RESOLUCIÓN No. EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN

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RESOLUCIÓN No. EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 52 de la Constitución Política de la República del Ecuador, es deber del Estado garantizar el derecho a disponer de bienes y servicios públicos y privados, de óptima calidad; a elegirlos con libertad, así como a recibir información adecuada y veraz sobre su contenido y características. Que, el Protocolo de Adhesión de la República del Ecuador al Acuerdo por el que se establece la Organización Mundial del Comercio – OMC, se publicó en el Suplemento del Registro Oficial No. 853 de 2 de enero de 1996. Que, el Acuerdo de Obstáculos Técnicos al Comercio - AOTC de la OMC en su artículo 2 establece las disposiciones sobre la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos por instituciones del gobierno central y su notificación a los demás Miembros. Que, se deben tomar en cuenta las Decisiones y Recomendaciones adoptadas por el Comité de Obstáculos Técnicos al Comercio de la OMC. Que, el Anexo III del Acuerdo OTC establece el Código de Buena Conducta para la elaboración, adopción y aplicación de normas. Que, la Decisión 376 de 1995 de la Comisión de la Comunidad Andina creó “El Sistema Andino de Normalización, Acreditación, Ensayos, Certificación, Reglamentos Técnicos y Metrología”, modificada por la Decisión 419 de 31 de Julio de 1997. Que, la Decisión 562 de junio de 2003 de la Comisión de la Comunidad Andina, establece las “Directrices para la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos en los Países Miembros de la Comunidad Andina y a nivel comunitario”. Que, el Ministerio de Comercio Exterior, Industrialización y Pesca, a través del Consejo del Sistema MNAC, mediante Resolución No. MNAC-0003 de 10 de Diciembre de 2002, publicada en el Registro Oficial No. 739 de 7 de Enero de 2003, establece los procedimientos para la elaboración, adopción y aplicación de Reglamentos Técnicos Ecuatorianos. Que, mediante Ley No. 2007-76 publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 26 del jueves 22 de febrero del 2007, se establece el Sistema Ecuatoriano de la Calidad, que tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: I)

Regular los principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos internacionales en ésta materia;

II) Garantizar el cumplimiento de los derechos ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana, animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; Que, es necesario garantizar que la información suministrada a los consumidores sea clara, concisa, veraz, verificable y que ésta no induzca a error al consumidor. Que, con el propósito de prevenir riesgos y proteger la vida, la salud, el medio ambiente y eliminar prácticas que puedan inducir a error a los usuarios de las vías y espacios públicos, el Instituto Ecuatoriano de Normalización, INEN siguiendo el trámite reglamentario, formuló el Proyecto de Reglamento Técnico Ecuatoriano “Señalización Vial. CICLOVIAS” En uso de la facultad que le concede la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Oficializar con el carácter de obligatorio El Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 004 “Señalización Vial. Parte 6 CICLOVIAS”.

ANTEPROYECTO DE REGLAMENTO CICLOVÍAS Ministerio de Transporte y Obras Públicas, 2012

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INTRODUCCIÓN Generalidades. La circulación de los vehículos motorizados y no motorizados debe ser guiada y regulada a fin de que ésta pueda llevarse a cabo en forma segura, fluida, ordenada y cómoda, siendo la señalización de tránsito un elemento fundamental para alcanzar tales objetivos. En efecto, a través de la señalización se indica a los usuarios de las vías la forma correcta y segura de transitar por ellas, con el propósito de prevenir riesgos para la salud, la vida y el medio ambiente. Principios generales. Con base en la necesidad de reglamentar y regular la normativa de ciclovías en el Ecuador, se considera oportuno desarrollar este Reglamento Técnico, con fuerza de ley, en el que se establezcan regulaciones, normativas y especificaciones técnicas de los dispositivos de seguridad para implementar marcas de pavimento, señales verticales y horizontales, con la finalidad de uniformizar en todo el país procesos de señalización vial para infraestructura ciclista. Propósitos. El propósito fundamental de este Reglamento Técnico es lograr mediante el fiel cumplimiento de las normas que contiene, una completa uniformidad de la señalización de tránsito en todo el territorio nacional. Para ello a demás de entregar las especificaciones y requisitos mínimos de cada elemento de señalización, se consignan los criterios técnicos que permiten conocer cuáles, cuándo, dónde y cómo, éstos deben ser implementados. a. Lo anterior facilita sustancialmente el conocimiento de dichas normas por parte de los usuarios de las vías y de los responsables de la implementación, mantenimiento y control, disminuyendo así los riesgos de accidentes. b. Con el propósito de asegurar una amplia cobertura de cada uno de los temas que tienen relación con la señalización de tránsito, y a la vez facilitar el acceso y uso de la información que el Reglamento Técnico contiene a los diversos grupos de usuarios del mismo, éste se ha estructurado en capítulos independientes.

1. OBJETO 1.1

Establecer los requisitos que deben cumplir los dispositivos de seguridad relacionados específicamente a la circulación y operación de bicicletas en vías, ciclovías y senderos de uso compartido con el propósito de proteger la seguridad de las personas, prevenir prácticas que puedan inducir a error a los usuarios de la mencionada infraestructura y proteger el medio ambiente.

2. CAMPO DE APLICACIÓN 2.1

Los criterios técnicos y demás disposiciones del presente Reglamento son aplicables a todas las vías, espacios públicos y privados, sean éstos de carácter urbano o rural en el país.

3. DEFINICIONES 3.1

Para los efectos de este Reglamento Técnico, a más de las que se encuentran estipuladas en la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, Reglamento Aplicativo de la LOTTTSV, y en los Reglamentos de: Señalización Horizontal, Vertical, Requisitos, Alfabetos Normalizados y Semaforización; se adoptan las siguientes definiciones:

3.1.1

Bicicleta: Vehículo no motorizado propulsado por fuerza humana.

3.1.2

Ciclista: Persona que conduce una bicicleta.

3.1.3

Acera-Bicicleta: Vía ciclista señalizada sobre la acera separada del tráfico peatonal.

3.1.4

Calzada: Parte de la vía destinada a la circulación de vehículos y está compuesta de un cierto número de carriles.

3.1.5

Carril: Franja en que está dividida la calzada, delimitada por marcas longitudinales, y con ancho suficiente para la circulación de una fila de vehículos motorizados y/o no motorizados.

3.1.6

Carril-Bicicleta: Carril acondicionado para la circulación preferencial o exclusiva de bicicletas, separado del tráfico vehicular motorizado mediante señalización (letreros y demarcaciones) y que es parte de la calzada.

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3.1.7

Carril-Bicicleta con resguardos: Carril de uso exclusivo para bicicletas, provisto de elementos laterales (separadores) que proporcionan un espacio exclusivo para la circulación de bicicletas sobre la calzada.

3.1.8

Carril compartido / Vía compartida: Carril de uso compartido entre vehículos motorizados y no motorizados.

3.1.9

Ciclovía / Biciruta: Término genérico para cualquier calle, carril, acera, sendero, o camino que de alguna manera haya sido específicamente diseñado para la circulación en bicicleta y que está separada físicamente tanto del tráfico motorizado como del peatonal.

3.1.10

Ciclovía en espaldón: Es un carril bicicleta pero adaptado al espaldón de las carreteras e idealmente debe ir acompañado de bandas sonoras laterales para proporcionar mayor seguridad al ciclista.

3.1.11

Espaldón: Espacio adicional de calzada que permite mejorar la visibilidad en la vía y brinda un lugar para paradas de emergencia sin causar interrupciones de tráfico. Este espacio correctamente señalizado puede ser utilizado como ciclovía.

3.1.12

Bandas sonoras para espaldón: son desniveles en la capa de rodadura alineados longitudinalmente, paralelos al borde o línea del carril más cercano al espaldón. Usualmente son dispositivos de seguridad que alertan la conducción fuera del carril por falta de atención de los conductores mediante vibración y ruido, transmitido a través de las ruedas a la carrocería del vehículo. Para el caso de ciclovías en espaldón las bandas sonoras sirven de protección adicional al ciclista, bajo la lógica que los vehículos motorizados debido a la incomodidad que resulta manejar sobre las bandas no invadirán el espaldón salvo en casos de emergencia.

3.1.13

Ciclovía Segregada: Ciclovía apartada de la circulación del tránsito motorizado, sin que esto limite que ésta pueda ser diseñada dentro del derecho de vía.

3.1.14

Sendero de bicicletas. Espacio para la práctica del ciclismo de aventura, turismo y recreación.

3.1.15

Red de ciclovías: Conjunto de ciclovías, conectadas entre sí de manera estructurada y jerarquizada para la modalidad del transporte en bicicleta.

3.1.16

Estacionamiento: Lugar especialmente destinado y acondicionado para el parqueo de bicicletas.

3.1.17

Intersección: Cruce de dos o más vías.

3.1.18

Redondel: Intersección dispuesta en forma de anillo (generalmente circular) al que acceden, o del que parten, tamos de vías, siendo único el sentido de circulación.

4. CONDICIONES GENERALES 4.1

Para que sean efectivos los elementos estipulados en el presente reglamento, las demarcaciones de pavimento y los dispositivos de control del tránsito, deben ser instalados solamente cuando un estudio de ingeniería de tránsito haya indicado la necesidad de su uso considerando lo siguiente:

4.1.1 4.1.2 4.1.3 4.1.4 4.1.5 4.1.6 4.1.7 4.1.8

Cumplir y satisfacer una necesidad; Ser visible y llamar la atención del usuario vial; Contener, transmitir un mensaje claro y simple; Prevenir al ciclista sobre las diferentes situaciones riesgosas que se puedan presentar. Reglamentar el uso de la ciclovía. Informar al ciclista de las condiciones del entorno y guiarlo a través de la infraestructura ciclista. Advertir a conductores de vehículos motorizados y peatones sobre la presencia de ciclistas en las vías. Garantizar el respeto entre los distintos usuarios de las vías. .

4.2

Se debe tener en cuenta los siguientes requisitos básicos para la implementación de las ciclovías:

4.2.1

Identificación de usuarios. Identificar el grupo de usuarios y sus necesidades para justificar la construcción de infraestructura e incorporar soluciones en el diseño definitivo de la ciclovía. Determinación del uso de la ciclovía. Se debe establecer el uso que tendría la ciclovía, los cuales pueden ser: trasporte cotidiano, recreación, actividad deportiva, turismo, entre otros; para incorporar la infraestructura complementaria que se requiera (áreas de estacionamiento, asistencia mecánica, áreas de descanso, entre otros).

4.2.2

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4.2.3

4.2.4 4.2.5

4.2.6

4.2.7 4.2.8

4.2.9

4.2.10

4.2.11 4.2.12

Densidad poblacional. Para la construcción de infraestructura ciclista se debe contar con una alta densidad poblacional, de este modo la infraestructura ciclista se convierte o es percibida como una alternativa de trasporte y la inversión del estado es justificada. En los casos contemplados como excepción al requerimiento de densidad poblacional alta, la construcción de la infraestructura se justifica desde la concepción de ordenamiento del tráfico, por seguridad vial y promoción de actividades deportivas / turísticas, entre otras. Conectividad entre centros generadores de viajes. Las ciclovías deberán conectar centros de atracción y de alta concurrencia ciudadana (estudio origen destino). Pendientes. La pendiente transversal recomendada está vinculada a la pluviosidad y escorrentía del lugar, teniendo como cifra de referencia el 2%. En relación con las pendientes longitudinales no son recomendables los trazados que superen un 6% de gradiente ascendente, ya que son poco cómodos y atractivos para la gran mayoría de los usuarios y, en particular, para los ciclistas urbanos cotidianos. La penalización de la pendiente depende en alto grado de su longitud. Por tanto no es recomendable superar las siguientes gradientes ascendentes en función de su longitud: 250 m -----------------6% 90 m------------------- 8% 30 -------------------10% En cuanto a las pequeñas rampas para salvar obstáculos o remontar bordillos, se recomiendan inclinaciones máximas del 20 al 25%. Para facilitar el drenaje de la vía ciclista conviene que la rasante proyectada tenga como mínimo una pendiente longitudinal del 0,5%. La ciclovía no deberá incitar la actividad peatonal. En el caso de la acera-bici, la ciclovía deberá estar ubicada sobre la acera pero totalmente separada de la sección peatonal y preferentemente lo más próxima a la calzada, sin que esto limite el diseño de ingenieril / paisajístico. Además esta infraestructura deberá ser complementada con la señalización horizontal y vertical correspondiente. Incorporación de dispositivos de seguridad. La ciclovía deberá ser concebida con los dispositivos de seguridad y señalización necesarios para evitar ser utilizada como parqueadero de vehículos motorizados o espacio de ventas ambulantes. Características de la vía para implementar carriles bicicleta: Vía urbana Velocidad máxima (Limite): 50 km/h Ancho mínimo del carril bicicleta unidireccional: 1.20m Características para implementar vías compartidas en carriles de hasta 3 metros de ancho: Velocidad máxima (Limite): 30 km/h Ancho del carril: hasta 3 metros Marcas de pavimento: se colocarán en el centro del carril. Características para implementar vías compartidas en carriles mayores a los 3 metros de ancho: Velocidad máxima (Limite): 50 km/h Ancho de carril: mayor a 3 metros Marcas de pavimento: se colocarán al costado derecho del carril Características de la vía para implementar ciclovías en espaldón: Velocidad máxima (Limite): 90 km/h Ancho mínimo de espaldón: 1.20 m (ideal 1.50m) Características de la vía para la construcción de ciclovías segregadas Se justifica la construcción cuando existen al menos 2 de los siguientes indicadores: 1) Estudio de trafico actual y futuro de ciclistas en la vía. 2) Tráfico alto de vehículos motorizados que pongan en riesgo la seguridad de los ciclistas que circulan por dicha vía. 3) Antecedentes de accidentabilidad en la vía entre ciclistas y vehículos motorizados. 4) Actividad turística y movilidad cotidiana en bicicleta en el sector.

5. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 5.1

La señalización de ciclovías se realiza utilizando los mismos dispositivos verticales y horizontales empleados en la señalización de vías, establecidas en los reglamentos de INEN respectivamente; y se complementa con los elementos que se incluyen en este capítulo. El uso correcto de los diferentes elementos de señalización de ciclovías deberá brindar a los usuarios una circulación segura, evitando sobre instalación o superposición de señales que puedan causar distracción o confusión. Las señales deberán ser uniformes, en lo referente a texto, forma y color referidos en los reglamentos de INEN, señalización horizontal parte 1 y señalización vertical parte 2, Requisitos parte 3, Alfabeto normalizado parte 4, y Semaforización parte 5.

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6. DIMENSIONES BÁSICAS DE LAS CICLOVIAS Y

VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN

Para determinar el espacio necesario para la circulación en bicicleta, se debe considerar el tamaño del vehículo y el espacio necesario para el movimiento del ciclista, es decir el conjunto cuerpo-vehículo; así como el desplazamiento durante el pedaleo. Estas dimensiones varían, según el tipo de la bicicleta y la contextura del ciclista; La bicicleta convencional o típica tiene las dimensiones señaladas en la figura 1. Figura 1

Tamaño estándar de una bicicleta Fuente: PMCVG 6.1

Dimensiones básicas del ciclista y de sus resguardos.

6.1.1

Dimensiones del ciclista y de la vía de circulación

Como primera referencia se consideran las dimensiones que representan el conjunto bicicleta y ciclista. El ancho del ciclista estándar varía entre 750mm y 1 m. y la altura fluctúa entre 1.70 m y 1.90 m. Figura 2

Ciclista de frente y de perfil Fuente: PMCVG Las vías de un solo sentido de circulación para bicicletas deben tener un ancho mínimo de 1.20 m para permitir la circulación cómoda de una persona, aunque en estas no se pueden efectuar adelantamientos. Para poder circular en paralelo o facilitar adelantamientos y para realizar estas maniobras con comodidad se debería prever una ciclovía con 1.50 metros de ancho, que se denomina aquí como ancho recomendable de vía. La sección de una vía para bicicletas de dos sentidos de circulación debe tener como mínimo 2.20 m de ancho, pero para aumentar la comodidad y la seguridad de los ciclistas la sección debe ser igual o mayor a 2.50m (recomendable). Las siguientes dimensiones básicas deben entenderse como referencia a tener en cuenta sobre todo para perímetros urbanos consolidados, pero deben ofrecerse dimensiones algo más generosas en nuevos espacios a urbanizar.

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6.1.2 Dimensiones básicas de ciclovías uni-y bidireccionales Figura 3.

Fuente: PMCVG 6.2 Espacio de resguardo En caso de que la vía ciclista disponga de bordillos superiores a 50mm de alto es preciso incrementar la sección unos 200mm para cada lado de la ciclovía. Figura 4.

Dimensiones básicas de ciclovías uni-y bidireccionales con bordillos Fuente: PMCVG La holgura o espacio de resguardo del ciclista se ha de extender también a los elementos laterales que se presentan a lo largo de un tramo: Tanto para obstáculos discontinuos (mobiliario urbano, bancas, arboles, entre otros) como elementos continuos (muros, guardavías, entre otros) la distancia mínima respecto a la superficie de rodadura debe ser de 400mm.

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6.2.1 Espacio de resguardo frente elementos continuos y discontinuos Figura 5.

Fuente: PMCVG 6.3 Espacio de resguardo frente a parqueaderos Cuando existen parqueaderos de vehículos motorizados ubicados paralelamente, junto a una ciclovía (acera-bicicleta), se debe reservar un espacio de resguardo para la apertura de puertas y para la parte del vehículo que sobresale del bordillo, en caso de parqueaderos en batería. La distancia entre un parqueadero en fila y una vía para bicicletas, segregada por la acera, debe ser de al menos 700mm y de 1m en el caso que la infraestructura ciclista se encuentre junto a parqueaderos en batería (Ver figura 6). Mientras que la distancia entre un carril de bicicleta, por la calzada, y un estacionamiento en la misma superficie de rodadura puede ser de al menos (500mm), ya que es más probable que el conductor de vehículo motorizado tenga en cuenta el tránsito de vehículos no motorizados por la calzada antes de abrir la puerta (Ver figura 7). Figura 6.

Fuente: PMCVG 6.3.1

Espacio de resguardo entre carril bicicleta y parqueadero en fila.

Cuando se diseñe un carril bicicleta junto a una zona de estacionamiento se deberá guardar una distancia como mínimo de 500 mm entre dicho carril y la zona de estacionamiento.

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Figura 7.

Fuente: PMCVG 6.4 Espacio para carriles compartidos (ubicación del ciclista) En carriles menores a los 3m el ciclista puede usar el carril completo para circular (Ver figura 8). A su vez en carriles con dimensiones mayores a los 3m el ciclista deberá ocupar el extremo derecho de la vía para facilitar el rebase del vehículo motorizado. En ambos casos los carriles deberán estar señalizados con marcas de pavimento que informen sobre la presencia de ciclistas en las vías (Ver figura 9). Figura 8.

Fuente: PMCVG Figura 9.

Fuente: PMCVG

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6.5 Resumen dimensiones básicas MINIMO (m)

RECOMENDADO OPTIMO (m) (m)

UNIDIRECCIONAL

1.20

1.50

2.00

BIDIRECCIONAL

2.20

2.50

3.00

CICLOVIA

6.6 Espacios de resguardo con bordillo como tope

ESPACIO DE RESGUARDO BORDILLO ELEMENTO LATERALES DISCONTINUOS ELEMENTOS LATERALES CONTINUOS MISMO SENTIDO SENTIDO CONTRARIO APARCAMIENTO EN FILA APARCAMIENTO EN BATERIA

= 200 mm = 400 mm = 400 mm V = 50 km/h V > 50 km/h V = 50 km/h V > 50 km/h ≥ 700 mm ≥ 1.00 m

500 mm 700 mm ≥ 500 m (1) 1.00 m

6.7 Velocidad de circulación La velocidad promedio de un vehículo ciclista puede ser afectada por una gran cantidad de factores como el usuario, el vehículo, el entorno, entre otros. Nivel de destreza usuario

Condición física Estado de ánimo Geometría

vehículo

Ruedas (tamaño, tipo y presión de neumáticos) Peso (vehículo, el usuario y la carga) sistema de trasmisión Superficie de rodadura (textura, terreno mojado.) Topografía

entorno

Viento Insolación Congestión

Otros elementos que afectan la velocidad ciclista tienen que ver con el diseño de la vía, como las intersecciones, los accesos a predios, los caminos angostos, los radios de giros reducidos y la visibilidad limitada

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En entornos urbanos que cuentan con una topografía plana, los ciclistas tienen una velocidad promedio entre 15 y 20 km/h, si existen pendientes ascendentes, su velocidad puede reducirse a hasta 10 km/h. En cambio, si hay pendientes descendentes, los ciclistas alcanzan velocidades de hasta 40 km/h. En áreas interurbanas las condiciones son distintas, ya que el ciclista no necesita cambiar constantemente de velocidad porque los conflictos con otros usuarios de la vía son prácticamente inexistentes. La velocidad promedio puede elevarse hasta entre 25 y 30 km/h en terrenos planos; si existen pendientes descendentes muy prolongadas y utilizan una técnica correcta para romper el viento se puede alcanzar velocidades mayores a 50 km/h. Así pues, tanto el diseño de la infraestructura ciclista como la medida para las señalizaciones vertical y horizontal debe estar relacionada con la velocidad de los vehículos motorizados y no motorizados. Para cada caso debe evaluarse si la infraestructura ciclista es segregada o es parte del tráfico motorizado con la finalidad de seleccionar el tipo de señalización (dimensiones) pertinente.

7 SEÑALIZACION VERTICAL 7.1.

7.2.

La señalización vertical hace referencia a los dispositivos que se instalan a nivel de la vía o sobre ella, mediante placas fijadas en postes o estructuras, que cumplen la finalidad de transmitir a los usuarios de la ciclovía y de las vías en general las normas específicas que buscan reglamentar, prevenir e informar, mediante el uso de símbolos o textos determinados. En este Reglamento se específica el diseño y dimensión de las señales para ciclovias, cuyo mensaje está dirigido fundamentalmente a ciclistas y/o peatones. Adicionalmente en este Reglamento se incluyen señales que están orientadas a los conductores de los vehículos automotores. Las dimensiones y demás características de señales verticales dirigidas a vehículos motorizados se encuentran en e RTE INEN 4 parte 1 Señalización vertical.

Autoridad para instalación. Las señales de tránsito deben instalarse solamente con la aprobación de una autoridad pública que tenga la necesaria jurisdicción y competencia. La colocación de señales de tránsito no autorizadas sobre o junto a la vía por parte de una organización privada o comercial, sin las atribuciones del organismo competente, causa distracción y reduce el efecto de las señales esenciales para el usuario de la vía. El despliegue de señales no oficiales y no esenciales no está permitido. En caso de la instalación arbitraria de señales, la autoridad competente procederá a su retiro y establecerá la sanción correspondiente. 7.3.

Clasificación de señales verticales y sus funciones en ciclovías.

7.3.1

Señales regulatorias (Código RC). Regulan el movimiento del tránsito e indican cuando se aplica un requerimiento legal, la falta del cumplimiento de sus instrucciones constituye una infracción de tránsito. Señales preventiva (Código PC). Advierten a los usuarios de las vías, sobre condiciones inesperadas o peligrosas en la vía o sectores adyacentes a la misma. Señales de información (Código IC). Informan a los usuarios de la vía de las direcciones, distancias, destinos, rutas, ubicación de servicios y puntos de interés turístico.

7.3.2 7.3.3 7.4. 7.4.1 7.4.2 7.4.3 7.4.4 7.4.5

Codificación de señales. El sistema de codificación que se utiliza es el siguiente: Una letra de identificación de la señal que se usa como se indica en el numeral 7.3.acompaña por la letra C cuyo significado es ciclovía. Un número que indica la serie o grupo de señales. Un número de la señal dentro de la serie o grupo. Las letras D (derecha) ó I (izquierda) cuando la señal tiene un significado direccional. Una letra que indica el tamaño de la señal (por ejemplo, A, B, C, entre otras, siendo A la señal más pequeña, B el siguiente tamaño, entre otros.).

7.5.

Uniformidad de colores y diseños. Las descritas en el presente Reglamento y a falta de información remitirse a las establecidas en el Reglamento de Señalización vertical y horizontal expedido por el Instituto Ecuatoriano de Normalización INEN.

7.6.

Uniformidad de ubicación

7.6.1

Las señales se deben instalar en el lado derecho de las vías. En circunstancias especiales y que se especifican en este Reglamento, las mismas pueden duplicarse al lado izquierdo o colocarse elevadas sobre la calzada. Hay que tomar precauciones cuando se instalan señales, para asegurar que estas no se obstruyan unas a otras o que su visibilidad sea reducida, especialmente en intersecciones.

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7.6.2.

Si la señal se ubica en una posición expuesta a impactos, es necesario considerar el uso de un tipo de construcción flexible de amortiguamiento contra golpes u otros medios de protección de seguridad para el usuario de la vía.

7.7.

Colocación longitudinal. Las reglas para la ubicación lateral de señales al costado de las vías, soportes de estructuras para señales aéreas y, altura de montajes de estas señales son las siguientes: a. La colocación lateral se mide desde el filo de la vía al borde de la señal más cercana a la vía; y b. La altura, debe ser desde la proyección de la superficie de la calzada al lado inferior de la señal, o del filo inferior de la señal más baja en poste con varias señales. Los Letreros para el uso exclusivo de los ciclistas deben ser localizados de tal forma que los conductores no se confundan con ellos. La altura recomendada para señalización en vías o carretera es de 2.40 m y en ciclovías segregadas es de 2.00m desde la superficie del suelo hasta la parte inferior de la señal más baja. El espacio de los letreros sobre la vía en senderos de uso compartido debería estar ajustado de acuerdo a la señalización de sitios turísticos.

7.7.1

Colocación lateral en zona rural. En ciclovías sin bordillos en sectores rurales (carreteras), la señal debe estar a una distancia libre de por lo menos 600 mm del borde o filo exterior de la berma o espaldón, postes de guía o cara del riel o guardavía de protección; en caso de existir cuneta, esta distancia se considera desde el borde externo de la misma. La separación no debe ser menor de 2 m ni mayor de 5 m del borde del pavimento de la vía, excepto para señales grandes de información en autopistas en donde pueden requerirse mayor separación.

7.7.2

Colocación lateral en zona urbana. En ciclovías con aceras, las señales deben colocarse, a mínimo 400 mm del filo del bordillo, y máximo a 1 m. Cuando existen bordillos por ejemplo en parterres o islas de tránsito, la separación mínima debe ser de 500 mm. En vías urbanas sin aceras, o en ciertas vías arteriales diseñadas para movimiento de tránsito expreso, son más apropiadas las distancias indicadas en el numeral 7.7.1 del presente reglamento.

7.7.3

Altura en zona rural. En sectores rurales, las señales deben montarse alejadas de la vegetación y claramente visibles bajo la iluminación de los faros de los vehículos por la noche. La altura libre de la señal no debe ser menor a 1,50 m, desde la superficie del terreno hasta el borde inferior de la señal. Para señales direccionales de información en intersecciones y zonas pobladas la altura libre debe ser de 2 m.

7.7.4. Altura en zona urbana. En ciclovías con aceras, para evitar obstrucciones a los peatones, la altura libre de la señal no debe ser menor a 2,00 m desde la superficie de la acera hasta el borde inferior de la señal, ver figura 10 ó 2,20 m para reducir la interferencia que pueden ocasionar vehículos estacionados o cuando la situación lo amerite. 7.7.5 Aclaración. La señales de tránsito, preventivas o reglamentarias, colocadas en ciclovías en espaldón, carril bici y vías compartidas están diseñadas para informar tanto al conductor de los vehículos motorizados como al de no motorizados de la existencia de ciclistas en la vía. Estas señales deben ser claras para el ciclista y el conductor de vehículo motorizado e indicar a estos el espacio que les corresponde a cada uno en la vía, con la finalidad de compartir la vía exitosamente y evitar accidentes.

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FIGURA 10 Ubicación de las señales en ciclovías dentro de la zona urbana

7.8.

Retroreflectividad e iluminación Todas las señales verticales deben ser retroreflectivas o iluminadas, de modo que puedan verse sus colores y forma, tanto en la noche como en el día. Deben cumplir con los parámetros de retroreflectividad establecidos, mínimo Tipo IV, de la Norma ASTMD 4956.

7.9.

Señales Regulatorias Las señales regulatorias informan a los usuarios de las vías las prioridades en el uso de las mismas, así como las prohibiciones, restricciones, obligaciones y autorizaciones existentes, cuyo incumplimiento constituye una infracción a la Ley y Reglamento de tránsito. Las señales regulatorias deben ser instaladas con la aprobación de la autoridad competente dentro de su jurisdicción, y aquellas que no cumplan con las normas técnicas especificadas en el presente Reglamento serán retiradas inmediatamente. Las disposiciones regulatorias pueden aplicarse por tramos considerables de la vía y pueden requerirse señales repetidas. Sin embargo, deben evitarse señales innecesarias.

7.10.

Diseño

7.10.1

Forma, color y mensaje. La mayoría de las señales regulatorias son de forma rectangular con el eje mayor vertical y tienen, orla, leyenda y/o símbolos negros sobre fondo blanco. Se especifican otras formas y colores para aquellas señales donde hay necesidad especial de fácil identificación. En lo posible se hace uso de símbolos y flechas para ayudar en la identificación y aclarar las instrucciones. En las señales regulatorias deben usarse alfabetos normalizados. Para efectos de aplicación se utilizará la clasificación de los grupos de las señales regulatorias determinada en el Reglamento de Señalización Vertical. Serie de prioridad de paso (RC1) Serie de movimiento y dirección. (RC2) Serie restricción de circulación. (RC3).

7.10.2

Serie de prioridad de paso RC1 Estas señales son de uso exclusivo para las vías segregadas y serán instaladas en las entradas a una intersección o en puntos específicos donde se requiera aplicar las reglamentaciones contenidas en estas señales, el uso

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7.10.2.1 Pare (RC1–1). Se instala en las aproximaciones a las intersecciones en donde una de las vías tiene prioridad con respecto a otra, y obliga a parar al ciclista frente a ésta señal antes de entrar a la intersección. Leyenda y borde reflectivo blanco Fondo retroreflectivo rojo RC1-1

Código No.

RC1 -1

Dimensiones (mm)

450x450

RC1 -1 Su propósito es ordenar a los conductores de vehículo no motorizado que se detengan completamente y que reanuden la marcha sólo cuando puedan hacerlo en condiciones que eliminen totalmente la posibilidad de accidente. En todas las calzadas pavimentadas o adoquinadas, adicionalmente a la señal de PARE, debe usarse una línea de pare, ver RTE INEN 4 Señalización vial. Parte 2. Señalización horizontal. En las intersecciones, la señal debe instalarse tan cerca como sea posible al sitio de conflicto del borde de la intersección de las calzadas. Cuando una vía controlada por medio de señales tiene una intersección en ángulo agudo, la señal debe colocarse de modo que su cara no se destaque prominentemente en la vista de los conductores de la vía que se cruza. 7.10.2.2 Ceda el paso (RC1 - 2) Se utiliza en aproximaciones a intersecciones donde el ciclista debe ceder el paso. Leyenda negra Borde rojo retroreflectivo Fondo blanco retroreflectivo Código No.

RC1-2

Dimensiones (mm)

450 x450

RC1-2 7.10.2.3 Ceda el paso a los peatones (RC1-3). Esta señal se instala en todas las intersecciones controladas con semáforos, en donde por su geometría vial, los cruces peatonales no son paralelos a la vía desde la cual los vehículos viran para cruzarlos, y por tanto es necesario indicar a los conductores que viran a la izquierda o derecha, que a pesar de tener la luz verde, deben ceder el derecho de vía a los peatones. Fondo color blanco retroreflectivo Letras y orla color negro mate Código No.

Dimensiones (mm)

RC1 -3

600 x 600

RC1-3

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7.10.2.4 Carril compartido (RC1- 4) Esta señal indica que el carril es de uso compartido entre los vehículos motorizados y no motorizados. La señal debe ir acompañada de placa complementaria (Ver dimensiones en sección placas complementarias). Fondo color blanco retroreflectivo Letras y orla color negro mate Código No.

Dimensiones (mm)

RC1-4A RC1-4B

600 X 600 750X 750

RC1-4 7.10.2.5 Carril compartido entre buses y bicicletas (RC1-5). Esta señal se utilizará en carriles de circulación exclusiva para buses donde se permite compartir su uso con bicicletas. Debe ir acompañada de una placa complementaria (Ver dimensiones en sección placas complementarias). Su instalación se realizará al inicio del tramo correspondiente y cada 250 m. Símbolo y orla negro mate Fondo blanco retroreflectivo Código No.

Dimensiones (mm)

RC1-5A RC1-5B

600 X 600 750X 750

RC1-5 7.10.2.6 Vía compartida entre buses y bicicletas (RC1- 6) Señal que indica carril para buses y carril para bicicletas dentro de la misma calzada, debe ir acompañada de una placa complementaria (Ver dimensiones en sección placas complementarias). Se instala al inicio de los carriles bicicleta con o sin resguardo. Símbolo y orla negro mate Fondo blanco retroreflectivo Código No. RC1

RC1-6 A RC1-6 B

RC1-6I

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Dimensiones (mm)

600 X 600 750 X 750

RC1-6D

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7.10.3

Serie de movimiento y dirección. (RC2) Obligación de los ciclistas a circular solo en la dirección indicada por las flechas de las señales.

7.10.3.1 Mantenga derecha bicicletas (RC2-1). Esta señal indica que el ciclista debe circular por la derecha para facilitar el rebasamiento de vehículos motorizados. Esta señal es utilizada como complementaria de la señal RC1-4 para carriles mayores a los 3m. No aplica para carriles compartidos, menores a 3m, puesto que el ciclista podrá circular por el centro de este carril, ya que la velocidad límite de circulación, de vehículos motorizados, deberá ser de 30km. En dicho caso se deberá usar como señal complementaria RC2 -4 Símbolo y orla negro mate Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC2-1 A RC2- 1B

450x450 600x600

RC2- 1 7.10.3.2 Distancia para rebasar bicicletas (RC2-2) Esta debe ser usada para indicar la distancia que debe guardar el conductor al rebasar un ciclista en vías compartidas, debe ir acompañada de una placa complementaria (Ver dimensiones en sección placas complementarias). Símbolo y orla negro mate Fondo blanco retroreflectivo Flecha rojo refelctivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC2 -2 A RC2 -2 B RC2-2 C

600 x 600 750 x 750 900 X 900

RC2-2 7.10.3.3 Empieza carril de giro derecha, ceda el paso al ciclista RC2-3 Esta señal indica que en el lugar que esta instalada inicia el carril para giro derecho de vehículos, por tanto deberán ceder el paso a los ciclistas. Símbolo y orla negro mate Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC2 -3

600 x 600

RC2 -3

900 x 900

RC2 -3

1200 x 1200

RC2-3.

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7.10.3.4 Carril de uso compartido RC2-4. Esta debe ser usada para indicar que todo el carril se encuentra disponible tanto para el tráfico motorizado como para el no motorizado (para los ciclistas) y que la prioridad la tendrá el segundo. Símbolo y orla negro mate Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC2 -4

450 x 450

RC2 -4 7.10.3.5 Ciclovía para uso exclusivo de bicicletas (RC2-5). Estas señales deberán ir acompañada con ls señales complementarias. Fondo color blanco retroreflectivo. Leyenda y orla negras Símbolo blanco en fondo negro Código No.

Dimensiones (mm)

RC2-5A RC2-5B

650 x 600 900 x 750

RC2-5C

1050 x 900

RC2-5 7.10.3.6 Ciclovía en espaldón (RC2-6) Esta señal sirve para advertir al conductor de un vehículo que se encuentran ciclistas en el espaldón de la vía, se recomienda que se acompañe con una señal complementaria. Fondo color blanco retroreflectivo. Leyenda y orla negras Símbolo blanco en fondo negro Código No.

RC2- 6A RC2- 6B RC2-6C

Dimensiones (mm)

650 x 600 900 x 750 1050 x 900

RC2-6 7.10.3.7 Sendero compartido para peatones y ciclistas (RC2-7). Esta señal deberá ser utilizada para indicar caminos / senderos de uso compartido para uso circulación de peatones y ciclistas. Se recomienda el uso de una señal complementaria para indicar su inicio y fin. Fondo color blanco retroreflectivo Símbolos y orla color negro mate Código No.

RC2- 7

Dimensiones (mm) 450 x 600

- RC2-77

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RC2-7 7.10.3.8 Acera bicicleta (RC2-8). Señal que indica una sección determinada de la acera correctamente delimitada para la circulación tanto de peatones como de ciclistas separados unos de otros por señalización horizontal. La señal debe mantener coherencia con el lado en el que se encuentre el espacio para peatones y ciclistas respectivamente (si el espacio destinado para la circulación de bicicletas se encuentra ubicado en el lado izquierdo, el pictograma de bicicleta en señal también debe estar al mismo lado y viceversa según corresponda). Fondo color blanco retroreflectivo Letras, símbolos y orla color negro mate

Código No.

RC2- 8

Dimensiones (mm) 450 x 600

RC2-8 7.10.4

Serie restricción de circulación. (RC3). Estas señales se utilizan para prohibir el ingreso y/o circulación de la clase de vehículo indicado en el símbolo. Esta señal prohíbe la continuación del movimiento directo del flujo vehicular o peatonal que se aproxima, más allá del lugar en que ella se encuentra instalada. Se debe ubicar donde el conductor o peatón pueda comprender fácilmente cuál es la vía con prohibición para entrar.

7.10.4.1 No bicicletas (RC3-1) Esta señal se utiliza para indicar la prohibición del ingreso de bicicletas en una vía o área determinada. Símbolo y orla negros Círculo rojo retroreflectivo Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC3 -1

450 x 450

RC3- 1 7.10.4.2 No motocicletas y similares (RC3-2). Indica la prohibición del ingreso de motocicletas, tricimotos, cuadrones, etc. en una ciclovía de cualquier tipo y/o área determinada. Esta señal guarda uniformidad con la señal del numeral 6.7.7 de las señales del Reglamento de Señalización vertical Símbolo y orla negros Círculo rojo retroreflectivo Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

R3 -6A

450 x 450

RC3-2

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7.10.4.3 No peatones (RC3-3). Esta señal indica la prohibición del ingreso de peatones en una vía o área determinada. Símbolo y orla negros Círculo rojo retroreflectivo Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC3 -3

450 x 450

RC3 -3 7.10.4.4 No rebasar (RC3-4 ) Señal utilizada en infraestructura ciclista que indica la prohibición de circular de a dos. Símbolo y orla negros Círculo rojo retroreflectivo Fondo blanco retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

RC3 -4

450 x 450

RC3-4

7.10.4.5 Contra Vía (RC3-5) Señal de contravía para carriles bicicleta, la misma que deberá ser utilizada con la placa complementaria bicicleta. Leyenda y borde reflectivo blanco Fondo retroreflectivo rojo.

Código No.

Dimensiones (mm)

RC3 -5

450 x 450

RC3-5

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7.10.5

Placas complementarias RC4

7.10.5.1 Placa prioridad Bicicleta (RC4 –1) Señal complementaria. Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco. Código No. RC4-1

Dimensiones (mm) 600 X 250

Código No. RC4-2

Dimensiones (mm) 600 X 250

RC4-1 7.10.5.2 Placa al rebasar (RC4-2) Señal complementaria. Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco.

RC4 -2

7.10.5.3 Placa ciclovía en espaldón (RC4-3) Señal complementaria. Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco.

RC4-3

Código No. RC4-3

Dimensiones (mm) 600 X 250

7.10.5.4 Placa carril compartido (RC4-4) Señal complementaria. Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco Código No. RC4-4

Dimensiones (mm) 600 X 250

RC4-4 7.10.5.5 Placa Liviano bicicleta (RC4-5) Señal complementaria. Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco Código No. RC4-5

Dimensiones (mm) 600 X 250

RC4-5

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7.10.5.6 Placa Pesados bicicleta (RC4-6) Señal complementaria Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco Código No. RC4-6

Dimensiones (mm) 600 X 250

RC4-6 7.10.5.7 Placa Liviano bicicleta (RC4-7) Señal complementaria Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco Código No. RC4-7

Dimensiones (mm) 600 X 250

Código No. RC4-8

Dimensiones (mm) 600 X 250

Código No. RC4-9

Dimensiones (mm) 600 X 250

Código No. RC4-10

Dimensiones (mm) 600 X 250

RC4-7 7.10.5.8 Vía compartida (RC4-8) Señal complementaria Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco

RC4-8 7.10.5.9 Placa inicia (RC4-9) Señal complementaria Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco.

RC4-9 7.10.5.10 Placa termina (RC4-10) Señal complementaria Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco.

RC4-10

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7.10.5.6 Placa ciclovía (RC4-11) Señal complementaria de R5 1a, 1b y 1c. Leyenda y orla negras Fondo retroreflectivo blanco.

Código No. RC4-11

Dimensiones (mm) 600 X 250

RC4-11 7.11.

Señales Preventivas

Se utilizan para alertar a los conductores de peligros potenciales que se encuentran más adelante. Estas señales, indican la necesidad de tomar precauciones especiales y requieren de una reducción en la velocidad de circulación o de realizar alguna otra maniobra. El uso apropiado de las señales preventivas ayuda a mejorar de gran manera a la seguridad vial. Sin embargo, para que sean muy efectivas, su uso debe ser necesario; caso contrario, el uso frecuente para prevenir condiciones que son fácilmente aparentes, tienden a minimizar la efectividad de las mismas. Los letreros preventivos de intersección pueden ser usados en carreteras, calles o senderos de uso compartido antes de una intersección para indicar la presencia de la intersección y la posibilidad de virar o de entrar a tráfico. Cuando un juicio de ingeniería determina que la visibilidad de la intersección es limitada en el sendero de uso compartido, los letreros preventivos deben ser usados. Letreros preventivos de intersección no deben ser usados cuando la aproximación de sendero de uso compartido se acerca a la intersección y es controlada por un letrero de PARE, CEDA EL PASO o señal de control de tráfico. Para efectos de aplicación se utilizará la clasificación de los grupos de las señales preventivas determinada en el Reglamento de Señalización Vertical. Clasificación P6 Serie de obstáculos y situaciones especiales en la vía. 7.11.1

Serie de obstáculos y situaciones especiales en la vía (PC6).

7.11.1.1 Vía Resbalosa (PC6-1). Advierte al ciclista las condiciones de calles o senderos compartidos pueden causar que pierda el control de la bicicleta. Símbolo y orla negros Fondo amarillo retroreflectivo

Código No. PC6 - 1

Dimensiones (mm) 600 x 600

PC6- 1

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7.11.1.2 Descenso pronunciado (PC6-2) Esta señal debe utilizarse para advertir al ciclista la aproximación a una pendiente pronunciada. Símbolo y orla negros Fondo amarillo retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

PC6-2

600 x 600

PC6-2 7.11.1.3 Precaución apertura de puertas (PC6-3D) (PC6-3I) Esta señal debe utilizarse para advertir la aproximación a una pendiente pronunciada. Se debe utilizar en carril bicicletas con resguardos y que existan zonas de parqueos para vehículos motorizados. Símbolo y orla negros Fondo amarillo retroreflectivo

Código No. PC6-3

PC6-3 D

Dimensiones (mm) 600 x 600

PC6-3 I

7.11.1.4 Ciclistas en la vía. (PC6-4). Esta señal debe utilizarse para advertir la presencia de ciclistas circulando por la vía, debiendo limitarse su instalación a los lugares respecto de los cuales estudios de tránsito demuestren la existencia de un número significativo de ciclistas. Esta señal guarda uniformidad con la señal del numeral 7.10.16 de las señales del Reglamento de Señalización vertical. Símbolo y orla negros Fondo amarillo retroreflectivo Código No.

Dimensiones (mm)

PC6 -4A

600 x 600

PC6- 4B

750 X 750

PC6- 4C

900 X 900

PC6-4

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7.11.1.5 Cruce de bicicletas al virar (PC6-5). Esta señal debe utilizarse para advertir la aproximación a un cruce de infraestructura ciclista al girar. Se recomienda acompañar con una señal complementaria de acuerdo a las circunstancias. Esta señal guarda uniformidad con la señal del numeral 7.10.17 de las señales del Reglamento de Señalización vertical. Símbolo y orla negros Fondo amarillo retroreflectivo

PC6-5I

Código No.

Dimensiones (mm)

PC6 -5A

600 x 600

PC6- 5B

750 X 750

PC6- 5C

900 X 900

PC6- 5D

7.11.1.6 Vía compartida (P6-16). Esta señal debe utilizarse para advertir la aproximación a un tramo de vía compartida con ciclistas Se recomienda acompañar con una señal complementaria de acuerdo a las circunstancias. Esta señal guarda uniformidad con el numeral 7.10.18 de las señales del Reglamento de Señalización vertical. Símbolo y orla negros Fondo amarillo retroreflectivo Código No.

Dimensiones (mm)

PC6 -16A

600 x 600

PC6- 16B

750 X 750

PC6- 16C

900 X 900

P6-16

7.11.1.7 Entrada y salida de vehículos (PC6-4D) (PC6-34I) Esta señal debe utilizarse para advertir la aproximación de una entrada y salida de vehículos.

PC6-4D

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Código No.

Dimensiones (mm)

PC6 - 4A

600 x 600

PC6- 4B

750 X 750

PC6- 4C

900 X 900

PC6-4I

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7.11.2.

Placas complementarias señales preventivas

7.11.2.1 Placas complementarias (PC7-1)

Código No. PC7-1

Dimensiones (mm) 600 X 250

Código No. PC7-2

Dimensiones (mm) 600 X 250

Código No. PC7-3

Dimensiones (mm) 600 X 250

PC7-1 7.11.2.2 Placas complementarias (PC7-2)

PC7-2 7.11.2.3 Placas complementarias (PC7-3)

PC7-3 7.11.2.4 Doble sentido (PC7-4) Señal complementaria Código No. PC7-4

Dimensiones (mm) 600 X 250

PC7-4 7.11.2.5 Placa de direccionamiento derecha (PC7-5) Señal complementaria Código No. PC7-5

Dimensiones (mm) 600 X 250

PC7-5

7.11.2.5 Placa de direccionamiento derecha (PC7-6) Señal complementaria. Código No. PC7-6

Dimensiones (mm) 600 X 250

PC7-6

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7.12.

Señales Informativas

Las señales de información tienen como propósito informar y guiar a los usuarios viales, proporcionándole la información necesaria para que puedan llegar a sus destinos de la forma más segura, simple y directa posible. Para efectos de aplicación se utilizará la clasificación de los grupos de las señales informativas determinada en el RTE INEN 4 Parte 1 Señalización Vertical, capitulo v numeral 8.2. Clasificación (IC1) Señales de información de Guía P6 7.12.1

Señales de Información de Guías para Rutas de Bicicleta deben ser colocadas en puntos de decisión a lo largo de las rutas de bicicletas, incluyendo señales para informar a los ciclistas de una ruta de bicicleta que cambia de dirección y confirmación de la dirección de la ruta, distancia y destino. Si se usan, Señales de Guía de Ruta de Bicicleta estas deben ser repetidas en intervalos regulares para proporcionar la información adecuada al usuario, tales como nombres de las vías por las que circulan, así como sus sentidos de circulación, los nombres de poblaciones, lugares de interés, servicios en el camino y distancias; en algunos casos también pueden proporcionar ciertas recomendaciones. Dependiendo de la información que proporcionen, éstas pueden ser placas rectangulares en color azul con pictogramas en color blanco (para servicios), placas rectangulares de color verde con leyendas en color blanco (para indicar destinos) o placas rectangulares en color blanco con leyendas en color negro (para nomenclatura de vialidades o información general).

7.12.2

Dimensiones de las señales: Para este tipo de señales se utilizará una altura de letra de 100mm y la serie D.

7.12.3

Ubicación: Altura libre de 2 metros, con una distancia mínima lateral entre el poste de la señal y el borde más próximo de 400 mm. Se recomienda la ubicación de las señales en el lado derecho, según el sentido de la marcha, en línea con otros elementos del mobiliario urbano.

7.12.4. Señales de Información de guías

IC1-1

IC1- 2

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7.12.5

Área para ciclovía (IC1-3) Esta señal se debe instalar en una aproximación del lugar donde se disponga de una infraestructura de ciclovias, se debe usar con las placas complementarias que contienen flechas de direccionamiento.

Leyenda y orla color blanco retroreflectivos Fondo color azul retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

IC1 -3

450 x 450

IC1- 3 7.12.6 Postes de Kilometrajes. (IC2-1)

7.13.

Señales de información de Servicios para ciclovías (ICS)

7.13.1

Propósito. Estas señales dan al conductor información previa de la presencia de los diferentes tipos de servicios que existen al borde derecho de la carretera en el sentido de circulación.

7.13.2

Estacionamiento para Bicicletas (ICS1-1) Debe ser instalada en el lugar donde se proporciona este tipo de servicio.

Leyenda y orla color blanco retroreflectivos Fondo color azul retroreflectivo

Código No.

Dimensiones (mm)

ICS1 -1

450 x 600

ICS1-1

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7.13.3

Señales de Área de Auxilio mecánico para Bicicletas (IC1-2) Debe ser instalada en el lugar donde se proporciona este tipo de servicio y en sus aproximaciones, acompañada de placas complementarias de distancia.

La leyenda y el borde de la señal azul Fondo blanco retroreflectivo.

Código No.

Dimensiones (mm)

ICS1 -2

450 x 600

ICS1-2 7.14.

Señales Turísticas (ISC3)

7.14.1

Son aquellas que sirven para dirigir al conductor o transeúnte a lo largo de su itinerario, proporcionándole información sobre direcciones, sitios de interés y destino turístico, servicios y distancias. Las dimensiones en los pictogramas dependerán de la distancia a la que los usuarios se encuentren de la señal, su tamaño máximo será de 600 x 600 mm.

7.14.2

Se aplica la clasificación determinada en el RTE INEN Señalización vertical en el capitulo 11.8.3 IS3 Actividades Turisticas.

7.14.3

Representan las actividades turísticas que se producen por la relación oferta/demanda de bienes y servicios implantados por personas naturales o jurídicas que se dediquen de modo profesional a la prestación de servicios turísticos con fines a satisfacer necesidades del visitante-turista.

7.14.3.1 Ciclismo deportivo Esta señal guarda uniformidad con la señal del numeral 11.8.3.4 de las señales del Reglamento de Señalización vertical Símbolo y orla blancos retroreflectivos Fondo azul retroreflectivo

7.14.3.2 Ciclismo turístico Esta señal guarda uniformidad con la señal del numeral 11.8.3.5 de las señales del Reglamento de Señalización vertical Símbolo y orla blancos retroreflectivos Fondo azul retroreflectivo

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8. SEÑALIZACION HORIZONTAL 8.1 La señalización horizontal está conformada por símbolos, flechas, letras y líneas que se pintan sobre el pavimento, y estructuras de la vía o adyacentes a ella, También podrán colocarse otros elementos que sobresalgan de la superficie del pavimento, que permitan regular o canalizar el tránsito. 8.2 Materiales Las marcas viales deben hacerse mediante el uso de pinturas en frío u otros materiales para demarcación de pavimentos que cumplan con las especificaciones técnicas para señalización horizontal descritas en el RTE INEN 4 parte 2 Señalización horizontal, el NTE 1042 y se podrán también utilizar productos termoplásticos preformados que cumplan la norma técnica del MUTCD y las especificaciones de la FHWA. Los materiales utilizados para la demarcación de ciclovías no deberán presentar condiciones deslizantes, que puedan generar riesgo de accidentes a los peatones o ciclistas y deberán garantizar su visibilidad en condiciones atmosféricas adversas. 8.3 Colores La demarcación de ciclovía será en colores blanca o amarilla. 8.3.1 El color blanco se empleará en líneas longitudinales para hacer separaciones entre carriles en el tránsito del mismo sentido, en líneas de borde de pavimento, flechas, símbolos, mensajes viales, en marcas transversales, línea de pare y ceda el paso. 8.3.2 El color amarillo se utilizará para separar flujos de sentido contrario. 8.3.3 Para la demarcación de la capa de rodadura de la ciclovia y/o sus intersecciones se deberán utilizar los colores rojo oxido, verde fluorescente y azul será para indicar los carriles exclusivos de las ciclovias, que cumplan con la especificaciones de la FHWA y al Manual MUTCD. 8.4 Símbolos y Letreros En El Pavimento Los mensajes consignados en el pavimento, se harán preferiblemente por medio de símbolos. Tanto las letras como los símbolos, tendrán que prolongarse en la dirección del movimiento del tráfico, debido a que la posición del usuario sobre la bicicleta reduce considerablemente su ángulo de observación, lo cual implica perdida de altura en los mensajes. La demarcación de los corredores exclusivos para el tránsito de ciclistas se complementará con un pictograma de bicicleta de color blanco en el pavimento, el cual se empleará para enfatizar la utilización de la ciclovía. 8.5

Señalización Horizontal para ciclovías.

Los pictogramas de la bicicleta y la flecha siempre deberán estar acompañados y ubicados en cada inicio y fin de las intersecciones. El tamaño de los pictogramas dependerá del tipo de infraestructura a señalizarse. Además, el símbolo de bicicleta deberá estar acompañado de la palabra “SOLO”, si se desea dar mayor énfasis a la circulación exclusiva de bicicletas, en ese caso la palabra deberá ir debajo de la imagen de la bicicleta (Ver figura 12). Estos pictogramas deben ser ubicados de la siguiente manera: en vías compartidas las marcas de pavimento deberán estar cada 15 m. En el resto de infraestructura como son ciclovías segregada, carril bici, entre otras, dentro del perímetro urbano, las marcas deberán estar en cada intersección y cada 30 m. En la zona rural, específicamente para señalizar ciclovías en espaldón, de igual manera estas marcas de pavimento deberán ser colocadas en cada intersección y cada 250 m máximo en zonas sin ningún tipo de población y cada 150 m en zonas rurales que atraviesen poblados.

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Figura 11

Fuente: ASHTO Figura 12

Fuente: MDMQ

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8.6 Ciclovía Segregada: Ciclovía apartada de la circulación del tránsito automotor y cuyo espacio de diseño no depende de la redistribución del flujo vehicular. Normalmente son bidireccionales, aunque se pueden diseñar de manera unidireccional y son concebidas dentro del derecho de vía. 8.6.1

Señalización para ciclovía segregada bidireccional Las ciclovías segregadas bidireccionales deberán ser señalizadas con línea de canalización continua blanca, en ambos costados de la ciclovía y con línea entrecortada amarilla de 1m de longitud con 2m se separación en el centro de la infraestructura para indicar la doble dirección. En ambos casos todas las líneas deberán tener un ancho mínimo de 10 cm y un óptimo de 15 cm. Para los tramos en los que el diseño ingenieril determine zona de rebase prohibida, la línea central deberá ser continua y de color amarilla. En aproximación a intersecciones se deberá señalizar con una línea continua, en el centro del carril, con mínimo 10 m de anticipación al cruce, que empatará con la línea de PARE blanca, de 40cm, ubicada al costado del flujo ciclístico que deba detenerse y con 1.20m de anticipación al inicio del cruce exacto de las vías (como opcional se puede incluir una línea amarilla, de 30 cm que indique precaución en el cruce tal y como se observa en el segundo ejemplo de intersecciones). Finalmente, se muestra un ejemplo de señalización para la separación de un tercer carril a través de unas líneas canalizadoras que quedará a juicio de Ingeniería de transito. Por último, todas las ciclovías segregadas deberán pintar las marcas de pavimento (bicicleta, flecha de direccionalidad y leyenda “SOLO”, en el inicio de cada intersección y/o cada 250m en zonas urbanas y 500m en zonas rurales), las dimensiones corresponderán a las de la Figura 13. como mínimo por carril y se podrá utilizar la bicicleta sola o con ciclista que se muestran en la figura 11. Figura 13

Señalización ciclovía segregada para Zona de rebase. Fuente: ITDP Figura 14

Señalización ciclovía segregada en Zona de rebase prohibido. Fuente: ITDP

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Figura 15

Señalización ciclovías en Aproximación a intersecciones Fuente: ITDP Figura 16

Señalización Ciclovías Aproximación a intersecciones Fuente: ITDP

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Figura 17

Señalización ciclovías doble carril ciclovías Fuente: ITDP Figura 18

Señalización ciclovías segregada con diferentes tipos de cruces. Fuente: ITDP 8.7 Carril-Bicicleta: Carril acondicionado para la circulación preferencial o exclusiva de bicicletas, separado del tráfico vehicular motorizado mediante señalización (letreros y demarcaciones) y que es parte de la calzada. 8.7.1

Señalización para carril bicicleta. El carril bicicleta se separará del tráfico motorizado mediante líneas de canalización. En el primer caso se utilizarán dos líneas amarillas para indicar el contraflujo de la ciclovía, cada línea deberá tener entre 10 y 15 cm. Además, de manera opcional, se utilizará una línea junto a la acera que indica la prohibición de estacionamiento para ambos modos de transporte (motorizado y no motorizado). Por último en el segundo caso la línea se aplicará a lo largo de toda la ciclovía cuando esta sea compartida con la calzada, se empleará un trazo continuo de color blanco, de 200 mm de ancho, para ambos casos las líneas deberán ser reflectivas mediante la aplicación de microesferas de vidrio de la Norma NTE INEN 1042 y se deberán incorporar las marcas para identificar la infraestructura ciclistas, cada 200 m, acompañada de la leyenda “SOLO” y flechas que indiquen la direccionalidad del carril bicicleta; a lo largo de las líneas separadoras de carriles se podrán colocador obstáculos desmontables tales como tachas o delineadores de carriles, prismas de concreto, separadas de acuerdo al diseño de ingeniería.

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Figura 19

Señalización para carril bicicleta con raya separadora, carril bicicleta y estacionamiento Fuente: ITDP Figura 20

Señalización para carril bicicleta ubicado al lado derecho de la calzada Fuente: Nacto – Bike lanes Figura 21

Ejemplo señalización carril bicicleta lado izquierdo de la calzada

Señalización carril bicicleta contraflujo Fuente: Nacto – Bike lanes

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Figura 22

Señalización carril bicicleta en el mismo sentido vehicular Fuente: Nacto – Bike lanes 8.7.2

Carril bicicleta con espacio de seguridad para apertura de puertas en parqueaderos Carril bicicleta con área de amortiguamiento para apertura de puertas de vehículos con un ancho mínimo de 500 mm y un ancho óptimo de 800 mm. Figura 23

Señalización carril bicicleta con espacio de seguridad para apertura de puertas Fuente: Nacto – Bike lanes

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Figura 24

Señalización carril bicicleta con espacio de seguridad para apertura de puertas con bordillo Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.7.2.1 Carril-Bicicleta con resguardos: carril de uso exclusivo para bicicletas, provisto de elementos laterales tales como tachas retoreflectivas, barras de confinamiento tipo L ó trapezoide, que lo separan físicamente del resto de la calzada. 8.7.4

Señalización Carril bicicleta con resguardos En carriles bicicleta que se requiera incorporar elementos de confinamiento, el ancho mínimo del espacio de resguardo deberá ser de 500 mm acompañado de raya doble para delimitar el carril exclusivo. El ancho de la línea para delimitar deberá ser de mínimo 100mm y máximo 150 mm. Además se podrán incorporar dispositivos de prevención en el inicio de cada intersección.

Figura 25

Señalización carril bicicleta con resguardos Fuente: ITDP 8.8 Vía compartida: Carril de uso compartido entre vehículos motorizados y no motorizados, generalmente adaptado con señalización vertical y horizontal para mantener una velocidad no mayor a los 30km/h con el propósito de evitar accidentes entre ambos tipos de vehículos.

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8.8.1

Señalización vía compartida entre vehículos motorizados y no motorizados (carril menor a 3m) Para vías compartidas, con un carril menor a los 3 m, se recomienda colocar en el centro del carril el pictograma de bicicleta sugerido en la figura 11, seguido longitudinalmente de 2 chevrones. Esta señalización deberá ser usada después de cada intersección y cada 500 m en zonas rurales, así como cada 250 m en zonas urbanas. Esta demarcación debe estar acompañado por leyendas que se consideren necesarias (INICIA, PRIORIDAD, TERMINA, entre otras) para alertar a los conductores de vehículos motorizados sobre la presencia de ciclistas en la vía y la disposición legal de otorgar preferencia de vía a los vehículos no motorizados. Figura 26

Demarcación carril menor a 3 m. Fuente: ITDP Figura 27

Señalización vía compartida, carril menor a 3m. Fuente: ITDP

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8.8.2

Señalización vía compartida entre vehículos motorizados y no motorizados (carril mayor a 3m) La señalización de vía compartida para carriles con dimensiones mayores a los 3m debe estar ubicada por lo menos a 1.2 m del bordillo de la vía o al filo del pavimento en dirección del flujo vehicular. La señal se debe usar cada 15 m tanto en zonas rurales como urbanas. El pictograma de bicicleta y chevrones puede estar acompañado de líneas de pavimento laterales para proporcionar mayor seguridad al ciclista. Figura 28

Demarcación carril mayor a 3m Fuente: ASHTO

Figura 29

Señalización vía compartida, carril mayor a 3m Fuente: Nacto –Cycles Tracks

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Figura 30

Señalización vía compartida, carril mayor a 3m (opción líneas laterales) Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.9 Ciclovía en espaldón: Es un carril bici pero adaptado al espaldón de las carreteras y vías de primer orden. Idealmente debe ir acompañado de bandas sonoras laterales para proporcionar mayor seguridad al ciclista y alertar al conductor de vehículo motorizado. 8.9.1

Señalización Ciclovía en espaldón Para señalizar una ciclovía en una vía de primer orden se deberá contar con un ancho mínimo de espaldón de 1.20 m y la vía no deberá ser considerada AUTOPISTA. La señalización incluirá las marcas para identificar infraestructura ciclista indicada en la figura 11 (bicicleta y flecha de direccionalidad) las cuales podrán estar acompañadas por leyendas como “SOLO” o “CICLOVIA”. Cabe indicar que la línea de separación del carril de vehículos motorizados y la ciclovía en espaldón es la misma de la vía principal. Estas marcas de pavimento deberán ser colocadas en cada intersección y cada 250 m máximo en zonas rurales sin ningún tipo de población y cada 150 m en zonas rurales que atraviesen poblados.

Figura 31

Señalización Ciclovia en espaldón Fuente: ASHTO

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Figura 32

Demarcación ciclovía en espaldón con bandas sonoras Fuente: ASHTO

8.10 Acera-Bicicleta: vía ciclista señalizada sobre la acera separada del tráfico peatonal. Señalización para acera bicicleta: la infraestructura de acera bicicleta debe ser señalizada de igual forma a ciclovías segregadas o carril bicicleta, pero considerando el espacio exclusivo para el peatón. Figura 33

Fuente: ITDP 8.11 Intersecciones: Al inicio y terminación de cada intersección confluye el paso de los vehículos motorizados, ciclistas y peatones, que deben compartir un espacio de intersección y que requiere ser señalizado, para dar el acceso ordenado a cada elemento del tránsito, con el fin de reducir el riesgo de accidentes. 8.11.1

Cajas de seguridad. Se utilizan en intersecciones semaforizadas para visualizar al ciclista y permitir la prioridad en el cruce de vía.

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Figura 34

Fuente: PMCVG 8.12.1.1 Caja de seguridad para giro izquierdo de ciclista. Este tipo de señalización se la debe utilizar en intersecciones semaforizadas, además cuando existan: una zona de parqueo para vehículos motorizados entre el carril bicicleta y la acera, y cuando exista un giro a la derecha de vehículos motorizados ver la figura 35. El espacio con línea entrecortada también es ideal para colocar la caja de seguridad, sin embargo, la recomendada es la señalizada en la figura, puesto que proporciona una mayor visibilidad del ciclista al conductor de vehículo motorizado. Figura 35

Señalización caja de seguridad ciclista en el pavimento para giro Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.12.1.2 Caja de seguridad para giro entre espacio de seguridad arriba y abajo. A los costados izquierda / derecha calzada y ciclovía con resguardo respectivamente.

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Figura 36

Señalización caja de seguridad ciclista en el pavimento para giro entre resguardo superior e inferior Fuente: Nacto –Cycles Tracks

8.12.1.3 Caja de seguridad para giro entre carril bicicleta y cruce peatonal. Figura 37

Señalización Caja de seguridad entre calzada y cruce peatonal. Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.12.1.4 Señalización en intersecciones para giros de vehículos no motorizados en intersección de varios sentidos.

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Figura 38

Señalización caja de seguridad entre calzada y cruce peatonal. Fuente: PMCVG 8.12.2

Señalización carril bicicleta en intersección sin caja de seguridad (también recomendada para espacio no semaforizado), con giro derecha para vehículos motorizados Figura 39

Marcas de pavimento en intersección (sin caja de seguridad para el ciclista) con aproximación a carril de giro derecha para vehículos motorizados Fuente: ASHTO

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8.12.2.1 Opción A Figura 40

Señalización de cruces preferencia para el ciclista Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.12.2.2 Opción B Figura 41

Señalización de cruces preferencia para el ciclista Fuente: Nacto –Cycles Tracks

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8.12.2.3 Opción C

Figura 42

Alternativa para cruce ciclovía segregada / carretera Señalización cruce con pintura en pavimento que indica preferencia para el ciclista Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.12.3

Señalización recomendada para cruce en intersección. Figura 43

Líneas de pavimento para cruce de ciclistas en intersección Fuente: INEN 8.12.3.1 Señalización opción B para cruce en intersección. Figura 44

Líneas de pavimento para cruce de ciclistas en intersección con banda de seguridad color verde

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Fuente: Nacto –Cycles Tracks

8.12.3.4 Demarcación de transición en el pavimento, carril bicicleta, acompañado de caja de seguridad para ciclistas en intersección semaforizada, paso peatonal, con señalización recomendada para intersecciones con cruce de ciclistas (líneas de pavimento con banda de seguridad color verde). En el espacio entre la caja de seguridad y el vehículo motorizado se recomienda complementar, al menos en una etapa inicial, con leyenda sobre el pavimento que diga “ESPERE AQUÍ” para evitar que el vehículo a motor invada la caja de seguridad. Figura 47

Señalización recomendada para cruce en intersección semaforizada, con caja de seguridad para ciclistas. Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.12.4 Señalización en cruce de ciclovía y entrada vehicular Figura 48

Demarcación de cruces preferencia para el ciclista Fuente: Nacto –Cycles Tracks 8.12.5

Cruce ciclovía unidireccional con carretera

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Figura 49

Señalización para cruce ciclovía segregada / carretera Fuente: MUCTD 8.12.5.1 Cruce ciclovía bidireccional con carretera opción B. Incluye rompe velocidades. Figura 50

Señalización para cruce ciclovía segregada / carretera Fuente: PMCVG 8.12.5.3 Cruce ciclovía en segregada con carretera en intercambiador con reductor de velocidad

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Figura 52

Señalización para cruce ciclovía segregada / carretera Fuente: PMCVG

8.12.5.5 Cruce ciclovía en espaldón con carretera antes de incorporación de carril en intercambiador Figura 54

Señalización cruce de ciclovía en espaldón, en intercambiador. Fuente: MUCTD

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8.12 Flechas Son marcas en el pavimento que indican los sentidos de circulación de los ciclistas y se utilizarán como señales de reglamentación para los ciclistas. Se ubicarán en las intersecciones a una distancia de 2 metros antes de la línea de detención o pare. Cuando las intersecciones estén separadas más de 300 metros entre sí, la flecha deberá repetirse cada 150 metros.

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9. Redondeles Para determinar el diseño en los redondeles, es preferible optar por carriles bicicleta y prescindir de vías compartidas en la calzada y de la implementación de cualquier tipo de separadores en el interior de la rotonda por razones de seguridad. 9.1 Carril bicicleta en redondeles. Este se debe señalizar con doble línea continua blanca y con la señal de bicicleta, dirección al inicio de cada giro (opcional la palabra “Solo”). Figura 55

Señalización de carril bicicleta en redondel Fuente: ITDP 9.2 Ciclovía Segregada (cruce en redondel). Este se debe señalizar con doble línea continua blanca y con la señal de bicicleta, dirección al inicio de cada giro (opcional la palabra “Solo”). Figura 56

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10. DISPOSITIVOS DELINEADORES PARA DEFINIR VÍAS

TRANSITABLES PARA LAS CICLOVÍAS

10.1 Aspectos Generales Los dispositivos para el control del tránsito juegan un papel fundamental para el desarrollo de una vía segura, útil y atractiva para las bicicletas. Se trata de una parte importante cuando se habla de una ciudad y un país amable con el ciclista. 10.2 Ubicación. Estos dispositivos deben ser instalados respetando el ancho mínimo del carril unidireccional para ciclovías que es de 1,20 cm de tal forma que garantice la circulación en bicicleta en un espacio adecuado, brinde seguridad de los ciclistas y evite la invasión de este espacio por parte de vehículos motorizados. 10.3 Propósito. Estos elementos físicos se encuentran en la vía o en sus inmediaciones con el objeto de proporcionar a los usuarios de trasporte no motorizado un espacio exclusivo para su circulación. 10.4 Separadores viales. Conocidos normalmente como: bordillos montables, encauzadores, boyas, tachones entre otros. Son elementos fabricados en materiales plásticos (Acrilonitrilo Butadieno Estireno) ABS, conocido también como plástico de ingeniería por alta resistencia al impacto, que tienen en su cara frontal lentes reflectantes a la luz y son de color amarillo. 10.4.1 Separadores viales tipo Tachones. Figura 58

Especificaciones Alto 40 mm Ancho 200 mm Largo 120 mm Colocación cada 250 mm 10.4.2

CAPACIDAD 27 Toneladas +- 50 Toneladas Deformación Sin Fractura Con Recuperación De 10% Bajo Carga De 96 Toneladas 1090 Kg/Cm2 Sin Mostrar Desgarre Presión De 3.250 Kg Sin Mostrar Fracturas

Separador viales tipo Encarrilador. La parte superior del encarrilador estará formada por una superficie curva con forma de joroba, que une las dos caras frontales que tienen dos tipos de inclinación, una de menor ángulo en el plano vertical (mayor drasticidad) que se coloca adyacente al flujo de tránsito de los vehículos motorizados y la de mayor ángulo que se ubica lindando con el carril de tránsito destinado a vehículos no motorizados. Todos los bordes que unen y las caras del encarrilador serán redondeados.

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Figura 59

Capacidad

Capacidad

Alto 85 mm Ancho 150 mm

27 Toneladas +- 50 Toneladas Deformación Sin Fractura Con Recuperación De 10% Bajo Carga De 96 Toneladas 1090 Kg/Cm2 Sin Mostrar Desgarre Presión De 3.250 Kg Sin Mostrar Fracturas

Largo 400 mm Colocación cada 300 mm

10.4.4 Separador vial tipo Delineador de Carril Exclusivo Figura 60

CAPACIDAD Alto 150 mm Ancho 150 mm Largo 1m Colocación cada 300 mm

CAPACIDAD 27 Toneladas +- 50 Toneladas Deformación Sin Fractura Con Recuperación De 10% Bajo Carga De 96 Toneladas 1090 Kg/Cm2 Sin Mostrar Desgarre Presión De 3.250 Kg Sin Mostrar Fracturas

9.4.5 Separador vial tipo Delineador de Carril Exclusivo B.- Ayuda a delimitar carriles de ciclo vías; son dispositivos sólidos fabricados en materiales plásticos (Acrilonitrilo Butadieno Estireno) ABS, conocido también como plástico de ingeniería por alta resistencia al impacto.

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Figura 61

Especificaciones Largo 300 mm Ancho 150 mm Alto 100 mm Colocación cada 300 mm

Capacidad 27 Toneladas +- 50 Toneladas Deformación Sin Fractura Con Recuperación De 10% Bajo Carga De 96 Toneladas 1090 Kg/Cm2 Sin Mostrar Desgarre

11. SEMAFORIZACION 10.1 En el paso de las Ciclovías por intersecciones semaforizadas, es necesario el análisis del tiempo que tarda el ciclista en pasar la intersección y las pérdidas de capacidad de la intersección, con el fin de garantizar el paso seguro a los ciclistas. Para brindar una adecuada señalización en dichas intersecciones, se deben tener en cuenta los siguientes criterios básicos:    

El tiempo en la fase verde del semáforo para el paso de ciclistas, como mínimo deberá corresponder al tiempo dado para el cruce de peatones. El tiempo en la fase verde del semáforo para el cruce de peatones deberá permitir el paso con seguridad de los ciclistas y si éstos no pasan en su totalidad, se deberá garantizar por lo menos un separador lo suficientemente amplio para la acumulación de bicicletas mientras el semáforo autoriza completar el cruce. Se deberán evitar circuitos cerrados para el cruce de ciclistas y peatones. Se deberán semaforizar o señalizar los giros vehiculares izquierdos.

El hecho de tener dos franjas de cruce en el acceso de la intersección, una peatonal y otra para ciclistas, deberá generar un retraso en la ubicación de la línea de retención de los vehículos y en la ubicación del semáforo, ampliando los tiempos de despeje. 10.2 Dispositivos luminosos. Los semáforos para ciclista pueden ser utilizados en las intersecciones con el objeto de disminuir conflictos y facilitar la movilización segura de los ciclistas. En toda vialidad donde exista una infraestructura ciclista se deberán colocar semáforos ciclistas en aquellas intersecciones que ya se encuentren semaforizadas para otros usuarios.

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En todos los casos, deben tener una altura máxima de 3.50m. Además, deben estar sincronizados con los semáforos vehiculares, dejando de 3 a 5 segundos de preferencia para el arranque. Figura 64

12. ILUMINACIÓN La iluminación es el principal factor de seguridad para que los ciclistas puedan usar las ciclovías en ausencia de la luz solar. La iluminación permite al ciclista ver la dirección de la ciclovías, las condiciones de la superficie y los obstáculos. Es necesario que el ciclista que atraviesa una vía sea visible a los conductores de los vehículos automotores, no sólo cuando entran a la intersección, sino antes de ella. Es preciso, por tanto, que la presencia del ciclista se destaque, lo cual puede ser obtenido prolongando la iluminación de la vía más allá de la intersección; por lo que se recomienda iluminar la ciclovía 50 m. antes de cruce. La iluminación de las ciclovías es importante, debido a que no todas las bicicletas disponen un sistema de alumbrado adecuado para observar y ser observados, es decir, para: - Garantizar la percepción adecuada de la vía, sus límites - Posibilitar la visión de obstáculos, vehículos y peatones - Identificar la señalización - Facilitar el reconocimiento de las vías y lugares por donde transitan los ciclistas. - Asegurar la percepción del ciclista por parte del resto de usuarios de la vía. - Proporcionar un grado de seguridad ciudadana adecuada y transmitir esta sensación de seguridad. En algunos casos, la iluminación prevista para el tráfico motorizado o el peatonal puede ser suficiente para el tráfico ciclista. En otras ocasiones puede ser necesaria una iluminación adicional, por ejemplo, cuando entre la calzada y la acera o la ciclovía exista cierta distancia, siendo insuficiente la iluminación suministrada por los postes de alumbrado público destinada a la calzada. Cuando se prevea la instalación de iluminación exclusiva para ciclovías, los puntos de luz deben situarse a una altura de 4 o 5 m. y la separación entre postes o farolas debe estar comprendida entre los 20 y 40 m. dependiendo de la localización de la ciclovía; en zonas de edificaciones consolidadas (zonas residenciales) la separación ha de ser de unos 20 m.; mientras que en zonas sin construir, debe oscilar entre 30 m. en las zonas arboladas y 40 m. en las zonas abiertas (descampadas). Para realizar los estudios del diseño de ciclovías debe evaluarse la necesidad de incorporar el aspecto de iluminación a fin de que éstas sean usadas en horarios nocturnos, dentro de las condiciones de seguridad que éstas deben tener.

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13. BIBLIOGRAFIA 

American Association of State Highway and Transportation Officials (ASHTO). “Guide for development of bicycle facilities”, USA, 1999.



Ayuntamiento de Victoria Gasteiz. “Plan de Movilidad Ciclista de Victoria Gasteiz”, ESP, 2010.



Federal Highway Administration. “MUTCD”, USA, 2009.



Institute for Transportation and Development Policy (ITDP). “Ciclociudades”, MX, 2011.



Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN). “Reglamento Técnico Ecuatoriano para Señalización Víal”, ECU, 2011.



National Association of City Transportation Officials (NACTO). “Urban bikeway design guide”, USA, 2011



Municipio del Distrito Metropolitano de Quito (MDMQ). “Propuesta de señalización para ciclovías”, ECU, 2010

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INDICE INTRODUCCIÓN ................................................................................................................................ 2 OBJETO ............................................................................................................................................... 2 CAMPO DE APLICACIÓN ................................................................................................................ 2 DEFINICIONES .................................................................................................................................. 2 CONDICIONES GENERALES .......................................................................................................... 3 DISPOSICIONES ESPECÍFICAS ...................................................................................................... 4 DIMENSIONES BÁSICAS DE LAS CICLOVIAS Y VELOCIDAD DE CIRCULACIÓN ............... 5 SEÑALIZACIÓN VERTICAL .......................................................................................................... 10 SEÑALIZACIÓN HORIZONTAL .................................................................................................... 28 REDONDELES ................................................................................................................................. 49 DISPOSITIVOS DELINEADORES PARA DEFINIR VÍAS TRANSITABLES PARA LAS CICLOVÍAS ...................................................................................................................................... 50 SEMAFORIZACIÓN ......................................................................................................................... 52 ILUMINACIÓN ................................................................................................................................. 53 BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................................ 54

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