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SEGUNDO EXAMEN PARCIAL DE LA ASIGNATURA DE HACIENDA PÚBLICA CURSO 2009-2010 CASO PRÁCTICO Los datos contables de la sociedad “Terraza Bil-Indo, S.L”. correspondientes al ejercicio 2009 son los siguientes: • • • • • •
Ventas interiores sujetas y no exentas de IVA: 160.000 euros Ventas interiores exentas de IVA: 40.000 euros Compra de bienes corrientes: 100.000 euros Gasto de personal: 20.000 euros Gastos financieros (exentos de IVA): 3.000 euros Adquisición de maquinaria de hielo.(1-1-2009): 24.000 euros
El sistema de amortización empleado por la sociedad es el método degresivo de suma de dígitos y el período de vida útil de la maquinaria es 5 años. La sociedad decide repartir el 50% de su beneficio a sus socios que son el matrimonio formado por Dª Inmaculada García, titular del 60% del capital social y Don Ernesto Gutiérrez, titular del 40%. A partir de estos datos, calcule: 1. 2. 3.
La cuota del impuesto de sociedades a pagar por la sociedad, si el tipo impositivo legal es del 25 % y se permite una deducción en la cuota del 25% del importe invertido en bienes de capital. La liquidación de IVA del ejercicio 2009, si el tipo impositivo es el 16% y se aplica el IVA tipo consumo, modalidad de crédito de impuesto o método de las facturas. La cuota del Impuesto sobre la Renta Personal de la unidad familiar en su conjunto y de forma individual de cada uno de los cónyuges, si Dª Inmaculada ha obtenido en el año 2009 unos rendimientos del trabajo de 30.000 euros y su esposo de 41.000 euros.
Tenga en cuenta que la legislación aplica el sistema de imputación o crédito total por dividendo recibido. Adicionalmente, Dña. Inmaculada obtuvo unos dividendos de 9000 euros de una sociedad italiana de la que es accionista. En aplicación de la legislación fiscal italiana, la sociedad le retuvo un 15 %. La legislación española, en aplicación del convenio firmado con Italia, permite aplicar un sistema de crédito fiscal con tope máximo por la renta procedente de Italia. La escala del Impuesto sobre la Renta Personal español es la siguiente: BASE HASTA 0 17.707’20 33.007’20 53.407’20
CUOTA 0 4.249’73 8.533’73 16.081’73
RESTO HASTA 17.707’20 15.300 20.400 En adelante
TIPO RESTO 24 28 37 43
Impuesto de Sociedades:
Base imponible = Beneficio Contable Beneficio Contable = Ingresos – Gastos Deducibles
1
Bcio Contable = 160.000 + 40.000 – (100.000 + 20.000 + 3.000 + 8.000*) =69.000 € *Amortización =
5 * 24.000 = 8.000 € 15
Base Imponible = Base Liquidable Cuota Íntegra = Base Liquidable * Tipo impositivo Cuota Íntegra = 69.000 * 25% = 17.250 € Cuota Líquida = Cuota Íntegra – Deducciones* *Deducciones = 25.000 * 25% = 6.000 € Cuota Líquida = 17.250 – 6.000 = 11.250 € Cuota del Impuesto de Sociedades a pagar 11.250 €
IVA: IVA (Devengado o Repercutido) = Operaciones de Venta no exentas * 16% IVA Devengado = 160.000 * 16% = 25.000 € IVA Soportado = Operaciones de compras no exentas * 16% IVA Soportado = (100.000 + 24.000) * 16% = 19.840 € Prorrata =
160.000 = 0.8 → 80% 200.000
IVA Soportado Deducible = IVA Soportado * Prorrata IVA Soportado Deducible = 19.840 * 80% = 15.872 € No procede regularizar ningún bien de inversión. Cuota a pagar del IVA = IVA Devengado – IVA Soportado Deducible Cuota a pagar del IVA = 25.600 – 15.872 = 9.728 € IRPF:
Sistema de imputación o crédito total por dividendo recibido: Sistema de integración consistente en la inclusión de los dividendos brutos en la base imponible del impuesto sobre la renta y la deducción del impuesto de sociedades soportado por los dividendos, de la cuota íntegra del impuesto sobre la renta.
Principio de residencia: El contribuyente incluirá en su base imponible toda su renta mundial con independencia de la localización de la fuente de la renta.
2
Liquidación (Tributación conjunta): Base imponible = Renta Sra. Inmaculada + Renta Sr. Ernesto Renta Sra. Inmaculada = Rend. del Trabajo + Rend. de Capital (Dividendo Bruto) + Rend. de Capital Internacional Renta Sra. Inmaculada = 30.000 + 50% * 60% * Bcio Contable Bruto + 9.000 = 59.700 € Bcio Contable Bruto = 69.000 € Renta Sr. Ernesto = Rend. del Trabajo + Rend. de Capital (Dividendo Bruto) Renta Sr. Ernesto = 41.000 + 50% * 60% * Bcio Contable Bruto Bcio Contable Bruto = 69.000 € Renta Sr. Ernesto = 54.800 € B.I. (Tributación Conjunta) = 59.700 + 54.800 = 114.500 € Reducciones = 0 Base Liquidable = Base imponible = 114.500 € Cuota Íntegra = 16081,73 + (114.500 – 53407,20) * 43% = 16081,73 + 26.269,90= =42.351,63 € Deducciones:
a)
Para evitar la doble imposición de dividendos (IRPF – IS) Como consecuencia de aplicar el método de imputación o crédito total, se aplicará una deducción de la cuota íntegra de cuantía igual al impuesto satisfecho en sociedades = 11.250 €.
b) Para evitar la doble imposición internacional: (Método de crédito fiscal con tope máximo)
Tipo Medio =
CI 42.351,63 * 100 = = 36,99% BL 114.500
9.000 * 36,99% = 3.328,95 € ► 9.000 * 15 % = 1.350 €
Deducciones = 11.250 + 1.350 = 12.600 €
3
Cuota Líquida = Cuota Íntegra – Deducciones Cuota Líquida = 41.751,63 – 12.600 = 29.751,63 € (Tributación Conjunta) Carga Tributaria Total = Tributación en España + Tributación en el extranjero (Italia) Carga Tributaria Total = 29.751,63 + 1.350 = 31.101,63 €
Liquidación (Individual Sra. Inmaculada): Base Imponible = 30.000 + 50% * 60% * Bcio Contable Bruto + 9.000 = 59.700 € Reducciones = 0 Base Liquidable = Base Imponible – Reducciones Base Liquidable = 59.700 € Cuota Íntegra = 16.081,73 + (59.700 – 53.407,20) * 43% = 18.787,63 € Deducciones: a) Como consecuencia de aplicar el método de imputación o crédito total, se aplicará una deducción de la cuota íntegra de cuantía igual al impuesto satisfecho en sociedades (proporcional a la participación en la sociedad): 11.250 * 60% = 6.750 € b) Para evitar la doble imposición internacional: (Método de crédito fiscal con tope máximo) Tipo Medio =
CI 18.787,63 * 100 = = 31,47% BL 59.700
9.000 * 31,47% = 2.832,31 € ► 9.000 * 15 % = 1.350 € Total Deducciones = 6.750 + 1.350 = 8.100 €
Cuota Líquida = Cuota Íntegra – Deducciones Cuota Líquida = 18.787,63 – 8.100 = 10.687,63 €. Carga Tributaria Total = Tributación en España + Tributación en el extranjero (Italia) Carga Tributaria Total = 10.687,63 + 1.350 = 12.037,63 €
Liquidación (Individual Sr. Ernesto):
4
BI = 41.000 + 50% * 60% * Bcio Contable Bruto = 54.800 € Reducciones = 0 BL = BI CI = 16.081,73 + (54.800 – 53.407,20) * 43% = 16.680,63 € Deducciones: Como consecuencia de aplicar el método de imputación o crédito total, se aplicará una deducción de la cuota íntegra de cuantía igual al impuesto satisfecho en sociedades (proporcional a la participación en la sociedad): 11.250 * 40% = 4.500 € Cuota Líquida = Cuota Íntegra – Deducciones Cuota Líquida = 16.680,63 – 4.500 = 12.180,63 € Carga Tributaria Total = Tributación en España + Tributación en el extranjero (Italia) Carga Tributaria Total = Cuota Líquida = 12.180,63 €
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