antecedendes para analizar y valorar la intervención necesaria. PASO 3. Medidas de urgencia En caso de estimarse necesario, tendrán que adoptarse las medidas de urgencia que se requieran para proteger a la persona agredida y/o evitar las agresiones: • Medidas que garanticen la inmediata seguridad del alumno o alumna acosada, así como medidas de apoyo y ayuda. • Medidas cautelares dirigidas al alumno o alumna acosador.

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Se establece el procedimiento de mediación entre las partes implicadas en un conflicto con o sin agresión. 1.- Acogida del problema por parte del Departamento de Convivencia Escolar a través de Inspectoría. 2.- Instancia de mediación Escolar; con la presencia de los alumnos implicados, apoderados, Departamento de Convivencia Escolar y el Comité de Convivencia Escolar, que pudiera estar parcial o totalmente citado según gravedad de la falta (Profesor jefe, concejo de profesores, alumnos encargados de convivencia de los cursos, C.C.E.E., Jefe de Nivel, Director e Inspector del sector). Estableciendo el acuerdo de las partes, las sanciones según grado de responsabilidad contemplada en el reglamento de convivencia, las acciones remediales y de aseguramiento para terminar con el conflicto. 3.- Monitoreo diario por parte de Inspectoría del cumplimiento del o los acuerdos durante 10 días hábiles seguidos con firma de las partes en libro de registro. 4.- Citación de los apoderados y alumnos para dar a conocer los resultados de la mediación, tomando conocimiento y conformidad de la resolución del conflicto. 5.- Monitoreo de un día a la semana (4 semanas) del cumplimiento de los acuerdos establecidos entre los alumnos implicados con firma en libro de registro. 6.- Ultima citación de Apoderados y Alumnos para firmar conformidad de la solución del conflicto. Las medidas que se estén adoptando, y registro de esta visita quedaran estampadas en la Ficha de Seguimiento Histórico Individual. PASO 4. Entrega de información al resto de profesionales que atienden al alumno o alumna acosado El Comité de Sana Convivencia Escolar informará de la situación al equipo de profesores y profesoras del alumnado y otro profesorado relacionado. Si se estima oportuno se comunicará también al resto del personal del colegio y a otras instancias externas al colegio (sociales, judiciales en función de la valoración inicial). PASO 5. Recogida de información de distintas fuentes Una vez adoptadas las oportunas medidas de urgencia, el Equipo Directivo recabará la información necesaria relativa al hecho de las diversas fuentes que se relacionan a continuación: 1. Recopilación de la documentación existente sobre el alumnado afectado. 2. Observación sistemática de los indicadores señalados: en espacios comunes del colegio, en clase, en actividades complementarias y extraescolares. En este proceso se deben considerar los siguientes aspectos: - Garantizar la protección de los o las menores - Preservar su intimidad y la de sus familias - Actuar de manera inmediata - Generar un clima de confianza básica en los o las menores - Recoger todo tipo de pruebas e indicadores - No duplicar intervenciones y evitar dilaciones innecesarias Si se estima conveniente, se completará la información con otras fuentes: personal de administración y servicios, servicios sociales locales,… PASO 7. Aplicación de medidas disciplinarias Una vez recogida y contrastada toda la información, se procederá por parte del Equipo Directivo y el Comité de Sana Convivencia Escolar, la adopción de medidas disciplinarias al alumno o alumna agresor en función de lo establecido en el Plan de Convivencia del colegio y, en cualquier caso. Si es necesario el caso se deriva a las instituciones que apoyan como redes asistenciales, tales como: PDI, Carabineros, OPD, Senda, Provincial de Educacion.

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Anexo N°7 Reglamento de Convivencia Escolar Protocolo de actuación ante Abuso Sexual MARCO NORMATIVO DE REFERENCIA La Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas, ratificada por el estado español en el año 1990, que en su artículo 19 recoge el derecho del niño o niña a vivir sin sufrir ningún tipo de violencia o maltrato y la obligación de los Estados parte de garantizar este derecho. Contempla además como principio básico de las actuaciones de las instituciones competentes el interés superior del niño. La Carta Europea de los Derechos del Niño que en su apartado 8.19 establece que ―Los Estados miembros…deben otorgar protección especial a los niños y niñas víctimas de tortura, malos tratos por parte de los miembros de su familia…debe asegurarse la continuación de su educación y el tratamiento adecuado para su reinserción social‖ OBJETIVOS DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL El protocolo de actuación es el instrumento básico para lograr la coordinación interinstitucional en la intervención en casos de abuso sexual infantil. El objetivo de este protocolo de actuación es mejorar la atención para reducir la victimización primaria y secundaria que sufren los menores víctimas de maltrato así como garantizar el cumplimiento de sus derechos y libertades durante la intervención de las instituciones responsables de su protección, a través de una actuación coordinada y eficaz de las instituciones competentes. TIPOS DE CASOS DE ABUSO • Sospecha de abuso sexual Aquellos casos en los que existen indicios tanto de abuso sexual basados en la manifestación de terceros pero sin datos contrastados o que existen dudas sobre los indicadores presentes en la historia del niño. • Evidencia de abuso sexual Los criterios para la evidencia del abuso sexual son las lesiones físicas y/o psicológicas, la revelación del propio niño o niña, o la comunicación de un familiar o profesional en base a los indicadores que se adjuntan en el anexo. Todos los casos de abuso sexual se van a considerar como una forma de abuso grave. �Casos urgentes Hay que evaluar dos criterios: si hubo contacto físico hace menos de 72 horas (o hace más de 72 horas pero sí hay evidencia física) y si la protección del niño no está garantizada. Dentro de los casos urgentes, las medidas que se adopten vendrán en función de si es un caso de: • Abuso intrafamiliar • Abuso extrafamiliar � Casos no urgentes Hay que evaluar dos criterios: si no hubo contacto físico o si lo hubo, fue hace más de 72 horas y si la protección del niño está garantizada. Dentro de los casos no urgentes, las medidas que se adopten vendrán en función de si es un caso de: • Abuso intrafamiliar • Abuso extrafamiliar Los criterios para delimitar la urgencia del caso son la garantía de la protección del niño o niña de forma inmediata, tanto de protección jurídica como de atención psicosocial y la posibilidad de lograr evidencia física del abuso. Para evaluar la vulnerabilidad del niño hay que evaluar los siguientes factores: cronicidad y frecuencia del abuso, acceso del perpetrador al niño, características y condiciones en las que está el niño o niña, la relación entre el agresor y el niño o niña, las características de los padres o cuidadores principales y las características del entorno familiar del niño o niña.

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PROCEDIMIENTO EN CASOS DE SOSPECHA DE ABUSO SEXUAL DETECCIÓN Y NOTIFICACIÓN o Cualquier ciudadano debe comunicar la sospecha que tiene de un caso de abuso sexual al establecimiento o a las instituciones de apoyo como Carabineros a la línea 133 o a la Policía de Investigaciones 134 donde se debe prestar apoyo inmediato. o En el ámbito educativo, cualquier docente que tenga una sospecha de un caso de abuso sexual infantil debe comunicarlo al equipo directivo y al Comité de Sana Convivencia Escolar entregando por escrito los detalles del caso. o En el caso que el abusador pertenezca al establecimiento o a la Corporación Educacional, quedara desligado de sus funciones mientras dure la investigación y se procederá según lo indiquen las instituciones responsables de la investigación. Las comunicaciones siempre se harán por escrito y directamente para lograr la rapidez del procedimiento, en un plazo máximo de 48 horas siguientes a la recepción del caso. EVALUACIÓN En los casos de abuso intrafamiliar o contextos de desprotección, el Comité de Sana Convivencia Escolar realizará tres funciones: o La evaluación psicológica del menor, con una entrevista realizada por un profesional. o La decisión sobre la necesidad o no de una medida de protección. o Informar a los padres o tutores a los padres o tutores legales del menor i/o hacer la derivación pertinente. o En los casos de abuso extrafamiliar o contextos de protección, la evaluación la realizará los servicios de salud competente previo aviso de los padres y de Carabineros o Investigaciones. O El Comité de Sana Convivencia Escolar debe realizar una evaluación del contenido del informe, y recabar toda la información disponible sobre ese niño o niña en el colegio. o En los casos en que no se encuentre evidencia de abuso sexual pero sí algún otro factor de riesgo, se notificará a servicios sociales de apoyo OPD para que realicen un seguimiento que consideren necesario para cada caso. Si trascurrido ese tiempo, los factores de riesgo desaparecen y no ha habido ningún otro indicador de sospecha de abuso sexual, se comunicará a la Dirección del establecimiento y Familia el cierre del caso para ser incluido en el Registro de casos. INTERVENCIÓN En caso de hallar evidencia de abuso sexual, el Comité de Sana Convivencia Escolar, en casos de abuso intrafamiliar o contextos de desprotección comunicará a Carabineros o PDI los antecedentes del caso, presentando un informe con la información recopilada y la evaluación realizada del menor. Será fiscalía de menores quien decidirá si existen índices de delito. De considerarlo así, fiscalía comunicará al juzgado de familia que ordenará además si es un caso urgente el traslado por parte de carabineros del niño a un centro hospitalario de referencia donde se le realice el examen médico conjunto entre el médico forense y el ginecólogo y/o pediatra. El Comité de Sana Convivencia Escolar procederá además a tomar las medidas de protección necesarias si así se considera. En caso de no considerar necesaria la medida de protección pero existir factores de riesgo, se debería adoptar una medida de declaración jurídica de riesgo para ofrecer una mayor protección, con un plan de intervención en el que podrían intervenir junto al establecimiento servicios sociales, centro de salud, la policía local, según el plan de intervención establecido por la Entidad de Protección de Menores (SENAME), además de comunicar a la persona o institución notificadora las acciones tomadas. Orientaciones para la elaboración del Plan de Actuación del Colegio Técnico Profesional Darío Salas. Como medidas a incluir en el Plan de Actuación se proponen: • Actuaciones con la persona acosada: actuaciones de apoyo y protección expresa e indirecta, estrategias de atención y apoyo social, derivación y seguimiento en Redes de Apoyo competentes en materia de protección de menores, si procede, etc. • Actuaciones con el alumno o alumna agresor: aplicación de las correcciones estipuladas en el Plan de Convivencia, programas y estrategias específicas de modificación de conducta y ayuda personal, derivación y seguimiento. • Actuaciones con los compañeros y compañeras observadores: campañas de sensibilización, programas de habilidades de comunicación y empatía, programas de apoyo y/o mediación entre compañeros, etc. • Actuaciones con las familias: orientaciones sobre cómo ayudar a sus hijos o hijas, sean víctimas o agresores, coordinación para una mayor comunicación sobre el proceso socioeducativo de sus hijos o hijas, información sobre posibles apoyos externos y seguimiento de los mismos, etc. • Actuaciones con el profesorado: orientaciones sobre cómo manejar las clases durante el proceso y cómo hacer el seguimiento, orientaciones sobre indicadores de detección e intervención, programas de mediación, etc.

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Anexo N°8 Reglamento de Convivencia Escolar PROTOCOLO DE ACTUACION EN SITUACIONES DE VIOLENCIA ESCOLAR El presente documento tiene como finalidad presentar un protocolo de acción frente a la violencia escolar, donde se considerarán las definiciones de conceptos relevantes, responsables, acciones preventivas, conductas de maltrato; y finalmente medidas y sanciones. a) Clima escolar: Podemos decir que el clima social escolar es ―el conjunto de características psicosociales de un centro educativo, determinado por todos aquellos factores o elementos estructurales, personales y funcionales de la institución que, integrados en un proceso dinámico específico confieren un peculiar estilo o tono a la institución, condicionante, a su vez, de los distintos productos educativos‖. (Rodríguez, 2004:1-2) b) Convivencia escolar:―Entendemos por convivencia escolar la interrelación entre los diferentes miembros de un establecimiento educacional, que tiene incidencia significativa en el desarrollo ético, socio-afectivo e intelectual de alumnos y alumnas. Esta concepción no se limita a la relación entre las personas, sino que incluye las formas de interacción entre los diferentes estamentos que conforman una comunidad educativa, por lo que constituye una construcción colectiva y es responsabilidad de todos los miembros y actores educativos sin excepción.‖ (Mineduc, 2002). C) Violencia escolar: Es toda situación que implique una agresión entre dos o más personas. Este concepto abarca e incluye al de bullying, pero también puede incluir aquellos casos en que no existiendo una situación de asimetría, de todos modos se participe de un modo violento, por ejemplo, luchas físicas en que ambas partes se comportan por igual, descalificaciones verbales en que ambos integrantes se ofenden o el mal uso del abuso cibernético, en que existe la misma capacidad, por ambas partes, de ofenderse mediante el recurso computacional. (ABSCH, 2008. ―Políticas para abordar la violencia escolar‖). Entre las manifestaciones de violencia se encuentran: - Violencia psicológica: incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying. - Violencia física: es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying. - Violencia sexual: son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc. - Violencia por razones de género: son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro. - Violencia a través de medios tecnológicos :(Ciberbullying): implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales‖. (MINEDUC 2011).

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2.- RESPONSABLES Los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar‖ (art.16 C, ley 20.536) Todo el personal del establecimiento tiene responsabilidad en el tipo de convivencia que existe en la institución educativa, por lo tanto, deberán ceñirse a las acciones formativas, preventivas y procedimientos establecidos frente a las situaciones de violencia, los cuales definirán sus responsabilidades específicas. Se ha designado un Encargado de Convivencia Escolar que será el responsable de diseñar, elaborar e implementar el Plan de Gestión. Además es el encargado de diseñar en conjunto con la dirección del establecimiento, la conformación de equipos de trabajo (por niveles) y la estrategia de implementación del Plan de Gestión. 3.-ACCIONES PREVENTIVAS Para Alumnos: Unidades de orientación programa MINEDUC, Convivencias por curso, Charlas, Salidas a terreno , Entrevistas individuales 

Para Profesores y Asistentes de la Educación

-Selección de personal (entrevistas, recopilación de antecedentes), Actualización del Reglamento de Higiene y Seguridad - Conocimiento del Manual de Convivencia escolar, Perfeccionamiento específico en Mediación escolar, Resolución de conflictos, talleres de autocuidado y buena convivencia, Actividades de convivencia 

Para Padres y apoderados

-Reuniones de padres y apoderados - Escuelas para padres en reuniones de apoderados - Entrevistas individuales 4.-SON CONSIDERADAS CONDUCTAS DE MALTRATO ESCOLAR: -Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros u ofender reiteradamente a cualquier miembro de la comunidad educativo. -Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa. -Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar, burlarse de un amigo, alumno/a u otro miembro de la comunidad educativa (por ejemplo; utilizar sobrenombres hirientes, burlarse de características físicas, etc.) -Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación económica, religión, ascendencia étnica, etc. -Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la comunidad educativa a través de Chat, blogs, fotologs, mensaje de texto, correos electrónicos o cualquier otro medio tecnológico. -Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar. -Portar todo tipo de armas, utensilios u objetos cortantes, aún cuando no se haya hecho uso de ellos. -Portar, vender, comprar o consumir bebidas alcohólicas o drogas o encontrarse bajo el efecto de ellas 5.- MEDIDAS Y SANCIONES EN CASO DE UNA SITUACIÓN DE VIOLENCIA ESCOLAR a) En caso de ocurrir violencia escolar entre dos estudiantes el procedimiento será el siguiente: 1.-Los estudiantes serán enviados a inspectoría para pesquisar su estado físico y psicológico ,y se procederá a conocer la situación en que se generó el conflicto. 2.- Se llamará inmediatamente a los apoderados al Colegio. En caso de NO asistir por motivos laborales, se citará para el día siguiente. No obstante, el colegio asignará inmediatamente un tutor ( profesor jefe) para que represente al apoderado inasistente. 3.- Se realizará en primer lugar una entrevista individual, alumno y apoderado. Y se le informará la forma de proceder del establecimiento, es decir, apoyos de profesionales ( Psicologa- Orientadora) y sanciones que arriesga. En conjunto se determinará

si se procede a informar a

organismos policiales correspondientes

, quienes procederán

procedimiento pertinente ( toma de declaraciones, constatación de lesiones , detención si corresponde). 4. Aplicación de sanciones de acuerdo al Reglamento interno: a) Sanción a alumnos sin antecedentes disciplinarios:

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a realizar

- Amonestación por escrito con registro en hoja de vida del alumno. Suspensión por 2 días y suspensión de actividades internas. Informando que si existe reincidencia, se procederá a condicionalidad. b) Sanción a alumnos con antecedentes disciplinarios: - Amonestación por escrito en hoja de vida del alumno. Suspensión por 5 o más días, suspensión de actividades internas. Se informa de situación de condicionalidad y de existir reincidencia cancelación de matrícula si así lo decide Inspectoría General y Consejo Escolar. Medida que también será considerada a partir del grado de violencia. 5. Confección de Acta de Conformidad de las partes de las medidas tomadas. 6. Firma diaria de seguimiento durante 1 mes , de tal forma de hacer cumplir compromisos y verificar que ambas partes se desenvuelven en un ambiente escolar sin conflictos y buen trato . 7. Levantamiento y archivo del protocolo utilizado para resolver el conflicto de convivencia escolar. b) En caso de ocurrir violencia escolar entre un funcionario y un estudiante b.1. Acto de violencia Física de un funcionario a un estudiante 1.-Para estos casos se conformará una comisión integrada por Director, Inspector general y profesor Jefe del alumno. 2.- En caso de un acto de violencia física, se solicitará la constatación de lesiones en el Servicio de salud correspondiente. 3.- En caso de violencia física se citará al apoderado del alumno para informar sobre la situación y los procedimientos legales a seguir. 4.- En caso de que la violencia física de un funcionario a un estudiante, que sea pesquisada de forma flagrante, el colegio a través del Director solicitará la presencia policial en el establecimiento y se prestará todo el apoyo investigativo del suceso, para el procedimiento legal. 5.- A partir de las consecuencias de investigación y sanción legal por un hecho de violencia y agresión hacia un estudiante, denunciado por el mismo, se procederá a la desvinculación del funcionario involucrado. Según se estipula en el estatuto docente y código del trabajo. 7.- Se informará vía oficio los hechos acontecidos a la Superintendencia de Educación. b.2. Acto de violencia Física de un estudiante a un funcionario 1. Para estos casos se conformará una comisión integrada por Director, Inspector general y profesor Jefe del alumno. 2.- En caso de un acto de violencia física, en el establecimiento, se solicitará la constatación de lesiones en el Servicio de salud correspondiente. 3.- En caso de violencia física se citará al apoderado del alumno para informar sobre la situación y los procedimientos legales a seguir. 4.- En caso de que la violencia física de un estudiante a un funcionario, que sea pesquisada de forma flagrante, solicitará la presencia policial en el establecimiento y el Director prestará todo el apoyo investigativo del suceso, para el procedimiento legal. 5. Se informará a la superintendencia de educación la situación en la que incurre el estudiante, presentando toda la documentación que sirva de evidencia, para solicitar la suspensión de asistencia a clases hasta que la investigación legal esté concluida. 6.- A partir de las consecuencias físicas y legales por un hecho de violencia y agresión, el colegio se reserva el derecho de evaluar la permanencia del alumno en el establecimiento, según instrucciones emanadas por la superintendencia. b) En caso de ocurrir violencia escolar entre un apoderado y un estudiante . 1. En caso de agresión verbal de un apoderado a un estudiante, el apoderado será inhabilitado y se le impedirá entrar al colegio.. 2. En caso de agresión física de un apoderado a un estudiante, en el establecimiento El Director procederá a : - informar al apoderado del alumno. - solicitar la presencia de carabineros o PDI, para cursar la denuncia. - se inhabilitará al apoderado y se le impedirá ingresar al colegio.

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Anexo N°9 Reglamento de Convivencia Escolar PROTOCOLO DE ACTUACIÓN CONSUMO DE DROGAS Y/O TRAFICO Y/O MICROTRAFICO Definición conceptos claves: Droga: "todas las sustancias naturales o sintéticas que, introducidas en el organismo, alteran física y síquicamente su funcionamiento y pueden generar en el usuario la necesidad de seguir consumiéndolas". Esto incluye sustancias cuya producción y comercialización es ilegal (como el LSD), sustancias legales de consumo habitual (como el alcohol o el tabaco) y fármacos de prescripción médica (tranquilizantes, por ejemplo), que pueden ser objeto de un uso abusivo. Tipos de drogas: La normativa chilena define tres clases de drogas, dependiendo de su efecto en el sistema nervioso central:  Depresores: Retardan el funcionamiento del cerebro, adormeciéndolo, y pueden generar desde inhibición hasta coma. Aquí se incluyen el alcohol, los tranquilizantes y la heroína.  Estimulantes: Aceleran el funcionamiento del cerebro. Ejemplos: anfetaminas, cocaína, pasta base, cafeína y nicotina.  Perturbadores: Alteran el funcionamiento del cerebro, provocando alucinaciones y distorsión de la realidad. Entre ellos están la marihuana, el éxtasis y el LSD. Que delitos sanciona la ley. La ley sanciona a los que elaboren, fabriquen, transformen, preparen o extraigan sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas ilegales. También se sanciona a quienes tengan en su poder elementos, instrumentos, materiales o equipos comúnmente destinados a la elaboración, fabricación, preparación, transformación o extracción de las sustancias o drogas ilegales. Que se considera tráfico de drogas. Se entenderá que cometen el delito de tráfico de drogas, los que, sin contar con la autorización competente, importen, exporten, transporten, adquieran, transfieran, sustraigan, posean, suministren, guarden o porten tales sustancias nocivas o las materias primas para su elaboración. Qué se considera microtráfico El tráfico de pequeñas cantidades de droga, lo que usualmente porta un traficante en la calle o algún recinto público para venta inmediata a los consumidores. El procedimiento a seguir es: 1. Los docentes y personal del establecimiento, que detecten o sean informados de una situación de posible tráfico de drogas, deben resguardar el principio de inocencia. Pondrán en conocimiento del director o Comité de Sana Convivencia Escolar de la unidad educativa, todos los antecedentes posibles de manera reservada y oportuna. 2. Se informará al apoderado de los estudiantes involucrados. Para esto serán citados al establecimiento de forma inmediata. 3. Frente a cados flagrantes de tráfico o microtráfico de drogas, es decir, sorprender a un alumno, funcionario, apoderado u otro realizando esta actividad al interior del establecimiento, el Director y/o Inspector General u Orientadora del establecimiento, deberá llamar a la Unidad policial más cercana para denunciar el delito . 4. Frente a la existencia de sospechas de tráfico o microtráfico de drogas, el Director y/o Inspector general u Orientadora, pondrán la información y antecedentes con que cuentan en conocimiento del Fiscal del Ministerio Público o policías de la comuna. El fiscal de drogas y las policías procederán a realizar la investigación pertinente con la reserva necesaria de la identidad del o los denunciantes. 5. El Director y/o Inspector General u Orientadora del establecimiento educacional podrá solicitar la participación de la Unidad de víctimas y testigos del Ministerio Público, quienes podrán decretar distintas medidas que tiendan a la protección de los denunciantes y los testigos. 6. El Director y los miembros de su equipo directivo, deben tomar contacto y solicitar el apoyo de las redes institucionales a nivel local, tales como SENDA y OPD ( Sename) de tal manera de brindar las medidas de protección y atención de los niños o niñas que estén involucrados.

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Anexo N°10 Reglamento de Convivencia Escolar Protocolo Procedimiento Administrativo Interno Para el caso que se detecte, sea por denuncia, reclamo o por cualquier medio, que alguno de los miembros de la comunidad educativa ha infringido alguna norma de convivencia que implique una vulneración legal o reglamentaria, deberá instruirse un procedimiento que garantice una adecuada investigación de los hechos, la formulación de cargos a los presuntos transgresores y sus derechos a emitir sus descargos y que estos sean ponderados de acuerdo al merito del proceso. Para tal efecto, corresponderá al Director designar a un funcionario del establecimiento en cálida de Investigador, con facultades de realizar todas las diligencias indagatorias, tales como inspección personal, interrogación de los inculpados, interrogación de quienes conozcan o se presuma que puedan conocer los hechos y, en general, todas las diligencias que conduzcan al esclarecimiento de los hechos que se trata de averiguar. Deberá formar un expediente debidamente foliado in orden cronológico, de cada una de las actuaciones realizadas y firmar cada una de las hojas que lo componen, para asegurar la autenticidad de los documentos. Si la investigación arroja hechos infraccionales deberá formular los cargos que corresponda a quienes aparezcan como responsables, quienes tendrán derecho a contestarlos dentro de un plazo de cinco días, contados hábiles desde la notificación de los cargos. Para ello tendrán derecho a conocer el expediente en que se ha fundado la formulación de cargos. Como consecuencia de lo anterior, el investigador deberá elaborar un informe final, en que haga constar sus conclusiones acerca de la existencia o inexistencia de los hechos y la responsabilidad que pueda caber en ellos a quienes se haya indicado como inculpados o a quienes aparezcan como tales en el curso de la investigación y la proposición de absolución o sanción que estime aplicable respecto de los implicados. Y en este último caso, la sanción que estime procedente y las razones para ello, aplicando las circunstancias atenuantes y agravantes que pudieren concurrir. Dicho informe será elevado al Director del Establecimiento, quien resolverá la absolución o aplicación de sanciones y las medidas administrativas adicionales que estime del caso aplicar. Todo debidamente fundado. El afectado por la decisión del Director, tendrá derecho a recurrir, en grado de reposición, ante el mismo Director haciendo valer sus defensas y , en subsidio, ante Representante Legal del establecimiento, quien resolverá en definitiva, sin que haya derecho a nuevo recurso. El procedimiento, en total, no podría durar más de 20 días hábiles, contados desde su inicio.

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Anexo N°11 Reglamento de Convivencia Escolar Colegio Técnico Profesional Darío Salas Protocolo de cancelación de matrícula o término de contrato de prestación de servicios educacionales Todo apoderado cuando matricula a su pupilo (a) toma conocimiento del reglamento interno de convivencia escolar el cual se le es entregado para que lo tenga y lo consulte en todo momento. Este reglamento señala los derechos y deberes del alumno en el colegio y determinan las normas a cumplir y lo que estas prohíben y que de no cumplirlas pasan a constituir faltas las cuales pueden ser leves, graves o gravísimas Cuando un alumno comete una falta de disciplina o convivencia se registra en el libro de clases indicando según la gravedad como AN1 si es leve; AN2 si es grave o AN3 si es gravísima. La repetición de la falta hace que una leve se transforme en grave y que una grave sea gravísima. El reglamento de convivencia contempla instancias que un alumno será citado para ir mejorando su disciplina y convivencia escolar. 1ª Citación por parte del profesor jefe o de asignatura del apoderado y del alumno vía agenda escolar para ser atendido en horario de atención para determinar el motivo y la solución del problema disciplinario; dejando el registro de atención por escrito en el libro de clases. 2ª Citación de apoderado y alumno por parte de inspector del nivel vía agenda escolar. Señalando compromisos y conformidad del procedimiento. 3ª Citación de apoderado y del alumno vía agenda y teléfono por parte del inspector general para determinar el motivo y la solución al problema disciplinario, la derivación a orientación si es necesario o solicitado por el apoderado realizando carta de compromiso de mejorar radicalmente su conducta la cual será firmada por el alumno y apoderado archivándose en ficha de registros históricos del alumno en Inspectoría General. 4ª Citación por escrito en agenda escolar y telefónicamente del apoderado y del alumno por parte de Inspectoría general, que ante no cumplir el compromiso de mejorar la conducta, firmará en documento tipo la condicionalidad de su matrícula; pero, que de mejorar en el trascurso de lo que resta del año mediante un informe del consejo de profesores dará término a la condicionalidad. De no ser así deberá matricular con condicionalidad un próximo año escolar exponiéndose a que si repite el mal comportamiento; el Consejo Escolar analizará y determinará la cancelación de matrícula inmediata, al término del semestre o al término de año. Cabe señalar que en cada una de las instancias establecidas prima la voluntad orientadora hacia el alumno y apoderado estableciendo mecanismos y estrategias, seguimiento de mejora disciplinaria con registros positivos en libro de clases, oportunidades de desarrollo personal, seguimiento académicos, jornadas de reflexión de convivencia y disciplina. Ante una falta gravísima cometida por un alumno se citará por escrito en agenda escolar y telefónicamente y que además constituya un delito se denunciará a fiscalía a través Carabineros o PDI en forma inmediata. Una vez que el apoderado y alumno solucionen o estén en proceso de solución; Inspectoría General citará nuevamente al apoderado y el alumno para que el consejo escolar analice y determine la cancelación de la matrícula en base a atenuantes o agravantes disciplinarias que tenga el alumno en el colegio (ante una falta gravísima que no sea un delito se obviará la denuncia).

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