Story Transcript
4 ^
^
o t ESCRITURA
1^
BE FUNDACIONES, %
I otorgada por el E^^^' Señor Cardenal Belluga, ¿ I en el año de 1 7 4 1 . con diferentes Reales | I Cédulas ,3/ otros documentos pertenecientes a di- | I chas Fundacioms* %
;;Mr
© Ayuntamiento de Murcia
1^ POR ALGUNAS DUDAS, que fe han podido fufcitar de poco tiempo a efta parte, fobre las omnimodas facultades miniftcriales de la Real Junta de Pías Fundaciones, que erigió en efta Ciudad el Emmo.Sr.Cardenal Belluga fu Fundador,para todo íii govierno económico, abfoluto , y privativojia Acordado la Real Junta íe execute , é imprima efte compendio puntual de fus efpecificas facultades, y de fusefpecialesRega]jias,quegozaporIas Reales Cédulas, y Privilegios de el Sr. D.Phelipe Quinto,que fe dignó admi- tirlas baxo fu Real inmediata proteccion,y las confírmó,y aprobó el Señor Benedi¿lo XIV. en forma eípecifíca, como fe dirá en fus refpe¿tivos lugares de efte impreíTo^citando al margen los Privilegios, y Bulas Pontificias, que fe confervan originales en la Secretaria de dichas Pias Fundaciones. | . I. K í ^ f ^ A Junta de los quatro Qpadminlftradores generales de las Pias Fun-^ daciones, la nombró con abfolutas minifteriales facultades en todo ^ lo económico, y gubernativo el Eminentifsimo Señor; y A Car^
© Ayuntamiento de Murcia
Regí Cédula^ expedida por el Síño>' Pbelipt r . /uftcba (n Sevh Ha en 17, de Stptietnhre de 173 i. Por la que admite las Pias Pundacionei, baxo [tt Rial PatronafOi
Real Cédala de el Señor PheA Upe Quinto , fu ficha en San IIdefonjo á ao. ae Jigofto di 17aSi, Por la que nombra Jaez Protee^. tor de las Pías jPutidacionet d ti Stñor Arriaba,
Ordena) Belluga en vida con toral independencia de otro, que el mirmo Fandaiior de ellas , nombrando por único Patrono al Cabilio de Cartagena , quien cftuvo por algún tiempo e:cerciendo fu Patronato, y defpues lo renuncio viviendo el Señor Cardenal Fundador 5 por lo que pidió al Señor Phelipe Quinto las admiticííe baxo fu Real protección, declarandofePatrono de ellas, y en fu virtud fe declaro Patrono, fin inmutar en manera alguna en el nombramiento de ios Qiioadminiílradores Generales de fu Junta , ya eftablücida en Murcia con pleno exercicio en fus ommmodas facultades. II; Pueftas ya las Obras Pias baxo la inmediata protección del R e y , como Patrono , quedo el cono-cimiento de lo Juridico , y contenciofo á la Real Cámara de Caftilla , como Tribunal creado por la Mageftad del Señor Phelipe Segundo , para que conO" cieíTe privativamente de las cofas , y aíTumptos per^ renecientes á fu Real Patronato , nombrando Minif-! tros para ello con independencia de los demás Tri«! bunales de fu Reyno , y Corte , y defde cuyo tierna po fe conferva efte Supremo Tribunal 9 conociendo de fus Regalías fin la menor limitacioa , por los de