SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN ANIMAL CENTRO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN PRODUCCIÓN PORCINA

MBS-SPA-MV-004 UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA Fecha de Emisión No. Revisión Página Sección ISO

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MBS-SPA-MV-004

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO FACULTAD DE MEDICINA VETERINARIA Y ZOOTECNIA

Fecha de Emisión No. Revisión Página Sección ISO Fecha de Revisión

20.08.2009 1 1 de 7 5.1. 13.08.2009

MANUAL DE BIOSEGURIDAD DEL CENTRO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN PRODUCCIÓN PORCINA DOCUMENTO

SUSTITUYE A:

EDICIÓN:

MBS-SPA-MV-004

“1“

“Versión 0“

MOTIVO DE LA EDICIÓN: Cambio en las responsabilidades

SECRETARÍA DE PRODUCCIÓN ANIMAL CENTRO DE ENSEÑANZA, INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN EN PRODUCCIÓN PORCINA.

Puesto:

Elaboró Director Técnico del CEIEPP

Nombre:

Roberto Martínez Rodríguez

Fecha: Firma:

6 de agosto de 2009

Revisó y Aprobó Autorizó la Emisión Secretaría de Producción Secretario de Producción Animal Animal Eduardo Posadas Manzano Eduardo Posadas Manzano y Carlos Antonio López Díaz 13 de agosto de 2009 20 de agosto de 2009

1. Introducción Las enfermedades infectocontagiosas constituyen uno de los obstáculos más importantes para que la producción porcina sea efectiva desde los puntos de vista productivo y financiero. Se sabe bien que las enfermedades constituyen un riesgo por diferentes razones tales como: ocasionan dolor, provocan mortalidad, reducen la ganancia de peso, incrementan el costo por medicamentos y vacunas, y entorpecen los flujos productivos. La prevención sigue siendo la mejor herramienta para luchar contra las enfermedades. Un programa de bioseguridad implica el establecimiento de reglas y procedimientos que estén encaminadas a reducir las probabilidades de introducción de gérmenes potencialmente causantes de enfermedad a una explotación pecuaria. Las normas de bioseguridad vigentes en los Centros de Enseñanza, Investigación y Extensión (CEIE) de la Facultad de Medicina Veterinaria y Zootecnia, están orientadas por las características de sus funciones, es decir, las de enseñanza y extensión, mismas que los exponen a un flujo continuo de visitantes, principalmente de alumnos y productores, ambos grupos en frecuente contacto con animales, y que pueden representar un riesgo clínico y epidemiológico para los animales de los centros. Los CEIE reciben primordialmente alumnos de la FMVZ-UNAM, sin embargo, un número importante de alumnos de otras instituciones asisten a los centros provenientes de distintos estados de la república, aumentando con ello los riesgos sanitarios. Las actividades de docencia de los CEIE obligan a tener especial cuidado para el establecimiento de procedimientos adecuados de bioseguridad, que por un lado, muestren a los visitantes la importancia de estas medidas, y que por el otro, resguarden la salud de la piara y de las personas. Pero que también deben servir para que los estudiantes aprendan la aplicación y el funcionamiento de las medidas de bioseguridad en la práctica. Estos procedimientos deben adaptarse al intenso flujo de visitantes y ser prácticos en su implementación.

2. Objetivo Establecer los mecanismos de bioseguridad que deben seguir los visitantes del CEIEPP, ya sean docentes, empleados, estudiantes y otros, con la finalidad de minimizar los riesgos de entrada y salida de gérmenes causantes de enfermedades en los animales, así como el contagio de personas, ya sea por contacto con animales o por consumo de alimentos producidos en el CEIEPP

3. Alcance El presente manual plasma los procedimientos sanitarios que deberán seguir los alumnos, profesores, trabajadores y demás visitantes que acudan al Centro de Enseñanza, Investigación y Extensión en Producción Porcina (CEIEPP).

4. Definiciones Las contenidas en el PRMP-UNAM-MV-001.

Bioseguridad. Conjunto de métodos, aparatos e instalaciones de manejo, sanitario y profiláctico que, implementadas y usadas correcta y permanentemente, salvaguardan la salud y la vida de las personas, los animales y protegen el medio ambiente.

5. Abreviaturas 5.1. CEIE.- Centros de Enseñanza, Investigación y Extensión 5.2. CEIEPP.- Centro de Enseñanza, Investigación y Extensión en Producción 5.3. Porcina. 5.4. NOM.- Norma Oficial Mexicana 5.5. PRRS.- Siglas en inglés para síndrome respiratorio y reproductivo porcino. 5.6. CIMARPE.- Comité Interno para el Manejo de Residuos Peligrosos. 5.7. SAGARPA.- Secretaría de agricultura, ganadería, desarrollo rural, pesca y alimentación.

6.- Documentos de referencia 6.1. Sanitarias: 6.1.1. NOM-037-ZOO-1995, Campaña Nacional contra la Fiebre Porcina Clásica. 6.1.2. NOM-007-ZOO-1994, Campaña Nacional contra la Enfermedad de Aujeszky. 6.1.3. NOM-027 ZOO 1995, Proceso zoosanitario del semen de animales domésticos. 6.1.1. NOM-122-SSA1-1994. Bienes y servicios. Productos de la carne.

6.2. Ambientales 6.2.1. Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, 1996. 6.2.2. Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente en Materia de Residuos Peligrosos, 1988. 6.2.3. Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 2003. 6.2.4. Reglamento de la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos, 2006. 6.2.5. NORMA Oficial Mexicana NOM-052-SEMARNAT-2005 6.2.6. NORMA Oficial Mexicana NOM-054-SEMARNAT-1993 6.2.7. NORMA Oficial Mexicana NOM-087-SEMARNAT-SSA1-2002 6.2.8. NORMA Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993 6.2.9. NORMA Oficial Mexicana NOM-005-STPS-1998

6.3. Internas de la FMVZ UNAM: 6.3.1. Procedimiento para el Manejo de Residuos Peligrosos de la FMVZ PMRPUNAM-MV-001. 6.3.2. Reglamento interno del CEIEPP.

7.- Responsabilidades 7.1 El director técnico del CEIEPP es responsable de vigilar el cumplimiento del presente manual de procedimientos, así como de gestionar los recursos necesarios para su implementación y ejecución. 7.2 El delegado administrativo es responsable de dotar y administrar los recursos necesarios para la implantación y ejecución del presente manual de procedimientos. 7.3 El responsable de la granja porcina es responsable directo de la implantación, operación y supervisión de las reglas contenidas en el presente manual de procedimientos, que incluye el diagnóstico, tratamiento y monitoreo de enfermedades en la piara, con el apoyo del personal designado para tal fin. 7.4 El personal académico y administrativo es responsables de ejecutar y atender las especificaciones del presente manual de procedimientos y seguir las indicaciones del encargado de la granja y el director técnico. 7.5 Estudiantes y visitantes en general son responsables de atender las especificaciones contenidas en el presente manual, y de seguir las indicaciones que en materia de bioseguridad les señale el personal del CEIEPP.

8.- Descripción de actividades 8.1. Movilización de animales: 8.1.1. Entrada de animales al CEIEPP Solamente está permitido el ingreso de sementales al Centro de Transferencia Genética del CEIEPP, y de cerdas progenitoras de reemplazo a la granja. En ambos casos se realizarán pruebas diagnósticas para enfermedad de Aujeszky, PRRS, leptospirosis, parvovirus, ojo azul e influenza. Los animales deben permanecer durante 45 días en las áreas de cuarentena con las que cuenta el CEIEPP. El acceso a los animales en cuarentena estará restringido al encargado de esos animales. 8.1.2. Salida de animales del CEIEPP. La salida de animales del CEIEPP deberá estar autorizada por el Director Técnico y con conocimiento del responsable del área a la que pertenecen los animales. Los cerdos destinados a la venta para abasto, pié de cría, investigación y exhibición en otros estados, deben acompañarse de

un certificado zoosanitario que debe tramitar el comprador en la delegación de SAGARPA de Jilotepec. El CEIEPP proporcionará copias de los certificados de piara libre de fiebre porcina clásica y Aujeszky. Si la salida de los cerdos es hacia localidades fuera del Estado de México, se requiere solicitar una guía sanitaria en la delegación de SAGARPA en Jilotepec. 8. 2. Monitoreo, diagnóstico y control de enfermedades. Los responsables de cada área del CEIEPP realizarán cotidianamente inspección visual de los animales en busca de signos clínicos de alguna enfermedad. En toda la piara del CEIEPP se llevarán a cabo acciones de vigilancia y control de la enfermedad de Aujezky y fiebre porcina clásica, encaminadas a conservar su estatus de piara libre. Los respectivos jefes de área presentarán anualmente sus planes de trabajo al respecto y realizarán las gestiones necesarias para refrendar los certificados de piara libre. Todas las acciones de control y prevención de brucelosis se sujetarán a las normas oficiales mexicanas respectivas. En el CEIEPP se realizarán pruebas serológicas periódicas de PRRS, Ojo Azul, parvovirus y leptospirosis. Cada responsable de área debe elaborar un plan anual de vigilancia epidemiológica en el que se establecerán las acciones a realizar y su programación. Es obligatorio realizar necropsias todos los animales que mueran en el centro, excepto de los animales sanos sacrificados para consumo. De cada muerte se debe levantar un acta de necropsia. Es facultad del responsable clínico de cada área determinar en qué casos se tomarán muestras para enviarlas a laboratorios de diagnóstico. A juicio del responsable clínico de cada área se aislarán los animales que enfermos que, con base en los signos presentados, puedan representar un riesgo de contagio para el resto de la piara. Anualmente se elaborará un programa de medicina preventiva, el cual será aprobado por el director técnico del centro. Los jefes de área serán los responsables de la aplicación del programa; éste podrá ser modificado para adaptarse a situaciones sanitarias emergentes, para lo cual se deberá contar con el visto bueno del director técnico del CEIEPP. 8.3. Ingreso y permanencia de personas al centro.

Para que los grupos de alumnos puedan ingresar a la granja porcina deben portar overol y botas de hule muy limpios. Antes de entrar a las instalaciones deberán lavar sus botas con cepillo en el lugar específicamente destinado para ese fin. El profesor responsable del grupo vigilará que este proceso se lleve de manera correcta. Todas las personas que ingresen al CEIEPP deberán sumergir su calzado en el vado sanitario de la puerta de ingreso. Los alumnos que permaneces por períodos largos en el centro, deberán cambiarse de overol al menos cada cuatro días. Es obligatorio cambiarse el overol después de realizar una necropsia. Para los productores que asisten al CEIEPP a cursos de capacitación, es obligatorio el baño en el módulo sanitario del centro, así como el uso de overoles y botas. Sólo está permitido el acceso a las áreas del centro en las que se encuentras los cerdos, a personas que asisten a prácticas, clases o cursos. 8.4. Ingreso y control de vehículos. Todos los vehículos que ingresan al centro deben ser desinfectados por aspersión a la entrada de éste. Está prohibido el acceso a vehículos que se usan para transportar cerdos. La recepción y entrega de animales se deberá hacer por medio de los embarcaderos o en vehículos propiedad del CEIEPP. Los vehículos personales sólo pueden acceder al estacionamiento externo del centro. Los vehículos que transportan materia prima para la elaboración de alimento, no entran a la granja ni al interior de la planta de alimentos, sino que descargan por la parte externa de esta última. 8.5. Control de plagas. El CEIPP deberá contar con un plan efectivo de control de fauna nociva que incluirá la detección de sitios de circulación, alimentación y anidación, así como en la colocación de sebos y trampas. 8.6. Manejo de animales muertos. Los cadáveres de los animales muertos en el centro se procesarán como composta o serán depositados en la fosa sanitaria que existe para tal fin. 8.7. Procedimientos destinados al cuidado del medio ambiente. 8.7.1. Los desechos orgánicos del centro que no representen un riesgo sanitario, serán procesados como composta.

8.7.3. El CEIEPP debe tener procedimientos para el tratamiento y la separación de las deyecciones de los animales. 8.7.4. La disposición de residuos peligrosos y contaminantes se llevará a cabo de acuerdo con el PMRP-UNAM-MV-001

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