TACTO D C C. Derecho, Criminalística y Criminología Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

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D C C a Jurídica

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Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

TACTO

Derecho, Criminalística y Criminología Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

Año 1 • Núm. 1 • Agosto 2014

Identificación humana en nuestro país. Criminalística

Derecho... Concepto:

Criminología Rehidratación de tejidos blandos

Firman Convenio

L

a Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica. Fundamenta su razón de ser en primera instancia en crear profesionales con un alto sentido de responsabilidad y compromiso social en el ejercicio de su profesión, basado este último en un Código de Ética que es inculcado desde sus inicios en las diferentes disciplinas, destacamos que nuestros estudiantes se forman bajo un cuadro humanístico que los motiva a actuar en todo momento bajo las normas que encaminan los principios de legalidad y justicia, de ahí que el Lema de nuestra Institución es “Aequitas Sequitur Legem” “La Equidad Sigue a la Ley” Y ante esto es prioridad institucional hacer que nuestros educandos se rijan bajo nuestro Lema, por lo que los principios éticos, sociales, de legalidad y justicia los ponemos a tu servicio y te invitamos a que formes parte de esta comunidad estudiantil en cualquiera de nuestros niveles sea de Licenciatura o de Posgrado.

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Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica

Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica

TACTO Contenido

Derecho, Criminalística y Criminología

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Identificación Humana en nuestro país.

L.A.E. Ma. Carmen Riva Palacio Marquez Subdirectora

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Lesiones Odontológicas:

Asesores de Información: Antrop. Forense Juan Carlos Tercero Aley Lic. Claudia Ballesca Carpizo Lic. Venus Ma. Antonieta Bello Brito Lic. Paola E. Cisneros Hidalgo Lic. Efraín Jaimes Chávez M.C. Fernando Ramírez Flores

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Criminología

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Criminalística

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La participación de la mujer en Seguridad Pública y la Investigación Criminal

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El Bullying, grito de olvido

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1er Jornada de Conferencias Investigación Criminal y Ciencias Forenses

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Eventos

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La omisión de los puntos cuestionados o cuestionario

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Mi último día en el penal

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Rehidratación de tejidos blandos

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La declaración pericial en los jucios orales. Experiencia en El Salvador.

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Perfil Profesional de los egresados de la Licenciatura en Derecho

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Concepto de Derecho...

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El ADN (Ácido DesoxirriboNucleico)

Directorio M en DAyF Fernando Vázquez Muñoz Director General

Colaboradores: Od. Forense Ivonne Scarlet Ocaña Soriano Dr. Alejandro HernándezCardenas Dra. Ana Griselda Ruíz Dra. Ednna Milvia Segovia Miranda Alumna: Jemima Azucena Sánchez Limón Alumna: Diana Zamora Rodríguez

Consejo Directivo: M en DAyF Fernando Vázquez Muñoz Lic. Elizabeth Vázquez Muñoz M en DCyA Miguel Angel de los Cobos González L.A.E. Ma. Carmen Riva Palacio Marquez Gerardo García Hernández Asistente Editorial Revista Interna Mensual de la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica La edición consta de 2000 ejemplares Editada en Cuernavaca, Morelos. Méx. Distribuida en los estados de: Morelos, Puebla, Guerrero, Edo. de México, Distrito Federal y Aguascalientes. Países: El Salvador, Venezuela y Argentina Registro en trámite. Se prohibe la reproducción total o parcial del contenido sin autorización de la dirección. La información aqui publicada es debidamente analizada y autorizada por la Dirección, Subdirección y asesores de la Revista Contacto. Comentarios, publicidad o sugerencias: Nextel: (777) 279 46 53 [email protected]

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Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

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Editorial Mensaje de la Rectoría a historia ha marcado la necesidad de que la Educación en todos los niveles manifieste métodos, técnicas y sistemas innovadores que permitan ser congruentes con el desarrollo de la ciencia, la tecnología y la sociedad misma. Sin duda uno de los retos en México, derivado de la modernidad y la globalización, es precisamente en el campo de la Educación, por ello, la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica, está comprometida a alcanzar esa congruencia de la enseñanza y la realidad que nos mantiene inmersos en nuevos tiempos. Este compromiso de nuestra Institución permitirá que los egresados de nuestra Escuela, al incorporarse al mundo laboral, independientemente de su compromiso social, lo hagan con una estructurada y sólida preparación en las nuevas técnicas del litigio, en la incorporación inmediata al nuevos Sistema de Justicia Adversarial, en la preparación continua en el campo de la Criminalística, de la Criminología y de la Ciencias Forenses. Labor futura difícil de nuestro egresados, que sin duda podrán con ella, precisamente por qué la misión y fin de nuestra Institución es y será siempre, preparar jóvenes entusiastas, profesionales, investigadores, éticos y sobre todo justos en su actuar profesional, que vayan siempre en pro de esa equidad y justica, que permita en futuro erradicar por completo en nuestro país todo acto que qué lesione los derechos fundamentales del ser humano. Es ese su gran compromiso y reto de los estudiantes de la Escuela de Derecho, Posgrados y Practica Jurídica.

M en DAyF Fernando Vázquez Muñoz Rector Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurîdica

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Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

Identificación Humana en nuestro país E

n nuestro país, los hechos delictuosos se han incrementado en número y evolucionado en su complejidad organizacional. Ante esto el sistema de procuración y administración de la justicia requiere de instrumentos, técnicas y métodos científicos y tecnológicos para contender con el delito de manera contundente. El panorama del quehacer de las ciencias forense ha cambiado sustancialmente, por lo que los órganos encargados de administrar justicia, mediante las diferentes Direcciones o coordinaciones de Servicios Periciales, pertenecientes a las procuradurías estatales (PGJ) y la Procuraduría General de la República (PGR), a si mismo el Instituto Jalisciense de Ciencias Forense independiente de la PGJ del estado también, han ampliado e l c a tá l o g o d e e s p e c i a l i d a d e s periciales, lo que conlleva a que las tecnologías y disciplinas para la búsqueda de la verdad ante los actos delictivos . Sin embargo, no siempre se cuenta con suficientes profesionales calificados que reúnan las características científicas para la investigación de un hecho delictuoso. Lo mismo ocurre en el

Artículo Prof. Juan Carlos Tercero Aley Profesor e Investigador de tiempo completo en el área de Criminalística y Antropología Forense en la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

hábitos profesionales y todo cuanto sea posible siempre orientado a proveer información a los investigadores policiales para que puedan llegar a establecer la identidad de un sujeto.

área de la identificación humana, esta problemática jurídica que representa establecer la identidad de un cadáver humano, localizado en la vía pública, mismo que por disposiciones legales son trasladados a los anfiteatros de la Dirección de Servicios Periciales para su estudio forense y poder determinar en estos las características de identidad, ya sea en proceso de esqueletización o en reducción esquelética también hueso seco, o simplemente en donde los tejidos del rostro presentan deterioro en donde sus facciones no son reconocibles, lo cual impide que sea fotografiado para su publicación y posterior identificación. El establecer parámetros y determinar los elementos que nos dan identidad (tamaño y forma de cara, ojos, nariz, boca etcétera), averiguar la causa de la muerte, la data de la muerte (cronotanatodiagnostico), la edad, la raza, el sexo, la estatura del sujeto, rasgos individualizantes, tales como marcas profesionales, antiguas lesiones óseas, cicatrices, tatuajes, característica de la cavidad bucal (verdadera caja negra del cuerpo humano), con el propósito de reconstruir el modo de vida de la víctima antes de su muerte sus enfermedades,

Además de lo anterior, en el área de identificación humana de los servicios periciales, donde la Antropología Física Forense, entre otra de sus funciones es estudia al sujeto vivo y establecer por medios confiables sus características biotipológicas rasgos y características antropométricas, estudios comparativos de imágenes del rostro, por ejemplo, todo con la finalidad de establecer la posible relación con un hecho delictivo, aunque muchas veces no se consigue. Al respecto citan varios autores que la Antropología Física, en su amplio campo de estudio, “evaluando al cuerpo humano a partir de los atributos derivados de su materialidad: dimensiones y proporciones de sus formas, de ahí la importancia de la antropometría a lo largo de la historia de la Antropología”1. Pero la constante es; ¿Qué hacer en casos de encontrar un cadáver sin dato de identidad, y en donde el deterioro de los tejidos blandos que componen al cuerpo humano no permite obtener datos su identidad?. En el campo de la identificación de un cadáver, esta la Reconstrucción Facial, que es un método que permite realizar una aproximación de los rasgos del rostro de un cadáver que presentaba en vida.

1 Manzilla Lory, Josefina &Xavier Lizarraga Cruchaga, Coordinadores. Antropología Física Disciplina plural. México, CONACULTA, INAH 2003, pp74 (Colección divulgación)

Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

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Artículo C.D .Ivonne Scarlett Ocaña Soriano Profesora de Odontología Forense en la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

Lesiones Odontológicas: Cuantificación y reparación de las mismas.

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entro del ámbito penal entendemos “bajo el nombre de lesión se comprenden no solamente las heridas, escoriaciones, fracturas, dislocaciones, o quemaduras, sino toda alteración en la salud y cualquier otro daño que deje huella material en el cuerpo humano, si esos efectos son producidos por causa externa”. Así pues comprendemos que cualquier acción que comprometa nuestra integridad física será clasificada como una lesión, pero, ¿qué sucede si lo que se daña es una pieza dental?, estarán listas nuestras leyes para legislar un daño a algo tan pequeño y aparentemente menos importante que el resto de la economía corporal. La palabra diente la utilizamos para designar a la unidad anatómica de la dentadura de los mamíferos, entre ellos la del hombre, los órganos dentales, piezas dentales o dientes son órganos duros, de color blanco marfil, de especial constitución tisular ya que contienen un paquete vascular (venas, arterias y nervios) que le confiere ciertas propiedades y que cumplen con funciones específicas dentro de la cavidad oral, es decir, están formados por un tejido especializado ydichas funciones son; Estética, ya que, proporcionan al individuo la guía o línea de la sonrisa, Fonética, ya que la lengua se apoya en las piezas dentales y el paladar para dar resonancia a las palabras y Masticatoria, ya que los dientes son los responsables de triturar y cortar el alimento. Por tanto de acuerdo a la pirámide de Maslow (Fig. 1) los órganos dentarios o piezas dentales cumplen y contribuyen a satisfacer una o más de las necesidades del hombre: la necesidad fisiológica de alimentarse y la necesidad de autorrealizarse, es decir, tener aceptación y autoestima. Cuando leemos en la definición de lesiones, “toda alteración en la salud” comprendemos que se refiere a un daño funcional a corto o a largo plazo, en el caso de la dentadura, si uno o más órganos dentales se encuentran afectados, podemos dejar de comer unas horas, quizá uno o dos días, pero, si el daño comprende gran número de piezas y nos imposibilita masticar y comer correctamente, tenemos una gran afectación anatómica y fisiológica, en el caso de los dientes anteriores tanto la estética, como la fonética se verán afectadas de forma directa y la masticación también aunque en un menor grado, cualquiera que sea la pieza faltante generará incomodidad y falta de correcta masticación en un individuo, entonces ¿cómo saber que tan grave es o no la lesión dental en el momento y que trascendencia tiene? Mejor aún cómo saber si la cuantificación de dicho daño o lesión será la correcta, es decir si el daño es reparado monetariamente y se puede sustituir el órgano dental afectado, cómo saber si el daño quedo reparado totalmente. Las obturaciones dentales tienen un tiempo de vida útil, en el caso de las restauraciones metálicas como las coronas o las amalgamas este tiempo de vida es largo entre 15 y 20 años, pero si los daños son causados en dientes anteriores, es antiestético colocar una corona metálica al paciente afectado, por lo tanto se recurre a un material altamente estético y resistente, el cual a pesar de todo no tendrá un tiempo de vida tan largo y el costo no será tan económico como el metal y cada 5 o 6 años deberá ser sometido a un proceso de revisión y muy probablemente de cambio, ya que con seguridad podrá presentar microfiltraciones, es decir estará filtrando agentes bacterianos que causen daño y disminuyan su tiempo de vida útil, y pueden deteriorar al tejido dental original que quede. En nuestro país existen distintos tipos de lesiones; las levísimas, leves, graves y gravísimas. Para que una lesión se considere levísima se requiere por disposición de norma, que no ponga en peligro la vida y que tarde en sanar menos de 15 días, de acuerdo a la primera parte del artículo 289 del Código Penal Federal “al que infiera una lesión que no ponga en peligro la vida del ofendido y tarde en sanar menos de 15 días, se le impondrán de tres a ocho meses de Fig. 1 La pirámide de Maslow detalla las prisión o de 30 a 50 días de multa o ambas sanciones, a necesidades primordiales del hombre juicio del juez…”, si bien una pérdida o fractura dental no es considerada una lesión grave, ya que no rebasa los criterios anteriores, cómo saber si la sanción otorgada es suficiente, una consulta odontológica promedio, según encuesta a 10 odontólogos, 9 de ellos coincidieron en $350.00, dicha encuesta se realizó en consultorios particulares de la ciudad de México, sumado a esto una prótesis dental que repare la pieza faltante y tome como anclaje las contiguas tiene un costo

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aproximado de $3500.00, para los casos en los cuales la prótesis requiera más unidades, habría que recurrir a una sanción más alta.Pero de acuerdo a la 2ª. Parte del artículo 289, las lesiones no deberán poner en riesgo la vida, pero tardaran más de 15 días en sanar, es complicado enmarcar los daños dentales bajo un criterio de lesión, por el tiempo, por el grado de lesión o por el costo de la reparación de las mismas. Lo más conveniente sería que tanto a nivel federal como estatal existiera un apartado de legislación odontológica, ya que la sanción o multaimpuesta es independientea lareparación del daño y tratamientosconsecutivos, así que, pudiera no ser suficiente la reparación económica del daño ya que los materiales dentales no duraran toda la vida, al menos necesitaran un cambio dependiendo de la calidad de los mismos y la técnica con la que hayan sido colocados, y la condición fisiológica de la persona que los porta, ya que los procesos de regeneración, cicatrización y adaptación no son los mismos en un adulto joven, que en un adulto mayor, o en adulto sano a un adulto con diabetes, en cuyo caso, los procesos de cicatrización son más lentos y necesitan revisiones odontológicas constantes, ya que, presentan procesos de reabsorción de tejido dental, degeneración en mucosas, etc. Por lo tanto en todos los casos, habrá que tener consultas consecutivas al médico odontólogo y cambios de restauración a corto o largo plazo, lo cual no será cubierto con la reparación inicial del daño, ya que en la mayoría de los casos se valora lo que costará reparar el daño en ese preciso momento pero no se contempla su revisión o mantenimiento posterior, todos las restauraciones deben ser sometidos a revisiones periódicas, mantenimiento y cambios si es necesario, por ello insisto entonces que nuestras leyes deberá tener a bien considerar un apartado especial, para clasificar dichas lesiones y evitar así controversias. REFERENCIAS Y BLBLIOGRAFIAS · www.biblio.juridicas.unam.mx · www.normateca.gob.mx · www.virtual.unal.edu.co · www.funcionpublica.gob.mx · · · · · ·

Esponda, Vila Rafael. “Anatomía Dental”. Ed. UNAM Amuchategui, Requena Griselda. “Derecho Penal” Ed. Oxford Diamond, Moses. “Anatomía Dental” Ed. Uteha Noriega Editores Guyton-Hall, “Tratado de Fisiología Médica” Ed Código Penal Federal Código Penal del Estado de Morelos

Criminología

Artículo Lic. Claudia Ballesca Carpizo Profesora en el área de Criminología en la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

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efinir a la Criminología no ha sido tarea fácil. Se le denominó psicología criminal (1792), sociología criminal (1882) y también biología criminal (1883), dado que esta ciencia nace tanto de la antropología como de la psicología, de la biología y de la sociología. El antropólogo francés Paul Topinard (1830 – 1911) utilizó el término “Criminología” por primera vez, pero adquiere carta de naturaleza gracias al jurista italiano Rafael Garófalo, perteneciente a la Escuela Positivista De La Ciencia Criminal. La palabra Criminología deriva del latín criminis y del griego logos, lo que significa tratado o estudio del crimen y del delito/delincuente. Actualmente podemos definir a la Criminología como la ciencia empírica e interdisciplinaria, que se ocupa del delito, del delincuente, de la víctima y del control social del comportamiento desviado. ¿Es la Criminología una ciencia? Es “ciencia” porque aporta un núcleo de conocimientos verificados sobre su objeto de estudio. Es empírica porque esos conocimientos se basan en la observación del objeto de estudio, en la experiencia. Es decir, los conocimientos se basan en el método empírico. Es interdisciplinaria porque estudia las causas del delito desde el punto de vista de la Biología, la Antropología, la Psicología y la Sociología. ¿Cuál es el objeto de estudio de la Criminología? La Criminología se ocupa del delito, el delincuente, la víctima y el control social del comportamiento desviado. Comparte con el Derecho Penal el objeto de estudio: el delito, aunque se diferencian en el método y la forma de examinarlo. Mientras que el Derecho Penal lo aborda desde un punto de vista normativo, la Criminología lo hace desde el punto de vista de la conducta delictiva del perpetrador del delito. La moderna Criminología (de corte sociológico), centra su interés ya no en la persona del delincuente, sino en las investigaciones de la conducta delictiva, la víctima y el control social. Cesare Lombroso es considerado el padre de la criminología.

La Criminología en la Actualidad.

Si bien es cierto que el objeto de estudio de la Criminología es el criminal, el crimen y la criminalidad, no podemos cerrar su campo a las instituciones públicas. La Criminología General comprende ramas de especialización tales como la Criminología Clínica, Académica, Científica, etc.

Dado que la criminalidad se gesta en cualquier espacio donde existan las relaciones humanas, el criminólogo tiene un enorme abanico para ejercer en el sector privado. Si partimos de la base que la seguridad es una de las necesidades primordiales de toda organización, encontraremos que el criminólogo tiene una extensa área para desarrollarse. Pero no podemos esperar que sea la sociedad quien nos reclame, también tenemos que hacerles ver que hay mucho que aportar. No esperemos que lleguen y nos abran el camino, andémoslo juntos para hacernos de un reconocido lugar en el mundo laboral al que muy pronto habrán de integrarse.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS Revista Criminología y Justicia “Ampliando el Horizonte hacia el sector privado” Juan José Martínez Bolaños, 2013 MACHICADO, Jorge, “La Criminología y su Objeto”, Apuntes Jurídicos, 2013. JIMÉNEZ DE ASUA, Luis, Tratado de Derecho Penal, Tomo I, Buenos Aires, Argentina. Losada, 5ª., 1950, página 101. CAJÍAS KI., Huáscar, Criminología, La Paz, Bolivia: Juventud, 5ª., 1997, página 67. http://www.psicologia.unam.mx/contenidoEstatico/archivo/files/Materiales%20de%20apoyo/Apuntes%20acerca%20de%20dos%20escuelas%20criminol%C3%B3gicas%20Cl%C 3%A1sica%20y%20positivista%20-%20Alvarez%20D%C3%ADaz%20-%20Montenegro%20N%C3%BA%C3%B1ez%20-%20Manuel%20Mart%C3%ADnez%20-%20TAD%20%207%C2%B0%208%C2%B0%209%C2%B0%20sem.pdf http://correalex.blogdiario.com/1141496460/

Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

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Artículo Prof. Juan Carlos Tercero Aley Profesor e Investigador de tiempo completo en el área de Criminalística y Antropología Forense en la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

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a criminalística, creada por el Doctor en Derecho Hanns Gross en Austria en 1892, y definida por los destacados criminalistas mexicanos; Dr. Rafael Moreno González y pr el Capitán de la Marina Armada de México Juventino Montiel Sosa, como La disciplina que aplica los conocimientos y técnicas de investigación del examen del material significativo relacionado con un presunto hecho delictuoso y determinar su existencia, o bien, reconstruirlo y señalar y precisar la intervención de uno o varios sujetos en el mismo ante los organismos encargados de la procuración y administración de justicia o por otros estudiosos como el conjunto de procedimientos aplicables a la búsqueda, y estudio del material del crimen para llegar a la prueba y esta englobada dentro de las ciencias forenses. La palabra forense viene del vocablo latino forensis, que significa "perteneciente o relativo al foro". En la Antigua Roma, una imputación por crimen suponía presentar el caso ante un grupo de personas notables (Patricios) en el foro, tanto la persona que se la acusaba por haber cometido el crimen como el denunciante tenían que explicar su versión de los hechos en dicho lugar. La argumentación, las pruebas y el comportamiento de cada persona determinaban el veredicto del caso. Es así como se acuño Forense a las disciplinas (de las ciencias; Biológicas, Sociales y Físico-matemáticas) que interviene en el esclarecimiento de algún hecho presuntamente

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Crimina delictuosos Hanns Gross, joven Juez de Instrucción en Austria, al darse cuenta de la falta de conocimientos de orden técnico que privaba en la mayoría de los Jueces, requisito indispensable

para desempeñar con eficacia el cargo de instructores, decidió escribir un libro que sistematizado contuviera todos los conocimientos científicos y técnicos que en su época se aplicaban en la investigación criminal. Su obra salió a la luz por primera vez en 1894, y en 1900 Lázaro Pavía la editó en México traducida al español por Máximo Arredondo, bajo el título de "Manual del Juez". Fue H. Gross quien en esta obra utilizó por vez primera el término de "Criminalística". En nuestro país, actualmente se concibe a la criminalística como:La

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disciplina auxiliar del Derecho Penal que se ocupa del descubrimiento y verificación científica del delito y del delincuente". Aparte algunos otros puntos discutibles, consideremos que la anterior definición adolece de imprecisión en su última parte, al hablar de delito y delincuente. En efecto, el experto en Criminalística, al intervenir en la investigación de un hecho determinado, no puede saber previamente si se trata de un delito o no. Es por ello que nosotros hablamos de "presuntos hechos delictuosos", como veremos en seguida al exponer nuestra definición….. Ahora bien, para algunos autores, se entiende por disciplina una rama cualquiera del conocimiento humano. Pero cabría preguntarse si la Criminalística, rama del conocimiento humano, es una ciencia o técnica, respondiendo afirmativamente en ambos sentidos, efectivamente, la Criminalística es una ciencia, en cuanto que consta de un conjunto de conocimientos verdaderos o probables, metódicamente obtenidos y sistemáticamente organizados, respecto a una determinada esfera de objetos, en este caso los relacionados con presuntos hechos delictuosos. Por otra parte, es también una técnica, pues para la resolución de los casos concretos, el experto en Criminalística aplica los principios generales o leyes de esta disciplina. Así, pues, la Criminalística es a la vez una ciencia teórica y una ciencia aplicada o técnica. Dentro de la criminalística existen una amplia gama de disciplinas, como la fotografía, planimetría, balística,

lística química, lofoscopía conocida como dactiloscopía, mecánica automotriz, identificativa, urbanismo y paisajismo, ecología e informática, y el etcétera es largo, aquí señalaremos solo algunas: Arte forense: El dibujo facial, conocido popularmente como retrato hablado o retrato compuesto, realizado a partir de los datos morfológicos que recuerda la víctima, es el más común, pero también se llevan a cabo dibujos con base en videos y fotos, así como progresiones de edad en caso de personas desaparecidas. Antropología física forense: Para poder determinar el sexo, talla, edad, afinidad biológica a algún grupo étnico, e incluso llegar a la reconstrucción facialo mejor dicho, a la aproximación de la restitución de los tejidos blandos del rostro, se requiere de conocimientos óseo-musculares (métricos y no métricos) en el laboratorio antropológico. Balística forense: La balística forense, como rama de la balística general y parte fundamental de la Criminalística, tiene como objetivo que en sus laboratorios se lleven a cabo todos los procedimientos y estudios (reconstructivos y comparativos) necesarios de los cartuchos, balas y armas relacionadas con los homicidios, suicidios y/o lesiones. Dactiloscopía (lofoscopía): Aunque la gran mayoría de las impresiones dactilares pueden hallarse en el lugar del hecho presuntamente delictuoso, en otros casos es necesario que los objetos que posiblemente tengan huellas latentes sean trasladados a los laboratorios para su reactivación,

utilizando polvos, vapores de yodo, ciano-acrilato de sodio o por medio del rayo láser. Documentoscopía: la palabra se origina a partir de la conjunción del vocablo latino “documentum” (enseñar, mostrar) y del griego “skopein” (ver, observar) y, junto con la palabra "Documentología" se utiliza para nombrar al conjunto estructurado y sistematizado de conocimientos y procedimientos técnico-científicos dentro de la Criminalística dirigidos al estudio de los documentos en general, características, forma de confección, alteraciones, etc., como así también a la investigación de manuscritos y/o firmas que ellos contengan y que sean de interés para la investigación que se realiza, pertenezca ésta al fuero judicial o al privado.

Entomología forense: Rama de la Biología que estudia a los insectos que intervienen en la destrucción cadavérica normal.Existen varios criterios en cuanto a los grupos de trabajo debido a las descripciones de diversas regiones del mundo, por lo que se deberá establecer el conglomerado de la fauna cadavérica que interviene en cada región. Para la mejor comprensión de la entomología forense, es preciso establecer el criterio para clasificar por lo que podemos establecer que las escuadras que intervienen son Dípteros, orden de insectos, artrópodo con cuerpo dividido en cabeza, tronco y abdomen y que solo tienen dos alas Coleópteros, insectos que tienen cuatro alas, las dos superiores presentan la forma de un estuche, antenas con nueve articulaciones terminadas en tenazas, cuerpo deprimido, con cabeza rombal y dentada por delante y patas anteriores desprovistas de tarsos Lepidópteros, insectos con cuatro alas cubiertas por un polvo escamoso como las mariposas. Acáridos: orden perteneciente a los arácnidos.

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Artículo M. en C. Fernando Ramírez Flores Presidente del Colegio Mexicano Ciencias Forenses, S.C.

La participación de la mujer en Seguridad Pública y la Investigación Criminal

A

fines del sexenio de Vicente Fox según datos del sistema nacional de seguridad publica solo el 2% de los elementos registrados en el sistema de seguridad publica eran mujeres, ante una iniciativa de equidad propuesta por el Expresidente Felipe Calderón Hinojosa a partir del 2007 las fuerzas armadas abren la posibilidad para que las mujeres interesadas en ingresar a los planteles militares lo puedan hacer en todas las áreas, incluso en ingeniería de la construcción y piloto aviador con esta apertura se les da la posibilidad de alcázar el rango más alto en las fuerzas armadas; General de División. Por su parte la creciente violencia en el país obliga a la modernización de la secretaria seguridad pública que para el 2007 se transforma en la Policía Federal, dando por terminada la existencia de hasta entonces histórica POLICIA FEDERAL DE CAMINIOS, la desaparición de la AGENCIA FEDERAL DE INVESTIGACION, las nuevas demandas de perfil compromiso y amor a la patria acrecientan el interés de las mujeres a formar parte de las distintas divisiones creadas por la secretaria de seguridad pública. Hoy transformada en la Secretaria Nacional de Seguridad. De una forma inesperada las mujeres asumen el compromiso de formar parte. De, lo que en su momento se le conoció como guerra contra el crimen organizado, las mujeres que comenzaron a formar parte de las fuerzas armadas y de las distintas divisiones de la policía federal se les reconoció su trabajo y compromiso asignándoles cargos importantes; Desde oficiales hasta titulares de PGR.

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La participación de las mujeres no solo resalta en el sistema de seguridad publica también hace lo propio en el sistema de impartición de justicia y ahora en las ciencias forenses, pero es este fenómeno un virtud propia de las mujeres, veamos algo de historia. Matronas es el término que se le dio a las primeras mujeres policías en estados unidos a mediados del siglo XIX, tenían a cargo el cuidado de los barrios sus tareas le proximidad les permitían fungir como informantes, en 1893 se les reconoció como mujeres policía, en 1968 cuando la mayoría de los hombre estaban en la guerra con Vietnam, a las mujeres policía se les permitió manejar patrullas. En Francia a las primeras mujeres policía se les nombraba Dactilogratas, ya que por sus destrezas propias eran las encargadas del levantamiento de huellas dactilares, sin embargo no eran consideradas policías, fue hasta 1935 que se les dio el nombramiento de asistente policial. Pero en 1991 la fuerza de las mujeres en la seguridad de Franciaconstituye el 8%. y son reconocidas como elementos de policía e investigación criminal. En España en 1936 terminada la guerra civil se crean los primeros grupos de policía femenil, actualmente en España a las mujeres se les reconoce como mejores investigadoras y sobre salen en las áreas de la psicología criminal. En 1930 nace el primer grupo de mujeres policía en México pero es hasta 1969 que se registra oficialmente la primer mujer policía María de Jesús Torres López, se incorpora a las filas el

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26 de Mayo de 1969, para el año de 1990 existían en el sistema de seguridad publica 5670 elementos mujeres, para el año 2006 se incrementó 7209, actualmente solo la policía federal tiene una población cercana a los 45 mil elementos, cerca del 22% son mujeres, 9900 son mujeres destacadas en las distintas divisiones de la policía federal las cuales se conforman. DIVISION CIENTIFICA DIVISION DE INTELIGENCIA DIVISION DE FUERZAS FEDERALES DE APOYO DIVISION DE POLICIA FEDERAL DE CAMINOS DIVISION ANTIDROGAS DIVISION POLICIA CIBERNETICA DIVISION GENDARMERIA NACIONAL El perfil de ingreso a las distintas corporaciones municipales, estatales, y federales a comparación de los hombres es de licenciatura un dato que contrasta ya que las mujeres con mejor preparación académica que ingresan al sistema de seguridad pública en México tienen un sentido más amplio de vocación. Día a día mas mujeres se registran en las convocatorias de las distintas instituciones de seguridad pública e impartición de justicia en México, será la sutileza e inteligencia de la mujer quien merme las operaciones del crimen organizado en México. No lo podemos saber pero lo que es seguro que la participación de las mujeres en la seguridad de nuestro país parece ser la luz a un México mas seguro y Justo.

g n i y l l Bu vido El

l o e d o t i r G

E

xiste un problema que afecta a los mexicanos, directamente más a los niños y adolescentes y a pesar de no ser todavía una laguna en la legislación, se debe de tratar de manera especializada con una ardua investigación en la víctima, victimario y el contexto. El Bullying engloba algunos de los delitos, tratando de minimizarlos ya que el término es aplicado para el ámbito escolar además, es una palabra moderna y nueva en México. La palabra Bullying viene del vocablo holandés que significa “acoso”, que existen de distintos tipos: sexual, verbal, ciberbullying, exclusión social, físico y psicológico. Se entiende que el Bullying físico es la provocación de lesiones o daño a la integridad física, pero actualmente va más allá de eso ya que este año ha cobrado varias vidas. Tal es el caso de lo acontecido en Ciudad Victoria, Tamaulipas el 14 de mayo del año en curso, en una aula de primero de secundaria en presencia de un adulto (su profesora); cuatro niños participaron en un acto de bullying que normalmente se le dominaría delito pre intencionado en el caso de homicidio. Los niños aventaron contra la pared a su compañero Héctor Alejandro Méndez Ramírez, provocando una lesión en la cabeza que por la gravedad de la misma, se remitió al hospital y días después falleció. No ha sido la primera víctima porque en estos casos también ha hecho presencia la inducción al suicidio, hasta en niños de primaria, sobre todo aquí hace presencia el bullying psicológico que es una presión que provoca en la víctima temor, manipulación, chantaje e intimidación. Para entender los casos tenemos que ir más allá de lo que las víctimas y los victimarios dicen, más allá del abuso por parte de sus familiares, de su hogar hostil y poco afectivo, constante presión o en otros casos que estos sean sumamente mimados, tenemos que ver el entorno social y ambiente violento en el que se desarrollan, ver que se tiene a los niños y principalmente a los adolescentes en el olvido, dando un grito de desesperación. Cuando se trata de un menor de 12 años no se puede pasar por alto su conducta tipificada como delito, el Ministerio Público canaliza al niño al Tribunal de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos, el juez con la UMECA (Unidad de Medidas Cautelares para Adolescentes de Morelos) quienes trabajan en conjunto para brindar al victimario y a su familia rehabilitación y asistencia social, según el artículo 5 de la ''Ley de Justicia para Adolescentes del Estado de Morelos'', en el cual se cita que en ningún caso puede adoptarse medida alguna que implique privación de libertad. No se busca que la ley sea más ''dura'' con los niños y adolescentes pero si más

Artículo Jemima Azucena Sánchez Limón Estudiante de 6to cuatrimestre Lic. en Criminalística de la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

Asesor: Lic. Venus Ma. Antonieta Bello Brito Docente en Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

específica y protocolaria para no pasar por alto estas conductas y lograr una prevención especial para que los niños y adolescentes, a futuro no vuelvan a delinquir y más ahora cuando sus actos llegan a ser muy graves. Es de menester mencionar el siguiente

caso; de una niña de primaria en el D.F., sus compañeros la amenazaban y se masturbaban frente a ella y la acosaban con objetos punzo cortantes. No solo el problema es grave y existe en secundarias que es donde abarca la legislación, si no que se extiende, presentándose en preescolar, volviéndose más grande. Por lo tanto, es necesario poner un alto y hacer énfasis a lo que queremos como ciudadanos, y principalmente la importancia que tiene la familia y nuestra sociedad en la limitación de estas conductas que día a día cobran vidas, sin importar estatus social ni edad. El único símbolo de superioridad que conozco es la bondad. -Ludwig van Beethoven

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vento organizado por la Escuela de Derecho, Posgrado y Práctica Jurídica –EDPPJJosé Antonio Navarro, perito en criminalística de campo y laboratorio y criminología, además es profesor de esta institución, con su conferencia “procesamiento del lugar de los hechos”, abarcando cuestiones de lo que es el correcto desempeño del perito en criminalística, la importancia de una formación profesional completa en las diversas disciplinas forenses; Balística, dactiloscopia, química, entre otras, así como la relevancia de sus resultados en los actuales juicios adversariales.

Dr. Alejandro Hernández Cárdenas, perito en Odontología forense e identificación humana, en ciudad Juárez, Chihuahua, con el tema de “Rehidratación de cadáveres con fines de identificación”, el Doctor es destacado investigador, que con mucho éxito a logrado la rehidratación de cadáveres en estado de putrefacción (esto es restituir el tejido blando en cadáveres en alguno de los estadios de putrefacción) el procedimiento, reconocido a nivel mundial, ha permitido lograr obtener valiosos datos para establecer la identidad de muchos cadáveres que se pensaba improbable su identificación por el grado de deterioro de sus tejidos,

además ha sido factible observar lesiones que hanpermitido contribuir a establecer causa de muerte. Juan Carlos Tercero Aley, perito en Identificación humana y técnico en criminalística balística, quien ha colaborado en SE.ME.FO., TSJ-D.F y varios Servicios Periciales (Zacatecas, Morelos, Nayarit) y también profesor de esta Institución, con la exposición “Métodos y técnicas arqueológicas y antropológicas en la identificación humana”, tema de trascendente relevancia en la actualidad por el frecuente hallazgo de tumbas clandestinas en varios estados de nuestro país, disertación de lo que debe ser el trabajo de búsqueda (retrospección), interpretación de las características de los suelos, su análisis y el mismo rescate de cadáveres o sus restos e indicios que permitan establecer inequívocamente; cronotanatodiagnostico, causa de muerte, datos para establecer su identidad, entre otros. Fernando Ramírez Flores, Maestro en Ciencias y Presidente del CMCF con el tema “Nuevas tecnologías en seguridad nacional”, en el cual expuso la importancia de la información como medio para lograr el éxito en la impartición de justicia y la relevancia de los medios electrónicos, no solo en reunir y manejar la información, sino también la importancia en la comunicación para una adecuada ofensiva a la delincuencia.

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as conferencias sirvieron como marco a la firma de convenio de colaboración de la ESCUELA DE DERECHO POSGRADO Y PRÁCTICA JURIDICA (EDPPJ) representada por el Rector Fernando Vázquez Muñoz, y el COLEGIO MEXICANO DECIENCIAS FORENSES (CMCF) representado por su Presidente Fernando Ramírez Flores, el convenio es el primer antecedente en nuestro país de

colaboración de una institución educativa con un organismo en ciencias forenses de nivel mundial, un ejemplo del CMCF son los ocho congresos mundiales en ciencias forenses, uno por año, que ha efectuado en diferentes estados y, además esta colaboración se traduce en ampliar las posibilidades de oferta educativa, donde los primeros beneficiados son los alumnos de la EDPPJ en sus tres licenciaturas; Criminalística, Criminología, Derecho y

de Posgrado, lo cual amplia los horizonte del conocimiento del alumno al intercambiar información con profesores e investigadores de varias partes, de nuestro país y de otros continentes dada la presencia de importantes expositores que aportan nuevos métodos, técnicas y procedimientos, etcétera en temas que están siendo la respuesta a la transformación que se está llevando en las Ciencias Forenses, las cuales no son privativas de nuestro país, también en la comunidad mundial, el convenio permitirá realizar actividades, no solo para el alumno de la EDPPJ, sino para público en general, desarrollando e impulsando investigaciones en las diferentes áreas forenses, publicación en revistas de difusión y divulgación nacionales y otros países, Jornadas de conferencias, diplomados, congresos, cursos de capacitación, intercambio de alumnos y profesores con otras instituciones educativas, así como encuentros de alumnos a nivel nacional y extranjero y un largo etcétera de actividades…

Campamento Camohmila La Escuela de Derecho Posgrados y práctica jurídica A.C, llevo a cabo una actividad escolar de gran impacto para su comunidad estudiantil y docente, denominado “Cuarto campamento de investigación criminalística y criminológica “en el campamento camohmila, localizado en el poblado de Tepoztlán, Morelos. El objetivo es dotar a los participantes de herramientas que permitan la integración, identificación y valoración de forma objetiva de su desenvolvimiento en escenarios de índole jurídico-penal, criminalística y criminológica similar al que enfrentaran en la vida laboral-profesional, lo cual les permitirá observar la solidez de sus conocimientos, carencias metodológicas y su desarrollo personal al tener que relacionarse con profesionales de características similares.

1er Congreso Internacional Crimen y Justicia Se llevó cabo los días 24, 25 y 26 de Abril de 2014, en el Hotel Villa Bejar, en la Ciudad de Cuernavaca Morelos, México. Con la participación de ponentes Nacionales e Internacionales quienes con determinación y entusiasmo se unieron para lograr el objetivo del Congreso que es: Construir un espacio sistemático de diálogo, intercambio, reflexión y debate de experiencias locales, nacionales e internacionales con el propósito de generar la reflexión, discusión y análisis de temas relacionados con los problemas contemporáneos de criminología, criminalística y derecho, desde la perspectiva académica y social y gubernamental.

Expo TV Azteca Con la finalidad de acercarnos a los estudiantes de Nivel Medio Superior y darles a conocer nuestra oferta educativa, participamos en la Expo TV Azteca, en donde jóvenes del Estado de Morelos,Guerrero, Puebla, Querétaro y D.F, recibieron información por parte de nuestro Departamento de Promoción y Alumnos Participantes de nuestra Escuela De Derecho Posgrados y Practica Jurídica.

Artículo Lic. Efraín Jaimes Chávez Profesor e Investigador de tiempo completo en el área de Criminalística Jurídica en la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

La omisión de los puntos cuestionados o cuestionario Al momento de ofrecer la prueba pericial en el Código Procesal Penal del Estado de Morelos.

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l hablar de la prueba pericial en la actualidad y ver que día a día son mayores los adelantos Científico-tecnológicos para que estas se puedan desarrollar, no se debe olvidar que hay bases mínimas jurídicamente hablando para que sea ofrecida la prueba pericial y en su momento también estas reglas rigen el desahogo mismo de la prueba, por lo que deberán de observar el debido cuidado el abogado y el perito al momento en que se ofrece, se desarrolla el dictamen y se lleva a cabo el desahogo de la prueba con cumplir las reglas y en especial los términos que dictan las legislaciones que se apliquen en el dictamen que se desahoga, ya que por descuido o ignorancia en las bases que norman la prueba pericial en alguna materia en específico se podría tener un resultado no idóneo para el juicio o procedimiento pues podría tenerse como no admitida la prueba, o bien hasta decretarse la deserción de la misma por omisiones, cuestiones estas que pudieran afectar el fondo del asunto. En el mismo tenor y dentro de las bases mínimas que debe contener el ofrecimiento de la prueba pericial dentro de los juicios una de ellas es citar claramente “ los puntos a desahogar o bien el cuestionario que agreguen las partes”, esto al momento del ofrecimiento de la prueba, tal y como lo señalan las siguientes legislaciones: Código de Comercio vigente, Código

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Procesal Civil del Estado de Morelos, y la Ley Federal del Trabajo reglamentaria al apartado A del Artículo 123 Constitucional, y para el caso de que al abogado que ofrece la prueba omita mencionar los puntos a desahogar o bien citar el cuestionario que debe resolver el perito la sanción común es la No Admisión de la prueba independientemente que también se tenga por consentido el dictamen de la otra parte.

Para ilustrar mayormente lo citado en párrafos anteriores y sobre todo que es requisito al momento de ofrecer la prueba el señalamiento de los punto a desahogar o cuestionario que deba resolver le perito en su dictamen, se muestra el siguiente cuadro, donde se apreciaran los artículos de las legislaciones citadas en el párrafo anterior

CODIGO DE COMERCIO VIGENTE

Artículo 1253.- Las partes propondrán la prueba pericial dentro del término de ofrecimiento de pruebas en los siguientes términos: I. Señalarán con toda precisión la ciencia, arte, técnica, oficio o industria sobre la cual deba practicarse la prueba; los puntos sobre los que versará y las cuestiones que se deben resolver en la pericial, así como la cédula profesional, calidad técnica, artística o industrial del perito que se proponga, nombre, apellidos y domicilio de éste, con la correspondiente relación de tal prueba con los hechos controvertidos; II. Si falta cualquiera de los requisitos anteriores, el juez desechará de plano la prueba en cuestión; III. (…) IV. (…) V. (…) VI. (…) VII. (…) VIII. (…) IX. (…)

CODIGO PROCESAL CIVIL DEL ESTADO DE MORELOS

Artículo 459.- Ofrecimiento de la prueba pericial. La prueba pericial se ofrecerá, dentro del periodo correspondiente, expresando los puntos sobre los que debe versar y las cuestiones que deba dictaminar el perito.

LEY FEDERAL DEL TRABAJO

Artículo 823.- La prueba pericial deberá ofrecerse indicando la materia sobre la que deba versar, exhibiendo el cuestionario respectivo, con copia para cada una de las partes. La omisión del cuestionario dará lugar a que la Junta no admita la prueba

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De lo anterior se puede apreciar la importancia que tiene al momento de ofrecer la prueba pericial el señalar los puntos a desahogar o sobre que deberá versar la prueba pericial así como en su caso en materia laboral la integración del cuestionario que deba resolver el perito, de lo anterior puede llegar a pensarse que es con las finalidades siguientes: la primera que será la base de lo que pretenden acreditar las partes al momento de ofertar la prueba y la segunda que como limitante de la propia pericial, pues al estar ceñida a un interrogatorio o establecimiento de puntos a desahogar el perito no puede ir más allá de lo solicitado al momento de que se ofreció la prueba y par el caso de que así lo llegara a realizar se podría pensar en un exceso por parte del perito, esto no impide que si en su estudio localizara cuestiones diversas a las requeridas tendría que realizar las observaciones pertinentes y hacer del conocimiento de las partes y en su caso de la autoridad, ejemplo de ello si al perito en materia de Grafoscopía le solicitan indique si la firma que se encuentra en un documento es auténtica o falsa o bien impute la autoría grafica hacia alguna de las partes y al realizar su estudio se percata que el documento presenta alguna alteración este en su dictamen debería primeramente emitir la conclusión con respecto a la firma que es por lo que se ofreció la prueba pericial y en un capitulo diferente de observaciones mencionar la alteración del documento pues es algo que nunca se lo cuestionaron y que posiblemente no fue considerado por el Juzgador en la Litis (controversia jurídica) del asunto o jamás ha pertenecido a la misma, por ello si cometiera el error de mencionar dentro de las conclusiones la alteración y no fue requerida en los puntos a desarrollar o cuestionario estaría excediendo con esta la propia prueba pericial. Por otro lado y al analizar lo que cita el

Código Procesal Penal del Estado de Morelos vigente con respecto a la prueba pericial se observa que es omiso dicho código en su redacción en especificar el requisito donde se requiera a las partes para estas al momento de ofertar la prueba pericial también mencionen los puntos cuestionados o bien el cuestionario a resolver por parte de los peritos, ya que no basta que el Fiscal o Agente del Ministerio Publico requiera la intervención de un perito para el examen de personas, hechos, objetos o circunstancias específicas únicamente mencione la materia del perito, pues este en su intervención emitirá conclusiones con respeto a un hecho en específico el cual deberá quedar delimitado por el propio Ministerio Publico ahora Fiscal, pues de lo contario se podría estar incurriendo en un exceso, así como también en su momento la propia prueba podría contraponerse con alguna otra de las pruebas dentro de la investigación y que como consecuencia no se tengan elementos necesarios para el ejercicio de la acción penal o bien se absuelva al procesado, por ello es indispensable que en la dinámica legislativa se considere la modificación al artículo 345 del propio Código Procesal Penal del Estado de Morelos en donde también sea requisito la formulación de puntos cuestionados o interrogatorio que deba resolver el perito que ofrezcan las partes, pues no hay que olvidar que en una sana garantía de igual procesal también puede ofrecer perito el propio

imputado y que este deberá de acreditar o bien desacreditar con la prueba pericial que ofrece los elementos que haya considerado el Fiscal Investigador, para lo anterior se muestra el artículo citado en la actualidad para que de su análisis se aprecie la omisión que se describe en el presente artículo. Artículo 345. PRUEBA PERICIAL. Podrá ofrecerse la prueba pericial cuando, para el examen de personas, hechos, objetos o circunstancias relevantes para la causa, fueren necesarios o convenientes, poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte, técnica u oficio. Una vez mostrado el artículo referido en párrafos anteriores se podrá analizar la pertinencia de una modificación en la legislación Procesal Penal del Estado de Morelos y la cual deba de contener dentro de su articulado la cuestión de los puntos a desahogar o cuestionario para que desarrolle el perito y con ello se logre un mejor resultado en las propias pruebas periciales ya que estas estarían mayormente enfocadas a los puntos específicos que les soliciten y se lograría una delimitación de la prueba dejando con ello a un lado los excesos en que pudieran incurrir los peritos con su dictamen pericial que indebidamente se le considera por la legislación procesal penal local como informe pericial.

Fuentes bibliográficas Código de Comercio vigente y publicado en el Diario Oficial de la Federación del 07 de octubre al 13 de diciembre de 1889, con su última reforma el 13 de junio de 2014 Código Procesal Civil del Estado de Morelos publicado en fecha 13 de octubre de 1993 y con última reforma el día 05 de marzo de 2008 Ley Federal del Trabajo vigente y publicada en el diario Oficial de la Federación el día 01 de abril del año 1970 y con su última reforma el día 30 de noviembre de 2012 Código Procesal Penal del Estado de Morelos vigente, publicado el día 22 de noviembre de 2007 y con su última reforma el 01 de septiembre de 2011

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Artículo Diana Zamora Rodríguez Estudiante de 6to cuatrimestre Lic. en Criminología de la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

Mi último día en el penal P

odría hablar de cualquier día de los 4 meses que estuve asistiendo y recorriendo los pasillos de aquella cárcel, pero decidí hablar del último, porque por alguna razón ese día resultó ser el más tranquilo y calmado,de las 254 horas que estuve asistiendo, en las que estuve caminando entre los corredores, pasando entre rejas, de todos esos días en los que vi mucho, presencié tanto, aprendí bastante y en donde también me llevé muchas desilusiones, por alguna razón ese día fue diferente, aún recuerdo el primer día que llegué desorientada y con cientos de pensamientos aterrizando en mi cabeza, los cuales se disiparon poco a poco al entrar por la puerta; a comparación, ese último día caminé sola, como nunca lo hice, me di cuenta que rápidamente me había adaptado al ritmo y había incluido los pasos que daba como parte de mi rutina diaria que como siempre iniciaba con un primer registro en la entrada, una máquina que lee y registra las tarjetas de todos y cada uno del personal adscrito en la nómina de reinserción social. Me tocó presenciar el cambio de turno del personal de seguridad y custodia, personal del que mucho se puede decir y poco se pueda hacer, pudiendo notar desde un principio las ínfulas de poder que algunos se otorgaban automáticamente con la portación de un arma y la adquisición de un cargo (aclarando que pocos, pero existentes, en los que vi el compromiso en su trabajo), de los que en múltiples ocasiones presencié choques con la contraparte administrativa o diversa a su misma estirpe por la mayoría de las cuales giraban en torno al color de las prendas que se ponía el personal, siempre con la misma frase “ese color no pasa” empezaba la discusión, lo que en cierta manera me causaba gracia era la preocupación que tenían por el color de la prenda que alguien podría traer (los cuales ni siquiera se mezclaba con los que distinguían a los que no tenían una estancia de tipo laboral si no penal), en lugar de lo que la misma persona podía introducir, de esto podría decir

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mucho, pues por todos es conocido que el contrabando en las cárceles es un secreto a gritos del que yo misma en una ocasión escuché por un interno el negocio que se manejaba dentro del lugar. A razón de esto no puedo dejar de mencionar los registros corporales, afortunadamente ese último día de estancia resultó ser un poco menos riguroso que en otras ocasiones, en donde siempre estuve totalmente de acuerdo con la necesidad de hacer una inspección para evitar situaciones que comprometieran la estabilidad del lugar, pero que había lugares en los que quedaba de sobra registrar para saber si eso conformaba parte de mi persona. Después de pasar otros dos registros (en los que no veía ni control ni limpieza) llegué al pasillo que hacía la diferencia entre el encierro y la libertad. Algo que me llamó la atención de ese último día fue que no llegó a mis narices ese tufo característico que me recibía o me despedía cada día, esa combinación de olores que a veces derivaba de la acumulación de basura y desechos humanos fermentados por las altas temperaturas que llegaban a azotar el lugar, o la quema de sustancias particularmente ilegales, o incluso en días festivos la combinación de ambos que le podía dar una descripción olfativa a la cárcel. Recordé mi estancia durante ese tiempo que fue principalmente dentro de un centro encargado de la observación y clasificación de las personas que ingresaban al lugar, donde se encontraban las áreas de trabajo social, médica, pedagogía, psiquiatría, psicología y criminología, esta última en la que estuve 4 meses con otras 5 personas, 5 psicólogos capacitados como criminólogos para realizarle estudios a una población fluctuante de 2,800 personas.Tenía una tarea relativamente sencilla: Realizar entrevistas a personas acusadas de robo, violación, homicidio, delitos

relacionados con drogas, entre otros. Con el fin de realizar un estudio criminológico para ver lo que se podía esperar de la persona en cuanto a su probable desarrollo dentro y fuera del lugar (si su situación se lo podía permitir) en base a su personalidad, apoyándome de teorías como de la anomia, del etiquetamiento, asociaciones diferenciales y otras de corte sociológico en cuanto a la desviación social, así mismo se hicieron presentes esos tres tipos de factores que en más de una clase llegué a escuchar (pero ahora en una versión más cercana) una vez elaborado éste se anexaban a un expediente personal que integraba estudios de las demás áreas. Se llegaron a presentar ante mí un vasto espectro de personalidades, las cuales inmediatamente después de expresar su nombre emitían palabras como “soy inocente”, “estoy pagando por una injusticia”, “estoy por culpa de la ineficiencia de las autoridades”, “me inventaron este homicidio porque me implantaron un chip en la cabeza que graba todo lo que veo y no quise colaborar proporcionándoles las imágenes”, entre otras tantas pretendiendo negar la comisión del delito;pocos eran aquellos que aceptaban lo que habían hecho dando justificaciones injustificadas (como estar bajo efectos de alguna droga). La constante que compartían la mayoría de los que se sentaban frente a mí a relatarme parte de su vida era desintegración familiar, falta de estudios (la mayoría no tenía estudios mayores a secundaria), desarrollo en lugares marginales y conductas parasociales a temprana edad. Vino a mi memoria un caso en particular, un hombre que llevaba 10 años de su vida procesado por secuestro, recorriendo cárceles desde Veracruz, al momento que llegó sentí su mirada hostil y el odio hacia todo el mundo, de alguna manera logré que me explicara su situación y entendí que la vida y todo lo que había pasado era el reflejo en su expresión,

nunca me imaginé que un hombre de 30 años, reticente y con la fuerza suficiente para romperle el brazo a cualquiera se sentaría frente a mí utilizando más que su fuerza física para no llorar fallando en este intento al describirme torturas, injusticias y desilusiones. Finalmente ese último día me despedí de todo el personal del área que pese a las condiciones austeras de las instalaciones y el material, los malos entendidos entre ellos mismos, el ambiente de trabajo difícil, la corrupción presente y un sinfín de problemas me brindaron ayuda y observé que hacían lo que mejor podían con lo que tenían. Pude haber relatado y descrito cada uno de los días que asistí como practicante en aquella cárcel estatal, pero opté por el último, porque definitivamente fue diferente a todos los que pasé, a los días que se vuelven rutina cuando se atraviesa esas rejas y dejas atrás todo lo que se conoce como libertad, con el que puedo asegurar a mis compañeros estudiantes de criminología que existe un campo en la criminología clínica reservado para los que puedan manejar todos los riesgos que se pueden manifestar dentro de una cárcel y de los cuales me reservé mencionar algunos, pero que definitivamente hay que regresar dos pasos antes de caer en esta situación, como lo decía WaelHikal es necesario legislar en materia de seguridad pública partiendo de las situaciones reales y no por “ensayo y error”. La prevención enfocada a la atención de las necesidades de la sociedad evitan la necesidad de implementar políticas de tipo represivo y punitivo que no hacen más que saturar las cárceles abriendo más espacios contaminantes y retrasando el desarrollo de la sociedad.

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Artículo

Dr. Alejandro HernándezCárdenas

Odontólogo forense de Cd, Juárez Chihuahua, labora en el laboratorio de ciencias forenses de Cd. Juárez, desarrollo una formula química para rehidratar cadáveres, para tener elementos para su identificación, posible causa de muerte y lesiones que pudieran tener.

Rehidratación de tejidos blandos

Presentes en cadáveres momificados y reversión de procesos de putrefacción con fines f o r e n s e s d e identificación y diagnostico de causa de muerte.

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stos procedimientos se han desarrollado como su nombre lo indica, con la finalidad de apoyar en la identificación de cadáveres que presenten cualquiera de estos fenómenos cadavéricos a los peritos encargados de esta difícil labor, y a los médicos forenses responsables de diagnosticar de manera fidedigna e indubitable las causas que provocaron el fallecimiento, así como a los encargados de la procuración de la justicia para la realización de sus obligaciones, proporcionándoles la información necesaria, certera y útil para presentar ante los jueces en los casos que ameriten ser judicializados, permitiendo así a estos aplicar la justicia

al contar con evidencias científicas, lograr así con ello abatir la impunidad, pero también darles elementos para decidir cuando no es necesario abrir una carpeta de investigación porque se demuestre que no se trata de una muerte violenta, y con ello disminuir también las estadísticas negativas en cuanto a muertes violentas al poder determinar que se trato de una muerte natural, ya que es común que los medios y la misma sociedad den por hecho que se trata de un homicidio cada vez que es encontrado un cadáver en circunstancias en que se desconoce como perdió la vida. Actualmente solo se llevan a cabo en el estado mexicano de chihuahua donde se realizo la investigación, pero es de esperarse y desearse que pronto los apliquen en cualquier parte del país y porque no, en otras partes del mundo en donde se presenten estos fenómenos cadavéricos y sus consecuentes dificultades para lograr estas importantes actividades científico periciales. gracias a estos procedimientos se pueden recuperar características que permiten individualizar de manera certera a los cuerpos que presenten

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estos fenómenos cadavéricos que de otra manera es sumamente difícil si no es que imposible observar como son Características faciales, naturales y/o adquiridas: 1) forma, tamaño, ancho, grosor y particularidades queiloscopicas de labios. 2) forma y tamaño de la punta de la nariz (también llamada pirámide o bola de la nariz), de las narinas y de los orificios nasales, así como si en esta se encuentran características aun mas particulares como lunares, verrugas o hasta marcas de acné o de enfermedades exantemicas. 3) forma y tamaño de las orejas, y si es el caso si presentan uno o varios orificios para la colocación de aretes o piercings. 4) forma del mentón o barbilla y si este presenta una particularidad conocida como barbilla partida. 5) en las mejillas, si estas son voluminosas o hundidas. 6) color más aproximado al que podía presentar la persona recientemente fallecida. 7) cicatrices traumáticas y/o quirúrgicas (recientes o antiguas), por enfermedades exantemicas (varicela, sarampión etc.), acné,

hemangiomas, neoplasias, lesiones virales (herpes zoster o fuegos), tatuajes, delineado permanente de labios, cejas, parpados, lunares, verrugas, manchas o imperfecciones, paño, perforaciones de piercings en narinas, cejas, labios y otras regiones de la cara. 8) líneas de expresión y/o arrugas por la edad. Características físicas naturales y/o adquiridas en el resto de todo el cuerpo: 1).-. complexión mas próxima a lo real: obesidad, regular, delgada, atlética. 2).- volumen muscular y del tejido adiposo así como su distribución. 3.- color de piel más aproximado a lo real en la persona después de fallecida, con sus imperfecciones o manchas, y manchas por infecciones micoticas (tiña). 4).- lunares, verrugas, tatuajes, manchas de nacimiento, hemangiomas, defectos congénitos, marcas por bronceado irregular, perforaciones para piercings, cicatrices: quirúrgicas, traumáticas, por quemaduras etc. 5).- en las manos se logra recuperar el dibujo dermo papilar de las palmas y de los pulpejos o yemas de los dedos, haciendo así posible la toma de impresiones para obtener huellas digitales y palmares. Características de las lesiones que se recuperan con estos procedimientos: En la piel y músculos: Escoriaciones desde las más amplias hasta las más pequeñas, equimosis con todas las variaciones de color por su antigüedad o por el proceso natural de

cicatrización, (rojas, violetas, verdes, amarillas), heridas por arma blanca, diferenciando sus bordes, por arma de fuego, por quemaduras por fuego, por líquidos calientes, por fricción etcétera, se pueden distinguir los bordes de mutilaciones, mordeduras humanas o de ataques de animales o por carroñero, estigmas ungueales, por sujeción o amarres con lazos, cables, esposas etc., pudiendo diferenciar en todas si son ante o pos mortem, ya que se puede apreciar la presencia o no de reacción vital. En órganos internos: Se pueden identificar lesiones como laceraciones en contusiones profundas, lesiones por arma blanca, por arma de fuego, ausencia congénita de algún órgano, o por extracción quirúrgica antigua o reciente, o hasta por extracción clandestina también es posible encontrar lesiones por patologías previas que pudieron ser la causa de una muerte natural, tales como: cirrosis hepática, neoplasias,

cardiopatías severas, mal formaciones congénitas y hemorragias internas por aneurismas y ulceras entre otras. Por los resultados que se ha demostrado se obtienen con la aplicación de esta metodología, en un buen número de casos en el estado de chihuahua, brindando un apoyo real a la aplicación de la justicia, cuando de no haber existido estas técnicas no hubiese sido posible en algunos casos llegar a la identificación del cadáver, o en otras ocasiones haciendo difícil determinar la causa de la muerte, se propone a las procuradurías estatales y a la procuraduría general de la república se adopten estas metodologías como un procedimiento rutinario en todos los casos que sea necesario, ya que ante la situación fuera de lo ordinario que se vive en nuestro país y ante el elevado número desaparecidos, la necesidad de que se recuperen todos los cadáveres sepultados clandestinamente y la elevada posibilidad de que un regular porcentaje de estos se recuperen presentando uno de estos fenómenos cadavéricos, será necesario y un deber aplicar todos los recursos posibles paras lograr su identificación y la determinación de la causa de su muerte, y con ello, realizar las investigaciones necesarias para la aplicación de la justicia y llevar a juicio a los responsables, y así de esta manera sanar las heridas de la sociedad, pero también con la identificación indubitable de los cadáveres permitir que sus familias recuperen los cuerpos de sus seres queridos y logren así cerrar una difícil etapa de espera, de incertidumbre y duelo, y puedan también llevar a cabo asuntos legales, de orden civil, económicos y de familia.

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Artículo La declaración pericial en los jucios orales

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n abril de 1998, entro en vigencia el proceso oral en la legislación salvadoreña. Considerando que este elemento es importante para alcanzar de manera más segura el establecimiento de la verdad material y por ende alcanzar una justicia más eficaz. Los peritos afrontamos el nuevo rol de explicar y defender nuestro trabajo ante el juez y las partes. Ya el jurista Claus Roxin había planteado que “En el procedimiento penal moderno, en el que la aclaración científica de cuestiones que no son jurídicas juega un papel cada vez más importante, el perito ha alcanzado, con frecuencia, una posición dominante en la práctica…”. Como ejemplo el uso de la prueba de ADN para determinar casos de paternidad o en delitos sexuales. En el Código Procesal Penal salvadoreño, en el capítulo IV, hace referencia a los peritos y el artículo 226 dice “El juez o tribunal ordenará peritajes, cuando para descubrir o valorar un elemento de prueba sea necesario o conveniente poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o técnica. Los peritos serán de dos clases: Permanentes o accidentales. Son peritos permanentes: a) Los nombrados por la Corte Suprema de Justicia en el Instituto de Medicina Legal o en cualquier otra dependencia de la misma. b) Los técnicos y especialistas de la Policía Nacional Civil… Son peritos accidentales los que nombra la autoridad judicial para una pericia determinada. La calidad habilitante de los peritos está regulada por el Art. 227 “Los peritos deberán tener título en la materia a que pertenezca el punto sobre el que han de

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pronunciarse, siempre que la profesión, arte o técnica estén reglamentadas. En caso contrario, podrá designarse a personas con idoneidad manifiesta”. Ejemplo: un trabajador de un taller automotriz, puede ser llamado para establecer los daños que tiene un automóvil por un accidente de tránsito. Interrogatorio del perito Al perito se le debe aportar toda la información posible, hay que familiarizarlo con el caso. Es de resaltar que al interrogarlo las partes deben circunscribirse al área de especialización del perito. A un técnico en balística no debe preguntársele por el tanatocronodiagnóstico. Al perito se le instruye para el interrogatorio directo y el contrainterrogatorio. El interrogatorio directo en las técnicas de oralidad es la primera ronda de preguntas que se hace a un perito o testigo por la parte que lo ofrece. Esta sección se inicia con la cualificación del perito: se resalta el cargo, función o labor que en la actualidad desempeña y otros cargos ostentados. Su experiencia profesional o docente. Si ha realizado conferencias o publicado artículos relacionados con su campo. Si ha recibido alguna distinción honorífica de grupos profesionales. Si pertenece a alguna organización profesional nacional o extranjera. La experiencia previa como perito en asuntos judiciales. El siguiente paso es la cualificación de la declaración de opinión pericial. Aquí se hace alusión a la cualificación completa del perito en cuanto a la prueba que realizó y su especialidad. Que el instrumental utilizado estaba en óptimas condiciones. (Esto implica contar con las certificaciones de calidad y reglas del manual de operaciones). La confiabilidad de los procedimientos,

Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

Experiencia en El Salvador.

Dra. Ana Griselda Ruiz Médico forense del Instituto de Medicina Legal de El Salvador y maestra en ciencias forenses. · Miembro fundador de la Asociación de Especialistas en Ciencias Forenses de El Salvador (AECIFES).

técnicas y métodos sobre las cuales se informó por el perito. En cuanto a la organización demostrativa de la pericia se refiere a: sobre el objeto de la pericia (fue en persona o sustancia). Condiciones de la pericia (lugar, tiempo, forma, método empleado, operación técnica). Resultado obtenido y conclusiones. Al terminar lo anterior se interroga al perito con preguntas no sugestivas. Por lo general con la siguiente estructura: Fiscal: doctora ¿Explique que hizo usted cuando llego a la escena del crimen el día x? Fiscal: doctora ¿Describa las lesiones que encontró en el zona genital de la víctima? Por lo general las preguntas tienen la siguiente estructura inicial: ¿Qué…? ¿Cómo…? ¿Cuándo…? ¿Dónde…? ¿Por qué…? El perito debe concertar su testimonio en las aéreas de su especialización. En el contrainterrogatorio se permiten preguntas cerradas, sugestivas, debe ser breve y puntual. No se debe repetir preguntas formuladas en el interrogatorio directo. No confrontar con el perito.

Licenciaturas en Derecho, Criminalística y Criminología Perfil Profesional de los egresados de la Licenciatura en Derecho Objetivo

C

ontribuir a formar profesionales en la Ciencia del Derecho, con sólidos conocimientos de la materia jurídica, que sean factor determinante en el desarrollo Nacional; formando profesionales que tengan a su cargo la administración e impartición de justicia en sus diferentes niveles, la promoción de los Derechos Humanos y la Sociedad, y comprometidos con los valores de la justicia, la equidad, el bien común, el orden, la seguridad de los particulares y las instituciones, Capacitar a profesionales del Derecho en destrezas como la mediación, negociación y resolución de conflictos.

contar los aspirantes a cursar la Licenciatura en Derecho para favorecer su éxito en la culminación de su plan académico, deberán conocer y analizar las necesidades generales e temas legislativos, administración y procuración de justicia y cualquier otro relativo al quehacer jurídico procurando en todo momento que prevalezca el estado de derecho, sin soslayar la protección de los más altos valores del ser humano. Perfil de Egreso Al culminar su formación, el egresado

deberá haber adquirido conocimientos teóricos y prácticos en el ámbito jurídico, que le permitirán optimizar su ejercicio profesional con un alto sentido ético a la sociedad y al Estado, identificando aquéllos actos violatorios que causen agravios a los gobernados o al mismo Estado, y con su habilidad adquirida deberá ser capaz de proponer de manera precisa alternativas de solución para el restablecimiento de la legalidad, por lo que sus actitudes al término de su licenciatura deberán estar siempre encaminadas al respeto de los derechos fundamentales del hombre.

Campo de Trabajo El egresado estará apto para incursionar en el mundo jurídico en sus diferentes áreas, prestando sus servicios y conocimientos adquiridos en cualquiera de las instituciones del Estado o en su defecto como abogado postulante, cualquiera que sea su ámbito de competencia y ejercicio, tanto en lo público como en lo privado, deberá actuar con el más amplio sentido de responsabilidad social. Perfil de Ingreso Los conocimientos, habilidades, actitudes y valores con que deben Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

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Artículo Lic. Paola E. Cisneros Hidalgo Docente en el área Jurídica en la Escuela de Derecho, Posgrados y Práctica Jurídica.

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Concepto de Derecho...

esde épocas muy antiguas, el Derecho ha tenido un papel muy significativo en la vida del ser humano. Lo anterior en virtud de que el hombre es por naturaleza un ente social, y siente esa condición y apremio de convivencia. Es por ello que se tiene la necesidad fundada de regular y por consecuencia normar tanto conductas externas de los individuos, así como las relaciones humanas, lo anterior para evitar que se generen conflictos entre los hombres del grupo social. Por consiguiente a través de los años, nos hemos percatado que el Derecho es la mejor herramienta para solucionar los conflictos que se susciten dentro de un grupo social. Por lo tanto es implícito que el contenido del Derecho pertenece al mundo del ser, dirigido al deber ser, por el que los individuos deben ajustarse a esas conductas para que el modelo social propuesto por el Derecho pueda realizarse, y así asegurar el cumplimiento de su modelo de conducta dentro de la sociedad, y así poder alcanzar el bien común. Es por lo anterior, que tenemos la obligación de conocer en qué versa el concepto de Derecho, por lo que, se puede decir que etimológicamente el vocablo Derecho proviene del latín directum, que significa no apartarse del buen camino, seguir el sendero señalado por la ley, lo que se dirige o es bien dirigido. En general se entiendo por Derecho, el conjunto de normas jurídicas, creadas por el estado para regular la conducta externa de los hombres en lugar y momento determinado y en el caso de incumplimiento esta prevista de una sanción. Ahora bien, como ya ha quedado claro en párrafos anteriores que el Derecho es la herramienta más viable para evitar y solucionar conflictos de interés sociales y particulares, diversos autores se han dado a la tarea de crear diversos conceptos de Derecho, sin embargo es importante destacar que debido a lo amplia que es la ciencia del Derecho, una sola definición no sería suficiente, ya que quedaría rebasada para los avances que ha tenido la sociedad en la actualidad. La definición del derecho es muy complicada de precisar, en virtud de que no existe una que consiga abarcar todo lo que encierra el Derecho en nuestros días. Es por eso que doctrinarios como los que a continuación enunciaré han tratado de dar una concepción más exacta. Para MANUEL KANT "el Derecho se reduce a regular las acciones externas de los hombres y a hacer posible su coexistencia". Lo define como "el conjunto de las condiciones por las cuales el arbitrio de cada uno puede coexistir con el arbitrio de los demás, según una Ley universal de libertad". Para GUILLERMO FEDERICO HEGEL, el Derecho es "la existencia del querer libre". Para GIORGIO DEL VECCHIO, el Derecho es "la coordinación objetiva de las acciones posibles entre varios sujetos, según un principio ético que las determina excluyendo todo impedimento". Para FRANCISCO CARNELUTTI el Derecho es como "un sistema de comandos destinados a componer los conflictos de

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Revista de la Escuela de Derecho Posgrados y Práctica Jurídica

intereses entre los miembros de un grupo social"... El Derecho afirma KELSEN que es "un sistemade normas que regulan el comportamiento del humano". Destacando que, lo que hace la norma jurídica no es su contenido sino el modo en que fue producida…" "El sistema normativo que aparece como un orden jurídico, tiene esencialmente un carácter dinámico. Una norma jurídica no vale por tener un contenido determinado; es decir, no vale por que su contenido pueda inferirse, mediante un argumento deductivo lógico, de una norma fundante básica presupuesta, sino por haber sido producida de la manera determinada por una norma fundante básica presupuesta. Por ello y solo por ello, pertenece la norma al orden jurídico, cuyas normas han sido producidas conforme a esa norma básica. Conforme a ROJINA VILLEGAS el Derecho es un "conjunto de normas bilaterales, externas, generalmente, heterónomas y coercibles, que tienen por objeto regular la conducta humana en su interferencia subjetiva". Para, LUIS RECASENS SICHES señala que "lo jurídico del derecho no radica en los valores superiores que lo deben inspirar sino en la forma de su realización a través de él". Finalmente quiero agradecer a todas las personas que lean esta publicación, esperando les ayude para poder comprender el Derecho y como lo llevamos a cabo en la vida diaria y sin darnos cuenta lo ejercemos, ya que todos en nuestra vida lo realizamos de manera directa o indirecta. Y logren comprender el Derecho no solo decir la palabra sino saber el significado y la responsabilidad que produce. Bibliografía. Flores Gomes González, Fernando y Carvajal Moreno, Gustavo, “Nociones de Derecho Positivo Mexicano”, Editorial Porrúa, México, 2008. De Pina Vara, Rafael, “Diccionario de Derecho”, México, Editorial Porrúa, 2008. García Maynez, Eduardo, “Introducción al Estudio del Derecho”, México, Editorial Porrúa, 2009. Kelsen, H., “Teoría Pura del Derecho”, Editorial Porrúa, México, 2005.

Artículo Dra. Ednna Milvia Segovia Miranda. Perito Médico Forense

o DNA E

n la actualidad, las palabras gen, clon o ADN, son de uso común, pero su acuñación es bastante antigua, desde 1856, por Gregorio Mendel, y sus experimentos de cruzamientos con guisantes efectuados en el jardín de un monasterio Austriaco– le permitió descubrir las tres leyes de la herencia o leyes de Mendel, gracias a las cuales es posible describir los mecanismos de la herencia, de hecho a él se le reconoce como el padre de la Genética.

mismo modo que las letras se combinan para formar palabras: ATTC TCGA. Toda esta información está dispersa por el núcleo, pero, cuando la célula va a dividirse, se ordena en pequeños paquetes en forma de bastoncillos: los cromosomas. En las células humanas hay 23 pares de cromosomas en total. La información en ellos está muy compactada, pues contienen la de los miles de genes. Cuando la célula se divide, la información se transmite y el ADN crea una copia de sí mismo. La nueva copia debería ser idéntica. Pero no lo es. Lo habitual es que en el

proceso se cometan fallos. Entonces, hablamos de mutaciones. Todos tenemos algunas mutaciones en nuestros genes. La mayoría carecen de importancia. Algunas veces, en cambio, pueden provocar enfermedades o consecuencias muy graves. Las mutaciones no siempre son negativas. A veces aportan una ventaja sobre el resto de individuos y contribuyen a la evolución de la especie. Esto ha ocurrido en la historia de la evolución, aunque no es lo habitual.

Pasaron los años, y en 1953 James Watson y Francis Crick, gracias a los avances tecnológicos en la microscopía entre otros, descubrieron la estructura y el comportamiento del ADN (ácido desoxirribonucleico), lo que les valió el Nobel de medicina en 1962. El ADN o DNA es el responsable del parecido entre padres e hijos, y de que exista un molde común para cada especie. Contiene toda la información genética, las instrucciones de todas nuestras características y cada uno de nosotros. Y del resto de seres vivos, desde la bacteria más simple hasta el organismo más complejo. En el ADN hay decenas de miles de genes. Estos son los encargados de fabricar las proteínas necesarias para el desarrollo de las distintas funciones vitales.La mayor parte del ADN está en el núcleo de las células. Cada célula de nuestro cuerpo almacena una copia de esta información. Cada molécula de ADN se compone de dos cadenas de nucleótidos que se cruzan entre sí en forma de doble hélice. Los nucleótidos son, unas moléculas más pequeñas, y existen cuatro tipos: adenina (A), timina (T), citosina (C) y guanina (G). Los cuatro se combinan para formar el código genético, del

Situación del ADN dentro de una célula eucariota

Fuente: http://recursos.cnice.mec.es/biosfera

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• D. en D. Miguel Ángel Falcón Vega • M. en D. Helio Brito Cantú • D. en D. Rubén Jasso D. • D. en D. Eduardo Oliva Gómez • D. en D. Bernardo A. Sierra Becerra • D. en D. Víctor Manuel Castrillón y Luna • D. en D. Rafael Ávila López • D. en D. Israel Reyes de la Rosa • Dr. Jesús Maqueda Mendoza • M. en D. Perla Marrón Calderón • M. en D. C. Y A. Martín Jasso D. • Juez M. en D. Martín Domínguez Cassarrubias • M. en D. Luis Jorge Gamboa Olea • M. en D. Héctor M. Buenrostro Grimaldi • M. en D. José Luis Jaimes O. • M. en D. Clara E. Soto Castor • M. en D. Gabriel Cesar Miranda F. • M. en D. Juan Gabriel Vargas Téllez • M. en D. Luis Octavio Guerrero E. • M. en D. Karina Hurtado O. • M. en CP. Gabriela Salem Pérez • M. en C. Luis Antonio Navarro A. • Ant. Juan Luis Valencia R. • Ing. Rigoberto Navarro Flores • Lic. Braulio Loredo Aguirre • Lic. Cuitlahuac Cordoba Domínguez • Mtra. Venus Ma. Antonieta Bello Brito • Mtro. Orlando D. Bello Brito • Mtra. Paola E. Cisneros Hidalgo • Mtra. Lucero M. Curiel González • Mtra. Araceli Torres Rodríguez • M. en DAyF Fernando Vázquez Muñoz - Rector

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