Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para la

“ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DE DETERMINACIÓN DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA Y FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN RELATIVA A

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“ACTA DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DE DETERMINACIÓN DE LA PROPOSICIÓN ECONÓMICAMENTE MÁS VENTAJOSA Y FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN RELATIVA AL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA LA CONTRATACIÓN DE: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE VARIAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES”

En Badajoz, siendo las 12 horas del día 7 de Diciembre de 2011, en el Despacho del Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para la determinación de la proposición económicamente más ventajosa y formulación de propuesta de adjudicación en el procedimiento abierto reseñado, quedando integrada por:

- PRESIDENTE: SRA. TTE. ALCALDE DELEGADA DE COLEGIOS PÚBLICOS: Dª Mª José Solana Barras. - VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román. - VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer. - VOCAL: SRA. JEFA DE SECCIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS: Dª Alicia Sánchez Fraga. - SECRETARIA: JEFA DE SECCIÓN DE PATRIMONIO: Dª. Marisa Ruiz de Villegas Martínez.

A la vista de los informes de valoración de criterios de juicios de valor y de las Ofertas ecnómicas que arrojan el siguiente resultado en oden decreciente:

EMPRESAS

CRITERIOS DE VALORACIÓN AUTOMÁTICA

CRITERIOS QUE DEPENDEN DE UN JUICIO DE VALOR

TOTAL

CRITERIO 1

CRITERIO 1

CRITERIO 2

Oferta económica

La coherencia y deasrrollo de la planificación en función de:

Mejoras ofertadas

CLECE

51

20

29

100

ECOLIMPIEZA

49,44

16

21

86,44

EUROLIMPIEZA

49,92

19,97

7,5

77,39

LIMPESA

49,54

6,5

20,2

76,24

En consecuencia, la Mesa propone al órgano de contratación la adjudicación al haber obtenido la puntuación más alta, a la proposición presentada por al Empresa CLECE, por un precio de 318.800,23 Euros y 57.384,04 Euros de IVA anuales, lo que supone un total de 376.184,27 Euros anuales (IVA incluido). La Mesa propone igulamente notificar y requerir a la Empresa CLECE, licitador que ha presentado la oferta económica más ventajosa, para que presente en el plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello, de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 53.2 de la Ley de Contratos del Sector Público, y de haber constituido la garantía definitiva que asciende a un importe de 63.760,04 Euros. El presidente da por terminada la reunión a las 12:00 horas y 20 minutos. Y para que quede constancia de lo tratado, yo, El Secretario, redacto Acta que someto a la firma del Presidente y vocales; doy fe.

EL PRESIDENTE DE LA MESA.,

VOCAL: EL SECRETARIO GENERAL.,

Fdo.: Dª. Mª José Solana Barras

VOCAL: JEFA DE SECCIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS

Fdo.: Dª. Alicia Sánchez Fraga

Fdo.: D. Mario Hermida Ferrer

VOCAL: LA INTERVENTORA MUNICIPAL,

Fdo.: Dª. Raquel Rodríguez Román.

LA SECRETARIA DE LA MESA,

Fdo.: Marisa Ruiz de Villegas

“ACTA DE FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DE RECURSO INTERPUESTO EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA LA CONTRATACIÓN DE: “SERVICIO DE LIMPIEZA DE VARIAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES”

En Badajoz, siendo las 9.30 horas día 2 de Diciembre de 2011, en el Despacho del Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para el acto de formulación de propuesta de resolución al órgano de contratación del recurso interpuesto en el procedimiento abierto reseñado, quedando integrada por:

- PRESIDENTE: SRA. TTE. ALCALDE DELEGADA DE COLEGIOS PÚBLICOS: Dª Mª José Solana Barras. - VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román. - VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer. - VOCAL: SRA. JEFA DE SECCIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS: Dª Alicia Sánchez Fraga. - SECRETARIA: JEFA DE SECCIÓN DE PATRIMONIO: Dª. Marisa Ruiz de Villegas Martínez.

Se celebra nueva sesión tras la interposición del Recurso con fecha 22/11/2011, contra el Acta de Calificación de documentación de la Mesa de Contratación de fecha 13/10/2011, por la Empresa EUROLIMP, S.A. por lo que queda excluida al haber presentado una fianza provisional incompleta y no ser defecto subsanable, y tras haber procedido a su estudio, la Mesa de Contratación propone al órgano de Contratación la desestimación del Recurso en primer lugar porque el artículo 91 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público dispone, en su apartado 2, que en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares se determinará el importe de la garantía provisional, que no podrá ser superior

a un 3% del presupuesto del contrato, pudiendo presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 84. En cumplimiento de dicho precepto en la cláusula novena del Pliego de condiciones Económico-Administrativas que rige el presente contrato, se establece que el contratista deberá prestar en concepto en concepto de garantía provisional el 2% sobre el tipo de licitación (IVA Excluido) determinando el importe de la garantía provisional por porcentaje, y a mayor abundamiento el Anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado que, tras la publicación preceptiva en el Diario Oficial de la Unión Europea, al tratarse de un expediente sujeto a regulación armonizada, y junto con esta proporcionan publicidad a los Pliegos de Condiciones y determinan el plazo de presentación de proposiciones y reclamaciones contra los Pliegos, reseña en su punto 5: Presupuesto base de licitación : - a) Importe neto : 1.387.294,32 Euros, IVA (18%): 249.712,96 Euros. - Importe total: 1.637.007,28 Euros Y en su punto 6: Garantías exigidas: Provisional (importe): 27.745,88 Euros.

En consecuencia, la cuantía de la fianza prestada por la Empresa recurrente, que asciende a 13.872,94 Euros, fue considerada por la Mesa de Contratación insuficiente para garantizar el mantenimiento de la oferta presentada hasta al adjudicación del contrato, ya que dicha cantidad se corresponde con el 2% de 693.647,16 Euros (sin iva) (cláusula 7ª del Pliego), es decir se refiere a dos anualidades, no al presupuesto completo del contrato base de licitación, que como se reseñó anteriormente asciende a 1.387.294,32 Euros. (sin iva).

En este sentido, cabe poner de manifiesto que el modelo de proposición incorporado en el Pliego, que todos los licitadores suscriben cuando se prestan a esta licitación reseña que : “.... enterado del anuncio y condiciones que rigen en el procedimiento abierto para al adjudicación del contrato del Servicio de Limpieza de Varias Dependencias Municipales del

Ayuntamiento de Badajoz, y conforme con todas ellas a las que expresamente se somete, propone...”

Así pues, a la vista de todas estas consideraciones, la Mesa de Contratación ha excluido a la Empresa recurrente por prestación de fianza provisional insuficiente, al tratarse de un defecto insubsanable, estimando que no cabe admitir la subsanación, puesto que el defecto no sería la no aportación, sino la inexistencia en la fecha en que debió aportarse, pues admitir una garantía constituida con posterioridad a la fecha exigible no es admitir una subsanación sino una ampliación de plazo para un licitador en concreto.

En este mismo sentido cabe añadir que la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en su informe 31/00 de 30 de Octubre de 2000 entiende que la posibilidad de subsanar defectos prevista en el Reglamento General de Contratos del Estado, no resulta aplicable a los supuestos de falta de constitución de la garantía provisional, pudiendo afectar exclusivamente a la falta de acreditación de la citada garantía, debidamente constituida con anterioridad a la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones.

Por lo que se refiere a las consideraciones contra el Pliego de Condiciones EconómicoAdministrativas, y sin entrar en el fondo del asunto, la Mesa de Contratación propone la inadmisión de las mismas al Órgano de Contratación, ya que no es momento de presentar alegaciones contra el Pliego, dado que el plazo para ello se agotó el 11 de Octubre de 2011, fecha en que terminó el plazo de presentación de proposiciones y reclamaciones contra el Pliego.

Seguidamente la Mesa de Contratacióno propone la desestimación del Recuros por el

Órgano de Contratación , y la continuación del expediente por sus trámites.

Siendo las 10 horas del día de la fecha, se da por terminado el acto.

En prueba y testimonio, firma el Sr. Presidente de la Mesa, de todo lo cual como Secretario, certifico.

EL PRESIDENTE DE LA MESA.,

VOCAL: EL SECRETARIO GENERAL.,

Fdo.: Dª. Mª José Solana Barras VOCAL: JEFA DE SECCIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS

Fdo.: Dª. Alicia Sánchez Fraga

Fdo.: D. Mario Hermida Ferrer VOCAL: LA INTERVENTORA MUNICIPAL,

Fdo.: Dª. Raquel Rodríguez Román.

LA SECRETARIA DE LA MESA,

Fdo.: Marisa Ruiz de Villegas

ACTA DE FORMULACIÓN DE PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL RECURSO INTERPUESTO EN EL PROCEDIMIENTO ABIERTO CONVOCADO POR EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE BADAJOZ PARA LA CONTRATACIÓN DE: SERVICIO DE LIMPIEZA DE VARIAS DEPENDENCIAS MUNICIPALES.

En Badajoz, siendo las 11.30 horas del día 26 de Octubre de 2011, en el Despacho del Sr. Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Badajoz, se constituye la Mesa para el acto de formulación de propuesta de resolución al órgano de contratación del recurso interpuesto en el procedimiento abierto reseñado, quedando integrada por:

-

PRESIDENTE: SRA. TTE. ALCALDE DELEGADA DE COLEGIOS PÚBLICOS: Dª Mª José

Solana Barras -

VOCAL: INTERVENTORA MUNICIPAL: Dª. Raquel Rodríguez Román.

-

VOCAL: SECRETARIO GENERAL: D. Mario Hermida Ferrer.

-

VOCAL: SRA. JEFE DE SECCIÓN DE COLEGIOS PÚBLICOS: Dª. Alicia Sanchez Fraga.

-

SECRETARIA: JEFE SECCIÓN DE PATRIMONIO: Dª. Marisa Ruiz de Villegas Martínez.

Se celebra nueva sesión tras la interposición de al Recurso con fecha 14/10/2011, contra el Acta de Calificación de documentación de la Mesa de Contratación de fecha 13/10/2011, por la Empresa LIMYCON, S.L., por la que queda excluida al haber presentado una fianza provisional incompleta y no ser defecto subsanable, y tras haber procedido a su estudio, la Mesa de Contratación propone al órgano de Contratación la desestimación del Recurso en primer lugar porque el artículo 91 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público dispone, en su apartado 2, que en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares se determinará

el importe de la garantía provisional, que no podrá ser superior a un 3% del presupuesto del contrato, pudiendo presentarse por cualquiera de las formas previstas en el artículo 84. En cumplimiento de dicho precepto en la cláusula novena del Pliego de Condiciones EconómicoAdministrativas que rige el presente contrato, se establece que el contratista deberá prestar en concepto de garantía provisional el 2% sobre el tipo de licitación (IVA Excluido) determinando el importe de la garantía provisional por porcentaje, y a mayor abundamiento el Anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado que, tras la publicación preceptiva en el Diario Oficial de la Unión Europea, al tratarse de un expediente sujeto a regulación armonizada, y junto con esta proporcionan publicidad a los Pliegos de Condiciones y determinan el plazo de presentación de proposiciones y reclamaciones contra los Pliegos, reseña en su punto 5: Presupuesto base de licitación: a) Importe neto : 1.387.294,32 Euros, IVA (18%): 249.712,96 Euros. Importe total: 1.637.007,28 Euros. Y en su punto 6: Garantías exigidas: Provisional (importe): 27.745,88 Euros. En consecuencia, la cuantía de la fianza prestada por la Empresa recurrente, que asciende a 6.936,47 Euros, fue considerada por la Mesa de Contratación insuficiente para garantizar el mantenimiento de la oferta presentada hasta la adjudicación del contrato, ya que dicha cantidad se corresponde con el 2% de 346.823,58 Euros anuales (cláusula 7ª del Pliego), es decir se refiere a una sola anualidad, no al presupuesto completo del contrato base de licitación, que como se reseñó anteriormente asciende a 1.387.294,32 Euros. En este sentido, cabe poner de manifiesto que el modelo de proposición incorporado en el Pliego, que todos los licitadores suscriben cuando se presentan a esta licitación reseña que: “..... enterado del anuncio y condiciones que rigen en el procedimiento abierto para la adjudicación del contrato de Servicio de Limpieza de Varias Dependencias Municipales del Ayuntamiento de Badajoz, y conforme con todas ellas a las que expresamente se somete, propone...”

Así pues, a la vista de todas estas consideraciones, la Mesa de Contratación ha excluido a la Empresa recurrente por prestación de fianza provisional insuficiente, al tratarse de un defecto insubsanable, estimando que no cabe admitir la subsanación, puesto que el defecto no sería la no aportación, sino la inexistencia en la fecha en que debió aportarse, pues admitir una garantía constituida con posterioridad a la fecha exigible no es admitir una subsanación, sino una ampliación de plazo para un licitador en concreto. En este mismo sentido cabe añadir que la Junta Consultiva de Contratación Administrativa en su informe 31/00 de 30 de Octubre de 2.000 entiende que la posibilidad de subsanar defectos prevista en el Reglamento General de Contratos del Estado, no resulta aplicable a los supuestos de falta de constitución de la garantía provisional, pudiendo afectar exclusivamente a la falta de acreditación de la citada garantía, debidamente constituida con anterioridad a la fecha de expiración del plazo de presentación de proposiciones. Por lo que se refiere a las reclamaciones contra el Pliego de Condiciones EconómicoAdministrativas, y sin entrar en el fondo del asunto, la Mesa de Contratación propone la inadmisión de las mismas al Órgano de Contratación, ya que no es momento de presentar alegaciones contra el Pliego, dado que el plazo para ello se agotó el 11 de Octubre de 2.011, fecha en que terminó el plazo de presentación de proposiciones y reclamaciones contra el Pliego.

Seguidamente la Mesa de Contratación propone que una vez, desestimado el Recurso por el Órgano de Contratación, se proceda a seguir el expediente por sus trámites, por lo que una vez abiertos, en acto público, los Sobres C de las proposiciones admitidas, con la documentación técnica para los criterios de adjudicación que dependen de juicios de valor, se emita el informe técnico correspondiente, con arreglo a los criterios y ponderación establecidos en el Pliego, todo ello conforme al art. 135 de la Ley 30/2007 de Contratos del Sector Público.

Siendo las 12 horas y 15 minutos del día de la fecha, se da por terminado el acto.

En prueba y testimonio, firma el Sr. Presidente de la Mesa, de todo lo cual como Secretario, certifico.

EL PRESIDENTE DE LA MESA.,

VOCAL: EL SECRETARIO GENERAL.,

Fdo.: Dª Mª José Solana Barras

Fdo.: Mario Hermida Ferrer.

VOCAL: JEFA DE SECCIÓN DE COLEGIOS VOCAL: LA INTERVENTORA MUNICIPAL., PÚBLICOS

Fdo.: Dª Alicia Sánchez Fraga.

Fdo.: Raquel Rodríguez Román.

LA SECRETARIA DE LA MESA.,

Fdo.: Marisa Ruiz de Villegas

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