Seguro Emprendedor. Con los mejores beneficios para protegerte. Te aseguramos de verdad

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Seguro Emprendedor

Con los mejores beneficios para protegerte

Seguro Emprendedor Te aseguramos de verdad

Te aseguramos de verdad con las siguientes coberturas > Fallecimiento Un apoyo para tu familia, otorgando una indemnización por S/. 5.000 por muerte natural o accidental.

Brindamos tranquilidad a tu familia > Beneficiarios En caso de siniestro la suma asegurada será pagada a los beneficiarios indicados por el asegurado en la solicitud de seguro.

> Gastos Funerarios Servicio funerario completo por el valor de S/. 3.500 para que tus familiares no enfrenten esta dificultad.

Te ayudamos para que no pierdas tu ingreso diario > Apoyo por Hospitalización Te ofrecemos S/. 75.00 por cada día de hospitalización que pases en cualquier hospital público o privado a causa de un accidente o enfermedad; con una cobertura máxima de 30 días, para subsanar el que no puedas trabajar mientras estas hospitalizado.

Ahora con el Seguro Emprendedor sólo por S/. 6.50 al mes te sentirás protegido Solicítalo fácil > Solicita tu Seguro Emprendedor al momento de acceder a tu crédito. > Tu seguro tendrá la vigencia por el plazo de tu crédito. > Las fechas de pago de tu seguro serán las mismas del cronograma de tu crédito. > Clientes con edad mayor o igual a 18 años y menor a 70 años que cuenten con crédito vigente.

Seguro Emprendedor

Principales exclusiones A. Participación del asegurado como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a moto o avionetas, así como en la práctica de los deportes riesgosos (el detalle se encuentra especificado en el Certificado de Seguro y en las Condiciones Generales).

B. A consecuencia de enfermedades preexistentes. Se entiende por preexistencia, cualquier condición de alteración del estado de salud diagnosticada por un profesional médico, conocida por el titular del seguro y no resuelta al momento previo a la fecha de suscripción de la Solicitud de Seguro.

C. Cuando el siniestro sobrevenga por consecuencia directa de acción de guerra declarada o no o como consecuencia de actividades de alto riesgo como minería, torres de alta tensión, actividades de las fuerzas armadas y/o policía y pilotos de aeronaves.

D. A consecuencia del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA) o enfermedades relacionadas. E. Cuando la muerte se produzca en situación de embriaguez, bajo la influencia de drogas, en estado de sonambulismo o por la participación del asegurado en actos delictuosos. Las exclusiones completas se detallaran en el Certificado de Seguro y en el Condicionado General.

Seguro Emprendedor

Alcance

El seguro emprendedor será ofrecido en los productos de crédito individual como: Warmi, pyme, fácil, cash y crédito para vivienda Construye.

Caracteristicas a) Ser cliente vigente de un producto de crédito individual. b) Edad máxima del cliente para contratar el seguro de vida es 70 años. c) Edad máxima de permanencia para el cliente es hasta los 75 años (recurrente). d) El plan de protección del seguro solo cubre al titular del seguro.

Coberturas del seguro Coberturas por fallecimiento

Puede ser por: · Causa Natural · Causa por accidente. La indemnización que se otorga al beneficiario es un monto fijo de s/. 5,000.

Cobertura para servicios funerarios

En caso de fallecimiento por enfermedad o accidente del asegurado la compañía de seguros coordina los servicios funerarios que consisten en: · Ataúd modelo Imperial o americano. · Carroza. · Coche para flores. · Traslado al lugar del velatorio. · Vehículo de acompañamiento. · Tramitación e instalación del servicio funerario. · Reembolso por salón velatorio, hasta S/350.00. · Ceremonia de inhumación. · Responso. · Sarcófago. · Cremación o sepultura individual compartida en los camposantos de MAPFRE. Para los asegurados que opten por un camposanto distinto, se reconocerá por concepto de nicho hasta la suma de S/1,200.00. En caso de no contar con una oficina de Finisterre en la localidad, MAPFRE indemnizará la suma de S/. 3,500.00.

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Coberura por apoyo economico por hospitalización

La compañía Aseguradora pagara una renta diaria al asegurado por cada día de hospitalización, cubriéndolo hasta un máximo de 30 días, la hospitalización debe ser mínimo de 24 horas. Esta cobertura aplica a instituciones públicas y Privadas.

Modalidades de pago a) PAGO UNICO.- Se realiza en una sola exhibición, es decir al momento de la contratación se paga el seguro por adelantado. b) PAGO EN CUOTAS.- Se paga en forma mensual, a lo largo del crédito, es decir al momento del desembolso, se otorgara un cronograma del crédito y un plan de pagos de cuotas de seguro.

Montos asegurados Cobertura

Suma asegurada

Beneficiarios Tiene derecho el cliente a elegir un máximo de 2 beneficiarios.

Requisitos Fallecimiento: Por Muerte Natural

· Copia del DNI de los beneficiarios · Copia del DNI del asegurado · Copia del Certificado Médico de Defunción · Acta o Partida de Defunción, en original o copia legalizada

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Por Muerte Accidental

· Copia del DNI de los beneficiarios · Copia del DNI del asegurado · Copia del Certificado médico de Defunción. · Acta o Partida de Defunción (original o copia legalizada). · Copia del atestado o informe policial solo en caso de haberse realizado · Resultado de exámenes (Químico toxicológico, dosaje etílico) en caso haberse realizado.

Servicios Funerarios:

· La atención será inmediata

Apoyo económico por hospitalización:

· Copia del DNI asegurado · Certificado médico con el diagnostico presentado. · Declaración de accidente (en caso de que se trate de hospitalización por accidente). · Factura del hospital ( en caso de atención médica en Institución Privada) · Documento donde se verifique el nombre del hospitalizado, periodo y motivo de hospitalización.

Condiciones El seguro queda formalizado, a través de un contrato llamado CERTIFICADO, en el que se especifican las condiciones, los derechos y obligaciones del asegurado y la aseguradora así como las exclusiones. COBERTURA.- La cobertura del Seguro inicia cuando se firma el certificado. VIGENCIA.- La vigencia del seguro es la misma que el plazo por la que se otorgo el crédito. El cliente hará llegar a COMPARTAMOS FINANCIERA el Formato de Solicitud para el Pago del Siniestro junto a la documentación necesaria para poder proceder al pago del seguro emprendedor en caso de siniestro. Para el caso de Apoyo por Hospitalización el asegurado deberá dar aviso a COMPARTAMOS FINANCIERA, inmediatamente de la fecha de iniciación de la enfermedad o accidente que origine la hospitalización y que pudiera dar lugar a una solicitud de beneficio bajo las condiciones de la póliza, hasta un plazo máximo de 90 (noventa) días, después de finalizada la vigencia de la póliza.

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Exclusiones Exclusiones de fallecimiento

LA COMPAÑÍA estará eximida de cualquier obligación en caso de fallecimiento de los prestatarios asegurados bajo alguna de las siguientes causas: a) Participación del asegurado como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas, así como en la práctica de los siguientes deportes: caza mayor, submarinismo con uso de pulmón artificial, navegación en altamar en embarcaciones no destinadas al transporte público de pasajeros, práctica profesional esquí y deportes afines, tabla hawaiana y similares, hípica, corridas de toros y similares, alpinismo, andinismo y caminatas en alta montaña, espeleología, boxeo, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, paracaidismo, aerostación, vuelo libre y vuelo sin motor. b) A consecuencia de enfermedades preexistentes. Se entiende por preexistencia, cualquier condición de alteración del estado de salud diagnosticada por un profesional médico colegiado, conocida por el titular del seguro y no resuelta al momento previo a la fecha de suscripción de la Solicitud de Seguro. c) Cuando el siniestro sobrevenga por consecuencia directa de acción de guerra declarada o no o como consecuencia de actividades de alto riesgo como minería, torres de alta tensión, actividades de las fuerzas armadas y/o policía y pilotos de aeronaves. d) Cuando el deceso sea imputable a suicidio o intento de suicidio durante los primeros dos años del plan u acto delictuoso provocado por el asegurado o por cualquier otra persona que resultase favorecida con los alcances de éste seguro; para el presente se considera continuidad, si al momento del siniestro el Asegurado a mantenido certificados de seguro vigentes por un periodo acumulativo y continuo de 24 meses, ya sea que en este periodo haya habido certificados de seguro ya cancelados o nuevos certificados. Se considerará la continuidad del tiempo adicional que demande el otorgamiento de un nuevo crédito, el mismo que no será mayor de 30 días desde la fecha de cancelación del último certificado. e) El riesgo de aviación, salvo que el Asegurado esté viajando de manera autorizada y en calidad de pasajero en aeronaves con capacidad mayor a diez plazas de pasajeros y de empresas de transporte público comercial, con itinerarios, escalas y horarios predeterminados, con intervención del organismo nacional o internacional competente. f) A consecuencia del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA) o enfermedades relacionadas. g) Cuando el siniestro se produzca en situación de embriaguez, bajo la influencia de drogas, en estado de sonambulismo o por la participación del asegurado en actos delictuosos y que estas situaciones sean generadores del siniestro. h) Actos infractorios de leyes o reglamentos o participación activa del asegurado en actos de terrorismo, conmoción civil, huelga, vandalismo etc. Los Accidentes de Tránsito no son considerados como actos violatorios de leyes o reglamentos, siempre que el Asegurado no se encuentre en estado de embriaguez (0.5gr/L) o bajo la influencia de drogas y esto sea generador del siniestro. i) Los producidos como consecuencia directa o indirecta de la reacción nuclear o contaminación radioactiva.

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Exclusiones de apoyo por hospitalización

Esta Cláusula no cubre los casos relacionados con: a) Enfermedades y/o defectos congénitos y/o hereditarios y/o lesiones de cualquier naturaleza adquiridos al nacer, así como las enfermedades y/o lesiones preexistentes al inicio de la vigencia de esta Póliza, y las consecuencias relacionadas con uno o más de ellos. b) Cuando resulte de la participación de EL ASEGURADO como conductor o acompañante en carreras o ensayos de velocidad o resistencia de automóviles, motocicletas, lanchas a motor o avionetas, así como en la práctica profesional de los siguientes deportes: caza mayor, submarinismo con uso de pulmón artificial, navegación en altamar en embarcaciones no destinadas al transporte público de pasajeros, esquí y deportes afines, tabla hawaiana y similares, hípica, corridas de toros y similares, alpinismo, andinismo y caminatas en alta montaña, espeleología, boxeo, lucha en cualquiera de sus modalidades, artes marciales, paracaidismo, aerostación, vuelo libre y vuelo sin motor. c) El riesgo de aviación, salvo que EL ASEGURADO esté viajando de manera autorizada y en calidad de pasajero en aeronaves con capacidad mayor a diez plazas de pasajeros y de empresas de transporte público comercial, con itinerarios, escalas y horarios predeterminados, con intervención del organismo nacional o internacional competente. d) Como consecuencia de hechos de guerra internacional (declarada o no) o civil, o servicio militar de cualquier clase. e) Los que tengan origen en actos de imprudencia temeraria o negligencia grave de EL ASEGURADO, así como los derivados de actos delictivos o infractorios de leyes y/o reglamentos. f) A consecuencia del Síndrome de Inmuno Deficiencia Adquirida (SIDA) o enfermedades relacionadas. g) Como consecuencia directa o indirecta de la reacción nuclear o contaminación radioactiva, química o bacteriológica. h) Participación activa de EL ASEGURADO en hechos de carácter político o social, huelgas, alborotos o tumultos populares y terrorismo. i) Cirugía plástica y/o estética y/o situaciones y/o prácticas y/o procedimientos con fines de embellecimiento, a excepción de los casos necesarios, como consecuencia de un accidente o enfermedad (cirugía reconstructiva) y salvo las excepciones que se derivan de la misma. j) Enfermedades psicosomáticas, trastornos y deficiencias mentales y/o emocionales; trastornos de conducta y/o aprendizaje; curas de reposo y/o tratamientos psiquiátricos y relacionados, incluyendo tratamientos psiquiátricos de apoyo a otras enfermedades no mentales y en general, todo lo relacionado con la salud mental y trastornos mentales. Suicidio o tentativa de suicidio o lesiones causadas voluntariamente por sí mismo, peleas, riñas, salvo que se demuestre que se ha actuado en legítima defensa. k) Trastornos y/o enfermedades adquiridas a consecuencia de uso y adicción a los tóxicos, estupefacientes y/o bebidas alcohólicas, incluyendo tratamientos de desintoxicación u otros que pudieran indicarse. Así como también las lesiones por accidente que se produzcan cuando EL ASEGURADO se encuentre bajo sus efectos. l) Enfermedades contagiosas que sean declaradas por las autoridades competentes como epidemias.

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m) Tratamiento y/o estudios y/u operaciones relacionados con infertilidad primaria y/o secundaria, así como todo tratamiento con fines de esterilización y/o concepción, inseminación artificial o implante de embriones e infecundidad y procedimientos con fines similares n) Cambio de sexo. o) Tratamientos preventivos de enfermedades, así como gastos por operaciones con fines profilácticos. p) Hospitalizaciones en una institución mental o para tratamientos psiquiátricos, curas de reposo o terapia ocupacional. q) Maternidad o complicaciones del embarazo. r) Exámenes médicos de rutina.

MAPFRE es el 1er grupo asegurador de España y Latinoamérica con más de 23 millones de personas aseguradas. Estamos presentes en 47 países en los 5 continentes llevando protección y seguridad hace más de 80 años. En el Perú somos la 1era red de servicios más grande con más de 60 oficinas a nivel nacional. La información contenida en este folleto es a título parcial e informativo, prevalecen los términos generales de la póliza de seguro N° 6160021 de MAPFRE Perú Vida Compañía de Seguros y Reaseguros. Esta información es difundida de acuerdo a la Ley N° 29946 y la Resolución SBS N° 3199-2013. Código de registro ante la SBS AE204610009. Para mayor información consulte la Póliza de Seguro respectiva, en la plataforma de atención al cliente de MAPFRE Perú Vida o a través de su Servicio Integral de Atención al Cliente SI24 al teléfono 213 3333 (en Lima) y 0801-1-1133 (en Provincia).”

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