Tàrrega, 20 de febrer de APLICACIÓN DE LA NORMATIVA DEL MEDICAMENTO VETERINARIO Sector Avícola

Tàrrega, 20 de febrer de 2013 APLICACIÓN DE LA NORMATIVA DEL MEDICAMENTO VETERINARIO Sector Avícola Montse Rosàs i Rodoreda Veterinària Servei d’Al

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1. NOMBRE DEL MEDICAMENTO
Prospecto Toda la información del medicamento 1. NOMBRE DEL MEDICAMENTO MUSE® 125 mcg MUSE® 250 mcg MUSE® 500 mcg MUSE® 1000 mcg 2. COMPOSICION CUALI

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Tàrrega, 20 de febrer de 2013

APLICACIÓN DE LA NORMATIVA DEL MEDICAMENTO VETERINARIO Sector Avícola

Montse Rosàs i Rodoreda Veterinària

Servei d’Alimentació Animal i Seguretat de la Producció Ramadera

Jornada Tècnica – El paper dels veterinaris/àries i assessors/es: obligacions del sector de l’avicultura REUS, 13 de mayo de 2014

El medicamento veterinario Legislación Medicamentos veterinarios legalmente reconocidos Medicamentos veterinarios destinados a animales productores de alimentos Circuito comercial legal del medicamento veterinario Obligaciones El ejercicio clínico veterinario. Obligaciones de los veterinarios Obligaciones de los ganaderos/propietarios de los animales: documentos y registros

El uso racional de los medicamentos veterinarios Uso racional de los medicamentos. Papel del veterinario – Papel de los ganaderos Riesgos derivados del uso de los medicamentos veterinarios Programas de control oficial Webs y links de interés

El medicamento veterinario. Marco normativo

El medicamento veterinario. Marco normativo Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantias y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios Real decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios Decreto 141/2000, de 3 de abril, sobre el régimen jurídico y el procedimiento de autorización de los centros de distribución y dispensación de medicamentós veterinarios

El medicamento veterinario. Marco normativo

Medicamentos veterinarios legalmente reconocidos

Medicamentos legales Medicamentos veterinarios legalmente reconocidos Artículo 7. Ley 29/2006, de 26 de julio, de garanties y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios Artículo 6. Real decreto 109/1995, de 27 de enero, sobre medicamentos veterinarios

Los medicamentos de uso veterinario elaborados industrialmente Las premezclas medicamentosas y los productos intermedios Las fórmulas magistrales destinadas a los animales Los preparados o fórmulas oficinales Las autovacunas de uso veterinario Medicamento veterinario immunológico individualizado, elaborado a partir de organismos patógenos y antígenos no virales, obtenidos de un animal o animales de una misma explotción, inactivados y destinados al tratamiento de estos animales o explotación.

Medicamentos legales Medicamentos veterinarios elaborados industrialmente Artículo 25. Ley 29/2006, de 26 de julio, de garanties y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios Artículo 4. Real decreto 1246/2008, de 18 de julio, por el cual se regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios fabricados industrialment.

Ningún medicamento veterinario fabricado industrialmente, incluidas las premezclas medicamentosas, se pondrà al mercado sin la previa autoritzación de comercialización otorgada por: La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) Real decreto 1246/2008, de 18 de julio, por el cual se regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia de los medicamentos veterinarios fabricados industrialment.

La Agencia Europea de Medicamentos – European Medicines Agency (EMA) Reglamento (CE) 726/2004, de 31 de marzo, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y supervisión de medicamentos de uso humano y veterinario y por el cual se crea la Agencia Europea de Medicamentos.

Registro de Medicamentos Veterinarios de l’AEMPS

Medicamentos veterinarios autorizados su uso en España

Medicamentos legales Registro de medicamentos veterinarios (AEMPS) https://sinaem4.agemed.es/consavetPub/fichasTecnicas.do?metodo=detalleForm

Medicamentos legales Registro de medicamentos veterinarios (AEMPS) https://sinaem4.agemed.es/consavetPub/fichasTecnicas.do?metodo=detalleForm

El medicamento veterinario. Marco normativo

Medicamentos veterinarios destinados a animales productores de alimentos

Procedimento de autorización de los Medicamentos destinados a animales productores de alimentos

IMPORTANCIA en la PRESCRIPCIÓN EXCEPCIONAL o PRESCRIPCIÓN EN CASCADA

Autorización de medicamentos destinados a animales productores de alimentos 3- Registro del medicamento

1- Evaluación de las sustancias activas

2- Evaluación del medicamento

Sustancia activa

Medicamento

Determinar Límites Máximos de Residuos (LMR) permitidos

- AEMPS (España)

en los alimentos de origen animal

Llevar a cabo los estudios de residuos y determinar el tiempo de espera

LMR PARA CADA ESPECIE Y PRODUCTO

TIEMPO DE ESPERA PARA CADA ESPECIE

REGISTRO MULTIESPECIES

El límite maximo de residuos o LMR, es la concentración maxima de residuos aceptadas por la UE que puede quedar en la carne o productos de un animal tratado sin suponer un riesgo para las personas que consumen sus productos

El estudio de residuos tiene por objetivo determinar si persisten residuos en los productos procedentes de animales tratados, y en caso afirmativo, establecer los tiempos de espera necesarios para que dichos residuos se encuentren por debajo de los LMR

Registro del medicamento - EMA (UE)

UE (EMA)

LISTADO: Reglamento 37/2010

LABORATORIO FARMACÉUTICO

AEMPS

Autorización de medicamentos destinados a animales productores de alimentos Determinación de los Límites Màximos de Residuos (LMR) Reglamento (CE) 37/2010 relativo a las sustancias farmacologicamente acitvas y su clasificación respeto a los límites màximos de residuos en los productos alimentarios de origen animal.

LISTADO DE SUSTANCIAS EVALUADAS (REGLAMENTO 37/2010) ANEXO 1 - SUSTANCIAS AUTORIZADAS

Sustancias activas para las cuales se ha fijado un Límite Máximo de Residuos (LMR) Sustancias activas para las cuales no es necesario determinar un LMR, porque se considera que no hay riesgo para la salud humana

ANEXO 2 - SUSTANCIAS PROHIBIDAS

Sustancias activas para las cuales no su puede determinar un Límite Màximo de Residuos, porqué sus residuos constituyen un riesgo para la salud humana: Cloranfenicol, cloroformo, clorpromazina, colchicina, dapsona, dimetridazol, metronidazol, nitrofurans (furazolidona) i ronidazol

Autoritzación de medicamentos destinados a animales productores de alimentos Determinación de los Límites Màximos de Residuos (LMR) Reglamento (CE) 37/2010 relativo a las sustancias farmacologicamente acitvas y su clasificación respeto a los límites màximos de residuos en los productos alimentarios de origen animal.

ANEXO 1 - SUBSTANCIAS AUTORITZADAS

El medicamento veterinario. Marco normativo

Circuito comercial legal del medicamento veterinario Circuito comercial legal de los Piensos medicamentosos

Circuito comercial legal del medicamento veterinario

FABRICACIÓN

FABRICANTES

COMERCIALITZACIÓN

Distribución

Dispensación

ALMACENES MAYORISTAS

CENTROS DISPENSADORES

PRESCRIPCIÓN

APLICACIÓN

Veterinario

EJERCICIO PROFESIONAL VETERINARIO

Ganadero Propietario

EXPLOTACIONES GANADERAS

Botiquín veterinario

Explotación

Circuito comercial legal del medicamento veterinario Distribución

ALMACEN MAYORISTA

Dispensación

ALMACEN MAYORISTA CENTRO DISPENSADOR

FABRICANTES

Cesión VETERINARIO

EXPLOTACIÓN

Aplicación

CENTRO DISPENSADOR

Circuito comercial legal premezclas y PM PIM

Establecimiento distribuidor PM 1 premescla Centro dispensador

Establecimiento elaborador PM >1 premescla

PM 1 o >1 premescla en condiciones distintas a la autorización

Explotación ganadera

Circuito comercial legal de los PM Establecimiento elaborador PM 1 premezcla

o

c1

Explotación ganadera

o

PM >1 premezcla

c1

Explotación ganadera

c1

Prescripción excepcional

o

c1

PM 1 o >1 premezcla en condiciones distintas a la autorización

Explotación ganadera

c1

El medicamento veterinario. Marco normativo

El ejercicio clínico veterinario Obligaciones y responsabilidades del veterinario

Obligaciones y responsabilidades del veterinario

1. Obligación de prescripción y receta 2. Fijación del tiempo de espera adecuado 3. Comunicar el botiquín veterinario. Registro en entradas y salidas 4. Registro de tratamientos veterinarios en la explotación ganadera 5. Declarar y colaborar con el sistema de farmacovigilancia veterinaria

6. SIEMPRE aplicar o administrar los directamente o bajo su responsabilidad.

medicamentos

veterinarios

Obligaciones y responsabilidades del veterinario 1. Obligación de prescripción y receta Tipos de receta Prescripción ordinària (article 80. Reial decret 109/1995)

Prescripción de estupefacientes (article 11. Reial decret 1675/2012 prescripció i recepta d’estupefaents)

Prescripción de Piensos medicamentosos (article 10 i 11. Reial decret 1409/2009, sobre pinsos medicamentosos)

Prescripción excepcional (article 81 i 82. Reial decret 109/1995)

o Prescripción de fórmulas magistrales (article 80. Reial decret 109/1995)

o Prescripción de autovacunas (article 80. Reial decret 109/1995)

o Prescripción medicamentos de otros EEMM (article 82. Reial decret 109/1995)

Obligaciones y responsabilidades del veterinario Receta veterinaria. Principos generales La durada del tratamiento prescrito en cada receta i el plazo para su dispensación no superará los 30 días Excepción: en el caso de enfermedades crónicas o tratamientos periódicos que se alargará a los 3 meses

Tratamientos periódicos: tienen que estar establecidos en el Programa Sanitario de la explotación, elaborado por el veterinario responsable o el veterinario de la ADS. Quedan excluidos como tratamientos periódicos: estupefacientes, psicótropos, antibióticos, gases medicinales, fórmulas magistrales, preparados oficinales, autovacunas i medicamentos con sustancias de uso restringido El veterinario podrá autorizar la utilización de un medicamento sobrante de una prescripción anterior, extendiendo una nueva receta “no válida para la dispensación” Buenas prácticas en la explotación: Depósito de medicamentos ordenado Control periódico del depósito de medicamentos para comprobar que no hay medicamentos caducados ni medicamentos sobrantes.

Obligaciones y responsabilidades del veterinario Receta veterinaria. Principos generales (article 80 Reial decret 109/1995)

La cantidad prescrita y dispensada se limitará al mínimo necesario para el tratamiento de la enfermedad a tratar, según el criterio del veterinario prescriptor. En este sentido, el veterinario tiene que tener en cuenta el formato autorizado más adecuado del medicamento veterinario. La recepta será válida para todo el territorio nacional y se podrá utilizar la firma Electrónica, conforme a la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, o la receta Electrónica, en la forma y condiciones que se establezcan reglamentariamente. La recepta tendrá como mínimo, una parte original destinada al centro dispensador, y dos copias, una para al responsable de los animales y la otra para el veterinario que prescribe. La medicación prescrita a cada receta podrá referir-se a un animal, o a un grupo de animales de la misma especie y explotación, así como contemplar un único medicamento o todos los necesarios para a la enfermedad a tratar, aplicados como a tratamiento único

Obligaciones y responsabilidades del veterinario

Receta veterinaria. Extra label (article 93.6 Reial decret 109/1995)

Cuando el veterinario, por la situación sanitaria de los animales y con carácter excepcional, prescriba uno o varios medicamentos veterinarios en condiciones distintas a las previstas en la autorización de comercialización, asumirá las responsabilidades correspondientes sobre la seguridad del medicamento o medicamentos, en animales o personas, incluidas las posibles reacciones adversas o los efectos residuales no previstos. Cuando el veterinario modifique la posología o vía de administración de un medicamento autorizado, deberá fijar el tiempo de espera adecuado

Obligaciones y responsabilidades del veterinario Receta veterinaria. Prescripción excepcional (article 82 Reial decret 109/1995)

Cuando no existan medicamentos veterinarios autorizados para el tratamiento de una enfermedad, el veterinario podrá realizar una prescripción excepcional por vacío terapéutico:

Primero: Un medicamento veterinario otra especie o para otra enfermedad

Si aquest medicame nt no està disponible

Segundo: Un medicamento de uso humano Tercero: Un medicamento de uso veterinario autorizado en otro Estado Miembro Cuarto: Fórmulas magistrales, preparados oficinales o autovacunas de uso veterinario

Añadir los siguientes datos en la receta Leyenda “PRESCRIPCIÓN EXCEPCIONAL” Identificación de los animales Afección o proceso a tratar Datos del tratamiento: Posología (dosis y durada) y vía de administración

Si aquests medicamen ts no estan disponibles

Obligaciones y responsabilidades del veterinario Receta veterinaria. Prescripción excepcional otro EEMM (article 82 Reial decret 109/1995)

Cuando un veterinario considera que hay un vació terapéutico, que no puede solucionar con otro medicamento autorizado en España, tiene que comunicar la intención de prescribir un medicamento autorizado en otro EEMM al Servei d’Alimentació Animal i Seguretat de la Producció Ramadera. Las comunicaciones se pueden presentar a las oficinas comarcales del DAAM El Servei d’Alimentació Animal i Seguretat de la Producció Ramadera podrá prohibir su uso en los 5 días hábiles desde la recepción de la comunicación si considera que no hay vacío terapéutico, o bien per motivos de sanidad animal o de salud pública. Trámite del DAAM

Web del DAAM-OVT Comunicación de prescripción excepcional per vacío terapéutico de un medicamento de uso veterinario autorizado en otro Estado Miembro Ramaderia i sanitat animal > Medicaments veterinaris > Medicaments Veterinaris >Tràmits > Prescripció excepcional

Obligaciones y responsabilidades del veterinario Receta veterinaria. Estupefacientes (article 13 Reial decret 1675/2012)

Normativa específica que establece el formato y los requisitos de receta oficial de estupefacientes de uso veterinario.

A partir de l’1/01/14

La “Receta oficial de estupefacientes” es el documento normalizado y obligatorio, mediante el cual el veterinario prescribe medicamentos que contengan sustancias estupefacientes incluidas en la lista 1 de la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes.

El DAAM editará y emitirá los talonarios para distribuir a los Colegios Veterinarios

Obligaciones y responsabilidades del veterinario 2. Fijación del tiempo de espera adecuado Ordinaria

En condiciones normales de uso

Según prospecto

Ordinaria Extra-label

Modificación de la posología (dosis y durada del tratamiento) o vía de administración

Adecuado Según criterio y responsabilidad del veterinario

Modificación especie

7 días leche 7 días huevos 28 días carne

Excepcional Piensos medicamentosos

1 premezcla en condiciones normales de uso

Según prospecto

>1 premezcla en condiciones normales de uso

El tiempo más largo

1 o >1 premezcla en condiciones distintas extra-label 1 o >1 premezcla en condiciones distintas modificación especie

Adecuado Según criterio y responsabilidad del veterinario 7 días leche 7 días huevos 28 días carne

Obligaciones y responsabilidades del veterinario 3. Botiquín veterinario

Comunicación del botiquín veterinario al DAAM

Trámite del DAAM

(Article 93. Reial decret 109/1995, sobre medicaments veterinaris)

Aplicación o cesión de medicamentos del botiquín Obligación de receta (Article 93. Reial decret 109/1995, sobre medicaments veterinaris)

Aplicación exclusiva por parte del veterinario (Reial decret 2178/2004, prohibeix utilitzar determinades substàncies d’efecte hormonal i tireostàtic i beta-agonistes d’ús en la cria dels animals)

Registro de entradas y salidas de medicamentos del botiquín (Article 93. Reial decret 109/1995, sobre medicaments veterinaris)

Buenas prácticas del veterinario: Archivo ordenado de los albaranes de compra y de las recetas Ampliar las recetas con la información del registro de salidas del botiquín veterinario

Obligaciones y responsabilidades del veterinario 4. Registro de tratamientos veterinarios de la explotación ganadera

Registro de explotacion. Parte del veterinario (Article 8. Reial decret 1749/1998, sobre les mesures de control aplicables a determinades substàncies i els seus residus en els animals vius i els seus productes

Para todos los tratamientos: prescritos y aplicados (Article 8. Reial decret 1749/1998, sobre les mesures de control aplicables a determinades substàncies i els seus residus en els animals vius i els seus productes

Buenas prácticas del veterinario: Ampliar las recetas con la información del registro de tratamientos veterinarios de la explotación ganadera

Obligaciones y responsabilidades del veterinario 5. Declarar y colaborar con el sistema de Farmacovigilancia Veterinaria La comunicación de una reacción adversa se debe hacer preferentemente con el modelo normalizado de la Tarjeta Verde, exclusivo para veterinarios, de l’Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

La tarja verda se puede encontrar en soporte papel en las Oficinas Comarcales, y en soporte electrónico a la web de l’AEMPS http://www.aemps.gob.es/vigilancia/medicamentosVeterinarios/home.htm

El medicamento veterinario. Marco normativo

Documentación y registros

Contenido

Descripción

Fecha

Fecha prescripción

Datos Veterinario

Nombre y apellidos, N.colegiado, dirección, signatura

Receta

Regitro Salidas Botiquín

RTV Parte veterinario

RTV Parte ganadero

Nombre y cantidad

Datos Medicamento Lote Código explotación

Datos Animales

Identificación animales (lotes)

Excepcional y PM

Fecha administración

Si aplica él

Diagnóstico

Excepcional y PM

Posología (dosis y durada)

Excepcional y PM

Vía de administración

Excepcional y PM

Datos Tratamiento

Otros

Tiempo de espera

Datos proveedor

Nombre y sello

Si aplica él

Buenas prácticas del veterinario: Ampliar las recetas con la información de los registros obligatorios (Botiquín y RTV explotación) Utilizar sistemas informáticos para simplificar Revisar fichas técnicas de la AEMPS: cambios en los tiempos de espera y especies destino

Documentación y registros

OTROS DATOS DE LAS RECETAS Leyendas: “Válido para un sólo uso” “Caduca a los 30 días” Particularidades “Prescripción excepcional” “Prescripción de pienso medicamentoso” “No válida para la dispensación”

El medicament veterinari

Obligaciones de los ganaderos/propietarios de los animales Documentos y registros

Obligacions del ramader/propietari dels animals

Tenencia de medicamentos legales y bien conservados (Art.7 Reial decret 1749/1998 i art. 7 Reial decret 109/1995)

Receta veterinaria: justificación de la tenencia de todos los medicamentos presentes y aplicados Atención a la duración de la receta: 30 dias (Art 80 del Reial decret 109/1995)

Respetar la dosificación, via de administración y duración del tratamiento prescrito por el veterinario Tenencia y aplicación de medicamentos que contienen sustancias de uso restringido (Art 3 i 4 del Reial decret 2178/2004)

Obligacions del ramader/propietari dels animals Conocimiento del tiempo de espera y aplicarlo y separar los productos de origen animal (huevos) en caso de tratamiento. (Art 95.1 del Reial decret 109/1995, art 7.3b) del Reial decret 1749/1998 i art 15.2 del Reial decret 1409/2009)

En caso de transporte de animales tratados, acompanyar el animal con la copia de la receta veterinaria. RTV de los medicamentos aplicados a los animales. (Art 8 del Reial decret 1749/1998)

Correcta cumplimentación de la ICA (Informació de la Cadena Aliementaria). Tratamiento de los últimos 30 días y declarar que se han respetado los períodos de supresión. Correcta gestión de residuos. Contrato con un gestor de residuos

El medicamento veterinario

El uso racional de los medicamentos veterinarios Uso racional de los medicamentos. Papel del veterinario – Papel de los ganaderos Riesgos derivados del uso de los medicamentos veterinarios Programas de control oficial Webs y links de interés

Uso responsable medicamentos veterinarios Uso racional de los medicamentos veterinarios

Veterinario

Ganadero

Para conseguir una sanidad animal óptima es esencial que entre el ganadero y el veterinario exista una comunicación fluida. Preferiblemente, esta comunicación debe ser regular y no sólo cuando se presenten los problemas. Cuando sea posible, se debería consultar al veterinario u otros técnicos como expertos en instalaciones ganaderas, piensos, nutrición, higiene, etc.

Medicamento veterinario. Papel veterinario Los veterinarios desempeñan un papel esencial en: la protección de la salud de los animales el bienestar animal la salud pública papel crítico en el diseño de los programas sanitarios, al diagnóstico de la enfermedad y la adecuada prescripción del tratamiento Los veterinarios deben: Promover el uso responsable de los medicamentos, destacando la importancia de la buena gestión y el respeto a las normas sanitarias. Prescribir medicamentos sólo después de un cuidadoso examen clínico y de laboratorio, según proceda. Explicar en detalle cómo se debe usar el medicamento prescrito.

Medicamento veterinario. Papel ganaderos Los ganaderos desempeñan un papel esencial en el mantenimiento de un estado sanitario óptimo de los animales con: una buena higiene una alimentación y manejo adecuada unas buenas prácticas de gestión de la explotación Cuando los animales enferman y es necesario un tratamiento: El veterinario es quién debe tomar la decisión del tratamiento en base al resultado del diagnóstico. Los ganaderos deben asegurar el uso responsable de los medicamentos: cumplir con las instrucciones incluidas en la prescripción veterinaria, incluidas las recomendaciones dadas por el veterinario a la hora de administrar el tratamiento. Mantener al día los registros de tratamientos, anotando todos los tratamientos administrados para que los resultados puedan ser evaluados por el veterinario y permitir de este modo una optima elección de futuros tratamientos.

Uso responsable medicamentos veterinarios Uso responsable de los medicamentos veterinarios

¿Por qué? EVITAR LOS RIESGOS DERIVADOS DEL USO DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS

Seguridad alimentaria Salud animal Salud pública Otros

Actuaciones para evitar los riesgos Seguridad alimentaria Presencia de residuos de medicamentos en carne y huevos Veterinario

Ganaderos



Extender siempre receta veterinaria



Uso de medicamentos siempre previa prescripción veterinaria



Fijación del tiempo de espera adecuado • Según prospecto • Variaciones en la posología o especie de destino



Respetar el tiempo de espera, posología i vía de administración fijada por el veterinario en la receta.



Registro e identificación de los animales



Registro e identificación de los animales



Separar los productos de origen animal: huevos

Autoridad competente •

Plan de investigación de residuos (PIR)



Programa de control oficial del uso racional de los medicamentos veterinarios (PMV) • Comercialización • Veterinarios • Ganaderos



Condicionalidad (CON)

Actuaciones para evitar los riesgos Seguridad alimentaria Presencia de promotores del crecimiento: hormonas y beta-agonistas Veterinario

Ganaderos

Autoridad competente



Prohibición absoluta



Prohibición absoluta





Prescribir siempre medicamentos legales y registrados



Utilizar siempre medicamentos legales y registrados

Plan de investigación de residuos (PIR)



Programa de control oficial del uso racional de los medicamentos veterinarios (PMV) • Comercialización • Veterinarios • Ganaderos



Condicionalidad (CON)

Actuaciones para evitar los riesgos Salud pública / Salud animal Resistencia a los antimicrobianos Veterinario • • • •

Buen diagnóstico. Pruebas de laboratorio Selección del antibiótico más adecuado Programa de rotación: utilizar diferentes antibióticos Prescribir la cantidad de antibióticos justa y necesaria para el tratamiento

Ganaderos •



No medicar a los animales sin la supervisión del veterinario responsable. Uso de medicamentos siempre previa prescripción. Respetar las recomendaciones del veterinario

Autoridad competente



Plan nacional de Acción y Control de Resistencias a los Antimicrobianos.

Actuaciones para evitar los riesgos Salud animal y otros Efectos adversos • Reacciones adversas a los animales • Falta de eficacia • Insuficiencias en los tiempos de retirada • Defectos de calidad • Problemas medioambientales Veterinario •

Notificación de cualquier efecto adverso mediante la Tarja Verde

Ganaderos •

Comunicación al veterinario ante cualquier problema

Autoridad competente •

Sistema nacional de FARMACOVIGILANCIA veterinaria

Medicamento veterinario

Actuaciones de la autoridad competente Plan de investigación de residuos Programa de control oficial del uso racional de los medicamentos veterinarios Plan nacional de Acción y Control de Resistencias a los Antimicrobianos

Programa de control de l’ús racional dels medicaments veterinaris

A Catalunya aquest programa està dividit en dos: PLA D’INVESTIGACIÓ DE RESIDUS

PROGRAMA DE CONTROL DE L’ÚS RACIONAL DELS MEDICAMENTS VETERINARIS

Magatzems de distribució

Centres dispensadors

Elaboradors autovacunes

Veterinaris privats

Explotacions ramaderes Escorxadors i establiments alimentaris

Explotacions ramaderes

Programa de control de l’ús racional dels medicaments veterinaris

PROGRAMA DE CONTROL DE L’ÚS RACIONAL DELS MEDICAMENTS VETERINARIS

Magatzems de distribució

100% establiments autoritzats

7 centres

Centres dispensadors

15% establiments autoritzats

30 centres

Controls indirectes a veterinaris a través de les receptes Veterinaris privats

% per CCAA

13 vet.

Explotacions ramaderes

% explotacions Catalunya

1000 expl.

Controls indirectes a veterinaris a través de les receptes i RTV

14.000 Mostres

Programas de control Plan de Investigación de Residuos Actuaciones de vigilancia Actuaciones aleatorias que tienen por objetivo el estudio de la presencia de sustancias y/o residuos. Muestreo aleatorio en función de los sacrificios del año anterior. - ASPCAT: carne y huevos - DAAM: muestras complementarias de pienso y agua Actuaciones por sospecha

Actuaciones por notificación Actuaciones dirigidas a matadero por notificaciones del Departamento de Agricultura a raíz de los controles del uso de los medicamentos veterinarios a explotaciones ganaderas.

Programas de control Plan de Investigación de Residuos Sustancias a investigar Grupo A: Anabolizantes y no autorizadas

Grupo B: Medicamentos veterinarios y contaminantes

A1- Estilbenos y derivados

B1- Sustancias antimicrobianas, incluidas las sulfamidas y las quinolonas

A2- Antitiroidanos A3- Esteroides A4- Resorcylic acid lactones (zeranol) A5- ß-agonistas A6- Substancias prohibidas Quadro2 R 37/2010

B2- Otros medicamentos veterinarios: antihelmínticos, anticoccidianos, carbamatos y piretroides, tranquilizantes, antiinflamatorios no esterioideos y otras sustancias con actividad farmacológica.

B3- Otras sustancias y contaminantes: compuestos organoclorados, organofosforados, elmentos químicos, micotoxinas, colorantes y otras sustancias.

Programas de control Plan de Investigación de Residuos Cataluña año 2013 – Explotación ganadera (DAAM) Inspeccions

A1+A3+A4 Hormones

A5 Betaagonistes

B2 Còrtics

A5 Betaagonistes

A6 Cloranfenicol

A6 Furazolidona

TOTAL

Aviram: pollastres

74

72

38

34

144

Aviram: gallines

11

12

6

6

24

Aviram: gall dindi

14

14

5

9

28

Aviram: altres aus

12

12

6

6

24

111

110

55

55

220

TOTAL

TODOS LOS RESULTADOS CONFORMES

Programas de control Plan de Investigación de Residuos Cataluña año 2013 – Matadero y establecimientos (ASPCAT) A1+A3+A4 Hormonas

A2 A6 Sust. B1 Sust. Tirostàticos Prohibidas Antimicrob. B2b Anticocc.

B2c Carb/Piretr.

B3a B3b B3c Elementos Organoc/fosf. químicos

TOTAL

Avícola: pollo broiler

111

34

432

212

211

266

1266

Avícola: pavo

35

6

64

33

37

33

208

Avícola: codorniz

18

5

60

30

32

15

160

--

--

12

49

--

2

14

12

89

164

45

568

324

280

2

328

12

1723

Avícola: huevos

TOTAL

1 positivo a ENROFLOXACINO en CARNE DE POLLO 1 positivo a ENROFLOXACIONO en HUEVO

Programas de control Programa de control del uso racional de los medicamentos veterinarios Inspecciones Distribución al mayor

6

Distribución al menor

23

Equipos veterinarios

11

Explotaciones ganaderas

945

TOTAL

985

Programa de control del uso racional de los medicamentos vet. Principales incumplimientos detectados Distribución de medicamentós veterinarios (30 irregularidades) Irregularidades en los procedimientos escritos de control en la distribución Irregularidades de los servicios farmacéuticos responsables de los establecimientos Irregularidades en el control de las temperaturas y el control de la cadena del frío. Irregularidades en la dispensación fraccionada de medicamentós Irregularidades en las recetas veterinarias

Equipos veterinarios (7 irregularidades) Irregulardades en la prescripción excepcional Irregularidades en los registros Irregularidades en las recetas veterinarias

Explotaciones ganaderas (157 irregularidades) Irregularidades en la conservación de los medicamentós Irregularidades en los RTV Irregularidades en las recetas Irregularidades en el cumplimiento de los tiempos de espera Irregularidades en la ICA

Resistencia Antimicrobianos Plan nacional de Acción de Control de Resistencias a los Antimicrobianos Comunicación de la Comision Europea de 17 de noviembre de 2011 Plan de acción sobre Resistencias a los Antimicrobianos 2014-2018. AEMPS – Paquete de medidas medicina humana y medicina veterinaria. – En veterinaria (a destacar) – Uso apropiado de medicamentos Atención a la profilaxis (tratamientos preventivos) y a la metafilaxia (tratamientos en grupos)



Prevención de infecciones Impulsar medidas alternativas y/o complementarias de prevención y tratamientos

– –

Necesidad de nuevos antibióticos Redes de vigilancia Monotorizar el consumo de antibióticos y controlar el uso de antibiòtics críticos. Como? RECETA ELECTRONICA

El medicament veterinari. Sector oví-cabrum

Comité de disponibilidad de medicamentós veterinarios

Tàrrega, 20 de febrer de 2013

Moltes gràcies

Montse Rosàs i Rodoreda [email protected] [email protected]

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