SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES

Viernes 12 de septiembre de 2008 DIARIO OFICIAL (Segunda Sección) 39 SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial d

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SECCION DE AVISOS AVISOS JUDICIALES Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado de Distrito Juzgado Octavo de Distrito Tijuana, B.C. PARA SU RESPECTIVA PUBLICACION CONFORME A LO QUE SE PRECISA, TRANSCRIBO A USTED EL PRESENTE EDICTO En el juicio de garantías número 354/2008-I, promovido por RICARDO LOPEZ MORENO, contra actos del JUEZ QUINTO DE LO CIVIL, CON SEDE EN ESTA CIUDAD Y OTRAS AUTORIDADES, por actos relacionados al juicio sumario civil 1009/92, respecto del lote de terreno ubicado a la altura del kilómetro 14.5 de la carretera Tijuana-Ensenada, en el fraccionamiento La Joya de esta ciudad, mediante auto de once de agosto del año en curso, se ordenó emplazar a juicio por medio de edictos a la parte tercero perjudicada Consorcio Desarrollador y Operador, Sociedad Anónima de Capital Variable, los cuales se publicarán por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, así como, en el Periódico Reforma, de la ciudad de México, Distrito Federal, para el efecto de que comparezca ante este Juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Baja California, en un término de treinta días contado a partir del siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría, la copia simple de la demanda de garantías para su traslado, asimismo indíquese a la tercera perjudicada referida que debe presentarse ante este Juzgado en el mismo término, en la inteligencia que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones se efectuarán por medio de lista de acuerdos. Atentamente Tijuana, B.C., a 18 de agosto de 2008. La Secretaria del Juzgado Octavo de Distrito en el Estado Yemina Eliana Rivera Vázquez Rúbrica. (R.- 273978) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Nuevo León Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L. EDICTO A las 11:00 once horas del día 30- treinta de Septiembre del año 2008- dos mil ocho, tendrá verificativo en el local de este Juzgado Tercero de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial en el Estado, dentro de los autos del expediente número 241/2007 relativo al JUICIO ORDINARIO MERCANTIL, promovido por ADOLFO CANTU GARZA en contra de PATRICIA PAOLA MARTINEZ CORDERO, la audiencia en pública subasta y primera almoneda del 100%-cien por ciento de los derechos que le corresponden al demandado, del bien inmueble embargado en autos consistente en: la finca marcada con el numero 4135-cuatro mil ciento treinta y cinco, con frente a la calle puerto la paz, doceavo sector del fraccionamiento torre-brisas de esta ciudad y lote de terreno sobre la cual se encuentra construida, marcado con el numero 16-dieciséis de la manzana 43-cuarenta y tres, con una superficie total de 101.27-ciento un metros veintisiete decímetros cuadrados y el cual tiene las siguientes medidas y colindancias; 5.33-cinco metros treinta y tres centímetros, al sur y da frente a la calle puerto la paz, 5.33-cinco metros treinta y tres centímetros, al norte a colindar con el limite de propiedad; 19.00-diecinueve metros al oriente a colindar con los lotes números 13-trece, 14-catorce y 15-quince y 19-diecinueve metros al poniente a colindar con el lote numero 17-diecisiete. la manzana la forman las calles: al norte privada puerto marina; al sur puerto la paz, al oriente puerto san blas; al poniente puerto san lucas,- En efecto, y de conformidad con los artículos 1411 del Código de Comercio; 469 y 475 del Código Federal de Procedimientos Civiles, convóquese a postores a pública subasta mencionada mediante edictos que deberán publicarse por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la tabla de avisos de este recinto judicial, de conformidad con lo establecido en el articulo 474 del Código Federal de Procedimientos Civiles. En la inteligencia de que servirá de postura legal para el remate la cantidad de $665,333.33 (SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES PESOS 33/100 M. y de que en la Secretaría de este Juzgado se proporcionaran mayores informes. Monterrey, N.L., a 26 de agosto de 2008. El C. Secretario Lic. José Octavio Zavala Torres Rúbrica. (R.- 273878)

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Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Tercera Sala Familiar EDICTO Para: Pilar Linares Balcazar. En el cuaderno de amparo relativo al toca 782/2008, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercero perjudicada Pilar Linares Balcazar, para que comparezca a esta Sala, dentro del término de treinta días contados a partir de la última publicación para recibir las copias de traslado de la demanda de amparo promovida por José y Ruth de apellidos Arellano Linares, contra la sentencia de fecha nueve de mayo de dos mil ocho, dictada en el toca de origen y para que en el plazo de diez días acuda en defensa de sus derechos ante el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 11 de agosto de 2008. El Secretario de Acuerdos de la Tercera Sala Familiar Lic. Luis Alberto Ramírez Garcén Rúbrica. (R.- 273212) Estados Unidos Mexicanos Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Civiles Federales en el Estado de México EDICTO Corporación Gabal, sociedad anónima de capital variable En cumplimiento al auto dictado en esta fecha por el encargado del despacho del Juzgado Quinto de Distrito en Materias de Amparo y de Juicios Civiles Federales en el Estado de México, en el juicio de amparo 1310/2007-V, promovido por el Comisariado Ejidal de San Nicolás Tiloxtoc, Municipio de Valle De Bravo, contra actos de la Junta Especial Número Dos de la Local de Conciliación y Arbitraje del Valle de Cuautitlán Texcoco y otra autoridad; se le tuvo como tercera perjudicada y en términos del artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente, se le manda emplazar por medio de los presentes edictos, para que si a su interés conviniere se apersone a él, para lo cual deberá presentarse en el local del Juzgado, sito en la calle Sor Juana Inés de la Cruz, trescientos dos sur, Colonia Centro, en Toluca, México, por medio de apoderado o representante legal, dentro del término de treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, y que se han fijado las diez horas con diez minutos del veinticinco de agosto de dos mil ocho, para la audiencia constitucional. Para su publicación por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el Periódico de mayor circulación en la República, se expide el presente en Toluca, México, a los cuatro días del mes de agosto de dos mil ocho. Doy fe. La Secretaria Lic. Adriana Vargas Gómez Rúbrica. (R.- 273694) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en el Estado Culiacán, Sinaloa EDICTO EN LOS AUTOS DEL PROCESO PENAL NUMERO 30/99, QUE SE INSTRUYO CONTRA LEONARDO MEDINA FELIX Y OTRO, POR EL DELITO CONTRA LA SALUD, CON FECHA DIECISEIS DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE, SE DICTO UN PROVEIDO QUE, EN LO CONDUCENTE, DICE; SE ORDENA LA DEVOLUCION A QUIEN ACREDITE LA PROPIEDAD Y LEGAL ESTANCIA EN EL PAIS, DEL VEHICULO MARCA JEEP WAGONEER, VAGONETA, COLOR AZUL, CON FRANJAS A LOS COSTADOS DE IMITACION MADERA, MODELO 1988, 4X4, 4.0 LIBROS, LIMITED, CON UNA CALCOMANIA EN EL VIDRIO DELANTERO QUE DICE “VEHICULO FRONTERIZO” 858269, PLACAS DE CIRCULACION DE COLOR AMARILLO, NUMERO 189NVZ4, DE LA FRONTERA DE BAJA CALIFORNIA, NUMERO DE SERIE 1JMT7543JT185561, EN LA INTELIGENCIA QUE DE NO RECLAMARSE LA PROPIEDAD, DENTRO DEL TERMINO DE TRES MESES, CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. Culiacán, Sin., a 5 de agosto de 2008. El Juez Primero de Distrito en el Estado Lic. Carlos Hernández García Rúbrica. (R.- 273830)

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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en el Estado San Andrés Cholula, Puebla EDICTO “Al legitimo propietario o a Sadot García Cantú del vehículo color negro, marca General Motors tipo Yukón, modelo 1993, número de serie 1GKEK18K1PJ727569, con placas de circulación TSD 2848 particulares del Estado de Puebla, con dos puertas, cuatro llantas en regular estado de uso, en la parte trasera presenta la leyenda con letras cromadas “YUKON”, con limpiadores en el parabrisas delantero y trasero, con dos espejos retrovisores exteriores, con antena de radio, todo el interior de color gris, cuatro tapetes de color negro plateado, dos asientos delanteros separados, un asiento de una sola pieza en la parte posterior, en el tablero existe un auto estéreo, toca discos compactos, una bocina en cada una de las portezuelas y dos laterales en la parte trasera de los asientos delanteros, una pantalla para DVD plegable en color gris, los asientos de color gris en material sintético con su respectiva llave, por este medio se le comunica que en la causa penal 26/2006, del índice del Juzgado Sexto de Distrito dicho vehículo se encuentra a su inmediata disposición, previa acreditación del mismo; en el entendido que de no reclamarlo durante el plazo de tres meses seguidos a la publicación de este edicto causará abandono a favor del Fisco Federal, de conformidad con el numeral 182-Ñ del Código Federal de Procedimientos Penales”. Atentamente San Andrés Cholula, Pue., a 12 de septiembre de 2008. El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Puebla Lic. Jorge Austria Sierra Rúbrica. (R.- 273831) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito Los Mochis, Sin. EDICTO Al margen un sello con el escudo nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos, Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de Sinaloa. Los Mochis, treinta de julio de dos mil ocho. A QUIEN LE RESULTE INTERES. Por este publicaráse una sola vez Diario Oficial de la Federación y diario mayor circulación nacional, presente EDICTO, notificando a RUBEN GARCIA LOPEZ, al parecer legítimo propietario de trescientas cajas de cartón conteniendo cada una de ellas diez bolsas de dos kilogramos de detergente en polvo de la marca registrada “Doña Blanca”; aseguradas en el proceso penal 56/2005-II; que deberá presentarse ante este Juzgado Sexto de Distrito, ubicado en Madero cuatrocientos cincuenta poniente, en esta ciudad, dentro de los tres meses siguientes a la publicación de este edicto, a acreditar la legal propiedad sobre la mercancía antes descrita; apercibido que de no hacerlo, se declarará abandonada. CUMPLASE. Atentamente Los Mochis, Sin., a 30 de julio de 2008. El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado, encargado del Despacho con motivo del periodo vacacional concedido al Titular, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Lic. Juan Carlos Araujo Cota Rúbrica. (R.- 273832) Estados Unidos Mexicanos Supremo Tribunal de Justicia Hermosillo, Sonora EDICTO DEUDOS DEL TERCERO PERJUDICADO MARK ADAM YOUNGLOVE En amparo directo penal interpuesto por GERARDO ENRIQUE MAYTORENA CORONA, JESUS ANGEL VALENZUELA CASTRO, MARTIN LORENZO SALINAS GUILLEN Y MARIO MAYTORENA LUKEN, sentenciados en toca 1140/2006, por Homicidio, se les emplaza por este conducto, para que comparezcan a substanciar sus derechos ante el Tribunal Colegiado del Quinto Circuito, treinta días después última publicación. Copias amparo a su disposición en esta secretaria. Hermosillo, Son., a 18 de julio de 2008. El Secretario General de Acuerdos del H. Supremo Tribunal de Justicia del Estado Lic. Amado Estrada Rodríguez Rúbrica. (R.- 273248)

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Estados Unidos Mexicanos Juzgado Segundo de lo Civil Diligenciaría Non Distrito Judicial Puebla EDICTO Disposición Juez Segundo Civil ordena anunciar remate Segunda pública almoneda inmueble embargado departamento "D" Edificio 202 Boulevard Puebla Unidad Habitacional Bosques San Sebastián Puebla. Postura legal $53,395.50 CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS 50/100 M.N. disminución diez por ciento, cantidad que fijo en primera almoneda $59,325.00 CINCUENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO PESOS 00/100 M.N. vence posturas pujas once horas treinta minutos veintidós septiembre 2008. Expediente 227/05 Juicio Ejecutivo Mercantil Raúl Tepoxtecatl Sandoval =vs= Alberto Vieyra Soto. H. Puebla, a 18 de agosto de 2008. El Diligenciario Non Lic. Ignacio Pedraza Rojas Rúbrica. (R.- 274632) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México con residencia en Ciudad Nezahualcóyotl EDICTO TERCEROS PERJUDICADOS Inmobiliaria Sanjor, Sociedad Anónima de Capital Variable e Impermeabilizantes Delta, Sociedad Anónima de Capital Variable. En los autos del Juicio de Amparo número 659/2008, promovido por David Pablo Montes Ramírez, representante legal de VPN PLUS, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, contra actos del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Judicial de Otumba, Estado de México, se ha señalado a ustedes como terceros perjudicados, y como se desconoce su domicilio actual, se ha ordenado emplazarlos por edictos, que deberán publicarse por tres veces de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos de mayor circulación en República, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 30, fracción II de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación supletoria a la Ley de la Materia, según artículo 2o. quedando a su disposición en el local de este Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México, con sede en Ciudad Nezahualcóyotl, copia simple de la demanda de garantías y se les hace saber además, que se han señalado las DIEZ HORAS CON VEINTICINCO MINUTOS DEL DIEZ DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO, para a celebración de la audiencia constitucional en este asunto, así como que deberán presentarse ante este Tribunal dentro del término de treinta días contados a partir del siguiente al de la última publicación. Ciudad Nezahualcóyotl, Edo. de Méx., a 13 de agosto de 2008. La Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en el Estado de México Lic. Rocío Sierra González Rúbrica. (R.- 273865) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco, con residencia en Guadalajara EDICTO A: “COMERCIALIZADORA P’OLMAL”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” y “CORRETAJE Y ADMINISTRACION DE INMUEBLES, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” En los autos del juicio de amparo 564/2008-III promovido por CITICAPITAL SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, contra actos del JUEZ TERCERO DE LO CIVIL DE ESTA CIUDAD, se ordenó emplazarla por edictos para que comparezca en treinta días, siguientes a la última publicación, si a su interés legal conviene. Guadalajara, Jal., a 5 de agosto de 2008. La Secretaria del Juzgado Primero de Distrito en Materia Civil en el Estado de Jalisco Lic. Paula Villalvazo Morales Rúbrica. (R.- 273862)

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Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Tercera Sala Civil EMPLAZAMIENTO POR EDICTO AL TERCERO PERJUDICADO: J. JESUS MARTINEZ HERNANDEZ. En los autos del cuaderno de amparo de la parte Actora relativo al toca número 3245/2007 deducido del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO seguido por BANCO SANTANDER SERFIN, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE GRUPO FINANCIERO SANTANDER SERFIN en contra de J. JESUS MARTINEZ HERNANDEZ, se dictó proveído de fecha veinticuatro de junio del dos mil ocho, mediante el cual se provee que ignorándose el domicilio del Tercero Perjudicado J. JESUS MARTINEZ HERNANDEZ, se ordenó emplazar al mismo al presente juicio de garantías por medio de EDICTOS, lo anterior con fundamento en los artículos 30 fracción II de la Ley de Amparo vigente, en relación al 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, los cuales se publicarán por TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS y a costa del promovente de la demanda de amparo interpuesta contra actos de ésta Sala, consistente en la sentencia de fecha doce de febrero del dos mil ocho, dictada en los autos del toca 3245/2007 el referido Tercero Perjudicado deberá comparecer ante la Autoridad Federal a defender sus derechos en el término de TREINTA DIAS, contados a partir del día siguiente de la última publicación del presente edicto, quedando en la Secretaría de esta Tercera Sala Civil, copia simple de la demanda de garantías a su disposición. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 30 de junio de 2008. La C. Secretaria de Acuerdos de la Tercera Sala Civil Lic. Elsa Zaldívar Cruz Rúbrica. (R.- 273037) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Segunda Sala de lo Civil Toca 1873/2007 Ordinario Civil EDICTO MADRIGAL BECERRA PEDRO VS. PATRICIA ESPINOSA LOPEZ Y OTROS EN EL CUADERNO DE AMPARO FORMADO EN LO AUTOS DEL TOCA CITADO AL RUBRO, ESTA SALA DICTO EL SIGUIENTE ACUERDO: “México, Distrito Federal, once de agosto de dos mil ocho. Vistas las constancias de autos.... en virtud que de la demanda de garantías promovido por el quejoso Madrigal Espinosa López, Luz Elena Espinosa López y Rocío Espinosa López fueron emplazados por medio de edictos; en consecuencia, se ordena emplazar a los citados terceros perjudicados por medio de Edictos que se publiquen en el Diario Oficial de la Federación así como en el Periódico “El Diario de México” ... en la inteligencia, que deberá quedar a disposición de las citadas terceras perjudicadas, una copia simple de la demanda de garantías en la Secretaría de esta Sala... Notifíquese...” LO ANTERIOR SE HACE DE SU CONOCIMIENTO, A FIN DE QUE SE PRESENTE DENTRO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION; ANTE EL H. TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO EN TURNO COMO TERCERO PERJUDICADO EN EL JUICIO DE GARANTIAS PROMOVIDO POR LA PARTE ACTORA CONTRA ACTOS DE ESTA SALA EN EL PROCEDIMIENTO REFERIDO AL INICIO DE ESTE EDICTO. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 19 de agosto de 2008. La C. Secretaria de Acuerdos Auxiliar de la Segunda Sala de lo Civil del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal Lic. María de Lourdes Pérez García Rúbrica. (R.- 273644)

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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito Tuxtla Gutiérrez, Chiapas EDICTO ROBERT HERNANDEZ GOMEZ. En el juicio de amparo directo 344/2008, promovido por José Orantes González, consta esencialmente que la parte quejosa solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, señaló como autoridad responsable al Juzgado Cuarto del Ramo Penal del Distrito Judicial de Tuxtla, con residencia en Cintalapa de Figueroa, Chiapas, y como tercero perjudicado a Robert Hernández Gómez, de quien se ignora su domicilio y paradero; el acto reclamado es la sentencia de diecinueve de febrero de dos mil ocho, dictada en el expediente penal 05/2008, en la que la autoridad responsable declaró al aquí quejoso, responsable de los delitos de homicidio, daños y lesiones ocasionados en hechos de tránsito de vehículos, cometido el tercer ilícito en agravio de Robert Hernández Gómez; señaló como preceptos constitucionales violados los artículos 14 y 16 de nuestra Carta Magna. Argumentando como conceptos de violación, en síntesis que: al individualizar la pena no hizo un adecuado análisis de las conclusiones acusatorias formuladas por el Ministerio Público quien no fundó ni motivó su acusación. Por tanto, de conformidad con el artículo 30, fracción II, de la Ley de Amparo, en relación con el 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, se ordena emplazarlo a usted, mediante edictos que deberán de publicarse por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial y en uno de los periódicos diarios de mayor circulación en la República, haciéndosele saber que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última publicación, ante este Tribunal Colegiado a defender sus derechos. Asimismo, se ordena fijar en la puerta de este Organo Jurisdiccional, una copia íntegra de la notificación por todo el tiempo del emplazamiento. Si pasado este término, no compare el citado tercero perjudicado, las ulteriores notificaciones se harán por lista. Tuxtla Gutiérrez, Chis., a 23 de julio de 2008. La Secretaria de Acuerdos del Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito Lic. Marylin Ramírez Avendaño Rúbrica. (R.- 273693) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Decimotercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal EDICTO AL MARGEN DE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, JUZGADO DECIMOTERCERO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN EL DISTRITO FEDERAL, A VEINTIUNO DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO. EN LOS AUTOS DEL JUICIO NUMERO 127/2008, PROMOVIDO POR DAVID MONDRAGON SAUCEDO POR SU PROPIO DERECHO, CONTRA ACTOS DE LA DECIMA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL; CON FECHA SEIS Y TRECE DE AGOSTO DE DOS MIL OCHO, SE DICTARON DOS AUTOS POR LO QUE SE ORDENA EMPLAZAR A LOS TERCEROS PERJUDICADOS ELENA KLIP DE FINKELMAN, BERTHA GERVITZ CYMENT DE KLIP Y JAVIER REZA GUERRERO, POR MEDIO DE EDICTOS, QUE SE PUBLICARAN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION, Y EN EL PERIODICO “DIARIO DE MEXICO”, A FIN DE QUE COMPAREZCA A ESTE JUICIO A DEDUCIR SUS DERECHOS EN EL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS, A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL EN QUE SE EFECTUE LA ULTIMA PUBLICACION, QUEDANDO EN ESTA SECRETARIA A SU DISPOSICION, COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, APERCIBIDO QUE DE NO APERSONARSE AL PRESENTE JUICIO, LAS ULTERIORES NOTIFICACIONES SE HARAN EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR LA FRACCION II, DEL ARTICULO 30 DE LA LEY DE AMPARO, ASIMISMO, SE SEÑALARON LAS DOCE HORAS CON TREINTA MINUTOS DEL UNO DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL OCHO, PARA QUE TENGA VERIFICATIVO LA AUDIENCIA CONSTITUCIONAL, ESTO EN ACATAMIENTO AL AUTO DE SEIS DE AGOSTO DEL PRESENTE AÑO, SE PROCEDE A HACER UNA RELACION SUSCINTA DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, EN EL QUE EL QUEJOSO SEÑALO COMO AUTORIDAD RESPONSABLE A LA DECIMA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, Y COMO TERCEROS PERJUDICADOS A ELENA KLIP DE FINKELMAN, BERTHA GERVITZ CYMENT DE KLIP Y JAVIER REZA GUERRERO, Y PRECISA COMO ACTO RECLAMADO ES LA RESOLUCION DE FECHA SIETE DE FEBRERO DE DOS MIL OCHO DICTADA POR LA DECIMA SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL. El Secretario del Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Civil en el Distrito Federal Lic. Humberto Coria Martínez Rúbrica. (R.- 273736)

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Estado de México Poder Judicial Tribunal Superior de Justicia del Estado de México Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, México EDICTO JESUS AVALOS MARTINEZ. HAGO DE SU CONOCIMIENTO QUE MARGARITA PINEDA GODINEZ PROMOVIO JUICIO DE GARANTIAS EN CONTRA DE LA SENTENCIA DE QUINCE DE JUNIO DEL DOS MIL SIETE, DICTADA POR LA SEGUNDA SALA COLEGIADA CIVIL DE TLANEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, EN LA TOCA 429/2007, RELATIVO AL RECURSO DE APELACION HECHO VALER POR MARGARITA PINEDA GODINEZ, EN CONTRA DE LA RESOLUCION DICTADA POR EL JUEZ QUINTO CIVIL DE PRIMERA INSTANCIA DE TLALNEPANTLA, ESTADO DE MEXICO, DE FECHA VEINTITRES DE ABRIL DEL DOS MIL SIETE, EN EL JUICIO ORDINARIO CIVIL USUCAPION, EXPEDIENTE NUMERO 713/2004, PROMOVIDO POR MARGARITA PINEDA GODINEZ EN CONTRA DE BANCO OBRERO, SOCIEDAD ANONIMA, JESUS AVALOS MARTINEZ Y COMO TERCERA LLAMADA A JUICIO ELDA MARGARITA CAPETILLO PONCE, ASIMISMO POR AUTO DE FECHA CINCO DE AGOSTO DEL DOS MIL OCHO, LA SEGUNDA SALA COLEGIADA CIVIL DE TLALNEPANTLA, MEXICO, ORDENO EL EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS DEL TERCERO PERJUDICADO JESUS AVALOS MARTINEZ, HACIENDOLE SABER QUE DEBERA PRESENTARSE A DEDUCIR SUS DERECHOS ANTE EL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEGUNDO CIRCUITO EN EL ESTADO DE MEXICO, EN EL AMPARO DIRECTO 250/2008, DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS CONTADOS A PARTIR DEL SIGUIENTE AL DE LA ULTIMA PUBLICACION DE LOS EDICTOS ORDENADOS. ASIMISMO DEBERA FIJARSE EN LA PUERTA DEL TRIBUNAL COPIA INTEGRA DEL PRESENTE PROVEIDO Y DE LA DEMANDA DE GARANTIAS, POR TODO EL TIEMPO DEL EMPLAZAMIENTO, DEJANDO A SU DISPOSICION EN LA SECRETARIA DE ESTA SALA LAS COPIAS DE TRASLADO DE LA DEMANDA DE GARANTIAS DEBIDAMENTE SELLADAS Y COTEJADAS PARA QUE SE IMPONGAN DE ELLAS. PARA SU PUBLICACION POR TRES VECES DE SIETE EN SIETE DIAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN UN PERIODICO DE MAYOR CIRCULACION EN LA REPUBLICA MEXICANA, SE EXPIDEN LOS PRESENTES EL DIA SEIS DE AGOSTO DEL DOS MIL OCHO. El Secretario de Acuerdos de la Segunda Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla, Estado de México Lic. Francisco Santos Rojas Rúbrica. (R.- 273867) Estados Unidos Mexicanos Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal México Juzgado Sexagésimo de lo Civil Secretaría “B” Expediente 458/2007 EDICTO En cumplimiento a lo ordenado por auto de fecha once y dieciocho ambos del mes de agosto del año dos mil ocho. En los autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por AUTOFINANCIAMIENTO MEXICO, S.A. DE C.V., en contra de CHUC GARCIA FELIPE ALBERTO, expediente número 458/2007., El C. Juez Sexagésimo de lo Civil ordeno sacar a publica subasta en PRIMERA ALMONEDA el dia VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL OCHO A LAS ONCE HORAS, el inmueble ubicado en LA CALLE 18, NUMERO 419, COLONIA VICENTE GUERRERO, EN CAMPECHE, ESTADO DE CAMPECHE, para lo cual se deberan publicar los edictos por señalándose las ONCE HORAS DEL DIA VEINTICINCO DE SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, debiéndose anunciar el presente remate por medio de edictos que se fijaran por TRES VECES dentro de NUEVE DIAS, en el diario oficial de la federación y en el tablero de avisos de este juzgado, señalándose como valor del inmueble la cantidad de CIENTO SESENTA MIL PESOS 00/100 M.N., toda vez que el inmueble materia del remate se encuentra ubicado fuera de la jurisdicción de este juzgado con los anexos e insertos necesarios gírese atento exhorto al C. Juez Competente en Campeche, en Campeche, Estado de Campeche, para que en auxilio de las labores de este Juzgado se sirva ordenar las publicaciones de los edictos ordenadas en el presente auto, en las puertas del Juzgado correspondiente.- Notifíquese.Lo proveyó y firma el C. Juez.- Doy fe. México, D.F., a 20 de agosto de 2008. El C. Juez Sexagésimo de lo Civil del Distrito Federal Lic. Carlos Aguilar Godínez La C. Secretaria de Acuerdos Lic. María Elvira Mendoza Ledesma Rúbrica. (R.- 274226)

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Estado de México Poder Judicial Juzgado Cuarto Civil de Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México Juzgado Cuarto Civil Toluca, México Primera Secretaría EDICTO En el expediente número 347/07, relativo al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por MIGUEL RODRIGUEZ DIAZ, A TRAVES DE SUS ENDOSATARIOS EN PROCURACION LICENCIADO JOSE GABRIEL ESTRADA GARCIA Y/O LICENCIADO RAUL ESTRADA FRANCO, en contra de MIGUEL MONTIEL TENORIO y de LOURDES MIRELES SANCHEZ, el Juez Cuarto Civil de Cuantía Mayor del Distrito Judicial de Toluca, México, por auto de fecha veinte de agosto del dos mil ocho, señaló las TRECE HORAS DEL DIA VEINTIUNO DE OCTUBRE DEL DOS MIL OCHO, para que tenga verificativo la PRIMERA ALMONEDA DE REMATE; respecto del bien embargado en el presente juicio, consistente en el lote 12, Manzana C, ubicado en Calle Emiliano Zapata, número 24, Fraccionamiento Ampliación San Esteban, en términos del Pueblo San Esteban Huitzilasco, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México; con las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: 24.20 metros con LOTE 11; AL SUR: 26.20 metros con LOTE 13; AL ORIENTE: 8.00 metros con LOTE 37; y AL PONIENTE: 8.27 metros con CALLE; con una superficie total de 201.60 metros cuadrados; inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Naucalpan, México, bajo la Partida número 656, Volumen 1050, Libro Primero, Sección Primera, de fecha veintiocho de junio de mil novecientos noventa y uno. Por lo que a través de edictos, anúnciese su venta en forma legal por tres veces dentro de nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos de este Juzgado y en el lugar de la ubicación del inmueble; sirviendo de base para el remate la cantidad de $890,000.00 (OCHOCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.), cantidad resultante del avalúo rendido por el perito designado por la parte actora y dada la conformidad de la parte demandada, siendo postura legal las dos terceras partes, del precio que sirve de base para el remate. NOTIFIQUESE PERSONALMENTE A LA PARTE DEMANDADA. Toluca, México a veintiséis de agosto del dos mil ocho. DOY FE. El Secretario Lic. Francisco Vargas Ramírez Rúbrica. (R.- 274364) Sinaloa Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Ahome, Los Mochis, Sinaloa EDICTO EN PRIMERA ALMONEDA Que en el expediente número 697/2006-1, formado a juicio Ejecutivo Mercantil, promovido por ARMANDO VALDEZ ACOSTA, en contra del JOSE ROSARIO PEÑUELAS LEON, el C. Juez Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil de este distrito judicial ordenó sacar a remate en primera almoneda el bien inmueble embargado consistente en: LOTE 04, MANZANA 13, ubicada en esta ciudad, con superficie de 192.00 metros cuadrados, con las siguientes medidas y colindancias: AL NORESTE, mide 21.70 metros con lote 5; AL SURESTE, mide 9.00 metros con canal; AL SUROESTE, mide 21.60 metros con lote 3; y AL NOROESTE, mide 8.93 metros con Boulevard Macario Gaxiola. Inscrita ante el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad, bajo inscripción número 161, del libro 315, sección primera a nombre de JOSE ROSARIO PEÑUELAS LEON. Siendo postura legal la cantidad de $438,000.00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.), importe total de las dos terceras partes del avalúo pericial practicado en la presente cause, señalándose las 13:30 HORAS DEL DIA VEINTICUATRO DE SEPTIEMBRE DEL AÑO EN CURSO, para que tenga verificativo en el local de este juzgado sito en Angel Flores número 61-A Sur de esta ciudad el remate en mención. Se ordena notificar a FOMICRO, a fin de que comparezca a la subasta a hacer valer sus derechos si así le conviniere. Atentamente Los Mochis, Sin., a 18 de julio de 2008. El C. Secretario Primero Lic. Francisco Javier Valenzuela Alvarez Rúbrica. (R.- 274446)

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Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Sección Amparo EDICTO En el juicio de amparo 392/2008-3 del índice del Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo, promovido por Miguel Angel Riva Palacio Márquez, apoderado para pleitos y cobranzas de Corporación para la Recuperación y Utilidad de Deuda, S. de R.L. de C.V., contra actos que reclama del Juez Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo y otras autoridades, se dictó el acuerdo de uno de agosto de dos mil ocho, por el que se ordenó la publicación de edictos a efecto de lograr el emplazamiento del tercero perjudicado Andrés Manning Candiani, a quien se hace de su conocimiento que en este Juzgado se encuentra radicado el citado juicio de garantías, en el que se reclaman los autos dictados en la audiencia de remate del predio rústico denominado “La Huerta”, que se ubica en la ex-hacienda de San Miguel Regla, Municipio de Huasca de Ocampo, estado de Hidalgo, en el juicio ejecutivo mercantil número 618/2002; dictados por el Juez Segundo Civil de Primera Instancia del Distrito Judicial de Pachuca de Soto, Hidalgo, así como todo lo actuado con posterioridad a los autos dictados en la audiencia antes referida; la sentencia interlocutoria o resolución en la que se adjudica a favor del señor Mario Benítez Flores, el predio rustico citado con antelación; y el auto que ordena se escriture a favor del señor Mario Benítez Flores el mismo predio; la falta de notificación de la parte quejosa, en su calidad de acreedor registral; y la inscripción que llevó a cabo el Director del Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Atotonilco el Grande, Hidalgo, bajo el número 370, Tomo I, Libro I, Sección I, con fecha treinta y uno de agosto del año dos mil siete, de la escritura de adjudicación que se hizo a favor de Mario Benítez Flores sobre el multicitado predio; asimismo al respecto se hace del conocimiento del tercero perjudicado Andrés Manning Candiani, que debe presentarse dentro del término de treinta días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este edicto, ante este Juzgado Federal sito en Boulevard Luis Donaldo Colosio número 1209, colonia Reserva Aquiles Serdán, Edifico “B”, planta baja, Código Postal 42084, Pachuca, Hidalgo a efecto de que si lo estima pertinente haga valer los derechos que le asistan y señale domicilio en la ciudad de Pachuca, Hidalgo, para oír y recibir notificaciones ante este Juzgado Federal, con el apercibimiento que de no hacerlo así, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter personal, se le harán por medio de lista que se fije en los estados de éste órgano de control constitucional. Fíjese en la puerta de este Tribunal una copia íntegra de este proveído, por todo el tiempo de emplazamiento. Pachuca, Hgo., a 7 de agosto de 2008. La Secretaria de Juzgado Tercero de Distrito en el Estado de Hidalgo Lic. Rocío Bonilla Pérez Rúbrica. (R.- 273383) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial de la Federación Primer Tribunal Unitario del Sexto Circuito San Andrés Cholula, Puebla EDICTO En el expedientillo del toca mercantil 231/2008-1, formado con motivo de la demanda de amparo promovida por José Homero Nicolás Ríos Camacho, representante legal de Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se dictaron los proveídos cuya síntesis es la siguiente: “San Andrés Cholula, Puebla, tres de julio de dos mil ocho.-- Con una de las copias simples de la demanda de amparo directo que se exhiben, fórmese y regístrese el expedientillo al juicio de garantías, que promueve José Homero Ríos Camacho en su carácter de Gerente de Procedimientos y Representante Legal de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, contra la resolución que con fecha nueve de junio de dos mil ocho, se dictó en el toca mercantil 231/2008-1, relativa al recurso de reposición interpuesto contra el auto de

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veinte de mayo de dos mil ocho, que desechó la apelación intentada en contra del fallo que el tres de abril del año en curso, dictó el Juez Séptimo de Distrito en el Estado de Puebla, en el juicio ordinario mercantil 50/2006, planteado por el mencionado organismo público en contra de Unión de Crédito del Estado de Puebla, S.A. de C.V... Con copia de la demanda emplácese al tercero perjudicado que señala el inconforme, para que si lo estima conveniente comparezca dentro del término de diez días ante el tribunal colegiado mencionado a defender sus derechos, enterando al propio tribunal de la fecha en que se haga el emplazamiento, debiéndose remitir las constancias relativas sin ulterior acuerdo. San Andrés Cholula, Puebla, quince de agosto de dos mil ocho... a fin de imprimir celeridad en el trámite de este asunto, se ordena emplazar a dicho tercero por medio de edictos, conforme lo previenen la fracción II del artículo 30 de la Ley de Amparo y la Jurisprudencia por Unificación número 17 emitida por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, visible en la página 25 del Tomo VI del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-2000, en su actualización 2002... conforme lo dispone el artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en la materia, mismos que se publicarán por tres veces de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en el periódico El Sol de Puebla.-- Lo proveyó y firma el licenciado Carlos Loranca Muñoz, Magistrado del Primer Tribunal Unitario del Sexto Circuito, ante el Secretario, licenciado Jaime Francisco Rodríguez Olivares, autoriza y da fe.- C. Loranca M.- J.F. Rodríguez O.- Rúbricas.". Lo que transcribo a Unión de Crédito del Estado de Puebla, S.A. de C.V. a través de sus representante legal para su conocimiento y emplazamiento a juicio, quedando a su disposición en la actuaría de este Primer Tribunal Unitario sito en Palacio de Justicia Federal en Puebla, Osa Menor No. 82, Piso 14, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, San Andrés Cholula, Puebla. Código Postal 72810, fotocopia de la demanda de amparo promovida por Comisión Nacional Bancaria y de Valores por conducto de su apoderado legal. Atentamente San Andrés Cholula, Pue., a 27 de agosto de 2008. El Actuario del Primer Tribunal Unitario del Sexto Circuito Lic. José Francisco Saavedra Rivera Rúbrica. (R.- 274448) Estados Unidos Mexicanos Poder Judicial del Estado de Nuevo León Juzgado Sexto de Jurisdicción Concurrente del Primer Distrito Judicial Monterrey, N.L. EDICTO No. 50809 DENTRO DE LOS AUTOS QUE INTEGRAN EL EXPEDIENTE 1199/2007 RELATIVO AL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL PROMOVIDO POR RAUL GUAJARDO CANTU EN CONTRA DE CUAUHTEMOC OCTAVIO ALVARADO SANCHEZ, se señalan las 12:00-doce horas del día 03-tres de Octubre del año 2008dos mil ocho, a fin de que tenga verificativo en el local de este Juzgado el desahogo de la Audiencia de Remate en pública subasta y primera almoneda del bien inmueble embargado en autos, debiéndose convocar postores por medio de edictos que se publicarán por 03-tres veces dentro del término de 09-nueve días en el Diario Oficial de la Federación y en la Tabla de Avisos o puerta del Tribunal; entendiéndose que el primero de los anuncios habrá de publicarse el primer día del citado plazo y el tercero el noveno día, pudiendo efectuarse el segundo de ellos en cualquier momento dentro de dicho término. Dicho bien inmueble embargado consiste según el certificado de gravámenes que obra agregado en autos en los derechos de propiedad que le correspondan a los C.C. FACUNDO OZIEL QUIROGA RUIZ y JAVIER MARCOS TUEME, causahabientes del demandado el C. CUAUHTEMOC OCTAVIO ALVARADO SANCHEZ; ello en virtud de que el bien inmueble lo adquirieron con el gravamen deducido del presente proceso, respecto de: LOTE DE TERRENO UBICADO EN EL AGOSTADERO DENOMINADO LOS SAUCES, DE LA HACIENDA DE SANTA ROSA, EN EL MUNICIPIO DE APODACA, NUEVO LEON, EL CUAL TIENE UNA SUPERFICIE TOTAL DE (14,560.00M2) CATORCE MIL QUINIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS Y LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y COLINDANCIAS: AL NORTE MIDE (30.00) TREINTA METROS A COLINDAR CON ARCO VIAL; AL SUR MIDE (29.00) VEINTINUEVE METROS Y COLINDA CON CARRETERA NACIONAL MEXICO, LAREDO; AL ORIENTE MIDE (444.00) CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO METROS Y COLINDA CON LA SEÑORA APOLONIA VILLARREAL DE GARZA; Y AL PONIENTE MIDE (515.00) QUINIENTOS QUINCE METROS Y

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COLINDA CON PROPIEDAD QUE FUE DE DON DANIEL TREVIÑO. Servirá como postura legal la cantidad de $3’536,000.00 TRES MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MIL PESOS 00/100 M.N.), es decir las dos terceras partes del avalúo realizado por el perito valuador de la parte actora. En la inteligencia de que a los interesados se les proporcionará mayor información en la Secretaría de éste Juzgado, debiendo exhibir los postores interesados en participar en el remate un certificado de depósito que ampare el 10%-diez por ciento de $5,304.000.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL PESOS 00/100 M.N.) que es el valor que arroja el avalúo realizado por el perito valuador de la parte actora, y además deberán de manifestar en su escrito de comparecencia la postura legal que ofrecen. DOY FE. Monterrey, N.L., a 3 de septiembre de 2008. El C. Secretario Lic. Antonio Filiberto Vega Pérez Rúbrica. (R.- 274557) Sinaloa Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil Culiacán, Sinaloa Juzgado Tercero de Primera Instancia del Ramo Civil del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa EDICTO DE REMATE Que en el expediente número 1143/2005, formado al juicio EJECUTIVO MERCANTIL, promovido por PROMOCION Y DESARROLLOS URBI, S.A. DE C.V., en contra de LUIS ALFONSO TORRES MEDINA, se ordenó sacar a remate en primera almoneda la sexta parte del bien inmueble que a continuación se describe: BIEN INMUEBLE A REMATAR: LOTE URBANO Y CONSTRUCCION EDIFICADA SOBRE EL MISMO IDENTIFICADO CON EL NUMERO 08-A, MANZANA 30, UBICADO EN AVENIDA RIO BACATUDEA NUMERO 1677 DE LA COLONIA MORELOS (ANTES COL. EJIDAL) DE ESTA CIUDAD. INSCRITO EN EL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y DEL COMERCIO DE ESTA CIUDAD, CON INSCRIPCION NUMERO 52, DEL LIBRO 769 SECCION I; AL NORTE: 32.48 METROS LINDA CON LOTE NUMERO 08; AL SUR: 32.40 METROS Y LINDA CON LOTE NUMERO 09; AL ORIENTE: 7.70 METROS Y LINDA CON LOTE 06: AL PONIENTE: 7.55 METROS Y LINDA CON AVENIDA RIO BACATUDEA, ANTES DENOMINADA AVENIDA BOLIVIA; SUPERFICIE TOTAL DEL TERRENO 247.19 METROS CUADRADOS. Es postura legal para el remate la cantidad de $111,111.11 (ciento once mil ciento once pesos 11/100 Moneda Nacional), importe de las dos terceras partes de los avalúos periciales que obran agregados en autos. La almoneda tendrá verificativo en el local de este Juzgado a las 13:00 horas del día 25 veinticinco de septiembre del año en curso, Sito en Avenida Lázaro Cárdenas 891 Sur, Colonia Centro Sinaloa, Palacio de Justicia. Se solicitan Postores. PUBLIQUESE ESTE EDICTO POR TRES VECES DENTRO DE NUEVE DIAS, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION Y EN LA TABLA DE AVISOS DEL JUZGADO. EN LA INTELIGENCIA QUE EL EDICTO ORDENADO PRECEDENTEMENTE, DEBERA PUBLICARSE UTILIZANDO FUENTE DE LETRA LEGIBLE Y DE TAMAÑO NO MENOR A OCHO PUNTOS, DE CONFORMIDAD CON EL ACUERDO EMITIDO POR EL PLENO DEL SUPREMO TRIBUNAL DE JUSTICIA, EL DIA 03 TRES DE AGOSTO DEL AÑO 2005. Atentamente Culiacán, Sin., a 22 de agosto de 2008. El Secretario Primero Lic. Adán Obed Picos Valenzuela Rúbrica. (R.- 274722)

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AVISOS GENERALES Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud Coordinación General “C” EDICTO El Ciudadano Agente del Ministerio Público de la Federación, con fundamento legal en lo dispuesto por el artículo 182-B fracción II del Código Federal de Procedimientos Penales, por esta vía, notifica el Aseguramiento Provisional al propietario, interesado o representante legal de los siguientes bienes muebles, inmuebles, vehículos, joyas y numerario en moneda americana (dólares) INMUEBLES: calle Reina número 1, colonia San Angel Inn, en la Delegación Alvaro Obregón, México, Distrito Federal; calle Cerrada de Dos Conejos número 173, colonia Romero de Terreros en la Delegación de Coyoacan, México, Distrito Federal; Calle Serranía número 253, colonia Ampliación Pedregal de San Angel, en la Delegación Coyoacán, México, Distrito Federal; calle Brisa número 359 y/o 352, Jardines del Pedregal, en la Delegación Alvaro Obregón, México, Distrito Federal; calle Escarcha número 32, colonia Jardines del Pedregal, en la Delegación Alvaro Obregón, México, Distrito Federal; calle Las Quintas número 15, colonia Las Quintas, Delegación Lázaro Cárdenas del Río, en la Ciudad de Cuernavaca, Morelos; VEHICULOS: 1.- Una camioneta marca Chevrolet Equinox, modelo 2006, color Blanca con placas de circulación 653 UDT del Distrito Federal con número de serie 2CNDL63F666008286; 2.- Una camioneta marca Jeep Liberty, modelo 2008, color blanca sin placas de circulación con número de serie 1J8GP28K68W157383; 3.- Una camioneta marca Honda CR-V, modelo 2007 color negra sin placas de circulación con número de serie JHMRE48777C405961; 4.- Una camioneta marca Jeep Limited, modelo 2007 color negra, con placas de circulación SAR-23-94 de Nuevo León, con número de serie 1J4FF47W37D131558; 5.- Una camioneta marca Nissan Murano, modelo 2005, color café metálico, con placas de circulación 681-UYV del Distrito Federal, con número de serie JN8AZ05W35W059155; 6.- Una camioneta marca Honda CR-V, modelo 2007 color Blanca con placas de circulación 623-ULD del Distrito Federal, con número de serie 3CZRE48767G000232; 7.- Un vehículo marca Volks Wagen, modelo 2007 color negro con placas de circulación 977-VGN del Distrito Federal, con número de serie 3VWGN11K37M191147; 8.- Un vehículo marca Ford Grand Marquis, modelo 2005 color negro con placas de circulación 928-VGF del Distrito Federal, con número de serie 2FAFP71W45X173018; 9.- Un vehículo marca Chevrolet Montecarlo, modelo 1986 color gris sin placas de circulación, con número de serie 1G1GZ37H5GR152419; 10.- Un vehículo marca GM Tahoe, tipo camioneta, modelo 2008, color negro, placas de circulación 107 VPA, del Distrito Federal, con número de serie 1GNFC13J78R157213; 11.- Un vehículo marca Mercedes Benz, tipo camioneta, blindada, color negro sin placas de circulación, con número de serie 4JGBB77E67A18221; 12.- Un vehículo marca Volkswagen, Golf, color gris, placas de circulación PVD4616, con número de serie 9BWXB01J314011879; 13.- Un vehículo marca BMW, tipo camioneta, color negro sin placas de circulación, con número de serie 3AVFB51O45RA12524; 14.- Un vehículo marca Jeep Cherokee, tipo camioneta, color negro sin placas de circulación, con número de serie 1J8HR68276C268366; 15.- Un vehículo marca GMC Yukon, tipo camioneta, color negro sin placas de circulación, con número de serie 1GKFK63857J275882. JOYAS: Consistentes en relojes, plumas, pulseras, brazaletes, cadenas, dijes, encendedores, prendedores, anillos, pulseras, centenarios, mancuernillas, lentes, y otros objetos diversos, localizados en el inmueble ubicado en CALLE ESCARCHA NUMERO 32 (LOTE 3 E, MANZANA 23, SECCION 2 A), COLONIA JARDINES DEL PEDREGAL DE SAN ANGEL, DELEGACION ALVARO OBREGON, EN EL DISTRITO FEDERAL. NUMERARIO: $659,450.00 (seiscientos cincuenta y nueve mil cuatrocientos cincuenta) DOLARES. Aseguramiento dictado en fecha 30 treinta de enero del año 2008 dos mil ocho, dentro de la indagatoria A.P. PGR/SIEDO/UEIDCS/023/2008. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 182-A del Código Federal de Procedimientos Penales, se apercibe al propietario, interesado o a su representante legal de los bienes de referencia, para que no los enajene o grave, y que de no manifestar lo que a su derecho convenga en el plazo de 90 días naturales a que se refiere el artículo 182-A, del mismo ordenamiento, en relación con el 22 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, causarán abandono a favor de la Federación. Asimismo, se pone a su disposición, copia certificada de la fe ministerial e inventario de los inmuebles, vehículos, joyas objeto y numerario asegurado en el interior de las oficinas de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud, ubicadas en Paseo de la Reforma número 75, colonia Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, en México, Distrito Federal. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 15 de agosto de 2008. El Agente del Ministerio Público de la Federación Lic. Julio César Jaimes Carmona Rúbrica. (R.- 274656)

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Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Delegación Sinaloa Subdelegación de Procedimientos Penales “A” Agencia del Ministerio Público de la Federación Mesa IV Culiacán, Sinaloa EDICTO Que en autos de la Averiguación Previa número AP/SIN/CLN820/2007/M-IV, instruida en contra de QUIEN Y/O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por la probable comisión del delito de CONTRA LA SALUD Y VIOLACION A LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y LO QUE RESULTE, se dictó un acuerdo que en su parte conducente dice: “con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 40, 41 y 193 último párrafo del Código Penal Federal 2o., 83, 181 párrafo primero y 182-B Fracción II y del Código Federal de Procedimientos Penales, 4o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, artículos 6, 7 y 8 fracción II de la Ley Federal de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, y a efecto de dar debido cumplimiento al acuerdo A/011/00, dictado por C. Procurador General de la República, por el que se establecen los lineamientos que deberán observar los Agentes del Ministerio Público de la Federación en el Aseguramiento de Bienes, por lo que, SE NOTIFICA A TODA AQUELLA PERSONA QUE TENGA INTERES O CONSIDEREN QUE PUDIERAN EJERCER PROPIEDAD O POSESION DE: UN INMUEBLE: EL CUAL SE LOCALIZA EN EL POBLADO SANTA RITA DE ABAJO, MUNICIPIO DE BADIRAGUATO, SINALOA, EN LAS COORDENADAS GEOGRAFICAS LN25º55’33.1” Y LW107º50’31.3”; LOCALIZANDOSE A CATORCE KILOMETROS EN LINEA RECTA AL NORT-ORIENTE DEL POBLADO DE SURUTATO, BADIRAGUATO, SINALOA; UN INMUEBLE QUE SE ENCUENTRA EN LAS FALDAS DE UN CERRO, PINTADO EN COLOR AMARILLO CLARO CON FILOS BLANCOS Y JARDINES CON ARBOLES DE PINO AL FRENTE, SE ENCUENTRA DELIMITADO POR BARDA DE CONCRETO CON LAJA DE ADORNO DE MEDIA ALTURA, PRESENTA UN FRENTE DE OCHENTA METROS POR CINCUENTA METROS DE FONDO APROXIMADAMENTE, PRESENTA ENTRADA PEATONAL AL CENTRO DE REJA METALICA Y UNA VERJA VEHICULAR METALICA AL LADO NORTE DEL PREDIO, DE DOS HOJAS; LUGAR QUE AL ARRIBAR SE ENCONTRABA CUSTODIADO POR ELEMENTOS DEL EJERCITO MEXICANO, AL INTRODUCIRNOS, SE APRECIA QUE EL INMUEBLE CUENTA CON CUATRO EDIFICACIONES, UNA COMO CASA PRINCIPAL DE UNA PLANTA, OTRA COMO EDIFICACION SECUNDARIA DE DOS PLANTAS UNA MAS CON FORMA CIRCULAR A MANERA DE PALAPA CON TECHO DE LAMINA DE ASBESTO COLOR LADRILLO Y UNA MAS DESTINADO COMO COCINA DE CAMPO CON TECHO DEL MISMO TIPO Y SEMICIRCULAR. INICIANDO LA DESCRIPCION CON EL INMUEBLE PRINCIPAL: EDIFICACION DESTINADA COMO CASA-HABITACION; DONDE INGRESAMOS POR LA PUERTA METALICA SECUNDARIA DE COLOR CAFE QUE SE ENCONTRO ABIERTA DEL LADO NORTE DE LA CASA APRECIANDOSE UN HABITACION DESTINADA PARA COCINA QUE CUENTA CON ESTUFA MARCA MABE COLOR BLANCA CON SEIS QUEMADORES Y CAMPANA EXTRACTORA MARCA BOSH Y DIVERSOS UTENSILIOS DE COCINA, UN DESAYUNADOR DE MADERA COLOR CLARO, COMPUESTO POR MESA CIRCULAR CON CRISTAL Y SEIS SILLAS ACOJINAMIENTO EN ASIENTOS, FORRADOS EN TELA COLOR BLANCA Y FORROS PROTECTORES COLOR AMARILLO; TRES BANCOS ALTOS DE MADERA COLOR CLARO; UN CUADRO CON LA TEMATICA “BODEGON”, FIRMADO Y FECHADO POR MARY GRESS 2000, CON MARCO DE MADERA; CONTIGUO A ESTA DEL LADO SUR DEL INMUEBLE UN COMEDOR DE MADERA COMPUESTO POR MESA RECTANGULAR Y OCHO SILLAS, DOS DE ELLAS CON BRAZOS, ACOJINAMIENTO EN ASIENTO, FORRADOS EN TELA COLOR BEIGE ESTAMPADA; UNA VAJILLA PARA OCHO PERSONAS DE CERAMICA BLANCA PINTADA CON MOTIVOS FLORALES EN AMARILLO, AZUL, ENTRE OTROS, COMPUESTA POR PLATO EXTENDIDO, PLATO SOPERO, TAZA CON PLATO, JARRA, AZUCARERA Y CREMERA; TRES CUADROS MEDIANOS CON TEMATICA DE CASAS CON MARCO DE MADERA; UN ESPEJO DE APROXIMADAMENTE 2.00 MTS. X 1.00 MTS. CON MARCO DE MADERA; DOS PLANTAS ORNAMENTALES CON MACETA; UNA BASE DE MADERA CON UNA MACETA PEQUEÑA; UN JARRON DE CERAMICA CON MOTIVOS FLORALES, DE APROXIMADAMENTE 0.80 MTS; UN MUEBLE DE MADERA TIPO TRINCHADOR CON CRISTAL, CUATRO PUERTAS ABATIBLES Y DOS CAJONES; UN JUEGO DE CERAMICA PARA SEIS PERSONAS INTEGRADO POR TAZAS, PLATOS PEQUEÑOS, JARRA, AZUCARERA Y CREMERA, EN COLOR BLANCO, CONTENIDOS EN UNA ESTRUCTURA METALICA; DOS LUMINARIAS CON PEDESTAL EN ESTRUCTURA METALICA PARA PORTAR VELAS Y UNA MECEDORA INFANTIL DE MADERA Y BAQUETA; CONTIGUO A ESTE HACIA EL PONIENTE SE LOCALIZA UN CUARTO DONDE HAY UNA SALITA QUE PRESENTA UN JUEGO DE SALA DE MADERA CON MATERIAL ENTRETEJIDO, COMPUESTO POR DOS LOVE SEAT Y DOS SILLONES INDIVIDUALES Y UNA MESITA DE DOBLE BASE; ENTRANDO POR UN PASILLO HACIA EL PONIENTE SE ENCUENTRAN TRES HABITACIONES SIENDO EL CUARTO NUMERO UNO DONDE SE APRECIA UNA RECAMARA DE MADERA COLOR OSCURO, COMPUESTA POR CABECERA MATRIMONIAL CON REMATES ALTOS EN SUS EXTREMOS Y GRABADO EN FORMA OVAL EN SU PARTE CENTRAL, CUENTA CON BOXSPRING Y COLCHON TAMAÑO MATRIMONIAL, UN BURO DE DOS CAJONES, UN TOCADOR CON NUEVE

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CAJONES Y PUERTAS ABATIBLES Y LUNA ENMARCADA, TODO EN BUEN ESTADO DE CONSERVACION; ASI COMO UN APARATO RECEPTOR RCA PARA SKY, MODELO SLM 200, SERIE G062BC0HY; UN MINI-SPLIT MARCA MIRAGE, CAPACIDAD 18000 BTU’S, COLOR BLANCO, CUENTA CON BAÑO COMPLETO CON MUEBLES PROPIOS DE EL EN COLOR VERDE; SALIENDO DE ESA HABITACION Y CONTIGUA A ESTA HACIA EL MISMO LADO ENTRE LOS CUARTOS UNA BAÑO COMPLETO EN CON MUEBLES PROPIOS EN COLOR BEIGE, CONTIGUO A ESTA SE APRECIA EL CUARTO NUMERO DOS QUE CUENTA CON DOS LITERAS TUBULARES EN COLOR AZUL, AMARILLO Y ROJO, CON SUS RESPECTIVOS COLCHONES INDIVIDUALES; UN ESCRITORIO Y SILLA TUBULAR EN COLORES ROJO, AMARILLO Y AZUL CON SUPERFICIE DE MELAMINA COLOR BLANCA; UNA MESITA CON ESTRUCTURA TUBULAR EN COLOR ROJO Y AZUL, CON TRES SILLAS; UN VENTILADOR DE PEDESTAL MARCA WINDCHASER DE TRES VELOCIDADES, COLOR BLANCO; UN CUADRO CON TEMATICA DE JARDIN, MADEL GRESS, CON MARCO DE MADERA; UN MINI-SPLIT MARCA MIRAGE, CAPACIDAD 18000 BTU’S, COLOR BLANCO; SALIENDO DE LA HABITACION Y CONTIGUO A ESTA SE ENCUENTRA EL CUARTO NUMERO TRES EL CUAL CONSTA DE UNA RECAMARA DE MADERA SOLIDA, COMPUESTA POR CABECERA MATRIMONIAL CURVA CON BASE Y REMATE FRONTAL EN UNA PIEZA, COLCHON TAMAÑO MATRIMONIAL, DOS BUROES DE MADERA CON CAJONES Y CUBIERTA DE CRISTAL, UN TOCADOR CON SEIS CAJONES Y CUBIERTA DE CRISTAL Y LUNA, TODO EN BUEN ESTADO DE CONSERVACION; UN APARATO RECEPTOR RCA PARA SKY, MODELO SLM 200, SERIE G062BC0HY; SALIENDO DE LA HABITACION Y POR FUERA DE LA CASA SE ENCUENTRA UN CUARTO EXTERNO DE SERVICIO DONDE SU ENTRADA SE ENCUENTRA EN EL LADO NORTE DEL LA CASA, APRECIANDOSE DIVERSOS OBJETOS DENTRO DE CAJAS DE CARTON USADOS EN EPOCA NAVIDEÑA, ASI COMO UNA MAQUINA TIPO SIERRA DE CINTA DELTA DE 12”, MOTOR 28190; EN LA PARTE POSTERIOR DEL INMUEBLE SE HAYA UN ESPACIO SIN PUERTAS UTILIZADO COMO CUARTO DE LAVADO DONDE SE HAYA UNA LAVADORA MARCA EASY, MODELO TOUCH CON CAPACIDAD PARA ONCE KILOGRAMOS, COLOR BLANCO; DOS TANQUES DE GAS CON CAPACIDAD PARA 30 KILOS; PASANDO HACIA EL LADO NORTE DEL INMUEBLE SE ENCUENTRA LA CONSTRUCCION SECUNDARIA DE DOS NIVELES APRECIANDOSE EN LA PLANTA BAJA TRES BANCOS CON BASE DE MADERA TIPO BAMBU Y ASIENTO DE PIEL AL NATURAL; EN LA PARTE EXTERIOR DE LA CONSTRUCCION UNA CABEZA DE TORO DISECADA, EN REGULAR ESTADO; SUBIENDO A LA PLANTA ALTA POR UNAS ESCALERAS EXTERIORES SE APRECIA EN UN CUARTO UN MUEBLE DE MADERA TIPO CANTINA CON BARRA Y CONTRABARRA, CON ENTREPAÑOS Y PUERTAS CORREDIZAS; DOS SILLAS CON RESPALDO DE BAMBU Y PIEL AL NATURAL, ASI COMO DOS BANQUITOS DEL MISMO MATERIAL, EN REGULAR ESTADO; UNA COCINITA DE JUGUETE, EN REGULAR ESTADO; BAJANDO NUEVAMENTE POR LAS ESCALERAS Y BAJO ESTAS SE HAYA UN GENERADOR DE CORRIENTE MARCA HONDA, DE DIESEL 12D CON ACUMULADORES; UN TANQUE COMPRESOR CON CAPACIDAD PARA 60 GALONES, MOTOR DE 6.0 H.P. EN COLOR AZUL; DEL LADO NORTE DE DICHO INMUEBLE SE HAYA UNA BODEGA EN LA PLANTA BAJA DONDE SE APRECIAN DOS MAQUINAS PODADORAS, UNA MARCA CRAFTMAN COLOR ROJA Y LA OTRA MANUAL COLOR AMARILLO; CUATRO SILLITAS DE PLASTICO; DEJANDO ESTA CONSTRUCCION Y PASANDO HACIA EL LADO SUR DEL PREDIO SE HAYA OTRA CONSTRUCCION MAS EN FORMA CIRCULAR TIPO PALAPA CON TECHO EN CAIDA DE AGUA DE TEJA ROJA, DONDE SE ENCUENTRAN DOS MECEDORAS GRANDES DE MADERA CON ASIENTO DE BAQUETA Y OTRA MECEDORA PEQUEÑA CON LA MISMA HECHURA; DOS MESAS VIEJAS DE MADERA DE PINO, EN REGULAR ESTADO Y UNA MESA CON ESTRUCTURA METALICA COLOR BLANCO; CUATRO SILLAS CON BASE DE BAMBU Y ASIENTO DE PIEL AL NATURAL, EN REGULAR ESTADO; CONTIGUA A ESTA A SU LADO PONIENTE HAY OTRA CONSTRUCCION MAS EN FORMA DE RECTANGULO CON CAIDA DE AGUA Y TECHO EN TEJA ROJA DONDE EN SU INTERIOR SE APRECIA UNA ESTUFA COMERCIAL DE ACERO INOXIDABLE CON DOS QUEMADORES Y CONEXION PARA GAS; UN HORNO COMERCIAL DE ACERO INOXIDABLE; UN TANQUE DE GAS CON CAPACIDAD APROXIMADA PARA 30 KILOS; UN PEQUEÑO MOLINO MOCTEZUMA COLOR CAFE; SALIENDO DE ESTA Y EN EL PATIO SE ENCUENTRA UNA MESA DE PLASTICO MARCA LIFETIME, COLOR BLANCO CON PATAS PLEGABLES TUBULARES; DOS CONTENEDORES METALICOS CUADRADOS Y UN TAMBO DE PLASTICO AZUL CON CAPACIDAD APROXIMADA PARA 200 LTS; QUE SE HA DECRETADO SU ASEGURAMIENTO y puesto a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes; por lo que cuenta con un plazo de noventa días para manifestar lo que a su derecho convenga en relación a dichos vehículos; asimismo, se apercibe al interesado o a su representante legal, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en los plazos a que se refiere el artículo 44 del Código Penal Federal, los bienes causarán abandono a favor de la Federación. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. Culiacán, Sin., a 11 de agosto de 2008. El C. Agente del Ministerio Público de la Federación Lic. Gilberto Sotelo Rivera Rúbrica. (R.- 274661)

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Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Delegación Estatal Sinaloa Subdelegación de Procedimientos Penales “A” Agencia del Ministerio Público de la Federación Mesa V Culiacán, Sinaloa AP/SIN/CLN/209/2008/M-V Oficio 2790/2008 EDICTO Que en autos de la Averiguación Previa número AP/SIN/CLN/209/2008/M-V, instruida en contra de QUIEN O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por los delitos de CONTRA LA SALUD Y OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILICITA, se dictó un acuerdo que en su parte conducente dice: “con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40, 41 y 193 último párrafo del Código Penal Federal; 2o., 181 párrafo primero, 182 y 182 B fracción II, del Código Federal de Procedimientos Penales; 4o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; artículos 6, 7 y 8 fracción II de la Ley Federal de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, y a efecto de dar debido cumplimiento al acuerdo A/011/00, dictado por el C. Procurador General de la República, por el que se establecen los lineamientos que deberán observar los Agentes del Ministerio Público de la Federación en el Aseguramiento de Bienes, por lo que con fundamento en el artículo 83 del Código Federal de Procedimientos Penales, SE NOTIFICA A LOS PROPIETARIOS DEL SIGUIENTE INMUEBLE: 1.- UN BIEN INMUEBLE UBICADO CARRETERA NAVOLATO-LA VUELTA, NUMERO 323, FRACCIONAMIENTO SANTA MARIA, NAVOLATO, SINALOA, con diversos enseres en su interior como lo son: UNA cocina integral de madera, incrustada en la pared de color café, la cual cuenta con diversas puertas y cajones, UNA tarja individual de color cromado, UNA estufa de la marca BOSH, en color gris con cinco quemadores, la cual cuenta con su campana en color negro de la marca BANAIRE, UNA licuadora de la marca OSTERISER, en color blanco con vaso de cristal transparente, UN refrigerador de color blanco de la marca MABE, UN comedor de madera en color café, integrado por una mesa de madera en color café de forma redonda y cuatro sillas de madera en color café con asientos tapizados en material de mimbre, UN sillón tapizado en tela de color rojo, con capacidad para dos personas, UN mueble de madera tipo cómoda con tres puertas de color café oscuro, sobre el cual se encuentran DOS pantallas de la marca SYSCOM, en color negro, al parecer utilizadas para circuito cerrado, DOS camas individuales con base de madera y colchón en color blanco de la marca ORTOPEDIC, UN mueble de madera tipo alacena en color café, de aproximadamente un metro con ochenta centímetros de alto, UN Aire Acondicionado de la marca MIRAGE, en color blanco con número de identificación 920RB-30400072, UN mueble de madera tipo buró en color café oscuro, UN mueble de madera en color amarillo claro, al parecer para televisión, UN abanico de techo de metal pintado en color café oscuro, con aspas al parecer de madera del mismo color, un baño, integrado por WC y lavamanos en color blanco con regadera en color cromo, una fuente hecha en material al parecer cantera, la cual se encuentra rodeada por material de concreto pintado en color rojo, UNA casita de madera en color café, la cual cuenta con dos resbaladillas, un puente colgante y un columpio, observándose una segunda construcción hecha a base de material de concreto constante de tres recámaras, una sala, comedor y baño con techo de teja en color ladrillo, la cual cuenta con un acceso tipo puerta de dos hojas, de madera, pintada de color café en forma de arco en su parte superior, donde se observan los siguientes muebles UNA mesa de madera en forma redonda, de color café oscuro, UN jarrón metálico en color café con flores amarillas, UN tapete de fibras largas en color verde con café, UNA sala tapizada en tela de color beige integrada por un sillón individual, uno para dos personas y uno para tres personas, UNA mesa de centro de madera en color beige con UN adorno de madera en forma de torre de color café, DOS mesitas tipo buró de madera en color beige, UN cuadro de madera pintado al óleo, con fondo en colores rojo y anaranjado, UN tapete de fibras largas en forma rectangular con colores verde y café; UN cuadro con marco de madera en color café con la figura de dos mujeres, UNA mesa de madera tipo esquinera en forma redonda de color café oscuro; UN banquito metálico en color negro con asiento tapizado en material de mimbre, UN comedor de madera en color café claro, de forma rectangular, con ocho sillas de madera en color café con asiento tapizado en tela al parecer manta en color blanco, UN mueble de madera tipo trinchador, en color café, con tres puertas de madera y cristal, UN mueble de madera y cristal tipo esquinero de aproximadamente dos metros de alto, UNA mesita de mármol en color beige con base de herrería en color café, sobre la cual se

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encuentran TRES adornos al parecer de metal en color café, con forma de botella, TRES cuadros con marco de madera en color café, con diversas imágenes como lo son frutas y flores, UNA mesa tipo esquinero redonda hecha de material de mimbre, observándose un espacio utilizado como cocina de aproximadamente cuatro metros de ancho por las mismas medidas de largo, donde se observa, UNA cocina integral de madera en color café, con diversas divisiones y cajones, UNA estufa de la marca MABE en color blanco con cinco quemadores, UN refrigerador de la marca WHIRPOOL, el cual se encuentra rodeado en su totalidad por madera en color café claro, UN enfriador de agua de la marca LG en color beige, UN desayunador hecho a base de material de concreto con base de madera con DOS bancos de madera tapizados en material al parecer piel de color blanco, TRES depósitos tipo azucareros en color blanco, teniéndose a la vista un pasillo de aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho, siendo éste el que conduce hasta las recámaras del inmueble en comento, observándose un acceso tipo puerta que conduce a un espacio utilizado como baño integrado por WC y lavamanos, en color blanco, UN mueble de madera tipo tocador de color café oscuro, con espejo cuadrado de aproximadamente un metro y medio de ancho por la misma medida de alto, UN mueble de madera en color café oscuro, en forma de media luna, sobre el cual se encuentra UNA estatua con la figura de un niño que no cuenta con su brazo izquierdo, UN cuadro de tela al óleo, con marco de madera en color café oscuro, asimismo se tienen a la vista tres accesos tipo puerta de aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros de alto, siendo el primero de éstos el que conduce a un espacio utilizado como recámara, marcada con el número uno, donde se observa UNA recámara matrimonial, con cabecera y dos burós con un cajón cada uno, hecha a base de madera en color café oscuro, UN mueble tipo closet, de madera en color café, con diversas puertas, cajones y compartimentos, UNA silla de madera con asiento tapizado en material de mimbre, UNA silla pequeña de madera con asiento tapizado en tela de color beige, UNA imagen con marco de madera con la figura de la virgen de Guadalupe de aproximadamente sesenta centímetros de alto por treinta centímetros de ancho, UN cuadro con la figura de una virgen con dos niños de aproximadamente cuarenta centímetros de alto por veinticinco de ancho, UN mueble de madera tipo alacena con cinco divisiones en color amarillo claro, UN aire acondicionado de la marca YORK, observándose un acceso tipo puerta de aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros de alto el cual conduce a un espacio utilizado como baño integrado por WC y lavamanos en color blanco, con regadera de color cromo, la cual se encuentra rodeada perimetralmente por acrílico transparente, en un espacio aproximado de dos metros de alto por un metro cuadrado por lado, teniéndose a la vista otro espacio al parecer utilizado como recámara marcada con el número dos, dentro de la cual se tiene a la vista, UNA recámara matrimonial, de madera con cabecera y buró en color beige, UN mueble de madera en color café oscuro con diversas puertas y compartimentos, UN banco de madera con asiento en material de mimbre, observándose también otro acceso tipo puerta de un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros de alto, la cual conduce a un espacio destinado para baño integrado por WC y lavamanos en color café claro, con regadera de color cromo, la cual se encuentra rodeada perimetralmente por acrílico transparente de aproximadamente dos metros de alto por un metro cuadrado por lado, siguiendo el recorrido se observa un tercer y último acceso que conduce a un espacio destinado al parecer para recámara marcada con el número tres, donde se tiene a la vista, UNA recámara con cabecera y dos burós de madera en color café observándose sobre de éstos DOS portavelas de madera en color café, así como DOS alajeros al parecer de cerámica, siendo el primero de forma redonda mientras que el segundo lo es en forma rectangular, UN mueble de madera en color café, con dos puertas y un cajón al parecer para la televisión, UNA televisión de la marca SONY en color gris, UN aparato receptor de imagen satelital SKY, de la marca MOTOROLA, UN banquito con base de herrería y asiento en material de membrillo, UN cuadro con marco de madera con la figura de un pueblo colonial, UN banco con base metálica y asiento tapizado en tela, simulando la piel de algún animal felino, con manchas de color negro, UN mini split de color café claro, de la marca CARRIER, UNA pantalla de color negro sin marca al parecer utilizada para el circuito cerrado, observándose dentro de esta recámara un acceso tipo puerta, el cual conduce a través de un pasillo a dos espacios tipo closet de madera en color café con diversas puertas y cajones, así como también se tiene a la vista otro acceso tipo puerta que conduce a un espacio utilizado como baño el cual cuenta con WC, yacuzzi y lavamanos en color tinto, así como un espejo de aproximadamente medio metro cuadrado, con marco en material al parecer mimbre, no observándose ningún otro objeto, el suscrito procede a salir del espacio en comento, donde se observa un espacio utilizado como cochera, de aproximadamente ocho metros de largo por seis de ancho, donde se tiene a la vista UNA cuatrimoto de la marca YAMAHA, en color rojo, con parrillas en la parte trasera y delantera, con número de serie no visible, UN carrito recogedor de basura de la marca JHON DHERE, en color verde con cuatro ruedas, UNA podadora de césped de la marca POULAND PIO, de color negra, UNA bicicleta fija de la marca LIFE GEAR, de color negro con el número de serie 0134, UNA caminadora de color negro, de la Marca ORBITRAC, UNA bicicleta de color azul de la marca IBIKE, la cual se encuentra quebrada

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en la de su manubrio, UNA báscula de color blanco de la marca TORINO, con capacidad para 160 kilogramos, UN esmeril sin marca ni número de serie visible en color negro, UN compresor de aire de la marca EVANS, sin número de serie ni modelo visible, UN gimnasio universal de color gris con negro de la marca GIMPACK, UN comedor redondo integrado por cuatro sillas con base de metal y asiento en material de mimbre, UN cuadro con marco de madera con la imagen de tres caballos, UNA silla tipo reposeed, de madera con asiento y respaldo de baqueta en color café, observándose junto a éste un acceso tipo puerta de madera y cristal de aproximadamente un metro y medio de ancho por dos metros de alto, siendo éste el que conduce a un espacio utilizado como sala de descanso dentro del cual se observan, DOS sillas de madera con asiento de material de mimbre, DOS sillas altas con base metálica y asiento en material de membrillo, DOS maceteros al parecer en material tipo cantera con plantas artificiales, UN mini split de la marca LG en color blanco con número de serie 207KA00064, UN mueble tipo carretilla de madera en color café la cual sirve para llevar y servir vinos, UNA televisión de la marca SONY, en color gris con número de serie 8012663, UNA sala de mimbre integrada por un sillón individual, uno para dos personas y otro para tres, UNA mesita de centro en material de membrillo, DOS sillones siendo éstos uno para dos personas y otro individual, UN mueble de mimbre tipo esquinero, UN mueble de mimbre con base de metal, asimismo en este espacio se encuentran UN mueble de madera en color café, en forma de barra cantinera, el cual se encuentra empotrado en la pared con diversas copas y vasos de cristal, por último dentro de este lugar se observa un acceso tipo puerta de madera de aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros de alto, siendo esta puerta la que conduce a un espacio utilizado como baño, integrado por WC, una letrina y un lavamanos empotrado sobre un mueble de madera en color café, con dos puertas, siguiendo el recorrido se procede a salir de esta construcción teniéndose a la vista una tercera construcción de aproximadamente cuatro metros de frente por seis de fondo, hecha a base de material de concreto, con puerta de acceso de madera en color café de aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros de alto, teniéndose a la vista en el interior de ésta UNA recámara individual con cabecera y dos burós de un cajón cada uno, hechos en material de madera en color café, UN aire acondicionado de la marca MIRAGE en color blanco sin número de serie visible, UN crucifijo con la imagen de Jesucristo, UN cuadro con marco de madera con la imagen de una puerta que conduce a un jardín de aproximadamente veinte centímetros de ancho por veinticinco de alto, UN mueble de madera tipo closet de madera en color café, con diversas puertas y compartimentos, observándose junto a este mueble, un acceso tipo puerta de aproximadamente un metro con veinte centímetros de ancho por dos metros de alto, siendo este acceso el que conduce a un espacio utilizado como baño, integrado por WC y lavamanos en color tinto, no habiendo más que fedatar dentro de esta habitación, el suscrito procede a salir de este espacio, teniendo a la vista otro acceso que conduce a un espacio utilizado al parecer como cuarto de lavado, donde se tiene a la vista UNA lavadora de la marca WHRILPOOL en color blanco, UNA secadora de la marca EASY en color blanco, UN burro para planchar de metal, DOS banquitos redondos de plástico en color blanco, UNA escalera de aluminio de aproximadamente un metro de altura en color gris de la marca CUPRUM, continuando con el recorrido se observan DOS construcciones, hechas a base de material de concreto, destinadas al parecer como baños, integrados por WC y lavamanos, continuando el recorrido y por último se tiene a la vista un espacio tipo jardín, el cual cuenta con diversas plantas y arbustos, sembrados en forma circular, al parecer para rodear un espacio utilizado como alberca, hecha a base de material de concreto con fondo en material al parecer de azulejo en color azul, observándose junto a ésta una construcción tipo palapa de color café, hecha a base de material de madera y palma, bajo la cual se encuentran TRES camastros de metal en color blanco, los cuales cuentan con asiento y respaldo, en color anaranjado con beige y CUATRO sillas hechas en material de metal, en color azul verde, y en virtud de QUE ESTA FISCALIA DE LA FEDERACION, DECRETO EL ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO, sobre los bienes anteriormente señalados. Por lo que el propietario y/o propietarios cuentan con un plazo de noventa días para manifestar lo que a su derecho convenga en relación a dichos objetos; asimismo, se apercibe al interesado o a su representante legal, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en los plazos a que se refiere el artículo 44 de la Ley la materia, los bienes causarán abandono a favor de la Federación. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. Culiacán, Sin., a 15 de agosto de 2008. El C. Agente del Ministerio Público de la Federación Titular de la Mesa V de Averiguaciones Previas Lic. Jorge Rubio Velázquez Rúbrica. (R.- 274663)

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Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Delegación Sinaloa Subdelegación de Procedimientos Penales “A” Agencia del Ministerio Público de la Federación Mesa IV Culiacán, Sinaloa EDICTO Que en autos de la Averiguación Previa número AP/SIN/CLN809/2007/M-IV, instruida en contra de QUIEN Y/O QUIENES RESULTEN RESPONSABLES, por la probable comisión del delito de VIOLACION A LA LEY FEDERAL DE ARMAS DE FUEGO Y EXPLOSIVOS Y LO QUE RESULTE, se dictó un acuerdo que en su parte conducente dice: “con fundamento en los artículos 16, 21 y 102 apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 40, 41 y 193 último párrafo del Código Penal Federal; 2o., 83, 181 párrafo primero y 182-B fracción II y del Código Federal de Procedimientos Penales; 4o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República; artículos 6, 7 y 8 fracción II de la Ley Federal de Bienes Asegurados, Decomisados y Abandonados, y a efecto de dar debido cumplimiento al acuerdo A/011/00, dictado por el C. Procurador General de la República, por el que se establecen los lineamientos que deberán observar los Agentes del Ministerio Público de la Federación en el Aseguramiento de Bienes, por lo que, SE NOTIFICA A TODA AQUELLA PERSONA QUE TENGA INTERES O CONSIDEREN QUE PUDIERAN EJERCER PROPIEDAD O POSESION DE: UN INMUEBLE, EL CUAL SE LOCALIZA EN LA CALLE PRINCIPAL DE LA COMUNIDAD DE SAN NICOLAS DEL SITIO (LOS SITIOS DE ARRIBA), BADIRAGUATO, SINALOA, CON UBICACION GEOGRAFICA LN 25°29’99”, LW 107°38’36”, INMUEBLE EN DONDE SE DA FE DE TENER A LA VISTA UN TERRENO Y CONSTRUCCION DE DOS PLANTAS CON BARDA PERIMETRAL EN COLOR BLANCO CON ACABADO DE BOLITAS AL ALTO RELIEVE Y TERMINACION SUPERIOR CON PICOS EN METAL COLOR NEGRO, UNA ENTRADA PEATONAL PRINCIPAL AL CENTRO, UNA MAS SECUNDARIA METALICA COLOR NEGRO DEL LADO SUR Y UN PORTON VEHICULAR DEL LADO NORTE DEL PREDIO, AL ENTRAR SE APRECIA QUE LA ENTRADA PEATONAL PRINCIPAL ES DE REJA METALICA COLOR NEGRA, OBSERVANDOSE QUE EL INMUEBLE CONSTA DE UNA EDIFICACION PRINCIPAL, DOS SECUNDARIAS Y UN COBERTIZO; OBSERVANDO QUE DEL LADO NORTE DE LA CASA PRINCIPAL SE HAYAN DISPERSOS ALGUNOS BIENES, CONSISTENTES EN: UN VEHICULO TIPO CUATRIMOTO VIPER 70, CON NUMERO DE SERIE RFZ7EE0C95A004562, COLOR AZUL, EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION; UN VEHICULO TIPO CUATRIMOTO BOMBARDIER DS90 CON NUMERO DE SERIE RFLNA09C85A019704, COLOR ROJO; UNA MOTOCICLETA MARCA SUZUKI PARA NIÑO, EN BUEN ESTADO, CON NUMERO DE SERIE KM4AA11A4X1108122; UN CARRO DE JUGUETE COLOR BLANCO; ASI COMO UNA CUATRIMOTO INFANTIL ELECTRICA, EN COLOR ROSA; UN GIMNASIO UNIVERSAL MARCA GYMPACK, COLOR BLANCO EN MAL ESTADO DE CONSERVACION Y UNA ASPIRADORA AMARILLA DE 4.5 HP HEAVY DUTY; INICIANDO LA INSPECCION DENTRO DEL INMUEBLE POR LA PUERTA PRINCIPAL, QUE ES DE MADERA COLOR OSCURA, EN EL CUAL AL ENTRAR SE APRECIA UN RECIBIDOR DONDE HAY DOS JARRONES COLOR BEIGE CON PLANTAS DE ORNATO TIPO ARBOL, UNA MESA METALICA COLOR GRIS, CON SUPERFICIE DE CRISTAL, UN ADORNO DE CERAMICA Y METAL CON LA FIGURA DE UN LEON RECOSTADO, UN CANDELABRO METALICO DE TRES PORTAVELAS, DOS JARRONES PEQUEÑOS EN CERAMICA COLOR BEIGE, UN ESPEJO CON MARCO COLOR DORADO DE APROXIMADAMENTE 1.80 MTS, UN ADORNO CON PLANTAS ARTIFICIALES Y JARRON TIPO COPON COLOR NEGRO, UNA JAULITA METALICA CON BASE DEL MISMO MATERIAL COLOR VERDE DE APROXIMADAMENTE 1.60 MTS DE ALTO, DOS ADORNOS CON PLANTAS ARTIFICIALES Y JARRON TIPO COPA COLOR NEGRO, DOS REPISAS CADA UNA CON DOS JARRONES PEQUEÑOS DE DIFERENTES MEDIDAS EN COLOR VERDE Y NEGRO, DOS SILLAS CON BRAZOS DE MADERA COLOR BEIGE TAPIZADAS EN TELA COLOR VERDE, UN CUADRO CON MARCO DE MADERA COLOR DORADO CON LA FIGURA DE UNA MUJER, UNA MESA DE MADERA CIRCULAR CON ADORNO FLORAL GRANDE CON UNA BASE TIPO COPA, DOS FIGURAS CERAMICAS CON PEDESTAL REPRESENTANDO ANGELES COLOR DORADO, UNO DE ELLOS RECOSTADO Y EL OTRO SENTADO, DOS JARRONES COLOR BEIGE CON TERMINADO DORADO EN SU BASE CON ADORNOS FLORALES, TRES CUADROS: EL PRIMERO CON LA TEMATICA DE DOS MUJERES, EL SEGUNDO CON MARCO DE MADERA CON LA TEMATICA DE NINFAS CON FIRMA ILEGIBLE Y EL TERCERO UNA LITOGRAFIA CON MARCO DORADO CON LA TEMATICA DE UN ANGEL; APRECIANDOSE QUE EN LA PLANTA BAJA HAY UNA RECAMARA Y UN ESTUDIO DEL LADO SUR DE LA CASA; SALA, COCINA Y CUARTO DE LAVADO EN EL LADO NORTE Y UNA ESCALERA AL CENTRO QUE LLEVA A LA PRIMER PLANTA; INICIANDO CON LA HABITACION EN EL VERTICE SUR-ORIENTE DE

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LA PLANTA BAJA DE LA CASA: QUE ES UNA HABITACION QUE CONSTA DE CAMA TAMAÑO KING SIZE CON CABECERA DE MADERA CON UN BURO A CADA LADO DE LA CAMA Y TOCADOR CON SEIS CAJONES TODOS DEL MISMO JUEGO, SOBRE LOS BUROS SE ENCUENTRAN UNA LAMPARA DE CERAMICA COLOR BLANCO EN CADA BURO, ASI COMO UNA MESITA REDONDA DE MADERA CON SUS DOS RESPECTIVAS SILLAS, CUENTA CON CLOSET VESTIDOR DONDE SE APRECIARON DIVERSAS FIGURAS RELIGIOSAS (NACIMIENTO) Y A UN LADO DEL CLOSET UN BAÑO COMPLETO CON MUEBLES PROPIOS EN COLOR NEGRO; SALIENDO DE LA RECAMARA NOS TRASLADAMOS HACIA EL SUR-PONIENTE DONDE SE ENCUENTRA OTRA HABITACION QUE CUENTA CON SALA TAPIZADA EN TELA COLOR ROJO OSCURO COMPUESTA DE LOVE SEAT, SILLON PARA TRES PERSONAS Y UN SILLON INDIVIDUAL, UNA MESA DE CENTRO EN MADERA, LIBRERO CON VITRINA Y ENTREPAÑOS CON TRES CAJONES Y TRES PUERTAS; UNA MESA MAS DE MADERA TIPO ESCRITORIO Y TRES SILLITAS INFANTILES DE BAQUETA, DONDE SE ENCUENTRA OTRO BAÑO EN COLOR ROJO OSCURO CON MUEBLES PROPIOS EN COLOR ROSA CLARO; SALIENDO Y REGRESANDO NUEVAMENTE HACIA EL FRENTE DE LA CASA PERO DEL LADO NORT-ORIENTE, SE HALLA LA SALA PRINCIPAL EN UN ESPACIO A DOBLE ALTURA, QUE CONSTA DE UN JUEGO DE SALA COMPUESTO POR SILLON, LOVE SEAT Y SILLON INDIVIDUAL EN TELA RAYADA COLOR AZUL CON MOLDURAS DE MADERA AL ALTO BRILLO, UNA MESA DE CENTRO RECTANGULAR Y DOS MESAS LATERALES CUADRADAS EN MADERA BARNIZADA, UN ADORNO PARA MESA DE CENTRO DE SALA CON PLANTAS ARTIFICIALES Y FLORERO DE CERAMICA TIPO COPA, UN JUEGO DE TRES MESITAS RECTANGULARES EN MADERA BARNIZADA CON DIFERENTES TAMAÑOS; DOS ADORNOS CERAMICOS, REPRESENTANDO A DOS FIGURAS FEMENINAS BAILANDO; DOS LAMPARAS DE MESA CON SOPORTE METALICO DORADO Y PANTALLA DE TELA COLOR BLANCO, MUEBLE DE MADERA COLOR OSCURO TIPO VITRINA ESQUINERA CON DOS PUERTAS ABATIBLES A LOS EXTREMOS Y CRISTAL AL FRENTE CON ENTREPAÑOS, DIEZ ADORNOS CERAMICOS, REPRESENTANDO EN SU MAYORIA A FIGURAS FEMENINAS DE APROXIMADAMENTE 0.20 A 0.30 MTS DE ALTURA; UN CUADRO GRANDE CON MARCO DE MADERA COLOR DORADO CON LA TEMATICA DE UN PERSONAJE MASCULINO SOSTENIENDO UN LIBRO, FIRMADO; UN TAPETE CON ESTAMPADO FLORAL, EN REGULAR ESTADO; UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; CONTIGUO A ESTA SE ENCUENTRA EL COMEDOR QUE CONSTA DE UN MUEBLE DE MADERA TIPO COMODA DE TRES PUERTAS, DOS DE ELLAS CON CRISTAL; UN COMEDOR DE MADERA COMPUESTO POR MESA Y OCHO SILLAS CON BRAZOS PEQUEÑOS, ACOJINAMIENTO EN ASIENTO, FORRADOS EN TELA COLOR BLANCO FLOREADA; UN JUEGO DE CERAMICA COMPUESTO POR SOPERA Y PLATON, CON ADORNOS DE FLORES Y FRUTAS; UN CUADRO CON MARCO DE MADERA CON TEMATICA DE FLORES; UN ADORNO PARA MESA DE COMEDOR CON PLANTAS ARTIFICIALES Y FLORERO DE CERAMICA TIPO COPA; UN JARRON COLOR BEIGE CON TERMINADO DORADO EN SU BASE CON ADORNOS FLORALES; ASI MISMO EN ESE SENTIDO SE UBICA LA COCINA QUE ESTA COMPUESTA DE UN REFRIGERADOR COLOR BLANCO HOT POINT CON DOS PUERTAS VERTICALES, UNA ESTUFA COLOR NEGRA Y CAMPANA EXTRACTORA SANAIRE COLOR BLANCA; UN HORNO DE MICROONDAS MEDIANO MARCA WHIRPOOL TIME MASTER, COLOR BLANCO; CUATRO SILLAS DE MADERA TIPO BANCO PARA BARRA DESAYUNADORA COLOR BLANCO; UN REFRIGERADOR HORIZONTAL PEQUEÑO MARCA KELVINATOR, COLOR BLANCO; UNA BASE DE CERAMICA TIPO PEDESTAL CON JARRON ADORNADO CON UVAS Y PLANTAS; UN AIRE ACONDICIONADO MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; CONTIGUO DE IGUAL FORMA HACIA EL LADO NORTE DE LA CASA SE ENCUENTRA UN PEQUEÑO CUARTO DE LAVADO DONDE SE APRECIA UN JUEGO DE LAVADORA Y SECADORA ESTATE, COLOR BEIGE, CON CAPACIDAD APROXIMADA PARA ONCE KILOGRAMOS; UNA PLANTA GENERADORA DE LUZ PEQUEÑA, EN REGULAR ESTADO; UNA ASPIRADORA VERTICAL EN REGULAR ESTADO, SUBIENDO LAS ESCALERAS INICIAMOS DESDE EL LADO PONIENTE DE LA CASA Y LO RECORREMOS EN CIRCULO EN SENTIDO CONTRARIO A LAS MANECILLAS DEL RELOJ, DADO QUE LA PLANTA ALTA SE ENCUENTRA DISTRIBUIDA EN FORMA ELIPTICA Y LAS HABITACIONES SE ENCUENTRAN EN LA PARTE EXTERNA DE LA ELIPSE, APRECIANDOSE PRIMERAMENTE QUE TIENE UN VESTIBULO DEL LADO PONIENTE Y UNOS ARREGLOS EN EL EXTREMO ORIENTE, COMO SIGUE: UNA SALA COMPUESTA POR MESA CIRCULAR DE MADERA, SILLON LOVE SEAT, DOS SILLAS CON BRAZOS TAPIZADAS EN TELA VERDE Y ROJA; UN ADORNO PARA MESA CON PLANTAS ARTIFICIALES Y FLORERO DE CERAMICA TIPO COPA; DOS BASES TIPO COLUMNAS, UNA DE ELLAS CON EL ROSTRO DE UNA MUJER Y EL OTRO CON EL ROSTRO DE UN HOMBRE, AMBOS PERSONAJES DE LA CULTURA GRIEGA; UN ADORNO PARA NICHO CON PLANTAS ARTIFICIALES Y FLORERO DE CERAMICA TIPO COPA EN COLOR DORADO; UNA FIGURA DE APROXIMADAMENTE 0.80 MTS DE DOS AVES, COLOR BLANCO; DOS CUADROS DE MADERA GRABADA CON LITOGRAFIAS DE ANGELES; UNA SALITA DE

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DESCANSO EN COLOR BLANCO INTEGRADO POR MESA COLOR VERDE CIRCULAR Y SEIS SILLAS CON COJINES COLOR VERDE; DOS ESCULTURA METALICAS AUSTIN, CADA UNA DE APROXIMADAMENTE 0.80 MTS, UNA DE ELLAS CON LA FIGURA DE UN MUJER Y LA OTRA CON TRES MUJERES; UNA ESCULTURA METALICA COLOR VERDE OSCURO CON LA FIGURA DE UNA MUJER Y UN HOMBRE; UN ADORNO PARA NICHO CON PLANTAS ARTIFICIALES Y FLORERO DE CERAMICA TIPO COPA EN COLOR BEIGE; INICIANDO CON LAS HABITACIONES DE EL LADO SUR DE LA PLANTA ALTA: HABITACION 1, RECAMARA DE MADERA COLOR OSCURO AL ALTO BRILLO, COMPUESTA POR: CABECERA MATRIMONIAL, COLCHON TAMAÑO MATRIMONIAL Y BASE DE MADERA, DOS BUROS CON DOS CAJONES CADA UNO RECUBIERTOS EN SU INTERIOR CON FIELTRO COLOR VERDE, TOCADOR CON CINCO CAJONES Y LUNA ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION; UNA SILLA DE MADERA CON BRAZOS Y TAPIZ EN TELA COLOR BEIGE; MUEBLE DE MADERA PARA TELEVISION CON BASE DESLIZABLE Y PUERTAS ABATIBLES, EN REGULAR ESTADO; TELEVISOR MARCA SAMSUNG DE 27 PULGADAS; DOS LAMPARAS DE MESA CON BASE METALICA Y PANTALLA DE TELA EN FORMA OVALADA COLOR BEIGE; UN CUADRO CON LA LITOGRAFIA DE UN PAISAJE, ASI COMO UN CRUCIFIJO; UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; CONTIGUO A ESTA LA HABITACION 2: RECAMARA DE MADERA COLOR OSCURO AL ALTO BRILLO, COMPUESTA POR: CABECERA KING SIZE, COLCHON DEL MISMO TAMAÑO, DOS BUROS CON DOS CAJONES CADA UNO Y ENTREPAÑO, UN TOCADOR CON REPISAS, CAJONES, PUERTAS ABATIBLES Y LUNA ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION; UNA SILLA DE MADERA, CON TELA ESTAMPADA COLOR BLANCO; DOS LAMPARAS DE MESA CON BASE METALICA TINTA Y PANTALLA DE TELA COLOR BEIGE; UN CUADRO CON LA LITOGRAFIA DE UN PAISAJE, ASI COMO UN CRUCIFIJO; UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; CONTINUANDO CON LA HABITACION 3: QUE TIENE UN RECAMARA DE MADERA COLOR OSCURO AL ALTO BRILLO, COMPUESTA POR: CABECERA QUEEN SIZE, COLCHON DEL MISMO TAMAÑO, DOS BUROS CON TRES CAJONES CADA UNO, TOCADOR CON CAJONES, PUERTAS ABATIBLES Y LUNA DE TRES SECCIONES, ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION; UN JUEGO DE MESITA CIRCULAR DE MADERA CON DOS SILLAS DE BRAZO, TAPIZADAS EN TELA FLOREADA EN COLOR BEIGE; UN BANQUITO PARA TOCADOR DE MADERA EN FORMA RECTANGULAR EN REGULAR ESTADO; ASI COMO UNA VIDEOCASETERA MARCA SONY, FORMATO VHS; DOS LAMPARAS DE MESA DE CERAMICA VIDRIADA, UNA CON LA FIGURA DE UNA MUJER Y LA OTRA CON LA FIGURA DE UN HOMBRE CON PANTALLA DE CRISTAL BLANCA; UN CUADRO CON LA LITOGRAFIA DE TRES MUJERES, FIRMADO, ASI COMO UN CRUCIFIJO; UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA. SALIENDO DE LA CASA SE APRECIA UN COBERTIZO EN CONSTRUCCION DE DOCE METROS DE LARGO POR SIETE METROS DE ANCHO DONDE SE ENCUENTRA UNA MESA REDONDA DE PLASTICO BLANCO, CON PATAS PLEGABLES; JUEGO DE MUEBLES DE MADERA CON BAQUETA INTEGRADO POR MESA CIRCULAR, CUATRO SILLONES INDIVIDUALES, CUATRO LOVE SEAT, UNA MESA, ASI COMO UNA SILLITA INFANTIL; EN REGULAR ESTADO; UN DESPACHADOR DE AGUA MARCA MABE, COLOR BLANCO SIN GARRAFON; UNA TELEVISION DE PANTALLA MARCA MITSUBISHI, CON BOCINAS EN LA PARTE INFERIOR; UN BARRIL DE MADERA GRANDE CON SOPORTE PRESENTANDO LA LEYENDA “FAMILIA ALAPIZCO VILLA”; UNA PARRILLA DE GAS DE DOS QUEMADORES, COLOR ROJA; UN ASADOR CILINDRICO HECHIZO, COLOR GRIS, LIGERAMENTE OXIDADO; DOS QUEMADORES CIRCULARES CON CONEXION PARA TANQUE DE GAS, UNO DE ELLOS COLOR NEGRO Y EL OTRO AZUL; UNA MESITA MARCA LIFE TIME CON SUPERFICIE DE PLASTICO Y PATAS PLEGABLES, ASI COMO NUEVE SILLAS PLASTICAS DE COLOR BLANCO APILADAS; TRES HAMACAS COLOR BLANCO EXTENDIDAS; UNOS MUEBLES DE JARDIN METALICOS INTEGRADOS POR: UNA MESA CIRCULAR CON CUATRO SILLAS CON COJINES SUCIOS; DOS BANCAS UNA DE ELLAS CON ADORNOS EN SU RESPALDO, UNA MESITA CIRCULAR CON DOS SILLAS; POSTERIORMENTE PASAMOS A UNA EDIFICACION SECUNDARIA CON FORMA DE CASA HABITACION YA QUE CUENTA CON SALA-COMEDOR, COCINA, CUARTOS Y LAVADERO, SIENDO COMO SIGUE: SALA: CONSTA DE UN JUEGO DE SALA DE MADERA Y BAQUETA COMPUESTO POR: SOFA PARA TRES PLAZAS, LOVE SEAT ROTO DE UN ASIENTO Y UN SILLON INDIVIDUAL, EN REGULAR ESTADO; ASI COMO UNA MESA DE CENTRO RECTANGULAR; UN CAMASTRO CON ESTRUCTURA DE MADERA Y TELA DE LONA: COMEDOR: UNA MESA DE MADERA RECTANGULAR CON OCHO SILLAS CON RESPALDO Y ASIENTO ENTRETEJIDO, UN REFRIGERADOR COLOR BEIGE DE UNA PUERTA Y UN FRIGOBAR COLOR BEIGE MARCA GENERAL ELECTRIC, UNA SILLA DE PLASTICO BLANCO, UNA CORTADORA DE CESPED MARCA YARD MACHINE COLOR NEGRO DE 675. COCINA: TRES MESAS METALICAS CUADRADAS, COLOR BLANCA, EN REGULAR ESTADO, UNA ESTUFA ACROS COLOR NEGRA PARA SEIS QUEMADORES, EN REGULAR ESTADO, UN MUEBLE TIPO COMODA DE MADERA CLARA, UNA MESA

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DE PLASTICO CUADRADA, UNA MESA DE MADERA HECHIZA, CON PLASTICO CAFE, HERRAMIENTA DIVERSA CONSISTENTE EN: UN HACHA, UNA ORILLADORA DE CESPED MARCA CRAFTMAN COLOR GRIS, UN REGULADOR, UNA CORTADORA DE CESPED MARCA CRAFTMAN COLOR ROJO Y NEGRO DE 675. RECAMARA DE MADERA, INTEGRADA POR: CABECERA TAMAÑO MATRIMONIAL, COLCHON DEL MISMO TAMAÑO, BASE DE MADERA MATRIMONIAL, TOCADOR SIN LUNA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION. CUARTOS: CON OCHO TABLONES DE MADERA CON ESTRUCTURA METALICA; UNA COMODA DE MADERA TIPO ROPERO CON CAJONES, PUERTAS CORREDIZAS Y ESPEJO, UNA HIELERA GRANDE CON BASE METALICA TUBULAR CON LA LEYENDA “CORONA”, DOS ORILLADORAS DE CESPED, UNA DE COLOR GRIS EN BUEN ESTADO Y LA OTRA COLOR NEGRO EN MAL ESTADO DE CONSERVACION, UN TANQUE DE GAS LP CON CAPACIDAD PARA 30 KILOS APROXIMADAMENTE, CINCO MESAS CIRCULARES GRANDES CON ESTRUCTURA METALICA, VEINTE SILLAS PLEGABLES CON ESTRUCTURA METALICA Y FORRO DE VINIL COLOR NEGRO, OCHO PILAS DE SILLAS DE PLASTICO BLANCO ESTIBADAS, HACIENDO UN TOTAL APROXIMADO DE SESENTA SILLAS, UNA MESA LATERAL DE MADERA RUSTICA. LAVADERO: UNA HIELERA GRANDE CON LA LEYENDA “CORONA”, DOS HIELERAS MEDIANAS COLOR AZUL Y OTRA COLOR GRIS, ASI COMO UNA HIELERA GRANDE COLOR BLANCA Y UNA ESTRUCTURA DE MESA METALICA CIRCULAR; PASANDO A LA SEGUNDA CONSTRUCCION CON PORCHE QUE POR SUS CARACTERISTICAS CORRESPONDE A CUARTOS PARA EMPLEADOS, SIENDO COMO SIGUE: PORCHE: PRESENTA UNA MESA METALICA CUADRADA, COLOR BLANCA, EN MAL ESTADO, UNA MESA DE MADERA EN FORMA OVALADA DE APROXIMADAMENTE 1.00 MTS, EN REGULAR ESTADO, SALA DE MADERA RUSTICA COMPUESTA POR SILLON, DOS LOVE SEAT, CON COJINES EN MAL ESTADO, ASI COMO MESA DE CENTRO RECTANGULAR Y DOS MESAS LATERALES SIN CRISTALES, EN GENERAL EN REGULAR ESTADO; HABITACION 1.- PRESENTA UNA RECAMARA DE MADERA RUSTICA INTEGRADA POR: CABECERA TAMAÑO INDIVIDUAL, COLCHON TAMAÑO INDIVIDUAL, BASE DE MADERA INDIVIDUAL, DOS BUROS CON TRES CAJONES CADA UNO, TOCADOR CON SEIS CAJONES Y LUNA ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION, CUADRO CON LITOGRAFIAS DE PAISAJES CON CASAS, UN AIRE ACONDICIONADO MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; HABITACION 2.- RECAMARA DE MADERA RUSTICA, INTEGRADA POR: DOS CABECERAS TAMAÑO INDIVIDUAL, DOS COLCHONES TAMAÑO INDIVIDUAL SIMONA, DOS BASES DE MADERA INDIVIDUAL, UN BURO Y UNA MESA LATERAL, TOCADOR CON PUERTAS ABATIBLES Y LUNA ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION, ASI COMO UNA LAMPARA DE CERAMICA CON PANTALLA DE TELA COLOR ROSA Y UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; HABITACION 3.- COMPUESTA DE RECAMARA DE MADERA RUSTICA, INTEGRADA POR: UNA CABECERA TAMAÑO INDIVIDUAL CON FIGURA DE CISNES, UN BURO CON TRES CAJONES, TOCADOR CON CUATRO CAJONES Y LUNA RECTANGULAR ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION, ASI COMO DOS LAMPARAS, UNA DE ELLAS EN CERAMICA CON PANTALLA DE TELA COLOR ROSA, LA OTRA TAMBIEN CON BASE DE CERAMICA EN COLOR BEIGE CON PANTALLA EN TELA DE LONETA, ROTA DE UN LADO, UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; HABITACION 4.COMPUESTA DE RECAMARA DE MADERA RUSTICA, INTEGRADA POR: DOS CABECERAS TAMAÑO INDIVIDUAL, UNA DE ELLAS CON LA FIGURA DE CISNES Y LA OTRA EN FORMA DE ABANICO, TRES COLCHONES TAMAÑO INDIVIDUAL, TRES BASES DE MADERA INDIVIDUAL, DOS BUROS CON TRES CAJONES CADA UNO, TOCADOR CON SEIS CAJONES Y LUNA RECTANGULAR ENMARCADA, TODO EN REGULAR ESTADO DE CONSERVACION; ASI COMO CUADRO CON LITOGRAFIAS DE PAISAJES CON CASAS Y UN AIRE MARCA YORK CON CARATULA CAFE, DE APROXIMADAMENTE UNA TONELADA; QUE SE HA DECRETADO SU ASEGURAMIENTO y puesto a disposición del Servicio de Administración y Enajenación de Bienes; por lo que cuenta con un plazo de noventa días para manifestar lo que a su derecho convenga en relación a dichos vehículos; asimismo, se apercibe al interesado o a su representante legal, que de no manifestar lo que a su derecho convenga en los plazos a que se refiere el artículo 44 del Código Penal Federal, los bienes causarán abandono a favor de la Federación. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. Culiacán, Sin., a 11 de agosto de 2008. El C. Agente del Ministerio Público de la Federación Lic. Gilberto Sotelo Rivera Rúbrica. (R.- 274660)

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Estados Unidos Mexicanos Procuraduría General de la República Delegación Estatal Michoacán Subdelegación de Procedimientos Penales “A” Agencia del Ministerio Público de la Federación Especializada en Delitos contra la Salud Morelia, Michoacán Agencia Tercera Investigadora del Ministerio Público de la Federación PUBLICACION POR EDICTO AL PROPIETARIO DEL VEHICULO MARCA FORD, TIPO PICK UP, LINEA F-150 CUSTOM, MODELO 1988, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACION WD52480 DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR 1FTEF15HXJKA42433, DE MANUFACTURA EXTRANJERA, QUE FUE ASEGURADA EL DIA DIEZ DE ENERO DEL AÑO DOS MIL OCHO. QUE DENTRO DE LA AVERIGUACION PREVIA AP/PGR/MICH/A/18/08/INC/214/08, SE INSTRUYE EN ESTA REPRESENTACION SOCIAL DE LA FEDERACION POR EL DELITO DE CONTRA LA SALUD, DONDE SE DICTO UN ACUERDO QUE A LA LETRA DICE: “… DE LAS CONSTANCIAS QUE INTEGRAN LA PRESENTE INDAGATORIA SE ADVIERTE QUE NO ES NECESARIO SEGUIRSE RETENIENDO POR ESTA REPRESENTACION UN VEHICULO MARCA FORD, TIPO PICK UP, LINEA F-150 CUSTOM, MODELO 1988, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACION WD52480 DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR 1FTEF15HXJKA42433, DE MANUFACTURA EXTRANJERA, ES POR LO QUE CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL, 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES ESTA REPRESENTACION SOCIAL DE LA FEDERACION: ACUERDA PRIMERO.- CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 40 Y 41 DEL CODIGO PENAL FEDERAL; 2o. FRACCIONES II Y VI, 181, 182-A, 182-B, 182-C, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES. QUEDA EL VEHICULO MARCA FORD, TIPO PICK UP, LINEA F-150 CUSTOM, MODELO 1988, COLOR BLANCO, CON PLACAS DE CIRCULACION WD52480 DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, NUMERO DE IDENTIFICACION VEHICULAR 1FTEF15HXJKA42433, DE MANUFACTURA EXTRANJERA, ASEGURADO A DISPOSICION DEL SERVICIO DE ADMINISTRACION Y ENAJENACION DE BIENES DEL SECTOR PUBLICO, CON SEDE EN ESTA CIUDAD. SEGUNDO.- EN VIRTUD DE QUE SE DESCONOCE LA IDENTIDAD Y DOMICILIO DEL PROPIETARIO Y DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 181, 182-A, 182-B FRACCION II, DEL CODIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES, NOTIFIQUESE POR EDICTOS EL ASEGURAMIENTO DE ESTA APERCIBIDO EL INTERESADO O SU REPRESENTANTE LEGAL DE NO ENAJENAR O GRAVAR LOS BIENES ASEGURADOS Y QUE DE NO MANIFESTAR LO QUE EN SU DERECHO CONVENGA EN UN TERMINO NO MAYOR A TRES MESES SIGUIENTES A LA NOTIFICACION. ESTE BIEN CAUSARA ABANDONO A FAVOR DEL GOBIERNO FEDERAL. LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CORRESPONDIENTES. Atentamente Sufragio Efectivo. No Reelección. Morelia, Mich., a 5 de agosto de 2008. El Agente del Ministerio Público de la Federación Titular de la Agencia Tercera Investigadora Lic. Juan García Zúñiga Rúbrica. (R.- 274626) Estados Unidos Mexicanos Secretaría de Hacienda y Crédito Público Comisión Nacional Bancaria y de Valores Vicepresidencia de Normatividad Dirección General Técnica Oficios 311-32002/2008 y 134-31847/2008 CNBV.311.311.26 (5583) “2008-08-15” Asunto: Se modifican los términos de la autorización para operar otorgada a Caja Popular Oblatos, S.C. de R.L. de C.V. Caja Popular Oblatos, S.C. de A.P. de R.L. de C.V. Calzada Juan Pablo II No. 2015, colonia Oblatos C.P. 44700, Guadalajara, Jalisco. At´n.: Lic. José Bruno Arce Contreras Director General Con fundamento en los artículos 9 y 10, antepenúltimo y penúltimo párrafos, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular y con motivo de la reforma al artículo tercero de las bases constitutivas de esa sociedad, acordada en la asamblea general extraordinaria de socios celebrada el 16 de marzo de 2008, esta Comisión tiene a bien

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modificar la base Segunda, fracción l de la autorización para organizarse y funcionar como Entidad de Ahorro y Crédito Popular que le fue otorgada mediante el oficio número 311-550340/2006 y 134-758054/2006 de fecha 30 de noviembre de 2006, para quedar como sigue: “Segunda.- Caja Popular Oblatos, S.C. de A.P. de R.L. de C.V., se sujetará a las disposiciones de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, Ley General de Sociedades Cooperativas, a las demás que le sean aplicables y particularmente a lo siguiente: I.- Su denominación será “Caja Popular Oblatos”, la cual se usará seguida de las palabras Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo de Responsabilidad Limitada de Capital Variable o de su abreviatura S.C. de A.P. de R.L. de C.V. II.- ...” Atentamente México, D.F., a 15 de agosto de 2008. El Director General Técnico El Director General de Supervisión de Lic. Enrique Fernando Entidades de Ahorro y Crédito Popular Barrera Betancourt Ing. Rodrigo Sánchez Arriola Luna Rúbrica. Rúbrica. (R.- 274472) THE ROYAL BANK OF SCOTLAND MEXICO, S.A. INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE (ANTES ABN AMRO BANK (MEXICO), S.A., INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE) CUARTA CONVOCATORIA A LOS TENEDORES DE LOS CERTIFICADOS BURSATILES CLAVE DE PIZARRA “BACMEXT 05” Con fundamento en lo dispuesto en el título que ampara la emisión, se convoca a los tenedores (los “Tenedores”) de los Certificados Bursátiles clave de pizarra BACMEXT 05 (los “Certificados”), emitidos por Banco Nacional de Comercio Exterior, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo, a la Asamblea General de Tenedores (la “Asamblea”) que se celebrará el próximo 22 de septiembre de 2008 a las 12:00 horas, en las oficinas del representante común, ubicadas en Prolongación Paseo de la Reforma número 1015, piso 23, colonia Desarrollo Santa Fe, código postal 01376, México, Distrito Federal, conforme al siguiente: ORDEN DEL DIA I. Verificación de quórum y, en su caso, instalación de la Asamblea. II. Informe del representante común sobre la adquisición de la División Fiduciaria de ABN AMRO Bank (México), S.A., Institución de Banca Múltiple (actualmente The Royal Bank of Scotland México, S.A., Institución de Banca Múltiple) por parte de Bank of America México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bank of America. III. Propuesta, discusión y, en su caso, aprobación respecto de la sustitución de The Royal Bank of Scotland México, S.A., Institución de Banca Múltiple por Bank of America México, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero Bank of America como representante común de la emisión. IV. Asuntos generales. V. Nombramiento de delegados especiales para formalizar los acuerdos de la Asamblea General de Tenedores. VI. Redacción, lectura, aprobación y firma del acta de Asamblea que al efecto se levante. Los Tenedores de los Certificados que deseen concurrir a la Asamblea, deberán entregar en las oficinas del representante común, ubicadas en Prolongación Paseo de la Reforma número 1015, piso 23, colonia Desarrollo Santa Fe, código postal 01376, México, Distrito Federal, a la atención de Jorge Salazar Meza, Raúl Mcnaught Hernández y/o Javier Rodríguez Flores, a más tardar el 19 de septiembre de 2008, la constancia de depósito que expida S.D. Indeval, Institución para el Depósito de Valores, S.A. de C.V., y el listado que al efecto expida el custodio correspondiente, de 9:30 a 14:00 y de 16:30 a 18:00 horas, de lunes a viernes, a partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria. Los Tenedores de los Certificados podrán ser representados en la Asamblea por apoderado, nombrado a través de mandato general o especial suficiente, otorgado en términos de la legislación aplicable. México, D.F., a 12 de septiembre de 2008. The Royal Bank of Scotland México, S.A., Institución de Banca Múltiple, en su carácter de Representante Común de los Tenedores Apoderado Legal Lic. Javier Rodríguez Flores Rúbrica. (R.- 274506)

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Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial Dirección Divisional de Protección a la Propiedad Intelectual Subdirección Divisional de Procesos de Propiedad Industrial Coordinación Departamental de Cancelación y Caducidad M. 717785 TARJETA DE REGALO ExPed. P.C. 409/2008 (C-169) 3761 Folio 16070 NOTIFICACION POR EDICTO ARTURO TREVIÑO CASTELLANO. Por escrito de fecha 28 de marzo de 2008, con número de folio 3761 signado, por ENRIQUE ALBERTO DIAZ MUCHARRAZ apoderado de WAL-MART STORES, INC., presentó la solicitud de declaración administrativa de caducidad del registro marcario 717785 TARJETA DE REGALO, propiedad de ARTURO TREVIÑO CASTELLANO, haciendo consistir su acción en el artículo 152 fracción II de la Ley de la Propiedad Industrial. Por lo anterior, y con fundamento en el artículo 194 de la Ley de la Propiedad Industrial, este Instituto notifica la existencia de la solicitud que nos ocupa, concediéndole a la parte demandada, ARTURO TREVIÑO CASTELLANO, el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente de esta publicación, para que se entere de los documentos y constancias en que se funda la acción instaurada en su contra y manifieste lo que a su derecho convenga, apercibido que de no dar contestación a la misma, una vez transcurrido el término señalado, este Instituto emitirá la resolución administrativa que proceda, de acuerdo a lo establecido por el artículo 199 de la Ley de la Propiedad Industrial. El presente se signa en la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 1o., 3o. fracción IX, 6o. y 10 del Decreto por el cual se crea el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de diciembre de 1993; 6o. fracciones IV, V, XXII, 7 Bis 2, títulos sexto y séptimo y demás aplicables de la Ley de la Propiedad Industrial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1991 (reformada, adicionada y derogada, según corresponda, mediante decretos de 2 de agosto de 1994, 26 de diciembre de 1997, 17 de mayo de 1999, 26 de enero de 2004, 16 de junio de 2005 y 25 de enero de 2006, en dicho medio informativo); 1o., 3o. fracción V inciso c) subinciso ii), 4o., 5o., 11 último párrafo y 14 fracciones I a VIII, XI y XII del Reglamento del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 14 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda mediante decretos de 1 de julio de 2002 y 15 de julio de 2004, cuya fe de erratas se publicó el 28 del mismo mes y año en dicho medio informativo, así como decreto del 7 de septiembre de 2007); 1o., 3o., 4o., 5o. fracción V inciso c, subinciso ii) segundo guión, 18 fracciones I a la VIII, XI y XII y 32 del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1999 (reformado y adicionado, según corresponda, mediante acuerdo y decreto de 10 de octubre de 2002 y 29 de julio de 2004, con nota aclaratoria publicada el 4 de agosto de 2004 en dicho medio informativo, y acuerdo de fecha 13 de septiembre de 2007) y 1o., 3o. y 7o. incisos j), k), m), n), o), p), q), r) y s) y últimos párrafos del Acuerdo que delega facultades en los Directores Generales Adjuntos, Coordinador, Directores Divisionales, Titulares de las Oficinas Regionales, Subdirectores Divisionales, Coordinadores Departamentales y otros Subalternos del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1999 (con aclaración, reforma, nota aclaratoria y modificación, según corresponda, de 4 de febrero de 2000, 29 de julio de 2004, 4 de agosto de 2004 y 13 de septiembre de 2007, publicadas en dicho medio informativo). Atentamente 14 de agosto de 2008. El Coordinador Departamental de Cancelación y Caducidad Eduardo Vázquez Labra Rúbrica. (R.- 274456)

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PLAN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION) BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE AGOSTO DE 2008 (cifras expresadas en pesos) En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por acuerdo tomado por la totalidad de los accionistas, el 30 de enero de 2006, se resolvió la disolución de la sociedad. Disuelta la sociedad se ha puesto en liquidación, habiéndose procedido a practicar el balance final de liquidación con cifras al 31 de agosto de 2008, el cual se publica por tres veces, de diez en diez días. El balance, papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas a efectos de lo previsto en el segundo párrafo del inciso II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. PLAN CONSTRUCCIONES, S.A. DE C.V. ESTADO DE POSICION FINANCIERA, BALANCE GENERAL AL 31/08/2008 (pesos) ACTIVO Activo Circulante Cuentas por cobrar-neto Total CIRCULANTE SUMA DEL ACTIVO PASIVO Pasivo circulante Cuentas por Pagar Total CIRCULANTE SUMA DEL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Déficit Utilidad (Pérdida) CAPITAL CONTABLE PASIVO Y CAPITAL

AGOS.-08 $5,268,291 5,268,291 5,268,291 AGOS.-08 $22,200 22,200 22,200 19,437,039 (-18,184,220) 3,993,272 5,246,091 5,268,291 ESTADO DE RESULTADOS 31 DE AGOSTO DE 2008 (pesos)

Ingresos 4,048,764 Total 4,048,764 Gastos 55,492 Total 55,492 Utilidad (Pérdida) de Operación 3,993,272 Utilidad (Pérdida) antes de Provisiones 3,993,272 Utilidad (Pérdida) neta 3,993,272 El Haber Social será repartido entre los socios de manera proporcional a su participación accionaria. México, D.F., a 31 de agosto de 2008. Plan Construcciones, S.A. de C.V. Liquidadores C.P. César Guadalupe Moreno C.P. Luis Rufino Garmilla Rojón Rúbrica. Rúbrica. (R.- 274385) OPERADORA MEXICANA DE ARRENDAMIENTOS Y MANTENIMIENTO S.A. DE C.V. BALANCE DE LIQUIDACION AL 8 DE AGOSTO DE 2008 Activo Efectivo en caja Pasivo Capital

$0 $0

México, D.F., a 22 de agosto de 2008. Liquidador Norma Angélica González Platas Rúbrica. (R.- 273529)

AVISO AL PUBLICO Se informa al público en general que los costos por suscripción y ejemplar del Diario Oficial de la Federación, a partir del 1 de enero de 2008, son los siguientes: Suscripción semestral:

$ 1,064.00

Ejemplar de una sección del día:

$

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El precio se incrementará $3.00 por cada sección adicional. Atentamente Diario Oficial de la Federación

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ULEMA, S.A. DE C.V. (EN LIQUIDACION) BALANCE FINAL DE LIQUIDACION AL 31 DE JULIO DE 2008 (cifras expresadas en pesos) En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se informa que por acuerdo tomado por la totalidad de los accionistas, el 30 de enero de 2006, se resolvió la disolución de la sociedad. Disuelta la sociedad se ha puesto en liquidación, habiéndose procedido a practicar el balance final de liquidación con cifras al 31 de julio de 2008, el cual se publica por tres veces, de 10 en 10 días. El balance, papeles y libros de la sociedad quedan a disposición de los accionistas a efectos de lo previsto en el segundo párrafo del inciso II del artículo 247 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. ULEMA, S.A. DE C.V. ESTADO DE POSICION FINANCIERA, BALANCE GENERAL AL 31/07/2008 (pesos) ACTIVO Activo Circulante Cuentas por cobrar-neto Total CIRCULANTE SUMA DEL ACTIVO PASIVO Pasivo circulante Cuentas por Pagar Total CIRCULANTE SUMA DEL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Déficit Utilidad (Pérdida) CAPITAL CONTABLE PASIVO Y CAPITAL

JUL.-08 $367,933 367,933 367,933 JUL.-08 $4,555,951 4,555,951 4,555,951 2,293,888 (6,485,798) 3,892 (4,188,018) 367,933 ESTADO DE RESULTADOS 31 DE JULIO DE 2008 (pesos)

Ingresos Total Gastos Total Utilidad (Pérdida) de Operación Ingreso (Costo) Integral de Financiamiento (Pérdida) Utilidad Cambiaria-Neta 25,815 Total Utilidad (Pérdida) antes de Provisiones Utilidad (Pérdida) neta

7,964 7,964 29,887 29,887 (21,923)

25,815 3,892 3,892

El Haber Social será repartido entre los socios de manera proporcional a su participación accionaria. México, D.F., a 31 de julio de 2008. Ulema, S.A. de C.V. Liquidadores C.P. César Guadalupe Moreno C.P. Luis Rufino Garmilla Rojón Rúbrica. Rúbrica. (R.- 274389)

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Secretaría de Comunicaciones y Transportes Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. Puertos de México Lázaro Cárdenas CONVOCATORIA PUBLICA NACIONAL API/LAC/02/08 CONVOCATORIA Y CONDICIONES GENERALES PARA EL OTORGAMIENTO DE UN CONTRATO DE CESION PARCIAL DE DERECHOS Y OBLIGACIONES PARA EL ESTABLECIMIENTO, USO, OPERACION Y EXPLOTACION DE LA TERMINAL PORTUARIA ESPECIALIZADA QUE SE INDICA, EN EL RECINTO PORTUARIO DE LAZARO CARDENAS, MICHOACAN Con el propósito de dar cumplimiento a los objetivos establecidos en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, y en el Programa Nacional de Infraestructura; con vista en los objetivos de ampliación, reestructuración y modernización del recinto portuario de Lázaro Cárdenas, Michoacán (en adelante el PUERTO); de conformidad con lo dispuesto en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 fracción I, 20, 27, 51, 53, 54, 56, y demás aplicables de la Ley de Puertos; 4o. de la Ley de Inversión Extranjera; y en las demás normas aplicables; la sociedad mercantil Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. (en lo sucesivo la API), conforme al Título de Concesión que le otorgó el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (en adelante la SECRETARIA), para la administración integral del PUERTO (en adelante la CONCESION), con base en el artículo 54 de la Ley de Puertos, así como en las resoluciones adoptadas por su Consejo de Administración, y de conformidad con el aviso de fecha 17 de junio de 2008, publicado en este medio informativo el día 25 del mismo mes. CONVOCA A todas las personas de nacionalidad mexicana o extranjera que tengan interés en participar en el Concurso Público Nacional API/LAC/TERMINAL AUTOS/02/08 (en adelante el CONCURSO), que cuenten con un capital contable o capital patrimonial, según se trate de personas morales o físicas, no inferior a $100’000.000.00 (cien millones de pesos 00/100 M.N.), y que cumplan con los requisitos establecidos en esta convocatoria para la adjudicación de un contrato de cesión parcial de derechos derivado de la CONCESION, para la construcción, uso, aprovechamiento, operación y explotación de la terminal portuaria que se señala en el apartado 1.1 de este documento, en el entendido de que si el ganador del CONCURSO es extranjero o persona física en general, el mismo deberá ceder a favor de una sociedad mercantil mexicana, en la que podrá participar capital extranjero hasta en un 100%, el derecho de celebrar el contrato objeto del CONCURSO, a cuyo efecto cada una de las sociedades que se conformen deberán contar con una estructura societaria, de capital, administración y de operaciones conforme a las disposiciones legales aplicables, y que el ganador del CONCURSO hubiese detallado en el pliego de requisitos del mismo (en adelante el PLIEGO DE REQUISITOS), que es el documento que servirá a la API, para otorgar en su caso, la calificación admisoria a las siguientes etapas del CONCURSO, en el entendido de que dicha sociedad mercantil mexicana deberá estar conformada por las mismas personas que hubieren obtenido durante el desarrollo del CONCURSO la opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia. DEFINICIONES Para los efectos de esta convocatoria, y en adición a las definiciones que en el texto de la misma se contienen, se entenderá por: BASES, el documento que establece, entre otros aspectos: las condiciones, especificaciones y procedimientos que los interesados y participantes deberán seguir; la forma, términos y montos para garantizar la seriedad de su participación y los lineamientos para el otorgamiento y devolución o aplicación a favor de la API de dicha garantía, los requisitos y formatos de las propuestas de que se integren las proposiciones y las causales de desechamiento de propuestas, descalificación de participantes y revocación del fallo y sus consecuencias; PLIEGO DE REQUISITOS, el documento que se entregará con las BASES que cada interesado deberá satisfacer para continuar en las siguientes etapas del CONCURSO, y que tiene por objeto demostrar su capacidad legal, administrativa, financiera, técnica y económica; por CONTRATO, el contrato de cesión parcial de derechos y obligaciones derivado de la CONCESION, que tendrá por objeto la construcción, uso, aprovechamiento, operación y explotación de la TERMINAL; por PROSPECTO DESCRIPTIVO, el documento que describe en forma detallada, entre otros aspectos: las características generales y particulares de las superficies y frentes de agua que deberán destinarse al establecimiento de la TERMINAL, los servicios con que cuenta y los que tendrá al momento en que se entreguen al ganador y adjudicatario del CONCURSO, sus usos y restricciones, y los montos de cada uno de los elementos de que se integra la contraprestación y que se señalan en el inciso e) del apartado 1.2 de este documento; y por TERMINAL, la terminal portuaria especializada de uso público, para el manejo de automóviles y equipos rodantes, en tráfico de altura y cabotaje que deberá ser construida por el ganador y adjudicatario del CONCURSO, en los términos de esta convocatoria, de las BASES, del PROSPECTO DESCRIPTIVO, de la propuesta técnica del citado ganador y del CONTRATO, y que se localizará en la parte norte del canal y dársena norte en la Isla del Cayacal del PUERTO, colindante con el área destinada para una segunda Terminal Especializada de Contenedores y área destinada para una segunda Terminal Especializada de Automóviles.

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1. OBJETO DEL CONCURSO. Es objeto del CONCURSO, la adjudicación de un conjunto que se integra por los derechos y obligaciones que a continuación se señalan por lo que, salvo lo especificado en el inciso a) del numeral 1.2 de este documento, no se aceptarán propuestas parciales que incluyan únicamente alguno o algunos de los bienes, derechos y obligaciones de que se integra. Como se detalle en las BASES el conjunto se integra por: 1.1. La asignación del CONTRATO que tendrá una vigencia inicial de 20 (veinte) años, prorrogable hasta por 10 (diez) años más conforme se indique en las BASES, y el derecho del ganador y adjudicatario del CONCURSO de: a) Construir, usar, aprovechar, operar y explotar la TERMINAL, sin más limitaciones que las establecidas en las disposiciones legales aplicables, en la presente Convocatoria, en las BASES, en el PROSPECTO DESCRIPTIVO, en el CONTRATO, en el Programa Maestro de Desarrollo del PUERTO y en las Reglas de Operación del mismo, en el entendido de que, al término del CONTRATO, la superficie y el frente de agua de que se integre la TERMINAL, con las instalaciones y obras que se construyan o instalen de forma permanente, pasarán en buen estado, libres de todo gravamen y sin costo alguno a la API; b) Proporcionar dentro de la TERMINAL y percibir los ingresos por los servicios de maniobras a que se refiere la fracción III del artículo 44 de la Ley de Puertos para la recepción, manejo, almacenaje y despacho de automóviles y equipos rodantes y darles servicios de valor agregado, así como prestar las maniobras a las cargas con refacciones para los mismos, que se reciban en buques que atraquen en la TERMINAL, y c) Percibir las tarifas o cuotas de atraque y de muellaje que se causen por las embarcaciones que se reciban en la TERMINAL. 1.2. La obligación del ganador y adjudicatario del CONCURSO de: a) Construir y desarrollar la TERMINAL en una o máximo en tres etapas, bajo alguno de los siguientes esquemas de desarrollo, que cada participante determine y ofrezca en su propuesta técnica: i) En una superficie federal terrestre total de 33.33 (treinta y tres punto treinta y tres) hectáreas para las dos primeras etapas de 16.66 (dieciséis punto sesenta y seis) hectáreas cada una, que podrá ampliarse hasta en un 20% del total y que corresponderá a la tercera etapa, para que la TERMINAL se aloje en hasta 40.00 (cuarenta) hectáreas, con un frente de agua de 900.00 (novecientos) metros lineales, para dos posiciones de atraque; o en su defecto ii) En una superficie federal terrestre total de 46.66 (cuarenta y seis punto sesenta y seis) hectáreas para las dos primeras etapas de 23.33 (veintitrés punto treinta y tres) hectáreas cada una, que podrá ampliarse hasta en un 20% del total y que corresponderá a la tercera etapa, para que la TERMINAL se aloje en hasta 56.00 (cincuenta y seis) hectáreas, con un frente de agua de 900.00 (novecientos) metros lineales, para dos posiciones de atraque; b) Construir y poner en operación la primera etapa de la TERMINAL en un plazo máximo de 18 (dieciocho) meses siguientes a la firma del CONTRATO, y la segunda etapa dentro de los 48 (cuarenta y ocho) meses siguientes a la entrada en operación de la primera; c) Realizar por su cuenta y costo, los estudios técnicos necesarios previos a la construcción de las obras de la TERMINAL, en los términos de las disposiciones y normas técnicas y de seguridad aplicables, y obtener previamente a la realización de cualquier obra, por su cuenta y costo, el estudio de impacto ambiental correspondiente emitido por autoridad competente, así como la autorización técnica de la SECRETARIA; d) Contratar y mantener durante la vigencia del CONTRATO un seguro para obras e instalaciones, y otro de responsabilidad civil, y proporcionar el mantenimiento preventivo y correctivo de la TERMINAL, así como cumplir con un programa de modernización de instalaciones, y e) Pagar a la API una contraprestación que, con sujeción a lo que se establezca en las BASES y se detalle en el PROSPECTO DESCRIPTIVO, estará integrada por: i) Un pago inicial, que deberá cubrirse en una sola exhibición y por única vez a la firma del CONTRATO; ii) Una parte fija, determinada por una cuota fija en pesos, más el IVA, sujeta a actualización, por cada metro cuadrado de la superficie federal terrestre que se entregue para el establecimiento de las obras e instalaciones de la TERMINAL, pagadera durante la vigencia inicial del CONTRATO, por mensualidad anticipada y sujeta a actualización, y iii) Una parte variable por rangos de aplicación anual, determinada por una cuota en dólares americanos pagadera en pesos, que deberá cubrirse por los volúmenes mínimos anuales de automóviles y equipos rodantes que cada participante en el CONCURSO ofrezca y garantice a la API manejar en la TERMINAL durante la vigencia del CONTRATO, así como por los excedentes que se manejen en cada año operativo de la misma y se fijen en el PROSPECTO DESCRIPTIVO. 1.3. MANEJO DE MERCANCIAS DE COMERCIO EXTERIOR. En lo que respecta al manejo, custodia y almacenaje de mercancías de comercio exterior en la terminal, el ganador y adjudicatario del CONCURSO deberá solicitar en forma particular y obtener de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la autorización necesaria para el manejo y almacenaje y custodia de mercancías de comercio exterior, de conformidad con los artículos 14A, 14B y 15 de la Ley Aduanera, 44, 45, 46 y 47 de su Reglamento, así como con las reglas de la Resolución Miscelánea de Comercio Exterior vigente. 2. COORDINACION DEL CONCURSO. Con propósito de coordinar y atender los asuntos relativos al CONCURSO, los interesados y/o participantes, a partir de la fecha de publicación de la presente CONVOCATORIA y durante el desarrollo del CONCURSO, deberán dirigirse a la API, a la atención del Ing. Jesús Armando Palos Nájera, Director General.

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3. DOMICILIO OFICIAL DEL CONCURSO. El domicilio oficial para la celebración de los actos inherentes al presente CONCURSO será el ubicado en avenida Nuevo León 210, piso 11, colonia Hipódromo Condesa, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, código postal 06100 (en lo sucesivo el DOMICILIO OFICIAL). Durante el desarrollo del CONCURSO, la API podrá notificar, mediante circular a los interesados o participantes, algún otro domicilio o lugar para llevar a cabo alguna(s) actividad(es) relativa (as) al CONCURSO. 4. PROCEDIMIENTO DEL CONCURSO. El procedimiento del CONCURSO se integra por las siguientes fases conforme se detalle en las BASES; venta de BASES con la entrega del PLIEGO DE REQUISITOS; calificación de interesados; inscripción y participación; presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas; apertura de propuestas económicas de los participantes cuyas propuestas técnicas hayan sido aceptadas; y fallo del CONCURSO, conforme al calendario de actividades que se insertará en forma detallada en las BASES. 5. VENTA DE BASES. Las BASES que se entregarán con el PLIEGO DE REQUISITOS, podrán ser adquiridas por los interesados, entre la fecha de publicación de esta convocatoria y a más tardar el 25 de septiembre de 2008, en un horario de 9:30 a 14:30 horas, de lunes a viernes en días hábiles bancarios, en el DOMICILIO OFICIAL de la API, únicamente por los interesados que en la fecha de adquisición de las BASES presenten una manifestación firmada en original y copia, dirigida al Ing. Jesús Armando Palos Nájera, Director General de la API, en la que se indique que el interesado actúa por cuenta propia y no sirve intereses de terceros, sus datos generales, el domicilio al que se les deberán ser enviados avisos o notificaciones y los datos de su representante legal. Los interesados extranjeros deberán designar un domicilio y un representante legal en la República Mexicana. Las BASES para el presente CONCURSO tendrá un costo de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100) M.N., más $7,500.00 (siete mil quinientos pesos 00/100) M.N. correspondientes al Impuesto al Valor Agregado, que deberá cubrirse mediante cheque certificado o de caja a favor de la API. Este pago no será reembolsable en caso alguno. 6. ENTREGA DEL PLIEGO DE REQUISITOS. El PLIEGO DE REQUISITOS del CONCURSO, con la información y documentos que en él se solicitan, deberá ser entregado en el DOMICILIO OFICIAL por los interesados entre el 24 y el 27 de octubre de 2008, en un horario de 9:30 a 14:30 horas, en días hábiles bancarios. 7. PRESENTACION DE PROPOSICIONES. Con sujeción a lo que se señale en las BASES, los actos de presentación de proposiciones y apertura de propuestas técnicas y los de resultados de las evaluaciones de propuestas técnicas y, en su caso, apertura de propuestas económicas se llevarán a cabo en el DOMICILIO OFICIAL a las 11:00 horas los días 9 de enero de 2009, respectivamente. Unicamente se abrirán las propuestas económicas de los participantes cuyas propuestas técnicas hayan resultado aceptadas por la API. 8. FALLO Y ADJUDICACION. Para emitir el fallo correspondiente y, en su caso, la adjudicación del CONCURSO, la API elaborará un dictamen en el que se considerará: i) La capacidad técnica, operativa, financiera y administrativa requerida conforme al PLIEGO DE REQUISITOS para asegurar la mejor calidad de construcción y operación de la terminal; ii) el plan operativo y de negocios que cada uno de los PARTICIPANTES presente en la propuesta técnica, el cual deberá ser viable y congruente con el desarrollo de las áreas destinadas al establecimiento de la terminal para su construcción, uso, aprovechamiento y explotación; y iii) la solvencia de las propuestas económicas que los participantes presenten, que deberán resultar superiores al valor técnico de referencia que la API determine para el CONCURSO. En caso de que dos o más participantes satisfagan los requisitos señalados, el ganador del CONCURSO será aquél que en su propuesta económica ofrezca a la API las mejores condiciones para el desarrollo del PUERTO, es decir, el que haga la más elevada oferta garantizada de manejar en la TERMINAL y pagar los volúmenes mínimos a que se refiere el subinciso iii) del inciso e) del apartado 1.2 de esta convocatoria, así como los excedentes que en el mismo se señalan. El acto de fallo del CONCURSO y, en su caso, de su adjudicación, se llevará al cabo en el DOMICILIO OFICIAL a las 11:00 horas del 26 de enero de 2009. 9. Medidas de protección al proceso de competencia y libre concurrencia. Los participantes en el CONCURSO deberán solicitar y obtener la opinión favorable de la Comisión Federal de Competencia, en los términos que se indiquen en las BASES, y sujetarse a las condiciones que, en su caso, establezca dicha autoridad. 10. DISPOSIONES GENERALES. La API se reserva el derecho de declarar desierto el CONCURSO, en caso de que las propuestas no le resulten aceptables, conforme se indique en las BASES. La API podrá modificar la presente convocatoria mediante un aviso que se publique en este mismo medio informativo, y a partir de que concluya la etapa de venta de BASES, y hasta con diez días naturales de anticipación a la fecha del acto de presentación de proposiciones, podrá aclarar o modificar los términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria, en el PLIEGO DE REQUISITOS y en las BASES, mediante escrito dirigido a cada interesado que hubiere adquirido las BASES o a cada participante. Atentamente Lázaro Cárdenas, Mich., a 12 de septiembre de 2008. Administración Portuaria Integral de Lázaro Cárdenas, S.A. de C.V. El Director General Ing. Jesús Armando Palos Nájera Rúbrica. (R.- 274494)

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Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos LICITACION PUBLICA No. DRMSG/LPE/01/08 CONVOCATORIA 1 En observancia a la Ley General de Bienes Nacionales y Normas Generales para el Registro, Afectación, Disposición Final y Baja de Bienes Muebles propiedad de la CONALITEG, convoca a los interesados que deseen participar y cumplan con los requisitos establecidos en las bases de la licitación pública, incluyendo subasta, relativa a la venta de bienes por haber sido considerados no útiles para la entidad. Licitación pública número DRMSG/LPE/01/08 Costo de

Fecha límite

Junta de

Visita para ver

Presentación y

las bases

para adquirir

aclaraciones

físicamente los bienes

bases $300.00

Fallo

apertura de proposiciones

24/09/2008

22/09/2008

12/09/2008 al

26/09/2008

26/09/2008

22/09/2008

10:00 horas

13:00 horas

10:00 horas

de 10:00 a 16:00 horas Lote

Descripción

Valor mínimo de venta (antes de IVA)

1

Maquinaria, equipo industrial, cómputo,

$580,675.31

telefónico, refacciones y desechos 2

Parque vehicular

$244,870.48

• Las bases de la licitación se encuentran disponibles para consulta y venta en: Rafael Checa número 2, colonia Huerta del Carmen, código postal 01000, Alvaro Obregón, Distrito Federal, teléfono 53 21 03 35, los días de lunes a viernes; con el siguiente horario de 9:00 a 14:00 horas. La forma de pago es: efectivo, cheque certificado o de caja a favor de Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, asimismo, se publicarán, para su consulta, en la página de esta Comisión: www.conaliteg.gob.mx • La revisión de los bienes se podrá efectuar en las fechas, lugares y horarios establecidos en las bases de la presente licitación. • Se deberá garantizar cada postura con cheque certificado o de caja equivalente al 10% del precio mínimo de venta de cada bien, a nombre de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos. • La junta de aclaraciones, el acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo, se llevarán a cabo en las fechas y horas antes señaladas, en la sala de licitaciones, ubicada en Martín Luis Guzmán sin número, colonia Nueva Ferrocarrilera, código postal 54030, Tlalnepantla de Baz, México. • El plazo máximo en que deberán ser retirados los bienes no excederá de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente del pago. • Asimismo, una vez emitido el fallo, se procederá a la subasta en el mismo evento respecto de las partidas que se declaren desiertas, precisando que será postura legal en primera almoneda las dos terceras partes del valor para venta considerado para la licitación y un 10% menos en segunda almoneda. • El idioma en que deberán presentarse las proposiciones será: español. • La moneda en que deberán cotizarse las proposiciones será: peso mexicano. Atentamente Tlalnepantla de Baz, Edo. de Méx., a 11 de septiembre de 2008. Director de Recursos Materiales y Servicios Generales Carlos A. Franco Coria Rúbrica. (R.- 274723)

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KB TEL TELECOMUNICACIONES, S.A. DE C.V. INMOBILIARIA CUMPAS, S.A. DE C.V. AVISO DE FUSION En las respectivas asambleas generales extraordinarias de accionistas de KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V., celebradas el día 8 de septiembre de 2008, se aprobó que se lleve a cabo la fusión de la primera de ellas, como fusionante, y de la segunda, como fusionada, de conformidad con las bases contenidas en los siguientes: ACUERDOS PRIMERO.- Se conviene en que se lleve a cabo la fusión de KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V., con Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V., la primera de ellas con el carácter de fusionante, y la segunda como fusionada, por lo que, al surtir efectos la fusión, subsistirá KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V. y se extinguirá Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V. SEGUNDO.- La fusión se efectuará tomando como base el balance de dichas sociedades al día 31 de julio de 2008, cuyas cifras serán actualizadas y ajustadas, según proceda, a los montos que efectivamente se arrojen al surtir efectos la fusión. TERCERO.- La fusión tendrá efecto entre KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V. e Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V., a partir del 1 de octubre de 2008, y, ante terceros, en el momento de la inscripción de los acuerdos de fusión en los Registros Públicos de Comercio correspondientes al domicilio social de la fusionante y de la fusionada, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para lo cual, la fusionante responderá del pago inmediato de sus adeudos y de los adeudos de la fusionada, a sus respectivos acreedores que no hubieren consentido la fusión y desearen hacer efectivos anticipadamente los adeudos en su favor; una vez que surta efectos la fusión ante terceros, los mismos se retrotraerán al 1 de octubre de 2008. CUARTO.- Al llevarse a cabo la fusión, la fusionante absorberá incondicionalmente todos los activos y pasivos de la fusionada y adquirirá, a título universal, todo el patrimonio y los derechos de ésta, quedando a su cargo, como si hubiesen sido contraídos por la propia fusionante, todos los adeudos y responsabilidades de la fusionada, subrogándose la fusionante en todos los derechos y obligaciones de la misma, de índole mercantil, civil, fiscal y de cualquier otra naturaleza, sin excepción. QUINTO.- Al operarse la fusión: el capital variable de la fusionante se incrementará en la cantidad de $10’020,000.00 (diez millones veinte mil pesos 00/100 M.N.) para quedar establecido en la cantidad de $15’020,000.00 (quince millones veinte mil pesos 00/100 M.N.), representado por 140’879,439 acciones de la Clase II, ordinarias, nominativas, sin expresión de valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas. Como consecuencia de la fusión los accionistas de Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V., tendrán derecho a recibir, por cada acción suscrita y pagada de que sean tenedores, 1.3560822255489 acciones de la Clase II representativas del capital variable de KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V. Los títulos de acciones que estén actualmente en circulación, representativos del capital social pagado de Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V., deberán canjearse y anularse. Dichos títulos de acciones serán canjeados, con motivo de la fusión, por los nuevos certificados provisionales o títulos de acciones que emitirá KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V. para representar las acciones que resultarán de la fusión. Toda vez que este canje de acciones cubrirá íntegramente los derechos de los accionistas con motivo de la fusión, al llevarlo a cabo no se reservarán acción o derecho alguno en contra de la fusionante. SEXTO.- Con motivo de la fusión no se realizará cambio alguno en los órganos de administración y de vigilancia de KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V., los cuales continuarán en plenas funciones como hasta ahora. SEPTIMO.- Se establece expresamente que todos los poderes que KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V., haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en sus términos, hasta en tanto la propia sociedad fusionante no los modifique, limite o revoque con posterioridad; en tanto que los poderes que Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V. haya conferido con anterioridad a la fecha indicada, quedarán sin efecto alguno al operarse la fusión, como consecuencia de su extinción por fusión. OCTAVO.- Los estatutos sociales vigentes de KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V., continuarán con pleno vigor y fuerza legal, para todos los efectos a que haya lugar. NOVENO.- Todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se causen con motivo de la formalización y ejecución de la fusión serán cubiertos por la fusionante. DECIMO.- En todo lo no expresamente previsto, el presente convenio se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y supletoriamente por las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil Federal.

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DECIMOPRIMERO.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa. México, D.F., a 8 de septiembre de 2008. Delegado de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de KB TEL Telecomunicaciones, S.A. de C.V. Lic. Alejandro Archundia Becerra Rúbrica. Delegado de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Inmobiliaria Cumpas, S.A. de C.V. C.P. Alejandro Macías Nava Rúbrica. KB TEL TELECOMUNICACIONES, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

346,573 8,000 16,956 6,288 41 6,010 383,868 5,509 54 10,397 4,201 4,124 24,285 177,534 132,601 49,448 359,583 383,868

INMOBILIARIA CUMPAS, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social

5,468 141,654 2,256 7,281 156,659 1,327 32,643 56,334 2,475 92,779 10,020

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Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

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22,373 31,487 63,880 156,659

SUMA DE EMPRESAS, S.A. DE C.V. BALANCE "FUSIONADO" AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

352,041 8,000 158,610 8,544 41 13,291 540,527 6,836 32,697 66,731 4,201 6,599 117,064 187,554 154,974 80,935 423,463 540,527 (R.- 274705)

SERVICIOS SWECOMEX, S.A. DE C.V. SERVICIOS CICSA, S.A. DE C.V. AVISO DE FUSION En las respectivas asambleas generales extraordinarias de accionistas de Servicios Swecomex, S.A. de C.V. y Servicios Cicsa, S.A. de C.V., celebradas el día 8 de septiembre de 2008, se aprobó que se lleve a cabo la fusión de la primera de ellas, como fusionante y de la segunda como fusionada, de conformidad con las bases contenidas en los siguientes: ACUERDOS PRIMERO.- Se conviene en que se lleve a cabo la fusión de Servicios Swecomex, S.A. de C.V., con Servicios Cicsa, S.A. de C.V., la primera de ellas con el carácter de fusionante y la segunda como fusionada, por lo que, al surtir efectos la fusión, subsistirá Servicios Swecomex, S.A. de C.V. y se extinguirá Servicios Cicsa, S.A. de C.V. SEGUNDO.- La fusión se efectuará tomando como base el balance de dichas sociedades al día 31 de julio de 2008, cuyas cifras serán actualizadas y ajustadas, según proceda, a los montos que efectivamente se arrojen al surtir efectos la fusión. TERCERO.- La fusión tendrá efecto entre Servicios Swecomex, S.A. de C.V. y Servicios Cicsa, S.A. de C.V., a partir del 1 de octubre de 2008 y, ante terceros, en el momento de la inscripción de los acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio de México, Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para lo cual, la fusionante responderá del pago inmediato de sus adeudos y de los adeudos de la fusionada, a sus respectivos acreedores que no hubieren consentido la fusión y desearen hacer efectivos anticipadamente los adeudos en su favor; una vez que surta efectos la fusión ante terceros, los mismos se retrotraerán al 1 de octubre de 2008. CUARTO.- Al llevarse a cabo la fusión, la fusionante absorberá incondicionalmente todos los activos y pasivos de la fusionada y adquirirá, a título universal, todo el patrimonio y los derechos de ésta, quedando a su cargo, como si hubiesen sido contraídos por la propia fusionante, todos los adeudos y responsabilidades de la fusionada, subrogándose la fusionante en todos los derechos y obligaciones de la misma, de índole mercantil, civil, fiscal y de cualquier otra naturaleza, sin excepción.

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QUINTO.- Al operarse la fusión el capital variable de la fusionante se incrementará en la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.) para quedar establecido en la cantidad de $3’550,000.00 (tres millones quinientos cincuenta mil pesos 00/100 M.N.), representado por 3’550,000 acciones ordinarias, nominativas, totalmente suscritas, pagadas y liberadas, con valor nominal de $1.00 (un peso, moneda nacional) cada una, representativas del capital variable. Como consecuencia de la fusión los accionistas de Servicios Cicsa, S.A. de C.V., tendrán derecho a recibir por cada acción suscrita y pagada de que sean tenedores, 0.03 acciones de la Serie “A-2” y 0.02 acciones de la Serie “B-2”, todas ellas representativas del capital variable y emitidas por Servicios Swecomex, S.A. de C.V. Los títulos de acciones que estén actualmente en circulación, representativos del capital social pagado de Servicios Cicsa, S.A. de C.V., deberán canjearse y anularse. Dichos títulos de acciones serán canjeados, con motivo de la fusión, por los nuevos certificados provisionales o títulos de acciones que emitirá Servicios Swecomex, S.A. de C.V. para representar las acciones que resultarán de la fusión. Toda vez que este canje de acciones cubrirá íntegramente los derechos de los accionistas con motivo de la fusión, al llevarlo a cabo no se reservarán acción o derecho alguno en contra de la fusionante. SEXTO.- Con motivo de la fusión no se realizará cambio alguno en los órganos de administración y de vigilancia de Servicios Swecomex, S.A. de C.V., los cuales continuarán en plenas funciones como hasta ahora. SEPTIMO.- Se establece expresamente que todos los poderes que Servicios Swecomex, S.A. de C.V., haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en sus términos, hasta en tanto la propia sociedad fusionante no los modifique, limite o revoque con posterioridad; en tanto que los poderes que Servicios Cicsa, S.A. de C.V., haya conferido con anterioridad a la fecha indicada, quedarán sin efecto alguno al operarse la fusión, como consecuencia de su extinción por fusión. OCTAVO.- Los estatutos sociales vigentes de Servicios Swecomex, S.A. de C.V., continuarán con pleno vigor y fuerza legal, para todos los efectos a que haya lugar. NOVENO.- Todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se causen con motivo de la formalización y ejecución de la fusión serán cubiertos por la fusionante. DECIMO.- En todo lo no expresamente previsto, el presente convenio se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y supletoriamente por las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil Federal. DECIMO PRIMERO.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa. México, D.F., a 9 de septiembre de 2008. Delegado de la Asamblea General Delegado de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Extraordinaria de Accionistas de Servicios Swecomex, S.A. de C.V. Servicios Cicsa, S.A. de C.V. Lic. Alejandro Archundia Becerra C.P. Alejandro Macías Nava Rúbrica. Rúbrica. SERVICIOS SWECOMEX, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo

5,449 287 46,293 5,666 21 9,424 67,140 796 24,783 24,852 85 3,284

Viernes 12 de septiembre de 2008

DIARIO OFICIAL

TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

(Segunda Sección)

73 53,800 3,550 365 9,425 13,340 67,140

SERVICIOS CICSA, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

11,671 34 12,331 8,073 21 26,845 58,975 394 8 25,594 2,922 29,058 57,976 50 949 999 58,975

SUMA DE EMPRESAS, S.A. DE C.V. BALANCE "FUSIONADO" AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

17,120 321 58,624 13,739 42 36,269 126,115 1,190 24,791 50,446 3,007 32,342 111,776 3,600 365 10,374 14,339 126,115 (R.- 274709)

74

(Segunda Sección)

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Viernes 12 de septiembre de 2008

OPERADORA CICSA, S.A. DE C.V. CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURA LATINOAMERICANA, S.A. DE C.V. SERVICIOS CILSA, S.A. DE C.V. AVISO DE FUSION En las respectivas asambleas generales extraordinarias de accionistas de Operadora Cicsa, S.A. de C.V., Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V., celebradas el día 8 de septiembre de 2008, se aprobó que se lleve a cabo la fusión de la primera de ellas, como fusionante, y de las segundas, como fusionadas, de conformidad con las bases contenidas en los siguientes: ACUERDOS PRIMERO.- Se conviene en que se lleve a cabo la fusión de Operadora Cicsa, S.A. de C.V., con Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V., y Servicios Cilsa, S.A. de C.V., la primera de ellas con el carácter de fusionante, y las segundas como fusionadas, por lo que, al surtir efectos la fusión, subsistirá Operadora Cicsa, S.A. de C.V. y se extinguirán Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V. SEGUNDO.- La fusión se efectuará tomando como base el balance de dichas sociedades al día 31 de julio de 2008, cuyas cifras serán actualizadas y ajustadas, según proceda, a los montos que efectivamente se arrojen al surtir efectos la fusión. TERCERO.- La fusión tendrá efecto entre Operadora Cicsa, S.A. de C.V. y Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V., a partir del 1 de octubre de 2008, y, ante terceros, en el momento de la inscripción de los acuerdos de fusión en el Registro Público de Comercio de México, Distrito Federal, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, para lo cual, la fusionante responderá del pago inmediato de sus adeudos y de los adeudos de las fusionadas, a sus respectivos acreedores que no hubieren consentido la fusión y desearen hacer efectivos anticipadamente los adeudos en su favor; una vez que surta efectos la fusión ante terceros, los mismos se retrotraerán al 1 de octubre de 2008. CUARTO.- Al llevarse a cabo la fusión, la fusionante absorberá incondicionalmente todos los activos y pasivos de las fusionadas y adquirirá, a título universal, todo el patrimonio y los derechos de éstas, quedando a su cargo, como si hubiesen sido contraídos por la propia fusionante, todos los adeudos y responsabilidades de las fusionadas, subrogándose la fusionante en todos los derechos y obligaciones de las mismas, de índole mercantil, civil, fiscal y de cualquier otra naturaleza, sin excepción. QUINTO.- Al operarse la fusión el capital variable de la fusionante se incrementará en la cantidad de $76’051,500.00 (setenta y seis millones cincuenta y un mil quinientos pesos 00/100 M.N.) para quedar establecido en la cantidad de $738’877,088.70 (setecientos treinta y ocho millones ochocientos setenta y siete mil ochenta y ocho pesos 70/100 M.N.), representado por 7’388,770,887 acciones ordinarias, nominativas, con valor nominal de $0.10 (diez centavos M.N.) cada una, íntegramente suscritas y pagadas, y representativas de la Clase DOS. Como consecuencia de la fusión los accionistas de Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V. distintos de Operadora Cicsa, S.A. de C.V. y de Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V., tendrán derecho a recibir por cada acción suscrita y pagada de que sean tenedores, 5,809.22736126494 acciones de la Serie “A” y 3,872.81824084329 acciones de la Serie “B”, todas ellas representativas de la clase Dos y emitidas por Operadora Cicsa, S.A. de C.V. Se hace constar que, toda vez que una parte de los activos de Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. se encuentra incorporada en los de la fusionante, por ser ésta accionista de dicha sociedad, la inversión reconocida por la fusionante en el capital social de Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. se eliminará por virtud de la fusión, cancelándose al momento de surtir efectos la fusión la o las acciones emitidas por Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V., que sean propiedad de Operadora Cicsa, S.A. de C.V., por lo que, consecuentemente, Operadora Cicsa, S.A. de C.V. no recibirá ninguna acción derivada de su tenencia accionaria en Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. Los títulos de acciones que estén actualmente en circulación, representativos del capital social pagado de Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V., deberán canjearse y anularse. Dichos títulos de acciones serán canjeados, con motivo de la fusión, por los nuevos certificados provisionales o títulos de acciones que emitirá Operadora Cicsa, S.A. de C.V. para representar las acciones que resultarán de la fusión. Toda vez que este canje de acciones cubrirá íntegramente los derechos de los accionistas con motivo de la fusión, al llevarlo a cabo no se reservarán acción o derecho alguno en contra de la fusionante. SEXTO.- Con motivo de la fusión no se realizará cambio alguno en los órganos de administración y de vigilancia de Operadora Cicsa, S.A. de C.V., los cuales continuarán en plenas funciones como hasta ahora. SEPTIMO.- Se establece expresamente que todos los poderes que Operadora Cicsa, S.A. de C.V., haya conferido con anterioridad a la fecha en que surta efectos la fusión y se encuentren en vigor, subsistirán en sus términos, hasta en tanto la propia sociedad fusionante no los modifique, limite o revoque con posterioridad; en tanto que los poderes que Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V. hayan conferido con anterioridad a la fecha indicada, quedarán sin efecto alguno al operarse la fusión, como consecuencia de su extinción por fusión.

Viernes 12 de septiembre de 2008

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(Segunda Sección)

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OCTAVO.- Los estatutos sociales vigentes de Operadora Cicsa, S.A. de C.V., continuarán con pleno vigor y fuerza legal, para todos los efectos a que haya lugar. NOVENO.- Todos los gastos, de cualquier naturaleza, que se causen con motivo de la formalización y ejecución de la fusión serán cubiertos por la fusionante. DECIMO.- En todo lo no expresamente previsto, el presente convenio se regirá por las disposiciones de la Ley General de Sociedades Mercantiles y supletoriamente por las disposiciones del Código de Comercio y del Código Civil Federal. DECIMOPRIMERO.- Para todo lo relacionado con la interpretación, cumplimiento y ejecución del presente convenio, las partes se someten expresamente a la jurisdicción de los tribunales competentes de Ciudad de México, Distrito Federal, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles por razón de sus domicilios presentes o futuros o por cualquier otra causa. México, D.F., a 8 de septiembre de 2008. Delegado de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de Operadora Cicsa, S.A. de C.V. Lic. Alejandro Archundia Becerra Rúbrica. Delegado de las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de Constructora de Infraestructura Latinoamericana, S.A. de C.V. y Servicios Cilsa, S.A. de C.V. C.P. Alejandro Macías Nava Rúbrica. OPERADORA CICSA, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Inventarios Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

7,385 2,003,674 29,877 639,746 1,412,856 98,419 391,327 4,583,284 611,629 2,978,784 81,697 3,672,110 662,921 90,801 157,452 911,174 4,583,284

CONSTRUCTORA DE INFRAESTRUCTURA LATINOAMERICANA, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Inventarios Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas

192,369 716,887 38,422 13,824 16,301 48 237,855 1,215,706 288,380 53,852

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(Segunda Sección)

DIARIO OFICIAL

Viernes 12 de septiembre de 2008

Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

283,453 21,055 646,740 76,050 6,284 486,632 568,966 1,215,706

SERVICIOS CILSA, S.A. DE C.V. BALANCE GENERAL AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Inventarios Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

77 15 92 67 67 50 2 (27) 25 92

OPERADORA CICSA, S.A. DE C.V. BALANCE "FUSIONADO" AL 31 DE JULIO DE 2008 miles de pesos ACTIVO Efectivo y equivalentes de efectivo Cuentas por cobrar Partes relacionadas Inventarios Activo fijo Inversiones en acciones de subsidiarias Otros activos TOTAL ACTIVO PASIVO Cuentas por pagar Partes relacionadas Impuestos y gastos acumulados Impuestos diferidos Otros pasivos a largo plazo TOTAL PASIVO CAPITAL CONTABLE Capital social Actualización del capital social Utilidades acumuladas TOTAL CAPITAL CONTABLE TOTAL PASIVO Y CAPITAL

199,831 2,720,561 68,299 653,570 1,429,157 98,467 629,197 5,799,082 900,009 3,032,703 365,150 21,055 4,318,917 739,021 97,087 644,057 1,480,165 5,799,082 (R.- 274701)

SOCIEDAD HIPOTECARIA FEDERAL, S.N.C. CONDICIONES DEL MERCADO DE CREDITOS GARANTIZADOS CON GARANTIA HIPOTECARIA Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley de Transparencia y de Fomento a la Competencia del Crédito Garantizado se da a conocer lo siguiente: Información de las condiciones del mercado de créditos garantizados con garantía hipotecaria correspondientes al mes de junio de 2008 para créditos operados y ofertas vinculantes. Presentación. Con el propósito de dar cumplimiento a la normatividad señalada, la Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. (SHF) recibió la información relacionada con las condiciones del mercado de Créditos Garantizados con garantía hipotecaria, correspondiente a los intermediarios financieros no bancarios denominados Sociedades Financieras de Objeto Limitado (SOFOLES) e instituciones de banca múltiple, que les permita a los interesados evaluar las ofertas vinculantes que reciban. La información se desglosa según el tipo de moneda, plazo, tasa de interés y valor de la vivienda, como sigue: I. Créditos en Unidades de Inversión (UDIS). Son financiamientos otorgados principalmente por las SOFOLES con recursos fondeados por SHF, referenciados en UDIS y destinados para adquisición de vivienda nueva o usada, con tasa de interés fija. No obstante de estar denominado en UDIS, el pago mensual cambia conforme con el salario mínimo mensual vigente en el Distrito Federal. II. Créditos en pesos. i. Ofertas vinculantes de créditos por parte de las instituciones de banca múltiple y SOFOLES con sus propios recursos, o financiados por SHF, principalmente para adquisición de vivienda nueva o usada, con tasa de interés fija. En esta ocasión se presenta la información más representativa de la oferta que los intermediarios tienen, según la información recibida por SHF: Se contemplan cuatro clasificaciones de créditos a tasa fija: mensualidades fijas, crecientes, decrecientes o ajustables por bonificación en tasa de interés, y para cada institución se presentan las condiciones de aquel producto con el menor CAT. ii. Financiamientos otorgados principalmente por las SOFOLES con recursos fondeados por SHF, referenciados en pesos y destinados para adquisición de vivienda nueva o usada, con tasa de interés fija. Atentamente México, D.F., a 28 de agosto de 2008. Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. Director de Estudios Económicos de la Vivienda Mtro. Antonio Puig Escudero Rúbrica. Junio Créditos operados en Udis para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 25 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000. ING Patrimonio Hipotecaria Crédito Hipotecaria Hipotecaria Hipotecaria Finpatria Hipotecaria Vértice Inmobiliario Su Casita Crédito y Casa Casa Mexicana Pago mensual inicial $2,440 $2,498 $2,501 $2,613 $2,640 $2,651 $2,680 $2,880 Enganche $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 Crédito $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 Erogación % Apertura como valor 2.82% 2.81% 2.52% 3.09% 2.98% 2.93% 2.78% 2.50% inicial del crédito % Avalúo como valor de 0.23% 0.29% 0.76% 0.33% 0.38% 0.29% 0.31% 0.49% la vivienda Estudio socioeconómico $1,095 $1,266 $1,508 $790 $840 $987 $847 $1,333 Factor de pago al millar operado $9.04 $9.25 $9.26 $9.68 $9.78 $9.82 $9.93 $10.67 Factor de pago al millar vinculante $9.25 $9.80 $9.42 $9.60 $10.43 $8.50 $10.14 $11.11 % máximo del ingreso que representa 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% 25% el pago Aforo máximo 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% Costo Anual Total (CAT) Operado 11.03% 11.37% 11.50% 12.11% 12.17% 12.26% 12.41% 13.63%

Viern es 12 de septie mbre de 2008 DIA RIO OFIC IAL (Segu nda Secci ón) 77

Créditos operados en Udis con COFINANCIAMIENTO para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 25 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000. No incluye el componente de INFONAVIT o de FOVISSSTE. ING Hipotecaria

Patrimonio

Hipotecaria

Hipotecaria Casa

Hipotecaria

Crédito y Casa

Mexicana

Su Casita

Pago mensual inicial

$2,454

$2,543

$2,672

$2,817

$2,799

Enganche

$30,000

$30,000

$30,000

$30,000

$30,000

Crédito

$270,000

$270,000

$270,000

$270,000

$270,000

2.83%

3.02%

3.39%

3.01%

3.19%

Erogación inicial

% Apertura como valor del crédito % Avalúo como valor de la vivienda

0.36%

0.49%

0.51%

0.45%

0.66%

Estudio socioeconómico

$1,060

$1,199

$954

$829

$812

Factor de pago al millar operado

$9.09

$9.42

$9.90

$10.43

$10.37

Factor de pago al millar vinculante

$9.25

$9.80

$8.50

$10.14

$10.43

% máximo del ingreso que representa el pago

25%

25%

25%

25%

25%

Aforo máximo Costo Anual Total (CAT) Operado

90%

90%

90%

90%

90%

10.91%

11.52%

12.19%

13.16%

13.21%

Créditos operados en Udis con APOYO INFONAVIT para vivienda media a tasa fija para un periodo de 25 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $700,000 y crédito de $630,000. ING Hipotecaria

Hipotecaria

Hipotecaria

Hipotecaria

Casa Mexicana

Crédito y Casa

Su Casita

Pago mensual inicial

$5,692

$5,933

$6,063

$6,048

Enganche

$70,000

$70,000

$70,000

$70,000

$630,000

$630,000

$630,000

$630,000

1.66%

2.51%

2.15%

2.83%

% Avalúo como valor de la vivienda

0.25%

0.27%

0.27%

0.31%

Estudio socioeconómico

$1,055

$811

$971

$812

Factor de pago al millar operado

$9.04

$9.42

$9.62

$9.60

Factor de pago al millar vinculante

$9.25

$9.73

$8.46

$9.60

% máximo del ingreso que representa el pago

25%

25%

25%

25%

Crédito Erogación inicial

% Apertura como valor del crédito

Aforo máximo Costo Anual Total (CAT) Operado

90%

90%

90%

90%

10.67%

11.51%

11.60%

11.85%

78 (Segu nda Secci ón) DIA RIO OFIC IAL Viern es 12 de septie mbre de 2008

Ofertas vinculantes en pesos para vivienda media y residencial a tasa fija con un plazo de 15 años (valor de la vivienda de $1,000,000 pesos)/*. Continua. Pago mensual promedio Enganche Crédito Erogación % Apertura como valor del crédito inicial % Avalúo como valor de la vivienda Estudio socioeconómico Gastos notariales /1 Impuestos /2 Factor de pago al millar vinculante % del ingreso que representa el pago /3 Aforo Costo Anual Total (CAT)

Bancomer

Santander /4

GE Money /6

$9,216 $200,000 $800,000 2.25% 0.35% $529 2.82% 5.00% $11.52 N.D. 80% 10.95%

$10,019 $200,000 $800,000 2.70% 0.29% $0 2.00% 5.00% $12.52 38% 80% 11.77%

$10,017 $200,000 $800,000 2.50% 0.29% $150 2.00% 5.00% $12.52 N.D. 80% 11.98%

Banco Mercantil del Norte /5 $9,221 $200,000 $800,000 3.00% 0.35% $500 1.80% 5.00% $11.53 40% 80% 12.61%

Banco Nacional de México $10,082 $200,000 $800,000 3.00% 0.21% $575 2.62% 5.00% $12.60 35% 80% 12.79%

Mifel $9,519 $200,000 $800,000 2.50% 0.29% $920 1.00% 5.00% $11.90 33% 80% 13.14%

Scotiabank Inverlat /4 $9,996 $200,000 $800,000 2.50% 0.20% $0 1.33% 5.00% $12.50 30% 80% 13.20%

Bajío /4 $9,601 $200,000 $800,000 2.90% 0.03% $0 1.00% 5.00% $12.00 35% 80% 13.31%

Banca Afirme $10,448 $200,000 $800,000 2.50% 0.35% $0 1.73% 5.00% $13.06 40% 80% 13.54%

Hipotecaria México /4 $9,819 $200,000 $800,000 2.50% 0.12% $850 1.00% 5.00% $12.27 33% 80% 13.74%

Junio Ofertas vinculantes en pesos para vivienda media y residencial a tasa fija con un plazo de 15 años (valor de la vivienda de $1,000,000 pesos) /*. Termina. Pago mensual promedio Enganche Crédito Erogación % Apertura como inicial valor del crédito % Avalúo como valor de la vivienda Estudio socioeconómico Gastos notariales /1 Impuestos /2 Factor de pago al millar vinculante % del ingreso que representa el pago /3 Aforo Costo Anual Total (CAT)

Patrimonio /4

Inbursa $10,213 $200,000 $800,000 2.50%

Hipotecaria Crédito y Casa $10,158 $200,000 $800,000 3.00%

Hipotecaria Nacional $18,098 $200,000 $800,000 2.25%

Fincasa Hipotecaria /4 $11,470 $200,000 $800,000 2.50%

ING Hipotecaria $10,517 $200,000 $800,000 2.50%

Hipotecaria Su Casita /7 $20,530 $100,000 $900,000 1.50%

$10,266 $200,000 $800,000 2.50% 0.29%

0.29%

0.29%

0.30%

0.29%

0.25%

$1,256

$0

$988

$460

$690

1.84% 5.00% $12.83

1.59% 5.00% $12.77

3.32% 5.00% $12.70

0.81% 5.00% $22.62

30%

30%

30%

80% 14.11%

80% 14.48%

80% 14.66%

HSBC /5

Hipotecaria Independiente $12,848 $150,000 $850,000 0.25%

Finpatria

$10,677 $200,000 $800,000 3.00%

Hipotecaria Casa Mexicana $11,160 $200,000 $800,000 2.50%

0.28%

0.24%

0.29%

0.29%

0.29%

$1,150

$850

$900

$850

$800

$1,350

0.99% 5.00% $14.34

2.00% 5.00% $13.15

1.10% 5.00% $22.81

2.50% 5.00% $13.35

3.00% 5.00% $13.95

1.50% 5.00% $15.12

2.00% 5.00% $14.15

33%

30%

33%

35%

35%

33%

33%

33%

80% 14.76%

80% 14.84%

80% 15.17%

90% 15.68%

80% 15.99%

80% 16.71%

85% 17.12%

80% 17.32%

$11,317 $200,000 $800,000 3.50%

N.D. = No disponible. */ Se contemplan cuatro clasificaciones de créditos a tasa fija: mensualidades fijas, crecientes, decrecientes o ajustables por bonificación en tasa de interés, y para cada institución se presentan las condiciones de aquel producto con el menor CAT. 1/ Honorarios Notariales respecto al valor del inmueble, no se incluyen en el cálculo del CAT. 2/ Considera el IVA, Registro Público de la Propiedad y el Impuesto Sobre Adquisición de Inmuebles, como porcentaje del valor de la vivienda, no se incluyen en el cálculo del CAT. 3/ Se considera el ingreso mínimo necesario. 4/ Mensualidad decreciente por disminución de las comisiones y/o seguros. 5/ Mensualidad ajustable durante la vida del crédito por bonificación en la tasa de interés. 6/ Mensualidad creciente en toda la vida del crédito conforme a un(os) factor(es) predeterminado(s). 7/ Se reporta el producto con las condiciones más similares a las de los demás intermediarios financieros, sin embargo el aforo es de 90%.

Viern es 12 de septie mbre de 2008 DIA RIO OFIC IAL (Segu nda Secci ón) 79

Créditos operados en pesos para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 20 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000. Patrimonio ING Hipotecaria Hipotecaria Hipotecaria Finpatria Casa Mexicana Crédito y Casa Pago mensual inicial $3,236 $3,265 $3,385 $3,380 $3,873 Enganche $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 Crédito $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 Erogación inicial % Apertura como valor del crédito 2.56% 2.80% 2.64% 3.19% 2.50% % Avalúo como valor de la vivienda 0.28% 0.24% 0.31% 0.28% 0.53% Estudio socioeconómico $1,199 $1,098 $811 $948 $1,290 Factor de pago al millar operado $11.99 $12.09 $12.54 $12.52 $14.34 Factor de pago al millar vinculante $12.06 $12.20 $13.02 $11.76 $13.46 % máximo del ingreso que representa el pago 25% 25% 25% 25% 25% Aforo máximo 90% 90% 90% 90% 90% Costo Anual Total (CAT) Operado 17.49% 17.83% 18.17% 18.24% 21.84% Créditos operados en pesos con COFINANCIAMIENTO para vivienda económica a tasa fija para un periodo de 20 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $300,000 y crédito de $270,000. No incluye el componente de INFONAVIT o de FOVISSSTE. Patrimonio ING Hipotecaria Hipotecaria Crédito Hipotecaria Finpatria Crédito y Casa Inmobiliario Casa Mexicana Pago mensual inicial $3,254 $3,274 $3,380 $3,389 $3,455 $3,649 Enganche $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 $30,000 Crédito $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 $270,000 Erogación inicial % Apertura como valor del crédito 2.70% 3.17% 2.63% 3.03% 2.34% 2.50% % Avalúo como valor de la vivienda 0.52% 0.35% 0.44% 0.67% 0.33% 0.99% Estudio socioeconómico $1,215 $1,105 $951 $771 $812 $1,301 Factor de pago al millar operado $12.05 $12.13 $12.52 $12.55 $12.80 $13.51 Factor de pago al millar vinculante $12.06 $12.20 $11.76 $9.60 $13.02 $13.46 % máximo del ingreso que representa el pago 25% 25% 25% 25% 25% 25% Aforo máximo 90% 90% 90% 90% 90% 90% Costo Anual Total (CAT) Operado 16.01% 16.70% 17.00% 17.14% 18.08% 18.79% Créditos operados en pesos con APOYO INFONAVIT para vivienda media a tasa fija para un periodo de 20 años, cifras en pesos con valor de vivienda de $700,000 y crédito de $630,000. ING Hipotecaria Hipotecaria Su Casita Pago mensual inicial $7,618 $8,067 Enganche $70,000 $70,000 Crédito $630,000 $630,000 Erogación inicial % Apertura como valor del crédito 1.51% 2.90% % Avalúo como valor de la vivienda 0.22% 0.35% Estudio socioeconómico $1,100 $811 Factor de pago al millar operado $12.09 $12.81 Factor de pago al millar vinculante $12.20 $9.60 % máximo del ingreso que representa el pago 25% 25% Aforo máximo 90% 90% Costo Anual Total (CAT) Operado 15.63% 18.26% (R.- 274717)

80 (Segu nda Secci ón) DIA RIO OFIC IAL Viern es 12 de septie mbre de 2008

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