Story Transcript
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Clase 6. MONOTRIBUTO A fines del año 1998, comienza a regir el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. El objetivo del mismo consiste en simplificar el cumplimiento de las obligaciones impositivas (Ganancias e Impuesto al Valor Agregado), y de seguridad social (jubilación y obra social) para los pequeños contribuyentes. El mismo consiste en un tributo integrado de cuota fija que tiene 2 componentes: 1. Impuesto integrado, establecido por categorías determinadas sobre la base de: · ingresos brutos obtenidos según facturación, · superficie afectada a la actividad, · energía eléctrica consumida, y · el monto de los alquileres devengados. Importante: Para inicio de actividades, sólo debe tener en cuenta la superficie afectada a la actividad y de corresponder el monto pactado en el contrato de alquiler respectivo. De no contar con estos parámetros deberá realizar una estimación razonable. 2. Cotización previsional fija, que son los aportes de jubilación y de obra social. Con el pago mensual de una cuota única el monotributista está cumpliendo con las siguientes obligaciones: 1. Impuesto a las Ganancias. 2. Impuesto al Valor Agregado (IVA). 3. Aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). 4. Aporte al Sistema Nacional del Seguro de Salud. Los sujetos que pueden ser monotributistas son: a) Las personas físicas que realicen: ventas de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios. b) Las sucesiones indivisas que continúan la actividad de la Persona Física. c) Integrantes de cooperativas de trabajo. d) Sociedades de Hecho e Irregulares (máximo de 3 socios). Para efectuar la adhesión al Monotributo, el contribuyente deberá tener número de CUIT (Form 460/F o J) y poseer Clave Fiscal. Con estos datos, el trámite se realiza por Internet/web AFIP.
Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Las sociedades que adhieran al monotributo solo podrán encuadrarse en las categorías “D” a “L”. Referencias: (*) Este parámetro no deberá considerarse en ciudades de menos de 40.000 habitantes (excepto algunas excepciones). (**) El impuesto integrado para Sociedades se determina adicionando un 20% más del que figura en la tabla por cada uno de los socios que integren la sociedad. (***) (****) Quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos: · Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales (ej, profesionales que aportan a las Cajas respectivas; empleados en relación de dependencia). · Los menores de 18 años. · Los beneficiarios de prestaciones provisionales. · Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles. (****) Afiliación individual a Obra Social, sin adherentes. Por cada adherente deberá ingresarse además $ 70. Para adherirse y permanecer en el Monotributo el contribuyente debe haber obtenido ingresos brutos provenientes de locación de servicios inferiores o iguales a doscientos mil pesos $200.000. Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
De tratarse de venta de cosas muebles que hubieran superado la suma mencionada en el punto anterior y hasta la de trescientos mil pesos ($300.000), además deberá cumplir con el requisito de cantidad mínima de personal que se detalla en la tabla precedente. En caso de superar las facturaciones mencionadas, quedará excluido del régimen de Monotributo y deberá adherirse como contribuyente al Régimen General. Ejercicios: Realizar las siguientes categorizaciones e informar los montos a pagar de: a) Un contribuyente que es empleado de una empresa constructora, posee un local de venta de ropa, cuyos Ingresos mensuales para el primer mes fueron $5250, el segundo mes $3000 y $4500 para el tercer y cuarto mes. Los KW 2850 anuales, y la superficie de 30 m2. En concepto de alquiler abona $12000 anuales. b) Un contribuyente tiene una ferretería y factura $180000 anuales, los KW son de 6890 anuales y la Superficie es de 58 m2. En concepto de alquiler abona $15000 anuales. c) Un contribuyente presta servicios de construcción contando con unos Ingresos anuales $48000. Los KW son de 2200. No posee local. d) Un contribuyente es Contador Público y en el estudio factura $150000 al año, 1000 Kw. Y 39 m2. Es propietario del estudio. e) Un contribuyente tiene un instituto de enseñanza en el cual se factura $250000 anuales, los KW son de 9875 anuales y la Superficie es de 86 m2. Abona de alquiler $20000 anuales y tiene tres empleados a cargo. f) Un contribuyente fabrica y vende artículos de caucho, los ingresos anuales ascienden a $275000 anuales, los KW son de 9875 anuales y la superficie es de 120 m2. Es propietario del establecimiento y tiene 5 empleados a cargo. Adhiere a la Obra Social del Monotributo a sus dos hijos y cónyuge. g) Un contribuyente, J Pereyra y M Pereyra SH, CUIT 30-55226878-7, presta servicios de diseños web. Los ingresos brutos anuales ascienden a $70000, los KW 10350 y la superficie es de 50 m2. El alquiler de la oficina es $15000 anuales.
Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar
SECRETARIADO ADMINISTRATIVO
Casa Central: Mitre 788 1° Piso – TE.: 4492535/0297 Consulta por nuestras sedes en www.institutoicr.com.ar