RESUMEN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE VALORES DE RENTA FIJA

RESUMEN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE VALORES DE RENTA FIJA De los requisitos de comunicación que se conocen como “Elementos” se elaboran resúmenes. Dich

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RESUMEN DEL PROGRAMA DE EMISIÓN DE VALORES DE RENTA FIJA De los requisitos de comunicación que se conocen como “Elementos” se elaboran resúmenes. Dichos Elementos se enumeran en las Partes A – E (A.1 – E.7). Este resumen contiene todos los Elementos que han de incluirse en un resumen relativo a los Valores de Renta Fija (“Notes”) y el Emisor. Puesto que no es necesario que ciertos Elementos sean incluidos en el resumen, es posible que la numeración de estos no sea correlativa. Aunque puede que la naturaleza de los Valores de Renta Fija y del Emisor obligue a recoger un Elemento concreto en el resumen, es posible que no pueda ofrecerse información relevante acerca de dicho Elemento. En ese caso, se incluye una breve descripción del mismo seguido de la mención “No Aplicable”. Parte A - Introducción y advertencias Elemento

Título

A.1

Advertencia e introducción:

Este resumen debe leerse como introducción al Folleto Base (“Base Prospectus”). Toda decisión de invertir en los Valores de Renta Fija debe tomar en consideración el Folleto Base en su conjunto, incluidos los documentos que sean incorporados por referencia. Si se interpusiera ante un tribunal una demanda relativa a la información contenida en el presente Folleto Base, cabe la posibilidad de que el Derecho nacional del Estado miembro del Espacio Económico Europeo donde se incoe la acción obligue al demandante a soportar el coste de la traducción de dicho documento antes de que dé comienzo el procedimiento judicial. Se exigirá responsabilidad civil a aquellas personas que hayan presentado el resumen, incluida toda traducción del mismo, pero solo si dicho resumen es engañoso, inexacto o incoherente en relación con las demás partes del Folleto Base o no aporta, cuando se lee en relación con el resto, información clave que ayude a los Inversores en la toma de su decisión de invertir en los Valores de Renta Fija.

A.2

Consentimiento:

Resumen del programa: El Emisor puede dar su consentimiento al uso del Folleto Base y los correspondientes Condiciones Finales (“Final Terms”) para la reventa posterior o la colocación final de Valores de Renta Fija por intermediarios financieros a los que el Emisor ha dado su consentimiento para que hagan uso del Folleto Base (“Oferente Autorizado”), siempre que la reventa posterior o colocación final de Valores de Renta Fija por tales intermediarios financieros se haga durante el Período de Oferta especificado en las correspondientes Condiciones Finales. Dicho consentimiento puede estar sujeto a las condiciones correspondientes para el uso del Folleto Base. En relación con la Oferta Pública de Valores de Renta Fija PD No Exentos (“Public Offer of Non-Exempt PD Notes”), el Emisor acepta su responsabilidad, en la Jurisdicción de la Oferta Pública (“Public Offer Jurisdiction”), respecto al contenido del presente Folleto Base de acuerdo con el Artículo 6 de la Directiva de Folletos en relación

con toda oferta de Valores de Renta Fija (“Non-Exempt PD Notes”) a cualquier persona (en lo sucesivo, el “Inversor”) a la que se dirija dicha oferta a través de un Oferente Autorizado, cuando la oferta se realice de conformidad con todas las condiciones que conlleva la prestación del consentimiento. Consentimiento: Con sujeción a las condiciones que se exponen a continuación en el apartado “Condiciones comunes para el consentimiento”: (a)

(b)

el Emisor presta su consentimiento a la utilización del presente Folleto Base (como se complemente su momento oportuno, si procede) en relación con la Oferta Pública de Valores de Renta Fija PD No Exentos en la Jurisdicción de la Oferta Pública por parte del Distribuidor (“Dealer”) y de las personas que se indican a continuación: (i)

todo intermediario financiero designado Oferente Autorizado Inicial (“Initial Authorised Offeror”) en las Condiciones Finales (“Final Terms”) correspondientes; y

(ii)

todo intermediario financiero designado con posterioridad a la fecha de las Condiciones Finales cuyo nombre se publique en el sitio web del Emisor (www.rabobank.com) y figure como Oferente Autorizado respecto de la Oferta Pública correspondiente; y

si (y sólo si) la Parte B de las Condiciones Finales correspondientes recoge el “Consentimiento General” como “Aplicable”, el Emisor se ofrece a prestar su consentimiento a la utilización de este Folleto Base (y, en su caso, sus suplementos) en relación con una Oferta pública de Valores de Renta Fija PD No Exentos en la Jurisdicción de la Oferta Pública por parte de todo intermediario financiero que reúna las siguientes condiciones: (i)

disponga de autorización para efectuar dichas ofertas a tenor de la legislación por la que se traspone la Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros; y

(ii)

acepte la oferta del Emisor para la prestación del consentimiento a la utilización de este Folleto Base mediante la publicación en su sitio web de una declaración en la que conste su consentimiento a la utilización del Folleto Base de conformidad con los Términos del Oferente Autorizado (“Authorised Offeror Terms”) y con sujeción a las condiciones de dicho consentimiento.

Condiciones comunes para el consentimiento: Las condiciones para que el Emisor preste su consentimiento al uso de este Folleto Base en el contexto de la Oferta Pública son (además de las condiciones descritas en el párrafo (b) anterior si la Parte B de las Condiciones Finales recoge el “Consentimiento

2

General” como “Aplicable”) que dicho consentimiento: (a)

sólo sea válido respecto del Tramo de Valores de Renta Fija PD No Exentos;

(b)

sólo sea válido durante el Periodo de Oferta (“Offer Period”) que se especifique en las Condiciones Finales; y

(c)

sólo se extiende a la utilización del presente Folleto Base para realizar Ofertas Públicas del correspondiente Tramo de Valores de Renta Fija PD No Exentos en las Jurisdicciones de la Oferta Pública conforme a lo previsto en las Condiciones Finales correspondientes.

Resumen específico de la emisión Consentimiento: Con sujeción a las condiciones descritas a continuación, el Emisor consiente en el uso del Folleto Base en relación con la Oferta Pública (tal y como se define a continuación) de los Valores de Renta Fija por parte [del/ de los] Distribuidor[es], [●] [y] [todo intermediario financiero cuyo nombre se publique en el sitio web del Emisor (www.rabobank.com) y figure como Oferente Autorizado respecto de la Oferta Pública correspondiente][todo intermediario financiero que disponga de autorización para efectuar dichas ofertas a tenor de la legislación por la que se traspone la Directiva 2004/39/CE (en lo sucesivo, la “Directiva relativa a los Mercados de Instrumentos Financieros”)] y publique en su sitio web la siguiente declaración (cumplimentándose con los datos oportunos la información entre corchetes): “Nosotros, [razón social del intermediario financiero], nos remitimos a [nombres de los Valores de Renta Fija relevantes] (los “Valores de Renta Fija”) descritos en las Condiciones Finales de fecha [incluir fecha] (en lo sucesivo, las “Condiciones Finales”) publicadas por Coöperatieve Rabobank U.A. (Rabobank Structured Products) (en lo sucesivo, el “Emisor”) (“Issuer”). Por el presente, aceptamos el consentimiento ofrecido por el Emisor a que utilicemos el Folleto Base (con sujeción a su definición en las Condiciones Finales) en relación con la oferta de Valores de Renta Fija en [Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Portugal, España, Suecia y Reino Unido] (en lo sucesivo, la “Oferta Pública”) (“Public Offer”) de conformidad con los Términos del Oferente Autorizado (“Authorised Offeror Terms”) y con sujeción a las condiciones de dicho consentimiento, tal y como se especifican en el Folleto Base, y hacemos uso de dicho documento en consonancia en lo que respecta a la Oferta Pública.” Por “Oferta Pública” de Valores de Renta Fija se entenderá toda oferta de Valores de Renta Fija (salvo de conformidad con el artículo 3(2) de la Directiva de Folletos) en [Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Portugal, España, Suecia y Reino Unido] durante el Periodo de Oferta que se especifica a continuación. Junto con el Distribuidor[es], aquellas personas a las que el Emisor presta su consentimiento de conformidad con las disposiciones que anteceden son los “Oferentes Autorizados” (“Authorised Offerors”) de dicha Oferta Pública. Periodo de Oferta: El Emisor presta el consentimiento anterior a las

3

Ofertas Públicas de Valores de Renta Fija durante el periodo comprendido entre el [●] y el [●] (en lo sucesivo, el “Periodo de Oferta”) (“Offer Period”). Condiciones para el consentimiento: Las condiciones para el consentimiento del Emisor (además de los requisitos antedichos) son que dicho consentimiento (a) sólo sea válido respecto del correspondiente Tramo de Valores de Renta Fija; (b) sólo sea válido durante el Periodo de Oferta; [y] (c) sólo se extienda a la utilización del Folleto Base para realizar Ofertas Públicas del correspondiente Tramo de Valores de Renta Fija en [Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Noruega, Portugal, España, Suecia y Reino Unido] [y (d) [●]]. Todo inversor que pretenda adquirir o adquiera Valores de Renta Fija en el marco de una Oferta Pública a través de un Oferente Autorizado distinto del Emisor lo hará teniendo en cuenta que la oferta y la venta de dichos Valores de Renta Fija a Inversores se hará de conformidad con las condiciones y otras disposiciones vigentes entre el Oferente Autorizado y dicho Inversor, incluyendo las relativas al precio, las asignaciones, los gastos y la liquidación. Todo Inversor debe solicitar al Oferente Autorizado en el momento de la Oferta Pública la información relativa a las condiciones de la misma y este último será el único responsable de dicha información. [No aplicable. Los Valores de Renta Fija han sido ofertados en base a la excepción establecida en el Artículo 3(2) de la Directiva de Folletos. El Emisor no ha prestado su consentimiento a ningún intermediario financiero ni a ningún otro oferente para el uso del Folleto Base en relación a cualquier oferta de los Valores de Renta Fija.]

Parte B – Emisor Elemento

Título

B.1

Razón social y denominación comercial del Emisor:

El nombre legal del Emisor es Coöperatieve Rabobank U.A.

B.2

Domicilio y personalidad jurídica del Emisor, legislación conforme a la cual opera y país de constitución:

El domicilio social del Emisor está situado en Ámsterdam, es una sociedad cooperativa (coöperatie) y obra inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio con número 30046259. El Emisor opera conforme a la legislación de los Países Bajos.

B.4b

Descripción de las tendencias conocidas que afecten al Emisor y

Los resultados de explotación del Grupo Rabobank se ven afectados por condiciones de mercado de diversa índole, incluidos los ciclos económicos, las fluctuaciones de los mercados de valores, así como de los tipos de interés y de cambio y el aumento

La denominación comercial del Emisor es “Rabobank Structured Products”.

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a los sectores en los que opera:

de la competencia. El deterioro de las condiciones económicas, o la incapacidad del Grupo Rabobank para prever dichos cambios o actuar frente a los mismos podría tener un efecto material adverso en las previsiones, negocio, condición financiera y resultado de explotación del Grupo Rabobank. El Emisor considera que es probable que se prolongue en 2016 el contexto de tipos de interés relativamente bajos en el que ha operado en un pasado relativamente reciente, con su consiguiente repercusión en los resultados del Grupo.

B.5

Descripción del Grupo del Emisor y de la posición del Emisor en el Grupo:

El Grupo Rabobank es un proveedor internacional de servicios financieros que opera atendiendo a principios de cooperación. El Grupo Rabobank está formado por el Emisor y sus filiales y sociedades participadas tanto en los Países Bajos como en el extranjero.

B.9

Previsión o estimación de beneficios:

No aplicable. El Emisor no ha publicado ninguna previsión ni estimación de beneficios.

B.10

Salvedades del informe de auditoría:

Los informes del auditor independiente referente a los estados financieros auditados del Emisor correspondientes a los ejercicios cerrados el 31 de diciembre de 2014 y el 31 de diciembre de 2015 no contienen reservas.

B.12

Información financiera seleccionada:

Los datos financieros seleccionados que siguen a continuación se derivan de los estados financieros consolidados auditados del Grupo Rabobank a 31 de diciembre de 2014 y 2015 correspondientes a dichos ejercicios, junto con los cuales debe leerse.

Estados financieros consolidados: A 31 de diciembre de 2015

2014

(en millones EUR) Activo Efectivo y saldos en bancos centrales ................................................................ 64.943

43.409

Préstamos y anticipos a entidades de crédito ................................ 31.210

45.962

Activos financieros de negociación................................................................ 3.472

4.279

Activos financieros designados a valor razonable

2.196

4.325

Derivados................................................................ 48.113

56.489

Préstamos y anticipos a clientes ................................ 458.618 Activos financieros disponibles

5

37.773

461.787 39.770

para su venta ................................ Inversiones en entidades asociadas y joint ventures ................................ 3.672

3.807

Fondo de comercio y otro inmovilizado inmaterial ................................ 1.493

2.059

Inmovilizado material ................................

7.765

7.148

381

452

Inmuebles de inversión................................

Activos por impuestos corrientes................................ 193

211

Activos por impuestos diferidos ................................ 2.390

2.501

Otros activos................................................................ 7.999

8.560

Activos no corrientes mantenidos para su venta ................................

155

Total activo................................................................ 670.373

327 681.086

A 31 de diciembre de 2015

2014

(en millones EUR) Pasivo Depósitos de entidades de crédito ................................................................ 19.038

18.066

Depósitos de clientes................................ 337.593

326.288

Valores de deuda emitidos ................................ 174.991

189.060

Derivados y otros pasivos comerciales................................................................ 55.129

67.560

Otros pasivos................................

8.050

8.047

Pasivos financieros designados a valor razonable

16.991

19.744

Provisiones ................................................................ 993

794

Pasivos fiscales corrientes ................................230

255

Pasivos por impuestos diferidos ................................ 575

473

Pasivos subordinados................................ 15.503

Total pasivo

629.093

11.928

642.215

Patrimonio neto Fondos propios Rabobank y entidades locales de Rabobank................................ 25.706

6

24.894

Instrumentos de capital emitidos directamente Certificados emitidos (por miembros) de Rabobank (“Rabobank (Member) Certificates”) ................................................................ 5.949

Valores de Capital (“Capital Securities”)................................................................ 7.826

13.775

5.931

6.349

12.280

Instrumentos de capital emitidos por filiales Valores de Capital (“Capital Securities”)................................................................ 176 Valores fiduciarios preferentes III a VI (“Trust Preferred Securities III to VI”)

181

1.131

1.043

1.307

1.224

Otros intereses minoritarios................................492

473

Total patrimonio neto ................................ 41.280

38.871

Total patrimonio neto y pasivo................................ 670.373

681.086

Cuenta de resultados consolidada A 31 de diciembre de 2015

2014

(en millones EUR) Ingresos por intereses ................................ 17.593 Gastos por intereses................................

18.638

8.454

9.520

Ingresos por intereses netos................................ 9.139

9.118

Ingresos por comisiones y honorarios................................................................ 2.077

2.075

Gastos por comisiones y honorarios................................................................ 185

196

Ingresos por comisiones y honorarios netos ................................

1.892

Ingresos de entidades asociadas ................................ 366

7

1.879 145

Ingresos netos de activos y pasivos financieros a valor razonable a través de la cuenta de resultados ................................

603

Ganancias /(pérdidas) por activos financieros disponibles para su venta ................................................................ 148 Otros resultados ................................

219

418

866

1.110

Ingresos................................................................ 13.014

12.889

Costes de personal................................

4.786

5.086

Otros gastos administrativos ................................ 2.916

2.532

Depreciación................................................................ 443

437

Gastos de explotación ................................8.145

8.055

Pérdidas por deterioro de valor correspondientes al fondo de comercio ................................................................ 623

32

Cargos por deterioro de valor en préstamos ................................................................ 1.033

2.633

Cargas regulatorias……………………… …

344

488

2.869

1.681

655

(161)

2.214

1.842

880

620

De los cuales atribuibles a los titulares de los Certificados emitidos (por Rabobank (“Rabobank Certificates”)................................ 387

385

De los cuales atribuibles a los Valores de Capital (“Capital Securities”)................................................................ 809

705

De los cuales atribuibles a valores fiduciarios preferentes III a IV (“Trust Preferred Securities III to IV”) ................................................................63

74

Beneficio de explotación antes de impuestos................................ Gastos derivados de obligaciones fiscales................................

Beneficio neto ................................ De los cuales atribuibles a Rabobank y a las entidades locales de Rabobank ................................

8

De los cuales atribuibles a otros intereses minoritarios................................

75

58

Beneficio neto del ejercicio ................................ 2.214

1.842

Cambio importante/significativo: No se han registrado cambios importantes en la posición financiera o comercial del Emisor ni del Grupo Rabobank, como tampoco se han producido cambios importantes adversos en la situación o las perspectivas financieras del Emisor ni del Grupo Rabobank desde el 31 de diciembre de 2015. B.13

Acontecimientos importantes recientes relativos a la solvencia del Emisor:

No se han producido acontecimientos recientes relativos al Emisor que sean importantes para evaluar su solvencia.

B.14

Grado de dependencia del Emisor de otras entidades del Grupo:

No aplicable. El Emisor no depende de otras entidades del Grupo Rabobank.

B.15

Actividades principales del Emisor:

El Grupo Rabobank es un proveedor de servicios financieros a nivel internacional que opera y actúa respetando los principios de cooperación. Sus servicios comprenden banca minorista banca mayorista, banca privada, leasing y negocio inmobiliario.

9

B.16

Grado en el que el Emisor es directa o indirectamente propiedad de o está controlado por:

No aplicable. El Emisor no es propiedad de ni está controlado directamente por nadie.

B.17

Grados de solvencia asignados al Emisor o a sus obligaciones:

Resumen del Programa: Se espera que Fitch otorgue la calificación de AA- a los Valores de Renta Fija sénior a largo plazo emitidos en virtud del Programa de Rabobank. En el marco del Programa, se espera que Moody's otorgue la calificación de Aa2 a los Valores de Renta Fija sénior no garantizados, mientras que se prevé que Standard & Poor's otorgue la calificación de A+ a los Valores de Renta Fija sénior con vencimiento a un año o más. Los depósitos a largo plazo y la deuda senior de Rabobank se encuentran calificados como AA (high) por DBRS. Los Tramos de Valores de Renta Fija que se emitan en virtud del Programa podrán disponer o no de calificación. Cuando deba calificarse un Tramo de Valores de Renta Fija, dicha calificación no tendrá que coincidir necesariamente con la calificación atribuida al Emisor, al Programa o a los Valores de Renta Fija ya emitidos en virtud del Programa. Resumen específico de la emisión: [A los Valores de Renta Fija a emitir [no se les ha otorgado]/[se les ha otorgado la]/[se espera que se les otorgue la] calificación [de [●] por [●]].] La calificación de un título no constituye una recomendación de compra, venta o tenencia de dicho título y podrá ser objeto de suspensión, reducción o retirada en cualquier momento por parte de la correspondiente agencia de calificación.

Parte C – Valores Elemento

Título

C.1

Tipo y clase de los Pagarés:

Resumen del programa: Los Pagarés que se describen en la presente nota de síntesis son obligaciones susceptibles de emisión en el marco del Programa de 15.000.000.000 EUR. Los Pagarés se emitirán en series (siendo cada una de ellas una “Serie”) con una o más fechas de emisión y con sujeción a idénticas condiciones por todo lo demás (o idénticas a excepción de la fecha de emisión y del primer pago de intereses), estando previsto que los Pagarés de cada Serie sean intercambiables con todos los demás Pagarés de esa misma Serie. Cada Serie podrá emitirse en tramos (siendo cada uno de ellos un “Tramo”) en la misma o en distintas fechas de emisión. Las condiciones específicas de cada Tramo se cerrarán en

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las condiciones finales (en lo sucesivo, las “Condiciones finales”). Los Valores de Renta Fija podrán emitirse al portador (en lo sucesivo, los “Valores de Renta Fija al Portador”), o únicamente con carácter nominativo (en lo sucesivo, los “Valores de Renta Fija Nominativos”). Los Valores de Renta Fija Nominativos no podrán canjearse por Valores de Renta Fija al Portador, como tampoco podrán canjearse aquellos Valores de Renta Fija al Portador por Valores de Renta Fija Nominativos. En el momento de la emisión, cada Tramo de los Valores de Renta Fija al Portador se representará por un Valor de Renta Fija Global (“Global Note”) temporal al portador sin cupones de intereses (cada uno de ellos, el “Valor de Renta Fija Temporal”) si (a) los Valores de Renta Fija definitivos se ponen a disposición de los Titulares de los Valores de Renta Fija transcurridos 40 días desde que se complete la distribución de dicho Tramo o si (b) dichos Valores de Renta Fija presentan un vencimiento inicial superior a un año y su emisión se realiza de conformidad con TEFRA D (tal y como se definen en el Elemento C.5 posterior). En su defecto, el Tramo se representará mediante un Valor de renta fija global permanente (el “Valor de Renta Fija Global permanente”). Los Valores de Renta Fija Nominativos se representarán mediante certificados (en lo sucesivo, los “Certificados”), emitiéndose un Certificado respecto de la totalidad de Valores de Renta Fija Nominativos de una misma Serie propiedad de cada Titular. Aquellos Certificados que representen Valores de Renta Fija Nominativos a nombre de un titular de uno o más sistemas de compensación se denominarán “Certificados Globales”. Los Certificados Globales se inscribirán a nombre del titular de uno o más sistemas de compensación. Resumen específico de la emisión: Número de serie:

[●]

Número del Tramo

[●] [Los Valores de Renta Fija deben estar consolidados, formar una serie única, y ser intercambiables a efectos de comercialización con [introducir descripción de las Series (los “Valores de Renta Fija Existentes”).]

Valor nominal agregado: [(i)] Serie:

[●]

[(ii) Tramo:

[●]]

Precio de emisión:

[●] por ciento de la Cantidad Nominal Agregada [más intereses devengados desde [●]]

Representación de los Valores de Renta Fija

[●]

Código ISN:

[●]

11

[(En caso de ser fungible con una serie existente, insertar:) [Mientras está pendiente la consolidación con los Valores de Renta Fija existentes: [●] Después de la consolidación con los Valores de Renta Fija Existentes: [●]] Código común: C.2

Divisas:

[●]

Resumen del programa: Con sujeción al cumplimiento de las leyes, los reglamentos y las directivas correspondientes, podrán emitirse los Valores de Renta Fija en toda aquella moneda que pacten el Emisor y el (los) Distribuidor(es) oportunos. Resumen específico de la emisión: La Moneda Específica (“Specified Currency”) de los Valores de Renta Fija es [●].

C.5

Descripción de cualquier restricción sobre la libre transmisibilidad de los Valores de Renta Fija:

Resumen del programa: El Emisor y el (los) Distribuidor(es) acuerdan regirse por determinadas restricciones habituales en la oferta, la venta y la entrega de Valores de Renta Fija, así como en la distribución de los materiales de la oferta en Estados Unidos, el Espacio Económico Europeo, Reino Unido, Países Bajos, Australia, Singapur, Francia, Japón, Hong Kong, Macao, Emiratos Árabes Unidos, Centro Financiero Internacional de Dubái, Catar, Italia, Hungría, Lituania, Brasil, Israel, Mónaco, Taiwán, México, Turquía, Sudáfrica, Rusia, Nueva Zelanda, Jordania, Suiza, Ucrania, Canadá, Suecia, China, Noruega, San Marino, Argentina, Chile, España, Guernsey y Corea del Sur. A los efectos del Reglamento S (Regulation S) de Estados Unidos, serán de aplicación las restricciones de venta de Categoría 2. En caso de que los Valores de Renta Fija al Portador se ofrecieran a personas no estadounidenses o a determinadas personas estadounidenses elegibles, dichos Valores de Renta Fija se emitirán de conformidad con el artículo 1.163-5(c)(2)(i)(D) del Reglamento del Tesoro estadounidense (“U.S. Treasury Regulations”) (o cualesquiera normas que se dicten en su sustitución en una forma sustancialmente idéntica a los efectos de la Sección 4701 del U.S. Internal Revenue Code de 1986 en su versión consolidada (el “Código”)) (en lo sucesivo, “TEFRA D”) salvo que (i) las Condiciones Finales dispongan la emisión de los Valores de Renta Fija de conformidad con el artículo 1.1635(c)(2)(i)(C) del Reglamento del Tesoro estadounidense (o cualesquiera normas que se dicten en su sustitución en una forma sustancialmente idéntica a los efectos de la Sección 4701 del Código) (en lo sucesivo, “TEFRA C”) o (ii) los Valores de Renta Fija se emitan sin atender a TEFRA D o TEFRA C, pero en aquellas circunstancias en las que los Valores de Renta Fija no conlleven “obligaciones imperativas de registro” a efectos del impuesto federal estadounidense sobre la renta, quedando recogidas dichas circunstancias en las Condiciones Finales

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correspondientes como operación a la que no resulta aplicable la Ley estadounidense de equidad tributaria y responsabilidad fiscal (“Tax Equity and Fiscal Responsibility Act, TEFRA”). En caso de distribución con sujeción a la Norma 144A (“Rule 144ª”), los Valores de Renta Fija se emitirán con carácter nominativo, tal y como estos son definidos en el artículo 5f.103-1(c) del Reglamento temporal estadounidense (“U.S. Temporary Regulation”). Resumen específico de la emisión: El Emisor y el (los) Distribuidor(es) acuerdan regirse por determinadas restricciones habituales en la oferta, la venta y la entrega de Valores de Renta Fija, así como en la distribución de los materiales de la oferta en [introducir las jurisdicciones oportunas]. Restricciones de venta en Estados Unidos: Cumplimiento del Reglamento S (“Regulation S”), Categoría 2. [TEFRA C][TEFRA D][TEFRA no aplicable]. C.8

Descripción de los derechos vinculados a los Valores de Renta Fija:

Prelación (rango): Los Valores de Renta Fija, y los Recibos, Cupones (“Coupons”) y Talones (según proceda) relativos a los mismos, constituirán obligaciones no garantizadas y no subordinadas del Emisor y tendrán la misma prelación, sin que exista preferencia alguna entre ellos ni respecto de ninguna otra obligación presente o futura (con sujeción a lo antedicho) no subordinada y no garantizada del Emisor (salvo las excepciones que pueda disponer la legislación aplicable). Fiscalidad: Todos los pagos de principal e intereses relativos a los Valores de Renta Fija y los Recibos, los Cupones y los Talones (según proceda) cursados por o en nombre del Emisor se harán libres de impuestos, gravámenes, tasaciones o cargas administrativas y exentos de retenciones o deducciones con independencia del modo en que se impongan, graven, cobren, tasen o retengan en los Países Bajos (o cualquier otra jurisdicción pertinente del Emisor), o por cualquier otra autoridad de dichos países que se halle facultada para gravar impuestos, salvo que la ley exija tal deducción o retención. En tal caso, el Emisor —salvo en determinadas circunstancias limitadas— deberá abonar a los Titulares de los Valores de Renta Fija a los Titulares de los Cupones y a los Titulares de Recibos (según proceda) los importes que habrían percibido en caso de no haberse exigido tal retención o deducción. Supuestos de incumplimiento: Las condiciones de los Valores de Renta Fija contemplan los siguientes supuestos de incumplimiento: (a)

si el Emisor incurre en incumplimiento, durante más de 30 días, de la obligación de pago de los intereses o del principal respecto de cualquiera de los Valores de Renta Fija;

(b)

si el Emisor no cumple con alguna de sus obligaciones en virtud de los Valores de Renta Fija y dicho incumplimiento persiste durante los 60 días siguientes al momento en que se le dé traslado de una

13

notificación instándole a su subsanación; (c)

si el Emisor se declara en concurso, se designa un administrador concursal, se dicta una resolución o se adopta un acuerdo efectivo para la disolución, liquidación o administración de este (salvo en los casos de reorganización o fusión cuyas condiciones hayan aprobado los Titulares de los Valores de Renta Fija en una junta) o se presente una solicitud de declaración (siempre que no se revoque en un periodo de 30 días) o se efectúe una declaración de conformidad con el Artículo 3:160 de la Ley de supervisión financiera (“Wet op het financieel toezicht”) tal y como se modificó en su momento respecto de el Emisor;

(d)

si el Emisor llega a un acuerdo con sus acreedores en general o dichas medidas se imponen de manera general; y

(e)

si el Emisor deja de desempeñar la totalidad o una parte sustancial de su actividad (salvo en los casos de reorganización o fusión cuyas condiciones hayan aprobado los Titulares de los Valores de Renta Fija en una junta).

Juntas: Podrán convocarse juntas de los Titulares de los Valores de Renta Fija con el fin de deliberar sobre aspectos que afecten a sus intereses en general. En virtud de las presentes disposiciones las mayorías previstas podrán vincular a todos los titulares de los Valores de Renta Fija, incluidos aquellos que no participaran en la votación de los acuerdos correspondientes y aquellos Titulares que votaran en contra de la mayoría. Ley aplicable: Los Valores de Renta Fija, Recibos, Cupones y Talones (según proceda) así como las demás obligaciones no contractuales que se deriven de o guarden relación con estos se regirán e interpretarán de conformidad con las leyes de los Países Bajos. C.9

Disposiciones en materia de intereses, vencimiento y amortización, rendimiento y representante de los Titulares de los Valores de Renta Fija:

Intereses: Resumen del programa: Valores de Renta Fija a Tipo Fijo (“Fixed Rate Notes”): Los Valores de Renta Fija a Tipo Fijo devengan intereses a un(os) tipo(s) fijo(s) especificados en las correspondientes Condiciones Finales. La tasa de interés se mantendrá constante. En caso de que las correspondientes Condiciones Finales especifiquen que es aplicable el concepto de intereses por moneda no entregable, los intereses serán pagaderos en una moneda diferente a la especificada, según se indica en las correspondientes Condiciones Finales. Valores de Renta Fija a Tipo Variable (“Floating Rate Notes”): Los Valores de Renta Fija a Tipo Variable devengan intereses a un tipo variable determinado (a) del mismo modo que el tipo de interés variable aplicable a una operación de swap de tipos de interés con un valor nominal determinado en la correspondiente Moneda Específica con arreglo a un contrato que incorpore las Definiciones de ISDA 2006, o (b) con base en una tasa de interés de referencia que aparezca en el servicio comercial de cotización acordado, junto con el margen (positivo

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o negativo) (en su caso). De resultar aplicable, el margen se mantendrá constante, a no ser que las Condiciones Finales correspondientes prevean que tal margen en cualquier período en que se devengue interés aumentará o disminuirá en comparación con el período de devengo precedente. Valores de Renta Fija Con Cupón Cero (“Zero Coupon Notes”): Los Valores de Renta Fija Con Cupón Cero se ofrecerán y venderán bajo descuento, o al 100 por cien, respecto de su valor nominal. Los Valores de Renta Fija Con Cupón Cero no devengarán interés y el inversor no recibirá ningún pago hasta la amortización de los Valores de Renta Fija. Valores de Renta Fija a Tipo Modificable (“Variable Rate Notes”): Los Valores de Renta Fija a Tipo Modificable devengan intereses a un tipo inicial determinado que podrá modificarse en una o más fechas establecidas durante la vida de los Valores de Renta Fija, bien mediante notificación a los Tenedores de los valores (donde la variación queda a la opción del Emisor) o automáticamente en tales fechas. Los tipos de interés de los Valores de Renta Fija a Tipo Modificable podrán ser calculados del mismo modo que para los Valores de Renta Fija a Tipo Fijo, los Valores de Renta Fija de Tipo Variable, los Valores de Renta Fija Vinculados a CMS, los Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso, los Valores de Renta Fija con Rango de Devengo o los Valores de Renta Fija Con Cupón Cero. Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso (“Inverse Floating Rate Notes”): Los Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso devengan intereses (en su caso) a un tipo que se obtiene por referencia a un tipo variable (determinado de acuerdo con (a) o (b) del párrafo anterior sobre los “Valores de Renta Fija a Tipo Variable”) o la suma matemática o la diferencia entre dichos tipos variables (el “Tipo Inverso”), pudiendo determinarse una cantidad mínima. El tipo de interés aplicable a un determinado período de devengo se calcula mediante una de las siguientes fórmulas (tal y como aparecen recogidas en las Condiciones Finales correspondientes): INV(1): EL tipo de interés se calculará detrayendo de un margen el tipo de referencia correspondiente o el tipo variable determinado como opción (según sea el caso). INV(2): El tipo de interés se calculará multiplicando un tipo inverso por un factor de apalancamiento y detrayendo el resultado de un margen, INV(3): El tipo de interés se calculará multiplicando un tipo inverso por un factor de apalancamiento y sustrayendo el resultado del tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior. INV(4): El tipo de interés se calculará (a) multiplicando la suma de un tipo de interés inverso y un margen por un factor de apalancamiento y (b) sustrayendo la cantidad resultante en (a) de un tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior. INV(5): El tipo de interés se calculará (a) multiplicando un tipo de interés inverso por un factor de apalancamiento y (b) sustrayendo la cantidad resultante en (a) de la suma del tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior y un margen.

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INV(6): El tipo de interés será el mayor de (a) un tipo de interés inverso multiplicado por un factor de apalancamiento, y el resultado sustraído de un margen, y (b) la suma de otro margen y el tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior. INV(7): El tipo de interés será el inferior de (a) un tipo de interés inverso multiplicado por un factor de apalancamiento, y el resultado sustraído de un margen, y (b) la suma de otro margen y el tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior. INV(8): El tipo de interés será el inferior de (a) el mayor de (i) el resultado de sustraer a un margen un tipo de interés inverso multiplicado por un factor de apalancamiento, y (ii) la suma de otro margen y el tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior, y (b) la suma de otro margen y el tipo de interés calculado para el período de devengo inmediatamente anterior. Valores de Renta Fija Vinculados a CMS (“CMS Linked Notes”): Los Valores de Renta Fija Vinculados a CMS devengan intereses (en su caso) a un tipo de interés determinado por referencia a uno o más tipos de swaps. La cantidad de intereses que resultan a pagar es proporcional bien a un solo tipo de swap, bien a la suma matemática o diferencia entre dos de dichos tipos de permuta o bien es calculada de acuerdo con otra de las fórmulas indicadas abajo, y pueden estar sometidos a unas cantidades máximas o mínimas. El tipo de interés aplicable con respecto a un período de devengo de intereses se calcula por referencia a una de las siguientes fórmulas (tal y como aparecen recogidas en las Condiciones Finales correspondientes): CMS(1): El tipo de interés será igual a un tipo CMS. CMS(2): El tipo de interés será igual a un tipo CMS más un margen. CMS(3): El tipo de interés será igual a un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y un margen que se añada al resultado. CMS(4): El tipo de interés será igual a un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento. CMS(5): El tipo de interés será igual al resultado de multiplicar un tipo CMS más un margen y un factor de apalancamiento. CMS(6): El tipo de interés será igual a la diferencia entre dos tipos CMS diferentes. CMS(7): El tipo de interés será el producto de (a) la diferencia entre dos tipos CMS diferentes, y un margen añadido al resultado, y (b) un factor de apalancamiento. CMS(8): El tipo de interés será la suma de (a) el producto de (i) la diferencia entre dos tipos CMS diferentes y (ii) un factor de apalancamiento, y (b) un margen. CMS(9): El tipo de interés será el mayor de entre (a) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y un margen añadido al resultado, y (b) un tipo aplicable (que, para evitar cualquier duda, será un tipo distinto al tipo CMS) multiplicado por otro factor de apalancamiento y otro margen añadido al resultado, CMS(10): El tipo de interés será el menor de entre (a) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y un margen añadido al resultado, y (b) un tipo aplicable (que, para evitar cualquier duda, será

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un tipo distinto al tipo CMS) multiplicado por otro factor de apalancamiento, y otro margen añadido al resultado, CMS(11): El tipo de interés será el mayor de entre (a) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado, y (b) otro tipo CMS multiplicado por otro factor de apalancamiento, y otro margen añadido al producto, CMS(12): El tipo de interés será el menor de entre (a) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado, y (b) otro tipo CMS multiplicado por otro factor de apalancamiento, y otro margen añadido al producto, CMS(13): El tipo de interés será la diferencia entre (a) el mayor de (i) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado anterior, y (ii) un tipo de interés mínimo, y (b) el mayor de (i) otro tipo CMS multiplicado por otro factor de apalancamiento, y otro margen añadido al resultado anterior, y (ii) otro tipo de interés mínimo. CMS(14): El tipo de interés será la diferencia entre (a) el menor de (i) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado anterior, y (ii) un tipo de interés máximo, y (b) el menor de (i) otro tipo CMS multiplicado por otro factor de apalancamiento, y otro margen añadido al resultado anterior, y (ii) otro tipo de interés máximo. CMS(15): El tipo de interés será el mayor de entre (a) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado, y (b) el producto de (i) la diferencia entre dos tipos CMS, y un margen añadido al resultado, y (ii) otro factor de apalancamiento. CMS(16): EL tipo de interés será el menor entre (a) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y un margen añadido al resultado, y (b) el producto de (i) la diferencia entre dos tipos CMS, y un margen añadido al resultado, y (ii) otro factor de apalancamiento. CMS(17): El tipo de interés será la suma de un margen y el producto de un factor dependiente de apalancamiento por el mayor de (a) la suma de (i) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y (ii) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y un margen añadido al resultado, y (b) la suma de (i) un tipo CMS multiplicado por un factor dependiente de apalancamiento y (ii) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado. CMS(18): El tipo de interés será la suma de un margen y el producto de un factor de apalancamiento por el menor de (a) la suma de (i) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y (ii) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y un margen añadido al resultado, y (b) la suma de (i) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento y (ii) un tipo CMS multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado. CMS(19): El tipo de interés será el producto de (a) (i) en primer lugar, se añadirá un margen a un tipo CMS, (ii) en segundo lugar, la cantidad resultante de (i) anterior multiplicada por un factor de apalancamiento y uno añadido a aquel resultado, (iii) en tercer lugar, la cantidad resultante calculada en (ii) anterior elevada a una potencia y de ahí se sustrae uno, y (b) otro factor de apalancamiento.

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CMSRA(1): El tipo de interés será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango, y (b) un tipo aplicable (que podrá ser un tipo CMS), donde la “Fracción de Devengo en un Rango” es la fracción resultado del cociente entre (i) el número de días de fijación del tipo de interés en los que, durante el período de devengo correspondiente, un tipo de interés acumulable caiga dentro o fuera de un rango específico y (ii) el número total de días en que se fije el tipo de interés en el correspondiente período de devengo. CMSRA(2): El tipo de interés será el producto de (a) la Fracción de Devengo en un Rango y (b) la suma de un tipo aplicable (que podría ser un tipo CMS) y el margen. CMSRA(3): El tipo de interés aplicable con respecto a cualquier período de devengo será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango y (b) la suma de (i) un tipo aplicable (que podrá ser un tipo CMS) multiplicado por un factor de apalancamiento. CMSRA(4): El tipo de interés aplicable con respecto a cualquier período de devengo será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango y (b) el menor de (i) un tipo aplicable (que podrá ser un tipo CMS) multiplicado por un factor de apalancamiento a cuyo resultado se añade un margen y (ii) un tipo máximo de interés. CMSRA(5): El tipo de interés aplicable con respecto a cualquier período de devengo será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango y (b) el mayor de (i) un tipo aplicable (que podrá ser un tipo CMS) multiplicado por un factor de apalancamiento a cuyo resultado se añade un margen y (ii) un tipo mínimo de interés. En caso de que las correspondientes Condiciones Finales especifiquen que es aplicable el concepto de suelo global, si en la fecha de vencimiento la suma de todos los importes de intereses pagados hasta la fecha de vencimiento (inclusive) (la “Suma de Intereses Pagados”) es menor que el importe del suelo global (el “Importe del Suelo Global”), en la fecha de vencimiento será pagadero un importe adicional de intereses equivalente al Importe del Suelo Global menos la Suma de los Intereses Pagados. Valores de Renta Fija con Rango de Devengo (“Range Accrual Notes”): Los Valores de Renta Fija con Rango de Devengo devengan intereses (en su caso) a un tipo variable obtenido por referencia a un tipo variable (determinado de acuerdo con los párrafos (a) o (b) del párrafo anterior sobre los “Valores de Renta Fija a Tipo Variable”) dependiendo de cuántos días el mencionado tipo variable se sitúe por arriba o por debajo de una barrera o dentro de un rango determinados (en función de si ciertas condiciones se cumplen) durante un período de observación determinado. Los intereses se calculan por referencia a una de las siguientes fórmulas (tal y como aparecen recogidas en las Condiciones Finales correspondientes): RAN(1): El tipo de interés será el producto de (a) un tipo de interés aplicable y (b) una Fracción de Devengo en un Rango, donde la “Fracción de Devengo en un Rango” es la fracción resultante del cociente de (i) el número de días de fijación del tipo de interés en los que, durante el período de devengo correspondiente, un tipo de interés acumulable se sitúe dentro o fuera de un rango específico y (ii) el número total de días de fijación del tipo de interés en el período de

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devengo correspondiente. RAN(2): El tipo de interés será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango y (b) la suma de un tipo aplicable y un margen. RAN(3): El tipo de interés será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango y (b) un tipo aplicable multiplicado por un factor de apalancamiento y a un margen añadido al resultado. RAN(4): El tipo de interés será el producto de (a) una Fracción de Devengo en un Rango y (b) el menor de (i) un tipo aplicable multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado y (ii) el tipo máximo de interés. RAN(5): El tipo de interés será el producto de (a) una Fracción de Devengo dentro de un Rango y (b) el mayor de (i) un tipo aplicable multiplicado por un factor de apalancamiento, y un margen añadido al resultado, (ii) un tipo de interés mínimo. En caso de que las correspondientes Condiciones Finales especifiquen que es aplicable el concepto de suelo global, si en la fecha de vencimiento la suma de todos los importes de intereses pagados hasta la fecha de vencimiento (inclusive) (la “Suma de Intereses Pagados”) es menor que el importe del suelo global (el “Importe del Suelo Global”), en la fecha de vencimiento será pagadero un importe adicional de intereses equivalente al Importe del Suelo Global menos la Suma de los Intereses Pagados. Valores de Renta Fija “Ratchet”: Los Valores de Renta Fija “Ratchet” devengan intereses a un tipo variable apalancado establecido al que se añade un margen, sujeto a un importe mínimo y a un importe máximo que se ajustan en cada periodo de devengo de intereses. El importe máximo aplicable a un periodo de devengo de intereses se determina utilizando el tipo de interés que se ha pagado en el periodo inmediatamente anterior (el “Cupón Anterior”) más un aumento máximo sobre dicho Cupón Anterior. El importe mínimo aplicable a un periodo de devengo de intereses se determina utilizando el Cupón Anterior más un aumento mínimo, o disminución mínima, sobre dicho Cupón. Este importe mínimo asegura que el interés aplicable a un periodo no caiga por debajo de un tipo de interés determinado en relación con el Cupón Anterior. Valores de Renta Fija con Cupón Contingente: Los Valores de Renta Fija con Cupón Contingente devengan intereses (en su caso) a un tipo variable obtenido por referencia a uno o varios Subyacentes (tal y como se definen en el apartado C.20) ya sean observados en una fecha determinada o durante una serie de fechas en un periodo determinado. Los intereses se calculan por referencia a una de las siguientes fórmulas (tal y como aparecen recogidas en las Condiciones Finales correspondientes): Cupones Condicionados sin Memoria- Subyacente Único: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado si el valor del Subyacente se encuentra, en la fecha pertinente, en el umbral establecido o por encima de él. De lo contrario, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente. Cupones Condicionados sin Memoria- Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a

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un tipo determinado si el valor de cada Subyacente de un conjunto (“basket”) se encuentra, en la fecha pertinente, en el umbral establecido o por encima de él. Si el valor de cualquiera de los Subyacentes comprendidos en el conjunto está por debajo de dicho umbral en la fecha pertinente, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente. Cupones Condicionados con Memoria- Subyacente único: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado si el valor del Subyacente se encuentra, en la fecha pertinente, en el umbral establecido o por encima de él. Si el valor está por debajo de dicho umbral, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente, aunque el tipo de interés se verá incrementado, respecto de cada periodo de devengo de intereses sucesivo, por un factor que refleje el número de periodos consecutivos anteriores que han tenido lugar sin que se hayan pagado intereses. Los Valores de Renta Fija no devengan intereses si el valor del Subyacente está por debajo del umbral establecido en todas las fechas pertinentes durante la vida de los Valores de Renta Fija. Cupones Condicionados con Memoria- Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado si el valor de cada Subyacente de un conjunto se encuentra, en la fecha pertinente, en el umbral establecido o por encima de él. Si en la fecha pertinente el valor de uno o varios Subyacentes del conjunto está por debajo de dicho umbral, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente, aunque el tipo de interés se verá incrementado, respecto de cada periodo de intereses sucesivo, por un factor que refleje el número de periodos consecutivos anteriores que han tenido lugar sin que se hayan pagado intereses. Los Valores de Renta Fija no devengan intereses si el valor de uno o varios Subyacentes está por debajo del umbral establecido en todas las fechas pertinentes durante la vida de los Valores de Renta Fija. Rango de Devengo – Subyacente Único: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al número de días en un periodo establecido en el que el valor de cierre de un Subyacente se encuentra en el umbral establecido o por encima de él, o en un rango determinado en comparación con el número de días del periodo pertinente. Si el valor del Subyacente se mantiene por debajo del umbral establecido o fuera del rango determinado durante todo el periodo pertinente, no se pagarán intereses en el periodo de intereses correspondiente. Rango de Devengo – Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al número de días en un periodo establecido en el que el valor de cierre del Subyacente con peores rendimientos de un conjunto, en cualquier fecha de dicho periodo, se encuentra en el umbral establecido o por encima de él, o en un rango determinado en comparación con el número de días del periodo pertinente. Si el valor del Subyacente con peores rendimiento se mantiene por debajo del umbral establecido o fuera del rango determinado durante todo el periodo pertinente, no se pagarán intereses en el periodo de intereses correspondiente.

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Bono de Recuperación (Bonus Recovery) - Subyacente Único: Si el valor del Subyacente se encuentra en el umbral establecido o por encima de él, los Valores de Renta Fija devengarán un interés a un tipo determinado por referencia al aumento en el valor de un Subyacente en relación con un valor inicial, sujeto a un tipo de interés mínimo establecido. De lo contrario, no se pagarán intereses respecto del periodo de intereses correspondiente. Bono de recuperación (Bonus Recovery) – Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor de cada uno de los Subyacentes de un conjunto se encuentra en el umbral establecido o por encima de él en la fecha pertinente, los Valores de Renta Fija devengarán un interés a un tipo determinado por referencia al aumento en el valor del Subyacente con peor rendimiento en relación con el valor inicial establecido de este Subyacente, sujeto a un tipo de interés mínimo establecido. Si en la fecha pertinente el valor de cualquiera de los Subyacentes comprendidos en el conjunto cae por debajo del umbral establecido, no se pagarán intereses respecto del periodo de devengo de intereses correspondiente. Intereses vinculados a la inflación anual: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al cambio en el índice de inflación a lo largo de un periodo de un año, sujeto a un importe máximo y/o a un importe mínimo, si se establece que alguno o ambos deben aplicar. Si el rendimiento del índice de inflación produce resultados negativos, no se pagarán intereses. Intereses vinculados a la inflación con otra periodicidad: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al cambio en el índice de inflación a lo largo de un periodo determinado, sujeto a un importe máximo y/o a un importe mínimo, si se establece que alguno o ambos deben aplicar. Si el rendimiento del índice de inflación produce resultados negativos, no se pagarán intereses. Intereses Digitales: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia a uno o dos tipos determinados, dependiendo del valor en la fecha correspondiente de un Subyacente en relación a un umbral o rango establecidos. Intereses vinculados a tipos de cambio (FX): FX (1): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) determinados por referencia al rendimiento del tipo de cambio de dos monedas determinadas (un “Tipo FX”) multiplicado por un tipo determinado, a cuyo resultado se sustrae un importe determinado, sujeto a un importe máximo y/o mínimo si se establece que alguno o ambos deben aplicar. El rendimiento de este Tipo FX se calcula dividiendo su valor en una fecha determinada anterior a cada Fecha de Pago de Intereses Determinada por su valor inicial. FX(2): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) determinados por referencia al rendimiento de un Tipo FX determinado multiplicado por un tipo determinado, sujeto a un importe máximo y/o mínimo si se establece que alguno o ambos deben aplicar. El rendimiento de este Tipo FX se calcula dividiendo su valor en una fecha determinada anterior a cada Fecha de Pago de Intereses Determinada por su valor inicial.

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Intereses con rango de tipos de cambio (FX): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) determinados por referencia al rendimiento de un Tipo FX determinado. Si el Tipo FX está entre dos umbrales determinados, el interés se calcula con un tipo establecido. Si el Índice está fuera de dichos umbrales, se calculará con un tipo alternativo. Resumen específico de la emisión: [Valores de Renta Fija a Tipo Fijo (”Fixed Rate Notes”): Los Valores de Renta Fija son a tipo fijo. Los Valores de Renta Fija devengarán intereses desde el [●] al [●] por ciento anual pagaderos a [año][semestre][trimestre][mes] vencido todos los años el [●]. Indicación del rendimiento: [●] por ciento anual. [Moneda de intereses convertida: [●].] [Valores de Renta Fija a Tipo Variable (“Floating Rate Notes”): Los Valores de Renta Fija son a tipo variable. Los Valores de Renta Fija devengarán intereses a tipo variable desde el [●] [LIBOR][LIBID][LIMEAN][GBP-ISDA-Swap Rate][EURIBOR][EONIA][STIBOR][CNH HIBOR][EUR-ISDA-EURIBORSwap Rate][JPY-ISDA-Swap Rate][USD-ISDA-Swap Rate] [+/-] [●] por ciento] anual pagaderos a [año][semestre][trimestre][mes] vencido todos los años el [●], con sujeción a su revisión de conformidad con la [●] Convención sobre Días Hábiles.] [Valores de Renta Fija Con Cupón Cero (“Zero Coupon Notes”): Los Valores de Renta Fija no devengan intereses. El Rendimiento a la Amortización es del [●] por ciento anual.] [Valores de Renta Fija a tipo Modificable: De [●] a [●], los Valores de Renta Fija a Tipo Modificable [devengan intereses a un tipo [reproducir los datos de los Valores de Renta Fija a Tipo Fijo, los Valores de Renta Fija de Tipo Variable, los Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso, los Valores de Renta Fija Vinculados a CMS, o los Valores de Renta Fija con Rango de Devengo anteriores, según proceda]] [no devengan intereses. La Amortización aplicable a este periodo es [●].] De [●] a [●], [si el Emisor notifica a los tenedores de los Valores de Renta Fija mediante una Notificación de Variación], los Valores de Renta Fija a Tipo Modificable [devengan intereses a un tipo [reproducir los datos de los Valores de Renta Fija a Tipo Fijo, los Valores de Renta Fija de Tipo Variable, los Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso, los Valores de Renta Fija Vinculados a CMS, o los Valores de Renta Fija con Rango de Devengo anteriores, según proceda]] [no devengan intereses. La Amortización aplicable a este periodo es [●].] (Repetir si es necesario en caso de varios Periodos de Variación.) [Valores de Renta Fija de Interés Variable Inverso (“Inverse Floating Rate Notes”)]: Los Valores de Renta Fija son de Interés Variable Inverso. [Los Valores de Renta Fija devengarán intereses desde [●] de acuerdo con un tipo de interés variable del [●] por ciento – [LIBOR][LIBID][LIMEAN][GBP-ISDASwap Rate][EURIBOR][EONIA][STIBOR][CNH HIBOR][EUR-ISDA-

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EURIBOR-Swap Rate][JPY-ISDA-Swap Rate][USD-ISDA-Swap Rate]] [anual] pagadero a [año][semestre][trimestre][mes] vencido todos los años el [●], con sujeción a su revisión de conformidad con la [●] Convención sobre Días Hábiles.][Los Valores de Renta Fija devengarán intereses de acuerdo con la siguiente fórmula: [Especificar la fórmula recogida en INV(1), INV(2), INV(3), INV(4), INV(5), INV(6), INV(7), INV(8) de la Condición 5(d) según sea de aplicación]. Donde: [“Factor de Apalancamiento” (“Gearing Factor”)significa: [●];] [“Tipo Inverso” (“Inverse Rate”) significa [●];] [“Margen” (“Margin”) [, “Margen1” (“Margin1”) “Margen2” (“Margin2”) y “Margen3” (“Margin3”)] significa [●][,[●],[●] y [●]] respectivamente;] [y] [“Cupón Anterior” (“Previous Coupon”) significa [●].] [Valores de Renta Fija Vinculados a CMS: Los valores de Renta Fija están vinculados a CMS. Los Valores de Renta Fija devengarán intereses según la siguiente fórmula: [Especificar la fórmula recogida en CMS(1), CMS(2), CMS(3), CMS(4), CMS(5), CMS(6), CMS(7), CMS(8), CMS(9), CMS(10), CMS(11), CMS(12), CMS(13), CMS(14), CMS(15), CMS(16), CMS(17), CMS(18), CMS(19), CMSRA(1), CMSRA(2), CMSRA(3), CMSRA(4) or CMSRA(5) de la Condición 5(e) según sea de aplicación.] Donde: [“Rango de Devengo” (“Accrual Range”) significa [●];] [“Tipo de Devengo” (“Accrual Rate”) significa [●];] [“Tipo Aplicable” (“Applicable Rate”) significa [●];] [“Tipo CMS” (“CMS Rate”) [,“ [, “Tipo CMS1” (“CMS Rate1”), “Tipo CMS2” (“CMS Rate2”), “Tipo CMS3” (“CMS Rate3”) y “Tipo CMS4” (“CMS Rate4”)] significa [●][,[●],[●] [“Factor de Apalancamiento” (“Gearing Factor”) [, “Factor de Apalancamiento1” (“Gearing Factor1”), “Factor de Apalancamiento2” (“Gearing Factor2”), “Factor de Apalancamiento3” (“Gearing Factor3”) y “Factor de Apalancamiento4” (“Gearing Factor4”)] significa [●][, [●], [●],[●],[●] y [●]] respectivamente;] [“Margen”, [“Margen1”, “Margen2” y “Margen3”] significa [●] [,[●],[●]], [●][, [●] y [●]], respectivamente] [y] [“Tipo Mínimo de Interés” (“Minimum Rate of Interest”), “Tipo Mínimo de Interés1” (“Minimum Rate of Interest1”)], [“Tipo Mínimo de Interés2” (“Minimum Rate of Interest2”), Tipo Máximo de Interés” (“Maximum Rate of Interest”), “Tipo Máximo de Interés1” (“Maximum Rate of Interest1”)] y “Tipo Máximo de Interés2” (“Maximum Rate of Interest2”)] significa[n] [●][, [●], [●] y [●]], respectivamente]; [y] [“Fuerza” (“Power”) significa [●]] [Concepto de Suelo Global: Aplicable Porcentaje de Suelo Global: [●]] [Valores de Renta Fija con Rango de Devengo (“Range Accrual Notes”):

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Los valores de Renta Fija tienen rango de devengo. Los Valores de Renta Fija devengarán intereses según la siguiente fórmula: [Especificar la fórmula recogida en RAN(1), RAN(2), RAN(3), RAN(4) or RAN(5) de la Condición 5(f) según sea de aplicación.] Donde: [“Rango de Devengo” (“Accrual Range”)significa [●];] [“Tipo de Devengo” (“Accrual Rate”) significa [●];] [“Tipo Aplicable” (“Applicable Rate”) significa [●];] [“Factor de Apalancamiento” (“Gearing Factor”) significa: [●];] [y] [“Margen” (“Margin”), “Tipo Mínimo de Interés1” (“Minimum Rate of Interest”), y “Tipo Máximo de Interés1” (“Maximum Rate of Interest”) significa [●],[●] y [●] respectivamente.] [Concepto de Suelo Global: Aplicable Porcentaje de Suelo Global: [●]] [Valores de Renta Fija “Ratchet: Los Valores de Renta Fija son “Ratchet”. Los Valores de Renta Fija devengarán intereses al [especificar el Tipo de Referencia o la Opción del Tipo de Interés Variable] más [●] multiplicado por [●]], sujeto a un importe máximo del tipo de interés pagado en el periodo de intereses inmediatamente anterior (el “Cupón Anterior”) más [●] multiplicado por [●] y a un importe mínimo del Cupón Anterior más [●] multiplicado por [●]. Para el primer periodo de devengo de intereses, se considerará que el Cupón Anterior es [●].] [Valores de Renta Fija con Cupón Contingente: Los valores de Renta Fija son Valores de Renta Fija con Cupón Contingente. Los valores de Renta Fija devengan intereses (en su caso) a un tipo variable obtenido por referencia al (los) Subyacente(s) descritos en el apartado C.20, de acuerdo con lo siguiente: [Cupones Condicionados sin Memoria- Subyacente Único: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo del [●] por ciento si el valor del Subyacente en la fecha pertinente es [●] o superior. De lo contrario, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente.] [Cupones Condicionados sin Memoria- Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo del [●] por ciento si el valor de cada Subyacente de un conjunto (“basket”) en la fecha pertinente es [●] o superior. Si el valor en la fecha pertinente de cualquiera de los Subyacentes comprendidos en el conjunto está por debajo de [●] no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente.] [Cupones Condicionados con Memoria- Subyacente Único: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo del [●] por ciento si el valor del Subyacente en la fecha pertinente es [●] o superior. Si el valor en la fecha pertinente del Subyacente está por debajo de [●], no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente. aunque el tipo de interés se verá incrementado, respecto de cada periodo de devengo de intereses sucesivo, por un factor que refleje el número de periodos consecutivos anteriores que han tenido lugar sin

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que se hayan pagado intereses. Los Valores de Renta Fija no devengan intereses si el valor del Subyacente está por debajo del umbral establecido en todas las fechas pertinentes durante la vida de los Valores de Renta Fija.] [Cupones Condicionados con Memoria- Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo del [●] por ciento si el valor de cada Subyacente de un conjunto se encuentra, en la fecha pertinente, en el umbral establecido o por encima de él. Si en la fecha pertinente el valor de uno o varios Subyacentes del conjunto está por debajo de dicho umbral, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente, aunque el tipo de interés se verá incrementado, respecto de cada periodo de devengo de intereses sucesivo, por un factor que refleje el número de periodos consecutivos anteriores que han tenido lugar sin que se hayan pagado intereses. Los Valores de Renta Fija no devengan intereses si el valor de uno o varios Subyacentes está por debajo del umbral establecido en todas las fechas pertinentes durante la vida de los Valores de Renta Fija.] [Rango de Devengo – Subyacente Único: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al número de días en [determinar periodo de observación] en los que el valor de cierre del Subyacente es de [●] o superior][está dentro de [especificar rango] en comparación con el número de días del periodo pertinente. Si el valor del Subyacente se mantiene [por debajo de [●]][fuera de [especificar rango] durante todo el periodo pertinente, no se pagarán intereses en el periodo de intereses correspondiente.] [Rango de Devengo – Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al número de días en [determinar periodo de observación] en el que el valor de cierre del Subyacente con peor rendimiento de un conjunto en cualquier fecha de dicho periodo es de [●] o superior] [dentro de [especificar rango] en comparación con el número de días del periodo pertinente. Si el valor del Subyacente con peor rendimiento se mantiene [por debajo de [●]][fuera de [especificar rango] durante todo el periodo pertinente, no se pagarán intereses en el periodo de intereses correspondiente.] [Bono de Recuperación (Bonus Recovery) - Subyacente Único: Si el valor del Subyacente es [●] o superior, los Valores de Renta Fija devengarán un interés (en su caso) a un tipo del [●] por ciento más un tipo adicional establecido por referencia al aumento en el valor del Subyacente en relación con [establecer el valor inicial], sujeto a un mínimo de [●]; de lo contrario, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente.] [Bono de Recuperación (Bonus Recovery) – Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor de cada uno de los Subyacentes de un conjunto (“basket”) en la fecha pertinente es [●] o superior [especificar umbral pertinente], los Valores de Renta Fija devengarán un interés (en su caso) a un tipo del [●] por ciento más un tipo adicional establecido por referencia al aumento en el valor del Subyacente con peor rendimiento en relación con [establecer el valor inicial], sujeto a un mínimo de [●]. Si el valor de cualquiera de los Subyacentes comprendidos en el conjunto

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cae por debajo de dicho umbral en la fecha pertinente, no se pagarán intereses respecto del Periodo de Intereses correspondiente.] [Intereses vinculados a la inflación anual: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al cambio en el índice de inflación a lo largo de un periodo de un año, [sujeto a un importe máximo de [●]] [y] [a un importe mínimo de [●]]. Si el rendimiento del índice de inflación produce resultados negativos, no se pagarán intereses.] [Intereses vinculados a la inflación con otra periodicidad: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo determinado por referencia al cambio en el índice de inflación a lo largo de [●] [especificar periodo], [sujeto a un importe máximo de [●]] [y] [a un importe mínimo de [●]]. Si el rendimiento del índice de inflación produce resultados negativos, no se pagarán intereses.] [Intereses Digitales: Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) a un tipo del [●] si el valor del Subyacente es [igual o inferior a][igual o superior a] [●]] entre [especificar rango]; de lo contrario los Valores de Renta Fija devengan intereses a un tipo del [●] por ciento.] [Intereses vinculados a tipos de cambio (FX): [FX (1): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) determinados por referencia al rendimiento del Tipo FX pertinente multiplicado por [●], a cuyo resultado se sustrae [●][, sujeto a un importe máximo de [●]] [y] [a un importe mínimo de [●]]. El rendimiento de este Tipo FX se calcula dividiendo su valor en una fecha determinada anterior a cada Fecha de Pago de Intereses Determinada por su valor inicial.] [FX(2): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) determinados por referencia al rendimiento del Tipo FX pertinente multiplicado por [●][, sujeto a un importe máximo de [●]] [y] [a un importe mínimo de [●]]. El rendimiento de este Tipo FX se calcula dividiendo su valor en una fecha determinada anterior a cada Fecha de Pago de Intereses Determinada por su valor inicial.] [Intereses con rango de tipos de cambio (FX): Los Valores de Renta fija devengan intereses (en su caso) determinados por referencia al rendimiento del Tipo FX pertinente. Si el Tipo FX está entre [●] y [●], el interés se calcula a un tipo del [●]. Si el Índice está fuera de [●] y [●], se calculará a un tipo [●].] Vencimiento Resumen del programa: Con sujeción al cumplimiento de las leyes, los reglamentos y las directivas correspondientes, los Valores de Renta Fija tendrán un vencimiento de entre siete días y perpetuo, según lo pactado entre el Emisor y el Distribuidor pertinente en el momento de su emisión y lo acordado en las Condiciones Finales pertinentes. Salvo amortización o compra y cancelación anticipada, el Emisor deberá reembolsar los Valores de Renta Fija en la fecha de vencimiento correspondiente a un determinado porcentaje de su importe nominal. El Emisor y el Distribuidor correspondiente pactarán dicho porcentaje en el momento de la emisión de los mismos y se especificará en las Condiciones Finales pertinentes.

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Resumen específico de la emisión: [La fecha de vencimiento de los Valores de Renta Fija es [[●][la Fecha de Pago de Intereses que coincida con el día [●]1 o la más cercana a éste]. Salvo amortización o compra y cancelación anticipada, el Emisor deberá reembolsar los Valores de Renta Fija en la fecha de vencimiento al [●] por ciento de su importe nominal, o al importe calculado de acuerdo con la fórmula del Importe del Rembolso Final establecido en las Condiciones Finales correspondientes.] Rembolso Anticipado: Resumen del programa: Rembolso Automático Anticipado: Cuando se aplique el Rembolso Automático Anticipado, los Valores de Renta Fija serán automáticamente reembolsados antes de su vencimiento establecido cuando ocurran determinados acontecimientos, establecidos en las Condiciones Finales correspondientes en la fecha establecida de Rembolso Automático Anticipado. El importe en efectivo a pagar, respecto de cada importe calculado para cada Valor de Renta Fija (el “Importe de Cálculo”), en cada uno de dichos reembolsos anticipados será igual a un porcentaje determinado para cada Importe de Cálculo, junto con los intereses (en su caso) devengados hasta la fecha en la que los Valores de Renta Fija se reembolsen anticipadamente (excluyendo los intereses devengados en dicha fecha). Rembolso Anticipado Opcional: Cuando se aplique una “Opción de Compra”, los Valores de Renta Fija podrán ser rembolsados anticipadamente a opción del Emisor, notificándolo al Emisor con no menos de 15 ni más de 30 días (o cualquier otro periodo de notificación que puede establecerse en las Condiciones Finales correspondientes). Cuando se aplique una “Opción de Venta”, cada Valor de Renta Fija podrá ser rembolsado anticipadamente a opción del tenedor de dicho Valor de Renta Fija, notificándolo al Emisor con no menos de 15 ni más de 30 días (o cualquier otro periodo de notificación que puede establecerse en las Condiciones Finales correspondientes). Otros Rembolsos Anticipados: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados en su totalidad a opción del Emisor antes de su vencimiento, pero no parcialmente (i) por razones fiscales, o (ii) por razones de ilegalidad. Los Valores de Renta Fija también son rembolsables anticipadamente en su totalidad, pero no parcialmente, si (i) en el caso de Valores de Renta Fija vinculados a Materias Primas, Valores de Renta Fija vinculados a Índices de Materias Primas, Valores de Renta Fija vinculados a Índices de Acciones, Valores de Renta Fija vinculados a tipos de cambios (FX) o Valores de Renta Fija vinculados a Índices de Inflación, cuando tenga lugar una Causa Adicional de Interrupción que afecte al Subyacente correspondiente, el Emisor, a su absoluta

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Completar para los Valores de Renta Fija a Tipo Variable (“Floating Rate Notes”)

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discreción, decide hacerlo así, (ii) en el caso de Valores de Renta Fija vinculados a Índices de Acciones cuando tenga lugar una Causa de Ajuste Potencial, Exclusión de cotización, Causa de Fusión, Oferta Pública de Adquisición, Nacionalización, Insolvencia o Causa Adicional de Interrupción que afecte a los Valores, al Conjunto, o al (los) Emisor(es) de Acciones pertinentes, según proceda, el Emisor, a su absoluta discreción, decide hacerlo así, o (iii) en el caso de Valores de Renta Fija vinculados a Fondos, cuando tenga lugar una Causa Desencadenante, el Agente de Cálculo determina, a su absoluta discreción, que es necesario un rembolso anticipado. Resumen específico de la emisión: [Rembolso Automático Anticipado [Autocall – Subyacente Único: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados antes de su vencimiento establecido, en la fecha [●], si el valor del Subyacente es [●] o superior.] [Autocall – Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta Fija serán rembolsados antes de su vencimiento establecido, en la fecha [●], si el valor de cada uno de los Subyacentes del conjunto (“basket”) es [●] o superior.] [Autocall (Call Individual) – Subyacente Único: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados antes de su vencimiento establecido, en la fecha [●], [si el valor del Subyacente es igual o inferior a [●]][si el valor del Subyacente es igual o superior a [●]][si el valor del Subyacente es igual a o se encuentra entre [●]].] [Autocall (Call Individual) – Peor Resultado (Worst Performer): Los Valores de Renta Fija serán rembolsados antes de su vencimiento establecido, en la fecha [●], [si el valor de cada uno de los Subyacentes del conjunto es igual o inferior a [●]][si el valor de cada uno de los Subyacentes de un conjunto es igual o superior a [●]][si el valor de cada uno de los Subyacentes del conjunto es igual a o se encuentra entre [●]].] [El importe a pagar por Valor de Renta Fija en cualquiera de dichos rembolsos será de [●] por Importe de Cálculo, junto con los intereses (en su caso) devengados hasta la fecha en que los Valores de Renta Fija sean rembolsados anticipadamente (excluyendo los devengados en dicha fecha).] [Rembolso Anticipado Opcional [Opción de Compra [Los Valores de Renta Fija podrán ser rembolsados antes de su vencimiento establecido, en su totalidad o en parte, en la fecha [●] por un importe para cada Valor de Renta Fija igual a [●] por Importe de Cálculo, junto con los intereses (en su caso) devengados hasta la fecha en que los Valores de Renta Fija sean rembolsados anticipadamente (excluyendo los devengados en dicha fecha). Dicho reembolso anticipado estará sujeto a un Importe Mínimo de Rembolso de [●] y a un Importe Máximo de Rembolso de [●].] [Opción de Venta [Los Valores de Renta Fija podrán ser rembolsados antes de su vencimiento establecido a opción del tenedor de dicho Valor de Renta

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Fija, en la fecha [●] por un importe por Valor de Renta Fija igual a [●] por Importe de Cálculo, junto con los intereses (en su caso) devengados hasta la fecha en que los Valores de Renta Fija sean rembolsados anticipadamente(excluyendo los devengados en dicha fecha).] [Otros rembolsos anticipados [El importe por Valor de Renta Fija a pagar en cualquiera de dichos rembolsos anticipados será igual a [●] por Importe de Cálculo, junto con los intereses (en su caso) devengados hasta la fecha en que los Valores de Renta Fija sean rembolsados anticipadamente(excluyendo los devengados en dicha fecha).] Rembolso al vencimiento Resumen del programa: El importe del rembolso a pagar o entregar (según proceda) al vencimiento se calcula por referencia a una fórmula determinada para calcular el “Importe de Rembolso Final”, que determinará bien (a) un importe en efectivo a pagar en la fecha de vencimiento (ya sea determinado a través de dicha fórmula del Importe de Rembolso Final o calculado en base a una fórmula determinada para calcular el importe en efectivo (“Importe del Pago en Efectivo”)) o bien (b) un importe de activos que el Emisor deberá entregar al Titular de los Valores de Renta Fija (“Importe de Activo”), calculado de acuerdo con una fórmula para calcular el Importe de Activo determinada, según proceda. Importes del Rembolso Finales Rembolso a la Par/ con Descuento/con Prima: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par o a un porcentaje por Importe de Cálculo determinado (que podrá ser inferior (emitido con “descuento”) o superior (emitido con “prima”) al 100 por cien). En el caso de Valores de Renta Fija a Tipo Fijo en los que el Importe de Rembolso Final se especifique como “Rembolso a la Par”, el Importe de Rembolso Final será pagadero en una moneda diferente a la moneda especificada, si las correspondientes Condiciones Finales especifican que es aplicable el concepto de rembolso por moneda no entregable. Rembolso con Doble Moneda – Subyacente Único: Se pagará un importe en efectivo equivalente al Importe de Cálculo. La moneda de dicho importe en efectivo se determinará por referencia al aumento o disminución del valor de un tipo de cambio (FX). Si el tipo FX es (a) igual o superior, (b) igual o inferior, (c) superior o (d) inferior a un umbral determinado, dependiendo de la opción que se establezca en las Condiciones Finales correspondientes (cada una, una “Condición de Divisa”), el importe en efectivo se convertirá a una Moneda alternativa aplicando un tipo de cambio tal y como se establece en las Condiciones Finales correspondientes. Si la Condición de Divisa no se cumple, el importe en efectivo se deberá pagar en la moneda de los Valores de Renta Fija. Si el valor a la Par está determinado, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a este valor convertido según un tipo de cambio establecido. Rembolso con Doble Moneda – Rendimiento: Se pagará un importe en efectivo equivalente al Importe de Cálculo. La moneda de dicho importe

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en efectivo se determinará por referencia al aumento o disminución del valor de un tipo de cambio (FX) durante un periodo concreto (el “Rendimiento de FX”). Si el Rendimiento de FX es (a) igual o superior, (b) igual o inferior), (c) superior o (d) inferior a un umbral determinado, dependiendo de la opción que se establezca en las Condiciones Finales correspondientes (cada una, una “Condición de Divisa”), el importe en efectivo se convertirá a una moneda alternativa aplicando un tipo de cambio tal y como se establece en las Condiciones Finales pertinentes. Si la Condición de Divisa no se cumple, el importe en efectivo se deberá pagar en la moneda de los Valores de Renta Fija. Rembolso Estándar – Subyacente Único: Si el valor final del Subyacente es superior o igual a un umbral determinado, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del Importe del Pago en Efectivo o la fórmula del Importe de Activo establecida en las Condiciones Finales correspondientes, según proceda. Rembolso Estándar – Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor final de cada uno de los Subyacentes de un conjunto es superior o igual a un umbral determinado, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del Importe del Pago en Efectivo o la fórmula del Importe del Activo establecida en las Condiciones Finales correspondientes, según proceda. Rembolso Estándar – Conjunto: Si la suma de los valor finales de todos los Subyacentes del conjunto (“basket”) es superior o igual a un umbral determinado, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del Importe del Pago en Efectivo o la fórmula del Importe del Activo establecida en las Condiciones Finales correspondientes, según proceda. Rembolso con Barrera – Subyacente Único: Si el valor final del Subyacente es superior o igual a su precio de ejercicio (“strike”), los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la primera fórmula del Importe del Pago en Efectivo establecida en las Condiciones Finales correspondientes; si el valor final de los Subyacentes es inferior a su ejercicio e igual o superior a su barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final del Subyacente es inferior a la barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la segunda fórmula del Importe del Pago en Efectivo o con la fórmula de Importe de Activo, establecida en las Condiciones Finales correspondientes, según proceda. Rembolso con Barrera – Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor final de cada uno de los Subyacentes de un conjunto es superior o igual a su ejercicio, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la primera fórmula del Importe de Pago en Efectivo establecida en las Condiciones Finales correspondientes; si el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”) es inferior a su ejercicio e igual o superior a su barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final de cualquiera de los Subyacentes del conjunto es inferior a la barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la segunda fórmula del Importe del Pago

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en Efectivo o con la fórmula de Importe de Activo, establecida en las Condiciones Finales pertinentes, según proceda. Rembolso con Barrera Continua– Subyacente Único: Si el valor final del Subyacente es superior o igual a su ejercicio, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la primera fórmula del Importe del Pago en Efectivo establecida en las Condiciones Finales correspondientes; si el valor final del Subyacente es inferior a su ejercicio y no se ha traspasado una barrera determinada, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final del Subyacente es inferior a su ejercicio se ha traspasado una barrera determinada, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la segunda fórmula del Importe del Pago en Efectivo o con la fórmula de Importe de Activo, establecida en las Condiciones Finales pertinentes, según proceda. Rembolso con Barrera Continua– Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor final de cada uno de los Subyacentes en un conjunto (“basket”) es superior o igual a su ejercicio, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la primera fórmula del Importe del Pago en Efectivo establecida en las Condiciones Finales correspondientes; si el valor final de cualquiera de estos Subyacentes es inferior a su ejercicio y no se ha traspasado una barrera determinada, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final de cualquiera de estos Subyacente es inferior a su ejercicio y se ha traspasado una barrera determinada, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la segunda fórmula del Importe del Pago en Efectivo o con la fórmula de Importe de Activo, establecida en las Condiciones Finales correspondientes, según proceda. Importe Del Pago en Efectivo Rembolso a la Par/ con Descuento/con Prima: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par o a un porcentaje por Importe de Cálculo determinado (que podrá ser inferior o superior al 100 por cien). Si se determina que una de las siguientes fórmulas debe aplicar respecto a los Valores de Renta Fija, el importe a pagar en el vencimiento se determinará por referencia al rendimiento de uno o varios Subyacentes en un periodo de tiempo: Rendimiento – Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) que se calculará dividiendo el valor final del Subyacente por su valor inicial determinado. Rendimiento – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) que se calculará dividiendo el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”) por su valor inicial determinado. Rendimiento- Conjunto (Basket): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) que se calculará dividiendo el valor final todos los Subyacentes del conjunto por su valor inicial total determinado. Apalancamiento – Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor del Subyacente en relación con su valor inicial, cuyo importe se multiplica por un índice de apalancamiento

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determinado y con una deducción determinada. Apalancamiento – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor del Subyacente con peor rendimiento en un conjunto (“basket”) en relación con su valor inicial, cuyo importe se multiplica por un índice de apalancamiento determinado y con una deducción determinada. Apalancamiento con máximo (“cap”) - Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente en relación con su valor inicial, sujeto a un importe máximo determinado. Apalancamiento con máximo (“cap”) – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente con peor rendimiento en un conjunto (“basket”) en relación con su valor inicial, sujeto a un importe máximo determinado. Apalancamiento con máximo (“cap”) y mínimo (“floor”) - Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente en relación con su valor inicial, sujeto a un importe máximo y/o un importe mínimo determinados. Apalancamiento con máximo (“cap”) y mínimo (“floor”) – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente con peor rendimiento en un conjunto (“basket”) en relación con su valor inicial, sujeto a un importe máximo y/o un importe mínimo determinados. Rembolso vinculado al Índice de Inflación: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor de un índice de inflación en un periodo determinado, sujeto a un importe mínimo y a un importe máximo, según proceda. Rembolso vinculado al Rendimiento de tipos de cambio (FX)Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor de un Tipo FX, sujeto a un importe mínimo durante un periodo establecido, cuyo importe se multiplica por un índice de apalancamiento determinado. Rembolso vinculado al Rendimiento de tipos de cambio (FX)- Conjunto (Basket): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia a la media del aumento o disminución en el valor de un conjunto de tipos de cambio (FX), durante un periodo establecido. Importes de Activo La fórmula del “Importe de Activo” establecida determinará el importe de activos por Importe de Cálculo que el Emisor debe entregar al Tenedor de los Valores de Renta Fija a rembolsar (el “Importe de Activo”). En el caso de que este importe no resulte en un número entero de activos, el

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resto se pagará en efectivo. Subyacente Único – Sin Tipo de Cambio: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente. Subyacente Único –Tipo de Cambio para Monedas distintas de la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente, teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente. Subyacente Único –Tipo de Cambio para la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente, teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente, multiplicando el valor resultante por 100. Peor Resultado (Worst Performer) – Sin Tipo de Cambio: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”). Peor Resultado (Worst Performer) –Tipo de Cambio para Monedas distintas de la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”), teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente pertinente. Peor Resultado (Worst Performer) –Tipo de Cambio para la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”), teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente pertinente, multiplicando el valor resultante por 100. Resumen específico de la emisión: [El importe del rembolso a pagar [o entregar (según proceda)] al vencimiento se calcula por referencia [al valor del (de los) Subyacente(s) y] al “Importe de Rembolso Final”, cuya fórmula se especifica más adelante, y que determina [un importe en efectivo a pagar en la fecha de vencimiento (completar cuando el Importe de Rembolso Final sea a la Par/con Descuento/ con Prima)][un importe en efectivo a pagar en la fecha de vencimiento, determinado en el Importe de Rembolso Final pertinente o en el (los) Importe(s) de Pago en Efectivo especificados más adelante (completar si el Importe de Rembolso Final es otra fórmula y solo aplica el Importe del Pago en Efectivo)][, o un importe de activos a entregar al Titular de los Valores de Renta Fija, calculado de acuerdo con la fórmula del Importe de Activo establecida más adelante (incluir cuando aplica un Importe de Activo)]. Importes de Rembolso Finales [Rembolso [a la Par][con Descuento][con Prima]: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados al [a la par][●] por ciento por Importe de Cálculo.] [Rembolso con Doble Moneda – Subyacente Único: Se pagará un

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importe en efectivo equivalente al Importe de Cálculo. [La moneda de dicho importe en efectivo se determinará por referencia al aumento o disminución del valor de un tipo de cambio (FX). Si el Tipo FX es [igual o superior a][igual o inferior a][superior a][inferior a] [●],el importe en efectivo se convertirá a [especificar Segunda Moneda] aplicando un tipo de cambio [especificar Tipo de Cambio determinado]. Si la Condición de Divisa no se cumple, el importe en efectivo se deberá pagar en la moneda de los Valores de Renta Fija.][El Importe en Efectivo se convertirá a [especificar Segunda Moneda]] aplicando un tipo de cambio [especificar Tipo de Cambio determinado].] [Rembolso con Doble Moneda – Rendimiento del Subyacente: Se pagará un importe en efectivo equivalente al Importe de Cálculo. La moneda de dicho importe en efectivo se determinará por referencia al aumento o disminución del valor de un Tipo FX durante un periodo concreto (el “Rendimiento de FX”). Si el Rendimiento de FX es [igual o superior a][igual o inferior a ][superior a][inferior a] [●], el importe en efectivo se convertirá [especificar Segunda Moneda] aplicando un tipo de cambio [especificar Tipo de Cambio determinado]. Si la Condición de Divisa no se cumple, el importe en efectivo se deberá pagar en la moneda de los Valores de Renta Fija.] Rembolso Estándar – Subyacente Único: Si el valor final del Subyacente es superior o igual a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula [del Importe del Pago en Efectivo][del Importe de Activo] establecida más adelante. Rembolso Estándar – Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor final de cada uno de los Subyacentes de un conjunto (“basket”) es superior o igual a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula [del Importe del Pago en Efectivo][del Importe de Activo] establecida más adelante. Rembolso Estándar – Conjunto (Basket): Si la suma de los valores finales de todos los Subyacentes de un conjunto (“basket”) es superior o igual a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula [del Importe del Pago en Efectivo][del Importe de Activo] establecida más adelante. Rembolso con Barrera – Subyacente Único: Si el valor final del Subyacente es superior o igual a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [primera] fórmula del Importe de Pago en Efectivo establecida más adelante; si el valor final de los Subyacentes es inferior a [●] o superior a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final del Subyacente es inferior a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [segunda fórmula del Importe de Pago en Efectivo][fórmula de Importe de Activo], establecida más adelante. Rembolso con Barrera – Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor final de cada uno de los Subyacentes de un conjunto (“basket”) es superior o igual [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [primera] fórmula del Importe de Pago en Efectivo

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establecida más adelante; si el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto es inferior [●] e igual o superior a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final de cualquiera de los Subyacentes del conjunto es inferior a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [segunda fórmula del Importe de Pago en Efectivo][fórmula de Importe de Activo], establecida más adelante. Rembolso con Barrera Continua– Subyacente Único: Si el valor final del Subyacente es superior o igual a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [primera] fórmula del Importe de Pago en Efectivo establecida más adelante; si el valor final del Subyacente es inferior a [●] y no se ha producido la Causa de Traspaso de la Barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final del Subyacente es inferior a [●] y ha tenido lugar la Causa de Traspaso de la Barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [segunda fórmula del Importe de Pago en Efectivo][fórmula de Importe de Activo], establecida más adelante. La Causa de Traspaso de la Barrera aplicable es [Causa de Traspaso de la Barrera (Periodo de observación diario)][Causa de Traspaso de la Barrera (Cierre del periodo de observación)] [Causa de Traspaso de la Barrera (Cierre del día hábil de referencia)] Rembolso con Barrera Continua– Peor Resultado (Worst Performer): Si el valor final de cada uno de los Subyacentes en un conjunto (“basket”) es superior o igual a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [primera] fórmula del Importe de Pago en Efectivo establecida más adelante; si el valor final de cualquiera de estos Subyacentes es inferior a [●] y no se ha producido la Causa de Traspaso de la Barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; si el valor final de cualquiera de estos Subyacente es inferior a [●] y ha tenido lugar la Causa de Traspaso de la Barrera, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la [segunda fórmula del Importe de Pago en Efectivo][fórmula de Importe de Activo], establecida a continuación. La Causa de Traspaso de la Barrera aplicable es [Causa de Traspaso de la Barrera (Periodo de observación diario)][Causa de Traspaso de la Barrera (Cierre del periodo de observación)] [Causa de Traspaso de la Barrera (Cierre del día hábil de referencia)]. Importe De Pago en Efectivo [Rembolso [a la Par][con Descuento][con Prima]: Los Valores de Renta Fija serán rembolsados [a la par][al [●] por ciento por Importe de Cálculo].] [Rendimiento – Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) que se calculará dividiendo el valor final del Subyacente entre [especificar valor inicial del Subyacente]]. [Rendimiento – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) que se calculará dividiendo el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”) entre su valor inicial.] [Rendimiento – Conjunto (Basket): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) que se calculará dividiendo el valor final

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todos los Subyacentes del conjunto (“basket”) entre [especificar el valor inicial total del conjunto]. [Apalancamiento – Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor del Subyacente en relación con su valor inicial, cuyo importe se multiplica por [●] más [●] y menos [●].] [Apalancamiento – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor del Subyacente con peor rendimiento en un conjunto (“basket”) en relación con su valor inicial, cuyo importe se multiplica por [●] más [●] y menos [●].] [Apalancamiento con máximo (“cap”)- Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente en relación con [especificar el valor inicial del Subyacente], sujeto a un importe máximo de [●]. [Apalancamiento con máximo (“cap”)- Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente con peor rendimiento en un conjunto (“basket”) en relación con su valor inicial, multiplicado por [●] y sujeto a un importe máximo de [●]. [Apalancamiento con máximo (“cap”) y mínimo (“floor”) - Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente en relación con [especificar el valor inicial del Subyacente], sujeto a [un importe máximo de [●]] [y] [un importe mínimo de [●]].] [Apalancamiento con máximo (“cap”) y mínimo (“floor”) – Peor Resultado (Worst Performer): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución del apalancamiento en el valor del Subyacente con peor rendimiento en un conjunto (“basket”) en relación con su valor inicial, multiplicado por [●] y sujeto a [un importe máximo de [●]] [y] [un importe mínimo de [●]].] [Rembolso vinculado al Índice de Inflación: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor de [especificar índice de inflación] de [●] a [●], sujeto a un importe mínimo y a un importe máximo.] [Rembolso vinculado al Rendimiento de tipos de cambio (FX)Subyacente Único: En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia al aumento o disminución en el valor del Subyacente, de [●] a [●], cuyo importe se multiplica por [●] y está sujeto a un importe mínimo de [●].] [Rembolso vinculado al Rendimiento de FX- Conjunto (Basket): En caso de rembolso, se pagará un importe en efectivo (en su caso) determinado por referencia a la media del aumento o disminución en el valor de un conjunto de tipos FX, de [●] a [●].] Importes de Activo

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La fórmula del “Importe de Activo” establecida determinará el importe de activos por Importe de Cálculo que el Emisor debe entregar al Tenedor de los Valores de Renta Fija a rembolsar (el “Importe de Activo”). En el caso de que este importe no resulte en un número entero de activos, el resto se pagará en efectivo. [Subyacente Único – Sin Tipo de Cambio: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente.] [Subyacente Único –Tipo de Cambio para Monedas distintas de la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente, teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente.] [Subyacente Único –Tipo de Cambio para la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo por el valor final del Subyacente, teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente, multiplicando el valor resultante por 100.] [Peor Resultado (Worst Performer) – Sin Tipo de Cambio: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo entre el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”).] [Peor Resultado (Worst Performer) –Tipo de Cambio para Monedas distintas de la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo entre el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”), teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente pertinente.] [Peor Resultado (Worst Performer –Tipo de Cambio para la Libra: El Importe de Activo se determinará dividiendo el Importe de Cálculo entre el valor final del Subyacente con peor rendimiento del conjunto (“basket”), teniendo en cuenta el tipo de cambio aplicable entre la moneda determinada de los Valores de Renta Fija y la moneda del Subyacente pertinente, multiplicando el valor resultante por 100.]] Agente Fiscal Resumen del programa: Deutsche Bank AG, London Branch, si los valores de renta fija globales mediante los que se representan los Valores de Renta Fija están o van a estar depositados en Euroclear, o Clearstream; o Coöperatieve Rabobank U.A. (Rabobank) si los valores de renta fija globales mediante los que se representan los Valores de Renta Fija están o van a estar depositados en Euroclear Netherlands. Resumen específico de la emisión: [Deutsche Bank AG, London Branch][Coöperatieve Rabobank U.A. (Rabobank)]

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C.10

Componente derivado en el pago de intereses:

Resumen del programa: El importe de los intereses a pagar respecto de los Valores de Renta Fija con Cupón Contingente depende del valor de uno o varios Subyacentes. Cuando se determina que aplica “el Rembolso Automático Anticipado”, los Valores de Renta Fija rembolsables anticipadamente dependen del valor de uno o varios Subyacentes, lo que podría afectar al importe de intereses (en su caso) que un inversor recibe durante el plazo de los Valores de Renta Fija. Ver C.9 anterior y C.18 posterior para más información. Resumen específico de la emisión [[El importe de los intereses a pagar respecto de los Valores de Renta Fija con Cupón Contingente depende del valor de uno o varios Subyacentes.] [Si los Valores de Renta Fija son rembolsables anticipadamente depende del valor del (de los) Subyacente(s) determinados en C.20, lo que podría afectar al importe de intereses (en su caso) que un inversor recibe durante el plazo de los Valores de Renta Fija. Ver C.9 anterior y C.18 posterior para más información.][No aplica]]

C.11

Cotización y admisión a negociación:

Resumen del programa: Los Valores de Renta Fija podrán cotizar en Euronext Amsterdam, en el mercado regulado de la Bolsa de Valores de Luxemburgo o podrán emitirse sin cotización. Resumen específico de la emisión: El Emisor (u otro en su nombre) [ha presentado la solicitud]/[espera presentar la solicitud] de admisión a cotización de los Valores de Renta Fija el [●] con efecto desde el [●]/[No aplicable. No se espera que los Valores de Renta Fija se admitan a cotización.]

C.15

Descripción de como los valoressu inversión se ven afectados por el valor de los Activos Subyacentes:

Resumen del programa Valores de Renta Fija con Cupón Contingente: El importe de los intereses a pagar (en su caso) en cualquier periodo de devengo de intereses dependerá del valor del (de los) Subyacente(s) en una fecha de observación o durante un periodo de observación determinados. En particular: Cupones Condicionados sin Memoria, Cupones Condicionados con Memoria y Bono de Recuperación (Bonus Recovery): los intereses se pagarán si el valor del Subyacente pertinente se encuentra en un umbral determinado o por encima; de lo contrario, no se pagarán intereses para ese periodo. Rango de Devengo: los intereses se pagarán si el valor del Subyacente pertinente se encuentra en un umbral determinado o por encima, o dentro de un rango determinado; de lo contrario, no se pagarán intereses para ese periodo. Intereses vinculados a la inflación anual e Intereses vinculados a la inflación con otra periodicidad: El importe de intereses a pagar se determina por referencia al índice de inflación a lo largo de un periodo establecido. Si el valor del índice de inflación aumenta durante un periodo determinado, el importe de los intereses para el periodo pertinente aumentará y, si el valor de dicho índice disminuye, el importe

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de los intereses para el periodo correspondiente disminuirá. Intereses Digitales: El importe de los intereses a pagar dependerá del valor del Subyacente ya sea en relación con umbral determinado o con un rango determinado. Intereses vinculados a tipos de cambio (FX): El importe de los intereses a pagar se determina por referencia al cambio en el valor de un Tipo FX en relación con el Tipo FX inicial determinado. Si el valor del Tipo FX aumenta en relación con dicho Tipo FX inicial, el importe de los intereses a pagar en el periodo pertinente aumentará y, si el valor de dicho Tipo FX disminuye, el importe de los intereses a pagar en el periodo correspondiente disminuirá. Intereses con Rango FX: El importe de intereses a pagar se determina por referencia al rendimiento de un Tipo FX determinado. Si el Tipo FX se encuentra entre dos umbrales específicos, los intereses se calculan a un tipo específico. Si el Tipo FX se encuentra fuera de dichos umbrales, los intereses se calculan a un tipo alternativo. Rembolso Automático Anticipado: si los Valores de Renta Fija son rembolsados o no antes de la fecha de vencimiento establecida dependerá del valor del (de los) Subyacente(s) en relación con un umbral determinado o con un rango determinado. Importes de Rembolso Finales: en el caso de Valores de Renta Fija distintos de aquellos en los que los Importes de Rembolso Finales se determinan como “Rembolsos a la Par” o “Rembolsos con Descuentos/Prima”, el importe al que dichos Valores serán rembolsados en su vencimiento dependerá del valor final del (de los) Subyacente(s). En particular: Rembolso con Doble Moneda – Subyacente Único y Rembolso con Doble Moneda – Rendimiento del Subyacente: La moneda del importe en efectivo a pagar por el rembolso se determinará por referencia al valor de un Tipo FX en una fecha particular o en relación a un umbral determinado. Rembolso Estándar: Si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es igual o superior a un valor determinado, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, el importe de los activos a entregar o de efectivo a pagar por el rembolso se determinará de acuerdo con la fórmula del Importe de Pago en Efectivo o del Importe de Activo establecidas en las Condiciones Finales correspondientes. Rembolso con Barrera: Si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es igual o superior a un valor determinado, los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del ” Importe del Primer Pago Efectivo” establecida en las Condiciones Finales correspondientes; si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) se encuentra entre dos valores determinados, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, el importe de los activos a entregar o de efectivo a pagar por el rembolso se determinará de acuerdo con la fórmula del “Importe del Segundo Pago en Efectivo” o del Importe de Activo establecidas en las Condiciones Finales correspondientes. Rembolso con Barrera Continua: Si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es igual o superior a un valor determinado,

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los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del ”Importe del Primer Pago Efectivo” establecida en las Condiciones Finales correspondientes; si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es inferior al valor determinado y no se ha traspasado la barrera establecida, los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, el importe de los activos a entregar o de efectivo a pagar por el rembolso se determinará de acuerdo con la fórmula del “Importe del Segundo Pago en Efectivo” o del Importe de Activo establecidas en las Condiciones Finales correspondientes. Importe De Pago en Efectivo: En el caso de Valores de Renta Fija distintos de aquellos en los que los Importes de Rembolso Finales se determinan como “Rembolsos a la Par” o “Rembolsos con Descuentos/Prima”, el importe al que dichos Valores serán rembolsados en su vencimiento dependerá del valor final del (de los) Subyacente(s). En particular: Rendimiento y Apalancamiento: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) en relación con un valor del ejercicio determinado. Si el valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) aumenta en relación con dicho valor, el importe a pagar por el rembolso aumentará y, si el valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) disminuye en relación con dicho valor, el importe a pagar por el rembolso disminuirá. Rembolso vinculado al Índice de Inflación: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al cambio en el índice de inflación durante un periodo determinado. Si el valor del índice de inflación aumenta durante un periodo determinado, el importe a pagar por el rembolso aumentará y, si el valor de dicho índice disminuye, el importe a pagar por el rembolso disminuirá. Rembolso vinculado al Rendimiento de FX: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al rendimiento de un Tipo FX o de un conjunto de tipos de cambio (FX). Si se elige la “Venta” y el (los) Tipo (s) FX pertinente(s) incrementan su valor, el importe a pagar por el rembolso será superior. Si se elige la “Compra” y el (los) Tipo(s) FX pertinente(s) incrementan su valor, el importe a pagar por el rembolso será inferior. Importes de Activo: Si se aplica una fórmula de Importe de Activo, el importe de los activos a entregar al vencimiento dependerá en parte del valor del ejercicio del Subyacente pertinente y de cualquier tipo de cambio, en su caso. Cuanto mayor sea el valor final, menor será el número de activos a entregar. Resumen específico de la emisión: [[Completar lo siguiente para Valores de Renta Fija con Cupón Contingente] Valores de Renta Fija con Cupón Contingente: [[Cupones Condicionados con Memoria][Cupones Condicionados sin Memoria][Bono de Recuperación (Bonus Recovery)]: Se pagarán intereses si el valor del Subyacente pertinente es igual o superior a [●]; de lo contrario, no se pagarán intereses para ese periodo.] [Rango de Devengo: Se pagarán intereses si el valor del Subyacente pertinente es igual o superior a [●] o se encuentra dentro de [especificar rango]; de lo contrario, no se pagarán intereses para ese periodo.]

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[Intereses vinculados a la inflación anual][Intereses vinculados a la inflación con otra periodicidad]: El importe de intereses a pagar se determina por referencia al cambio en el nivel del índice de inflación pertinente de [●] a [●]. Si el valor del índice de inflación pertinente aumenta en este periodo, el importe de intereses a pagar aumentará, y si el valor del índice de inflación pertinente disminuye, el importe de los intereses disminuirá también.] [Intereses Digitales: El importe de los intereses a pagar dependerá del valor del Subyacente pertinente en relación con [●].] [Intereses vinculados a tipos de cambio (FX): El importe de intereses a pagar se determina por referencia al cambio en el valor del Subyacente pertinente en relación con un valor inicial del Subyacente determinado. Si el valor del Tipo FX aumenta en relación con este valor inicial, el importe de intereses a pagar en periodo pertinente aumentará, y si valor del Tipo FX disminuye, el importe de los intereses a pagar en este periodo disminuirá también.] [Intereses de Rango de tipos de cambio (FX)]: El importe de los intereses a pagar dependerá del valor del Subyacente pertinente en relación con [●].] (Completar lo siguiente para Rembolso Automático Anticipado.) Rembolso Automático Anticipado: Que los Valores de Renta Fija sean rembolsados o no anticipadamente depende del valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) en relación con [●]]. (Completar lo siguiente para Importe de Rembolso Final, Importe de Pago en Efectivo e Importe de Activo salvo que el Importe de Rembolso Final sea “Rembolso a la Par” o “Rembolso con Descuento/Prima”.) Importes de Rembolso Finales: [Rembolso con Doble Moneda: La Moneda en que se paga el importe en efectivo por el rembolso se determinará por referencia al valor del Subyacente pertinente en relación con [●].] [Rembolso Estándar: Si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es igual o superior a [●], el importe de los activos a entregar o de efectivo a pagar por el rembolso se determinará de acuerdo con la fórmula del [Importe de Pago en Efectivo][Importe de Activo] establecida más adelante.] [Rembolso con Barrera: Si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es igual o superior a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del “Importe del Primer Pago Efectivo” establecida más adelante; si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) se encuentra por debajo de [●] pero se mantiene por encima de [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, el importe de [los activos a entregar][de efectivo a pagar] por el rembolso se determinará de acuerdo con la fórmula del [Importe del Segundo Pago en Efectivo][Importe de Activo] establecidas más adelante. [Rembolso con Barrera Continua: Si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es igual o superior a [●], los Valores de Renta Fija serán rembolsados de acuerdo con la fórmula del Importe del Primer Pago Efectivo establecida más adelante; si el valor final del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) es inferior [●] y no se ha producido la

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Causa de Traspaso de la Barrera los Valores de Renta Fija serán rembolsados a la par; de lo contrario, el importe de [los activos a entregar][efectivo a pagar] por el rembolso se determinará de acuerdo con la fórmula del [Importe del Segundo Pago en Efectivo][Importe de Activo] establecidas más adelante.] [La Causa de Traspaso de la Barrera aplicable es [Causa de Traspaso de la Barrera (Periodo de observación diario)][Causa de Traspaso de la Barrera (Cierre del periodo de observación)] [Causa de Traspaso de la Barrera (Cierre del día hábil de referencia)].] Importe del [Primer] Pago en Efectivo: [Rendimiento][Apalancamiento]: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) en relación con [●]. Si el valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) aumenta en relación con [●], el importe a pagar por el rembolso aumentará y, si el valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) disminuye, el importe a pagar por el rembolso disminuirá.] [Rembolso vinculado al Índice de Inflación: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al cambio en el nivel de un Subyacente de [●] a [●]. Si el valor del índice de inflación aumenta durante dicho periodo, el importe a pagar por el rembolso aumentará y, si el valor de dicho índice disminuye, el importe a pagar por el rembolso disminuirá]. [Rembolso vinculado al Rendimiento de FX: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al rendimiento del (de los) Subyacente(s). Si se elige la “Venta” y el (los) Tipo(s) FX pertinente(s) incrementan su valor, el importe a pagar por el rembolso será superior. Si se elige la “Compra” y el (los) Tipo(s) FX pertinente(s) incrementan su valor, el importe a pagar por el rembolso será inferior.] Importe del [Segundo] Pago en Efectivo: [Rendimiento][Apalancamiento]: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) en relación con [●]. Si el valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) aumenta en relación con [●], el importe a pagar por el rembolso aumentará y, si el valor del (de los) Subyacente(s) pertinente(s) disminuye, el importe a pagar por el rembolso disminuirá.] [Rembolso vinculado al Índice de Inflación: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al cambio en el nivel de un Subyacente de [●] a [●]. Si el valor del índice de inflación aumenta durante dicho periodo, el importe a pagar por el rembolso aumentará y, si el valor de dicho índice disminuye, el importe a pagar por el rembolso disminuirá]. [Rembolso vinculado al Rendimiento de FX: El importe en efectivo a pagar por el rembolso se determina por referencia al rendimiento del (de los) Subyacente(s). Si se elige la “Venta” y el (los) Tipo(s) FX pertinente(s) incrementan su valor, el importe a pagar por el rembolso será superior. Si se elige la “Compra” y el (los) Tipo(s) FX pertinente(s) incrementan su valor, el importe a pagar por el rembolso será inferior.] Importes de Activo: El Importe de Activo a entregar al vencimiento dependerá en parte del valor final del Subyacente pertinente. Cuanto

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mayor sea el valor final, menor será el número de activos a entregar.] Ver también C.9. anterior. C.16

Fecha de vencimiento de los valores:

Resumen específico de la emisión: Sujeto a rembolso anticipado, los Valores de Renta Fija están previstos para ser rembolsados en la Fecha de Vencimiento establecida en las Condiciones Finales. Resumen del programa: [Sujeto a rembolso anticipado, los Valores de Renta Fija están previstos para ser rembolsados en [●].]

C.17

Descripción de los procedimientos de liquidación de los valores:

Resumen del programa: Los procedimientos de liquidación variarán dependiendo del sistema de compensación de los Valores de Renta Fija y de las prácticas locales de la jurisdicción del inversor. Los Valores de Renta Fija serán entregados en la fecha de emisión ya sea a cambio del pago del precio de emisión o libre de dicho pago tal y como se establece en las Condiciones Finales correspondientes. Los Valores de Renta Fija pueden ser compensados y liquidados a través de, entre otros, Euroclear Bank, SA, Euroclear Bank NV o Clearstream Banking, société anonyme. Resumen específico de la emisión: [Los Valores de Renta Fija serán entregados en la fecha de emisión ya sea a cambio del pago del precio de emisión o libre de dicho pago tal y como se establece en las Condiciones Finales. Los Valores de Renta Fija serán compensados y liquidados a través de [Euroclear Bank, SA][Euroclear Bank NV y/o Clearstream Banking, société anonyme][especificar otro].]

C.18

Descripción de como se producen los ingresos de los valores derivados:

Ver C.9 Y C.10 anteriores.

C.19

Precio de referencia final del Subyacente:

El precio final de referencia del (de los) Subyacente (s) será determinado por el Agente de Cálculo de acuerdo con las condiciones.

C.20

Descripción del tipo de subyacente y de donde se puede encontrar información sobre el mismo:

Resumen del programa: Los Valores de Renta Fija pueden estar vinculados a uno solo o a un conjunto de (a) materias primas; (b) Índices de materias primas; (c) acciones; (d) índices de acciones; (e) tipos FX; (f) fondos o (g) índices de inflación (cada uno, un “Subyacente”), tal y como se establece en las Condiciones Finales correspondientes. Se puede encontrar información en relación con el (los) Subyacente(s) en la fuente de información establecida en las Condiciones Finales correspondientes y en el resumen específico de la emisión. Resumen específico de la emisión: [Los Valores de Renta Fija están vinculados a [especificar uno solo o a un conjunto de (a) materias primas; (b) Índices de materias primas; (c) acciones; (d) índices de acciones; (e) índices FX; (f) fondos o (g) índices

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de inflación] ([el][cada uno, un] “Subyacente”). Se puede encontrar información en relación con el (los) Subyacente(s) en [especificar fuente de información].] C.21

Indicación del mercado en el que los Valores de Renta Fija van a ser negociados y para el que se ha elaborado un folleto:

Ver C.11 anterior.

Parte D – Resumen sobre los factores de riesgo Elemento

Título

D.2

Información fundamental sobre los principales riesgos específicos del Emisor:

Al comprar Valores de Renta Fija, los inversores asumen el riesgo de que el Emisor se declare insolvente o de que, por otros motivos, no sea capaz de atender la totalidad de los pagos vencidos respecto de dichos instrumentos. Existe una amplia gama de factores que, de forma individual o conjunta, pueden hacer que el Emisor no sea capaz de satisfacer todos los pagos vencidos respecto de los Valores de Renta Fija. Es imposible identificar la totalidad de los factores o determinar aquellos que presentan mayores probabilidades de ocurrir, dado que el Emisor podría no ser consciente de todos los factores relevantes y algunos de los factores que, a día de hoy, no considera sustanciales podrían pasar a serlo por la concurrencia de causas que escapen a su control. El Emisor ha identificado una serie de factores que podrían afectar negativa y sustancialmente a su actividad y a su capacidad para atender los pagos vencidos en virtud de los Valores de Renta Fija. Entre estos factores se encuentran los siguientes:



condiciones comerciales y económicas generales;



riesgo de crédito;



riesgo país;



riesgo de tipos de interés y de inflación;



riesgo de financiación y de liquidez;



riesgo de mercado;



riesgo de cambio;



riesgo de operacional;



riesgo jurídico;



riesgo fiscal;



riesgo sistémico;

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D.3

2

Información fundamental sobre los principales riesgos específicos de los Valores de Renta Fija:



efecto de las políticas y regulaciones del poder ejecutivo;



propuestas del FSB sobre capacidad total de absorción de pérdidas,



propuestas de la EBA sobre el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles bajo la directiva BRRD;



riesgos relativos a los principios del FSB en relación con la capacidad total de absorción de pérdidas (TLAC) y las propuestas de la EBA sobre el requisito mínimo de fondos propios y pasivos admisibles (MREL);



requisitos mínimos reglamentarios de capital y liquidez;



calificaciones crediticias;



competencia;



sucesos geopolíticos



actos terroristas, otros actos de guerra u hostilidad, inestabilidad civil, sucesos geopolíticos, pandémicos o de otra naturaleza; y



empleados clave.

También existen riesgos asociados a los Valores de Renta Fija. Entre estos se encuentran:



Riesgos de mercado: diversidad de riesgos de este tipo como, por ejemplo, los enumerados a continuación:



podría no existir un mercado secundario para los Valores de Renta Fija o que este fuera muy limitado;



existen probabilidades de que una característica de amortización opcional de los Valores de Renta Fija limite su valor de mercado[; y]



[la calificación crediticia atribuida a los Valores de Renta Fija podría no reflejar adecuadamente todos los riesgos inherentes a la inversión en ellos.]2



Modificación sin consentimiento: las condiciones de los Valores de Renta Fija podrían modificarse sin el consentimiento del titular en determinadas circunstancias.



Riesgo de retención fiscal: los titulares podrían no percibir el pago de los importes íntegros vencidos respecto de los Valores de Renta Fija porque el Emisor practicase retenciones a los efectos de cumplir con la legislación aplicable.



Cambios legislativos: los inversores se exponen al riesgo de que se produzcan cambios legislativos que afecten al valor de los Valores de Renta Fija.



Riesgo de cambio: la inversión podría verse negativamente afectada por las fluctuaciones de los tipos de cambio.

Eliminar del resumen específico de la emisión si los Valores de Renta Fija no han sido sometidos a calificación crediticia.

45



Riesgos relacionados con el Subyacente: los Valores de Renta Fija con Cupón Contingente y/o los Valores en los que el rembolso es distinto del rembolso a la Par/con Descuento/con Prima podrán estar expuestos a fluctuaciones en el valor del Subyacente.

Resumen del programa: 

Riesgos de tipo de interés: los titulares de Valores de Renta Fija a tipo fijo se enfrentan al riesgo de que el precio de dichos Valores de Renta Fija caiga por la fluctuación de los tipos de interés del mercado. Los titulares de Valores de Renta Fija a Tipo Variable (“Floating Rate Notes”), Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso (“Inverse Floating Rate Notes”), Valores de Renta Fija Vinculados a CMS (“CMS Linked Notes”), Valores de Renta Fija con Rango de Devengo (“Range Accrual Notes”), los Valores de Renta Fija a Tipo Modificable (“Variable Rate Notes”) o los Valores de Renta Fija “Ratchet” se exponen al riesgo de fluctuación de los tipos de interés y a percibir unas rentas por intereses inciertas. Las fluctuaciones de los tipos de interés hacen imposible determinar anticipadamente la rentabilidad de los Valores de Renta Fija a Tipo Variable, Valores de Renta Fija a Tipo Variable Inverso, los Valores de Renta Fija Vinculados a CMS, los Valores de Renta Fija Con Rango de Devengo, los Valores de Renta Fija a Tipo Modificable y los Valores de Renta Fija “Ratchet”.



Valores de Renta Fija descontados: el valor de mercado de los Valores de Renta Fija Con Cupón Cero (“Zero Coupon Notes”) emitidos con un descuento considerable sobre el importe de su principal tiende a fluctuar más, como consecuencia de las variaciones generales de los tipos de interés, que el de los valores convencionales que devengan intereses. Por lo general, cuanto mayor sea el periodo restante de vigencia de los Valores de Renta Fija, mayor será la volatilidad de su precio frente a los valores convencionales que devengan intereses con vencimientos comparables.

Resumen específico de la emisión: Riesgos de tipo de interés: [los titulares de Valores de Renta Fija se enfrentan al riesgo de que el precio de los Valores de Renta Fija caiga por la fluctuación de los tipos de interés del mercado.]3 [Los titulares de Valores de Renta Fija se exponen al riesgo de fluctuación de los tipos de interés y a percibir unas rentas por intereses inciertas. Las fluctuaciones de los tipos de interés hacen imposible determinar anticipadamente la rentabilidad de los Valores de Renta Fija.]4 [Valores de Renta Fija descontados: el valor de mercado de los Valores de Renta Fija (habiendo sido emitidos con un

3

Incluir solo para los Valores de Renta Fija a Tipo Fijo.

4

Incluir solo para los Valores de Renta Fija a Tipo Variable, Valores de Renta Fija Vinculados a CMS y Valores de Renta Fija con Rango de Devengo.

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descuento considerable sobre el importe de su principal) tiende a fluctuar más, como consecuencia de las variaciones generales de los tipos de interés, que el de los valores convencionales que devengan intereses. Por lo general, cuanto mayor sea el periodo restante de vigencia de los Valores de Renta Fija, mayor será la volatilidad de su precio frente a los valores convencionales que devengan intereses con vencimientos comparables.]5 Riesgos relacionados con [especificar Subyacente]:[Especificar riesgos relacionados con un Subyacente determinado] D.16

Aviso del riesgo de los inversores de perder valor en parte o en toda la inversión:

Resumen del programa: La siguiente información aplica a cualquier Valor de Renta Fija en el que el importe a pagar por el rembolso está vinculado a uno o varios Subyacentes: El capital invertido en los Valores de Renta Fija puede estar bajo riesgo. Como consecuencia, el importe que un potencial inversor puede recibir como rembolso de sus Valores de Renta Fija puede ser inferior al importe invertido y puede ser cero. La siguiente información aplica a todos los Valores de Renta Fija: Los inversores pueden perder todo el valor de su inversión si: (a) el inversor vende sus Valores de Renta Fija antes del rembolso previsto en un mercado secundario por un importe inferior al precio inicial; (b) el Emisor está sujeto a procedimientos de insolvencia o a cualquier otro acontecimiento que afecte negativamente a la capacidad del Emisor de repagar los importes debidos de acuerdo con los Valores de Renta Fija; (c) los Valores de Renta Fija son rembolsados anticipadamente por razones ajenas al control del Emisor (como un cambio en la ley aplicable o un acontecimiento en el mercado relacionado con el (los) activo(s) subyacente(s)); (d) los Valores de Renta Fija están sujetos a ciertos ajustes o valoraciones alternativas como consecuencia de ciertos acontecimientos perjudiciales en el mercado que provocan una reducción del importe a pagar o entregar hasta un valor inferior al precio de compra inicial. Resumen específico de la emisión: [Los inversores pueden perder todo el valor de su inversión si: (a) el inversor vende sus Valores de Renta Fija antes del rembolso previsto en un mercado secundario por un importe inferior al precio inicial; (b) el Emisor está sujeto a procedimientos de insolvencia o a cualquier otro acontecimiento que afecte negativamente a la capacidad del Emisor de repagar los importes debidos de acuerdo con los Valores de Renta Fija; (c) los Valores de Renta Fija son rembolsados anticipadamente por razones ajenas al control del Emisor (como un cambio en la ley aplicable o un acontecimiento en el mercado relacionado con el (los) activo(s) subyacente(s)); (d) los Valores de Renta Fija están sujetos a ciertos ajustes o valoraciones alternativas como consecuencia de ciertos acontecimientos perjudiciales en el mercado que provocan una reducción del importe a pagar o entregar hasta un valor inferior al

5

Incluir solo para los Valores de Renta Fija con Cupón Cero.

47

precio de compra inicial. (Incluir en el caso de Valores de Renta Fija con Cupón Contingente o Valores de Renta Fija en los que el rembolso es distinto de un rembolso a la Par/con Descuento/con Prima)[El capital invertido en los Valores de Renta Fija puede estar bajo riesgo. Como consecuencia, el importe que un potencial inversor puede recibir como rembolso de sus Valores de Renta Fija puede ser inferior al importe invertido y puede ser [cero][especificar mínimo en su caso].]

Parte E – Oferta Elemento

Título

E.2b

Motivos de la oferta y destino de los ingresos:

Resumen del programa: El Emisor destinará el producto neto de cada emisión de Valores de Renta Fija a su actividad bancaria salvo que se especifique lo contrario en las Condiciones Finales pertinentes respecto de un Tramo concreto de Valores de Renta Fija. Resumen específico de la emisión: [El Emisor destinará el producto neto de cada emisión de Valores de Renta Fija a [su actividad bancaria][Especificar otros].]

E.3

Cláusulas y condiciones de la oferta:

Resumen del programa: El Emisor y el (los) Distribuidor(es) correspondientes determinarán de mutuo acuerdo las cláusulas y condiciones de cada oferta de Valores de Renta Fija en el momento de la emisión, especificándose en las Condiciones Finales. Todo inversor que pretenda adquirir o adquiera Valores de Renta Fija en el marco de una Oferta Pública a través de un Oferente autorizado distinto del Emisor lo hará de conformidad con las condiciones y otras disposiciones vigentes entre el Oferente Autorizado y dicho inversor, incluyendo las relativas al precio, las asignaciones, los gastos y la liquidación. La oferta y la venta de dichos Valores de Renta Fija a inversores por parte de dicho Oferente Autorizado se llevarán a cabo en consonancia con dichas condiciones y disposiciones. El inversor deberá recurrir al Oferente Autorizado correspondiente para obtener tal información y este último será responsable de la misma. El Emisor carecerá de responsabilidad frente al inversor respecto de dicha información. Resumen específico de la emisión: [Condiciones de la oferta:

[Las ofertas de Valores de Renta Fija están sujetas a su emisión. Entre los Oferentes Autorizados y sus clientes, las ofertas de Valores de Renta Fija están sujetas, asimismo, a las condiciones que puedan pactar entre sí y/o especificarse en los acuerdos vigentes entre ellos.] [●]

Descripción del proceso de

[Los futuros Titulares de Valores de

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solicitud:

Renta Fija deben ponerse en contacto con el Oferente Autorizado de la Jurisdicción de la Oferta Pública (“Public Offer Jurisdiction”) antes del cierre del Periodo de Oferta. Los futuros Titulares de Valores de Renta Fija suscribirán los Valores de Renta Fija de conformidad con los acuerdos vigentes entre dicho Oferente Autorizado y sus clientes referentes a la suscripción de títulos en general. Los Titulares de Valores de Renta Fija no estarán obligados a formalizar ningún contrato directamente con el Emisor en relación con la suscripción de los Valores de Renta Fija.] [●]

Descripción de la posibilidad de reducir las suscripciones:

[No Aplicable. Las condiciones de la Oferta Pública no prevén reducciones de las suscripciones.] [●]

Forma de reembolsar el exceso pagado por los solicitantes:

[No aplicable. Las condiciones de la Oferta Pública no prevén el reembolso de las cantidades pagadas por exceso por los solicitantes.] [●]

Importe mínimo y/o máximo de la solicitud:

[No hay criterios de asignación predefinidos. Los Oferentes Autorizados adoptarán criterios de asignación de conformidad con las prácticas de mercado habituales y las leyes y disposiciones aplicables.] [●]

Método y plazo máximo para el desembolso de los títulos y la entrega de los Valores de Renta Fija

[El Oferente Autorizado correspondiente notificará a los inversores sus asignaciones de Valores de Renta Fija y las disposiciones en materia de liquidación al respecto. Los Valores de Renta Fija se emitirán en la Fecha de Emisión previo pago al Emisor del precio de suscripción.] [●]

Forma y fecha de publicación de los resultados de la oferta:

[El Oferente Autorizado correspondiente notificará a los inversores sus asignaciones de Valores de Renta Fija y los procedimientos de liquidación al

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respecto.] [●] Procedimiento de ejercicio de los derechos de tanteo, de negociación de los derechos de suscripción y del tratamiento de los derechos de suscripción no ejercitados:

[No aplicable. Las condiciones de la Oferta Pública no prevén ningún procedimiento de ejercicio de los derechos de tanteo ni la negociabilidad de los derechos de suscripción.] [●]

Si se han reservado [el/los] tramo(s) a determinados países:

No aplicable. Las condiciones de la Oferta Pública no reservan ningún(os) tramo(s) para para países concretos.

Proceso de notificación a los solicitantes del importe asignado e indicación de si su negociación puede comenzar antes de la notificación:

[Los futuros Titulares de Valores de Renta Fija recibirán el 100 por cien del importe de los Valores de Renta Fija que le hayan sido asignados al cierre del Periodo de Oferta. El Oferente Autorizado cursará notificación a los futuros Titulares de Valores de Renta Fija de conformidad con los acuerdos vigentes entre dicho Oferente Autorizado y los Titulares de Valores de Renta Fija. Antes de la Fecha de Emisión no podrán negociarse los Valores de Renta Fija en ningún mercado regulado a los efectos de la Directiva relativa a los Mercados de Instrumentos Financieros.] 2004/39/EC [●]

Importe de los gastos e impuestos imputados específicamente al suscriptor o al comprador:

[No aplicable. Las Oferta Pública imputación de impuestos a los compradores de Renta Fija.] [●]

Nombre(s) y dirección(es) conocidos por el Emisor de los colocadores en los distintos países donde se lance la oferta:

Los Oferentes Autorizados Iniciales (“Initial Authorised Offerors”) mencionados en la Parte B, punto [●] de las Condiciones Finales [y todo Oferente Autorizado adicional que tenga u obtenga el consentimiento del Emisor para el uso del Folleto Base de conformidad con la Oferta Pública [y que figure en el sitio web del Emisor como Oferente Autorizado/ en la forma descrita en el Folleto Base] (en conjunto, los “Oferentes Autorizados”).

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condiciones de la no prevén la los gastos e suscriptores y/o los Valores de

[No Aplicable. Los Valores de Renta Fija serán ofrecidos bajo la exención del artículo 3(2) de la Directiva de Folletos. El Emisor no ha dado su consentimiento para que ningún intermediario financiero u otro oferente haga uso del Folleto Base en conexión con ninguna oferta de los Valores de Renta Fija.] E.4

Intereses de las personas físicas y jurídicas participantes en la emisión de Valores de Renta Fija:

Resumen del programa: El (los) Distribuidor(es) correspondiente(s) podrá(n) percibir comisiones en relación con toda emisión de Valores de Renta Fija en virtud del Programa. Cualquiera de dichos Intermediarios y sus sociedades participadas podrán también haber intervenido o podrán hacerlo en operaciones de banca de inversión y/o de banca comercial junto al Emisor, así como prestar otros servicios a este último y a sus respectivas sociedades participadas en el desarrollo habitual de su actividad. Resumen específico de la emisión: [Hasta donde tiene constancia el Emisor, ninguna persona que intervenga en la oferta de los Valores de Renta Fija posee un interés material en la misma.][●]]

E.7

Estimación de gastos imputados al Inversor por el Emisor o el Oferente:

Resumen del programa: Ni el Emisor ni ningún Oferente Autorizado imputarán coste alguno al inversor a tenor del Programa en términos generales, aunque sí podrán cargarse gastos asociados a un Tramo específico de Valores de Renta Fija. En tal caso, se incluirá información pormenorizada en el resumen específico de la emisión que se adjunta a las Condiciones Finales aplicables. Resumen específico de la emisión: [El Emisor no ha imputado ningún gasto al Inversor][[El Emisor[●].[●]] imputará los siguientes gastos al Inversor] [●]

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