SECRETARÍA DE SALUD INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS ISMAEL COSÍO VILLEGAS REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

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SECRETARÍA DE SALUD INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS ISMAEL COSÍO VILLEGAS

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

OCTUBRE, 2015

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

ÍNDICE

Pág.

INTRODUCCIÓN

2

I.

OBJETIVO

3

II.

MARCO JURÍDICO

4

III.

5

IV.

REQUISITOS DE INGRESO A LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

V.

OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

8

VI.

GUARDIA O PRÁCTICA CLÍNICA COMPLEMENTARIA

10

VII.

DERECHOS DE LOS PROFESORES

11

VIII. OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES

12

IX.

EVALUACIÓN

13

X.

PROMOCIÓN

15

XI.

PERMISOS PARA AUSENTARSE

17

XII.

INCAPACIDADES

18

6

XIII. ESTIMULOS

19

XIV. SANCIONES

20

XV. CAUSAS DE BAJA DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

21

XVI. GESTIÓN Y TRÁMITES ESCOLARES

22

XVII. SERVICIO SOCIAL

24

XVIII. TITULACIÓN

26

XIX. GLOSARIO DE TÉRMINOS

28

XX. APROBACIÓN DEL REGLAMENTO

30

1 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

INTRODUCCIÓN El Reglamento Interno de la Escuela de Formación Técnica (EFT) del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas, es un conjunto de reglas de carácter obligatorio emitidas por la Dirección General

de la Escuela y Dirección de

Enseñanza, las cuales fueron revisadas por el Departamento de Planeación en conjunto con el Departamento de Asunto Jurídicos.

La emisión del reglamento es responsabilidad de la Dirección General de la Escuela de Formación Técnica con autorización de la Dirección de Enseñanza del Instituto.

Este documento deberá ser revisado y actualizado con la frecuencia que sea necesaria, lo cual deberá ser al menos una vez al año, siempre y cuando existan cambios considerables de procedimientos, políticas, acuerdos u organización.

2 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

I. OBJETIVO Establecer las directrices para el buen funcionamiento de la Escuela de Formación Técnica.

3 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

II.

MARCO JURÍDICO

El documento se apega estrictamente a la Ley General de Educación (última reforma aplicada 20/04/2015), el Acuerdo por el cual se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud SSA – SEP, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 19 de octubre de 1983 y Código de Conducta del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas.

4 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

III.

REQUISITOS DE INGRESO A LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

Para poder ingresar a la Escuela de Formación Técnica es requisito indispensable que todos los aspirantes, sin excepción alguna, presenten los siguientes documentos en original y un juego de copias legibles: 

Certificado de Bachillerato con un promedio igual o superior a 7.0 de una Institución perteneciente al Sistema Educativo Nacional, ya sea pública o privada, con Registro de Validez Oficial de Estudios ante la Secretaría de Educación Pública, de autorización o de incorporación y que esté debidamente facultada para impartir estudios de nivel medio superior escolarizado, abierto, a distancia o a través del examen del Centro Nacional de Evaluación, A.C. conforme al acuerdo 286 de bachillerato. (2 copias simples).



Acta de nacimiento certificada.



Clave Única de Registro de Población (CURP).



Examen Médico vigente expedido por una institución oficial de salud, con una antigüedad no mayor a un mes.



Curriculum vite.



Solicitud de ingreso debidamente requisitada.



Cuatro fotografías tamaño infantil blanco y negro o a color, sin retoque.



Recibo de pago por concepto de cuota de trámites.



Cumplir con las entrevistas, exámenes de conocimientos y psicométricos específicos que se realicen o apliquen.

5 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA IV.

DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Los estudiantes de la Escuela de Formación Técnica de la Carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia tienen derecho a:

1.

Recibir enseñanza de acuerdo al Plan de Estudios vigente.

2.

Recibir vía electrónica el Reglamento Interno de la Escuela de Formación Técnica.

3.

Recibir asesoría, supervisión y compromiso académico de los profesores.

4.

Trabajar en un ambiente de respeto y consideración.

5.

Recibir información de la dinámica de trabajo en cada una de las asignaturas para el cumplimento y acreditación de las mismas.

6.

Disponer de servicio de Biblioteca apegándose estrictamente a su reglamento.

7.

Asistir a eventos académicos extracurriculares relacionados con el área de inhaloterapia siempre y cuando: a)

La actividad académica tenga relación con el Plan de Estudios de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia,

b)

No afecte el funcionamiento de los servicios,

c)

La selección de los asistentes estará definida de acuerdo a los puntos establecidos en la sección de estímulos y a los criterios establecidos por el comité de becas de la institución,

d) 8.

Disponga de permiso de acuerdo a las normas institucionales.

Realizar actividades de investigación relacionados a trabajo de tesis bajo la supervisión de sus tutores y profesores del curso.

9.

Conocer oportunamente su calificación en evaluaciones parciales, ordinarias y extraordinarias.

10. Solicitar revisión de examen ordinario o extraordinario en caso de que exista inconformidad por la calificación otorgada por el docente. La revisión consiste en el conteo de aciertos del examen con el alumno y profesor de la asignatura. Este proceso se deberá realizar después de conocer su calificación en los siguientes 5 días hábiles.

6 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

11. Recibir de la Dirección Administrativa un certificado parcial de calificaciones al término de cada módulo. 12. Recibir constancia académica de cuatrimestres cursados en caso de formación inconclusa. 13. Presentar los exámenes extraordinarios permitidos de acuerdo con los lineamientos establecidos en el Reglamento. 14. Acreditar el 100% de las asignaturas del plan de Estudios Vigente. 15. Cumplir con el Servicio Social. 16. Presentar la Tesis. 17. El periodo de vacaciones será de dos veces al año que corresponden a las dos últimas semanas de diciembre y en la semana de Pascua.

7 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA V.

OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Los alumnos de la Escuela de Formación Técnica de la Carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia tendrán las siguientes obligaciones: 1.

Conocer y acatar el presente reglamento.

2.

Acatar la normatividad institucional: Código de ética, Carta de Derechos de los pacientes y Reglamento de Pregrado.

3.

Dedicar tiempo exclusivo a la Carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia para el debido cumplimiento de los programas académico y operativo.

4.

Cumplir con el plan académico y el adiestramiento (programa académico y operativo).

5.

Firmar lista de asistencia en la oficina de la Dirección Administrativa de la Escuela de Formación Técnica de lunes a viernes. La entrada, hasta las 8:10 am y la salida, a las 16:00 pm.

6.

Asistir puntualmente a las clases de acuerdo con los horarios establecidos y calendario académico:

7.

a)

Cumplir una asistencia del 80% en asignatura teórica.

b)

Cumplir una asistencia del 100% en asignatura teórica-práctica.

El estudiante que acumule más de tres faltas en el periodo correspondiente a práctica clínica, no acreditará la práctica, por lo tanto no podrá inscribirse al cuatrimestre inmediato superior y será necesario si así lo desea reinscribirse al siguiente año lectivo.

8.

El registro y documentación de la asistencia es responsabilidad de los profesores y de la Dirección Administrativa de la EFT.

9.

Asistir a eventos académicos extracurriculares cuando así le sea indicado.

10. Las guardias se realizarán de cuatro horas al día, de lunes a viernes de 16:00 a 20:00 hrs en los Servicios Clínicos, Terapia Intensiva, Urgencias y Recuperación; sábados y domingos los horarios serán de 08:00 a 12:00 hrs y/o de 12:00 a 16:00 hrs y/o de 16:00 a 20:00hrs. Los horarios y servicios estarán sujetos a cambios de acuerdo a las necesidades institucionales y/o académicas. 11. Cumplir con las rotaciones en las subsedes alternas de acuerdo al programa académico y operativo.

8 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA 12. Permanecer en el Instituto durante el horario académico normal, periodos de descanso, para ingerir alimentos y durante las prácticas clínicas complementarias (guardias). 13. Vestir el uniforme reglamentario de la Escuela de Formación Técnica impecable todo el tiempo incluso durante las guardias y rotaciones externas. 14. Portar la credencial oficial de la Escuela, en lugar visible desde su ingreso al Instituto y durante su permanencia. 15. Hacer uso de los bienes y servicios del Instituto promoviendo su cuidado y mantenimiento en buenas condiciones. 16. Participar en el manejo de los pacientes en lo que respecta exclusivamente al área de inhaloterapia siempre bajo la vigilancia y supervisión del personal técnico del Servicio de Terapia Respiratoria y/o del personal médico autorizado en el manejo de los pacientes (Médicos Residentes, Enfermeras, Médicos Adscritos y Jefes de Servicio). 17. Cumplir con las órdenes del personal designado para impartir el adiestramiento o para dirigir el desarrollo de las actividades inherentes a la formación de Técnico Superior en Inhaloterapia. 18. Informar a su inmediato superior de sus acciones como alumno de la Escuela de Formación Técnica. 19. Presentar y aprobar exámenes de conocimientos y destrezas (práctica). 20. Realizar por lo menos un trabajo de investigación (Tesis) durante el periodo de formación. 21. Presentarse y permanecer en los servicios asignados para la práctica matutina y práctica clínica complementaria (guardias) en el turno vespertino hasta la hora de salida 20:00 hrs pm. 22. Retirarse de los servicios al concluir todas sus obligaciones. 23. Presentar examen profesional. 24. Titularse de acuerdo al Plan de Estudios vigente. 25. Realizar el pago de colegiatura los primeros diez días del cada mes si no se realiza en este lapso de tiempo generara un cargo moratorio del 10%. 26. Asistir a todas las sesiones generales.

9 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA VI. GUARDIA O PRÁCTICA CLÍNICA COMPLEMENTARIA Es el conjunto de actividades asistenciales y académicas que realiza el alumno al término de sus actividades académicas, para ello es indispensable tomar en cuenta lo siguiente: 1. La frecuencia de las guardias no debe ser mayor a un intervalo ABC, es decir un promedio de tres guardias por semana. 2. Las guardias en días hábiles se realizan en forma alternada siguiendo la misma secuencia de ABC. 3. No se pueden establecer guardias de castigo, las sanciones se especifican en el numeral XIV del presente Reglamento. 4. La Dirección General de la Escuela en conjunto con el Coordinador del programa operativo emitirán el rol de guardias que le será proporcionada a la Dirección Administrativa de la Escuela de Formación Técnica los últimos 5 días de cada mes. 5. El rol general de guardias deberá contemplar lo siguiente: a)

Integrar a todos los alumnos de la Escuela.

b)

Planearlo para todo el año.

c) Podrá ser modificado por el profesor titular o por las autoridades de la Dirección de Enseñanza por necesidades asistenciales del Instituto.

10 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA VII. DERECHOS DE LOS PROFESORES

Los profesores de la Escuela de Formación Técnica tienen derecho a:

1. Recibir invitación formal para participar como Profesor Titular o Adjunto de alguna de las asignaturas correspondientes al Plan de Estudios de la Carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia. 2. Recibir la documentación correspondiente al grupo(s) que le sea(n) asignado(s), listas de asistencia, calendario académico, horario escolar, Formato de Evaluación Final de la Secretaría de Educación Pública y Reglamento de la Escuela. 3. Tener apoyo administrativo para la gestión del material, equipo, insumos y lo requerido para realizar prácticas clínicas. 4. Recibir oportunamente información relacionada con actualizaciones al Plan de Estudios. 5. Recibir constancias académicas por la impartición de cátedras como profesor titular, adjunto, asociado o invitado.

11 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA VIII. OBLIGACIONES DE LOS PROFESORES Los profesores de la Escuela de Formación Técnica tienen la obligación de: 1. Enviar 5 días previos al término de cada cuatrimestre a la Dirección Administrativa de la Escuela, por escrito y correo electrónico, las calificaciones correspondientes a las evaluaciones ordinarias y finales de todos los alumnos. 2. Enviar a la Dirección Administrativa de la Escuela el respaldo documental, exámenes, calificaciones ordinarias y finales así como extraordinarias. 3. Evaluar de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Reglamento de la Escuela de Formación Técnica. 4. En caso de aplicar un examen extraordinario deberá entregar la calificación en un lapso no mayor a 24 horas con el propósito de definir la continuidad académica o no del alumno. 5. Los profesores externos, deberán entregar completa la documentación que sea requerida para conformar su expediente y se pueda realizar oportunamente el pago correspondiente por sus servicios.

12 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA IX.

EVALUACIÓN

IX.1 Evaluación ordinaria

1. La evaluación es un factor importante en el proceso educativo de cada uno de los estudiantes, por ello se realiza en todas las asignaturas lo siguiente: a)

Evaluación Inicial: Se realizará al inicio de cada cuatrimestre para establecer el diagnóstico del cual se parte para apoyar el logro del aprendizaje estudiantil.

b)

Evaluación Continua: Se imparte durante los cursos toda vez que el estudiante debe recibir retroalimentación sobre su propio proceso de aprendizaje y el docente contar con los elementos para ajustar su trabajo a favor del aprendizaje del estudiantado.

c) Evaluación Final. Contribuye para que cada estudiante integre lo aprendido, como para que el docente tenga un elemento más y otorgar una calificación a cada estudiante. 2. La evaluación se realiza con una escala decimal de (0-10): a) El puntaje mínimo para aprobar es de 6.0. b) Las calificaciones se asentarán en las actas incluyendo el primer decimal, por lo que el docente no puede redondear las calificaciones al siguiente punto. 3. Evaluación Inicial. Esta evaluación, no aporta puntaje a la calificación de los estudiantes, se realiza solo con fines diagnósticos, para que el docente ajuste su programa e identifique los aspectos en los que se requiere mayor trabajo académico. 4. Evaluación Continua: Consiste en la evaluación de exámenes que se realizan durante el transcurso de cada cuatrimestre de cada asignatura, así como una escala de evaluación decimal, en la que se consideran: 

Ejercicios de investigación y tareas 15%



Preparación y presentación de exposiciones 20%



Participación en clase 15 %

 Exámenes parciales, mínimo 2 por cuatrimestre; cada examen aporta un 50% de la calificación parcial.

13 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

5. La Evaluación Final ordinaria es presentada por todos los alumnos: 1. Consiste en una muestra de preguntas de todo el programa académico de la asignatura. 2. El resultado de este examen se promedia con el resultado de la evaluación parcial. 3. Los estudiantes pueden ser evaluados de manera ordinaria sí: a) Han asistido en un porcentaje de por lo menos 80% a las clases de la asignatura. b) Han cumplido con las actividades académicas solicitadas. 6. Las calificaciones se asentarán en las actas incluyendo el primer decimal, no existe la posibilidad de redondear las calificaciones.

IX.2 Evaluación Extraordinaria

1. Los exámenes extraordinarios se presentan por aquellos estudiantes que no han aprobado el curso en evaluación ordinaria. 2. La calificación obtenida en el examen extraordinario es la misma que se asienta en la boleta del estudiante. 3. El examen extraordinario se hace de manera escrita si corresponde a una asignatura teórica. De no acreditar una asignatura teórico-práctico el alumno tendrá que recursarla. 4. El estudiante que requiera presentar un examen extraordinario debe solicitarlo y hacer el trámite correspondiente para ello. Este trámite consiste en: 

Solicitar el examen a la Dirección Administrativa.



Realizar el pago del examen, el costo es de $75.00 MN, (Sujeto a cambios).



Entregar comprobante de pago a la Dirección Administrativa de la Escuela.



Presentarse en el lugar y fecha de aplicación del examen.



La duración del examen es de un máximo de 2 horas.



En cada periodo se pueden presentar hasta dos exámenes extraordinarios.

14 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

X.

PROMOCIÓN

X.1 Continuarán en el siguiente cuatrimestre los alumnos que: 1. Hayan acreditado todas las prácticas clínicas correspondientes a cada cuatrimestre. X.2 Para realizar el servicio social deberán cumplir los siguientes requisitos: 1.

Comprobar, mediante certificado parcial de estudios hasta el quinto cuatrimestre, la acreditación del 100% de créditos del Plan de Estudios de la carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia.

2.

Presentar la documentación personal requerida por el Departamento de Formación de Pregrado.

3.

Estar al corriente de sus colegiaturas e inscripción anual correspondiente.

4.

Cumplir con las 480 horas efectivas de acuerdo al capítulo VII de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional.

5.

Todos los alumnos sin excepción deben cumplir con este requisito.

X.3 Obtendrán el título de la carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia: 1. Hayan aprobado el 100% de créditos académicos el examen profesional teórico y práctico así como presentar la tesis. X.4 Los alumnos de la Escuela de Formación Técnica no podrán continuar en el siguiente cuatrimestre de encontrarse en las siguientes situaciones: 1.

El estudiante no podrá continuar inscrito si no acredita dos materias después de haber presentado los exámenes extraordinarios correspondientes.

2.

En caso de no acreditar una materia con examen extraordinario podrá continuar inscrito en el curso y presentar el examen extraordinario al final del siguiente cuatrimestre. Si no lo aprueba su única opción es recursar la materia por lo que no podrá continuar inscrito en la Escuela. Si una vez más NO acredita la materia será motivo de causa de baja definitiva.

15 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

3.

En caso de no acreditar 3 materias el alumno tendrá: Derecho a presentar dos materias con examen extraordinario si los aprueba podrá continuar, si no aprueba no puede continuar y podrá recursarlas en el siguiente ciclo. En caso de aprobar una materia de tres tampoco podrá continuar, la opción en este caso es recursar en el siguiente ciclo académico.

4.

La asignatura “Sistema Respiratorio y a Fines” es una materia indispensable para ser promovido de primer a segundo cuatrimestre; si ella no es aprobada –de manera ordinaria o extraordinaria- el estudiante no podrá cursar el segundo cuatrimestre ya que es una materia seriada.

5.

El estudiante que no cumpla con el 100% de asistencia en la práctica clínica, no acreditará la práctica, por lo tanto no podrá inscribirse al cuatrimestre inmediato superior y será necesario reinscribirse al siguiente año lectivo. Para la promoción en cada uno de los años de los cursos se requiere haber cumplido la totalidad del programa académico y operativo.

6.

En caso de que el estudiante no acredite el examen profesional se le dará otra oportunidad si no acredita no podrá concluir sus estudios y solo se otorgará una constancia de créditos al 100%, sin la posibilidad de obtener título y cédula profesional.

16 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

XI. PERMISOS PARA AUSENTARSE 1.

Los permisos para ausentarse deberán ser autorizados por el profesor titular, la Dirección General de la Escuela y Dirección de Enseñanza.

2.

Se otorgarán permisos para ausentarse por 24 horas o más solo por causa de fuerza mayor.

3.

Se debe obtener autorización por escrito por la Directora General de la Escuela.

4.

En caso de ausentarse durante una guardia, se requiere la autorización del supervisor Técnico de Inhaloterapia y/o del Jefe de Residentes.

5.

No se pueden acumular más de dos permisos de cualquier tipo en un mes.

6.

Por defunción de familiares con parentesco en primer grado (padres, esposo e hijos), se otorgará un permiso de 72 horas por la Dirección General de la Escuela, Subdirector (a), y Director (a) de Enseñanza, y los alumnos deberán presentar la documentación oficial en un plazo no mayor a 8 días hábiles.

17 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA XII.

INCAPACIDADES

El trámite de incapacidad por enfermedad se realizará única y exclusivamente a través de una solicitud escrita que incluya copia de la receta médica de una institución pública o privada autorizada y que incluya los siguientes datos: 

Nombre completo del médico tratante.



Firma y Número de Cédula profesional del médico tratante.



Membrete de una institución pública o privada reconocida y que se encuentre debidamente registrada ante la Secretaria de Salud.



Diagnóstico.



Número de días de incapacidad.

La incapacidad permite la posibilidad de que el estudiante siga inscrito en el cuatrimestre corriente, sin embargo no avala la posibilidad de recuperar las clases pérdidas durante el periodo de incapacidad, por lo que se le da la oportunidad de presentar exámenes extraordinarios con el objetivo de acreditar las asignaturas. En caso de incapacidad igual o mayor al 80% de asistencias en el cuatrimestre el alumno tendrá la opción de recursar el cuatrimestre completo.

18 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

XIII. ESTÍMULOS

Son considerados para los alumnos más destacados, de acuerdo a su desempeño general y a los recursos que disponga el Instituto para tal fin: 1.

Actividades académicas relacionadas con la Terapia Respiratoria (cursos y/o congresos). a)

Alumnos con mejor desempeño académico.

b)

Tendrán prioridad aquellos alumnos que participen con un trabajo de investigación.

19 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA XIV. SANCIONES 1. Todo alumno será acreedor a una llamada de atención escrita cuando: Comportamientos disruptivos (conflicto profesor-alumnos, alterar las normas de funcionamiento de la clase), discrimine a otro por alguna razón (género, clase social, raza, étnica, entre otras), falte al respeto a las autoridades, personal del Instituto y de la Escuela de Formación Técnica, así como familiares y pacientes. 2. Cualquier hecho que no esté considerado en el presente documento, quedará a disposición de los directivos de la Escuela de Formación Técnica. 3. En caso de reincidencia del punto anterior, será merecedor a un acta administrativa y se someterá su caso a la Comisión Académica para determinar su permanencia en la Escuela de Formación Técnica.

20 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA XV. CAUSAS DE BAJA DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA XV.1 Son causa de baja de la Escuela de Formación Técnica: 1. No cumplir con el programa académico en los tiempos establecidos y de acuerdo a la normatividad académica. 2. No acreditación del programa Académico de acuerdo al grado correspondiente. 3. No cumplir con los lineamientos internos establecidos en la Escuela de Formación Técnica e Institucionales: Reglamento Interno de Pregrado, Código de Ética y Conducta, Obligaciones de los Alumnos y Profesores dentro de los espacios académicos del INER. 4. Tener un acta administrativa y haber determinado a través de la Comisión Académica la no permanencia en la Escuela. 5. La asistencia a la institución bajo los efectos del alcohol o cualquier droga ilegal. XV.2 Baja Temporal Son motivos de Baja Temporal: 1. Baja voluntaria. Es aquella que se otorgará cuando el estudiante, siendo alumno regular o no, solicite por motivos personales suspender sus estudios. La cual deberá solicitarse por escrito a las autoridades de la Escuela. 2. Causas de fuerza mayor y cada caso será analizado por un grupo colegiado. 3. Inasistencias por más del 80% por razones de incapacidad. NOTA: El estudiante deberá reincorporarse a la Escuela de Formación Técnica en el siguiente ciclo escolar, de lo contrario se entenderá que renuncia a su actividad académica se tramitará su baja definitiva.

21 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

XVI. GESTIÓN Y TRÁMITES ESCOLARES XVI.1 Inscripción 1.

La inscripción a la Escuela de Formación Técnica se realizará una sola vez, cuando el estudiante haya sido aceptado como estudiante de la Escuela como resultado del proceso de selección.

XVI.2 Reinscripción: 1.

Se realizará siempre y cuando el alumno no tenga dos adeudos en materias en el cuatrimestre corriente, ningún adeudo en anteriores y ningún adeudo de cuota de recuperación mensual o inscripción anual.

2.

El proceso de reinscripción se realiza cada cuatrimestre, por lo que es necesario que el estudiante acuda un lunes anterior al inicio de clases con la finalidad de realizar este trámite administrativo.

3.

Cuando la reinscripción coincide con el pago de la cuota de recuperación anual, es necesario que se presente el comprobante de pago en original y copia con la finalidad de validar este proceso.

XVI.3 Permanencia en la Escuela de Formación Técnica. Para permanecer dentro de la Escuela de Formación Técnica, el estudiante debe de apegarse a los siguientes lineamientos generales: 1.

El estudiante no podrá acumular dos materias reprobadas en el cuatrimestre corriente.

2.

El estudiante tendrá que aprobar todas sus materias de acuerdo a las opciones y condiciones establecidas en el capítulo XV, en la sección de baja definitiva de este reglamento.

3.

El estudiante deberá apegarse a los lineamientos y disposiciones de la sección V, VI, IX y demás apartados de este reglamento con la finalidad de promover un comportamiento adecuado al interior de las instalaciones de la Escuela de Formación Técnica y del INER.

22 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

XVI.4 Becas: 1.

Las becas solo serán aplicables para los alumnos- trabajadores del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas y se otorgarán con base al procedimiento 5 del manual de procedimientos del Departamento de Formación en Pregrado.

XVI.5 Pagos – Cuotas de Recuperación: 1.

Los pagos o cuotas de recuperación se pagarán directamente en la caja general del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias en función de la siguiente relación de claves de pago:

2.



SA-119

Inscripción anual…………………………………….1,000.00



SA-120

Colegiatura mensual…………………………………..800.00



SA-115

Cuota por trámites………………………………….….100.00



SA-116

Reposición de credencial ………………………………75.00



SA-117

Exámenes extraordinarios……………………………...75.00



SA-118

Solicitud de documentos administrativos……….……..50.00

Los pagos por concepto de colegiatura mensual deberán efectuarse dentro de los primeros 10 días naturales de cada mes.

3.

En caso de que no se realice el pago por concepto de colegiatura mensual dentro de los primeros 10 días naturales del mes, se procederá a realizar el 10% de interés moratorio por cada mes de retraso en el pago de la colegiatura.

4.

La Inscripción anual se pagará en agosto durante el tiempo que tarde el estudiante en egresar de la carrera.

5.

El interés moratorio también será aplicable al pago de Inscripción Anual.

XVI.6 Credencial La credencial oficial de la Escuela de Formación Técnica deberá tramitarse en la Dirección Administrativa.

23 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA XVII. SERVICIO SOCIAL El Servicio Social es una actividad formativa y de aplicación de los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos adquiridos durante los estudios formales de la Carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia. Es una actividad obligatoria correspondiente al sexto cuatrimestre de la Carrera. con una duración de 480 horas de acuerdo al capítulo VII de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional,

Para la realización del servicio social, el pasante deberá observar las disposiciones establecidas en la Ley General de Salud y a los lineamientos específicos de cada uno de los servicios del Instituto en la que los pasantes se incorporen.

Para la realización del Servicio Social los alumnos de la Escuela de Formación Técnica deberán cumplir los siguientes requisitos: 1.

Tener cubierto el 100% de créditos del Plan de Estudios de la Carrera Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia.

2.

Presentar la documentación personal requerida por el Departamento de Formación de Pregrado.

3.

No tener adeudos en sus colegiaturas e inscripción anual correspondiente.

4.

Los estudiantes de la Escuela de Formación Técnica realizarán servicio social solo en el Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias, Ismael Cosío Villegas.

XVII.1 Servicio Social por Artículo 91. Para liberar el servicio social como estudiantes y profesionistas trabajadores de la Federación y del Gobierno del Distrito Federal los alumnos de la Escuela de Formación Técnica deberán cumplir los siguientes requisitos: 1.

Los estudiantes trabajadores de la Federación o de los gobiernos de los estados que tengan por lo menos un año de antigüedad que se vinculen con el área de la salud y donde su función principal sea la ejecución de procedimientos asociados con Terapia Respiratoria, que cubran los requisitos y presenten la documentación que lo avale.

24 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

2. Tener el 100% de los créditos del Plan de Estudios de la Carrera de Técnico Superior Universitario vigente. 3. Presentar la documentación personal requerida por el Departamento de Formación de Pregrado. 4. No tener adeudos en sus colegiaturas e inscripción anual correspondiente.

25 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

XVIII. TITULACIÓN Es el proceso por medio del cual se certifica que el estudiante ha desarrollado satisfactoriamente las competencias objetivo del Plan de Estudios. Dicho proceso de certificación consiste en la elaboración y presentación de una tesis y en la resolución del examen profesional (teórico y práctico).

XVIII.1 Examen Profesional: a)

El examen profesional está compuesto por dos etapas, la etapa teórica y la práctica.

b)

La etapa teórica se certifica a través de un Examen General de Conocimientos que evalúa el currículo correspondiente al Plan de Estudios de la Carrera de Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia.

c)

La etapa práctica se certifica a través de un Examen Práctico por áreas de conocimientos, realizado por los titulares de cada servicio.

d)

La calificación mínima aprobatoria de examen profesional es 6.0.

e)

Se darán dos oportunidades para aprobar el examen profesional (etapa teórica y práctica).

f)

En caso de que el estudiante no acredite el examen profesional en las dos oportunidades, no podrá concluir sus estudios y solo se otorgará una constancia de créditos al 100%, sin la posibilidad de obtener título y cédula profesional.

XVIII.2 Tesis:

a)

La tesis es un proyecto de investigación que se lleva a la práctica por el pasante, la cual debe de estar apoyada en un marco teórico – práctico de su profesión.

b)

La elaboración de la tesis será individual.

c)

El pasante elegirá un asesor de tesis con el objetivo de facilitar la elaboración y presentación de un proyecto de investigación formal.

d)

La tesis deberá contar con el aval y visto bueno del Asesor de Tesis antes de imprimirla.

26 Rev. 1

REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

e)

El pasante entregará la tesis en la Dirección General de la Escuela de Formación Técnica, 1 ejemplar en impreso y en formato de CD, acompañado con las firmas del Asesor de Tesis y la Dirección General de la Escuela en el formato correspondiente.

f)

El pasante deberá realizar una defensa de su trabajo de tesis previo a la presentación de su examen profesional.

g)

Es requisito indispensable la entrega de la Tesis, avalada y autorizada con la finalidad de que el pasante presente su examen profesional.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

XIX.

GLOSARIO DE TÉRMINOS

Estudiante irregular.- Es aquel que tiene adeudos de materias en el cuatrimestre corriente y/o de cuatrimestres anteriores y adeuda pagos de colegiatura y/o en inscripción anual. Estudiante regular.- Es aquel que no tiene adeudos de materias y con respecto a los pagos de colegiatura e inscripción anual está al corriente. Examen parcial.- Las evaluaciones parciales, son exámenes (teórico – prácticos) que planean y diseñan los profesores para medir el grado de avance de los estudiantes en el desarrollo de las competencias requeridas por las asignaturas. Se podrán realizar un máximo de tres exámenes parciales por cuatrimestre y por asignatura. La ponderación máxima que se puede otorgar a esta evaluación es del 70% sobre la calificación final. Eventos académicos extracurriculaes.- Se refiere a los eventos de educación continua, permanente, en línea o a distancia que ofertan las instituciones públicas de salud y que pueden mejorar en algún aspecto técnico, científico, práctico ó humanista la formación del estudiante. Falta injustificada.- Consiste en la ausencia a clases y/o práctica clínica por motivos que no cuentan con respaldo por escrito, por lo que las faltas contarán como tales y se tomarán en cuenta para las sanciones aplicables. Falta justificada.- Consiste en la ausencia a clases por un motivo que es susceptible de verificarse empíricamente a través de un documento oficial probatorio emitido por una institución pública. Esto permite al estudiante que sus faltas no sean tomadas en cuenta con fines de sanción, sin embargo no se podrán recuperar las clases pérdidas o exámenes ordinarios. Grupo Colegiado: Está conformado por la Dirección y Subdirección de Enseñanza, Departamento de Apoyo Pedagógico y Dirección General de la Escuela de Formación Técnica.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

Guardia: Es el conjunto de actividades asistenciales y académicas que realiza el alumno al término de sus actividades académicas. Lectora digital: Es un dispositivo de seguridad encargado de detectar los relieves del dedo por medio de luz o por medio de sensores eléctricos, posteriormente genera una imagen digital la cuál es enviada a la computadora y almacenada en una base de datos en los que se le asocia con la información de una persona. Rotación de campo: Conjunto de actividades de carácter temporal contenidas en el programa operativo que debe realizar el Técnico Superior Universitario en Inhaloterapia realizado en el cuatrimestre correspondiente. Servicio social: Es el trabajo de carácter temporal que ejecutan y prestan los profesionistas y estudiantes en interés de la sociedad y el Estado. Reglamento interno.- Se refiere al instrumento legal y normativo, que se apega a las disposiciones generales concernientes a la Ley General de Educación, al Acuerdo por el cual se crea la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud SSA-SEP y el código de conducta del INER, dicho instrumento contiene políticas y pautas de comportamiento deseables al interior de la Escuela de Formación Técnica y del Instituto Nacional de Enfermedades Respiratorias Ismael Cosío Villegas. Tesis: Informe de aportación de conocimientos específicos de un tema relevante y relacionado con la disciplina de especialidad del autor, la cual debe ser guiada por un asesor y ser presentada ante un grupo colegiado de especialistas en la materia para su aprobación.

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REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA

I.

APROBACIÓN DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA DE FORMACIÓN TÉCNICA. REALIZÓ

_____________________________________ DRA. SARAI DEL CARMEN TORAL FREYRE Directora General de la Escuela de Formación Técnica y Jefe de Servicio de Terapia Respiratoria

__________________________________ LIC. ARACELI GUILLÉN REA Directora Administrativa de la Escuela de Formación Técnica

REVISÓ

__________________________________ LIC. HILDA ALVARADO VALLE Adscrita a la Dirección de Enseñanza

______________________________________ LIC. ROSA MAYELA URIBE NAVARRETE Jefa del Departamento de Asuntos Jurídicos

SANCIONÓ

________________________________________ LILIANA ELIZABETH MORALES SUÁREZ Jefa del Departamento de Planeación

AUTORIZÓ

______________________________________ DRA. MARGARITA FERNÁNDEZ VEGA Subdirectora de Enseñanza

_____________________________________ DR. JUAN CARLOS VÁZQUEZ GARCÍA Director de Enseñanza

FECHA DE APROBACIÓN:

30

DÍA

MES

AÑO

15

OCTUBRE

2015

Rev. 1

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