SUMINISTRO DE TIQUETES AEREOS PARA FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA CNSC - PAMC- 006 de 2014 OBJETO SUMINISTRO DE TIQUETES AEREOS PA

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FORMATO No. 15 MINUTA CONTRATO CONTRATO DE SEGUROS No._________2014, CELEBRADO ENTRE COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y ________________________.

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PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES

PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTÍA

CNSC - PAMC- 006 de 2014

OBJETO

SUMINISTRO DE TIQUETES AEREOS PARA FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL.

Bogotá, D.C. Mayo de 2014 1 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

RECOMENDACIONES INICIALES La Comisión Nacional del Servicio Civil requiere contratar el SUMINISTRO DE TIQUETES AEREOS PARA FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL., para lo cual a continuación se presenta el proyecto de pliego de condiciones del proceso contractual y se recomienda a los oferentes que antes de elaborar y presentar sus propuestas, tengan en cuenta lo siguiente: 1. Lea cuidadosamente el contenido de este documento. 2. Verificar que no se encuentran incursos dentro de las causales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones, constitucional y legalmente establecidas para contratar con el Estado colombiano. 3. Examinar rigurosamente el contenido del pliego de condiciones de la convocatoria, de los documentos que hacen parte del mismo y de las normas que regulan la contratación administrativa con Entidades del Estado. 4. Adelantar oportunamente los trámites tendientes a la obtención de los documentos que deben allegar con las propuestas y verificar que contienen la información completa que acredita el cumplimiento de los requisitos exigidos en la ley y en el presente pliego de condiciones. 5. Examinar que las fechas de expedición de los documentos, se encuentren dentro de los plazos exigidos en el pliego de condiciones. 6. Cerciórese de que cumple las condiciones y reúne los requisitos aquí señalados. 7. Proceda a reunir la información y documentación exigida, y verifique la vigencia de aquella que la requiera. 8. Suministrar toda la información requerida a través de este pliego. 9. Analizar en su integridad detenidamente el contenido del pliego de condiciones, antes de la fecha limite prevista para solicitar aclaraciones frente al mismo. 10. Diligenciar totalmente los anexos en lo que a ello diera lugar. 11. Elaborar los aspectos técnicos y económicos de la propuesta en estricto acatamiento de lo dispuesto en el presente pliego, verificando la integridad y coherencia de los ofrecimientos. 12. Presentar sus propuestas con el correspondiente índice y debidamente foliadas. 13. Revise la garantía de seriedad de su propuesta y verifique que:      

Sea otorgada a favor de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC. Como tomador, que figure su razón social completa, incluyendo la sigla, esto último siempre y cuando, ésta también figure en el correspondiente certificado de existencia y representación legal. El valor asegurado corresponda al fijado en este documento. El objeto y el número de la misma, coincidan con el de la propuesta que presenta. Esté suscrito por el TOMADOR-CONTRATISTA AFIANZADO. Que se encuentre el recibo de pago de la garantía expedido por la compañía aseguradora. 2

Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

14. Tenga presente la fecha y hora previstas para el cierre del presente proceso, en ningún caso se recibirán propuestas fuera del tiempo previsto. 15. Verifique con antelación el sitio donde se deberá presentar estrictamente la propuesta, ya que ésta NO PODRÁ SER RADICADA EN LA VENTANILLA DE CORRESPONDENCIA, ni en ningún lugar diferente al establecido en el Pliego de Condiciones, inclusive no podrá ser radicada la propuesta en una oficina diferente a la descrita en el presente documento, dentro de la sede de la CNSC, en la Oficina Jurídica, ubicada en el Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C. 16. Toda consulta deberá formularse por escrito y únicamente por dos vías posibles, radicadas en la Oficina Asesora Jurídica, ubicada en el Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C. ó por el correo electrónico [email protected], las observaciones escritas presentadas por otros medios físicos o virtuales, eventualmente corren el riesgo de no ser conocidas por los operadores del proceso o por el Comité Evaluador; será responsabilidad del oferente radicar oportunamente las respectivas observaciones en los períodos de tiempo establecido para ello y en los medios definidos en el presente pliego, no se atenderán consultas personales, ni telefónicas. Ningún convenio verbal con personal de la CNSC, antes o después de la firma del contrato, podrá afectar o modificar ninguno de los términos y obligaciones aquí estipuladas. LA COMISIÓN SE RESERVA EL DERECHO DE VERIFICAR TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN LA PROPUESTA Y DE SOLICITAR A LAS AUTORIDADES COMPETENTES O A LOS PARTICULARES CORRESPONDIENTES, INFORMACIÓN RELACIONADA CON EL CONTENIDO DE LA MISMA.

3 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

INTRODUCCIÓN

En virtud del principio de publicidad establecido en las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013 y demás normas concordantes y complementarias, la Comisión Nacional del Servicio Civil presenta a continuación el proyecto de pliego de condiciones definitivo para el proceso de selección abreviada de menor cuantía CNSC - PAMC 006 de 2014. El presente documento contiene la información relacionada con las condiciones y requisitos del proceso de SUMINISTRO DE TIQUETES AEREOS PARA FUNCIONARIOS Y CONTRATISTAS DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. El interesado deberá leer completamente el presente proyecto de pliego de condiciones, toda vez que al participar en el proceso de selección, asume que tiene pleno conocimiento de su contenido. La CNSC agradece las sugerencias u observaciones al presente documento, las cuales deben ser radicadas en la Oficina Asesora Jurídica, ubicada en el Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C. y/o a través del correo electrónico: [email protected]. Este proyecto de pliego se publica por el término descrito en el cronograma del proceso, término dentro del cual las veedurías ciudadanas, público en general y los interesados podrán formular observaciones a su contenido, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013.

4 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPITULO 1 INFORMACIÓN GENERAL 1.1 ESTUDIOS PREVIOS Forma parte del presente proyecto de pliego de condiciones, el documento de estudios previos y de sector, elaborado por la Dirección de Apoyo Corporativo de la Comisión Nacional del Servicio Civil –CNSC. 1.2.

IDENTIFICADOR DE BIEN O SERVICIOS DE ACUERDO AL CÓDIGO ESTANDAR DE PRODUCTOS Y SERVICIOS DE LAS NACIONES UNIDAS – V.14.808.

La presente contratación encaja en los siguientes códigos estándar de productos y servicios de las Naciones Unidas – V.14.808.   1.3.

Código UNSPSC 78111502 Familia: Transporte de pasajeros Código UNSPSC 90121502 Familia: Facilitador de viajes OBJETO A CONTRATAR

Suministro de tiquetes aéreos para funcionarios y contratistas de la Comisión Nacional del Servicio Civil. 1.4.

RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE

El presente proceso se regirá en lo pertinente por el Ordenamiento Constitucional, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y sus Decretos reglamentarios, Código Civil, Código de Comercio y demás normas vigentes que regulen la materia, en conjunto con las reglas previstas en este pliego de condiciones, el Manual de Contratación, Supervisión e Interventoría de la CNSC, y los demás documentos y actos administrativos que se expidan con relación al presente proceso de contratación. Teniendo en cuenta la necesidad planteada por la CNSC, el presente proceso de contratación se enmarca dentro de la modalidad de SELECCIÓN ABREVIADA DE MENOR CUANTIA, acorde con el artículo 2º, numeral 2º literal b) de la Ley 1150 de 2007 en concordancia con lo establecido en el Título I –Modalidades de Selección- Capitulo II artículo 59 del Decreto 1510 de 2013. 1.5.

TRANSPARENCIA Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA

La CNSC, garantiza a los oferentes y a la ciudadanía, que la escogencia de sus contratistas se efectuará través del proceso de selección abreviada de menor cuantía, de conformidad 5 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

con la normatividad vigente, Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007 y sus Decretos Reglamentarios. Así las cosas, para el presente proceso los interesados tienen garantizado su derecho a conocer y controvertir los informes, conceptos y decisiones que se rindan y adopten, para lo cual se establecen etapas que permiten el conocimiento de dichas actuaciones y se otorga la posibilidad de hacer observaciones a los mismos. Con ello se establece control adicional sobre el proceso contractual, lo que constituye evidente previsión de moralidad administrativa, por cuanto todas las actuaciones de la CNSC, dentro del presente proceso contractual, son públicas y los expedientes que las contengan estarán abiertos al público. La CNSC, garantiza que en el proyecto de pliego de condiciones se encuentran consagrados los requisitos necesarios para participar en este proceso; que se definen reglas objetivas, justas, claras y completas; además se precisan condiciones de costo y calidad de los suministros a adquirir, todo lo cual tiene relación con el equilibrio económico contractual y las garantías que deben otorgarse; que no existen condiciones y exigencias de imposible cumplimiento, ni excepciones de responsabilidad, derivadas del erróneo suministro de datos, informes o documentos; que las reglas consagradas no inducen a error a proponentes y contratistas y no llevan a formular ofrecimientos de extensión ilimitada o que dependan de la voluntad exclusiva de la Entidad. De la misma forma, en aplicación del principio de transparencia, todos los actos administrativos que expide la CNSC, en la actividad contractual o con ocasión de ella, salvo los de mero trámite, se motivarán en forma detallada y precisa, al igual que los informes de evaluación, el acto de adjudicación y eventualmente, su declaratoria de desierta. Finalmente, la CNSC informa que expedirá las copias del proceso contractual que cualquier persona que demuestre interés legítimo y lo solicite, a costa del interesado, incluyendo copia de las propuestas, pero respetando la reserva de que gocen legalmente algunos documentos. 1.6.

COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN

En todas las actuaciones derivadas de los términos de la presente selección abreviada y el contrato que forma parte de la misma, el proponente obrará con la transparencia y la moralidad que la Constitución Política y las leyes consagran. En caso que la CNSC advierta hechos constitutivos de corrupción de parte de un proponente durante el proceso de selección, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar, podrá rechazar la respectiva propuesta. Si los hechos constitutivos de corrupción tuvieren lugar durante la ejecución del contrato, tales circunstancias podrán dar lugar a la declaratoria de caducidad, de conformidad con las reglas previstas para el efecto en la ley y en el respectivo contrato. 6 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

En lo no regulado particularmente por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007 y sus decretos reglamentarios se aplicarán las normas civiles, comerciales y las demás que sea pertinentes y concordantes al presente proceso; las reglas previstas en este pliego de condiciones y documentos que sobre la materia se expidan en desarrollo del proceso de selección. 1.7. JUSTIFICACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL-CNSC, fue creada por el artículo 125 de la Constitución Política de Colombia y conformada por la Ley 909 de 2004, como un organismo autónomo de carácter permanente del nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. Según lo señalado por el artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005, la CNSC tiene como función, entre otras, la de efectuar las convocatorias a concurso para el desempeño de empleos públicos de carrera, de acuerdo con los términos que establezca la Ley y el Reglamento. La CNSC, tiene como sede la ciudad de Bogotá, D.C., por consiguiente debe autorizar el traslado de sus funcionarios de planta y contratistas a los diferentes destinos nacionales, con el fin de llevar a cabo sus actividades misionales y actuaciones de carácter judicial. Así mismo, es importante la representación oficial que los comisionados o algunos de sus asesores deben realizar en eventos de carácter internacional. Debido a la naturaleza de la Entidad, ésta debe hacer presencia continua tanto a nivel nacional como internacional, por lo que se hace necesario contar con el suministro de tiquetes aéreos, así como la asesoría y los servicios logísticos oportunos y de calidad que permitan satisfacer las necesidades del desplazamiento de personal al servicio de la CNSC. La CNSC actualmente está finalizando el Contrato 260/12, por lo cual se requiere de una intervención inmediata para solventar de manera prioritaria la contratación con una agencia de viajes o similar, el suministro de tiquetes aéreos; debido a que constantemente los funcionarios y contratistas de la Entidad están viajando a diferentes destinos nacionales e internacionales en cumplimiento de las actividades propias de sus cargos. Es deber de la CNSC suministrar y garantizar los medios para el desplazamiento de sus funcionarios y contratistas para el cumplimiento de los requerimientos propios de sus cargos, lo que hace necesario que la Entidad contrate una agencia de viajes o similar que provea los pasajes aéreos a destinos nacionales e internacionales.

7 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

1.8.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN

Teniendo en cuenta la necesidad planteada y en consideración a la naturaleza del suministro a contratar, el presente proceso se enmarca dentro de la modalidad de Selección Abreviada – Menor Cuantía , acorde con el artículo 2º, numeral 2º, literal b) de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 59 del Decreto 1510 de 2013. Este proceso se sujetará a lo dispuesto en el pliego de condiciones y a las Adendas al mismo expedidas durante el desarrollo del proceso. Para aquellos aspectos no regulados en las normas anteriores, se aplicarán las normas comerciales y civiles pertinentes. La modalidad de selección de la oferta más favorable escogida por la entidad, una vez verificado el objeto a contratar, la cuantía del proceso y conforme lo señalado en los correspondientes estudios y documentos previos y en la ley y el reglamento, es la Selección Abreviada de Menor Cuantía, motivo por el cual, los procedimientos del presente proceso se regirán y ceñirán a lo reglamentado para esta modalidad en el decreto 1510 de 2013. En este proyecto de pliego de condiciones se describen aspectos técnicos, legales, financieros, contractuales, de experiencia y cumplimiento, entre otros, que la Comisión considera que el oferente debe tener en cuenta para elaborar y presentar su propuesta. El contenido del proyecto de pliego debe ser interpretado integralmente. Los títulos utilizados son orientadores y no afectan las exigencias en ellos contenidos 1.9.

VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.

Valor: El valor estimado del contrato es hasta la suma de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS ($28´000.000) MONEDA CORRIENTE, incluido IVA. El presente proceso cuenta con CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 29814 del 02 de mayo de 2014. FORMA DE PAGO: El pago se realizará de la siguiente manera: Se efectuarán pagos mensuales que como soporte tendrán la respectiva factura discriminada por valor de los tiquetes suministrados y sus características teniendo en cuenta destino, descuentos aplicados y demás documentos tendientes al cumplimiento contractual. Dicha factura debe ser presentada ante la Dirección de Apoyo Corporativo de la CNSC, con el cumplimiento de las especificaciones de ley, previa certificación y recibo a satisfacción del supervisor designado para este contrato, junto con la acreditación de pago de los aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes al mes facturado Los pagos estarán sujetos igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar, y aprobación del programa anual de caja - PAC. Los documentos soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.

8 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

1.10. VEEDURÍAS CIUDADANAS De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y demás normas concordantes y complementarias, la Comisión Nacional del Servicio Civil, CONVOCA a las veedurías ciudadanas establecidas de conformidad con la Ley, y a la comunidad en general para que participen dentro del proceso, efectúen el control social y en general desarrollen su actividad durante las diferentes etapas del presente proceso de selección. Nota 1: De acuerdo con las normas sobre contratación, los plazos y las fechas anteriormente estipulados podrán ser prorrogados, o modificados caso en el cual la CNSC dará aviso oportuno a través de los medios electrónicos establecidos. 1.11 CRONOGRAMA SELECCION ABREVIADA – CNSC – PAMC – 004 DE 2014 TRÁMITE Aviso de convocatoria publica

FECHA 8 de mayo de 2014

LUGAR Portal de Contratación- SECOP: www.colombiacompra.gov.co Pág web: www.cnsc.gov.co

Publicación proyecto pliego de condiciones y estudios previos

Del 8 al 14 de mayo de 2014

Portal de Contratación- SECOP www.colombiacompra.gov.co ó www.cnsc.gov.co

Recepción de observaciones al proyecto de pliego de condiciones

Del 8 al 14 de mayo de 2014

Período para presentar Manifestación de interés solicitando limitar la convocatoria exclusivamente a Mipymes Acto de Apertura y publicación del Pliego de Condiciones Definitivo Presentación de Observaciones al pliego de condiciones definitivo

Del 8 al 15 de mayo de 2014

[email protected] CNSC - carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º Oficina Asesora Jurídica - Bogotá D.C. [email protected] CNSC - carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º Oficina Asesora Jurídica - Bogotá D.C.

16 de mayo de 2014

Portal de Contratación- SECOP www.colombiacompra.gov.co ó www.cnsc.gov.co

16 al 20 de mayo de 2014

Correo: [email protected] En físico: CNSC - carrera 16 No. 9664, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º, Oficina Asesora Jurídica 9

Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

TRÁMITE

FECHA

Manifestación del interés de participar en el proceso

Del 16 al 20 de mayo de 2014

Respuesta a las Observaciones Plazo límite para presentar adendas Cierre: plazo máximo para presentar propuestas Evaluación de propuestas Publicación del Informe de Evaluación Traslado del Informe de Evaluación Respuesta de observaciones del Informe de Evaluación y Publicación acto administrativo de adjudicación Plazo de suscripción y requisitos de ejecución del contrato

21 de mayo de 2014 Hasta el 21 de mayo de 2014 22 de mayo de 2014, Hora: 11:00 a.m.

Publicación en el Secop.

Plazo para el pago del contrato

Del 23 al 26 de mayo de 2014 27 de mayo de 2014 Del 28 al 30 de mayo de 2014

LUGAR Bogotá D.C. Correo: [email protected] En físico: CNSC - carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º, Oficina Asesora Jurídica - Bogotá D.C. Portal de Contratación - SECOP Pág web www.cnsc.gov.co Portal de Contratación - SECOP Pág web www.cnsc.gov.co : CNSC - carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º, Oficina Asesora Jurídica Bogotá D.C. CNSC Nacional del Servicio Civil Portal de Contratación - SECOP Pág web www.cnsc.gov.co SECOP www.colombiacompra.gov.co Pág web: www.cnsc.gov.co SECOP www.colombiacompra.gov.co Pág web: www.cnsc.gov.co

2 de junio de 2014

Dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la suscripción del contrato con su respectiva Acta de Inicio De acuerdo a lo establecido en el numeral 1.9. del presente pliego

CNSC - carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º, Oficina Asesora Jurídica Bogotá D.C. www.colombiacompra.gov.co y www.cnsc.gov.co

www.colombiacompra.gov.co y www.cnsc.gov.co

10 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

1.11. INTERPRETACIÓN CONDICIONES.

Y

ACEPTACIÓN

DEL

PROYECTO

DE

PLIEGO

DE

Con la presentación de la oferta, el proponente manifiesta que estudió el proyecto de pliego de condiciones y todos los documentos del proceso, que obtuvo las aclaraciones sobre las estipulaciones que haya considerado inciertas o dudosas, que conoce la naturaleza del objeto a contratar, su costo y su tiempo de ejecución, que formuló su oferta de manera libre, seria, precisa y coherente. Todos los documentos del presente proceso selectivo se complementan mutuamente, de tal manera que lo indicado en cada uno de ellos se entenderá como indicado en todos. Las interpretaciones o deducciones que el proponente haga de lo establecido en el proyecto de pliego de condiciones, serán de su exclusiva responsabilidad, por lo tanto, la CNSC no será responsable por descuidos, errores, omisiones, conjeturas, suposiciones, mala interpretación u otros hechos en que incurra el proponente que le sean desfavorables y que puedan incidir en la elaboración de su oferta. El hecho de que el proponente no se informe y documente debidamente sobre los detalles y condiciones bajo los cuales será ejecutado el Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, no se considerarán como fundamento válido de futuras reclamaciones. El oferente deberá elaborar la propuesta, de acuerdo con lo establecido en este proyecto de pliego y anexar la documentación exigida. El oferente es el único responsable de los documentos presentados en su propuesta y no podrá alegar desconocimiento o falta de responsabilidad sobre los mismos. Igualmente deberá tener en cuenta el objeto a contratar, las obligaciones establecidas para la ejecución del contrato, el precio, plazo, especificaciones técnicas, y demás elementos que influyan directa e indirectamente en ésta y sobre el valor de su oferta. El proyecto de pliego de condiciones debe ser interpretado como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los estudios y documentos previos, anexos y adendas El orden de los capítulos y cláusulas del proyecto de pliego de condiciones no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos. Los títulos utilizados en este pliego de condiciones sirven sólo para identificar textos, y no afectará la interpretación de los mismos. Cuando el vencimiento de un plazo fuese un día inhábil para la CNSC o cuando no se preste el servicio de atención al público durante este día, por cualquier razón, dicho vencimiento se entenderá trasladado al primer día hábil siguiente.

11 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

1.12. ANUNCIO DE CONVOCATORIA PÚBLICA A TRAVÉS DEL SECOP. De conformidad con lo establecido en los artículos 19 y 21 del Decreto 1510 del 2013, la CNSC, realiza la convocatoria pública a través del Portal Único de Contratación y en la página web de la entidad, una vez publicado el proyecto de pliego del presente proceso. 1.13. CONVOCATORIA LIMITADA A MIPYMES (HASTA EL DÍA HÁBIL ANTERIOR A LA APERTURA) De conformidad con lo consagrado en el Título IV, Capítulo II, artículo 152 del Decreto 1510 del 2013, la presente convocatoria deberá limitarse a Mipymes nacionales, que tengan como mínimo un año existencia, siempre y cuando reúnan las condiciones establecidas en este artículo, en atención a que el presupuesto de este proceso de selección abreviada de menor cuantía, se encuentra dentro del rango establecido en dicha norma. En virtud de lo anterior, se seguirán las reglas contenidas en el artículo citado del Decreto 1510 de 2013, en cuanto al número de manifestaciones y plazos para presentarla, su antigüedad, los requisitos del aviso de convocatoria, garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación, en consecuencia se debe cumplir con el lleno de los siguientes requisitos: 1. El valor del Proceso de Contratación es menor a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000), liquidados con la tasa de cambio que para el efecto determina cada dos años el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; y 2. La Entidad Estatal verificará si ha recibido solicitudes de por lo menos tres (3) Mipyme nacionales para limitar la convocatoria a Mipyme nacionales. La Entidad Estatal debe recibir estas solicitudes por lo menos un (1) día hábil antes de la Apertura del Proceso de Contratación. Para tal efecto las Mipymes deberán presentar: 1. La manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mipymes a más tardar el día hábil anterior a la fecha prevista para la apertura del proceso de selección abreviada, de acuerdo al cronograma establecido en el Proyecto Pliego de condiciones para el proceso de SELECCION ABREVIADA – CNSC – PAMC – 004 DE 2014, en la dirección física o electrónica del presente proceso Correo: [email protected] o en físico: CNSC - Carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º, Oficina Asesora Jurídica - Bogotá D.C. 2. Acreditar la condición de Mipyme a través de la presentación de una certificación expedida por el contador público o revisor fiscal, según sea el caso, en la que se señale tal condición y su tamaño empresarial (micro o pequeña empresa).

12 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

3. Presentar, para acreditar la antigüedad de la Mipyme, el certificado expedido por la cámara de comercio si se trata de persona jurídica, o para persona natural certificación expedida por el contador o revisor fiscal, en la que indique la fecha de constitución de la Mipyme. 4. Las Mipyme que participen en la convocatoria limitada deben garantizar la satisfacción de las condiciones técnicas y económicas requeridas en la contratación. 5. En el evento que se trate de consorcios o uniones temporales, cada uno de sus integrantes deberá acreditar su condición de Mipyme, aportando los requisitos señalados en los numerales anteriores. En igual sentido, la manifestación de interés de limitar la convocatoria a Mipyme, deberá presentarse por el Consorcio o Unión Temporal. De conformidad con el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011 y las normas que lo reglamenten, se seguirán los criterios allí establecidos para determinar las micro, y pequeñas empresas, con el fin de poder acceder a los beneficios o condiciones preferenciales de cada una de ellas. 1.15.1. Procedimiento En el evento que se limite la convocatoria a Mipymes y verificado el cumplimiento de los requisitos y reglas señalados en el numeral anterior, la Entidad expedirá el acto de apertura, indicando que en el proceso sólo podrán presentar ofertas quienes ostenten la calidad de Mipymes, en virtud de lo establecido en el artículo 154 del Decreto 1510 de 2013. Sin perjuicio de la convocatoria limitada a Mipymes, la selección se deberá hacer por la modalidad que corresponda, de conformidad con la Ley 1150 de 2007 y lo establecido en el Decreto 1510 de 2013. Para el presente proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía, además de haber realizado su manifestación de interés para limitar la convocatoria a Mipyme, deberán igualmente manifestar su interés en participar en el proceso, con el fin de conformar una lista de posibles oferentes. 1.14.

MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR:

Una vez conocido el acto administrativo de apertura del proceso, en aplicación al Artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, para la conformación de la lista de posibles oferentes, los interesados deberán manifestar por escrito su interés de participar en el Proceso de SELECCION ABREVIADA – CNSC – PAMC – 006 DE 2014, en la dirección física o electrónica del presente proceso Correo: [email protected] o en físico: CNSC - carrera 16 No. 96-64, Edificio Oficenter 96, mezzanine del piso 7º, Oficina Asesora Jurídica - Bogotá D.C., en los plazos establecidos en el cronograma del proceso, sea este abierto o exclusivo para Mipymes, respectivamente a través del Correo electrónico o físico de la Oficina Asesora Jurídica de la CNSC, consignando la siguiente información:

13 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

1. NÚMERO DEL PROCESO: Selección Abreviada de Menor Cuantía CNSC – PAMC – 006 DE 2014. 2. CERTIFICADO DE CONDICIÓN DE MIPYME DEL CONTADOR O REVISOR FISCAL, JUNTO CON CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y FOTOCOPIA DE CEDULA Y TARJETA PROFESIONAL DE CONTADOR O REVISOR FISCAL (Si el proceso es cerrado a mipymes) 3. OBJETO: NOMBRE DEL OFERENTE INTERESADO: (Si es un Consorcio o Unión Temporal indicar el nombre del Consorcio ó Unión Temporal y el nombre de sus integrantes) 4. IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE INTERESADO (Cédula ó NIT) 5. NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL CON CÉDULA DE CIUDADANÍA 6. NOMBRE DEL CONTACTO: (Persona que realiza la inscripción) 7. TELEFONO 8. FAX 9. CORREO ELECTRONICO 10. DIRECCIÓN 11. CIUDAD NOTA 1: CON EL OBJETO DE EVITAR QUE HAYA MÚLTIPLE INSCRIPCIÓN EN LA LISTA DE POSIBLES OFERENTES, PARA ESTE PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA UNICAMENTE SE ACEPTARÁ UNA INSCRIPCIÓN POR PERSONA JURÍDICA (OFERENTE INTERESADO), CONSORCIO Ó UNIÓN TEMPORAL. ACLARANDO QUE SI EL PROCESO SE CIERRA A MIPYMES, LOS INSCRITOS DEBEN EVIDENCIAR TAL CONDICIÓN, LOS INTERESADOS, PARA LA CONFORMACIÓN DE LA LISTA DE POSIBLES OFERENTES, DEBERÁN MANIFESTAR POR ESCRITO SU INTERÉS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE MANERA APARTE A LA MANIFESTACIÓN DE CIERRE DEL PROCESO PARA MIPYMES. NOTA 2: EL ESCRITO DE MANIFESTACIÓN QUE SE ALLEGUE POSTERIOR A LA FECHA Y HORA SEÑALADA EN EL PRESENTE PLIEGO DE CONDICIONES, SE CONSIDERA EXTEMPORÁNEO POR LO TANTO NO SE TENDRÁ EN CUENTA PARA LA CONFORMACIÓN DE POSIBLES OFERENTES. NOTA 3: LA MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR, ES REQUISITO HABILITANTE PARA LA PRESENTACIÓN DE LA RESPECTIVA OFERTA

1.14.1. SORTEO PARA CONSOLIDACIÓN DE OFERENTES: De conformidad con el numeral 2° del Artículo 59 del Decreto 1510 de 2013; y en caso de que el número de posibles oferentes sea superior a diez (10), la CNSC, para el presente proceso NO DISPONE efectuar sorteo para la consolidación de oferentes, en consecuencia, todos aquellos proponentes que manifiesten su interés en participar dentro del término dispuesto en el Cronograma del presente pliego, quedan habilitados para presentar propuesta. 14 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 2 DEL PROCESO DE SELECCIÓN 2.1.

APERTURA

La CNSC, de conformidad con el artículo 24 del Decreto 1510 de 2013, mediante acto administrativo motivado ordenará la apertura del proceso de selección, el día previsto en el cronograma que hace parte de este pliego. 2.2.

PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

El Pliego de Condiciones Definitivo se publicará en el Portal Único de Contratación – SECOP- y en la página web de la Comisión, VER links de la barra central azul, clic en el link Contratación, luego dar clic en Procesos de contratación 2014, luego clic en Selección Abreviada, y allí se apertura la carpeta de la SELECCION ABREVIADA – CNSC – PAMC – 006 DE 2014, que contiene todos los documentos del proceso. Asimismo, estará disponible para ser consultado en la Oficina Asesora Jurídica de la CNSC, ubicada en el Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C, a partir de la fecha indicada en el cronograma, en horario de oficina de 8:00 AM a 5:30 PM. 2.3.

OBSERVACIONES Y/O ACLARACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO Y AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO

Las observaciones y/o aclaraciones deberán ser enviadas dentro del término de publicación del proyecto de pliego de condiciones o del pliego de condiciones definitivo, a través de la dirección de correo electrónico [email protected], ó mediante documento impreso radicado en la Oficina Asesora Jurídica de la Comisión, ubicada en la Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de la ciudad de Bogotá, D.C., en el horario de atención de 8:00 a.m. a 5:30 p.m, las cuales deberán contener:   

La identificación clara y precisa del proceso de SELECCION ABREVIADA – CNSC – PAMC – 006 DE 2014. Nombre de la persona que las envía y su dirección y el correo electrónico. Las observaciones planteadas citando con claridad el numeral o acápite a que se refiere. No se aceptarán como recibidas las observaciones realizadas telefónicamente.

Las observaciones deberán ser presentadas dentro del término previsto en el cronograma del proceso en físico en la sede de la CNSC o enviadas al correo electrónico dispuesto para ello. La Comisión NO responderá solicitudes fuera de este término, como quiera que lo observado deba ser objeto de estudio por parte de la Entidad.

15 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Se precisa que en el evento de que sea procedente la modificación al pliego de condiciones, se hará mediante adenda, la cual será publicada en los medios electrónicos mencionados en el presente documento. 2.4.

ADENDAS

La modificación del Pliego de Condiciones se realizará a través de adendas, para lo cual se atenderá lo dispuesto por el artículo 89 de la Ley 1474 de 2011. Las adendas se expedirán en la fecha prevista en el cronograma del proceso y deben ser tenidas en cuenta en las ofertas y harán parte integral de los documentos del proceso de selección. 2.5.

PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y CIERRE DEL PROCESO

El cierre del proceso de selección se hará en la Oficina Asesora Jurídica de la CNSC, ubicada en el Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 9664 de Bogotá D.C, en la hora y fecha establecidas en el cronograma del Pliego de Condiciones, una vez se presente el cierre dará inicio a la Audiencia de Cierre del proceso, a la cual podrán asistir los Proponentes que así lo deseen. La CNSC no tendrá en cuenta las propuestas recibidas en otras dependencias de la Entidad, diferentes a la señalada en el presente documento o las recibidas con posterioridad a la fecha de cierre. Las propuestas deben presentarse en sobres cerrados, en caso que no se entreguen en esta condición la CNSC dejará constancia de este hecho. La hora de cierre señalada en el cronograma, corresponderá a la hora legal colombiana, y será verificada por la Oficina Asesora Jurídica. Para verificar la hora señalada, se tendrá en cuenta la establecida en la página de la hora legal colombiana, que suministra la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, la que conforme el numeral 5 del artículo 20 del Decreto 2153 de 1992, es la entidad competente para asignar la hora legal que rige en la República de Colombia. Después de la fecha y hora establecidas para el cierre del proceso de selección, no se recibirán propuestas ni se aceptarán cambios del contenido de las mismas, ni solicitudes de retiro de las propuestas entregadas. Seguido al acto de cierre, se realizará la apertura de cada una de las propuestas y se leerán los nombres de los proponentes y el número de folios de las propuestas, de lo cual se levantará un acta, que será suscrita por las personas que allí intervengan y por los proponentes que hayan asistido y que manifiesten su deseo de firmarla. El acta será publicada conforme a las normas legales sobre la materia. 16 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

2.6.

EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS

De conformidad con el cronograma del proceso de selección, se realizará por parte del Comité Asesor y Evaluador la verificación de los requisitos habilitantes de los proponentes, término dentro del cual el Comité Evaluador solicitará a los oferentes, cuando sea necesario, realicen las aclaraciones, precisiones y/o alleguen los documentos que se le requieran, sin que por ello pueda el proponente ADICIONAR O MODIFICAR las condiciones o características de su propuesta, y la Comisión solicitar variación alguna en los términos de la misma, o transgredir principios fundamentales que rigen la contratación estatal. Si el Comité solicita aclaraciones y/o subsanaciones, y éstas no son atendidas en el plazo señalado en la solicitud, la propuesta será rechazada. En todo caso, será tenido en cuenta el artículo 5º de la Ley 1150 de 2007, respecto de la evaluación de las propuestas. La evaluación se efectuará de manera objetiva por el Comité Asesor y Evaluador designado por el Ordenador del Gasto de la Comisión, ciñéndose exclusivamente a la ley y las reglas contenidas en el presente pliego de condiciones. EL PROPONENTE NO PODRÁ SUBSANAR LA OMISIÓN DE LOS ASUNTOS RELACIONADOS CON LA FALTA DE CAPACIDAD PARA PRESENTAR LA OFERTA Y AQUELLAS CIRCUNSTANCIAS QUE SE ACREDITEN CON POSTERIORIDAD AL CIERRE DEL PROCESO. 2.7.

TRASLADO DE LOS INFORMES DE EVALUACIÓN; OBSERVACIONES A LOS INFORMES Y RESPUESTAS DE LA CNSC.

Los informes de evaluación serán publicados en el SECOP-Portal Único de Contratación www.colombiacompra.gov.co y en la página web de la CNSC www.cnsc.gov.co, el día establecido en el cronograma del proceso. Dichos informes estarán a disposición de los proponentes, por el término de tres (3) días hábiles de conformidad con el artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, en los medios referidos anteriormente y en la sede de la Comisión, ubicada en el Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C., durante los días establecidos en el cronograma del proceso, para que dentro de éstos presenten las observaciones que estimen pertinentes. Las observaciones, se deberán presentar por escrito en la Oficina Asesora Jurídica de la Comisión ubicada en la Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C o vía correo electrónico a la dirección: [email protected]. La CNSC responderá las observaciones presentadas por los oferentes, con el acto de adjudicación. 17 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Las observaciones deberán ser presentadas dentro del término previsto en el cronograma del proceso. La Comisión NO responderá solicitudes fuera de este término, como quiera que lo observado deba ser objeto de estudio por parte de la Entidad. 2.8.

COSTOS DERIVADOS DE PARTICIPAR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

Los costos y gastos en que los interesados incurran con ocasión del análisis de los documentos del proceso, la presentación de observaciones, la preparación y presentación de las ofertas, la presentación de observaciones a las mismas, la asistencia a audiencias públicas y cualquier otro costo o gasto relacionado con la participación en el proceso de Selección Abreviada del presente proceso de selección, será a cargo de los interesados y oferentes. 2.9.

IDIOMA.

Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por terceros para efectos del proceso de contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en español. La oferta y sus anexos deben ser presentados en español. Los documentos con los cuales los proponentes acrediten los requisitos habilitantes de que trata la sección VI que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al español y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el proponente que resulte adjudicatario debe presentar la traducción oficial al español de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de Apostilla o consularización. 2.10.

LEGALIZACIÓN DE DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR

Los Proponentes deben entregar con su Oferta los documentos otorgados en el exterior si los hubiere, de forma que no sea necesaria su legalización. Para firmar el Contrato, el Proponente que resulte adjudicatario debe presentar los documentos otorgados en el extranjero, legalizados de acuerdo con lo previsto en el artículo 251 del Código General del Proceso. 2.11.

CONVERSIÓN DE MONEDAS.

Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y, si fuera necesario, adicionalmente en pesos colombianos. 2.12.

ADJUDICACIÓN

1. La adjudicación se hará mediante acto administrativo motivado, que se publicará en el SECOP y página web de la CNSC, con el fin de enterar de su contenido a todos los oferentes que participaron en el proceso de selección. Hará parte de su contenido 18 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

las respuestas de la entidad a las observaciones presentadas por los oferentes al informe de evaluación. 2. El acto de adjudicación es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. No obstante lo anterior, si dentro del plazo comprendido entre la adjudicación del contrato y la suscripción del mismo, sobreviene una inhabilidad o incompatibilidad o si se demuestra que el acto se obtuvo por medios ilegales, este podrá ser revocado, caso en el cual, la entidad podrá aplicar lo previsto en el inciso final del numeral 12 del artículo 30 de la Ley 80 de 1993, en concordancia con el art. 9º de la Ley 1150 de 2007. Sin perjuicio de las potestades a que se refiere el artículo 18 de la Ley 80 de 1993, en aquellos casos en que la entidad declare la caducidad del contrato y se encuentre pendiente de ejecución un porcentaje igual o superior al cincuenta por ciento (50%) del mismo, con excepción de los contratos de concesión, se podrá contratar al proponente calificado en el segundo lugar en el proceso de selección respectivo, previa revisión de las condiciones a que haya lugar. 2.13.

DECLARATORIA DE DESIERTA

De conformidad con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013, la CNSC podrá declarar desierto el proceso contractual por motivos que impidan la escogencia objetiva. En caso de declararse desierto el proceso se podrá aplicar lo establecido en el artículo 61 del Decreto 1510 de 2013. 2.14.

PERFECCIONAMIENTO, EJECUCIÓN Y PAGO DEL CONTRATO.

De conformidad con lo señalado en el artículo 34 del Decreto 1510 de 2013, el adjudicatario, en cumplimiento con lo señalado en el cronograma del proceso, es decir, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la comunicación del acto de adjudicación, deberá presentarse a suscribir el contrato, aportando todos los documentos necesarios para dar cumplimiento a la ley y lo establecido en el presente Pliego de Condiciones. Para la ejecución se requerirá el correspondiente registro presupuestal y la aprobación de las garantías a que haya lugar, y la suscripción del acta de inicio. 2.15.

OFERTA CON VALOR ARTIFICIALMENTE BAJO.

Cuando de conformidad con la información a su alcance, la Comisión estime que el valor de una oferta resulta artificialmente bajo, requerirá al proponente para que explique las razones que sustenten el valor por él ofertado. Oídas las explicaciones, el Comité Asesor y Evaluador, recomendará el rechazo o la continuidad de la oferta en el proceso, explicando sus razones. Procederá la recomendación de continuidad de la oferta en el proceso de selección, cuando el valor de la misma responde a circunstancias objetivas del proponente y su oferta, que no ponen en riesgo el proceso, ni el cumplimiento de las obligaciones contractuales en caso de que se adjudique el contrato, a dicho proponente, de conformidad con el artículo 28 del Decreto 1510 de 2013. 19 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPITULO 3 REQUISITOS HABILITANTES Pueden presentar ofertas para el presente proceso personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, consorcios o uniones temporales que reúnan los siguientes requisitos habilitantes para participar. Los requisitos incluidos a continuación son habilitantes, por lo tanto son de obligatorio cumplimiento. El resultado de la verificación de su cumplimiento, será la declaración de HABILITADO O NO HABILITADO PARA PARTICIPAR, a través de términos como CUMPLE/NO CUMPLE, dependiendo del cumplimiento u omisión de los mismos. De conformidad por lo preceptuado por el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, en el proceso de selección primará lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, no podrá rechazarse una propuesta por la ausencia de requisitos o la falta de documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta y que no constituyen los factores de escogencia o comparación. Tales requisitos o documentos podrán ser requeridos por la CNSC en condiciones de igualdad para todos los proponentes, hasta la adjudicación. Serán subsanables las deficiencias de los documentos presentados para demostrar el cumplimiento de los requisitos formales. No podrán subsanarse asuntos relacionados con la falta de capacidad para presentar la oferta, ni que acrediten circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso. Para el caso de aquellos requisitos mínimos técnicos que una vez subsanados superen los mínimos exigidos y que eventualmente permitan obtener puntaje, este no será otorgado por constituir un mejoramiento de la oferta en un factor que es de comparación. A modo de ejemplo si la CNSC solicitará la aclaración de un soporte de experiencia y esto conllevara a otorgar puntaje, este no será otorgado, pero al oferente no le será rechazada la oferta. La verificación de los aspectos jurídicos, financieros, de experiencia y capacidad organizacional, y de los requisitos técnicos mínimos, será realizada por un Comité Asesor y Evaluador de la CNSC, el cual verificará los documentos que deben ser presentados de acuerdo con lo solicitado en el Pliego de Condiciones y las disposiciones legales vigentes. Estos aspectos no otorgan puntaje, pero habilitan o deshabilitan la propuesta para su posterior calificación. Se evaluará con CUMPLE o NO CUMPLE. El presente proceso de selección abreviada se estructurará bajo un esquema simple de CUMPLE – NO CUMPLE en estricto apego de los criterios establecidos en el artículo 5° de la Ley 1150 en materia de requisitos habilitantes, dentro de los que pueden señalarse los siguientes: capacidad jurídica, condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes. 20 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

En atención a lo anterior, la primera parte de la evaluación consistirá en la verificación del cumplimiento de los requisitos habilitantes por parte de las ofertas de los proponentes, para determinar aquellas habilitadas y no habilitadas. El Decreto 1510 del 17 de julio de 2013, fijó en el artículo 10, los requisitos habilitantes contenidos en el Registro Único de Proponentes -RUP-, razón por la cual solo valdrá la certificación de RUP, que este conforme a los parámetros del Decreto 1510 de 2013. Las propuestas de los oferentes que de conformidad con los anteriores criterios resulten habilitados, serán calificadas y ponderadas teniendo en cuenta los factores de selección objetivos que se señalan en los Pliegos de Condiciones para comparar las propuestas, los cuales obedecen estrictamente a criterios técnicos y económicos como factores evaluables, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007, el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011 y en el artículo 26 del Decreto 1510 de 2013. Esta calificación determinara los adjudicatarios de este proceso de selección. Definida la ponderación técnica y económica, se determinará de acuerdo con las condiciones señaladas en este estudio el proponente favorecido. Para el estudio de las propuestas presentadas, se efectuará una evaluación consistente:    

Verificación de los requisitos habilitantes Asignación de puntaje económico y técnico Asignación de puntajes adicionales Determinación del proponente adjudicatario

La CNSC, previo análisis comparativo de las ofertas que se ciñan a los requisitos establecidos, seleccionará el ofrecimiento más favorable para la Entidad y a los fines que ella busca, aplicando los mismos criterios para todas ellas, lo que permite asegurar una selección objetiva, de conformidad con lo establecido en la Ley 1150 de 2007 y su Decreto 1510 de 2013, distribuidos de la siguiente manera: CRITERIOS DE VERIFICACIÓN Y EVALUACIÓN Requisitos Habilitantes Jurídicos Requisitos Habilitantes Técnicos Requisitos Habilitantes Financieros CONCEPTO

VERIFICACIÓN Cumple o no cumple Cumple o no cumple Cumple o no cumple HABILITADO/NO HABILITADO

3.1. REQUISITOS JURÍDICOS HABILITANTES: Estos documentos se solicitan para establecer el cumplimiento de los requisitos referidos a la capacidad jurídica con que cuentan los oferentes para desarrollar el objeto del proceso, 21 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

determinar la calidad en que presenta la propuesta, la voluntad inequívoca de presentar su propuesta y la vigencia de la misma. Los documentos con los cuales el proponente acredite sus requisitos habilitantes que hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al español, deben ser traducidos al español y ser presentados en su lengua original junto con la traducción al español, El proponente puede presentar la traducción oficial al español de los documentos presentados en idioma extranjero. La traducción oficial debe ser el mismo texto presentado para acreditar los requisitos habilitantes. Los documentos presentados por los proponentes no requieren legalización alguna salvo los documentos otorgados en el exterior y los poderes generales o especiales que deben ser otorgados en el extranjero, legalizados de conformidad con la convención de la apostilla. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. En especial el Artículo 259 del Código de Procedimiento Civil, Artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. En consecuencia, la Entidad procede a continuación a establecer los requisitos Habilitantes de naturaleza jurídica, financiera y técnica que deben cumplir los proponentes en el presente proceso de selección así: 3.1.1. FOTOCOPIA DE LA CÉDULA DE CIUDADANÍA DEL PROPONENTE O REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO: El oferente deberá presentar junto con su oferta fotocopia de la cédula de ciudadanía del proponente o representante legal o apoderado, según corresponda. Si el proponente es consorcio y/o unión temporal, deberá aportar junto con su propuesta fotocopia legible de la cédula de ciudadanía de cada uno de los representantes legales o quienes hagan sus veces de los integrantes de la figura asociativa.

3.1.2. LIBRETA MILITAR Si el representante legal es hombre menor de 50 años, deberá adjuntar junto con su propuesta, fotocopia legible de la libreta militar. En caso de pérdida deberá anexar certificación de la Dirección de Reclutamiento donde conste que la situación militar se encuentra definida. 3.1.3. CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL O CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO MERCANTIL, SEGÚN EL CASO:

22 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Si el proponente es una persona jurídica nacional o extranjera con sucursal en Colombia, deberá comprobar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán comprobar su existencia y representación legal de conformidad con las normas de su país de origen, atendiendo lo establecido en el Pliego de Condiciones para la presentación de documentos expedidos en el extranjero. El oferente deberá presentar con su oferta el Certificado de Existencia y Representación Legal, expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de presentación de la oferta El Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio, en el cual se constate la vigencia de la sociedad, la cual no podrá ser inferior al término de ejecución del contrato y un (1) año más; las facultades del representante legal y su objeto social. Para el caso de Consorcios y Uniones Temporales, cada sociedad integrante de los mismos, deberá comprobar su existencia y representación, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio, el cual deberá contener la información y cumplir las mismas exigencias anteriormente citadas. La fecha de expedición no podrá ser superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas. En caso de prórroga del plazo de la Selección Abreviada, el certificado tendrá validez con respecto a la primera fecha de cierre. Si la propuesta fuere suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que se encuentre abierta en Colombia y/o por el representante de ésta, deberá acreditarse la capacidad jurídica de la sucursal y/o de su representante mediante la presentación del original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de la ciudad de la República de Colombia en la cual se encuentre establecida la sucursal, cuya fecha de expedición deberá ser dentro de los treinta (30) anteriores a la fecha de presentación de la Propuesta. Nota 1. Cuando el representante legal de la persona jurídica, se encuentre limitado para presentar propuesta o para contratar o comprometer a la sociedad, deberá anexar la AUTORIZACIÓN del órgano social correspondiente, que lo autorice para presentar la propuesta y suscribir el contrato en el caso que le sea adjudicado. Si el proponente actúa a través de un representante o apoderado, deberá acreditar mediante documento legalmente expedido, que su representante o apoderado está expresamente facultado para presentar la propuesta y firmar el contrato respectivo. Nota 2. Además de los documentos requeridos para las personas jurídicas, los miembros del consorcio o unión temporal (según el caso), deberán aportar el documento original de constitución firmado por los integrantes, el cual deberá tener en cuenta lo dispuesto en el 23 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Artículo 7º de la Ley 80 de 1993, para el efecto el documento de constitución según el caso, deberá contener como mínimo la información señalada en los Anexos suministrados por la entidad para el efecto. Este documento deberá cumplir con los siguientes requisitos: a. Si los proponentes desean participar como Consorcio o Unión Temporal, en este último caso deberán señalar las condiciones y extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del contrato, los cuales no podrán ser modificados sin el consentimiento previo de la CNSC. b. La persona que para todos los efectos legales representará al Consorcio o Unión Temporal, deberá tener facultades amplias y suficientes para obligar y responsabilizar a todos los integrantes del Consorcio o la Unión Temporal. En el documento se deben señalar además, las reglas básicas que regulen las relaciones entre los miembros del Consorcio o Unión Temporal y su responsabilidad. c. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deben cumplir los requisitos legales y acompañar los documentos requeridos en el presente Pliego de Condiciones, para efectos legales, como si fueran a participar en forma independiente. d. El objeto social de todos los integrantes del consorcio o unión temporal debe comprender la realización de actividades similares al objeto de este proceso de este proceso de selección. e. La propuesta debe estar firmada por el Representante Legal que hayan designado los integrantes del consorcio o unión temporal o por intermedio de su agente comercial y/o mandatario con poder debidamente conferido para el efecto, de acuerdo con la ley, casos en los cuales deberán adjuntarse el (los) documentos (s) que lo acredite (n) como tal. f. En caso de resultar adjudicatarios del proceso de selección abreviada, para la suscripción del contrato deberán presentar el respectivo Número de Identificación Tributaria – NIT, como consorcio o unión temporal. g. Los integrantes del consorcio o unión temporal no pueden ceder sus derechos a terceros, sin obtener la autorización previa y expresa de la CNSC. En ningún caso podrá haber cesión del contrato entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal. h. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán presentar los documentos de existencia y representación legal que, para cada uno de los integrantes, expida la Cámara de Comercio ó la autoridad competente, ya sean personas Naturales o Jurídicas, así como el certificado de Inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes. 24 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

i. Los representantes legales de las personas jurídicas que conformen o hagan parte de un Consorcio o Unión Temporal, aportarán con la propuesta la autorización o poder de la Junta de Socios, que los faculte para ofrecer, contratar y conformar Consorcios o Uniones Temporales. Este requisito se exigirá en los casos en que esta facultad se encuentre restringida. En caso que el representante legal del Consorcio o Unión Temporal o de cualquiera de los integrantes de estos exceda las limitaciones que le otorgan el órgano competente, o el acuerdo de integración, se rechazará la propuesta. j. El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal, deberá ir acompañado de los documentos (certificados de cámara de comercio, actas de junta directiva, poderes, etc.) que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias para adquirir las obligaciones solidarias derivadas de la propuesta y del contrato resultante. k. Los Consorcios o Uniones Temporales deberán tener en cuenta que, de conformidad con el Artículo 7° de la Ley 80 de 1993, la adjudicación del contrato conlleva la responsabilidad solidaria por su celebración y ejecución. l. La duración de las personas jurídicas que se constituyan como Consorcio o Unión Temporal, deberá ser por lo menos la misma del plazo del contrato derivado del presente proceso de selección y un (1) año más. m. Los integrantes del Consorcio o Unión Temporal no podrán integrar otro Consorcio o Unión Temporal que haya presentado propuesta para el presente proceso, ni tampoco podrán hacerlo de manera independiente; en caso de ocurrir será causal de rechazo para las propuestas que éste integre o presente. n. No se aceptarán propuestas bajo la modalidad de promesa de conformación de Consorcios o Uniones Temporales. o. Las Uniones Temporales, deberán registrar el porcentaje de participación de cada uno de sus miembros o de lo contrario se entenderá que se presentan a título de Consorcio. Nota 3. Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, que presenten propuesta deberán adjuntar a la misma el respectivo certificado de la Cámara de Comercio de su domicilio, expedido con máximo treinta (30) días de anterioridad al cierre del presente proceso de selección y la sociedad deberá tener una vigencia igual a la del plazo del contrato y un año más contado desde la fecha de liquidación del mismo. Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deberán acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación de su país de origen, a través de documento expedido dentro del mes anterior al cierre del presente proceso de contratación. En todo caso, esta información podrá ser certificada directamente por el representante legal o por los órganos competentes de la sociedad en el caso en que no se encuentre incorporada en el 25 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

certificado mencionado, de acuerdo con las leyes que rijan este tipo de actos en el país de origen. Para contratar, la persona jurídica oferente deberá demostrar que su duración no será inferior a la duración del contrato y un (1) año más contado a partir de la fecha de liquidación del mismo. Las sociedades extranjeras sin sucursal en Colombia podrán presentar la propuesta mediante apoderado debidamente constituido, con domicilio en Colombia y ampliamente facultado para presentar la propuesta, para suscribir el contrato, así como para representarlas judicial o extrajudicialmente. Deberán mantener dicho apoderado por el término de vigencia del contrato y seis (6) meses más como mínimo, a menos que, de conformidad con las normas legales vigentes, tengan la obligación de establecer sucursal en Colombia. En todo caso, el oferente extranjero deberá cumplir con los mismos requisitos, procedimientos, permisos y licencias previstos para el oferente Colombiano y acreditar su plena capacidad para contratar y obligarse conforme a la legislación de su país, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 3 de la Ley 816 de 2003 y demás normas concordantes. Se advierte que los documentos expedidos por particulares no requieren legalización. En relación con los documentos públicos, se anota que por medio de la Ley 455 del 4 de agosto de 1998, el Congreso Nacional aprobó la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, la cual entró en vigencia en Colombia a partir del 30 de enero de 2000, y suprimió la exigencia de legalización diplomática o consular para los documentos públicos que han sido ejecutados en el territorio de un Estado parte y 1que deben ser presentados en el territorio de otro Estado parte del Convenio. De conformidad con lo anterior, y según lo expone el Ministerio de Relaciones Exteriores en la Circular AC/LG/641/2002 de fecha 24 de enero del 2002, los documentos públicos provenientes de los Estados parte y contemplados en la Convención no requieren de la autenticación consular ni de la posterior legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores al entrar en vigencia el Convenio y, por lo tanto, deben ser admitidos tan solo con el sello de APOSTILLE colocado por la autoridad competente designada por el país que produjo el documento. Se excluyen del convenio en mención los documentos expedidos por agentes diplomáticos o consulares y los documentos administrativos que se ocupen directamente de operaciones comerciales o aduaneras. Estos documentos públicos se siguen rigiendo según lo estipulado en los Artículos 259 y 260 del código de procedimiento civil, 480 del código de comercio y la Resolución 2201 del 22 de agosto de 1997, esto es, certificación consular y legalización por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores - Área de Gestión de Legalizaciones. Los documentos expedidos por Estados que no forman parte de la Convención seguirán requiriendo de la autenticación consular y de la posterior legalización ante la cancillería colombiana. 26 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Si el oferente no presenta con su propuesta los documentos solicitados en el presente numeral con las condiciones aquí fijadas, se requerirá al proponente a fin de que los aporte dentro del plazo que le señale para el efecto. Cuando el oferente no cumpla al momento de la presentación de su propuesta con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil. 3.1.4. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA: La carta de presentación de la propuesta deberá estar debidamente diligenciada y firmada por el oferente, según la información contenida en el modelo suministrado por la CNSC debidamente facultado para tal fin. Si se trata se Consorcio o Unión Temporal, la carta de presentación de la propuesta deberá estar firmada por todos los integrantes o por el representante debidamente facultado para el efecto. Si la carta de presentación de la propuesta está incompleta o su contenido no está conforme a lo exigido en el pliego de condiciones, se solicitará aclaración al oferente, para que dentro del plazo que señale para el efecto la aporte o subsane lo pertinente, salvo que el documento no esté suscrito por el oferente, caso en el cual se genera el rechazo de la oferta, por no encontrarse acreditada la voluntad inequívoca de presentar propuesta. El representante legal del oferente debe manifestar bajo la gravedad del juramento, que ni él, ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución y las leyes, entre otras, las contempladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 1, 2, y 4 de la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer el mecanismo de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” y demás normas concordantes y complementarias. En el caso de consorcios o uniones temporales, el representante de estos deberá manifestar que ni él ni las personas jurídicas que integran el consorcio o la unión temporal, se encuentran incursos en las inhabilidades e incompatibilidades señaladas en la Constitución y las leyes, entre otras, las contempladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 1, 2, y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias. 3.1.5. PODER: Cuando el oferente actúe a través de apoderado deberá acreditar mediante documento debidamente otorgado, con anterioridad a la presentación de la oferta, que su apoderado está expresamente facultado para presentar la oferta.

27 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Si el oferente no anexa el respectivo poder o anexándolo no se ajusta a los términos legales para el efecto, se solicitará aclaración para que dentro del plazo que señale para el efecto lo aporte o subsane lo pertinente. 3.1.6. REQUISITOS ESPECÍFICOS PARA PERSONAS JURÍDICAS: La persona jurídica que desee presentar propuesta en el presente proceso, bien sea de naturaleza pública o privada, nacional o extranjera, con o sin domicilio en Colombia deberá cumplir con los siguientes numerales según corresponda. 3.1.6.1.

Autorización para presentar propuesta y suscribir el contrato

Si el representante legal del oferente requiere autorización de sus órganos de dirección para presentar oferta y para suscribir contrato, anexarán los documentos que acrediten dicha autorización, la cual deberá ser previa a la presentación de la oferta. En caso que el valor de la propuesta supere el monto de la autorización prevista en los estatutos para que el representante legal pueda presentar propuesta o contratar, anexará el respectivo documento donde previamente a la presentación de la propuesta se le faculte contratar, por el valor total del presupuesto oficial, sin perjuicio que el proponente se le adjudique un grupo de conformidad las reglas de este proceso. 3.1.6.2.

Persona Natural.

Si el proponente es persona natural, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, mediante el Certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio, con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre del proceso, en el que consten las actividades, suministros o servicios que correspondan al objeto del presente proceso de selección abreviada. No estar inscrito en el Registro mercantil al momento del cierre, dará lugar a que la propuesta sea declarada como RECHAZADA JURÍDICAMENTE. 3.1.6.3.

Persona jurídica de naturaleza pública

Para los efectos previstos en este numeral se consideran personas jurídicas nacionales de naturaleza pública aquellas sociedades constituidas por disposición legal o reglamentaria, de acuerdo con la legislación nacional y que tenga su domicilio principal en Colombia. Para presentar propuesta en el presente proceso deberá presentar con su oferta el Certificado de Existencia y Representación Legal y Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes o los documentos en donde se acredite la siguiente información: 

Acreditar su existencia y representación legal, salvo que dicha existencia y 28

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representación se derive de la Constitución o la ley. Para el efecto, mencionarán las normas, documentos o actos administrativos de creación. En todo caso, se citará o aportará el documento mediante el cual mediante el cual se le autorizó la presentación de la oferta y la posterior suscripción del contrato, impartida por el órgano competente, sin perjuicio de lo cual, será responsabilidad de la persona jurídica correspondiente, asegurarse de cumplir todos los requisitos presupuestales y administrativos necesarios para obligarse y ejecutar adecuada y oportunamente las obligaciones que contrae mediante la presentación de la propuesta. En el evento que las normas, documentos o actos administrativos de creación hagan remisión a los estatutos de persona jurídica para establecer alguna limitación a las facultades de Representante Legal, el oferente deberá anexar copia de la parte pertinente de dichos estatutos. Acreditar que el ente público oferente tiene capacidad legal para celebrar y ejecutar el contrato. Para efectos de lo anterior, el objeto de dicho ente, señalado en la ley o sus reglamentos, deberá tener relación directa con las obligaciones derivadas del contrato a celebrar como resultado del presente proceso de selección. Acreditar la capacidad legal del representante legal para presentar la propuesta y suscribir el contrato, teniendo en cuenta para estos efectos el alcance y la naturaleza de las diferentes obligaciones que adquiere. Por lo tanto, aportará los documentos relativos al acto de nombramiento y posesión del representante legal. La fecha de constitución o creación de la persona jurídica proponente, la cual no podrá ser inferior a un (1) año, contados a partir de la fecha de cierre del proceso contractual.

En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al oferente allegue el documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el oferente no acredite que al momento de presentación de su propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil. 3.1.6.4.

Persona jurídica pública o privada de origen extranjero

Para los efectos previstos en este numeral, se consideran personas jurídicas públicas o privadas de origen extranjero las sociedades no constituidas de acuerdo con la legislación nacional, sea que tengan o no domicilio en Colombia a través de sucursales. De conformidad con el artículo 8 del Decreto 1510 de 2013, el cual establece “Inscripción, renovación, actualización y cancelación del RUP. Las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, con domicilio en Colombia. Interesadas en participar en Procesos de Contratación convocados por las Entidades Estatales, deben estar inscritas en el RUP, salvo las excepciones previstas de forma taxativa en la ley”, las propuestas de personas jurídicas de origen extranjero domiciliadas en Colombia deberán cumplir las mismas condiciones referidas en el numeral 7.1.5.2., y en caso de ser de carácter público deberán acreditar lo referido en el numeral 7.1.5.3. 29 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Para el caso de las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, las mismas deberán acreditar ante la entidad lo establecido en el artículo 9 del Decreto 1510 de 2013, a saber: “Las sucursales de sociedad extranjera deben presentar para registro la información contable y financiera de su casa matriz. Los estados financieros de las sociedades extranjeras deber ser presentados de conformidad con las normas aplicables en el país en el que son emitidos”. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia. Para la representación legal de la persona jurídica extranjera en Colombia, esta podrá otorgar poder a una persona natural o jurídica domiciliada en Colombia, caso en el cual deberá estar facultado para representar legalmente a la persona jurídica extranjera, debidamente facultado para presentar la propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del presente proceso de selección, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran así como el contrato ofrecido, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con el pliego de condiciones, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. En cuanto a las facultades del representante legal designado por la persona jurídica extranjera deberán indicarse en la documentación aportada. En el evento en que no se aporte con la oferta esta documentación, se solicitará al oferente allegue el documento dentro del plazo que le señale para el efecto, en todo caso, cuando el oferente no acredite que al momento de presentación de propuesta cumple con las condiciones de capacidad aquí exigidas, la oferta no se considerará hábil. Las disposiciones, de estos estudios previos y las consignadas en el pliego de condiciones en cuanto a proponentes extranjeros se refiere, regirán sin perjuicio de lo pactado en tratados o convenios. 3.1.7. REQUISITOS ESPECÍFICOS PROPONENTES PLURALES:

PARA

PROPUESTAS

CONJUNTAS



Se entenderá por propuesta conjunta, una propuesta presentada en consorcio, unión temporal. En tal caso se tendrá como proponente, para todos los efectos, el grupo conformado por la pluralidad de personas, y no las personas que lo conforman individualmente consideradas. Podrán participar consorcios y uniones temporales, para lo cual cumplirán con los siguientes requisitos: 

Acreditar la existencia, representación legal, capacidad legal y jurídica de las personas naturales o jurídicas que vayan a conformar el consorcio o la unión 30

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   



temporal, y la capacidad de sus representantes, así como para la presentación de la propuesta, celebración y ejecución del contrato. Acreditar la existencia del consorcio o la unión temporal, y específicamente la circunstancia de tratarse de uno u otro, lo cual se declarará expresamente en el acuerdo de asociación correspondiente, señalando las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, los términos, actividades, condiciones y participación porcentual de los miembros del consorcio o la unión temporal en la propuesta y en la ejecución de las obligaciones atribuidas al contratista por el contrato ofrecido. Acreditar que la duración del consorcio o de la unión temporal no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y un (1) año más. Acreditar que la duración de cada una de las personas jurídicas integrantes del consorcio o unión temporal no sea inferior al plazo de ejecución del contrato a celebrar y un año más. La designación de un representante que estará facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o de la unión temporal. Igualmente designarán un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva. Los requisitos relacionados con la existencia, representación legal, y duración de los consorcios o uniones temporales, se acreditarán mediante la presentación del documento consorcial o de constitución de la unión temporal en el que se consignen los acuerdos y la información requerida. Los requisitos relacionados con la existencia, representación y capacidad jurídica de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal, sea personas jurídicas o naturales, deberán acreditarse conforme se indica en los numerales respectivos del presente Pliego de Condiciones.

3.1.8. CERTIFICACIÓN APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, los oferentes deberán acreditar que se encuentra al día con sus obligaciones relativas al Sistema Integral de Seguridad Social, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación, según corresponda, incluido el pago del CREE si ello le es aplicable, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012, el Decreto 1828 de 2012 o aquellas que la modifiquen o adicionen y a lo establecido en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. Dicho documento debe certificar que, dentro del mes de cierre del presente proceso de selección, ha realizado el pago de los aportes correspondientes a la nómina de los últimos seis (6) meses, contados a partir de la citada fecha, en los cuales se haya causado la obligación de efectuar dichos pagos. En el evento en que la persona jurídica tenga menos de seis (6) meses de constituida, deberá acreditar los pagos a partir de la fecha de su constitución. En caso de presentar acuerdo de pago con las entidades recaudadoras respecto de alguna de las obligaciones mencionadas, deberá manifestar que existe el acuerdo y que se encuentra al día en el cumplimiento del mismo. En este evento, el oferente deberá anexar 31 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

certificación expedida por la entidad con la cual existe el acuerdo de pago. Cuando se trate de consocios o uniones temporales, cada uno de sus miembros integrantes que sea persona jurídica, deberá aportar el certificado aquí exigido. 3.1.9. HABER PRESENTADO MANIFESTACIÓN DE INTERES. En virtud a lo consagrado por el artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, el oferente debió haber presentado manifestación de interés, esta manifestación es diferente a la de condición de Mipyme, una vez conocido el acto administrativo de apertura del proceso, en aplicación al Artículo 59 del Decreto 1510 de 2013, para la conformación de la lista de posibles oferentes, los interesados deberán manifestar por escrito su interés de participar en el Proceso de Selección Abreviada de Menor Cuantía CNSC-004 de 2014, en los plazos establecidos en el cronograma del proceso, sea este abierto o exclusivo para Mipymes, respectivamente a través del Correo electrónico o físico de la Oficina Asesora Jurídica de la CNSC. 3.1.10. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA PROPUESTA El oferente deberá constituir y aportar con su propuesta, una garantía de seriedad de la oferta de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del Decreto 1510 de 213, a favor de la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL –CNSC- NIT 900.003.409-7, para lo cual podrá otorgar, como mecanismos de cobertura del riesgo, cualquiera de las siguientes garantías:    

Póliza de Seguros Fiducia Mercantil en garantía Garantía Bancaria a Primer Requerimiento Endoso en Garantía de Títulos Valores

La garantía de seriedad de la oferta amparará en general el cumplimiento de las obligaciones directas o indirectas asumidas por el proponente con ocasión de la presentación de la propuesta dentro del presente proceso de contratación, en el caso de resultar adjudicatario de la misma. La póliza deberá contener de manera particular y en forma expresa el cubrimiento de las siguientes obligaciones:   

La obligación de suscribir el contrato en los términos y dentro de los plazos y condiciones previstos en el estudio previo. La obligación de cumplir los requisitos establecidos en el pliego de condicione, adendas, anexos, así como las condiciones de ejecución y legalización del contrato. La obligación de entregar a la CNSC, la Garantía Única de Cumplimiento a que se refiere el contrato con los requisitos establecidos en el mismo.

Al oferente favorecido se le hará efectiva la garantía de seriedad de la propuesta cuando incumpla con cualquiera de las obligaciones o cuando el oferente no cumpla con los 32 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

ofrecimientos contenidos en la propuesta, eventos en los cuales se considerará que ha ocurrido el siniestro. El pago de la garantía de seriedad de la oferta, cuando está se haga exigible, tiene carácter sancionatorio por incumplimiento de la propuesta presentada por el adjudicatario, por lo tanto la CNSC, tendrá además el derecho a exigir la indemnización de los perjuicios que el incumplimiento dela adjudicatario le haya ocasionado. Si por cualquier razón no se obtiene la efectividad de la garantía de seriedad de la oferta, la CNSC podrá demandar por la vía ejecutiva el valor asegurado. La suficiencia de esta garantía será verificada por la CNSC al momento de la evaluación de las propuestas. La no presentación de la garantía de seriedad de forma simultánea con la oferta, será causal de rechazo de esta última. El oferente anexará a su oferta, el original de la póliza. El representante legal del oferente debe manifestar bajo la gravedad del juramento, que ni él, ni la persona jurídica que representa se encuentran incursos en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución y las leyes, entre otras, las contempladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 1, 2, y 4 de la Ley 1474 de 2011 “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer el mecanismo de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública” y demás normas concordantes y complementarias. En el caso de consorcios o uniones temporales, el representante de estos deberá manifestar que ni él ni las personas jurídicas que integran el consorcio o la unión temporal, se encuentran incursos en las inhabilidades e incompatibilidades señaladas en la Constitución y las leyes, entre otras, las contempladas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en los artículos 1, 2, y 4 de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes y complementarias. Los elementos de la garantía de seriedad de la oferta son:    

Beneficiario: COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL NIT. 900.003.409-7 Afianzado: EL OFERENTE Vigencia: NOVENTA (90) DÍAS CALENDARIO, A PARTIR DE LA FECHA DE CIERRE DEL PROCESO Cuantía: DIEZ POR CIENTO (10%) DEL VALOR DEL PRESUPUESTO OFICIAL.

3.1.11. VERIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN DE RESPONSABILIDAD FISCAL En cumplimiento a lo previsto en el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, la CNSC hará directamente la consulta y verificación sobre la inclusión o no del oferente, según el caso, en 33 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

el Boletín de Responsables Fiscales de la Contraloría General de la República. 3.1.12. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DISCIPLINARIOS Certificado del Sistema de Información y Registro de Sanciones y Causas de Inhabilidad – SIRI– vigente, expedido por la Procuraduría General de la Nación, la CNSC consultará y verificará, de la página Web de la Procuraduría General de la Nación, los antecedentes disciplinarios de quienes van a participar en el presente proceso de conformidad con lo establecido en la Ley 1238 de 2008. En todo caso el proponente podrá anexar a la propuesta dicho certificado actualizado, donde se verifique la inexistencia de sanciones o inhabilidades, condición a observar del Representante Legal y del oferente. De conformidad con lo previsto en el artículo 1 de la Ley 1238 de 2008 y con el fin de verificar los antecedentes disciplinarios la CNSC realizará la consulta de los antecedentes disciplinarios del oferente, según el caso, como quiera que las sanciones disciplinarias desprendan eventualmente inhabilidad en materia contractual. Será causal de rechazo de la propuesta, el hecho que el oferente, persona natural o el representante legal de la persona jurídica, se encuentre sancionado disciplinariamente con inhabilidad para celebrar contratos con el Estado. 3.1.13. VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES JUDICIALES De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto –Ley 019 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o el representante legal de la persona jurídica), la CNSC realizará la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea que el Gobierno Nacional defina para el efecto. En caso que el oferente persona natural o el representante legal de la persona jurídica, según el caso, registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, el oferente será rechazado. 3.1.14. CERTIFICACIÓN MIPYMES. Tratándose de Mipymes, el proponente deberá anexar la certificación expedida por contador o revisor fiscal, según corresponda, en la que señale la clase de Mipyme que se trata (micro, pequeña o mediana empresa) de conformidad con la Ley (Artículo 154 Decreto 1510 de 2013), lo anterior a efectos de obtener el beneficio pertinente dentro del factor de desempate que corresponda o en caso que el proceso se cierre exclusivamente para la MIPYMES. 3.1.15. REGISTRO NACIONAL DE TURISMO El oferente presentará con su propuesta el Registro Nacional de Turismo expedido por la 34 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

respectiva Cámara de Comercio en Colombia, el cual deberá estar vigente a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección. El oferente, trátese de personas naturales y/o jurídicas, deberán estar inscritos en el Registro Nacional de Turismo –RNT- de la Cámara de Comercio respectiva de acuerdo con el artículo 62 de la Ley 300 de 1996 modificado por el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006, como prestadores de servicios turísticos. Si el proponente no presenta el Registro Nacional de Turismo –RUT- la Cámaras de Comercio respectiva, se requerirá al oferente a fin de que lo aporte dentro del plazo que le señale para el efecto. Con fecha anterior a la fecha de cierre del presente proceso. Teniendo en cuenta que en virtud del artículo 61, capítulo I, Título VIII de la Ley 300 de 1996 “El Ministerio de Desarrollo Económico llevará un registro nacional de turismo, en el cual deberán inscribirse todos los prestadores de servicios turísticos que efectúen sus operaciones en Colombia. Este registro será obligatorio para el funcionamiento de dichos prestadores turísticos y deberá actualizarse anualmente”, los proponentes deberán allegar el Registro Nacional de Turismo –RNT- expedido por el Ministerio de Desarrollo Económico. De acuerdo al artículo 62, literal a), Capítulo I, Título VIII de la Ley 300 de 1996, modificado por el artículo 12 de la Ley 1101 de 2006 es plena prueba del permiso de funcionamiento de las Agencias de Viajes y Turismo el Registro Nacional de Turismo –RNT- por lo que la no presentación de esta inscripción hará que la propuesta sea rechazada. 3.1.16 CERTIFICACION DE ACREDITACION El oferente debe remitir la certificación de acreditación, que faculta a la Agencia de Viajes a expedir pasajes nacionales e internacionales de aerolíneas asociadas al sistema IATA BSP vigente a la fecha de cierre del proceso y la cual deberá mantenerse vigente por el plazo del contrato a suscribir. 3.2.

REQUISITOS FINANCIEROS HABILITANTES

Mediante la siguiente documentación el oferente acreditará que cuenta con los recursos para adelantar la prestación del suministro contratado, contratar el personal y adquirir los insumos que se requieran, así mismo, para solventar los imprevistos que se presenten en desarrollo del contrato y sean asignados al contratista. 3.2.1. IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA El oferente nacional indicará su identificación tributaria e información sobre el régimen de impuestos al que pertenece, para lo cual aportará junto con la oferta copia del Registro Único Tributario –RUT-. Las personas jurídicas y/o naturales integrantes de un consorcio o unión temporal acreditarán individualmente este requisito, cuando intervengan como responsables 35 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

del impuesto sobre las ventas en el suministro de pasajes aéreos nacionales e internacionales. 3.2.2. CAPACIDAD FINANCIERA 3.2.2.1. ESTUDIO PARA DEFINIR LOS INDICADORES FINANCIEROS Y DE CAPACIDAD ORGANIZACIONAL. Se considera habilitado financieramente el oferente que cumpla con los siguientes parámetros definidos a continuación, tomados de su último cierre fiscal (31 de Diciembre de 2013), y de acuerdo al análisis realizado por el área financiera de la Comisión Nacional del Servicio Civil – CNSC, teniendo en cuenta los antecedentes históricos de contratación en general de la Comisión:  La liquidez: Activo corriente sobre pasivo corriente. El índice de liquidez del proponente debe ser igual o superior a 1.2  El nivel de endeudamiento: Pasivo total sobre activo total. El nivel de endeudamiento del oferente debe ser inferior o igual al 60%  Razón de cobertura de intereses: Utilidad operacional sobre gastos de intereses La razón de cobertura de intereses debe ser mayor o igual a 2 Indicadores de Capacidad Organizacional  Rentabilidad sobre patrimonio: Utilidad operacional sobre patrimonio. La rentabilidad sobre el patrimonio debe ser mayor o igual a 8%  Rentabilidad sobre activos: Utilidad operacional sobre activo total. La rentabilidad sobre el activo debe ser mayor o igual a 8% La verificación de los indicadores financieros de los consorcios y las uniones temporales, se calculará con base en las sumatorias del capital, reservas, utilidades, patrimonios, activos y pasivos correspondientes a cada uno de sus integrantes. En el evento en que la oferta no cumpla con las condiciones establecidas en el presente numeral se considerará que la oferta es no hábil. 3.2.2.2. Certificado de Inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio – RUP

El oferente presentará con su propuesta el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes –RUP- expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia, el cual deberá tener una fecha de expedición no mayor a treinta 36 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

(30) días calendarios anteriores a la fecha definitiva de cierre del proceso de selección y encontrarse en firme a la misma fecha. El oferente, trátese de personas naturales y/o jurídicas, deberán estar registrados en el Registro Único de Proponentes –RUP- de la Cámara de Comercio de acuerdo con el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 221 del Decreto –Ley 019 de 2012. Si el oferente no presenta el certificado de inscripción, clasificación y calificación en el Registro Único de Proponentes –RUP- expedido por la respectiva Cámara de Comercio en Colombia, se requerirá al oferente a fin de que lo aporte dentro del plazo que le señale para el efecto. Con fecha anterior a la fecha de cierre del presente proceso. Teniendo en cuenta que en virtud del Artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el Artículo 221 del Decreto 19 de 2012, “Todas las personas naturales o jurídicas nacionales, o las extranjeras domiciliadas o con sucursal en Colombia, que aspiren a celebrar contratos con las entidades estatales, deberán estar inscritas en el Registro Único de Proponentes”, los proponentes deberán allegar el Registro Único de proponentes expedido por la Cámara de comercio con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la estipulada como fecha límite para presentar propuestas. La certificación expedida por la Cámara de Comercio es plena prueba de la calificación y clasificación del proponente y de los requisitos habilitantes que en ella consten, según el Decreto 1510 de 2013. Con información financiera y organizacional con corte a 31 de diciembre de 2013. La clasificación es la ubicación del proponente que éste mismo hace, dentro de la actividad, especialidad y grupo que le corresponde, de acuerdo con la información que acredita con la solicitud de inscripción, su actualización o renovación, según sea el caso. El interesado podrá clasificarse en uno o varios Códigos de la UNSPSC. Se deberá presentar el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su domicilio. Dicho certificado deberá ser expedido con una antelación no mayor a treinta (30) días calendario de la fecha de cierre del proceso de selección. En consecuencia, los participantes deberán estar inscritos, clasificados y calificados en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio de su domicilio de acuerdo con el Decreto 1510 de 2013, así:

37 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CODIGO UNSPSC 78111502 Código

Grupo

Segmentos

Familia

78111502

(F) Servicios

Servicios de Transporte transporte, de Almacenaje pasajeros y Correo

Clase

Producto

Transporte de pasajeros aérea

Viajes en Aviones Comerciales

CODIGO UNSPSC 90121502 Código

Grupo

90121502

(F) Servicios

Segmentos Servicio Viajes

Familia

de Facilitador de Viajes

Clase

Producto

Agentes de Viajes

Agencias de Viajes

Cuando el proponente sea consorcio o unión temporal, cada uno de sus integrantes deberá anexar el documento aquí descrito en el que se acredite que cada uno de sus miembros se encuentra inscrito en la clasificación dada por la entidad. En todo caso, la inscripción y/o actualización y/o renovación del RUP, debe encontrarse en firme a la fecha de cierre del proceso de selección en curso. 3.2.4. OFERTA ECONÓMICA El oferente deberá presentar propuesta sobre los precios unitarios con IVA incluido en el FORMATO –PROPUESTA ECONOMICA. Los valores propuestos no podrán superar el valor techo establecido, razón por la cual el oferente en su propuesta no podrá superar el presupuesto oficial del proceso so pena de rechazo, ni superar el presupuesto oficial estimado. 3.3.

REQUISITOS TÉCNICOS HABILITANTES

Por medio de esta documentación la entidad busca que los oferentes acrediten si cuentan con las capacidades técnicas y particularmente de experiencia para desarrollar el objeto a contratar.

38 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

3.3.1. EXPERIENCIA MINIMA DEL PROPONENTE El oferente deberá acreditar experiencia en la ejecución de contratos cuyo objeto principal tenga relación directa con el objeto del presente proceso de selección. El oferente acreditará su experiencia bajo las siguientes condiciones: Aportar hasta tres (3) certificaciones (una por cada contrato) que hayan sido ejecutados, es decir, que a la fecha definitiva de cierre del proceso, su ejecución haya finalizado. Estos contratos deben haberse suscrito con fecha posterior al 1 de enero de 2008. La sumatoria de la cuantía de los contratos o certificaciones, y sus adiciones, deberá ser igual o mayor al cien por ciento (100%) del presupuesto oficial estimado, expresado en SMMLV para la fecha de terminación. Para que las certificaciones que acrediten la experiencia del oferente sean consideradas válidas, éstas deberán ser expedidas por el contratante y/o autoridad respectiva y deberá contener como mínimo la siguiente información:  Nombre, razón social o denominación social del contratante y del proponente con su NIT, direcciones y teléfonos.  Objeto del contrato.  Fecha de inicio y fecha de terminación del contrato.  Valor final del contrato en pesos, incluido el valor inicial más las adiciones en valor y los reajustes que se hubiesen presentado durante la ejecución del contrato, a la fecha de terminación de los suministros certificados. Cuando se trate de Consorcios o Uniones Temporales para efectos de verificar el cumplimiento de experiencia basta con que la sumatoria de los contratos que acredite la experiencia de los integrantes, sea igual o superior al 100% de la experiencia exigida. Cuando el proponente persona natural y/o jurídica o los miembros del consorcio o de la unión temporal acrediten experiencia igualmente en contratos ejecutados bajo estas modalidades, sólo se tendrá en cuenta como experiencia de aquellos, la referida al porcentaje de participación que hubieren tenido en el grupo o asociación que ejecutó el contrato. El proponente acreditará la experiencia requerida para este proceso de selección a través de cualquier formato que estime conveniente siempre y cuando contengan la totalidad de datos solicitados por la entidad y con el lleno de los requisitos antes exigidos. Si el oferente no presenta certificaciones de experiencia con su propuesta, o si incluyéndolas éstas no contienen la totalidad de la información solicitada, se le requerirá al proponente a fin de que subsane lo correspondiente dentro del plazo que le señale para el efecto. En caso tal que no cumpla se considerará NO HÁBIL TÉCNICAMENTE. 39 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Si el oferente no presenta certificaciones de experiencia con su propuesta, o si incluyéndolas éstas no contienen la totalidad de la información solicitada, se le requerirá al proponente a fin de que subsane lo correspondiente dentro del plazo que le señale para el efecto. En caso tal que no cumpla se considerará NO HÁBIL TÉCNICAMENTE.

40 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 4 DE LAS PROPUESTAS 4.1 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS La propuesta se debe presentar foliada, sin enmendaduras, tachones ni borrones, en sobres cerrados, identificados como sobre No. 1 (en original y dos (2) copias) que contendrá los documentos habilitantes de la propuesta y sobre No. 2 (solamente en original) que contendrá la propuesta inicial de precio en la forma estipulada en el Formato anexo respectivo, indicando el número del sobre y si es original o copia. En cada sobre se hará constar el nombre del proponente, su dirección comercial, teléfono, correo electrónico y se marcará con la siguiente información: “Señores COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. Oficina Asesora Jurídica Mezzanine del piso 7º del Edificio Oficenter 96 ubicado en la carrera 16 No. 96-64 de Bogotá D.C CONTIENE ORIGINAL (PRIMERA O SEGUNDA COPIA) PROCESO DE SELECCIÓN ABREVIADA No. CNSC – PAMC – 006 de 2014 OBJETO: SUMINISTRO DE TIQUETES AEREOS PARA FUNCIONARIOS CONTRATISTAS DE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL.

Y

El sobre identificado como ORIGINAL deberá contener la propuesta correspondiente y todos los documentos solicitados, foliados en forma consecutiva. Los sobres identificados como COPIA deben contener exactamente todas las copias de los mismos documentos de los sobres identificados como original, foliados en la misma forma. No se aceptarán propuestas complementarias o modificaciones que fueren presentadas con posterioridad a la fecha y hora de cierre. Si se presenta alguna discrepancia entre el original de la PROPUESTA y las copias de la misma, prevalecerá el texto del original escrito. Las modificaciones, aclaraciones o enmiendas de la PROPUESTA deberán ser convalidadas con la firma de quien suscribe la carta de presentación de la PROPUESTA; sin este requisito, las modificaciones, aclaraciones o enmiendas no se considerarán válidas. Al momento de recibir la oferta, la CNSC, dejará constancia escrita de la fecha y hora exacta de presentación, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del 41 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

proponente y el de la persona que en nombre o por cuenta de éste ha efectuado materialmente la presentación. 4.2.

VIGENCIA DE LAS PROPUESTAS

Las propuestas deberán permanecer vigentes por todo el tiempo que dure el proceso de selección y hasta la firma del contrato que se celebre con ocasión del mismo y la aprobación de las garantías que debe constituir el contratista seleccionado. Durante este período el PROPONENTE no podrá retirar su propuesta ni modificar los términos o condiciones de la misma. 4.3.

PROPUESTAS PARCIALES

La CNSC, no aceptará propuestas parciales; en tal caso, la propuesta no será tenida en cuenta. Se considera que una propuesta es parcial cuando no incluya la totalidad de los componentes, obligaciones y actividades inherentes a los mismos, conforme a lo previsto en los pliegos de condiciones, o cuando no cumpla con la totalidad de los requisitos, especificaciones y requerimientos técnicos, todos considerados obligatorios. 4.4. PROPUESTA ECONÓMICA De conformidad con el artículo 5° numeral 2° de la Ley 1150 de 2007 el proponente con su propuesta debe incluir la Propuesta Económica, la cual contendrá los valores correspondientes a cada COMPONENTE previsto en el CAPITULO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, y se entenderán incluidos en los mismos, los correspondientes a todos y cada uno de los productos, obligaciones y servicios inherentes y asociados; los impuestos, gastos de administración, tasas y contribuciones, y, en general, los costos directos e indirectos para el cabal cumplimiento y ejecución del contrato. En todo caso, el oferente en su propuesta económica, deberá discriminar los valores por ítem de CADA UNO DE LOS COMPONENTES allí previstos y la sumatoria de los mismos será el valor total de la propuesta. La propuesta económica no podrá ser superior al cien por ciento (100%), ni inferior al noventa por ciento (90%) del presupuesto oficial. La propuesta debe presentarse en moneda nacional colombiana y en el formato contenido en el ANEXO 3 PROPUESTA ECONÓMICA. Tanto en los originales como en las copias de las propuestas, deberá incluirse la Propuesta Económica en medio impreso y en medio magnético, con los valores expresados en moneda legal colombiana.

42 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 5 ESPECIFICACIONES TECNICAS El proponente que desee suministrar tiquetes aéreos a la Comisión Nacional del Servicio Civil, debe cumplir con las siguientes especificaciones técnicas. 5.1 PROPUESTA TÉCNICA Objeto: Suministro de tiquetes aéreos para funcionarios y contratistas de la Comisión Nacional del Servicio Civil. Alcance del objeto: El suministro de tiquetes aéreos a los funcionarios y contratistas de la CNSC se entregará a través de una agencia de viajes. 5.2.

Especificaciones Técnicas

Para la respectiva contratación se definen las especificaciones técnicas con base en los servicios mínimos requeridos. 

Tiquetes aéreos en Tarifa Económica y Tarifa Ejecutiva, para atender los requerimientos de la CNSC, para el desplazamiento de sus servidores tanto a destinos nacionales como internacionales, en desarrollo de las actividades misionales o de apoyo de la entidad.



Servicios ofrecidos por una empresa especializada en el ramo que cuente con autorización legal para operar en el país.

5.3. Obligaciones del Contratista Para desarrollar el objeto del contrato y dar cumplimiento cabal al mismo, el contratista se compromete a: 5.3.1. Obligaciones Específicas: 1. Efectuar las reservas y ventas de pasajes con destinos nacionales e internacionales, en clase económica y/o más favorable para la CNSC de manera general y en forma excepcional en otra clase, en cualquiera de las aerolíneas que operan en el país, previa autorización y solicitud de la Entidad. 2. Realizar cotización en todas las opciones posibles en el mercado para garantizar el suministro de los tiquetes para la CNSC bajo las mejores condiciones del mercado: rutas, escalas, tiempo de solicitud del tiquete y tarifas disponibles. 43 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

3. Suministrar a la mayor brevedad posible los pasajes aéreos en vuelos nacionales e internacionales de acuerdo a la solicitud previa y por escrito que realice la CNSC. 4. Garantizar la capacidad y disponibilidad para situar tiquetes en cualquier destino nacional e internacional en las fechas y tiempos requeridos. 5. Mantener informada de manera permanente a la Comisión sobre la reducción de tarifas y ofertas que realicen las aerolíneas, así como de los beneficios comerciales e incentivos a que se tenga derecho ya sea por el número de tiquetes entregados, por el valor de los mismos o cualquier otra eventualidad. 6. Prestar asesoría en itinerarios más favorables, conexiones con aeropuertos nacionales/internacionales, ubicación de pasajes e informes de destinos, así como en todos los trámites necesarios que se requieran para el desplazamiento. 7. Auxiliar a los funcionarios de la CNSC en la ubicación de equipajes extraviados sin costo adicional para la CNSC. 8. Realizar el reintegro del valor de los tiquetes, cuando la CNSC lo requiera, de acuerdo con las condiciones y normas de las aerolíneas. 9. Prestar la asesoría necesaria a viajeros nacionales/intenacionales en aspectos tales como: documentos requeridos, restricciones de inmigración, distancias aeropuertos, ciudades, tasas de cambio, temperaturas, recomendaciones de seguridad y todos los demás que sean necesarios, sin costo adicional para la CNSC. 10. Designar una persona con experiencia laboral mínimo de 2 años en el manejo de cuentas corporativas, encargada del manejo de la cuenta de la CNSC en todo lo relacionado con el servicio, manejo financiero, facturación, descuentos y cualquier otro asunto que tenga que ver con el objeto contractual, sin costo adicional para la CNSC. 11. Presentar como mínimo un informe mensual detallado, en medio físico y magnético, que contenga las siguientes características: Tipo de servicio utilizado y/o clase Nombres en orden alfabético Valor de los tiquetes suministrados Reembolsos realizados Pasajes efectivamente pagados por la entidad 44 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Pasajes utilizados y destino Pasajes reembolsados Pasajes revisados Millas obtenidas en cada período y por cada aerolínea Porcentaje de ejecución del contrato y saldo en pesos del mismo. 12. Contar con mínimo una sede, sucursal o agencia legalmente acreditada en la ciudad de Bogotá, D.C. 13. Cancelar con cargo al contrato los costos relacionados con impuestos y demás que la CNSC deba pagar a las diferentes compañías aéreas, para la redención de las millas que le han sido otorgadas por el servicio de transporte aéreo nacional e internacional para lo cual presentará como soporte las notas debito correspondientes. 14. Atender en forma inmediata cualquier cambio que se presente en lo tiquetes previamente expedidos, realizando las gestiones necesarias para el cambio de fecha, destino, tiquetes por reembolsos, por devolución total o parcial, tiquetes facturados, o cancelados de último momento, dentro de los plazos requeridos por la CNSC, sin ningún tipo de sobrecargo económico que afecte el presupuesto del contrato. En caso de presentarse grupos de pasajeros, suministrar los beneficios adicionales que obtiene la CNSC por volumen de tiquetes. 15. Efectuar las reservaciones y confirmaciones de los vuelos solicitados previamente por el supervisor del contrato garantizando los cupos sin diferencia de temporadas. 16. Enviar por correo electrónico al supervisor del contrato, la confirmación de la reserva indicando la clase de pasaje reservado, fecha límite de la confirmación del tiquete, hora de vuelo, destino o con las características que indique el supervisor del contrato. 17. Cumplir con el pago oportuno y de acuerdo con las normas que lo regulan de las prestaciones sociales a sus empleados y aportes parafiscales correspondientes. 18. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato le imparta la CNSC a través del supervisor del contrato. 19. Gestionar una solución en desplazamientos en los casos en que las aerolíneas cancelen los vuelos programados y los funcionarios y/o contratistas tengan que desplazarse en el horario establecido en las reservas. 20. Aceptar sin costo alguno para la CNSC la devolución de los pasajes no utilizados ya sean rutas nacionales o internacionales sin importar la tarifa y facturar a la CNSC lo 45 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

correspondiente al valor de la penalización en tiquetes aéreos que cobre la correspondiente aerolínea al contratista. 21. Presentar los demás informes que sobre la ejecución del contrato requiera el supervisor del mismo. 22. Mantener la reserva y confidencialidad de la información que se le entregue como consecuencia de las actividades que desarrolle para el cumplimiento del objeto del mismo. 23. Mantener vigente durante la ejecución del contrato el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Turismo expedido por la Dirección General de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus veces, en el que conste que se encuentra inscrito. 24.

Garantizar la sustitución de tiquetes aéreos en caso de no ser utilizados.

25. Suministrar la debida información a la CNSC sobre la infraestructura con que cuenta la empresa para prestar un buen servicio. 26. Proceder con la debida diligencia y cuidado, para conseguir los precios más favorables del mercado en la expedición de los tiquetes aéreos a suministrar. Para garantizar lo anterior y de conformidad con el principio de economía, la entidad podrá consultar los precios del mercado y con tres veces que se compruebe que las reservas presentadas con la agencia contratada supera dichos costos, se constituirá en una causal de incumplimiento. 27.

Las demás inherentes al objeto del contrato.

5.3.2. Obligaciones Generales o Comunes: Sin perjuicio de las anteriores, las siguientes nunca deben faltar: 1. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto del contrato. 2. Desarrollar las actividades establecidas en el contrato, de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas pactadas. 3. Obrar con lealtad en las etapas contractuales y post contractuales respectivamente. 4. Avisar oportunamente a la CNSC de las situaciones previsibles que puedan afectar el equilibrio financiero del contrato. 5. Atender las observaciones del supervisor. 6. Acreditar que se encuentra al día con los pagos correspondientes al sistema general de seguridad social integral, en los porcentajes de Ley. 7. No incurrir en situaciones de conflicto de interés o que afectan la integralidad de la CNCS. 46 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

5.3.3. Obligaciones de la CNSC En virtud del presente contrato la CNSC se obliga a: 1. Cancelar al contratista oportunamente el valor del contrato en la forma, plazos y condiciones que se indican en el mismo. 2. Ejercer la vigilancia y control sobre la ejecución del contrato en la forma y oportunidad prevista a través del supervisor que designe la CNSC. 3. Proporcionar la información requerida para el cumplimiento del objeto del contrato. 4. Expedir el certificado de entrega y recibo a satisfacción, a través del supervisor, previa presentación por parte del contratista de la factura y de los demás requisitos exigidos para el pago. 5. Las demás inherentes al objeto del contrato.

47 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 6 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS 6.1 COMITÉ ASESOR Y EVALUADOR. De conformidad con lo establecido en el artículo 27 del Decreto 1510 de 2013, y el Capítulo 4 del Manual de Contratación Supervisión e Interventoria de la CNSC, la Comisión Nacional del Servicio Civil, designará un Comité Asesor y evaluador, el cual asesorará y evaluará las propuestas, siguiendo las reglas establecidas en este pliego. Según lo preceptuado en el artículo 5º de la ley 1150 de 2007, en todo proceso de selección primara lo sustancial sobre lo formal. En consecuencia, el Comité Asesor y Evaluador examinará durante el proceso de evaluación, cada caso concreto, a fin de determinar si es necesario requerir al proponente o proponentes, en igualdad de condiciones, para que aporten o subsanen requisitos o documentos que verifiquen las condiciones del proponente o soporten el contenido de la oferta, y que no constituyan los factores de escogencia establecidos en este pliego. La Comisión podrá solicitar por escrito al oferente, durante el término de evaluación y antes de la adjudicación, cuando sea necesario, la aclaración de estos documentos sin que implique modificación o mejoramiento de la propuesta. Si el proponente no atiende la solicitud de la CNSC dentro del plazo señalado por ésta, se rechazará la oferta. 6.2.

TÉRMINO DE EVALUACIÓN

El Comité Asesor y Evaluador realizará las evaluaciones de los requisitos habilitantes del término señalado en el cronograma. 6.3.

VERIFICACIÓN DE REQUISITOS HABILITANTES

De acuerdo con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 y el Decreto 1510 de 2013, dentro del término de evaluación de las propuestas, el Comité Asesor y Evaluador efectuará la verificación de cumplimiento de los requisitos habilitantes contemplados en el Capítulo 3 de este pliego. Con los proponentes habilitados, esto es, los que cumplan con los requisitos habilitantes requeridos, se efectuará la evaluación.

48 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

6.4.

JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN

En atención al objeto contractual y atendiendo el valor de la contratación, el presente proceso se adelantará mediante la modalidad de Selección Abreviada de Menor Cuantía. En consecuencia, , y atendiendo el artículo 26 del Decreto 1510 de 2013, en el presente proceso de selección, la oferta más favorable para la CNSC será la que resulte de aplicar la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes, como se encontrará más adelante. 6.5.

COMPARACIÒN DE LAS OFERTAS:

La oferta más favorable para la Comisión Nacional del Servicio Civil será la que presente mejor relación de calidad y precio soportados en las disposiciones señaladas en el pliego de condiciones. De conformidad con lo establecido en el artículo 26 del Decreto 1510 de 2013, se adjudicará el contrato al proponente cuya oferta se ajuste a los aspectos sustanciales del pliego de condiciones y a sus requerimientos técnicos, de manera que resulte más favorable para la entidad y obtenga el más alto puntaje de calificación, de conformidad con la ponderación que la Comisión Nacional del Servicio Civil ha establecido para el efecto. 6.5.1 ESCALA DE EVALUACION CRITERIO

HABILITADO FACTORES DE SELECCIÓN

-

Evaluación Económica Evaluación Técnica Apoyo a la Industria Nacional PUNTAJE TOTAL

PUNTAJE 300 PUNTOS 600 PUNTOS 100 PUNTOS 1000 PUNTOS

6.5.2 EVALUACION ECONOMICA: (Puntaje Máximo 300 puntos) En el factor de evaluación económica, se asignan (300) puntos como máximo, los cuales se otorgarán de acuerdo con el siguiente procedimiento: Mayor porcentaje de descuento en destinos nacionales: Mayor porcentaje de descuento en destinos internaciones:

200 puntos 100 puntos

A las demás propuestas se les asignará puntaje proporcional mediante la aplicación de una regla de tres inversa.

49 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

6.5.3 EVALUACION TECNICA: (Puntaje Máximo 600 puntos) 6.5.3.1 Penalidades Factor de Calificación Puntaje Oferente que mediante documento suscrito por el representante legal que establezca que asumirá el 100% de las penalidades 600 puntos debido a pérdida de vuelo y cancelación de viaje por parte de la CNSC. Oferente que mediante documento suscrito por el representante legal que establezca 400 puntos que asumirá el 80% de las penalidades debido a pérdida de vuelo y cancelación de viaje por parte de la CNSC. Oferente que mediante documento suscrito por el represente legal que establezca que asumirá el 70% de las penalidades debido 200 puntos a pérdida de vuelo y cancelación de viaje por parte de la CNSC El oferente que no establezca que asumirá las penalidades debido a pérdida de vuelo o cancelación de viaje por parte de la CNSC, en mínimo un 70%, no se le asignará puntaje. 6.5.3.2

Apoyo a la Industria Nacional – LEY 816 DE 2003 (100 puntos).

Para la aplicación del puntaje del presente factor y según el parágrafo del Art. 1 de la ley 816 de 2003 “se otorgará tratamiento de bienes y servicios nacionales, a aquellos bienes y servicios originarios de los países con los que Colombia ha negociado tratado nacional en materia de compras estatales y de aquellos países en los cuales las ofertas de bienes colombianos se les conceda el mismo tratamiento otorgado a sus bienes y servicios nacionales”. Descripción Oferentes Nacionales Oferentes Extranjeros Descripción Ofrecimiento Nacional Ofrecimiento Extranjero

Puntaje 50 puntos 25 puntos Puntaje

de

Recurso

Humano

de

Recurso

Humano

50 puntos 25 Puntos 50

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6.5.3.3 Factores de Desempate Si efectuada la evaluación técnica y económica, se presenta empate entre dos o más Proponentes, la CNSC tendrá en cuenta de manera prelativa los siguientes criterios de desempate para establecer el orden de calificación: a) Se seleccionará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación técnica. b) Se seleccionará el Proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el aspecto de Evaluación económica. c) Se seleccionará el Proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el aspecto de Participación en Industria Nacional. d) Se seleccionará la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros. e) Se seleccionará a las ofertas presentadas por una Mipyme nacional. f) Se seleccionará la oferta presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura siempre que: (a) esté conformado por al menos una Mipyme nacional que tenga una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%); (b) la Mipyme aporte mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta; y (c) ni la Mipyme, ni sus accionistas, socios o representantes legales sean empleados, socios o accionistas de los miembros del Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura. g) Se seleccionará la propuesta presentada por el oferente que acredite en las condiciones establecidas en la ley que por lo menos el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad a la que se refiere la Ley de 1997. Si la oferta es presentada por un Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura, el integrante del oferente que acredite que el diez por ciento (10%) de su nómina está en condición de discapacidad en los términos del presente numeral, debe tener una participación de por lo menos el veinticinco por ciento (25%) en el Consorcio, Unión Temporal o promesa de sociedad futura y aportar mínimo el veinticinco por ciento (25%) de la experiencia acreditada en la oferta. h) En caso de persistir el empate, se procederá a elegir al ganador mediante sorteo por balotas, para lo cual en la fecha y hora que para el efecto se cite a los Proponentes, los representantes legales (o delegados) de los proponentes empatados escogerán las balotas y se adjudicará a aquel que haya tomado la balota con el número mayor. 51 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

6.5.3.4 Puntaje de Bienes y Servicios MIPYMES (100 puntos) DESCRIPCION Un puntaje del diez por ciento (10%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las micro empresas Un puntaje del seis por ciento (6%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las pequeñas empresas. Un puntaje del tres por ciento (3%) del total de la calificación a los bienes y servicios producidos por las medianas empresas.

PUNTAJE 50 PUNTOS

30 PUNTOS

20 PUNTOS

6.5.4. CRITERIOS DE LA OFERTA MÁS FAVORABLE. Por ser un contrato de suministro y de acuerdo a los parámetros establecidos tanto en el estudio de sector como en el estudio previo en general, la CNSC, escogerá directamente al proveedor que permita el cumplimiento del objeto contractual establecido en el presente contrato, verificando que la oferta encaje en los parámetros de calidad y precio, de conformidad con los lineamientos establecidos en la invitación pública.

52 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 7 RECHAZO DE LAS PROPUESTAS Las siguientes serán causales de rechazo de una propuesta: 1) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley 80 de 1993, así como en las demás disposiciones legales vigentes. 2) Cuando el proponente incumpla con los requisitos y documentos exigidos en el pliego y que no sean susceptibles de subsanar. 3) Cuando una vez requerido por la Comisión, documentos, las aclaraciones y/o explicaciones cumpla con lo solicitado en dicho requerimiento; y requerimientos fuera del plazo que se le fije para requisitos o la evaluación precisa de la propuesta.

el proponente no allegue los solicitadas por ésta; cuando no cuando allegue la respuesta a los ello, impidiendo la verificación de

4) Cuando la propuesta sea presentada por personas jurídicamente incapaces para obligarse, o que no cumplan todas las calidades y condiciones de participación indicadas en este pliego de condiciones. 5) Cuando para este mismo proceso se presenten varias propuestas por el mismo proponente, por sí o por interpuesta persona, o cuando la misma persona forme parte de dos o más Consorcios o Uniones Temporales. 6) Cuando los documentos presentados por el proponente contengan información que de cualquier manera no corresponda a la realidad, caso en el cual se iniciaran las acciones correspondientes, si a ello hubiere lugar. 7) Cuando la propuesta se presente con condicionamientos para la adjudicación del presente proceso de selección. 8) Cuando la propuesta se presente en forma extemporánea, o en lugares distintos al previsto en este pliego. 9) Cuando la propuesta económica esté por encima del presupuesto oficial o por debajo del 90% del mismo. 10) Cuando se presenten propuestas en forma parcial o con alternativas. 11) Cuando se presenten situaciones que contraríen el ordenamiento constitucional y legal y las condiciones establecidas en este pliego. 53 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

12) Cuando el proponente no cumpla con los requisitos jurídicos, técnicos, o financieros solicitados en el pliego de condiciones. 13) Cuando la propuesta no contenga la garantía de seriedad de la oferta. 14) En caso que la persona jurídica proponente ó parte de un consorcio o unión temporal no cumpla con el objeto social relacionado con la contratación y la duración exigida en el pliego de condiciones, al momento del cierre de la presente Convocatoria, la propuesta será RECHAZADA. 15) Cuando no se presente o no se suscriba, o se empleen firmas mecánicas no registradas o autorizadas por el organismo competente no manuscritas, o quien suscriba no sea una persona facultada estatutaria, legal, contractual o convencionalmente, la CARTA DE PRESENTACIÓN ó la PROPUESTA ECONÓMICA. NOTA: El presente listado no tiene carácter taxativo y será responsabilidad del oferente tener en cuenta todas las causales de rechazo contempladas en el pliego de condiciones definitivo.

54 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 8 CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO 8.1 PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contrato se perfecciona con las firmas de las partes contratantes; para la ejecución y legalización se requiere del registro presupuestal y aprobación de la garantía que debe constituir el contratista seleccionado. De conformidad con lo establecido en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 1607 de 2012 y el Decreto 1828 de 2012, las normas que la adicionen o modifiquen, en concordancia con el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, el contratista seleccionado deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de Aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del SENA, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, CREE según le sea aplicable o las normas que los modifiquen o sustituyan. 8.2 PLAZO DE EJECUCIÓN Y VIGENCIA El plazo del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2014. La vigencia del presente contrato será igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más, en virtud al principio de solidaridad el contratista, deberá mantener indemne a la CNSC. 8.3 VALOR Valor Estimado del Contrato: El valor estimado del contrato es hasta la suma de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS ($28´000.000) M/CTE. incluyendo todos los costos directos e indirectos en que deba incurrir el contratista para el correcto suministro de las bebidas calientes, de lo contrario, la propuesta será rechazadaEl presente proceso cuenta con CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 29814 del 02 de mayo de 2014. 8.3.1. FORMA DE PAGO: El pago se realizará de la siguiente manera: Se efectuarán pagos mensuales que como soporte tendrán la respectiva factura discriminada por valor de los tiquetes suministrados y sus características teniendo en cuenta destino, descuentos aplicados y demás documentos tendientes al cumplimiento contractual. Dicha factura debe ser presentada ante la Dirección de Apoyo Corporativo de la CNSC, con el cumplimiento de las especificaciones de ley, previa certificación y recibo a satisfacción del supervisor designado para este contrato, junto con la acreditación de pago de los aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes al mes facturado. Los pagos estarán sujetos igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar, y aprobación del programa anual de caja - PAC. Los documentos soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato 55 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Nota: Los demás aspectos no abordados en este capítulo, en torno al contrato y su ejecución, pueden observarse en el Anexo número 4, Minuta del Contrato. 8.4. Supervisión: La supervisión del contrato estará a cargo del profesional especializado de la Dirección de Apoyo Corporativo de la CNSC que designe la Secretaria General. 8.5. Aportes al Sistema de Seguridad Social Integral: El Contratista deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral. 8.6. Identificación del contrato a celebrar: Suministro.

56 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 9 RIESGOS DEL PROCESO CONTRACTUAL 9.1. SOPORTE PARA ANALIZAR Y MITIGAR LOS RIESGOS QUE PUEDAN AFECTAR EL CONTRATO Y ASIGNACIÓN DE LOS MISMOS. La CNSC, para reducir la exposición del proceso de contratación frente a los diferentes riesgos que se pueden presentar, estructura un sistema de administración de riesgos teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes aspectos: (a) los eventos que impidan la adjudicación y firma del contrato como resultado del proceso de contratación; (b) los eventos que alteren la ejecución del contrato; (c) el equilibrio económico del contrato; (d) la eficacia del proceso de contratación, es decir, que la CNSC pueda satisfacer la necesidad que motivó el proceso de contratación; y (e) la idoneidad y experiencia de la persona encargada de de administrar las maquinas dispensadoras que suministrarán los productos.. Un manejo adecuado del riesgo permite a la CNSC: (i) proporcionar un mayor nivel de certeza y conocimiento para la toma de decisiones relacionadas con el proceso de contratación; (ii) mejorar la planeación de contingencias del proceso de contratación; (iii) incrementar el grado de confianza entre las partes del proceso de contratación; y (iv) reducir la posibilidad de litigios; entre otros.

57 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

E x t e r n o

P o s c o n t r a

c t u a l

4

G e n e r a l

E x t e r n o

P o s c o u n a t l r a c t

J u d i c i a l e s

5

G e n e r a l

E x t e r n o

P o s c o u n a t l r a c t

J u r i d i c o s

6

G e n e r a l

E x t e r n o

P r e c o u n a t l r a c t

O p e r a c i o n e s

7

G e n e r a l

E x t e r n o

C o n t r a c t u a l

E c o n ó m i c o s

8

G e n e r a l

E x t e r n o

P r e c o u n a t l r a c t

O p e r a c i o n e s

9

G e n e r a l

E x t e r n o

C o n t r a c t u a l

R e g u l a t o r i o

O p e r

a n c e i s o

E c o n ó s m i c o

Línea Nacional CNSC 019003311011

Incumplimiento en la entrega de los tiquetes aéreos por parte del contratista en las condiciones solicitadas

P r o b a b l e

C a t f a i s c t o r ó

M o d e r a d o

M e d i o

C o n s t t r a a t i

Pólizas de cumplimiento

Retrasos en el tiempo de entrega de los tiquetes

P b o l s e i

M a r y o

M a r y o

E e x m t o r

C r s o a t n t a t i

Pólizas de cumplimiento

El valor de los tiquetes aéreos internacionales esta ligado al dólar, IATA puede generar incrementos y descensos

C i e r t o

M o d e r a d o

M a y o r

A l t o

C N S C

Verificación del presupuesto

M o d e r a d o

M o d e r a d o

M e d i o

C o n t r a t i s t a

Cláusula de indemnidad garantía única de cumplimiento

M o d e r a d o

M e d i o

C o n t r a t i s t a

Cláusula de indemnidad garantía única de cumplimiento

M e d i o

C o n t r a t i s t a

RUP y documentos adicionales que prueban la información

A l t o

C o n t r a t i s t a

Los proponentes deberán poder garantizar que sus indicadores se mantienen a lo largo del proceso.

Información proveniente del RUT

Verificación del presupuesto

C a s i

Contingencias judiciales

P o s i b l e

Solidaridad laboral por reclamaciones de trabajadores

P o s i b l e

M a y o r

Suministro de información errónea o inexacta

P o s i b l e

M o d e r a d o

Capacidad Financiera

P o s i b l e

M a y o r

Indicadores financieros mal calculados

P o s i b l e

M o d e r a d o

M e n o r

M e d i o

C o n t r a t i s t a

M a y o r

M a y o r

A l t o

C N S C

Cambios en las tarifas, impuestos de combustible, tasas aeroportuarias, IVA, etc. . Debido a la temporada o a la variación del precio del combustible.

C a s i C i e r t o

M a y o r

m e n o r

Tratamiento / Controles a ser Implementa dos

¿A quien se le asigna?

a c a t l u

Categoría

3

G e n e r a l

o n t r

P o s c

O p e n r e a s c i o

Valoración del Riesgo

E r x n t o e

a c t u a l

Impacto

G r e a n l e

P o s c o n t r

Probabilidad

Fuente

2

Tipo

Clase

E x t e r n o

Etapa

No.

1

G e n e r a l

DESCRIPCION

Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

58

9.2. GARANTÍAS Una vez perfeccionado el contrato, el oferente seleccionado deberá constituir a favor de la Comisión Nacional del Servicio Civil - NIT. 9000034097, cualquiera de las garantías que a continuación se discriminan, en las condiciones previstas en artículo 111 y siguientes del Decreto 1510 de 2013. 1.

Contrato de seguro contenido en una póliza

2.

Patrimonio Autónomo.

3.

Garantía bancaria.

Las garantías deben cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones contractuales del proponente favorecido, así: a. Cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato estatal: Por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y doce (12) meses más. Contados desde la emisión de la póliza. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la CNSC de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria pactadas en el contrato. En virtud de lo señalado en el artículo 44 de la Ley 610 de 2000, la Garantía de cumplimiento cubrirá los perjuicios causados a la CNSC como consecuencia de la conducta dolosa o culposa o de la responsabilidad imputable a los particulares, derivados de un proceso de responsabilidad fiscal, siempre y cuando esos perjuicios deriven del cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato amparado por la Garantía. Este amparo cubre el riesgo de incumplimiento generado por la violación al compromiso de confidencialidad adquirido por el contratista mediante la firma del Contrato, así: Será causal de incumplimiento de la calidad del servicio cualquier violación sobre la confidencialidad de las pruebas, documentos, datos o informaciones que se tenga con ocasión del Contrato y que de forma parcial o total se presente por alguna de las partes o cualquiera de sus funcionarios o contratistas. 59 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

b.

Calidad del servicio: Por valor equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al plazo de ejecución y seis (6) meses más. Cubre a la CNSC de los perjuicios imputables al contratista y que se deriven de la mala calidad del servicio prestado, contados a partir de la emisión de la póliza.

c.

Amparo autónomo contenido en la póliza anexa - Póliza de Responsabilidad Extracontractual-: De conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Decreto 1510 de 2013, por la naturaleza del objeto a contratar, el contratista, debe otorgar una póliza de seguros de responsabilidad civil extracontractual que proteja a la CNSC de las eventuales reclamaciones de terceros que puedan surgir de las actuaciones, hechos u omisiones del contratista. Contados desde la emisión de la póliza. Esta póliza debe cubrir igualmente los perjuicios derivados de los daños que sus subcontratistas puedan causar a terceros con ocasión de la ejecución de los contratos, o en su defecto, que acredite que el subcontratista cuenta con un seguro de responsabilidad civil extracontractual propio para el mismo objeto. La póliza se otorgará por doscientos (200) SMLMV, con una vigencia igual a todo el periodo de ejecución del contrato y doce meses más, en razón a la vigencia del contrato. NOTA: El Contratista deberá restablecer el valor de la garantía cuando éste se haya visto reducido por razón de las reclamaciones efectuadas por la entidad contratante. De igual manera, en cualquier evento en que se aumente o se adicione el valor del contrato o se prorrogue su término, el Contratista deberá ampliar el valor de la garantía otorgada o ampliar su vigencia, según el caso, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013 y el Manual de Contratación. La garantía de seriedad de la oferta ya fue tratada en otros apartes de este pliego de condiciones, en el numeral 3.1.10. y desaparece con la suscripción de la póliza o garantía de cumplimiento.

9.3. LA INDICACIÓN DE SI EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADO POR UN ACUERDO COMERCIAL. En el presente proceso teniendo cuenta que se trata de un proceso inferior a $125.000 US, se requiere convocar a Mipyme, por lo tanto esta contratación no está cobijada por los Acuerdos Comerciales suscritos por Colombia. 9.4. SUPERVISIÓN Y CONTROL DE EJECUCION DEL CONTRATO. La supervisión y control de ejecución del contrato, será ejercida por el responsable de la Dirección de Apoyo Corporativo o quien haga sus veces.

60 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CAPÍTULO 10 GLOSARIO Adenda(s): Son los documentos que eventualmente se expedirán por parte de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL con el fin de aclarar, modificar o precisar los términos del pliego de condiciones, que se emitan con posterioridad a su expedición definitiva y que formarán parte del mismo. Adjudicación: Es la decisión que pone fin al concurso de méritos, emanada de la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, por medio de la cual se selecciona como contratista al proponente que haya presentado la propuesta más favorable para la entidad. Adjudicatario: El oferente que resulte favorecido con la adjudicación. Aclaración de propuestas: Cuando la CNSC, en igualdad de condiciones solicite explicaciones que precisen o clarifiquen algún aspecto, que considere necesario para la verificación de documentos y la evaluación de las propuestas. Carta de Presentación: Es el documento por el cual el oferente indica expresamente que se halla debidamente acreditado y que no se encuentra bajo ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad establecidas en la Ley, así mismo el nombre de la persona que va a tener a cargo y bajo su responsabilidad el presente proceso de concurso, indicando además, la dirección, teléfono, fax y e-mail. Contratista: Es el Oferente cuya propuesta ha sido adjudicada total o parcialmente por la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL y con quien se celebrará el contrato resultante del presente proceso. Contrato: Es el instrumento legal convenido y aceptado tanto por la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL como por el adjudicatario ganador del presente proceso, para ejecutar el objeto y obligaciones del mismo, el cual será ley para las partes. Oferente: Es la persona jurídica acreditada ante la Comisión Nacional del Servicio Civil o el consorcio o unión temporal conformado por aquellas, que presente una propuesta para participar en el concurso. Pliego de condiciones: Documento que contiene los requisitos y documentos necesarios para participar en el proceso de selección, las condiciones de tiempo, modo y lugar para el desarrollo del proceso de selección y las condiciones del contrato. Forman parte de él, los anexos.

61 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Propuesta habilitada: Es aquélla que cumple con requisitos y documentos habilitantes contemplados en el pliego de condiciones. Rechazo de la oferta: Cuando la Oferta o el Oferente se encuentren incursos en alguna de las causales de rechazo establecidas en el pliego de condiciones. Supervisión: Es el seguimiento al cumplimiento de las obligaciones y condiciones del contrato. Se adelantará por la COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL en sus aspectos técnicos, jurídicos y financieros a través de las personas que para ello designe. Traslado de la evaluación: Es el período en el cual se ponen a disposición de los oferentes, los informes de evaluación efectuados por la entidad, con el fin de que sean conocidos por éstos y si lo consideran pertinente se presenten las observaciones, a que haya lugar.

62 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

ANEXOS

El proponente deberá diligenciar en su totalidad los anexos (cuando a ello haya lugar), presentarlos de manera escrita y firmados como se establece en este pliego de condiciones. Anexo No. 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA y RESUMEN DE LA PROPUESTA Anexo No. 2 ACREDITACIÓN CUMPLIMIENTO SISTEMA SEGURIDAD SOCIAL Anexo No. 3 FORMATO ECONOMICO Anexo No. 4 MINUTA DEL CONTRATO

63 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

ANEXO No. 1 MODELO CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y RESUMEN DE PROPUESTA

Ciudad y Fecha:

Señores Comisión Nacional del Servicio Civil Bogotá, DC. Referencia: Selección Abreviada de Menor Cuantía CNSC-PAMC- 006 de 2014 Respetados señores: El suscrito___________________________________________________________ de conformidad con las condiciones que se estipulan en el pliego de condiciones del Proceso en referencia, presento propuesta para contratar con esa entidad en nombre de la sociedadconsocio-unión temporal denominado (a)____________ La presente propuesta se presenta de conformidad con las condiciones estipuladas en el pliego de condiciones, que por medio del presente documento declaramos conocer en su integridad. Manifiesto bajo la gravedad del juramento:  Que esta propuesta y el contrato que llegare a celebrarse sólo compromete a los firmantes de esta carta.  Que ninguna entidad o persona distinta a los firmantes tiene interés comercial en esta propuesta ni en el contrato probable que de ella se derive. 

Que cuento con la capacidad suficiente para ejecutar el contrato que resulte de la presente



Que no me encuentro incurso, así como tampoco la sociedad-consocio-unión temporal que represento, en alguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad, o prohibición para ofertar y/o contratar, consagradas en las disposiciones contenidas en los artículos 8° y 9° de la Ley 80 de 1993, en el artículo 4° del Decreto 679 de 1994 y en las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes sobre la materia. 64

Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

 Igualmente me permito indicar que en caso de resultar favorecido con la adjudicación, me comprometo a constituir la(s) garantía(s) señaladas en los Pliegos de Condiciones, y cumpliré con las obligaciones previstas en los mismos. Adicionalmente, me permito manifestar: a) Que conozco y acepto todas las especificaciones y condiciones consignadas en el Pliego de Condiciones del proceso de selección abreviada de menor cuantía No. 006 de 2014. b) Que la presente propuesta consta de (___) folios debidamente numerados. c) Que he recibido los documentos que integran el presente proceso contractual correspondientes adendas.

y las

d) Que el término de validez de la oferta se mantendrá por el término de ejecución del contrato. e) Que Acepto (Aceptamos) las consecuencias que se deriven del incumplimiento de los requisitos del pliego. f) Toda la información aportada y contenida en esta propuesta es veraz y susceptible de comprobación. g) Para calcular el precio ofrecido, hemos calculado todos los gastos, costos directos e indirectos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la oferta, suscripción y ejecución del contrato, de acuerdo con las normas legales vigentes, ya que los mismos se entienden y se asumen por cuenta nuestra. h) En caso de resultar seleccionado(s) en este proceso para ejecutar el contrato, haremos los trámites necesarios para el perfeccionamiento y legalización dentro del término establecido por la Comisión, y al terminar el contrato me comprometo a suscribir el acta de LIQUIDACÍÓN dentro de los plazos contractuales previstos, así como a ejecutar a casualidad todas las obligaciones del contrato que celebre, en concordancia con las condiciones y requerimientos técnicos del pliego de condiciones. i) No me encuentro (nos encontramos) reportado(s) como moroso(s) dentro del Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República. j) El 100 % del talento humano propuesto es de nacionalidad Colombiana. k) Convenimos en mantener esta oferta por el período estipulado en el pliego de condiciones y sus prórrogas si las hubiere, de conformidad con la garantía de seriedad que forma parte integrante de esta propuesta. l) Conozco (conocemos) en su integridad la minuta del contrato, la cual forma parte integral del pliego definitivo de condiciones y nos acogemos a ella. m) Que en todas las actuaciones derivadas de lo regulado en los pliegos de condiciones y lo estipulado en el contrato que se celebre, obraré con la transparencia y buena fe que la Constitución Política y las leyes exigen. n) que los datos para ser contactado son los suministrados en este formato, información que en todo su contenido es cierta Atentamente, 65 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

Nombre o Razón Social del Proponente: ________________ Nit:_______________ Nombre del Representante Legal y/o Representante: _____________________ C.C. No. ______________________ de _________________ Dirección: _________________________________________ Teléfonos:___________________________ Fax _____________________ Ciudad:______________________________ EMAIL________________________________________ __________________________ (Firma del proponente o de su Representante Legal).

66 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

ANEXO No. 2

ACREDITACIÓN CUMPLIMIENTO SISTEMA SEGURIDAD SOCIAL:

El Suscrito (Revisor Fiscal o Representante legal, según sea el caso), acredita que la sociedad ________________________, identificada con NIT. ______________, se encuentra al día en el pago de sus aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, de acuerdo con las obligaciones que por este concepto debe cumplir durante los últimos (06) seis meses.

La presente se expide a los ___ días del mes de ___________ del año 2014, en Bogotá D.C.

Se firma según el caso por: ________________________ Tarjeta No. _________ Revisor Fiscal

Firma Representante Legal ______________________________ C.C. No.

67 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

ANEXO 3 PROPUESTA ECONOMICA

PROCESO Selección Abreviada de Menor Cuantía CNSC-PAMC- 006 de 2014 FORMATO ECONÓMICO

TIQUETES AEREOS

ITEM

DENOMINACION TECNICA DEL BIEN O SERVICIO, Y ESPECIFICACIONES

UNIDAD DE MEDIDA

CANTIDAD

VALOR UNITARIO, INCLUIDO IVA Y COSTOS DIRECTOS E INDIRECTOS.

1

TIQUETES AEREOS CON DESTINOS NACIONALES

UNIDAD

1

$

1

TIQUETES AEREOS CON DESTINOS INTERNACIONALES

UNIDAD

1

$

VALOR TOTAL

$

Firma Representante Legal ______________________________ C.C. No.

68 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

ANEXO No. 4 CONTRATO DE SUMINISTRO No. _________2014 CELEBRADO ENTRE LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Y XXXXXXXXXXXXXX. Entre los suscritos ALBA CLEMENCIA ROJAS ARIAS, identificada con la cédula de ciudadanía No. 30.324.914 de Manizales, nombrada Secretaria General de la Comisión Nacional del Servicio Civil mediante Resolución No.0048 del 18 de enero de 2013, posesionada según Acta No. 002 del 18 de enero de 2013, debidamente facultada para suscribir contratos y ejercer la ordenación del gasto mediante la Resolución No. 391 del 06 de marzo de 2012, quien actúa en nombre de LACOMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, ente autónomo del orden nacional, creado por el artículo 130 de la Constitución Política, y conformado por la Ley 909 de 2004, identificada con el Nit. 900003409-7, que para efectos del presente acto se denominará LA COMISIÓN, de una parte, y por la otra, xxxxxxx, identificada con el NIT No. xxxxx, representada legalmente por xxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No. xxxxx, según consta en el certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, quien en adelante y para los efectos de este contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente contrato de prestación de servicios, previas las siguientes consideraciones: 1) Que LA COMISIÓN, fue creada por la Constitución Política y conformada por la Ley 909 de 2004, como un organismo autónomo de carácter permanente de nivel nacional, independiente de las ramas y órganos del poder público, dotada de personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio. 2) Que el artículo 125 de la Constitución Política establece que por regla general los cargos en los organismos y dependencias del Estado son de carrera y que su provisión se hará mediante concurso público. Por su parte el artículo 130 de la Carta dice: “Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial” 3) Que según lo señalado por el artículo 11 de la Ley 909 de 2004 y en el Decreto Ley 760 de 2005, la Comisión tiene como función, entre otras, la de efectuar las convocatorias a concurso para el desempeño de empleos públicos de carrera, de acuerdo con los términos que establezca la ley y el reglamento. 4) La CNSC, tiene como sede la ciudad de Bogotá, D.C., por consiguiente debe autorizar el traslado de sus funcionarios de planta y contratistas a los diferentes destinos nacionales, con el fin de llevar a cabo sus actividades misionales y actuaciones de carácter judicial. Así mismo, es importante la representación oficial que los comisionados o algunos de sus asesores deben realizar en eventos de carácter internacional. 5) Debido a la naturaleza de la Entidad, ésta debe hacer presencia continua tanto a nivel nacional como internacional, por lo que se hace necesario contar con el suministro de tiquetes aéreos, así como la asesoría y los servicios logísticos oportunos y de calidad que permitan satisfacer las necesidades del desplazamiento de personal al servicio de la CNSC. 6) La CNSC actualmente está finalizando el Contrato 260/12, por lo cual se requiere de una intervención inmediata para solventar de manera prioritaria la contratación con una agencia de viajes o similar, el suministro de tiquetes aéreos; debido a que constantemente los funcionarios y contratistas de la Entidad están viajando a diferentes 69 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

destinos nacionales e internacionales en cumplimiento de las actividades propias de sus cargos. 7) Es deber de la CNSC suministrar y garantizar los medios para el desplazamiento de sus funcionarios y contratistas para el cumplimiento de los requerimientos propios de sus cargos, lo que hace necesario que la Entidad contrate una agencia de viajes o similar que provea los pasajes aéreos a destinos nacionales e internacionales. 8) Que, en cumplimiento de lo anterior, se adelantó el Proceso de Selección Abreviada de menor cuantía CNSC – PAMC 006 de 2014, cuyo objeto es: “Suministro de Tiquetes Aéreos para Funcionarios y Contratistas de la Comisión Nacional del Servicio Civil”. 9) Que para el efecto, LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL dispuso como presupuesto oficial la suma de VEINTIOCHO MILLONES DE PESOS ($28´000.000) MONEDA CORRIENTE, incluido IVA. El presente proceso cuenta con CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 29814 del 02 de mayo de 2014.10) Que el día XXXXXXX se publicó el aviso de convocatoria del proceso de selección, en el cual se indicó el objeto, modalidad de selección, quienes podrían participar y las fechas de apertura, cierre y Adjudicación. 11) Que, se expidió la Resolución No. XXXXXXX, por medio de la cual se designó el Comité Asesor y Evaluador del proceso de selección abreviada de menor cuantía l XXXXXXXX. 12) Que, el día XXXXXXX se publicó el Acto Administrativo que apertura el proceso de selección y se ordena la publicación del pliego de condiciones, estudios previos, ficha técnica y demás documentos precontractuales. 13) Que el proyecto de pliego de condiciones estuvo a disposición de los interesados por el periodo comprendido entre el XXXXXXXX, para la formulación de observaciones, las cuales XXXX presentaron. 14) Que el día XXXXXX, se publicó el pliego de condiciones definitivo, el cual estuvo a disposición de los posibles proponentes hasta el XXXXXXX, término en el cual se presentaron observaciones por parte de XXXXXXXXXX. 15) Que el día XXXXXXX, se expidió la Adenda No.XXX, por medio de la cual XXXXXXXX. 16) Que el día XXXXXXXX, se efectuó el cierre del proceso de selección, en el cual se recibieron propuestas de: XXXXXXX. 17) Que, para dar cumplimiento al proceso de selección objetiva señalado por la Ley 80 de 1993, y atendiendo las etapas y procedimientos previstos en la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1510 de 2013.LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL evaluó los requisitos habilitantes jurídicos, técnicos y financieros en las fechas establecidas en el pliego de condiciones definitivo, las cuales fueron entre el XXXXXXXX. 18) Que, de conformidad con el pliego de condiciones definitivo, el informe de evaluación preliminar fue publicado el día XXXXXX. Así mismo, se corrió traslado del informe de evaluación a los proponentes para la formulación de observaciones, durante el periodo comprendido entre XXXXXXX, sin que se recibieran observaciones. 19) Que, conforme a lo establecido en el pliego de condiciones, la Secretaria General de la CNSC, mediante la Resolución No. XXXXXX adjudicó el Proceso de Selección Abreviada – menor cuantía XXXXXX, al proponente XXXXXX, que _________. 20) Que el presente contrato se regirá por la Ley 80 de 1993, La Ley 1150 de 2007, el decreto 1510 de 2013 y las demás disposiciones que regulan la materia y las estipulaciones contenidas en las siguientes cláusulas: PRIMERA - OBJETO: Prestar el servicio de suministro de tiquetes aéreos para funcionarios y contratistas de la Comisión Nacional del Servicio Civil. SEGUNDA.- VALOR ESTIMADO: El valor del contrato es hasta la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS M/L ($XXXXX.oo), incluido IVA, y todos los costos directos e indirectos en que deba incurrir el contratista para el correcto suministro de tiquetes. El presente proceso cuenta con CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 29814 del 02 de mayo de 2014. 70 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

TERCERA - APROPIACIÓN PRESUPUESTAL: El valor de este contrato se cancelará con recursos provenientes del presupuesto de la actual vigencia, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 29814 del 02 de mayo de 2014, expedido por la Directora de Apoyo Corporativo de la CNSC. CUARTA - FORMA DE PAGO: El pago se realizará de la siguiente manera: Se efectuarán pagos mensuales que como soporte tendrán la respectiva factura discriminada por valor de los tiquetes suministrados y sus características teniendo en cuenta destino, descuentos aplicados y demás documentos tendientes al cumplimiento contractual. Dicha factura debe ser presentada ante la Dirección de Apoyo Corporativo de la CNSC, con el cumplimiento de las especificaciones de ley, previa certificación y recibo a satisfacción del supervisor designado para este contrato, junto con la acreditación de pago de los aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral correspondientes al mes facturado. Los pagos estarán sujetos igualmente al cumplimiento de los trámites administrativos a que haya lugar, y aprobación del programa anual de caja PAC. Los documentos soporte para los pagos deberán ser avalados por el supervisor del contrato.QUINTA - LUGAR DE EJECUCIÓN, PLAZO Y VIGENCIA: El lugar de ejecución del contrato será en la ciudad de Bogotá, y el plazo del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2014, previa suscripción del acta de inicio y previa aprobación de la garantía única. La vigencia del contrato será igual al término de ejecución más seis (6) meses más. SEXTA OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En desarrollo del presente contrato EL CONTRATISTA se obliga, para con LA COMISION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL, a cumplir con las especificaciones técnicas contenidas en el pliego de condiciones definitivo, y específicamente a: 1. Efectuar las reservas y ventas de pasajes con destinos nacionales e internacionales, en clase económica y/o más favorable para la CNSC de manera general y en forma excepcional en otra clase, en cualquiera de las aerolíneas que operan en el país, previa autorización y solicitud de la Entidad. 2. Realizar cotización en todas las opciones posibles en el mercado para garantizar el suministro de los tiquetes para la CNSC bajo las mejores condiciones del mercado: rutas, escalas, tiempo de solicitud del tiquete y tarifas disponibles. 3. Suministrar a la mayor brevedad posible los pasajes aéreos en vuelos nacionales e internacionales de acuerdo a la solicitud previa y por escrito que realice la CNSC. 4. Garantizar la capacidad y disponibilidad para situar tiquetes en cualquier destino nacional e internacional en las fechas y tiempos requeridos. 5. Mantener informada de manera permanente a la Comisión sobre la reducción de tarifas y ofertas que realicen las aerolíneas, así como de los beneficios comerciales e incentivos a que se tenga derecho ya sea por el número de tiquetes entregados, por el valor de los mismos o cualquier otra eventualidad. 6. Prestar asesoría en itinerarios más favorables, conexiones con aeropuertos nacionales/internacionales, ubicación de pasajes e informes de destinos, así como en todos los trámites necesarios que se requieran para el desplazamiento. 7. Auxiliar a los funcionarios de la CNSC en la ubicación de equipajes extraviados sin costo adicional para la CNSC. 8. Realizar el reintegro del valor de los tiquetes, cuando la CNSC lo requiera, de acuerdo con las condiciones y normas de las aerolíneas. 9. Prestar la asesoría necesaria a viajeros nacionales/ internacionales en aspectos tales como: documentos requeridos, restricciones de inmigración, distancias aeropuertos, ciudades, tasas de cambio, temperaturas, recomendaciones de seguridad y todos los demás que sean necesarios, sin costo adicional para la CNSC. 10. Designar una persona con experiencia laboral mínimo de 2 años en el manejo de cuentas corporativas, encargada del manejo de la cuenta de la 71 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

CNSC en todo lo relacionado con el servicio, manejo financiero, facturación, descuentos y cualquier otro asunto que tenga que ver con el objeto contractual, sin costo adicional para la CNSC. 11. Presentar como mínimo un informe mensual detallado, en medio físico y magnético, que contenga las siguientes características: Tipo de servicio utilizado y/o clase, Nombres en orden alfabético, Valor de los tiquetes suministrados, Reembolsos realizados, Pasajes efectivamente pagados por la entidad, Pasajes utilizados y destino, Pasajes reembolsados, Pasajes revisados, Millas obtenidas en cada período y por cada aerolínea, Porcentaje de ejecución del contrato y saldo en pesos del mismo.12. Contar con mínimo una sede, sucursal o agencia legalmente acreditada en la ciudad de Bogotá, D.C. 13. Cancelar con cargo al contrato los costos relacionados con impuestos y demás que la CNSC deba pagar a las diferentes compañías aéreas, para la redención de las millas que le han sido otorgadas por el servicio de transporte aéreo nacional e internacional para lo cual presentará como soporte las notas debito correspondientes. 14.Atender en forma inmediata cualquier cambio que se presente en lo tiquetes previamente expedidos, realizando las gestiones necesarias para el cambio de fecha, destino, tiquetes por reembolsos, por devolución total o parcial, tiquetes facturados, o cancelados de último momento, dentro de los plazos requeridos por la CNSC, sin ningún tipo de sobrecargo económico que afecte el presupuesto del contrato. En caso de presentarse grupos de pasajeros, suministrar los beneficios adicionales que obtiene la CNSC por volumen de tiquetes.15. Efectuar las reservaciones y confirmaciones de los vuelos solicitados previamente por el supervisor del contrato garantizando los cupos sin diferencia de temporadas. 16. Enviar por correo electrónico al supervisor del contrato, la confirmación de la reserva indicando la clase de pasaje reservado, fecha límite de la confirmación del tiquete, hora de vuelo, destino o con las características que indique el supervisor del contrato. 17. Cumplir con el pago oportuno y de acuerdo con las normas que lo regulan de las prestaciones sociales a sus empleados y aportes parafiscales correspondientes. 18. Acatar las instrucciones que durante el desarrollo del contrato le imparta la CNSC a través del supervisor del contrato. 19. Gestionar una solución en desplazamientos en los casos en que las aerolíneas cancelen los vuelos programados y los funcionarios y/o contratistas tengan que desplazarse en el horario establecido en las reservas. 20. Aceptar sin costo alguno para la CNSC la devolución de los pasajes no utilizados ya sean rutas nacionales o internacionales sin importar la tarifa y facturar a la CNSC lo correspondiente al valor de la penalización en tiquetes aéreos que cobre la correspondiente aerolínea al contratista. 21. Presentar los demás informes que sobre la ejecución del contrato requiera el supervisor del mismo. 22. Mantener la reserva y confidencialidad de la información que se le entregue como consecuencia de las actividades que desarrolle para el cumplimiento del objeto del mismo. 23. Mantener vigente durante la ejecución del contrato el certificado de inscripción en el Registro Nacional de Turismo expedido por la Dirección General de Turismo del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, o quien haga sus veces, en el que conste que se encuentra inscrito. 24. Garantizar la sustitución de tiquetes aéreos en caso de no ser utilizados. 25. Suministrar la debida información a la CNSC sobre la infraestructura con que cuenta la empresa para prestar un buen servicio. 26. Proceder con la debida diligencia y cuidado, para conseguir los precios más favorables del mercado en la expedición de los tiquetes aéreos a suministrar. Para garantizar lo anterior y de conformidad con el principio de economía, la entidad podrá consultar los precios del mercado y con tres veces que se compruebe que las reservas 72 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

presentadas con la agencia contratada supera dichos costos, se constituirá en una causal de incumplimiento. 19. Ejecutar idónea y oportunamente el objeto del contrato. 20. desarrollar las actividades establecidas en el contrato, de acuerdo con las condiciones y especificaciones técnicas pactadas .21. Obrar con lealtad en las etapas contractuales y post contractuales respectivamente. 22. Avisar oportunamente a la CNSC de las situaciones previsibles que puedan afectar el equilibrio financiero del contrato. 23. Atender las observaciones del supervisor. 24. Acreditar que se encuentra al día con los pagos correspondientes al sistema general de seguridad social integral, en los porcentajes de Ley. 25. No incurrir en situaciones de conflicto de interés o que afectan la integralidad de la CNCS. 27.Las demás inherentes al objeto del contrato.SÉPTIMA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder el presente contrato ni los derechos económicos del mismo a persona alguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y escrita de LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL. OCTAVA - RELACION LABORAL: EL CONTRATISTA manifiesta que la ejecución del contrato la realizará por su propia cuenta, por lo que las relaciones laborales que adquiera en la ejecución del contrato y las obligaciones surgidas de éstas no comprometen de ningún modo a LA COMISIÓN. NOVENA SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: La supervisión y control del presente contrato será ejercida por la Dirección de Apoyo Corporativo de la Comisión, que en ejercicio de la supervisión asignada evaluará los servicios prestados y expedirá, cuando así proceda, las certificaciones de cumplido a satisfacción y autorizará el pago respectivo. Sin embargo, en cualquier momento y sin que se requiera de modificación de este contrato, la Secretaria General de LA COMISIÓN podrá cambiar la supervisión del mismo, mediante comunicación escrita. Copia de ésta comunicación se remitirá al Área Asesora Jurídica. La supervisión deberá ejercer el control y seguimiento de la ejecución contractual, conforme a las funciones y deberes estipulados en el Manual de Contratación y Supervisión de la CNSC, dentro de las principales actividades que debe ejercer la supervisión del contrato, se encuentran: a) Impartir por escrito las instrucciones, solicitudes y requerimientos a EL CONTRATISTA para exigir la ejecución idónea y oportuna del objeto del contrato. b) Revisar los informes presentados por EL CONTRATISTA, y con base en estos, expedir la certificación de cumplimiento y/o recibido a satisfacción, para los correspondientes pagos. c) Verificar que EL CONTRATISTA se encuentre al día en el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Sena, ICBF y Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, para la realización de cada pago derivado del contrato. d) Informar al Área Asesora Jurídica las circunstancias que se consideren puedan alterar el equilibrio económico y financiero del contrato proponiendo las medidas para su restablecimiento, a fin de que se estudie la situación, se determine la viabilidad jurídica y se adopten los mecanismos tendientes a actualizar o revisar los precios, en caso de ser procedentes. e) Requerir a EL CONTRATISTA para efectuar la liquidación bilateral del contrato y elaborar el proyecto de acta de liquidación del contrato. f) Verificar que las garantías del contrato, permanezcan vigentes durante la ejecución del mismo, teniendo en cuenta la fecha del acta de inicio y las adiciones, prórrogas y/o suspensiones del plazo pactadas. g) Las demás labores y gestiones necesarias para el debido desarrollo del objeto contractual. DÉCIMA - MULTAS: Las partes acuerdan que en caso de mora o retardo en el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y como apremio para que EL CONTRATISTA las atienda de manera oportuna, 73 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

LA COMISION podrá, desde el primer día, imponer a EL CONTRATISTA multas en cuantía equivalente al uno por ciento (1%) del valor del contrato por cada día de atraso. Las multas tendrán un tope máximo equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato y a EL CONTRATISTA se le descontará de las sumas que se adeuden y de no adeudársele suma alguna, el valor de las multas se tomará de la garantía única y/o se cobrará por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Lo anterior, salvo en el caso que EL CONTRATISTA demuestre que su tardanza o mora obedeció a hechos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados. UNDÉCIMA CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: Si el incumplimiento es total o parcial y/o se declara la terminación o caducidad del contrato, EL CONTRATISTA pagará a título de cláusula penal pecuniaria, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor correspondiente a la parte que se dejó de cumplir o al valor total del contrato, según el caso. PARAGRAFO: EL CONTRATISTA autoriza a LA COMISION a deducir la suma resultante de la cláusula penal y de las multas causadas, del valor o saldo del contrato. DUODÉCIMA - INTERPRETACIÓN, MODIFICACIÓN Y TERMINACIÓN UNILATERAL: Al presente contrato se entienden incluidas las cláusulas establecidas en los artículos 15, 16 y 17 de la Ley 80 de 1993. DECIMA TERCERA - CADUCIDAD: LA COMISION declarará la caducidad administrativa de este contrato, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la Ley 80 de 1.993. PARAGRAFO: La Resolución que declare la caducidad dará por terminado el contrato y ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre. DECIMA CUARTA - GARANTÍA: Con el fin de amparar los perjuicios de naturaleza contractual, derivados del incumplimiento del contrato, como requisito para la ejecución contractual, el contratista deberá constituir garantía única que podrá consistir en: Póliza expedida por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, cuya póliza matriz esté debidamente aprobada por la Superintendencia Financiera, fiducia mercantil en garantía, garantía bancaria a primer requerimiento, endoso en garantía de títulos valores o depósito de dinero en garantía con los siguientes amparos: 1. CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES: Surgidas del contrato estatal incluyendo en ellas el pago de multas y cláusula penal pecuniaria, cuando se hayan pactado en el contrato. El amparo de cumplimiento del contrato cubrirá a la entidad estatal contratante de los perjuicios directos derivados del incumplimiento total o parcial de las obligaciones nacidas del contrato, así como de su cumplimiento tardío o de su cumplimiento defectuoso, cuando ellos son imputables al contratista garantizado. Además de esos riesgos, este amparo comprenderá siempre el pago del valor de las multas y de la cláusula penal pecuniaria que se hayan pactado en el contrato garantizado. El valor de esta garantía será del diez (10%) por ciento del valor total del contrato, con vigencia por el plazo total de ejecución del contrato y seis (6) meses más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. 2. CALIDAD DEL SERVICIO: El amparo de calidad del servicio cubre a la entidad estatal contratante de los perjuicios imputables al contratista garantizado que surjan con posterioridad a la terminación del contrato y que se deriven de (i) la mala calidad o insuficiencia de los productos entregados con ocasión de un contrato de consultoría o (ii) de la mala calidad del servicio prestado, teniendo en cuenta las condiciones pactadas en el contrato. El valor de esta garantía será por un valor igual al veinte (20%) por ciento del valor total del contrato, con vigencia por el plazo total de ejecución del contrato y un (1) año más, contados a partir de la fecha de suscripción del contrato. 3. CALIDAD DE LOS BIENES: Por valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato, y con una vigencia igual al 74 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

plazo de ejecución, contados a partir de la emisión de la póliza. 4. RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL: El valor asegurado en las pólizas que amparan la responsabilidad extracontractual que se pudiera llegar a atribuir a la administración con ocasión de las actuaciones, hechos u omisiones de sus contratistas o subcontratistas, será de doscientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (200 SMLMV) al momento de la expedición de la póliza. La vigencia de ésta garantía se otorgará por todo el período de ejecución del contrato. DÉCIMA QUINTA - PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN LA CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: EL CONTRATISTA deberá cumplir con los requisitos señalados en la cláusula décima cuarta, dentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha de suscripción del contrato y los documentos resultantes, deberán entregarse en forma conjunta dentro de este plazo en el ÁREA ASESORA JURÍDICA para el trámite correspondiente. DÉCIMA SEXTA – INDEMNIDAD: De conformidad con lo establecido en el Decreto 1510 de 2013, EL CONTRATISTA se obliga a mantener libre a LA COMISIÓN de cualquier daño o perjuicio originado, en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de las de sus subcontratistas o dependientes. DECIMA SEPTIMA – PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con la firma de las partes, y para la ejecución se requiere la aprobación de la garantía y el registro presupuestal. DECIMA OCTAVA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: El Representante Legal de EL CONTRATISTA declara, bajo la gravedad de juramento, que se entiende prestado con la firma del presente contrato, que ni él, ni la sociedad que representa, se hallan incursos en ninguna de las causales de inhabilidad, incompatibilidad y prohibiciones para contratar, al tenor de lo consagrado en la Ley 80 de 1993 y demás disposiciones vigentes sobre la materia. DECIMA NOVENA - DOMICILIO: Para los efectos legales del presente contrato, las partes acuerdan como domicilio la ciudad de Bogotá, D. C. Para constancia se firma el presente documento en la ciudad de Bogotá D.C. a los POR LA COMISION ALBA CLEMENCIA ROJAS ARIAS Secretaria General POR EL CONTRATISTA Representante legal – xxxxxx Revisó: xxxxxxx Proyectó: xxxxxx

NOTA: Esta minuta del contrato contiene fundamentalmente las estipulaciones de la negociación, las que se formalizarán en el texto del contrato de acuerdo con las Leyes Colombianas. La minuta contiene los aspectos básicos del contrato a celebrarse y estará sujeta a las modificaciones necesarias para cumplir con el objeto y los fines de la contratación. 75 Línea Nacional CNSC 019003311011 Sede Principal: Carrera 16 No. 96-64, Piso 7 Bogotá D.C., Colombia PBX: 57 (1) 3259700, Fax: 3259713 Horario de Atención al Público 8:00 a.m. – 5:30 p.m.

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